BASE NAVAL ARC “BOGOTÁ”
ARMADA NACIONAL REPUBLICA DE COLOMBIA | FORMATO PROYECTO PLIEGOS DE CONDICIONES - SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTÍA | ||
Proceso: Adquisiciones | Autoridad: JOLA | ||
Código: ADQ-FT-014-JOLA-V05 | Rige a partir de: 24/09/2015 | Página 1 de 89 |
BASE NAVAL ARC “BOGOTÁ”
PLIEGO DE CONDICIONES
PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTÍA No. 0123-ARC-CBN6-2019
FECHA: 00 XX XXXX XX 0000
XXXXXX: CONTRATAR A TODO COSTO EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS EQUIPOS DE CÓMPUTO, EQUIPOS ACTIVOS, OFICINAS, CENTROS DE CABLEADOS, CABLEADO ESTRUCTURADO HORIZONTAL Y ELÉCTRICO REGULADO INCLUYENDO REPUESTOS EN UNAS UNIDADES DE LA ARMADA NACIONAL ACUERDO LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS DESCRITAS EN EL ANEXO “A”.
1. CAPÍTULO.
CONDICIONES GENERALES
El Comandante de la Base Naval ARC “Bogotá” de la Armada Nacional debidamente nombrado mediante la Resolución No. 0774 del 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xxxx xx xxxxxxxx Xx. 000-XXXX-0000 de fecha 11 de febrero de 2019 y facultado para asumir las funciones y competencias relacionadas con la contratación de bienes y servicios destinados a la Armada Nacional en virtud de la Resolución de Delegación No. 4519 del 27 xx xxxx de 2016 modificado parcialmente por la Resolución No. 5662 de 27 xx Xxxxx del 2016 y Resolución No. 1474 del 08 xx xxxxx de 2018, conforme a lo dispuesto en la ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015 y Manual de Contratación del Ministerio de Defensa Nacional acuerdo Resolución No. 6302 del 31 de julio de 2014 y demás normas concordantes que rigen la materia, ha determinado dar inicio al presente proceso de contratación, el cual se regirá bajo las condiciones definidas en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP II) y adicionalmente bajo los siguientes parámetros:
1.1 FUNDAMENTOS Y MODALIDAD DEL PROCESO DE SELECCIÓN
La presente contratación se adelantará mediante la modalidad de SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA, conforme lo contemplado en los artículos 11 y 32 de la Ley 80 de 1993, artículo 2 numeral 4 de la Ley 1150 del 16 de julio de 2007, Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional”, TÍTULO 1 “CONTRATACION ESTATAL”, CAPITULO 1. “SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PUBLICA”, SECCIÓN 2. “ESTRUCTURA Y DOCUMENTOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN”, SUBSECCIÓN 2. “SELECCIÓN ABREVIADA”, artículo 2.2.1.2.1.2.20
“Procedimiento para la selección abreviada de menor cuantía”.
1.2 ACUERDOS COMERCIALES
De conformidad con lo estipulado en el artículo 2.2.1.1.1.3.1. “Definiciones” del Decreto 1082 de 2015, “Acuerdos Comerciales son tratados internacionales vigentes celebrados por el Estado colombiano, que contienen derechos y obligaciones en materia de compras públicas, en los cuales existe como mínimo el compromiso de trato nacional para: (i) los bienes y servicios de origen colombiano y (ii) los proveedores colombianos”, por ende la Dependencia Usuaria procedió a verificar lo pertinente de conformidad con lo indicado en el Manual para el manejo de los Acuerdos
Comerciales en Procesos de Contratación publicado en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; teniendo entonces que el proceso a seguir se encuentra cubierto por los siguientes tratados y/o acuerdos comerciales.
PRESUPESTO DEL | PROCESO DE CONTRATACION CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL | ||||
ENTIDAD | PROCESO DE | EXCEPCION APLICABLE | |||
ACUERDO COMERCIAL | ESTATAL | CONTRATACION | AL PROCESO DE | ||
INCLUIDA | SUPERIOR AL VALOR DEL | CONTRATACION | |||
ACUERDO COMERCIAL | |||||
ALIANZA PACIFICO | CHILE | SI | SI | NO | SI |
PERU | SI | SI | NO | SI | |
MEXICO | SI | SI | NO | SI | |
CANADA | SI | SI | NO | SI | |
CHILE | SI | SI | NO | SI | |
COREA | SI | SI | NO | SI | |
XXXXX RICA | SI | SI | NO | SI | |
ESTADOS AELC | SI | NO | SI (18) | SI | |
ESTADOS UNIDOS | SI | SI | NO | SI | |
MEXICO | SI | SI | NO | SI | |
TRIANGULO NORTE | EL XXXXXXXX | SI | SI | NO | SI |
GUATEMALA | SI | SI | NO | SI | |
HONDURAS | NO | NO | NO | NO | |
UNION EUROPEA | SI | NO | SI (18) | SI | |
COMUNIDAD ANDINA | SI | SI | NO | SI |
Revisados los acuerdos marco de precios abiertos y/o adjudicados que actualmente tiene registrada la página de Colombia Compra Eficiente, se tiene que los servicios a adquirir acuerdo solicita el presente estudio, no se encuentra incluidos en los mismos:
Los siguientes son los Acuerdos Marco vigentes
Vehículos
Servicios Oracle
ArcGis
Grandes superficies
Dotaciones Escolares
Motocicletas, cuatrimotos y motocarros
Conectividad II
Nube privada II
Edición y distribución de material pedagógico
Servicios de distribución
Tratamiento de hemofilia
Aseo y cafetería II
Servicios de impresión
Dotaciones de vestuario II
Consumibles de impresión
Tratamiento enfermedad renal cronica
Tratamiento de VIH
Adquisición de computadores y periféricos
Vehículos blindados II
Elementos para emergencia
Google II
Adquisición de equipos biomédicos
Microsoft II
Servicios BPO
Video-vigilancia ciudadana
Servicio de almacenamiento
Servicios Xxxxxx
Refrigerios PAE Bogotá
Combustible Nacional
Nube publica II
Servicios financieros II
Adquisición de panela
Adquisición de medicamentos de control especial de monopolio del estado
Servicios financieros II
Adquisición de productos derivados del papel, cartón y corrugado
Tiquetes aéreos II
Elementos para emergencia
Intermediarios de seguro
Dotaciones escolares
Arriendo ETP
Centro de contacto
Centro de datos/nube privada
Conectividad
1.3 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR.
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Castellano deberán presentarse acompañados de una traducción oficial al CASTELLANO.
Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 74 y 251 del Código General del Proceso, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución No. 3269 del 20 xx xxxxx de 2016 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
Consularización:
De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, “los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes”.
Tratándose de sociedades, expresa además el citado artículo del Código de Comercio que “al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país”. Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.
