PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ASESORAMIENTO HIDROGEOLÓGICO Y MANTENIMIENTO PREDICTIVO, PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LAS CAPTACIONES DE AGUA SUBTERRÁNEA Y OTRAS INSTALACIONES GESTIONADAS POR...
Servicios de asesoramiento hidrogeológico y mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo de las captaciones de agua
subterránea y otras instalaciones gestionadas por Xxxxx xx Xxxxx molinos.
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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ASESORAMIENTO HIDROGEOLÓGICO Y MANTENIMIENTO PREDICTIVO, PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LAS CAPTACIONES DE AGUA SUBTERRÁNEA Y OTRAS INSTALACIONES GESTIONADAS POR AGUAS Y SANEAMIENTOS DE TORREMOLINOS, S.A. EN EL MUNICIPIO DE TORREMOLINOS
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2. DOCUMENTACIÓN DE CAR ÁCTER CONTRACTUAL 5
3. CODIFICACIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO 5
4. NECESIDADES PÚBLICAS A SATISFACER 5
5. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO 6
6. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN E INFORMACIÓN Y PERFIL DEL CONTRATANTE. 6
7. PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO 8
8. PRESUPUESTO BASE Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO 8
12. RESPONSABLE DEL CONTRATO 10
13. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 10
14. CONDICIONES DE APTITUD PARA CONTRATAR 11
15. PRESENTACIÓN POR LOS LICITADORES DE LAS OFERTAS. 13
17. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA (SOBRE 1), SUBSANACIÓN DE DEFECTOS Y OMISIONES. EXCLUSIÓN 16
18. APERTURA DE PROPOSICIONES (SOBRES 2 Y 3) 17
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19. CRITERIOS DE VALORACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES 18
21. DOCUMENTOS PREVIOS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 23
22. PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 24
23. EJECUCIÓN DE LAS PRESTACIONES OBJETO DEL CONTRATO 24
25. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES DEL CONTRATO 25
26. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 27
28. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 28
31. GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA 28
32. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 29
33. OTRAS NORMAS DE APLICACIÓN 30
34. CLÁUSULA MEDIOAMBIENTAL Y RESPONSABILIDAD CORPORATIVA 30
35. LEGISLACIÓN LABORAL Y TRIBUTARIA 31
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DISPOSICIONES GENERALES Y ELEMENTOS DEL CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del presente pliego el establecimiento de las condiciones jurídicas y económicas de licitación y adjudicación que han de regir el contrato de servicios de asesoramiento hidrogeológico y mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo de las captaciones de agua subterránea y otras instalaciones gestionadas por Aguas de Torremolinos, en el municipio de Torremolinos (Málaga).
Las especificaciones técnicas aplicables al contrato se recogen en el mencionado PPTP de esta licitación
2. DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER CONTRACTUAL.
Tendrá carácter contractual la siguiente documentación:
El presente Pliego de Cláusulas Administrativas (PCAP), junto con el de Prescripciones Técnicas Particulares (PPTP).
El contrato formalizado por ambas partes.
Los documentos que integran la justificación de la solvencia económica, financiera y técnica. La proposición económica y técnica.
3. CODIFICACIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
A los efectos de la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea, la codificación del presente es la recogida en el anuncio de licitación.
4. NECESIDADES PÚBLICAS A SATISFACER.
AGUAS DE TORREMOLINOS, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de obras, servicios y suministros que resulten
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necesarios para la correcta gestión de los servicios públicos que contribuyan a la realización de su objeto social.
5. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
Los actos preparatorios y en especial la fase de adjudicación del contrato se regirán por la referida Ley 31/2007. La formalización y posterior ejecución del contrato quedará sujeta a derecho privado, ajustándose a los pliegos que rigen la licitación.
Será también de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, de forma subsidiaria y supletoria, en los apartados de este pliego y del PPT en que se haga remisión al mismo.
El contrato que resulte del procedimiento de adjudicación se ajustará al contenido del presente Xxxxxx, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante del mismo. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos o de las Instrucciones, Pliegos o normas de toda índole que puedan ser de aplicación a la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
La empresa adjudicataria vendrá obligada a subrogarse y absorber a los trabajadores de la entidad que actualmente viene desempeñando el servicio, recogidos en el Anexo VI del presente Pliego, respetando y conservando en su integridad, con carácter personal e irrenunciable, su antigüedad, salario y demás derechos laborales y sindicales reconocidos en convenio, pactos de empresa y condiciones personales, de conformidad con lo dispuesto en el art. 44 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (RD Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx).
AGUAS DE TORREMOLINOS no tendrá ninguna relación jurídica, laboral o de cualquier otra índole, con el personal del adjudicatario ni durante la vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo de cuenta del adjudicatario todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieran con motivo de este contrato de prestación de servicios.
Será la jurisdicción civil la competente para conocer de las incidencias y/o reclamaciones que traigan causa de la adjudicación, formalización y ejecución de este contrato.
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6. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN E INFORMACIÓN Y PERFIL DEL CONTRATANTE. Nombre oficial: AGUAS Y SANEAMIENTOS DE TORREMOLINOS, S.A
Dirección postal: X/ Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx xx 0, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxx. Dirección URL del poder adjudicador: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/ CONTRATACION: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/
Órgano de contratación: Director-Gerente
Para plantear consultas relacionadas con el expediente de licitación, las empresas licitadores podrán dirigirse a la Entidad Contratante a través de la siguiente dirección de correo electrónico:
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx-xx.xx
La respuesta a las distintas consultas planteadas será facilitada a través del perfil del contratante de AGUAS DE TORREMOLINOS.
Como auxilio al Órgano de Contratación, y para una adecuada garantía de los principios de objetividad y transparencia en la selección de la oferta más ventajosa, se constituirá un Órgano de Valoración que estará compuesto por los siguientes miembros:
Titular: Xxxxx Xxxx Xxxxxx Titular: Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Titular: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx Titular: Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
Secretaria: Persona designada de Servicios Jurídicos, que se le atribuirá la función de impulso y tramitación documental del expediente y que ejercerá igualmente las funciones de secretaría del Órgano de Valoración.
El Órgano de Valoración será quién emita el informe correspondiente del resultado de la calificación de la documentación de los sobres 2 y 3 al Órgano de Contratación
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7. PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO.
La duración del contrato será de DOS AÑOS, a contar desde el día siguiente a su formalización.
El contrato deberá formalizarse en la forma y plazo descritos en el presente pliego. No se podrá iniciar la ejecución del contrato sin su previa formalización.
