CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
REUNIDOS
En Benidorm, a de de 2019.
De una parte, D. Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, en nombre y representación de Benidorm Salsa Congress SL (en lo sucesivo la empresa CONTRATANTE), con domicilio X/Xxxxxx xx Xxxxxx 00 xx, 00000 xx Xxxxxx y C.I.F B86446887 , y en su calidad de REPRESENTANTE con poderes suficientes para este acto, según escritura de poder otorgada por el notario Xxxxxxx Xxxxx-Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, en contrato público con número de protocolo 578 y debidamente registrado.
Y de otra, D. , con
DNI/PASAPORTE , con domicilio en
, (en lo sucesivo el CONTRATISTA),
en nombre y representación de
artístico).
(nombre
Que las partes, de su libres y espontáneas libertades , manifiestan tener y se reconocen mutua y recíprocamente ,la capacidad legal necesaria para otorgar el presente contrato, a cuyos efectos, podrán ser denominadas “las partes”.
MANIFIESTAN
I.- Que entre las actividades que constituyen el objeto social del contratista se encuentra la realización de; espectaculos xx xxxxx, workshops, master class y/o bootcamps.
II.- Que ambas empresas han llegado a un acuerdo sobre la forma en que se ha de prestar el servicio descrito en el apartado anterior, formalizando lo convenido mediante el presente contrato que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.- Objeto
Es objeto de este contrato la prestación por parte del contratista de los servicios de clases xx xxxxx, música y actuaciones de todo tipo, detalladas en el ANEXO I, incluido en este contrato.
La prestación por el contratista de los servicios descritos SERÁ EXCLUSIVA a favor de la Empresa Contratante, NO estando facultada para realizar estos mismos servicios u otros similares a otras personas físicas y/o jurídicas, en un plazo no inferior a 60 días hábiles anteriores y/o posteriores a la fecha realización de dicha contra-prestación en la ciudad de Benidorm y de 30 días hábiles anteriores y/o posteriores a la fecha realización de dicha contra-prestación en la Provincia de Alicante.
El contratista se compromete a acatar las normas de convivencia y sistemática de trabajo establecidas por el contratante expresadas en el ANEXO 2 adjunto a este presente contrato.
Segunda.- Duración
La duración del presente contrato, libremente estipulada por las partes, es por la duración de los servicios contratados, detallados en el ANEXO I. Los cuales se impartirán y se desarrollarán en EL HOTEL GRAN BALI de Benidorm en Alicante. Transcurrido el plazo contractual se dará por finalizado el presente contrato.
Tercera.- Precio
El precio de los servicios a prestar será mediante tarifa única detallado en el ANEXO I, y que a la finalización del presente contrato se determinará mediante la emisión de la correspondiente factura. Se encuentran incluidos en dicho precio los siguientes conceptos: costes directos (como mano de obra, con sus pluses y cargas y seguros sociales que intervienen directamente en la ejecución del presente contrato, los materiales, gastos de personal, y cualquier otro gasto que se pueda derivar de la ejecución del presente contrato).
Cuarta.- Sistemática de trabajo
1. El CONTRATISTA podrá desarrollar su actividad con personal contratado, contratar o subcontratar parte o toda la actividad con terceros, siendo los que impartan el servicio los que se detallaran en el ANEXO I.
2. El CONTRATISTA dispone de infraestructura productiva y material propios según sistema de enseñanza propio.
Quinta.- Forma de pago
1. El contratista presentará la factura dentro de los treinta días anteriores a la prestación del servicio.
2. Una vez conformada la factura por la contratante se procederá al pago de la misma que podrá consistir en pago a través de cualquier medio de pago admitido por el Consejo Superior Bancario o cualquier entidad bancaria que en su momento determinará la parte contratante (actualmente, "Pago domiciliado") que emitirá y enviará por correo una entidad financiera del contratante al domicilio que designe el contratista. El vencimiento de dicho documento será el máximo aplicable en cada momento conforme Ley 15/2010 de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, a contar desde la prestación del servicio o desde el último día del mes objeto de facturación, caso de prestación continuada, momento en el que se entienden recibidos los servicios mensualmente prestados. Todos los gastos originados por estos conceptos serán de cargo del contratista.
También será posible el pago por compensación de las cantidades que ambas sociedades se adeuden entre sí por cualquier concepto.
