CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE SUMINISTROS
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE SUMINISTROS
A.- OBJETO DEL CONTRATO |
SUMINISTRO DE TRES MÁQUINAS FOTOCOPIADORAS MULTIFUNCIÓN EN RÉGIMEN DE RENTING PARA LAS DEPENDENCIAS DEL AYUNTAMIENTO DE ANTIGUA. |
B.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN |
43.803,00 € euros |
C.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN |
PROCEDIMIENTO ABIERTO |
D.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS |
PROPOSICIÓN ECONÓMICA 80 PUNTOS OFERTA TÉCNICA 20 PUNTOS |
E.- DURACIÓN DEL CONTRATO |
CUATRO (4) AÑOS. |
F.- GARANTÍAS |
DEFINITIVA: EL IMPORTE EQUIVALENTE AL 5% DEL IMPORTE DE ADJUDICACIÓN, EXCLUIDO EL IMPUESTO GENERAL INDIRECTO CANARIO. |
G.- PLAZO MÁXIMO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO |
DOS MESES A CONTAR DESDE LA APERTURA DE LAS PROPOSICIONES |
H.- TRAMITACIÓN |
ORDINARIA |
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE TRES MÁQUINAS FOTOCOPIADORAS MULTIFUNCIÓN EN RÉGIMEN DE RENTING PARA LAS DEPENDENCIAS DEL AYUNTAMIENTO DE ANTIGUA.
1.- OBJETO DEL CONTRATO
1.1 El objeto del contrato es el suministro y mantenimiento de tres MÁQUINAS FOTOCOPIADORAS, que deberán ser copiadora, impresora, escáner y fax conectado a la red, mediante la modalidad de renting por procedimiento abierto, trámite ordinario, con opción a compra, cuya codificación es CPV 30120000-6.
1.2 El contrato tiene la calificación de contrato administrativo de suministro, tal y como establecen los artículos 9 y 290 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre
1.3 El Órgano de contratación, que actúa en nombre del Ayuntamiento de Antigua, es la Alcaldesa Presidenta de la Corporación.
1.4. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato administrativo y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.
1.5. Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y esté vigente tras la entrada en vigor del RD 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
2.- EL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR MÁXIMO ESTIMADO DEL CONTRATO
2.1. El importe del presente contrato asciende a la cuantía de 4 6 . 8 6 9 , 2 1 euros, IGIC incluido; el precio anterior queda desglosado en un valor de 43.803,00 € euros y en el Impuesto General Indirecto Canario de 3.066,21 euros.
2.2.- El presupuesto de gasto excluido el Igic está distribuido en las siguientes anualidades:
2014 | 2015 | 2016 | 2017 | TOTAL |
10.950,75 € | 10.950,75 € | 10.950,75 € | 10.950,75 € | 43.803,00 € |
3.- EXISTENCIA DE CRÉDITO
El importe se abonará con cargo a las partidas 920 20300 “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE OFICINA” y 920 21300 “MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y OBRAS” del
vigente Presupuesto Municipal; existiendo crédito suficiente por el importe de gasto estimado que supone esta contratación para el presente ejercicio, comprometiéndose la Corporación a consignar los créditos necesarios en los ejercicios sucesivos hasta la conclusión del contrato.
4.- DURACIÓN DEL CONTRATO Y PLAZO DE ENTREGA DEL SUMINISTRO
4.1. La duración del contrato de arrendamiento se fija en 48 meses a contar desde la puesta a disposición del Ayuntamiento de las máquinas fotocopiadoras, sin posibilidad de prórroga.
4.2 El plazo máximo de entrega del suministro objeto de la presente contratación será de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente en que se le comunique al adjudicatario.
4.3. El suministro se realizará en las dependencias municipales que se señale por la persona designada responsable del contrato.
4.4. Si llegado el día de efectuar el suministro, el contratista no hubiere podido efectuarlo, por causa imputable al mismo, la Administración acordará la resolución del contrato con pérdida de garantía.
5. REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR
Documentos que deberá aportar la persona propuesta como adjudicataria por la Mesa de Contratación:
1. Documentos que acrediten la capacidad de obrar (artículo 72 TRLCSP):
Si se trata de una empresa española:
La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
Para el empresariado individual será, obligatorio, la presentación del documento nacional de identidad o el documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
Si se trata de una empresa no española de Estado Miembro de la Unión Europea:
-Artículos 72 del TRLCSP y 9 del RGLCAP. Se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I, apartado 1 del RGLCAP.
-Las empresas extranjeras presentarán sus documentos constitutivos traducidos de forma oficial al castellano (artículo 23 del RGLCAP).
Restantes empresas extranjeras:
-Artículos 146 del TRLCSP y 10 del RGLCAP. La capacidad de estas empresas se acreditará mediante certificación expedida por la respectiva representación diplomática española en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato del que se ocupa el presente pliego.
-Las empresas extranjeras presentarán sus documentos constitutivos traducidos de forma oficial al castellano (artículo 23 del RGLCAP).
-Informe de reciprocidad en el que se acredite que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga (artículo 55 del TRLCSP).
1.2. Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra presentarán poder bastante al efecto y el documento nacional de identidad o el documento
que, en su caso, le sustituya reglamentariamente (artículo 146 del TRLCSP). Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
La persona propuesta como adjudicataria deberá solicitar y obtener de los Servicios Jurídicos de la Corporación, acto expreso y formal de bastanteo de la documentación que pretendan aportar a los efectos de acreditar su representación para licitar y/o contratar, con carácter previo a la presentación de la misma.
1.3. Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas, en su caso. Cuando dos o más empresas acudan a una licitación constituyendo una unión temporal, cada una de las personas empresarias que la componen deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de las personas que la suscriban, la participación de cada una de ellas, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicataria y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todas ellas frente a la Administración (artículo 24 del RGLCAP).