Apostille.
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en el numeral anterior, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen.
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma castellano proveniente de países signatarios de la convención de La Haya, deberán ser presentados acompañados de una traducción a este idioma, la cual podrá ser oficial en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso o efectuada por traductor o intérprete no oficial, pero cumpliendo el trámite del Apostille.
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma castellano y que provengan de países NO signatarios de la Convención de La Haya deberán presentarse acompañado de una traducción oficial a este idioma, en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso.
Nota 1. Será de obligatorio cumplimiento para el proponente adjudicatario y previo al perfeccionamiento del contrato, la presentación del o de los documentos apostillados, si estos son documentos públicos otorgados en el extranjero, este tipo de legalización no es procedente para documentos privados (Circular No. 17 de Colombia Compra Eficiente del 11 de febrero de 2017.)
Nota 2. Para los documentos técnicos de información detallada: El proponente deberá entregar el portafolio de servicios de la Casa Fabricante y la ficha Técnica traducida al español, sin que este documento se requiera ser apostillado o consularizado.
1.4 CORRESPONDENCIA
De conformidad con lo establecido en la Ley 527 de 1999 y en concordancia con el Decreto 1082 de 2015, todos los documentos que hagan parte del presente proceso de selección serán publicados en el Portal Único de Contratación (SECOP II) xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX, seleccionando como entidad: ARMADA NACIONAL. Será responsabilidad de los participantes conocer los documentos a través de este mecanismo interactivo.
Todos los documentos que deban ser entregados por los interesados y proponentes en el presente proceso de selección deberán ser a través de la página web (xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX) dirigidos así:
SEÑORES:
ARMADA NACIONAL DE COLOMBIA – BASE NAVAL ARC “BOGOTÁ”
Referencia: Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía No. 0123-ARC-CBN6-2019
No serán admitidos las consultas telefónicas, ni personales, ni vía correo electrónico, ni tendrá fuerza vinculante para la Base Naval ARC Bogotá cualquier pronunciamiento verbal, en tanto la Base Naval ARC Bogotá responderá las comunicaciones recibidas a la página web (xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX).
Toda solicitud de aclaración debe presentarse en los términos señalados en el presente pliego de condiciones.
La Base Naval ARC “Bogotá” no atenderá consultas personales ni telefónicas.
1.5 VEEDURÍAS CIUDADANAS
En cumplimiento a lo establecido en el inciso 3 del artículo 66 de la Ley 80 de 1993, la Ley 850 de 2003 convocamos a las personas naturales y/o jurídicas, en forma individual y/o plural, nacional y/o foránea y en especial las Veedurías Ciudadanas para que en ejercicio control social al presente proceso de selección, en cualquiera de sus fases o etapas, formulen las recomendaciones que consideren procedente, intervengan en las audiencias y a que consulten los Documentos del Proceso, que permitan garantizar la eficiencia institucional y la probidad en la actuación de los funcionarios públicos que intervienen el presente proceso, coadyuvando en la selección objetiva del proponente que satisfaga de manera oportuna la necesidad institucional.
1.6 CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYMES
(Artículo 12 Ley 1150 de 2007, Artículo 2.2.1.2.4.2.3 Decreto 1082 de 2015): De conformidad con lo señalado en el Artículo 2.2.1.2.4.2.3 del Decreto 1082 de 2015, las Entidades Estatales pueden realizar convocatorias limitadas a Mipyme nacionales domiciliadas en los departamentos o municipios en donde se va a ejecutar el contrato. La Mipyme debe acreditar su domicilio con el registro mercantil o el certificado de existencia y representación legal de la empresa, la entidad estatal, debe limitar a la MIPYMES departamental con mínimo un (01) año de existencia antes de la convocatoria al proceso de contratación cuando se cumplan los siguientes requisitos: a. El valor del proceso de contratación es menor a US$ 125.000 liquidados con la tasa de cambio que para el efecto determina el Ministerio de Comercio Industria y Turismo, publicado en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. b. La entidad estatal ha recibido solicitudes de por lo menos tres (03) MIPYMES para limitar la convocatoria a MIPYMES
c. La entidad estatal debe recibir estas solicitudes por lo menos un día hábil antes de la apertura del proceso de contratación. Para determinar las micro, pequeñas y medianas empresas, la entidad seguirá los criterios establecidos en el Artículo 43 de la Ley 1450 de 2011, con el fin de poder acceder a los beneficios o condiciones preferenciales de cada una de ellas. De conformidad con lo establecido en el Artículo 2 de la Ley 905 de 2004, los parámetros para establecer las medianas, pequeñas y microempresas serán los siguientes: x. Xxxxxxx empresa: Planta de personal entre 51 y 200 trabajadores, o Activos totales por valor entre cinco mil uno (5.001) a treinta mil (30.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes. b. Pequeña empresa: Planta de personal entre 11 y 50 trabajadores, o Activos totales entre quinientos uno (501) y menos de cinco mil ($5.000) SMLMV. c. Microempresa: Planta de personal no superior a los 10 trabajadores, o Activos totales excluida la Para tales efectos, el proponente deberá anexar certificación expedida por el contador público o revisor fiscal si lo tiene, donde se manifiesta expresamente el número de trabajadores totales, el valor de los activos totales y el valor de las ventas brutas obtenidas en el año correspondiente a la presentación de estados financieros requeridos en el proceso.
2.1. OBJETO
2. CAPITULO II.
DEL PROCESO DE SELECCIÓN
CONTRATAR A TODO COSTO EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS EQUIPOS DE CÓMPUTO, EQUIPOS ACTIVOS, OFICINAS, CENTROS DE CABLEADOS, CABLEADO ESTRUCTURADO HORIZONTAL Y ELÉCTRICO REGULADO INCLUYENDO REPUESTOS EN UNAS UNIDADES DE LA ARMADA NACIONAL ACUERDO LAS
ESPECIFICACIONES TECNICAS DESCRITAS EN EL ANEXO “A”, acuerdo especificaciones técnicas del anexo “F” del presente documento.
2.2. APROPIACIÓN PRESUPUESTAL Y PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO
El presupuesto total asignado para este proceso de contratación es de DOSCIENTOS DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS M/CTE.