3. La presentación por el contratista de la factura con posterioridad a los treinta días siguientes a la prestación del servicio o al mes objeto de facturación, conllevará como penalización, la deducción en la factura de la cantidad que resulte de aplicar a la base imponible el interés de demora establecido en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre de lucha contra la morosidad devengado a partir de la fecha del
cumplimiento de los treinta días.
Sexta.- Responsabilidad por daños:
El contratante será responsable de todos los daños y perjuicios que ocasione en la prestación de los servicios objeto del presente contrato, tanto para la propia empresa contratante como ante cualesquiera terceros. Asimismo se responsabilizará del acopio de los materiales y/o personal, de que la dosificación de los mismos es la aprobada y de la correcta aplicación de los métodos de trabajo y, en consecuencia, también de las repercusiones que dichas anomalías puedan tener en la ejecución del contrato realizada.
Con el fin de tener cubiertas las responsabilidades que frente a terceros y frente a la compañía suministradora se deriven de la ejecución del contrato, el CONTRATISTA viene obligado a concertar una póliza de Responsabilidad Civil.
El representante de la empresa CONTRATANTE podrá inspeccionar el cumplimiento de todos los puntos anteriores sin que tal inspección exonere al CONTRATISTA de la exclusiva responsabilidad que le incumbe.
Séptima.- Seguridad y salud
Deberán cumplirse cuantas normas sobre seguridad y salud en el trabajo fueran impuestas por las disposiciones legales vigentes en la materia. , en particular, la ley 31/1995 de 8 de Noviembre y el real decreto 1627/1997 de 24 de octubre. En relación a la citada ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales y la norma reglamentaria que la desarrolla sobre Coordinación de actividades empresariales, la empresa contratante podrá requerir en cualquier momento a la contratista la documentación, información y medidas de protección y prevención exigidas en dicha normativa legal.
Así mismo deberán cumplirse las propias de la actividad de la empresa contratista, así como cuantas disposiciones particulares pueda establecer la empresa contratante, siendo el contratista el único responsable de cualquier incumplimiento de las mismas o del que pudieran generar las personas a su cargo.
El contratista responderá directamente de los daños y perjuicios derivados de
cualquier accidente sufrido o producido por él o por su personal, ya sea a la empresa contratante o a terceros, como consecuencia del incumplimiento de cualquier normativa aplicable.
o Carpeta: 1 Documentación general de la empresa.
Archivo 11: REA.
Archivo 12: Copia de los TC2 de todos los trabajadores. En caso de trabajadores autónomos justificante de estar al corriente de los pagos de la Seguridad Social.
Archivo 13: Copia del seguro de responsabilidad civil y justificante de estar al corriente del pago.
Archivo 14: Modalidad preventiva adoptada con justificante de estar al corriente del pago.
Archivo 15: Carta de compromiso de la empresa CONTRATISTA de comunicar cualquier tipo de accidente o incidente de trabajo al personal responsable del centro de trabajo.
Archivo 16: Carta de compromiso de la empresa CONTRATISTA de informar de cualquier situación de emergencia susceptible de afectar a la seguridad de los trabajadores del BENIDORM SALSA CONGRES o cualquier persona relacionada con ellos.
Archivo 17: Carta de compromiso de la empresa CONTRATISTA de dar cumplimiento de cuanta normativa interna se apruebe en el Benidorm
Salsa Congres.
Archivo 18: Nombramiento del encargado y responsable de Seguridad y Salud. Nombre y apellidos, cargo y teléfono de contacto.
Archivo 19: Nombramiento del recurso preventivo. Nombre y apellidos.
Justificante que acredite su formación para el puesto.-
o Carpeta: 2 Documentación de los trabajadores.
Archivo: 21 Listado de trabajadores.
Carpeta: 22 Información de los trabajadores.
Carpeta: 221 Nombre del trabajador.
Archivo: 2211 Acreditación de que el trabajador está inscrito en la Seguridad Social.
Archivo: 2212 Acuse de recibo de entrega de EPI.
Archivo: 2213 Acreditación de la formación e información recibida en materia de PRL.
Archivo: 2214 Certificado de aptitud del estado de salud de los trabajadores.
