PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES COMPRA DIRECTA POR EXCEPCIÓN Nº 97/2024
PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES COMPRA DIRECTA POR EXCEPCIÓN Nº 97/2024
Apertura Electrónica de ofertas: Día: 10/9/2024 - Hora: 14:00
Lugar: Departamento de Compras - San Xxxxxxxx 1674 - Oficina 22
Sírvase cotizar precios, teniendo en cuenta el presente Pliego Particular y el Pliego de Condiciones Generales.
Art. 1. OBJETO DEL LLAMADO
Se refiere al suministro a esta Administración, de MAQUINARIA AGRÍCOLA de acuerdo al siguiente detalle:
ITEM | HASTA | DESCRIPCION |
1 | 1 | TRACTOR AGRÍCOLA Especificaciones técnicas: ✓ Nuevo y sin uso. ✓ Con techo. ✓ Barra antivuelco y cinturón de seguridad. ✓ Motor diesel de 3 cilindros refrigerado a agua. ✓ Potencia entre 25 y 30 HP ✓ Tracción doble. ✓ Rodado: Trasero 9,5-24". Delantero 6.0/6.5-16”. ✓ Acelerador de pie y mano. ✓ Levante hidráulico de tres puntos. ✓ Doble embrague. ✓ Dirección hidráulica. ✓ Frenos a disco. ✓ Toma de fuerza 540/1.000 RPM, con protección. ✓ Especificar garantías que ofrecen. ✓ Post venta: especificar servicio técnico y suministros de repuestos. ✓ Suministrar manuales de operador, reparación y despiece en idioma español del modelo ofertado. ✓ Cursos de capacitación: dictar curso de capacitación en, manejo operacional y mantenimiento especifico de la maquina a un grupo de entre 10 y 15 personas, a dictarse en la escuela (a determinar). |
✓ Los dos primeros servicios incluidos Lugar de Entrega: ESCUELA AGRARIA XXXXXXXX XXXXXXX. Dirección: Ruta 9, Km 84- Calle Xxxxxxxx Xxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx (Xxxxxxxxx) | ||
2 | 1 | RASTRILLO DE 4 SOLES Especificaciones técnicas: ✓ Nueva y sin uso. ✓ Sistema de acople de tres puntos. ✓ Cuatro soles. ✓ Ancho mínimo de trabajo 2 m. ✓ Especificar garantías que ofrecen. ✓ Post venta: especificar servicio técnico y suministros de repuestos. ✓ Número de dientes: sesenta. ✓ Pie de soporte para acople del implemento. Lugar de Entrega: ESCUELA AGRARIA de SAN XXXXXX. Dirección: Xxxxxx Xxxxx s/nº Ex. Ruta 39 Km. 16.500. (Maldonado) |
3 | 1 | MOTOCULTIVADOR Especificaciones técnicas: ✓ Nueva y sin uso. ✓ Motor a nafta 2 tiempos 1 cilindro enfriado a aire. ✓ Cuchillas de labranza. ✓ Potencia no menor a 2.0 kw. ✓ Capacidad tanque no menor a 1.0 L de combustible. ✓ Ancho de trabajo de 35 a 45 cm. ✓ Profundidad xx xxxxx de 20 a 25cm. ✓ Especificar garantías que ofrecen. ✓ Post venta: especificar servicio técnico y suministros de repuestos. ✓ Suministrar manuales de operador e instalación en idioma español del modelo ofertado. Lugar de Entrega: ESCUELA AGRARIA de MINAS. Dirección: Xxxxxxx Xxxxx s/n° Barrio Las Delicias (Lavalleja) |
4 | 1 | MOTOCULTIVADOR Especificaciones técnicas: ✓ Nueva y sin uso. ✓ Motor a nafta 2 tiempos 1 cilindro enfriado a aire. ✓ Cuchillas de labranza. |
✓ Potencia no menor a 2.0 kw. ✓ Capacidad tanque no menor a 1.0 L de combustible. ✓ Ancho de trabajo de 35 a 45 cm. ✓ Profundidad xx xxxxx de 20 a 25cm. ✓ Especificar garantías que ofrecen. ✓ Post venta: especificar servicio técnico y suministros de repuestos. ✓ Suministrar manuales de operador e instalación en idioma español del modelo ofertado. Lugar de Entrega: ESCUELA AGRARIA de XXXXXX XXXXXX. Dirección: Xxxxxx Xxxxxx, 97003 esq. Xxxx Xxxxxxx. (Durazno) | ||
5 | 1 | MOTOCULTIVADOR Especificaciones técnicas: ✓ Nueva y sin uso. ✓ Motor a nafta 2 tiempos 1 cilindro enfriado a aire. ✓ Cuchillas de labranza. ✓ Potencia no menor a 2.0 kw. ✓ Capacidad tanque no menor a 1.0 L de combustible. ✓ Ancho de trabajo de 35 a 45 cm. ✓ Profundidad xx xxxxx de 20 a 25cm. ✓ Especificar garantías que ofrecen. ✓ Post venta: especificar servicio técnico y suministros de repuestos. ✓ Suministrar manuales de operador e instalación en idioma español del modelo ofertado. Lugar de Entrega: POLO EDUCATIVO TECNOLÓGICO XX XXXXXX. Dirección: Ruta 5 Km 496.500 (Xxxxxx) |
6 | 1 | MOTOCULTIVADOR Especificaciones técnicas: ✓ Nueva y sin uso. ✓ Motor a nafta 2 tiempos 1 cilindro enfriado a aire. ✓ Cuchillas de labranza. ✓ Potencia no menor a 2.0 kw. ✓ Capacidad tanque no menor a 1.0 L de combustible. ✓ Ancho de trabajo de 35 a 45 cm. ✓ Profundidad xx xxxxx de 20 a 25cm. ✓ Especificar garantías que ofrecen. ✓ Post venta: especificar servicio técnico y suministros de |
repuestos. ✓ Suministrar manuales de operador e instalación en idioma español del modelo ofertado. Lugar de Entrega: ESCUELA AGRARIA XX XXXXXX. Dirección: Xxxxxx Xxxxxxx - Av. Centenario s/nº esq. Calle 1. (Canelones) | ||
7 | 1 | MOTOCULTIVADOR Especificaciones técnicas: ✓ Nueva y sin uso. ✓ Motor a nafta 2 tiempos 1 cilindro enfriado a aire. ✓ Cuchillas de labranza. ✓ Potencia no menor a 2.0 kw. ✓ Capacidad tanque no menor a 1.0 L de combustible. ✓ Ancho de trabajo de 35 a 45 cm. ✓ Profundidad xx xxxxx de 20 a 25cm. ✓ Especificar garantías que ofrecen. ✓ Post venta: especificar servicio técnico y suministros de repuestos. ✓ Suministrar manuales de operador e instalación en idioma español del modelo ofertado. Lugar de Entrega: ESCUELA AGRARIA MONTEVIDEO. Dirección: Av. Xxxxxx N° 809 esq. Av. Millán (Montevideo) |
Art. 2 CARACTERISTICAS GENERALES
2.1 Los bienes objeto de la presente Compra Directa por Excepción deben ser nuevos sin uso.
2.2 Lugar de entrega: Se especifica en cada ítem
2.3 Condición de entrega: En piso dentro de la escuela agraria que corresponda.
2.4 Garantía: se deberá especificar la garantía de cada ítem (excluyente) para todos los ítems.
2.5 Existen discrepancias entre la cantidad solicitada en la web y el pliego, por favor cotizar según lo solicitado en el Pliego Particular de Condiciones.
2.6 Al momento de cargar la oferta en SICE, en la opción “variante” se deberá indicar el número de ítem correspondiente según el Artículo 1 de este Pliego; ya que existe discordancia entre la cantidad de ítems publicados en el llamado de SICE y en el presente Pliego Particular.
Art. 3 CONSULTA DE PLIEGOS
Los pliegos NO TIENEN COSTO y se podrán consultar en la página web xx XXXX o solicitar al Departamento de Compras por correo a xxxxxxx@xxx.xxx.xx.
Art. 4 FOLLETERIA
4.1 Presentar folletos y/o catálogos de todos los ítems.
4.2 Se deberá presentar la mayor cantidad de información técnica y gráfica de los ítems ofertados.
4.3 Adjuntar a la oferta folletería, imágenes, indicar marca y modelo u otro tipo de información que la empresa entienda pertinente para mejor estudio del equipamiento solicitado.
4.4 Se podrán indicar páginas web (link del artículo), siempre y cuando correspondan al ítem ofertado, en cuanto a marca y modelo.
4.5 No se considerará ninguna oferta que no adjunte los folletos y/o manuales y/o indiquen páginas web, a la plataforma de Compras Estatales.
4.6 No se toma como folletería la presentación de una foto sin indicar las características del ítem ofertado.
Art. 5 EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD
La D.G.E.T.P. podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.
Art. 6 PLAZOS, COMUNICACIONES, CONSULTAS, ACLARACIONES Y PRORROGAS
6.1 Comunicaciones.
6.1.1 Todas las comunicaciones referidas al presente llamado deberán dirigirse al Dpto. de Xxxxxxx.
6.1.2 Quienes remitan comunicaciones o documentos, en cualquiera de las etapas de la negociación deberán conservar el comprobante de acuse de recibo, el que podrá ser requerido siempre que la Administración lo considere pertinente. De no presentarse el mismo se tendrá por no presentada.
6.1.3 Las comunicaciones podrán realizarse por los siguientes medios: personalmente, Carta certificada con aviso de retorno, fax o correo electrónico.
6.2 Aclaraciones, modificaciones, consultas y prórrogas.
6.2.1 Una vez publicado el Pliego Particular de Condiciones los interesados podrán solicitar aclaraciones, especificaciones o consultas relativas al objeto del llamado hasta 3 días hábiles antes de la apertura. Vencido dicho término la Administración no estará obligada a proporcionar datos aclaratorios.
6.2.2 Las mismas deberán presentarse únicamente por escrito ante el Departamento de Compras, por Fax al 0000 0000 o correo electrónico xxxxxxx@xxx.xxx.xx.
6.2.3 Las aclaraciones, modificaciones, consultas y prórrogas serán contestadas por el Departamento de Compras en el plazo máximo de 2 días hábiles a partir de su presentación, comunicando las mismas a todos los interesados a través de su
publicación en el sitio web de Compras y Contrataciones Estatales.
6.3 Plazos.
6.3.1 Los plazos establecidos en este Pliego se computan en días hábiles administrativos, y no se computará el día de la notificación, citación o emplazamiento.
Se entenderá por días hábiles aquellos en que funcionan las oficinas de la Administración Pública. Son horas hábiles las correspondientes al horario fijado para el funcionamiento de dichas oficinas. (Art. 113, decreto 500/991).
6.3.2 Las fechas señaladas para realizar actos o hechos, y las fechas de vencimiento de los plazos, que resultaren no hábiles, se prorrogarán automáticamente hasta el día hábil inmediato siguiente.
6.3.3 Los plazos se computan a partir del día siguiente al del acto o hecho que determina el decurso del plazo.
Art. 7 GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
No se solicitan en atención a que el monto previsto a gastar no alcanza a superar los montos mínimos que se requieren para exigir el mantenimiento de oferta.
Art. 8 OFERTA, COTIZACIÓN Y DISCREPANCIAS
8.1 La oferta se cotizará en MONEDA NACIONAL VALOR PLAZA Y PRECIOS FIRMES SIN AJUSTES, valor fijo, no se admite otra moneda de cotización.
8.2 La oferta se expresará en números y letras, cuando exista diferencia entre la cantidad expresada en números y en letras, valdrá la escrita en letras.
8.3 Si en la oferta hubiera discrepancia entre los precios unitarios y los totales, valdrá lo establecido en los precios unitarios
8.4 Los precios que se coticen no podrán estar condicionados en forma alguna.
8.5 El oferente deberá cotizar el monto unitario por cada renglón. Dicho monto será lo que la D.G.E.T.P. debe pagar al adjudicatario para cada caso, no abonándose suma alguna por ningún otro concepto fuera del precio establecido en la oferta.
8.6 El oferente deberá cotizar con impuestos incluidos, discriminando separadamente impuestos y precio ofertado.
8.7 En caso de no establecerse en la oferta, lo correspondiente a IVA se entenderá que los precios cotizados lo incluyen o están exentos.
8.8 Asimismo la oferta deberá incluir:
A) Indicar marca, modelo y procedencia. La oferta deberá aportar la mayor cantidad de información técnica y gráfica.
B) Precio unitario ofertado
Art. 9 GARANTIA DE LOS PRODUCTOS
9.1 Se aportará con claridad el plazo de garantía ofrecida para los bienes ofertados.
9.2 De no establecer el plazo de garantía, se tomará como que no posee.
9.3 Deberá especificar quien se encarga de la garantía, indicando nombre de la empresa, dirección, teléfonos y tiempo de respuesta (de no especificarse el tiempo de respuesta se tomará como 1 día hábil, de no cumplir con el mismo, la Institución podrá sancionar a la Empresa con una advertencia en el Registro Único de Proveedores del Estado).
9.4 Ante la falta de algún dato solicitado en el artículo 9.3, y solo a los efectos del estudio de la oferta se tomará como que no posee garantía, vale decir que si la empresa resulta adjudicataria deberá cumplir con el periodo de garantía establecido en su oferta y con en el tiempo de respuesta establecido (de no especificarse el tiempo de respuesta se tomará como 1 día hábil, de no cumplir con el mismo, la Institución podrá sancionar a la Empresa con una advertencia en el Registro Único de Proveedores del Estado).
9.5 El certificado de garantía del producto debe ser completado por el adjudicatario y entregado junto con el producto.
9.6 En caso de que exista alguna falla en la unidad adquirida durante el transcurso de la garantía, la Administración comunicará a la empresa adjudicataria, la ubicación y datos específicos para coordinar la verificación del mismo. Posteriormente deberá comunicarse con la Administración con detalle de la falla ocurrida y fecha de reparación.
9.7 Garantía: se deberá especificar la garantía de cada ítem (excluyente) para todos los ítems.
Art. 10 PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA
10.1 Deberá especificarse imprescindiblemente el plazo de entrega, en días, semanas o meses. En caso de establecerse plazo de entrega “inmediato” se considerará que el máximo será de dos días hábiles.
10.2 Las ofertas que no establezcan plazo de entrega no serán admitidas.
10.3 No se admitirán ofertas con entregas condicionadas a existencia en stock o cualquier otro tipo de condicionante.
10.4 No se aceptará Plazo de Entrega: “Según Xxxxxx”, debiendo especificarse imprescindiblemente la cantidad de días, de acuerdo al Art. 10.1.
10.5 En caso de no especificarse en la oferta si el plazo de entrega son hábiles o corridos, se tomarán como corridos.
10.6 Lugar de Entrega: Se especifica en cada ítem
10.7 Condición de entrega: En piso dentro de la escuela agraria que corresponda.
P A R T E II
Art. 11 CONDICIONES DE LOS OFERENTES
11.1 En cuanto a la capacidad de contratar con el Estado, se aplicará lo establecido en el Art. 46 del TOCAF. Asimismo regirá la siguiente norma especial: las personas físicas y los integrantes de personas jurídicas que participen en el presente llamado, deberán declarar su desvinculación con la ANEP, debiendo adjuntar el Anexo 1, en la oferta.
11.2 Podrán cotizar aquellas empresas registradas en el Registro Único de Proveedores del Estado (X.X.X.X.), conforme a lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo N° 155/013 de 21 xx xxxx de 2013. Los estados admitidos para aceptar ofertas de proveedores son: EN INGRESO, EN INGRESO (SIIF) y ACTIVO.
Art. 12 DE LA REPRESENTACION DE LA EMPRESA
12.1 Cada firma oferente será representada por la/s persona/s que figuren en el XXXX como apoderado o representante, ante la ANEP en todas las actuaciones referentes al llamado.
12.2 Dicha representación tiene que estar debidamente validados en el Registro Único de Proveedores del Estado.
Art. 13 VISTA Y RETIRO DE LOS RECAUDOS
Art. 14 RECAUDOS QUE SE EXIGEN PARA LA RECEPCION DE LAS PROPUESTAS
14.1 Las propuestas deberán venir acompañadas de la siguiente documentación:
1) Nombre, Razón Social, Naturaleza Jurídica de la Empresa (SA, SRL, etc.), giro, domicilio teléfono fax y correo electrónico (Anexo I).
El formulario deberá estar firmado por quien firme la oferta.
2) A efectos de la presentación de ofertas, el oferente deberá estar registrado en el Registro Único de Proveedores del Estado (XXXX), conforme a lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo N° 155/013 de 21 xx xxxx de 2013. Los estados admitidos para aceptar ofertas de proveedores son: EN INGRESO, EN INGRESO (SIIF) y ACTIVO.
3) A efectos de la adjudicación, el oferente que resulte seleccionado, deberá haber adquirido el estado de “ACTIVO” en el XXXX.
4) Antecedentes favorables que acrediten habitualidad en el comercio o industria xxx xxxx, ya sea con el Estado o con empresas Privadas, en los últimos dos años.
5) Si se trata de firmas nuevas, se deberá demostrar su solvencia y responsabilidad Art. 46 numeral 5 del TOCAF. Deberá acreditar que cuenta con líneas de crédito para dar cumplimiento a sus obligaciones contractuales, o presentar certificado de ingresos expedido por Contador Público de los dos últimos años o garantías personales.
6) En los casos de adquisiciones cuya especificidad amerite un mayor respaldo de los antecedentes de la empresa, se podrá exigir:
• Estados Contables de los dos últimos años, acompañados de Informe de Compilación de acuerdo con lo establecido en el Pronunciamiento N° 18 del Colegio de Contadores,
Economistas y Administradores del Uruguay.
• Fotocopias de declaraciones juradas y anexos presentados en DGI con originales a la vista de los dos últimos años.
• Análisis de ratios que se estimen convenientes.
7) Certificados de calidad, cuando corresponda (LATU, UNIT, UDELAR, etc.), para cada uno de los renglones ofertados.
14.2 La Administración otorgará dos días de plazo a los oferentes en aquellas situaciones en que los interesados no hayan acompañado con los antecedentes, según se solicita en Art. 12.1, y/o Datos de la empresa. Si no fueran subsanadas esas omisiones, una vez otorgado plazo para ello, la oferta será desestimada.
14.3 Serán desestimadas las propuestas que:
a) contengan cláusulas abusivas;
b) cumplimiento supeditado a factores exógenos o de stock.
c) que la empresa condicione en algún punto el presente llamado.
Art. 15 MARGENES DE PREFERENCIA
15.1 Aquellas empresas que deseen acogerse al beneficio de Industria Nacional, deberán obligatoriamente adjuntar declaración jurada declarando los servicios que califiquen como tales (ANEXO II).
De resultar adjudicatarios deberán presentar la debida certificación emitida por la Cámara de Industrias del Uruguay, Cámara Mercantil x Xxxxxx Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay de acuerdo al Decreto Nº 13/009, para lo que tendrán quince (15) días hábiles desde la notificación de la adjudicación.
La adjudicación al proveedor quedará supeditada a la presentación del certificado mencionado.
En caso de que el certificado no fuera presentado en el plazo previsto o fuera denegado, se dejará sin efecto la adjudicación la cual recaerá en la siguiente mejor oferta.
15.2 Regímenes especiales incluidos en el Programa de Contratación Pública para el Desarrollo Subprograma de Contratación Pública para el Desarrollo de las MIPYMEs
Aquellas empresas que deseen acogerse al beneficio de MIPYMEs, deberán obligatoriamente adjuntar al momento de realizar la cotización, el correspondiente certificado emitido por la DINAPYME de acuerdo al Decreto N° 371/2010 de 14 de diciembre de 2010 así como el certificado que acredite que la empresa se encuentra afiliada al Subprograma de Contratación Pública para el Desarrollo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
En caso de no presentarse ambos certificados, no gozarán del beneficio allí previsto.
Art. 16 DE LA PROPUESTA
16.1 La presentación de una propuesta se considera que el oferente dispone de los recursos indispensables para el fiel cumplimiento del suministro, objeto del presente llamado.
16.2 Las dificultades posteriores en este sentido, serán consideradas como resultado de su imprevisión, aplicándose en este caso, las disposiciones generales con respecto a pérdida de garantía y/o multas por incumplimiento según corresponda.
16.3 Por el monto establecido en su propuesta, el oferente está obligado, en caso de ser adjudicatario, a cumplir con el suministro, sin que le sirva de excusa o de derecho alguno, alegar cálculos erróneos, omisiones e imprevistos.
16.4 El oferente se compromete a someterse a las leyes y tribunales de la República Oriental del Uruguay, con exclusión de todo otro recurso, para el caso de litigio o cualquier otra cuestión a que pudiera dar lugar este llamado y que no fuera posible dilucidarla por las disposiciones que lo rigen.
16.5 ACEPTACIÓN XXX XXXXXX
Los oferentes al momento de cotizar el presente llamado, se entenderá que el oferente conoce y acepta sin reservas los términos y condiciones establecidos en el presente Pliego (Mantenimiento de oferta 45 días hábiles, Forma de Pago 45 días hábiles o carta de crédito, montos fijos en pesos uruguayos, etc.). Para las empresas que establezcan condiciones diferentes, las mismas serán causales de rechazo.
Art. 17 PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
17.1 Los oferentes deberán cotizar en línea, por ítem, teniendo en cuenta los requerimientos establecidos en el Pliego, debiendo ingresar sus precios tanto en archivo con la oferta firmada como la cotización de forma manual en la Tabla de Cotización del sitio web de Compras y Contrataciones Estatales.
17.2 Las propuestas serán recibidas únicamente en línea hasta la hora prevista para su recepción. Los oferentes deberán ingresar sus ofertas (económica y técnica completas) a través del sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. No se recibirán ofertas por otra vía.
17.3 La documentación electrónica adjunta de la oferta se ingresará en archivos con formato no editable, sin contraseñas ni bloqueos para su impresión o copiado. La plataforma electrónica recibirá ofertas únicamente hasta el momento fijado para su apertura en la convocatoria respectiva.
17.4 En el caso que algún oferente ingresara con carácter confidencial los precios, las descripciones de bienes y servicios, las condiciones generales de la oferta o en su defecto la totalidad de la oferta, después del acto de apertura, la DGETP solicitará a las empresas oferentes que levanten el carácter de confidencial a esos contenidos dándole un plazo máximo de 2 (dos) días hábiles siguientes al acto de apertura, a efectos que todos los oferentes tengan acceso a todas las ofertas. En caso que el oferente no levante dicha condición su oferta será desestimada.
17.5 Cuando el oferente deba agregar en su oferta un documento o certificado cuyo original solo exista en soporte papel, deberá digitalizar el mismo y presentarlo con el resto de su oferta. En caso de resultar adjudicatario, deberá exhibir el documento o certificado original, conforme a lo establecido en el artículo 48 del TOCAF.
17.6 Los oferentes están obligados a presentar toda la información que sea necesaria para evaluar sus ofertas en cumplimiento de los requerimientos exigidos. La ausencia de información referida al cumplimiento de un requerimiento podrá ser considerada como “no cumple dicho requerimiento”, no dando lugar a reclamación alguna por parte del oferente.
17.7 La oferta en línea garantiza que la misma no será vista hasta el momento de la apertura del llamado y no podrán conocerse las cotizaciones ingresadas a la plataforma electrónica, ni siquiera por la Administración contratante, hasta tanto se cumpla con la fecha y hora establecida para la apertura de las mismas.
17.8 En caso de discrepancias entre la cotización ingresada manualmente por el oferente en la Tabla de Cotización del sitio web de Compras y Contrataciones Estatales, y la oferta ingresada como archivo adjunto en dicho sitio, se le dará valor a la presentada en archivo adjunto.
En caso de que se cotice un artículo en la Tabla y no en la oferta ingresada como archivo adjunto o viceversa, se tomará como ofertado dicho ítem.
17.9 Para ofertar en línea: ver manual disponible en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx en la sección Capacitación\Manuales y Materiales, o comunicarse al (x000) 00000000, Mesa de Ayuda xxx XXXX de lunes a domingos de 08.00 a 21:00 horas.
17.10 Las ofertas deberán estar firmadas por el representante de la empresa o podrán presentar el Anexo 1 -Formulario de Identificación del Oferente- al momento de la apertura, quedando descalificada la oferta que no se encuentre firmada y/o que no contenga dicho Anexo.
17.11 En caso de existir archivos dañados los mismos no se tomarán en cuenta.
17.12 Las ofertas deberán presentarse en forma clara, legible y precisa en idioma español.
17.13 Podrán presentarse modificaciones alternativas o variantes, inclusive sin presentarse la propuesta básica.
17.14 Confidencialidad
El oferente podrá declarar con carácter confidencial, especificándolo debidamente, la siguiente información:
* la relativa a sus clientes;
* la que puede ser objeto de propiedad intelectual;
* la que refiera al patrimonio del oferente;
* la que comprenda hechos o actos de carácter económico, contable, jurídico o administrativo, relativos al oferente, que pudiera ser útil para un competidor;
* la que esté amparada en una cláusula contractual de confidencialidad;
* y aquella de naturaleza similar de acuerdo con lo que establezca el Pliego Particular. No se considerarán confidenciales los precios, las descripciones de bienes y servicios ofertados, ni las condiciones generales de la oferta.
Art. 18 FÓRMULA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS
Se sugiere presentar la oferta de la siguiente manera:
Quien suscribe (Nombre y Apellido)...... en calidad de..... (propietario o representante según documentación adjuntada en el RUPE) de la empresa , constituyendo domicilio
legal a todos sus efectos en ..... Teléfono .... Fax .... Correo Electrónico , e inscripto en
el B.P.S. con el número ...., cuyo RUT es ......, se compromete a cumplir con el servicio descripto en esta oferta, de acuerdo al llamado a la Compra Directa por Excepción Nº
…../2024:
Ítem 1: ------------------------------------ Precio Unitario $ -------
Ítem 2: ------------------------------------ Precio Unitario $ -------
Monto total ofertado: -----------------------------
La empresa realiza declaración jurada que:
Se encuentra inscripta en XXXX y a su vez, cuenta con capacidad para contratar con el Estado, no encontrándose en ninguna situación que expresamente le impida dicha contratación, conforme a lo preceptuado por el artículo 46 del TOCAF, y restantes normas concordantes y complementarias.
Asimismo, manifiesta conocer y aceptar todas las cláusulas del presente Xxxxxx y se compromete a someterse a las leyes y tribunales de la República Oriental del Uruguay, con exclusión de todo otro recurso, para el caso de litigio o cualquier otra cuestión a que pudiera dar lugar este llamado y que no fuera posible dilucidarla por las disposiciones que lo rigen.
Plazo de entrega: Mantenimiento de Oferta: Forma de Pago:
Antecedentes comerciales: (listado de principales clientes de la empresa)
Firma: Aclaración:
Art. 19 APERTURA DEL LLAMADO
19.1 Apertura Electrónica de las ofertas: Día: 10/09/2024 - Hora: 14:00.
19.2 En la fecha y hora indicada se efectuará la apertura de ofertas en forma automática y el acta de apertura será publicada automáticamente en el sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Simultáneamente se remitirá a la dirección electrónica previamente registrada por cada oferente en el Registro Único de Proveedores del Estado (XXXX), la comunicación de publicación del acta.
19.3 Será de responsabilidad de cada oferente asegurarse de que la dirección electrónica constituida sea correcta, válida y apta para la recepción de este tipo de mensajes. La no recepción del mensaje no será obstáculo para el acceso por parte del proveedor a la información de la apertura en el sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
19.4 A partir de la fecha y hora establecidas en el pliego, las ofertas quedaran accesibles para la Administración contratante, no pudiendo introducirse modificación alguna de las mismas.
19.5 Las ofertas quedaran visibles para todos los oferentes, con excepción de aquella información que sea entregada en carácter confidencial.
19.6 Los oferentes podrán hacer observaciones respecto de las ofertas dentro de un plazo de 1 (un) día hábil a contar desde la apertura de las ofertas, las cuales serán remitidas al correo electrónico xxxxxxx@xxx.xxx.xx.
Defectos, carencias o errores en las ofertas
19.7 Solo cuando la Administración contratante solicite salvar defectos o carencias de acuerdo a lo establecido en el Art. 65 del TOCAF, el oferente deberá agregar en la línea la documentación solicitada. El instructivo de cómo proceder se encuentra en la página web de Compras Estatales.
19.8 La Administración podrá otorgar a los proponentes un plazo máximo de dos días para salvar los defectos, carencias formales o errores evidentes o de escasa importancia; este plazo podrá ampliarse para proveedores del exterior y en ese caso se aplicará a todos los oferentes.
19.9 El plazo antes mencionado no se otorgará cuando a juicio de la Administración se altere materialmente la igualdad de los oferentes, o cuando se presuma la existencia de alguna maniobra destinada a obtener una ventaja indebida.
Art. 20 ADMISIBILIDAD DE LA OFERTA
20.1 La admisión inicial de una propuesta no será obstáculo a su rechazo si se constataren luego defectos que violen los requisitos legales o aquellos sustanciales contenidos en el respectivo Pliego.
20.2 La DGETP se reserva el derecho de no considerar las ofertas que no se presenten en la forma especificada o que contengan cláusulas que difieran de las especificaciones del presente Pliego.
20.3 Cláusulas abusivas en las ofertas. Es abusiva, por su contenido o su forma, toda cláusula contenida en la oferta, que contradiga las exigencias xxx xxxxxx y determine obligaciones en perjuicio de la Administración así como toda aquella que viole la obligación de actuar de buena fe.
Son consideradas cláusulas abusivas, sin perjuicio de otras, las siguientes:
A) Las que exoneren o limiten la responsabilidad del proveedor por vicios de cualquier naturaleza de los productos.
B) Las que impliquen la renuncia de los derechos de la Administración.
C) Las que autoricen al proveedor a modificar los términos de este Pliego.
D) La cláusula resolutoria pactada exclusivamente a favor del proveedor.
E) Las que contengan cualquier precepto que imponga la carga de la prueba en perjuicio de la Administración.
F) Las que establezcan que el silencio de la Administración se tendrá por aceptación de cualquier modificación, restricción o ampliación de lo expresamente pactado en el presente Xxxxxx.
20.4 Vencido el plazo para la presentación de las ofertas, no se tomará en cuenta ninguna interpretación, aclaración o ampliación de ellas, salvo aquellas que fueran directas y expresamente solicitadas por escrito por los técnicos o funcionarios expresamente autorizados en el expediente licitatorio o por la Comisión Asesora de Adjudicaciones actuante. En tal caso, el oferente dispondrá del plazo que se establezca en la solicitud, para hacer llegar su respuesta.
Art. 21 PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
21.1 El proponente deberá mantener la oferta presentada por un plazo no inferior a los 45 días hábiles, computables desde el día siguiente al de apertura de ofertas.
21.2 Vencido el plazo establecido en el numeral anterior sin que la D.G.E.T.P. se hubiese pronunciado, se entenderá sucesivamente prorrogado el plazo de mantenimiento de oferta por un término igual al original. Excepto que el oferente ponga en conocimiento de la Administración — por escrito — y con 15 (quince) días calendario de anticipación al vencimiento, su decisión de retirar la oferta formulada al expirar el plazo estipulado.
21.3 En el caso que la empresa no determine en el plazo de mantenimiento de oferta si los días son hábiles o corridos, se tomarán como hábiles.
Art. 22 CRITERIOS PARA EL ANALISIS DE LAS PROPUESTAS
22.1 Los criterios establecidos en el presente Pliego Particular de Condiciones, acorde a los principales factores (cuantitativos y/o cualitativo) que se tendrán en cuenta para evaluar las ofertas, así como la ponderación de cada uno a efectos de determinar la calificación asignada a cada oferta, en su caso (Arts. 48 Lit. C y 65 final del T.O.C.A.F.)
22.2 La comparación de las ofertas se verificará incluyendo I.V.A.. Cuando el oferente no desglose el importe del impuesto, se considerará incluido en el monto de la oferta.
22.3 La información para la evaluación técnica será obtenida de las ofertas, pudiéndose en caso de dudas, solicitarse datos complementarios, quedando su costo a cargo del oferente.
22.4 Preferencia a los productos Nacionales. La preferencia de los productos
nacionales frente a los extranjeros tendrá el alcance, naturaleza y procedimientos de cálculo establecidos en la normativa vigente Art. 45, 58 y 59 del TOCAF y otras normas.
22.5 CRITERIOS DE EVALUACION
PRECIO | Al menor precio le corresponderán los 25 puntos. Los siguientes se definirán por regla de tres inversa. | Máximo 25 puntos | ||
FICHA TÉCNICA | Evaluación de la información presentada en folletería y/o catálogos de acuerdo al Artículo 4 del presente Xxxxxx. | Máximo 15 puntos | ||
RESPALDO TÉCNICO | Se deberá especificar, disponibilidad de repuestos en plaza y puntos de atención en el país indicando dirección y teléfono. | Máximo 15 puntos | ||
GARANTÍA | 3 años y/o 3.000 hs o más: 20 puntos 2 años y/o 2.000 hs: 15 puntos 1 año y/o 1.000 hs: 5 puntos Menos de 1 año y/o 1.000 hs: 0 puntos En caso de que una empresa indique la garantía en meses, se convertirá a años y se tomará el número (año) entero. Lo mismo aplica para las horas (se redondeará hacia abajo, a modo de ejemplo: 23 meses puntúa como 1 año). Para el caso de que una empresa establezca la garantía en años y horas de diferente rango, se tomará el rango más chico para la puntuación. | Máximo 20 puntos | ||
PLAZO DE ENTREGA (se tomará como plazo la fecha final de entrega) | EN DÍAS CORRIDOS Hasta 10 días De 11 a 30 días De 31 a 60 días 61 días o más | EN DÍAS HÁBILES Hasta 5 días De 6 a 20 días De 21 a 40 días 41 días o más | PUNTAJE 25 pts 20 pts 12 pts 0 pts | Máximo 25 puntos |
Antecedentes negativos en XXXX | A) Advertencia 1 punto B) Ejecución de garantía correspondiente a fiel cumplimiento de contrato 3 puntos. C) Ejecución de garantía de incumplimiento de mantenimiento de oferta 3 puntos. D) Eliminación de un organismo 5 puntos. E) Multa 3 puntos. F) Otras medidas registrables 3 puntos. G) Suspensión 5 puntos. | Se restará del puntaje total la Suma de los antecedentes negativos de acuerdo a la tabla indicada |
Art. 23 ANÁLISIS DE LAS PROPUESTAS
23.1 Basándose en conclusiones técnicas, económicas, temporales o de cualquier otra clase que surjan del estudio particular de cada una de las propuestas, la D.G.E.T.P. se reserva la facultad de rechazar aquellas que no cumplan con las expectativas del presente llamado.
23.2 La D.G.E.T.P. se reserva el derecho de seleccionar la oferta que a su juicio considere más conveniente para sus intereses, aunque no sea la de menor precio, adjudicando o rechazando todas, sin incurrir en ninguna responsabilidad.
23.3 Asimismo, se rechazarán propuestas que contengan reservas o formulen objeciones al presente pliego.
23.4 La Administración se reserva el derecho de rechazar una propuesta por falta de información suficiente.
Art. 24 MEJORA DE OFERTA, PRECIO MANIFIESTAMENTE INCONVENIENTE Y NEGOCIACIÓN
24.1 Será de aplicación lo dispuesto en el Art. 66 del TOCAF, reservándose la Administración la facultad de utilizar el instituto de la mejora de oferta o el instituto de la negociación, si así lo considera conveniente a los fines del mejor cumplimiento de los cometidos del Ente.
Podrán ser objeto de negociación, el precio y la calidad; cualquiera de estos elementos, si las opciones son parecidas a juicio del Organismo.
24.2 Si los precios de la o las ofertas recibidas son considerados manifiestamente inconvenientes, el ordenador o en su caso la Comisión Asesora de Adjudicaciones, podrá solicitar directamente mejoras en sus condiciones técnicas, de precio, plazo o calidad.
PARTE III
Art. 25 ADJUDICACIÓN
25.1 La Administración se reserva el derecho de adjudicar la Compra Directa por Excepción a la o las ofertas que considere más convenientes para sus intereses y a las necesidades del servicio, aunque no sea la de menor precio, de acuerdo a los factores de ponderación establecidos en el Art. 22.5. Asimismo si no se presenten ofertas válidas o admisibles, o que las mismas sean manifiestamente inconvenientes podrá rechazar a su exclusivo juicio, la totalidad de las ofertas, declarar desierta la Compra Directa por Xxxxxxxxx, así como aumentar o disminuir el contrato, de acuerdo con lo establecido por el art. 74 del TOCAF.
25.2 La Administración está facultada para:
1. Adjudicar la Compra Directa por Excepción al proponente que reúna las mejores condiciones de las citadas en el artículo precedente.
2. No adjudicar algún ítem;
3. Dividir la adjudicación, por razones fundadas, entre varios proponentes;
4. Considerar como aspecto preponderante para rechazar una oferta, los antecedentes de los oferentes relacionados con la conducta comercial asumida en el cumplimiento de contrataciones con la misma, y con otros organismos estatales.
25.3 Una vez dictado el acto de adjudicación y previo a su notificación se le solicitará al adjudicatario, en el plazo en que la administración disponga, la presentación de todos los requisitos formales que corresponda para acreditar que se encuentra en condiciones de contratar con el Estado.
25.4 A efectos de la Adjudicación, el oferente que resulte seleccionado, deberá estar “ACTIVO” en el XXXX.
25.5 La notificación se efectuará por acto administrativo de la DGETP el que será notificado a todos los oferentes. Vencidos los plazos de impugnación se librará la orden de compra, comenzando a computarse los plazos para el cumplimiento por parte del adjudicatario.
25.6 La adjudicación se realiza por ítem.
Art. 26 DE LAS NOTIFICACIONES
Toda notificación que realice la Administración se hará en forma personal en el Departamento de Compras, telegrama colacionado, fax, correo electrónico, u otro medio hábil de comunicación de acuerdo a los datos proporcionados en el Registro Único de Proveedores del Estado.
Art. 27 GARANTIAS
27.1 Todas las garantías se presentarán en el Departamento de Compras. Deberán ser emitidas con cláusulas que contemplen su vigencia hasta el cumplimiento total de las obligaciones contractuales que ampara.
27.2 La Administración se reserva el derecho de aceptar o rechazar, a su exclusivo juicio, los documentos que constituyan garantías.
27.3 Las garantías se constituirán a la orden de la DGETP y podrán consistir en:
a) Por un valor fijo en efectivo en pesos uruguayos o dólares estadunidenses.
b) Fianza, aval bancario
c) Póliza de Seguro de fianza.
d) Valores públicos
* No se admitirán otras garantías que las señaladas.
27.4 El documento justificativo de la constitución de garantías deberá contener necesariamente el número de la Compra Directa por Excepción y organismo que realizó el llamado.
27.5 A fin de asegurar la ejecución de las garantías, la Administración debe comunicar cada incumplimiento del oferente, adjudicatario o contratista al asegurador, a través de
comunicaciones y/o resoluciones que aplican sanciones o rescinden el contrato, según las condiciones establecidas en las pólizas de seguros y, en los artículos 634 a 692 del Código de Comercio.
27.6 La devolución de las garantías se realizará de oficio o se solicitará mediante nota dirigida al Departamento de Compras, en los casos que corresponda según el Pliego Particular.
27.7 Las resoluciones que dispongan la rescisión de los contratos o el cobro de multas a deducirse de las garantías, serán notificadas a la empresa aseguradora o institución que corresponda, y dispondrán la intimación de pago y/o cumplimiento del contrato a la empresa contratista.
Art. 28 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
28.1 El oferente hará efectivo el depósito en caso de que el monto total adjudicado sea igual o mayor al 40 % xxx xxxx vigente establecido para las Licitaciones Abreviadas.
28.2 Dentro de los tres días siguientes a la notificación de la adjudicación o su ampliación, el adjudicatario deberá justificar la constitución de la garantía de cumplimiento de contrato por un 5% de la contratación, en los términos y condiciones previstos por el art. 64 del TOCAF.
28.3 El adjudicatario constituirá la garantía mediante depósito en efectivo o en valores públicos, fianza o aval bancario, o póliza de seguro de fianza, de acuerdo a lo establecido en el Art. 27.
28.4 La mencionada garantía se deberá depositar en el Departamento de Compras en el horario de invierno de 13.30 a 17.00 horas, y el horario xx xxxxxx de 10.00 a 12.00 horas.
28.5 A efectos de determinar el monto de la garantía los valores públicos serán considerados por su valor nominal, excepto que la Administración considere que éste es sustancialmente superior a su valor xx xxxxxxx.
28.6 Cuando la garantía se constituya en moneda extranjera, se tomará el tipo de cambio interbancario vendedor y arbitraje, vigente al cierre de la Mesa de Cambios del Banco Central del Uruguay del día anterior al de la constitución de la garantía.
28.7 Falta de constitución de la garantía
La falta de constitución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en tiempo y forma, en los casos que sea exigible, hará caducar los derechos del adjudicatario, pudiendo la Administración hacer uso de la facultad establecida en el inciso final del art. 70 del TOCAF.
28.8 Ejecución de garantía
La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser ejecutada en caso que el adjudicatario no de cumplimiento a las obligaciones contractuales.
28.9 Esta garantía se devolverá luego de producida la finalización de los servicios, con la previa conformidad de los mismos por parte de la Administración
Art. 29 CARGA DEL ADJUDICATARIO
El domicilio presentado por las Empresas será definido como domicilio contractual. En casos de que la firma adjudicataria cambie el domicilio constituido, deberá informar en forma escrita el nuevo domicilio, con firma notarialmente certificada, y tendrá efecto a partir del día hábil inmediato siguiente.
Art. 30 PROCEDIMIENTO DE ENTREGA
30.1 Los oferentes deberán realizar las entregas de acuerdo a lo establecido en el Art. 10.
30.2 Se podrá ofrecer entregas parciales anticipadas siempre que se respete el plazo máximo de entrega establecido en la oferta.
30.3 Recepción de la mercadería.
30.3.1 La recepción de la mercadería entregada estará a cargo de personal autorizado que procederá a controlar la entrega, pudiendo rechazar el material que a su juicio se estime en mal estado o que no se ajuste a la muestra entregada y/o folletería.
30.3.2 Cuando las características de los artículos licitados hagan necesaria verificaciones de calidad o funcionamiento, se realizará una recepción provisoria de los mismos, hasta tanto puedan realizarse las pruebas correspondientes. A partir de la puesta en funcionamiento de los artículos, comenzará a computar los plazos establecidos para la garantía técnica.
30.3.3 En caso de que algún elemento no cumpla lo establecido, el proveedor, a su costo y dentro del plazo de 10 (diez) días, deberá sustituirlo por el adecuado, no dándose trámite a la recepción hasta que haya cumplido la exigencia precedente, sin perjuicio de la aplicación de las multas correspondientes.
30.3.4 Si vencido dicho plazo el proveedor no hubiese hecho la sustitución correspondiente, ni justificado a satisfacción de la Administración la demora original, perderá la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Art. 31 FORMA DE PAGO
31.1 La Administración determinará la forma de pago, el cual se podrá efectuar a través de SIIF (45 días hábiles a partir de la presentación de la factura debidamente conformada en el Departamento de Compras) o carta de crédito (con costos de utilización), conforme al marco normativo vigente sobre compras estatales.
De determinarse el pago por carta de crédito, se presentará factura proforma (dentro de las primeras cuarenta y ocho (48) horas hábiles de remitida la orden de compra donde se notificará la elección de la forma de pago), con la descripción de ítems idéntica a la factura comercial, que luego se emitirá al B.R.O.U., a efectos
de realizar la apertura de la misma.
Se podrán realizar liberaciones parciales o totales de la misma, de acuerdo a la recepción de mercadería con remito conformado por la/s oficina/s interviniente/s.
31.2 Se deja constancia que en aplicación del Decreto 319/06 de 11/09/06 se hará la retención del 60% del IVA incluido en las compras realizadas en la presente Compra Directa por Excepción, en aquellos casos que corresponda
31.3 Las facturas se presentarán en el Departamento de Compras junto con el remito (ORIGINAL) de entrega debidamente conformado por quien recepciona el suministro. En la factura deberá constar No. de Compra Directa por Excepción, No. De Orden de Compra, cantidad entregada, indicando ítem al que corresponde, monto unitario por ítem y monto total (discriminando monto por impuestos).
31.4 No se aceptarán ofertas que establezcan intereses por xxxx.
31.5 En el caso de ser factible el pago contado, los oferentes deberán establecer una tasa de descuento por pronto pago.
31.6 En caso que el plazo para el pago supere lo establecido se aplicará la paramétrica que se transcribe:
P = Pi
IPC 1
IPC 0
P = Precio Ajustado
Pi= Precio Inicial Cotizado (sin IVA).
IPC 1= Índice General de Precios al Consumo según Dirección General de Estadística vigente al mes anterior a la fecha de pago.
IPC 0= Índice General de Precios al Consumo según la Dirección General de Estadística vigente al mes anterior a la fecha de vencimiento del plazo fijado para el pago.
El reajuste precedente se aplicará siempre que el mismo no supere el monto establecido en el Decreto 342/99 en cuyo caso se reducirá al que surja de aplicación de dicha norma. Esta actualización de precios se podrá aplicar a criterio de la Unidad Ejecutora y de acuerdo con las condiciones de plaza.
31.7 Todos los pagos se realizarán por medio de acreditación en cuenta en instituciones de intermediación financiera, según el Art. 42 de la Ley 19.210. Dicha cuenta debe estar acreditada en el X.X.X.X.
31.8 En el caso que la empresa no determine en el plazo de forma de pago si los días son hábiles o corridos, se tomarán como hábiles.
Art. 32 CESIONES DE CONTRATO
Se establece que queda prohibida la cesión de contrato.
Art. 33 CESIONES DE CREDITOS
33.1 Las Cesiones de Crédito deberán presentarse en División Hacienda
33.2 No se aceptan cesiones de crédito futuros ni de facturas que no estén debidamente conformadas.
33.3 Una vez que un crédito fue cedido no se aceptarán notas de crédito o cambio de facturas del mismo,
33.4 Estando las facturas priorizadas en el SIIF, las mismas se consideran pagas, lo que será informado y notificado al cedente y cesionario en forma inmediata.
33.5 En las cesiones de crédito que se presenten deberán incluir la siguiente cláusula: La Administración Nacional de Educación Pública se reserva a prioridad sobre la cesionaria de hacer efectivo el cobro de multas y realizar descuentos del monto de la cesión ocasionadas por incumplimientos de la empresa cedente.
33.6 Cuando se configure una cesión de crédito, según los artículos 1737 y siguientes del Código Civil a) la Administración se reservará el derecho de oponer al cesionario todas las excepciones que se hubieran podido oponer al cedente, aún las meramente personales, b) la existencia y cobro de los créditos dependerá y se podrá hacer efectiva en la forma y en la medida que sean exigibles según el Pliego y por el cumplimiento del servicio.
Art. 34 SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
34.1 La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por los oferentes, adjudicatarios o contratistas, derivadas de su oferta, adjudicación o contrato podrá dar merito a que la Administración proponga o disponga, según el caso, la aplicación de las siguientes sanciones, no siendo las mismas excluyentes y pudiendo darse en forma conjunta (dos o más de ellas):
- Apercibimiento del Organismo o ANEP.
- Advertencia en el Registro Único de Proveedores del Estado.
- Sanción en el Registro Único de Proveedores del Estado.
- Solicitud de suspensión en el Registro Único de Proveedores del Estado.
- Solicitud de eliminación en el Registro Único de Proveedores del Estado.
- Ejecución de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
- Ejecución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
34.2 Será preceptiva la comunicación de la aplicación de sancionas, multas y rescisión contractual al Ministerio de Economía y Finanzas: Dirección General de Comercio, Dirección del Área de Defensa del Consumidor, Registro Único de Proveedores del Estado y a la empresa aseguradora, dentro del plazo de 5 días de verificada.
Art. 35 MULTAS
35.1 En caso de incumplimiento en la entrega por parte del adjudicatario, éste deberá abonar a la Administración una multa equivalente al 5 % del monto de lo adjudicado por
cada semana o fracción de semana de atraso, con el plazo máximo de 30 días (equivalentes al 25% de lo adjudicado). Se considerará incumplimiento tanto el no entregar lo adjudicado como el no ceñirse estrictamente a las características de los bienes adjudicados, o contravenir las obligaciones contraídas.
Las multas comenzarán a aplicarse al día siguiente al del vencimiento del plazo estipulado.
35.2 El contratista será responsable de todos los gastos que, como consecuencia directa del atraso, deba cubrir la Administración por concepto de comisiones bancarias, multas, recargos, intereses, diferencias de recargos de importación y de cambio y otros gastos, los que serán actualizados a la fecha de comunicación de los mismos.
35.3 Las multas se harán efectivas, en primer término sobre las facturas en que corresponda aplicarlas, y luego si hubiere lugar, sobre el depósito de garantía de 5% (cinco por ciento) a que se hace referencia en el punto: garantía de fiel cumplimiento de contrato del presente pliego de condiciones.
35.4 En caso de no existir el depósito de garantía o si éste no fuera suficiente para cubrir la penalidad impuesta, ésta se hará efectiva sobre el precio a pagar del contrato correspondiente u otros que el contratista tenga con la Administración, sin perjuicio de las garantías generales de derecho que ésta podrá hacer efectivas si lo creyera conveniente.
Art. 36 CAUSALES DE RESCISIÓN
36.1 La Administración podrá declarar rescindido el contrato en los siguientes casos, que se enumeran a titulo enunciativo:
1.- Declaración de quiebra, concurso, liquidación o solicitud de concordato. 2.- Descuento de multas, en hasta tres facturas.
3.- Incumplimiento en la entrega de los productos o su sustitución por el adecuado en un plazo máximo total de treinta días.
4.- Cuando el contratista se haya excedido en treinta días en el incumplimiento de las condiciones estipuladas en el presente pliego.
5.- Mutuo acuerdo.
36.2 Las causales enunciadas del 1 al 4 de este artículo, podrán dar lugar al cobro de la garantía de cumplimiento de contrato.
Art. 37 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE CALIDAD O RECEPCIÓN
De cumplir con la entrega de los bienes adjudicados de acuerdo a las condiciones de la oferta y pliego se evaluará como CUMPLIDO, de existir algún tipo de incumplimiento se calificará como insatisfactorio.
Art. 38 NORMATIVA APLICABLE
Esta contratación se enmarca en lo aplicable, en lo dispuesto por las siguientes normas:
a) T.O.C.A.F., aprobado por el decreto 150/012 de 11 xx xxxx de 2012 y las normas modificativas vigentes a fecha de apertura.
b) Art. 8° de la Ley 16.134 de 24 de setiembre de 1990.
c) Decreto 288/993 de 22 xx xxxxx de 1993 (consideración de productos nacionales).
d) Decreto 131/2014 de 19 xx xxxx de 2014 (Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los contratos de suministros y servicios no personales).
e) artículo 42 de la ley 16.736 de 5 de enero de 1996 y su decreto reglamentario 395/998 de 30 de diciembre de 1998. (Sistema Integrado de Información Financiera).
f) Decreto 342/999 de 26 de octubre de 1999. (Registro General de Proveedores del Estado) modificado por el decreto 20/2002 de 16 de enero de 2002.
g) Ley 17.250 de 11 xx xxxxxx de 2000 y su decreto reglamentario No. 244/2000 de 23 xx xxxxxx de 2000. (Relaciones de consumo).
h) Decreto 500/991 de 27 de setiembre de 1991 (Procedimiento Administrativo).
i) Ley 17.060 de 23 de diciembre de 1998 (Uso indebido del poder público, corrupción).
j) Decreto 275/13 del 3 de setiembre relativas a las aperturas electrónicas
k) Leyes, decretos y resoluciones vigentes a la fecha de apertura de la Compra Directa por Excepción
l) El presente Pliego General de Xxxxxxxxxxx y el Pliego Particular de Condiciones
m) Las enmiendas y aclaraciones que se comuniquen por escrito a los interesados que adquieran el Pliego.
n) Decreto 155/13 del 21/05/2013 (Registro Único de Proveedores del Estado)
o) Decreto 23/2009 modificativos y concordantes.
p) Decreto 371/2010 modificativos y concordantes.
q) Ley Nº 19.899 (Ley de Urgente Consideración), del 9 de julio del 2020.
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INDICE
Artículo 1 – Objeto del llamado Artículo 2 – Características Generales Artículo 3 – Consulta de Pliegos Artículo 4 – Folletería
Artículo 5 – Exención de Responsabilidad
Artículo 6 – Plazos, Comunicaciones, Consultas, Aclaraciones y Prórrogas
6.1 Comunicaciones
6.2 Aclaraciones, modificaciones, consultas y prórrogas
6.3 Plazos
Artículo 7 – Garantías de Mantenimiento de Oferta Artículo 8 – Oferta, Cotización y Discrepancias Artículo 9 – Garantía de los Productos
Artículo 10 – Plazo y lugar de Entrega Artículo 11 – Condiciones de los Oferentes
Artículo 12 – De la Representación de la Empresa Artículo 13 – Vista y Retiro de los Recaudos
Artículo 14 – Recaudos que se exigen para la Recepción de las Propuestas Artículo 15 – Márgenes de Preferencia
15.1 Productos que califican como nacionales
15.2 Regímenes especiales incluidos en el Programa de Contratación Pública para el Desarrollo (MIPYME
Artículo 16 – De la Propuesta
Artículo 17 – Presentación de la Propuesta
Artículo 18 – Fórmula de Presentación de las Ofertas Artículo 19 – Apertura del Llamado
Artículo 20 – Admisibilidad de la Oferta Artículo 21 – Plazo de Mantenimiento de Oferta
Artículo 22 – Criterio para el Análisis de las Propuestas Artículo 23 – Análisis de las Propuestas
Artículo 24 – Mejora de oferta, precio manifiestamente inconveniente y negociación
Artículo 25 – Adjudicación Artículo 26 – De las Notificaciones Artículo 27 – De las Garantías
Artículo 28 – Garantía de Cumplimiento de Contrato Artículo 29 – Carga del Adjudicatario
Artículo 30 – Procedimiento de Entrega Artículo 31 – Forma de Pago
Artículo 32 – Cesiones de Contrato Artículo 33 – Cesiones de Créditos
Artículo 34 – Sanciones por Incumplimiento Artículo 35 – Multas
Artículo 36 – Causales de Rescisión
Artículo 37 – Criterios de Evaluación de Calidad o Recepción Artículo 38 – Normativa Aplicable
ANEXO I FORMULARIO DEL OFERENTE
El/Los que suscribe/n (nombre de quien firme y tenga poderes suficientes para representar a la empresa oferente acreditados en RUPE) en representación de (nombre de la Empresa oferente) declara/n bajo juramento que la oferta ingresada en línea a través del sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx vincula a la empresa en todos sus términos y que acepta sin condiciones las disposiciones xxx Xxxxxx Particular de Condiciones del llamado
(descripción del procedimiento de contratación), así como las restantes normas que rigen la contratación. En caso que al momento de la apertura el representante firmante no se encuentre en XXXX, la Administración podrá otorgar el plazo dispuesto en el artículo 65, inciso 7 del TOCAF a efectos de subsanar la referida carencia formal.
DATOS DE LA EMPRESA A EFECTOS DE LA PRESENTE COMPRA DIRECTA POR EXCEPCIÓN
Dirección: RUT: _
Departamento: Ciudad: Teléfono y/o Celular: Correo electrónico:
A su vez, la empresa oferente declara contar con capacidad para contratar con el Estado, no encontrándose en ninguna situación que expresamente le impida dicha contratación, conforme a lo preceptuado por el artículo 46 del TOCAF, y restantes normas concordantes y complementarias.
Firma/s: Aclaración de firmas: C.I.:
El firmante de la oferta deberá ser quien firme el formulario.
ANEXO II
MODELO DE DECLARACIÓN PARA BIENES QUE CALIFICAN COMO NACIONALES.
El que suscribe (NOMBRE DE QUIEN FIRME Y TENGA PODERES SUFICIENTES PARA REPRESENTAR A LA EMPRESA OFERENTE) en
representación de (NOMBRE DE LA EMPRESA
OFERENTE) declara que los bienes integrantes de la oferta que se detallan a continuación califican como nacionales de acuerdo a la normativa vigente.
Por lo tanto, solicita la aplicación del beneficio que consagra el art. 58 del TOCAF.
FIRMA/S:
Aclaración de firmas: