CONTRATO POR SERVICIOS NO PERSONALES Nº 337-2008/MPH
Municipalidad Provincial de Huaral
CONTRATO POR SERVICIOS NO PERSONALES Nº 337-2008/MPH
Conste por el presente Contrato por Servicios No Personales que celebran de una parte, como Entidad Contratante la Municipalidad Provincial de Huaral con RUC N° 20188948741, debidamente representado por su Gerente Municipal Xx. XXXX XXXX VALENCIA RINCON, delegado mediante Resolución de Alcaldía Nº 001-2008-MPH, de fecha 02 de Enero del 2008, identificado con DNI. N° 00000000, a quien en adelante se denominara LA MUNICIPALIDAD y de la otra parte la Srta. XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX, identificado con DNI Nº 00000000 con R.U.C. No. 10001019762, con domicilio legal XXX XXXXXX XXXXX XXx 000 XXX XXXX XXX XXXX XXXXX XXX XXXXXX-XX PERLA-LIMA, quien en adelante se denominará EL CONTRATADO; conforme a los siguientes términos y condiciones:
BASE LEGAL
- Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades
- Art. Nos. 1764º, 1766º, 1767º, 1768°, 1769º del Código Civil.
- Ley N° 29142 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año fiscal 2008
- D.S. N° 083-2004-PCM Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
- D.S. N° 084-2004-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
ANTECEDENTES
LA MUNICIPALIDAD, es un Órgano de Gobierno, promotor del desarrollo local, que se rige de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades, con personería jurídica de derecho público, con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que puede celebrar actos jurídicos a través de su representante legal, o por quien este delegue conforme x Xxx.
CLAUSULA PRIMERA.-
El presente Contrato tiene por objeto contratar los SERVICIOS DE TRES ASISTENTES DE AUDITORIA PARA LA OFICINA DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL, Ítem I – Asistente de Auditoria A, en virtud al Otorgamiento y Consentimiento de Buena Pro de la Adjubicación Directa Selectiva Nº 012-2008/MPH-CE, de acuerdo a las características señaladas en las Bases Administrativas que han regido el citado Proceso de Selección y dan origen al presente contrato.
Por la naturaleza jurídica del presente Contrato, ambas partes declaran la no-existencia de relación laboral directa alguna de EL CONTRATADO respecto de LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por lo dispuesto en el artículo N° 1764° del Código Civil.
Asimismo EL CONTRATADO declara expresamente, no tener derecho alguno a beneficios sociales u otros, que no le asisten dada la naturaleza de la actividad convenida en el presente contrato, y el marco legal que lo legisla.
CLAUSULA SEGUNDA.-
Por el presente Contrato EL CONTRATADO se compromete a cumplir con los servicios descritos en los términos de referencia que forman parte de las Bases del Proceso de Selección materia del presente contrato. Asimismo se compromete a no transferir en todo o en parte la ejecución del Contrato, salvo autorización expresa de LA MUNICIPALIDAD.
EL CONTRATADO se obliga a guardar reserva sobre cualquier información de LA MUNICIPALIDAD, a la que haya tenido acceso con ocasión de la ejecución del contrato. Esta obligación permanecerá vigente no obstante al vencimiento o la terminación del presente contrato.
EL CONTRATADO, declara bajo juramento:
Que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado.
Que no tiene parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad y por razón de matrimonio, en relación a los funcionarios de Dirección y/o Personal de Confianza que ejerza facultad de nombramiento y contratación de personal, según Ley Nº 26771 y su reglamento D.S Nº 021-2000-PCM
CLAUSULA TERCERA.-
El plazo del servicio será de Tres (03) meses, correspondiente a los meses xx Xxxxx, Mayo y Junio del año 2008.
CLAUSULA CUARTA.-
El monto de los honorarios pactados por los servicios y periodo indicado es de S/. 1,528.00 (Un Mil Quinientos Veintiocho con 00/100 Nuevos Soles) mensual, incluidos los impuestos xx Xxx, el pago se efectuará previa conformidad de la Oficina del Órgano de Control Institucional.
CLAUSULA QUINTA.-
LA MUNICIPALIDAD le asignara a EL CONTRATADO el lugar para el desarrollo de sus actividades, le proporcionará los elementos de trabajo necesarios y atenderá los gastos que la prestación del servicio demande.
CLAUSULA SEXTA.-
Asimismo, en concordancia con la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto N° 28411 y Ley Nº 29142 Ley de Presupuesto del Sector Publico 2008, el presente Contrato puede resolverse o renovarse, según sea el caso, de acuerdo a la disponibilidad de asignaciones presupuéstales.
CLAUSULA SETIMA.-
LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el presente Contrato sin expresión de causa alguna, además de las siguientes causas:
a) Por proporcionar información que no se ajusta a la verdad
b) Por no estar habilitado para contratar con el Estado.
CLAUSULA OCTAVA.-
EL CONTRATADO podrá resolver el presente Contrato, previa comunicación escrita con cinco (5) días de anticipación por causa justificada y aprobada por LA MUNICIPALIDAD,
CLAUSULA NOVENA.-
EL CONTRATADO se somete a la presente relación contractual, en forma voluntaria por estar de acuerdo con cada una de sus cláusulas, que las conoce suscribe en pleno uso de sus facultades.
EL CONTRATADO pacta sus servicios en forma independiente, por lo que no genera ningún vínculo laboral con LA MUNICIPALIDAD.
Las partes contratantes, se someten a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales de la Ciudad de Huaral, renunciando al fuero de sus propios domicilios.
En señal de aceptación del contenido de las Cláusulas del presente Contrato de Servicios No Personales, firman las partes que intervienen por duplicado en la Ciudad de Huaral, a los veinticuatro días del mes xx Xxxxx del año Dos Mil Ocho.
LA MUNICIPALIDAD EL CONTRATADO
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