Contract
MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL NÚMERO 15 (umivale) Pliego de Prescripciones Técnicas que han de regir el procedimiento Abierto no sujeto a regulación armonizada, para la adjudicación y desarrollo del contrato de Psicología, en las localidades –distribución por lotes- de Madrid (Madrid) y Granada (Granada) | |
Expediente nº |
0. CUADRO RESUMEN DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO y AMBITO GEOGRÁFICO: | ||||||
Servicios de: ☒ a) Psicología | ||||||
de | ||||||
Lote 1: umivale Mad. Acacias | ||||||
Xxxxx xx xxx Xxxxxxx, 00 | ||||||
00000-Xxxxxx (Xxxxxx) | ||||||
913647901 | ||||||
913647967 | ||||||
1.3. Centro de | referencia | de | ||||
umivale: | Lote 2: umivale Granada | |||||
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, 0 - 0x X (Xxxx. Xxxxxxx) | ||||||
00000-Xxxxxxx (Granada) | ||||||
958800505 | ||||||
958800905 | ||||||
Lote 1: MADRID | |||
Tipo Servicio | Honorarios Médicos Máximos sin IVA por consulta | Nº ANUAL Estimado de Servicios | Totales |
Consulta de psicología | 63,00 | 396 | 24.948,00 |
Nº Años contrato inicial | 1 | ||
Presupuesto Máximo de Licitación | 24.948,00 | ||
Nº Años de prórrogas | 1 | ||
Total Prórrogas | 24.948,00 | ||
Valor Estimado del Contrato | 49.896,00 |
Lote 2: GRANADA | |||
Tipo Servicio | Honorarios Médicos Máximos sin IVA por consulta | Nº ANUAL Estimado de Servicios | Totales |
Consulta de psicología | 63,00 | 125 | 7.875,00 |
Nº Años contrato inicial | 1 |
7.875,00
Presupuesto Máximo de Licitación
Nº Años de prórrogas 1
7.875,00
Total Prórrogas
15.750,00
Valor Estimado del Contrato
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO NO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA, PARA LA ADJUDICACIÓN Y DESARROLLO DEL CONTRATO DE PSICOLOGÍA, EN LAS LOCALIDADES –DISTRIBUCIÓN POR LOTES- DE MADRID (MADRID) Y GRANADA (GRANADA).
1. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del contrato consiste en la prestación de la asistencia indicada en el apartado 1.1 del Cuadro Resumen a los trabajadores al servicio de las empresas asociadas a umivale, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social número 15” en adelante, umivale o LA MUTUA, a los trabajadores por cuenta propia adheridos a la misma para los cuales tenga la obligación de prestar dichos servicios, así como a los trabajadores de otras mutuas respecto de los cuales la Mutua tenga la obligación de prestarles asistencia sanitaria o recuperadora, en virtud de los convenios suscritos con ellas.
2. ÁMBITO GEOGRÁFICO.
La asistencia sanitaria ambulatoria concertada deberá prestarse desde un centro asistencial situado en la localidad indicada en el apartado 1.2 del Cuadro Resumen que cubra el ámbito territorial de dicha localidad y su área de influencia.
3. COBERTURA HORARIA
Será preciso cubrir la cobertura mínima de 8 horas semanales por cada profesional puesto a disposición.
Estas horas semanales deberán ser cubiertas en cualquier día de la semana excepto xxxxxx, xxxxxxx y festivos en el rango de franjas horarias de 08:00h a 20:00h.
4. SERVICIOS INCLUIDOS
Según la OMS, los trastornos mentales constituyen una de las principales causas de Incapacidad Laboral Temporal y Permanente en los países desarrollados. Las exigencias del sistema de salud acerca del uso de terapias psicológicas de corta duración y alta efectividad, dan relevancia a la denominada terapia breve, que surge como una alternativa de intervención psicoterapéutica tradicional, con costos reducidos y resultados favorables en la práctica clínica. Esta modalidad clínica se puede definir como una estructura terapéutica, orientada a incrementar la conciencia de los pacientes acerca de sus “conductas-problema”, así como de su capacidad y motivación para reaccionar de forma eficiente.
La Terapia Cognitivo Conductual (TCC) es una técnica psicológica avalada científicamente, estructurada a corto plazo que otorga un papel primordial a los eventos cognitivos de paciente. Analiza los problemas psicológicos en función de las relaciones entre nuestros pensamientos, emociones y comportamientos.
La empresa licitadora deberá garantizar las actividades de psicoterapia breve Cognitivo conductual, ello incluye la valoración, evaluación, diagnóstico y tratamiento de los pacientes remitidos por umivale siguiendo un protocolo clínico y administrativo que garantice la reincorporación temprana al puesto de trabajo. Para ello será
obligatorio el uso de pruebas psicométricas como por ejemplo el test de Millon (MCMI- III), MMPI, inventario XXXX,… y la formación en cursos de manejo de técnicas de segunda y tercera generación para patologías tales como la ansiedad, depresión y trastornos adaptativos.
El servicio de psicología se prestará a través de:
Sesiones de tratamiento individualizado (no en grupo) y personalizado al paciente que incluye:
a) Comunicados tras cada visita presencial o incomparecencia del paciente
b) La emisión de Informe Clínico de los pacientes a través de entrevistas clínicas, exploraciones psicométricas y valoración de informes aportados por el paciente. Este informe será solicitado en cualquier momento del tratamiento o cuando el paciente sea considerado apto para el trabajo.
El servicio de Psiquiatría se prestará a través de:
Sesiones de tratamiento individualizado (no en grupo) y personalizado al paciente que incluye la emisión de Informe Clínico de los pacientes a través de entrevistas clínicas, exploraciones psicométricas y valoración de informes aportados por el paciente
La duración mínima de una sesión será de 50 minutos. Esta asistencia debe asegurar:
• La disponibilidad de recursos humanos y técnicos suficientes.
• La asistencia con presencia física por parte de Licenciados en Psicología.
• Formación de los Licenciados en Psicología para los pacientes derivados por Mutuas y en los programas de gestión administrativa que requiere la mutua para agilizar la atención a los trabajadores de sus empresas mutualistas aquejados de dolencias psicopatológicas.
• La garantía de disponer de personal y medios, propios o ajenos, contratados para poder garantizar la coordinación con la Mutua en el menor tiempo posible.
• La disponibilidad, dentro del horario de cobertura exigido, y rapidez para realizar procedimientos diagnósticos y terapéuticos, con coordinación y regulación médica.
• Disponibilidad para desplazarse y atender in situ a pacientes que así lo requieran tras un accidente grave o de dimensiones consideradas con la mayor diligencia en el mismo día de la petición.
• Disponibilidad para desplazarse en el caso de que un paciente esté hospitalizado para la realización de la consulta in situ.
• Disponibilidad para desplazarse al domicilio del paciente que debido a su estado le imposibilite asistir a la consulta del especialista.
• La continuidad asistencial coordinándose con el servicio médico de umivale.
La empresa adjudicataria deberá actuar como consultores a requerimiento del personal sanitario de umivale, operando como soporte en los casos en que se necesiten su asesoramiento técnico.
Asistencia a juicio cuando sea solicitado por umivale.
5. CONDICIONES BÁSICAS DE LA EMPRESA.
La empresa deberá asignar un interlocutor responsable de la comunicación con la Delegación de umivale asignada a efectos de gestión de las condiciones de prestación de los servicios previstos en este contrato.
6. CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y REQUISITOS EN LA GESTIÓN.
La empresa adjudicataria se someterá a los procedimientos establecidos por umivale para la asistencia de los pacientes, así como cualquier procedimiento que determine durante la vigencia del contrato.
Procedimientos principales:
a) La prescripción del servicio se efectuará a través del documento normalizado (hoja de asistencia derivada) que umivale establezca. Las sesiones de psicología solicitadas deberán quedar programadas dentro de las primeras 48 horas laborables siguientes a la fecha de solicitud de las mismas.
b) Dichas sesiones de psicología, se empezarán a efectuar en el plazo máximo de 5 días laborables siguientes a la fecha de programación.
c) umivale se reserva la facultad de efectuar la revisión y/o seguimiento de los pacientes en tratamiento a través del responsable médico designado a tal efecto por umivale
d) Para la prestación del servicio objeto de licitación, el adjudicatario deberá disponer de recursos personales propios suficientes y adecuados para la prestación del servicio de psicología concertado, y se comprometerá a llevar a cabo dicha prestación con sus propios medios personales y materiales. En éste sentido, el centro deberá contar, al menos, con un licenciado en psicología, con la titulación establecida en la legislación vigente.
e) El adjudicatario deberá presentar todos aquellos informes y datos que umivale
considere oportunos durante el desarrollo del servicio y mientras dure el concierto:
Comunicados tras cada sesión de tratamiento nada más terminar la sesión vía mail informando de las novedades de la visita, aspectos más relevantes, fecha próxima sesión, evolución del paciente, fecha posible de fin de tratamiento, conclusión sobre si el paciente requiere continuar de baja o no, diagnóstico,…
Informes Clínicos como Informe de Orientación Terapéutica, informe de propuesta de alta, informe de capacitación laboral,…, según modelos aportados por umivale
Los pacientes dados de alta psicológica en el mes deberán quedar registrados en una plantilla formato Excel y entregados a umivale antes del día 5 del siguiente mes. Los datos que debe contener la plantilla Excel o CSV son:
• Número de proceso
• Número de autorización
• Clínica de procedencia umivale,
• Médico de umivale que deriva
• Empresa del trabajador derivado
• Motivo de consulta: artículo 80 u 82.
• Régimen: general o autónomo.
• Contingencia: AT o CC
• Iniciales en clave del paciente
• Sexo: H o M
• Fecha de nacimiento: dd/mm/aaaa
• Nombre del psicólogo que lo visita ( en caso de haber más de uno)
• Diagnóstico codificado según DSM-IV o DSM-IV R o DSM-V
• La demora en derivar pacientes, calculada en días desde la fecha de IT hasta el día en que son remitidos a tratamiento,
• La duración de IT, calculada en días desde la fecha inicio IT hasta la fecha fin de IT,
• El número de sesiones destinadas a cada paciente,
• La duración del tratamiento psicológico en días, calculada desde la fecha de inicio del tratamiento hasta la fecha de alta terapéutica del psicólogo,
• El tiempo que tarda en darse la primera cita al paciente desde que es remitido al tratamiento, calculada en días desde la fecha en que es remitido a tratamiento y el día en que se visita al paciente por primera vez,
• El tiempo que tarda en emitirse el informe de valoración desde que es remitido el paciente, calculado en días, desde que es remitido el paciente a tratamiento hasta que emite por vía e-mail firmado digitalmente el informe solicitado.
• Cualquier otra información que por necesidades del servicio, pueda ser solicitada por umivale durante la duración del contrato
Igualmente tras cada alta psicológica, el licitador deberá cumplimentar uno de los cuatro cuestionarios siguientes, en función del motivo de derivación:
A) En el caso de Valoración de la Capacitación laboral o de Orientación Terapéutica (41 preguntas con diversas opciones de respuesta)
B) En el caso de Valoración Trastorno por estrés postraumático (TEPT) en Accidente de Trabajo (44 preguntas con diversas opciones de respuesta)
C) En el caso de Fin de tratamiento (22 preguntas con diversas opciones de respuesta)
D) En el caso de Fin de tratamiento en TEPT (17 preguntas con diversas opciones de respuesta)
(El detalle y contenido de cada uno de los cuestionarios será facilitado por umivale al licitador que resulte adjudicatario)
Los cuestionarios una vez cumplimentados deberán remitirse a umivale por email, antes del día 5 del siguiente mes.
umivale puede solicitar cualquier tipo de información estadística referente al contenido de las respuestas de los cuestionarios. Esta información deberá ser entregada de manera informatizada, en el plazo máximo de 15 días tras la solicitud.
