HUMAN-NET OUTSOURCING LTDA.
HUMAN-NET OUTSOURCING LTDA.
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
TRABAJADOR: «Nombre»
PRIMERO: Lugar y Partes
En Santiago, «Fecha_Contrato» entre Consultores y Proveedores en Outsourcing Ltda. RUT: 00.000.000-0, representada legalmente por xxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, RUT: 00.000.000-0, ambos domiciliados en esta ciudad, calle Xxxxx Xxxx Xx0000, Xxxxxx xx Xxxxx, Xxxxxxxx; por una parte, y don(ña) «Nombre», Nacionalidad «Nacionalidad», estado civil «Estado_Civil»(a), nacido(a) el
«Fecha_de_Nacimiento», domiciliado(a) en «Direccion», «Comuna», «Ciudad», cédula nacional de identidad y RUT Nº «Rut», por la otra parte; se ha convenido en la celebración del siguiente Contrato de Trabajo:
SEGUNDO: Determinación de la Naturaleza de los Servicios
HUMAN-NET OUTSOURCING LTDA., quien en adelante se denominará la empleadora, contrata a don (ña)
«Nombre», el que en adelante se denominará el trabajador(a), quien se obliga a ejecutar y prestar servicios en el cargo de: «Cargo», siendo algunas de sus principales funciones: «Función» ; en la empresa
«Nombre» , ubicada en «Ubicada_», «Ciudad_Operacional»., pudiendo ser trasladado de sitio o recinto, o encomendársele cualquier otro trabajo similar dentro del giro de la empresa, de acuerdo con su capacidad y competencia, cuidando que ello no le ocasione menoscabo de acuerdo con la ley. En caso que sus labores consistan en aquellas que necesariamente deben desempeñarse fuera xxx xxxxxxx de la empresa, obligando el desplazamiento del trabajador se entenderá que su lugar de trabajo comprende toda la zona geográfica dentro de la cual desarrolla su actividad la empleadora. Si por el contrario, no se trata de la definidas precedentemente, podrá en todo caso, encomendársele labores o tareas fuera de su lugar de trabajo, en comisión de servicios, cuando ello sea necesario.
TERCERO: El trabajador se obliga especialmente a:
a) Mantener relaciones interpersonales basadas en las normas de la sana convivencia, tanto con los interlocutores de la empresa-cliente, como con el público que interactúa en sus dependencias y con los compañeros de labor.
b) Respetar las normas internas de la empresa-cliente.
c) Desarrollar en forma óptima las funciones que le sean encomendadas por el supervisor designado por la empresa-cliente y/o por el supervisor designado por el empleador
d) Cumplir con los objetivos de productividad y calidad establecidos por la empresa-cliente a la cual sea asignado.
e) Cumplir íntegramente la jornada diaria y semanal de trabajo a la que se encuentre afecto.
f) No realizar por o para sí, ni aún por interpósita persona, ningún tipo de negociaciones o actos de comercio comprendidos dentro del giro del empleador y/o de la empresa-cliente, o que se estén relacionados con él.
g) No realizar por o para sí, ni aún por interpósita persona, ningún tipo de negociaciones o actos de comercio con clientes p proveedores de la empresa-cliente.
h) Guardar la más absoluta reserva de todas las operaciones del empleador o de sus clientes que lleguen directa o indirectamente a su conocimiento.
i) Ejecutar los trabajos encomendados con prontitud, eficiencia y lealtad, de acuerdo con las normas técnicas y laborales que se le impartan.
j) Dar inmediata cuenta y aviso de todo siniestro o accidente que sufra o que le afecte a causa o como consecuencia del desarrollo de sus labores.
k) No fumar dentro xxx xxxxxxx del establecimiento del empleador ni del de la empresa-cliente, a excepción de los lugares específicamente señalados para tal efecto.
l) No manifestar muestras físicas de relaciones afectivas sentimentales con otros trabajadores dentro de las instalaciones de la empresa-cliente.
m) Cumplir fielmente con el reglamento interno de Higiene Orden y Seguridad de Human-Net Outsourcing Ltda.
Las partes convienen en elevar a la calidad de cláusulas esenciales determinantes del presente contrato, cada una de las indicadas en el artículo anterior, de modo que el incumplimiento de cualquiera de ellas se entiende de común acuerdo causal suficiente de término de contrato.
Cuarto: Jornada de Trabajo:
El trabajador desempeñará una jornada de trabajo de 45 horas a la semana, distribuidas de la siguiente forma:
«Horario».
Esta jornada será interrumpida por «Colación_en_minutos» minutos, destinados x xxxxxxxx, los cuales no serán imputables a la jornada laboral.
Sólo podrán pactarse las horas extraordinarias dentro del máximo legal que fija el artículo 32 del Código del Trabajo, entre el trabajador y su empleador cuando así lo requiera. Para cualquier caso, la jornada mencionada anteriormente es una referencia, ya que éste se determinará según las necesidades de la empresa-cliente, siempre respetando el número de horas trabajadas que la Ley estipula.
Quinto: Remuneración:
Por la prestación de sus servicios la empresa pagará al trabajador, una remuneración mensual que se desglosa de la siguiente forma:
Un sueldo base mensual de «Renta_», asociados a cumplimiento de jornada laboral de 30 días al mes, más las gratificaciones legales de un 25% sobre el base con tope con un tope de 4,75 Ingresos Mínimos Mensuales. Esta remuneración se pagará el día cinco de cada mes o el día hábil subsiguiente, en moneda nacional, mediante vale vista, cheque o efectivo. De las remuneraciones, el empleador deducirá las cotizaciones previsionales, de seguridad social y los impuestos que las graven, las sumas dadas a título de anticipo y/o préstamos, en su caso, y las demás que establezcan o autoricen la ley o el trabajador. Sin perjuicio de lo anterior, el trabajador podrá percibir ingresos adicionales, por concepto de incentivos u otros beneficios. En caso que por razones ajenas a la voluntad de la parte empleadora, derivada de las condiciones xxx xxxxxxx, que conlleven una disminución de la demanda del servicio, o debido a hechos de la naturaleza o de autoridad, cualquiera situación que constituya caso fortuito o fuerza mayor, que impida el normal desarrollo de las labores acordadas, el empleador se obliga a garantizar el pago de los días efectivamente trabajados en forma proporcional y de acuerdo a la remuneración que se señala en el presente artículo.
Sexto: Obligaciones y Prohibiciones
Son obligaciones esenciales, del trabajador, cuya infracción las partes entienden como causa justificada de terminación del presente contrato, las siguientes:
a) Cumplir íntegramente, la jornada de trabajo;
b) Timbrar la tarjeta del reloj control, tanto a la entrada, como a la salida de la empresa. Se presumirá que el trabajador ha faltado o ha llegado atrasado, en su caso, por la sola circunstancia de no marcar la tarjeta. Si el trabajador fuere sorprendido marcando la tarjeta de otro o aceptare que otro xxxxxx xx xxxx, xxxxxxxxx xxxx facto, este contrato, por acción dolosa y grave. Xxxxxxx, el testimonio del portero, del encargado del reloj control o del funcionario a quien se cometa esta inspección, al respecto;
c) Trabajar horas extraordinarias cada vez que, por razones de producción, la Gerencia lo determine, las que serán pagadas con recargo de un 50%. La negativa de cumplir esta obligación, se entenderá como negativa, del trabajador, de desempeñar su labor; y como incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato;
d) En casos de inasistencia al trabajo, por enfermedad, el trabajador deberá justificarla -únicamente- con el correspondiente certificado médico, otorgado por un Facultativo de la especialidad, dentro del plazo de 24 horas, desde que aquél dejó de asistir al trabajo;
Asimismo, se le prohíben los siguientes actos:
1.- Ejecutar, durante la jornada de trabajo y/o en el recinto del empleador, actividades ajenas a su labor en la Empresa y/o dedicarse a atender asuntos particulares.
Séptimo: Reglamento Interno.-
El trabajador respetará, celosamente, el Reglamento Interno, cuyo texto ha recibido, que declara conocer y que se entiende como parte integrante de este contrato.
Octavo: Duración
El presente contrato tendrá duración hasta el «Fecha_Termino».
Noveno: Constancia
Se deja constancia de lo siguiente:
1.- Don (ña) «Nombre» ingresó al servicio de la empleadora, con fecha «Fecha_Inicio».
2.- El trabajador declara estar afiliado a la: AFP: «AFP_»
3.- El trabajador declara estar afiliado al siguiente sistema de salud: «ISAPRE»
4.- El presente contrato ha sido extendido en tres ejemplares de igual valor y contenido, declarando el trabajador haber recibido uno de ellos en este acto.
5.- Al presente instrumento se entiende incorporadas todas las disposiciones legales que tengan relación con el trabajador y que se dicten con posterioridad a la fecha de su suscripción.
Para todos los efectos derivados de este contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago y prorrogan competencia para ante sus tribunales.
El presente contrato que consta de tres páginas, se firma en triplicado, declarando el trabajador, haber recibido un ejemplar de él y que éste es fiel reflejo de la relación laboral existente entre las partes.
En comprobante, previa lectura, se ratifican y firman.-
P.P.