CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD AMC N° 022-2008-GR-LL-XXXX - I CONV.
PROYECTO ESPECIAL CHAVIMOCHIC
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste
por el presente documento, el Contrato de Locación de Servicios que
suscriben de una parte el Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, con RUC Nº
20156058719, representado por su Gerente General
ING.
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXX,
identificado con DNI. N° 00000000, designado mediante Resolución
Ejecutiva Regional Nº360-2007-GR-LL/PRE, quien en adelante se le
denominará "EL
COMITENTE"
señalando como domicilio legal la Xxxxxxx 0 x/x, Xxxxxx Xxxxxxxxxx -
Xxxxxxxx y de la otra parte
el XX.
XXXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXXXX, Identificado
con DNI Nº 00000000, RUC
Nº 10188561301, domiciliado en Xxx.
Xxxxxxxx Xxxxxxxx – Xx. X Xx. 00 – Casa Grande - Ascope, a quién
en adelante se le denominará “EL
LOCADOR”,
de acuerdo a los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA - ANTECEDENTES
El Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, creado por Decreto Supremo Nº 072-85-PCM, encargado de la irrigación de los xxxxxx xx Xxxx, Virú, Moche y Chicama, constituye una Unidad Ejecutora, transferida al Gobierno Regional La Libertad, mediante Decreto Supremo Nº 017-2003-VIVIENDA.
Como resultado de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 022-2008-GR-LL-XXXX - I CONV., el Comité Especial Permanente designado mediante Resolución Gerencial Nº 048-2008-GR-LL/XXXX-01 del 04.02.08, otorgó la Buena Pro al postor XX. XXXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXXXX, por la suma de S/.6,000.00 (Seis Mil y 00/100 Nuevos Soles) incluido impuestos, para prestar sus servicios según los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en las Bases Administrativas, las mismas que forman parte del presente contrato.
El XX. XXXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXXXX, es una persona natural, con experiencia en dibujo técnico en AUTOCAD y monitoreo de prueba de Bombeo de Aguas Subterráneas, que declara encontrarse con disponibilidad inmediata y libre de cualquier medida de coerción administrativa y judicial, así como no se encuentra impedida de contratar con el Estado.
CLÁUSULA SEGUNDA - BASE LEGAL
El presente Contrato tiene como Base Legal la Ley Nº 29142 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008”.
El Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados mediante los Decretos Supremos Xxx 000 y 084-2004-PCM, respectivamente y las Bases Administrativas.
Para
efecto de las retenciones por concepto de IMPUESTO A LA RENTA, la
retribución que percibe EL
LOCADOR
se considera renta de Cuarta Categoría, conforme a lo dispuesto por
los Arts. 33º inciso (a), 71º inciso (b), 74º y 86º del T. U. O.
De la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo
Nº
054-99-EF, y sus modificatorias.
De conformidad con el Art. 1764º del Código Civil, el Locador se obliga sin estar subordinado al Comitente, a prestarle sus servicios por cierto tiempo o para un trabajo determinado, a cambio de una retribución.
Por la naturaleza de la contratación, el presente Contrato no genera relación de dependencia laboral entre “EL COMITENTE” y “EL LOCADOR”.
CLÁUSULA TERCERA - OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente, es la Contratación de un Técnico Especialista en Dibujo CAD para elaborar los planos de preubicación, planos perimétricos y memorias descriptivas, preliminares y planos perimétricos y memorias descriptivas en versión definitiva de los lotes de venta directa que se tramitan en el Proyecto Especial CHAVIMOCHIC al amparo de la Ley 28042, así como otras actividades propias que se le encargue en la División de Acondicionamiento Territorial de la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada.
ALCANCES DEL SERVICIO
Recopilación y ordenamiento de toda la información técnica necesaria, para la realización del trabajo contratado: planos existentes, padrones y planos catastrales, planos de usos de suelos, esquema de acondicionamiento territorial, plano general de ventas directas y plano de independizaciones, entre otros, que serán tomados como base para un buen desarrollo del trabajo contratado.
Ploteo de la información tomada en campo para su procesamiento en Autocad y la generación de los planos y las memorias descriptivas respectivas.
En el plazo contratado tendrá que alcanzar las siguientes metas como mínimo:
* Planos de preubicación: 40 predios.
* Planos Preliminares con sus respectivas memorias descriptivas: 40 predios
* Planos perimétricos y memorias descriptivas, versión definitiva: 40 predios.
* Elaboración de los planos por sectores de los predios transferidos en venta directa, diferenciando aquellos ubicados en áreas nuevas de aquellos ubicados en los xxxxxx viejos.
* Elaboración de una base de datos para llevar en forma ordenada su trabajo.
* Realizar todas las actividades que sean necesarias para lograr con éxito el trabajo encargado.
CLAUSULA CUARTA - CALIDAD DEL SERVICIO
El servicio debe ser de buena calidad; comprometiéndose “EL LOCADOR” a prestarlo de acuerdo con las normas más elevadas de competencia, integridad y ética profesional.
CLÁUSULA QUINTA - PLAZO DEL CONTRATO
La prestación de los servicios del presente Contrato se inicia al día siguiente de la suscripción del mismo y por un período de 05 meses calendario a partir del día siguiente de la suscripción del presente Contrato.
CLÁUSULA SEXTA - DEL COSTO DEL SERVICIO Y FORMA DE PAGO
El importe total del servicio, incluido impuesto xx xxx es de S/.6,000.00 (Seis Mil y 00/100 Nuevos Soles), los mismos que se harán efectivos según el siguiente detalle.
Primer Mes (12.03.08 al 10.04.08) S/. 1,200.00
Segundo Mes (11.04.08 al 10.05.08) S/. 1,200.00
Tercer Mes (11.05.08 al 09.06.08) S/. 1,200.00
Cuarto Mes (10.06.08 al 09.07.08) S/. 1,200.00
Quinto Mes (10.07.08 al 08.08.08) S/. 1,200.00
Los pagos serán previa aprobación de los informes por la División de Acondicionamiento Territorial de la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada, dentro del plazo establecido en la Cláusula Quinta y Sexta del presente contrato y de acuerdo a lo establecido en los Requerimientos Técnicos Mínimos de las Bases Administrativas.
El monto de la retribución se afectará al Componente 3.000017 – Acciones para la Promoción de la Inversión Privada, Meta SIAF 010 – Especifica de Gastos 39, Recursos Directamente Recaudados.
El pago se efectuará a través del abono directo en su respectiva cuenta bancaria abierta en cualquier entidad del Sistema Financiero Nacional, para lo cual deberá presentar ante la Oficina de Contabilidad con la debida anticipación su código de cuenta interbancaria (C.C.I.) mediante carta de autorización establecida.
CLÁUSULA SETIMA - SUPERVISION DEL SERVICIO
La prestación del servicio del presente Contrato, será supervisada por la División de Acondicionamiento Territorial de la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada.
CLÁUSULA OCTAVA - DE LA GARANTÍA
“EL LOCADOR” declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA NOVENA – PENALIDADES
Si “EL LOCADOR” incurriese en retraso injustificado en el cumplimiento de las obligaciones objeto del presente contrato, “EL COMITENTE” le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual. Esta penalidad se le aplicará de acuerdo al Art. 222 del Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMA - OBLIGACIONES DE LAS PARTES
“EL COMITENTE”
Pondrá a disposición del LOCADOR, la Información Técnica necesaria para el cumplimiento de los trabajos encomendados.
Se compromete a pagar el costo del servicio, conforme a lo previsto en el presente Contrato.
Hará conocer oportunamente por escrito a “EL LOCADOR” las deficiencias de servicio para superarlas.
“EL LOCADOR”
“EL LOCADOR” está obligado a ejecutar el servicio en el plazo establecido y de acuerdo al objeto del Contrato.
Efectuar el servicio acatando las disposiciones e instrucciones establecidas impartidas por la Entidad.
Durante la vigencia del contrato y por un periodo no menor de 02 años “EL LOCADOR” no podrá revelar ninguna información confidencial o de propiedad de “EL COMITENTE” relacionada con los servicios materia del presente, o de las actividades u operaciones de “EL COMITENTE” sin el consentimiento previo por escrito de éste.
Mantener un comportamiento adecuado en las instalaciones de “EL COMITENTE”
Velar por la correcta utilización de los bienes de propiedad de “EL COMITENTE”, y en caso de deterioro o pérdida por causa imputable a su parte, asumir el costo de su reposición y/o reparación.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA - CAUSALES DE RESOLUCION
“EL COMITENTE” se reserva el derecho de dar por resuelto el presente Contrato, en los siguientes casos:
Si “EL LOCADOR” prestase un servicio deficiente o incumpliese las obligaciones contraídas en el presente Contrato, pese a haber sido requerido para ello, previo informe de la Gerencia, Oficina y/o Jefatura que ejerce la supervisión de los servicios prestados por “EL LOCADOR”
De común acuerdo entre las partes
Por causas de fuerza mayor
Por falta de disponibilidad presupuestal
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA - JURISDICCION
Por la presente Cláusula, las partes acuerdan que cualquier controversia o reclamo que surja de, o se relacione con, la ejecución y/o interpretación del presente Contrato, será resuelta de manera definitiva mediante Arbitraje de Derecho conforme a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento (Art. 274º) y la Ley General de Arbitraje.
Estando conforme ambas partes contratantes con los términos y condiciones señaladas en el presente Contrato, lo suscriben en señal de aceptación y plena validez, en la ciudad xx Xxxxxxxx el día 11 xx xxxxx de 2008.
“EL COMITENTE”PROYECTO ESPECIAL CHAVIMOCHIC |
“EL LOCADOR”
|
ING. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXGerente General |
XX. XXXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXXXX DNI Nº 00000000 RUC Nº 10327695440 |
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