CONVOCATORIA MÚLTIPLE PARA PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
CONVOCATORIA MÚLTIPLE PARA PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
INSTITUTO NACIONAL DE PSIQUIATRÍA XXXXX DE LA FUENTE XXXXX
SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su reglamento, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales números: 002-2022 y 003-2022 cuyas convocatorias contienen las bases de participación disponibles para consulta en Internet xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxx/xxxxx.xxxx o bien en: Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxx Xx. 000, xxxxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, teléfonos 00-0000-0000 o 00-0000-0000 de lunes a viernes del año en curso, de las 09:00 a 14.00 horas.
No. Licitación | Clave CUCOP | Descripción Licitación | Publicación en CompraNet | Visita a Instalaciones | Junta de Aclaraciones | Presentación y Apertura de Proposiciones | Fallo |
002-2022 | 33900012 | Servicio de alimentación para personal y pacientes | 10 / 02 / 2022 | 14 / 02 / 2022 10:00 a 14:00 hrs. | 16 / 02 / 2022 10:00 hrs. | 21 / 02 / 2022 10:00 hrs. | 24 / 02 / 2022 13:00 hrs. |
003-2022 | 33800001 | Servicio de seguridad y vigilancia | 17 / 02 / 2022 10:00 hrs. | 22 / 02 / 2022 10:00 hrs. | 25 / 02 / 2022 13:00 hrs. |
• Los eventos de las presentes licitaciones se llevarán a cabo vía electrónica, a través de la Plataforma CompraNet, con los números de procedimiento: LA- 012M7F002-E6-2022 y LA-012M7F002-E7-2022.
• El idioma en que deberán presentar las proposiciones será: español.
• Unidad de Medida: servicio. Cantidad: 1.
• La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano.
• Ninguna de las condiciones establecidas en las convocatorias de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
• No se otorgará anticipo. El pago se realizará en forma mensual.
• No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
CIUDAD DE MÉXICO, A 10 DE FEBRERO DE 2022
C.P. XXXXX DE XXXXXXX XXXXXX XXXXX
SUBDIRECTORA DE SERVICIOS GENERALES
CONVOCATORIA AL PROCEDIMIENTO DE
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD,
VIGILANCIA, GUARDA Y CUSTODIA EN LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE PSIQUIATRÍA XXXXX XX XX XXXXXX
XXXXX Y DEL CENTRO DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES EN LA COMUNIDAD
NUM. 003-2022
CONVOCATORIA PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO 003-2022
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD, VIGILANCIA, GUARDA Y CUSTODIA EN LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE PSIQUIATRÍA XXXXX XX XX XXXXXX XXXXX Y DEL CENTRO DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES EN LA COMUNIDAD
El Instituto Nacional de Psiquiatría Xxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxx, Organismo Público Descentralizado de la Secretaría de Salud, en cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 y 14 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 25, 26 fracción I, 26 Bis fracción II, 27 y 28 fracción I al 37 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como su Reglamento; el Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal publicado en el D.O.F. el 10 de diciembre de 2012; Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público así como para la modernización de la Administración Pública Federal publicado en el D.O.F. el 30 de enero de 2013, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Nacional de Psiquiatría Xxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxx, y demás disposiciones reglamentarias aplicables; convoca a este procedimiento, por medio de la Dirección de Administración, a través de la Subdirección de Servicios Generales, ubicada en la planta baja del Edificio de Gobierno, localizado en Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxx xxxxxx 000, xxxxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx; teléfonos: 00-00-00-00-00, 00-00-00-00-00 y 00- 00-00-00-00, representada en este acto por la C.P. Xxxxx de Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Subdirectora de Servicios Generales, la cual celebra la Licitación Pública Nacional abierta número 003-2022, a fin de realizar la contratación del servicio de seguridad , vigilancia, guarda y custodia en las instalaciones del Instituto Nacional de Psiquiatría Xxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxx y del Centro de Salud Mental y Adicciones en la Comunidad descrito a continuación, bajo la siguiente:
C O N V O C A T O R I A No. 003-2022
CONTENIDO
NOCIONES PRELIMINARES 3
1 INFORMACIÓN GENERAL 4
1.1 DATOS DE IDENTIFICACIÓN 4
1.2 OBJETO Y ALCANCE 4
1.3 SUFICIENCIA PRESUPUESTAL 5
1.4 NORMATIVIDAD APLICABLE 5
1.4.1 PARTICIPACIÓN POR MEDIOS REMOTOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA 5
1.4.2 INTERVENCIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS 5
1.4.3 PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES 6
1.5 TIPO DE CONTRATO 6
1.6 PARTIDAS 6
1.7 VIGENCIA DEL SERVICIO 6
1.8 XXXXX XX XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX 0
0. XXXXX X XXXXXXXX 0
2.1 COSTO DE LA CONVOCATORIA Y MEDIOS DE DIFUSIÓN 8
2.2 VISITA A LAS INSTALACIONES 8
2.3 PERSONALIDAD JURÍDICA 8
2.4 JUNTA DE ACLARACIONES 9
2.5 ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES 10
2.5.1 RECEPCIÓN DE PROPOSICIONES 10
2.5.2 DESARROLLO DEL ACTO 11
2.5.3 PROPOSICIONES CONJUNTAS 12
2.6 DICTAMEN DE FALLO 13
2.7 ACTA DE FALLO 13
2.8 NOTIFICACIÓN A LOS LICITANTES 14
2.9 MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA 14
3. CONSIDERACIONES GENERALES 15
3.1 REQUISITOS QUE DEBERÁN CUBRIR LOS LICITANTES 15
3.2 SUPUESTOS EN LOS QUE SE DECLARARÁ DESIERTA LA LICITACIÓN 15
3.3 CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE LAS PROPUESTAS Y DESCALIFICACIÓN DEL LICITANTE 15
3.4 CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN 16
4. EVALUACIÓN 17
4.1 CRITERIOS DE EVALUACIÓN 17
4.2 PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 25
4.2.1 CRITERIOS ESPECIFICOS 26
4.3 ESTUDIO XX XXXXXXX 27
5. ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN DEL LICITANTE GANADOR 28
6. GARANTÍA DEL CONTRATO 30
7. CONDICIONES DE PAGO 31
8. MODIFICACIONES AL CONTRATO 32
9. INCUMPLIMIENTO 33
10. CONCLUSIÓN DEL CONTRATO 34
10.1 RESCICIÓN ADMINISTRATIVA 34
10.2 TERMINACIÓN ANTICIPADA Y SUSPENSIÓN 34
11. INFRACCIONES Y SANCIONES 36
12. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 37
12.1 INCONFORMIDADES 37
12.2 CONTROVERSIAS 38
12.3 PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN 38
12.4. OTRAS VÍAS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 38
13. TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA 00
XXXXXX 00
NOCIONES PRELIMINARES
Para los fines de la presente convocatoria, en lo sucesivo se denominará: CESAMAC. Centro de Salud Mental y Adicciones en la Comunidad Dirección o DA. Dirección de Administración.
D.O.F. Diario Oficial de la Federación.
Instituto o INPRFM. Instituto Nacional de Psiquiatría Xxxxx de la Fuente Xxxxx.
Ley o LAASSP. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero del 2000, y su última reforma publicada en el mismo medio, el día 10-11-2014.
MiPyME. Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
OIC. Órgano Interno de Control.
Proveedor. La(s) persona(s) física(s) o moral(es) a quien se le adjudique el contrato objeto de este procedimiento.
Reglamento o RLAASSP. El Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de julio del 2010.
RUPC. Registro Único de Proveedores y Contratistas.
SFP. Secretaría de la Función Pública.
SHCP. Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
SRF. Subdirección de Recursos Financieros.
STyPS. Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
SSPCDMX: Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx.
Subdirección o SSG. Subdirección de Servicios Generales.
El procedimiento de licitación dará inicio con la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y en el sistema CompraNet.
No podrán participar en esta licitación, las personas Físicas x Xxxxxxx, que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en los términos de los artículos 50 fracción IV y 59 a 64 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
1. INFORMACIÓN GENERAL
1.1 DATOS DE IDENTIFICACIÓN
1. Datos de la convocante: La Dirección de Administración, a través de la Subdirección de Servicios Generales, ubicada en la planta baja del Edificio de Gobierno, localizado en Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxx xxxxxx 000, xxxxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx; teléfonos: 00-00-00-00-00, 00-00-00-00-00 y 00-00-00-00-00, representada en este acto por la C.P. Xxxxx de Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Subdirectora de Servicios Generales.
Todos los escritos y formatos que deriven de este procedimiento deberán dirigirse al Instituto Nacional de Psiquiatría Xxxxx de la Fuente Xxxxx.
2. Medio y carácter de la Licitación: De conformidad con lo establecido en los artículos 26 fracción I y 26 BIS fracción II de la LAASSP vigente, la presente Licitación se llevará a cabo en medio electrónico.
Por tratarse de una Licitación Nacional para la contratación de servicios, únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana, de conformidad con el artículo 28 fracción I de la LAASSP vigente.
3. Número de identificación en CompraNet: En el sistema CompraNet se encuentra la convocatoria en el expediente 2396003 con la descripción: Servicio de seguridad y vigilancia en las instalaciones del INPRFM y el CESAMAC.
4. Idioma de las proposiciones: Las propuestas deberán efectuarse en idioma español.
5. Disponibilidad Presupuestaria: La contratación que derive de la presente licitación abarcará el presente ejercicio fiscal, tal como lo establece el APARTADO 1.3.
6. Impuestos y Derechos. Los impuestos y derechos que se causen serán pagados en la forma y términos que señalen los ordenamientos fiscales vigentes.
1.2 OBJETO Y ALCANCE
1. Identificación del servicio: La presente licitación se realiza con la finalidad de contratar a un proveedor que preste el servicio de seguridad, vigilancia, guarda y custodia en las instalaciones del INPRFM y del CESAMAC. El licitante deberá comprometerse a salvaguardar la integridad física de los visitantes, pacientes y personal que labora en los inmuebles mencionados en el punto anterior, asimismo deberá avalar la confiabilidad del resguardo de los bienes muebles existentes, valores y objetos que se encuentren dentro INPRFM y el CESAMAC, de conformidad a lo estipulado en el ANEXO 1.
2. Partidas: La contratación del servicio de seguridad, vigilancia, guarda y custodia en las instalaciones del INPRFM y del CESAMAC, se integra por una partida única, conforme lo establece el APARTADO 1.6.
3. Contrato: Se llevará a cabo un contrato de servicio de seguridad, vigilancia, guarda y custodia en las instalaciones del INPRFM y del CESAMAC, como lo establece el APARTADO 1.5.
4. Modo de adjudicación: La contratación del servicio de seguridad, vigilancia, guarda y custodia en las instalaciones del INPRFM y del CESAMAC, se adjudicará de acuerdo con lo estipulado en el APARTADO 1.6.
5. Los requerimientos del servicio se sustentan en las disposiciones y obligaciones contenidas ANEXO 1 de la presente convocatoria, teniendo como base las necesidades del propio Instituto.
6. Modelo de contrato: El modelo de contrato que se encuentra en el ANEXO 10 será el que se tomará como base para el contrato que derive de la presente licitación. Lo anterior, de conformidad con el artículo 29, fracción XVI de la LAASSP. En caso de existir alguna discrepancia entre la presente Convocatoria y el modelo de contrato prevalecerá la primera.
1.3 SUFICIENCIA PRESUPUESTARIA
El desarrollo de este procedimiento administrativo de Licitación Pública Nacional se efectúa de conformidad a lo establecido en el Oficio DGPyP-23423-2021, de fecha 16 de diciembre de 2021, emitido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Salud, que autoriza el presupuesto para el ejercicio fiscal 2022.
Los recursos para la contratación de los servicios objeto de la presente licitación, serán suministrados con recursos fiscales de la Federación. En materia de impuestos y derechos el INPRFM sólo pagará el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).
1.4 NORMATIVIDAD APLICABLE
Como parte del fundamento legal aplicable a la materia, esta convocatoria se apega a lo establecido en la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su reglamento; y en cumplimiento al Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; así como en el acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y obras públicas y servicios relacionadas con las mismas, publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 9 de septiembre de 2010.
Asimismo, el servicio deberá estar acorde a lo dispuesto por la Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal y su Reglamento, así como en lo dispuesto en la Ley Federal de Seguridad Privada y su Reglamento ambas normatividades de observancia obligatoria para los licitantes. Dicha exigencia es requerida para certificar los estándares de calidad, por lo cual no limita la libre participación y concurrencia de los interesados en la presente licitación.
1.4.1. PARTICIPACIÓN POR MEDIOS REMOTOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA
La participación por CompraNet se hará conforme al Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el Uso de Medios Remotos de Comunicación Electrónica, en el envío de proposiciones dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía, publicado en el D.O.F. el día 9 xx xxxxxx del año 2000. Las proposiciones serán enviadas a través del sistema CompraNet disponible en la página de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Dicho sistema generará el sobre con las proposiciones mediante el uso de tecnologías que resguardan la confidencialidad de la información, de tal forma que sea inviolable.
1.4.2. INTERVENCIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
El contacto que los servidores públicos tengan con los particulares, deberá observar lo estipulado en el Protocolo de Actuación en materia de Contrataciones Públicas y otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, publicado en el D.O.F. el día 20 xx xxxxxx del 2015, el cual puede ser consultado en la sección de la Secretaría de la Función Pública, que se encuentra en el portal de la Ventanilla Única Nacional (xxx.xx), a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx.
Los servidores públicos que tengan participación en este procedimiento de contratación, en su contacto con los particulares, se deberán conducir con diligencia, rectitud, imparcialidad, honradez, legalidad y respeto, atendiendo estrictamente las disposiciones jurídicas que regulan sus obligaciones, el conflicto de interés y los casos en que deberán abstenerse de intervenir y de excusarse para conocer de determinados asuntos.
En caso de que los servidores públicos tengan conocimiento de actos u omisiones de particulares o de otros servidores públicos que comprometan la actuación con la que deben desempeñarse en sus empleos, cargos o comisiones, esto es, que resulten contrarias a los principios que rigen el servicio público, deberán hacerlo del conocimiento del Titular del OIC, a efecto de que se tomen las medidas que resulten conducentes.
1.4.3. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
La protección de datos personales se efectuará conforme a lo establecido en el Protocolo de Actuación en materia de Contrataciones Públicas y otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, así como a lo dispuesto en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicados en el D.O.F. el 20 xx xxxxxx del 2015 y 26 de enero de 2017, respectivamente.
Los servidores públicos que tengan participación en este procedimiento de contratación deberán observar los principios de licitud, finalidad, lealtad, consentimiento, calidad, proporcionalidad, información y responsabilidad en el tratamiento de datos personales.
Los datos personales que se recaben con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables. Los servidores públicos adoptarán las medidas necesarias para protegerlos, asegurándose de señalarles cuál es el propósito de recabarlos y solicitar su consentimiento de manera expresa, por escrito o cualquier medio de autenticación, para el caso de que terceras personas accedan a dichos datos.
Los particulares tienen derecho a presentar queja o denuncia ante el OIC, por el incumplimiento de obligaciones que adviertan salvaguardar confidencialidad sobre datos personales a los que tengan acceso en virtud de la verificación correspondiente.
1.5 TIPO DE CONTRATO
El contrato derivado de la presente licitación será abierto, de conformidad con el artículo 47 de la LAASSP. En la presente licitación no se otorgará ningún anticipo ni se contratarán cantidades previamente determinadas.
Los derechos y obligaciones de las partes estarán previstos en la convocatoria a la licitación, junta de aclaración, documentación legal y administrativa y las propuestas técnicas y económicas del proveedor; así como en el contrato diverso que establece el artículo 45 de la LAASSP.
1.6. PARTIDAS
La participación en esta licitación será por partida única, pudiéndose adjudicar a un solo licitante siempre y cuando reúna las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas en esta convocatoria y que garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
Atendiendo al principio de libre competencia y al principio de igualdad las condiciones contenidas en la presente convocatoria de licitación no son negociables, por lo cual se mantendrá la imparcialidad durante todo el procedimiento de licitación aplicando para todos los licitantes los mismos requisitos y condiciones, garantizándose proporcionar a los interesados igual acceso a la información relacionada con este procedimiento.
1.7 VIGENCIA DEL SERVICIO.
El licitante que resulte ganador deberá otorgar el servicio del primero xx xxxxx al treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós.
1.8 LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El servicio será proporcionado en las instalaciones del INPRFM ubicado en Calzada México- Xochimilco número. 101, colonia Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
Asimismo, el servicio comprenderá al CESAMAC, ubicado en República de Venezuela, esq. con Xxxxxxxxx Puebla s/n, planta xxxx xxx xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, xxxxxxx xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
2. FORMA Y TÉRMINOS
2.1. COSTO DE LA CONVOCATORIA Y MEDIOS DE DIFUSIÓN
La presente convocatoria no tendrá costo alguno para los licitantes.
El contenido de la convocatoria se podrá obtener a elección de los licitantes en:
a) La SSG, localizada en la planta baja del Edificio de Gobierno del INPRFM ubicado en Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxx xxxxxx. 000, xxxxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, alcaldía Tlalpan, C.P. 14370, Ciudad de México, en un horario de 08:30 a 14:00 horas de lunes a viernes; la copia exclusivamente será para consulta, por lo que la Convocante, no estará obligada a entregar una impresión de ésta.
b) Por medio de internet en la siguiente dirección electrónica:
xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxx/xxxxx.xxxx
c) Por medio de internet en la página electrónica del Instituto:
xxxx://xxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxx.xxxx
La Convocatoria estará disponible para su consulta a partir xxx xxxx de febrero de dos mil veintidós.
2.2. VISITA A LAS INSTALACIONES
Los licitantes podrán verificar el lugar de prestación del servicio en las siguientes fechas:
• El día catorce de febrero de dos mil veintidós, a las diez horas, debiendo presentarse para tal efecto en las oficinas de la SSG ubicadas en la planta baja del Edificio de Gobierno del INPRFM, localizado en Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxx xxx. 000, Xxxxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, alcaldía de Tlalpan, C.P. 14370, Ciudad de México.
• Al término de la visita en el INPRFM, los servidores públicos y licitantes que hubiesen participado se trasladarán al CESAMAC ubicado en República de Venezuela, esq. con Rodríguez Puebla s/n, planta xxxx xxx xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
La finalidad de la visita consiste en que los licitantes conozcan el lugar donde se prestará el servicio, por lo cual, cualquier cuestionamiento referente al procedimiento tendrá que reservarse para las Aclaraciones que envíen los licitantes de conformidad al APARTADO 2.4. La inasistencia al evento no será motivo de descalificación.
Los licitantes, con posterioridad a la realización de la visita, podrán tener acceso a los lugares en que se prestarán los servicios, siempre y cuando lo soliciten con anticipación de por lo menos veinticuatro horas a la recepción y apertura de proposiciones, aunque no será obligatorio para el INPRFM designar a un técnico que guíe la visita. El INPRFM no cuenta con servicio de estacionamiento para las personas externas, por tanto, los licitantes tendrán que tomar las previsiones necesarias.
2.3. PERSONALIDAD JURÍDICA
De conformidad con la fracción V del artículo 48 del RLAASSP, los representantes de los licitantes deberán integrar como uno de sus anexos electrónicos, un escrito firmado xx xxxx y letra en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para actuar en su nombre y representación, así como que está habilitado para suscribir a nombre de la licitante la propuesta correspondiente, documento que deberá anexarse dentro de la
documentación legal, administrativa y financiera (numeral 1.2 del ANEXO 2), conforme al formato que se encuentra en el ANEXO 4, el cual deberá ser firmado y digitalizado en formato PDF (Adobe Acrobat).
El citado documento deberá acreditar facultades para actuar en todas las etapas del procedimiento de licitación pública, en especial en las situaciones siguientes:
1. Firma de las propuestas y demás documentos que se ofrezcan en la licitación.
2. Participación en los todos los actos de la licitación (visita, junta de aclaraciones, presentación de propuestas y fallo).
3. Firma del contrato.
2.4. JUNTA DE ACLARACIONES
El acto de junta de aclaraciones se llevará a cabo vía electrónica a través de la plataforma CompraNet, y sin la presencia de los Licitantes, esto de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo de la fracción II, del artículo 26 Bis, de la Ley, y se realizará el día diecisiete de febrero de dos mil veintidós, a las diez horas, con fundamento en el artículo 33 último párrafo y 00-XXX xx xx XXXXXX x 00 x 00 xxx XXXXXXX.
Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria deberán enviar en formato Word y PDF el listado de cuestionamientos que deseen ser aclarados por la convocante a través de la plataforma CompraNet. Las solicitudes de aclaración deberán ser recibidas por el INPRFM veinticuatro horas antes de la fecha y hora señalada para la junta de aclaraciones.
En conjunto con el listado de cuestionamientos, los licitantes deberán enviar un escrito libre en papel membretado de la empresa, y debidamente firmada por el representante legal, en el que expresen su interés en participar en la licitación, ya sea con carácter de persona física con actividad empresarial o como apoderado legal de una persona moral, manifestando en todos los casos, los datos y requisitos indicados en la fracción V del artículo 48 del RLAASSP, así como el comprobante de inscripción a la licitación que genera CompraNet. Las personas que entreguen en tiempo y forma la carta de interés, serán consideradas como Licitantes para todos los efectos legales.
En caso de que alguno de los participantes no presente cuando menos la carta de interés con los datos y requisitos indicados en la fracción V del artículo 48 del RLAASSP, sus dudas y/o preguntas no serán aclaradas y/o respondidas.
El comprobante de inscripción a la licitación que genera CompraNet, no se equipara con la carta de interés a que se hace mención, por lo que su presentación es optativa y no libra al participante de entregar su carta de interés.
Las interrogantes deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la presente convocatoria, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona, así como la página en donde se encuentra; cualquier pregunta que se realice sobre hechos pasados, futuros o inciertos no será respondida, siendo desechada por el INPRFM.
Las solicitudes de aclaración se responderán mencionando el nombre del o los licitantes que las presentaron. Los representantes del INPRFM y del OIC, firmarán el acta en la cual se encuentran asentadas las aclaraciones a las dudas presentadas: el Acta de Junta de Aclaraciones; para posteriormente publicar la misma en la página de CompraNet.
En razón del número de solicitudes de aclaración recibidas o del tiempo que se emplearía en darles contestación (debido a su especialidad técnica o a cualquier otra circunstancia fortuita), se podrá suspender la sesión informando a los licitantes la hora y, en su caso, la fecha o lugar, en el que se continuará con la junta de aclaraciones. Para tal efecto, se emitirá un documento denominado:
Acta de suspensión de Junta de Aclaraciones; el cual será publicado a través de la plataforma CompraNet.
A partir de la publicación del Acta de Junta de Aclaraciones en la plataforma CompraNet, el Instituto determinará en la misma, atendiendo al número de solicitudes de aclaración contestadas, un plazo (que no podrá ser inferior a seis ni superior a cuarenta y ocho horas) para que los licitantes puedan reformular las preguntas que consideren necesarias en relación con las aclaraciones que el Instituto emitió. Por tal motivo, no se responderán nuevos cuestionamientos que no tengan relación con las preguntas vertidas en la Junta de Aclaraciones. Sólo se podrán contestar las repreguntas que se envíen a través de la plataforma CompraNet. Atendiendo al número de repreguntas, el Instituto informará a los licitantes a través de CompraNet, el plazo máximo en que enviará las contestaciones correspondientes.
Las repreguntas que, en su caso, formulen los licitantes, serán respondidas a través de un documento denominado: Acta para dar contestación a las preguntas relacionadas con las respuestas emitidas por el Instituto en la Junta de Aclaraciones, el cual será publicado a través de la plataforma CompraNet.
Las solicitudes de aclaración que sean recibidas con posterioridad al plazo previsto en el segundo párrafo de este apartado, por resultar extemporáneas, serán recibidas por el Instituto, pero no contestadas, debiéndolas integrar al expediente respectivo. Si algún licitante presenta, en el transcurso de la junta de aclaraciones electrónica, nuevas solicitudes de aclaración, el Instituto las recibirá, pero no les dará respuesta. En ambos supuestos, en caso de que se considere necesario citar a una ulterior junta, el Instituto tomará en cuenta dichas solicitudes para darles respuesta.
Todo lo que se establezca en la etapa de Aclaraciones, será parte integrante de la presente licitación, de conformidad con el artículo 33, penúltimo párrafo de la LAASSP. El no considerar y cumplir con los aspectos derivados de la Junta de Aclaraciones, será causa de descalificación.
2.5. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
El Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas se llevará a cabo a través de la plataforma CompraNet, y sin la presencia de los licitantes, esto de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo de la fracción II, del artículo 26 Bis, de la Ley, y se realizará el día veintidós de febrero de dos mil veintidós, a las diez horas, a través de la plataforma CompraNet, en una sola etapa conforme a lo establecido en los artículos 34 y 35 de la LAASSP.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 fracción III inciso f) y artículo 44 del Reglamento, los licitantes sólo podrán presentar una proposición, aún en los casos en que se presenten propuestas conjuntas.
Para intervenir en este acto los licitantes deberán presentar un escrito en el que el firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes por sí o por su representada, de conformidad al artículo 29 de la LAASSP, o en su caso, podrá acreditar su existencia legal o personalidad jurídica de su representada, mediante el documento referido en el APARTADO 2.3, y previsto en el artículo 48, fracción V de la LAASSP (ANEXO 4).
2.5.1. RECEPCIÓN DE PROPOSICIONES
Las proposiciones serán enviadas por CompraNet y se emplearán medios de identificación electrónica, los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y tendrán el mismo valor probatorio (artículo 27, último párrafo de la Ley).
