DETERMINACIONES DE LA SUBASTA
PLIEGO DE CONDICIONES QUE HAN DE REGIR PARA LA ENAJENACIÓN, MEDIANTE SUBASTA ELECTRÓNICA AL ALZA, POR LA JUNTA DE COMPENSACIÓN DEL SECTOR UZPp 03.01 “DESARROLLO DEL ESTE-VALDECARROS”, DE LA PARCELA A.25.d.5 DE USO RESIDENCIAL COLECTIVO LIBRE.
Aprobado por Acuerdo del Consejo Rector en sesión celebrada el día 7 xx Xxxxx de 2023.
DETERMINACIONES DE LA SUBASTA
PRIMERA.- OBJETO
El presente Xxxxxx tiene por finalidad convocar la presente licitación para la enajenación, mediante subasta, de una parcela, que será propiedad de la Junta de Compensación del Sector UZPp 03.01 “DESARROLLO DEL ESTE-VALDECARROS” (en adelante, la “Junta de Compensación”), según sigue:
• Superficie (m²s): 1.877,47
• Etapa 1
• Manzana: A.25.d
• Parcela: A.25.d.5
• Uso General: Residencial
• Clase: Vivienda Colectiva
• Uso Específico: Libre
• Uso Asociado: Terciario
• Edificabilidad uso específico (m2t): 7.222,17
• Edificabilidad uso asociado (m2t): 150,00
• Edificabilidad total (m2t): 7.372,17
SEGUNDA.- PARCELA A.25.d.5
Las características físicas, jurídicas, precio, uso, destino, son las que se detallan a continuación: CARGAS Y GRAVÁMENES.
Se transmite libre de cargas y gravámenes. AFECCIÓN URBANÍSTICA:
Esta parcela queda sujeta a las estipulaciones del Convenio Urbanístico de Gestión del Suelo Urbanizable Sectorizado Pormenorizado UZPp 03.01 “Desarrollo del Este - Valdecarros”, ratificado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid el 25 xx xxxx de 2021 y suscrito el 28 xx xxxx de 2021 entre el Ayuntamiento de Madrid y la Junta de Compensación.
La Asamblea General Extraordinaria, celebrada el 27 de Octubre de 2022, aprobó el Proyecto de Reparcelación de la Junta de Compensación del ámbito UZPp 3.01 del “Desarrollo del Este – Valdecarros”, quedando pendiente la aprobación definitiva de dicho proyecto por parte del Ayuntamiento de Madrid.
AFECCIÓN ECONOMICA URBANISTICA: 2.546.271,25 € aunque se transmite libre de cargas y gravámenes según se ha indicado anteriormente.
DESCRIPCIÓN:
Urbana en el término municipal de Madrid, situada en el sector de Suelo Urbanizable Programado con Ordenación Pormenorizada UZPp.03.01 "Desarrollo del Este-Valdecarros", de forma irregular. Con frente al vial H-2, glorieta G-14 y al vial V-6. con una superficie de mil ochocientos setenta y siete metros con cuatro mil setecientos centímetros cuadrados , que linda al Noreste, en línea recta con parcela A.25.d.2 y A.25.d.4, que linda al Sureste, en línea curva con parcela H-2, que linda al Sur, en línea curva con parcela G-14, que linda: al Suroeste, en línea mixta con parcela V-6. Noroeste, en línea recta parcela A.25.d.1na en el término municipal de Madrid, situada en el sector de Suelo Urbanizable Programado con Ordenación Pormenorizada UZPp.03.01 "Desarrollo del Este-Valdecarros", de forma irregular. Con frente al vial H-2, glorieta G-14 y al vial V-6. con una superficie de mil ochocientos setenta y siete metros con cuatro mil setecientos centímetros cuadrados , que linda al Noreste, en línea recta con parcela A.25.d.2 y A.25.d.4, que linda al Sureste, en línea curva con parcela H-2, que linda al Sur, en línea curva con parcela G-14, que linda: al Suroeste, en línea mixta con parcela V-6. Noroeste, en línea recta parcela A.25.d.1.
La parcela se transmitirá libre de cargas y gravámenes, como “cuerpo cierto” sin que quepa reclamación alguna por diferencia de superficie o como consecuencia de condiciones geológicas, geotécnicas, topográficas o por cualquier otra causa que puedan encarecer la construcción de la misma.
OBSERVACIONES / SERVIDUMBRE:
De conformidad con el artículo 1.1.19 de las normas urbanísticas de ordenación pormenorizada, el ámbito se encuentra afectado por la zona de servidumbre aérea del aeropuerto de Xxxxxx Xxxxxx Madrid-Xxxxxxx, así como por la zona de servidumbre aérea del aeropuerto de Madrid- Cuatro Vientos. Concretamente, las servidumbres aeronáuticas se reflejan en los planos “OP.06. Afecciones y servidumbres aeronáutica” e “I.14 Afecciones y servidumbres aeronáuticas”.
De conformidad con los artículos 30 y 31 del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas (“Decreto 584/1972”), para la ejecución de obras, instalaciones o elementos en las zonas afectadas por servidumbres aeronáuticas, se deberá contar con el acuerdo previo favorable de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (“AESA”) antes del inicio de las mismas, estén estas sujetas o no a licencia o autorización previa de cualquier Administración.
Así mismo, de conformidad con el artículo 30.1 en relación con el artículo 8 del Decreto 584/1972, la ejecución de cualquier construcción o estructura (postes, antenas, aerogeneradores-incluidas las palas- etc.), y la instalación de los medios necesarios para su
construcción (incluidas las grúas de construcción y similares), que se eleve a una altura superior a los cien (100) metros sobre el terreno requerirá informe previo de AESA en relación con su incidencia en la seguridad de las operaciones aéreas.
TERCERA.- TRANSMISIÓN DE LA PARCELA
Como ha quedado dicho, la parcela objeto de la subasta será transmitida libre de cargas y gravámenes, así como de la afección económica urbanística que consta actualmente sobre la finca. Igualmente se transmitirá como “cuerpo cierto” sin que quepa reclamación alguna por diferencia de superficie o como consecuencia de condiciones geológicas, topográficas o análogas que puedan encarecer la construcción de la misma.
En este sentido, los licitadores manifiestan tener pleno conocimiento y aceptar la situación urbanística de la parcela.
La parcela se transmite en concepto de parcela urbanizada, por lo que la Junta de Compensación se encargará de llevar a cabo, a su xxxxx, la urbanización de la misma.
En la condición de su transmisión como parcela urbanizada, la misma se enajena sin los derechos de voto y del resto de derechos políticos inherentes a su cuota de participación en la Junta de Compensación de Valdecarros.
La parcela adjudicada no podrá ser transmitida o cedida a terceros antes de su escrituración al adjudicatario, a otras personas físicas o jurídicas, salvo autorización expresa de la Junta de Compensación. En tal caso el adquirente se subrogará en la plenitud de relaciones, derechos y obligaciones del adjudicatario transmitente.
La Junta de Compensación no responde de la evicción de la parcela, si bien en el caso de que se realice la evicción, el adjudicatario tendrá derecho a exigir lo siguiente (i) respecto del artículo 1.478.1º del Código Civil, se restituirá el precio de la compraventa, pero no el que tuviera en el momento de la evicción, salvo que fuera menor, en cuyo caso se aplicará este último; y (ii) la restitución del precio será la única compensación posible, sin que proceda otra indemnización por daños y perjuicios.
La subasta de la parcela a que se refiere este pliego se regulará por las presentes cláusulas y, en lo no establecido en él, se estará a lo dispuesto en el Código Civil en relación con las obligaciones y contratos, en especial a la compraventa, sirviendo como normas de interpretación supletoria la legislación referida a los Contratos Públicos. La participación en la subasta determina la plena aceptación por parte del oferente de todos los extremos del presente pliego.
CUARTA.- PRECIO DE SALIDA Y GASTOS FISCALES Y DE OTRA NATURALEZA.
El precio de salida será de 7.372.173 €, más el IVA correspondiente
Serán de cuenta del adjudicatario el pago del IVA al tipo correspondiente, impuesto de transmisiones y actos jurídicos documentados o cualquier otro que esta operación devengue. Así, corresponderá al adjudicatario satisfacer todos los tributos correspondientes, sean del Estado, de la Comunidad Autónoma, provinciales o municipales, que se devenguen como consecuencia de la transmisión, incluyendo, en su caso plusvalías municipales, así como todos
los gastos de otorgamiento de la escritura e inscripción de la compraventa en el Registro de la Propiedad.
Corresponde al adjudicatario abonar a la Junta de Compensación el IBI devengado de la parcela adjudicada en proporción al periodo del año en que sea titular a contar desde el momento en que se otorgue la escritura pública de compraventa.
QUINTA.- FORMA DE PAGO DEL PRECIO
La forma de pago es aplazada, no se podrá modificar en ningún caso, y los hitos son los siguientes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la adjudicación:
• El 15% del precio de adjudicación a la firma del contrato privado de compraventa, independientemente de las garantías depositadas.
• El 40% del precio de adjudicación en el momento de la aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación por parte del Ayuntamiento de Madrid.
• El 45% restante del precio de adjudicación a la inscripción en el Registro de la Propiedad del Proyecto de Reparcelación (descontando de este pago el 5% de las garantías depositadas).
El contrato privado de compraventa se firmará en el plazo máximo de tres meses contados a partir del momento en que se comunique al oferente haber resultado adjudicatario de la parcela, conforme a lo dispuesto en la cláusula Decimotercera.
Los importes entregados en los sucesivos pagos aplazados, incluida la garantía ampliada, se aplicarán al pago del precio de venta y, en su caso, responderán por el incumplimiento del adjudicatario de formalizar el contrato privado o la escritura pública, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula Decimoquinta.
SEXTA.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA.
Para poder tomar parte en el procedimiento de adjudicación, se requerirá la constitución de una garantía de un 3% del importe total de salida de la parcela, IVA no incluido, por un importe de DOSCIENTOS VEINTIUN MIL CIENTOSESENTA Y CINCO EUROS CON DIECINUEVE CENTIMOS #221.165,19# €.
La garantía deberá constituirse hasta el 5 xx xxxx de 2023 inclusive.
La garantía solo podrá constituirse en efectivo. Por consiguiente, los licitadores, para poder tomar parte en la subasta, deberán ingresar en la cuenta bancaria de la Junta de Compensación, en Banco Santander, IBAN XX00 0000 0000 00 0000000000, hasta el 5 xx xxxx de 2023 inclusive, el 3% del valor del precio de salida de la parcela, debiendo remitir justificante del ingreso al Responsable de administración por email a la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx, junto con el certificado de titularidad bancaria para proceder a la devolución de la garantía del 3% depositada en caso de que no resulten adjudicatarios.
El licitador deberá declarar, expresamente y por escrito conforme al anejo I adjunto a este pliego, si desea que su depósito quede reservado para el caso de que el mejor postor de la
subasta no cumpliera la obligación de ingresar el resto de la garantía o no compareciera a la firma del contrato privado en el plazo concedido, debiendo remitirlo junto con el justificante de ingreso de la garantía del 3%. Igualmente deberá indicar en el anejo I la siguiente información:
- Nombre y apellidos o razón social de la empresa.
- CIF o NIF.
- Dirección Postal.
- Nº de Teléfono, Correo electrónico.
- Persona de contacto.
A los licitadores que no resulten adjudicatarios y que no deseen mantener la garantía conforme a lo anterior se les retornará la garantía en el plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles desde la adjudicación al mejor postor.
La garantía constituida por quien resulte adjudicatario se ampliará, en el plazo de 10 días naturales desde la fecha de notificación de la adjudicación, hasta el 5% del importe total de adjudicación, IVA no incluido, debiendo ingresar en la cuenta antes indicada el importe restante hasta llegar al 5% citado. Xxxx remitir justificante del ingreso a la Junta de Compensación por email a la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx. Una vez cumplido este requisito, se procederá a firmar el contrato privado de compraventa de conformidad con la estipulación quinta.
La garantía inicial del 3% constituida por quien resulte adjudicatario responderá además de lo indicado anteriormente, por el incumplimiento de éste de ampliarla en el plazo indicado de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula Decimoquinta.
La garantía ampliada del 5% se aplicará al pago del precio de venta y, en su caso, responderá por el incumplimiento del adjudicatario de formalizar el contrato privado o la escritura pública, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula Decimoquinta.
SÉPTIMA.- CAPACIDAD DE CONTRATAR.
Podrán concurrir a la licitación las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que cumplan los requisitos de idoneidad de cliente, según el criterio del consejo rector y estén en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar.
No podrán tomar parte en la licitación del presente contrato las personas que hayan solicitado o estén declaradas en concurso de acreedores, hayan sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, estén sujetas a intervención judicial o hayan sido inhabilitadas conforme al Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 xx xxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.
Los licitadores deberán quedar identificados de manera indubitada. Aquellos que se presenten al procedimiento aceptan de forma incondicionada la situación física y jurídica de la parcela objeto de enajenación, estando en todo caso a lo que resulta de la Revisión Parcial del PGOU de Madrid de 1985 y la Modificación del PGOU de Madrid de 1997, del Proyecto de Urbanización
del Sector UZPp 03.01 “Desarrollo del Este Valdecarros” y del Proyecto de Reparcelación del Sector UZPp 03.01 “Desarrollo del Este Valdecarros”.
En caso de que el licitante fuera ya miembro de la Junta de Compensación, deberá encontrarse al corriente en el pago de todo tipo de cantidades frente a la propia Junta.
Por tanto, para participar en la subasta electrónica los licitadores deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos a tal efecto en el presente Pliego, mediante la presentación de los documentos siguientes:
i. El justificante del ingreso de la garantía por el 3% del valor del precio de salida de la parcela, así como el anejo I debidamente cumplimentado y firmado, conforme a lo dispuesto en la cláusula Sexta.
ii. La declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones contenidas en esta cláusula, según modelo del xxxxx XX.
iii. Tratándose de personas físicas, fotocopia del DNI o pasaporte del ofertante y ficha KYC de persona física cumplimentada, según modelo del anejo IV
iv. Tratándose de personas jurídicas:
- Ficha KYC de persona jurídica cumplimentada, según modelo del xxxxx X
- Fotocopia del CIF.
- Documento original, copia auténtica o legitimada, o fotocopia compulsada de la escritura pública de constitución, o modificación en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, si es exigible dicho requisito conforme a la legislación mercantil; o el documento de constitución, estatutos, o acta fundacional.
- Documento original, copia auténtica o legitimada, o fotocopia compulsada del Acta de titularidad real.
- Fotocopia del DNI o Pasaporte del firmante de la oferta económica.
- Documento original, copia auténtica o legitimada, o fotocopia compulsada de la escritura de apoderamiento del firmante debidamente inscrito en el Registro Mercantil, si este requisito fuera exigible y, en caso de ser necesaria, documentación acreditativa de que se ha adoptado el acuerdo previsto en el 160.f) del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
La documentación anterior deberá presentarse a la Junta de Compensación antes del 8 xx xxxx de 2023, por email a la dirección de correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
OCTAVA.- INTERPRETACIÓN DE LAS CONDICIONES DE CONTRATACIÓN.
Cualquier duda o interpretación de este pliego deberá remitirse a la dirección de correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx. La respuesta de la Junta de Compensación se comunicará a todos los licitadores.
NOVENA.- ORGANO COMPETENTE EN LA LICITACIÓN.
El órgano competente para aprobar la presente licitación será el Consejo Rector de la Junta de Compensación, según la delegación de facultades que consta en la cláusula Decimosegunda.
DÉCIMA.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
El procedimiento de enajenación es la subasta electrónica, siendo el precio de salida de
7.372.173 €. A partir de dicho precio de salida, cada puja adicional se tendrá que incrementar en un mínimo de 50.000€.
En caso de que el procedimiento quede desierto, el Consejo Rector decidirá si procede el inicio de un nuevo procedimiento de venta con un precio de salida inferior o si por el contrario procede trasladar la venta a otro momento posterior, sin que pueda adjudicarse la parcela de forma directa.
Las propuestas económicas se realizarán de forma simple, llana y no condicionada, no admitiéndose las propuestas que se presenten al procedimiento con condiciones suspensivas o resolutorias.
UNDÉCIMA.- CELEBRACIÓN DE LA SUBASTA.
Se invitará a participar en la subasta electrónica simultáneamente a todos los licitadores que hayan cumplido de manera satisfactoria con los requisitos establecidos en las cláusulas anteriores, a través del correo electrónico especificado a estos efectos en el anejo 1 xxx xxxxxx. Para participar en la subasta los licitadores deben incluir una dirección de correo electrónico donde se remitirá las alertas de la invitación a participar, así como los datos de una persona de contacto (nombre completo y teléfono directo).
Si sólo existiera un licitador el día 9 xx xxxx de 2023, será potestad del Consejo Rector de la Junta de Compensación decidir la celebración o no de la subasta electrónica, comunicando dicha decisión al licitador.
Para el supuesto en que no se celebrase la subasta por esta precisa causa, se devolverá la cantidad entregada como garantía, sin que exista derecho a ninguna reclamación posterior por parte del licitador.
La subasta tendrá lugar en la plataforma habilitada el día 19 xx xxxx de 2023 desde las 10 horas hasta las 11 horas.
El desarrollo de la subasta electrónica se ajustará a las siguientes instrucciones:
a) Dispositivo electrónico para la subasta:
Los licitadores invitados podrán acceder a la plataforma de subastas electrónicas en la siguiente dirección de Internet (URL):
xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxx.xxx/xxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXxxxxx
b) Registro de usuario de la plataforma
Para acceder a la plataforma de subastas electrónicas, los licitadores que no están dados de alta (en todo caso antes del acto de configuración del acto de la subasta) deberán registrarse en la dirección electrónica:
xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxx.xxx/xxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXxxxxx
El procedimiento a seguir será el siguiente:
• Seleccionar el botón “Darse de alta” y completar el registro de usuario, definiendo el nombre de usuario y contraseña.
• Registrar su empresa (obteniendo acceso inmediato a ésta), o asociarse a una empresa ya existente en la plataforma (quedando pendiente la aprobación del nuevo usuario por parte del usuario principal de la empresa).
Por último, podrá acceder a la plataforma a través del usuario y contraseña definidos en el momento de registro.
Para obtener más información sobre los trámites electrónicos relativos al registro en el portal de contratación, podrá contactar con el Servicio de Soporte a Clientes de la empresa prestadora del servicio de subastas electrónicas VORTAL, en el número x00 000 000 000, los días laborables de 8,00h a 18,00h en horario ininterrumpido, hora de Madrid, España o a través del correo electrónico xxxx@xxxxxx.xx
c) Acceso a la subasta electrónica.
• En cuanto al acceso a la plataforma de la subasta electrónica, éste es gratuito para los licitadores.
• Tras acceder con usuario y contraseña, los licitadores deberán seguir las indicaciones detalladas en el manual de usuario, adjunto al propio expediente de la subasta y disponible para su descarga.
d) Especificaciones técnicas de conexión:
Para un desarrollo adecuado y comprensible del proceso, los licitadores deberán contar con el auxilio técnico y los medios materiales y técnicos precisos. Para participar en ella será necesario que dispongan de un ordenador con acceso a Internet.
Antes del comienzo de la subasta electrónica, será responsabilidad del licitador realizar las comprobaciones técnicas necesarias para garantizar el buen funcionamiento de su navegador y su acceso a Internet.
Se recomienda disponer de un segundo ordenador y un acceso alternativo a Internet.
La Junta de Compensación no será responsable de problemas técnicos derivados de una configuración incorrecta del ordenador del licitador, de problemas que el licitador pueda tener en su conexión de Internet, en su configuración de seguridad o de cualquier otro problema técnico no relacionado con la plataforma de subasta electrónica. Antes del comienzo de la
misma, será responsabilidad del licitador realizar las comprobaciones técnicas necesarias para garantizar el buen funcionamiento de su navegador y su acceso a Internet. Un incorrecto funcionamiento no conllevará la paralización de la subasta.
Los requerimientos técnicos mínimos para participar en la subasta electrónica son:
- Sistema operativo | Windows (todos a partir del XP) | ||||||
MacOSX 10.5.x o superior | |||||||
Microsoft Internet Explorer 10 o superior con cookies y | |||||||
JavaScript habilitados | |||||||
Mozilla Firefox 31 o superior con cookies y JavaScript | |||||||
habilitados. | |||||||
- Navegador | |||||||
de Internet | Chrome 36 | o | superior | con | cookies | y | JavaScript |
habilitados. | |||||||
El bloqueador de ventanas emergentes debe estar | |||||||
deshabilitado. Tenga en cuenta que puede tener más de | |||||||
un bloqueador de ventanas emergentes. | |||||||
- Java | Java Versión 6 o superior | ||||||
- CPU | 2000 Mhz o superior | ||||||
- RAM | 2000 Mb o superior |
En el caso de que los licitadores se conecten a la plataforma a través del internet móvil, que como mínimo sea 4G (esta conexión deberá ser en cualquier caso comprobada antes de la subasta real).
e) Condiciones de acceso a la subasta.
Téngase en cuenta que solamente UN (1) usuario puede acceder y operar en la subasta electrónica.
La Junta de Compensación enviará las invitaciones a participar en la subasta electrónica a través de la plataforma y los licitadores recibirán una alerta en sus correos electrónicos indicando que han recibido dicha invitación y que la misma está disponible en la plataforma para su consulta.
Si se identifica cualquier problema técnico de la plataforma que afecte a uno o más licitadores, el administrador del evento podrá interrumpirlo y reiniciarlo o prorrogarlo enviando un mensaje de aviso. Todos los mensajes serán enviados usando la plataforma de subasta electrónica y serán vistos simultáneamente por todos los licitadores. La Junta de Compensación se reserva el derecho a cancelar la subasta electrónica y configurar una nueva, siempre y cuando haya sido
identificada por el equipo de análisis técnico de la empresa prestadora del servicio de subastas electrónicas, cualquier incidencia técnica cuya responsabilidad sea atribuible a la plataforma de subasta electrónica. En estos casos, el responsable de la empresa prestadora del servicio de subastas electrónicas notificará a todos los participantes, a través de la herramienta de mensajes de la plataforma, y por vía telefónica, la decisión de cancelar la subasta.
No se suspenderá ni interrumpirá el acto de subasta electrónica, por incidencias, dudas o aclaraciones de carácter administrativo que deberán formularse por los licitadores antes del inicio o con posterioridad al cierre de la subasta. Una vez finalizada la subasta se resolverán las dudas, observaciones o reservas que se hayan presentado sobre el acto por escrito por los licitadores, con comunicación a todos los participantes.
Los licitadores deberán estar disponibles durante la duración del evento en el número de teléfono comunicado anteriormente, para que puedan ser contactados para validar o verificar el normal desarrollo de la subasta electrónica. Es importante que dichos números de teléfono de contacto sean directos a la persona (p.e. móvil) para poder contactar con ella a la menor brevedad posible.
Durante el evento, si se produjera cualquier problema técnico, además de los mensajes de la plataforma, se podrá utilizar el siguiente número de teléfono de contacto:
x00 000 00 00 00
El registro y el contenido de la llamada quedarán grabadas en la centralita de la empresa prestadora del servicio de subastas electrónicas (Vortal). No se atenderán llamadas telefónicas durante la ejecución de la subasta electrónica real a números de teléfono distintos al del Servicio de Atención al Cliente especificado anteriormente.
FORMACIÓN PARA LA SUBASTA ELECTRÓNICA
Para su capacitación en la plataforma y para asegurar que todos los licitadores entienden estas reglas, antes de la subasta electrónica los encargados de la plataforma contactarán con los todos los licitadores a fin de instruirles sobre cómo participar en la subasta y comprobar que pueden participar de forma adecuada y/o subsanar posibles problemas, en su caso.
Además, con carácter general y anteriormente a la celebración de la subasta real, se celebrará una subasta de pruebas, en las condiciones que se detallan en el apartado “Duración de la subasta” del presente documento.
REGLAS DE LA SUBASTA ELECTRÓNICA
a) El elemento sobre el que se podrá introducir variaciones en el transcurso de la Subasta Electrónica será el precio de venta de la parcela, tributos excluidos.
b) El formato del evento será el de subasta “directa” (o al alza), es decir, un licitador no podrá enviar una puja menor a la puja enviada por él anteriormente. La primera posición de la subasta corresponderá al licitador cuyo importe sea mayor. En el caso de que dos licitadores oferten el mismo precio y se sitúen en la misma posición, les va a aparecer un asterisco con el comentario de que comparten la misma posición, por estar empatados.
En caso de presentarse dos o más pujas económicamente idénticas se seleccionará la puja ganadora atendiendo a los siguientes criterios:
1. En caso de que entre los postores se encuentre UNO (1) que ostente la condición de miembro de Junta de Compensación, este postor resultará el adjudicatario ganador.
2. En caso de que entre los postores se encuentren DOS (2) o más que ostenten la condición de miembro de Junta de Compensación, será seleccionado el postor miembro de la Junta que haya realizado la puja en primer lugar atendiendo a un criterio de orden temporal de acuerdo con el momento de presentación de la puja.
3. En caso de que entre los postores no se encuentre ninguno que ostente la condición de miembro de Junta de Compensación, será seleccionada el postor que haya realizado la puja en primer lugar atendiendo a un criterio de orden temporal de acuerdo con el momento de presentación de la puja.
El licitador podrá optar por la estrategia de ir mejorando su posición en la subasta o bien, directamente pujar para colocarse en primera posición.
c) Desde el primer momento el sistema indicará el número de su posición en la subasta y el importe de la mejor oferta.
A partir de ese momento ese número se actualizará automáticamente si sufriera cambios en virtud de sus nuevas pujas o de las pujas del resto de licitadores.
En todo momento durante la subasta electrónica las empresas licitadoras podrán ver, el importe de su última puja, su posición en la subasta y el importe de la mejor oferta.
d) Cada nueva puja para ser considerada válida deberá representar al menos un incremento mínimo respecto del valor de la última puja efectuada por el propio licitador de 50.000 €. Si el licitador lo desea, al pujar puede optar por la estrategia de superar el importe de la puja que va en primera posición, con el fin de colocarse él el primero. En este caso debe tener en cuenta que siempre el importe de su puja deber superar al menos en 50.000 € al importe de su puja anterior.
e) Las pujas válidas vincularán jurídicamente al licitador, a los efectos oportunos. En el caso de que un licitador, tras introducir una puja en el sistema, alegara que se ha equivocado y solicite cambiarla comunicándose a través del área de mensajes de la plataforma, la Junta de Compensación procederá a analizar la situación, así como los antecedentes oportunos y tomará una decisión al respecto, indicando si la puja en cuestión se tiene como puja válida o como puja inválida, así como los efectos de dicha calificación.
f) Al introducir los importes habrá que tener en cuenta que el separador de los decimales será el signo “,” (coma). Es recomendable que los licitadores realicen pruebas introduciendo decimales durante la celebración de la subasta de pruebas prevista cuando contacten con ellos los administradores de la plataforma, para comprobar su configuración.
g) Si por parte de la Junta de Compensación se detectara/n incidencia/s en alguna de las ofertas que la/s hiciera/n absolutamente inviable/s y/o que impidiera que la subasta continuase, podrá
interrumpir dicha subasta durante el tiempo imprescindible para contactar con el licitador y proceder a la resolución de la/s incidencia/s comunicándolo a través de un mensaje en la plataforma.
Para considerar una puja inviable y/o que impidiera la continuación de la subasta, la Junta de Compensación tendrá en cuenta lo siguiente: (i) importe de las pujas introducidas por todos licitadores, con especial atención al importe de las últimas pujas introducidas por el licitador que alegue haber incurrido en un error; (ii) importe mínimo estimado para la licitación; (iii) si la puja introducida supone un aumento de más del 50% respecto de la última puja anteriormente introducida en el sistema por ese mismo licitador; (iv) si en caso de que se adjudicara la licitación al licitador que alega haber incurrido en un error -y se adjudicara por el importe indicado en dicha puja- si dicha oferta sería viable o inviable, en términos xx xxxxxxx.
DURACIÓN DE LA SUBASTA
La subasta electrónica se compondrá de dos fases:
FASE I.- Prueba: Duración de 20 minutos más una sola extensión de 4 minutos. La Subasta electrónica de Prueba replicará las reglas y la configuración de la subasta electrónica real, pero con un precio de salida de 1.000 €, con la excepción de que las pujas que envíen los licitadores no serán consideradas pujas reales.
Extensiones: Si dentro de los últimos 2 minutos antes del cierre se produjera una puja válida, el sistema prorrogará la subasta electrónica 4 minutos para permitir la reacción del resto de licitadores.
El número de extensiones será de una (1) en la fase de prueba (04 minutos). Por lo tanto, la duración total de la subasta electrónica en fase de prueba no será superior a los 24 minutos.
Los licitadores son responsables de mantenerse conectados a la plataforma durante toda la duración del evento de prueba. La Junta de Compensación no es responsable si un licitador decide desconectarse temporalmente durante la subasta electrónica y no puede enviar una puja o si la subasta electrónica termina cuando un licitador está desconectado.
FASE II.- Real: Duración de 60 minutos durante los cuales se realiza el proceso de pujas por parte de los licitadores de acuerdo con la operativa explicada.
Extensiones: Si dentro de los últimos 2 minutos antes del cierre se produjera una puja válida (es decir, que cumpla con todas las reglas de estas instrucciones), el sistema prorrogará la subasta electrónica y pasará a añadir 4 minutos más al tiempo restante de la subasta, para permitir la reacción del resto de licitadores.
A este respecto, el número de extensiones es ilimitado, respetando en todo caso el principio de unidad de acto de la sesión del órgano correspondiente; por lo tanto, el evento tendrá una fecha de finalización máxima correspondiente a las 14:00 del día de inicio. Si se alcanzase esta hora sin haberse podido finalizar la subasta se adjudicará a la oferta más alta que haya a esa hora.
Por todo lo anterior, si la duración total de la subasta electrónica probablemente excede el tiempo inicial estimado, los licitadores serán responsables de mantenerse conectados a la plataforma durante toda la duración del evento.
Hay que tener en cuenta que si se deja el envío de una puja para el último momento y esta puja no fuera válida, el sistema les rechazará su puja y podrían quedarse sin tiempo de reacción para introducir una nueva puja válida antes de que se cierre el evento.
Al tratarse de un sistema electrónico, los licitadores deben tener en cuenta el tiempo necesario para que la transacción sea ejecutada (entre el envío de una acción por parte de un licitador y la ejecución de la misma por parte del sistema), por ello se recomienda a los participantes no dejar la ejecución de cualquier acción para los últimos segundos de la subasta, ya que la misma podría no ejecutarse dentro del tiempo útil, y por lo tanto, no ser tenida en cuenta dentro de la subasta electrónica.
CIERRE DE LA SUBASTA Y OFERTA MÁS VENTAJOSA
El cierre de la subasta se producirá por el transcurso del tiempo de la FASE II sin haberse producido las extensiones previstas en dicha fase, o, si se hubieran iniciado las extensiones, por el transcurso de los últimos 4 minutos sin el envío de nuevas pujas que cumplan los requisitos establecidos anteriormente.
El licitador que presente la proposición económicamente más ventajosa deberá ratificar por escrito su última puja. Esta ratificación se suscribirá por el licitador o su representante conforme al modelo reflejado en el anejo III de este pliego y se presentará en el plazo de dos días hábiles a contar desde el remate de la subasta, y remitida a la dirección de correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
DECIMOSEGUNDA.- ADJUDICACIÓN.
El Consejo Rector está debidamente facultado conforme a la delegación de la Asamblea General aprobada en su reunión de fecha 30 xx xxxxx de 2021 para la realización de actos dispositivos sobre los bienes y derechos de la Junta y para autorizar su formalización.
DECIMOTERCERA.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato de compraventa adquirirá eficacia con la formalización y otorgamiento de escritura pública en los términos recogidos en este pliego. El adjudicatario deberá comparecer notarialmente para otorgar la escritura pública de transmisión cuando sea requerido formalmente para ello en la fecha que determine la Junta de Compensación y ante el Notario que ella designe.
DECIMOCUARTA.- PUBLICACIÓN DEL PRESENTE PLIEGO DE CONDICIONES
El Presente pliego de condiciones y sus anejos se encuentran disponibles la página web de la Junta de Compensación: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
En el anterior enlace también se encuentra otra documentación de interés como es la ficha de la Parcela A.25.d.5 del Proyecto de Reparcelación, incluida en el presente pliego como Anejo VI.
La subasta se publicará en un periódico de interés nacional y se dará la máxima difusión posible.
DECIMOQUINTA.- PENALIZACIÓN POR INCUMPLIMIENTO
Cuando por causas imputables al adjudicatario, éste no hubiese ampliado la garantía en el plazo indicado en la cláusula Sexta, la Junta de Compensación le incautará la garantía inicial constituida del 3%, en concepto de penalidad.
En este caso, el Consejo Rector, directamente, se pondrá en contacto con el siguiente licitador que tuviera mejor posición en la subasta, en el plazo de 5 días hábiles para adjudicar la parcela.
El nuevo adjudicatario deberá, en el plazo de 10 días hábiles desde la comunicación de la adjudicación, ampliar la garantía hasta llegar al 5% a que hace referencia la cláusula Sexta.
En todo caso, si no procediera a ampliar esta garantía se incautará así mismo a favor de la Junta de Compensación la garantía inicial constituida del 3%, en concepto de penalidad.
Ampliada la garantía por el adjudicatario, si por causas imputables a éste se impidiera la formalización del contrato privado en el plazo máximo de tres meses o no se realizaran los pagos aplazados previstos en la cláusula Quinta, o no se formalizara la escritura pública en la fecha designada por la Junta de Compensación, esta incautará, con carácter automático y en concepto xx xxxx convencional, tanto la garantía constituida del 5% como la totalidad de los importes entregados hasta el momento del incumplimiento, quedando la transacción resuelta, sin perjuicio de la subsistencia de responsabilidad del adjudicatario por los daños y perjuicios causados en lo que se refiere al importe que exceda de la garantía e importes incautados.
En todos los casos anteriores, el adjudicatario incumplidor quedará por tanto decaído de todo derecho y sin acción para el reintegro de la fianza incautada. Las citadas consecuencias, como cláusula penal por el incumplimiento se previenen con efecto automático y de pleno derecho y atribuyen a la Junta de Compensación la inmediata titularidad y disponibilidad sobre dichos fondos sin perjuicio de la reserva de cualquier derecho a resarcimiento que de forma añadida pueda corresponderle.
DECIMOSEXTA.- PROTECCIÓN DE DATOS
Todos los datos que faciliten los interesados serán tratados por la Junta de Compensación con la finalidad de dar trámite y gestionar su participación en la enajenación en la subasta pública de las parcelas descritas. La base legitimadora del tratamiento es la ejecución de la relación contractual mantenida con los participantes en la presente subasta, siendo obligatorio que se faciliten los datos si se desea participar en la misma ya que, de lo contrario, resultaría imposible dicha participación. Los datos facilitados se conservarán hasta que prescriban las responsabilidades legales que se pudieran derivar de su participación en la presente subasta y la adquisición de las parcelas descritas. Los datos no serán cedidos a terceros sin el consentimiento del interesado, exceptuando las comunicaciones de datos que resulten
necesarias para el cumplimiento de este pliego, de conformidad con lo indicado en el mismo, o a las autoridades competentes (administraciones públicas), en los casos en los que exista una obligación legal. En cualquier caso, los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación al tratamiento enviando su solicitud acompañada de la copia de su DNI o de otro documento que permita acreditar su identidad a la dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx. También podrán presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (xxx.xxxx.xx) cuando consideren que el tratamiento realizado con sus datos no ha cumplido con la normativa aplicable. Adicionalmente, la empresa licitadora pone a disposición de los interesados un canal directo para contactar en caso de que entiendan que el tratamiento de sus datos no es el adecuado o para atender cualquier consulta relacionada con dicho tratamiento, enviando un correo electrónico a: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
DECIMOSÉPTIMA.- JURISDICCIÓN COMPETENTE
Con expresa renuncia a cualquier otro fuero propio que pudieran ser de aplicación, los licitadores, por el hecho de presentar sus respectivas ofertas, se entenderán sometidos a los Juzgados y Tribunales de Madrid Capital para cuantos litigios pudieran suscitarse con referencia a la interpretación y aplicación del presente Pliego o del contrato que traiga causa del mismo.
Madrid a 17 xx Xxxxx de 2023
ANEJO - I
D.
con N.I.F/C.I.F. nº
y domicilio en
en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio o en representación de
según se acredita debidamente con copia del poder, que asegura vigente, hace constar:
1. Que enterado xxx Xxxxxx de Condiciones aprobado por el Consejo Rector de la Junta de Compensación del Sector UZPp 3.01 Valdecarros del PGOU de Madrid que rige la subasta pública por procedimiento abierto para la enajenación de la parcela [●], lo acepta íntegramente, incluida las consecuencias por incumplimientos previstos en el pliego solicitando ser admitido a la citada subasta.
2. Que se compromete a cumplir de manera expresa las prestaciones objeto del mencionado Xxxxxx que rige esta subasta.
3. Que acepta expresamente que, para el caso de incumplir por su parte, en la representación que ostenta, con las condiciones xxx Xxxxxx, quedaría en favor de la Junta de Compensación la garantía constituida del 3% o 5%, según el momento procedimental en que nos encontremos, teniéndose por rescindida la adjudicación y pudiendo dicha Entidad optar libremente por adjudicar la venta de la parcela al oferente siguiente en precio, dentro de la subasta.
4. Debe indicar los siguientes datos de contacto:
- Nombre y apellidos o razón social de la empresa.
- CIF o NIF.
- Dirección Postal.
- Nº de Teléfono, Fax, Correo electrónico.
- Persona de contacto.
1) (OPCIONAL PARA EL OFERENTE) Que para el caso de no ser adjudicatario, autoriza a la Junta de Compensación a retener su depósito quedando reservado para el caso de que el mejor postor de la subasta no cumpliera la obligación de ingresar el resto del precio de adjudicación en el plazo concedido y le cupiera al firmante la posibilidad de sustituir al primer adjudicatario.
En Madrid, a [●] de [●] de 2023 Fdo.: DNI.
DECLARACION RESPONSABLE DEL LICITADOR
D.
con N.I.F/C.I.F. nº
y domicilio en
en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio o en representación de
según se acredita debidamente con copia del poder, que asegura vigente
DECLARO RESPONSABLEMENTE que no estoy incurso, o que la citada empresa no está incursa, en ninguna de las situaciones que indica la cláusula Xxxxxxx xxx Xxxxxx de Condiciones aprobado por el Consejo Rector de la Junta de Compensación del Sector UZPp 3.01 Valdecarros del PGOU de Madrid que rige la subasta pública por procedimiento abierto para la enajenación de la parcela [●].
(EN CASO DE SER MIEMBRO DE LA JUNTA DE COMPENSACIÓN) Que, como miembro de la
Junta de Compensación acredito que me encuentro al corriente en el pago de todo tipo de cantidades frente a la propia Junta.
En Madrid, a [●] de [●] de 2023
Fdo.: DNI.
PROPOSICIÓN PRECIO ÚLTIMA PUJA REALIZADA
D.
con N.I.F/C.I.F. nº
y domicilio en
en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio o en representación de
según se acredita debidamente con copia del poder, que asegura vigente, hace constar:
1. Que enterado xxx Xxxxxx de Condiciones aprobado por el Consejo Rector de la Junta de Compensación del Sector UZPp 3.01 Valdecarros del PGOU de Madrid que rige la subasta pública por procedimiento abierto para la enajenación de la parcela [●], lo acepta íntegramente, incluida las consecuencias por incumplimientos previstos en la cláusula Decimoquinta xxx xxxxxx, y presenta oferta ajustada a las condiciones señaladas en el mismo, solicitando ser admitido a la citada subasta.
2. Que la última puja realizada en la subasta de la parcela [●] es de [●] euros, IVA excluido.
3. La forma de pago que establece es la recogida en el pliego de la subasta.
4. Que se compromete a cumplir de manera expresa las prestaciones objeto del mencionado Xxxxxx que rige esta subasta.
5. Que acepta expresamente que, para el caso de incumplir por su parte, en la representación que ostenta, con las condiciones xxx Xxxxxx, quedaría en favor de la Junta de Compensación la garantía constituida del 3% o 5%, según el momento procedimental en que nos encontremos, teniéndose por rescindida la adjudicación y pudiendo dicha Entidad optar libremente por adjudicar la venta de la parcela al oferente siguiente en precio, dentro de la subasta.
En Madrid, a [●] de [●] de 2023
Fdo.: DNI.
Anejo – IV MODELO KYC persona física
CUESTIONARIO DE IDENTIFICACIÓN Y CONOCIMIENTO DE LOS CLIENTES PERSONAS FÍSICAS (KYC)
Recogida de datos según la Ley 10/2010, de 28 xx xxxxx, sobre prevención y lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
Fecha: Relación
inicial:
Actualización/revisión:
1. DATOS BÁSICOS DEL INTERVINIENTE 1*
NOMBRE Y APELLIDOS: | |
PASAPORTE: | FECHA DE NACIMIENTO: |
NACIONALIDAD: | PAÍS DE RESIDENCIA: |
DOMICILIO: | |
CIUDAD: | PROVINCIA Y CP: |
TELÉFONO: | MAIL: |
2. DATOS BÁSICOS DEL INTERVINIENTE 2* | |
NOMBRE Y APELLIDOS: | |
PASAPORTE: | FECHA DE NACIMIENTO: |
NACIONALIDAD: | PAÍS DE RESIDENCIA: |
DOMICILIO: | |
CIUDAD Y CP: | PARROQUIA: |
TELÉFONO DE CONTACTO: | CORREO E. DE CONTACTO: |
3. DECLARACIÓN DE PERSONA POLÍTICAMENTE EXPUESTA*
☐ NO ☐ SÍ Nombre y apellidos y cargo ejercido:
(*) Apartado obligatorio
4. DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN*
Naturaleza de la operación:
☐ Compraventa u otros actos de disposición de bienes inmuebles o entidades.
☐ Otros:
Detalle brevemente la operación (inmueble adquirido, importe, etc.):
5. DECLARACIÓN DEL ORIGEN DE LOS FONDOS*
A continuación, indique la procedencia de los fondos objeto de la operación:
☐ De su actividad ☐ De la venta de un inmueble ☐ De una herencia:
☐ Otros:
¿Los fondos que se invertirán en la operación son propiedad de los intervinientes indicados anteriormente o pertenecen a terceras personas físicas o jurídicas?
☐ Propiedad de los intervinientes ☐ Propiedad de terceros. Motivo
¿Los fondos propios utilizados para llevar a cabo la operación proceden de territorio andorrano?
☐ SÍ ☐NO País de procedencia:
6. DECLARACIÓN DE ACTIVIDAD DEL INTERVINIENTE 1*
Actividad profesional o empresarial del interviniente 1:
☐ Trabaja por cuenta ajena ☐ Trabaja por cuenta propia
Nombre de la empresa:
Objeto social de la empresa:
Profesión/cargo que ejerce: |
Antigüedad laboral: |
☐ Sin actividad profesional o empresarial:
☐ Jubilado ☐Pensionista (invalidez, etc.) ☐Parado ☐Trabajos del hogar ☐Estudiante ☐Rentista
(*) Apartado obligatorio
7. DECLARACIÓN DE ACTIVIDAD DEL INTERVINIENTE 2*
Actividad profesional o empresarial del interviniente 2:
☐ Trabaja por cuenta ajena ☐ Trabaja por cuenta propia
Nombre de la empresa: |
Objeto social de la empresa: |
Profesión/cargo que ejerce: |
Antigüedad laboral: |
☐ Sin actividad profesional o empresarial
☐ Jubilado ☐Pensionista (invalidez, etc.) ☐Parado ☐Trabajos del hogar ☐Estudiante
☐Rentista Declaro:
Que toda la información suministrada en este formulario es veraz y cierta, y autorizo a la Junta de compensación de Valdecarros o a la empresa que ella designe a verificar y, si procede, a ampliar estos datos.
Que no soy ni he sido parte en ningún procedimiento de comprobación o inspección tributaria; en caso de serlo o haberlo sido, aporto toda la documentación relativa al mismo.
Que los fondos que pueda utilizar para consumar cualquier transacción, así como el origen de los fondos de mi patrimonio, son totalmente lícitos.
Firma del/de los interviniente/s:
En | a | de | de 202 |
La Junta de compensación de Valdecarros incorporará al fichero de datos existente sus datos personales, donde se conservarán con carácter confidencial sin perjuicio de las remisiones de obligado cumplimiento, de acuerdo con la normativa vigente (RGPD).
La Junta de compensación de Valdecarros, como sujeto obligado de la Ley 10/2010, de 28 xx xxxxx sobre prevención y lucha contra el blanqueo de capitales o valores y la financiación del terrorismo, tiene, entre otras, las obligaciones que se detallan a continuación:
1. Identificar y verificar la identidad de sus clientes.
2. Identificar a los beneficiarios efectivos y validar su identidad.
3. Evaluar, comprender y obtener la información sobre el propósito y la índole de la relación de negocios.
ANEJO – V
MODELO KYC persona jurídica
CUESTIONARIO DE IDENTIFICACIÓN Y CONOCIMIENTO DEL CLIENTE PERSONA JURÍDICA (KYC)
Recogida de datos según la Ley 10/2010, de 28 xx Xxxxx, de prevención y lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
Fecha: Relación
inicial:
Actualización/revisión:
1. DATOS BÁSICOS DEL CLIENTE PERSONA JURÍDICA* | |
DENOMINACIÓN SOCIAL: | |
OBJETO SOCIAL: | C.I.F.: |
NACIONALIDAD: | |
DOMICILIO SOCIAL: | |
CIUDAD: | PROVINCIA Y CP: |
FECHA DE CONSTITUCIÓN: | FECHA DE REGISTRO: |
MAIL: | TELÉFONO: |
2. DATOS DEL REPRESENTANTE/APODERADO QUE TRAMITA LA OPERACIÓN * | |
NOMBRE Y APELLIDOS: | |
PASAPORTE O DNI: | FECHA DE NACIMIENTO: |
NACIONALIDAD: | PAÍS DE RESIDENCIA: |
CARGO: ☐ADMINISTRADOR ☐APODERADO ☐OTROS: |
3. DECLARACIÓN DE BENEFICIARIO EFECTIVO O TITULAR REAL *
Se entiende por titular real la persona o personas físicas que, en último término, posean o controlen, directa o indirectamente, un porcentaje superior al 25 % del capital de la sociedad o de los derechos de voto o, por otros medios, ejerzan el control directo o indirecto de la gestión de la persona jurídica. Si no hay titular real, hay que identificar al/a los administrador/es de la sociedad (en los casos de administrador persona jurídica, hay que identificar al representante persona física).
Razón social / Nombre y apellidos | N.o doc. de identificación | % participación / Control | País de residencia |
4. ESTRUCTURA DE PROPIEDAD O CONTROL *
Relación de socios / accionistas principales por orden decreciente de participación.
Razón social / Nombre y apellidos | N.o doc. de identificación | % participación / Control | País de residencia |
5. DECLARACIÓN PERSONAS POLÍTICAMENTE EXPUESTAS *
¿La entidad tiene entre sus titulares reales o administradores, o sus familiares más próximos y personas reconocidas como afines, alguna persona que ostente o haya ostentado durante los 12 meses anteriores la condición de cargo público representativo o alto cargo de las administraciones públicas en Andorra, Estados miembros de la Unión Europea o terceros países?
☐ NO ☐SÍ Nombre y apellidos y cargo ejercido:
6. DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN *
Naturaleza de la operación:
☐ Compraventa u otros actos de disposición de bienes inmuebles o entidades.
☐ Otros:
Detalle brevemente la operación (inmueble adquirido, importe, etc.):
7. DECLARACIÓN DEL ORIGEN DE LOS FONDOS *
A continuación, indique la procedencia de los fondos objeto de la operación:
☐ De su actividad ☐De los socios ☐De la venta de un inmueble ☐Otros:
¿Los fondos propios que se invertirán en la operación son propiedad de la sociedad o pertenecen a terceras personas físicas o jurídicas?
☐ Propiedad de los intervinientes ☐ Propiedad de terceros. Motivo
¿Los fondos propios utilizados para llevar a cabo la operación proceden de territorio andorrano?
☐ SÍ ☐NO País de procedencia: |
8. OTRA INFORMACIÓN SOBRE LA PERSONA JURÍDICA |
Ámbito de actividad: ☐ Internacional ☐ Nacional ☐ Local
Naturaleza de la persona jurídica:
☐ Sociedad con actividad comercial o empresarial | Cotizada: ☐SÍ ☐NO Mercado regulado: ☐SÍ ☐NO |
☐ Sociedad patrimonial o instrumental | ☐ ONG ☐ Sindicato ☐ Asociación religiosa ☐ Asoc. política |
Otros: |
☐ Actividad y/u objeto social:
☐ Entidades de derecho público, asociaciones culturales, profesionales, fundaciones, etc. Indique cuáles:
☐ Otros. Indique cuáles:
Antigüedad de la actividad: ☐ Inferior al año ☐ De 1 a 10 años ☐ Más de 10 años
Declaro:
• Que toda la información suministrada en este formulario es veraz y cierta, y autorizo a la junta de compensación de Valdecarros a verificar y, si procede, a ampliar estos datos.
• Que los fondos que pueda utilizar para consumar cualquier transacción así como el origen de los fondos de mi patrimonio son totalmente lícitos.
En | a | de | de 202 |
Firma del representante:
AVISO LEGAL:
La junta de compensación de Valdecarros incorpora al fichero de datos existente, sus datos personales, así como los datos de la sociedad por él representada, donde se conservarán con carácter confidencial sin perjuicio de las remisiones de obligado cumplimiento, de acuerdo con la normativa vigente (RGPD).
La junta de compensación de Xxxxxxxxxxx, como sujeto obligado de la Ley 10/2010, de 28 xx xxxxx, de prevención y lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, tiene, entre otras, las obligaciones que se detallan a continuación:
1. Identificar y verificar la identidad de sus clientes.
2. Identificar a los beneficiarios efectivos y validar su identidad.
3. Evaluar, comprender y obtener la información sobre el propósito y la índole de la relación de negocios.
ANEJO - VI
FICHA URBANISTICA parcela A.25.d.5
I. DESCRIPCIÓN
Urbana en el término municipal de Madrid, situada en el sector de Suelo Urbanizable Programado con Ordenación Pormenorizada UZPp.03.01 "Desarrollo del Este- Valdecarros", de forma irregular. Con frente al vial H-2, glorieta G-14 y al vial V-6. con una superficie de mil ochocientos setenta y siete metros con cuatro mil setecientos centímetros cuadrados , que linda al Noreste, en línea recta con parcela A.25.d.2 y A.25.d.4, que linda al Sureste, en línea curva con parcela H-2, que linda al Sur, en línea curva con parcela G-14, que linda: al Suroeste, en línea mixta con parcela V-6. Noroeste, en línea recta parcela A.25.d.1.
II. CONDICIONES Y PARÁMETROS URBANÍSTICOS
SUPERFICIE (m²): 1.877,47
MANZANA: A.25.d
Residencial Vivienda Colectiva Libre (VL)
Edif m² UAS
7.222,1734 7.222,1734
USO CUALIFICADO SECUNDARIO: Terciario en Otros Usos (RT) 150,0000 165,0000
TOTAL: 7.372,1734
7.387,1734
III. TITULARIDAD
Junta de Compensación (por reservas) 100
IV. CUOTA DE PARTICIPACIÓN EN PATRIMONIO DE LA JUNTA DE COMPENSACIÓN
TOTAL: 100,00000000
% patrimonio común J.C.
Junta de Compensación (por reservas) 0
V. CUOTA DE PARTICIPACIÓN EN CARGA
CUOTA DE PARTICIPACIÓN: 0,12005242 %
VI. AFECCIÓN ECONÓMICA
AFECCIÓN ECONÓMICA: 2.546.271,25 €
VII. FINCA DE PROCEDENCIA
Junta de Compensación (por reservas)
VIII. CARGAS Y AFECCIONES
Libre de Cargas
IX. AFECCIÓN URBANÍSTICA
Esta parcela queda sujeta a las estipulaciones del Convenio Urbanístico de Gestión del Suelo Urbanizable Sectorizado Pormenorizado UZPp 03.01 “Desarrollo del Este
- Valdecarros”, ratificado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid el 25 xx xxxx de 2021 y suscrito el 28 xx xxxx de 2021 entre el Ayuntamiento de Madrid y la Junta de Compensación
X. OBSERVACIONES
De conformidad con el artículo 1.1.19 de las normas urbanísticas de ordenación pormenorizada, el ámbito se encuentra afectado por la zona de servidumbre aérea del aeropuerto de Xxxxxx Xxxxxx Madrid-Xxxxxxx, así como por la zona de servidumbre aérea del aeropuerto de Madrid-Cuatro Vientos. Concretamente, las servidumbres aeronáuticas se reflejan en los planos “OP.06. Afecciones y servidumbres aeronáutica” e “I.14 Afecciones y servidumbres aeronáuticas”.
De conformidad con los artículos 30 y 31 del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas (“Decreto 584/1972”), para la ejecución de obras, instalaciones o elementos en las zonas afectadas por servidumbres aeronáuticas, se deberá contar con el acuerdo previo favorable de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (“AESA”) antes del inicio de las mismas, estén estas sujetas o no a licencia o autorización previa de cualquier Administración.
Así mismo, de conformidad con el artículo 30.1 en relación con el artículo 8 del Decreto 584/1972, la ejecución de cualquier construcción o estructura (postes, antenas, aerogeneradores-incluidas las palas- etc.), y la instalación de los medios necesarios para su construcción (incluidas las grúas de construcción y similares), que se eleve a una altura superior a los cien (100) metros sobre el terreno requerirá informe previo de AESA en relación con su incidencia en la seguridad de las operaciones aéreas.
XI. ETAPA
ETAPA: 1