CONTRATO Nro. 003 FERIA INCLUSIVA
CONTRATO Nro. 003 FERIA INCLUSIVA
“SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS, VECTORES Y FUMIGACIONES PARA LAS INSTALACIONES DEL MMQEP” CODIGO FI-MMQEP-003-2022”
En el Distrito Metropolitano de Quito, comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte, la
EMPRESA PÚBLICA METROPOLITANA, MERCADO MAYORISTA DE QUITO (MMQ-EP), con RUC Nro.
1768172830001, debidamente representado por el Mgs. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, en su calidad de Gerente General y como tal Representante Legal, a quien en adelante se le denominará como “EL CONTRATANTE” y/o “MMMQ-EP”; y, por otra parte, el Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, en su calidad de Representante Legal de la Asociación de Servicios de Limpieza Nuestro Futuro ASOSELINFU” con RUC Nro. 1792840732001; a quien en adelante se le denominará como “EL CONTRATISTA”. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, por los derechos que representan, al tenor de las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera. - ANTECEDENTES
1.- El artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador determina: “Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. (…)”.
2.- El artículo 227 de la norma ibidem establece: “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación transparencia y evaluación”.
3.- El artículo 288 de la norma ibidem, señala: “Las compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social (…)”.
4.- El numeral 1 del artículo 1 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, menciona: “Objeto y Ámbito (sic). - Esta Ley establece el Sistema Nacional de Contratación Pública y determina los principios y normas para regular los procedimientos de contratación para la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría, que realicen: 1. Los Organismos y dependencias de las Funciones del Estado. (…)”.
5.- El artículo 4 de la Ley ibídem dispone: “Para la aplicación de esta Ley y de los contratos que de ella deriven, se observarán los principios de legalidad, trato justo, igualdad, calidad, vigencia tecnológica, oportunidad, concurrencia, transparencia, publicidad; y, participación nacional”.
6.- El articulo 5.- Interpretación de la ibídem determina. - “Los procedimientos y los contratos sometidos a esta Ley se interpretarán y ejecutarán conforme los principios referidos en el artículo anterior y tomando en cuenta la necesidad de precautelar los intereses públicos y la debida ejecución del contrato.
7- El artículo 9 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, establece los objetivos prioritarios del Estado en materia de contratación pública, entre ellos: “(…) 1. Garantizar la calidad del gasto público y su ejecución en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo; (…) 3. Garantizar la transparencia y evitar la discrecionalidad en la contratación pública; 4. Convertir la contratación pública en un elemento dinamizador de la producción nacional (…); 5. Promover la participación de artesanos, profesionales, micro, pequeñas y medianas empresas con ofertas competitivas, en el marco de esta Ley;
8.- El artículo 24 de La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, expresa: “Las entidades previamente a la convocatoria, deberán certificar la disponibilidad presupuestaria y la existencia presente o futura de recursos suficientes para cubrir las obligaciones derivadas de la contratación. (…)”.
9.- El artículo 32 xx Xxx Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, determina: “La máxima autoridad de la Institución de acuerdo al proceso a seguir en base al tipo de contratación, adjudicará el contrato, al oferente cuya propuesta represente el mejor costo, de acuerdo a lo definido en los números 17, 18 y 19 del artículo 6 de esta Ley; y, a los parámetros objetivos de evaluación previstos en cada procedimiento.”.
10.- El artículo 6 número 13 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública determina que: “Feria Inclusiva: Evento realizado al que acuden las Entidades Contratantes a presentar sus demandas de bienes y servicios, que generan oportunidades a través de la participación incluyente, de artesanos, micro y pequeños productores en procedimientos ágiles y transparentes, para adquisición de bienes y servicios, de conformidad con el Reglamento”.
11.- En el artículo 59.1.- Feria Inclusiva. – “La Feria Inclusiva es un procedimiento que se utilizará preferentemente por toda entidad contratante, con el objeto de adquirir obras, bienes y servicios de producción nacional, catalogados o normalizados, no catalogados o no normalizados. En este procedimiento únicamente podrán participar, en calidad de proveedores los productores individuales, las organizaciones de la Economí a Popular y Solidaria, las unidades económicas populares, los artesanos, las micro y pequeñas unidades productivas”.
12.- El artículo 24 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, indica: “La máxima autoridad de la Entidad Contratante o su delegado, adjudicará el contrato mediante resolución motivada, observando para el efecto lo definido en los números 17, 18 y 19 del artículo 6 de la Ley; y, los parámetros objetivos de evaluación previstos en los Pliegos.”.
13.- El artículo 67 del Reglamento a la Ley Orgánica del Sistema nacional de Contratación Pública Ferias inclusivas. – “Las ferias inclusivas previstas en el artículo 6 numeral 13 de la Ley son procedimientos que desarrollarán las entidades contratantes, sin consideración de montos de contratación, para fomentar la participación de artesanos, micro y pequeños productores prestadores de servicios.
Las invitaciones para las ferias inclusivas a más de publicarse en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx se publicarán por un medio impreso, radial o televisivo del lugar donde se realizará la feria. Las ferias inclusivas observarán el procedimiento de contratación que para el efecto dicte el SERCOP”.
14.- En el artículo 10.1 de la Codificación de Resoluciones del Servicio Nacional de Contratación Pública: (…) En el caso de los procedimientos de contratación pública efectuados por medio de Ferias Inclusivas, la documentación relevante generada en la fase preparatoria, precontractual incluida la oferta, contractual y de ejecución contractual, podrá contener la firma electrónica o manuscrita del proveedor o su representante legal, como mecanismo de aprobación y reconocimiento de la información contenida en la documentación que forma parte del procedimiento de contratación pública (…).
15.- en el artículo 349.- de la Publicación de la Codificación de Resoluciones del Servicio Nacional de Contratación Pública: Documentos de Ferias Inclusivas. - Toda entidad contratante que realice uno o más procedimientos de Ferias Inclusivas tendrá la obligación de publicar los documentos relevantes de cada etapa del procedimiento a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública. La resolución de la entidad contratante se publicará en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública y en la página web de la entidad contratante”.
16.- Mediante Acción de Personal Nº026-MMQ-EP-2022, emitida el 26 de enero de 2022 y que rige desde el mismo día, el Dr. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx X., en su calidad xx xxxxxxx del Distrito Metropolitano Quito, presidente del Directorio de la MMQ-EP, resolvió “designar al Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, como Gerente General de la Empresa Pública Metropolitana xxx Xxxxxxx Mayorista de Quito.
17.- Con resolución Nro. MMQ-EP-2022-001 de 12 de enero de 2022 la Gerente General aprueba el Plan Anual de Contratación 2022, y dispone a la Gerencia de Desarrollo Organizacional de la MMQ-EP, de acuerdo con el régimen jurídico aplicable, la implementación y la publicación del Plan Anual de Contratación - PAC 2022 de la MMQ-EP en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx del Servicio Nacional de Contratación Pública;
18.- Con fecha 21 xx xxxxx de 2022, se suscribe electrónicamente el informe de Identificación de la Necesidad para la “Contratación del Servicio de Control de Plagas, Vectores y Fumigaciones para las instalaciones del MMQEP”, por parte de la Quim. Xxxxx Xxxxxxxxx Pastas Xxxxxxx, Jefa de Desechos Sólidos y el Tlgo. Xxxxxxx Xxxx xx Xxxxx, Gerente de Operaciones;
19.- Con fecha 22 xx xxxxx de 2022 se emite la certificación de verificación de producto catalogo electrónico Nro. 14 (CATE No. 014) suscrito por el Xx. Xxxxxx Xxxx, Analista Administrativo;
20.- Con fecha 29 xx xxxxx de 2022, se suscribe electrónicamente el estudio xx xxxxxxx para la definición del presupuesto referencial, por parte de por parte de la Quim. Xxxxx Xxxxxxxxx Pastas Xxxxxxx, Jefa de Desechos Sólidos y el Tlgo. Xxxxxxx Xxxx xx Xxxxx, Gerente de Operaciones;
21.- Con fecha 29 xx xxxxx de 2022 se emite la certificación PAC No. 017 suscrito por el Xx. Xxxxxx Xxxx Analista Administrativo.
22.- Con fecha 29 xx xxxxx de 2022, se generan los Términos de Referencia para la “Contratación del Servicio de Control de Plagas, Vectores y Fumigaciones para las instalaciones del MMQEP”, suscrito por Quim. Xxxxx Xxxxxxxxx Pastas Xxxxxxx, Jefa de Desechos Sólidos y el Tlgo. Xxxxxxx Xxxx xx Xxxxx, Gerente de Operaciones.
23.- Con fecha 31 xx xxxxx de 2022, se emite la certificación POA No. GADDMQ-MMQEP-MV-2022-10, suscrita por la Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxxxx, Analista de Planificación de la MMQEP.
24.- Con fecha 31 xx xxxxx de 2022, el Xx. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, Jefe Financiero, emite la certificación presupuestaria No. 75 partida 5.3.02.09 por un valor de $6.320,00 (SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) más IVA.
25.- Con fecha 31 xx xxxxx de 2022, el Xx. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, Jefe Financiero, emite la certificación presupuestaria futura No. 004 partida 5.3.02.09 por un valor de $3.160,00 (TRES MIL CIENTO SESENTA CON 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) más IVA.
26.- Con fecha 04 xx xxxxx de 2022 mediante memorando Nro. GADDMQ-MMQEP-GO-2022-193, se solicita la autorización para el inicio del proceso para la “Contratación del Servicio de Control de Plagas, Vectores y Fumigaciones para las instalaciones del MMQEP”, misma que es autorizada por el Ing. Xxxxxx Xxxxxxxxx, Gerente General del MMQ-EP con fecha 04 xx xxxxx de 2022 mediante sumilla inserta en el memorando mencionado.
27.- Con fecha 04 xx xxxx de 2022 mediante memorando Nro. MMQEP-GDO-2022-195 se remite a la Asesoría Jurídica los proyectos de Resolución de inicio y pliegos del proceso de Contratación del Servicio de Control de Plagas, Vectores y Fumigaciones para las Instalaciones de la MMQ-EP.
28.- Con fecha 04 xx xxxx de 2022 el Gerente General de la Empresa Pública Metropolitana Mercado Mayorista de Quito dispone que “todos los actos administrativos que tengan relación con contratación pública, (Resoluciones, Pliegos, Contratos, entre otros) previa suscripción de la Gerencia General, deben ser revisados y aprobados por la Asesoría Jurídica, con las respectivas sumillas de responsabilidad”
29.- Con fecha 13 xx xxxx de 2022 la Srt. Xxxxx Xxxxxxxxx Pastas Xxxxxxx remite los términos de referencia con las correcciones indicadas en el memorando MMQEP-AJ-GG-2022-117 del “PROCESO DE SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS, VECTORES Y FUMIGACIONES PARA LAS INSTALACIONES DEL MMQEP”.
30.- Con memorando Nro. MMQEP-GG-2022-229 de fecha 18 xx xxxx de 2022 el Sr. Gerente General Xxxxxx Xxxxxxxxx emite la Resolución Administrativa Nro. MMQEP-2022-028 de inicio del procedimiento xx Xxxxx Inclusiva FI-MMQEP-002-2022 y la aprobación de pliegos del procedimiento FI-MMQEP-002-2022 para la contratación del “Servicio de Control de Plagas, Vectores y Fumigaciones para las Instalaciones de la MMQEP”.
31.- Con memorando Nro. MMQEP-SG-GG-2022-065 la Sra. Secretaria General notifica el contenido de la Resolución Administrativa Nro. MMQEP-2022-025.
32.- Con memorando Nro. MMQEP-GDO-2022-225 de fecha 20 xx xxxx de 2022 el Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Gerente de Desarrollo Organizacional comunica a la Srta. Ing. Xxxxx Xxxxxxxxx Pastas Xxxxxxx Gerente de Operaciones que el procedimiento FI-MMQEP-002-2022 para la contratación del “Servicio de Control de Plagas, Vectores y Fumigaciones para las Instalaciones de la MMQ-EP”, ha sido publicado en el portal de compras públicas (…) para proceder con la socialización y audiencia de Preguntas, Respuestas y Aclaraciones a los proveedores invitados.
33.- Con memorando Nro.GADDMQ-MMQEP-GR-GO-2022-017 de fecha 24 xx xxxx de 2022 el Delegado de la Etapa Precontractual remite el Acta Nro. 01 de Socialización de Preguntas, Respuestas y Aclaraciones del proceso xx Xxxxx Inclusiva signada FI-MMQEP-002-2022.
34.- Con memorando Nro. MMQEP-GDO-2022-245 de fecha 31 xx xxxx de 2022 el Gerente de Desarrollo Organizacional Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx remite al Delegado de la Etapa Precontractual Sr. Ing. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx las ofertas recibidas del Proceso de Contratación FI-MMQEP-002-2022 “Servicio de Control de Plagas, Vectores y Fumigaciones para las instalaciones del MMQEP”.
35.- Con memorando Nro. GADDMQ-MMQEP-GR-GO-2022-018 de fecha 01 xx xxxxx de 2022 el Delegado de la Etapa Precontractual remite el Acta Nro. 02 apertura de ofertas y el Acta Nro. 03 convalidación de errores del Proceso de Contratación FI-MMQEP-002-2022 del “Servicio de Control de Plagas, Vectores y Fumigaciones para las instalaciones del MMQEP”.
36.- Con memorando Nro. GADDMQ-MMQEP-GR-GO-2022-020 de fecha 06 xx xxxxx de 2022 el Delegado de la Etapa Precontractual remite al Gerente de Desarrollo Organización Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx el Acta Nro. 04 evaluación y calificación de ofertas del proceso de contratación FI-MMQEP-002-2022 del “Servicio de Control de Plagas, Vectores y Fumigaciones para las instalaciones del MMQEP”.
37.- Con memorando Nro. MMQEP-A-GDO-2022-196 de fecha 06 xx xxxxx de 2022 la Analista Administrativa Ing. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx informa “(…) el Acta Nro. 4 de Evaluación y Calificación de Ofertas del Proceso en mención mediante Memorando Nro. GADDMQ-MMQEP-GR-GO-2022-020 a las 17h50, por lo que se procedió a la calificación en el Portal de Compras Públicas considerando que se contaba con solo 10 minutos para la fecha límite establecida por el cronograma correspondiente. Xxxx manifestar que mientras realizaba la respectiva calificación por dos ocasiones el sistema me salió "su cesión ha caducado, vuelva a ingresar al sistema", lo dilató el proceso de calificación y finalmente ya no permitió continuar con la calificación con el
siguiente mensaje "La entidad responsable del proceso, no finalizó la calificación de acuerdo al cronograma establecido", una vez pasadas las 18h00 (…)”, por lo que no se calificó a los oferentes en el Portal de Compras Públicas el proceso de Contratación FI-MMQEP-002-2022 del Servicio de Control de Plagas, Vectores y Fumigaciones para las instalaciones del MMQEP.
38.- Con memorando Nro. MMQEP-AJ-GG-2022-150 de fecha 08 xx xxxxx el Asesor Jurídico solicita que en caso de considerarse inconvenientes para los intereses nacionales o institucionales (…) las ofertas presentadas sustenten dicha causal de conformidad art. 33 letra c) de la Ley de Contratación Pública.
39.- Con memorando Nro. MMQEP- GDO-2022-263 de fecha 09 xx xxxxx de 2022 el Gerente de Desarrollo Organizacional sustenta la causal para solicitar la declaración de desierto del proceso xx xxxxx inclusiva signado con código FI-MMQEP-002-2022 de conformidad a lo establecido en el art. 33 de la Ley Orgánica de Contratación Pública.
40.- Con fecha 10 xx xxxxx de 2022, el Señor Gerente General Mgs. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, mediante Resolución Administrativa N° MMQEP-2022-030, resuelve en el artículo 1 Declarar Desierto el proceso xx Xxxxx Inclusiva con código FI-MMQEP-002-2022, para la contratación del “ SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS, VECTORES Y FUMIGACIONES PARA LA INSTALACIONES DEL MMQEP”, de conformidad del artículo
33 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; En el artículo 2 se APROBÓ el pliego del proceso xx Xxxxx Inclusiva con código FI-MMQEP-003-2022, para la contratación del “SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS, VECTORES Y FUMIGACIONES PARA LA INSTALACIONES DEL MMQEP”; En el artículo 3 se AUTORIZÓ
la reapertura del Procedimiento xx Xxxxx Inclusiva signado con el código FI-MMQEP-003-2022 para la contratación del “ SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS, VECTORES Y FUMIGACIONES PARA LA INSTALACIONES
DEL MMQEP”, para lo cual se aprueba el informe de necesidad, estudio xx xxxxxxx, término de referencia, presupuesto referencial y demás documentación correspondiente a la fase preparatoria del proceso; En el artículo 4 se DESIGNÓ al Analista de Riesgos como Delegado de la etapa precontractual conforme consta en los términos de referencia de fecha 13 xx xxxx de 2022 para el proceso signado con el código FI-MMQEP- 003-2022, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, quien se encargará de llevar a cabo la fase pre contractual para el “SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS, VECTORES Y FUMIGACIONES PARA LA INSTALACIONES DEL MMQEP”.
41.- Con fecha 10 xx xxxxx de 2022, mediante Memorando Nro. MMQEP-GDO-2022-270, se pone en conocimiento que el proceso de contratación para el “SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS, VECTORES Y FUMIGACIONES PARA LA INSTALACIONES DEL MMQEP”, Código FI-MMQEP-003-2022, ha sido publicado en el
portal de compras públicas y se solicitó realizar la gestión administrativa correspondiente para la socialización en medios de comunicación masiva, conforme lo establece la Resolución del Servicio Nacional de Contratación Pública 72, artículo 343.
42.- Con fecha 14 xx xxxxx de 2022, mediante Memorando Nro. MMQEP-GG-2022-277, se solicita autorización para realizar una pauta publicitaria del proceso de contratación, en Radio Municipal FM Quito.
43.- Con fecha, 14 xx xxxxx de 2022, mediante Memorando Nro. MMQEP-GG-2022-279, se pone en conocimiento del Ingeniero Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Analista de Riesgos de la Empresa Publica Metropolitana Mercado Mayorista de Quito, que de conformidad con la Resolución Administrativa Nro. MMQEP-2022-030, en su artículo 4, ha sido designado como Delegado de la etapa precontractual.
44.- Con fecha 15 xx xxxxx de 2022, mediante Memorando Nro. GADDMQ-MMQEP-GR-GO-2022-022, se remitió el “Acta de Sociabilización De Preguntas, Respuestas y Aclaraciones Proceso xx Xxxxx Inclusiva” N° FI-
MMQEP 003-2022, para la contratación del SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS, VECTORES Y FUMIGACIONES PARA LA INSTALACIONES DEL MMQEP.
45.- Con fecha 21 xx xxxxx de 2022, mediante Memorando Nro. MMQEP-GDO-2022-288, se remitió las ofertas físicas, digitales y del Portal de Compras Público del proceso de contratación del “SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS, VECTORES Y FUMIGACIONES PARA LA INSTALACIONES DEL MMQEP”.
46.- Con fecha 22 xx xxxxx de 2022, mediante Memorando Nro. GADDMQ-MMQEP-GR-GO-2022-023, se remitió las actas de Apertura de ofertas y Convalidación de errores del proceso de contratación DEL SERVICIO DE PLAGAS Y VECTORES PARA LAS INSTALACIONES DEL MMQEP.
47.- Con fecha 23 xx xxxxx de 2022, mediante Oficio Nro. GADDMQ-SECOM-RM-2022-0100-O, el Director de Radios Metropolitanas encargado informó que la Feria Inclusiva sobre la Contratación del “SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS, VECTORES Y FUMIGACIONES PARA LA INSTALACIONES DEL MMQEP”, se difundió en las
Radios Metropolitanas, desde el 14 hasta el 15 xx xxxxx de 2022, tres veces diarias en horario rotativo durante la programación.
48.- Con fecha 27 xx xxxxx de 2022, mediante Memorando Nro. GADDMQ-MMQEP-GR-GO-2022-025, se remitió el Acta de Evaluación y Calificación de Ofertas Feria Inclusiva Proceso Nro. FI-MMQEP-003-2022 “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS, VECTORES Y FUMIGACIONES PARA LA INSTALACIONES DEL MMQEP.
49.- Con fecha 28 xx xxxxx de 2022, mediante Memorando Nro. GADDMQ-MMQEP-GR-GO-2022-026, se remitió el INFORME DE RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN DE ACTA Nro. 05 “SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS, VECTORES Y FUMIGACIONES PARA LA INSTALACIONES DEL MMQEP”
50.- Con fecha 29 xx xxxxx de 2022, mediante Memorando Nro. GADDMQ-MMQEP-GR-GO-2022-027, en alcance al Memorando Nro. GADDMQ-MMQEP-GR-GO-2022-026, se remitió el INFORME DE RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN DE ACTA Nro. 05 “SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS, VECTORES Y FUMIGACIONES PARA LA INSTALACIONES DEL MMQEP”.
51.- Con fecha 30 xx xxxxx de 2022 mediante memorando Nro. MMQEP-AJ-GG-2022-173 el Mgs. Asesor Jurídico remite la Resolución Nro. MMQEP-2022-034 referente a la adjudicación del contrato para el “Servicio de Control de Plagas, Vectores y Fumigaciones para las Instalaciones del MMQEP”
52.- De conformidad al artículo 3 de la Resolución antes mencionada “disponer a la Asesoría Jurídica la elaboración del contrato del proceso signado con el número FI-MMQEP-003-2022”.
Cláusula Segunda. - DOCUMENTOS DEL CONTRATO
2.1 Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:
a) El pliego (Condiciones Particulares xxx Xxxxxx CPP y Condiciones Generales xxx Xxxxxx CGP) incluyendo las especificaciones técnicas, o términos de referencia del objeto de la contratación.
b) Las Condiciones Generales de los Contratos de adquisición de bienes o prestación de servicios (CGC) publicados y vigentes a la fecha de la convocatoria en el la Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, el cual se adjunta al presente.
c) La oferta presentada por la Contratista, con todos sus documentos que la conforman.
d) La resolución de adjudicación No. MMQEP-2022-034 de 30 xx xxxxx de 2022.
e) La certificación de la Unidad Financiera que acredita la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato;
f) Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato; y,
g) Los demás documentos descritos en la Cláusula Primera.
Cláusula Tercera. - OBJETO DEL CONTRATO
3.1 El contratista se obliga con el contratante a realizar un cronograma para el control de plagas, vectores y fumigaciones, establecer un cordón sanitario para el control de plagas y vectores para las instalaciones del MMQ-EP a entera satisfacción del contratante, según los pliegos, los términos de referencia y la oferta, documentos que se agregan como parte integrante de este contrato.
3.2 ALCANCE
El contratista del Servicio de Control de Plagas, Vectores y Fumigaciones para las Instalaciones del MMQEP y deberá cubrir los siguientes puntos:
1. Desratización
• 2 veces al mes
• Instalación de 150 estaciones cebaderas
2. Desinsectación
• 1 vez al mes
3. Desinfección Ambiental
• 2 veces al mes
Que abarcara todas las instalaciones descritas que constan a continuación:
Para tal efecto el contratista proporcionará el personal y materiales requeridos para el cumplimiento del objeto contractual.
Clausula Cuarta. - METODOLOGIA DEL TRABAJO
4.1 El contratista proveerá el Servicio de Control de Plagas, Vectores y Fumigaciones para las Instalaciones del MMQEP, según las condiciones establecidas en los términos de referencia; para tal efecto el contratista proporcionará el personal, materiales y equipos requeridos para el cumplimiento del objeto contractual.
4.2 El Servicio de Control de Plagas, Vectores y Fumigaciones para las Instalaciones del MMQEP objeto de esta contratación, abarcará todas las instalaciones descritas que constan en la figura 1, y se realizarán de acuerdo al siguiente detalle:
SERVICIO | DESCRIPCIÓN | DETALLE | FRECUENCIA | |
Contratación del Servicio de Control de Plagas, Vectores y Fumigaciones para las Instalaciones MMQEP | Desratización | Consiste en el control y eliminación de roedores, que afecte a las instalaciones, lugares de trabajo, equipos y clientes internos y externos, a través de cordones sanitarios con estaciones que permita control y monitoreo. | Se utilizará rodenticida (cebos anticoagulantes) colocados en las cajas cebaderas, las cuales se encuentran estratégicamente colocadas en el interior xxx xxxxxxx y la quebrada con el objeto de evitar cualquier intoxicación accidental. El Contratista deberá realizar la respectiva recolección de los roedores muertos. | 2 veces al mes |
Estaciones cebaderas | Colocación de estaciones cebaderas que se encargan de mantener el producto de la desratización. | Colocación de 150 estaciones cebaderas con seguros para evitar cualquier tipo de manipulación e intoxicación. | No aplica | |
Desinsectación | Consiste en la eliminación de cualquier tipo de insectos rastreros y voladores que se encuentren afectando equipos, puestos de trabajo o instalaciones que afecten tanto al cliente interno y externo. | Utilizar insecticidas no tóxicos. Se debe realizar esta actividad en todas las instalaciones xxx xxxxxxx mayorista. | 1 vez al mes | |
Desinfección ambiental | Se implementará técnicas de saneamiento que tiene como finalidad la destrucción de los microrganismos patógenos, (bacterias, virus y hongos), en todos los ambientes en que puedan resultar nocivos, mediante la utilización de agentes | Desinfección ambiental en todas las áreas de acuerdo a la figura 1. | 2 veces al mes |
fundamentalmente químicos |
4.3 Todos los trabajos, materia de la prestación de los servicios, se ejecutarán en estricta conformidad con los Términos de Referencia presentes y las condiciones, instrucciones e información adicional o suplementaria que el administrador suministre, durante la ejecución de los trabajos; para tal efecto el contratista proporcionará el personal y materiales requeridos para el cumplimiento del objeto contractual..
4.4 Cuando sea necesario, el administrador solicitará a la prestadora de los servicios preparar informes de detalles del trabajo de campo.
Clausula Quinta. - PRODUCTOS O SERVICIOS ESPERADOS
Descripción | Características técnicas del bien y/o servicio a contratar |
Contratación del Servicio de Control de Plagas, Vectores y Fumigaciones para las Instalaciones MMQEP | Contratación del Servicio de Control de Plagas, Vectores y Fumigaciones para las Instalaciones MMQEP de acuerdo al siguiente detalle: 1. Desratización • 2 veces al mes • Instalación de 150 estaciones cebaderas 2. Desinsectación • 1 vez al mes 3. Desinfección ambiental • 2 veces al mes El servicio mensual debe incluir cordón sanitario completo, químicos y equipos que se utilizarán durante el transcurso del mismo. |
Clausula sexta. - PRECIO DEL CONTRATO
6.1 El valor del presente contrato, que el contratante pagará a la contratista, es de $9,480.00 (NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) MAS IVA.
6.2 Los precios acordados en el contrato, constituirán la única compensación a la contratista por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviere que pagar, excepto el impuesto al valor agregado que será añadido al precio del contrato.
Clausula séptima. - FORMA DE PAGO
7.1 Los pagos se realizarán de forma oportuna, mensualmente contra entrega del servicio a satisfacción del servicio recibido mensualmente, para lo cual se deberá contar con la siguiente documentación:
- Acta entrega recepción parcial mensual.