Los licitantes deberán enviar la documentación legal, administrativa, financiera, técnica y económica solicitada en el ANEXO 2, debidamente digitalizada en formato PDF (Adobe Acrobat); respetando el orden indicado en el listado de documentos de dicho anexo, lo cual servirá para facilitar la integración de la o las carpetas de participación, motivo por el cual, deberán enviarse por separado todos los archivos que se anexen.
Las proposiciones deberán presentarse de acuerdo con lo siguiente:
a) Para poder participar en este acto, los licitantes deberán presentar las propuestas en papel membretado de la licitante y ser digitalizadas de conformidad con el ANEXO 2.
b) Los licitantes entregarán toda la documentación obligatoria y referida en el artículo 48 fracción VIII del Reglamento. Numerales 1.3, 1.8, 1.9, 1.10 y 1.14 (esta última sólo en el caso de que se presente una proposición conjunta) del ANEXO 2.
c) Toda la documentación debe estar debidamente firmada por el representante legal de la empresa sin tachaduras o enmendaduras.
d) Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquellos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas en forma consecutiva. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante, en caso de no estar foliados se desechará la proposición de conformidad con el artículo 50 del Reglamento.
e) Las propuestas deberán elaborarse en idioma español y cotizarse en moneda nacional (peso mexicano).
f) El licitante sólo podrá presentar una proposición en la presente Licitación Pública.
g) El licitante podrá presentar a su elección, la documentación distinta a la que conforma las propuestas técnica y económica, misma que forma parte de su proposición, implantando al inicio del nombre del archivo la leyenda “adicional” para identificar que se trata de documentos diversos a los solicitados en los numerales del ANEXO 2.
h) A efecto de agilizar el procedimiento de presentación, apertura y registro de propuestas, se solicita lo siguiente:
• Que todos los documentos indicados en el ANEXO 2 vengan clasificados por separado debidamente identificados con los numerales que se establecen en dicho anexo para facilitar su comparación y evaluación;
• Digitalizados por separado en formato PDF (Adobe Acrobat) y
• Que a pesar de ser documentos diversos vengan paginados en forma continua, para registrar su presentación cuantitativa.
2.5.2. DESARROLLO DEL ACTO
Conforme el artículo 34 de la LAASSP la entrega de proposiciones se hará a través de CompraNet, mediante la creación de archivos informáticos a través del uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información de tal forma que sean inviolables, conforme a las disposiciones técnicas que al efecto establezca la SFP.
En ésta etapa, se procederá a la apertura de los archivos digitales que contengan las propuestas técnicas y económicas cargadas por los licitantes en la plataforma CompraNet, revisando que la documentación antes mencionada cumpla con los requerimientos establecidos en la convocatoria de la presente licitación, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación técnica, económica y administrativa de su contenido de acuerdo a lo estipulado en el artículo 35, fracción I, de la Ley.
Una vez descargados los archivos de los licitantes, se elaborará un acta donde se asentarán los datos de los proveedores que participaron en forma electrónica, así como la cantidad de documentos que integran cada una de las propuestas presentadas y el importe total de su oferta.
Terminada el acta se le dará lectura, con el representante del OIC, haciéndose del conocimiento el lugar la fecha y la hora en que se dará a conocer el fallo de la presente licitación.
En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de la Convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por CompraNet, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción, salvo lo previsto en el inciso d) de la disposición sexta del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el Uso de Medios Remotos de Comunicación Electrónica, en el envío de proposiciones dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía, publicado en el D.O.F. el día nueve xx xxxxxx del año dos mil.
NOTA IMPORTANTE:
Una vez recibidas, las propuestas a través del medio electrónico mencionado en la fecha y hora establecidos en el cuerpo de la presente convocatoria, estas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro de este procedimiento de licitación pública hasta su conclusión.
2.5.3. PROPOSICIONES CONJUNTAS
Con fundamento en el párrafo tercero del artículo 34 de la LAASSP, dos o más personas podrán presentar conjuntamente una proposición sin necesidad de constituir una sociedad, o una nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx.
Para tales efectos, en la proposición conjunta y en el contrato y/o pedido se establecerán con precisión las obligaciones de cada una de ellas, así como la manera en que se exigirá su cumplimiento. En este supuesto la proposición será firmada por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo.
Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de proposición conjunta, siempre y cuando se mantenga en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio; para lo anterior, será necesario cumplir con los siguientes aspectos:
1. Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:
a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, y de haberlas, sus reformas y modificaciones, así como el nombre de los socios que aparezcan en estas.
b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación.
c) La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de licitación, mismo que firmará la proposición.
d) La descripción de las partes objeto del pedido que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que exigirá el cumplimiento de las obligaciones.
e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del pedido que se firme.
2. El convenio que se establece en el presente punto deberá apegarse a lo dispuesto por la Ley Federal de Competencia Económica en materia de prácticas monopólicas y concentraciones.
3. Los licitantes que decidan agruparse para presentar una proposición conjunta deberán presentar en forma individual los escritos que se señalan en los numerales 1.1, 1.2, 1.3, 1.8, 1.9 y
1.10 del ANEXO 2.
4. Los licitantes sólo podrán presentar una proposición en el presente procedimiento de contratación; iniciado el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, las ya presentadas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto por los licitantes.
5. El convenio de participación conjunta será añadido a la propuesta de los Licitantes (numeral
1.14 del ANEXO 2).
2.6. DICTAMEN DE FALLO
De las propuestas presentadas por los Licitantes, se emitirán listas de verificación para revisar el cumplimiento de los requerimientos solicitados en el ANEXO 2. Derivado de lo anterior se efectuará la evaluación contemplada en el APARTADO 4, que tendrá como resultado la emisión del Dictamen de Fallo el cual incluirá de manera detallada la información que motivará y fundará el Acta de Fallo.
Las listas de verificación y el Dictamen de Xxxxx no se entregarán a los licitantes a través de la plataforma CompraNet, sino mediante solicitud escrita que justifique el motivo por el cual requiere de dichos documentos.
2.7. ACTA DE FALLO
El evento de fallo deberá quedar comprendido dentro de los veinte días naturales siguientes al establecido para el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas y podrá diferirse las veces que la convocante estime necesario, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente.
El evento de Fallo se llevará a cabo a través de CompraNet, y sin la presencia de los Licitantes, esto de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo de la fracción II, del artículo 26 Bis, de la Ley, y se realizará el veinticinco de febrero de dos mil veintidós a las trece horas, conforme a lo siguiente:
1. El servidor público del Instituto facultado para presidir el fallo, declarará el inicio del acto.
2. Se dará a conocer el contenido del fallo de la licitación, el cual contendrá la información referida en el artículo 37 de la LAASSP, consistente en lo siguiente:
I. La relación de licitantes cuyas proposiciones se desecharon, expresando todas las razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación e indicando los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumpla;
II. La relación de licitantes cuyas proposiciones resultaron solventes, describiendo en lo general dichas proposiciones. Se presumirá la solvencia de las proposiciones, cuando no se señale expresamente incumplimiento alguno;
III. Nombre del o los licitantes a quien se adjudica el contrato, indicando las razones que motivaron la adjudicación, de acuerdo con los criterios previstos en la convocatoria, así como la indicación de las partidas, los conceptos y montos asignados a cada licitante;
IV. Fecha, lugar y hora para la firma del contrato, la presentación de garantías y, en su caso, la entrega de anticipos, y
V. Nombre, cargo y firma del servidor público que lo emite, señalando sus facultades de acuerdo con los ordenamientos jurídicos que rijan a la convocante. Indicará también el nombre y cargo de los responsables de la evaluación de las proposiciones.
3. Adicionalmente a lo establecido en el numeral que antecede, el Instituto al momento de comunicar el fallo, hará del conocimiento del licitante a quien se le haya adjudicado el contrato, el resultado de la verificación de su historial en materia de contrataciones y su cumplimiento y, en su caso, el porcentaje de reducción que fuere aplicable al monto de la garantía de cumplimiento si el Instituto lo considera conveniente.
4. El Acta de Fallo se emitirá de conformidad a lo establecido en el precepto normativo referido, con los requisitos, fundamentación y motivación que establece, sin que pueda exigirse mayor amplitud o abundancia que la expresión de lo estrictamente necesario para que de manera sustancial se comprenda la resolución del Instituto.
5. El Instituto levantará el Acta de Fallo de la licitación la cual será firmada por los servidores públicos presentes, así mismo se les entregará copia simple del acta y en su caso, de los anexos correspondientes.
6. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta se encuentra a su disposición en CompraNet.
2.8. NOTIFICACIÓN A LOS LICITANTES
De cada uno de los eventos mencionados se levantarán las actas respectivas y se difundirán en CompraNet, en la dirección electrónica: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxx/xxxxx.xxxx, el mismo día en que se celebre cada evento, este procedimiento sustituye a la notificación personal asimismo se pondrán para efectos de notificación a disposición de los licitantes por un término no menor de cinco días hábiles posteriores a cada acto, en las oficinas de la Subdirección de Servicios Generales del Instituto, con domicilio señalado en el numeral 1 del APARTADO 1.1, siendo responsabilidad exclusiva de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y, en su caso, obtener copia de dichas actas, durante el plazo anteriormente señalado y con horario de 09:30 a 14:00 horas en días hábiles.
2.9. MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA
De conformidad con los artículos 33 de la LAASSP y 42 de su Reglamento, se podrán realizar modificaciones a la presente convocatoria, siempre que ello no tenga por objeto limitar el número de licitantes. El Instituto podrá modificar aspectos establecidos en la convocatoria, debiendo difundir dichas modificaciones a más tardar el día en que se efectúen la última junta de aclaraciones.
Dichas modificaciones serán informadas a los licitantes y público en general a través de la plataforma CompraNet en forma de comunicado o aviso.
3. CONSIDERACIONES GENERALES
3.1. REQUISITOS QUE DEBERÁN CUBRIR LOS LICITANTES
1. Estar dados de alta en la plataforma CompraNet dentro del RUPC. La no acreditación de dicha inscripción no será causal de desechamiento.
2. Haber obtenido la convocatoria para participar en la presente licitación, de conformidad a las condiciones y los plazos señalados en la misma.
3. Entregar la documentación a que se refiere el APARTADO 2.5, cumpliendo con la forma de entrega que se establece en esta convocatoria.
4. Comprometerse a cumplir con la prestación del servicio objeto de la presente licitación que se encuentra descrita en el ANEXO 1 de esta convocatoria, sin que pueda ceder ni total o parcialmente los derechos y obligaciones que se deriven de esta licitación a ninguna persona física o moral. No obstante, los licitantes podrán ceder su derecho de cobro, previa autorización del Instituto.
5. Estar al corriente de sus declaraciones por impuestos federales de conformidad al artículo 32- D del Código Fiscal de la Federación, manifestándolo conforme al ANEXO 5 de la presente, (requisito que aplica sólo al participante ganador y que se verificará después de formalizar la contratación, conforme al APARTADO 5 de la convocatoria).
6. Cumplir con los demás requisitos de esta convocatoria.
3.2. SUPUESTOS EN LOS QUE SE DECLARARÁ DESIERTA LA LICITACIÓN
Se podrá declarar desierta la licitación en los siguientes casos:
a) Si no se registra cuando menos un licitante para el acto de presentación y apertura de proposiciones.
b) Si ninguna de las proposiciones presentadas reúne los requisitos técnicos, financieros y demás que sean necesarios, de conformidad con esta convocatoria; y
c) Si los precios de las ofertas económicas rebasan el techo financiero autorizado por el Departamento de Programación y Presupuesto del INPRFM.
Cuando la licitación se declare desierta, el INPRFM podrá seguir el procedimiento conforme a la normatividad aplicable.
3.3. CAUSALES DE DESECHAMIENTO DE LAS PROPUESTAS Y DESCALIFICACIÓN DEL LICITANTE
Se desecharán las propuestas y se descalificará a los licitantes que incurran en una o varios de los siguientes supuestos:
a) Si no cumplen con todos los requisitos especificados en la presente convocatoria de licitación, afectando la solvencia de la propuesta; o no entregan la documentación requerida en la fecha y hora fijada para el acto de presentación y apertura de proposiciones;
b) Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos señalados en los artículos 50 y 60 de la ley;
c) Se acredite fehacientemente con la documentación idónea que la información o documentación proporcionada por los licitantes es falsa, de conformidad con el artículo 48 fracción IV del Reglamento;
d) La comprobación de que algún licitante acuerde con otro u otros elevar o disminuir los costos de los trabajos, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes;
e) Cuando no acredite conocer el sitio de los trabajos;
f) Cuando se compruebe que no cuenta con el personal y/o los elementos necesarios para la cumplir con el objeto del presente procedimiento;
g) La falta de presentación de los escritos o manifiestos a que se refiere la fracción VIII del artículo 34 del Reglamento;
h) Si no cumple con lo señalado en el APARTADO 3.1 de esta convocatoria, con excepción del numeral 1;
i) Cualquier violación a las disposiciones de la LAASSP y/o a su Reglamento, así como al resto de la normatividad aplicable; y
j) Los demás que, de acuerdo a las características, magnitud y complejidad, sean considerados expresamente en la convocatoria de licitación por el Instituto y que sean estrictamente necesarias para la evaluación de las proposiciones o prestación del servicio.
No será motivo de descalificación de la propuesta, el que un licitante no cumpla con algún requisito cuyo incumplimiento por sí mismo, no afecte la solvencia de dicha propuesta. Para estos casos, se asentarán las observaciones que correspondan en el Dictamen y Acta de Fallo.
3.4. CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN
Se podrá cancelar esta licitación, en los siguientes supuestos:
a) Por caso fortuito o fuerza mayor.
b) Cuando existan circunstancias debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de contratar los trabajos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al Instituto.
c) No se cuente con el presupuesto autorizado para otorgar la adjudicación del contrato en los tiempos marcados en la Ley.
4. EVALUACIÓN
4.1 CRITERIOS DE EVALUACIÓN
1. Los licitantes y su representante legal deberán tener capacidad legal y facultades suficientes para actuar en la presente licitación.
2. Se comprobará que la empresa cuente con toda la documentación necesaria para cumplir con la normatividad vigente. Se constatará que el(los) licitante(s) cuente(n), por lo menos con:
a) Autorización federal para prestar servicios de seguridad privada emitida por la Dirección General de Seguridad Privada dependiente de la Secretaría de Gobernación, para la prestación de servicios de seguridad privada en todo el territorio nacional, asimismo, deberá contar con el acuerdo de revalidación de la autorización o de inicio a la autorización, en las siguientes actividades autorizadas:
⮚ Seguridad privada en los bienes.
⮚ Servicios de alarmas y de monitoreo electrónico.
⮚ Seguridad de la información.
⮚ Actividad vinculada con servicios de seguridad privada, en la submodalidad b) que refiere el artículo 5 del Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada.
En caso de propuestas conjuntas, el licitante designado como representante común de la agrupación, de conformidad con las obligaciones establecidas en el convenio de participación que al respecto se formalice, deberá acreditar de forma individual contar con la autorización federal, así como la actividad referida en el presente numeral. En caso de no presentar la autorización en los términos descritos la propuesta será desechada.
b) Permiso vigente emitido por la Dirección General de Seguridad Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx para prestar servicios de seguridad privada, acompañado de su oficio de la autorización del permiso en caso de empresas de nueva creación o de revalidación del mismo; bajo la siguiente modalidad:
• Seguridad y protección personal.
• Vigilancia y protección de bienes.
• Actividades inherentes a la seguridad privada.
En caso de propuestas conjuntas, el licitante designado como representante común de la agrupación, de conformidad con las obligaciones establecidas en el convenio de participación que al respecto se formalice, deberá acreditar de forma individual contar con la autorización de la Ciudad de México, así como la actividad referida en el presente numeral. En caso de no presentar el permiso en los términos descritos la propuesta será desechada.
c) El licitante ganador deberá exhibir constancia de la presentación ante la SSPCDMX de los exámenes médicos, físicos, psicológicos y toxicológicos del personal con el que pretende prestar el servicio.
d) El licitante ganador deberá exhibir las pólizas de fianza de responsabilidad civil y de fidelidad patrimonial de su personal.
3. Se acreditará que las empresas no se encuentren en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
4. Se verificará que los licitantes cuenten con al menos un año de experiencia en la prestación del servicio de seguridad, vigilancia, guarda y custodia en unidades hospitalarias, tanto
del sector público como del privado, conforme a su curriculum que deberá ser cargado en la plataforma CompraNet como se establece en el ANEXO 2.
5. Todas las propuestas se registrarán a través de la plataforma CompraNet, determinándose posteriormente cuáles son las que cumplen con las especificaciones solicitadas en la Convocatoria, y de ser el caso, explicando de manera general las causas del porque se desecharon aquellas que no cumplen.
6. Se aplicará el criterio de evaluación denominado puntos y porcentajes establecido en el artículo 36 BIS fracción I de la Ley y 52 del Reglamento, adjudicándose el contrato a quien haya obtenido la mayor puntuación en su propuesta, toda vez que se constate que la misma cumple con los requisitos obligatorios establecidos, cumpliendo con las condiciones requeridas por el Instituto.
7. Los criterios que se aplicarán para evaluar los puntos que obtendrán las ofertas técnicas y económicas de los licitantes serán las siguientes:
a) Se evaluarán las propuestas conforme a lo dispuesto en los artículos 35, 36 tercer párrafo y 36 BIS fracción I de la LAASSP, aplicando el Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios, publicados en el
D.O.F. el 9 de septiembre de 2010, y los Criterios de Evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos y porcentajes emitidos por la Secretaría de la Función Pública, mediante registro TU-01-2012 del 9 de enero de 2012.
b) Todo lo peticionado en la evaluación técnica de este inciso, deberá ser digitalizado en formato PDF y cargado en la plataforma CompraNet e incluirse en la propuesta técnica como se establece en el ANEXO 2.
No presentar la documentación que se refiere en este inciso, no será motivo de descalificación, pero será responsabilidad del licitante el omitirla para efectos de puntaje.
La puntuación por obtener en la propuesta técnica para ser considerada solvente y por tanto no ser desechada, será de cuando menos 45 de los 60 máximos que se pueden obtener.
TABLA DE EVALUACIÓN POR PUNTOS DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS | |||
RUBRO | SUBRUBRO | ASPECTOS POR EVALUAR | PUNTAJE MÁXIMO |
CAPACIDAD DEL LICITANTE | CAPACIDAD DE LOS RECURSOS HUMANOS | Capacidad cuantitativa de personal | 1 PUNTO |
Experiencia | 2 PUNTOS | ||
Competencia o habilidad | 5 PUNTOS | ||
Dominio de herramientas | 2 PUNTOS | ||
Recursos económicos | 4 PUNTOS |
RECURSOS ECONÓMICOS Y DE EQUIPAMIENTO | Equipamiento | 6 PUNTOS | |
PARTICIPACIÓN DE DISCAPACITADOS | 2 PUNTOS | ||
PARTICIPACIÓN DE MIPYMES QUE PRODUZCAN BIENES CON INNOVACIÓN TECNOLÓGICA | 1 PUNTO | ||
POLÍTICAS Y PRÁCTICAS DE IGUALDAD DE GÉNERO | 1 PUNTO | ||
TOTAL DEL RUBRO | 24 PUNTOS | ||
EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DEL LICITANTE | EXPERIENCIA | 6 PUNTOS | |
ESPECIALIDAD | 6 PUNTOS | ||
TOTAL DEL RUBRO | 12 PUNTOS | ||
PROPUESTA DE TRABAJO | METODOLOGÍA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO | 3 PUNTOS | |
PLAN DE TRABAJO | 6 PUNTOS | ||
ESQUEMA ESTRUCTURAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS | 3 PUNTOS | ||
TOTAL DEL RUBRO | 12 PUNTOS | ||
CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS | CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS | 12 PUNTOS | |
TOTAL DEL RUBRO | 12 PUNTOS | ||
PUNTAJE MÁXIMO PARA LA PROPUESTA TÉCNICA | 60 PUNTOS |
EL DESARROLLO DEL PROCESO DE EVALUACIÓN TECNICA SE ESPECIFICA EN LA SIGUIENTE TABLA:
TABLA DE EVALUACIÓN POR PUNTOS DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS | |
RUBRO | PUNTAJE TOTAL |
- CAPACIDAD DEL LICITANTE CAPACIDAD DE LOS RECURSOS HUMANOS. Capacidad cuantitativa de personal. Se asignará el máximo puntaje de este subrubro, al licitante que cuente, antes de la ejecución del servicio, con la existencia mínima del siguiente personal: ▪ 2 jefes de Servicio (Uno por turno matutino y vespertino) ▪ 3 jefes de Turno (Uno por turno) ▪ 55 guardias de 8x8 (23 por turno matutino y vespertino y 8 turno nocturno) Lo anterior deberá acreditarse con la liquidación de cuotas obrero patronal del bimestre inmediato anterior a la fecha de celebración de la presente licitación (sexto bimestre del 2021) en donde acredite el registro ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de al menos 60 elementos requeridas para el servicio, y que, a su vez, se enuncien en el escrito que describe el total de la plantilla. Numerales 2.3 y 2.11 del ANEXO 2. Puntaje máximo para este subrubro: 1 punto. | |||
Experiencia. Se asignarán puntos conforme al tiempo de experiencia con que cuente el personal principal (2 jefes de Servicio y 3 jefes de Turno) en servicios de seguridad y vigilancia en unidades hospitalarias, tanto del sector público como del privado. Numeral 2.16 del ANEXO 2. Para determinar la puntuación que corresponda a cada licitante, se aplicará los siguientes pasos: I. Se sumará el tiempo de experiencia (contabilizados por días, en el entendido de que 365 días representan un año) del total de personal principal. II. El total de tiempo de experiencia que acumule el personal principal se habrá de dividir en cuarenta (5). III. El resultado de la anterior operación será considerado el tiempo de experiencia con que cuente el personal principal. IV. Se otorgará el puntaje a cada licitante, de conformidad con los siguientes parámetros: Años de experiencia - 5 años o menos: 0.5 puntos - Más de 5 a 9 años: 1 punto - Más de 9 años o más: 2 puntos Puntaje máximo para este subrubro: 2 puntos. | 24 puntos | ||
Competencia o habilidad. Se asignará la mayor puntuación (5 puntos) al licitante que acredite la certificación de competencias del personal solicitado. El licitante deberá acreditar la mayor competencia o habilidad mediante la presentación de los Certificados de Competencia Laboral en |
materia de servicio de vigilancia y seguridad del personal referido. Numeral 2.16 del ANEXO 2. De conformidad con el artículo 44 de las Reglas Generales y criterios para la integración y operación del Sistema Nacional de Competencias publicado el 27 de noviembre de 2009 en el DOF; el Certificado de Competencia Laboral es el documento expedido por el CONOCER (Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales, denominación que recibe el Fideicomiso de los Sistemas Normalizado de Competencia Laboral y de Certificación de Competencia Laboral, en términos de su contrato constitutivo) con validez oficial en toda la República Mexicana, por medio del cual se reconoce la competencia laboral de las personas, de acuerdo a lo establecido en un Estándar de Competencia inscrito en el Registro Nacional de Estándares de Competencia. En caso de que no se presenten los Certificados de Competencia Laboral expedidos por el CONOCER, los licitantes que pretendan obtener 4 puntos deberán exhibir al menos una constancia (formato DC-3) por cada uno de los 60 elementos que solicita la convocante, con el fin de que se acrediten sus conocimientos en el servicio de vigilancia y seguridad en unidades hospitalarias, tanto del sector público como del privado. Los licitantes que pretendan obtener 3 puntos deberán exhibir al menos una constancia (formato DC-3) por al menos la mitad de los miembros que componen el personal solicitado, con el fin de que se acrediten sus conocimientos en el servicio de vigilancia y seguridad en unidades hospitalarias, tanto del sector público como del privado. Solo será acreedor a 2 puntos el licitante que acredite mediante constancias (formato DC-3), los conocimientos de los 2 jefes de Servicio y 3 jefes de Turno en el servicio de vigilancia y seguridad en unidades hospitalarias, tanto del sector público como del privado. Puntaje máximo para este subrubro: 5 puntos. | |||
Dominio de herramientas. Se asignará el puntaje respectivo, cuando el licitante presente certificado de gestión de operaciones de seguridad privada: ISO 18788:2015 enfocada a procesos de seguridad privada intramuros en instituciones de investigación y enseñanza en la siguiente modalidad: • Seguridad privada en los bienes Numeral 2.12 del ANEXO 2. Puntaje máximo para este subrubro: 2 puntos. | |||
PUNTAJE MÁXIMO QUE OTORGAR EN LA CAPACIDAD DE LOS RECURSOS HUMANOS: 10 PUNTOS. | |||
RECURSOS ECONÓMICOS Y EQUIPAMIENTO. |
Recursos económicos. Declaración anual del ejercicio 2021 y la última declaración fiscal provisional del Impuesto Sobre la Renta (diciembre de 2021) presentada ante SHCP a la fecha de la presentación de su propuesta, en los cuales deberán de contener el sello de la recepción del servicio de administración tributaria (SAT) o de la institución bancaria receptora de dicha información. En caso de que hayan presentado por medio electrónico, estas deberán de contener el sello digital de recibo y además de que la declaración anual del ejercicio 2019 se deberá de presentar con la impresión completa de la declaración por el programa de presentación de declaraciones anuales (DEM) estados financieros con una antigüedad no mayor a tres meses a la fecha de la presentación de la propuesta, debidamente firmados por el representante legal y el contador público que los elabora (adjuntar copia simple de la cédula del contador, se verificará que la firma coincida tanto en la cédula como en los estados financieros). Numeral 1.13 del ANEXO 2. Se otorgará el puntaje a cada licitante, de conformidad con los siguientes parámetros: - Si demuestra ingresos anuales de $7, 500,000.00 o más: 4 puntos - Si demuestra ingresos anuales mayores a $7, 000,000.00 pero menores a $7, 500,000.00: 3 puntos - Si demuestra ingresos anuales mayores a $6, 500,000.00 pero menores a $7, 000,000.00: 2 puntos - Si demuestra ingresos anuales de $6, 500,000.00 o menos: 1 punto Puntaje máximo para este subrubro: 4 puntos. | |||
Equipamiento. El licitante contará con 3 puntos si se compromete a entregar las cantidades de equipo e instrumentos que se utilizarán en la prestación del servicio y si presenta para su evaluación un equipo de cómputo, así como la documentación que avale el cumplimiento de lo solicitado en la convocatoria con las características señaladas en los ANEXOS 1 y 11 para su revisión y análisis. La evaluación del equipo electrónico se llevará a cabo el día hábil siguiente a la presentación y apertura de propuestas, tomando en cuenta el orden de registro en el acto antes señalado. Dicha evaluación será a partir de las 10:00 a.m. con una hora de diferencia entre licitantes. El horario se confirmará en dicho acto. El contenido, especificaciones y detalle de evaluación del sistema están indicados en el anexo técnico. Deberán comprobar mediante contrato o factura, el alojamiento del sistema (en página web) Además de lo anterior los licitantes podrán contar con 3 puntos adicionales si presentan fotocopia legible del certificado de gestión de calidad, mediante la norma NMX-CC-9001-IMNC-2015/ISO 9001:2015 o similar enfocada a procesos de seguridad intramuros en instituciones de investigación, enseñanza y atención médica en la siguiente modalidad: • Seguridad privada en los bienes Numeral 2.4 y 2.13 del ANEXO 2. |
Puntaje máximo para este subrubro: 6 puntos. | |||
PUNTAJE MÁXIMO QUE OTORGAR EN RECURSOS ECONÓMICOS Y DE EQUIPAMIENTO: 10 PUNTOS. | |||
PARTICIPACIÓN DE DISCAPACITADOS. Se asignará el puntaje máximo al licitante que acredite que cuenta con trabajadores discapacitados de conformidad a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 14 de la LAASSP. Numeral 2.28 del ANEXO 2. PUNTAJE MAXIMO: 2 PUNTOS. | |||
PARTICIPACIÓN DE MIPYME. Se asignará el puntaje máximo al licitante constituido como MiPyME, la cual haya producido bienes con innovación tecnológica que se relacionen con la prestación del servicio de seguridad y vigilancia. Esto último se acreditará con documento expedido por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial con el que otorgo la patente, registro o autorización correspondiente, de conformidad a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 14 de la LAASSP. Numeral 2.29 del ANEXO 2. PUNTAJE MAXIMO: 1 PUNTO. | |||
POLÍTICAS Y PRÁCTICAS DE IGUALDAD DE GÉNERO. Se asignará el puntaje máximo al licitante que acredite haber aplicado políticas y prácticas de igualdad de género, conforme a la certificación correspondiente en alcance de la norma NMX-R-025-SCFI-2015, que establece los requisitos para la certificación de las prácticas para la igualdad laboral entre mujeres y hombres, de conformidad a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 14 de la LAASSP. (Numeral 2.30 del ANEXO 2.) PUNTAJE MAXIMO: 1 PUNTO. | |||
-EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DEL LICITANTE EXPERIENCIA. Se asignará la mayor puntuación al licitante que acredite el máximo de años de experiencia en servicios de vigilancia y seguridad en unidades hospitalarias, de un rango de 2 a 5 años. (Numeral 1.5 del ANEXO 2.) PUNTAJE MAXIMO 6 PUNTOS. | 12 puntos | ||
ESPECIALIDAD. Se asignará la mayor puntuación al licitante que acredite el mayor número de contratos o documentos, con los cuales pueda garantizar que ha suministrado servicios de vigilancia y seguridad en unidades hospitalarias, de un rango de 2 a 5 contratos o documentos. (Numeral 1.5 del ANEXO 2.) PUNTAJE MAXIMO 6 PUNTOS. |
Únicamente contarán los contratos y cartas verificables de los clientes con los que ha trabajado, los cuales sean susceptibles de corroborarse con persona responsable del área contratante o área usuaria del sector público o privado con quien haya prestado sus servicios. Dicha corroboración se efectuará mediante la relación de datos generales (Nombre, Institución, Puesto, Área, Número telefónico) que proporcionen los licitantes para tal efecto. El INPRFM asignará la mayor puntuación al licitante o los licitantes que acrediten el mayor número de años de experiencia y presenten el mayor número de contratos. A partir de este máximo asignado, el INPRFM efectuará un reparto proporcional de puntos siguiendo una regla de tres. | |||
- PROPUESTA DE TRABAJO METODOLOGÍA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. La metodología que presenten los licitantes deberá considerar lo solicitado en el numeral 2.6 del Anexo 2 de esta convocatoria. PUNTAJE MAXIMO 3 PUNTOS. | |||
PLAN DE TRABAJO. Plan de acciones que comprende el servicio, describiendo el procedimiento o procedimientos de operación bajo los cuales efectuarán estas acciones para lograr la optimización de los recursos, de conformidad a lo solicitado en el ANEXO 1 y en el numeral 2.7 del ANEXO 2. PUNTAJE MAXIMO 6 PUNTOS. | 12 puntos | ||
ESQUEMA ESTRUCTURAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS. El esquema que presenten los licitantes deberá considerar lo solicitado en el numeral 2.3 del ANEXO 2. | |||
PUNTAJE MAXIMO 3 PUNTOS. | |||
-CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS | |||
El licitante deberá de demostrar documentalmente tener contratos cubiertos a satisfacción de sus clientes, de servicios similares al requerido en la convocatoria y que sean del sector público o privado a nivel nacional. Numeral 1.6 del ANEXO 2. | |||
La acreditación se realizará con cartas de liberación de fianzas o cartas de cumplimiento de obligaciones, los cuales sean susceptibles de corroborarse con persona responsable del área contratante o área usuaria del sector público o privado, con quien haya prestado sus servicios. Dicha corroboración se efectuará mediante la relación de datos generales (Nombre, Institución, Puesto, Área, Número telefónico) que proporcionen los licitantes para tal efecto. | 12 puntos | ||
El licitante deberá acreditar el mayor número de contratos cumplidos de un rango de 2 a 5 contratos, en un periodo de 10 años. |
Se asignará la mayor puntuación al licitante o licitantes que acrediten el mayor número de contratos cumplidos satisfactoriamente. A partir de este máximo asignado, el INPRFM efectuará un reparto de puntos siguiendo una regla de tres.
c) Los documentos que integran la propuesta económica se encuentran especificados en el ANEXO 2, por lo que dicha documentación deberá ser digitalizada en formato PDF y cargada en la plataforma CompraNet para ser considerada en la evaluación económica.
EL DESARROLLO DEL PROCESO DE EVALUACIÓN ECONÓMICA SE REALIZARÁ DE LA SIGUIENTE FORMA:
El total de puntuación o unidades porcentuales de la propuesta económica deberá tener un valor numérico máximo de 40, por lo que a la propuesta económica que resulte ser la más baja de las técnicamente aceptadas deberá asignársele la puntuación o unidades porcentuales máxima.
Para la propuesta económica se excluirá del precio ofertado por el licitante el impuesto al valor agregado y solo se considerará el precio neto propuesto.
Para determinar la puntuación que corresponda a la propuesta económica de cada participante, la convocante aplicará la siguiente fórmula:
PPE = MPemb x 40 / MPi.
Donde:
PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económica; MPemb = Monto de la Propuesta económica más baja, y
MPi = Monto de la i-ésima Propuesta económica;
d) Para calcular el resultado final de la puntuación que obtuvo cada proposición, el INPRFM sumará el puntaje asignado en las propuestas Técnica (si alcanzo el mínimo de 45 puntos) y Económica que obtuvo cada licitante.
4.2 PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Las propuestas serán analizadas y evaluadas de conformidad a lo dispuesto en los artículos 35, 36 segundo párrafo, 36 BIS fracción I de la Ley y 52 de su Reglamento, atendiendo a lo siguiente:
A) Se analizará la documentación legal, financiera y administrativa y la propuesta técnica (Apartados 1 y 2 del ANEXO 2) para determinar si los licitantes cumplen con los requerimientos obligatorios establecidos en la presente convocatoria. Aquellas propuestas que cumplan con lo anterior serán declaradas como propuestas admitidas.
B) Se identificará cuales propuestas son las que no cumplen con los requisitos obligatorios de la documentación legal, financiera y administrativa y la propuesta técnica (Apartados 1 y 2 del ANEXO 2). En el Acta de Fallo referida en el APARTADO 2.7, se expresarán de manera general las razones legales y técnicas que fundaron y motivaron el desechamiento de las propuestas, indicando los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumpla.
C) Tomando en cuenta únicamente las propuestas admitidas, se realizará el cálculo de los puntos obtenidos por cada licitante derivado de su propuesta técnica conforme al APARTADO 4.1, numeral 7, inciso b) de la presente convocatoria.
D) Se realizará un cuadro comparativo con el puntaje total obtenido de las propuestas técnicas de los licitantes que cumplieron con los requerimientos obligatorios de la documentación legal, financiera y administrativa y la propuesta técnica (Apartados 1 y 2 del ANEXO 2).
El desglose de los puntos obtenidos por los licitantes en cada rubro y subrubro sólo se establecerá en el Dictamen de Fallo referido en el APARTADO 2.7.
E) Aquellas propuestas técnicas que hayan obtenido igual o más puntuación a la mínima exigida conforme al APARTADO 4.1, numeral 7, inciso b); serán consideradas como propuestas solventes.
El Instituto sólo procederá a realizar la evaluación de las propuestas económicas, de aquéllas proposiciones cuya propuesta técnica resulte solvente por haber obtenido la puntuación mínima requerida; en caso contrario las propuestas no solventes serán desechadas.
F) Se realizará un cuadro comparativo con el precio ofertado y el puntaje total obtenido de las propuestas económicas de los licitantes que fueron considerados como solventes para el Instituto.
G) Finalmente, se establecerá en un tercer cuadro comparativo la suma del puntaje de la propuesta técnica y la propuesta económica obtenida de las propuestas de los licitantes que fueron consideradas como admitidas y solventes.
H) Con base en el cuadro comparativo referido en el inciso que antecede, se aplicará el criterio de evaluación de puntos y porcentajes, adjudicándose la partida involucrada a quien haya obtenido la mayor puntuación en su propuesta (la suma del puntaje de la propuesta técnica y la propuesta económica), toda vez que se constate que la misma cumple con los requisitos obligatorios establecidos, cumpliendo con las condiciones requeridas por el Instituto.
4.2.1. CRITERIOS ESPECÍFICOS
a) De conformidad con lo establecido en el artículo 55 del Reglamento, si al momento de realizar la verificación de los importes de las propuestas económicas, en las operaciones se detectan errores aritméticos o de cálculo, el Instituto procederá a realizar la corrección en el cuadro comparativo. De lo anterior, se dejará constancia en dicho cuadro, en la evaluación y en el acta correspondiente. En ningún caso se realizarán modificaciones a los precios unitarios. En caso de que el licitante no acepte la corrección, la propuesta será desechada.
b) El Instituto podrá solicitar las aclaraciones pertinentes a los licitantes, para realizar la correcta evaluación de las proposiciones, siempre y cuando no implique la alteración alguna a la parte técnica o económica de sus proposiciones. Dicha solicitud se enviará a través de la plataforma CompraNet y se hará del conocimiento del público en general. A partir de la recepción de la solicitud, el licitante contará con el plazo que determine la convocante para hacer las aclaraciones requeridas, procurando que el plazo que se otorgue sea razonable y equitativo. Las respuestas de los licitantes se difundirán en la plataforma CompraNet y se harán del conocimiento del público en general el mismo día en que sean recibidas por la convocante.
c) El Instituto podrá realizar inspecciones oculares a las instalaciones de las empresas licitantes y/o a las empresas o instituciones donde la(s) licitante(s) haya(n) o esté(n) prestado sus servicios, asimismo podrá solicitar información de los licitantes a la autoridad correspondiente con la finalidad de corroborar que no se encuentren en ninguno de los supuestos del artículo 50 de la LAASSP. Los resultados se plasmarán en acta circunstanciada; en el entendido de que, en caso de que algún(os) de el(os) licitante(s) no logre(n) demostrar fehacientemente dicho cumplimento, su(s) propuesta(s) será(n) desechada(s) en la etapa de la evaluación técnica.
d) Cuando se presenten propuestas en igualdad de condiciones, con base en los artículos 36 BIS, segundo y tercer párrafo de la Ley y 54 de su Reglamento, la partida involucrada será adjudicada en primer término a las micro empresas, a continuación, se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa.
En caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de MiPyME, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que celebrará la Instituto a través de CompraNet, conforme a las disposiciones administrativas de la SFP.
e) En este procedimiento no se utilizará el criterio binario, es decir, no necesariamente el licitante que oferte el precio más bajo será a quien se le adjudique la partida involucrada.
4.3. ESTUDIO XX XXXXXXX
La investigación xx xxxxxxx que realizó el Instituto se integró de acuerdo con las características de los bienes a arrendar, con información obtenida de las siguientes fuentes:
i. La que se encuentra disponible en CompraNet;
ii. La obtenida de organismos especializados xxx xxxx correspondiente;
iii. La obtenida a través de páginas de Internet, correos electrónicos y por vía telefónica;
iv. La conseguida por el histórico de servicios similares.
El estudio xx xxxxxxx se realizó en referencia a los costos por puestos. El Instituto podrá verificar la congruencia de los precios los equipos solicitados. Para efectos de evaluación, se tiene la facultad de determinar precios unitarios promedio de acuerdo con el estudio xx xxxxxxx realizado.
Todo lo anterior con fundamento en los artículos 26 párrafo sexto de la LAASSP; 28, 29 y 30 del
RLAASSP.
5. ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN DEL LICITANTE GANADOR
El proveedor se obliga a que posterior a la emisión del fallo y previo a la firma del contrato, se presentará en las oficinas de la SSG del INPRFM ubicadas en la planta baja del Edificio de Gobierno, localizado en Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxx xxxxxx 000, xxxxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, alcaldía Tlalpan, C.P. 14370, Ciudad de México, con la finalidad de exhibir mediante original o copia certificada los siguientes documentos para su revisión:
1. Acta Constitutiva de la empresa, con sus modificaciones.
2. Registro Federal de Contribuyentes de la empresa
3. Comprobante de domicilio de la empresa.
4. Poder notarial que acredite las facultades suficientes para participar en el presente procedimiento y para firmar el contrato que de él se derive.
5. Identificación oficial y Registro Federal de Contribuyentes del apoderado legal.
6. En caso de ser persona física con actividad empresarial deberá presentar original de registro ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y comprobante de domicilio.
De igual forma, el licitante ganador deberá traer copia simple de los mismos a fin de integrar el expediente respectivo, así como el ANEXO 4 en donde especifique los datos generales de la empresa y del representante legal.
Asimismo, deberá entregar junto con la documentación señalada en los párrafos anteriores, carta elaborada de conformidad al ANEXO 5, en papel membretado y firmado por el representante o apoderado legal para constatar que han cumplido en tiempo y forma con las disposiciones señaladas en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como con en la Resolución Miscelánea Fiscal para el período 2022, publicada en el D.O.F. en fecha 27 de diciembre de 2021, específicamente la regla 2.1.29. Procedimiento que debe observarse para contrataciones con cualquier autoridad, ente público, entidad, órgano u organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, de la Federación, de las entidades federativas y de los municipios, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos, así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciban y ejerzan recursos públicos federales; derivado del oficio
circular número UNAOPSFP/309/0743/2008 dado a conocer en el D.O.F. en fecha 19 de
septiembre de 2008.
Aunado a lo anterior deberá integrar el acuse de recepción de solicitud de “opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales”, de conformidad a lo establecido en el artículo 39, fracción VI, inciso j), del Reglamento, que deberá tramitar ante el Sistema de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, trámite que se encuentra en el siguiente link:
xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxx_xxxxxxxx/x_xxx/xxxxxxx_xxxxxxx/000_00000.xxxx
En caso de necesitar ayuda para la realización de dicho trámite, el(los) licitante(s) ganador(es) puede(n) acceder al tutorial contenido en:
xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxx?xxXx0XXXxXXx0&xxx0&xxxxxxxxxxxx
Adicionalmente, para efectos del citado Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, el licitante ganador deberá presentar previo a la formalización del contrato, documento vigente expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se emita opinión positiva respecto del cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social, o bien, en caso de no contar con trabajadores directos una carta de formato libre, donde se manifieste tal supuesto y se agregue la evidencia de cumplimiento al citado artículo, a través de terceros. Lo anterior de conformidad con
el Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, publicado el 27 de febrero de 2015 en el Diario Oficial de la Federación y del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 3 de febrero de 2016, respectivamente.
También el participante deberá presentar la Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y enteros de descuentos vigente, en términos del “Acuerdo del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, con estatus “Sin adeudo o con garantía”, o bien, “Con adeudo pero con convenio celebrado”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx del 2017.
6. GARANTÍA DEL CONTRATO
Para respaldar el cumplimiento del contrato contra vicios ocultos y defectos en la calidad o incumplimiento de las obligaciones pactadas, el proveedor deberá otorgar a la firma del contrato o en su defecto dentro de los 10 días naturales posteriores a la formalización del contrato, una garantía que deberá constituirse mediante Póliza de Fianza o Cheque certificado, a favor del Instituto, por un importe del 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato (sin incluir I.V.A.).
En caso de entregar fianza, está deberá ser expedida por una institución debidamente autorizada, a nombre del Instituto la cual deberá consignar lo establecido en el artículo 103 del Reglamento de la Ley, lo que de manera enunciativa comprenderá lo siguiente:
a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato.
b) Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales.
d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
La garantía de cumplimiento referida de este apartado podrá ser reducida, en función del grado de cumplimiento de contrataciones que asigne el RUPC, con base en el historial de los últimos cinco años. Los porcentajes de reducción de los montos de la garantía de cumplimiento de los proveedores que se ubiquen en el rango a que se refiere el párrafo anterior, serán los siguientes:
c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y.
Grado de cumplimiento asignado en el RUPC | Porcentaje de reducción de la garantía de cumplimiento |
80 a 84 | 10% |
85 a 89 | 20% |
90 a 94 | 30% |
95 a 99 | 40% |
100 | 50% |
Para el otorgamiento de prórrogas o esperas en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la formulación de convenios de ampliación al monto o al plazo del pedido o contrato, se debe obtener la modificación de la garantía presentando una nueva dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del convenio que modifique el contrato original, por el importe del incremento o modificación correspondiente.
7. CONDICIONES DE PAGO
1. El INPRFM, realizará el pago por los servicios objeto de la presente licitación, conforme a las disposiciones que para este efecto emita la Tesorería de la Federación a partir de la fecha en que se ingrese la factura que contenga únicamente los requisitos fiscales vigentes, los cuales serán validados por la SSG quien dará la certificación del servicio realizado de acuerdo a los diversos compromisos establecidos en la presente convocatoria ante la SRF, ubicada en la Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx primer piso, colonia Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
2. El pago no podrá exceder de veinte días naturales contados a partir de la entrega de la factura respectiva, previa prestación del servicio.
En caso de que la factura presente errores o deficiencias, el Instituto indicará dentro de los siguientes tres días hábiles al proveedor las deficiencias que deberá corregir. Este periodo que transcurre desde la solicitud del Instituto y hasta que el proveedor presente las correcciones no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley.
3. Cuando el proveedor registre inasistencias de su personal, o se haga acreedora a penalizaciones, deberán entregar junto con su factura, nota de crédito para el descuento que se aplicará por sus incumplimientos. Se hace hincapié en que de no cumplir con este requisito el Instituto está facultado para hacer el descuento de los haberes correspondientes.
4. El Instituto entregará el pago correspondiente por la prestación de los servicios preferentemente por transferencia electrónica para lo cual el proveedor deberá proporcionar la información de su CLABE Interbancaria, numero de cuentan banco y sucursal.
5. El gasto destinado para el pago del servicio estará sujeto a las disposiciones específicas del Presupuesto de Egresos de la Federación, así como a lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás disposiciones aplicables conforme al artículo 24 de la LAASSP.
6. La empresa ganadora, podrá incorporarse al Programa xx xxxxxxx productivas de
nacional financiera S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo, con el objeto de acceder al factoraje o descuento electrónico de documentos para cobrar. No es obligatorio para el participante ganador afiliarse a las cadenas productivas.
8. MODIFICACIONES AL CONTRATO
De conformidad al artículo 52 de la LAASSP, se podrá modificar el contrato que se derive de esta licitación, dentro del período de su vigencia, siempre que no se modifique el monto total en más del 20% de las cantidades solicitadas originalmente, así como que las cantidades adicionales se ajusten a lo siguiente:
1. Que el precio servicios motivo del incremento sea igual al pactado originalmente.
2. La fecha de prestación del servicio correspondiente al incremento que en su caso se solicite, deberá ser pactada de común acuerdo entre el INPRFM y el proveedor
3. Que el incremento en el monto sea debidamente justificado por el área solicitante, y autorizado por la Dirección de Administración del INPRFM.
4. Que se cumpla con los lineamientos que en materia de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal dicte la SHCP.
Asimismo, sin transgredir lo establecido en el artículo 52 de la ley de la materia, durante la vigencia del contrato el INPRFM, podrá realizar convenios modificatorios o addenda al pacto de voluntades, (artículo 1,792 del Código Civil Federal) aplicando el principio de supletoriedad contenido en el artículo 11 de la LAASSP, donde establece que en todo lo no contemplado en dicha ley, serán aplicables las disposiciones contenidas en el Código Civil Federal; el Código Federal de Procedimientos Civiles y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Cuando concurran situaciones supervenientes ajenas a la responsabilidad de las partes, que provoquen directamente reducciones en los servicios adjudicados y que por tal razón no pudieron haber sido previstos, el Instituto deberá requerir reducciones, y ser convenidas entre las partes.
En caso de que el contenido del contrato contenga errores de número, escritura o impresión insertos, que por su naturaleza no afecten el contenido de las obligaciones inscritas, las partes firmarán una Fe de Erratas en la que conste la corrección respectiva, la cual formará parte integral del mismo.
9. INCUMPLIMIENTO
Durante la vigencia del contrato se sancionará al proveedor, cuando incurra en alguno o varios de los siguientes incumplimientos:
1. Deficiencias en la calidad del servicio;
2. Riesgos para el personal, pacientes, visitantes o bienes del Instituto;
3. Incumplimiento constante de la plantilla de personal contratado para la prestación del servicio;
4. Inobservancias a las normas internas o a la legislación aplicable y/o a las normas oficiales aplicables vigente(s) a la firma del contrato y;
5. En general en caso de faltar al cumplimiento de los compromisos pactados en el contrato.
Con fundamento en el artículo 53 y 53 BIS de la LAASSP, en relación con los artículos 95 y 96 del RLAASSP; se fijará una pena convencional de conformidad con las especificaciones detalladas en el ANEXO 7 de esta convocatoria. Para tal efecto, las penas convencionales se aplicarán de acuerdo con el plan de trabajo para la prestación del servicio que presente el licitante ganador, referido en el numeral 2.5 del ANEXO 2. Así mismo se reafirma que el servicio se pagará mensualmente, por lo cual, la aplicación de dichas penas se hará sobre el monto mensual facturado por día transcurrido.
Xxxxx sancionables las inobservancias a las obligaciones pactadas en las cláusulas del contrato que se firme a consecuencia del presente procedimiento de licitación.
También se tomará como incumplimientos a la prestación del servicio, como defectos o vicios ocultos o como deficiencias en la calidad del servicio, las inobservancias a los requisitos o estipulaciones precisadas en el ANEXO 1 de la presente convocatoria, los cuales se sancionarán en términos de lo establecido en los párrafos que anteceden.
De conformidad con lo establecido en el artículo 53 BIS de la LAASSP, el convocante se reserva el derecho de realizar deducciones al pago de los servicios objeto de la presente licitación,
derivadas de incumplimientos parciales o deficiencias en que pudiera incurrir el proveedor; el procedimiento para la aplicación de la presente disposición será determinado por el Instituto.
El proveedor asumirá la responsabilidad total, en caso de que infrinja derechos de terceros, durante la vigencia del contrato.
10. CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
10.1. RESCISIÓN ADMINISTRATIVA
El INPRFM podrá rescindir administrativamente el contrato, cuando la suma de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor exceda del importe de la garantía pactada en esta convocatoria, otorgada con la finalidad de respaldar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por la contratación del servicio, para lo cual se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 54 de la LAASSP.
Se podrá rescindir el contrato derivado de esta licitación sin tener que aplicar el monto máximo de penalizaciones, si se comprueba incumplimiento de las obligaciones contraídas por el proveedor, mediante el procedimiento de encuestas de opinión o supervisiones de servicio, donde se constaten.
Reiteradas deficiencias en la realización de actos u omisiones que pongan en riesgo la seguridad del personal, pacientes, visitantes o bienes del Instituto, para lo cual se deberá notificar la acción de rescisión, con 15 días de antelación, conforme a lo establecido en el artículo 98 del Reglamento de la LAASSP.
El INPRFM, podrá implementar la rescisión administrativa del contrato, de conformidad con la fracción XV del artículo 29 de la LAASSP y el artículo 39 del Reglamento de dicha ley, si después del fallo de la licitación se comprueba que hubo acuerdo de algunos Licitantes para elevar los precios, o cualquier otro acuerdo realizado con el fin de obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
En caso de rescisión administrativa, el Instituto procederá a hacer efectiva la garantía expedida para el cumplimiento por la parte proporcional al monto de las obligaciones incumplidas. Bajo este supuesto, el proveedor podrá optar por el pago equivalente a la aplicación de la fianza referida mediante cheque certificado o de caja a nombre del INPRFM.
Dicho pago deberá ser efectuado mediante el formato 16 que emite el SAT dependiente de la SCHP presentando copia del mismo debidamente sellado, por la institución bancaria donde se realizó el pago correspondiente, en la SSG.
En caso de que los incumplimientos tengan como consecuencia la rescisión administrativa, se notificará a la instancia correspondiente, para que actúe de acuerdo a lo señalado en los artículos 59 y 60 de la LAASSP.
10.2. TERMINACIÓN ANTICIPADA Y SUSPENSIÓN
Con base en el artículo 54 Bis de la LAASSP, el Instituto podrá dar por terminado anticipadamente el contrato que se derive de la presente licitación; siempre y cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes o servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública.
Cuando en la prestación del servicio se presente caso fortuito o de fuerza mayor, el Instituto podrá suspender la prestación del servicio, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente prestados.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables al Instituto, previa petición y justificación del proveedor, éste reembolsará al proveedor los gastos no recuperables que se originen durante el tiempo que dure esta suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
En cualquier caso, se pactará por las partes el plazo de suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato.
Para tal efecto, la terminación anticipada de los contratos y la suspensión de la prestación de servicios a que se refieren los artículos 54 Bis y 55 Bis, primer párrafo, de la Ley, se deberá sustentar mediante dictamen, las razones precisas o causas justificadas que den origen a la terminación anticipada del contrato de conformidad con el artículo 102 del RLAASSP.
11. INFRACCIONES Y SANCIONES
Se aplicarán sanciones en los siguientes términos:
Procederá la aplicación de sanciones cuando el(os) licitante(s) incurra(n) en los supuestos establecidos en los artículos 59 a 64, localizados en el título quinto “De las infracciones y sanciones" capítulo único, de la LAASSP. Así como en el caso de que el(os) licitante(s) no sostenga(n) sus ofertas o cuando no entregue(n) la fianza correspondiente, en la fecha convenida.
Estas sanciones se aplicarán independientemente de cualquier otra que establezcan las disposiciones jurídicas vigentes.
12. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
12.1 INCONFORMIDADES
La SFP será la instancia correspondiente que conocerá de las inconformidades que se promuevan contra los actos de los procedimientos de Licitación Pública que se indican a continuación:
a) La convocatoria a la licitación y las juntas de aclaraciones. En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el interesado que haya manifestado su interés por participar en el procedimiento según lo establecido en el artículo 33 BIS de la LAASSP, dentro de los 6 días hábiles siguientes a la celebración de la última junta de aclaraciones;
b) El acto de presentación y apertura de proposiciones y el fallo. En este caso, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien hubiere presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo, o de que se le haya notificado al licitante en los casos en que no se celebre junta pública;
c) La cancelación de la licitación. En este supuesto la inconformidad sólo podrá presentarse por el licitante que hubiere presentado proposición dentro de los seis días hábiles siguientes a su notificación; y
d) Los actos y omisiones por parte de la convocante que impidan la formalización del contrato en los términos establecidos en la convocatoria a la licitación o en la LAASSP.
En esta hipótesis la inconformidad sólo podrá presentarse por quien haya resultado adjudicado, dentro de los seis días hábiles posteriores a aquel en que hubiere vencido el plazo establecido en el fallo para la formalización del contrato o en su defecto, el plazo legal.
En todos los casos en que se trate de licitantes que hayan presentado proposición conjunta, la inconformidad sólo será procedente si se promueve conjuntamente por todos los integrantes de la misma.
La inconformidad deberá presentarse por escrito directamente en las oficinas de la SFP ubicadas en: Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 00000 Xxxxxx xx Xxxxxx; o en el Órgano Interno de Control del Instituto; o por vía electrónica a través de CompraNet.
El escrito inicial contendrá:
a) El nombre del inconforme y del que promueve en su nombre, quien deberá acreditar su representación mediante instrumento público.
Cuando se trate de licitante que haya presentado propuesta conjunta, en el escrito inicial deberán designar un representante común, de lo contrario, se entenderá que fungirá como tal la persona nombrada en primer término;
b) Domicilio para oír y recibir notificaciones personales, que deberá estar ubicado en el lugar en que resida la autoridad que conoce de la inconformidad. Para el caso de que no se señale domicilio procesal en estos términos, se le practicarán las notificaciones por rotulón.
c) El acto que se impugna, fecha de su emisión o notificación o en su defecto, en que tuvo conocimiento del mismo.
d) Las pruebas que ofrece y que guarden relación directa e inmediata con los actos que impugna. Tratándose de documentales que formen parte del procedimiento de contratación que obren en poder de la convocante, bastará que se ofrezcan para que esta deba remitirlas en copia autorizada al momento de rendir su informe circunstanciado y,
e) Los hechos o abstenciones que constituyan los antecedentes del acto impugnado y los motivos de inconformidad. La manifestación de hechos falsos se sancionará conforme a las disposiciones de la LAASSP y a las demás que resulten aplicables.
Al escrito de inconformidad deberá acompañarse el documento que acredite la personalidad del promovente y las pruebas que ofrezca, así como sendas copias del escrito inicial y anexos para la convocante y el tercero interesado, teniendo tal carácter el licitante a quien se haya adjudicado el contrato.
En las inconformidades que se presenten a través de CompraNet, deberán utilizarse medios de identificación electrónica en sustitución de la firma autógrafa.
La documentación que las acompañe y la manera de acreditar la personalidad del promovente, se sujetarán a las disposiciones técnicas que para tales efectos se expidan, en cuyo caso producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los medios de identificación y documentos correspondientes.
La autoridad que conozca de la inconformidad prevendrá al promovente cuando hubiere omitido algunos de los requisitos señalados en las fracciones I, III. IV y V del artículo 66 de la LAASSP, a fin de que subsane dichas omisiones; apercibiéndole que en caso de no hacerlo en el plazo de tres días hábiles se desechará su inconformidad, salvo el caso de las pruebas, cuya omisión tendrá como consecuencia que se tengan por no ofrecidas.
12.2 CONTROVERSIAS
Las controversias que se susciten en materia objeto de la presente licitación, se resolverán con apego a lo previsto en las disposiciones de carácter federal aplicables, por lo que toda estipulación en contrario no surtirá efecto alguno.
12.3 PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN
En cualquier momento el proveedor o el Instituto podrán presentar ante la SFP solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento de los contratos o pedidos.
Tratándose de la fracción I del artículo 66 de la LAASSP, no será necesario formular prevención alguna respecto de la omisión de designar a un representante común. De igual manera, no será necesario prevenir cuando se omita señalar domicilio para recibir notificaciones personales, en términos de la fracción II del mismo artículo.
La SFP decidirá el día y hora para que se lleve a cabo la audiencia de conciliación citando a las partes para tal efecto. Dicha audiencia se deberá iniciar dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud.
La asistencia a la audiencia de conciliación será obligatoria para ambas partes, por lo que la inasistencia por parte del proveedor traerá como consecuencia tener por no presentada su solicitud.
En caso de que el proveedor y el Instituto lleguen a un acuerdo durante la conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas, y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía judicial correspondiente.
12.4 OTRAS VÍAS DE SOLUCIÓN A LAS CONTROVERSIAS
El Instituto y el participante ganador podrán optar por cualquier vía de solución a su controversia con el fin de resolver sus discrepancias sobre la interpretación o ejecución de los contratos de conformidad a lo establecido en los artículos 80 a 86 de la LAASSP.
13. TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Además de las disposiciones normativas enunciadas en el APARTADO 1.4, la presente licitación se rige por lo establecido en el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Respetando el principio de máxima publicidad, toda la información en posesión del Instituto se someterá a los mecanismos de acceso a la información y a los procedimientos de revisión expeditos que se sustanciarán ante los organismos autónomos especializados e imparciales que establece la Constitución.
En tal tenor, los licitantes que entreguen sus propuestas deberán señalar los documentos o las secciones de éstos, que contengan información confidencial, reservada o comercial reservada, así como el fundamento por el cual consideran que tenga ese carácter, siempre que tengan el derecho de reservarse la información, de conformidad con las disposiciones aplicables.
Cuando el Instituto reciba una solicitud de acceso al contenido de la presente licitación, y está contenga información confidencial, el Instituto podrá requerir al licitante su autorización para entregar dicha información, quien tendrá diez días hábiles para responder a partir de la notificación correspondiente. El silencio del particular será considerado como una negativa.
El consentimiento expreso de los licitantes para que se de acceso a la información confidencial, se dará por escrito o medio de autentificación equivalente.
Aún en los casos en que no se haya requerido al licitante titular de la información para que otorgue su consentimiento, o bien se obtenga una negativa expresa o tácita del mismo, el Instituto deberá dar acceso a las versiones públicas de los expedientes o documentos omitiendo las partes o secciones de éstos que contengan información confidencial.
El Instituto sólo estará obligado a entregar documentos que se encuentren en sus archivos. La obligación de acceso a la información se dará por cumplida cuando se pongan a disposición del solicitante para consulta los documentos en el sitio donde se encuentren; o bien, mediante la expedición de copias simples, certificadas o cualquier otro medio.
ANEXOS
ANEXO 1 ANEXO TÉCNICO
OBJETO DEL SERVICIO: SERVICIO DE SEGURIDAD, VIGILANCIA, GUARDA Y CUSTODIA EN LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE PSIQUIATRÍA XXXXX XX XX XXXXXX XXXXX (INSTITUTO) Y EL CENTRO DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES EN LA COMUNIDAD (CESAMAC)
1.-ALCANCE TÉCNICO
El PROVEEDOR está obligado a prestar el servicio de vigilancia, guarda y custodia de las instalaciones INSTITUTO y del CESAMAC, implicando la protección de bienes muebles e inmuebles, valores, así como de los pacientes, empleados y público visitante. Dicho servicio deberá ser proporcionado a través de elementos de seguridad privada que se encuentren debidamente capacitados, autorizados y registrados ante la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, los cuales deberán estar equipados con aparatos de radiocomunicación, linternas, uniformes y demás instrumentos necesarios para el cumplimiento de las consignas generales y específicas de cada uno de los puestos a cubrir.
Domicilio del INSTITUTO: Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxx xxxxxx. 000, xxxxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, alcaldía Tlalpan, C.P. 14370, Ciudad de México.
Domicilio del CESAMAC: Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx xxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, xxxxx xxx Xxxxxxx “Xxxxxxxx X. Xxxxxxxxx”, xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Histórico, alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
1.1 El PROVEEDOR deberá contar con autorización federal emitida por la Dirección General de Seguridad Privada dependiente de la Secretaría de Gobernación, para la prestación de servicios de seguridad privada en todo el territorio nacional, asimismo, deberá contar con el acuerdo de revalidación de la autorización o de inicio a la autorización, en las siguientes actividades:
⮚ Seguridad privada en los bienes.
⮚ Servicios de alarmas y de monitoreo electrónico.
⮚ Seguridad de la información.
⮚ Actividad vinculada con servicios de seguridad privada, en la submodalidad b) que refiere el artículo 5 del Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada.
1.2 El PROVEEDOR deberá contar con permiso vigente emitido por la Dirección General de Seguridad Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx para prestar servicios de seguridad privada, acompañado de su oficio de la autorización del permiso en caso de empresas de nueva creación o de revalidación del mismo; bajo las modalidades señaladas en el artículo 11 fracciones I, II y V de la Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal, hoy Ciudad de México, que consisten en las siguientes:
• Seguridad y protección personal.
• Vigilancia y protección de bienes.
• Actividades inherentes a la seguridad privada.
2. SEGURIDAD SOCIAL
De conformidad con el acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su anexo único, dictado por el
H. Consejo técnico del IMSS, relativo a las reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2015, el PROVEEDOR deberá entregar mensualmente opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social, mediante oficio, así como el listado que arroja el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) dentro de los tres días hábiles posteriores al vencimiento del plazo que concede el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para el pago respectivo; en la oficina de la Subdirección de Servicios Generales del INSTITUTO.
Asimismo, se compromete a presentar bimestralmente (en los meses xx xxxxx, xxxx, xxxxx, septiembre y noviembre) copia de liquidación de cuotas obreros patronales, así como los comprobantes de cumplimiento de sus obligaciones por concepto de INFONAVIT, del personal asignado al servicio y con asistencia continua mayor a treinta días. Dichos comprobantes se deberán entregar dentro de los 20 días hábiles posteriores a la conclusión del bimestre anterior, mediante oficio, en la oficina de la Subdirección de Servicios Generales del INSTITUTO, debiendo especificar el número de afiliación del personal que ejecutará los trabajos del servicio.
3.- CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES PATRONALES EN MATERIA DE CAPACITACIÓN, ADIESTRAMIENTO Y PRODUCTIVIDAD.
El PROVEEDOR deberá acreditar los trámites realizados y servicios solicitados, en materia de capacitación, adiestramiento y productividad de los trabajadores, ante la Dirección General de Capacitación (DGC) o las Delegaciones Federales de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), debiendo presentar al inicio de la vigencia del contrato, calendario de capacitación y copias de las siguientes fracciones:
I. Formato DC-1.- Constitución de la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento (Comisión). En virtud de que en el servicio requerido se solicita a empresas con más de 50 trabajadores, la inclusión de dicho formato resulta indispensable. Para tal efecto deberá estar acompañado de informe de las actividades realizadas por la Comisión durante los últimos doce meses.
II. Formato DC-2.- Elaboración del Plan y Programas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad. Incluirá, entre otros: los cursos de capacitación impartidos.
Para cumplir con el plan y programas de capacitación y adiestramiento formato DC-2, se presentará el documento más reciente, en virtud de que los planes y programas de capacitación y adiestramiento registrados ante la STyPS hasta el 30 de noviembre de 2012, conservarían su vigencia y, al término de la misma, la empresa los elabora y maneja internamente de conformidad con el segundo transitorio del Acuerdo por el que se dan a conocer los criterios administrativos, requisitos y formatos para realizar los trámites y solicitar los servicios en materia de capacitación, adiestramiento y productividad de los trabajadores del 14 xx xxxxx de 2013.
III. Formato DC-3.- Expedición de Constancias de Competencias o de Habilidades Laborales.
Relativas a servicios de vigilancia.
IV. Formato DC-4.- Presentación de Lista de Constancias de Competencias o de Habilidades Laborales. Copia de las constancias de competencias o de habilidades laborales expedidas durante el último año, a los trabajadores con los que pretendan otorgar el servicio.
V. Formato DC-5.- Solicitud de Registro de Agente Capacitador Externo. Presentar copia certificada y de las constancias de al menos dos agentes capacitadores y el licitante avalado por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, así como formato DC-5 con su respectivo acuse de recibo sellado y firmado por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, que deberá contener los cursos de capacitación registrados.
4.-EQUIPO Y UNIFORMES.
4.1 EQUIPO
Para el INSTITUTO ubicado en calzada México-Xochimilco número. 101, colonia San Xxxxxxx Huipulco, alcaldía Tlalpan, C.P. 14370, Ciudad de México, el PROVEEDOR deberá proporcionar el siguiente equipo para la prestación del servicio:
EQUIPO | CANTIDAD |
Radios | 27 |
Cargador de radio | 27 |
Diademas de intercomunicación o Audífono | 35 |
Fornituras | 58 |
Linternas | 12 |
Impermeables tipo manga | 27 |
Pares de botas de plástico | 27 |
Xxxxxx manual | 8 |
Gorra y logotipo de la empresa | 58 |
Arco detector de metales (uno a la intemperie) | 3 |
Rondinero electrónico | 3 |
Lockers para resguardo de pertenencias de su personal | 25 |
Cubrebocas tricapa termosellado con ajuste nasal certificado FDA y COFEPRIS | 300 mensuales |
El PROVEEDOR está obligado a entregar el material y suministros necesarios para la instalación y operación de estos equipos en los diferentes edificios del INSTITUTO. En caso de que las cámaras antivandálicas con las que cuenta el INSTITUTO se encuentren dañadas, deberán ser sustituidas por el PROVEEDOR de acuerdo a las características que se mencionan en el ANEXO 11.
Todos los gastos de instalación y equipo correrán por cuenta del PROVEEDOR.
El PROVEEDOR deberá relacionar el equipo con que prestará el servicio, principalmente el relativo a radiocomunicaciones y telecomunicaciones, en el entendido de que aquellos equipos que requieran de alguna instalación adicional o especial para su funcionamiento; dicha instalación deberá efectuarse por cuenta del PROVEEDOR.
4.2 UNIFORMES
El PROVEEDOR deberá garantizar que sus elementos portarán uniforme debidamente registrado ante la Dirección General de Seguridad Privada de la Secretaría de Gobernación y ante la Dirección General de Seguridad Privada y Colaboración Interinstitucional de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México.
El personal del PROVEEDOR deberá portar uniforme; vestimenta que será obligatoria para prestar el servicio, debiendo presentarse con el cuidado que requiere su higiene personal. El uniforme deberá contar con el logotipo y nombre de la empresa. Si cualquier elemento no cumple con este requisito será motivo de sanción.
Durante la vigencia del contrato, el PROVEEDOR tendrá la obligación de proporcionar a todos y cada uno de sus trabajadores un mínimo de 3 (tres) juegos de uniformes, una chamarra, una gorra y un par de botas tácticas xx xxxx, dieléctricas, resistentes, antiderrapantes ergonómicas y con casquillo.
Al inicio del contrato se realizará la entrega de dos uniformes completos, incluyendo chamarra, gorra y botas, el tercer uniforme, será entregado en la semana del 15 al 31 de julio del 2022.
Todo el personal de nuevo ingreso que se incorpore como resultado de una sustitución de algún miembro de los originalmente descritos, tendrá que contar con tres (3) uniformes nuevos, dos serán proporcionados al ingreso, incluyendo chamarra, gorra y botas; el tercero será entregado dos meses posteriores a su ingreso. Toda entrega antes mencionada será supervisada por el personal del área de Asuntos Externos de la Subdirección de Servicios Generales.
El personal de mando portará como uniforme, traje formal distintivo de la empresa, para identificar el rango de mando de los elementos.
Los gastos que se originen por concepto de uniformes del personal que proporcionará el SERVICIO, serán cubiertos por el PROVEEDOR. Ante el deterioro de los uniformes completos, el PROVEEDOR se compromete a proporcionarle unos nuevos a su personal, siendo responsabilidad de este último ante el PROVEEDOR el mal uso que se le dé a los mismos.
5.- RECURSOS HUMANOS
5.1 RELACION DE ELEMENTOS SOLICITADOS Y HORARIOS
El PROVEEDOR deberá proporcionar durante la vigencia del contrato, la cantidad de personal y perfiles que a continuación se mencionan y deberán presentar un desglose de salarios integrados del personal descrito, aclarándose que el costo del Jefe de Servicio y Jefes de Turno no podrá ser igual al de los elementos (guardias).
A) Relación de turnos diarios solicitados para la prestación del servicio.
Ubicación de inmuebles | Guardias | Jefe de turno | Jefe de servicio | Total de elementos | ||
Matutino 8x8 | Vespertino 8x8 | Nocturno 8x8 | 8x8 Uno por turno | 8x8 Uno en matutino y otro en vespertino | ||
INPRFM ubicado en Xxxxxxx Xxxxxx- Xxxxxxxxxx xxxxxx. 000, xxxxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, alcaldía Tlalpan, C.P. 14370, Ciudad de | 21 | 21 | 9 | 3 | 2 | 56 |
CESAMAC, ubicado en República de Venezuela, esq. con Xxxxxxxxx Puebla s/n, planta xxxx xxx xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, xxxxxxx xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. | 1 | 1 | 2 | |||
Totales | 22 | 22 | 9 | 3 | 2 | 58 |
NOTA
1.- El total de la plantilla que se presente a laborar en el turno nocturno deberá ser conformada con personal masculino, con excepción de 2 (dos) elementos del sexo femenino.
2.- Para el turno matutino y vespertino se requiere para cada uno cuando menos 13 (trece) elementos masculinos, incluyendo el Jefe de Servicio y el Jefe de Turno.
3.- El personal asignado al CESAMAC serán dos elementos masculinos, contemplados en el punto anterior. Cuando las necesidades lo ameriten, dichos elementos podrán laborar su turno en las instalaciones de Calzada México-Xochimilco.
4.- Los mínimos de personal masculino establecidos en los puntos anteriores no serán aplicables a los fines de semana y días festivos.
a) El PROVEEDOR entregará un expediente en archivo digital del personal (58 elementos), durante el mes xx xxxxx del presente año, que habrá de laborar en el INPRFM y en el CESAMAC, en la cual se incluirán:
• Copia de identificación oficial con fotografía.
• Comprobante de domicilio.
• CURP y RFC.
• Comprobante de afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social.
• Número de contacto del personal asignado para la prestación del servicio.
En dicho expediente, el PROVEEDOR deberá establecer a los responsables administrativos que estarán asignados para la prestación del SERVICIO requerido por el INSTITUTO. Este archivo será actualizado bimestralmente (en los meses xx xxxxx, xxxx, xxxxx, septiembre y noviembre), durante la vigencia del contrato.
b) La información solicitada será entregada con las modificaciones correspondientes cada mes y/o cada vez que existan altas o bajas de personal en la plantilla inicial. Esta información será entregada en la SSG los primeros quince días hábiles de cada mes como máximo.
c) El PROVEEDOR estará obligado a reportar por escrito a la Subdirección de Servicios Generales, todo cambio de personal que ingrese al INSTITUTO y al CESAMAC, y tendrá la obligación de reportarlo en un máximo de 48 horas a partir del cambio.
d) Todo el personal asignado por la empresa deberá portar la credencial de manera visible y obligatoria, al ingresar al INSTITUTO o al CESAMAC, la cual deberá contener:
• Fotografía reciente;
• Nombre del trabajador;
• Firma del trabajador;
• Denominación o razón social de la empresa, para la cual presta sus servicios; y
• Nombre, firma y cargo del representante legal o del encargado del área de Recursos Humanos.
B) La distribución de los guardias dentro de las instalaciones del instituto será la siguiente:
DISTRIBUCIÓN | GUARDIAS | ||
8x8 | 8x8 | 8x8 | |
Xxxxxxxx | Xxxxxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxx 0 Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxx Xx. 000 | 1 | 1 | 1 |
Acceso 2 Unidad de adicciones Xxxxxxx Xxxxxx- Xxxxxxxxxx Xx. 000 | 1 | 1 | --- |
Acceso 3 Administración y oficinas sociales Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxx Xx. 000 | 1 | 1 | 1 |
Acceso 4 Periférico | 1 | 1 | 2 |
Acceso 5 Periférico | 1 | 1 | 1 |
Acceso Xxxx Servicios Clínicos | 5 | 5 | 2 |
Acceso peatonal Servicios Clínicos | 2 | 2 | --- |
Atención Psiquiátrica Continua Servicios Clínicos | 1 | 1 | 1 |
Acceso Subespecialidades | 1 | 1 | --- |
Imágenes cerebrales | 1 | 1 | --- |
Neurociencias | 1 | 1 | 1 |
Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx | 0 | 0 | --- |
Xxxxxxxx periférico caseta 4 | 1 | 1 | --- |
Auditorio | 1 | 1 | --- |
Edificio de Adicciones | 1 | 1 | --- |
Jefe de servicio | 1 | 1 | --- |
Jefe de turno | 1 | 1 | 1 |
CESAMAC | 1 | 1 | --- |
CCTV Caseta 4 cámaras | 1 | 1 | --- |
TOTAL | 24 | 24 | 10 |
TOTAL DE PERSONAL | 58 |
LA DISTRIBUCIÓN PARA XXXXXXX, XXXXXXXX Y DÍAS FESTIVOS SERÁ ACORDADA ENTRE LAS PARTES A LA FIRMA DEL CONTRATO. EL CUADRO PRESENTADO PODRÁ SER SUJETO A CAMBIOS QUE DETERMINEN LAS PARTES DE COMÚN ACUERDO, CONFORME LAS NECESIDADES DEL SERVICIO.
5.2 HORARIOS
• Para el turno xxxxxxxx xx 0 x 0 su ingreso se registrará a las 6:00 hrs. y salida a las 14:00 hrs, durante la vigencia del contrato.
• Para el turno vespertino de 8 x 8 su ingreso se registrará a las 14:00 hrs. y salida a las 22:00 hrs. durante la vigencia del contrato.
• Para el turno nocturno de 8 x 8 su ingreso se registrará a las 22:00 hrs. y salida a las 6:00 hrs, durante la vigencia del contrato.
• El jefe de servicio de 8 x 8 tendrá que cumplir una jornada diaria de 8 horas ininterrumpidamente durante la vigencia del contrato, horario que se efectuará preferentemente de las 7:00 hrs. como entrada y 15:00 hrs. como salida.
• El jefe de turno matutino cumplirá una jornada laboral en horario de 8 x 8 ingresando a las 6:00 hrs. a.m. y retirándose a las 14:00 hrs. cumpliendo una jornada de 8 horas ininterrumpidamente durante la vigencia del contrato.
• El jefe de turno vespertino cumplirá una jornada laboral en horario de 8 x 8 ingresando a las 14:00 hrs. p.m. y retirándose a las 22:00 hrs. p.m. cumpliendo una jornada de 8 horas ininterrumpidamente durante la vigencia del contrato.
• El jefe de turno nocturno cumplirá una jornada laboral en horario de 8 x 8 ingresando a las 22:00 hrs. p.m. y retirándose a las 6:00 hrs. a.m. cumpliendo una jornada de 8 horas ininterrumpidamente durante la vigencia del contrato.
• El personal del CESAMAC cumplirá una jornada laboral en horario de 8 x 8 ingresando en turno matutino a las 07:00 horas y retirándose a las 15:00 horas; el turno vespertino ingresa a las 11:00 horas retirándose a las 19:00 horas.
NOTA: Al menos el 50% del personal debe contar con la habilidad de manejar vehículos estándar y automáticos.
En casos extraordinarios, al menos una vez al mes se requerirá la disponibilidad de tiempo de los elementos del CESAMAC los días sábado en un horario que podrá comprender de las 8:00 hrs. a las 15:00 hrs. de acuerdo con las necesidades y previo aviso al PROVEEDOR.
5.3 CAMBIOS Y RELEVOS
El PROVEEDOR tendrá la responsabilidad de garantizar los reemplazos y relevos de personal. En caso de inasistencias se contará con el plazo de una hora a partir del inicio de cada turno, para lograr la sustitución.
De no lograrse el relevo en el tiempo estipulado se tomará como falta descontándose de los haberes correspondientes.
Por otra parte, deberá reemplazarse al guardia cuando:
• Este se ausente sin previa autorización, no obstante haberse presentado al inicio de sus labores;
• Cuando el guardia sea sorprendido durmiendo dentro del servicio o utilizando su teléfono celular sin justificación;
• Cuando no se presente debidamente aseado ni reglamentariamente uniformado;
• Cuando el elemento se presente en estado inconveniente (drogado, en estado de ebriedad o simplemente con aliento alcohólico); o
• Cuando durante el SERVICIO consuma, ingiera o se administre cualquier droga o bebida embriagante.
5.4 ASISTENCIA DEL PERSONAL Y MECANISMOS DE VERIFICACIÓN
El INSTITUTO a través de la Subdirección de Servicios Generales establecerá los mecanismos para garantizar la asistencia del personal y el cumplimiento estricto del SERVICIO. En este sentido, designará a los servidores públicos que considere necesarios para efectuar las tareas de supervisión de los servicios y registro de asistencia, verificando adicionalmente:
• Capacitación
• Portación del uniforme y credencial
• Higiene personal que debe incluir higiene bucal, baño diario y rasurados en el caso de los hombres y con cabello corto, en el caso de las mujeres con maquillaje y peinado discreto.
• Horarios
• Consignas generales que especifiquen, cumplimiento documental y administrativo.
En virtud de que el objetivo del INSTITUTO es obtener un contrato que le permita alcanzar el máximo grado de eficiencia y optimización del SERVICIO, que redunde en una plena confiabilidad
de la seguridad contratada, con el mínimo de elementos posibles, el PROVEEDOR deberán comprometerse expresamente a cubrir diariamente el número de elementos que propone y cotiza, toda vez que su incumplimiento se penalizará como se señala en el ANEXO 3 y en lo establecido en el contrato.
El personal del PROVEEDOR será responsable de las llamadas de larga distancia o entretenimiento que se realicen durante la noche de lunes x xxxxxxx, así como aquellas que se hicieran durante los días de descanso del personal del INSTITUTO, salvo prueba en contrario.
6. CALIDAD DE SERVICIOS
El PROVEEDOR deberá garantizar por escrito la calidad del SERVICIO, en apego a lo establecido en Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal, hoy Ciudad de México, y mediante la acreditación de ertificaciones en materia de vigilancia, durante la vigencia del contrato.
El PROVEEDOR deberá impartir cursos de capacitación, con la finalidad de que su personal esté debidamente capacitado. Deberá entregar copias de las constancias al área de Asuntos Externos de la Subdirección de Servicios Generales.
• Seminario de seguridad privada
• Prevención de conatos de incendio y manejo de extintores e hidrantes.
• Técnicas de evacuación.
• Trato digno intrahospitalario.
• Protección civil.
• Control y persuasión ante manifestaciones, agresiones y actos delictivos en general.
El PROVEEDOR deberá presentar copia del certificado de su sistema de gestión de calidad relacionado con el servicio de vigilancia, de conformidad con la NMX-CC-9001-IMNC-2015 / ISO 9001:2015. Enfocada a procesos de seguridad intramuros en instituciones de investigación, enseñanza y atención médica en las siguientes modalidades:
• Seguridad privada en los bienes.
• Servicios de alarmas y de monitoreo electrónico.
• Seguridad de la información.
• Actividad vinculada con servicios de seguridad privada, en la submodalidad b) que refiere el artículo 5 del Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada.
El PROVEEDOR deberá presentar copia simple de la certificación vigente de gestión de operaciones de seguridad privada ISO 18788:2015. Enfocada a procesos de seguridad privada intramuros en instituciones de investigación y enseñanza en las siguientes modalidades:
• Seguridad y protección personal.
• Vigilancia y protección de bienes.
• Actividades inherentes a la seguridad privada.
El PROVEEDOR para efectos de puntaje deberá contar con una solución automatizada para el monitoreo del servicio y sus incidencias y acreditar que la solución automatizada propuesta, cuando menos, realiza las siguientes funcionalidades
• Correr en ambiente web multiplataforma.
• No debe cruzar tráfico por la red del Instituto.
• Disponible las 24 horas del día y durante la totalidad de los días de la vigencia del contrato.
• Acceso debe llevarse a cabo a través de un nombre de usuario y una clave de acceso (username y password).
• Acceso debe llevarse a cabo bajo el concepto de perfiles, roles y/o facultades.
• Permitir la personalización de alertas relacionadas con el servicio objeto de la contratación y sus incidencias.
• Enviar las alertas personalizadas, cuando menos, a una cuenta de correo electrónico del cliente.
• Generar información acerca del servicio y sus elementos, cuando menos: inmuebles o instalaciones del servicio, desglose de elementos asignados al servicio por inmueble, turno, actividad; incidencias del servicio, cuando menos, la asistencia de los elementos; parte xx xxxxxxxxx; costo del servicio total y su desglose por elemento, por inmueble; ficha técnica de cada elemento (información personal y fotografía); comisiones solicitadas, etc.
• Generar, cuando menos, la información solicitada en línea y en tiempo real.
EL PROVEEDOR deberá instalar un sistema automatizado de rondineros de vigilancia al interior del inmueble del INSTITUTO en al menos 25 puntos de check up definidos al inicio del contrato, generando un reporte diario de dichos rondines.
ANEXO 2 DOCUMENTACIÓN SOLICITADA
1.- DOCUMENTACIÓN LEGAL, FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA
La documentación legal, financiera y administrativa deberá ser digitalizada en formato PDF y cargada en la plataforma CompraNet; cada documento solicitado a continuación deberá guardarse en un archivo independiente siendo obligación de los licitantes enumerarlos de conformidad con la clasificación que se les asigna en el presente anexo.
Los documentos requeridos son los siguientes:
1.1 Carta de intención de participación referida en el APARTADO 2.4, con los datos generales de la empresa, firmada por el representante legal. El comprobante de inscripción a la licitación que genera CompraNet es optativo. Únicamente se aceptará la participación de los licitantes que presenten la carta de intención. |
1.2 Presentar debidamente requisitado el ANEXO 4 en donde se especifiquen los datos generales de la empresa y del representante legal, en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada en la presente licitación. Lo anterior acompañado de la Cédula de identificación fiscal si es persona física con actividad empresarial o en el caso de personas xxxxxxx Acta Constitutiva que conste en escritura pública otorgada ante notario. No presentarlo será motivo de descalificación. |
1.3 Escrito en el que el licitante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana, de conformidad con el artículo 35 del Reglamento de la LAASSP. No presentarlo será motivo de descalificación. |
1.4 Curriculum vitae, mediante el cual acreditarán tener cuando menos un año de experiencia en la prestación de servicio solicitado en esta licitación, referenciando por lo menos dos clientes del sector salud a los que haya o esté prestando el servicio, con una antigüedad no mayor a un año; dentro de dicho curriculum deberá proporcionar datos que reflejen su estructura administrativa, y operativa. No presentarlo será motivo de descalificación. |
1.5 Copia de contrato vigente o con una antigüedad no mayor a cinco años que refiera experiencia mínima de un año en el sector público o privado en servicios de seguridad y vigilancia en unidades hospitalarias certificadas por el Consejo de Salubridad General. Para efectos de puntaje, el licitante deberá presentar el mayor número de contratos de un rango de 2 a 5 contratos, que acrediten el mayor número de años de experiencia de un rango de 2 a 5 años, para garantizar la experiencia y especialidad tal como lo establece la “Tabla de evaluación por puntos de las propuestas técnicas” del APARTADO 4.1, numeral 7, inciso b de esta convocatoria. No presentar cuando menos una copia de contrato vigente o con una antigüedad no mayor a cinco años de servicio afín en unidades hospitalarias del sector público o privado, certificadas por el Consejo de Salubridad General, será motivo de descalificación. |
1.6 Copias de las cartas de liberación de fianzas o cartas de cumplimiento de obligaciones, los cuales sean susceptibles de corroborarse con persona responsable del área contratante o área usuaria del sector público o privado en servicios de seguridad y vigilancia en unidades hospitalarias certificadas por el Consejo de Salubridad General, con quien haya prestado sus servicios. |
Para efectos de puntaje, deberá acreditar el mayor número de contratos cumplidos de un rango de 2 a 5 contratos, en un periodo de 10 años, tal como lo establece la “Tabla de evaluación por puntos de las propuestas técnicas” del APARTADO 4.1, numeral 7, inciso b de esta convocatoria. No presentar cuando menos una copia que acredite el cumplimiento de un contrato de servicio afín en unidades hospitalarias del sector público o privado certificadas por el Consejo de Salubridad General, con una antigüedad no mayor a cinco años, será motivo de descalificación. |
1.7 Carta que informe la ubicación del domicilio fiscal del licitante, con una antigüedad no mayor a un año, así como dirección dentro de la Ciudad de México para oír y recibir todo tipo de notificaciones, documentos y valores y anexar copia de comprobante de domicilio (pago de impuesto predial; recibo telefónico; recibo de luz; copia del contrato de arrendamiento y comprobante de pago xx xxxxx, o inscripción de su Registro Federal de Contribuyentes ante la SHCP). Únicamente deberá presentarse un solo comprobante de domicilio. |
1.8 Escrito en el que el licitante manifieste, bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como manifestar que el propietario, socios o accionistas de la empresa no están comprendidos en los supuestos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. No presentarlo será motivo de descalificación. |
1.9 Declaración de integridad, en la que el licitante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que se abstendrá, por sí o a través de interpósita persona, de adoptar conductas para que los servidores públicos del Instituto, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento u otros aspectos que le puedan otorgar condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes; de conformidad con el artículo 29, fracción XV de la LAASSP y con el artículo 39 fracción IV del Reglamento de la misma ley. No presentarlo será motivo de descalificación. |
1.10 Presentar debidamente requisitado el ANEXO 6 en donde se especifiquen la estratificación MiPyME a la que pertenece el licitante, en los términos del artículo 34 del presente Reglamento. En caso de no pertenecer a la estratificación MiPyME, el licitante deberá manifestarlo en el mismo formato o elaborar un escrito libre en donde declare dicha situación. No presentarlo será motivo de descalificación. |
1.11 Autorización federal para prestar servicios de seguridad privada emitida por la Dirección General de Seguridad Privada dependiente de la Secretaría de Gobernación, para la prestación de servicios de seguridad privada en todo el territorio nacional, asimismo, deberá contar con el acuerdo de revalidación de la autorización o de inicio a la autorización, en las siguientes modalidades: ⮚ Seguridad privada en los bienes. ⮚ Servicios de alarmas y de monitoreo electrónico. ⮚ Seguridad de la información. ⮚ Actividad vinculada con servicios de seguridad privada, en la submodalidad b) que refiere el artículo 5 del Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada. En caso de propuestas conjuntas, el licitante designado como representante común de la agrupación, de conformidad con las obligaciones establecidas en el convenio de participación que al respecto se formalice, deberá acreditar de forma individual contar con la autorización federal, así como la actividad autorizada referida en el presente |
numeral. En caso de no presentar la autorización en los términos descritos la propuesta será desechada. |
1.12 Permiso vigente emitido por la Dirección General de Seguridad Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx para prestar servicios de seguridad privada, acompañado de su oficio de la autorización del permiso en caso de empresas de nueva creación o de revalidación del mismo; bajo las siguientes modalidades: • Seguridad y protección personal. • Vigilancia y protección de bienes. • Actividades inherentes a la seguridad privada. En caso de propuestas conjuntas, el licitante designado como representante común de la agrupación, de conformidad con las obligaciones establecidas en el convenio de participación que al respecto se formalice, deberá acreditar de forma individual contar con la autorización de la Ciudad de México, así como la actividad autorizada referida en el presente numeral. En caso de no presentar permiso en los términos descritos la propuesta será desechada. |
1.13 Declaración fiscal 2021 y la última declaración fiscal provisional del impuesto sobre la renta (diciembre 2021), presentadas ante la SHCP, para acreditar que sus ingresos sean equivalentes al 20% del monto total de su oferta. No presentarlo será motivo de descalificación. |
1.14 En caso de presentar una proposición conjunta, los licitantes deberán presentar el convenio de participación conjunta, conforme a lo establecido en el APARTADO 2.5.3 de la convocatoria. No presentarlo será motivo de descalificación para los licitantes que presenten proposiciones conjuntas. |
2.- PROPUESTA TÉCNICA
La propuesta técnica deberá ser digitalizada en formato PDF y cargada en la plataforma CompraNet; cada documento solicitado a continuación deberá guardarse en un archivo independiente siendo obligación de los licitantes enumerarlos de conformidad con la clasificación que se les asigna en el presente anexo.
El licitante podrá presentar, a su elección, documentación distinta a la que conforma la propuesta técnica, misma que forma parte de su proposición, implantando al inicio del nombre del archivo en PDF la leyenda “adicional” para identificar que se trata de documentos diversos a los solicitados en el siguiente listado. Los documentos requeridos son los siguientes:
2.1. Carta con compromiso explícito de cumplir con la vigencia del contrato, así como las especificaciones de la prestación del servicio, descritas en el ANEXO 1 de esta convocatoria. No presentarla será motivo de descalificación. |
2.2. Programa previo para la puesta en operación del servicio, estableciendo todas las actividades que tiene previstas el licitante para iniciar el servicio con referencia a los requisitos plasmados en el ANEXO 1 de la presente convocatoria. No presentarlo será motivo de descalificación. |
2.3. Escrito con relación del personal que habrá de laborar en el INPRFM y en el CESAMAC, en el que se incluirán: • Nombre completo del trabajador • Dirección completa del trabajador • CURP y RFC • Número de afiliación al seguro social • Número telefónico de contacto Así como esquema estructural de la organización del personal que deberá considerar lo siguiente: 1. Organigrama administrativo y operativo 2. Documento de análisis y descripción de puestos (Objetivo del puesto, descripción de actividades, perfil del puesto). 3. Horarios del total de la plantilla del personal. No presentar el escrito será motivo de descalificación. No presentar el esquema estructural no será motivo de descalificación, pero será responsabilidad del licitante para efectos de puntaje en su propuesta. |
2.4. Carta compromiso con las cantidades de equipo e instrumentos que por inmueble deberá utilizar en la prestación del servicio y que se menciona en el numeral 4.1 del ANEXO 1 de esta convocatoria, así como la descripción de las características de cada uno de los equipos que deberán utilizar, en el entendido de que aquellos que requieran de alguna instalación adicional o especial para su funcionamiento, deberá efectuarse por cuenta del licitante ganador. Se deberán anexar facturas de equipos con una antigüedad no mayor a 2 años. De igual forma, el licitante entregará copia simple de la licencia y/o factura de que cuenta con un sistema de solución automatizada para la prestación del servicio. |
No presentar la carta será motivo de descalificación. No presentar la copia simple de la licencia y/o factura no será motivo de descalificación, pero será responsabilidad del licitante para efectos de puntaje en su propuesta. |
2.5. Carta compromiso para otorgar el servicio en los horarios solicitados en el ANEXO 1 de la convocatoria. No presentarla será motivo de descalificación. |
2.6. Documento en el que se especifique la metodología para la prestación del servicio, el cual deberá considerar lo siguiente: a) Mecanismo de reclutamiento y selección de personal. b) Procedimiento de capacitación y evaluación de personal administrativo, operativo y de supervisión. c) Desarrollo de actividades. d) Cronograma de frecuencias de actividades e) Procedimiento de supervisión de los servicios ofertados. f) Procedimiento para informar avances e incidencias No presentarlo no será motivo de descalificación, pero será responsabilidad del licitante para efectos de puntaje en su propuesta. |
2.7. Plan de trabajo que comprende el servicio, describiendo el procedimiento o procedimientos de operación bajo los cuales efectuarán las acciones para lograr la optimización de los recursos, de conformidad a lo solicitado en el ANEXO 1. Dicho plan deberá considerar lo siguiente: a) Análisis FODA b) Objetivos c) Actividades d) Cronograma e) Procedimiento de evaluación de resultados. No presentarlo no será motivo de descalificación, pero será responsabilidad del licitante para efectos de puntaje en su propuesta. |
2.8. Manual de operaciones para la prestación del servicio de seguridad privada, registrado ante la SSPCDMX, conteniendo los alcances fijados en los artículos 00 x 00 xx xx Xxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx. Dicho instrumento deberá estar en hoja membretada y disco compacto, en el que describirán detalladamente procedimiento de todas y cada una de las acciones que comprende el servicio por inmueble y área; así como la frecuencia o fechas de ejecución de las mismas conforme a lo que se señala en el ANEXO 1 de esta convocatoria que contiene la información mínima a considerar y que por lo tanto no es limitativo. Es importante destacar que la integración del manual deberá elaborarse con una estructura de índice, introducción, objetivos, uso del manual, desarrollo o presentación, normas de operación y procedimientos, debiendo especificar su conformidad para que este manual sirva de base para la supervisión del servicio y que su incumplimiento será causal para la aplicación xx xxxxx convencionales. No presentarlo será motivo de descalificación. |
2.9. Carta compromiso en la que acepta que en caso de no presentar nota de crédito a favor del Instituto, dentro del plazo máximo de cinco días hábiles posteriores a la fecha de notificación, se descuente de su facturación mensual los montos que correspondan a penalizaciones o a inasistencias (este último, en caso de que sea aplicable a la prestación del servicio), de acuerdo a lo estipulado en el ANEXO 7 de la convocatoria y |
previa conciliación de los formatos de supervisión o de los listados de asistencia (en caso de que sea aplicable al servicio), que realicen el encargado de la prestación del servicio y el supervisor representante del Instituto. No presentarla será motivo de descalificación. |
2.10. Carta de aceptación para que el personal designado por el Instituto, lleve a cabo las supervisiones que considere pertinentes durante la prestación del servicio, facultando a su supervisor para que valide listas de asistencia y formatos de supervisión. De igual forma, carta compromiso para colaborar con las inspecciones aleatorias que realizará personal del Instituto, y su manifestación de estar de acuerdo con los formatos de supervisión que se utilicen, facultando a sus supervisores para que validen las hojas de inspección. No presentarlas será motivo de descalificación. |
2.11. Presentar liquidación de cuotas obrero patronal del bimestre inmediato anterior a la fecha de celebración de la presente invitación (sexto bimestre del 2021) en donde acredite el registro de al menos 58 operarios ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Presentar opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social con una antigüedad no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la publicación de la presente convocatoria. Se considerará el procedimiento y forma que establezca el Instituto Mexicano del Seguro Social, para la emisión de este documento. Escrito en el que se compromete a presentar los comprobantes del cumplimiento de sus obligaciones de seguridad social del personal asignado al servicio, de conformidad con el numeral 0 xxx Xxxxx 0. No presentarlos será motivo de descalificación. |
2.12. Certificado de gestión de operaciones de seguridad privada: ISO 18788:2015 enfocada a procesos de seguridad privada intramuros en instituciones de investigación y enseñanza en la siguiente modalidad: • Seguridad privada en los bienes No presentarlo no será motivo de descalificación, pero será responsabilidad del licitante para efectos de puntaje en su propuesta. |
2.13. Copia simple del certificado con la acreditación vigente de la siguiente norma mexicana: o NMX-CC-9001-IMNC-2015 (ISO 9001:2015 Quality management systems- Requirements). “Sistema de gestión de la calidad - Requisitos” enfocada a procesos de seguridad intramuros en instituciones de investigación, enseñanza y atención médica. La acreditación vigente deberá ser ante una EMA (Entidad Mexicana de Acreditación) No presentarla no será motivo de descalificación, pero será responsabilidad del licitante para efectos de puntaje en su propuesta. |
2.14. Constancia que acredite la constitución de una Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento (Comisión) presentado ante la STyPS mediante el Formato DC-1 referido en el numeral 3 del ANEXO 1. El Formato DC-1 deberá estar acompañado de informe de las actividades realizadas por la Comisión durante los últimos doce meses. No presentar el formato será motivo de descalificación. |
2.15. Programa de capacitación presentado ante la STyPS mediante el Formato DC-2 referido en el numeral 0 xxx XXXXX 0, así como el calendario de capacitación propuesto para su personal de conformidad a la vigencia y características del servicio contratado. Para cumplir con el plan y programas de capacitación y adiestramiento Formato DC-2, se presentará el documento más reciente, en virtud de que los planes y programas de capacitación y adiestramiento registrados ante la STyPS hasta el 30 de noviembre de 2012, conservarían su vigencia y, al término de la misma, la empresa los elabora y maneja internamente de conformidad con el segundo transitorio del Acuerdo por el que se dan a conocer los criterios administrativos, requisitos y formatos para realizar los trámites y solicitar los servicios en materia de capacitación, adiestramiento y productividad de los trabajadores del 14 xx xxxxx de 2013. No presentarlos será motivo de descalificación. |
2.16. Curriculum vitae del personal. Para efectos de puntaje en la competencia o habilidad de su personal, el licitante deberá presentar el número de Certificados de Competencia Laboral expedidos por el CONOCER (Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales) y constancias de capacitación (únicamente copia) emitidas por la STyPS (formato DC-3), en materia de procesos de vigilancia, tal como lo establece la “Tabla de evaluación por puntos de las propuestas técnicas” del APARTADO 4.1, numeral 7, inciso b) de esta convocatoria. En caso de no contar con los Certificados de Competencia Laboral y las constancias de capacitación emitidas por la STyPS (formato DC-3) de al menos los dos jefes de servicio, se deberá presentar carta compromiso en el que se obliguen a entregarlos en un plazo no mayor de 30 días naturales contados a partir de la notificación de fallo. No presentar cuando menos el curriculum y el escrito referido en el párrafo anterior, será motivo de descalificación. No presentar los Certificados de Competencia Laboral y las constancias de capacitación no será motivo de descalificación, pero será responsabilidad del licitante para efectos de puntaje en su propuesta. |
2.17. Lista de Constancias de Competencias o de Habilidades Laborales de los trabajadores con los que pretendan otorgar el servicio, expedidas durante el último año, mediante el Formato DC-4 presentado ante la STyPS. No presentar el formato será motivo de descalificación. |
2.18. Copia simple de las constancias de al menos dos agentes capacitadores y el licitante avalados por la STyPS, así como Formato DC-5 con su respectivo acuse de recibo sellado y firmado por la STyPS, que deberá contener los cursos de capacitación registrados. No presentar el formato será motivo de descalificación. |
2.19. Reglamento de servicio. Se deberá incluir en la propuesta técnica un reglamento de servicio que comprenda aspectos de puntualidad, seguridad en el servicio, eficacia en las actividades, buena conducta; así como las sanciones que el proveedor aplicará a su personal por mala conducta y/o mal servicio durante la prestación del servicio. Deberá ser firmado por el representante legal. No presentarlo será motivo de descalificación. |
2.20. Carta compromiso para que, en caso de resultar adjudicado, otorgará evaluación psicológica, física, médica y toxicológica de todos y cada uno de los elementos con que prestará el servicio, emitida por la Institución autorizada por padrón de evaluadores y |
capacitadores para los servicios de seguridad privada. No presentarlo será motivo de descalificación. |
2.21. Escrito con descripción pormenorizada de los uniformes (anexando fotografía ilustrativa o muestra) que sus elementos portarán de conformidad con el artículo 14 fracción VI, de la Ley de Seguridad Privada del Distrito Federal. Así como el compromiso de que se les suministrarán de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 4.2 del ANEXO 1, aceptando que todos los gastos que se originen por concepto de uniformes del personal que proporcionará el servicio objeto de esta licitación, serán cubiertos por el licitante ganador. No presentarla será motivo de descalificación. |
2.22. Carta compromiso para que, en caso de resultar adjudicado, otorgará fianza de su personal para cubrir posibles daños y perjuicios causados al Instituto, como establece la Secretaria de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México y conforme lo referido en el numeral 5.5 del ANEXO 1. No presentarla será motivo de descalificación. |
2.23. Escrito en el que asume la responsabilidad de su personal por las llamadas de larga distancia o entretenimiento que se realicen durante la noche de lunes x xxxxxxx, así como aquellas que se hicieran durante los días de descanso del personal del INPRFM y del CESAMAC, salvo prueba en contrario. No presentarla será motivo de descalificación. |
2.24. Tres cartas de recomendación, emitidas por otras dependencias o entidades de la Administración Pública Federal o por empresas del sector privado y firmadas por la persona encargada de los procedimientos de contratación. Dichas cartas deberán de tener fecha de emisión posterior a la publicación de la convocatoria de esta licitación y los números de teléfonos de quien remite. No presentarlas será motivo de descalificación. |
2.25. Carta compromiso en la que se deberá establecer que el personal que intervenga en la prestación del servicio que cotizan, se presentará con el cuidado que requiere su higiene personal, debidamente uniformado y que portara la identificación que le proporcione su empresa. No presentarlo será motivo de descalificación. |
2.26. Escrito en el que se compromete a que en ningún caso y por ningún motivo, un mismo elemento desempeñara dos turnos continuos y en el supuesto de que esto suceda, el proveedor será sancionado, en términos de las penas convencionales que se fijen en el contrato. No presentarlo será motivo de descalificación. |
2.27. Carta compromiso para garantizar los reemplazos y relevos de personal, en caso de inasistencia de alguno(s) de los elementos que presten el servicio de vigilancia, aceptando una xxxx xx xxxxxx para conseguir el relevo. Y en caso de no concretarse en el tiempo estipulado se tomará como falta, aplicándose las sanciones correspondientes. No presentarlo será motivo de descalificación. |
2.28. Documento con que se acredite que cuenta con trabajadores con discapacidad de conformidad a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 14 de la LAASSP. No presentarlo no será motivo de descalificación, pero será responsabilidad del licitante para efectos de puntaje en su propuesta. |
2.29. Documento expedido por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial con el que otorgo la patente, registro o autorización correspondiente, de bienes con innovación tecnológica que se relacionen con la licitación, siempre y cuando, el licitante sea MiPyME de conformidad a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 14 de la LAASSP. No presentarlo no será motivo de descalificación, pero será responsabilidad del licitante para efectos de puntaje en su propuesta. |
2.30. Documento con que se acredite que los licitantes han aplicado políticas y prácticas de igualdad de género, conforme a la certificación correspondiente en alcance de la norma NMX-R-025-SCFI-2015 que establece los requisitos para la certificación de las prácticas para la igualdad laboral entre mujeres y hombres emitida por las autoridades y organismos facultados para tal efecto, de conformidad a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 14 de la LAASSP. No presentarlo no será motivo de descalificación, pero será responsabilidad del licitante para efectos de puntaje en su propuesta. |
3.- PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica deberá ser introducida en la plataforma CompraNet, en tanto que la documentación deberá ser digitalizada en formato PDF y cargada en dicha plataforma, debiéndose guardar en un archivo independiente siendo obligación de los licitantes enumerarlos de conformidad con la clasificación que se les asigna en el presente anexo.
Los licitantes deberán presentar los siguientes requisitos:
Los licitantes deberán presentar su propuesta económica en moneda nacional, desglosando los precios por cada turno y elementos y subtotales por partida de acuerdo con las descripciones de estas bases, incluyendo descuentos ofrecidos, impuestos y totales; debiendo considerar para su desarrollo los siguientes conceptos:
Costos directos: salario base, prima vacacional, aguinaldo, seguro social, 2% SAR, 5% INFONAVIT, 3% sobre nóminas, materiales, equipos.
Costos indirectos: gastos administrativos, de operación y utilidad.
No presentar este desarrollo de precios unitarios u omitir alguno (s) de los conceptos solicitados, será motivo de descalificación.
El costo diario por elemento servirá de base para conciliar facturación mensual, así como para realizar los descuentos en caso de inasistencia. El salario base lo determinarán los licitantes. La cantidad de días para el cálculo xxx xxxxxxx mensual integrado será de 30.4, días
El porcentaje correcto utilizado para el cálculo de la prima de antigüedad debe estar de conformidad a lo establecido en el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo.
Los licitantes deberán presentar los siguientes documentos:
3.1. Presentar requisitado el ANEXO 9 de esta convocatoria, que servirá para evaluar la cantidad de personal propuesto, precios unitarios y el monto de su propuesta por el periodo de contratación. No presentarlo será motivo de descalificación. |
3.2. Desglose de salarios integrados del personal que ocupará para la prestación del servicio. No presentarlo será motivo de descalificación. |
3.3. Escrito en donde se establezcan todas las condiciones que prevalezcan en su propuesta, describiendo de manera genérica el servicio que cotiza, enumerando la cantidad de inmuebles a los que se proporcionara dicho servicio y el importe total de su propuesta, por el periodo que cotiza. El costo diario de mano de obra se refiere al salario integrado para efecto de descuento solo se aplicará lo correspondiente a mano de obra. No presentarlo será motivo de descalificación. |
NOTA IMPORTANTE:
Los precios deberán ser actuales en el momento de la apertura de propuestas y firmes durante la vigencia del contrato conforme al fallo de esta licitación, los cuales serán cubiertos en moneda nacional, de acuerdo con la forma de pago fijada en esta convocatoria.
El precio introducido en la plataforma CompraNet, en el apartado requerimiento económico, deberá ser el monto total de su propuesta económica antes de IVA.
ANEXO 3 INFORMACIÓN DE LA CONVOCANTE
• DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL: Instituto Nacional de Psiquiatría Xxxxx de la Fuente Xxxxx.
• NATURALEZA JURIDICA: Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, de conformidad con los artículos 1º, 3º fracción I, 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 14 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y 5º fracción VIII de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud.
• OBJETO SOCIAL: La investigación científica en el campo de la psiquiatría y la salud mental, la formación y capacitación de recursos humanos calificados y la prestación de servicios de atención médica de alta especialidad.
• REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES: INP-791226-QKA.
• DOMICILIO: Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, X.X. 00000, Alcaldía de Tlalpan, Ciudad de México.
• TELEFONOS: 00-00-00-00-00, 00-00-00-00-00 y 00-00-00-00-00.
• CORREO ELECTRÓNICO: xxxxxxx@xxx.xxx.xx
• APODERADO LEGAL: C.P. Xxxxx de Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx quien funge como Subdirectora de Servicios Generales
*Nota importante: La documentación que acredita la información que antecede, será entregada para su cotejo a la empresa que resulte adjudicada en el presente procedimiento de licitación.
(Nombre) ,manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos, y que cuento con todas las facultades generales y las especiales que se requieren para actuar en todo el procedimiento de Licitación Pública, a nombre y representación de: (Nombre de la persona física o jurídico colectiva)
.
Núm. de licitación:
Registro Federal de Contribuyentes: Xxxxxxxxx. Calle y número: Colonia: Alcaldía o Municipio: Código Postal: Entidad Federativa: Teléfonos: Fax: Correo Electrónico: Núm. de la Escritura Pública en la que consta su Acta Constitutiva: Fecha: Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: Registro Público de Comercio: Fecha: Relación de accionistas.- Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre(s): Descripción del objeto social: Reformas al acta constitutiva: |
Nombre del apoderado o representante: Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades: Escritura Pública número: Fecha: Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se otorgo: |
(Lugar y Fecha) Protesto lo necesario.
Firma
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado.
Ciudad de México, a de de 2022.
INSTITUTO NACIONAL DE PSIQUIATRÍA XXXXX DE LA FUENTE XXXXX PRESENTE
1. Lugar y fecha.
2. Nombre, Razón o Denominación Social.
3. Clave del R.F.C.
4. Domicilio fiscal.
5. Actividad Preponderante.
6. Nombre, R.F.C. y firma del Representante Legal, en su caso.
7. Monto Total de la Póliza.
8. Señalar si el Contrato se trata de adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública.
9. Número de Contrato.
10. Manifestación bajo protesta de decir verdad que a la fecha de su escrito:
a) Han cumplido en tiempo y forma con sus obligaciones en materia de inscripción y avisos al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento.
b) Se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de la declaración anual del ISR por los dos últimos ejercicios fiscales por los que se encuentren obligados; así como de los pagos mensuales del IVA y retenciones del ISR de salarios de los 12 meses anteriores a la fecha de presentación del escrito libre a que se refiere esta fracción. Cuando los contribuyentes tengan menos de dos años de inscritos en el RFC, la manifestación a que se refiere este inciso, corresponderá al periodo transcurrido desde la inscripción y hasta la fecha que presenten el escrito, sin que en ningún caso los pagos mensuales excedan de los últimos 12 meses.
c) No tienen créditos fiscales determinados firmes a su cargo por impuestos federales distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IMPAC, impuestos generales de importación y de exportación (impuestos al comercio exterior), y todos los accesorios, como recargos, sanciones, gastos de ejecución y la indemnización por cheque devuelto, que derive de las anteriores.
d) En el caso que existan créditos fiscales determinados firmes manifestará que se comprometen a celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagarlos con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretendan contratar, en la fecha en que las citadas autoridades señalen, en este caso, se estará a lo establecido en la regla 2.1.17 de esta resolución.
e) Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 41 del CFF.
f) En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no han incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.
ANEXO 6
FORMATO MiPyMES
FORMATO MEDIANTE EL CUAL LA EMPRESA LICITANTE, AUTODETERMINA SU CARÁCTER DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA CON LA FINALIDAD DE PARTICIPAR EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, AL AMPARO DEL ARTÍCULO 34 Y DEMÁS CORRELATIVOS DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
INSTITUTO NACIONAL DE PSIQUIATRÍA XXXXX DE LA FUENTE XXXXX PRESENTE
(1) de de .
Por medio del presente, en referencia al procedimiento (3) No.
(4) en el que mi representada, la empresa
(5) participa a través de la propuesta contenida en el presente sobre, manifiesto bajo protesta decir verdad, que mi poderdante pertenece al sector (6) , contando con (7) empleados de planta registrados ante el IMSS y
con (8) personas subcontratadas. Teniendo ingresos por la cantidad de
(9)$ por concepto de ventas anuales, obteniendo en el ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. Considerando lo anterior, mi representada se encuentra en el rango de una empresa (10) atendiendo a la siguiente:
ESTRATIFICACIÓN | ||||
TAMAÑO (10) | SECTOR (6) | RANGO DE NÚMERO DE TRABAJADORES (7) + (8) | RANGO DE MONTO DE VENTAS ANUALES (MDP) (9) | TOPE MÁXIMO COMBINADO* |
Micro | Todas | Hasta 10 | Hasta $4 | 4.6 |
Pequeña | Comercio | Desde 11 hasta 30 | Desde $4.01 hasta $100 | 93 |
Industria y servicios | Desde 11 hasta 50 | Desde $4.01 hasta $100 | 95 | |
Mediana | Comercio | Desde 31 hasta 100 | Desde $100.01 Hasta $250 | 235 |
Servicios | Desde 51 hasta 100 | |||
Industria | Desde 51 hasta 250 |
*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (ventas Anuales) X 90%)
(7) (8) El número de trabajadores será el que resulte de la sumatoria de los puntos (7) y (8)
(10) El tamaño de la empresa se determinara a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente formula:
Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) x 10% + (Monto de Ventas Anuales) x 90% El cual debe ser igual o menor al tope Máximo Combinado de su categoría.
Asimismo, manifiesto, bajo protesta de decir verdad que el Registro Federal de Contribuyentes de mi representada es: (11) ; y que el Registro Federal de Contribuyentes del (los) fabricante(s) de los bienes que integran mi oferta, es (son): (12) ;
y .
ATENTAMENTE
(13)
NOTA: IMPRIMIR EL FORMATO EN EL ANVERSO Y ESTE INSTRUCTIVO EN EL REVERSO (UNA SOLA HOJA).
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO:
1 | Fecha de suscripción del documento |
2 | Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante. |
3 | Precisar el procedimiento de que se trate, Licitación Pública, invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa |
4 | Indicar el número respectivo del procedimiento |
5 | Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa |
6 | Indicar con letra el sector al que pertenece (Industria, Comercio o Servicios) |
7 | Anotar el número de trabajadores de planta inscritos en el IMSS |
8 | En su caso, anotar el número de personas subcontratadas |
9 | Señalar el rango de monto de ventas anuales en millones de pesos (mdp), conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales |
10 | Señalar con letra el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme a la fórmula anotada al pie del cuadro de estratificación |
11 | Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante |
12 | Cuando el procedimiento tenga por objeto la adquisición de bienes y el licitante y fabricante sean personas distintas, indicar el Registro Federal de Contribuyentes del (los) fabricante(s) de los bienes que integran la oferta |
13 | Anotar el nombre y firma del representante legal de la empresa licitante |
ANEXO 7 PENALIZACIONES
Cuando se registren las siguientes irregularidades durante la prestación del servicio, se aplicarán las penalizaciones que se detallan a continuación:
Situaciones penalizables | Sanción |
1. Incumplimiento del plazo de una hora a partir del inicio de cada turno, para concretar relevos. | 10% del costo unitario de cada elemento que no se presente durante el plazo de una hora. |
2. Que los elementos asignados para la prestación del servicio contratado no porten identificación que los avale como empleados del proveedor | 10% del costo unitario de cada elemento que no traiga su identificación |
3. Que el personal no porte el uniforme referido en el numeral 4.2 del ANEXO 1, y de acuerdo con lo establecido en la Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal. | 10% del costo unitario de cada elemento que no traiga el uniforme por día laboral |
4. Que el proveedor incumpla con su programa de capacitación o que se abstengan de presentar a la SSG las constancias de dicha capacitación, de conformidad con su propuesta técnica. | 2% del costo mensual del servicio por cada cinco días naturales de retraso en las fechas de capacitación o en la entrega de constancias. |
5. Que existan faltantes en la instalación del equipo requerido por el Instituto en los espacios solicitados y/o que dichos equipos no sean sustituidos. | 2% del costo mensual del servicio por cada cinco días naturales de retraso. |
6. Omitir la presentación de la opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social de manera bimestralmente, del personal asignado al servicio. | 2% del costo mensual del servicio por cada cinco días naturales de retraso en la entrega de la opinión de cumplimiento. |
7. Omitir la presentación de los documentos que acrediten el debido cumplimiento de los compromisos en materia de Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.2 del Anexo 1. | 5% del costo diario del SERVICIO por cada cinco días naturales de atraso en la entrega de los documentos referidos. |
8. En caso de revisión a los listados del SUA, y se desprenda que haya personal de la empresa laborando sin alta en el IMSS. | 10% del costo unitario diario de cada elemento que no se encuentre dado de alta en el IMSS por cada día que no esté cubierto. |
Las sanciones enunciadas en la tabla serán antes del Impuesto al Valor Agregado. El costo diario del SERVICIO será el resultado de dividir el costo mensual general referido en el ANEXO 2 entre 30.4.
Estas sanciones se aplicarán independientemente de cualquier otras que establezcan en el contrato, en las disposiciones jurídicas aplicables y/o en la propuesta técnica y económica de esta licitación. Cuando el monto por la aplicación de las sanciones a los incumplimientos en las
obligaciones contraídas por el proveedor rebase el valor de la garantía requerida en esta convocatoria, se podrá rescindir el contrato que se derive de esta licitación conforme a lo establecido en el artículo 54 de la Ley y en el artículo 98 del Reglamento.
ANEXO 8
FORMATO PARA FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
(Nombre de la afianzadora), en ejercicio de la autorización que le otorgó el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos de los artículos 36 y 37 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye fiadora por la suma de: (anotar el importe que proceda dependiendo del porcentaje al contrato sin incluir el IVA.)-----
ANTE: El Instituto Nacional de Psiquiatría Xxxxx de la Fuente Xxxxx, para garantizar por (nombre o denominación social de la empresa). con domicilio en (domicilio de la empresa), el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato de (especificar que tipo de contrato, si es de adquisición, prestación de servicio, etc) número (número de contrato) de fecha (fecha de suscripción), que se adjudicó a dicha empresa con motivo del (especificar el procedimiento de contratación que se llevó a cabo, licitación pública, invitación a cuando menos tres personas, adjudicación directa, y en su caso, el número de ésta), relativo a (objeto del contrato);
La presente fianza, tendrá una vigencia de (se deberá insertar el lapso de vigencia que se haya establecido en el contrato), contados a partir de la suscripción del contrato, y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia.
La afianzadora (especificar la institución afianzadora que expide la garantía), expresamente se obliga a pagar al Instituto la cantidad garantizada o la parte proporcional de la misma, posteriormente a que se le hayan aplicado al (proveedor, prestador de servicio, etc.) la totalidad de las penas convencionales establecidas en la cláusula (número de cláusula del contrato en que se estipulen las penas convencionales que en su caso deba pagar el fiado) del contrato de referencia, mismas que no podrán ser superiores a la suma que se afianza y/o por cualquier otro incumplimiento en que incurra el fiado, así mismo, la presente garantía solo podrá ser cancelada a solicitud expresa y previa autorización por escrito del Instituto Nacional de Psiquiatría Xxxxx de la Fuente Xxxxx; la afianzadora (especificar la institución afianzadora que expide la garantía), expresamente consiente: a) que la presente fianza se otorga de conformidad con lo estipulado en el contrato arriba indicado; b) que en caso de incumplimiento por parte del (proveedor, prestador de servicio, etc.), a cualquiera de las obligaciones contenidas en el contrato, el Instituto podrá presentar reclamación de la misma dentro del periodo de vigencia establecido en el mismo, e incluso, dentro del plazo xx xxxx meses, contados a partir del día siguiente en que concluya la vigencia del contrato, o bien, a partir del día siguiente en que el Instituto notifique por escrito al (proveedor, prestador de servicio, etc.), la rescisión del instrumento jurídico; c) que pagará al Instituto la cantidad garantizada o la parte proporcional de la misma, posteriormente a que se le hayan aplicado al (proveedor, prestador de servicio, etc.) la totalidad de las penas convencionales establecidas en la cláusula (número de cláusula del contrato en que se estipulen las penas convencionales que en su caso deba pagar el fiado) del contrato de referencia, mismas que no podrán ser superiores a la suma que se afianza y/o por cualquier otro incumplimiento en que incurra el fiado; d) que la fianza solo podrá ser cancelada a solicitud expresa y previa autorización por escrito del Instituto Nacional de Psiquiatría Xxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxx; e) que da su consentimiento al Instituto en lo referente al artículo 179 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para el cumplimiento de las obligaciones que se afianzan; f) que si es prorrogado el plazo establecido para el cumplimiento del contrato, o exista espera, la vigencia de esta fianza quedará automáticamente prorrogada en concordancia con dicha prórroga o espera; g) que la fianza continuará vigente durante la substanciación de todos los recursos y medios de defensa legales que, en su caso, sean interpuestos por cualquiera de las partes, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente.
En caso de hacerse efectiva la presente garantía, la afianzadora (especificar la institución afianzadora que expide la garantía), acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 178, 179 y 280 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas o, en su caso, a través del procedimiento que establece el artículo 63 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.
Fin de texto.
ANEXO 9 PROPUESTA ECONOMICA
TABLA A. COSTOS POR PAGO DE SUELDOS DEL PERSONAL CONTRATADO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Instalaciones | GUARDIA DE 8 X 8 | JEFE DE TURNO 8 X 8 | JEFE DE SERVICIO | |||||||||
Cantidad de elementos | Precio unitario diario | Precio mensual integrado | Subtotal mensual | Cantidad de elementos | Precio unitario diario | Precio mensual integrado | Subtotal mensual | Cantidad de elementos | Precio unitario diario | Precio mensual integrado | Subtotal mensual | |
INPRFM | 51 | $ | $ | $ | 3 | $ | $ | $ | 2 | $ | $ | $ |
CAAF | 2 | $ | $ | $ | - | $ | $ | $ | - | $ | $ | $ |
SUBTOTAL | $ | $ | $ | |||||||||
IVA | $ | $ | $ | |||||||||
TOTAL | $ | $ | $ |
SUBTOTAL MENSUAL GENERAL | $ |
SUBTOTAL VIGENCIA DEL CONTRATO | $ |
IVA | $ |
TOTAL POR LA VIGENCIA DEL CONTRATO | $ |
(CANTIDAD TOTAL CON LETRA)
LOS COSTOS NO INCLUIRAN I.V.A. Y DEBERAN ESCRIBIR EL TOTAL COTIZADO CON LETRA Y PERIODO DE VALIDEZ DE
LA PROPUESTA
EQUIPO PARA EL INPRFM | CANTIDAD REQUERIDA | PRECIO UNITARIO | I.V.A. | SUBTOTAL DESPUES DE I.V.A. | COSTO TOTAL POR EQUIPO REQUERIDO |
Uniformes | 58 | ||||
Radios | 27 | ||||
Cargador de radio | 27 | ||||
Diademas de intercomunicación o audífono | 35 | ||||
Fornituras | 58 | ||||
Linternas | 12 | ||||
Impermeables tipo manga | 27 | ||||
Pares de botas de plástico | 27 | ||||
Xxxxxx manual | 8 | ||||
Gorra con careta incluida y logotipo de la empresa | 58 | ||||
Arco detector de metales (uno a la intemperie) | 3 | ||||
Locker para resguardo de pertenencias de su personal | 25 |
Cubrebocas tricapa termosellado con ajuste nasal certificado FDA y COFEPRIS | 300 mensuales | ||||
Equipo de cómputo con sistema operativo Windows 10 de 64 bits licenciado, que cuente con 8GB de memoria RAM, disco duro de 1TB o superior, con procesador de cuatro núcleos a 3.0 MHz o superior, tarjeta de video integrada o externa de 1 GB de RAM o superior, pantalla tipo LED de 45 pulgadas ó más. Deberá incluir UPS de 500 VA, teclado, mouse y con garantía de 1 año. | 4 | ||||
COSTOS TOTALES: |
ANÁLISIS DE GASTOS DE PERSONAL, EQUIPO Y ADMINISTRACIÓN.
CONCEPTOS POR DESGLOSAR | IMPORTE DIARIO | IMPORTE MENSUAL | IMPORTE POR EL PERÍODO TOTAL DEL CONTRATO |
SALARIO | |||
SALARIO DEL TRABAJADOR | |||
OTRAS PERCEPCIONES ADICIONALES (PREMIOS, INCENTIVOS, VALES, PRESTACIONES NO CONTEMPLADAS DENTRO DE LA LEY, ESPECIFICAR) | |||
PRESTACIONES XX XXX | |||
AGUINALDO | |||
VACACIONES | |||
PRIMA VACACIONAL | |||
PRIMA DE ANTIGÜEDAD | |||
OTRAS | |||
TOTAL POR PRESTACIONES XX XXX | |||
APORTACIONES E IMPUESTOS | |||
APORTACIONES AL IMSS | |||
APORTACIONES AL INFONAVIT |
APORTACIONES AL S.A.R. | |||
IMPUESTO SOBRE NOMINA (2.5%) | |||
OTROS | |||
TOTAL POR APORTACIONES E IMPUESTOS | |||
EQUIPAMIENTO | |||
EQUIPO (TABLA C) | |||
OTROS (ESPECIFICAR) | |||
TOTAL DE EQUIPAMIENTO | |||
GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | |||
UTILIDAD | |||
INDIRECTOS | |||
TOTAL DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN POR TRABAJADOR | |||
SUMA TOTAL: |
ANEXO 10 MODELO DE CONTRATO
NOTA IMPORTANTE:
ESTE CONTRATO MUESTRA DE MANERA GENERAL EL FORMATO Y TIPO DE INSTRUMENTO QUE REGIRÁ LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO CONTRATADO, SU CONFORMACIÓN FINAL SERA DE ACUERDO CON LOS COMPROMISOS QUE EL PROVEEDOR PRESENTE EN SU PROPUESTA ADMINISTRATIVA, TÉCNICA Y ECONÓMICA DE ESTE PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA, POR LO QUE SU CLAUSULADO Y ANEXOS PODRÁN SER MODIFICADOS.
CONTRATO ABIERTO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA EN LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE PSIQUIATRÍA XXXXX DE LA FUENTE XXXXX Y DEL CENTRO DE AYUDA AL ALCOHÓLICO Y SUS FAMILIARES, QUE CELEBRA POR UNA PARTE EL INSTITUTO NACIONAL DE PSIQUIATRÍA, “XXXXX XX XX XXXXXX XXXXX”, XX XXXXXXXX INSTITUTO, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL , EN SU CARÁCTER DE SUBDIRECTORA DE SERVICIOS GENERALES, Y POR LA OTRA PARTE LA EMPRESA , EN ADELANTE PROVEEDOR, REPRESENTADA POR
, EN SU CARACTER DE ,; AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I.- DEL INSTITUTO:
1. Que es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, de conformidad con los artículos 1, 3 fracción I, 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 14 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y 5 fracción VIII de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, que tiene entre otras atribuciones, la investigación científica en el campo de la psiquiatría y la salud mental, la formación y capacitación de recursos humanos calificados y la prestación de servicios de atención médica de alta especialidad.
2. Que la C.P. Xxxxx de Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx funge como Subdirectora de Servicios Generales del INSTITUTO, contando con facultades suficientes para suscribir el presente acuerdo de voluntades de conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Psiquiatría Xxxxx de la Fuente Xxxxx, vigente.
3. Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 fracción I, 27, 28 fracción I, 44 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y como resultado de la Licitación Pública Nacional No. 003-2022, se emitió fallo final mediante el cual se adjudicó en partida única el contrato abierto a la empresa denominada , en virtud de que reúne las condiciones legales y técnicas requeridas por el INSTITUTO para la prestación del servicio solicitado.
4. Que con fundamento en el artículo 25 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), se cuenta con la autorización necesaria para llevar a cabo la contratación de este servicio con cargo al ejercicio fiscal 2022, de conformidad con el Oficio DGPyP-2343-2021, de fecha 16 de diciembre de 2021, emitido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Salud.
5. Que C.P. Xxxxx de Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, en su carácter de Subdirectora de Servicios Generales, será la servidora pública encargada de administrar, supervisar, vigilar, y verificar el cumplimiento del presente contrato y anexos en su calidad de “ADMINISTRADORA DEL CONTRATO”, de conformidad con lo establecido en el artículo 84, séptimo párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con el apoyo de los servidores públicos que sean designados para tal efecto.
6. Que para efectos fiscales las autoridades Hacendarias le han asignado el Registro federal de contribuyentes
INP-791226-QKA.
7. Que señala como domicilio fiscal para todos los efectos y fines legales de este Contrato, la planta baja del edificio de oficinas generales, del inmueble ubicado en el número 101 de la Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx, xx xx Xxx. Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, X.X. 00000, en la Alcaldía de Tlalpan de la Ciudad de México.
8. Que señala como domicilio del Centro de Salud Mental y Adicciones en la Comunidad (en adelante CESAMAC), el ubicado en Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx xxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, xxxxx xxx Xxxxxxx “Xxxxxxxx X. Xxxxxxxxx”, xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Histórico, alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06020, Ciudad de México.
II. DEL PROVEEDOR:
1. Que se constituyó como una Sociedad Mercantil en forma de Anónima de Capital Variable, de conformidad con las leyes mexicanas como lo demuestra con la Escritura Pública Número de fecha otorgada ante la Fe del Lic. , Notario Público Número de la Ciudad de , con la denominación de , que se encuentra inscrita en el Registro Público de Comercio con el número y con Registro Federal de Contribuyentes .
2. Que dentro de su objeto social se encuentra entre otros: .
3. Que manifiesta bajo protesta de decir verdad no encontrarse en estado de quiebra o suspensión de pagos, ni intervenida judicial o administrativamente, y estar al corriente con el pago de derechos e impuestos, dando cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
4. Que manifiesta no encontrarse en ninguno de los supuestos del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, ni en los señalados en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
5. Que ha inspeccionado el lugar en que habrá de ejecutarse el servicio objeto del presente contrato y consecuentemente, ha considerado todos los factores que intervienen en su ejecución.
6. Que el , en su carácter de , tiene facultades para suscribir el presente instrumento, según consta en la Escritura Pública de fecha , otorgada ante la Fe del Lic. ., Notario Público Número de la , nombramiento que a la fecha no le ha sido revocado ni disminuido en forma alguna.
7. Que señala como domicilio fiscal para los fines y efectos legales del presente contrato el ubicado en
.
III. DE LAS PARTES:
1. Que vistas las anteriores declaraciones, reconocen mutuamente la personalidad que ostentan, y convienen en celebrar el presente Contrato con fundamento en los Artículos: 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1º , 3º fracción I, 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, 5º fracción VIII de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, 1793, 1794, 1798, 1858, del Código Civil Federal; 32-D del Código Fiscal de la Federación; 26 fracción I; 27; 28 fracción I, 44 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 4º fracción VIII y 6º de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y del Acta Constitutiva y los Estatutos de la empresa ., las partes celebran el presente Contrato al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO. El INSTITUTO contrata al PROVEEDOR, para la prestación del servicio de seguridad, vigilancia, guarda y custodia en las instalaciones del Instituto Nacional de Psiquiatría Xxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxx (INSTITUTO) y del Centro de Salud Mental y Adicciones en la Comunidad (CESAMAC), en adelante SERVICIO.
El objeto del presente contrato se realizará de conformidad con los ANEXOS 1, 2 y 3, los cuales forman parte integral del presente instrumento jurídico, en los cuales se describe el SERVICIO, sus especificaciones, materiales y equipo requerido, costos de operación y penalizaciones aplicables por incumplimientos al presente contrato abierto. En este acto el PROVEEDOR reconoce y acepta que cuenta con el personal necesario, experiencia, materiales y equipo para cumplir con el SERVICIO.
SEGUNDA.- VIGENCIA. El PROVEEDOR se compromete a otorgar al INSTITUTO el SERVICIO contratado en el presente instrumento, de manera ininterrumpida del primero xx xxxxx al treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós.
TERCERA.- MONTO Y PRECIO.- En términos de los artículos 47 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 85 de su Reglamento, el INSTITUTO pagará al PROVEEDOR, la cantidad
máxima de $ ( pesos 00/100 M.N.) I.V.A. incluido, de
conformidad con la siguiente tabla de valores:
CONTRATO ABIERTO | ||
CONCEPTO | MONTO MÍNIMO | MONTO MÁXIMO |
IMPORTE | $ | $ |
I. V. A. | $ | $ |
T O T A L | $ | $ |
LAS PARTES manifiestan de común acuerdo que los precios amparados en este contrato son cotizados con pesos mexicanos, fijos e incondicionados, por lo que bajo ninguna circunstancia podrán aumentar durante la vigencia del presente instrumento jurídico.
El pago del SERVICIO quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el PROVEEDOR deba efectuar en su caso por concepto de penalizaciones y deducciones.
El PROVEEDOR deberá sostener los precios pactados en el presente contrato, sin modificación alguna durante su vigencia y hasta su vencimiento; dicho precio incluye todos los conceptos que el SERVICIO requiere, por lo que el PROVEEDOR no podrá agregar ningún costo extra, siendo inalterado durante la vigencia del contrato.
El INSTITUTO se obliga a realizar el pago al PROVEEDOR por el SERVICIO en forma mensual de conformidad con la siguiente tabla de valores:
CONCEPTO | MONTO MENSUAL |
IMPORTE | $ |
I. V. A. | $ |
T O T A L | $ |
Nota: Los costos mensuales por elemento se encuentran desglosados en el Anexo 2.
CUARTA.- TIEMPO, LUGAR Y FORMA DE PAGO. En términos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, los pagos se realizarán de conformidad con el SERVICIO efectivamente prestado, previa comprobación, verificación y aceptación del mismo por la ADMINISTRADORA DEL CONTRATO.
El pago por los servicios compensará al PROVEEDOR, todos los gastos de materiales, organización, dirección técnica, administración, utilidad, y en su caso también cubrirá sueldos, honorarios, capacitación y prestaciones laborales a su personal, sí como por las obligaciones que adquiera y por todos los demás gastos que se originen como consecuencia del presente contrato, por lo que el PROVEEDOR no podrá exigir mayor retribución por ningún otro concepto.
Los pagos se efectuarán preferentemente por transferencia electrónica para lo cual el PROVEEDOR deberá proporcionar la información de su cuenta bancaria o en su caso realizar el cobro en la caja general del INSTITUTO.
El INSTITUTO realizará el pago de los servicios objeto de este contrato al PROVEEDOR, en mensualidades vencidas y conforme a lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a partir de la fecha en que se ingrese la factura requisitada, debiendo contener: datos de la Institución; descripción completa del SERVICIO que incluirá precio unitario, subtotales, aplicación de los impuestos; totales con cantidad en número y letra; número del contrato y período que se factura; y para el caso de la primera facturación es necesario anexar copia de la garantía de cumplimiento de contrato.
Dicha factura deberá estar validada por el área encargada de la supervisión que se enuncia en la Cláusula Décima, las cuales darán la certificación del servicio realizado de acuerdo con los diversos compromisos establecidos en el presente contrato, para así dar trámite ante la Subdirección de Recursos Financieros, ubicada en Planta Alta del Edificio de Gobierno del INSTITUTO, con domicilio señalado en las declaraciones del presente instrumento.
De conformidad a lo establecido en el primer y último párrafo del artículo 23 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el INSTITUTO programará el recurso para cubrir los compromisos de pago del presente instrumento. En caso de que el PROVEEDOR no ingrese su factura en el tiempo y forma establecidos, no será responsabilidad del INSTITUTO su pago extemporáneo y se deberá sujetar a los lineamientos que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su posterior pago.
En caso de que el CFDI entregado por el PROVEEDOR para su pago presente errores o deficiencias, el INSTITUTO dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por el escrito al PROVEEDOR las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el PROVEEDOR presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Cuando el SERVICIO sea prestado de forma parcial o deficiente o exista algún atraso o irregularidad en la prestación del mismo, será responsabilidad de la ADMINISTRADORA DEL CONTRATO determinar el importe que se aplicará por concepto xx xxxxx convencionales, contractuales y/o deducciones, documentarlas, así como notificar por escrito a la Subdirección de Recursos Financieros el importe de las mismas. El pago del SERVICIO quedará condicionado al pago que el PROVEEDOR deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, contractuales y/o deducciones que se determinen conforme a lo que establecen las cláusulas Décima Tercera y Décima Cuarta del presente contrato.
En el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas, ni la contabilización de las mismas, al hacer efectiva la garantía de cumplimiento. Lo anterior, de conformidad con el contenido del segundo párrafo del artículo 95 del Reglamento.
El pago correspondiente quedará sujeto a que el PROVEEDOR entregue en tiempo y forma la garantía de cumplimiento a más tardar dentro de los diez días naturales posteriores a la firma del presente contrato, siendo la ADMINISTRADORA DEL CONTRATO la responsable de verificar que el PROVEEEDOR haya entregado la garantía de cumplimiento correspondiente que será procedente de pago.
Para efectos del presente contrato no se otorgarán anticipos, y el pago del SERVICIO se efectuará por mensualidades vencidas.
QUINTA.- GARANTÍA. El PROVEEDOR a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, se obliga a garantizar mediante cheque certificado, o en su caso y de preferencia póliza de fianza a favor del INSTITUTO, debiendo ser esta última expedida por una institución Afianzadora Mexicana autorizada en los términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, o bien en algunas formas establecidas en los artículos 48 de la Ley de Tesorería de la Federación y 79 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, por un importe equivalente a un 10 % (diez por ciento) del monto máximo antes de I.V.A., a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del presente instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45, fracción XI, 48 y 49 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En el caso de la fianza, esta deberá consignar lo establecido en el artículo 103 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, lo que de manera enunciativa comprenderá lo siguiente:
a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato;
b) Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales;
c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme; y
d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
La obligación garantizada será indivisible, por tanto, la garantía de cumplimiento se hará efectiva por el monto total de las obligaciones contenidas en este instrumento. La garantía de cumplimiento se podrá entregar por medios electrónicos, siempre que las disposiciones jurídicas aplicables permitan la constitución de la garantía por dichos medios.
De no cumplir con dicha obligación, el INSTITUTO podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción lll de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad del PROVEEDOR, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y de ninguna manera impedirá que el INSTITUTO reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que puede exceder el valor de la garantía de cumplimiento.
En caso de modificación al monto del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, el PROVEEDOR se obliga a entregar al INSTITUTO dentro de los diez días de naturales siguientes a la formalización del convenio modificatorio correspondiente, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la modificación de la fianza o la expedición de cheque como una nueva garantía, por el importe del incremento o modificación correspondiente.
El PROVEEDOR acepta expresamente que la garantía de cumplimiento se hará efectiva, independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, o recursos legales que interpongan la relación de dicho contrato, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la autoridad competente.
Una vez cumplidas las obligaciones del PROVEEDOR a satisfacción del INSTITUTO, el servidor público facultado procederá a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales, previa solicitud (escrita o electrónica) del PROVEEDOR, para que se de inicio a los trámites para la cancelación de la garantía de cumplimiento del contrato.
SEXTA.- POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. El PROVEEDOR en un término de 10 días naturales contados a partir del día siguiente de la firma del presente contrato, deberá presentar a la ADMINISTRADORA DEL CONTRATO el original de la póliza de responsabilidad civil correspondiente, expedida por una compañía aseguradora autorizada en los términos xx Xxx de Instituciones de Seguros y de Fianzas, nombrando como beneficiario al INSTITUTO de al menos el 10 % (diez por ciento) del monto máximo antes de I.V.A., a la cual deberá cubrir el riesgo de responsabilidad civil por daños a terceros imputables al PROVEEDOR por todas las actividades que desarrolle durante la vigencia del presente contrato y las obligaciones que se deriven de este, así como durante la sustanciación de los recursos o juicios que se interpongan hasta que dicha póliza solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la ADMINISTRADORA DEL CONTRATO. En el supuesto de que no presente la referida póliza dentro del plazo xx xxxx días naturales, contados a partir del día siguiente de la firma del presente contrato, el INSTITUTO podrá iniciar el procedimiento de recisión del mismo.
SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. Se establecen de manera enunciativa más no limitativa las obligaciones del PROVEEDOR, consistentes en lo siguiente:
1. Prestar el SERVICIO, de conformidad con las especificaciones, requerimientos, alcances y características citadas en el mismo y en los ANEXOS 1, 2 y 3, mismos que debidamente firmados por LAS PARTES forman parte integrante de este instrumento.
2. Cumplir con las disposiciones legales, reglamentarias, administrativas y en general, con todas las que son aplicables, y responder ante el INSTITUTO por cualquier daño o perjuicio que resultare por el incumplimiento de las mismas.
3. Informar oportunamente al INSTITUTO de los hechos y razones debidamente justificadas que lo imposibilitan para cumplir, en su caso, con las obligaciones que le señale el presente contrato y los ANEXOS 1, 2 y 3, a efecto de que determine lo conducente conforme a lo previsto en las disposiciones aplicables.
4. Ser el único responsable cuando el SERVICIO no se haya realizado de acuerdo con lo estipulado en el contrato, por lo que el INSTITUTO podrá ordenar la corrección del mismo, sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que ésta se hará por cuenta del PROVEEDOR en el plazo que para tal efecto se señale. Lo anterior, sin perjuicio de las sanciones que en su caso correspondan, en términos del presente contrato.
5. En caso de realizar servicios excedentes o por mayor valor de lo establecido en este contrato, sin que para tales efectos se hubiera obtenido la autorización del INSTITUTO y sin que se hubiere celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución del SERVICIO, no tendrá derecho a reclamar pago adicional alguno por ello.
6. Contar con la autorización federal para prestar servicios de seguridad privada emitida por la Dirección General de Seguridad Privada dependiente de la Secretaría de Gobernación, para la prestación de servicios de seguridad privada en todo el territorio nacional, asimismo deberá contar con el acuerdo de revalidación de la autorización o de inicio a la autorización, en las actividades señaladas en el artículo 5 fracciones I y IV, inciso b del Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada.
7. Contar con permiso vigente para la prestación de servicios de seguridad privada, donde expresamente establezca que cuenta con autorización para realizar las actividades señaladas en el artículo 11 fracciones II y V de la Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal expedido a su favor por la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México.
8. Los elementos designados para prestar el servicio deberán estar registrados por la empresa ante la Secretaria de Seguridad Pública de la Ciudad de México, debiendo todos y cada uno de ellos tener constancias de capacitación básica y especial expedidas por dicha Secretaría o por algún organismo capacitador debidamente reconocido por la misma, que corrobore que cuentan con la capacitación, aptitud, idoneidad y confiabilidad, para prestar servicios o realizar actividades de seguridad privada.
9. Presentar los Certificados de Competencia Laboral expedidos por el CONOCER (Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales) de cada uno de los elementos de su personal. Los Certificados de Competencia Laboral deberán contener alguno de los siguientes Estándares de Competencia: EC0060. Vigilancia presencial de bienes y personas, EC0061. Coordinación de servicios de vigilancia de bienes y personas, EC0573. Prestación de servicios de seguridad privada integral o EC0574. Supervisión de los servicios de seguridad privada.
10. Presentar los exámenes médicos, físicos, psicológicos y toxicológicos de todos los elementos con los que pretende prestar el servicio que se contrata. En caso de que durante la vigencia del contrato el PROVEEDOR realice algún cambio de uno o más elementos, deberá entregar los exámenes de su nuevo personal en la Subdirección de Servicios Generales, el mismo día en que dicho(s) elemento(s) se incorpore(n) al servicio dentro de las instalaciones del INSTITUTO.
11. Entregar la garantía de cumplimiento y la póliza de la responsabilidad solicitadas dentro del término de 10 días naturales posteriores a la firma del presente contrato.
12. Designar el número de elementos que se mencionan en el ANEXO 1 del presente contrato, para cumplimiento del objeto del mismo en los inmuebles señalados en este instrumento, en los turnos diarios de 24 horas de servicio por 24 horas de descanso, cubriendo con su personal todos y cada uno de los días naturales del presente año (días laborables, xxxxxxx, xxxxxxxx y días festivos); y de 12 horas de servicio por 12 horas de descanso, los horarios se determinan en el ANEXO 1 del presente contrato y están programados de tal manera que el servicio no sea interrumpido en ningún momento y por ningún motivo.
13. Elaborar un informe diario (PARTE XX XXXXXXXXX) que contendrá todas y cada una de las situaciones tanto operativas, como de personal por todo el tiempo de vigencia de este instrumento. El PARTE XX XXXXXXXXX se entregará semanalmente, siendo recibidos por la Subdirección de Servicios Generales los días lunes con excepción de aquellos en que no sea posible su recepción. En caso de que no se entregue en tiempo y forma se penalizará en términos de la Cláusula Décima y el Anexo 3 de este contrato.
14. En caso de que no se presente algún elemento a cubrir el servicio, se obliga a reponerlo y de no hacerlo, se descontará de la liquidación mensual el costo diario con IVA incluido del tipo de elemento, aplicándose adicionalmente al PROVEEDOR la pena contractual pactada en la Cláusula Décima y el ANEXO 3 del presente contrato.
15. Llevar una lista de asistencia de los elementos designados para la prestación del SERVICIO, la cual deberá ser entregada diariamente a la Subdirección de Servicios Generales para que se capture en una base de
datos y sirva de base para descontar del pago mensual que corresponda al PROVEEDOR las inasistencias de sus trabajadores, de acuerdo a los costos que se refieren en el ANEXO 2, haciendo hincapié en que el manejo de esta lista no implica la existencia de una relación laboral entre dichos elementos y el INSTITUTO.
16. Observar las disposiciones que tiene implantadas el INSTITUTO, para el control de las personas y vehículos que tienen acceso a sus instalaciones, debiendo cuestionar a los visitantes sobre el asunto que viene a tratar dentro de las instalaciones con el fin de permitir o no su acceso, con la obligación de cumplir con cualquier otra indicación que al efecto emita el INSTITUTO, de conformidad al ANEXO 1 del presente contrato.
17. Reparar cualquier daño o deterioro que sus elementos causen al INSTITUTO, con motivo de la ejecución del SERVICIO, así como a la reposición de objetos destruidos, dañados o robados cuando exista responsabilidad por parte de algún elemento del PROVEEDOR. Con respecto a objetos que se hubieren sustraído durante el turno del elemento, se efectuará una investigación con la anuencia del INSTITUTO, para efectos de deslindar responsabilidades en un término no mayor de 72 horas.
18. Los elementos deberán portar el uniforme y el equipo señalado en el ANEXO 1 (incluyendo pantalón, camisola, fornitura, botas, chamarra y kepis por cada uno de los elementos), dentro de su horario de labores, durante el periodo de vigencia del presente contrato, cumpliendo con todos y cada uno de los requisitos establecidos en los artículos 14 fracción VI y 36 fracción VI de la Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal vigente.
19. Entregar a sus elementos radios de comunicación, comprometiéndose a que cada uno de ellos deberá contar con su propio radio, de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 de este instrumento, sumando la cantidad de 28 (veintiocho) aparatos de intercomunicación para el personal localizado dentro de las instalaciones del INSTITUTO, incluyendo UNO que deberá poseer el personalidad adscrito a las instalaciones del CESAMAC. En caso de que alguno de los elementos no tenga su radio de comunicación o cualquier otro aditamento requerido en el ANEXO 1, se penalizará al PROVEEDOR, en términos del ANEXO 3, por cada día que transcurra sin que se otorgue a él o los elementos, dichos aditamentos los cuales son necesarios para la correcta prestación de sus servicios.
20. Otorgar al INSTITUTO, la asesoría jurídica-administrativa-operativa que ésta requiera en relación con las actividades correspondientes al servicio objeto de este contrato.
21. Presentar al Órgano Interno de Control del INSTITUTO, con motivo de las auditorias, visitas o inspecciones que practiquen, la información y documentación relacionada con el objeto del presente contrato, de conformidad con los artículos 57 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 107 de su Reglamento.
OCTAVA.- OBLIGACIONES DEL INSTITUTO. Las obligaciones del INSTITUTO son las siguientes:
1. Cubrir el pago del SERVICIO efectivamente prestado de acuerdo con las condiciones y términos estipulados en las cláusulas Tercera y Cuarta del presente contrato.
2. Proporcionar al PROVEEDOR las facilidades necesarias para la prestación del SERVICIO objeto del presente contrato.
3. Que los servidores públicos enunciados en la Cláusula Décima serán responsables de administrar, supervisar, validar y vigilar el cumplimiento del SERVICIO en los términos solicitados en el presente contrato y sus ANEXOS 1, 2 y 3.
NOVENA.- LUGAR Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. El SERVICIO se realizará en las
instalaciones del INSTITUTO y del CAAF con domicilios señalados en las declaraciones del presente instrumento, considerando las especificaciones señaladas en el presente instrumento jurídico.
Para el caso de redimensionamiento de espacios físicos el INSTITUTO se reserva el derecho de realizar los ajustes necesarios al número de personal inicialmente contratado, tomando en cuenta las nuevas demandas del SERVICIO.
El costo del transporte, de las maniobras de carga y descarga de los suministros de materiales y equipo que se utilicen para la ejecución del SERVICIO, serán a cargo del PROVEEDOR. Durante la vigencia del contrato, el PROVEEDOR se compromete expresamente a sustituir los materiales suministrados cuando tengan cualquier defecto de fabricación y/o vicio oculto, por uno nuevo de las mismas características y especificaciones técnicas al suministrado y en óptimas condiciones para ser utilizado.
En casos de fuerza mayor, el PROVEEDOR se obliga a seguir ejecutando los servicios contratados por el INSTITUTO, en el domicilio y ubicación que por escrito se le indique, y si el número de elementos asignados para la prestación del servicio disminuye, en esa proporción se descontará su importe de la liquidación mensual que corresponda
DÉCIMA.- ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, COMPROBACIÓN Y SUPERVISIÓN. El INSTITUTO, a través de la
Subdirección de Servicios Generales, está facultada para administrar, supervisar, validar y vigilar en todo tiempo, el debido cumplimiento de las obligaciones contraídas en este instrumento por parte del PROVEEDOR, de acuerdo a las especificaciones detalladas en sus ANEXOS 1, 2 y 3, teniendo el INSTITUTO, las más amplias facultades para reportar al PROVEEDOR, las irregularidades que se presenten durante el plazo de ejecución del SERVICIO, para que éste las corrija inmediatamente.
Las personas designadas para la inspección de los aspectos mencionados en el párrafo anterior, así como de todo lo referente al personal del PROVEEDOR, son las siguientes:
ÁREA | RESPONSABLE | ACTIVIDADES |
Subdirección de Servicios Generales | Control documental, conciliaciones de listados de asistencia del personal, cálculo y aplicación de penalizaciones y validación del servicio. |
El personal citado se designa en forma enunciativa más no limitativa, existiendo la posibilidad de que en caso de que alguna de las mencionadas deje de laborar para el INSTITUTO temporal o permanentemente, se supla su ausencia con otro(s) empleado(s) de la misma Área, debiendo el INSTITUTO informar del cambio por escrito al PROVEEDOR.
El INSTITUTO proporcionará al PROVEEDOR por escrito, cuando se estime conveniente, las instrucciones relacionadas con la ejecución del SERVICIO, a fin de que se ajuste a las especificaciones, así como a las modificaciones que, en su caso, requiera el INSTITUTO. No habrá pagos complementarios si el PROVEEDOR no se ajusta a dichas especificaciones, es decir, si realiza trabajos adicionales o diferentes a los solicitados sin que se haga del conocimiento al INSTITUTO.
La verificación del SERVICIO que realice el INSTITUTO, no libera al PROVEEDOR del cumplimiento de las obligaciones contraídas en este contrato, así como de las deficiencias que aparezcan posteriormente una vez concluido el mismo. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerado como aceptación tácita o expresa del SERVICIO.
El INSTITUTO quedará facultado para realizar visitas físicas a las instalaciones del PROVEEDOR durante la vigencia el contrato, para lo cual deberá brindar al personal del INSTITUTO, previa identificación del mismo, las facilidades necesarias.
De conformidad con el artículo 57 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias, así como verificar la calidad del SERVICIO establecido en el presente contrato, pudiendo solicitar al INSTITUTO y al PROVEEDOR todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.
DÉCIMA PRIMERA.- PROCEDIMIENTOS PARA LA VERIFICACION, ACEPTACION O CORRECCION DEL
SERVICIO. En términos de lo dispuesto por los artículos 84, en último y penúltimo párrafos y 108 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la verificación,
aceptación o corrección del SERVICIO se realizará a través de oficio emitido por la ADMINISTRADORA DEL CONTRATO o quien lo/la sustituya o supla, y que hasta en tanto ello no se cumpla, el SERVICIO no se tendrá por recibido o aceptado.
El cómputo del plazo entre el momento en el que se presta el SERVICIO y el momento en que éste es recibido a satisfacción, se interrumpirá cuando el INSTITUTO acredite haber comunicado al PROVEEDOR, en los términos previstos en este contrato el incumplimiento del SERVICIO.
Los días que transcurran entre la fecha en que el INSTITUTO notifica al PROVEEDOR el incumplimiento en la prestación del SERVICIO y aquella en que el PROVEEDOR realice la corrección del mismo se aplazará, así como la fecha para la recepción a satisfacción.
DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES. LAS PARTES están de acuerdo en que por necesidades del INSTITUTO podrá modificarse el contrato, de conformidad con el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en conjunto el 20% (veinte por ciento) de monto o cantidad de los servicios establecidos originalmente. Lo anterior se formalizará mediante la celebración de convenio modificatorio. Las modificaciones deberán ajustarse a lo siguiente:
1. Que el precio de los servicios motivo del incremento sea igual al pactado originalmente.
2. La fecha de prestación del servicio correspondiente al incremento que en su caso se solicite, deberá ser pactada de común acuerdo entre el INSTITUTO y el PROVEEDOR.
3. Que el incremento en el monto sea debidamente justificado por el Área requiriente al PROVEEDOR, y autorizado por la Dirección de Administración del INSTITUTO.
4. Que se cumpla con los lineamientos que en materia de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal dicte la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por caso fortuito o fuerza mayor o por causas atribuibles al INSTITUTO, este último podrá modificar el presente contrato a efecto a prorrogar el plazo de prestación de SERVICIO. En este supuesto deberá formalizarse el convenio modificatorio respectivo, sin que proceda la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso.
La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por el PROVEEDOR o por el INSTITUTO. El escrito en el que señale el caso fortuito o fuerza mayor deberá ser presentado ante la Subdirección de Servicios Generales, debidamente firmado por el PROVEEDOR dentro los 5 días posteriores al evento que le impida el cumplimiento de las obligaciones contraídas, así como anexar la constancia de dichos hechos.
En caso de que el PROVEEDOR no obtenga la prórroga de referencia por ser causa imputable a éste el atraso, se hará acreedor a la aplicación xx xxxxx convencionales.
Asimismo, sin transgredir lo establecido en el artículo 52 citado, en cualquier momento, el INSTITUTO podrá realizar un Addendum al Contrato (artículo 1,792 del Código Civil Federal) aplicando el principio de supletoriedad contenido en el artículo 11 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, donde establece que en todo lo no contemplado en dicha ley, serán aplicables las disposiciones contenidas en el Código Civil Federal; el Código Federal de Procedimientos Civiles y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
En caso de que el contenido del presente instrumento contenga errores de número, escritura o impresión insertos, que por su naturaleza no afecten el contenido de las obligaciones inscritas, LAS PARTES firmarán una Fe de Erratas en la que conste la corrección respectiva, la cual formará parte integral del mismo.
Cualquier modificación al contrato deberá formalizarse por escrito por parte del INSTITUTO, el instrumento legal respectivo será suscrito por la ADMINISTRADORA DEL CONTRATO o por quien la sustituya o este facultado/a para ello.
DÉCIMA TERCERA.- PENAS CONVENCIONALES Y CONTRACTUALES. Con fundamento en los artículos 45, fracción XIX, 53 primer párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 95 y 96 primer y tercer párrafo de su Reglamento; cuando el PROVEEDOR presente atraso en el cumplimiento de la prestación del servicio en el tiempo y forma comprometidos, el INSTITUTO aplicará una pena convencional consistente en un 2% sobre el valor de los bienes o servicios entregados o prestados fuera de la fecha convenida, por cada día de atraso.
El cálculo de la pena convencional por atraso se efectuará solamente de los servicios que se proporcionaron fuera de la fecha convenida. El monto máximo de las penalizaciones por atraso contraídas por el PROVEEDOR no podrá rebasar el monto de la garantía de cumplimiento de contrato, sin tomar en cuenta los porcentajes de reducción que se puedan aplicar a dicha garantía conforme a lo dispuesto por el artículo 86, segundo párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
La penalización se calculará a partir de la fecha pactada en el contrato para la prestación del SERVICIO, para lo cual se deberá considerar lo siguiente:
a) Solo resulta aplicable cuando el SERVICIO inicia con atraso, respecto de la fecha establecida para la prestación del servicio;
b) Se entenderá por día de atraso: aquel día hábil o inhábil en el cual el PROVEEDOR pueda cumplir con el SERVICIO sin hacerlo, sin existir cuestiones justificadas que lo imposibiliten. En caso de que el SERVICIO no se pueda realizar por causas imputables al INSTITUTO, éste no realizará el computo de los días de atraso;
c) El periodo de penalización comienza a contar a partir del día siguiente de la fecha convenida para la iniciación de la prestación del SERVICIO; y
d) La penalización debe aplicarse desde el primer día de atraso y tendrá como limite el número de días que resulten al dividir el porcentaje máximo que se puede aplicar por concepto de penalizaciones por atraso (10% del monto máximo del contrato sin incluir I.V.A.), entre el porcentaje diario de penalización establecido en el primer párrafo de la presente clausula (2% sobre el valor de los bienes o servicios entregados o prestados fuera de la fecha convenida).
En caso de que el PROVEEDOR rebase el porcentaje máximo que se puede aplicar por concepto de penalizaciones por atraso, el INSTITUTO podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, lo cual no limita que el procedimiento de recisión se pueda iniciar cuando se presente alguna de las circunstancias descritas en la Cláusula Décima Quinta.
Asimismo, de conformidad con el artículo 53 segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, cuando se registren los acontecimientos previstos en el ANEXO 3 durante la prestación del servicio, se aplicará una pena contractual consistente en el 2% sobre el costo diario del SERVICIO por cada día en el que subsistan las irregularidades.
Para el pago de las penas convencionales y/o contractuales, el INSTITUTO, a través de la ADMINISTRADORA DEL CONTRATO informará por escrito al PROVEEDOR el cálculo de la pena correspondiente indicado el cálculo y el monto a que se haya hecho acreedor.
El PROVEEDOR acepta que el INSTITUTO descuente de la facturación que presente para cobro, el monto de la penalización que en su caso resulte. En caso de controversia por el cálculo de la pena correspondiente el INSTITUTO no procederá a realizar el pago del SERVICIO correspondiente hasta que se realice el cobro de la penalización.
La Subdirección de Servicios Generales será responsable de vigilar, controlar, calcular y hacer efectivas las penas convencionales, contractuales y deducciones que se susciten en la prestación del SERVICIO. Estas penalizaciones se aplicarán independientemente de cualquier otra que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables.
de las obligaciones contraídas en el presente instrumento, y a su vez el pago de la pena por el simple atraso en el cumplimiento de la obligación y las deducciones que corresponderían porque ésta no se preste de la manera convenida.
DÉCIMA CUARTA.- DEDUCCIONES. Las deducciones por incumplimiento parcial o deficiente en la prestación del SERVICIO que se aplicarán al PROVEEDOR serán de acuerdo con lo establecido en los artículos 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 97 de su Reglamento, y conforme a lo estipulado en el presente contrato, en los términos siguientes:
Con fundamento en el artículo 1846 del Código Civil Federal, de aplicación supletoria a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el INSTITUTO puede exigir el cumplimiento
Descripción | Deductiva |
Prestación parcial o deficiente del SERVICIO | 2 % (dos por ciento) antes el IVA del valor total del SERVICIO prestado de manera parcial o deficiente. |
Inasistencia de un elemento del PROVEEDOR | Costo diario con IVA incluido del tipo de elemento |
Se considerará como deficiencia en el SERVICIO cuando existan inobservancias a las obligaciones contraídas en las Cláusulas Quinta, Sexta, Séptima, Novena y Vigésima Primera de este libelo. Otros supuestos que se tomarán como deficiencias, serán los defectos o vicios ocultos en la calidad de la prestación del Servicio, así como cualquier contravención a lo precisado en el ANEXO 1 del presente Contrato.
Para el caso de las inasistencias del personal del PROVEEDOR que se reporten mensualmente, las deducciones que se realicen se efectuaran independientemente de cualquier otra penalización que resulte aplicable de conformidad con lo dispuesto en el presente contrato y en el ANEXO 3.
A la aplicación de 3 deducciones, el INSTITUTO podrá rescindir el instrumento jurídico respectivo, de conformidad con los artículos 53 Bis y 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Para determinar las retenciones, y en su caso, la aplicación de la deducción por calidad de los servicios prestados, no se tomarán en cuenta aquellos casos motivados por caso fortuito o fuerza mayor, o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.
Para aplicar las deducciones el INSTITUTO notificará al PROVEEDOR el monto de las mismas mediante oficio, con la finalidad de que se efectúe el descuento en la factura por medio de nota de crédito. El PROVEEDOR deberá considerar que todos los gastos inherentes para subsanar las afectaciones deberán ser sin costo para el
INSTITUTO. En tal tenor, el PROVEEDOR acepta que el INSTITUTO descuente de la facturación que presente para cobro, el monto de la deducción que en su caso resulte.
La acumulación de las deducciones no excederá el importe de la garantía de cumplimiento del monto máximo del contrato, sin considerar el I.V.A., en cuyo caso, se procederá al inicio del procedimiento de recisión del contrato.
DÉCIMA QUINTA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA. De conformidad con el numeral VII.4.5 de las POBALINES del INSTITUTO y, cuando el PROVEEDOR incumpla con las obligaciones pactadas en el ANEXO 1 y en el presente instrumento jurídico, se procederá a la recisión administrativa del mismo sin necesidad de Declaración judicial previa, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el apartado 4.3.5 del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si el PROVEEDOR incurriera, además, en cualquiera de los siguientes casos, de manera enunciativa:
a) Por contravenir los términos y condiciones de este contrato y/o las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y/o los demás ordenamientos legales que resulten aplicables.
b) Por impedir el desempeño normal de labores del INSTITUTO durante la vigencia de este contrato;
c) Por presentar una fianza y/o póliza de responsabilidad civil apócrifas;
d) Cuando autoridad competente declare al PROVEEDOR en concurso mercantil y el Conciliador se oponga a continuar con la relación contractual de LAS PARTES de conformidad con lo establecido en la Ley de Concursos Mercantiles; o bien se encuentre en cualquier otra situación que afecte su patrimonio, en tal forma que le impida cumplir con las obligaciones asumidas en este contrato;
e) Si se comprueba que las manifestaciones a que se refiere la declaración II de este Contrato se realizaron con falsedad o imprecisión;
f) Cuando el monto por la aplicación de las penalizaciones o deducciones contraídas por el PROVEEDOR
rebase el porcentaje máximo que se puede aplicar por tal concepto;
g) Si el INSTITUTO o cualquier otra autoridad detecta que el PROVEEDOR proporcionó información o documentación falsa o alterada en el procedimiento de contratación, para la elaboración del presente instrumento jurídico o en la ejecución del mismo;
h) Al PROVEEDOR se le hayan aplicado más de tres deducciones motivados por el incumplimiento parcial o deficiente respecto del servicio objeto del presente Contrato;
i) El PROVEEDOR modifique o altere la naturaleza o condiciones de los servicios inherentes al cumplimiento del objeto del Contrato;
j) El PROVEEDOR ceda parcial o totalmente los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con una autorización previa y escrita, y con la aprobación de un contrato de cesión por parte del INSTITUTO; y
k) Por incapacidad jurídica, legal o judicial del PROVEEDOR, y por ende, éste no pueda con las obligaciones derivadas de este Contrato
Cuando el INSTITUTO determine rescindir el Contrato, la rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, siendo suficiente para ello que se cumpla con el procedimiento a que se refiere el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 98 de su Reglamento.
De conformidad con el artículo 99 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, concluido el procedimiento de recisión, se formulará y notificará el finiquito correspondiente, dentro de los 20 días naturales siguientes a la fecha en que se comunique la recisión, debiéndose indicar los pagos que deban efectuarse y demás circunstancias del caso.
En caso de que los incumplimientos del PROVEEDOR tengan como consecuencia la rescisión administrativa, se notificará a la Secretaría de la Función Pública, para que actúe de acuerdo con lo señalado en los artículos 59 y 60 de la Ley.
El PROVEEDOR podrá exigir la rescisión por el incumplimiento del INSTITUTO, pero en este caso deberá obtener la declaración judicial de la autoridad jurisdiccional competente.
DÉCIMA SEXTA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN. El INSTITUTO de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente contrato, bastando para ello la comunicación por escrito en ese sentido, sin necesidad de la declaración judicial, otorgándole al PROVEEDOR un plazo improrrogable de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de que éste reciba la comunicación respectiva, para que manifieste lo que a su derecho convenga y aporte en su caso la pruebas que estime pertinentes.
De omitir respuesta o si después de analizar las razones aducidas por éste, el INSTITUTO estima que no son satisfactorias, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes, dictará la resolución que proceda debidamente fundada y motivada, la que comunicará al PROVEEDOR y a las autoridades competentes.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, se hiciere la prestación del SERVICIO, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación del INSTITUTO de que continúa vigente la necesidad del mismo, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
El INSTITUTO podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del contrato pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, deberá elaborar un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la recisión del contrato resultarían más inconvenientes.
Al no dar por rescindido el contrato, el INSTITUTO establecerá con el PROVEEDOR otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la ley.
DÉCIMA SÉPTIMA.- CONFIDENCIALIDAD. El PROVEEDOR se compromete de manera expresa, tanto durante la vigencia del contrato, como después de su extinción, a no difundir, transmitir, revelar a terceras personas cualquier información del INSTITUTO, a la que tenga acceso como consecuencia del desempeño de su actividad laboral, ni a utilizar tal información en interés propio o de sus familiares o amigos.
La prohibición establecida en el párrafo anterior se extiende a la reproducción en cualquier soporte de la información del INSTITUTO, a la que el PROVEEDOR tenga acceso sobre pacientes, personal, procedimientos y sistemas de organización, programas informáticos o cualquier otro tipo de información interna, salvo que tal información sea estrictamente necesaria para el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente contrato.
Todos los documentos (incluyendo los almacenados en dispositivos informáticos), elaborados por el PROVEEDOR durante la vigencia del presente contrato y que se refieran a la actividad del INSTITUTO son propiedad de éste y serán diligentemente custodiados por el área que sea facultada para tal efecto.
La vulneración de este compromiso será considerada como causa justificada de extinción del presente contrato, sin derecho a la percepción de indemnización alguna. En el supuesto de incumplimiento del compromiso asumido y con independencia de la extinción del contrato, el INSTITUTO se reserva el derecho de reclamar el resarcimiento de los daños y perjuicios que le pudieran causar como consecuencia de la vulneración del deber de confidencialidad pactado en la presente cláusula.
DÉCIMA OCTAVA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA. El INSTITUTO podrá dar por terminado anticipadamente el contrato, cuando ocurran razones de interés general o bien por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir el SERVICIO originalmente contratado, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño y perjuicio al Estado o se determine la nulidad de los actos
que dieron origen al presente instrumento, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaria de la Función Pública.
En estos supuestos el INSTITUTO reembolsará al PROVEEDOR los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato de conformidad con lo previsto en los artículos 54 Bis y 55 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 102 de su Reglamento. Para los efectos anteriores, bastara la notificación por escrito al PROVEEDOR de la determinación de dar por terminado de manera anticipada el contrato.
DÉCIMA NOVENA.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. En términos de los establecido en el artículo 55 BIS de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 102 de su Reglamento, cuando en la prestación del SERVICIO se presente caso fortuito o de fuerza mayor, el INSTITUTO, bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación del SERVICIO, en cuyo caso únicamente se pagará aquél que hubiese sido efectivamente prestado, debiendo celebrar LAS PARTES, el convenio respectivo.
La suspensión del SERVICIO se sustentará mediante dictamen que precise las razones o las causas justificadas que den origen a la misma. Cuando a la suspensión obedezca a causas imputables al INSTITUTO, previa petición y justificación del PROVEEDOR, aquélla le reembolsará los gastos no recuperables que se originen durante el tiempo que la suspensión.
Dicho pago será procedente, cuando los mencionados gastos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato especifico, los cuales estarán limitados, según corresponda, a los conceptos previstos en el artículo 102 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
LAS PARTES pactaran el plazo de suspensión; si al término del mismo, no puede reiniciar el SERVICIO, podrá iniciarse la terminación anticipada a que se hace referencia en la cláusula que antecede.
El PROVEEEDOR podrá solicitar al INSTITUTO el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de un mes, contado a partir dela fecha de la suspensión del contrato.
Los gastos no recuperables, serán pagados dentro de un término que no podrá exceder de 45 días naturales posteriores a la solicitud por escrito, mediante la cual el PROVEEDOR, fundamente y motive el pago de dichos gastos no recuperables.
VIGÉSIMA.- PROPIEDAD INTELECTUAL. El PROVEEDOR será el único responsable por el uso de patentes, licencias, derechos de autor y marcas que pudieran corresponder a terceros sobre los procedimientos que utilice y que proporcione para cumplir con el objeto del presente Contrato.
En caso de que se llegara a presentar una demanda por alguna de las supuestas violaciones señaladas en el párrafo anterior, el INSTITUTO se compromete a dar aviso al PROVEEDOR en un plazo máximo de tres días hábiles posteriores a la fecha de la recepción de la notificación de la referida demanda, para que éste tome las medidas pertinentes al respecto.
En caso de infringir dichos conceptos o incurrir en violaciones legales, el PROVEEDOR se obliga a resarcir al INSTITUTO cualquier caso comprobable que este erogue por dichos conceptos o derivado de cualquier responsabilidad que le haya sido imputada por autoridad competente.
VIGÉSIMA PRIMERA.- RECURSOS HUMANOS Y RELACIONES LABORALES. El INSTITUTO y el PROVEEDOR
aceptan y reconocen expresamente que no son aplicables a este contrato, las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, ni de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado “B” del artículo 123 constitucional.
El INSTITUTO no adquiere, ni reconoce obligación alguna de carácter laboral, a favor del PROVEEDOR, ni de su personal. Por lo anterior el PROVEEDOR será el único responsable del cumplimiento de las obligaciones de orden civil, penal, fiscal, laboral y de seguridad social que se originen, respondiendo por cualquier controversia o litigio que su personal instaure en su contra, o en contra del INSTITUTO; por tanto, este último no se
considerará patrón solidario o sustituto, ni al PROVEEDOR ni como a intermediario sino como patrón en términos de los previsto en el artículo 15-A de la Ley del Seguro Social.
Será obligación del PROVEEDOR, capacitar a su personal en el desempeño de las funciones a desarrollar, responsabilizándose por los daños que pudieran generar al personal, usuarios, pacientes, terceros o a los bienes del INSTITUTO, por impericia, dolo o mala fe, durante la prestación del servicio.
El PROVEEDOR se obliga a proporcionar el personal especializado para la ejecución de los servicios contratados, los elementos asignados a las instalaciones del INSTITUTO deberán cumplir con los requisitos que se mencionan en el ANEXO 1 y deberá entregar el equipo y el material enunciado en el ANEXO 2 del presente Contrato Abierto de Prestación de Servicios.
En caso de que el PROVEEDOR realice trabajos con personal contratado bajo el régimen de subcontratación, contemplado en los artículos 15-A a 15-D de la Ley Federal del Trabajo, tendrá que dar aviso oportuno a la Subdirección de Servicios Generales del INSTITUTO.
El PROVEEDOR deberá cumplir con los siguientes compromisos en materia de Seguridad Social:
A. Entregar al inicio de la vigencia del contrato en archivo digital, copia de la identificación oficial, comprobante de domicilio, credencial de la empresa, Registro Federal de Contribuyentes, comprobante de afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social y número de contacto del personal asignado para la prestación del servicio. Este archivo será actualizado bimestralmente, durante la vigencia del contrato.
B. Entregar bimestralmente copia de liquidación de cuotas obreros patronales del personal adscrito para la prestación del servicio y con asistencia continua mayor a treinta días, así como los pagos realizados por concepto de INFONAVIT, SAR y 3% sobre nóminas, en la oficina de la Subdirección de Servicios Generales del INSTITUTO.
C. Entregar mensualmente opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social con una antigüedad no mayor a 15 días naturales, así como el listado que arroja el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social, en la oficina de la Subdirección de Servicios Generales del INSTITUTO.
En caso de incumplimiento, el INSTITUTO tendrá que dar aviso al Instituto Mexicano del Seguro Social, para que el PROVEEDOR regularice dicha obligación; de no hacerlo, se considerará causal de rescisión de este Contrato abierto de prestación de servicios.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- RESPONSABILIDAD OBJETIVA. El PROVEEDOR responderá de los daños y perjuicios que por inobservancia y negligencia de su parte llegue a causar al INSTITUTO y/o a terceros, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido durante la prestación del SERVICIO, con excepción de los que hayan acontecido por caso fortuito o fuerza mayor, por lo que se obliga a responder por dichos conceptos quedando obligado a resarcir al INSTITUTO, de cualquier gasto o costo que esta erogue por dichos supuestos o perdida causada.
VIGÉSIMA TERCERA.- PAGOS EN EXCESO. En caso de que el PROVEEDOR haya recibido pagos en exceso del INSTITUTO, deberá reintegrarle las cantidades más los intereses correspondientes de conformidad con el párrafo tercero del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
VIGÉSIMA CUARTA.- NULIDAD PARCIAL. LAS PARTES acuerdan que si por cualquier motivo o circunstancias, parte del presente contrato es declarado nulo por virtud de sentencia firme o por así establecerlo alguna disposición legal presente o futura, tal situación no invalidará en forma alguna la parte restante del mismo, debiendo entonces ser aplicada la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y de manera supletoria, el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Código Federal de Procedimientos Civiles y demás normatividad que resulte aplicable, esto en concordancia y sin menoscabo del texto contractual cuya validez no fuere afectada.
No obstante, lo anterior, para cualquier aspecto presupuestal que se derive del presente instrumento jurídico, deberá aplicarse la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento y normatividad conexa en la materia.
VIGÉSIMA QUINTA.- CONCILIACION Y COMPROMISO ARBITRAL. Previamente al inicio de la recisión del contrato, en cualquier momento, LAS PARTES podrán recurrir al procedimiento de conciliación establecido en el Título Sexto, en los capítulos Segundo y Tercero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, sin que sea obligatorio la aplicación del mismo en caso de no existir acuerdo de voluntades entre LAS PARTES.
Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación y/o cumplimiento de las cláusulas de este contrato o por cuestiones derivadas de su ejecución, podrán ser sometidas a arbitraje en términos de lo dispuesto en el Titulo Cuarto del Libro Quinto del Código de Comercio.
VIGÉSIMA SEXTA.- LEGISLACION APLICABLE. Los términos y condiciones previstos en este contrato serán regidos por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento y supletoriamente serán aplicables en lo conducente, las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Código Civil Federal y el Código Federal Procedimientos Civiles.
Asimismo, se aplicarán en los conducente, la Ley de General Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados.
En caso de discrepancia entre el procedimiento de Licitación Pública Nacional No. 003-2021 y el contrato, prevalecerá lo establecido en la LPN 003-2021. De conformidad con el artículo 81, fracción IV del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- CONTROVERCIAS E INTERPRETACION. Para la interpretación y debido cumplimiento del presente contrato, LAS PARTES se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros o alguna otra causa.
Enteradas las partes del contenido y alcances legales del presente Contrato, lo firman de conformidad por triplicado el día en la Ciudad de México, quedando un tanto del presente documento con firmas autógrafas, en poder de cada uno de los signantes.
POR EL INSTITUTO
POR EL PROVEEDOR
LA SUBDIRECTORA DE SERVICIOS GENERALES
TESTIGO
POR EL INSTITUTO
TESTIGO
POR EL INSTITUTO
ANEXO 11
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS EQUIPOS DE VIDEOVIGILANCIA DEL INSTITUTO
CAMARAS FIJAS | |
Especificaciones Técnicas | |
Sensor de Imagen | 1 / 3 "CMOS de escaneo progresivo de 4 megapíxeles |
Píxeles efectivos | 2688(H) x 1520(V) |
RAM / ROM | 512MB / 32MB |
Sistema de escaneo | Progresivo |
Velocidad del obturador electrónico | Auto / Manual, 1/3(4)~1/100000s |
Iluminación mínima | 0.03Lux/F1.4( Color,1/3s,30IRE) 0.3Lux/F1.4( Color,1/30s,30IRE) 0Lux/F1.4(IR encendido) |
Relación S / N | Más de 45 dB |
Distancia IR | Distancia hasta 60m |
IR encendido / apagado | Auto / Manual |
Capacidad de Transmisión | 2 Streams |
Resolución | (2304x1296)/1080P(1920x1080)/ SXGA(1280x1024) / 1.3M(1280 x 960) / 720P(1280 x 720) / D1(704 x 576 / 704 x 480) / VGA(640 x 480) CIF(352 x 288 / 352 x240) |
Cuadros por segundo | Stream principal: 4M (1 ~ 20fps)/3M(1 ~ 25/30fps) Stream secundario: D1/CIF(1 ~ 25/30fps) |
Control de Bit Rate | CBR/VBR |
Bit Rate | H.265: 12K ~ 8448Kbps; H.264: 32K ~ 10240Kbps |
Día / Noche | Auto (ICR) / Color / B / W |
Compensación de contraluz | BLC / HLC / WDR (120dB) |
Detección de movimiento | Off / On (4 Zonas, Rectangulares) |
Región de interés (ROI) | Off / On (4 Zonas) |
Estabilizador de imagen (EIS) | N/A |
IR Inteligente | Soportado |
Zoom digital | 16x |
Ethernet | RJ-45 (100 / 100Base-T) |
Protocolo | HTTP;TCP;ARP;RTSP;RTP;UDP;RTCP;SMTP;FTP;DHCP;DNS;DDNS;PPPOE;IPv4/ v6;SNMP;QoS;UPnP;NTP |
Estándar de Comunicación | ONVIF, PSIA, CGI |
Método de transmisión | Unicast / Multicast |
Edge Storage | NAS PC local para grabación instantánea Tarjeta Micro SD |
Visualizador web | IE, Chrome, Firefox, Safari |
Software de gestión | Smart PSS, DSS, DMSS |
Smart Phone | IOS, Android |
Fuente de alimentación | XxX (802.3af) |
Consumo de energía | <11.74W |
Índice de Protección | IP67 |
Dimensiones | 72 x 80 x 212.8mm |
DIAGRAMA CONCEPTUAL
El siguiente diagrama muestra la interconexión de los dispositivos y el flujo de datos.
Cámaras IP
Internet
Switch por Edificio
Enlace de Internet
Red Local
NVR
Cliente Remoto
Red Local
Centro de Datos -
Visualización