El citado documento deberá estar firmado por las personas que representen a cada una de las empresas componentes de la unión.
2. Documentos que acrediten la solvencia económica, financiera y técnica:
De acuerdo con las características del Proyecto adjunto los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica a través de los medios de justificación que, al amparo de los artículos 74 a 82 del TRLCSP, que se reseñan a continuación:
2.1. La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse necesariamente por alguno de los medios siguientes:
a) Certificados o declaraciones expedidos por el empresario o el responsable contable de la empresa que acrediten el volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto contrato, por importe mínimo de 40.000,00€.
b) Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al presupuesto de licitación establecido en el presente pliego.
En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de las Administraciones Públicas acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario.
2.2. La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá acreditarse por alguno de los siguientes medios:
a) Relación de los principales suministros efectuados durante los cinco últimos años, indicando su importe, que deberá ser como mínimo de 40.000,00€ anuales, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
c) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad del sector público contratante.
d) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas.
3. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE ESTAR AL CORRIENTE EN OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL (arts. 64 y 151 TRLCSP y arts. 13 a 16 RG)
3.1.- El licitador propuesto como adjudicatario deberá acreditar, en el plazo establecido en la cláusula 6.10, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social:
3.1.1.- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documentación, de acuerdo con los artículos 13 y 15 del Reglamento General de la LCAP:
- Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de
pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, debiendo complementarse con una declaración responsable del licitador de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con la misma.
El licitador que no esté obligado a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes a las obligaciones tributarias que se relacionan en el artículo 13 del Reglamento General de la LCAP, habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
3.1.2.- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
3.2.- Las certificaciones a que se refieren las cláusulas anteriores deberán ser expedidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento General de la LCAP y, en su caso, podrán ser remitidas al órgano de contratación por vía electrónica, de acuerdo con la normativa vigente aplicable al respecto.
3.3.- Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Así mismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad.
6.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
6.1. La forma de adjudicación del contrato de suministro en la modalidad de renting, con opción a compra, de TRES MÁQUINAS FOTOCOPIADORAS (copiadora, impresora, escáner y fax conectado a la red) será el procedimiento abierto de acuerdo con lo establecido en el artículo
138 y 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
6.2. La valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se efectuarán de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 150.3.b y 152 del TRLCSP.
6.3. Criterios de adjudicación:
Criterios de adjudicación. Para la adjudicación del presente contrato se tendrán en cuenta los siguientes criterios de adjudicación, por orden decreciente y con arreglo a la siguiente valoración:
CRITERIOS | PUNTUACIÓN |
a) Proposición económica | 80 puntos |
b) Otras Mejoras | 20 puntos |
Toda oferta que no cumpla con los requisitos mínimos expresados en el presente pliego, quedará fuera de valoración y las ofertas que los cumplan, se les puntuarán según los siguientes criterios de adjudicación en orden a la determinación de la oferta económicamente más ventajosa:
a) Proposición económica: las propuestas económicas se clasificarán atendiendo al precio ofertado, según el siguiente criterio:
A la oferta más ventajosa para el Ayuntamiento de Antigua (Oo) le corresponderán ochenta (80) puntos, de modo que Po = 80, el resto de las ofertas se le asignarán los puntos que proporcionalmente correspondan por su diferencia con el presupuesto base de licitación, excluido el IGIC, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Pi (Po * Oi) ,
Oo
i = 1 2, 3, ….
Donde:
“Pi” es la puntuación de cada oferta “Po” es la puntuación máxima
“Oo” es la diferencia entre el presupuesto base de licitación, excluido el IGIC y la mejor oferta, esto es, el importe de la baja de la mejor oferta con respecto al presupuesto base de licitación, excluido el IGIC fijado por la Administración.
“Oi” es la diferencia entre el presupuesto base de licitación, excluido el IGIC y la oferta que se valora, esto es, el importe de la baja de la oferta que se
valora con respecto al presupuesto base de licitación, excluido el IGIC fijado por la Administración.
Todas las puntuaciones se redondearán al segundo decimal.
b) Otras Mejoras: Se valorarán hasta un máximo de veinte (20) puntos las ofertas que presenten algunas de las siguientes mejoras:
- Implantación de un sistema eficaz de encuadernación y plegado (5 puntos)
-Aportación de equipos auxiliares relacionados con la reprografía, como mínimo alguna de las siguientes herramientas, plastificadora, destructora, grapadora de gran volumen. (5 puntos).
-Suministro de 20 cajas de 5 paquetes de 500 folios cada uno Papel A4, 80 grs, al año. (5 puntos).
-Ampliación en el periodo de garantía mínimo un año más de lo establecido en el PPTP, en caso de que el Ayuntamiento decida la compra de las máquinas. (5 puntos).
6.4. Composición y constitución de la Mesa de Contratación: la composición de la Mesa de Contratación está fijada en el decreto de fecha 20.06.2013 de la Alcaldesa Presidenta. Tiene carácter permanente y está publicado en el perfil de contratante del órgano de contratación y en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas nº 124, el lunes 27 de septiembre de 2013.
Actuará como Presidente de la Mesa la Alcaldesa, o Concejal en quien delegue.
Actuarán como Vocales de la Mesa:
- Secretario municipal.
- Interventor municipal.
- Un Técnico municipal.
- Un Letrado municipal.
- Concejal o Concejales de la mayoría de gobierno que se designen al efecto por la Presidencia de la Corporación.
- Concejal del grupo mayoritario de la oposición.
- Actuará como Secretario de la Mesa un funcionario de la Corporación.
- Los miembros que forman parte de la Comisión Informativa de Hacienda y Patrimonio, sin voto pero con voz.
De cada acto que celebre la Mesa, se levantará acta sucinta de lo sucedido, que firmarán todos los componentes de la misma, y de los que dará fe la persona que actúe como Secretario.
