PLIEGO CONDICIONES ESPECÍFICAS CONCESIONES GAZEBOS UBICADOS EN EL BOULEVARD DE LA AV. 27 DE FEBRERO
PLIEGO CONDICIONES ESPECÍFICAS CONCESIONES GAZEBOS UBICADOS EN EL BOULEVARD DE LA AV. 27 DE FEBRERO
Licitación Pública Nacional ADN‐LPN‐001‐11 Para Concesionar Cuatro (4) Gazebos (en lotes
individuales) por una plazo de Cinco (5) años, Ubicados en el Boulevard de la Av. 27 de Febrero, Xxxxx Xxxxxxx, Distrito Nacional.
Xxxxx Xxxxxxx, Distrito Nacional
Prefacio
Este Pliego Estándar de condiciones específicas para Compra y Contratación de Bienes y/o Servicios conexos ha sido preparado por la Dirección General de Contrataciones Públicas para ser utilizado en los procedimientos de Licitación regidos por la Ley No. 340‐06 con modificaciones xx Xxx No. 449‐06 y su Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07 sobre “Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones del Estado”.
A continuación se incluye una breve descripción de su contenido.
Resumen Descriptivo
Pliego de Condiciones Específicas para Licitación Pública.
PARTE 1 – PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)
Esta sección proporciona información para asistir a los Oferentes en la preparación de sus Ofertas. También proporciona información sobre la presentación, apertura y evaluación de las ofertas y la adjudicación de los contratos. Las disposiciones de la Sección I son de uso estándar y obligatorio en todos los procedimientos de Licitación para Compra y Contratación de Bienes y/o Servicios y Concesiones, regidos por la Ley No. 340‐06 sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones con modificaciones xx Xxx No. 449‐06 y su Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07.
Sección II. Datos de la Licitación (DDL)
Esta sección contiene disposiciones específicas para cada Concesión complementa la Sección I, Instrucciones a los Oferentes.
Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación
Esta sección detalla los criterios y calificaciones que se utilizarán para la evaluación técnica de los Oferentes.
Sección IV. Formularios de la Oferta
Esta sección contiene los Formularios de Información sobre el Oferente, Presentación de Oferta, de Oferta Económica y Autorización del Fabricante, que el Oferente deberá presentar conjuntamente con la oferta.
PARTE 2 – DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES CONCESIONAR.
Sección V. Lista de Requisitos
Esta sección incluye la Lista de Bienes, Planes de Entrega, las Especificaciones Técnicas y Planos que describen los Bienes a ser concesionados por el Ayuntamiento del Distrito Nacional.
PARTE 3 ‐ CONTRATO
Sección VI. Condiciones Generales del Contrato (CGC)
Esta sección incluye las cláusulas generales que deberán incluirse en todos los contratos.
Sección VII. Formularios del Contrato
Esta sección incluye la pro‐forma del Contrato, la cual, una vez perfeccionada deberá incluir las correcciones o modificaciones que se hubiesen hecho a la oferta seleccionada y que están permitidas bajo las Instrucciones a los Oferentes y las Condiciones Generales del Contrato. Incluye además los formularios de Modelo de Contrato de Bienes y/o Servicios conexos.
Índice General
PARTE 1 – Procedimientos de Licitación 6
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO) 7
A. Generalidades 7
B. Secciones y Disponibilidad xxx Xxxxxx, Consultas y Enmiendas 13
C. Preparación de las Ofertas 16
D. Presentación de Documentos 21
E. Evaluación y Comparación de las Ofertas ¡Error! Marcador no definido.
F. Adjudicación del Contrato 30
Sección II. Datos de la Licitación (DDL) 36
G. Cronograma de Licitación ¡Error! Marcador no definido.
Sección III. Criterios de Evaluación y Requisitos de Calificación 42
Sección IV. Formularios de la Oferta 44
PARTE 2 – Descripción de los Bienes y/o Servicios Conexos 52
1. Lista de Bienes y/o Servicios Conexos 54
2. Plan de Entrega ¡Error! Marcador no definido.
3. Especificaciones Técnicas 59
4. Planos o Diseños ¡Error! Marcador no definido.
PARTE 3 – Contrato 60
Sección VI. Condiciones Generales del Contrato 64
Sección VII. Formularios del Contrato 71
PARTE 1 – Procedimientos de Licitación
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)
A. Generalidades
1. Objetivo y Alcance de la Concesión
1.1 El objetivo del presente documento es describir las condiciones específicas necesarias para las personas naturales y jurídicas que deseen participar en el proceso de Concesión de Bienes especificados en la sección V, Lista de Requisitos, del presente documento.
1.2 En la Sección II, Datos de la Licitación (DDL), están indicados:
a) El nombre de la Entidad Contratante.
b) Identificación del Procedimiento.
c) El Objeto del Procedimiento.
d) La Modalidad de Contratación.
e) La Fuente de recursos de la Contratación.
2. Prácticas
Corruptas y Fraudulentas
2.1 Conforme a lo estipulado en el Art. 89 del Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07 sobre Compras y Contrataciones, las prácticas corruptas o fraudulentas comprendidas en el Código Penal o dentro de la Convención Interamericana contra la Corrupción, o cualquier acuerdo entre Oferentes o con terceros, que establecieren prácticas restrictivas a la libre competencia, serán causales determinantes del rechazo de la Oferta en cualquier estado del procedimiento de selección, o de la rescisión del contrato, si éste ya se hubiere celebrado. A los efectos anteriores se entenderá por:
a) “Práctica corrupta”, al ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud de cualquier cosa de valor con el fin de influir en la actuación de un funcionario público con respecto al proceso de contratación o a la ejecución del contrato, y
b) “Práctica fraudulenta”, a una tergiversación de los hechos con el fin de influir en un proceso de contratación o en la ejecución de un contrato de obra pública en perjuicio del contratante; la expresión comprende las prácticas colusorias entre los licitantes (con anterioridad o posterioridad a la presentación de las ofertas) con el fin de establecer precios de oferta a niveles artificiales y no
competitivos y privar al contratante de las ventajas de la competencia libre y abierta.
3. Oferentes NO elegibles
3.1 Según el artículo 14 de la Ley No. 340‐06 con modificaciones xx Xxx No. 449‐06, NO podrán ser oferentes ni contratar con el Estado las siguientes personas:
1) El Presidente y Vicepresidente de la República; los Secretarios y Subsecretarios de Estado; los Senadores y Diputados del Congreso de la República; los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia, de los demás tribunales del orden judicial, de la Xxxxxx xx Xxxxxxx y de la Junta Central Electoral; los Síndicos y Regidores de los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional; el Contralor General de la República y el Subcontralor; el Director de Presupuesto y Subdirector; el Director Nacional de Planificación y el Subdirector; el Procurador General de la República y los demás miembros del Ministerio Público; el Tesorero Nacional y el Subtesorero y demás funcionarios de primer y segundo nivel de jerarquía de las instituciones incluidas en el Artículo 2, Numerales 1 al 5;
2) Los jefes y subjefes de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas, así como el jefe y subjefes de la Policía Nacional;
3) Los funcionarios públicos con injerencia o poder de decisión en cualquier etapa del procedimiento de contratación administrativa;
4) Todo personal de la entidad concedente;
5) Los parientes por consanguinidad hasta el tercer grado o por afinidad hasta el segundo grado, inclusive, de los funcionarios relacionados con la contratación cubiertos por la prohibición, así como los cónyuges, las parejas en unión libre, las personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva o con las que hayan procreado hijos, y descendientes de estas personas;
6) Las personas jurídicas en las cuales las personas naturales a las que se refieren los Numerales 1 al 4 tengan una participación superior al diez por ciento (10%) del capital social, dentro de los seis meses anteriores a la fecha de la convocatoria;
7) Las personas físicas o jurídicas que hayan intervenido
como asesoras en cualquier etapa del procedimiento de contratación o hayan participado en la elaboración de las
especificaciones técnicas o los diseños respectivos, salvo en el caso de los contratos de supervisión;
8) Las personas físicas o jurídicas que hayan sido condenadas mediante sentencia que haya adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada por delitos de falsedad o contra la propiedad, o por delitos de cohecho, malversación de fondos públicos, tráfico de influencia, prevaricación, revelación de secretos, uso de información privilegiada o delitos contra las finanzas públicas, hasta que haya transcurrido un lapso igual al doble de la condena. Si la condena fuera por delito contra la administración pública, la prohibición para contratar con el Estado será perpetua;
9) Las empresas cuyos directivos hayan sido condenados por delitos contra la administración pública, delitos contra la fe pública o delitos comprendidos en las convenciones internacionales de las que el país sea signatario;
10) Las personas físicas o jurídicas que se encontraren
inhabilitadas en virtud de cualquier ordenamiento jurídico;
11) Las personas que suministraren informaciones falsas o que participen en actividades ilegales o fraudulentas relacionadas con la contratación;
12) Las personas naturales o jurídicas que se encuentren
sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente para contratar con entidades del sector público, de acuerdo a lo dispuesto por la presente ley y sus reglamentos;
13) Las personas naturales o jurídicas que no estén al día en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias o de la seguridad social, de acuerdo con lo que establezcan las normativas vigentes;
PARRAFO I: Para los funcionarios contemplados en los
Numerales 1 y 2, la prohibición se extenderá hasta seis meses después de la salida del cargo.
PARRAFO II: Para las personas incluidas en los Numerales 5 y 6 relacionadas con el personal referido en el Numeral 3, la prohibición será de aplicación en el ámbito de la institución en que estos últimos prestan servicios.
4. Definiciones e Interpretacion
4.1 A los efectos de este Pliego de Condiciones Específicas, las palabras y expresiones que se inician con letra mayúscula y que se citan a continuación tienen el siguiente significado:
Agentes Autorizados: Personas naturales designadas como tales por los Oferentes a los fines de realizar en nombre de ellos determinados trámites en el proceso.
Bienes y/o Servicios conexos: El término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial.
Concesión: La facultad que el Estado otorga a particulares, personas naturales o jurídicas para que por su cuenta y riesgo construyan, instalen, mejoren, adicionen, conserven, restauren, produzcan, operen o administren una obra, bien o servicio público, bajo la supervisión de la entidad pública concedente, con o sin ocupación de bienes públicos. A cambio, el concesionario tendrá derecho a la recuperación de la inversión y la obtención de una utilidad razonable o el cobro a los usuarios de la obra, bien o servicio de una tarifa razonable para mantener el servicio en los niveles satisfactorios y comprometidos en un contrato con duración o plazo determinado, siguiendo la justificación y prioridad establecida por la planificación y el desarrollo estratégico del país.
Caso Fortuito: Acontecimiento que no ha podido preverse, o que previsto no ha podido evitarse, por ser extraño a la voluntad de las personas.
Circular: Aclaración que la entidad concedente emite de oficio o para dar respuesta a las consultas planteadas por los Oferentes con relación al contenido xxx Xxxxxx de Condiciones, formularios, anexos u otra Circular y que se hace de conocimiento de todos los Oferentes.
Comisión Evaluadora: Es la responsable del análisis y evaluación de Ofertas, integrado por:
a) El responsable de la unidad operativa de contrataciones y un suplente.
b) El titular de la unidad requirente del bien y un suplente.
c) Un funcionario titular que no intervenga en el procedimiento de contratación y un suplente.
Comité de Licitaciones: Es responsable de la aprobación del procedimiento de selección y la aprobación del dictamen emitido por la comisión evaluadora previo a la firma de la adjudicación por parte de la autoridad competente, integrado por:
a) El funcionario de mayor jerarquía de la institución o quien este designe, quien lo presidirá;
b) El director administrativo financiero o su delegado;
c) El consultor jurídico de la entidad, quien actuará en calidad de asesor legal;
d) Dos funcionarios del mayor nivel posible en la institución.
Consulta: Comunicación escrita, remitida por un Oferente conforme al procedimiento establecido y recibida por la Entidad Concedente, solicitando aclaración, interpretación o modificación sobre aspectos relacionados exclusivamente con el Pliego de Condiciones.
Cronograma: Cronología del proceso de Licitación.
Concesionario: Toda persona física o jurídica beneficiaria de un contrato de concesión.
Enmienda: Comunicación escrita, emitida por la Entidad Contratante, con el fin de modificar el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Específicas, formularios, anexos u otra Enmienda y que se hace de conocimiento de todos los Oferentes.
Entidad Concedente: La Administración Pública que lleva a cabo un proceso contractual y celebra un contrato. En el caso de la Contratación Pública de Concesiones, se denominará Administración Concedente o Concedente.
Estado: Estado Dominicano.
Especificaciones Técnicas: Documento preparado por la Entidad Contratante donde se especifica los requerimientos, y condiciones técnicas a ser cumplidas para alcanzar los objetivos con la calidad exigida de los bienes a adquirir o de las obras a ejecutarse.
Fuerza Mayor: Cualquier evento o situación que escapen al control de la Entidad Concedente, imprevisible e inevitable, y sin que esté envuelta su negligencia o falta, como son, a manera enunciativa pero no limitativa, actos de autoridades gubernamentales o militares, regulaciones o requerimientos gubernamentales, epidemias, guerras, actos de terroristas, huelgas, fuegos, explosiones, temblores de tierra, accidentes, catástrofes, inundaciones y otras perturbaciones ambientales mayores, condiciones severas e inusuales del tiempo o actos u omisiones de terceras personas que escapen del control de las partes.
Interesado: Cualquier persona natural o jurídica que tiene interés de presentar ofertas en el procedimiento de Licitación.
Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen Ofertas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales.
Licitación Restringida: Es la invitación a participar a un número limitado de proveedores que puedan atender el requerimiento, debido a la especialidad de los bienes a adquirirse, de las obras a ejecutarse o de los servicios a prestarse, en razón por la cual sólo puede obtenerse un número limitado de participantes.
Oferente: Persona natural o jurídica, legalmente capacitada para participar presentando Oferta en la presente licitación.
Oferta Técnica: Documento presentado por el Oferente en el que se detallan sus Ofertas acorde con las Especificaciones Técnicas de los bienes u obras, señalados por la Entidad Contratante, además de los elementos de solvencia, idoneidad y capacidad.
Oferta Económica: Documento en el que se adjuntan las condiciones de carácter técnico– económico que permitan evaluar si se cumplen las condiciones exigidas en el pliego de condiciones y cuál oferta es la más conveniente a los intereses institucionales y nacionales.
Pliego Estándar de Condiciones: Documento donde se establecen las condiciones por las que habrán de regirse los proveedores en la presente Licitación.
Representante Legal: Persona física o natural acreditada como tal por el Oferente.
Sobre: Paquete que contiene las credenciales del Oferente y las Ofertas Técnicas o Económicas.
Unidad de Compras: Término utilizado para referirse a los Departamentos de Compras de bienes, servicios u obras de cada institución.
5. Secciones xxx Xxxxxx Estándar
B. Secciones y Disponibilidad xxx Xxxxxx, Consultas y Enmiendas.
5.1 El Pliego Estándar de Condiciones está compuesto por las Partes 1, 2, y 3 incluidas sus respectivas secciones que a continuación se indican y deben ser leídas en conjunto con cualquier enmienda emitida en virtud de la Cláusula 8 de las IAO.
PARTE 1 – Procedimientos de Licitación
• Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)
• Sección II. Datos de la Licitación (DDL)
• Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación
• Sección IV. Formularios de la Oferta
PARTE 2 – Descripción de los Bienes Sección V. Lista de Requisitos
PARTE 3 – Contrato
• Sección VI. Condiciones Generales del Contrato (CGC)
• Sección VII. Formularios del Contrato
5.2 El Ayuntamiento del Distrito Nacional no se responsabiliza por la integridad de los Pliegos de Condiciones y sus enmiendas, de no haber sido obtenidos directamente de ésta o descargados de los portales Web correspondientes.
5.3 Es responsabilidad del Oferente examinar todas las instrucciones, formularios, términos y especificaciones de los Pliegos de condiciones. Si el Oferente omite suministrar
6. Disponibilidad y Adquisición de Pliegos
alguna parte de la información requerida en los Pliegos de Condiciones o presenta una información que no se ajuste sustancialmente en todos sus aspectos a estos Pliegos, el riesgo estará a su cargo y el resultado será el RECHAZO de su Oferta.
6.1 Los Pliegos de Condiciones estarán disponibles en la página Web de El Ayuntamiento del Distrito Nacional xxx.xxx.xxx.xx, y en la dirección física de la misma, detalladas en la sección II de los DDL, en el horario estipulado para ello, y en el portal de la Dirección General de Contrataciones Públicas, xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx hasta la fecha indicada en el Cronograma de Licitación, detallado igual, en la sección II de los DDL.
7. Consultas al Pliego de Condiciones
7.1 De conformidad con el Art. 69 del Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07 sobre Compras y Contrataciones, los interesados podrán solicitar en el Ayuntamiento del Distrito Nacional aclaraciones acerca xxx xxxxxx de bases y condiciones especificas, hasta la fecha que coincida con el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del plazo para la presentación de las Propuestas. La dirección de consulta se especifica en la sección II de los DDL, del presente documento.
7.2 Sólo los adquirientes de los Pliegos de Condiciones podrán efectuar Consultas en el Ayuntamiento del Distrito Nacional, conforme al siguiente procedimiento:
a) Las Consultas se formularán por escrito por los Oferentes o a través de uno de sus representantes dentro del plazo previsto en el numeral 3 del Cronograma de Licitación, detallado en la sección II de los DDL. No serán contestadas aquellas que se presenten fuera de la fecha de Consulta.
b) Al responder la Consulta, El Ayuntamiento del Distrito Nacional transcribirá la misma sin identificar al Oferente que la realizó. La respuesta será emitida y dada a conocer a TODOS los Oferentes, mediante Enmiendas o Circulares, según corresponda.
7.3 Para dar respuesta a tales consultas o bien de oficio la entidad contratante deberá emitir circulares aclaratorias o modificatorias. Dichas circulares deberán ser emitidas no más allá de la fecha que signifique el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del plazo previsto para la presentación de las Ofertas y deberán ser notificadas a todos los oferentes que hayan adquirido pliegos y publicadas en los mismos medios en que se hubiere difundido el pliego original, de conformidad al Art. 70 del Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07 sobre Compras y Contrataciones.
8. Enmienda al Pliegos de Condiciones
8.1. De considerarlo necesario, por iniciativa propia o como consecuencia de una Consulta, El Ayuntamiento del Distrito Nacional podrá modificar, mediante Enmienda, los Pliegos de Condiciones Específicas, formularios, anexos u otras Enmiendas. Las Enmiendas se hacen de conocimiento de todos los Oferentes y se deben dar a publicidad a través de la página Web del Ayuntamiento del Distrito Nacional, xxx.xxx.xxx.xx y en el portal de Compras de la Dirección General de Contrataciones Públicas xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
8.2. Se entiende por circulares modificatorias para efecto de la ley y este reglamento, aquellas que no cambien el objetivo de la licitación ni constituyan una variación sustancial en la concepción original de ésta, según lo estipulado en el párrafo I del Art. 70 del Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07 sobre Compras y Contrataciones.
8.3. Cuando se produzcan modificaciones importantes en los pliegos de condiciones, que alteren el objeto de la licitación, se ampliará el plazo para recibir Ofertas, hasta en una cantidad de días igual a la originalmente prevista, de conformidad con el párrafo II del Art. 70 del Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07 sobre Compras y Contrataciones.
8.4. Una vez culminado el período de Consulta, El Ayuntamiento del Distrito Nacional no podrá modificar o ampliar, por ningún motivo los Pliegos de Condiciones, salvo que se detenga el proceso y se lo reinicie, respetando y
repitiendo todos los procedimientos administrativos desde el punto que corresponda, de conformidad con el párrafo III del Art. 70 del Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07 sobre Compras y Contrataciones.
9. Costo de la Oferta
8.5. Tanto las Enmiendas como las Circulares modificatorias emitidas por El ayuntamiento del Distrito Nacional pasarán a constituir parte de los Pliegos de Condiciones, y, en consecuencia, serán de cumplimiento obligatorio para todos los Oferentes.
C. Preparación de las Ofertas
9.1 El Oferente financiará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, y El Ayuntamiento del Distrito Nacional no estará sujeto ni será responsable en ningún caso por dichos costos, independientemente de la modalidad o del resultado del proceso de Licitación.
10. Idioma de la Oferta
10.1 El idioma oficial de las Licitaciones es el español, por tanto, toda la correspondencia y documentos relativos a ella que intercambien el Oferente y El Ayuntamiento del Distrito Nacional deberán ser presentados en este idioma o, de encontrarse en idioma distinto, deberán contar con la traducción al español realizada por un intérprete judicial debidamente autorizado.
11.Documentos que componen la oferta
11.1 La Oferta estará compuesta por los siguientes documentos:
(a) Formulario de Presentación de la Oferta, debidamente completado y firmado (documento original), de conformidad con la cláusula 12 de las IAO;
(b) Formulario de Oferta Económica, debidamente completado y firmado (documento original) de conformidad con la cláusula 12 de las IAO;
(c) Garantía de Seriedad de Oferta (documento original) de conformidad con la cláusula 19 de las IAO;
(d) Documentación a presentar, de conformidad con la cláusula 22 de las IAO;
12. Formulario de Presentación de Oferta y
12.1 El Oferente presentará el Formulario de Presentación de Oferta utilizando el formulario suministrado en la Sección IV, Formularios de la Oferta. Este formulario deberá ser
Presentación de Oferta Económica
13. Visita al Lugar del Terreno
debidamente llenado sin alterar su forma y no se aceptarán sustitutos, bajo pena de nulidad del mismo. Todos los espacios en blanco deberán ser llenados con la información solicitada.
12.2 El Oferente presentará el Formulario de Presentación de Oferta Económica de los Bienes y/o Servicios Conexos, con indicación de precios unitarios y totales, utilizando el formulario suministrado en la Sección IV, Formularios de la Oferta.
13.1 Los Proponentes deberán realizar una visita de inspección al lugar de emplazamiento y sus alrededores, de manera que
obtengan por sí mismos y bajo su responsabilidad y riesgo, toda la información que pueda ser necesaria para preparar sus Ofertas. De no hacerlo, no podrán alegar desconocimiento de las características de dicho emplazamiento y serán a su cargo las consecuencias económicas o de otro tipo que de ello pudieran derivarse.
13.2 El costo de esta visita será de exclusiva cuenta de los Oferentes. Asimismo, los Oferentes que lo consideren necesario, podrán efectuar reconocimientos, cateos, auscultaciones y ensayos de los materiales y/o suelos existentes en la zona de trabajo a su costo, debiendo dejar los mismos en idénticas condiciones a las que se encontraban previamente a la ejecución de tales trabajos. La Entidad Concedente suministrará, cuando sea necesario, los permisos pertinentes para efectuar estos trabajos. Se indicará en el pliego de condiciones cuándo se harán las visitas al lugar de la Concesión, indicando la fecha en que los oferentes podrán realizar dicha visita, en el Cronograma de Licitación.
14. Costo de la Oferta
14.1 El oferente financiará todos los costos de remodelación, adecuación o remozamiento del gazebo a concesionar, dichas adecuaciones no deben bajo ningún concepto afectar o cambiar las condiciones estructurales actuales del referido gazebo. Para ello someterán su propuesta al Ayuntamiento del Distrito Nacional.
14.2 Los precios de arrendamiento mensual cotizados por el Oferente en el Formulario de Presentación de la Oferta y en el Formulario de Presentación de Oferta Económica deberán ajustarse a los requerimientos que se indican a continuación. Asimismo, los Oferentes deberán contemplar el incremento bianual del monto mensual del alquiler en un veinte (20%).
14.3 Cada lote estará debidamente identificado y deberá cotizarse por separado en el Formulario de Oferta Económica.
14.4 El desglose de los componentes de los precios se requiere con el único propósito de facilitar a El Ayuntamiento del Distrito Nacional la comparación de las ofertas.
15. Moneda de la Oferta
15.1 El precio en la Oferta deberá estar expresado en moneda nacional, (Pesos Dominicanos, RD$), a excepción de los contratos de suministros desde el exterior, en los que podrá expresarse en la moneda del país de origen de los mismos, conforme al Art. 77 del Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07 sobre Compras y Contrataciones.
15.2 Los pagos se realizarán calculados a la tasa de cambio oficial vigente al momento de la tramitación del pago por parte de El Ayuntamiento del Distrito Nacional, publicada por el Banco de Reservas de la República Dominicana.
16. Documentos que establecen la conformidad de la oferta
16.1 Con el fin de establecer la conformidad de las ofertas, los Oferentes deberán proporcionar evidencia documentada acreditando sus ofertas cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Lista de Requerimientos.
16.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de la ejecución comercial a desempeñar en dicho gazebo. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos del bien a concesionar.
17. Documentos que establecen las Calificaciones del Oferente
17.1 Con el fin de determinar sus calificaciones para ejecutar el contrato en caso de resultar adjudicado, los Oferentes deberán proporcionar evidencia documentada como parte de la Oferta, acreditando que cumplen con los requisitos de calificación especificados en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación. La evidencia documentada de las calificaciones del Oferente para ejecutar el contrato si su oferta es aceptada, deberá establecer a completa satisfacción de El Ayuntamiento del Distrito Nacional:
(a) Que, si se requiere en la Sección II (DDL), el oferente que no fabrique o produzca los bienes a ser suministrados, deberá presentar una Autorización del Fabricante mediante el formulario incluido en la Sección IV, Formularios de la Oferta.
(b) Que el Oferente cumple con cada uno de los criterios de calificación estipulados en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación.
18. Período de Validez de las Ofertas
18.1 Las ofertas deberán permanecer válidas por el período determinado en la Sección II de los DDL, contado a partir de la fecha límite para la presentación de ofertas establecida por El Ayuntamiento del Distrito Nacional. Toda oferta con un período de validez menor será rechazada por El Ayuntamiento del Distrito Nacional por incumplimiento.
18.2 El Ayuntamiento del Distrito Nacional, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes una prórroga, antes de su vencimiento, del período de validez de sus ofertas, con indicación del plazo. Los Oferentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus ofertas, por lo cual El Ayuntamiento del Distrito Nacional procederá a efectuar la devolución de la garantía de seriedad de oferta ya constituida. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas, y deberán ampliar el plazo de la garantía de seriedad de oferta oportunamente constituida.
19. Garantía de Seriedad de Oferta
19.1 La garantía de seriedad de oferta deberá estar incluida dentro del sobre contentivo de la Oferta Económica, al momento de presentarse las Ofertas.
19.2 El Oferente deberá incluir como parte de su Oferta, una
garantía de seriedad de oferta por un monto en Pesos Dominicanos $RD, que no deberá ser inferior al CINCO por ciento (5%), del monto total de la Oferta, de acuerdo al Art. 108 (a) del Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07.
19.3 La Garantía de Seriedad de Oferta podrá consistir, según indique El Ayuntamiento de Distrito Nacional, en la sección II de los DDL, en alguno de los siguientes tipos:
a) Garantía Bancaria.
b) Póliza de Seguros.
19.4 La garantía deberá ser presentada en original; no se aceptarán copias;
19.5 Deberá permanecer válida durante un plazo que no podrá ser inferior al periodo de validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde;
19.6 La omisión en la presentación de la Garantía de seriedad de oferta o cuando la misma fuere insuficiente, significará la DESESTIMACIÓN de la oferta sin más trámite.
19.7 Serán devueltas de oficio las garantías de Seriedad de oferta, a los oferentes que no resulten adjudicatarios, dentro de los DIEZ (10) días hábiles de presentada la garantía de fiel cumplimiento del contrato o, en su caso, de ejecutado el contrato por el adjudicatario. A los adjudicatarios, una vez integrada la de cumplimiento del contrato o, en su caso, de ejecutado el mismo, conforme a lo estipulado en el inciso I del Art. 114 del Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07 sobre Compras y Contrataciones.
