PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE, COMO LEY FUNDAMENTAL DEL CONTRATO, REGIRÁ EL PROCEDIMIENTO ABIERTO TRAMITADO PARA ADJUDICAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DENOMINADO " SERVICIOS PARA LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO PARA LA INTEGRACIÓN SOSTENIBLE DE...
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE, COMO LEY FUNDAMENTAL DEL CONTRATO, REGIRÁ EL PROCEDIMIENTO ABIERTO TRAMITADO PARA ADJUDICAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DENOMINADO " SERVICIOS PARA LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO PARA LA INTEGRACIÓN SOSTENIBLE DE PERSONAS JÓVENES EN EL MERCADO DE TRABAJO EN EL CONTEXTO DEL SISTEMA NACIONAL DE GARANTIA JUVENIL DEL AYUNTAMIENTO DE XXXXXXXX XXX XXXXX COFINANCIADO AL 91,89% POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO Y LA INICIATIVA DE EMPLEO JUVENIL, EN EL MARCO DE INTERVENCIÓN DEL FONDO SOCIAL EUROPEO 2014-2020, CON ACCIONES DE ITINERARIOS FORMATIVOS Y DE ORIENTACION LABORAL, NUMERO DE PROYECTO: 1556".
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx (1 de 1)
Coordinador de Desarrollo Local, Promoción de Empleo y Nuevas Tecnologías
Fecha Firma: 12/04/2018
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ÍNDICE
CLÁUSULA PRIMERA. Antecedentes.
CLÁUSULA SEGUNDA. Objeto del contrato.
CLÁUSULA TERCERA. Destinatarios de las acciones formativas y de Orientación. CLÁUSULA CUARTA. Requisitos específicos que han de cumplir las empresas adjudicatarias.
CLÁUSULA QUINTA. Desarrollo de las acciones formativas y de Orientación
a) Inicio de los cursos.
b) Centro donde han de impartirse las acciones formativas y profesorado.
c) Coordinación.
d) Datos personales.
e) Personal mínimo para la ejecución del servicio.
CLÁUSULA SEXTA. Presupuesto.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Criterios de valoración de las ofertas.
CLÁUSULA OCTAVA. Causas especiales de resolución de contrato.
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CLÁUSULA NOVENA. Confidencialidad, lenguaje y seguridad en tratamiento de la información.
CLÁUSULA DÉCIMA. Solvencia Técnica o Profesional.
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁ EL PROCEDIMIENTO ABIERTO TRAMITADO PARA ADJUDICAR EL SERVICIO DENOMINADO " SERVICIOS PARA LA REALIZACION DEL PROYECTO PARA LA INTEGRACION SOSTENIBLE DE PERSONAS JOVENES EN EL MERCADO DE TRABAJO EN EL CONTEXTO DEL SISTEMA NACIONAL DE GARANTIA JUVENIL DEL AYUNTAMIENTO DE XXXXXXXX XXX XXXXX COFINANCIADO AL 91,89% POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO Y LA INICIATIVA DE EMPLEO JUVENIL, EN EL MARCO DE INTERVENCIÓN DEL FONDO SOCIAL EUROPEO 2014-2020, CON ACCIONES DE ITINERARIOS FORMATIVOS Y DE ORIENTACION LABORAL, NUMERO DE PROYECTO: 1556”.
CLÁUSULA PRIMERA. ANTECEDENTES.
El Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales tiene como fin, entre otros, la cofinanciación de proyectos promovidos por las entidades solicitantes, que incluyen la realización de actividades formativas constituyentes de itinerarios integrados para la mejora de la formación y la empleabilidad de personas mayores de 16 años y menores de 30 años, incluidas las personas con discapacidad, no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, independientemente de su nivel formativo y que estén registradas en el fichero del Sistema Nacional de Garantia Juvenil, estén o no inscritas como solicitantes de empleo, y para ello publica el extracto de la Resolución de 22 xx xxxxxx de 2017, del Ministerio de la Presidencia y para las administraciones territoriales, que esta Corporación solicito el día 18 de Octubre de 2017 y de la que ha sido beneficiaria mediante la Resolución de 29 de enero de 2018, de la Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales, por la que se resuelve la convocatoria 2017 de ayudas del Fondo Social Europeo. Por lo que tendrá que impartir itinerarios formativos con beca a 36 alumnos y acciones de orientación laboral, antes del 14 de diciembre del 2018.
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La ayuda se cofinanciará mediante recursos del Fondo Social Europeo y de la Iniciativa de Empleo Juvenil como instrumento financiero de la Garantía Juvenil en el marco de intervención del Fondo Social Europeo 2014-2020.