6.6.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, y una vez constituida la Mesa, el Presidente ordenará, en cumplimiento del artículo 81.1 del RGLCAP, la apertura de los sobres que contengan la documentación que debe acompañar a las proposiciones y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos.
A continuación, la Mesa de Contratación calificará la documentación administrativa incluida en el sobre nº 1 de las proposiciones presentadas en tiempo y forma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 160 del TRLCSP y 81 del RGLCAP.
6.6.1. Subsanación de defectos u omisiones en la documentación: si a la vista de la calificación la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los licitadores; esta comunicación se hará pública mediante anuncio suscrito por el Presidente de la mesa de contratación insertado, en todo caso, en el Tablón de Anuncios de la Corporación, y en el perfil de contratante, siempre que sea posible. Sin perjuicio de lo anterior, todos los licitadores deberán señalar una dirección de correo electrónico, donde se les podrá remitir la comunicación por uno de estos medios, sin que en este caso la comunicación efectuada por los citados medios sea preceptiva para la Administración.
El plazo para subsanar no será superior a tres días hábiles. El cómputo de este plazo se hará a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la inserción de la comunicación en el Tablón de Anuncios de esta Corporación. A tal efecto, junto a la inserción del anuncio figurará diligencia de la Secretaría de la Mesa de Contratación acreditativa de la fecha de publicación.
La presentación de los documentos subsanados deberá ir acompañada, por un oficio de remisión, en el que se hará constar con detalle los documentos que se aportan. Esta documentación se presentará en el Registro General de la Corporación. Además, podrán adelantar la citada documentación vía fax o correo electrónico, respetando en todo caso lo previsto en la cláusula 8.1.5.
6.6.2. Admisión a la licitación: una vez concluida la fase de calificación la Mesa de Contratación procederá a determinar, con pronunciamiento expreso sobre los licitadores admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 del RGLCAP.
6.6.3. Apertura de las proposiciones: la apertura de las proposiciones deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas. La celebración de las Mesas de Contratación será convocada por el Presidente de la Mesa de Contratación una vez transcurrido el plazo de presentación de proposiciones y se publicará en el Perfil de Contratante.
El desarrollo de esta fase se ajustará a lo establecido en el artículo 83 del RGLCAP:
- Comenzará el acto de apertura de proposiciones dándose lectura al anuncio de licitación del contrato.
- A continuación se realizará el recuento de las proposiciones presentadas que serán confrontadas con el certificado expedido por la oficina receptora de aquellas. Tras dar a conocer al público asistente el número de proposiciones recibidas y el nombre de los licitadores, se ofrecerá a los interesados la ocasión de comprobar que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la mesa y en idénticas condiciones en que fueron entregados.
- En caso de discrepancias entre las proposiciones que obren en poder de la Mesa y las que como presentadas se deduzcan de la certificación, o que se planteen dudas acerca de las condiciones xx xxxxxxx en que hayan sido custodiadas, se suspenderá el acto y se realizarán urgentemente las investigaciones oportunas sobre lo sucedido. Aclaradas las discrepancias o resueltas las dudas se volverá a anunciar, en su caso, a través del Perfil de Contratante y el Tablón de Anuncios de la Corporación, la reanudación del acto público.
- El Presidente manifestará el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y de las causas de inadmisión. Las ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas quedaran excluidas del procedimiento de adjudicación y los sobres que las contengan no podrán ser abiertos.
- Antes de la apertura de la primera proposición se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en este momento pueda aquella hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones.
- A continuación se procederá a la apertura del sobre nº 2 relativos a criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas (proposición económica y técnica, respectivamente) de las proposiciones admitidas y a su evaluación conforme a los criterios de valoración recogidos en el presente pliego, dejando constancia documental de ello en el acta de la mesa.
- Rechazo de proposiciones: la Mesa de contratación rechazará, en resolución motivada, las proposiciones que incurran en alguna de las siguientes circunstancias:
- No guardar concordancia con la documentación admitida.
- Exceder del presupuesto de licitación
- Variar sustancialmente el modelo establecido.
- Comportar error manifiesto en el importe.
- Adolecer de error o inconsistencia, reconocidos por el licitador, que la hagan inviable.
El cambio u omisión de algunas palabras del modelo, si no alteran su sentido, no serán causas del rechazo de la proposición.
Para valorar las ofertas económicas desproporcionadas o anormales se estará a lo dispuesto en el art. 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
6.6.4. Determinada por la mesa de contratación la proposición económicamente más ventajosa, a favor de la cual formulará propuesta de adjudicación, invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas contra el acto celebrado, las cuales deberán formularse por escrito en el plazo máximo de dos días hábiles siguientes al de aquel acto y se dirigirán al órgano de contratación, el cual, previo informe de la mesa de contratación, resolverá el procedimiento, con pronunciamiento expreso sobre las reclamaciones presentadas, en la adjudicación del contrato.
6.7.- Adjudicación: la Mesa de Contratación elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación del contrato a favor del licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 817/2009, 8 xx xxxx, por el que se
desarrolla parcialmente la LCSP y los artículos 151 y 160 del TRLCSP. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, mientras no exista acuerdo del órgano de contratación.
6.8.- En caso de empate entre dos o más ofertas se resolverá a favor de: a).- La propuesta presentada por una empresa que tengan en su plantilla
personas con discapacidad o en situación de exclusión social, de acuerdo con el apartado 1° y 2º de la Disposición adicional cuarta del TRLCSP.
b).- La propuesta presentada por entidad sin ánimo de lucro, de acuerdo con el apartado 3° de la Disposición adicional cuarta del TRLCSP.
c).- En el resto de los casos, se resolverá por sorteo.
6.9.- La adjudicación del contrato deberá recaer en plazo máximo de dos meses, a contar desde el siguiente a la apertura de las proposiciones de conformidad con lo establecido en el artículo 161.1 del TRLCSP. De no dictarse la adjudicación en dicho plazo el empresario tiene derecho a retirar su proposición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161.4 del TRLCSP.
6.10.- El órgano de contratación requerirá al licitador propuesto como adjudicatario para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles desde el siguiente a aquel en que haya recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
Las condiciones establecidas en la cláusula 5 del presente pliego para ser adjudicatario del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146 del TRLCSP.
a) Certificados de hallarse al corriente con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151.2 del TRLCSP.
b) La efectiva disposición de los medios que se hubiese comprometido dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
c) Haber constituido la garantía exigida en la cláusula 9.2 del presente
pliego.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
6.11.- Adjudicación: Entregada la documentación requerida y constituida la garantía definitiva, el órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
6.12.- Notificación y publicidad de la adjudicación. La adjudicación se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante, de conformidad con el artículo 151.4 del TRLCSP.
6.13.- Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados.
6.14.- Renuncia a la celebración del contrato y desistimiento del procedimiento de adjudicación por la Administración: si el órgano de contratación renuncia a celebrar el contrato o decide reiniciar el procedimiento para su adjudicación lo notificará a los candidatos o licitadores, de conformidad con lo establecido en el artículo 155 del TRLCSP. En todo caso, la renuncia a la celebración del contrato o el desistimiento del procedimiento solo podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la adjudicación.
7. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
7.1. Las proposiciones se presentarán en el lugar y dentro del plazo, señalados en el anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
En caso de que el plazo de presentación de ofertas finalice un sábado, éste quedará prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
El anuncio de licitación se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Los gastos de esta publicación, será de cuenta del adjudicatario y se descontará de la factura hasta alcanzar su importe.
Asimismo, el anuncio de licitación se publicará en el perfil de contratante, publicado en la página web de la Corporación xxx.xxxx-xxxxxxx.xx, siempre que sea posible.
7.2. Las proposiciones deberán ir acompañadas, a efecto de permitir su registro, por dos ejemplares del escrito de presentación de plicas, según modelo Anexo I adjunto a este pliego, en el que se hará constar, necesariamente, el número de sobres que se presentan.
7.3. Cuando las proposiciones se envíen por correo, deberán dirigirse a la Oficina Receptora reseñada en el anuncio citado acompañadas, por dos ejemplares del escrito de presentación de plicas, según modelo Anexo I adjunto a este pliego, en el que se hará constar, necesariamente, el número de sobres que se presentan y, además cumplirán los requisitos señalados en el artículo 80 del RGLCAP, debiendo justificarse la fecha y la hora de imposición del envío en la oficina de Correos, y debiendo anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, en el que se consignarán el nº de expediente, el título del contrato y el nombre del licitador. A tal efecto, se entenderá que la hora de terminación del plazo será la hora de cierre de la oficina de Correos del último día de presentación de ofertas.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio.
7.4. Las empresas interesadas podrán EXAMINAR la documentación del expediente en las dependencias señaladas en los anuncios de la licitación.
8. DOCUMENTOS A PRESENTAR POR LAS PERSONAS LICITADORAS
8.1. Bases para su redacción y presentación
8.1.1. La presentación de proposiciones supone por parte de la persona licitadora la aceptación incondicional de las cláusulas de este pliego y que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
8.1.2. Las proposiciones constarán de DOS SOBRES, cerrados y firmados por la persona licitadora o por persona que la represente.
8.1.3. El Ayuntamiento de Antigua podrá pedir justificación documental o aclaraciones de todos los datos aportados por la persona licitadora antes de la
adjudicación, condicionando ésta a que dicha justificación o aclaraciones sean suficientes a su juicio.
8.1.4. Si durante la tramitación del procedimiento y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquisición del patrimonio, siempre que acredite ante el órgano de contratación reunir las condiciones de capacidad, la ausencia de prohibiciones de contratar y la solvencia exigida en este pliego para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
8.1.5. Todos los documentos que se presenten, de no ser originales, deberán tener carácter de auténticos conforme a la legislación vigente.
8.1.6. Todos los documentos en idioma que no sea castellano que presente el empresariado, tanto español como extranjero, deberá ir acompañados de su correspondiente traducción oficial al castellano.
8.2. Sobre nº 1: documentación administrativa
En forma bien visible, y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE Nº 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Nº Expte.: 321/01-2014
Título del Contrato: Suministro de tres máquinas fotocopiadoras multifunción para el Ayuntamiento de Antigua.
Licitador: (Nombre y C.I.F.) Dirección: Teléfono de contacto: E-mail: Fecha y Firma:
Contenido:
1º) Declaración responsable, firmada por el legal representante de la empresa, que contendrá lo siguiente (con arreglo al anexo II de este pliego):
1. Tener plena capacidad de obrar, de conformidad con el artículo 72 del TRLCSP, hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias (estar al corriente del pago, o exento del mismo, del Impuesto sobre Actividades Económicas, certificaciones positivas que acrediten la no existencia de deudas con la Administración del Estado, con la Comunidad Autónoma de Canarias y con el Ilustre Ayuntamiento de Antigua) y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes.
2. No encontrarse incurso en las prohibiciones de contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP.
3. Reunir los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica exigidos para contratar con la Administración, de conformidad con los artículos 75 y 77 del TRLCSP.
Todo ello sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tales requisitos deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva y a requerimiento de la Administración contratante, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
ASIMISMO, EL MOMENTO DECISIVO PARA APRECIAR LA CONCURRENCIA DE LOS REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA EXIGIDOS PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN SERÁ EL DE FINALIZACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
Las empresas comunitarias, no españolas, podrán acreditar que no están incursas en prohibición de contratar mediante los certificados de clasificación o documentos similares que acrediten su inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los Estados miembros de la Unión Europea o mediante certificación emitida por organismos que respondan a las normas europeas de certificación expedidas de conformidad con la legislación del Estado miembro en que esté establecido el empresario. Dichos documentos deberán indicar las referencias que hayan permitido la inscripción del empresario en la lista o la expedición de la certificación, así como la clasificación obtenida.