19.8 La Garantía de seriedad de oferta será ejecutada por El Ayuntamiento del Distrito Nacional:
a) Si un Oferente retira su oferta durante el período de validez de ofertas indicado por dicho Oferente en la Presentación de Oferta;
b) Si no acepta la corrección del precio de su oferta, de conformidad con la Sub‐Cláusula 35.3 de esta Sección I (IAO);
c) Si el adjudicatario no procede, por causa imputable al mismo a:
i. Firmar el Contrato, de conformidad con la Cláusula 41 de esta Sección (IAO);
ii. Suministrar la garantía de fiel cumplimiento de contrato, de conformidad con la Cláusula 42 de esta Sección I (IAO).
d) Cuando se comprobare que las declaraciones juradas presentadas por el oferente adjudicado con su oferta sean falsas.
e) Si el adjudicatario no presentare las legalizaciones correspondientes para la firma del contrato, cuando éstas sean requeridas.
20. Formato y firma de la Oferta
21. Presentación de Sobres
20.1 El Oferente deberá preparar un original de los documentos que constituyen su oferta, conforme a la Cláusula 11 de esta Sección I (IAO), y marcar claramente en dicho ejemplar la palabra “ORIGINAL”. Adicionalmente, el Oferente deberá presentar tantas fotocopias simples como indique El Ayuntamiento del Distrito Nacional en la sección II de los DDL, y marcar cada una claramente con la palabra “COPIA”. En caso de cualquier discrepancia entre el original y las copias, prevalecerá el original.
20.2 El original y todas las copias de la oferta deberán ser mecanografiados o escritos con tinta indeleble. El nombre y cargo de los que firmen la Oferta deberán ser mecanografiados, sellados o impresos al pie de la respectiva firma. Todas las páginas del original de la oferta, excepto las que contengan folletos o catálogos que no hayan sido modificados, deberán estar firmadas y foliadas por el oferente.
D. Presentación de Documentos
21.1 La presentación de los documentos contenidos en el “Sobre A” y “Sobre B” se efectuará ante la Dirección de Compras del Ayuntamiento del Distrito Nacional, en la fecha, hora y lugar establecidos, en la sección II de los DDL del presente documento. En caso de que el procedimiento sea de etapas múltiples, la recepción de Sobres, tanto “Sobre A” como “Sobre B”, se realizará el mismo día, lo que se indicará en el Cronograma de Licitación presentado en la sección II de los DDL, y se realizará el acto de apertura del “Sobre A” y, en otro día,
se llevará a cabo el acto de apertura del “Sobre B”, fechas especificadas de igual forma en el Cronograma de Licitación presentado en la sección II de los DDL. Si por el contrario, el procedimiento es de etapa única, el acto de apertura de ambos sobres se realizará un mismo día, readaptando el Cronograma de Licitación presentado en la sección II de los DDL a procedimiento de etapa única.
21.2 El Oferente presentará la oferta en sobres cerrados y debidamente identificados como “Sobre A” y “Sobre B”. En la Oferta los documentos deberán estar claramente identificados con los términos “ORIGINAL” o “COPIA”, según corresponda.
21.3 El “Sobre A” deberá contener en su cubierta lo siguiente:
a) Indicar el nombre y dirección del Oferente;
b) Estar dirigidos a El Ayuntamiento del Distrito Nacional;
c) Indicar la identificación específica del procedimiento mencionada en la Sección II (DDL); y
d) Contener la advertencia de que los sobres no deberán ser abiertos antes de la hora y fecha de apertura de las ofertas, presentada Cronograma de Licitación mostrado en la Sección II (DDL).
El formato para la presentación de esta información se detalla en la sección II de los DDL.
21.4 El Ayuntamiento del Distrito Nacional no recibirá sobres que no estuviesen debidamente cerrados e identificados según lo dispuesto anteriormente.
21.5 El Ayuntamiento del Distrito Nacional podrá a su discreción, extender el plazo para la presentación de ofertas mediante una adenda a los Pliegos de Condiciones, de conformidad con la Cláusula 8 de esta Sección I, IAO. En este caso todos los derechos y obligaciones del Ayuntamiento del Distrito Nacional y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las ofertas quedarán sujetos a la nueva fecha prorrogada.
22.Documentación a presentar
22.1 Los Oferentes deberán presentar en el “Sobre A”, conjuntamente con lo establecido en la sección III Criterios de Evaluación y Calificación, los siguiente documentos:
“Sobre A”
a) Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en la cual se manifieste que el Oferente está al día con sus obligaciones fiscales.
b) Certificación de pago de la Seguridad Social de la empresa (TSS).
c) Constancia de inscripción en el Registro de Proveedores del Estado (RPE).
d) Otros Documentos detallados en la sección II de los DDL.
23. Presentación de la Documentación Contenida en el “Sobre B”
23.1 El “Sobre B” deberá contener en su cubierta lo siguiente:
a) Indicar el nombre y dirección del Oferente;
b) Estar dirigidos a El Ayuntamiento del Distrito Nacional;
c) Indicar la identificación específica del procedimiento mencionada en la Sección II (DDL); y
d) Contener la advertencia de que los sobres no deberán ser abiertos antes de la hora y fecha de apertura de las ofertas, presentada en el numeral 5 del Cronograma de Licitación mostrado en la Sección II (DDL).
El formato para la presentación de esta información se detalla en la sección II de los DDL.
23.2 El Ayuntamiento del Distrito Nacional no recibirá sobres que no estuviesen debidamente cerrados e identificados según lo dispuesto anteriormente.
24. Ofertas tardías 24.1 El Ayuntamiento del Distrito Nacional no considerará
ninguna oferta que llegue con posterioridad al plazo límite para la presentación de ofertas. Toda oferta que reciba El Ayuntamiento del Distrito Nacional después del plazo límite para la presentación de las ofertas será declarada tardía y será rechazada y devuelta al Oferente remitente sin abrir.
25. Retiro de las Ofertas
25.1 Conforme al Art. 23 párrafo II de la Ley No. 340‐06 con modificaciones xx Xxx No. 449‐06 sobre Xxxxxxx y Contrataciones, toda oferta podrá ser retirada antes y hasta el momento señalado para su apertura, siempre que el Oferente lo solicite personalmente o por escrito.
25.2 Las ofertas cuyo retiro hubiese sido solicitado, serán devueltas a los Oferentes sin abrir, y deberán ser
debidamente marcadas como “RETIRO”.
25.3 Ninguna oferta podrá ser retirada durante el intervalo comprendido entre la hora de apertura de ofertas y la fecha de vencimiento del período de validez de la oferta.
26. Procedimiento Apertura de “Sobre A”
26.1 El Ayuntamiento del Distrito Nacional llevará a cabo el Acto de Apertura del “Sobre A” en público en presencia xxx Xxxxxxx Público actuante en la dirección, fecha y hora establecidas en la Sección II, DDL.
27. Apertura de “Sobre A”, contentivos de Credenciales y Ofertas Técnicas.
a) Una vez pasada la hora establecida para la recepción de los “Sobres A” de los Oferentes, no se aceptarán la presentación de nuevas Ofertas, aunque el acto de apertura no se inicie a la hora señalada.
b) El Notario actuante procederá a la apertura de los “Sobres A”, según el orden de llegada, procediendo a verificar que la documentación contenida en los mismos esté correcta. El Notario actuante, deberá rubricar y sellar cada una de las páginas de los documentos contenidos en los Sobres, haciendo constar en el mismo la cantidad de páginas existentes.
c) Una vez que todos los Sobres hayan sido abiertos y verificado su contenido, el Notario Público actuante invitará a los Representantes Legales o Agentes Autorizados de los Oferentes a hacer conocer sus observaciones.
d) El Notario Público actuante elaborará el acta notarial correspondiente, incluyendo las observaciones realizadas en el desarrollo del acto de apertura de los Sobres, si las hubiere.
e) Xxxxx presida el acto dará por concluido.
28. Validación y Verificación de Documentos “Sobre A”
28.1 El Ayuntamiento del Distrito Nacional debidamente asistida de la Comisión Evaluadora procederá a la validación y verificación de los documentos contenidos en el referido “Sobre A”. Ante cualquier duda sobre la información presentada, dicha Comisión podrá comprobar, por los medios que considere adecuados, la veracidad de la información recibida.
28.2 Antes de proceder a la evaluación detallada del “Sobre A”, la Comisión Evaluadora determinará si cada oferta se ajusta sustancialmente al presente Pliego de Condiciones; o si existen desviaciones, reservas, omisiones o errores de naturaleza subsanables de conformidad a lo establecido en Subcláusula 34.2 del presente documento.
28.3 En los casos en que se presenten desviaciones, reservas, omisiones o errores subsanables, El Ayuntamiento del Distrito Nacional procederá a notificarlas a el(los) Oferente(s) y solicitarle(s) que procedan a efectuar las subsanaciones correspondientes. El plazo para la subsanación de errores será determinado a discreción de El Ayuntamiento del Distrito Nacional, contado a partir de la notificación y será indicado en el Cronograma de Licitación presentado en la Sección II de los DDL. Transcurrido el plazo precedentemente señalado sin que se hayan realizado las subsanaciones, se procederá a desestimar la(s) Oferta(s).
29. Procedimiento Apertura de “Sobre B”
29.1 El Ayuntamiento del Distrito Nacional llevará a cabo el Acto de Apertura del “Sobre B” en público en presencia xxx Xxxxxxx Público actuante en la dirección, fecha y hora establecidas en la Sección II, DDL.
a) Sólo se abrirán los “Sobre B”, contentivos de las Ofertas Económicas, de los Oferentes que hayan cumplido con todos los requerimientos en la primera fase de la licitación.
30. Apertura de “Sobre B”, contentivos de Ofertas Económicas
a) La Entidad Concedente dará apertura al acto de recepción de las Ofertas Económicas, conforme a la hora y en el lugar asignado, como se indica en las IAO 34.1.
b) Las Ofertas Económicas deberán ser presentadas única y exclusivamente en el formulario de Oferta Económica, especificado en la sección IV, Formularios de la Oferta. Será inválida toda oferta bajo otra presentación.
c) Acto seguido, el o los Notarios actuantes procederán a la recepción de las Ofertas Económicas “Sobre B”, conforme al orden de llegada, durante el horario establecido en el Cronograma de licitación.
d) A la hora fijada en acto público y en presencia de todos los interesados el Notario Público actuante procederá a la lectura de las Ofertas, certificando su contenido, haciendo Público los precios ofertados por cada Oferente, rubricando y sellando cada página contenida en el “Sobre B”.
e) Finalizada la lectura de las Ofertas, el Notario Público actuante procederá a invitar a los Representantes Legales o Agentes Autorizados de los Oferentes a hacer conocer sus observaciones; en caso de conformidad, se procederá a la clausura del acto.
f) En caso de discrepancia entre la Oferta presentada en el formulario correspondiente, debidamente recepcionado por el Notario Público actuante y la lectura de la misma, prevalecerá el documento escrito.
g) El Notario Público actuante elaborará el acta notarial correspondiente, incluyendo las observaciones realizadas al desarrollo del acto de apertura de los mismos. Dicho acto deberá contener el precio de todas las Ofertas presentadas.
h) Las actas notariales deberán estar acompañadas de una fotocopia de todas las Ofertas presentadas. Dicha acta notarial estará disponible para los Representantes Legales o Agentes Autorizados de los Oferentes, quienes para obtenerla deberán hacer llegar su solicitud escrita al Ayuntamiento del Distrito Nacional.
E. Evaluación y Comparación de las Ofertas
31. Evaluación Oferta Económica
31.1 La comisión Evaluadora evaluará y comparará únicamente las Ofertas que se ajusten sustancialmente a los Pliegos de Condiciones y sea calificada como la más conveniente a los intereses de El Ayuntamiento del Distrito Nacional conforme al mejor precio ofertado.
32. Confidenciali‐ dad
32.1 Una vez entregadas las ofertas abiertas a la Comisión Evaluadora, se dará inicio al proceso confidencial de evaluación. No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la Licitación, información relacionada con la
revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se haya sido dictado el informe final de recomendación de la adjudicación.
32.2 Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar en El Ayuntamiento del Distrito Nacional en la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta.
32.3 No obstante lo dispuesto en la Subcláusula precedente, si durante el plazo transcurrido entre el Acto de Apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con El Ayuntamiento del Distrito Nacional sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la Licitación, deberá hacerlo por escrito.
33. Aclaración de las Ofertas
33.1 Para facilitar el proceso de revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, El Ayuntamiento del Distrito Nacional podrá solicitar a cualquier Oferente aclaraciones sobre su Oferta, como se explica en el Art. 85 del Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07sobre Compras y Contrataciones.
33.2 No se considerarán aclaraciones a una oferta presentadas por Oferentes cuando no sean en respuesta a una solicitud del Ayuntamiento del Distrito Nacional. La solicitud de aclaración por El ayuntamiento del Distrito Nacional y la respuesta deberán ser hechas por escrito.
33.3 No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los precios o a la esencia de la oferta, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por
El Ayuntamiento del Distrito Nacional en la evaluación de las ofertas, de conformidad con la Cláusula 35 de esta Sección I, IAO.
34. Cumplimiento de las Condiciones de la
34.1 La determinación por parte del Ayuntamiento del Distrito Nacional de si una oferta se ajusta a los Pliegos de Condiciones, se basará solamente en el contenido de la propia oferta.
Licitación
34.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Pliegos de Condiciones es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión de naturaleza subsanable es aquella que:
a) No afecta de manera significativa el alcance, la calidad o la ejecución de las compras o contrataciones de bienes, servicios u obras objeto de la Licitación;
b) No altere la sustancia de una Oferta para que se la mejore;
c) En discrepancia con el Pliego de Condiciones, no limitaría de manera significativa los derechos del Ayuntamiento del Distrito Nacional o las obligaciones de los Oferentes que emanarían del Contrato, o;
d) De rectificarse, no afectaría injustamente la posición competitiva de otro Oferente, que habiendo presentado Ofertas, sí se ajustan a los documentos correspondientes.
34.3 Toda oferta que no se ajuste sustancialmente a los Pliegos de Condiciones será rechazada por El Ayuntamiento del Distrito Nacional. No se admitirán correcciones posteriores que permitan que cualquier Oferta, que inicialmente no se ajustaba a dichos Pliegos, posteriormente se ajuste a los mismos.
35. Diferencias,
errores y omisiones
35.1 Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, El Ayuntamiento del Distrito Nacional podrá dispensar cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa.
35.2 Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, y a efectos de rectificar disconformidades u omisiones subsanables, El Ayuntamiento del Distrito Nacional podrá requerir que el Oferente presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable. Las omisiones no deberán referirse a ningún aspecto del precio de la oferta. Si el Oferente no presenta lo solicitado, su oferta podrá ser rechazada.