Indicadores de Gestión informatizados. El licitador se compromete a mantener activa una base de datos para que en función de los filtros de búsqueda detallados, obtener la siguiente información que será requerida por umivale, de manera periódica o cuando se precise de dicha información. Deberá ser entregado en el plazo máximo de 15 días
Filtros de búsqueda:
• Rango de fechas de alta psicológica
• Clínica de procedencia umivale,
• Médico de umivale que deriva
• Nombre del psicólogo que visita
• Empresa del trabajador derivado
• Motivo de consulta: Art.80 u 82
• Régimen: general o autónomo.
• Contingencia: AT o CC
Información a obtener será entregada a umivale mediante un informe que contendrá datos absolutos, porcentajes y medias de las siguientes cuestiones:
• Diagnóstico codificado según DSM-IV o DSM-IV R o DSM-V
• La demora en derivar pacientes, calculada en días desde la fecha de IT hasta el día en que son remitidos a tratamiento,
• La duración de IT, calculada en días desde la fecha inicio IT hasta la fecha fin de IT,
• El número de sesiones destinadas a cada paciente,
• La duración del tratamiento psicológico en días, calculada desde la fecha de inicio del tratamiento hasta la fecha de alta terapéutica del psicólogo,
• El tiempo que tarda en darse la primera cita al paciente desde que es remitido al tratamiento, calculada en días desde la fecha en que es remitido a tratamiento y el día en que se visita al paciente por primera vez,
• El tiempo que tarda en emitirse el informe de valoración desde que es remitido el paciente, calculado en días, desde que es remitido el paciente a tratamiento hasta que emite por vía e-mail firmado digitalmente el informe solicitado.
• Todas las respuestas a las preguntas de los cuestionarios anteriormente mencionados.
f) Se distinguen dos tipos de actuaciones:
Actuación según artículo 80, valoración de la capacitación laboral, que consistirá en la evaluación clínica del paciente en un máximo de tres sesiones. Cualquier tipo de informe clínico que solicite umivale, estará incluido en el precio de la visita.
• Entrevista clínica.
• Pase obligatorio de cuestionarios objetivos como por ejemplo el test de Millon (MCMI-III) inventario XXXX, validados en población española.
• Informe clínico concluyente que tendrá que ser remitido en menos de 14 días desde la fecha de la primera visita, y/o en menos de 21 días desde la fecha de la creación de la Hoja de Asistencia Derivada. umivale podrá aportar un modelo de informe como guía. El envío deberá realizarse por correo electrónico protegido con contraseña, dónde se concluyen varios aspectos claves para la gestión:
- Si el paciente presenta una patología clínica susceptible de cumplir criterios diagnósticos según un manual internacional de clasificación.
- Si esta patología es de tal grado que le impide desarrollar su puesto habitual de trabajo.
- Y en los casos de pacientes por Incapacidad Temporal Contingencias Comunes, si según su diagnóstico, cumple los criterios internos de derivación para ser tratado por mutua y por lo tanto pasaría al siguiente programa.
Actuación según artículo 82, dónde se diferencian dos tipos de servicios:
• Por una parte elaboración de un informe de Orientación Terapéutica que consistirá en la evaluación clínica del paciente en un máximo de tres sesiones (siguiendo un modelo propuesto)
• Por otra parte Tratamiento de la patología diagnosticada, cuyo seguimiento se hará en visitas semanales, de las cuales se emitirá un comunicado tras cada visita el mismo día de la misma a su médico remitente y cuando finalice la terapia un informe clínico que podrá ser utilizado para propuesta de alta o incapacidad.
Se pide que la duración media del tratamiento no supere el estándar que tiene establecido umivale después de más de 9 años de intervención de una media de sesiones de 8 y una duración estándar en días naturales de no más de 90 días.
En ningún caso se admitirán sugerencias o recomendaciones diferentes a las planteadas en el modelo de informe, es decir, no se permiten recomendaciones de cambio de puesto o readaptaciones, cambios de horario o expresiones de tipo “mobbing” por no tratarse de un criterio diagnóstico recogido en los manuales clínicos de la psicología, sino más bien de un aspecto judicial.
g) Ante la petición del paciente al especialista de un informe clínico, éste deberá remitir al paciente a la mutua para que formalmente realice la solicitud mediante la cumplimentación y firma del documento de solicitud de informe. Una vez se disponga de este documento, el médico de umivale se lo comunicará al especialista para que proceda con la elaboración del informe en un plazo máximo de 10 días hábiles. El especialista enviará el informe a través de correo electrónico encriptado con contraseña al médico de umivale para que la mutua se lo entregue al paciente.
h) Se establece como requisito la estrecha colaboración y trabajo en grupo con el equipo médico que deriva al paciente para la optimización del tratamiento.
i) La entidad licitadora deberá garantizar el cumplimiento de las normativas vigentes que aplican a la prestación del servicio, durante la vigencia del contrato respecto a características del volumen de personal sanitario, protocolos de actuación para la adecuada prestación del servicio objeto de la licitación, a fin y efecto de que se pueda desarrollar con normalidad la prestación.
j) La empresa debe asegurar:
Igualdad de trato a todos los pacientes.
Cumplimiento de las normas sobre protección de datos para usuarios.
Cumplimiento de los derechos y deberes, en la prestación del servicio.
Protección y seguridad del paciente durante el tiempo de exploración.
k) Puntualmente se le podrá exigir la recogida de otros datos según un cuestionario ad hoc que se le aportará si fuese necesario. Por ejemplo, datos como profesión, antigüedad en el puesto, localidad de residencia, datos cuantitativos de la testología,…
l) Sera condición necesaria que la entidad licitadora acredite mediante documentación y modelos su protocolo de funcionamiento.
7. REQUERIMIENTOS MÍNIMOS DE PERSONAL.
La empresa licitadora debe disponer de personal en número necesario para asegurar el servicio prestado en base a jornada laboral, tiempo asistencial y número asistencias/año, así como del equipamiento suficiente.
Al menos un Licenciado en Psicología, que deberá garantizar un mínimo de 8 horas de dedicación a la semana, para poder cubrir las necesidades de la Mutua.
Todos los psicólogos deberán disponer de la titulación académica necesaria (Licenciado en Psicología), y de la colegiación necesaria, durante toda la vigencia del contrato.
Se valorará la formación en materia adecuada de psicología en atención a lo establecido en el criterio de adjudicación II.1 recogido en el Pliego de Cláusulas Generales
A estos efectos se entenderá como “Formación especializada en formato máster” tanto el Master Oficial como el Privado, siendo necesario que ambos sean másteres de posgrado que hayan requerido haber finalizado un título universitario para poder cursarlos, debiendo tener al menos 60 y 50 créditos respectivamente.
Los máster oficiales son de carácter público y están reconocidos por organismos públicos (Ministerio de Educación) y los máster “privados” son títulos privados impartidos por universidades y viene reconocido por cada universidad no por el Ministerio de Educación.
8. REQUERIMIENTOS MÍNIMOS DE LAS INSTALACIONES.
Debe acreditarse que la entidad licitadora desarrollará su actividad en un Centro Sanitario Inscrito en el Registro de Centros y Servicios Sanitarios de la Comunidad Autónomo en la que se encuentre ubicado, donde, por tanto, se dispone de la estructura física e instalaciones generales (sin barreras arquitectónicas y con soporte para disminuidos sensoriales) necesarias y óptimas para la prestación objeto de esta licitación, y que garantiza la seguridad de los pacientes, sus bienes y sus acompañantes, conforme a la legislación vigente en cada momento. Todos los espacios dispondrán de la iluminación apropiada y dispositivo de renovación de aire.
Todos los servicios deberán disponer de los espacios físicos con la capacidad necesaria acorde al dimensionado asistencial del centro y con las condiciones medioambientales y de seguridad adecuados.