2º) Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras.
Las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
3º) Domicilio. Todos los licitadores deberán señalar un domicilio conforme al anexo V de este pliego. Esta circunstancia será complementada indicando una dirección de correo electrónico y un número de teléfono y fax donde el contratista desea ser notificado de todas las resoluciones, providencias u otros actos administrativos relacionados con el expediente de contratación.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
4º) En su caso, certificado actualizado expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social o por los servicios componentes de la Comunidades Autónomas, que acredite la pertenencia a la plantilla de la empresa de un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por ciento de la misma, a efectos de aplicar lo establecido en la cláusula 6.8 del presente pliego referente a la adjudicación del contrato en caso de empate entre dos o más empresas.
8.3. Sobre nº 2: PROPUESTA ECONÓMICA Y TÉCNICA
En forma bien visible, y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE Nº 2: PROPUESTA ECONÓMICA Y TÉCNICA
Nº Expte.: 321/01-2014
Título del Contrato: Suministro de tres máquinas fotocopiadoras multifunción para el Ayuntamiento de Antigua
Licitador: (Nombre y C.I.F.) Dirección: Teléfono de contacto: E-mail: Fecha y Firma:
Contenido:
El SOBRE Nº 2 contendrá la Propuesta económica y Proposición técnica, cuya valoración y cuantificación corresponde a los criterios evaluables de forma automática con arreglo a cifras, fórmulas o porcentajes.
Contenido:
a) Proposición económica constituida por la OFERTA, según XXXXX XXX. Dicha proposición se presentará escrita a máquina preferentemente y no se aceptarán aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el Impuesto General Indirecto Canario que deba ser repercutido (artículo
145.5 del TRLCSP).
Cada persona licitadora no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una Unión Temporal. La contravención de este principio producirá la desestimación de todas las propuestas por él suscritas.
A todos los efectos, se entenderá que la proposición económica ofertada, comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución del contrato, y cualesquiera otros que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes.
En el caso de que se presente una proposición económica por una unión temporal de empresas, aquélla deberá estar firmada por las personas que representen a cada una de las empresas componentes de la citada unión, rechazándose la oferta en caso contrario.
b) Proposición Técnica, constituida por:
-Una memoria donde se contemple las características técnicas de las máquinas fotocopiadoras, que deberán cumplir como mínimo con las condiciones técnicas establecidas en el apartado xxxxxxx xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
-Propuesta suscrita sobre otras mejoras que se comprometan a efectuar, establecidas en el presente pliego cláusula 6.3 b), según modelo Xxxxx XX.
Dicha documentación se presentará escrita a máquina y no se aceptarán aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Administración estime fundamental para valorar la mejora, deberá estar suscrita por el licitador.
9.- GARANTÍAS
9.1. Para participar en esta licitación no será necesario constituir una garantía provisional.
9.2. Garantía definitiva: la garantía definitiva responderá de los conceptos establecidos en el artículo 100 del TRLCSP.
El licitador que haya presentado la oferta más ventajosa deberá acreditar en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el correspondiente requerimiento, la constitución de la garantía definitiva por importe equivalente al 5 por ciento del importe de adjudicación, excluido el Impuesto General Indirecto Canario. De no cumplirse este requisito por causas imputables al licitador, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, siendo de aplicación lo dispuesto en el último párrafo del artículo 151.2 del TRLCSP.
En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, este deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
9.3. Garantía global: no será precisa la constitución de las garantías reseñadas en los apartados anteriores cuando el licitador hubiere constituido en el mismo plazo, o con anterioridad al mismo, garantía global ante esta Administración, en los términos previstos en el artículo 98 del TRLCSP, y dicha garantía se encontrara vigente y efectiva.
9.4. Constitución de las garantías: las garantías se constituirán de conformidad con las normas establecidas en los artículos 96 y 97 del TRLCSP y los artículos 55 y siguientes del RGLCAP.
Las garantías constituidas en valores serán constituidas ante la Tesorería del Ayuntamiento, de acuerdo con los anexos III y IV del RGLCAP, debiendo acompañar en todo caso al documento de constitución de la garantía el certificado establecido en el artículo 61.4 del RGLCAP.
Asimismo esta garantía, según redacción dada al citado artículo por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, podrá solicitarse por el adjudicatario que la garantía
definitiva se retenga del abono de la factura hasta alcanzar su importe, quedando ingresada en la tesorería municipal en metálico. Dicha solicitud deberá realizarse en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento formulado por el órgano de contratación, previo a la adjudicación.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato. Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del TRLCSP.
Las garantías constituidas mediante aval se constituirán ante la Tesorería del Ayuntamiento, de acuerdo con el anexo V del RGLCAP.
Las garantías constituidas mediante contrato de seguro de caución se constituirán ante la Tesorería del Ayuntamiento, de acuerdo con el anexo VI del RGLCAP.
Cuando la garantía definitiva sea constituida mediante aval bancario o contrato de seguro de caución, será necesario que los poderes de las personas representantes de la entidad avalista sean bastanteados previamente por el Ayuntamiento, de conformidad con el artículo 58 del RGLCAP.
En el caso de uniones temporales de empresas, las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que, en conjunto, se alcance la cuantía requerida en el artículo 103.2 del TRLCSP y en este pliego de cláusulas. En todo caso, la garantía deberá amparar, conjunta y solidariamente, a todos y cada uno de los miembros de la unión temporal de empresas y así se hará constar en el documento en el que se constituya dicha garantía, rechazándose, en consecuencia, la proposición presentada que incumpla lo anteriormente prescrito.
9.5. La devolución, cancelación y ejecución de las garantías se regularán, respectivamente, por lo dispuesto en los artículos 101 y 102 del TRLCSP, y los artículos 63, 64 y 65 del RGLCAP.
10. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
10.1. El contrato se formalizará en documento administrativo, de acuerdo con el modelo establecido en el ANEXO IV adjunto a este pliego, dentro del plazo de los quince (15) días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de
la adjudicación a los licitadores y candidatos, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. Si el contrato se formaliza en escritura pública, la empresa adjudicataria entregará a la Administración, dos (2) copias legalizadas y tres (3) simples de la misma, siendo a cargo del contratista los gastos derivados de su otorgamiento.
10.2. La firma del contrato se efectuará en la sede del Ayuntamiento de Antigua, al que asistirá la persona que represente a la empresa con poderes suficientes para suscribir el documento y el órgano de contratación asistido por la persona que ejerza las funciones de Secretaría de la Corporación, que dará fe del acto.
11. DOCUMENTOS CONTRACTUALES
Los documentos que tendrán carácter contractual serán el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, el pliego de prescripciones técnicas particulares, la propuesta económica y técnica del adjudicatario.
12. RESPONSABLE DEL CONTRATO
De acuerdo con el artículo 52 del TRLCSP el órgano de contratación podrá designar un responsable del contrato al que corresponderá supervisar su ejecución, adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización del servicio contratado.
13. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
13.1. Obligaciones del contratista y gastos exigibles: Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, existirán específicamente las siguientes obligaciones:
-El contratista ejecutará el contrato con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, así como a lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas, e instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación.
-Los bienes objeto del suministro deberán ser entregados en las dependencias Municipales en los términos establecidos en la cláusula II xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
-El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y Seguridad e Higiene en el Trabajo.
-Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos derivados de los anuncios oficiales de la licitación.
13.2. Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los importes de adjudicación se entienden comprendidos todos los gastos que ocasione la ejecución del contrato, así como los gastos de transporte y demás que se produzcan hasta la entrega de los bienes, las tasas e impuestos, directos e
indirectos, excluido el IGIC, que graven la ejecución del mismo, que correrán por cuenta del contratista.
13.3. Indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración, será responsable la misma dentro de los límites señalados en las Leyes.
14. RÉGIMEN DE PAGOS AL CONTRATISTA
14.1. El contratista tendrá derecho al abono mensual del arrendamiento y mantenimiento de las máquinas entregadas y formalmente recibidas por la Administración, de conformidad con lo establecido en la cláusula III xxx xxxxxx de prescripciones técnicas particulares.
14.2. Las facturas se emitirán de conformidad con lo dispuesto en el RD 1496/2003, de 28 de noviembre y con los requisitos establecidos en las Bases de ejecución del Presupuesto General.
14.3. A los efectos establecidos en el artículo 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, referente a los responsables subsidiarios de la deuda tributaria, para proceder al pago el contratista está obligado a aportar junto con la factura un certificado específico de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias emitido a estos efectos por la Administración tributaria durante los doce meses anteriores al pago de cada factura.
14.4. La Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los plazos establecidos en el artículo 216.4 y la Disposición transitoria sexta del TRLCSP, y si se demorase deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
14.5. Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, el contratista podrá proceder en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la Administración, con un mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos en el TRLCSP.
14.6. Si la demora en el pago superase los seis meses, el contratista tendrá derecho a la resolución del contrato y al resarcimiento de los perjuicios que por ello se le originen.
15. REVISIÓN DE PRECIOS
No procede para la ejecución de este contrato la revisión de precios.
16. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
La cesión y subcontratación del contrato será admitida en los términos establecidos en los artículos 226 y 227, respectivamente, del TRLCSP.
17. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
En el supuesto de modificación del contrato se estará a lo dispuesto en los artículos 209 y 296 del TRLCSP.
18. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
18.1. Si la Administración acordare la suspensión del contrato o aquella tuviera lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP y en el presente pliego, se levantará un acta en la que se consignará las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquel.
18.2. Acordada la suspensión, la Administración abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por este, los cuales se cifrará, en su caso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 300 del TRLCSP.
19. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
19.1. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en este pliego y en el de prescripciones técnicas particulares y a satisfacción de la Administración, cuya conformidad se hará constar de forma expresa dentro del mes siguiente a la realización del objeto del contrato.
19.2. Si los bienes no se ajustan a las condiciones establecidas se hará constar así en el documento de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
19.3. Si en los bienes entregados con posterioridad se observarán defectos, la Administración, previo informe del responsable del contrato, puede optar indistintamente, por la resolución del contrato con pérdida de la garantía y/o la indemnización a que pueda tener derecho la Administración por los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento.
19.4. El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en el bien antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiese incurrido en xxxx al recibirlos.
19.5. Cuando el acto formal de recepción del los bienes objeto del suministro sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra.
20. PLAZO DE GARANTÍA
20.1.-El objeto del contrato quedará sujeto a un plazo de garantía de CUATRO
(4) AÑOS, a contar desde la fecha de recepción o conformidad del suministro, plazo durante el cual la Administración podrá comprobar que el suministro realizado se ajusta a lo contratado y a lo estipulado en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas. Transcurrido el plazo de garantía sin que se hayan formulado reparos a los suministros ejecutados, quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
20.2. Durante el periodo de garantía, el contratista estará obligado a subsanar, a su xxxxx, todas las deficiencias que se puedan observar en los bienes, de conformidad con lo establecido en el artículo 298 del TRLCSP.
20.3. Durante el plazo de garantía el contratista podrá conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados.
20.4. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en el mismo e imputables al contratista, podrá antes de expirar dicho plazo, rechazarlo dejándolo de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
21. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
La resolución del contrato se producirá por la concurrencia de alguna de las causas previstas en los artículos 223 y 299 del TRLCSP, con lo efectos previstos en los artículos 225 y 300 del TRLCSP.
22. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN.