35.3 Siempre y cuando la oferta se ajuste sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, El Ayuntamiento del Distrito
Nacional corregirá errores aritméticos de la siguiente manera:
a) Si existiere una discrepancia entre una cantidad parcial y la cantidad total obtenida multiplicando las cantidades parciales, prevalecerá la cantidad parcial y el total será corregido.
b) Si la discrepancia resulta de un error de suma o resta, se procederá de igual manera; esto es, prevaleciendo las cantidades parciales y corrigiendo los totales.
c) Si existiere una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras.
35.4 El Ayuntamiento del Distrito Nacional ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes expresado para la corrección de errores.
36. Proceso de Evaluación
36.1 Para la evaluación de las Ofertas y la selección del adjudicatario se considerará la calidad de la Oferta Técnica y el costo de la Oferta Económica.
a) Criterios Técnicos.
Las Ofertas deberán cumplir con las condiciones y requerimientos técnicos estipulados en las Especificaciones técnicas de productos contenidas en el presente documento. La verificación de este criterio se efectuará por la modalidad “cumple/no cumple” o por el criterio de evaluación implementado por El Ayuntamiento del Distrito Nacional.
b) Criterios Económicos.
Los precios de las Ofertas que cumplan satisfactoriamente con los criterios de calificación y con los criterios técnicos, serán comparados una vez verificados y corregidos aritméticamente de acuerdo a lo establecido en la Ley No. 340‐06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y su Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07 en el caso de que haya discrepancias entre los precios unitarios y la suma global, si fuese procedente. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio.
37. Informe de Evaluación
37.1 Conforme lo estipulado en el Art. 82 Párrafo del Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07 sobre Compras y Contrataciones, la Comisión Evaluadora deberá preparar el informe con las recomendaciones de adjudicación, el que deberá contener todos los justificativos de su actuación. Esta actuación deberá ser debidamente motivada y expresada por medio escrito o digital, extraído del acta que recoja sus actuaciones.
37.2 El informe con las recomendaciones de adjudicación deberá emitirse dentro del término xx XXXX (10) días hábiles contados a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de recepción de las actuaciones. Cuando la complejidad de las cuestiones a considerar impidiere el cumplimiento de su cometido dentro del plazo fijado, la Comisión Evaluadora podrá requerir, por única vez, una prórroga a la autoridad competente para adjudicar, quien deberá expedirse mediante un acto simple. La prórroga que se otorgue no podrá exceder de un lapso igual al fijado en este artículo. El pedido deberá formularse por escrito y fundarse debidamente, según lo estipulado en el Art. 84 del Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07 sobre Compras y Contrataciones.
38. Derecho
Entidad Concedente a declarar desierta o cancelar Proceso de Licitación
38.1 La no precalificación de un Oferente, la decisión de modificar los Pliegos de Condiciones, de cancelar, suspender o declarar desierta o nula la Licitación, no conllevará responsabilidad alguna para El Ayuntamiento del Distrito Nacional, ni dará lugar a reclamo alguno por parte de los Oferentes ni implicará ninguna responsabilidad para el Estado, la Comisión Evaluadora, sus asesores o cualquier entidad, organismo o funcionario del Gobierno de la República Dominicana.
F. Adjudicación del Contrato
39. Criterios de Adjudicación
39.1 La Comisión Evaluadora evaluará las Ofertas dando cumplimiento a los principios de transparencia, objetividad, economía, celeridad y demás, que regulan la actividad contractual, y comunicará por escrito tanto al Oferente que resulte favorecido como a todos los demás
participantes en la fecha indicada en el Cronograma de Licitación que aparece en el presente Pliego de Condiciones en la sección II de los DDL, procediendo a publicarlo en el portal del Ayuntamiento del Distrito Nacional, xxx.xxx.xxx.xx, y en el portal de compras de la Dirección General de Contrataciones Públicas, xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
39.2 La Adjudicación será decidida a favor del Oferente cuya Oferta cumpla con los requisitos exigidos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y las demás condiciones que se establezcan en los Pliegos de Condiciones Específicas aplicable, conforme lo estipulado en el Art. 92 del Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07sobre Compras y Contrataciones.
39.3 Si se presentase una sola oferta, ella deberá ser considerada y procederá la adjudicación, si habiendo cumplido con lo exigido en los Pliegos de Condiciones fuere conveniente a los intereses de El Ayuntamiento del Distrito Nacional.
39.4 En caso de empate entre dos o más Oferentes, deberá procederse de acuerdo al siguiente procedimiento:
a) Se convocará a los oferentes cuyas ofertas hayan resultado empatadas a mejorar las mismas dentro de un plazo no mayor a los CINCO (5) días hábiles. Las ofertas deberán ser presentadas en sobre cerrado y los sobres deberán ser abiertos en acto público el día y a la hora indicados por El Ayuntamiento del Distrito Nacional. La evaluación de las nuevas ofertas se hará tomando en cuenta solamente los parámetros para los cuales se solicitó la mejora, no pudiendo por parte de los proveedores modificar ninguna otra condición establecida en la oferta original.
b) En caso de subsistir el empate luego de esta segunda instancia, se realizará un sorteo también en acto público entre las ofertas que continuaran empatadas.
39.5 La entidad concedente podrá declarar desierto el procedimiento, total o parcialmente, en los siguientes casos:
a) Por no haberse presentado Ofertas.
b) Por haberse rechazado, descalificado, o porque son inconvenientes para los intereses nacionales o institucionales todas las ofertas o la única presentada.
c) Por violación sustancial del procedimiento de licitación.
40. Notificación de Adjudicación del Contrato
40.1 Concluido el proceso de evaluación, El Ayuntamiento del Distrito Nacional dictará la Resolución definitiva de Adjudicación y la notificará a todos los Oferentes en la fecha indicada en el Cronograma de Licitación presentado en la Sección II de los DDL, procediendo a su publicación en el Portal de Compras de la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de los CINCO (5) días hábiles siguientes a la adjudicación.
40.2 En los casos en que los Oferentes en una Licitación no estén conformes con la resolución de adjudicación, tendrán derecho a recurrir dicha adjudicación. El recurso contra el acto de adjudicación seguirá, conforme lo estipulado en el Art. 67 de la Ley No. 340‐06 con modificaciones Ley No. 449‐06 sobre Compras y Contrataciones, los siguientes pasos:
a) El recurrente presentará la impugnación ante el mismo organismo que otorgó el acto administrativo, dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la notificación de la adjudicación realizada mediante:
➢ Correo certificado firmado por los Representantes Legales o Agentes Autorizados de los Oferentes.
➢ Correo electrónico declarado como oficial del Oferentes.
El organismo pondrá a disposición del recurrente los documentos relevantes correspondientes a la licitación en cuestión, con la excepción de aquellas informaciones declaradas como confidenciales por otros Oferentes o adjudicatarios, salvo que medie su consentimiento.
b) Cada una de las partes deberá acompañar sus escritos de los documentos que hará valer en apoyo de sus pretensiones. Todo organismo que conozca de un recurso deberá analizar toda la documentación depositada por todos los Licitantes o producida por El
Ayuntamiento del Distrito Nacional, en ocasión de la Licitación impugnada.
c) El Ayuntamiento del Distrito Nacional notificará la interposición del recurso al adjudicatario, dentro de un plazo de 48 horas.
d) La parte adjudicada estará obligada a contestar sobre el recurso dentro de TRES (3) días hábiles, a partir de la notificación del recurso, de lo contrario, quedará excluido de los debates.
e) El organismo contratante estará obligado a resolver el conflicto, mediante resolución motivada, en un plazo de QUINCE (15) días hábiles, a partir de la contestación del recurso o del vencimiento del plazo para hacerlo.
f) El organismo contratante podrá tomar medidas precautorias oportunas, mientras se encuentre pendiente la resolución de una impugnación.
g) La resolución que dicte el organismo de contratación dará por concluida la vía administrativa. Sin embargo, dicha resolución podrá ser impugnada ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, sin efecto suspensivo y dentro de los DIEZ (10) días hábiles siguientes a su comunicación.
41. Firma del Contrato
41.1 Toda adjudicación obligará al Ayuntamiento del Distrito Nacional y al adjudicatario a formalizar el contrato respectivo en un plazo máximo de VEINTE (20) días hábiles a partir de la notificación de adjudicación, de conformidad a lo estipulado en el Art. 102 Párrafo I del Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07.
41.2 Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo fijado en el Pliego de Condiciones, El Ayuntamiento del Distrito Nacional ejecutará a su favor la garantía y podrá demandar el pago por daños y perjuicios. En caso de que El Ayuntamiento del Distrito Nacional no suscriba el contrato dentro del plazo estipulado, el adjudicatario podrá demandar la devolución del valor equivalente a la
garantía de mantenimiento de oferta presentada y la indemnización por daños y perjuicios, de conformidad a lo estipulado en el Art. 102 del Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07.
41.3 Cuando el Oferente seleccionado suministre el Contrato firmado, y la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de conformidad con la Cláusula 42 de esta Sección I (IAO), El Ayuntamiento del Distrito Nacional informará inmediatamente a cada uno de los Oferentes no seleccionados y les devolverá su garantía de seriedad de oferta.
42. Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
42.1 Los adjudicatarios están obligados a constituir una garantía de fiel cumplimiento de contrato en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación de la adjudicación, por el importe xxx XXXX POR CIENTO (10%) del monto total del contrato a intervenir por el tiempo de duración de la concesión, a disposición de El Ayuntamiento del Distrito Nacional, cualquiera que haya sido el procedimiento y la forma de adjudicación del contrato. La misma es reembolsable una vez cumplido el mismo a satisfacción del Ayuntamiento del Distrito Nacional.
42.2 La Garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá consistir, según indique El Ayuntamiento del Distrito Nacional, en la sección II de los DDL, en alguno de los siguientes tipos:
a) Garantía Bancaria.
b) Póliza de Seguros.
42.3 Las garantías de fiel cumplimiento del contrato, serán devueltas de oficio, una vez cumplido el mismo a satisfacción del Ayuntamiento del Distrito Nacional, cuando no quede pendiente la aplicación de multa o penalidad alguna, conforme al Art. 114 del Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07 sobre Compras y Contrataciones.
43. Garantía de Buen uso del Anticipo
43.1 Los adjudicatarios están obligados a constituir una garantía de Buen uso del Anticipo, con anterioridad a la entrega del concepto de avance o anticipo por parte del Ayuntamiento del Distrito Nacional, equivalente a los montos que reciba el adjudicatario como adelanto.
43.2 El Ayuntamiento del Distrito Nacional indicará en la sección II de los DDL, del presente documento, si se deberá constituir o NO, la garantía de Buen uso del anticipo y, en caso de que sea procedente constituirla, de qué forma deberá presentarse dicha garantía.
44. Garantía Adicional
44.1 Los adjudicatarios están obligados a constituir una garantía complementaria del monto contratado expresado en Pesos Dominicanos y que no debe ser menor al porcentaje establecido por El Ayuntamiento del Distrito Nacional en la sección II de los DDL. Esta garantía podrá responder, entre otras, a garantía por vicios ocultos (garantía calidad de bienes), por los gastos originados al Ayuntamiento del Distrito Nacional por demora del Proveedor en el cumplimiento de sus obligaciones y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma, con motivo de la ejecución del contrato o en el supuesto de incumplimiento del mismo.
Sección II. Datos de la Licitación (DDL)
Cláusula en las IAO | A. Disposiciones Generales |
IAO 1.2 a | La Entidad Contratante es: AYUNTAMIENTO DEL DISTRITO NACIONAL |
IAO 1.2 b | Identificación del Procedimiento: ADN‐LPN‐001‐11 |
IAO 1.2 c | Objeto del Procedimiento: Concesionar Cuatro (4) Gazebos (en lotes individuales) por el plazo de Cinco (5) años, Ubicados en el Xxxxxxxxx xx xx Xx. 00 xx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxx. El objetivo de este proyecto es convertir el boulevard en una plaza de esparcimiento donde predomine el carácter artístico y cultural de la ciudad, como usos preferentes, en la evaluación técnica serán mejor valoradas las ofertas para establecimientos tales como tiendas de regalos, galerías de arte, ciber café, ect. Se evitará que una misma actividad o venta de producto se repita en varios gazebos para garantizar la diversidad de ofertas a los usuarios. Es importante que los interesados tengan de conocimiento que este proyecto contará con la administración rigurosa que este ADN mantiene en sus Parques y Plazas, es decir, seguridad, administración y mantenimiento de todo el lugar. En ningún caso se considerarán ofertas para establecimientos cuya actividad central sea el expendio de bebidas alcohólicas. |
IAO 1.2 d | Modalidad de la Contratación: Licitación Pública Nacional‐Etapa Múltiple. |
IAO 1.2 e | Los fondos para financiar el costo del contrato objeto de la presente concesión provienen de: La oferta presentada por el oferente que resulte adjudicatario en cada lote. |
B. Contenido de los Documentos de Licitación | |
IAO 6.1 | Disponibilidad y Adquisición de los Pliegos de Condiciones: DIRECCIÓN: Xxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxx Municipal, en la Dirección de Compras, primer piso, Centro de los Héroes. HORARIO: De lunes a Viernes en el horario de 8:00 AM a 4:00 PM |
Los numerales a que se hace referencia en la presente Sección, corresponden a la Sección I, de las Instrucciones a los Oferentes (IAO).
IAO 7.1 | Para Consultas, la dirección de la Entidad Concedente es: AYUNTAMIENTO DEL DISTRITO NACIONAL Atención: Xxxxx Xxxxxxxxx Referencia: ADN‐LPN‐001‐11 Dirección: Xxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 0xx. Xxxx en la Secretaría Técnica, Centro de Los Héroes. Teléfono: 809‐535‐1181 Ext. 3041 Fax: 809‐532‐0245 Dirección de correo electrónico: : xxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx La fecha límite para realizar consultas se especifica en el numeral 3 del Cronograma de Concesión detallado más adelante. |
C. Preparación de las Ofertas | |
IAO 13.1 | Visita al Lugar de la Concesión La visita al Xxxxxxxxx xx xx Xx. 00 xx Xxxxxxx se realizará el viernes 18 xx xxxxx, 2011 a las 09:00 a.m. para el conocimiento del lugar por parte de los interesados y las respuestas a preguntas que puedan surgir. Los interesados que no puedan asistir a dicha visita podrán hacerlo por cita previa los días laborables entre el lunes 21 y el viernes 25 xx xxxxx de 2011. |
IAO 17.1 (a)
Informe Técnico de los Gazebos a Concesionar:
Características Generales
Cantidad 4 Gazebos Dimensiones y área útil (7.15m x 6.92) = 49.48
Las 4 gazebos con las mismas dimensiones y estructuras (Simétricas)
Las gazebos tienen un área de 49.48 m2, están construidas en formas octogonales con techos de 8 aguas con una cúpula central y estructuras metálicas de base, y maderas de revestimiento en el techo. Con cristales corrugados fijos de colores ubicados en el borde de la cúpula. Consta con 8 columnas dobles metálicas redondeadas de 38 centímetro de Diámetro y 2.22 metros de alto con base de hormigón. Instalaciones de aire acondicionado interior, pisos con cerámicas 30x30, muro de 23.20m x1m perimetral de soporte de base de las ventanas en su exterior, el muro esta revestido de ladrillos 20x20 con un tope de marmolite (23.20x0.39) la cual funciona de soporte al ventanal en todo su alrededor (28 ventanas de cristal 1.43x0.61), una sola entrada con una puerta doble cada una mide 2.38m x 0.84m, en la entrada hay un piso de revestimiento de piedras decorativas de 1.40 x 2.83.
Consideraciones y Requerimientos
Las partidas restantes necesarias y la terminación requerida para el debido funcionamiento de los gazebos, correrá por cuenta del arrendatario, sin que las mismas afecten estructuralmente las condiciones actuales al momento de la firma de la concesión, por lo que sólo se permitirá cambios en la fachada, en la ambientación y en las instalaciones conforme al funcionamiento de la actividad a desempeñar, preferiblemente con materiales que puedan ser removidos en caso necesario, previa autorización del Ayuntamiento del Distrito Nacional. Se les permitirá al arrendatario, la colocación de un piso perimetral xx xxxxxx (tipo explanada), con un ancho máximo de tres (3.00 mts.) metros, para la colocación de mesas y sillas para los clientes del establecimiento. Al finalizar del arrendamiento, los concesionarios están en la obligación de entregar el inmueble en buenas condiciones. Las reformas efectuadas a los gazebos serán propiedad del Ayuntamiento del Distrito Nacional. Si el establecimiento requiere de un área de cocina, el arrendatario deberá construir una trampa de grasa, con su registro, y la colocación de las tuberías y piezas necesarias para llevar las aguas servidas hacia la alcantarilla existente más cercana, la cual se hará previa autorización del Ayuntamiento del Distrito Nacional. Cualquier sistema constructivo que se utilice deberá cumplir con la legislación y normativa vigente. Esto es, que particularmente cumpla con las exigencias señaladas en la ordenanza General de Urbanismo y Construcciones relativas a la estabilidad de las edificaciones.
Al adjudicatario se le entregarán los planos en digital (planta, elevación y sección) y las fotos necesarias para la debida documentación, además de la autorización para realizar las visitas de lugar.
IAO 18.1 | Plazo de validez de las Ofertas El período de validez de las ofertas debe ser mínimo sesenta (60) días calendario a partir de la fecha de Apertura de las Ofertas. |
IAO 19.3 | Se Considerará La Garantía de seriedad de oferta: Si, una Póliza de Fianza. |
IAO 20.1 | Conjuntamente con un (1) original de los documentos, el Oferente deberá presentar: Dos (2) fotocopia simple. |
D. Presentación y Apertura de Ofertas | |
IAO 21.1 | Presentación de Documentos contenidos “Sobre A” y “Sobre B” DIRECCIÓN: Xxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxx Municipal, en la Dirección de Compras primer piso, Centro de los Héroes. HORARIO: Desde las 08:00A.M. hasta las 12:00 M. FECHA: Viernes 01 xx xxxxx, 2011. |
IAO 21.3 | El Sobre deberá contener en su cubierta la siguiente identificación: Ayuntamiento del Distrito Nacional DIRECCIÓN: Xxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxx Municipal, en la Dirección de Compras, primer piso, Centro de los Héroes. PRESENTACIÓN: Credenciales y Oferta Técnica “Sobre A” REFERENCIA: ADN‐LPN‐001‐11 NOMBRE DEL OFERENTE: DIRECCIÓN DEL OFERENTE: NO ABRIR ANTES DE LAS 2:30 PM DEL DIA 01 XX XXXXX, 2011. |
IAO 22.1 (d) | Los Oferentes deberán presentar los siguientes documentos adicionales con su oferta. Para personas jurídicas: • Copia del Registro Nacional del Contribuyente (RNC) • Constancia de inscripción en el Registro de Proveedores del Estado (RPE). • Copia del Certificado de Registro Mercantil actualizado. • Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en la cual se manifieste que el Oferente está al día con sus obligaciones fiscales, con fecha de emisión correspondiente a no más de dos (02) meses antes de la fecha de apertura. • Certificación de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), con fecha de emisión correspondiente a no más de dos (02) meses antes de la fecha de apertura. |
• Constitución y/o Estatutos de la Empresa. • Lista de Presencia y Acta de la última Asamblea General Ordinaria Anual, por la cual se nombre el actual Consejo de Administración, debidamente registradas, certificadas como conforme a su original por el Secretario y el Presidente de la compañía y selladas con el sello social. • Acta de Delegación de Poderes, si procede. • Estados Financieros del último período fiscal, certificado por un Contador Público Autorizado. • Declaración Jurada del solicitante en la que manifieste que no se encuentra dentro de las prohibiciones establecidas en el Artículo 14 de la Ley 340‐06. Si tiene o no juicio con el Estado Dominicano o sus entidades del Gobierno Central, de las Instituciones Descentralizadas y Autónomas no financieras, y de las Instituciones Públicas de la Seguridad Social, o si está sometida a un proceso de quiebra. Para persona físicas: • Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de El Oferente • Constancia de inscripción en el Registro de Proveedores del Estado (RPE). • Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en la cual se manifieste que el Oferente está al día con sus obligaciones fiscales, con fecha de emisión correspondiente a no más de dos (02) meses antes de la fecha de apertura. • Certificación de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), con fecha de emisión correspondiente a no más de dos (02) meses antes de la fecha de apertura, si procede. • Declaración Jurada del solicitante en la que manifieste que no se encuentra dentro de las prohibiciones establecidas en el Artículo 14 de la Ley 340‐06 y donde declare si tiene o no juicio con el Estado Dominicano o sus entidades del Gobierno Central, de las Instituciones Descentralizadas y Autónomas no financieras, y de las Instituciones Públicas de la Seguridad Social. |
IAO 26.1 | La apertura del “Sobre A” tendrá lugar en el: Ayuntamiento del Distrito Nacional. DIRECCIÓN: Xxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxx Municipal, en el Salón Verde cuarto piso, Centro de los Héroes. FECHA: Viernes 01 xx Xxxxx, 2011. HORA: 2:30 PM |
IAO 29.1 | La apertura del “Sobre B” tendrá lugar en el: Ayuntamiento del Distrito Nacional. DIRECCIÓN: Xxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxx Municipal, en el Salón Verde cuarto piso, Centro de los Héroes. FECHA: Jueves 07 xx Xxxxx, 2011. HORA: 2:30 PM |
IAO 30.1 | F. Programa de Pagos El programa de pago deberá iniciar en la fecha que estipule el contrato, los mismos se realizarán mensualmente y según lo pactado en el mismo. |
E. Adjudicación del Contrato | |
IAO 42.2 | Se considerará garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato: Si, consistirá en el pago de tres (3) depósitos calculados sobre la base del monto ofertado mensualmente por concepto de la concesión. |
IAO 43.1 | Se considerará garantía adicional: Si, consistirá en una Póliza de Seguro del Inmueble objeto de la concesión con anterioridad al inicio de sus operaciones comerciales en el mismo, dicha garantía deberá tener una vigencia equivalente al plazo de duración de la concesión. |
IAO 43.2 | El adjudicatario deberá coordinar sus actividades con el: Ing. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx. |
G. Cronograma de Licitación
ACTIVIDAD | FECHAS |
1. Publicación llamado a participar en Licitación. | Viernes 11 y lunes 14 xx Xxxxx 2011, publicación en dos periódicos de circulación nacional, y en las páginas Web del ADN y DGCP. |
2. Fecha límite para entregar el Pliego de Condiciones Específicas. | Hasta el 23 xx Xxxxx 2011. |
3. Día para realizar la visita al lugar de la concesión. | Viernes 18 xx Xxxxx, 2011 a las 09:00 A.M. para los que no pudieran asistir dicho día, podrán solicitar la visita al lugar de la concesión en la Dirección de Compra. |
4. Período para realizar Consultas por parte de los adquirientes. | Desde el lunes 14 xx Xxxxx 2011, Hasta el miércoles 23 xx Xxxxx 2011. |
5. Plazo para que la Entidad Contratante emita respuesta mediante circulares o enmiendas. | Hasta el martes 29 xx Xxxxx, 2011. |
6. Presentación, Apertura y Validación de las Ofertas Técnicas “Sobre A” y Presentación Ofertas Económicas “Sobre B” | Presentación de Documentos: Sobres “A y B” el viernes 01 xx Xxxxx del 2011 desde las 08:00 AM. hasta las 12:00 M. El Acto de Apertura del Sobre” A” será realizado este mismo día a las 2:30 P.M. en el Salón Verde. |
7. Evaluación contenido de las Ofertas Técnicas “Sobre A”. | Viernes 01 xx Xxxxx, 2011. |
8. Notificación de errores u omisiones de naturaleza subsanables. | Lunes 04 xx Xxxxx, 2011. |
9. Período de ponderación de subsanaciones. | Hasta el miércoles 06 xx Xxxxx del 2011 a las 12:00 M. |
10. Notificación Oferentes habilitados para la apertura de las Ofertas Económicas “Sobre B”. | Miércoles 06 xx Xxxxx, 2011. |
11. Apertura y Validación de las Ofertas Económicas “Sobre B”. | Jueves 07 xx Xxxxx del 2011 a las 2:30 P.M. en el Salón Verde. |
12. Evaluación contenido de las Ofertas Económicas “Sobre B” | Viernes 08 xx Xxxxx, 2011. |
13. Adjudicación | Miércoles 13de Abril, 2011. |
14. Notificación y publicación de adjudicación | 5 días hábiles a partir de la expedición del acto administrativo de adjudicación. |
15. Plazo para la constitución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. | Dentro de los siguientes 5 días hábiles contados a partir de la notificación de adjudicación. |
16. Suscripción del contrato. | Dentro de 20 días hábiles a partir de la notificación de adjudicación. |
Sección III. Criterios de Evaluación y Requisitos de Calificación
Esta sección complementa las Instrucciones a los Oferentes (IAO). Contiene los criterios que El Ayuntamiento del Distrito Nacional utilizará para evaluar técnicamente una oferta y determinar si un Oferente cuenta con las calificaciones requeridas. Ningún otro factor, método o criterio se utilizará.
1. Criterios de Calificación Técnica (IAO 32.1 a)
Las Ofertas deberán contener la documentación necesaria, suficiente y fehaciente para demostrar los siguientes aspectos que serán verificados bajo la modalidad de: Cumple/ No Cumple.
Elegibilidad: Que el Oferente está legalmente autorizado para realizar sus actividades comerciales en el país o en su país de origen. Asimismo, se considerarán los registros sanitarios y licencias que avalen la actividad de los oferentes.
Situación Financiera: Que cuenta con la estabilidad financiera suficiente para ejecutar satisfactoriamente el eventual contrato. Se evaluarán los estados financieros auditados de los últimos dos años para determinar los índices financieros correspondientes.
Experiencia: Que cuenta con una experiencia mínima de tres (03) años en la entrega de bienes y servicios del rubro que comercializa, demostrada mediante los volúmenes y características reflejadas en el último año de actividad comercial.
Capacidad Técnica: Que sus ofertas cumplan con todas las características contempladas en las Especificaciones Técnicas.
PÁRRAFO: Si el Proveedor se constituye como una asociación en participación, consorcio o asociación, todas las partes que lo conformen deberán ser mancomunada y solidariamente responsables frente a El Ayuntamiento del Distrito Nacional, por el cumplimiento de las disposiciones del contrato. Dichas partes deberán, además, designar a una de ellas para que actúe como representante, con autoridad para comprometer a la asociación en participación, consorcio o asociación. La composición o constitución de la asociación en participación, consorcio o asociación no deberá modificarse sin el consentimiento escrito y previo del Ayuntamiento del Distrito Nacional.
Sección IV. Formularios de la Oferta
Formulario de Información sobre el Oferente
[El Oferente deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones siguientes. No se aceptará ninguna alteración a este formulario ni se aceptarán substitutos.]
Fecha: Identificación del Procedimiento:
1. Nombre o Razón Social del Oferente: [indicar el nombre jurídico del Oferente] |
2. Si se trata de una asociación temporal o Consorcio, nombre jurídico de cada miembro: [indicar el nombre jurídico de cada miembro del Consorcio] |
3. RNC del Oferente: |
4. RPE del Oferente: [indicar el numero del Registro de Proveedores del Estado] |
4. Domicilio legal del Oferente: |
5. Información del Representante autorizado del Oferente: Nombre: [indicar el nombre del representante autorizado] Dirección: [indicar la dirección del representante autorizado] Números de teléfono y fax: [indicar los números de teléfono y fax del representante autorizado] Dirección de correo electrónico: [indicar la dirección de correo electrónico del representante autorizado] |
Formulario de Oferta Técnica para el uso del Gazebo
[El Oferente completará este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas. La descripción del negocio ó actividad a desarrollar en el solicitado gazebo, es con la finalidad de evaluar si su oferta está dentro los objetivos de funcionalidad del Xxxxxxxxx xx xx Xx. 00 xx Xxxxxxx]
Fecha:
Referencia: Número o identificación del Procedimiento de Contratación
Nombre del oferente:…………………………………………………
Identificación del Gazebo de su Interés:…………………………..
Concepto | Descripción |
Tipo de Negocio o Actividad Comercial. | |
Tipo de Mercancías o Servicios a Comercializar | |
Público al que está Dirigida la Actividad Comercial. | |
Horario de Operación de la Actividad Comercial | |
En Caso de Realizar Alguna Actividad Secundaria o Complementaria, Especificar. |
Formulario de Oferta Económica para Adecuación del Gazebo
[El Oferente completará este formulario de Lista de Pecios de acuerdo con las instrucciones indicadas. La lista de artículos y lotes en la columna 1 de la Lista de Precios deberá coincidir con la Lista de Bienes detallada por la Convocante en los Requisitos de los Bienes.]
Fecha:
Referencia: Número o identificación del Procedimiento de Contratación
Nombre del Oferente:……………………………………………………………………………………………………………..
Item No. | Descripción de la Partida | Unidad de medida1 | Cantidad2 | Precio Unitario | ITBIS | Precio Final |
Valor total de la Adecuación del Gazebo RD$ Valor Total de la Adecuación del Gazebo en letras
1 Si aplica.
2 Si aplica.
Formulario de Oferta Económica para el Arrendamiento del Gazebo
Arrendamiento Primer Año | Arrendamiento Segundo Año | Arrendamiento Tercer Año (Monto total + 20%) | Arrendamiento Cuarto Año | Arrendamiento Quinto Año (Monto total + 20%) | Monto total del Arrendamiento |
Valor total del Arrendamiento del Gazebo RD$ Valor Total del Arrendamiento del Gazebo en letras
Formulario del monto total de la Oferta Económica para el Arrendamiento del Gazebo
Monto total Adecuación del Gazebo | Monto total Arrendamiento del Gazebo | Monto total de la Oferta |
Valor Total de Oferta Económica RD$
Valor Total de la Oferta en letras
………………..…… nombre y apellido …………………………………… en calidad de
……………………………………………….. debidamente autorizado para actuar en nombre y representación de (poner aquí nombre del Oferente y sello de la compañía, si procede)
Firma
…..…../….…../… fecha
REGISTRO DE PROVEEDORES DEL ESTADO DECLARACIÓN JURADA
Quien suscribe, señor (a) , dominicano/a mayor de edad, estado civil, portador (a) de la Cédula de Identidad y Electoral
No. , domiciliado (a) y residente en
_, actuando en nombre y representación de
_, sociedad de comercio organizada y existente de conformidad con las leyes de la República Dominicana, con RNC No. , y domicilio social en
otorgados por el Consejo de Administración de la compañía, en mi condición de presidente de la misma, en fecha , por medio del presente documento, declaro BAJO LA MAS SOLEMNE FE DEL JURAMENTO, lo siguiente:
1. Que no nos encontramos en ninguna de las situaciones de exclusión enumeradas en el
Artículo 14 de la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones.
2. Que estamos al día en el pago de nuestras obligaciones laborales y fiscales, conforme a nuestra legislación vigente.
3. Que no tenemos juicio pendiente con el Estado Dominicano o sus entidades del Gobierno Central, de las Instituciones Descentralizadas y Autónomas no financieras, y de las Instituciones Públicas de la Seguridad Social, o si está sometida a un proceso de quiebra.
La presente Declaración ha sido realizada en la Ciudad
de , a los de del año .
días del mes
Declarante
LEGALIZACIÓN DE FIRMA
Señores
GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Xxxxx Xxxxxxx, República Dominicana, fecha
Indicar Nombre de la Entidad
Referencia: Garantía de fiel cumplimiento de contrato - Indicar identificación del Procedimiento de Contratación……………
POR CUANTO [indicar nombre y domicilio del adjudicatario] (en lo sucesivo denominado “el
Proveedor”) se ha obligado, en virtud del Contrato Nº de fecha [indicar fecha de
suscripción del contrato] a suministrar a[nombre del comprador y breve descripción del bien] (en lo sucesivo denominado “el Comprador”).
POR CUANTO se ha convenido en dicho Contrato que el Proveedor le suministrará una garantía bancaria, emitida a su favor por un garante de prestigio, por la suma establecida en el mismo, con el objeto de garantizar el fiel cumplimiento por parte del Proveedor de todas las obligaciones que le competen en virtud del mencionado Contrato.
POR CUANTO los suscritos [indicar nombre y domicilio de la entidad emisora] (en lo sucesivo denominados “el Garante”), hemos convenido en proporcionar al Proveedor una garantía en beneficio del Comprador.
DECLARAMOS mediante la presente nuestra calidad de Garantes a nombre del Proveedor y a favor del Comprador, por un monto máximo de [indicar la suma establecida en el contrato] y nos obligamos a pagar al Comprador, contra su primera solicitud escrita, en que se afirme que el Proveedor no ha cumplido con alguna obligación establecida en el Contrato, sin argumentaciones ni objeciones, cualquier suma o sumas dentro de los límites de [indicar la suma establecida en el contrato], sin necesidad de que el Comprador pruebe o acredite la causa o razones que sustentan la reclamación de la suma o sumas indicadas.
CONVENIMOS además en que ningún cambio o adición, ni ninguna otra modificación de las condiciones del Contrato o de los bienes que han de adquirirse en virtud del mismo, o de cualquiera de los documentos contractuales, que pudieran acordar el Comprador y el Contratista nos liberará de ninguna obligación que nos incumba en virtud de la presente garantía, y por la presente renunciamos a la notificación de toda modificación, adición o cambio.
Esta garantía es válida hasta el día [indicar el día en letra y números] del [indicar el mes] del [indicar año en letra y números].
1. Firmas Autorizadas
2. Sello de la Entidad Emisora
PARTE 2 – Descripción de los Bienes
Sección V. Lista de Requisitos
No. Item | Nombre de los Bienes | Código | Unidad de Medida | Cantidad |
1. | Gazebo “A”: Ubicado próximo a la Av. Xxxxxxx Xxxxxxx casi frente a Unicentro Plaza, la parte frontal esta en sentido Este hacia la Av. Xxxxxxx. | 91111802 | Unidad | 1 |
No. Item | Nombre de los Bienes | Código | Unidad de Medida | Cantidad |
1. | Gazebo “B”: Ubicado cercano a la Av. Xxxxxxx Xxxxxxx casi frente a Tienda Conforama, la parte frontal esta en sentido Este hacia la av. Xxxxxxx. | 91111802 | Unidad | 1 |
No. Item | Nombre de los Bienes y/o Servicios Conexos | Código | Unidad de Medida | Cantidad |
1. | Gazebo “C”: Ubicado próximo a la Av. Xxxxxxx Xxxxxxxxx casi frente a la tienda El Punto, la parte frontal esta en sentido Oeste hacia la Av. Xxxxxxxxx. | 91111802 | Unidad | 1 |
4. Lista de Bienes a Concesionar, Lote IV
No. Item | Nombre de los Bienes y/o Servicios Conexos | Código | Unidad de Medida | Cantidad |
1. | Gazebo “C”: Ubicado próximo a la Av. Xxxxxxx Xxxxxxxxx casi frente a Plaza Central, la parte frontal esta en sentido Oeste hacia la Av. Xxxxxxxxx. | 91111802 | Unidad | 1 |
1. Plan de Entrega
La entrega del bien a concesionar se realizará según lo pactado entre las partes y lo estipulado en el contrato.
No. Item | Nombre de los Bienes | Código | Especificaciones Técnicas y Normas |
1. | Gazebo “A” | 91111802 | Dimensiones y área útil (7.15m x 6.92) = 49.48. Este gazebo tiene una área de 49.48 m2, está construida en forma octogonal con techo de 8 aguas con una cúpula central y estructuras metálicas de base, y maderas de revestimiento en el techo. Con cristales corrugados fijos de colores ubicados en el borde de la cúpula. Consta con 8 columnas dobles metálicas redondeadas de 38 centímetro de Diámetro y 2.22 metros de alto con base de hormigón. Instalaciones de aire acondicionado interior, (deteriorado), pisos con cerámicas 30x30, muro de 23.20m x1m perimetral de soporte de base de las ventanas en su exterior, el muro esta revestido de ladrillos 20x20 con un tope de marmolite (23.20x0.39) la cual funciona de soporte al ventanal en todo su alrededor (28 ventanas de cristal 1.43x0.61), una sola entrada con una puerta doble cada una mide 2.38m x 0.84m, en la entrada hay un piso de revestimiento de piedras decorativas de 1.40 x 2.83. |
No. Item | Nombre de los Bienes | Código | Especificaciones Técnicas y Normas |
1. | Gazebo “B” | 91111802 | Dimensiones y área útil (7.15m x 6.92) = 49.48 Este Gazebo tiene una área de 49.48 m2, está construida en forma octogonal con techo de 8 aguas con una cúpula central y estructuras metálicas de base, y maderas de revestimiento en el techo. Con cristales corrugados fijos de colores ubicados en el borde de la cúpula. Consta con 8 columnas dobles metálicas redondeadas de 38 centímetro de Diámetro y 2.22 metros de alto con base de hormigón. Instalaciones de aire acondicionado interior (deteriorado), pisos con cerámicas 30x30, muro de 23.20m x1m perimetral de soporte de base de las ventanas en su exterior, el muro esta revestido de ladrillos 20x20 con un tope de marmolite (23.20x0.39) la cual funciona de soporte al ventanal en todo su alrededor (28 ventanas de cristal 1.43x0.61), una sola entrada con una puerta doble cada una mide 2.38m x 0.84m , en la entrada hay un piso de revestimiento de piedras decorativas de 1.40 x 2.83. |
No. Item | Nombre de los Bienes | Código | Especificaciones Técnicas y Normas |
1. | Gazebo “C” | 91111802 | Dimensiones y área útil (7.15m x 6.92) = 49.48 El Gazebo “C” tiene una área de 49.48 m2, está construida en forma octogonal con techos de 8 aguas con una cúpula central y estructuras metálicas de base, y maderas de revestimiento en el techo. Con cristales corrugados fijos de colores ubicados en el borde de la cúpula. Consta con 8 columnas dobles metálicas redondeadas de 38 centímetro de Diámetro y 2.22 metros de alto con base de hormigón. Instalaciones de aire acondicionado interior (deteriorado), pisos con cerámicas 30x30, muro de 23.20m x1m perimetral de soporte de base de las ventanas en su exterior, el muro esta revestido de ladrillos 20x20 con un tope de marmolite (23.20x0.39) la cual funciona de soporte al ventanal en todo su alrededor (28 ventanas de cristal 1.43x0.61), una sola entrada con una puerta doble cada una mide 2.38m x 0.84m , en la entrada hay un piso de revestimiento de piedras decorativas de 1.40 x 2.83. |
4. Especificaciones Técnicas, Lote IV
No. Item | Nombre de los Bienes | Código | Especificaciones Técnicas y Normas |
1. | Gazebo “D” | 91111802 | Dimensiones y área útil (7.15m x 6.92) = 49.48 El Gazebo “D” tiene una área de 49.48 m2, está construida en forma octogonal con techos de 8 aguas con una cúpula central y estructuras metálicas de base y maderas de revestimiento en el techo. Con cristales corrugados fijos de colores, ubicados en el borde de la cúpula. Consta con 8 columnas dobles metálicas redondeadas de 38 centímetro de Diámetro y 2.22 metros de alto con base de hormigón. Instalaciones de aire acondicionado interior , pisos con cerámicas 30x30, muro de 23.20m x1m perimetral de soporte de base de las ventanas, en su exterior, el muro esta revestido de ladrillos 20x20 con un tope de marmolite (23.20x0.39) la cual funciona de soporte al ventanal en todo su alrededor (28 ventanas de cristal 1.43x0.61), una sola entrada con una puerta doble de cristal, cada una mide 2.38m x 0.84m , en la entrada hay un piso de revestimiento de piedras decorativas de 1.40 x 2.83. |
PARTE 3 – Contrato
Sección VI. Condiciones Generales del Contrato
1. Disposiciones sobre los contratos
1.1. El Contrato será válido cuando se realice conforme al ordenamiento jurídico y cuando el acto definitivo de adjudicación y la constitución de la Garantía sean cumplidos. Para su perfeccionamiento deberán seguirse los procedimientos de contrataciones vigentes, cumpliendo con todas y cada una de sus disposiciones; y el mismo deberá ajustarse al modelo que se adjunte al Pliego de Condiciones Específicas aplicable.
1.2. El Contrato se perfeccionará con la recepción de la orden de compra por parte del proveedor o por la suscripción del contrato a intervenir o la suscripción del respectivo instrumento.
2. Suscripción del contrato
2.1 Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo fijado en el pliego de condiciones, la entidad concedente ejecutará a su favor la garantía y podrá demandar el pago por daños y perjuicios, de conformidad con el Art. 102 del Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07 sobre Compras y Contrataciones.
2.2 En caso de que la entidad concedente no suscriba el contrato dentro del plazo estipulado, el adjudicatario podrá demandar la devolución del valor equivalente a la garantía de mantenimiento de oferta presentada y la indemnización por daños y perjuicios.
3. Plazo para Suscripción de Contrato
3.1 Los contratos deberán celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones; no obstante ello, deberá hacérselo en un plazo máximo de VEINTE (20) días hábiles, desde la fecha de notificación de la adjudicación, de conformidad con el Párrafo I del Art. 102 del Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07 sobre Compras y Contrataciones.
4. Ampliación o Reducción de la Contratación
4.1 El Ayuntamiento del Distrito Nacional podrá modificar, disminuir o aumentar, hasta un CINCUENTA por ciento (50%) en el caso de la Contratación de Servicios, siempre y cuando se mantenga el objeto contractual y cuando se presenten circunstancias que fueron imprevisibles en el
momento de iniciarse la contratación y esa sea la única forma de satisfacer plenamente el interés público y el objetivo del contrato, según lo estipulado en el Art. 117 del Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07 sobre Compras y Contrataciones.
4.2 En el caso de Contrato de bienes, no habrá modificación alguna de las cantidades previstas en los pliegos de condiciones y resueltas en la adjudicación.
4.3 En el caso de Concesiones el plazo original del contrato sólo podrá ser ampliado una sola vez, y por un periodo de hasta el 50% del plazo original, conforme al artículo 49, párrafo I, de la ley 340‐06.
5. Publicación del Contrato
5.1 Según el Art. 103 del Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07 sobre Compras y Contrataciones, el contrato que se suscriba, será dado a conocer públicamente a través de la página Web del Ayuntamiento del Distrito Nacional, xxx.xxx.xxx.xx y el portal de la Dirección General de Contrataciones Públicas xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, para lo cual cada entidad remitirá la información al Órgano Rector por los medios que este determine.
6. Cláusulas Generales de los Contratos
6.1 El contrato para considerarse válido deberá contener las siguientes cláusulas, las cuales son enunciativas no limitativas:
1) Antecedentes
2) Objeto y Alcance
3) Interpretación del Contrato
4) Idioma predominante
5) Condiciones de Pago
6) Cláusula de actualización de precios
7) Plazo de Concesión
8) Obligaciones de las partes
9) Garantías
10) Incumplimiento del Concesionario
11) Efectos del Incumplimiento
12) Fuerza Mayor
13) Finalización del Contrato
14) Prorroga al Contrato
7. Cláusulas Específicas de los Contratos
15) Modificaciones a l Contrato
16) Derecho Supletorio
17) Acuerdo Integro
18) Rescisión del Contrato
19) Nulidad
20) Legislación aplicable
21) Conflicto de intereses
22) Arreglo de disputas
7.1 En adición a las cláusulas generales especificadas precedentemente, de conformidad con la naturaleza de la contratación, los Contratos deberán contener las siguientes cláusulas:
a) Para Contrato de Bienes y/o Servicio conexo
1) Características generales del bien y/o servicio conexo
2) Garantía del bien y/o servicio conexo
3) Alcance del bien y/o servicio conexo
4) Normas de cumplimientos
5) Personal del Proveedor
8. Cumplimiento del artículo 14 de la Ley No. 340‐06 sobre Compras y Contrataciones con modificaciones xx Xxx No. 449‐ 06.
8.1 El Proveedor y sus Subcontratistas, no deben hallarse comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar con el Estado, establecidas en el artículo 14 de la Ley No. 340‐06 sobre Compras y Contrataciones con modificaciones xx Xxx No. 449‐06, por tanto, no podrán ser adjudicatarios:
1) El Presidente y Vicepresidente de la República; los Secretarios y Subsecretarios de Estado; los Senadores y Diputados del Congreso de la República; los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia, de los demás tribunales del orden judicial, de la Xxxxxx xx Xxxxxxx y de la Junta Central Electoral; los Síndicos y Regidores de los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional; el Contralor General de la República y el Subcontralor; el Director de Presupuesto y Subdirector; el Director Nacional de Planificación y el Subdirector; el Procurador General de la República y los demás miembros del Ministerio Público; el Tesorero Nacional y el Subtesorero y demás funcionarios de primer y segundo nivel de jerarquía de las instituciones incluidas
en el Artículo 2, Numerales 1 al 5;
2) Los jefes y subjefes de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas, así como el jefe y subjefes de la Policía Nacional;
3) Los funcionarios públicos con injerencia o poder de
decisión en cualquier etapa del procedimiento de contratación administrativa;
4) Todo personal de la entidad concedente;
5) Los parientes por consanguinidad hasta el tercer grado o por afinidad hasta el segundo grado, inclusive, de los funcionarios relacionados con la contratación cubiertos por la prohibición, así como los cónyuges, las parejas en unión libre, las personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva o con las que hayan procreado hijos, y descendientes de estas personas;
6) Las personas jurídicas en las cuales las personas naturales a las que se refieren los Numerales 1 al 4 tengan una participación superior al diez por ciento (10%) del capital social, dentro de los seis meses anteriores a la fecha de la convocatoria;
7) Las personas físicas o jurídicas que hayan intervenido
como asesoras en cualquier etapa del procedimiento de contratación o hayan participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o los diseños respectivos, salvo en el caso de los contratos de supervisión;
8) Las personas físicas o jurídicas que hayan sido
condenadas mediante sentencia que haya adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada por delitos de falsedad o contra la propiedad, o por delitos de cohecho, malversación de fondos públicos, tráfico de influencia, prevaricación, revelación de secretos, uso de información privilegiada o delitos contra las finanzas públicas, hasta que haya transcurrido un lapso igual al doble de la condena. Si la condena fuera por delito contra la administración pública, la prohibición para contratar con el Estado será perpetua;
9) Las empresas cuyos directivos hayan sido condenados por delitos contra la administración pública, delitos contra la fe pública o delitos comprendidos en las convenciones internacionales de las que el país sea signatario;
10) Las personas físicas o jurídicas que se encontraren
inhabilitadas en virtud de cualquier ordenamiento
jurídico;
11) Las personas que suministraren informaciones falsas o que participen en actividades ilegales o fraudulentas relacionadas con la contratación;
12) Las personas naturales o jurídicas que se encuentren
sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente para contratar con entidades del sector público, de acuerdo a lo dispuesto por la presente ley y sus reglamentos;
13) Las personas naturales o jurídicas que no estén al día en
el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o de la seguridad social, de acuerdo con lo que establezcan las normativas vigentes;
PARRAFO I: Para los funcionarios contemplados en los Numerales 1 y 2, la prohibición se extenderá hasta seis meses después de la salida del cargo.
PARRAFO II: Para las personas incluidas en los Numerales 5 y 6 relacionadas con el personal referido en el Numeral 3, la prohibición será de aplicación en el ámbito de la institución en que estos últimos prestan servicios.
9. Condiciones de Pago
9.1 El precio del Contrato, incluyendo cualquier pago por anticipo, si corresponde, se pagará conforme a lo establecido en el Contrato. Los anticipos no podrán superar, en ningún caso, el 20% del monto del contrato, de conformidad al artículo 121 del Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07 sobre Compras y Contrataciones Públicas. Con anterioridad a la entrega del anticipo, el proveedor deberá entregar al Ayuntamiento del Distrito Nacional una garantía de Buen uso del anticipo por el total del monto entregado en dicho concepto.
9.2 El Ayuntamiento del Distrito Nacional no efectuará pagos por las partidas ejecutadas para las cuales no se hayan indicado precios, por cuanto se considerarán comprendidas en los demás precios que figuren en las demás partidas presupuestadas.
10. Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
10.1 Para garantizar el fiel cumplimiento de sus obligaciones el adjudicatario o contratista deberá constituir la garantía de fiel cumplimiento de contrato por la forma y monto establecidos en las IAO 40.2.
11. Garantía de Buen uso del Anticipo
11.1 Para garantizar el buen uso del anticipo el adjudicatario o contratista deberá constituir la garantía de Buen uso del Anticipo, si corresponde, como sea indicado en las IAO 41.1, del presente documento.
12. Subcontratos 12.1 El Proveedor podrá subcontratar el suministro de algunos
bienes o servicios conexos comprendidos en este Pliego, con la previa autorización del Ayuntamiento del Distrito Nacional. El Oferente, en su Oferta, debe indicar los suministros que subcontrataría y las empresas que ejecutarían cada uno de ellas; en el entendido, que el Proveedor será el único responsable de todos los actos, omisiones, defectos, negligencias, descuidos o incumplimientos de los subcontratistas, de sus agentes, empleados o trabajadores.
13. La NO
suscripción del contrato con el primer adjudicatario.
14. Obligaciones del Proveedor
13.1 En la situación de que no se llegare a suscribir el contrato con el primer adjudicatario, por causas imputables al mismo, la Comisión Evaluadora, a pedido de la máxima autoridad de la entidad, podrá examinar las demás Ofertas, con el objeto de determinar la más conveniente para los intereses institucionales y proceder a la adjudicación según el orden de mérito, de conformidad con lo estipulado en el Art. 105 del Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto No. 490‐07 sobre Compras y Contrataciones.
14.1 Son obligaciones del Proveedor:
a) Suministrar todos los bienes y servicios conexos incluidos en el alcance del suministro, de acuerdo con el plan de entrega y cumplimiento. Salvo disposición contraria establecida en el contrato, el suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en el contrato, pero que pueda inferirse razonablemente del mismo que son necesarios para satisfacer el programa de suministros. Por lo tanto, dichos artículos serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados en el contrato.
b) Garantizar la seguridad de las personas, los bienes y protección del medio ambiente.
c) Proteger al Ayuntamiento del Distrito Nacional frente a cualquier reclamación de terceros por concepto de indemnización por daños de cualquier naturaleza o
lesiones corporales producidas como consecuencia de la ejecución del contrato, y su respectivo personal.
15. Responsabilidad del Concedente
15.1 El Concesionario será responsable de:
a) Cumplir las prestaciones por sí en todas las circunstancias, salvo caso fortuito o fuerza mayor, o por actos o incumplimiento de la autoridad administrativa, que hagan imposible la ejecución del contrato.
b) Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato se impartan desde la entidad Concedente.
c) Obrar con lealtad y buena fe en el suministro de los bienes objeto de la contratación, evitando dilaciones.
d) No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de hacer u omitir algún hecho.
e) Mantener la reserva profesional sobre la información que le sea suministrada para el objeto del desarrollo del contrato.
Sección VII. Formato del Contrato
MODELO DE CONTRATO DE CONCESION PARA LA RESTAURACION Y EXPLOTACION DE BIENES INMUEBLES.
De una parte, Nombre de la Entidad debidamente representado por [indicar nombre y generales de quien actúa en representación de la Entidad], quien para los fines del presente Contrato, se denominará” LA ENTIDAD CONCEDENTE, LA PRIMERA PARTE o su nombre completo indistintamente.
De la otra parte [indicar nombre de El Proveedor], RNC[‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐], sociedad comercial organizada y existente de conformidad con las leyes de la República Dominicana, con su domicilio social y asiento principal en [indicar dirección] debidamente representada para los fines del presente Contrato por su [indicar posición del representante] dominicano(a), mayor de edad, [indicar estado civil], portador(a) de la Cédula de Identidad y Electoral o Pasaporte [indicar número de cédula, o pasaporte cuando aplique], domiciliado(a) y residente en la ciudad [indicar lugar de domicilio], quien actúa de conformidad con el [indicar documento de representación], quien para los fines del presente Contrato, se denominará “LA CONCESIONARIA”.
Para referirse a ambos se les denominará LAS PARTES.
POR CUANTO: La Ley No. 340‐06, de fecha dieciocho (18) xx xxxxxx del dos mil seis (2006), sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, y su posterior modificación contenida en la Ley No. 449‐06, de fecha seis
(06) de diciembre del dos mil seis (2006), establece entre los Procedimientos de Selección (Indicar procedimiento correspondiente)
POR CUANTO: El Articulo 46 de la referida Ley dispone que la concesión es la facultad que el Estado otorga a particulares, personas naturales o jurídicas para que por su cuenta y riesgo construyan, instalen, mejoren, adicionen, conserven, restauren, produzcan, operen o administren una obra, bien o servicio público, bajo la supervisión de la entidad pública concedente, con o sin ocupación de bienes públicos. A cambio, el concesionario tendrá derecho a la recuperación de la inversión y la obtención de una utilidad razonable o el cobro a los usuarios de la obra, bien o servicio de una tarifa razonable para mantener el servicio en los niveles satisfactorios y comprometidos en un contrato con duración o plazo determinado, siguiendo la justificación y prioridad establecida por la planificación y el desarrollo estratégico del país.
POR CUANTO: La licitación pública nacional o internacional será el único procedimiento de selección para la contratación de concesiones, sea cual fuere la modalidad, a la que podrán presentarse personas, firmas o asociaciones nacionales, extranjeras o mixtas.
POR CUANTO: La Ley 340‐06 establece que el reglamento de aplicación No. 490‐07 indicará las modalidades de contratación dependiendo del tipo de bien, obra o servicio que la entidad desee concesionar, y propondrá entre éstas la que estime más conveniente para los intereses del país, contando con el criterio y autorización del Órgano Rector, quien efectuará la determinación definitiva.
POR CUANTO: El Contrato será válido cuando se realice conforme al ordenamiento jurídico y cuando el acto definitivo de adjudicación y la constitución de la garantía sean cumplidos. Se perfeccionará por la notificación de la recepción de la orden de compra por parte del proveedor o por la firma de las partes del Contrato a intervenir.
POR CUANTO: En fecha [escribir en letras y números] del mes de [‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐] del año [escribir en letras y números], LA ENTIDAD CONCEDENTE convocó a Licitación Pública Nacional para la concesión de cuatro (4) gazebos ubicados en en el Boulevard de la Xxxxxxx 00 xx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxx.
POR CUANTO: En fecha [escribir en letras y números] del mes de [‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐] del año [escribir en letras y números] se procedió a la entrega de los Pliegos de Condiciones Específicas para [indicar objeto de la contratación], los cuales forman parte integral del presente Contrato.
POR CUANTO: En fecha [escribir en letras y números] del mes de [‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐] del año [escribir en letras y números], se procedió a la recepción de los Sobres “A” contentivos de las Ofertas Técnicas del referido concurso, en presencia xxx xxxxxxx público actuante, instrumentando para tales fines el Acta Auténtica No. [‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐] de esa misma fecha.
POR CUANTO: En fecha [escribir en letras y números] del mes de [‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐] del año [escribir en letras y números] se procedió a la recepción y lectura de los Sobres “B” contentivos de las Ofertas Económicas del referido concurso, en presencia xxx xxxxxxx público actuante, instrumentando para tales fines el Acto Auténtico No. [‐‐‐‐‐‐‐‐‐] de esa misma fecha.
POR CUANTO: Que después de un minucioso estudio de todas las ofertas presentadas,
LA ENTIDAD CONCEDENTE, el día [escribir en letras y números] del mes de [‐‐‐‐‐‐‐‐‐
‐‐‐‐‐] del año [escribir en letras y números], le adjudicó a EL PROVEEDOR el Contrato de Suministro de servicio para [indicar objeto de la contratación], tal como lo establece la referida Acta Número [‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐].
POR LO TANTO: y en el entendido de que el anterior preámbulo forma parte integral del presente Contrato; LAS PARTES han convenido lo siguiente:
ARTÍCULO 1.‐ DEFINICIONES:
Siempre que en el presente Contrato se empleen los siguientes términos, se entenderá que significan lo que se expresa a continuación:
El Contrato: El acuerdo firmado y celebrado entre LAS PARTES, para la ejecución del servicio, incluidos todos los anexos del mismo, así como todos los documentos incorporados mediante referencia en los mismos.
Concesionario: Nombre de la persona jurídica, consorcio, que beneficiaria de un contrato de concesión.
El Gobierno: El gobierno de la República Dominicana. Entidad Concedente: Entidad que realiza la contratación. Monto del Contrato: El importe señalado en el Contrato.
ARTÍCULO 2. ‐ DOCUMENTOS CONSTITUTIVOS DEL CONTRATO.
Los siguientes documentos forman parte integral e insustituible del presente Contrato, y LA CONCESIONARIA reconoce cada uno de estos como parte intrínseca del mismo:
a) El Contrato propiamente dicho
b) Pliegos de Condiciones
c) Organización y Metodología
d) Presentación y Personal
e) Desglose presupuestario
f) Currículum vitae (si corresponde)
g) Póliza de Seguro
ARTÍCULO 3.‐ OBJETO Y ALCANCE DEL CONTRATO.
El presente contrato tiene por objeto otorgar la concesión a favor de LA CONCESIONARIA, quien acepta a su entera satisfacción y bajo las condiciones que se estipulan más adelante, la restauración y explotación de un (1) gazebo ubicado en el Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxx 00 xx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxx para la
distribución y comercialización de
en los términos y condiciones
establecidos en este contrato. El inmueble objeto de la presente concesión se identifica bajo la siguiente descripción: .
La concesión otorgada implica que LA CONCESIONARIA reconoce y acepta que por razones de seguridad y diseño de la infraestructura concesionada, sólo podrá recibir los servicios de electricidad y agua (en caso de que aplique), a través de las facilidades físicas prediseñadas y pre instaladas provistas por LA ENTIDAD CONCEDENTE. Asimismo, LA CONCESIONARIA reconoce y acepta que es su obligación contratar, administrar y efectuar oportunamente los pagos generados por concepto de los
referidos servicios durante el tiempo de vigencia de la concesión.
Los trabajos que demanden la conservación, mantenimiento, explotación y la prestación de la actividad comercial realizada en el inmueble objeto de la concesión, se ejecutaran por cuenta y riesgo de LA CONCESIONARIA, siendo a su cargo todos los gastos necesarios para su total ejecución. En ningún caso LA ENTIDAD CONCEDENTE será responsable por las consecuencias derivadas de dichos trabajos ni de los contratos que celebre LA CONCESIONARIA, en los que se deberá prever expresamente esta condición. El plazo de los contratos que LA CONCESIONARIA celebrase con terceros para la ejecución de las actividades a desarrollarse en el inmueble objeto de la concesión, no podrán exceder nunca el plazo de la Concesión.
PARRÁFO I. Los bienes y/o servicios conexos que integran el objeto del presente contrato, deberán reunir los requisitos de calidad y presentación establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas.
PARRAFO II: La concesión comprende la explotación del referido inmueble, entendiendo como tal la venta de y toda otra prestación que de acuerdo a las instalaciones existentes puedan ser ofrecidas en el establecimiento conforme a los fines sociales y al objeto contractual de LA CONCESIONARIA.
ARTICULO 4. OBLIGACIONES DE LA CONCESIONARIA.
LA CONCESIONARIA se compromete y obliga a cumplir las siguientes obligaciones:
1) Presentar los planos arquitectónicos, estructurales, eléctricos, sanitarios, el diseño del letrero o rótulo a ser utilizado en la fachada del gazebo, gestionar los permisos correspondientes y a solicitar la aprobación por escrito de los mismos de LA ENTIDAD CONCEDENTE para efectuar las modificaciones y construcciones en el interior del gazebo que sean necesarias para operar el establecimiento a ser instalado.
2) LA CONCESIONARIA reconoce que no podrá iniciar ningún tipo de trabajo hasta tanto obtenga la aprobación escrita de LA ENTIDAD CONCEDENTE, así como los permisos correspondientes.
3) A cuidar las instalaciones objeto de la concesión y usarlas exclusivamente a los fines para los que le ha sido destinado. Esta obligación incluye la absoluta prohibición de sustituir, en todo o en parte, las actividades y/o servicios para las que le ha sido concedida.
4) A dar aviso inmediato a LA ENTIDAD CONCEDENTE de cualquier daño, desperfecto y/o perjuicio que sufran las instalaciones objeto de la concesión por cualquier causa. Así mismo, salvo que se trate de un daño estructural, a repararlo de inmediato siendo de su total cuenta y cargo los gastos respectivos. Todos los gastos de conservación y mantenimiento ordinario y extraordinario del referido inmueble, son de cargo exclusivo de LA CONCESIONARIA.
5) A no subalquilar, total o parcialmente, el gazebo objeto de la concesión, ni ceder en forma alguna este Contrato.
ARTÍCULO 5.‐ MONTO DEL CONTRATO, DEPOSITOS Y FORMA DE PAGO.
LAS PARTES convienen que la Concesionaria deberá abonar mensualmente al Ayuntamiento del Distrito Nacional por concepto de la concesión del gazebo objeto del presente contrato la suma de [escribir en letras y números]. LAS PARTES reconocen y aceptan que el referido monto se incrementará en un veinte por ciento (20%) bianualmente.
Asimismo, LA CONCESIONARIA se compromete a pagar los siguientes valores a la firma del presente contrato:
a) La suma correspondiente a tres (3) meses de depósito del precio de la concesión, ascendente a . Dicho monto será reembolsable conforme a las siguientes estipulaciones:
El valor correspondiente a los depósitos será reembolsable siempre y cuando el Gazebo objeto de la concesión esté en perfectas condiciones al momento de su entrega y no sea necesario utilizar dicha suma de dinero para reparaciones por deterioro del local; para el pago del precio de la mensualidad que estuviere pendiente, así como por gastos originados por consumo de energía y cualquier otro gasto común de operación.
Al vencimiento del plazo de vigencia de la concesión, LA CONCESIONARIA declara y reconoce que todas las mejoras que realice en el gazebo objeto de la concesión, incluyendo cualquier tipo de instalación que efectúe, con todos sus materiales, quedarán a beneficio de LA ENTIDAD CONCEDENTE, sin que ésta tenga que pagar compensación de ninguna naturaleza.
Finalizada la concesión, LA CONCESIONARIA se obliga a entregar a LA ENTIDAD CONCEDENTE copia de los recibos de pago de todos los servicios, correspondiente al
mes en que se está efectuando la entrega del local.
ARTÍCULO 6.‐ CONDICIONES DE PAGO.
Los pagos serán realizados en Pesos Oro Dominicanos los días de cada mes.
ARTÍCULO 7.‐ IMPUESTOS.
LA CONCESIONARIA no estará exenta de ningún pago de impuestos en virtud del presente Contrato.
ARTÍCULO 8.‐ PLAZO Y EXTINCION DE LA CONCESION.
LA ENTIDAD CONCEDENTE otorga la concesión de la explotación del area de CONCESION y la CONCESIONARIA acepta, por un plazo de CINCO (5) AÑOS, contados a partir del día .
El inmueble objeto de la concesión, deberá ser entregado a LA ENTIDAD CONCEDENTE al momento de la extinción de la concesión, en buenas condiciones de uso y explotación.
ARTÍCULO 9.‐ FUERZA MAYOR Y CASO XXXXXXXX.
LA ENTIDAD CONCEDENTE no será responsable de ningún evento que genere demora, impida, u obstaculice la actividad comercial de el Concesionario. Asimismo, declara que no será la Entidad Concedente responsable de los danos que pudiese sufrir la infraestructura o que pudiese afectar la propiedad de la concesionaria en razón de algún evento de fuerza mayor o caso fortuito.
Para los efectos del presente contrato, Causa Mayor significa cualquier evento o situación que escape al control de una parte, imprevisible e inevitable, y sin que esté envuelta su negligencia o falta, como son, a manera enunciativa pero no limitativa, actos de autoridades gubernamentales o militares, regulaciones o requerimientos gubernamentales, epidemias, guerras, actos de terroristas, huelgas, fuegos, explosiones, temblores de tierra, accidentes, catástrofes, inundaciones y otras perturbaciones ambientales mayores, condiciones severas e inusuales del tiempo.
Caso Fortuito significa acontecimiento que no ha podido preverse, o que previsto no ha podido evitarse, por ser extraño a la voluntad de las personas.
Las causas de Fuerza Mayor o Caso Fortuito especificadas anteriormente no incluyen:
1. Cualquier evento causado por negligencia o acción intencional de una parte.
2. Cualquier evento que una de las partes pudo haber tomado en cuenta al momento de la firma o de la ejecución de este Contrato para evitar incumplimiento de sus obligaciones.
3. Insuficiencia de recursos o fallas en el cumplimiento de cualquier pago bajo este Contrato.
La falla de una parte involucrada en el presente Contrato, que le impida cumplir cualquiera de sus obligaciones, no será considerada como incumplimiento, siempre y cuando éste surja de un evento de Fuerza Mayor o Caso Fortuito y la parte afectada haya tomado todas las precauciones razonables, con el debido esmero y cuidado, siempre con el objetivo de cumplir con los términos y condiciones establecidos en este Contrato.
ARTÍCULO 10.‐ MEDIDAS A TOMAR
LAS PARTES acuerdan que:
a) La parte afectada por un evento de Fuerza Mayor o Caso Fortuito deberá tomar las medidas razonables para suprimir la inhabilidad de la otra Parte en cumplir con sus obligaciones.
b) La parte afectada por un evento de Fuerza Mayor o Caso Fortuito deberá notificar, en un plazo no mayor de veinticuatro (24) horas y por escrito a la otra parte la ocurrencia del evento, indicando su naturaleza y causa. De igual manera deberá notificar por escrito a la otra parte la restauración de las condiciones normales tan pronto se resuelva la situación de Fuerza Mayor o Caso Fortuito.
c) Las partes adoptarán todas las medidas posibles para reducir las consecuencias adversas de un evento de Fuerza Mayor o Caso Fortuito.
ARTÍCULO 11.‐ OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR.
LA CONCESIONARIA ejecutará el presente Contrato conforme se describen en el Pliego de Condiciones Específicas.
ARTÍCULO 12.‐ POLIZA DE SEGURO DE CONTRATO
LA CONCESIONARIA se compromete y obliga a suscribir una póliza de seguro que cubra los riesgos a que este sujeto el inmueble objeto de concesión con anterioridad al inicio de sus operaciones comerciales en el mismo. Dicho seguro permanecerá en vigor hasta que la entidad concedente compruebe que el concesionario ha cumplido con las condiciones del contrato, extendiéndoles la constancia para su cancelación.
Dicho seguro deberá contener las condiciones de ser incondicional, irrevocable y renovable; se otorgará en la misma moneda de la oferta económica y se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato.
ARTÍCULO 13.‐ MODIFICACIONES AL CONTRATO.
Cualquier modificación a los términos y condiciones del presente Contrato deberá hacerse por acuerdo mutuo entre LAS PARTES, por escrito, mediante enmiendas numeradas cronológicamente y la fecha de vigencia de cada una se contará a partir de la fecha de aprobación realizada por la ENTIDAD CONCEDENTE.
ARTÍCULO 14.‐ RESCISIÓN DEL CONTRATO.
La ENTIDAD CONCEDENTE podrá rescindir el presente Contrato unilateralmente y ejecutar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato en el caso de falta grave de EL PROVEEDOR, y siempre que la misma no sea originada por acontecimientos de Fuerza Mayor o Caso Fortuito.
ARTÍCULO 15.‐ NULIDADES DEL CONTRATO.
La violación del régimen de prohibiciones establecido en el Artículo14 de la Ley No.340‐06 originará la nulidad absoluta del Contrato, sin perjuicio de otra acción que decida interponer la ENTIDAD CONCEDENTE.
La división del presente Contrato, con el fin de evadir las obligaciones de la Ley No.340‐06 y su reglamento de aplicación No. 490‐07 y de las normas complementarias que se dicten en el marco del mismo, será causa de nulidad del mismo.
ARTÍCULO 16.‐ ARREGLO DE CONFLICTOS.
LAS PARTES se comprometen a realizar sus mejores esfuerzos para resolver en forma amigable los conflictos o desacuerdos que pudieran surgir con relación al desarrollo del presente Contrato y su interpretación. Cualquier conflicto que surja en relación al presente contrato y su ejecución será sometido a los Tribunales de la República Dominicana.
ARTÍCULO 17.‐ INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO.
El significado e interpretación de los términos y condiciones del presente Contrato se hará al amparo de las leyes de la República Dominicana.
ARTÍCULO 18.‐ IDIOMA OFICIAL.
El presente Contrato ha sido redactado en español, que será el idioma de control para todos los asuntos relacionados con el significado e interpretación de los términos y condiciones de este documento.
ARTÍCULO 19.‐ TÍTULOS.
Los títulos no limitarán, alterarán o modificarán el significado de este Contrato.
ARTÍCULO 20.‐ LEGISLACIÓN APLICABLE.
LAS PARTES acuerdan que la ejecución del presente contrato se hará de conformidad con las leyes vigentes en la República Dominicana.
ARTÍCULO 21.‐ ELECCIÓN DE XXXXXXXXX.
Para todos los fines y consecuencias del presente Contrato, LAS PARTES eligen domicilio en las direcciones que figuran en la parte introductoria del mismo, en el cual recibirán válidamente todo tipo de correspondencia o notificación relativa al presente Contrato, su ejecución y terminación.
ARTÍCULO 22.‐ ACUERDO INTEGRO.
El presente Contrato y sus anexos contienen todas las estipulaciones y acuerdos convenidos entre LAS PARTES. En caso de ambigüedad, duda o desacuerdo sobre la interpretación del mismo y sus documentos anexos, prevalecerá su redacción. Asimismo se establece que si alguna de las disposiciones de este Contrato se declarara inválida, las demás no serán afectadas y permanecerán plenamente vigentes.
HECHO Y FIRMADO en Tres (3) originales de un mismo tenor, uno para cada una de LAS PARTES, y el otro para los fines correspondientes, en la Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, a los [escribir en letras y números] días del mes de [‐‐‐‐‐] del año [escribir en letras y números].
POR Nombre de la Entidad Concedente POR EL CONCESIONARIO
Legalizar