La documentación en materia de Seguridad y Salud anteriormente descrita, deberá estar estructurada tal y como se indica en los párrafos superiores, no admitiéndose variación alguna en su organización. El formato admitido para los documentos será únicamente pdf. Toda esta documentación se presentará con una semana de antelación a la fecha prevista al desarrollo del contrato. Todas aquellas deficiencias que se observen en la documentación presentada deberán ser subsanadas previamente.
Octava.- Subcontratación
El contratista no podrá subcontratar ninguna parte de los trabajos objeto de este contrato sin previo conocimiento y autorización de la empresa contratante por escrito. En caso afirmativo, ello no implicará vínculo contractual alguno entre la empresa contratante y el subcontratista, siendo el contratista el único responsable, a todos los efectos previstos en las leyes, de la actuación de este.
Novena.- Responsabilidades laborales y tributarias
El contratista se obliga a satisfacer a sus trabajadores los sueldos y salarios, a cotizar puntualmente los Seguros Sociales, cuotas de Previsión y Accidentes en general, y a cumplir rigurosamente cuantas obligaciones determinen las leyes vigentes en materia de Previsión y Accidentes.
Asimismo el contratista se obliga a estar al corriente en sus obligaciones tributarias.
Décima.- Protección de Datos de Carácter Personal
A los efectos de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los representantes legales de la EMPRESA CONTRATANTE, y de la EMPRESA CONTRATISTA y las personas designadas como interlocutoras o encargados de los trabajos de cada parte del contrato, reconocen quedar informadas y consentir que los datos personales reflejados en el presente Contrato, así como los que sean generados durante la ejecución del mismo, sean necesariamente tratados en un fichero responsabilidad de EMPRESA CONTRATANTE con la finalidad del cumplir con el desarrollo, cumplimiento y control de la relación contractual así como llevar a cabo el envío de cualquier tipo de documentación al respecto y el mantenimiento de históricos de relaciones comerciales.
Los titulares de los datos personales se comprometen a comunicar a EMPRESA CONTRATANTE, cualquier variación de los datos recogidos en este contrato o los generados por los interlocutores o encargados de los trabajos durante la ejecución del mismo, con el fin de que EMPRESA CONTRATANTE, pueda proceder a su actualización. En tanto no nos comunique lo contrario, EMPRESA CONTRATANTE entenderá que los datos que proporcionados son exactos y actuales.
La EMPRESA CONTRATISTA se compromete a no utilizar los datos personales afectados por este contrato para finalidades diferentes a las que corresponden al propio desarrollo del contrato.
Tanto el representante legal como los interlocutores o encargados de los trabajos podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose por escrito a EMPRESA CONTRATANTE, en la dirección que figura en el encabezamiento.
Décimo-Primera.- Propiedad Intelectual e Industrial.
Cualquier marca registrada, diseño u otra obra que dé lugar a derechos de propiedad intelectual o industrial realizado durante el desarrollo del presente contrato, que afecte o que este relacionado con las actividades de la empresa contratista o sea susceptible de ser utilizada o adaptada para su uso por la misma, deberá ser comunicada de inmediato a la Empresa contratante y pertenecerá, y será de la exclusiva propiedad del contratante.
El contratista renuncia a cualesquiera derechos pudieran corresponderle comprometiéndose expresamente a su cesión por tiempo indefinido y ámbito universal y, a petición de la contratante y a xxxxx de la misma, ejecutará los documentos que resulten precisos, obligándose a otorgar a la contratante por medio del presente acuerdo poderes de representación para realizar en su nombre los actos necesarios para ejecutar el contenido de esta estipulación y otorgar todos los derechos de dicha compañía sin limitación alguna.
Décimo-Segunda.- Causas de resolución y rescisión del contrato
Serán causas de resolución del contrato:
1º El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas establecidas en el contrato.
2º La demora en la ejecución de los trabajos, siempre que exceda de dos semanas y sea imputable a actos u omisiones del contratista.
3º. La demora reiterada del contratista en la presentación de facturas para su cobro, sin perjuicio de que el contratante pueda exigir los daños y perjuicios que dicho retraso pudiere haberle causado, así como los gastos incurridos para reclamar la presentación en plazo de las facturas.