Se prevé la posibilidad de prórroga del contrato por dos plazos consecutivos de UN AÑO, salvo denuncia expresa por parte de AGUAS DE TORREMOLINOS, que se deberá realizar con una antelación mínima de 2 MESES a la finalización del plazo inicial de duración del contrato o a la finalización de cada una de las prórrogas que, en su caso, se produzcan.
8. PRESUPUESTO BASE Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.
Dada las condiciones técnicas de ejecución de los trabajos contenidos en el PPT de este expediente, el órgano de contratación ha estimado, en función de los suministros realizados con anterioridad, El presupuesto base de licitación es de QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS EUROS CON SESENTA Y OCHO CENTIMOS
(576.572,86€), el IVA que corresponda, (288.286,43€ anuales), conforme al desglose de precios unitarios expresados en el Anexo III, del PPTP. Los licitadores podrán formular ofertas económicas mejorando el precio unitario base de licitación a la baja.
Las proposiciones que se presenten superando el presupuesto base de licitación serán desechadas. El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación, que en ningún caso superará el presupuesto base de licitación. El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se contemplará como partida independiente.
Al ser la presente licitación a precios unitarios, el importe indicado como presupuesto base, no supone tope máximo o mínimo alguno.
El valor estimado del contrato a los efectos del art.17 de la Ley 31/2007 asciende a UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO EUROS CON
TREINTA Y SEIS CENTIMOS (1.153.145,36€), sin incluir el IVA vigente.
Existe el crédito suficiente para atender a las obligaciones económicas que se deriven de la contratación.
El precio del contrato abarca tanto los gastos correspondientes a las prestaciones que comprenden el objeto del contrato, como todos aquellos que se deduzcan de la ejecución de
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dichas funciones. Se incluirá dentro del precio contractual cualquier gasto necesario para la correcta ejecución del objeto del contrato.
A todos los efectos, se entenderá que las ofertas que se presenten comprenden los tributos que les sean de aplicación según las disposiciones vigentes, a excepción del IVA, que figurará en partida independiente.
9. REVISIÓN DE PRECIOS.
El adjudicatario tendrá derecho a la revisión del precio del contrato, de acuerdo con los siguientes criterios:
- Durante los dos primeros años del contrato, no tendrá derecho a revisión alguna.
- Transcurridos 24 meses desde la adjudicación definitiva, y siempre que el contrato siga en vigor, procederá la revisión a IPC anual siempre y cuando la variación interanual del periodo inmediatamente anterior sea positiva. La revisión se aplicará en las liquidaciones devengadas en el período de revisión exclusivamente. Si hubiese liquidaciones acreedoras de revisión a las que no se les ha aplicado la misma por demoras en la publicación del índice correspondiente, se practicará una liquidación complementaria.
10. FORMA DE PAGO.
El adjudicatario o adjudicatarios, en su caso, tienen derecho al abono de los servicios efectivamente realizados y formalmente recibidos por AGUAS DE TORREMOLINOS mediante la conformidad de los mismos emitida por esta empresa.
La empresa adjudicataria emitirá cada mes las facturas correspondientes a los servicios realizados en el mes anterior conforme a lo establecido en las estipulaciones de precio de su oferta y en el PPTP correspondiente a esta licitación.
El abono de las referidas facturas se efectuará por AGUAS DE TORREMOLINOS en el plazo legal establecido en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, mediante confirming.
El pago de la factura no supone que AGUAS DE TORREMOLINOS considere efectuada correctamente la prestación, ni la renuncia a los derechos que puedan corresponderle en virtud de la misma frente al contratista, reservándose expresamente el ejercicio de tales derechos, sin perjuicio del pago efectuado.
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11. GARANTÍA. Provisional. No se pide.
Definitiva. El adjudicatario constituirá en el plazo de 10 días habiles siguientes a la notificación de la adjudicación, garantía definitiva por el importe del 5% del precio de adjudicación, excluido el IVA. La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el 108 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
Esta garantía responderá del cumplimiento íntegro por el adjudicatario de las obligaciones derivadas del contrato, así como de las penalidades que por incumplimiento se pudieran imponer.
De no constituirse la garantía por el adjudicatario en el plazo previsto, AGUAS DE TORREMOLINOS podrá declarar nula la adjudicación y excluir del procedimiento al adjudicatario.
Cuando a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, se reajustará la garantía constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre la misma y el presupuesto del contrato, en el mismo plazo de 10 días naturales.
Se adjunta modelo de Aval como Anexo I a este PCAP.
12. RESPONSABLE DEL CONTRATO.
El órgano de contratación designará un responsable del contrato al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada. La designación o no del responsable, y el ejercicio o no por el mismo de sus facultades, no eximirá al contratista de la correcta ejecución del objeto del contrato, salvo que las deficiencias sean debidas a orden directa del mismo.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
13. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
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El contrato se adjudicará por procedimiento abierto, bajo el criterio de valoración de la oferta económicamente más ventajosa, conforme lo establecidoartículo 58 y art. 60 b) de la Ley 31/2007.
La convocatoria de la presente licitaciones se publicará en Boletines Oficiales y en el perfil del Contratante de AGUAS DE TORREMOLINOS.
En el citado perfil igualmente se insertará el presente pliego, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, así como toda la documentación complementaria. El envío del anuncio al DOUE precederá a cualquier otra publicidad y en él se indicará de manera expresa la fecha y hora de finalización del plazo de presentación de proposiciones.
El contrato se adjudicará por procedimiento abierto, bajo el criterio de valoración de la oferta económicamente más ventajosa, conforme lo establecidoartículo 58 y art. 60 b) de la Ley 31/2007.
La convocatoria de la presente licitaciones se publicará en Boletines Oficiales y en el perfil del Contratante de AGUAS DE TORREMOLINOS.
14. CONDICIONES DE APTITUD PARA CONTRATAR CON AGUAS DE TORREMOLINOS
A) Capacidad para contratar
Podrán presentar proposiciones las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten el cumplimiento de los criterios de selección cualitativa que se determinan en este expediente de contratación, de conformidad a lo establecido en el artículo 21 de la Ley 31/2007.
Las personas jurídicas, solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que a tenor de sus propios Estatutos o reglas fundacionales le sean propias.
AGUAS DE TORREMOLINOS podrá contratar con licitadores o candidatos que participen conjuntamente. Esta participación se instrumentará mediante la aportación de un documento privado en el cual se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación de cada uno de ellos y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta
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la extinción del mismo. Los contratistas que participen conjuntamente en un contrato responderán solidariamente de las obligaciones contraídas. Cada sociedad asumirá las responsabilidades de cobro, pago y demás obligaciones económicas y fiscales derivadas del cumplimiento y extinción del contrato. En el caso de las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo que la legislación del Estado respectivo exija la inscripción en un registro profesional o comercial, será suficiente la acreditación de la inscripción, la presentación de una declaración jurada o un certificado de los previstos en los Anexos IX A, IX B o IX X xx xx Xxxxxxxxx 0000/00, xx 00 xx xxxxx, xxx Xxxxxxxxxx Europeo y del Consejo, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de servicios y de suministros, conforme a las condiciones previstas en el Estado miembro en el cual se encuentren establecidas.
Las empresas de estados no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo, además de acreditar su capacidad de obrar conforme la legislación de su Estado de origen y su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, deberán justificar mediante informe de la respectiva representación diplomática española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga.
B) Solvencia económica y financiera.
Podrán tomar parte en esta licitación las personas naturales o jurídicas que acrediten la siguiente solvencia económica y financiera:
El licitador deberá tener suscrito un seguro que cubra la responsabilidad que se derive por la ejecución de la actividad con cobertura mínima de 350.000 euros, así como los seguros que le sean obligatorios por el desempeño de su actividad, siendo necesario acreditar dicha circunstancia en el Sobre nº 1 de Documentación Administrativa mediante el correspondiente Certificado de la compañía aseguradora.
C) Solvencia técnica o profesional.
Podrán tomar parte en esta licitación las personas naturales o jurídicas que acrediten la siguiente solvencia:
1.- Los licitadores deberán acreditar:
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• Estar inscrito en el Registro oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del estado. ROLECE
• Disponer de ISO 9001, ISO 14001 y OSHAS 18001
Dichas certificaciones deberán incluir específicamente las actividades relacionadas con el objeto del contrato
2.- El licitador deberá haber realizado servicios de igual o similar naturaleza a los definidos en el objeto del Contrato, en los últimos 3 años. Para justificar la realización de dichos trabajos presentará al menos 3 certificados de buena ejecución, firmados por los representantes legales de las empresas a los que se haya prestado el servicio o administración publica correspondiente, de los últimos 3 años, cuyo importe anual sean igual o superior a 130.000 de euros por contrato.
Aquellas empresas que dispongan de la siguiente clasificación de servicios, no vendrán obligadas a presentar los certificados de buena ejecución referidos en el párrafo anterior.
Grupos | Subgrupos | Categoría |
P | 01, 02 y 05 | D |
V | 03 | B |
En cualquier caso, la presentación de proposición no atribuye más derecho al licitador que el de ser parte en el proceso y que AGUAS DE TORREMOLINOS valore su oferta de acuerdo con los términos previstos en los Pliegos por los que se rige el presente contrato.
15. PRESENTACIÓN POR LOS LICITADORES DE LAS OFERTAS.
15.1. Presentación de ofertas.
Las ofertas, junto con la documentación preceptiva, se presentarán en el Registro General de AGUAS DE TORREMOLINOS , dentro del plazo indicado al efecto en el anuncio de la licitación. Cada licitador podrá presentar una sola oferta. La contravención de esta prohibición dará lugar al rechazo de todas las propuestas incursas en duplicidad.
En el supuesto en que los sobres de licitación sean enviados por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar mediante correo electrónico (a la dirección: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx-xx.xx), antes del plazo
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de finalización de presentación de las ofertas, la remisión de la oferta al Registro señalado en la convocatoria. Sin la concurrencia de estos requisitos no será admitida la solicitud si es recibida por el Órgano de Contratación con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio. El anuncio a la entidad por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y si identifica fehacientemente el remitente y el destinatario. En caso de que después de 10 días naturales desde la finalización del plazo de presentación de proposiciones no se hubiera recibido a la entidad la proposición enviada por correo, ésta no será admitida en ningún caso.
Todos los licitadores deberán señalar en el momento de presentar sus propuestas además de su dirección postal, una dirección de correo electrónico, para las comunicaciones y relaciones que, en general, se deriven del procedimiento de adjudicación que de cualquier manera puedan afectar al licitador.
No se aceptarán aquellas ofertas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que AGUAS DE TORREMOLINOS estime fundamental para la oferta, o que, cuando sean exigibles, no concreten los medios personales o materiales a adscribir a la ejecución del contrato.
En ningún caso cabe presentar documentación nueva una vez terminado el plazo de presentación de ofertas.
15.2. Forma de presentación de las ofertas.
Los licitadores interesados presentarán sus ofertas en TRES SOBRES (1, 2 y 3), firmados por persona con facultades para ello y cerrados de forma que se garantice el secreto de su contenido. En cada sobre figurará externamente el nombre del licitador o licitadores, persona o personas de contacto, domicilio social, teléfono, y dirección de correo electrónico a efectos de comunicaciones, así como el número o clave del expediente y el título del mismo, y correspondientemente sellado por las empresas.
Las ofertas se presentarán en idioma castellano. En el caso de que se presente en idioma distinto, ésta deberá acompañarse de traducción realizada por intérprete jurado. En el caso de presentarse alguna documentación en otro idioma o lengua sin la traducción correspondiente, el Órgano de Contratación se reserva la facultad de no considerar dicha documentación.
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Los licitadores respetarán en la presentación de documentos el orden establecido en los puntos que siguen, incluso para aquellos apartados en que, por las razones que se aduzcan, no proceda su presentación.
La documentación correspondiente a los Sobres 1, 2 y 3 se presentará en su interior en soporte digital (pendrive) y en papel. Las ofertas que no cumplan este requisito podrán ser desechadas.
Las ofertas de los licitadores irán referidas a la totalidad del objeto del contrato.
Se podrán pedir aclaraciones o justificaciones documentales de los datos aportados por el licitador. No se aceptarán aquellas ofertas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que se estime fundamental para la oferta.
La falta de la presentación de cualquiera de los documentos exigidos para la licitación será, por sí sola, causa de exclusión de la misma, salvo que el Órgano de Contratación lo considere subsanable.
15.3. Documentación de las ofertas.
a) SOBRE 1: Documentación Administrativa acreditativa de la capacidad de obrar y de la solvencia.
• Xxxxx XX y III xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas
• Los licitadores que presenten oferta mediante una Unión Temporal de Empresa (UTE) o Agrupación de Empresarios deberán aportar compromiso de constitución, además del resto de requisitos contemplados en el artículo 69.3 de la LCSP.