CLÁUSULA SEGUNDA. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del contrato es la realización del proyecto para la integración sostenible de personas jóvenes en el mercado de trabajo en el contexto del Sistema Nacional de Garantía Juvenil a través de actividades formativas y de orientación que contribuyan a reforzar la empleabilidad y las competencias profesionales de las personas jóvenes no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación formación, en cumplimiento del objetivo específico 8.2.2. del eje 5 del Programa Operativo de Garantía Juvenil, teniendo como finalidad que el colectivo de jóvenes no ocupados ni integrados en los sistemas de educación o formación que sean mayores de 16 años y menores de 30, incluidas las personas con discapacidad, estén inscritas o no como solicitantes de empleo y registradas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, mejoren su formación y sus posibilidades de empleabilidad. El proyecto incluye formación específica y transversal, así como prácticas profesionales, tutoría y orientación laboral y se estructura en cuatro lotes que enumeramos a continuación;
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LOTES | ESPECIALIDAD | HORAS |
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NÚM. 1 | OPERADORES DE DRONES Y GESTION LOGISTICA | ||
Módulo 1 | Control de Aprovisionamiento | 70 | |
Módulo 2 | Gestión Logística Aplicada | 80 | |
Módulo 3 | Piloto de Drones (Certificado xx Xxxxxx de RPA. Acreditado por AESA | 70 | |
Módulo 4 | Inglés | 60 | |
Módulo 5 | Igualdad de oportunidades | 10 | |
Módulo 6 | Prácticas en entornos reales de trabajo | 100 | |
NÚM. 2 | ESTÉTICA | ||
Módulo 1 | Higiene y Seguridad en centros de estética | 50 | |
Módulo 2 | Cuidados estéticos | 70 | |
Módulo 3 | Depilación y Maquillaje | 50 | |
Módulo 4 | Masaje estético | 40 | |
Módulo 5 | Inglés | 40 | |
Módulo 6 | TICs aplicadas | 40 | |
Módulo 7 | Igualdad de oportunidades | 10 | |
Módulo 8 | Prácticas en entornos reales de trabajo | 100 | |
NÚM. 3 | ELECTROMECÁNICA | ||
Módulo 1 | Mecanizado Básico | 70 | |
Módulo 2 | Técnicas básicas de mecánica de vehículos | 70 | |
Módulo 3 | Técnicas básicas de electricidad de vehículos | 60 | |
Módulo 4 | Inglés básico | 50 | |
Módulo 5 | TICs aplicadas | 40 | |
Módulo 6 | Igualdad de oportunidades | 10 | |
Módulo 7 | Prácticas en entornos reales de trabajo | 100 | |
NÚM. 4 | Acciones de Orientación Laboral | 720 | |
TOTAL HORAS | 720 |
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En el lote 1 la empresa adjudicataria debe entregar a los alumnos que superen el itinerario, el certificado xx xxxxxx de drones acreditado por AESA.
La adjudicación se hará por lotes. Los licitadores deberán presentarse a todos los módulos que se incluyan en cada lote. El adjudicatario lo será de todos los módulos que comprenda cada lote.
La adjudicación se hará por lotes. Los licitadores deberán presentarse a todos los módulos que se incluyan en cada lote. El adjudicatario lo será de todos los módulos que comprenda cada lote.
Los lotes 1,2 y 3 comprenden dos bloques:
Formación y tutorías
Prácticas en empresas
La formación con sus contenidos sería la descrita en cada lote con todos sus módulos.
Las empresas adjudicatarias deberán poner a disposición los tutores necesarios para la realización del servicio de tutorías que comprende como mínimo 15 horas de tutoría
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individualizada a cada alumno en la parte de formación y 5 horas de tutoría individualizada por participante en las prácticas en cada uno de los lotes.
En cada uno de los lotes los participantes deberán realizar un total de 100 horas de prácticas en empresas en entornos reales de trabajo. Para ello las empresas adjudicatarias deberán realizar todos los trabajos de captación de empresas, firmas de convenio, seguimiento y evaluación.
Con respecto al lote 4 los objetivos que se pretenden alcanzar con las acciones de orientación son:
1.- Captación de personas beneficiarias.
2.- Inscripción en el Sistema de garantía juvenil (en caso de personas no inscritas)
3.- Entrevista inicial: diagnóstico
4.- Derivación a itinerarios
5.- Tutorías durante la formación.
6.- Xxxxx y acompañamiento para la búsqueda de empleo.
La empresa adjudicataria deberá trabajar con todas las personas potencialmente beneficiarias del Proyecto del municipio de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, para una vez valoradas y sensibilizadas, ayudarlas a acceder a los itinerarios formativos que se van a impartir desde el Ayuntamiento.
Para ello se ha diseñado una estrategia de intervención que se recoge en las siguientes fases:
Fase de captación de personas beneficiarias
1.- Campaña de difusión.
2.- Acciones directas de información.
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La empresa adjudicataria deberá realizar sesiones informativas grupales destinadas a difundir los servicios del Sistema de Garantía Juvenil en general y del Proyecto en particular. Igualmente la empresa adjudicataria se pondrá en contacto con los Servicios Sociales del Ayuntamiento y con otras Concejalías del Ayuntamiento para asegurar que la información llegue a todas las personas que cumplan los requisitos para participar en el programa, especialmente a las personas en riesgo de exclusión social y que puedan incluirse como participantes del mismo.
Se colaborará con los Centros y Puntos de Información Juvenil, asociaciones, ONG´s para la difusión de la información.
Fase de inscripción en el Sistema de Garantía Juvenil (en caso de personas no inscritas)
La empresa adjudicataria priorizará que las personas beneficiarias realicen su propio proceso de inscripción, siempre asistidas por el personal del Proyecto mediante los medios establecidos, a saber:
Acceso al registro con DNI electrónico o certificado. En el caso de que las personas beneficiarias cuenten con DNI electrónico o
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certificado, se les facilitará el acceso al equipamiento necesario para que proceda a su inscripción (ordenador y conexión a Internet). Aquellas personas que no dispongan de DNI electrónico o certificado, serán informadas sobre la manera de obtenerlo y se les prestará asistencia en su solicitud.
Acceso con usuario y contraseña. Las personas beneficiarias interesadas en iniciar la inscripción telemática y que no dispongan de identificación electrónica (ni quieran solicitarla) podrán solicitar su usuario y contraseña según el procedimiento establecido a través de las oficinas de registro.
Por último, y para los casos excepcionales en los que está permitida la inscripción mediante la presentación del formulario correspondiente, se facilitará a la persona beneficiaria las herramientas para hacerlo.
Fase de entrevista inicial: diagnóstico.
La entrevista inicial será de vital importancia pues su objetivo es sentar las bases de una relación estable y duradera entre la persona beneficiaria y el personal de orientación, y crear un itinerario individualizado.
Los aspectos más relevantes a tratar en esta entrevista inicial son:
Información de identificación personal.
Información adicional sobre el Sistema de Garantía Juvenil.
Compromiso de participación.
Definición de las competencias profesionales y personales.
Esbozo del itinerario personal de/la participante.
Acuerdo sobre el siguiente paso a seguir.
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Los datos de la entrevista inicial quedarán registrados en soporte, preferentemente digital entrando a formar parte del expediente individual de orientación.
Fase de derivación a itinerarios
La derivación a un itinerario se realiza teniendo en cuenta los resultados de la entrevista inicial y en consenso con la persona beneficiaria. Para facilitar la toma de decisiones se aportará cuanta información sea necesaria sobre competencias profesionales, salidas laborales, caracterización xxx xxxxxxx de trabajo… así como competencias transversales requeridas por los empleadores.
Será importante en este punto, obtener el compromiso de actividad y/o participación de la persona beneficiaria.
Los criterios que determinarán la derivación a uno u otro itinerario son:
Objetivo profesional y preferencias de la persona participante.
Oferta formativa del proyecto.
Actitudes, destrezas y habilidades requeridas por la ocupación.
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Fase de tutorías durante la formación.
Durante el itinerario las personas beneficiarias podrán tener acceso a tutorías individualizadas y a toda aquella información, orientación y asesoramiento que cada caso requiera atendiendo a las necesidades detectadas.
El contenido de las tutorías durante el período de la formación constará de:
Satisfacción general en la acción formativa
Integración en el grupo formativo
Cumplimiento de expectativas
Motivación
Autovaloración del aprendizaje
Dificultades encontradas
Incidencias, en su caso
Fase de ayuda y acompañamiento para la búsqueda de empleo.
Se realizarán acciones de asesoramiento y orientación al alumnado que favorezcan su inserción por cuenta ajena y/o autoempleo, informándole de los instrumentos y herramientas disponibles (directorios de empresas del sector, páginas web de empleo, boletines de ofertas, empresas de trabajo temporal, etc.).
La empresa adjudicataria prestará a las personas beneficiarias cuanta ayuda técnica o asesoramiento adicional precisen.
CLÁUSULA TERCERA. Destinatarios de las acciones formativas y de Orientación
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Solo podrán participar en las acciones formativas y de Orientación las personas que reúnan los requisitos recogidos en la Resolución de 22 xx xxxxxx de 2017, de la Dirección General de Relaciones con la Comunidades Autónomas y Entes Locales, por la que se aprueba la segunda convocatoria 2017 de ayudas del Fondo Social Europeo, previstas en el Programa Operativo de Empleo Juvenil (ayudas AP-POEJ), destinadas a la integración sostenible de personas jóvenes en el mercado de trabajo, en el contexto del Sistema Nacional de Garantia Juvenil, Nº Proyecto 1556. Siendo estos todos los jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 años, incluidas las personas con discapacidad, no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación independientemente de su nivel formativo y que estén registradas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, estén o no inscritas como solicitantes de empleo.
Cada itinerario constará de una participación 12 personas. El ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx determinará el perfil de las personas participantes.
Todas las acciones formativas y de Orientación serán gratuitas para el alumnado y beneficiarios, por lo que estos no deberán abonar cantidad alguna por ningún concepto relacionado con la impartición de los cursos ni la orientación.
CLÁUSULA CUARTA. Requisitos específicos que han de cumplir las empresas adjudicatarias.
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Además de todos los requisitos que se relacionan en el presente pliego de prescripciones técnicas y en el pliego de cláusulas administrativas particulares, las empresas deberán cumplir los siguientes requisitos específicos:
a) La formación se impartirá en modalidad presencial en el aula de la Concejalía de Desarrollo Local y Empleo del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx
Xxxxx, ubicada en la Plaza Casa Grande nº4 de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, o en cualquier otra dependencia que indique la Corporación, en las fechas que se indiquen, en cualquier caso deberá terminar antes del 14 de diciembre de 2018.
Al finalizar el curso se le entregará a cada desempleado participante un certificado de asistencia a la misma o bien un diploma cuando haya superado la formación con evaluación positiva, según modelo de la Resolución de 22 xx xxxxxx de 2017, de la Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales, por la que se aprueba la segunda convocatoria 2017 de ayudas del Fondo Social Europeo, previstas en el Programa Operativo de Empleo Juvenil (ayudas AP-POEJ), destinadas a la integración sostenible de personas jóvenes en el mercado de trabajo, en el contexto del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Los profesores-monitores reflejarán documentalmente los resultados obtenidos por los alumnos en cada una de las unidades o módulos formativos del plan de formación, de manera que puedan estar disponibles en los procesos de seguimiento y control de la calidad de las acciones formativas.
En el lugar donde se realice la formación de los participantes deberá hallarse debidamente identificado mediante carteles exteriores, según modelo de la Resolución de 22 xx xxxxxx de 2017, de la Dirección General de Relaciones con la Comunidades Autónomas y Entes Locales, por la que se aprueba la segunda convocatoria 2017 de ayudas del Fondo Social Europeo, previstas en el Programa Operativo de Empleo Juvenil (ayudas AP-POEJ), destinadas a la integración sostenible de personas jóvenes en el mercado de trabajo, en el contexto del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
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En toda la documentación que se genere se estará obligado a hacer constar la colaboración de la Dirección General de Relaciones con la Comunidades Autónomas y Entes Locales, por la que se aprueba la segunda convocatoria 2017 de ayudas del Fondo Social Europeo, previstas en el Programa Operativo de Empleo Juvenil (ayudas AP-POEJ), destinadas a la integración sostenible de personas jóvenes en el mercado de trabajo, en el contexto del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, mediante sus correspondientes logos, así como el del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx.
La empresa adjudicataria estará obligada a cumplir las obligaciones de información y publicidad establecidas en el anexo XII, sección 2.2. del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
Al finalizar la formación se hará entrega por parte de la empresa adjudicataria de la hojas de asistencia por cada proyecto, en los modelos que indica la Resolución de 22 xx xxxxxx de 2017, de la Dirección General de Relaciones con la Comunidades Autónomas y Entes Locales, por la que se
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aprueba la segunda convocatoria 2017 de ayudas del Fondo Social Europeo, previstas en el Programa Operativo de Empleo Juvenil (ayudas AP- POEJ), destinadas a la integración sostenible de personas jóvenes en el mercado de trabajo, en el contexto del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Las fechas de impartición del curso se podrán ver alteradas por la programación que pueda establecer el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx y la Dirección General de Relaciones con la Comunidades Autónomas y Entes Locales.
Para las especialidades afectadas por normativa sectorial, el profesorado deberá ajustarse al perfil requerido en los reglamentos vigentes.
b) Aportar la documentación justificativa de haber obtenido al menos 200 puntos en el proceso de autoevaluación de acuerdo con el modelo de calidad EFQM en los dos años inmediatamente anteriores a la firma del contrato. El cumplimiento de esta condición se acreditará mediante certificación expedida por un Licenciatario de autoevaluación de EFQM autorizado por el Club de Calidad.
En todo caso, se considerará cumplido este requisito cuando la empresa que imparta la formación acredite haber obtenido y tener en vigor, cualquiera de las siguientes credenciales de calidad: Certificado del Sistema de Gestión de Calidad ISO-9001; Sello de compromiso hacia la Excelencia del Club Excelencia en Gestión de acuerdo con el modelo EFQM o la Marca de garantía de calidad Madrid Excelente. El cumplimiento de esta condición se acreditará con la correspondiente credencial en vigor expedida por una entidad certificadora autorizada por el gestor nacional del modelo de calidad o por la entidad gestora de la Marca Madrid Excelente.
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c) La empresa adjudicataria deberá realizar por sí misma las acciones formativas SIN QUE PUEDAN SUBCONTRATAR la realización total o parcial de las mismas. En este sentido, en las ofertas que se presenten deberá adjuntarse DECLARACIÓN JURADA REALIZADA POR PERSONA RESPONSABLE EN LA QUE SE COMPROMETA, EN EL CASO DE RESULTAR ADJUDICATARIO, A NO SUBCONTRATAR LA REALIZACIÓN PARCIAL O TOTAL DE LAS ACCIONES FORMATIVAS.
d) La empresa adjudicataria deberá realizar una DECLARACIÓN RESPONSABLE DE QUE LA ACCIÓN FORMATIVA NO ESTÁ FINANCIADA POR NINGÚN ORGANISMO NI PÚBLICO NI PRIVADO PARA LA MISMA ACTIVIDAD y la de contar con todos los medios necesarios para llevar a cabo la actividad.
El incumplimiento de los requisitos mencionados anteriormente constituirá causa especial de resolución del contrato por incumplimiento del mismo.
CLÁUSULA QUINTA. Desarrollo de las acciones formativas y de orientación.
Las acciones formativas deberán comenzar antes del 0 xx xxxxx xx 0000 x xxxxxxxx antes del 14 de diciembre de 2018.
a) Inicio de los cursos
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La fecha del inicio de los cursos será fijada por el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx. La presentación de los proyectos en el plazo y con los contenidos mencionados será condición inexcusable para el comienzo del curso siendo causa específica de resolución del contrato.
En ningún caso podrá iniciarse la acción formativa sin comunicación fehaciente por parte de la adjudicataria al Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx. La falta de comunicación podrá dar lugar a la resolución del contrato ya que la falta de esta comunicación podrá dar lugar a la revocación de la subvención de la acción formativa.
El Ayuntamiento podrá obligar al adjudicatario a introducir en los proyectos las modificaciones técnicas que pudieran señalarse desde la Dirección General de Relaciones con la Comunidades Autónomas y Entes Locales.
Las bajas de participantes en las acciones formativas serán comunicadas al Ayuntamiento por la entidad adjudicataria por escrito y de forma inmediata.
El resto de la documentación técnica se presentará al Ayuntamiento bien durante el desarrollo o a la terminación de la acción formativa, según los plazos en los que se requiera.
La empresa adjudicataria está obligada a formalizar con una entidad aseguradora una póliza de seguro de accidentes, que deberá cubrir obligatoriamente al alumnado de cada curso y durante la totalidad del mismo, incluido las practicas, los riesgos de accidente, incluidos los desplazamientos in itinere que pudieran producirse como consecuencia de la asistencia a las acciones formativas.
En el caso de pólizas conjuntas para varios cursos, se aportara certificación de la aseguradora acerca de los cursos incluidos en las mismas, señalando para cada uno de ellos su código, especialidad, número de alumnos.
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Deberá remitirse por la adjudicataria copia de esta póliza y del justificantes de su pago, de manera individualizada para cada acción formativa objeto del presente contrato, al Ayuntamiento en el momento de inicio del curso, a efectos de su comprobación y remisión a la Dirección General de Relaciones con la Comunidades Autónomas y Entes Locales. En el caso de póliza colectiva deberá adjuntarse un certificado de la Compañía Aseguradora donde se identifique (con código y nombre) la acción formativa, fechas de cobertura y el número de alumnos asegurados. En cualquier caso el alumnado ha de estar cubierto por el seguro desde el primer día del curso.
b) Centros donde han de impartirse las acciones formativas y profesorado.
Corresponderá a la empresa adjudicataria, la contratación del profesorado y de las infraestructuras y equipos y materiales necesarios para impartir las acciones formativas.
La formación deberá desarrollarse con los medios didácticos, técnicos y materiales más adecuados a sus características, teniendo en cuenta que para
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cada lote formativo la empresa adjudicataria debera cumplir la normativa correspondiente.
Las posibles modificaciones de profesorado, material didáctico, días lectivos, aula o cualquier otro cambio que se pudieran producir durante la realización de la acción formativa, serán comunicadas por escrito inmediatamente por la entidad adjudicataria al Ayuntamiento.
Todas las acciones formativas han de desarrollarse en el municipio de Xxxxxxxx xxx Xxxxx. Llegado el caso, el Ayuntamiento podrá acordar la celebración total o parcial de un curso fuera del municipio, en ese caso la empresa adjudicataria será responsable del traslado de los alumnos y correrá con los gastos que se produzcan.
El Ayuntamiento determinará el horario y turno de realización de los cursos.
c) Coordinación
1. Las Empresas adjudicatarias se atendrán en todo momento a las directrices e instrucciones que le sean formuladas por el Ayuntamiento, estando obligadas a facilitar tanto a éste como a la Dirección General
de Relaciones con la Comunidades Autónomas y Entes Locales cuanta información o documentación que le sea requerida.
2. La empresa adjudicataria nombrará una persona que coordinará el desarrollo de las acciones formativas y que servirá de interlocutor válido ante los técnicos del Ayuntamiento encargados de los cursos.
3. Los resultados prácticos obtenidos con ocasión de las acciones formativas serán propiedad del Ayuntamiento, pudiendo éste cederlos a los alumnos si lo considera conveniente.
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4. A la finalización de cada curso, y como máximo en un periodo de 5 días naturales desde el fin de la acción formativa, la empresa adjudicataria presentará al Ayuntamiento un informe de evaluación final con el siguiente contenido, desagregando los datos por sexo:
► Valoración general de la actividad formativa realizada.
► Grado de capacitación que han adquirido los/as alumnos/as como consecuencia de la impartición del curso.
► Análisis de los resultados obtenidos.
► Valoración de las expectativas de inserción laboral de los alumnos/as.
► Propuestas de mejora a incluir en futuras actuaciones formativas.
► Relación de alumnos/as finales, tanto aptos como no aptos.
► Copia íntegra del material didáctico entregado en la acción formativa.
► Partes de firmas de la recepción del material didáctico entregado al alumnado.
► Partes de firmas de todos los alumnos/as y profesorado.
► Listado de los contenidos impartidos.
► Relación del profesorado.
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► La documentación justificativa relativa al modelo de calidad EFQM y a su proceso de autoevaluación; la del Certificado ISO 9001 o de la marca de garantía de calidad Madrid Excelente.
► Declaración responsable de la empresa contratada para impartir la formación de no recibir subvenciones para la misma acción formativa procedente de otras Entidades u Organismos Públicos.
► Copia registrada de la factura desglosada de la prestación del servicio, en el que figure expresamente el coste del servicio.
► Cualesquiera otra documentación que les sea requerida por el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx.
d) Datos personales
Los datos personales de alumnos que manejen las empresas adjudicatarias en el desarrollo de las acciones objeto de los contratos están protegidos por la ley 15/99, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y especialmente en lo indicado en sus artículos 9, 10, 12 y adoptará las medidas de seguridad que corresponden según el Real Decreto 1720/2007, de 2 de diciembre, Reglamento de la Ley Orgánica de Protección de Datos.
Estos datos sólo podrán ser utilizados para el seguimiento de las acciones o trabajos objeto de los correspondientes contratos, estando terminantemente prohibida su utilización para fines distintos, constituyendo este hecho causa de resolución de los contratos, sin perjuicio de las responsabilidades penales en que pudieran incurrir las empresas adjudicatarias como consecuencia de estas actuaciones.
d) Personal mínimo para la ejecución del servicio
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La dedicación del personal adscrito por la empresa adjudicataria deberá de ser en exclusiva al proyecto y deberá de mantener siempre el secreto profesional.
Para los lotes 1,2 y 3 el número de profesionales puestos a disposición del servicio será como mínimo de dos personas por lote. Todos deberán contar con titulación y con la experiencia necesaria para el desarrollo de sus funciones.
Para el lote 4 se estima un equipo mínimo compuesto por dos personas, de conformidad con las siguientes consideraciones.
Técnicos de Orientación laboral. Dos personas en jornadas de 8’00 horas, continua o partida.
Perfiles. Titulados medio o superiores en carreras vinculadas al ámbito social, como psicología, pedagogía, sociología, trabajo social, relaciones laborales, ADE, derecho, ciencias económicas o similares, con experiencia demostrable de al menos un año en orientación e inserción laboral, así como programas de empleo, conocimiento de proyectos de garantía juvenil, habilidades sociales, de comunicación, informáticos, así como de dinamización de grupos.
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Para todos los lotes los servicios se prestarán de lunes a viernes, ambos inclusive, en jornada de 8:00 horas diarias, pudiendo ser a jornada continua o jornada partida.
El horario podrá variarse en función de las necesidades detectadas, siempre, previa aprobación expresa del Ayuntamiento.
CLÁUSULA SEXTA. Presupuesto
El presupuesto del contrato que servirá de base de licitación asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS CON OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS (150.995,86), I.V.A. excluido, más la cantidad de CATORCE MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE EUROS
CON DIECINUEVE CÉNTIMOS (14.159,19) en concepto de I.V.A., lo que hace un total de CIENTO SESENTA Y CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO EUROS CON SIETE CÉNTIMOS (165.155,07) I.V.A. incluido,
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conforme al siguiente desglose:
LOTE NÚM. 1: OPERADORES DE DRONES Y GESTIÓN LOGISTICA | ||||
ITINERARIO | FORMACIÓ N + TUTORES | MATERIA L S/IVA | IVA MATERIA L | TOTAL |
Control de Aprovisionamiento | 4.861,82 € | 1.013,36 € | 212,81 € | 6.087,89 € |
Gestión Logística Aplicada | 5.556,32 € | 1.158,06 € | 243,19 € | 6.957,57 € |
Piloto de Drones (Certificado xx Xxxxxx de RPA) acreditado por AESA | 4.861,82 € | 1.013,36 € | 212,81 € | 6.087,89 € |
Inglés | 4.167,32 € | 868,66 € | 182,42 € | 5.218,40 € |
Igualdad de Oportunidades | 694,82 € | 145,16 € | 30,48 € | 870,46 € |
Prácticas en entorno reales de trabajo | 6.945,32 € | 1.447,46 € | 303,96 € | 8.696,74 € |
TOTAL | 27.087,42 € | 5.646,06 € | 1.185,67 € | 33.919,15 € |
LOTE NÚM. 2: ESTÉTICA | ||||
ITINERARIO | FORMACIÓ N + TUTORES | MATERIA L S/IVA | IVA MATERIA L | TOTAL |
Higiene y Seguridad en Centros de Estética | 3.530,23 € | 762,00 € | 160,02 € | 4.452,25 € |
Cuidados Estéticos | 4.942,31 € | 1.066,80 € | 224,02 € | 6.233,13 € |
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Depilación y Maquillaje | 3.530,23 € | 762,00 € | 160,02 € | 4.452,25 € |
Masaje Estético | 2.824,18 € | 609,60 € | 128,02 € | 3.561,80 € |
Inglés | 2.824,18 € | 609,60 € | 128,02 € | 3.561,80 € |
TICs Aplicadas | 2.824,18 € | 609,60 € | 128,02 € | 3.561,80 € |
Igualdad de Oportunidades | 706,05 € | 152,39 € | 32,00 € | 890,44 € |
Prácticas en entornos reales | 7.060,46 € | 1.523,99 € | 320,04 € | 8.904,49 € |
TOTAL | 28.241,82 € | 6.095,98 € | 1.280,16 € | 35.617,96 € |
LOTE NÚM. 3: ELECTROMECÁNICA | ||||
ITINERARIO | FORMACIÓ N + TUTORES | MATERIA L S/IVA | IVA MATERIA L | TOTAL |
Mecanizado Básico | 4.942,32 € | 1.066,80 € | 224,03 € | 6.233,15 € |
Técnicas Básicas de Mecánica de Vehículos | 4.942,32 € | 1.066,80 € | 224,03 € | 6.233,15 € |
Técnicas Básicas de Electricidad de Vehículos | 4.236,27 € | 914,40 € | 192,02 € | 5.342,69 € |
Inglés Básico | 3.530,23 € | 762,00 € | 160,02 € | 4.452,25 € |
TICs Aplicadas | 2.824,18 € | 609,60 € | 128,02 € | 3.561,80 € |
Igualdad de Oportunidades | 706,05 € | 152,39 € | 32,00 € | 890,44 € |
Prácticas en Entornos Reales | 7.060,45 € | 1.523,99 € | 320,04 € | 8.904,48 € |
TOTAL | 28.241,82 € | 6.095,98 € | 1.280,16 € | 35.617,96 € |
LOTE NÚM. 4: ORIENTACIÓN | |||
FORMACIÓN + TUTORES | IVA MATERIAL | TOTAL | |
49.586,78 € | 10.413,22 € | 60.000,00 € | |
TOTAL | 49.586,78 € | 10.413,22 € | 60.000,00 € |
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Los licitadores podrán licitar por uno, por varios o por todos los lotes.
Cada licitador podrá ser adjudicatario de uno, de varios o de la totalidad de los lotes.
El presupuesto total de las acciones formativas está calculado en función del número de horas y el número de alumnos previstos, de tal forma que el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de adecuar el presupuesto adscrito a
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cada acción formativa en función de las modificaciones o variaciones que pudieran producirse en la misma en relación con los objetivos formativos, número de horas o número de alumnos previstos, documentación entregada, nivel de satisfacción de las alumnos/as, la calidad e idoneidad de las instalaciones y equipamientos, cuando como consecuencia de las inspecciones realizadas por los técnicos municipales o de la Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales se detectara algún tipo de incumplimiento imputable a la empresa adjudicataria.
Por lo tanto, se podrán aplicar minoraciones sobre el presupuesto aceptado de producirse las circunstancias mencionadas.
El Ayuntamiento podrá, llegado el caso y en función de las liquidaciones finales realizadas por la Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales, minorar los presupuestos si se incurre en alguno de los supuestos mencionados o si se incumplen los procedimientos de gestión establecidos por la Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales y que se facilitarán a la empresa adjudicataria tras la adjudicación y antes de comenzar los cursos.
En el presupuesto del contrato que sirve de base de licitación se hayan incluidos, además de los costes que se deriven directamente de la ejecución del contrato, cuantos gastos, así como toda clase de tributos e impuestos, que sean de aplicación y que el contratista debe soportar para la correcta ejecución del contrato y el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones derivadas directa e indirectamente de dicha ejecución conforme al presente pliego y los restantes documentos contractuales, así como en la normativa de cualquier tipo aplicable a este contrato, especialmente la de orden social y medioambiental.
El valor estimado del contrato, conforme a lo establecido en el artículo 101 de la LCSP, será de CIENTO CINCUENTA MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS CON OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS (150.995,86), I.V.A.
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excluido.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Criterios de valoración de las ofertas.
A los efectos del artículo 67.2 del RGLCAP y conforme a lo previsto en el artículo 150 del TRLCSP, para la valoración de las proposiciones presentadas y la determinación de la oferta económica más ventajosa se tendrán en cuenta los siguientes criterios con arreglo a la siguiente ponderación:
DISPOSITIVO ELECTRONICO (Tablet).
Se valorará con TREINTA y CINCO (35) PUNTOS al licitador que haga entrega a cada participante de un dispositivo electrónico (tablet) como complemento a su material didáctico, la misma deberá tener conexión a internet al menos durante la duración del curso. Se acreditara presentando los licitadores un compromiso de la entrega de dicho dispositivo a todos los participantes.
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- HERRAMIENTA TECNOLOGICA.
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Se valorará con un máximo de VEINTICINCO (25) PUNTOS al licitador que ponga a disposición de los participantes una herramienta tecnológica tipo Moodle para mejorar el aprendizaje, en la que los participantes puedan incorporar sus trabajos, descargar documentación complementaria etc. Se acreditará presentando los licitadores un compromiso de puesta a disposición de dicha herramienta y la inclusión de todos los participantes en ella.
- FORMACIÓN COMPLEMENTARIA.
Se valorará con VEINTE (20) PUNTOS al licitador que ponga a disposición de los participantes formación complementaria que guarde relación con el curso a realizar y se asignarán 5 puntos con un máximo de 20 puntos por cada 10 horas de formación complementaria que realicen. Se acreditará presentando los licitadores un compromiso indicando el número de horas de formación complementaria, la denominación de la misma y los motivos por los que beneficia a los participantes.
- ABONO TRANSPORTE (PRÁCTICAS).
Se valorara con DIEZ (10) PUNTOS al licitador que haga entrega a cada participante de un abono transporte para su desplazamiento durante las prácticas. Se acreditará presentando los licitadores un compromiso de la entrega de dicho abono transporte a todos los participantes.
- CALIDAD SOCIAL.
Se valorará hasta un xxxxxx xx XXXX (10) PUNTOS al licitador que tenga contratadas en su plantilla mayor número de personas con discapacidad con un contrato indefinido y para el resto de ofertas se puntuará proporcionalmente. Se acreditará presentando los TC2 junto al Certificado de Discapacidad de los trabajadores y el contrato de trabajo.
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La adjudicación recaerá en el licitador que teniendo en cuentas los criterios establecidos con anterioridad, obtenga el mayor número de puntos.
En caso de empate, tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas, que en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100. A efectos de aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán acreditarla, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y los justificantes de cotización a la Seguridad Social. Si varias empresas licitadoras acreditan esta circunstancia, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato la que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
De persistir el empate, éste se resolverá a favor de aquel licitador que hubiera ofertado la mayor propuesta en formación complementaria y, éste continúa, se resolverá éste mediante celebración de sorteo entre los empatados, notificándose a los licitadores, previamente, el lugar, fecha y hora de celebración de dicho sorteo.