4º El incumplimiento de las Obligaciones Laborales, o de las Normas de Seguridad y Salud, y la no presentación del certificado de estar inscrito en el Registro de Empresas Acreditadas a requerimiento de la parte contratante, así como no estar al corriente de las Obligaciones Tributarias. La no acreditación por el contratista de estar al corriente en el pago de las cuotas de la seguridad social y accidentes de trabajo, así como en el pago de los sueldos y salarios y obligaciones tributarias, será por si sola causa suficiente para no satisfacer las facturas y dar por resuelto, de inmediato, el contrato.
5º La extinción de la personalidad jurídica del contratista o de la empresa contratante.
6º El concurso de acreedores de cualquiera de las partes, siempre y cuando el concursado no pueda garantizar que el cumplimiento del contrato forma parte de su plan de viabilidad.
7º Por transmisión, cesión, traspaso o subarriendo de toda o parte de sus obligaciones contractuales sin autorización de la Empresa contratante.
8º La extinción del contrato suscrito entre la empresa contratante y la Corporación Local o Administración que corresponda, del que pudiera traer causa el presente contrato.
Para la eficacia de este acuerdo, bastará la simple notificación fehaciente, sin que pueda oponerse a ello el contratista al amparo de acciones interdictales o posesorias de cualquier índole, a las cuáles renuncia desde ahora de forma expresa. En los casos imputables al contratista, la empresa contratante hará suyas todas las cantidades pendientes de abono y la garantía que exista.
Décimo-Tercera.- Evaluación del contratista
La evaluación del contratista será mediante un informe por escrito, elaborado por la empresa contratante en el que se exprese la satisfacción en el cumplimiento de los requerimientos detallados en el presente contrato.
La evaluación como deficiente del trabajo del contratista objeto del presente contrato podrá dar lugar a sanciones económicas e incluso la rescisión del contrato si dichas deficiencias detectadas no se solucionan.
Décimo-Cuarta.- Condiciones generales
a) Este contrato anula toda comunicación anterior a este documento que contradiga alguno de sus pactos.
b) La realización de los trabajos necesarios para el cumplimiento del objeto del contrato se ha de realizar con los propios medios de la empresa contratista, tanto instrumentos de trabajo, como personal de organización y dirección de los mismos.
c) El contratista designará de entre su personal a una persona de contacto responsable de recoger la documentación que le entregue la contratante y con facultades suficientes para ejecutar con plena responsabilidad las ordenes e indicaciones que le sean hechas por la contratante durante la ejecución de los trabajos.
d) Una vez sean totalmente ejecutados los trabajos, el contratista cumplimentará, si así fuera exigido por la contratante los partes de trabajo o documentos necesarios que acrediten la ejecución y finalización de los mismos así como las incidencias, que en su caso, se hayan detectado.
e) Una vez finalizados los trabajos objeto del presente contrato, el contratista deberá remitir a la empresa contratante, dentro de un plazo de dos meses, todos los cargos o facturas correspondientes a su trabajo. Transcurrido este plazo, serán rechazados todos los cargos que se presenten fuera de él.
f) La Empresa contratante se reserva la facultad de contratar los mismos servicios objeto del presente contrato con cualquier otra persona física o jurídica que considere oportuno, sin que este contrato suponga exclusividad alguna en favor del contratista en la ejecución de los trabajos encomendados.
g) Ambas partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles, se someten a los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Valencia para dirimir cuantas cuestiones derivaran de la aplicación de lo pactado.
En consecuencia, firman el presente documento los comparecientes en la representación que ostentan, en el lugar y fecha al principio indicados.
Por la Empresa Contratante, Por la Empresa Contratista,
Fdo.: Fdo.:
ANEXO I - TOMA DE DATOS
NOMBRE ARTÍSTICO:
.
PERSONA FÍSICA ó JURIDICA RESPONSABLE:
Nombre y Apellidos: . DNI / Pasaporte: . Fecha de Nacimiento (mm/dd/aa): .
Domicilio Fiscal:
.
TRABAJO CONTRATADO:
Shows: ud/s Workshops: ud/s Master Class: ud/s
Caché (€): # #.---
COMPONENTES:
Nombre, Apellidos y DNI ó PASAPORTE de todos los componentes;
-
-
-
-
(si es necesario adjuntar una xxxxx xxxxxx**)
XXXXX 0
Estimados profesionales de Benidorm Summer Festival
Se acerca el inicio y queremos comunicaros algunas cuestiones de carácter organizativo con el fin de que podamos trabajar todos en un mismo sentido así como aclarar algunas cuestiones de vuestro interés. Os agradecemos de antemano vuestra colaboración en estas cuestiones que seguro nos facilitan el trabajo a todos.
1- DESPLAZAMIENTOS Y VIAJES:
Para los que viajéis en tren o avión, recibiréis un CUPON para poder efectuar el traslado en BUS desde aeropuerto o estación de tren hasta el Hotel Bali y viceversa.
Por favor revisad vuestros billetes de tren y avión, si hubiese algún problema comunicarlo a la mayor brevedad posible a la organización.
2- REGISTRO ARTISTICO HOTEL:
Es OBLIGATORIO que os registréis en nuestra pagina web rellenando el formulario que encontrareis pinchando en este enlace; xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxx/
Es OBLIGATORIO, cuando lleguéis al hotel Bali, que paséis por INFO POINT de Benidorm Summer Festival (situado en el Xxxx del Hotel Bali) y que comuniquéis vuestra llegada a XXXXXXXXXX XXXXX. Este os hará entrega de acreditaciones y documentación informativa del evento.
3- TALLERES:
Todos los instructores, bailarines, dj, músicos debéis llevar vuestra acreditación y presentarla en los controles de acceso. El STAFF del evento tiene instrucciones de no permitir el acceso a nadie que no esté debidamente acreditado SIN EXCEPCION.
Todos los instructores deberéis presentaros en la sala en al que tengáis que realizar vuestro taller 15min antes del inicio del mismo, NOTIFICANDO vuestra llegada al personal de STAFF.
Rogamos impartáis los talleres en Castellano e Ingles ya que el evento tiene un alto porcentaje de asistentes extranjeros.
Rogamos puntualidad en la finalización de los talleres, medid los tiempos con el fin de poder impartir los contenidos y grabar al final.
Antes de grabar el taller rogamos anunciéis a los compañeros y contenido que impartirán el siguiente taller. El STAFF xx xxxx os podrá facilitar la información necesaria a este respecto.
Las salas están equipadas con un equipo de sonido con: micro de diadema, mini Xxxx para conectar dispositivos móviles, tablets etc. En caso de necesitar usar otros dispositivos deberéis comunicarlo al STAFF xx xxxx con el tiempo suficiente para que avise al personal técnico del evento.
Si surge algún inconveniente técnico a lo largo del taller, deberá ser comunicado al personal de STAFF que contactará al técnico xx xxxxxxx para resolverlo a la mayor brevedad posible.
Se os hará entrega de una camiseta oficial del evento que deberéis utilizar en los talleres
No se permite el uso de camisetas publicitarias, flyers ó publicidad verbal de otros eventos.
Todos los bailarines e instructores podéis acceder a los talleres pero no a las master class. Para poder acceder a las masters deberéis acreditaros en INFO POINT de Benidorm Summer Festival.
4- SHOWS Y ENSAYOS:
Queremos que seáis consciente de que a lo largo de 12 días pasareis por el escenario de Benidorm 300 artistas y que es indispensable vuestra colaboración y profesionalidad para que los espectáculos tengan el máximo nivel. Trabajamos para crear las condiciones necesarias para que vuestro trabajo luzca espectacular, siendo necesario una técnica audio-visual muy cuidada. Es por ello que entre todos trabajemos con profesionalidad, compromiso y respeto a las normas del evento.
Gracias!!!!
Estableceremos un planning de ensayos el cual estará a vuestra disposición en INFO POINT.
Es obligatorio asistir al ensayo en el horario establecido. En caso de no poder hacerlo contactar con Xxxxx Xxxxxx para plantear horario alternativo.
La entrega de música se realizara mediante email con fecha máxima 09/06/2019 a la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
En este email indicareis los siguientes conceptos;
- Nombre artístico
- Color de vestuario
- Pitch
- Entrada a escena (On/Off)
- Video de introducción (si existe, enviar en este mismo email)
- Iluminación especifica (detallar situación)
- Los formatos validos son; MP3, .wav ó .aiff
Dispondréis de un tiempo máximo no superior a 10 min. La coreografía se podrá pasar una sola vez.
En caso de necesitar la repetición del ensayo queda en manos de al aprobación de la persona responsable de escenografía.
En el caso de uso de atrezo o mobiliario EN NINGÚN CONCEPTO LOS BAILARINES RECOGERÉIS NADA DE ESCENARIO, para ello disponemos de un equipo de regiduría que estará al tanto de vuestras necesidades.
ESTA TERMINANTEMENETE PROHIBIDO ABANDONAR EL BACKSTAGE DURANTE
LOS SHOWS, permaneciendo en los mismos hasta la finalización de los espectáculos. ES OBLIGATORIO estar presentes para el saludo final.
Tras el saludo final del show tenéis habilitado el photo-call de la entrada donde estarán los fotógrafos oficiales del evento.
En el Backstage dispondréis de un catering con 2 piezas de fruta y una botella de agua para cada uno. Por favor haced un uso correcto del mismo.
El horario de llegada a backstage para la realización de los shows será de 15 minutos antes del inicio de los mismos, a esa hora se pasará lista de todos los bailarines.
El LINE UP se conocerá a vuestra llegada a Backstage.
Solo podéis acceder al backstage los bailarines que actúen cada noche. Los que no participen en el show de la noche tendréis habilitado el anillo superior, QUEDANDO TERMINANTEMENTE PROHIBIDO EL USO DE LA PLATEA para la
visualización de los mismos. LA INFRACCION DE ESTE PUNTO SUPONDRÁ UNA FALTA GRAVE EN LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y DESARROLLODEL EVENTO.
El Staff tiene obligación de poner en conocimiento dicha infracción a XXXXXXXXXX XXXXX para su valoración.
5- POOL PARTY Y SOCIAL PISCINA:
Todos los días de 17:30 a 19:30 junto a la Sala “A” tendremos habilitado un espacio con música para bailar con DJ. Además, todos los días de 18:00 a 19:00
tendremos una pool party en la piscina en la que hay un escenario. Si no estáis realizando talleres, agradeceríamos participarais de estas actividades. Para el publico es muy motivador poder compartir y bailar con los artistas que acudís al evento.
6- NORMAS DE USO Y CONVIVENCIA:
Esta totalmente prohibido realizar fiestas en las habitaciones, tenéis xxxxx xx xxxxx abiertas hasta las 7 de la mañana.
Esta totalmente prohibido el ingreso de botellas xx xxxxxx en las salas de social. La introducción de las mismas puede poner en riesgo la seguridad de los asistentes.
El consumo de alcohol durante el evento es por cuenta y responsabilidad propia. Si en algún punto del evento existe algún comportamiento incorrecto que altere o influya en el correcto funcionamiento del evento supondrá una FALTA GRAVE quedando así este punto a valorar por la dirección de BSF.
Rogamos se respete la convivencia con los clientes del hotel que no participan en el evento. Evitando hacer ruido, no poner música a deshoras, cuidando así el buen uso de las habitaciones.
Generar retrasos en el programa y correcto funcionamiento del evento, cualquier falta de respeto al staff y/ó equipo de trabajo de BSF ó un incorrecto uso de las instalaciones del hotel supondrá la rescisión del contrato artístico ó una multa económica de entre el 20% al 50% del total del caché artístico acordado. Este punto será a valorar por la dirección de BSF.
7- BAILE SOCIAL:
Benidorm Summer Festival es un evento en el que hemos querido dar una gran importancia al baile social. Por ello disponemos de varias pistas con una amplia oferta musical y con horarios extendidos. Este es un evento pensado para el público bailador. Nos gustaría poder contar con vuestra colaboración para hacer de los sociales noches inolvidables. Por eso os animamos a disfrutar de ellos al máximo y a que seáis receptivos y educados con las personas que quieren bailar con vosotros. Recordad que el publico viene a veros no solo en el escenario, también quiere disfrutar de vuestra amabilidad a la hora de invitaros a bailar, charlar, hacerse fotos etc.
Os agradecemos a todos vuestra colaboración y profesionalidad. Hay una expresión que refleja lo que esperamos de todo el equipo humano que forma parte de Benidorm Summer Festival, “IR A FAVOR DE OBRA”, lo que viene a ser lo mismo que remar todos en la misma dirección. Un buen trabajo de todos repercute positivamente en todos, así que vayamos todos a una para que este evento siga siendo un referente de calidad, convivencia, profesionalidad y buen ambiente.
Muchas gracias a todos por la colaboración... BENIDORM A TI TE LLAMA