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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
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OFERTAS DE EMPLEO
Resolución del Ayuntamiento de Aranjuez, por la que se hacen públicas las Bases es- pecíficas que han de regir el proceso selectivo para la contratación de un operario de ofi- cios múltiples a media jornada mediante contrato laboral temporal (de relevo), aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 15 de febrero de 2017, y que se transcriben íntegramente a continuación:
1. Características de la plaza
Es objeto de la presente convocatoria la cobertura de una plaza de operario de oficios múltiples como personal laboral temporal a tiempo parcial (50 por 100 de jornada), median- te contrato de relevo por jubilación parcial.
2. Requisitos y titulación
Para poder participar en el proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguien- tes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o hallarse incurso en alguno de los supuestos con- templados en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de ju- bilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cual- quiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o esta- tutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desem- peñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabi- litado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en si- tuación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en situación de desempleado mediante la correspondiente acreditación con- sistente en informe del período ininterrumpido inscrito en la situación de desem- pleo acompañado de informe de vida laboral.
3. Proceso de selección
Será el de concurso-oposición libre, y constará de dos fases:
Primera. Concurso.—La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.
Se valorarán los siguientes méritos, siempre que estén debidamente acreditados.
1. Desempeño de puestos de igual o superior categoría: 0,25 puntos por año o frac- ción superior a seis meses, hasta un máximo de 1,00 punto.
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2. Por cursos de perfeccionamiento en materias relativas al puesto de trabajo a de- sempeñar:
— Hasta 25 horas: 0,05 puntos por curso.
— De 25 a 50 horas: 0,10 puntos por curso.
— De 50 a 100 horas: 0,15 puntos por curso.
— De más de 100 horas: 0,25 puntos por curso.
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3. Por estar en posesión del carné de conducir clase C: 1,00 punto.
La suma total de las puntuaciones obtenidas en este apartado no podrá superar en nin- gún caso 1,25 puntos.
No obstante, la valoración total de los anteriores méritos no podrá exceder del 25 por 100 de la calificación total de la fase de oposición.
Segunda. Oposición.—Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la realización de uno o varios ejercicios teórico o teórico-prácticos relacionados con el puesto a cubrir.
Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.
4. Calificación de la oposición
La calificación final de la fase de oposición será la media de la puntuación obtenida en los ejercicios realizados, eliminándose los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.
Calificación definitiva: la calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y el concurso, establecién- dose en tal suma la siguiente ponderación: nota del concurso + (nota de oposición × 0,75).
5. Órganos de selección
Composición:
El Tribunal calificador de las pruebas selectivas estará compuesto por los siguientes miembros:
— Presidente.
— Secretario: el de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, con voz y sin voto.
— Cuatro vocales.
La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes. La composición del Tribunal será técnica y los vocales técnicos deberán poseer titula-
ción o especialización igual o superior a la de las plazas convocadas.
6. Solicitudes
Las instancias, solicitando tomar parte en el proceso, se dirigirán a la alcaldesa-presi- denta del Ayuntamiento de Aranjuez y se presentarán en el Registro General xxx Xxxx- tamiento (de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, y lunes y jueves, de quince a diecio- cho y treinta; sábados, en la Jefatura de Policía Local, de nueve a catorce), en el plazo xx xxxx días naturales, contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca el anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La presentación de instancias también podrá efectuarse a través de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Admi- nistrativo Común de las Administraciones Públicas.
La convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y página web.
Junto con la instancia de participación en el proceso selectivo, los aspirantes deberán aportar:
— Documentación relativa a los méritos fijados en el apartado 2 de las presentes ba- ses para ser sometidos a valoración del Tribunal.
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— La correspondiente acreditación de estar en situación de desempleado consistente en informe del período ininterrumpido inscrito en la situación de desempleo acompañado de informe de vida laboral.
7. Listado de admitidos y excluidos
Expirado el plazo de admisión de instancias, la alcaldesa-presidenta o la Junta de Go- bierno Local dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista provisio- nal de aspirantes admitidos y excluidos, que se expondrá en el tablón de anuncios y en la página web xxx.xxxxxxxx.xx del Ayuntamiento. En la misma se incluirá la composición del Tribunal calificador, así como el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.
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8. Publicación de la lista
Concluidas las pruebas correspondientes del proceso selectivo, el Tribunal hará públi- ca en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la página web xxx.xxxxxxxx.xx y demás lugares que estime oportunos la relación de aprobados por orden de puntuación alcanzado.
9. Elevación de la lista
El Tribunal calificador elevará a la Junta de Gobierno Local o Alcaldía la propuesta de contratación (relevo) del aspirante seleccionado que obtenga mayor calificación.
10. Falta de presentación de documentos
Quien dentro del plazo indicado, y salvo en los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujese que carece de alguno de los re- quisitos exigidos en la base segunda, no podrá ser contratado, quedando anuladas las actua- ciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en su ins- tancia o documentación.
El aspirante seleccionado formalizará el contrato en el Departamento de Personal en la fecha que se le indique, quedando sometido al período de prueba que en cada caso corres- ponda de conformidad con la legislación vigente.
11. Vinculación de las bases
Las presentes bases vinculan al Ayuntamiento, al Tribunal y a quienes participen en las pruebas selectivas. Tanto las bases como cuantos actos administrativos se deriven de la convocatoria y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y forma establecidos en la Ley 35/2015, de 10 de octubre, de Procedimien- to Administrativo de las Administraciones Públicas.
Contra estas bases, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponer:
— Recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día si- guiente a la recepción de esta notificación, ante el órgano que dicta el presente acto administrativo, de conformidad con el artículo 124 xx Xxx 39/2015, de 1 de octu- bre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
— Recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación ante el Juzgado de lo con- tencioso-administrativo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se op- tara por interponer el recurso potestativo de reposición, no podrá interponer recur- so contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.
Aranjuez, a 20 de febrero de 2017.—La concejala-delegada de Recursos Humanos, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.
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xxxx://xxx.xxxx.xx BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791