• Anexo V. Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entiéndase por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en las que hagan constar esta condición.
Los licitadores deberán tener en cuenta que, en cualquier momento del procedimiento, la Mesa de contratación o el Órgano de contratación les podrá solicitar que aporten la documentación acreditativa de los datos indicados en las declaraciones responsables. De no
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cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en plazo, se entenderá que el licitador ha retirado injustificadamente su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad.
b) SOBRE 2: Documentación técnica: documentación relativa a los criterios cuya valoración depende de un juicio de valor.
En el Sobre número 2 se incluirá la documentación relativa a los criterios cuya valoración depende de un juicio de valor. La misma deberá contener lo recogido en la Clausula 16.3.1.X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y un indice de documentos en el que se hará constar en hoja independiente el contenido del sobre enunciado numéricamente.
En ningún caso se incluirá en este sobre la documentación relativa a los criterios valorables mediante la mera aplicación de fórmulas.
c) SOBRE 3: Proposición Económica y documentación relativa a otros criterios cuya valoración depende de la aplicación de una fórmula.
Proposición económica: La oferta se ajustará al modelo recogido en el Anexo IV del presente pliego debidamente cumplimentado con los precios unitarios ofertados, con dos decimales, para cada uno de los artículos del Anexo III del PPT (“Precios unitarios”),
16. MESA DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación de AGUAS DE TORREMOLINOS estará asistido por aquéllos técnicos que expresamente designe para el estudio e informe de las ofertas, así como para la realización de las gestiones relacionadas con la licitación. A tales efectos, se constituirá una Mesa de Contratación de conformidad con lo dispuesto en el art. 21 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, cuya composición se publicará en el Perfil del Contratante de AGUAS DE TORREMOLINOS
17. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA (SOBRE 1), SUBSANACIÓN DE DEFECTOS Y OMISIONES. EXCLUSIÓN.
Para la calificación de la documentación presentada por los licitadores, el órgano de contratación observará el siguiente procedimiento:
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La documentación administrativa (Sobre 1) presentada por los licitadores será calificada por quien designe el órgano de contratación de AGUAS DE TORREMOLINOS en acto no público.
Deberá dejarse constancia en el expediente de contratación de la relación de documentos aportados por cada licitador.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará por escrito a los licitadores afectados, concediéndose un plazo no superior a tres
(3) días para que los licitadores los corrijan o subsanen.
En este sentido, se considerarán no subsanables los defectos consistentes en la inexistencia de los requisitos exigidos, y subsanables aquéllos que hagan referencia a la mera falta de acreditación de los mismos.
No se admitirá en el procedimiento de licitación a aquellos licitadores cuya documentación tenga defectos no subsanables o que no se hayan subsanado en el plazo otorgado.
Asimismo, y a efectos de verificar la eventual concurrencia de prohibiciones para contratar, se podrá requerir al licitador para que presente certificados y documentos complementarios a los que hubiesen presentado, o bien realicen aclaraciones sobre éstos. Este requerimiento deberá llevarse a cabo en el plazo xxxxxx xx xxxx (10) días.
Una vez calificada la documentación administrativa y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones advertidos por el órgano de contratación, se procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección fijados en el PCAP, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los excluidos y sobre las causas de su exclusión. Deberá dejarse constancia en el expediente de contratación de las actuaciones realizadas.
18. APERTURA DE PROPOSICIONES (SOBRES 2 Y 3).
Si de la calificación resultara que la documentación presentada es correcta, el órgano de contratación o la Mesa de Contratación procederá en acto privado, a la apertura del Sobre nº 2, que contiene la proposición técnica y se requerirá informe a los servicops técnicos sobre la ponderación de los criterios correspondientes al sobre nº 2. De la reunión en la que se proceda a la apertura de este sobre quedará constancia en el expediente mediante la correspondiente Acta. No se admitirá la presentación de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas o, en su caso, durante el plazo otorgado para la subsanación de defectos.
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La apertura del Sobre nº 3 se efectuará, en acto público, en el día y hora señalados por el órgano de contratación, notificándose la fecha de apertura a los licitadores admitidos vía e- mail o a través del perfil del contratante de AGUAS DE TORREMOLINOS
La ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor se dará a conocer con carácter previo a la apertura de Sobre nº 3, mediante su publicación en el Perfil del Contratante.
Las sesiones públicas serán anunciadas en el Perfil del Contratante de AGUAS DE TORREMOLINOS con, al menos, tres días hábiles de antelación a la fecha de su celebración. En su caso, la Mesa de Contratación procederá, en sesión no pública, a formular la propuesta de adjudicación al órgano de contratación, previa solicitud de los informes técnicos que considere precisos.
En el caso de que varias empresas licitadoras empaten, en cuanto a la proposición económicamente más ventajosa, tendrán preferencia en la adjudicación aquellas empresas que hayan declarado tener en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por cien.
Si varias empresas licitadoras, de las que hubieran empatado en cuanto a la proposición económicamente más ventajosa, declarasen tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por cien, tendrá preferencia en la adjudicación el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
Para acreditar los extremos señalados en los dos párrafos anteriores, las empresas licitadoras incluirán en el Sobre nº 1, la documentación correspondiente.
A la vista de la clasificación por orden decreciente de valoración de las proposiciones, la Mesa de Contratación propondrá al Órgano de contratación la adjudicación a favor del licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a AGUAS DE TORREMOLINOS. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
19. CRITERIOS DE VALORACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
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La evaluación de propuestas se realizará en dos ámbitos: la evaluación por criterios cuya aplicación depende de fórmulas y la evaluación conforme criterios cuya aplicación requiere de juicios de valor; siendo la puntuación total posible a obtener de 100 puntos.
La puntuación máxima asignada a cada uno de los ámbitos es:
CRITERIOS DE VALORACIÓN | PUNTUACIÓN MÁXIMA |
CRITERIOS SUBJETIVOS | 40 |
CRITERIOS ECONÓMICOS | 60 |
PUNTUACIÓN FINAL | 100 |
A. CRITERIOS EVALUABLES POR LA APLICACIÓN DE FORMULAS:
Se ofertará un solo porcentaje de baja aplicable a la totalidad de los precios del Anexo 3, salvo la partida de Seguridad y Salud que no estará afecta de baja.