($ 202.930.693,00). Incluido IVA y demás derogaciones que correspondan, monto respaldado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 20519 del 02 xx xxxxx de 2019, con la siguiente imputación presupuestal:
No. CDP | RUBRO | Rec | C/S | CONCEPTO | AFECTADO EN |
20519 | 23 DIRECCION DE TELEMATICA A-02-02- 02-008- | 10 | CSF | SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCION | $ 196.830.693 |
28 JEFATURA DE MATERIAL A-02-02-02- 008- | SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCION | $ 1.100.000,00 |
58 COMANDO DE APOYO LOGISTICO DE I.M | SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCION | 5.000.000 |
2.3. POSIBLES COSTOS ASOCIADOS AL VALOR DE LA CONTRATACIÓN:
Todos los gastos que genere la ejecución del objeto del presente proceso tales como adquisición de insumos, elementos, materiales, accesorios, entregas, recursos físicos y humanos, así como los montos que genere su desplazamiento/transporte, manutención, pasajes, viáticos, prestaciones laborales, sociales y riesgos laborales, dotación de vestido de labor y de protección acuerdo normas vigentes, y en general los necesarios para dar garantizar la funcionalidad de los bienes o servicios, serán de resorte exclusivo y por ende correrá a cargo de quien resulte adjudicatario, sin que estos aspectos con posterioridad durante la ejecución y/o periodo de garantía, puedan ser esgrimidos por el mismo, como imprevistos y/o motivos generadores de solicitud de restablecimiento del equilibrio del contrato y/o reconocimiento del mismo, por lo que deben ser tenidos en cuenta (previstos) por el oferente desde el momento de confeccionar y presentar su ofrecimiento.
2.4. AVISO DE CONVOCATORIA.
En cumplimiento a lo establecido en el numeral 5.2.3.2.2 de la Resolución 6302 del 31 de julio de 2014, publicada en el Diario Oficial el 24 de septiembre de 2014, la BASE NAVAL ARC BOGOTÁ de la Armada Nacional, a más tardar con la publicación del proyecto xx xxxxxx de condiciones, publicará en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, de acuerdo con el artículo 2.2.1.1.2.1.2 del Decreto 1082 de 2015, el aviso de convocatoria, para participar en el proceso de contratación, señalando si de conformidad con el artículo 2.2.1.2.4.2.2 del Decreto 1082 de 2015, la convocatoria puede ser limitada a MIPYMES.
2.5. PROYECTO PLIEGOS DE CONDICIONES:
El proyecto xx xxxxxx de condiciones para este proceso de contratación, así como los estudios y documentos previos que sirvieron de base para su elaboración, se podrán consultar en la página xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX.
Las personas interesadas en consultar y realizar observaciones al proyecto de pliegos de condiciones lo podrán hacer en el link establecido en la plataforma del Secop II, NO SE ADMITIRÁN OBSERVACIONES EN EL LINK DE MENSAJES. La Entidad solamente recibirá y responderá las observaciones presentadas por los interesados u oferentes (según la etapa en la cual se presenten las mismas) que hubieren sido cargadas a través de la página web (xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX) en las condiciones y plazos establecidos para el presente proceso; en consecuencia, aquellas observaciones remitidas de manera extemporánea no serán tenidas en cuenta por el sistema SECOP II.
La publicación de los proyectos de pliegos de condiciones no genera obligación para la Entidad de dar apertura al proceso de selección (Art. 8 de la Ley 1150 de 2007).
Las observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones, deberán ser presentadas por parte de los interesados durante el término de publicación de los mismos de conformidad con el cronograma establecido en página web (xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX), pudiéndose incluir en los Pliegos Definitivos, si a juicio de la Entidad, fuesen relevantes. En todo caso, la aceptación o rechazo de las observaciones presentadas se contestarán por parte de la Entidad en forma motivada, agrupándose las de naturaleza común, si fuese el caso.
2.6. ACTO QUE ORDENA LA APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO.
Mediante Resolución que será publicada en la página xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX, se dispondrá la apertura del presente proceso de selección y la adopción xxx xxxxxx definitivo.
Cada proponente sufragará tanto los costos directos como indirectos relacionados con la preparación y presentación de su propuesta, por lo tanto, La Base Naval ARC “Bogotá”, no será responsable en ningún caso de dichos costos, cualquiera que sea el resultado del proceso de selección y contratación. Por la sola presentación de la propuesta se considera que el proponente ha realizado un examen cuidadoso y completo de todos los aspectos que inciden y determinan la presentación de la misma.
2.7. MANIFESTACIÓN DE INTERÉS DE PARTICIPAR.
Dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la publicación del Acto Administrativo de Apertura y el Pliego de Condiciones Definitivo, los interesados manifestarán su interés, a través del Portal Único de Contratación (SECOP II) (xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX), la cual activara la opción para que los posibles oferentes presenten sus manifestaciones.
NOTA 1: De conformidad con el Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, artículo 2.2.1.2.1.2.20, la manifestación de interés de participar se considera como requisito habilitante para la presentación de la respectiva oferta, de no hacerlo se tendrá como excluida. En caso de no presentarse ninguna manifestación de interés, el proceso se declarará desierto y podrá iniciarse un nuevo proceso de selección.
2.8 AUDIENCIA ASIGNACIÓN DE RIESGOS Y DE ACLARACIÓN DE PLIEGOS DEFINITIVOS
La Base Naval ARC “Bogotá”, llevará a cabo una Audiencia de Asignación de Riesgos (MATRIZ DE RIESGOS, acuerdo Anexo “A”) y aclaración de pliegos, de conformidad con lo establecido en la Resolución Ministerial 6302 del 00 xx xxxxx xx 0000, xx xxxxxxx con el cronograma del proceso, en las Instalaciones de la Base Naval ARC “Bogotá”.
El desarrollo de la presente audiencia, se realizará de manera exclusiva a solicitud de los interesados, para la cual se designara fecha y hora y se comunicara a través del Portal Único de Contratación (SECOP II) (xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX), para precisar el contenido y alcance de los pliegos de condiciones.
Los servidores públicos de la Base Naval ARC “Bogotá” en el día y hora señalada en el Cronograma, tendrán en cuenta para efectos de verificación de la hora, la indicada en la hora legal de la República de Colombia.
La Audiencia Pública se desarrollará con los siguientes parámetros: El Comandante de la Base Naval ARC “Bogotá” o su delegado, dará inicio a la Audiencia haciendo una lectura de los riesgos establecidos para el proceso y que fueron determinados de conformidad con lo establecido artículo 4º de la Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios en los que se establece la inclusión, estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la contratación, los cuales corresponden al análisis efectuado por los usuarios y deben ser tenidos en cuenta por los interesados al momento de elaborar su oferta. La metodología utilizada, obedece a lo contemplado en el Manual para la identificación de la cobertura del riesgo en los procesos de contratación, emitido por Colombia Compra eficiente y se rige por lo indicado en el ANEXO “A” “MATRIZ DE RIESGOS” del presente pliego de condiciones. Como consecuencia de las observaciones realizadas por los interesados, la Base Naval ARC “Bogotá” se pronunciará sobre la pertinencia o no de las mismas y establecerá la estimación, tipificación y asignación definitiva de los Riesgos involucrados en el Proceso de Contratación. En el evento en que no se realicen observaciones respecto a los riesgos señalados en el pliego de condiciones, se entenderá que el oferente los acepta por el solo hecho de la presentación de la oferta. Vencido el plazo para discutir y revisar los Riesgos identificados, si se presenta alguna observación adicional, la misma solo será estudiada y tenida en cuenta por parte de La Base Naval
ARC “Bogotá”, únicamente si diere lugar a modificar el Pliego de Condiciones, lo cual se surtirá mediante Adenda.
