Federación Navarra de Fútbol
Federación Navarra de Fútbol
c . / E x x x x x X x x x x x x , 0 - 0 x 🕾 - 9 4 8 2 2 9 9 3 3 / 🖷 - 9 4 8 2 2 3 2 1 5
3 1 0 0 2 – P A M P L O N A E - m a i l : m a i l @ f u t n a v a r r a . e s W e b : w w w . f u t n a v a r r a . e s
CONTRATO DE ENTRENADOR
En , a de de , reunidos de una parte don , Presidente del Club y de otra don
, Entrenador con Título oficial que acredita su condición, obrando don , en nombre y representación del Club , y don de años de edad, con D.N.I. o pasaporte número , en nombre e interés propio, convienen en el otorgamiento de un contrato de prestación de servicios, de acuerdo con los siguientes PACTOS Y CONDICIONES:
1.° Don se compromete a prestar sus servicios como Entrenador del equipo (1) en calidad de (2) .
2.° Será obligación del Entrenador, bajo su exclusiva autoridad, la preparación física y técnica de los Jugadores, así como la elección del sistema de juego a desarrollar en cada partido, disponer los días y horas de entrenamiento y el número de sesiones de trabajo.
3.° El entrenador xxx tendrá autoridad sobre los jugadores, siendo de su exclusiva competencia el darles las oportunas instrucciones, tanto en los vestuarios como en el terreno de juego.
Iguales facultades tendrá sobre los segundos entrenadores, ayudantes técnicos sanitarios y encargados de material.
4.° Impondrá sobre los jugadores una rigurosa disciplina, para lo cual empleará los medios más adecuados a su juicio.
5.° Designará para capitán del equipo al jugador que crea reúne las mejores condiciones para
ello.
6.° En los desplazamientos tendrá a su cargo la vigilancia y cuidado de los jugadores, y los incidentes que puedan surgir los resolverá de acuerdo con el Delegado del Club.
7.° La confección de la lista de jugadores convocados para los partidos, así como la designación de los que deben alinearse, serán, también, de su competencia.
8.° Por la adecuada prestación de sus servicios, el Entrenador don
percibirá las cantidades siguientes:
a) En concepto de premio de ficha, la cantidad de euros pagaderos en .
(1) Se indicará categoría y si es profesional, aficionado, juvenil, etc.
(2) Profesional o aficionado.
Federación Navarra
de Fútbol
b) En concepto de mensualidad, la cantidad de euros; por meses vencidos, a pagar dentro de la primera semana del mes siguiente.
c) En concepto xx xxxxxx cobrará por partido ganado en casa
euros; fuera
euros; por partido empatado en casa
euros; fuera euros; pagaderos al final de cada partido o junto con la mensualidad, a elección del Club.
d)
.
9.° Salvo en el caso de resolución de este contrato de común acuerdo entre el Club y el Entrenador, éste no podrá ser suspendido en sus funciones sino mediante el oportuno expediente por faltas graves cometidas por él mismo. En este supuesto, el Entrenador no tendrá más derecho a percibir que los emolumentos devengados hasta el momento, debiendo devolver los que hubiese recibido anticipadamente.
Si el Club, por su exclusiva conveniencia, no mantuviese al Entrenador en el ejercicio de las funciones y facultades estipuladas en el presente contrato, vendrá obligado a indemnizarle mediante el pago de todas aquellas cantidades consignadas en el mismo y por el tiempo de vigencia estipulado, sin perjuicio de que se considere el contrato anulado, quedando ambas partes en libertad.
1O.° Ambas partes se obligan a comunicar a su respectiva Federación y Comité de Entrenadores todo cambio en la situación del Entrenador o de las condiciones pactadas en el presente contrato.
11.° Este contrato tendrá vigencia desde .. hasta
de .
12.° Para cualquier duda o controversia que pudiera surgir, en relación al cumplimiento e interpretación del presente contrato, ambas partes se someten expresamente al arbitraje de los Comités Jurisdiccionales y de Conciliación que corresponda, en función de la categoría, nacional o territorial, de los contratantes.
13.° Otras condiciones
En prueba de la más completa conformidad, firman el presente contrato por sextuplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados.
POR EL CLUB EL ENTRENADOR
EL PRESIDENTE
EL SECRETARIO