PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO DE AGENCIAS DE VIAJES DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE MÁLAGA PARA EL PROGRAMA DE AYUDAS A PYMES DE REGIONES DE...
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO DE AGENCIAS DE VIAJES DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE MÁLAGA PARA EL PROGRAMA DE AYUDAS A PYMES DE REGIONES DE CONVERGENCIA, PHASING IN Y PHASING: ACCIONES COMPLEMENTARIAS DE INICIACIÓN LLEVADAS A CABO POR DEL DEPARTAMENTO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO DE 2013
Nº de expediente: | 16/c/2013 |
Procedimiento: | Reforzado |
Fecha: | 29/04/2013 |
Departamento: | Comercio Exterior y Turismo |
1. PROMOTOR
La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de la provincia de Málaga.
2. OBJETO DE LA PRESTACIÓN
El objeto de este pliego consiste en la adjudicación de la prestación del servicio de agencias de viajes para la selección de tres agencias proveedoras de los distintos viajes en las acciones que se incluyan dentro del Programa de ayudas a pymes de regiones Convergencia, Phasing In y Phasing: Acciones Complementarias de Iniciación.
El Consejo Superior de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de España, junto con las Cámaras de Comercio de regiones Convergencia, Phasing In y Phasing Out, han puesto en marcha el programa Acciones Complementarias de Iniciación en el marco de los Programas Operativos FEDER de dichas regiones, para el periodo 2007-2013, estando cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y por las Cámaras de Comercio.
El programa, que persigue servir de apoyo a la internacionalización, ha sido creado con el fin de ayudar al objetivo de los Programas desarrollados por las Cámaras de contribuir a la mejora de la competitividad y al fortalecimiento empresarial.
Dentro de este tipo de Acciones se incluyen aquellas acciones consistentes en Encuentros de Cooperación Empresarial, Proyectos Especiales de interés para las Pymes y Foros de Pymes potencialmente exportadoras y/o exportadoras que se adecuen al objeto de contribuir a la internacionalización de las Pymes españolas.
Además de los servicios ordinarios sobre la gestión de reserva, emisión, modificación, anulación y entrega de billetes de transporte aéreo, marítimo y terrestres, así como seguros de viaje, servicios de alojamiento y alquiler de vehículos que resulten necesarios para los desplazamientos y estancias que deban efectuarse para el desarrollo de las acciones, las agencias tienen que estar en disposición de gestionar especialmente la contratación de:
Transfer aeropuerto/hotel/aeropuerto Alquiler de salones en hoteles.
Alquiler de vehículos.
Tramitación de visados.
El Programa Acciones Complementarias cuenta con financiación FEDER para su desarrollo y está encuadrado en los Programas Operativos Regionales FEDER 2007-2013 de Convergencia, Phasing out, Phasing in.
3. CATEGORIA DEL CONTRATO DE SERVICIO DE AGENCIA DE VIAJES Y PROCEDIMIENTO APLICABLE.
La categoría de este contrato es la número 20 del anexo II del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP). Se trata de un contrato de servicios sujeto al procedimiento reforzado del Manual de contratación de la Cámara de Comercio, no sujeto a regulación armonizada.
4. VIGENCIA DEL CONTRATO.
El plazo de ejecución del contrato finalizará con la realización integra de la última acción solicitada dentro del programa de acciones complementarias de 2013.
5. VALOR MÁXIMO ESTIMADO Y FORMA DE PAGO
No se determina el presupuesto global máximo de licitación por estar condicionado a múltiples variables como son el número indeterminado, a priori de participantes en cada acción, los precios fijados por las compañías aéreas, precios de las operadoras, etc. Se fija como valor meramente orientativo, un importe estimado de volumen de negocio 191.400 euros, sin iva. Este valor sólo obliga a la Cámara como máximo no superable, resultando las obligaciones económicas concretas, exclusivamente de los servicios que se presten.
En concreto los licitadores deberán ofertar unos porcentajes de descuento sobre los diferentes tipos de billetes y facturación. Los precios ofertados serán mantenidos a lo largo de todo el contrato. Las comisiones no podrán ser objeto de modificación durante toda la vigencia del contrato, sin perjuicio de posibles revisiones a la baja por aplicación de tarifas más beneficiosas por acuerdo de ambas partes.
Quedan incluidos siempre dentro del precio máximo ofertado, si tuvieran que realizarse durante el contrato, los gastos relacionados con los elementos informáticos necesarios, y cualesquiera otras herramientas o servicios que el adjudicatario considere necesarios para la prestación del servicio.
La agencia de viajes girará los costes de cada viaje en una factura al empleado de la Cámara que haya realizado la reserva y el pago se hará efectivo por servicio prestado, en función de la factura presentada por el contratista una vez realizado el servició que la originó. En la factura debe hacerse constar cada uno de los servicios que la configuren de forma separada, con fechas, días de estancia y nombre de usuario así como el descuento practicado y las tasas de emisión aplicables.
La prestación de los servicios se entenderá como cumplida por el adjudicatario cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del presente pliego y a satisfacción de la Cámara de Comercio su objeto.
6. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La valoración de las empresas se realiza con una puntuación de 0 a 100 puntos. La adjudicación se efectuará a las propuestas más ventajosas atendiendo a:
a) PROPOSICIÓN ECONÓMICA Máximo 70 puntos, valorados de la siguiente forma:
1. (0-40 puntos) Comisiones sobre la emisión de billetes de los medios de transporte. Expresado en porcentaje de descuento sobre el cargo de emisión por billete ofertado para cada categoría, tomando como referencia de dicho descuento en los billetes las siguientes comisiones:
Comisión billete de tren… 4,5€
Comisión vuelo nacional… 20€
Comisión vuelo Europa… 45€
Comisión vuelo resto del mundo 75€
Se valoraran de la siguiente forma:
- 5 puntos. Porcentaje de descuento sobre cargo por emisión de billete en tren. La puntuación se obtendrá (máximo 5 puntos):
Puntuación oferta que se valora = 5 x porcentaje de comisión billete de tren de la oferta que se valora
porcentaje de comisión billete de tren de la oferta más ventajosa
- 5 puntos. Porcentaje de descuento sobre cargo por emisión de billete en vuelo nacional.
La puntuación se obtendrá (máximo 5 puntos):
Puntuación oferta que se valora = 5 x porcentaje de comisión billete de avión de la oferta que se valora porcentaje de comisión billete de avión de la oferta más ventajosa
- 15 puntos. Porcentaje de descuento sobre cargo por emisión de billete en vuelo Europa.
La puntuación se obtendrá (máximo 15 puntos):
Puntuación oferta que se valora = 15 x porcentaje de comisión billete de avión de la oferta que se valora
porcentaje de comisión billete de avión de la oferta más ventajosa
- 15 puntos. Porcentaje de descuento sobre cargo por emisión de billete en vuelo resto del mundo. La puntuación se obtendrá (máximo 15 puntos):
Puntuación oferta que se valora = 15 x porcentaje de comisión billete de avión de la oferta que se valora
porcentaje de comisión billete de avión de la oferta más ventajosa
2. (0-30 puntos) Rappel por facturación, expresado en porcentaje de descuento.
Se valorara de la siguiente forma:
- 15 puntos. Rappel por facturación de servicios de locomoción, indicándose el porcentaje que se ofrecerá a partir de los 15.000 euros (máximo 15 puntos).
Puntuación oferta que se valora = 15 x rappel por facturación en locomoción que se xxxxxx
xxxxxx por facturación en locomoción más ventajoso
- 15 puntos. Rappel por facturación de servicios de hotel, indicándose el porcentaje que se ofrecerá a partir de los 15.000 euros. (máximo 15 puntos)
Puntuación oferta que se valora = 15 x rappel por facturación en servicios de hotel que se xxxxxx
xxxxxx por facturación en servicios de hotel más ventajoso
b) DOCUMENTACIÓN Y OFERTA TÉCNICA máximo 30 puntos, valorados como sigue:
1. Servicio de de urgencias 24 horas (0-15 puntos). Se valorará:
- la existencia de un servicio telefónico complementario al horario de la agencia que suponga atención durante las 24 horas del día los 365 días de año. (10 puntos)
Servicio 24 horas 10 puntos
Servicio 23 horas 8 puntos
Servicio 22 horas 6 puntos
Servicio 20 horas 4 puntos
Servicio 19 horas 2 puntos
Resto 0 puntos
Sin perjuicio de la exigencia de disponer de un servicio de 24 mientras el servicio de viaje se está realizando, tal como se indica en las condiciones técnicas.
- que dicho servicio sea propio de la empresa (no subcontratado) (5 puntos). Si el servicio no es propio se puntuara con 0 puntos.
2. Adscripción de personal de manera permanente al servicio. (0-10 puntos)
- Prestación del servicio por una persona en jornada de cinco horas por día de lunes a viernes en horario de mañana. (5 puntos). En el caso de una jornada inferior la puntuación será de 0 puntos.
- Se valorará con cinco puntos cada hora adicional hasta el máximo de 5 puntos. (5 puntos)
3. Capacidad de enviar personal de la agencia acompañando a delegaciones cuando la Cámara lo requiera. (5 puntos) En caso de no tener dicha capacidad, la puntuación será de 0 puntos.
7. OFERTAS ANORMALES O DESPROPORCIONADAS
SI la oferta comporta error manifiesto en el importe económico podrá ser desechada.
Se considerarán ofertas anormales o desproporcionales, aquellas ofertas que sean un 20% inferior a la media de todas las ofertas recibidas. Si se presentan ofertas en dichas condiciones se remitirá comunicación al licitador concediéndole un plazo de 3 días para aportar justificación que permita considerar la viabilidad real de la propuesta. La documentación que se aporte debe ser meramente aclaratoria y no susceptible de ampliar, modificar o sustituir la propuesta realizada.
8. CARACTERÍSTICAS DE LAS EMPRESAS LICITADORAS
Podrán concurrir a esta licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, que no se vean afectadas por alguna de las prohibiciones para contratar señaladas en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y acrediten la correspondiente solvencia, de conformidad con lo exigido en el presente Xxxxxx.
Las personas físicas o jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de la actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales le sean propias. Deberán acreditar que se encuentran al día en obligaciones de pago del Recurso Cameral Permanente girado por esta Corporación.
9. PROPOSICIÓN DE OFERTAS Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición económica. La infracción de esta norma dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
No se tomarán en consideración las variantes o alternativas que puedan ofrecer los licitadores.
La presentación de la oferta supondrá, a todos los efectos, la aceptación incondicional y acatamiento, por parte del licitador, del presente pliego, sin salvedad alguna. El desconocimiento del presente pliego en cualquiera de sus términos o documentos anexos, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
Las ofertas podrán presentarse, en el Registro General de esta Corporación, sita en C/Xxxxxxx xxx Xxxxxx, Nº 23, (Málaga), a la atención de “D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Secretario General”, hasta las 14:00 horas del día 14 xx xxxx. El horario de presentación de proposiciones será de 09:00 a 14:00 horas.
No obstante el apartado anterior, las proposiciones podrán igualmente enviarse dentro del mismo plazo por correo certificado a la dirección indicada en el anuncio de licitación, debiéndose en este caso justificar la fecha de interposición del envío y anunciar a la Cámara de Comercio de Málaga, tal circunstancia mediante fax o e-mail. A estos efectos, se entenderá como único habilitado para recibir tal anuncio la Cámara de Comercio de Málaga, por fax (x00 00 000 00 00) o email ( xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx ), indicando así mismo la licitación a la que corresponde. En cualquier caso, la documentación deberá encontrarse en Registro General a las 14:00 horas del día señalado en el párrafo anterior.
A estos efectos, los licitadores presentaran dos sobres cerrados, señalados, respectivamente, con los números 1, y 2. En cada uno de ellos figurará el nombre del/los licitador/es, CIF, su domicilio, representante/s, y datos de la persona de contacto (teléfono y dirección de correo electrónico) y el título del procedimiento de contratación. Dichos sobres serán firmados por el
licitador de los mismos o quien le represente con
poder bastante y suficiente y contra entrega se podrá expedir recibo - certificación.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente (índice) su contenido. Dichos sobres contendrán, además, los documentos que a continuación se relacionan, y que podrán ser originales o fotocopias, autenticadas por Notario o compulsadas administrativamente.
El sobre nº 1, bajo la rúbrica "Documentación General", contendrá:
a) Documento acreditativo de la identidad, en caso de que el licitador sea persona física que actúe por sí misma (Documento Nacional de Identidad, si el licitador es español, o, en su caso el documento que haga sus veces), así como el Número de Identificación Fiscal.
b) Poder bastanteado por la Asesoría Jurídica de esta Corporación, si se obra en representación de otra persona (física o jurídica) o entidad, en cuyo caso, también deberá acompañarse documento acreditativo de la identidad del(os) apoderado(s), (Documento Nacional de Identidad, si el apoderado es español, o, en su caso el documento que haga sus veces).
c) La capacidad de obrar de las empresas que sean personas jurídicas españolas se acreditará mediante la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Asimismo, deberá aportar el CIF de la empresa, tarjeta de identificación fiscal.
d) Domicilio a efectos de notificaciones de este concurso, incluyendo email válido a efecto de notificaciones.
e) La capacidad de obrar de las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea se probará conforme a lo indicado en el art. 72 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
f) Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán cumplir, igualmente, con lo dispuesto en 72 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
g) Sin perjuicio de lo establecido en el del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, cada uno de os empresarios de la Unión temporal vendrá obligado a justificar documentalmente que reúne los requisitos legales exigidos para contratar con la Administración en la forma establecida por los apartados anteriores.
h) Cada ofertante deberá presentar una declaración responsable, en la que conste no hallarse incurso en causa de prohibición para contratar con el Sector Público, según lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011. Anexo I.
i) Certificación expedida por la Administración Tributaria acreditativa de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, impuestas por las disposiciones vigentes. (IRPF, Impuesto de Sociedades, IVA, Declaración Anual de Operaciones con Terceros- (Modelo 347). ).
j) Certificación administrativa, expedida por el órgano competente, mediante la que el licitador acredite que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
k) La acreditación de la solvencia económica y financiera se efectuará por uno o varios de los medios previstos en el artículo 75 TRLCSP, preferiblemente mediante:
- Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
- Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
l) La solvencia técnica o profesional se acreditará por alguno de los medios previstos en los artículos 76 a 79 del TRLCSP, preferiblemente mediante:
- una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas, descripción y destinatario, público o privado, de los mismos. La Cámara se reserva el derecho de solicitar a los licitantes, con posterioridad, que los servicios o trabajos efectuados se acrediten mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
- Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato.
- Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar. Es el artículo 78 i) del texto refundido.
- Las titulaciones académicas y profesionales del personal responsable de la ejecución del contrato.
Recibida la documentación citada, la Cámara podrá realizar las consultas pertinentes con los licitadores para llevar a cabo las aclaraciones que resultaren precias.
El Sobre nº 2, bajo la rúbrica "Proposición económica y oferta técnica", contendrá:
-Proposición que contenga la oferta económica (conforme al anexo II), conformada por los criterios de valoración contenidos en el punto 6, a).
-Memoria explicativa de la forma en que, si es seleccionado, el interesado prestará el servicio, con indicación de la documentación y oferta técnica, conforme a los criterios de valoración contenidos en el punto 6, b).
10. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación es el siguiente:
- Presidente de la Cámara de Comercio de Málaga
- Tesorera de la Cámara de Comercio de Málaga
- Secretario de la Cámara de Comercio de Málaga
- Jefe del departamento de Comercio Exterior y Turismo
11. PUBLICIDAD
Se realizará mediante la publicación del anuncio de licitación así como de la adjudicación, en el Perfil del Contratante en la página Web de la Cámara de Comercio: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx .
12. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACION
La Cámara, siguiendo el procedimiento establecido, adjudicará el contrato al ofertante que, en su conjunto, haga la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en la cláusula 7. La adjudicación será notificada a los participantes en la licitación, en el plazo de 15 días, dándosele publicidad a la misma en la página web de la Cámara de Comercio.
El adjudicatario, en el plazo marcado en la notificación individual y en la publicación de la adjudicación, deberá presentar, ante la Secretaría General de esta Corporación, los documentos que acrediten haber constituido la garantía definitiva y en general, el pago de los gastos que se ocasionen con motivo de los trámites de iniciación, preparación y formalización del contrato correspondiente.
El adjudicatario deberá personarse en la Secretaría General de esta Corporación cuando le sea solicitado, dentro del plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, a fin de formalizar el oportuno contrato. El documento administrativo en el que se formalice el correspondiente contrato, cuando lo solicite el adjudicatario, podrá elevarse a escritura pública, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
En el caso de que el adjudicatario no aporte la documentación o garantías exigidas , o por cualquier otra causa imputable al mismo no se formalice el contrato, el órgano de contratación, sin necesidad de iniciar un nuevo procedimiento de contratación , podrá adjudicar el contrato a la siguiente oferta en orden de clasificación , siempre que el nuevo adjudicatario manifieste su conformidad, o sucesivamente a las siguientes ofertas en caso contrario, concediéndose un nuevo plazo para cumplimentar las condiciones de formalización del contrato.
13. GARANTÍA
El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, responder de la correcta realización de la prestación del servicio, incluidas las penalidades que pudieran imponerse al contratista y la existencia de vicios, vendrá obligado a constituir Garantía Definitiva equivalente al 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato. La misma será devuelta en el plazo de un mes desde la finalización del servicio.
Las garantías se podrán constituir en metálico o en cualquier otro medio de los admitidos por el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y se depositarán en el Departamento de Administración y Recaudación de esta Corporación.
14. EJECUCIÓN DEL CONTRATO. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
El contratista queda obligado a:
a) Ejecutar el servicio con sujeción a los presentes Pliegos, a la Propuesta Técnica, al contrato y documentación técnica que se aporte al equipo técnico, con la diligencia debida.
b) Aportar los equipos técnicos y materiales, así como los medios auxiliares, humanos y materiales; todo ello en número y grado preciso para la realización del objeto del correspondiente contrato a satisfacción.
c) Ejecutar el contrato bajo su riesgo y xxxxxxx.
d) A la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, que se requiera para la prestación del servicio.
e) A indemnizar todos los daños que se causen tanto a esta Corporación como a terceros, como consecuencia de la ejecución de la prestación del servicio, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa de esta Corporación.
f) El contratista queda obligado a guardar secreto, y a hacerlo guardar al personal que emplee o que con él colabore en la ejecución de los trabajos, no pudiendo utilizar para sí, proporcionar a terceros, o divulgar, dato alguno en relación con las Consultorías y Asistencias contratadas, sin la expresa autorización de esta Corporación.
15. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Si el contratista incumpliere las obligaciones que le incumben, con carácter general, esta Corporación estará facultada para exigir el cumplimiento o declarar la resolución del correspondiente contrato.
Con independencia de las causas generales de resolución del contrato relacionadas en el Artículo 223 del Real Decreto Legislativo 3/2011, con los efectos señalados en los artículos 224 y 225 del mismo texto legal, son causas de resolución del contrato:
a) Si el adjudicatario no atendiere los requerimientos de constitución de garantías, no cumpliere los requisitos para la celebración del contrato, o impidiese que se formalice en los términos señalados.
b) El abandono por parte del contratista del servicio objeto del correspondiente contrato.
c) Que el contratista se vea incurso, durante la vigencia del correspondiente contrato, en alguna de las prohibiciones de contratar del Real Decreto Legislativo 3/2011.
d) Las reiteradas deficiencias en la ejecución del contrato, salvo en caso de fuerza mayor.
e) En general, el incumplimiento por el contratista de cualquiera de las obligaciones contenidas en los documentos contractuales.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo, o hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, esta Corporación podrá optar por la resolución del contrato.
16. CONDICIONES TÉCNICAS
Requisitos que deben cumplir las Agencias de Viajes adjudicatarias:
- Plazos máximos para la presentación de ofertas una vez solicitadas:
* Propuesta de vuelos: 32h.
* Propuesta de alojamientos: 72 horas.
- Disponer de servicio Atención 24h al personal que se desplaza, cuando el viaje este realizándose.
- Cumplir con los requerimientos del protocolo de la Cámara y seguir el procedimiento de contratación. Igualmente, la agencia de viajes deberá presentar la documentación según el modelo facilitado por la Cámara de Comercio.
En el caso de que alguna de las agencias adjudicatarias no aporte la oferta solicitada por la Cámara de Comercio en tiempo o en forma (incompleta o que no se ajuste a lo requerido), la oferta quedará desestimada.
- Reservar los asientos de todos los pasajeros en el momento de la compra del billete. La elección de ventanilla o pasillo será a preferencia de cada uno de los participantes.
- Las agencias prestarán los servicios en las mejores condiciones de seguridad. Igualmente, se compromete a ofertar las tarifas más ventajosas en los viajes que gestione, en los alojamientos y plazas hoteleras, en función de las fechas, duración, itinerarios, características del pasajero, así como otras circunstancias que concurran en dichos viajes. Las agencias harán lo posible por obtener descuentos, tarifas preferenciales o condiciones especiales en operadoras, cadenas de hoteles, etc, a través de las firmas o convenios con esas entidades. De igual forma, estará obligada a respetar los que tenga o consiga la Cámara en el periodo de contratación que tenga por objeto abaratar los costes. La agencia de viajes, pondrá a disposición de la Cámara, cuando le sea solicitado, la relación de tarifas especiales establecidas por las principales cadenas hoteleras, touroperadores, y compañías aéreas.
- En caso de viajes con más de 8 participantes, un representante de la AA.VV. deberá presentarse en el aeropuerto el día de salida para coordinar y controlar el viaje y la delegación.
Requisitos que deben cumplir los Hoteles, salvo se especifique lo contrario:
- La Agencia deberá hacer una reserva (sin compromiso de gasto) mínima de 8 plazas en el momento de confirmación del destino, informándonos de las condiciones de la reserva.
- Tendrá que presentar un mínimo de 3 opciones de hotel.
- Los hoteles serán de 4* y 5*, en el centro de la ciudad, salvo se especifique lo contrario.
- Aportarán fotos y datos de contacto (dirección completa, teléfono, fax, e-mail y página web). Indicar año de construcción del hotel y/o de las reformas.
- Facilitará precios en Hbt. Doble y Doble de Uso Individual, indicando si el desayuno viene o no incluido. En caso de que no esté incluido, indicar el precio del mismo.
- Los hoteles deberán disponer de acceso a Internet en todas las habitaciones y señalar si cuenta con Centro de Negocios con acceso a Internet y donde puedan imprimirse documentos.
- Los Hoteles tienen que disponer de servicio de cambio de moneda.
- Ofrecer adaptadores de corriente cuando los enchufes y/o la potencia difiera de la europea.
- Los hoteles han de contar con buenas valoraciones en los principales foros de viajes, tales como xxxxxxxxxxx.xxx, xxxxxxx.xxx, etc.
- Señalar si dispone de Agencia de Viajes con posibilidad de organizar otro tipo de actividades.
Requisitos sobre los vuelos:
- Propuestas de itinerarios con pocas conexiones (generalmente no más de 1 conexión), buenos horarios (evitar los vuelos que salgan del aeropuerto de origen antes de las 09h00), pocas horas de espera (menos de 4 horas) en los aeropuertos de tránsito.
- Precios en clase turista y Business con todas las tasas e impuestos incluidos. No se aceptarán subidas de precios por ninguno de estos conceptos que no hayan sido previamente presupuestados y aceptados por esta Cámara de Comercio.
- Indicar el nº de plazas disponibles en el momento de la oferta. La Agencia deberá hacer una reserva mínima de 8 plazas en el momento de confirmación del destino que no suponga ningún compromiso de gasto, informando a la Cámara de las condiciones de la reserva.
Procedimiento a seguir tras la adjudicación de las agencias:
Tras la adjudicación de las tres agencias de viajes proveedoras, estas presentarán cuando les sea requerido por la Cámara, presupuesto detallado de cada acción que se proceda a realizar.
En el caso de que alguna/s de la/s agencias adjudicataria/s no aporte la oferta solicitada por la Cámara de Comercio en tiempo o en forma (incompleta o que no se ajuste a lo requerido), la oferta quedará desestimada.
La Cámara seleccionará a una de ellas para la realización del servicio, teniendo en cuenta aspectos como coste, horario de los vuelos, compañías aéreas, tiempo de espera en los aeropuertos.
Cualquier aumento de precio en el presupuesto realizado a posteriori de la selección dará lugar a cualquiera de las dos opciones siguientes:
- Estudio de la documentación justificativa que deberá aportar, en todo caso, la empresa seleccionada y aprobación en su caso por la Cámara, si considera suficientemente motivado el aumento.
- Dará derecho a la Cámara para anular la selección efectuada si lo estima conveniente, sin hacerse cargo de ninguna compensación por dicha anulación.
La agencia seleccionada deberá asignar un interlocutor con capacidad suficiente para responder de las obligaciones contraídas en ejecución de los servicios, organizar las prestaciones y poner en marcha las instrucciones recibidas, así como resolver los problemas que se planteen durante la prestación del servicio.
Una vez se le adjudique el servicio por la Cámara, con carácter previo a la adquisición de los billetes, alojamiento o servicios de que se trate, el contratista se pondrá en contacto con el participante directamente para la gestión del mismo, y en su caso la reserva de la plaza.
Los trabajos correspondientes al contrato se deberán desarrollar por personal especializado y con amplia experiencia en la prestación de los servicios requeridos.
17. CONFIDENCIALIDAD
Sin perjuicio de las disposiciones relativas a la publicidad del proceso, y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, los órganos de contratación o podrán divulgar la información facilitada por los empresarios que hayan estos designado como confidencial. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que el contrato establezca un plazo mayor.
18. NORMATIVA APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
La contratación de los servicios descritos se regirá por lo establecido en este pliego, y en lo no previsto en este por el Derecho Privado.
El Orden Jurisdiccional competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato será el orden civil de los tribunales de la ciudad de Málaga.
A N E X O I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN
D/X.x , en nombre y representación de , declara:
1º) Que no se encuentra incursa en las circunstancias o prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
2º) Que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos recogidos en los artículos 13 y 14 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, comprometiéndose a presentar la documentación acreditativa de tales requisitos en el plazo xx XXXX DÍAS hábiles siguientes a su requerimiento.
En .........., a .... de ........... de …..
FIRMA
A N E X O II – MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
"D............................., de.............., con domicilio en..........., teléfono ..........., fax ,
email…………., D.N.I./N.I.F ..........., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de. ), declara:
Que este licitador queda enterado de los pliegos de condiciones técnicas y administrativas y demás documentos que han de regir el contrato de adjudicación del servicio de Agencias de Viajes convocado por la Cámara Oficial de Industria, Comercio y Navegación de la provincia de Málaga, y que acepta expresamente las citadas condiciones en su totalidad, comprometiéndose a la ejecución del mismo y especialmente de todas y cada una de las condiciones técnicas, ofreciendo oferta económica conforme a lo dispuesto en la cláusula 8.a) y anexo X xxx xxxxxx de condiciones técnicas y administrativas citado, que detalla a continuación, en el caso de resultar adjudicatario.
Detalle, a continuación, de la oferta económica contenida en la cláusula 6, a) 1 y 2, de los pliegos de contratación:
- Porcentaje de descuento sobre cargo por emisión de billete en tren*…………………………………..……..
- Porcentaje de descuento sobre cargo por emisión de billete en vuelo nacional*….……….………..……
- Porcentaje de descuento sobre cargo por emisión de billete en vuelo Europa*…………………….………
- Porcentaje de descuento sobre cargo por emisión de billete en vuelo resto del mundo*…..…………
*Porcentaje de descuento sobre la emisión de billetes de los medios de transporte ofertado para cada categoría, tomando como referencia de dicho descuento en los billetes las siguientes comisiones:
Comisión billete de tren 4,5€
Comisión vuelo nacional… 20€
Comisión vuelo Europa… 45€
Comisión vuelo resto del mundo 75€
- Rappel por facturación de servicios de locomoción, indicándose porcentaje que se ofrecerá a partir de los 15.000 euros ………………………………………………………………….…………………………………………
- Rappel por facturación de servicios de hotel, indicándose porcentaje que se ofrecerá a partir de los 15.000 euros …………………………………………………………….………………………………..……………………………
En .........., a .... de ........... de …..
FIRMA