- Factura original o electrónica
- Copia del certificado bancario
- Copia del RUC
- Afiliación al IESS
- Planilla de aportes al IESS con el sello de cancelación y certificado de encontrarse al día en las prestaciones patronales otorgadas por el IESS.
- lnforme de actividades realizadas por parte del contratista.
- lnforme de entera satisfacción del servicio por parte del administrador del contrato.
Clausula octava. - GARANTÍAS
8.1 Por el monto de contratación no necesita garantía de fiel cumplimiento, de conformidad a lo previsto en el artículo 73 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Clausula novena. - PLAZO DE EJECUCION
El plazo de ejecución del contrato es de 12 meses contados desde el día de la suscripción del contrato.
Clausula décima. - MULTAS
10.1 La Empresa Pública Metropolitana xxx Xxxxxxx Mayorista de Quito, a través del administrador del Contrato, impondrá las multas por retardo en la ejecución de las obligaciones contempladas en el presente documento, las que se determinaran por cada día de retardo; las multas se calcularan sobre el 1 x 1.000 del valor total del contrato que se encuentran pendientes de ejecutarse conforme lo establecido en la en el artículo 71 de la Ley Orgánica del Sistema Oficial de Contratación Pública y normativa conexa.
10.2 De conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, Las multas se impondrán por retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales, conforme al cronograma valorado, así como por incumplimientos de las demás obligaciones contractuales, las que se determinarán por cada día de retardo; las multas se calcularán sobre el porcentaje de las obligaciones que se encuentran pendientes de ejecutarse conforme lo establecido en el contrato.
10.3 De conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, los pliegos y en atención a la naturaleza de la presente contratación, el procedimiento de sanciones, se aplicará de la siguiente manera:
Entre otras se considerarán como faltas motivo de sanción económica (multas) para el Contratista las siguientes:
- No presentar el listado del personal que va realizar el Servicio de Control de Plagas, Vectores y Fumigaciones para las Instalaciones del MMQEP incluyendo nombres completos, números de cédula, números de teléfono.
- El no cubrir los puestos de trabajo con el número de personal requeridos por la Empresa Publica Metropolitana Mercado Mayorista de Quito MMQ-EP.
- Que los trabajadores no estén uniformados y claramente identificados como personal de limpieza.
- Producir el deterioro de la documentación administrativa y objetos de la institución.
- No solicitar permiso para los trabajos que no pueden ser efectuados en horas y días laborables.
- Por no utilizar por parte del personal del contratista, el equipo de protección personal durante el desarrollo de las actividades en las que su uso sea considerado como el único medio para controlar los riesgos ocupacionales inherentes a sus actividades mientras presten sus servicios para la Empresa Pública Metropolitana Mercado Mayorista de Quito MMQ-EP.
- Por no notificar los accidentes de trabajo que Ie ocurrieren al personal del contratista, al administrador del contrato, dentro de las 48 horas posteriores a la ocurrencia de dicho accidente.
- No cumplir con el requerimiento establecido en los pliegos precontractuales.
- Utilizar los bienes del MMQ-EP sin la debida autorización o permitir de forma directa o indirecta (negligencia) la sustracción de estos.
Clausula décima primera. - REAJUSTE DE PRECIOS
El valor de este contrato es fijo y no está sujeto a reajuste por ningún concepto, conforme lo establecido en el art. 126 y subsiguientes del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Clausula décima segunda. - OBLIGACIONES
12.1 Obligaciones Del Contratista
A más de las obligaciones determinadas en los términos de referencia, el contratista estará obligado a:
- Dar cumplimiento cabal a Io establecido en el presente pliego de acuerdo con los términos y condiciones del contrato.
- El contratista se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código de Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que el Contratante tenga responsabilidad solidaria o subsidiaria alguna por tales cargas, en relación con el personal que labore en la ejecución de los trabajos.
- Contar con todos los implementos, equipos, maquinaria, necesarios para el correcto desarrollo de su trabajo que garantice un resultado óptimo.
- Es obligación de la empresa contratada coordinar con el administrador del contrato, todo lo referente a las actividades relacionadas con el Servicio de Control de Plagas, Vectores y Fumigaciones para las Instalaciones del MMQEP.
- El contratista garantizara la honestidad y capacidad del personal a su disposición asumiendo los valores que correspondan en caso de deterioro o pérdida de un bien de propiedad de la Empresa Publica Metropolitana Mercado Mayorista de sus servidores siempre que haya sido comprobada la participación de su personal.
- Notificar oportunamente al administrador de contrato cuando exista algún inconveniente en la ejecución del servicio.
12.2 Obligaciones Del Contratante
- Velar por el cumplimiento de las obligaciones y deberes establecidos en el contrato mediante el Administrador del contrato.
- Entrega oportuna de la información para la prestación adecuada del servicio conforme lo detallado en el presente documento.
- Dar solución a las peticiones y problemas que se presentaren en la ejecución del contrato, en un plazo de 5 días laborables contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
- Prestar todas las facilidades para que el contratista pueda entregar adecuadamente el servicio objeto del contrato.
- Suscribir las actas de entrega recepción de los trabajos recibidos, siempre que se haya cumplido con lo previsto en la ley para la entrega recepción; y, en general, cumplir con las obligaciones derivadas del contrato.
Clausula décima tercera. - DE LA ADMINISTRACION DEL CONTRATO
13.1 El contratante designa a la GERENTE DE OPERACIONES, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares xxx xxxxxx que forma parte del presente contrato, y velará por el cabal y oportuno cumplimiento del mismo con base a lo dispuesto en el artículo 121 de Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, pudiendo adoptar las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e imponer las multas y sanciones a que hubiere lugar, previo informe motivado.
13.2 El administrador del contrato deberá sujetarse a las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General, las resoluciones que emita el SERCOP para el efecto, y las condiciones pactadas en el contrato. Supletoriamente se podrá recurrir a otras fuentes normativas como el Código Orgánico Administrativo, el Código Civil y cualquier norma que, de manera razonada, sean necesarias y pertinentes para dilucidar cualquier inconveniente con la fase de ejecución contractual.
Clausula décima cuarta. - RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO
14.1 De acuerdo al artículo 81 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Pública. - “Clases de Recepción. - En los contratos de adquisición de bienes y de prestación de servicios, incluidos los de consultoría, existirá una sola recepción, que se producirá de conformidad con lo establecido en el contrato y tendrá los efectos de recepción definitiva (…)”.
14.2 Producida la recepción se devolverán las garantías otorgadas.
4.3 La recepción del objeto de la presente contratación se realizará a entera satisfacción de la Contratante, y será necesaria la suscripción de la respectiva Acta firmada por la Contratista, el Administrador del Contrato, conforme el artículo 124 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
14.4 La liquidación final del contrato se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del Reglamento mencionado, y formará parte del acta.
Clausula décima quinta. - TERMINACIÓN DEL CONTRATO
15.1 Terminación del contrato. - El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.
15.2 Causales de Terminación unilateral del contrato. - Tratándose de incumplimiento de la Contratista, procederá la declaración anticipada y unilateral de la contratante, en los casos establecidos en el artículo 94 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
15.3 Procedimiento de terminación unilateral. - El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Clausula décima sexta. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
16.1 Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán al procedimiento contencioso administrativo contemplado en el Código Orgánico General de Procesos; siendo competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la entidad contratante.
16.2 La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, la Contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano; y, por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato.
Clausula décima séptima. - COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
17.1 Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito o por medios electrónicos y en idioma español. Las comunicaciones entre el administrador del contrato y la Contratista se harán a través de documentos escritos o por medios electrónicos.
Clausula décima octava. - TRIBUTOS, RETENCIONES
La contratante efectuará de la contratista retenciones que disponga las leyes tributarias conforme la legislación vigente.
Clausula décima novena. - DOMICILIO
Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano.
Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
El contratante: EMPRESA PÚBLICA METROPOLITANA MERCADO MAYORISTA DE QUITO (MMQ-EP)
Dirección: Ayapamba S/N y Teniente Xxxx Xxxxx, Quito - Pichincha
Teléfono: 02 – 0000-000
Correo electrónico: x.xxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx
El contratante: ASOCIACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA NUESTRO FUTURO ASOSELINFU
Dirección: Xxxxxxxx Xxxxxxx 000 x Xxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx - Xxxxxxxxx
Teléfono: 00-0000-000
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
Clausula vigésima. - ACEPTACIÓN DE LAS PARTES
Declaración. - Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales del Contrato xx Xxxxx Inclusiva, publicado en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, vigente a la fecha de la convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de este Contrato que están suscribiendo.
Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones; el cual ha sido elaborado con base a las Condiciones Particulares del Contrato xx Xxxxx Inclusiva.
Para constancia de su aceptación las partes suscriben el presente instrumento en cuatro ejemplares de igual tenor y efecto, en la ciudad de Quito D.M., a 19 de julio de 2022.
EL CONTRATANTE EL CONTRATISTA
Firmado electrónicamente por:
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX
Firmado electrónicamente por:
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
Mgs. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX CHAMBA XX. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
GERENTE GENERAL MMQ-EP REPRESENTANTE LEGAL DE ASOSELINFU
RUC. 1768172830001 RUC. 1792840732001
Revisado por: | Abg. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx | Firmado electrónicamente por: XXXXXX XXXXXXXXX ERAS XXXXXXX |
Elaboración por: | Abg. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Firmado electrónicamente por: XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX |