CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE
CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE
LA UNIVERSITAT OBERTA DE CATALUNYA
Y
AYUNTAMIENTO DE JIJONA Y
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Barcelona, 27/02/2023
PARTES
De una parte, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, que interviene en nombre y representación de la Universitat Oberta de Catalunya (en adelante, «UOC»), con el CIF X-00000000, domiciliada en Xxxxxxxxx, xxxxxxx xxx Xxxxxxxx, 00, que actúa como representante legal de esta institución en calidad de vicerrector de Docencia y Aprendizaje, de acuerdo con las facultades que tiene atribuidas en virtud de los poderes otorgados por la notaria Xxx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, en fecha 16 de julio de 2013, con número de protocolo 1774. La Fundación para la Universitat Oberta de Catalunya (en adelante, «FUOC») es titular de la Universitat Oberta de Catalunya, reconocida por la Ley del Parlamento de Cataluña 3/1995, de 6 xx xxxxx, de reconocimiento de la Universitat Oberta de Catalunya.
De la otra parte, XXXXXX XXXXX XXXXXX, que actúa en calidad de ALCALDESA PRESIDENTA de AYUNTAMIENTO DE JIJONA (en adelante, «Centro de Prácticas»), con el CIF X0000000X y con domicilio social en Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx, 0, 00000 00000 (XXXXXX).
Y de la otra, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx con el DNI 00000000X, estudiante del plan de estudios que lleva a la obtención del título de Grado de Comunicación de la UOC.
Las partes declaran y manifiestan que intervienen en este acuerdo con la capacidad legal necesaria y la competencia suficiente para suscribirlo.
CLÁUSULAS
1. Objeto del convenio
El objeto de este convenio es establecer las condiciones en las que el estudiante Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx debe desarrollar las actividades de prácticas en el Centro de Prácticas.
2. Condiciones de las prácticas
Las prácticas objeto de este convenio deben desarrollarse de acuerdo con las condiciones siguientes: a) Tipología de las prácticas: no curriculares
b) Modalidad de las prácticas: presencial/virtual c) Fecha de inicio: 01/04/2023
d) Fecha de finalización: 23/06/2023 e) Total de horas de dedicación: 300
f) Xxxxxxx: Lunes - Viernes, 4 horas al día
g) Lugar: Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx, 0, 00000 03100
g) Objetivos educativos y actividades que se desarrollan: los que se establecen en el proyecto formativo que se adjunta como anexo I al presente convenio.
Cuando se den circunstancias excepcionales de fuerza mayor (confinamiento, situación personal excepcional, etc.) que impidan la realización de las prácticas en la modalidad prevista, las partes podrán cambiar la modalidad de las prácticas sin necesidad de modificar ni resolver el presente acuerdo.
3. Tutor académico o tutora académica de la UOC
La UOC nombra un profesor o profesora de los estudios de la misma rama de conocimiento de la titulación cursada por el estudiante, tutor académico o tutora académica de la universidad de las prácticas académicas externas, que tiene las funciones siguientes:
a) Velar para que las prácticas se lleven a cabo con normalidad, coordinándose con el tutor externo o la tutora externa de prácticas.
b) Hacer el seguimiento efectivo de las prácticas, coordinándose con el tutor externo o tutora externa de las prácticas y vistos, si es conveniente, los informes de seguimiento.
c) Autorizar las modificaciones que se produzcan en el proyecto formativo. d) Evaluar el resultado académico derivado de la colaboración en prácticas.
e) Preservar la confidencialidad en relación con cualquier información que tenga como consecuencia de la actividad como consultor o consultora de las prácticas.
4. Tutor externo o tutora externa del Centro de Prácticas
El Centro de Prácticas nombra XXXXXX XXXXX XXXXXX, profesional del Centro de Prácticas, tutor externo o tutora externa de las prácticas académicas externas del estudiante, con las funciones siguientes:
a) Acoger al estudiante y organizar la actividad que debe llevarse a cabo de acuerdo con lo que se establece en el proyecto formativo.
b) Supervisar las actividades del estudiante, orientar y controlar el desarrollo de la práctica en una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje.
c) Informar al estudiante de la organización y el funcionamiento de la entidad y la normativa de interés, especialmente, relativa a la seguridad y los riesgos laborales, así como de los mecanismos para la detección, la prevención, la actuación y la resolución de situaciones de acoso sexual del que dispone la misma.
d) Coordinar con el tutor académico o la tutora académica de la UOC el desarrollo de las actividades establecidas en el presente convenio, incluyendo las modificaciones del proyecto formativo que puedan ser necesarias para que las prácticas se lleven a cabo con normalidad, así como la comunicación y la resolución de posibles incidencias que puedan surgir en el desarrollo de las prácticas y el control de permisos para la realización de exámenes.
e) Emitir los informes finales y, si procede, el informe de seguimiento intermedio.
f) Proporcionar la formación complementaria que necesite al estudiante para llevar a cabo las prácticas.
g) Proporcionar al estudiante los medios materiales y digitales indispensables para llevar a cabo las prácticas.
h) Facilitar y estimular la aportación, por parte del estudiante, de propuestas de innovación, mejora y emprendimiento de los objetivos propios de su función.
i) Preservar la confidencialidad en relación con cualquier información que tenga del estudiante como consecuencia de la actividad como tutor.
j) Xxxxxx y asistir al estudiante, durante su periodo de prácticas en el Centro de Prácticas, en las cuestiones de carácter profesional que pueda necesitar resolver para llevar a cabo las actividades que lleva a cabo en el Centro de Prácticas.
k) Comunicar al tutor académico o la tutora académica de la UOC las incidencias que se produzcan. l) Participar en la evaluación de la actividad de prácticas del estudiante.
La UOC debe reconoce, mediante la expedición de la certificación acreditativa correspondiente, la actividad que ha llevado a cabo el tutor externo o la tutora externa del Centro de Prácticas.
5. Obligaciones del estudiante
El estudiante asume las obligaciones siguientes:
a) Conocer y cumplir el proyecto formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor externo o tutora externa del Centro de Prácticas y con la supervisión del tutor académico o tutora académica de la UOC.
b) Cumplir el horario, el tiempo de dedicación y las normas fijadas por el Centro de Prácticas. c) Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas.
d) Elaborar la memoria final de las prácticas y, si procede, el informe de seguimiento intermedio.
e) Xxxxxxxx el contacto con el tutor académico o la tutora académica de la UOC durante el desarrollo de las prácticas y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir, y también entregarle los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria final que se le soliciten.
f) Preservar la confidencialidad de la información en la que, en razón de su tarea, tiene acceso y guardar secreto profesional sobre sus actividades durante el periodo de prácticas y también después de que estas hayan finalizado.
g) Utilizar con cuidado los recursos, respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales y, si procede, las infraestructuras tecnológicas del Centro de Prácticas.
h) Tener una actitud respetuosa con la política del Centro de Prácticas y salvaguardar el buen nombre de la UOC.
i) Cuando las prácticas impliquen contacto habitual con menores de edad, tiene que acreditar ante el Centro de Prácticas que no ha sido condenado por delitos contra la libertad y la indemnidad sexual mediante la aportación de certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales
6. Vínculo con el Centro de Prácticas
La relación que se establece entre el estudiante y el Centro de Prácticas es estrictamente académica y en ningún caso implica la existencia de una relación laboral. Durante su estancia en prácticas, el estudiante no debe asumir las responsabilidades propias de los profesionales del Centro de Prácticas.
En este sentido, el estudiante no puede reclamar que se compute el tiempo de estancia en prácticas para calcular su antigüedad en la empresa ni que se tenga en cuenta como periodo de pruebas en el supuesto de que se incorpore al Centro de Prácticas una vez finalizadas las prácticas, a menos que en el convenio colectivo aplicable se estipule expresamente algo diferente.
AYUNTAMIENTO DE XIXONA debe abonar directamente al estudiante, en concepto de bolsa o ayuda de estudios, la cantidad de 400 euros mensuales, sin que por este motivo quede desvirtuado el carácter no laboral de los compromisos que se contraen.
De conformidad con la disposición adicional quinta del Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, en el que se indica que todos los estudiantes universitarios que realicen prácticas académicas externas quedaran comprendidos en el Régimen General de la Seguridad Social.
Teniendo en cuenta que ha transcurrido el plazo de tres meses previstos, sin que se haya producido el desarrollo reglamentario posterior de esta disposición adicional quinta, la UOC y AYUNTAMIENTO DE XIXONA atenderán a lo dispuesto en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, que prevé la inclusión por parte del centro de prácticas en el Régimen General de la Seguridad Social únicamente de los estudiantes universitarios que realicen prácticas remuneradas, o bien la disposición adicional vigésimo sexta del Real Decreto Ley 18/2014, de 15 de octubre, que establece una bonificación del 100% de las cuotas de la Seguridad Social por los estudiantes que realicen prácticas curriculares remuneradas.
No obstante, si se aprobara una nueva regulación sobre este asunto, la UOC y AYUNTAMIENTO DE XIXONA se comprometen a firmar una adenda a este convenio donde quede reflejado las responsabilidades que asume cada uno.
7. Seguro
Los estudiantes que desarrollen las prácticas externas en AYUNTAMIENTO DE XIXONA están cubiertos por un seguro de accidentes, contratado por la UOC, con cobertura mundial para que los resarza en caso de accidentes o daños personales. También están cubiertos por un seguro de responsabilidad civil general contratado por la UOC, excepto en el territorio de Estados Unidos, Canadá y México.
8. Certificación de las prácticas externas
Una vez acabadas las prácticas, la universidad debe expedir al estudiante un certificado acreditativo que contenga los aspectos siguientes: el titular del documento, el centro donde se han hecho las prácticas, la duración, las fechas de realización, la descripción de la práctica y las actividades desarrolladas.
9. Normativa aplicable
En cualquier caso, las prácticas externas deben regirse por lo que dispone el Real decreto 1845/1994, de 9 de septiembre, por el que se actualiza el Real decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y por el Real decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del estudiante universitario.
Así mismo, si el centro de prácticas es de ámbito internacional, este tiene que garantizar la viabilidad de las prácticas académicas del estudiante en función de la normativa aplicable en el país de destino.
10. Propiedad intelectual e industrial
El estudiante, en calidad de autor, tiene la propiedad intelectual que se derive de los resultados de su memoria de prácticas, actividad de carácter académico que será objeto de evaluación, a los efectos de calificar la asignatura que promueve la realización estas prácticas. AYUNTAMIENTO DE XIXONA no puede utilizarlo (reproducirlo, transformarlo, etc.) sin el consentimiento expreso del estudiante.
Si a consecuencia de las prácticas externas del estudiante nace un producto nuevo, y para obtenerlo han influido conocimientos adquiridos dentro de AYUNTAMIENTO DE XIXONA o la utilización de medios proporcionados por este, los derechos de propiedad intelectual tienen que ser de propiedad o titularidad conjunta del estudiante y AYUNTAMIENTO DE XIXONA.
En el supuesto de que se quiera comercializar este producto nuevo, el estudiante y AYUNTAMIENTO DE XIXONA deben pactar previamente, en un documento independiente, las condiciones para hacerlo.
11. Protección de datos de carácter personal
Ambas partes reconocen cumplir con todas las obligaciones derivadas de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, del Reglamento general de protección de datos 2016/679, en adelante RGPD, y de la legislación complementaria. Asimismo, reconocen haber sido informadas de que el responsable del tratamiento es la UOC, de que sus datos son tratados con la finalidad de formalizar el presente contrato y de cumplir y ejecutar las obligaciones derivadas de este, y de que pueden ser cedidos a las empresas del grupo UOC. Se puede consultar el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, olvido, oposición, limitación y portabilidad previstos en el RGPD en la política de privacidad de la UOC.