La valoración económica de las ofertas admitidas vendrá determinada por la siguiente fórmula:
VE = VMAX - ((OFMIN-OFLV)/OF
1,2)
LV
Dónde:
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VE = Valoración del licitador VMAX = Valoración máxima (60)
OFMIN = Oferta mínima de las presentadas OFLV = Oferta del licitador que se valora
B. CRITERIOS NO EVALUABLES POR LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS:
Los criterios que servirán de base para la adjudicación del contrato que dependen de juicios de valor serán los expresados en la cláusula 16.3.1.B. denominada Valoración Técnica, del PPTP
20. ADJUDICACIÓN.
20.1.- Documentos previos a la adjudicación del contrato y adjudicación.
El Órgano de Valoración elevará al Órgano competente los licitadores admitidos junto con el acta y la propuesta que estime pertinente, basada, en todo caso, en los criterios indicados en la cláusula denominada “Criterios de valoración” de este Pliego.
La adjudicación se acordará por el Órgano de contratación en resolución motivada que se publicará en la pagina web de AGUAS DE TORREMOLINOS, sin tener que notificar a los licitadores participantes que no hayan sido adjudicatarios. La adjudicación deberá ser motivada, y dentro del plazo máximo señalado en la LCSP. Se considerará motivac ión suficiente si en la resolución se asume el informe del técnico de valoración.
El Órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la ejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
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La declaración del carácter desproporcionado o anormal de las bajas requerirá la previa solicitud de información a todos los licitadores supuestamente comprendidos en ella y el asesoramiento técnico del servicio correspondiente, de conformidad con lo indicado en el artículo 149 de la LCSP.
El Órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en este pliego, de conformidad con lo establecido en el artículo 150.3 de la LCSP.
El Órgano de contratación, a la vista de la propuesta adjudicataria, requerirá al licitador propuesto para que, dentro del plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, remita a AGUAS DE TORREMOLINOS la siguiente documentación:
1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del licitador o su representante. Además, en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial.
2. Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución y modificaciones realizadas hasta la fecha de presentación, inscritas en el Registro Mercantil. En caso de no ser obligatoria la inscripción del Registro Mercantil, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acta fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscrita, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
3. En caso de que se haya concurrido en UTE, escrutas de constitución de UTE.
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4. Declaración expresa responsable en la que el licitador manifieste no estar él ni la entidad a la que representa incursa en alguna de las causas de prohibición para contratar con la Administración previstas en la LCSP.
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración Tributaria y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, y se acompaña certificación expedida por dichas Administraciones de estar al corriente de sus obligaciones, la fecha de expedición de los certificados no podrá tener una antigüedad superior a 10 días naturales desde la presentación de la oferta.
5. Acreditación de haber satisfecho el último recibo del IAE o del alta, si ésta se ha producido en el ejercicio corriente, o, en su caso, acreditación de estar exento de su pago.
6. Justificantes/certificados de solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos previstos en el presente pliego.
7. Cuando el licitador acredite su solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades deberá aportar los siguientes documentos:
7.1. Los que acrediten la solvencia que por sí posea el licitador y la parte de solvencia que integra con medios externos, referida a cada uno de los criterios de solvencia exigidos en el Pliego.
7.2. Una declaración responsable de que las empresas con las que integra su capacidad, en la que manifiesten no estar incursas en prohibición de contratar, junto con el certificado de que están al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
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7.3. El compromiso de poner a disposición de la adjudicataria la solvencia y los medios necesarios durante la ejecución del contrato, respondiendo solidariamente de la ejecución del contrato cuando así se exija en este Pliego. Antes de la formalización del contrato, este documento deberá elevarse a escritura pública.
8. Certificación del número global de trabajadores de plantilla y el número de trabajadores con discapacidad, diferenciando en ambos casos el número de hombres y de mujeres.
9. Certificación de que la empresa licitadora cuenta con un plan de igualdad, en su caso
10. Constituir las garantías que, conforme a lo dispuesto en este pliego, le sean exigidas y que se detallarán en dicho requerimiento.
De no cumplimentarse adecuadamente ese requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
20.2.- La adjudicación deberá ser motivada, se publicará en el perfil del contratante, concretando y fijando los términos definitivos del contrato. Se considerará motivación suficiente si en la resolución se asume el informe técnico de valoración.
FORMALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
21. DOCUMENTOS PREVIOS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
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Adicionada a la documentación relacionada en la cláusula 20 del presente, Aguas de Torremolinos podrá requerir al adjudicataria cualquier otra documentación que considere necesaria para la firma del Contrato.
Simultáneamente a la firma del contrato, deberán firmarse por el adjudicatario, tanto el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, como el correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas.
22. PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se perfeccionará mediante su formalización en documento administrativo dentro del plazo de treinta días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación del mismo.
El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso el contratista deberá entregar a AGUAS DE TORREMOLINOS una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
23. EJECUCIÓN DE LAS PRESTACIONES OBJETO DEL CONTRATO.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El adjudicatario queda obligado a realizar las tareas objeto del contrato y presentar toda la documentación necesaria para acreditar la correcta realización de los trabajos que se determinen en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
El adjudicatario entregará a AGUAS DE TORREMOLINOS la documentación precisa en el formato y número solicitado por éste.
24. CONFIDENCIALIDAD.
Los licitadores podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas.
El órgano de contratación no podrá divulgar esta información sin su consentimiento.
De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el
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conocimiento de esa información, salvo que los pliegos o el contrato establezcan un plazo mayor.
25. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES DEL CONTRATO.
A) Obligaciones del adjudicatario:
El adjudicatario declara conocer y se obliga a cumplir la normativa vigente que afecta al servicio realizado, obligándose a efectuarlo según los términos y condiciones que se establecen en el presente documento, en el PPT y sus Anexos, en su oferta y demás documentación que revista carácter contractual, así como en los términos y condiciones de calidad recogidos en la normativa que le resulte de aplicación.
El adjudicatario se compromete asimismo a:
Actuar en todo momento procurando proteger los intereses de AGUAS DE TORREMOLINOS absteniéndose de realizar cualquier actividad que pueda dañar el buen nombre y reputación de la misma;
Dedicar los recursos humanos y materiales necesarios para el óptimo desarrollo de las tareas propias del servicio contratado.
Cumplir las instrucciones que razonablemente le transmita de forma expresa AGUAS DE TORREMOLINOS por mediación de sus representantes o responsable del contrato, que habrán de sujetarse en todo caso a las normas y principios establecidos en el Contrato;
Cumplir las obligaciones propias de su condición de empresario independiente, entre las que se incluyen:
obtener cuantos permisos, autorizaciones y altas precise para ejecución de objeto del contrato;
satisfacer puntualmente y en su integridad cuantas obligaciones fiscales, laborales y ante la Seguridad Social sean exigibles para el correcto desarrollo de su actividad, y, en general, cumplir con cualquier otra obligación derivada de la vinculación con personas que trabajen con o para ella.