Si para la fecha existen solicitudes por escrito de aclaración las pondrá de presente, acto seguido serán aclaradas por los integrantes de los respectivos Comités. Si no se han presentado aclaraciones a la fecha o ya fueron resueltas las inquietudes se comunicarán en forma pública.
Para las intervenciones de los interesados, el Comandante de la Base Naval ARC “Bogotá” o su delegado fijará los términos para que se realicen las mismas (hasta 10 minutos para cada intervención) pudiendo la Administración dependiendo de la complejidad de la solicitud contestar inmediatamente a través de los miembros de los Comités o tomarse su tiempo para dar la respuesta correspondiente por escrito.
De todo lo anterior, se dejará constancia en acta que será publicada en el Portal de Contratación y estará a disposición en La Base Naval ARC “Bogotá”.
2.9 CONFORMACIÓN DE LISTA DE POSIBLES OFERENTES:
En caso que el número de posibles oferentes sea superior a diez (10), La Base Naval ARC “Bogotá, podrá hacer sorteo para seleccionar máximo diez (10) interesados con quienes continuará el Proceso de Contratación, en audiencia pública que se desarrollara acuerdo el procedimiento establecido en la Resolución 6302 de 2014, si se llevase a cabo la Audiencia de sorteo la Base Naval ARC “Bogotá” publicará en la página de xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX, dentro del proceso, un comunicado o adenda, informando el día y la hora en que se realizara, en caso de no publicarse, se entiende que no se realizará.
Procedimiento del Sorteo: A cada posible oferente se le asignará un número de acuerdo con el orden de radicado de la manifestación de interés en participar, aspecto que será consignado en el acta respectiva. Trascurridos diez (10) minutos de la hora indicada para la realización de la audiencia, los funcionarios de BASE NAVAL ARC BOGOTÁ introducirán en una bolsa los números asignados y, por medio del sistema de sorteo, los diez (10) primeros números que salgan serán los oferentes que podrán presentar ofertas en el proceso de selección. De todo lo anterior, se deberá dejar constancia en el acta, la cual se suscribirá por todos los que intervengan.
NOTA 1: Los Representantes Legales de las Personas Jurídicas, Empresas Unipersonales, Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura o cualquier otra forma legal de asociación, como también, las Personas Naturales, con el fin de verificar el procedimiento a seguir podrán (no reviste carácter obligatorio) asistir personalmente a la audiencia de sorteo o delegar por escrito su participación en la persona que para tal efecto se establezca en el citado documento.
NOTA 2: Resulta de exclusiva responsabilidad de los posibles Oferentes que a bien tengan concurrir, precaver su asistencia con la debida antelación para asistir oportunamente a la AUDIENCIA de sorteo de consolidación de Oferentes, en razón a que La Base Naval ARC “Bogotá”, es un Ente público de carácter militar, la cual establece procedimientos complejos para la entrada y salida de personas a sus instalaciones por razones de seguridad y una vez inicie la audiencia no se permitirá inscripción en la planilla de los asistentes que lleguen extemporáneamente, esto sin perjuicio que TODAS las manifestaciones de interés en participar, serán tenidas en cuenta en el sorteo de conformación. No se permite el ingreso de vehículos.
2.10 MODIFICACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES.
Como resultado de lo debatido en la Audiencia y las observaciones presentadas por los oferentes en el término establecido en el cronograma publicado a través de la página Web xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX, se harán las
modificaciones que se consideren pertinentes a los pliegos de condiciones, y prorrogará, si fuere necesario.
Las aclaraciones se harán mediante comunicaciones y las modificaciones mediante ADENDAS, numeradas y calendadas secuencialmente, los cuales formarán parte integral de los pliegos de condiciones y serán aplicadas a través de la página Web xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX de conformidad con la potestad, oportunidad y plazos dispuestos en el Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.1. “Modificación de los pliegos de condiciones”.
Vencido el plazo para presentar observaciones, si se presenta alguna adicional, la misma solo será estudiada y tenida en cuenta por parte de la Base, únicamente si diere lugar a modificar el Pliego de Condiciones, lo cual se surtirá mediante ADENDA.
La Base Naval ARC “Bogotá”, establecerá como plazo máximo para la publicación de Adendas al presente proceso, el término de UN (1) día anterior en que se tiene previsto el cierre del proceso de selección, razón por la cual solamente se contestaran las observaciones allegadas dentro del lapso que establezca el cronograma contenido en la página Web xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX. Las observaciones que sean recibidas con posterioridad a la fecha establecida en el cronograma serán consideradas extemporáneas. La publicación de estas adendas sólo se podrá realizar en días hábiles entre las 07:00 a.m. y 07:00 p.m.
2.11 PRESENTACIÓN Y ENTREGA DE LA PROPUESTA
El proponente debe subir su propuesta suscrita por el representante legal o apoderado a través de la página web (xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX), en donde se deberá incluir TODOS los documentos requeridos en el pliego de condiciones. La omisión de aquellos documentos necesarios para la comparación de las propuestas impedirá tenerlos en cuenta para su evaluación y posterior adjudicación
La correspondencia relacionada con el presente proceso de selección que sea recibida o radicada en alguna dependencia de la Armada Nacional o enviada a través de correo electrónico, no será tenida en cuenta.
Se entiende para todos los efectos del presente proceso, que la única correspondencia oficial del proceso será la emitida por LA ARMADA NACIONAL – BASE NAVAL ARC BOGOTÁ en cabeza de su Comandante, documentos que de igual forma estarán a disposición de los oferentes, a través de la página web (xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX).
La entidad no atenderá ni absolverá consultas personales ni telefónicas ni vía correo electrónico ni tendrá fuerza vinculante para la Armada Nacional ni para cualquier otra autoridad administrativa o judicial cualquier pronunciamiento verbal. Toda solicitud de aclaración u observación debe presentarse a través de la plataforma SECOP II y en los términos señalados en el presente pliego de condiciones.
La Entidad solamente recibirá y responderá las observaciones presentadas por los interesados u oferentes (según la etapa en la cual se presenten las mismas) que hubieren sido cargadas a través de la página web (xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX) en las condiciones y plazos establecidos para el presente proceso; en consecuencia, aquellas observaciones remitidas de manera extemporánea no serán tenidas en cuenta en el desarrollo del proceso contractual.
INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. A pesar que la naturaleza de la información solicitada para la presentación de las propuestas no tiene la vocación de constituir información que pueda ampararse
en la reserva o el secreto protegido por la ley, los proponentes podrán indicar la confidencialidad de la documentación que aportan a través de la plataforma SECOP II, en el caso en que las propuestas contuvieren información confidencial, privada o que configure secreto industrial, de acuerdo con la ley colombiana y expresando las normas legales que lo fundamentan.
PROPUESTAS ALTERNATIVAS: No se aceptarán propuestas alternativas entendidas como aquellas que, entre otros, propongan alternativas, especificaciones diferentes a las requeridas en el objeto del presente proceso o una forma de pago o plazo diferente al señalado en el presente pliego de condiciones.
2.12 CIERRE DEL PROCESO DE SELECCIÓN – APERTURA DE PROPUESTAS
El proceso de selección se cerrará el día y la hora señalados en el cronograma indicado en la página web xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX.
A partir de la fecha y hora del cierre los proponentes no podrán adicionar o corregir sus propuestas.
2.13 PERIODO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS:
Las ofertas serán evaluadas en el término establecido en el cronograma indicado en la página
xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX.
De conformidad con lo establecido en la Ley 1882 del 15 enero de 2018, articulo 5 modificatorio del parágrafo 1 del artículo 5 de la Ley 1150/2007, La ausencia de requisitos o falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de sustento suficiente para el rechazo de los ofrecimientos. Todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje, deberán ser solicitados por la Entidad y deberán ser entregados por el oferente hasta el término del traslado del informe de evaluación, en consecuencia, de lo anterior serán rechazadas todas las ofertas de aquellos proponentes que no suministren la información o documentación solicitada por la Entidad en el plazo del término del traslado del informe de evaluación.
Durante el término otorgado para subsanar las ofertas, es decir en el traslado de las evaluaciones los proponentes no podrán acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso. En ejercicio de esa facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.
La Base Naval ARC “Bogotá” a través de los Comités Evaluadores designados para tal fin, estudiará las propuestas con arreglo a los principios de prevalencia del interés general, legalidad, planeación, igualdad, transparencia, economía, responsabilidad, selección objetiva, celeridad, moralidad, eficiencia, imparcialidad, publicidad y contradicción.
Cuando a juicio de la Base Naval ARC “Bogotá” el plazo establecido originalmente en el cronograma del proceso para la verificación y evaluación de las propuestas no garantice el deber de selección objetiva, éste podrá determinar un nuevo plazo, aspecto que será informado mediante ADENDA que será publicada en la página (xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX).
La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las propuestas, no podrán ser reveladas a los proponentes ni a terceros hasta que la Base Naval ARC “Bogotá” comunique a los primeros que los informes de evaluación se encuentran disponibles para que presenten las observaciones correspondientes. Todo intento de un proponente de enterarse indebidamente de las evaluaciones o de ejercer alguna influencia en el proceso de evaluación de las propuestas o en la decisión sobre la adjudicación por parte de la entidad contratante, dará lugar al rechazo de la propuesta de ese proponente.
2.14 DOCUMENTOS SUBSANABLES:
De conformidad con lo establecido en la Ley 1882 del 15 enero de 2018, articulo 5 modificatorio del parágrafo 1 del artículo 5 de la Ley 1150/2007, La ausencia de requisitos o falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de sustento suficiente para el rechazo de los ofrecimientos. Todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje, deberán ser solicitados por la Entidad y deberán ser entregados por el oferente hasta el término del traslado del informe de evaluación, en consecuencia de lo anterior serán rechazadas todas las ofertas de aquellos proponentes que no suministren la información o documentación solicitada por la Entidad en el plazo del término del traslado del informe de evaluación.
Durante el término otorgado para subsanar las ofertas, es decir en el traslado de las evaluaciones los proponentes no podrán acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso. En ejercicio de esa facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.
No son objeto de subsanabilidad los ofrecimientos económicos y técnicos ponderables, así como las manifestaciones o documentos objeto que otorguen puntuación, en igual sentido no lo serán aquellos documentos o certificados que busquen el reconocimiento de porcentajes establecidos en la Ley 816/2003.
2.15 PUBLICACIÓN INFORME DE EVALUACIÓN Y TRASLADO DE OBSERVACIONES
Una vez se produzca informe de resultado de evaluación de las propuestas, se publicarán en las fechas establecidas en la página (xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX), para que presenten dentro de dicho término las observaciones que consideren pertinentes. Los informes de evaluación de las propuestas permanecerán publicados por un término de TRES (3) días hábiles, para que los oferentes presenten las observaciones que estimen pertinentes. En ejercicio de dicha facultad, los proponentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas de conformidad con los señalado en el numeral 8 del Artículo 30 de la Ley 80 de 1993.
Las observaciones radicadas en otras dependencias diferentes a la Oficina de correspondencia de la Base Naval ARC “BOGOTÁ” y que no se presenten dentro del término previsto, se tendrán por no presentadas.
La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las propuestas, no podrán ser reveladas a los proponentes ni a terceros hasta que la Base Naval ARC “Bogotá” comunique a los primeros que los informes de evaluación se encuentran disponibles para que presenten las observaciones correspondientes.
2.16 ADJUDICACIÓN DEL PROCESO Y/O DECLARATORIA DE DESIERTO:
El presente proceso será adjudicado al proponente que cumpliendo con lo establecido en el presente pliego de condiciones y cuya oferta sea hábil jurídica, técnica, económica y financieramente, obtenga el primer puesto en el orden de elegibilidad, sumados los puntajes técnicos y económicos y sea la más favorable para Base Naval ARC “BOGOTÁ” de la Armada Nacional, siempre que resulte coherente con la consulta de precios o condiciones xxx xxxxxxx, en este aparte dando especial aplicación a lo dispuesto en tratándose de los precios artificialmente bajos listado en el artículo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto 1082 de 2015.
El Acto Administrativo de Adjudicación es irrevocable y obliga tanto a la Base Naval ARC “BOGOTÁ” de la Armada Nacional y al adjudicatario. Sin embargo, entre los lapsos comprendidos entre la adjudicación del proceso y la suscripción del contrato, si se demuestra que se adjudicó por medios
ilegales o sobrevino alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad y en general circunstancias listadas de manera expresa en el artículo 9 de la Ley 1150 de 2007, la Resolución de Adjudicación podrá ser revocada. Caso en el cual, se podrá adjudicar el contrato al proponente calificado en segundo lugar de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Ley 80 de 1993 y en la norma citada.
Cuando no se presente oferta alguna o ninguna cumpla con lo establecido en el pliego de condiciones, el proceso será declarado desierto mediante acto administrativo.
2.17 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario suscribirá el contrato dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la Resolución mediante la cual se le adjudica el contrato objeto del presente proceso de selección.
