PRINCIPALES RIESGOS CUBIERTOS
PRINCIPALES RIESGOS CUBIERTOS
Cubre los riesgos especificados en las Condiciones Particulares de la Póliza, en los términos señalados en el Capítulo III (Coberturas) de las Condiciones Generales del Seguro Agrario Catastrófico para Cultivos de Básicos, Frutales, Hortalizas y Forrajes.
INICIO DE LA COBERTURA
De conformidad con lo estipulado en el segundo párrafo del artículo 4º de la Ley Nº 29946, Ley del Contrato de Seguro, postergar el inicio de la cobertura del seguro al pago de la primera cuota fraccionada o de la cuota anual de la prima dentro del plazo establecido, según corresponda.
Las partes acuerdan igualmente, que se dará inicio a la cobertura del seguro, en caso ocurra un siniestro antes del plazo acordado para el pago de la primera cuota o de la cuota anual de la prima, según corresponda, oportunidad en la cual, se devengará la prima debida de acuerdo al convenio de pago suscrito, la cual será descontada del importe de la indemnización correspondiente.
PRINCIPALES EXCLUSIONES
Se detallan en el Capítulo IV (Exclusiones) de las Condiciones Generales del Seguro Agrario Catastrófico para Cultivos de Básicos, Frutales, Hortalizas y Forrajes.
RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Se encuentra señalado en el numeral 2.13 (Resolución de contrato de seguro) de las Condiciones Generales del Seguro Agrario Catastrófico para Cultivos de Básicos, Frutales, Hortalizas y Forrajes.
ACEPTACIÓN Y CONFORMIDAD DE LAS CONDICIONES
Se encuentra estipulado en el numeral 2.7 (Aceptación y conformidad a las condiciones) de las Condiciones Generales del Seguro Agrario Catastrófico para Cultivos de Básicos, Frutales, Hortalizas y Forrajes.
PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE COBERTURA
Se detalla en el Capítulo VII (Procedimiento en Caso de un Siniestro) de las Condiciones Generales del Seguro Agrario Catastrófico para Cultivos de Básicos, Frutales, Hortalizas y Forrajes.
FECHA, LUGAR Y FORMA DE PAGO DE LA PRIMA
Según la forma de recaudación y de acuerdo a lo establecido en las Condiciones Particulares de la Póliza.
MEDIO Y PLAZOS PARA EL AVISO DEL SINIESTRO
Se encuentra establecido en el Capítulo VII (Procedimiento en caso de un siniestro) de las Condiciones Generales del Seguro Agrario Catastrófico para Cultivos de Básicos, Frutales, Hortalizas y Forrajes.
LUGARES AUTORIZADOS PARA SOLICITAR LA COBERTURA DEL SEGURO
Las coberturas del seguro podrán solicitarse en cualquiera de nuestras oficinas a nivel nacional, ubicadas en las direcciones que aparecen en nuestra página web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx.
ATENCION DE RECLAMOS
La Positiva recibirá los reclamos en su “Área de Servicio al Cliente” llamando al (00)000-0-000 desde Lima y/o provincias, o en cualquiera de sus oficinas a nivel nacional (relación de direcciones en la web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx), así como a través de la misma página web de La Positiva.
INSTANCIAS HABILITADAS PARA PRESENTAR RECLAMOS Y/O DENUNCIAS
Defensoría del Asegurado, SBS, INDECOPI, entre otros, según corresponda.
INFORMACIÓN ADICIONAL
El presente producto presenta obligaciones a cargo del usuario cuyo incumplimiento podría afectar el pago de la indemnización o prestaciones a las que se tendría derecho
Dentro de la vigencia del contrato de seguro, el Contratante y Xxxxxxxxx se encuentra obligado a
informar a la empresa los hechos o circunstancias que agraven el riesgo Asegurado.
La información aquí proporcionada es a título parcial. Prevalecen las Condiciones Generales del Seguro Agrario Catastrófico para Cultivos de Básicos, Frutales, Hortalizas y Forrajes de La Positiva Seguros y Reaseguros. Para las pólizas grupales, las coberturas específicas para cada Asegurado se encuentran detalladas en el Certificado de Seguro.
La Positiva Seguros y Reaseguros
Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxx, xxxxxxx xxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xx000, Xxx Xxxxxx, Xxxx,
XXX.: 00000000000,
Telf.: (0000) 000-0000,
xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx, xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx
Marzo 2016