MODELO DE CONTRATO NCND
MODELO DE CONTRATO NCND
El Contrato NCND de No-Elusión y No Divulgación tiene por objeto proteger los derechos de intermediarios de comercio internacional que proporcionan determinados servicios (por ejemplo, promoción de negocios, puesta en contacto con potenciales clientes, asistencia en las negociaciones de contratos) y desean protegerse contra el riesgo de "Elusión" que tienen con sus clientes, es decir, que no le paguen la comisión por los servicios prestados. Este Modelo de Contrato NCND se utiliza sobre todo para la intermediación de operaciones de comercio internacional de diferentes tipos de productos (alimentación, materias primas, minerales) que se venden en grandes cantidades y también para productos industriales (maquinaria, instalaciones) de precios elevados. Este modelo de contrato también está disponible en inglés.
CONTRATO NCND NO-ELUSIÓN Y NO-DIVULGACIÓN
A-1 | SERVICIOS QUE PRESTARÁ EL INTERMEDIARIO |
□ A-1.1 | Comunicación e información acerca de un tercero o un acuerdo concreto |
El Intermediario se compromete a transmitir a la Contraparte de conformidad con A-2: | |
□ Nombre(s) and dirección(es) de tercera parte(es) con la que la Contraparte puede iniciar relaciones comerciales. | |
□ Información con respecto a un acuerdo o contrato específico que la Contraparte pueda realizar con una tercera parte determinada. □ Otra información: …………………................................................................................. | |
□ A-1.2 | Puesta en contacto y asistencia en la negociación |
El Intermediario se compromete y acuerda: | |
A. □ Poner en contacto a la Contraparte con terceros: | |
□ Para posibles negocios en el futuro. | |
□ Para un acuerdo o contrato específico. | |
B. □ Poner en contacto a la Contraparte con terceros para un acuerdo o contrato específico y asesorarle en la negociación del contrato hasta su conclusión. | |
C. □ Poner en contacto a la Contraparte con terceros para un acuerdo o contrato específico y asesorarle en la negociación del contrato hasta su conclusión y posteriormente durante su ejecución. | |
□ A-1.3 | Otros |
El Intermediario se compromete y acuerda realizar los siguientes servicios para la Contraparte: |
(mencionar los servicios) |
La finalidad del apartado A.-1 es indicar el tipo de servicio que el intermediario se compromete a proporcionar. La información (si existe) que se transmitirá a la Contraparte (por ejemplo, el nombre de la potencial tercera parte) se puede proporcionar al firmar el contrato o en una etapa posterior, como se indica en el apartado A-2, a continuación. |
A-2 | DIVULGACIÓN DE LA INFORMACIÓN A LA CONTRAPARTE |
La información que el Intermediario se compromete a proporcionar de acuerdo a los apartados A-1.1 y A- 1.2, o de cualquier otra manera, será transferida a la Contraparte de la siguiente forma: | |
Indique aquí cómo y cuándo (por ejemplo, al firmar el Contrato o X días después, o después de haber recibido una determinada cantidad o garantía de la Contraparte) la información relevante será proporcionada a la Contraparte. |
A-3 | DERECHOS EXCLUSIVOS DEL INTERMEDIARIO (art. 7) |
A-3.1 | Con respecto a la actividad realizada por el Intermediario, en general: |
A. □ El Intermediario es no-exclusivo: la Contraparte es libre de nombrar otros intermediarios o actuar por su cuenta con respecto a la actividad encomendada al Intermediario. | |
B. □ El Intermediario es exclusivo: en consecuencia, la Contraparte no podrá: | |
□ Encomendar a otros intermediarios las mismas tareas. | |
□ Realizar por su cuenta las tareas encomendadas al intermediario. C. □ Remuneración sobre los negocios realizados sin la intervención del Intermediario | |
En los posibles negocios realizados por la Contraparte, dentro del campo de actividad encomendada al Intermediario, el intermediario podrá: | |
□ Tener derecho a remuneración. □ No tener derecho a remuneración. | |
A-3.2 | Con respecto a un acuerdo específico para el cual se realiza este Contrato NCND: |
A. □ La Contraparte puede tratar directamente con la tercera parte. | |
B. □ La Contraparte puede tratar con la tercera parte pero sólo a través del Intermediario. | |
C. □ Otros:…………………………………… | |
La Remuneración con respecto al acuerdo específico se pagará: | |
i. □ En el caso de la celebración del contrato. | |
ii. □ Sólo si el contrato se ha celebrado con la intervención real del Intermediario. | |
iii. □ Otros: ……………………………….. | |
A-3.3 | Con respecto a los contratos con terceros que hayan sido presentados por el Intermediario (protección del cliente) |
A. □ | El Intermediario no disfrutará de la protección del cliente, es decir, la Contraparte podrá celebrar contratos con terceros sin ninguna obligación hacia el Intermediario. |
B. □ | El Intermediario disfrutará de la protección al cliente tal y como se específica a continuación: |
1. Los terceros a los que se aplicará la protección del cliente son: |
□ Cualquier tercero indicado o mencionado por el Intermediario. □ Solamente terceros a los que realmente se contactó con la asistencia del Intermediario. □ Other: ……………………………… |
2. Grado de protección del cliente con respecto a tratos directos con el tercero: |
□ La Contraparte podrá tratar con el tercero sólo a través del Intermediario. □ La Contraparte podrá tratar directamente con el tercero. □ Otros: ……………………………… |
3. Remuneración con respecto a los contratos realizados con clientes protegidos sin la intervención del Intermediario: |
□ En todos los futuros contratos con clientes protegidos. □ Sólo en los contratos con clientes protegidos celebrados a través de la intervención real del Intermediario. □ Otros: …………………………… |
A-4 | COMPROMISO DE NO COMPETENCIA |
A. □ | El Intermediario se compromete a no prestar sus servicios a los competidores de la Contraparte. |
□ Con respecto a la actividad profesional que se compromete a realizar. □ Con respecto a un tercero(s) indicado(s) por la Contraparte. □ Con respecto a un tercero(s) que efectivamente se pongan en contacto con la Contraparte. □ Con respecto a un acuerdo concreto para el cual se ha firmado este Contrato NCND. □ Otros: …………………………………… | |
B. □ | El Intermediario es libre de prestar sus servicios a terceros incluyendo los competidores de la Contraparte. |
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Esta es una muestra de 3 páginas de un total de 11 del Contrato NCND Para obtener más información sobre este contrato clic en: CONTRATO NCND NO-ELUSIÓN Y NO-DIVULGACIÓN
GUÍA DE USO
Los contratos redactados por el equipo de expertos legales de Global Negotiator cubren todos los aspectos relevantes que se negocian y acuerdan en los diferentes tipos de negocios entre empresas. No obstante, cuando se utilizan estos contratos conviene tener en cuenta una serie de recomendaciones comunes a todos ellos que se describen a continuación en esta Guía del Usuario.
FECHA
La fecha de entrada en vigor del contrato es la que figura en su encabezamiento, tal y como se menciona en los últimos párrafos del contrato, antes de las firmas (El presente contrato entra en vigor en la fecha efectiva que figura en su encabezamiento.)
En algunos contratos -por ejemplo, en el Contrato de Suministro- la fecha de entrada en vigor también se menciona en una de las cláusulas. En estos casos, para que no surjan divergencias, hay que comprobar que las dos fechas que se han insertado, tanto en el encabezamiento como en la clausula correspondiente, son iguales.
PARTES
En la primera página del contrato hay que insertar los datos completos de las Partes:
• Si la Parte es una empresa hay que insertar los siguiente datos: nombre legal, tipo de sociedad (limitada, anónima, etc.), dirección completa, datos de registro y número de identificación fiscal.
• Si la Parte es una persona física que trabaja como profesional independiente (por ejemplo un agente comercial) hay que insertar los siguientes datos: nombre completo, profesión, dirección y número de identificación fiscal.
CLÁUSULAS
Cláusulas con diferentes alternativas: elección de la más favorable
En las Cláusulas más importantes de cada contrato (exclusividad, forma de pago, indemnizaciones, ley aplicable y resolución de conflictos, etc.) se proponen distintas alternativas de redacción, de tal forma que se pueda elegir la que más convenga a cada situación. Por tanto, el usuario antes de presentar el contrato a la otra Parte, deberá elegir las alternativas que le parezcan más adecuadas a sus intereses y eliminar el resto.
Cláusulas con espacios en blanco para completar
En varias de las cláusulas del contrato aparece espacios en blanco marcados por puntos suspensivos (. ) que el usuario debe completar insertando texto. A continuación de los
puntos suspensivos, entre corchetes, aparecen los datos y explicaciones para insertar el texto.
• Cuando el texto que hay entre corchetes está en letra redonda (la misma que la del contrato) y separado por "," o por la palabra "o", el usuario debe elegir una de las opciones que se ofrecen.
Ejemplo de espacio en blanco ( ) con opciones para elegir entre corchetes:
Los pedidos tramitados antes de la finalización del presente Contrato que den lugar a ventas en
un plazo no superior a [1, 2, 3, 6] meses otorgarán derecho al Agente a percibir la comisión correspondiente. En este caso, el usuario deberá elegir entre las opciones de 1, 2, 3 o 6 meses, e insertar una de ellas en el espacio marcado con puntos suspensivos ( ).
• Cuando el texto que aparece entre corchetes está en letra cursiva, el usuario tiene que insertar la información que se pide y eliminar el texto entre corchetes.
Ejemplo de espacio en blanco ( ) con texto para insertar:
"Las Partes, de común acuerdo, deciden someter sus controversias al Reglamento de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, por uno o más árbitros designados de acuerdo a dicho Reglamento. El lugar del Arbitraje será [ciudad y
país]". En este caso el usuario debe insertar en el espacio de (. ) la ciudad y el país elegidos
para llevar a cabo el Arbitraje y eliminar el texto entre corchetes [ciudad y país].
Cláusula de Notificaciones
En ocasiones, puede suceder que la dirección oficial de alguna de las Partes que aparece al principio del contrato fuera distinta a la que se va a utilizar para las relaciones entre las Partes durante la vigencia del contrato. En estos casos conviene incluir, al final del contrato, una cláusula de notificaciones.
Ejemplo de Cláusula de Notificaciones:
Notificaciones. - A efectos del cumplimiento de sus obligaciones, las Partes establecen como dirección para la realización de las notificaciones relativas a este contrato:
- Parte 1 [insertar dirección completa].
- Parte 2 [insertar dirección completa].
ANEXOS
Los contratos incorporan unos Anexos que van referenciados a las Cláusulas en las que se citan. En los Anexos se utilizan formatos de uso común, si bien es el usuario el que debe adaptar a cada situación particular dichos formatos así como los contenidos que se incorporan en ellos.
FIRMAS
Personas que firman
Las personas que firman el contrato en nombre de la empresa tienen que tener la autoridad para ello y, preferiblemente, estar legitimados según una escritura de apoderamiento. Al pie de la firma del contrato, además del nombre completo de la persona que firma debe incluirse el cargo que ocupa en la empresa. Cuando una de las Partes que firma es una persona física (por
ejemplo un agente comercial en el Contrato de Agencia) obviamente tiene que ser la propia persona la que firma el contrato.
Las legislaciones de algunos países exigen que para que los contratos sean válidos se firmen delante de testigos o ante un notario público. Por ello, antes de la firma del contrato es conveniente informarse sobre los requerimientos que puedan existir en cada país.
Lugar y fecha de la firma
Normalmente los contratos se firman por ambas Partes en la misma fecha y lugar, si bien en los contratos internacionales, debido a las distancias físicas, es habitual que cada una de las Partes firmen en un lugar y fecha diferentes. En este contrato se contemplan ambas alternativas, por lo que se trata de elegir la más adecuada a cada situación.
Número de ejemplares
Lo más habitual es que se firmen dos ejemplares originales del contrato, conservando cada Parte uno de ellos, pero también puede surgir a necesidad de firmar más ejemplares. Para ello, lo único que hay que hacer es mencionar explícitamente el número de ejemplares que se firman en el párrafo que se incluye a este respecto al final del contrato (Y en prueba de conformidad con todo lo establecido, ambas Partes firman este Contrato en ....... ejemplares que se consideran igualmente originales.)
RECOMENDACIONES GENERALES
Las Partes deben firmar todas las hojas del contrato, incluyendo los anexos para que estos sean también válidos. Es preferible utilizar bolígrafo o pluma (nunca lápiz) con tinta de color distinto al negro (por ejemplo, azul) ya que así será más fácil distinguir los originales de las copias.
Es recomendable, aunque no obligatorio, expresar las cantidades de dinero así como los porcentajes que aparecen en el contrato tanto en cifra como en letra; por supuesto, ambas cantidades deben ser exactamente iguales. También se debe incluir la divisa a la que se refieren las cantidades de dinero. Para ello se aconseja utilizar, en mayúsculas, las siglas de divisas que establece las norma ISO (EUR para el euro, USD para el dólar, GBP para la libra del Reino Unido, JPY para el Yen Japonés, etc., puede consultarse las siglas de otras divisas en la página web xxx.xxxxx.xxx).
Una vez que se han elegido las alternativas más adecuadas de cada cláusula y se han completado los espacios en blanco hay que hacer una revisión completa del contrato para eliminar los párrafos sobrantes y corregir cualquier error.
AVISO LEGAL
Pudiera darse el caso de que este contrato no se adaptara a las necesidades y requerimientos específicos de una situación particular. En caso de duda, debe solicitarse asesoramiento legal.
Global Marketing Strategies, S.L. como editora y titular del copyright de este contrato queda completamente exonerada de cualquier tipo de responsabilidad sobre el contenido legal del mismo. En todos los casos, cualquier reclamación que pudiera realizarse por el uso de este contrato, quedará limitada a la devolución del importe pagado en su compra.