22.1. El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP, en el Real Decreto 817/2009, 8 xx xxxx, por el que se
desarrolla parcialmente la LCSP y en el RGLCAP. Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
22.2. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Antigua, a 18 de febrero de 2014 LA FUNCIONARIA,
Xxxxx del Xxxxxx Xxxxx Xxxxx
Firmado por: NOMBRE XXXXX XXXXX XXXXX XXX XXXXXX - NIF 00000000X
Fecha y hora: 25.02.2014 08:43:58
XXXXX X.- MODELO DE ESCRITO DE PRESENTACIÓN DE PLICA
Don/Doña.............................................., con de DNI nº........................, en nombre
propio, (o en nombre y representación de la empresa..........................., con CIF:
...........), con domicilio a efectos de notificación en , teléfono nº……,
hace entrega de la plica de……………………………. (Nombre del licitador) para participar en el procedimiento de contratación de suministro de tres máquinas fotocopiadoras multifunción para el Ayuntamiento de Antigua.
Junto con la presente se adjuntan dos sobres cerrados:
Sobre nº 1. Documentación administrativa
Sobre nº 2. Propuesta económica y Propuesta técnica LUGAR, Fecha y firma
A/A DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
*(DE ESTE ECRITO DEBERÁN PRESENTAR DOS EJEMPLARES, UNO PARA EL AYUNTAMIENTO DE ANTIGUA Y OTRO PARA EL INTERESADO)
ANEXO II
PARA PERSONA JURÍDICA
DECLARACIÓN RESPONSABLE
Xxx , mayor de edad, provisto de D.N.I. número
, en nombre y representación de la entidad mercantil
, con C.I.F. , con domicilio en C/ , C.P. , .
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
1. Tener plena capacidad de obrar, de conformidad con el artículo 72 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes.
2. No encontrarse incurso en las prohibiciones de contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP.
3. Reunir los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica exigidos para contratar con la Administración, de conformidad con los artículos 75 y 77 del TRLCSP.
4.- Que esta declaración se emite para que surta efecto en el expediente de contratación de suministro de tres máquinas fotocopiadoras multifunción para el Ayuntamiento de Antigua en régimen de renting, con opción a compra.
Lo que firma en a de de 2014
FIRMA
SRA. ALCALDESA PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE ANTIGUA.
ANEXO II
PARA PERSONA FÍSICA
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Dña..................................., DNI............................., en nombre propio,
domicilio en ,.
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
1. Tener plena capacidad de obrar, de conformidad con el artículo 72 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes.
2. No encontrarse incurso en las prohibiciones de contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP.
3. Reunir los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica exigidos para contratar con la Administración, de conformidad con los artículos 75 y 77 del TRLCSP.
4.- Que esta declaración se emite para que surta efecto en el expediente de contratación de suministro de tres máquinas fotocopiadoras multifunción para el Ayuntamiento de Antigua en régimen de renting con opción a compra.
Lo que firma en a de de 2014 FECHA Y FIRMA
SRA. ALCALDESA PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE ANTIGUA.
ANEXO III.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Don/Dña. natural de , provincia de con Documento Nacional de Identidad número _en su propio nombre (o en nombre y representación de ) se compromete a ejecutar el contrato de suministro de tres máquinas fotocopiadoras multifunción para el Ayuntamiento de Antigua con sujeción estricta al pliego de cláusulas administrativas particulares y al de prescripciones técnicas particulares por los siguientes importes:
Arrendamiento | euros |
Valor residual de compra | euros |
Copias blanco y negro | euros |
Copias en color | euros |
IGIC 7% | euros |
TOTAL | euros |
LUGAR, FECHA Y FIRMA
SRA. ALCALDESA PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE ANTIGUA.
ANEXO IV.- CONTRATO ADMINISTRATIVO. CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTRO MEDIANTE LA
MODALIDAD DE RENTING, CON OPCIÓN A COMPRA DE TRES MÁQUINAS FOTOCOPIADORAS PARA EL AYUNTAMIENTO DE ANTIGUA
En Antigua, a de de 2013
REUNIDOS
De una parte, .................................................., Órgano de contratación actuando en representación del AYUNTAMIENTO DE ANTIGUA, en virtud de ……………….., con DNI nº ..............., asistido del Secretario de la Corporación D. , con DNI
n.º , que da fe del acto.
Y de otra, D./Doña ..........................., DNI ..............., en nombre y representación de
..........................., CIF: ..........., domicilio en ..........................., constituida por tiempo indefinido en escritura autorizada por el/la notario/a de D./Doña
......................., el día .. de ......... de ....., inscrita en el Registro Mercantil de ....., xx tomo ,
folio ..., hoja n.º ...., inscripción ...
Ostenta dicha representación en virtud de escritura de poder, otorgada ante el/la Notario/a de .................... D./Dña........................, el día ......................., n.º de protocolo ....
ANTECEDENTES
I. Expediente de contratación
Por resolución del Órgano de contratación de fecha ............., se aprobó el pliego de prescripciones técnicas particulares y el pliego de cláusulas administrativas particulares que han de regir el contrato de suministro de tres máquinas fotocopiadoras multifunción para el Ayuntamiento de Antigua en régimen de renting.
II. Adjudicación
I.- Conforme a la carta de pago expedida por la Tesorería de este Ayuntamiento, de fecha
............., nº de operación el adjudicatario ha constituido la garantía definitiva
por importe de ……………………. euros (…………..€), equivalente al 5 por ciento del presupuesto de adjudicación, que no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato o resuelto éste sin culpa del contratista.
II.- El Órgano de contratación adjudicó el contrato de suministro de tres máquinas fotocopiadoras multifunción del Ayuntamiento de Antigua, a...................., conforme a la resolución de fecha cuya parte dispositiva dice:
“.................................................................”.