12. Entrada en vigor y duración
Este convenio entra en vigor en el momento de firmarlo y finaliza en el momento en el que acaban las prácticas, de acuerdo con la fecha que prevé la letra c de la cláusula 2.
El convenio y las prácticas pueden ser objeto de prórroga hasta un máximo de tres (3) veces, si bien la duración inicial de las prácticas, más las posibles prórrogas, no podrá ser superior al número de horas previsto por la normativa académica de la UOC.
Cuando las actividades de prácticas impliquen contacto habitual con menores de edad, la eficacia del presente convenio queda supeditada al cumplimiento de la obligación prevista en la letra y) de la cláusula 5 del presente convenio.
13. Resolución
Son causas de extinción de este convenio las siguientes:
a) El mutuo acuerdo de las partes firmantes, manifestado por escrito.
b) La manifestación de cualquiera de las partes de la voluntad de resolver el convenio, con un preaviso de quince días de anticipación.
c) El incumplimiento de alguna de las partes de las obligaciones asumidas en virtud del presente documento, que dará derecho a la otra parte para resolver unilateralmente este acuerdo, lo cual se hará efectivo en un periodo de treinta [30] días a partir de la notificación.
d) Las causas generales de extinción que establece la legislación vigente. 14. Resolución de conflictos
Todas las partes expresan el compromiso de cumplir las obligaciones respectivas de buena fe y llevar a buen término todas y cada una de las negociaciones que sean necesarias para el cumplimiento del presente acuerdo a satisfacción de ambas.
Cualquier controversia que derive de la interpretación, el cumplimiento o la ejecución de los acuerdos del presente documento debe resolverse de mutuo acuerdo entre las partes.
Las partes reconocen que, a efectos de notificaciones, se establecen los domicilios sociales de ambas instituciones.
Y, en prueba de conformidad y para que conste todo lo que se ha convenido, las partes firman este convenio en tres ejemplares, en el lugar y en la fecha que se indican en el encabezamiento.
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx XXXXXX XXXXX XXXXXX Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
Vicerrector de Docencia y Aprendizaje
ALCALDESA PRESIDENTA
Universitat Oberta de Catalunya AYUNTAMIENTO DE JIJONA Estudiante de la UOC
ANEXO I
Proyecto formativo
Área de trabajo / Nombre del empleo ALCALDÍA
Xxxxxx que realizará el estudiante
Bajo la premisa de la cooperación, ayuda y colaboración, la relación de actividades planteadas para su desarrollo se basarán en las prácticas formativas que se encuentren relacionas con las funciones indicadas a continuación:
• De acuerdo con la información institucional, se dispondrá la gestión de su difusión.
• Coordinación de agenda informativa de la institución (por áreas y/o departamento que mejor responda a las expectativas del proyecto).
• Asesoramiento para planificar la actividad de carácter informativo de la institución. ¿ Preparación y publicación de material, redacción y copy para en RRSS.
• Organización, desarrollo y coordinación de eventos (actos, reuniones, congresos, jornadas, visitas¿)
¿ Redactar y realización de entrevistas, noticias, notas de prensa y artículos.
• Posibilidad de comunicación asíncrona con tutor para el desarrollo y coordinación puntual de acciones comunicativas ¿ Generación y planificación de contenido para las RRSS.
• Organizar y coordinar ruedas de prensa, atención y relación con los medios de comunicación.
• Elaborar resúmenes/dosieres de prensa y clipping.
• Asesoramiento al alcalde/concejal/es en materia de comunicación institucional.
• Gestión y coordinación de entrevistas y agenda xx xxxxxxx/concejal/es para actos sociales y políticos, relaciones sociales y con los medios de comunicación.
• Propuestas de mejora de comunicación.
• Comunicación exterior: aportar y generar nuevas ideas Con carácter general, cualquier función no enumerada anteriormente, cuya finalidad sea análoga a las indicadas, todas susceptibles de serle encomendadas.