En la plataforma del SECOP II
(xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX), se procederá a realizar la publicación de la Resolución de Adjudicación y del contrato digital por parte del delegatario de la Entidad y el adjudicatario, garantizándose con ella la publicidad requerida.
Suscrito el contrato, dispondrá de dos (02) días hábiles, acuerdo cronograma de la plataforma SECOP II, para cumplir con los requisitos de legalización y ejecución establecidos en el contrato suscrito, documentos que deberán ser cargados en la respectiva plataforma.
2.18 RENUENCIA DEL ADJUDICATARIO A SUSCRIBIR EL CONTRATO
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo señalado quedará a favor de La Base Naval ARC “Bogotá” , en calidad de indemnización de perjuicios, el valor de la garantía de seriedad de la oferta, sin perjuicio de las acciones legales conducentes para el reconocimiento de perjuicios adicionales causados y no cubiertos por la garantía, si a ello hubiere lugar, en los términos del artículo 30 numeral 12 de la Ley 80 de 1993 y Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015.
Si el oferente que resulte adjudicatario no firma el contrato dentro del término indicado con antelación, la Entidad mediante acto administrativo motivado podrá adjudicar el contrato, dentro de los quince
(15) días hábiles siguientes al proponente calificado en segundo lugar, siempre que su propuesta resulte igualmente favorable.
3. CAPITULO III
REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y DOCUMENTOS DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA:
Las propuestas deben referirse y sujetarse a todos y cada uno de los puntos contenidos en los presentes pliegos de condiciones y sus anexos. Para este efecto, al elaborar y presentar la propuesta deberá tenerse en consideración todas las condiciones sobre capacidad jurídica, condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes.
El proponente con la formulación de sus propuesta declara: Que estudió completamente las especificaciones, anexos, condicione, formularios y demás documentos de la presente SELECCIÓN ABREVIADA, que recibió las aclaraciones necesarias por parte de la Base Naval ARC “Bogotá” sobre inquietudes o dudas previamente consultadas y que ha aceptado que este pliego de condiciones es completo, compatible y adecuado para identificar el objeto a contratar, que está entregado a satisfacción en cuanto el alcance y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para fijar los precios y demás aspectos de su propuesta, necesarios para las debida ejecución del objeto contratado.
Todas las deducciones, errores y omisiones que con base en sus propias interpretaciones, conclusiones y análisis obtenga el PROPONENTE respecto de los términos de la contratación serán de su exclusiva responsabilidad, por lo tanto, la Base Naval ARC “Bogotá” no asume responsabilidad alguna por dichas interpretaciones y actuaciones.
Los factores de escogencia objetiva que se establecen para comparar las propuestas obedecen estrictamente a criterios jurídicos, técnicos y económicos – financieros, de conformidad con lo establecido por el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.2. “Ofrecimiento más favorable”.
Por lo anterior, siempre que los oferentes hayan cumplido con los requisitos de verificación jurídicos, técnicos y financieros “necesarios para la comparación de las propuestas” y sean habilitados, se dará aplicación de los criterios de evaluación que se establezcan en el presente pliego de condiciones.
FACTORES DE VERIFICACIÓN HABILITANTES | ||
VERIFICACIÓN JURÍDICA | HABILITA | |
VERIFICACIÓN TECNICA | HABILITA | |
VERIFICACIÓN FINANCIERA | HABILITA | |
FACTORES DE PONDERACIÓN | ||
PONDERACION ECONÓMICA | MENOR PRECIO | 40 |
PONDERACION TÉCNICA | 60 | |
PUNTAJE TOTAL MAXIMO: | 100 | |
ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS | PUNTAJE ACUERDO PORCENTAJE ESTABLECIDO, LEY 816/03 SOBRE EL PUNTAJE FINAL |
3.1 DOCUMENTOS JURÍDICOS
La capacidad jurídica se acreditará con el cumplimiento de los requisitos señalados a continuación:
3.1.1. Xxxxx manifestado el Oferente su interés de participar; en el presente proceso dentro del Término y oportunidad previstos en el cronograma del proceso. De conformidad con lo estipulado en el presente pliego a través del Portal Único de Contratación (SECOP II) xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX.
3.1.2. Carta de Presentación de la Propuesta; firmada por el Proponente, Representante Legal para Personas Jurídicas, o por la persona designada para representar el Consorcio o Unión Temporal, o Apoderado debidamente constituido para el efecto. Se anexa modelo de Carta de Presentación de la Propuesta, la cual deberá diligenciar acuerdo Anexo “B” previsto en el presente pliego de condiciones.
3.1.3. Poder; cuando el proponente actúe a través de un representante o apoderado deberá allegar PODER ESPECIAL mediante el cual confiere expresas facultades a su representante o apoderado para presentar la PROPUESTA, notificarse de las actuaciones derivadas del presente proceso, presentar observaciones y firmar el respectivo contrato en caso de resultar adjudicatario.
En virtud de los artículos 5 y 25 del Decreto Ley 019 de 2012 corregido por el artículo 1 del Decreto 53 de 2012, las firmas del poderdante y del apoderado o representante, deberán estar autenticadas ante notario público o con notas de presentación personal de cualquier oficina judicial de apoyo.
Apoderado para Oferentes Extranjeros: Los oferentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas, previo cumplimiento de los requisitos generales aplicables a los oferentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:
a) Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberá acreditar la constitución de un apoderado (Poder Especial), domiciliado y residente en Colombia, debidamente facultado para presentar la manifestación de interés, la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla administrativa, judicial o extrajudicialmente.
b) Deberá adjuntar el Certificado de Existencia y Representación Legal o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmente. Si el mismo se encuentra en idioma distinto al castellano oficial de la República de Colombia, deberá adjuntar el texto en el idioma original acompañado de la traducción respectiva, para firmar el contrato, el Proponente que resulte adjudicatario debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados por escrito en idioma extranjero, la cual deberá ser oficial en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso, cumpliendo el trámite de Apostilla o Consularización.
Los poderes podrán extenderse en el exterior, ante cónsul colombiano o el funcionario que la ley local autorice para ello; en ese último caso, su autenticación se hará en la forma establecida en el presente pliego de condiciones.
Cuando quien otorga el poder fuere una sociedad, si el cónsul que lo autentica o ante quien se otorga hace constar que tuvo a la vista las pruebas de la existencia de aquella y que quien lo confiere es su representante, se tendrán por establecidas estas circunstancias. De la misma manera se procederá cuando quien confiera el poder sea apoderado de una persona.
NOTA: En el evento de resultar favorecido con la adjudicación un proponente extranjero sin domicilio ni sucursal en Colombia, para efectos de poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia.
3.1.4. Acta de Constitución Consorcial; de Unión Temporal o promesa de sociedad futura: La Base Naval ARC “Bogotá” aceptará que la oferta sea presentada por dos o más personas naturales y/o jurídicas, que acrediten tener las calidades enunciadas en los numerales anteriores y que en forma conjunta informen si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura o cualquier otra forma legal de asociación.
Cuando la propuesta la presente un Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura o cualquier otra forma legal de asociación, cada uno de los integrantes deberá presentar, según el caso, los documentos jurídicos que correspondan a su naturaleza, persona natural o jurídica. El acta de constitución deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Acreditar la existencia del Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura o cualquier otra forma legal de asociación y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, lo cual deberá declararse de manera expresa en el acuerdo de asociación correspondiente, señalando las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, los términos, actividades, condiciones y participación porcentual de los miembros de la Unión Temporal en la propuesta y en la ejecución de las obligaciones atribuidas al contratista por el contrato ofrecido.
- Acreditar un término mínimo de duración del Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura o cualquier otra forma legal de asociación, de UN (01) AÑO contado a partir del vencimiento xxxxxx xx xxxxxx de que tratan las garantías de la presente contratación, en todo caso, mínimo UN (01) AÑO posterior al término establecido para la liquidación del contrato (lo último que ocurra).
- Acreditar la existencia, representación legal y capacidad legal y jurídica de las personas jurídicas consorciadas, asociadas en Unión Temporal o promesa de sociedad futura y la capacidad de sus representantes para constitución, así como de la propuesta para la presentación, celebración y ejecución del contrato.
- Acreditar que cada una de las personas jurídicas integrantes del Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura o cualquier otra forma legal de asociación, tiene un término mínimo de duración o vigencia de UN (01) AÑO contado a partir del vencimiento xxxxxx xx xxxxxx de que
tratan las garantías de la presente contratación, en todo caso, mínimo UN (01) AÑO posterior al término establecido para la liquidación del contrato (lo último que ocurra).
- La designación de un representante que deberá estar facultado para actual en nombre y representación del Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura o cualquier otra forma legal de asociación. Igualmente deberá designar un suplente que lo reemplace en los casos de ausencia temporal o definitiva, indicando expresamente las facultades otorgadas para el efecto.
La designación del miembro o representante a través del cual se constituirá cuenta bancaria en los términos expresos por el Código de Comercio y la Superintendencia Financiera en el caso que resulte adjudicatario conforme lo indican las Circulares Básica Jurídica 007 de 1996 y Externa 029 de 2014 numeral 4.2.2.2.1., numeral 4.2., Capítulo IV, Título IV de la Parte 1ª, si como el Memorando No. 2014031879-005 del 00 xx xxxxx xx 0000) xx xx Xxxxxxxxxxxxxxxx Financiera.
Los requisitos relacionados con la existencia, representación legal y duración de los Consorcios o Uniones Temporales deberán acreditarse mediante la presentación del documento consorcial o de constitución de la Unión temporal en el que se consignen los acuerdos y la información requerida.
NOTA 1. Una vez sea notificado de la Resolución de Adjudicación, el consorcio o unión temporal favorecida deberá constituir el NIT y la cuenta bancaria (para lo cual, y en caso de resultar adjudicatarios, deberán abrir una cuenta corriente con pluralidad de personas en los términos del artículo 1384 del Código de Comercio o también podrán designar a uno de los integrantes como titular para su manejo, en cuyo caso efecto, deberán observarse las condiciones establecidas para la vinculación de clientes de que trata la Circular Básica Jurídica (Circulares Básica Jurídica 007 de 1996 y Externa 029 de 2014 numeral 4.2.2.2.1., numeral 4.2., Capítulo IV, Título IV de la Parte 1ª, si como el Memorando No. 2014031879-005 del 00 xx xxxxx xx 0000) xx xx Xxxxxxxxxxxxxxxx Financiera). (Conceptos (SFC) 2014017314- 001 del 4 xx xxxxx de 2014 y 2015011812-002 del 25 xx xxxxx de 2015), documentos que deben ser allegados a la Base Naval ARC “Bogotá”.
NOTA 2: Los Anexos que tratan del acto de constitución de consorcio o unión temporal, constituirán los lineamientos o las directrices mínimas que los proponentes deberán tener en cuenta para suscribir el acta de constitución de Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura o cualquier otra forma legal de asociación, pudiendo incluir aspectos que no estén contenidos dentro de este y que según su criterio sean conducentes y pertinentes para determinar el alance de la asociaciones en cuestión. Es preciso señalar que no se requiere que el acta sea suscrita en forma exacta al contenido del formulario.
Cuando se trate de promesa de sociedad futura, el oferente debe presentar el original de la promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio
a. La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los CUATRO (4) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación.
b. Que la futura sociedad será constituida con el único objeto de celebrar, ejecutar y liquidar el contrato derivado del presente proceso.
c. Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
d. Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir.
e. La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderá solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad (i) por los perjuicios sufridos por la Entidad Contratante derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y (ii) por las obligaciones que se deriven de la propuesta y de la ejecución del contrato.
f. La inclusión de una cláusula en el contrato de sociedad, según la cual aquellos accionistas que (i) hayan aportado su capacidad financiera y de organización para acreditar el cumplimiento del respectivo requisito habilitante o (ii) hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de las condiciones de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de Entidad, en los términos del contrato que se llegare a suscribir.
g. Una duración de la sociedad contada a partir de su constitución, de UN (01) AÑO contado a partir del vencimiento xxxxxx xx xxxxxx de que tratan las garantías de la presente contratación, en todo caso, mínimo UN (01) AÑO posterior al término establecido para la liquidación del contrato (lo último que ocurra).
h. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación.
i. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo.
Nota 3: Para efectos de la verificación jurídica de Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura o cualquier otra forma legal de asociación, deberán allegarse los documentos jurídicos que a continuación se enuncian por cada uno de los integrantes: documento de identidad, situación militar definida, certificado de existencia y representación legal o matrícula mercantil, certificado de aportes parafiscales, certificado de cumplimiento de obligaciones SSSI (Salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación), compromiso anticorrupción, declaración de multas y sanciones.
3.1.5. Certificado de Existencia y Representación Legal para las Personas Jurídicas y Certificado de Matrícula para Personas Naturales vigente; expedido en un lapso no mayor a treinta
(30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de propuesta y en donde conste el objeto social, el cual debe tener relación directa con el objeto del presente proceso.
Igualmente debe acreditar que la duración de la sociedad no es inferior a UN (01) AÑO contado a partir del vencimiento xxxxxx xx xxxxxx de que tratan las garantías de la presente contratación, en todo caso, mínimo UN (01) AÑO posterior al término establecido para la liquidación del contrato (lo último que ocurra) o Matrícula Mercantil para el caso de las personas naturales, con fecha de expedición igual a la arriba señalada.