Durante la vigencia del contrato, será de obligado cumplimiento por la empresa adjudicataria, la normativa legal local, autonómica y estatal vigente.
Las instalaciones deberán mantenerse en todo momento en perfectas condiciones de uso y limpieza, con todo su equipamiento y material, pudiendo ser inspeccionados por los Servicios Médicos de umivale en cualquier momento previo o posterior a la adjudicación del contrato.
Al amparo de lo previsto en el artículo 5 del R.D. 1630/2011 de 14 de noviembre por el que se regula la prestación de servicios sanitarios y de recuperación por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social (actualmente denominadas Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social), el
adjudicatario realizará su labor en las instalaciones de umivale indicadas en el objeto de la presente licitación cuando por razones de especialidad, volumen de gestión u otras circunstancias concurrentes así lo hagan aconsejable. No obstante, por motivos organizativos y de calidad asistencial, el adjudicatario podrá ser requerido para realizar sus servicios en otro centro umivale diferente que se encontrará en un radio de acción inferior a 25 kms desde la dirección del que se establece como referencia en el objeto de esta licitación.
En aplicación del mencionado marco legislativo se indica que umivale procederá a facturar, en concepto de arrendamiento, alquiler y uso de las instalaciones, al licitador adjudicatario la cantidad de 0´50 € más I.V.A por cada acto médico/consulta médica realizada, entendiendo como tal la atención médica efectuada por paciente y día.
Esta tarifa (0´50 €) será fija durante toda la vigencia del contrato siendo posible, únicamente, su revisión conforme a lo establecido en cada momento por la legislación vigente aplicable a la contratación por las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social.
La mencionada facturación se emitirá por umivale en los primeros días del mes siguiente a la realización del acto médico durante la vigencia del contrato y deberá ser abonada en los 30 días posteriores a la recepción de la misma. El incumplimiento de esta condición puede dar lugar a la resolución del contrato.
Si el adjudicatario incumpliera con la obligación, señalada en el Pliego de Prescripciones Técnicas que acompaña a esta Licitación, del pago de la factura emitida por umivale en concepto de arrendamiento, alquiler y uso de las instalaciones, la cantidad adeudada podrá ser deducida directamente por umivale para lo cual el Licitador al aceptar la participación en este procedimiento acepta directamente este método de compensación de facturas.
9. CONSULTAS DE PSICOLOGÍA.
El licitador deberá acreditar la capacidad técnica y humana para atender las consultas de psicología que la mutua pueda solicitar.
Las consultas serán a petición de umivale programadas con anterioridad y con el objetivo de contar con una valoración por parte de los especialistas asignados a este servicio. umivale emitirá una petición de servicio diseñada a tal efecto, indicando el número de sesiones autorizadas.
10. FACTURACIÓN Y PAGO DE SERVICIOS.
El pago se realizará por servicios prestados mensualmente y la empresa adjudicataria emitirá una factura mensual al Servicio de Facturación. Esta factura se compone de:
Relación nominal de las personas atendidas.
Documento individual de autorización.
Servicios realizados.
Fecha de cada uno de ellos.
Importe unitario y total de los servicios prestados.
Deberá incluir, además, el código de referencia asignado a este expediente.
El Servicio de Facturación, si observa defectos en la factura, puede proceder a su devolución total o parcial hasta la corrección de la misma.
El no cumplimiento de los plazos de acceso al servicio y de la emisión de los informes que se solicite se valorará como incumplimiento de las condiciones contractuales y será objeto de penalización según normativa al efecto (Texto Refundido xx Xxx de Contratos del Sector Público).
Se considera como incumplimiento contractual, entre otras:
El incumplimiento reiterado de los plazos de asistencia y de emisión de informes en los tiempos y modos establecidos por la División Médica.
El rechazo a la asistencia autorizada por la División Médica.
Cuando las contingencias derivadas de la prestación asistencial supongan un perjuicio para la salud del paciente o para umivale.