Y conviniendo a ambas partes, en calidad de adjudicador y adjudicatario, el presente contrato de suministro, lo formalizan en el presente documento administrativo, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS DEL CONTRATO
PRIMERA.- D./Doña ................................... se compromete a ejecutar el contrato de suministro de tres máquinas fotocopiadoras multifunción, con arreglo al pliego de cláusulas administrativas particulares, al pliego de prescripciones técnicas particulares, y a la oferta del adjudicatario, que figuran en el expediente, documentos contractuales que acepta incondicionalmente y sin reserva alguna. En caso de existir contradicciones en los citados documentos contractuales, el orden de jerarquía para su aplicación será el establecido en el párrafo anterior.
SEGUNDA.- El precio del contrato asciende a ….. IGIC excluido que asciende a ….
TERCERA.- El régimen de pagos al contratista, se efectuara de conformidad con lo establecido en la cláusula 13 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
CUARTA.- De acuerdo con lo dispuesto en el pliego de cláusulas administrativas particulares, en este contrato no se revisarán los precios.
QUINTA.- El contrato tiene una duración máxima de cuarenta y ocho meses, contados a partir del día siguiente al de la puesta a disposición del Ayuntamiento de las máquinas fotocopiadoras.
SEXTA.- El plazo de garantía es de un año, a contar desde la total finalización del contrato.
SÉPTIMA.- Si llegado el día de efectuar el suministro, el contratista no hubiere podido
efectuarlo, por causa imputable al mismo, la Administración acordará la resolución del contrato con pérdida de garantía.
OCTAVA.- El contratista se somete expresamente al pliego de cláusulas administrativas particulares y al de prescripciones técnicas particulares del suministro, al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, al Real Decreto 817/2009, 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, así como por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la ley de Contratos de las
Administraciones Públicas y a la jurisdicción Contencioso-Administrativa para dirimir las cuestiones litigiosas.
Y para la debida constancia de todo lo convenido, firman este contrato en triplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicado; ante mí el/la Secretario que doy fe.
EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN EL CONTRATISTA, Fdo.:........................................ Fdo.:
EL SECRETARIO/A GENERAL, Fdo.:.......................................................
PARA PERSONA JURÍDICA
NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS Y/O VÍA FAX
D./Xx , mayor de edad, provisto de D.N.I. número
, en nombre y representación de la entidad mercantil , con
C.I.F. , con domicilio en C/ , C.P. ,
y con nº de Tlf. enterado del procedimiento de contratación de suministro de tres máquinas fotocopiadoras multifunción para el Ayuntamiento de Antigua en régimen de renting con opción a compra, y de las condiciones y requisitos que se exigen para participar en el mismo,
CONSIENTE la utilización de medios electrónicos por parte de la Administración para la realización de las notificaciones administrativas en este procedimiento de contratación, de acuerdo con los datos que se indican a continuación:
PERSONAS AUTORIZADAS A RECIBIR LAS NOTIFICACIONES (máximo 2):
NOMBRE Y APELLIDOS | NIF | Correo electrónico donde recibir los avisos de notificaciones telemáticas |
o CONSIENTE la utilización del siguiente fax por parte de la Administración para la realización de las notificaciones administrativas en este procedimiento de contratación, de acuerdo con los datos que se indican a continuación:
NOMBRE Y APELLIDOS | NIF | FAX donde recibir los avisos de notificaciones telemáticas |
En a de de 2013 (Lugar, fecha y firma del licitador)
Fdo.:
SRA. ALCALDESA PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE ANTIGUA
ANEXO V
PARA PERSONA FÍSICA
NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS Y/O VÍA FAX
D./Dña..................................., DNI............................., en nombre propio, domicilio en
……………………………...., y con nº de Tlf. enterado del procedimiento de contratación de suministro de tres máquinas fotocopiadoras multifunción para el Ayuntamiento de Antigua en régimen de renting con opción a compra, y de las condiciones y requisitos que se exigen para participar en el mismo,
CONSIENTE la utilización de medios electrónicos por parte de la Administración para la realización de las notificaciones administrativas en este procedimiento de contratación, de acuerdo con los datos que se indican a continuación:
PERSONAS AUTORIZADAS A RECIBIR LAS NOTIFICACIONES (máximo 2):
NOMBRE Y APELLIDOS | NIF | Correo electrónico donde recibir los avisos de notificaciones telemáticas |
o CONSIENTE la utilización del siguiente fax por parte de la Administración para la realización de las notificaciones administrativas en este procedimiento de contratación, de acuerdo con los datos que se indican a continuación:
NOMBRE Y APELLIDOS | NIF | FAX donde recibir los avisos de notificaciones telemáticas |
En a de de 2013 (Lugar, fecha y firma del licitador)
Fdo.:
SRA. ALCALDESA PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE ANTIGUA
PROPOSICIÓN TÉCNICA (MEJORAS DE LOS MEDIOS TÉCNICOS)
Don/Dña.
natural de , provincia de con Documento Nacional de Identidad número en su propio nombre (o en nombre y representación de ) se compromete a la ejecución del contrato de suministro de tres máquinas fotocopiadoras multifunción para el Ayuntamiento de Antigua en régimen de renting con opción a compra, con sujeción estricta al pliego de cláusulas administrativas particulares y al de prescripciones técnicas particulares, comprometiéndome a llevar a cabo las mejoras que indico a continuación:
- Implantación de un sistema eficaz de encuadernación y plegado
-Aportación de equipos auxiliares relacionados con la reprografía, como mínimo alguna de las siguientes herramientas, plastificadora, destructora, grapadora de gran volumen
-Suministro de 20 cajas de 5 paquetes de 500 folios cada uno Papel A4, 80 grs, al año.
-Ampliación en el periodo de garantía mínimo un año más de lo establecido en el PPTP, en caso de que el Ayuntamiento decida la compra de las máquinas.
LUGAR, FECHA Y FIRMA
(MARCAR CON UNA X LAS MEJORAS QUE SE COMPROMETAN A REALIZAR)