El adjudicatario cumplirá sus obligaciones al amparo del Contrato dentro de los plazos y en las condiciones previstas en el mismo, debiendo cumplir con sus obligaciones según éstas se definen y regulan en el Contrato y en los pliegos que rigen esta licitación.
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El adjudicatario ejecutará el objeto del Contrato en estricta observancia de los procedimientos y parámetros establecidos en virtud de la oferta presentada y en el Contrato. Asimismo, velará por el cumplimiento del anterior compromiso por sus empleados y/o subcontratistas involucrados en la ejecución del Contrato.
Con carácter general, el adjudicatario se compromete a realizar cuantas actuaciones sean necesarias con la finalidad de llevar a cabo de forma satisfactoria el servicio, en los términos previstos en el contrato, y sin que la mera puesta a disposición de recursos o la dedicación de horas, descargue o exonere al adjudicatario de sus obligaciones.
El adjudicatario estará obligado a cumplir con absoluta rigurosidad la legislación medioambiental en el desarrollo de su actividad, siendo la única responsable de los incumplimientos que cometiera, inclusive en caso de simple inobservancia, considerándose a todos los efectos esta obligación como esencial en el Contrato.
Cuantas obligaciones se establezcan a su cargo en el documento de formalización contractual o demás documentación que rija la licitación.
B) Derechos del adjudicatario:
Percibir el precio derivado del cumplimiento del presente contrato.
En general, cuantos derechos se deriven del presente PCAP, del PPT y de cuantas normas o disposiciones resulten de directa o supletoria aplicación al contrato.
C) Obligaciones a cargo de AGUAS DE TORREMOLINOS
AGUAS DE TORREMOLINOS asume las obligaciones que se detallan a continuación: Abonar la remuneración, en el plazo, forma y demás términos previstos en el contrato.
Permitir al adjudicatario acceder a sus instalaciones, siempre que ello sea necesario para la correcta ejecución del contrato.
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De ser necesario, proporcionar al adjudicatario la documentación técnica y operativa, el material y los datos que obren en su poder y fueran necesarios para la adecuada ejecución del Contrato.
Obtener, y mantener en vigor durante todo el plazo del contrato, con una compañía de seguros de primer orden, las pólizas de seguros necesarias en atención a sus actividades y los riesgos inherentes a las mismas, y en particular en relación con las actividades desarrolladas en sus instalaciones.
Cuantas demás obligaciones se establezcan a su cargo en el documento de formalización contractual o demás documentación que rija la licitación.
D) Derechos de AGUAS DE TORREMOLINOS
A exigir el fiel cumplimiento del contrato, de conformidad con su contenido y con el del PCAP y del PPT.
En general a cuantos derechos se deriven del presente pliego y demás documentos contractuales recogidos en la cláusula 2ª del mismo y de cuantas normas o disposiciones resulten de directa o supletoria aplicación al contrato.
26. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
27. PENALIDADES
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos.
Si del incumplimiento del adjudicatario se derivase perturbación grave y no reparable por otros medios para AGUAS DE TORREMOLINOS ésta podrá decidir resolver el contrato o intervenir el desarrollo de las prestaciones objeto del mismo hasta que aquella perturbación desaparezca.
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En todo caso, el adjudicatario deberá abonar a AGUAS DE TORREMOLINOS los daños y perjuicios que efectivamente le irrogue.
En caso de demora, mala ejecución, ejecución defectuosa o incumplimiento parcial o total imputable al adjudicatario, el órgano de contratación le impondrá las penalidades recogidas en el PPTP, que serán inmediatamente ejecutivas, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista. Dichas penalidades habrán de recogerse en el documento de formalización contractual y serán acordes con lo establecido al respecto en el PPT correspondiente a esta licitación.
28. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
El régimen de modificación del contrato se regirá por lo establecido en los artículos 203 y siguientes (subsección 4, Sección 3) de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Publico.
29. CESIÓN DEL CONTRATO
El contrato no podrá cederse por el contratista, salvo previa autorización por escrito del órgano de contratación. A tal efecto, deberán facilitarse los datos relevantes del potencial cesionario, con el fin de comprobar si cumple los requisitos de solvencia. Una vez comprobado que reúne la solvencia suficiente, el órgano de contratación decidirá discrecionalmente si autoriza o no la cesión, teniendo en cuenta para ello la necesaria confianza que debe existir entre entidad contratante y contratista.
En caso de fusión, escisión o transmisión de rama de actividad, el contrato proseguirá con la entidad resultante siempre que acredite solvencia suficiente, lo que deberá ser valorado por el órgano de contratación.
30. SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario no podrá subcontratar las prestaciones objeto del contrato sin autorización expresa de AGUAS DE TORREMOLINOS
En cualquier caso, la subcontratación que pretenda efectuarse deberá cumplir las condiciones y límites previstos en la Ley 9/2017 de la Ley de Contratos del Sector Publico.
31. GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA.
Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública.
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Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos gastos generales, gastos financieros, seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios de personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, y demás derivados de las obligaciones del contrato.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
El contratista vendrá obligado a la suscripción, a su cargo, de las pólizas de seguros que estime convenientes el órgano de contratación.
EXTINCIÓN DEL CONTRATO
32. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán motivos para la resolución inmediata del contrato, sin que el contratista pueda exigir por ello compensación de ninguna clase a título de indemnización, los siguientes:
El incumplimiento de las obligaciones esenciales del contrato.
AGUAS DE TORREMOLINOS podrá resolver el contrato considerándose falta muy grave por incumplimiento del Contratista en todo lo referente a la normativa aplicable en materia de Medios Ambiente, gestión de residuos, por incumplimiento en las instrucciones de Trabajo entregadas al Contratista, por la inobservancia del deber de diligencia en materia de daños/vertidos al medio ambiente.
Cualquier incumplimiento por parte del contratista de las estipulaciones contenidas en los documentos de valor contractual citados en la cláusula 2ª del presente pliego.
La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, sin perjuicio de lo previsto en el último párrafo de la cláusula 30ª del presente pliego.
La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento. El mutuo acuerdo entre AGUAS DE TORREMOLINOS y el contratista.
La no formalización del contrato en plazo.
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La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista.
La declaración incompleta o falsa sobre los requisitos de solvencia y capacitación técnica que, en su caso, sean exigidos por el órgano de contratación.
Cualesquiera otra previstas en el marco jurídico de aplicación a la ejecución del contrato y en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Publico para los contratos de servicios.
Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a AGUAS DE TORREMOLINOS por los daños y perjuicios ocasionados.
LEGISLACIÓN
33. OTRAS NORMAS DE APLICACIÓN
Además de las disposiciones recogidas en la cláusula 5ª de este pliego, el adjudicatario deberá observar lo dispuesto en cualquier otra disposición de carácter sectorial que pueda afectar al objeto del contrato y a su ejecución. También deberá observar el obligado cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, se Seguridad y Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales, teniendo en cuenta lo señalado en las siguientes cláusulas.
34. CLÁUSULA MEDIOAMBIENTAL Y RESPONSABILIDAD CORPORATIVA
El adjudicatario responderá de cualquier incidente medioambiental por él causado, liberando a AGUAS DE TORREMOLINOS de toda responsabilidad sobre el mismo. AGUAS DE TORREMOLINOS se reserva el derecho a repercutir sobre el adjudicatario las acciones y gastos que se originen por el incumplimiento de sus obligaciones de carácter ambiental.
Para evitar tales incidentes, el adjudicatario adoptará con carácter general las medidas preventivas oportunas que dictan las buenas prácticas de gestión.
El adjudicatario adoptará las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de la legislación medioambiental vigente que sea de aplicación al servicio realizado.
Es responsabilidad del adjudicatario conocer y cumplir los principios del Pacto Mundial, el Código Ético y Política de Desarrollo Sostenible del Grupo SUEZ xxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxx.xx/
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, así como respetar los Derechos Humanos en el ejercicio de su actividad, tal como se recoge en los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos de las Naciones Unidas.
El adjudicatario podrá acceder al citado principio del Pacto Mundial en xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx, al Código Ético y a la Política de Desarrollo Sostenible del Grupo SUEZ en xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxxxx-xxxxxxxxxx y a los Principios Rectores xxxxx://xxxxxxxx- xxxxxxxxxxx.xxx/xx/xx-xxxxxxx-xxxxxxxxxx.
35. LEGISLACIÓN LABORAL Y TRIBUTARIA.
El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en material laboral, de Seguridad, Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales, así como las dictadas en materia tributaria; y en especial estará obligado a lo siguiente:
a) El contratista asume, como total y único responsable de la obligación de guardar y hacer guarda las prescripciones dimanantes de la Legislación Laboral, Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales, aplicables al objeto del contrato, que se encuentren vigentes durante la duración del mismo, siendo de su exclusiva cuenta y abono todos los gastos que ello ocasionare, así como las consecuencias derivadas del incumplimiento, siendo de su cuenta el abono de todos los importes que AGUAS DE TORREMOLINOS tuviera que abonar por sanciones o responsabilidades que se le exigieren por dicho incumplimiento, la cual detraerá dichas cantidades de las facturaciones que haya de abonar al contratista.
b) La empresa adjudicataria pondrá a disposición de AGUAS DE TORREMOLINOS en el momento de la firma del contrato, el alta de los trabajadores a emplear en la prestación de los trabajos objeto del contrato, en el régimen correspondiente a la Seguridad Social. Igualmente pondrá a disposición de AGUAS DE TORREMOLINOS copia de los TC-2 o los que vengan a sustituirlos.
c) Mensualmente acreditará el mantenimiento en alta de todos los trabajadores empleados, el pago de cotizaciones y abono de nóminas, Si se hubieran producido variaciones en el número o identidad de los trabajadores, se hará constar expresamente.
d) Las certificaciones exigidas, de estar al corriente de pago con las Administraciones, serán renovadas semestralmente.
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e) Se deberá acreditar antes del comienzo del contrato, haber dado cumplimiento a la normativa vigente y aplicable al mismo, en materia de Seguridad Social, Salud Laboral y Prevención de riesgos Laborales, y a las obligaciones que le impone dicha normativa: formación a trabajadores, información de riesgos, garantía periódica de salud, certificados médicos etc.; no pudiendo realizar el servicio objeto del contrato ningún trabajador cuyo estado de salud no sea apto para el mismo.
f) Deberá poner en conocimiento de AGUAS DE TORREMOLINOS la filiación de cada trabajador que preste sus servicios a la misma: Nombre y apellidos, categoría profesional, TC- 2 del último mes cotizado, Convenio por el que se rigen, y certificado de haber realizado un curso de Seguridad de Salud Laboral y Prevención de Riesgos. Estos datos deberán aportarse para todas aquellas altas que se produzcan.
36. PROTECCIÓN DE DATOS.
El adjudicatario tratará de modo confidencial cualesquiera datos e información de carácter personal que le sean proporcionados, o a la que tenga acceso directamente, con motivo de la ejecución del contrato. En este sentido, vendrá obligado al cumplimiento del contenido de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, y demás normas concordantes vigentes, o que se promulguen en un futuro.
37. JURISDICCIÓN.
de los Tribunales competentes de Málaga.
En Torremolinos, 05 de septiembre de 2019
La Secretaria
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción
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A) DESIGNACIÓN DEL CONTRATO: Servicios de asesoramiento hidrogeológico y mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo de las captaciones de agua subterránea y otras instalaciones gestionadas por Aguas de Torremolinos. |
PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN MÁXIMO: QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS EUROS CON SESENTA Y OCHO CENTIMOS (576.572,86€) VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO EUROS CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (1.153.145,36€) |
C) SOLVENCIA ECONÓMICA – FINANCIERA Y TÉCNICA: La indicada en la Cláusula 14 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares. |
D) REVISIÓN DEPRECIOS:Se contempla en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. |
E) VARIANTES: Conforme lo recogido en PCAP |
F) CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN: Oferta económica más ventajosa, existiendo más de un criterio de evaluación, conforme a cláusula 19 Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. |
G) DURACIÓN: Dos años (2 años). Con posibilidad de dos prórrogas anuales (1+1 año(s)) |
H) PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: Oficina de Aguas de Torremolinos, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, xx0, XX . 00000, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxx. en horario de atención a público de 9.00 a 13.00 ho ras, dentro del plazo de cincuenta y dos días naturales contados desde el día siguiente al envío del anuncio de licitación al Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE). |
I) APERTURA DE PROPOSICIONES: Se publicará en el perfil del contratante de Aguas de Torremolinos, con 3 días de antelación. |
J) GASTOS DE PUBLICIDAD: Por cuenta del adjudicatario. |
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ANEXO I MODELO DE AVAL
La Entidad Bancaria ..................................................................................... con
C.I.F.................................... y en su nombre y representación D. ………………
................................... con poderes suficientes para obligarle en este acto según resulta del bastanteo efectuado por.......................