CLÁUSULA OCTAVA. Causas especiales de resolución del contrato
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Serán causas especiales de resolución del contrato las siguientes:
a) Que no se comunique el inicio del curso.
b) Que no pueda realizarse el curso en las instalaciones o en las condiciones previstas.
c) Que a lo largo del desarrollo del curso se demuestre negligencia en la gestión realizada por parte de la empresa adjudicataria.
d) Que no se entregue la documentación requerida en cada momento por el Ayuntamiento en los plazos establecidos o que puedan establecerse.
e) Que no se haya suscrito seguro de alumnos.
f) Que se incumplan los requerimientos relativos a la implantación del modelo EFQM o los referidos al sistema de calidad previstos en el pliego.
g) Que se produzca un incumplimiento respecto de los proyectos formativos y condiciones o plazos previstos que sirvieron de base a la adjudicación.
h) Que se incumplan los requisitos establecidos sobre publicidad.
i) Así como cualquiera otra circunstancia prevista en este pliego.
j) Que por cualquier circunstancia desaparezca la subvención que sirvió como base para esta contratación.
No obstante, cuando concurra alguna circunstancia que imposibilite el comienzo o desarrollo de las correspondientes acciones formativas, estas podrán ser suspendidas a instancia del Ayuntamiento, en tanto en cuanto no se solventen esas circunstancias.
CLÁUSULA NOVENA. Confidencialidad, Lenguaje y Seguridad en el tratamiento de la información.
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La empresa adjudicataria y el personal encargado de la realización de las tareas objeto del contrato guardarán secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual.
Queda prohibido expresamente que el adjudicatario y el personal encargado de la realización de los trabajos puedan reproducir por cualquier medio los trabajos contratados, así como la cesión onerosa o gratuita, total o parcial a cualquier persona física o jurídica de la información y documentación obtenida durante la ejecución de los trabajos.
La prestación del servicio por la empresa adjudicataria implica el acceso a datos de carácter personal contenidos en los ficheros del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx.
La empresa adjudicataria declara expresamente quedar obligada como encargado del tratamiento al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, LOPD) y, expresamente, en lo indicado en su artículo 12. Igualmente serán de aplicación sus disposiciones de desarrollo que se encuentren en vigor a la adjudicación de este contrato o que puedan estarlo durante su vigencia, especialmente aquellas normas del Reglamento de Medidas de Seguridad (en adelante RMS), aprobado por Real Decreto 994/1999, de 11 xx xxxxx.
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La empresa adjudicataria se compromete explícitamente a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan.
La empresa adjudicataria reconoce expresamente que los datos contenidos en los ficheros a los que tenga acceso son de exclusiva propiedad del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, y no podrá aplicarlos o utilizarlos con fines distintos de la realización de las tareas objeto de este contrato, ni reproducirlos por cualquier medio o cederlos bajo ningún concepto a otras personas físicas o jurídicas, ni siquiera para su conservación. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas si los hubiera.
La empresa adjudicataria se compromete a adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. A este efecto, se compromete a cumplir, de acuerdo con lo establecido en el RMS, las medidas de seguridad según el nivel correspondiente. Para ello, la empresa adjudicataria aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada.
La empresa adjudicataria devolverá a la finalización del contrato los soportes que contengan datos de carácter personal que el Ayuntamiento considere necesarios, y procederá al borrado o destrucción, mediante máquina destructora o cualquier otro medio que garantice la ilegibilidad, de aquellos que no fuera necesaria su devolución.
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Si la empresa adjudicataria aporta equipos informáticos, una vez finalizadas las tareas, previamente a retirar los mismos deberá borrar toda la información utilizada o que se derive de la ejecución del contrato, mediante el procedimiento técnico adecuado. La destrucción de la documentación de apoyo, si no se considerara indispensable, se efectuará de igual forma mediante máquina destructora de papel o cualquier otro medio que garantice la ilegibilidad, efectuándose esta operación en el lugar donde se realicen los trabajos.
Todos los estudios, herramientas y documentos elaborados en su caso durante la ejecución del presente contrato serán propiedad del Ayuntamiento quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos, total o parcialmente, sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario autor de los trabajos. De darse el caso, todos los derechos de explotación y titularidad de las aplicaciones informáticas y programas de ordenador desarrollados al amparo del contrato resultante de la adjudicación del presente concurso, corresponderá al Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx. El resultado de las tareas realizadas, así como el soporte utilizado (papel, fichas, disquetes, etc.) serán propiedad del Ayuntamiento.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 de la LOPD y en el artículo 11 de la Ley 8/2001 de la Comunidad de Madrid, la empresa adjudicataria, guardará secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del presente contrato, estando obligado a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. Las anteriores obligaciones se extienden a toda persona que pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento por cuenta de la empresa adjudicataria.
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Todos los documentos e información escrita que se realice tanto en la presentación de ofertas como en la ejecución del contrato deberán hacerse teniendo en cuenta la perspectiva de género en su redacción.
CLÁUSULA DECIMA. Solvencia Técnica o profesional.
Los licitadores presentaran una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Requisitos mínimos de solvencia:
La solvencia técnica o profesional se acreditará con la realización de trabajos de la misma naturaleza que el objeto del contrato durante los 5 últimos años siendo el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de los últimos 5 años, igual o superior al 70 % del valor estimado del contrato en actividades de igual o similar naturaleza que las que constituyen el objeto del contrato.
A los efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre
los dos primeros dígitos del código CPV 80 sin perjuicio de que al menos uno de los trabajos sea relativo a servicios de formación y orientación laboral en programas cofinanciados por Fondo Social Europeo.
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Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
En Xxxxxxxx xxx Xxxxx a 22 de Febrero de 2018 El Coordinador de Desarrollo Local y Empleo Fdo. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
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