AVALA
A..................................., con C.I.F................., en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 y 108 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en concepto de garantía PROVISIONAL/DEFINITIVA en concepto de fianza DEFINITIVA/PROVISIONAL (indicar la que corresponda) para responder de las obligaciones derivadas de la ADJUDICACIÓN del contrato de ………………….. Expte , ante AGUAS
XX XXXXXXXXXXXX, provista de C.I.F.: A.41.461.856., por importe de
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de exclusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la entidad AGUAS DE TORREMOLINOS, Gestión Integral de Aguas de Andalucía, S.A, con sujeción a los términos previstos en la legislación de Contratos del Sector Público y en sus normal de desarrollo.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en la Ley de Contratos del Sector Publico (9/2017)
Este aval podrá ser ejecutado de forma parcial, quedando obligada la entidad avalista por el resto; y mantendrá su validez en tanto que AGUAS DE TORREMOLINOS, S.A. no autorice su cancelación. "
EL presente aval ha sido inscrito con fecha en el registro especial de avales con
el Nº ..........................
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ANEXO II
MODELO DE ACEPTACIÓN DE COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES POR MEDIO DE CORREO ELECTRÓNICO Y/O FAX.
«D. , con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad , con CIF n.º , enterado del expediente para ……………………………………..Expte. servicios , por
procedimiento abierto, tramitación ordinaria, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, hago constar que conozco los Pliegos que sirven de base al contrato y los acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato licitado, y
PRESTO MI CONSENTIMIENTO, para que, en la tramitación de este procedimiento, se realicen todas las notificaciones y comunicaciones oportunas por parte de la entidad contratante a través de correo electrónico y/o fax que se especifica a continuación:
Correo electrónico: Fax:
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente en
(Lugar, fecha y firma)
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DECLARACIÓN RESPONSABLE A LOS EFECTOS DE LA CAPACIDAD DE OBRAR A LA QUE SE HACE REFERENCIA EN LA CLÁUSULA 16 XXX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
D./Dña con DNI/NIE en nombre propio o en representación de la empresa , con CIF nº , en calidad de , y con domicilio a estos efectos en
DECLARA:
Que la empresa a la que representa cumple las exigencias establecidas legalmente para contratar con el Sector Público y, en concreto, las exigidas en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas, que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente, a cuyos efectos acompaña, debidamente cumplimentado, el formulario de documento europeo único de contratación aprobado en el seno de la Unión Europea.
En relación con la declaración concerniente de concurrir a esta licitación empresas vinculadas por encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, manifiesta (marcar con X lo que proceda):
□ No encontrarse vinculada con ninguna empresa.
□ Ser empresa vinculada, por encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, presentándose a la licitación las siguientes empresas:
-
A efectos de cumplimentar el documento europeo único de contratación (DEUC), los licitadores pueden rellenar, imprimir e incluir en el sobre número 1 (documentación administrativa), en el enlace:
xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx
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A efectos de cumplimentar el DEUC deberán indicar en primer lugar “soy un operador económico” y a continuación “generar respuesta”, continuando posteriormente, rellenando los datos que se requieren.
Deberán completar obligatoriamente los siguientes apartados del DEUC:
-Parte I, II, III de forma integra
Parte IV subapartado C. Capacidad técnica y profesional y subapartado D Parte VI de forma íntegra.
En……………………..a……….. de……………….. de………………………
Firmado:
Servicios de asesoramiento hidrogeológico y mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo de las captaciones de
agua subterránea y otras instalaciones gestionadas por Aguas de Torremolinos.
Expte . servicios: 01-2019
ANEXO IV
El que suscribe, D. , con D.N.I. nº
vecino de (Población) , con domicilio en (calle o plaza) núm. , en nombre y representación de (Nombre completo de la empresa licitadora)
, con N.I.F. , se compromete ante AGUAS DE TORREMOLINOS S.A. a ejecutar los servicios de Asesoramiento Hidrogeológico y Mantenimiento Predictivo, Preventivo y Correctivo de las Captaciones de Agua Subterránea y Otras Instalaciones Gestionadas por AGUAS DE TORREMOLINOS S.A en el municipio de Torremolinos. Expte , conformándose
con los precios y condiciones que constan en el expediente respectivo, y ofertando los siguientes precios (I.V.A. excluido):
Xxxxxxx (S/Iva) | % Baja Ofertada | Importe Ofertado (€) | |
Presupuesto total Servicios de Asesoramiento Hidrogeológico y Mantenimiento Predictivo, Preventivo y Correctivo de las Captaciones de Agua Subterránea y Otras Instalaciones Gestionadas por AGUAS DE TORREMOLINOS según especificaciones Anexo III Pliego Prescripciones Técnicas Particulares | 277.576,34 € | € | |
Seguridad y Salud | 10.710,00€ | 0 % | 10.710,00 € |
SUMA | 288.286,34 € | € |
Lugar, Fecha y Firma.
Notas: 1.Solo rellenar cuadros sombreados.
2. En caso de discrepancia entre % de baja e importe ofertado, prevalecerá el % de baja.
3. El % de baja no superará los dos decimales.
Servicios de asesoramiento hidrogeológico y mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo de las captaciones de
agua subterránea y otras instalaciones gestionadas por Aguas de Torremolinos.
Expte . servicios: 01-2019
ANEXO V
SOBRE Nº1: RELACIÓN DE EMPRESAS PERTENECIENTES AL MISMO GRUPO
D………….con residencia en ……….., provincia de , y Documento
Nacional de Identidad ………………, en nombre de la empresa que representa…………..
y C.I.F …………..
DECLARA:
Que la empresa a la que representa: (indicar a ó b) No pertenece a ningún grupo de empresas.
Pertenece al grupo de empresas denominado: …………..., compuesto por las siguientes empresas:
1….
2…
En este último caso deberán indicar:
No concurren a la licitación otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio
Concurren a la licitación otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio
En ………………………………
Fdo:
Servicios de asesoramiento hidrogeológico y mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo de las captaciones de
agua subterránea y otras instalaciones gestionadas por Aguas de Torremolinos.
Expte . servicios: 01-2019
ANEXO VI. Personal subrogable