Cuando se trate de Persona Jurídicas Extranjeras que no tengan sucursal en Colombia (De acuerdo a la Ley 1564 de julio 12 de 2012, por medio de la cual se expide el Código General del Proceso, articulo 58, Titulo VIII artículos 471 a 489, en especial el artículo 474 numeral 2 del Código de Comercio y normatividad tributaria en Colombia), deberán comprobar su Existencia y Representación Legal de conformidad con las normas de su país de origen y articulo 58 de la Ley 1564 de julio 12 de 2012.
Si el Representante Legal de la Persona Jurídica tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntarse en la oferta el documento de autorización expresa del órgano competente a su Representante Legal, presentación de la propuesta, la suscripción y la ejecución hasta la liquidación del contrato. Los Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura o cualquier otra forma legal de asociación deberán acreditar Acta de Autorización de cada una de las Compañías que componen el Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura o cualquier otra forma legal de asociación, para presentación de la propuesta, la suscripción y la ejecución hasta la liquidación del contrato.
3.1.5.1. Personas Naturales y/o Jurídicas Nacionales de Naturaleza Privada. Se consideran personas jurídicas nacionales de naturaleza privada, aquellas entidades constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de propuestas, conforme la legislación colombiana y con domicilio en el País, con aportes de origen privado que deberán cumplir al momento de presentación de la propuesta con los siguientes requisitos:
Las personas jurídicas, deberán acreditar su existencia y representación legal mediante la presentación del original del Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio del domicilio principal y las personas naturales deberán presentar el Certificado de Matrícula Mercantil expedido por la respectiva Cámara de Comercio, siempre y cuando estén obligadas por ley, y en ambos casos, con fecha de expedición igual o inferior a 30 días calendario anteriores a la fecha de presentación de la propuesta y renovado.
- Acreditar un término de constitución mínimo de UN (01) AÑO anterior a la fecha de cierre del presente proceso.
- Acreditar la suficiencia de la capacidad del representante legal para la presentación de la propuesta, la suscripción del contrato y su ejecución hasta la liquidación. Cuando el representante legal tenga limitaciones estatutarias, se deberá presentar adicionalmente copia del acta en la que conste la decisión del órgano social correspondiente que autorice al representante legal para la presentación de la propuesta, la suscripción, la liquidación del contrato y para actuar en los demás actos requeridos para la contratación en el caso de resultar adjudicatario.
- Acreditar que el objeto social de la persona natural o jurídica se encuentra es lícito y se encuentra relacionado con el objeto del contrato, de manera que les permita su celebración y ejecución, teniendo en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.
3.1.5.2. Personas Jurídicas Nacionales de Naturaleza Pública. Se considerarán personas jurídicas nacionales de naturaleza Pública, aquellas entidades conformadas bajo las leyes de la República de Colombia, que por virtud de la ley o del acto que autorice su constitución, y según la participación estatal que se registre en ellas, deban someterse al régimen de derecho público, trátese de entidades territoriales o descentralizadas funcionalmente de cualquier orden, las que deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Acreditar su existencia y representación legal. Para el efecto, deberán citarse los documentos y actos administrativos que conforme con la Ley sean expedidos en cada caso por la autoridad competente, con las formalidades y requisitos exigidos para su eficacia y oponibilidad ante terceros. En todo caso, deberá citarse el documento mediante el cual se dio la autorización para la suscripción del contrato y su ejecución hasta la liquidación, impartida por el órgano competente, sin perjuicio de lo cual, será responsabilidad de la persona jurídica correspondiente, asegurarse de haber cumplido con todos los requisitos presupuestales y administrativos necesarios para obligarse y para poder ejecutar adecuada y oportunamente las obligaciones que contrae mediante la presentación de la propuesta.
- Acreditar que el ente público contratante tiene capacidad legal para la celebración y ejecución del contrato.
- Acreditar la suficiencia de la capacidad del representante legal para la presentación de la propuesta, la suscripción y la ejecución hasta la liquidación del contrato, teniendo en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.
- Acreditar que el objeto de la entidad ejecutora tenga estricta relación con el objeto y las obligaciones del contrato a suscribir.
NOTA: Para efectos de verificación de la capacidad jurídica, en el evento en que el proponente tenga una naturaleza jurídica especial (fundación, sociedad sin ánimo de lucro, corporación, etc.), deberán adjuntarse los documentos que acrediten tal calidad de conformidad con las leyes especiales que las rige.
3.1.5.3. Personas Jurídicas Públicas o Privadas de Origen Extranjero: Para los efectos previstos en este numeral se consideran personas jurídicas públicas o privadas de origen extranjero las sociedades que no hayan sido constituidas de acuerdo con la legislación nacional, sea que tengan o no domicilio en Colombia a través de sucursales. Las propuestas de personas jurídicas de origen extranjero se someterán en todo caso a la legislación colombiana, sin perjuicio de lo cual, para su participación deberán cumplir con las siguientes condiciones, las cuales han sido extraídas de las exigencias establecidas en la Ley 1150 de 2007.
- Documento que acredite la existencia y representación legal de la sociedad extranjera en el país de origen, el cual deberá contener como mínimo lo siguiente:
- Las personas jurídicas extranjeras deben acreditar su existencia y representación legal con el documento idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio no anterior a tres (3) meses desde la fecha de presentación de la Oferta, en el cual conste nombre o razón social completa del proponente, tipo, número y fecha del documento de constitución o creación, fecha y clase de documento por el cual se reconoce la personería jurídica y duración de la entidad, su existencia, fecha de constitución, objeto, duración, nombre representante legal, o nombre de la persona que tenga la capacidad de comprometerla jurídicamente, y sus facultades, señalando expresamente que el representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano directo que lo faculta.
- Cuando el documento aportado que acredite la existencia y representación legal de la persona jurídica extranjera no cuente con toda la información requerida, podrán adjuntar una certificación del representante legal de la sociedad extranjera, la cual se entiende formulada bajo la gravedad de juramento. Para la representación legal de la persona jurídica extranjera en Colombia, está podrá designar a su sucursal u otorgar poder a un apersona natural o jurídica domiciliada en Colombia (acuerdo disposiciones de la Ley 1564 de julio 12 de 2012, por medio de la cual se expide el Código General del Proceso, articulo 58, Titulo VIII artículos 471 a 489, en especial el 474 numeral 2 del Código de Comercio y normatividad tributaria en Colombia), caso en el cual deberá estar facultado para representar legalmente a la persona jurídica extranjera. Adicional a lo anterior, la sociedad extrajera deberá certificar:
o Acreditar un término de constitución mínimo de un (01) año anterior a la fecha de cierre del presente proceso.
o Acreditar un término mínimo remanente de duración de la sociedad, UN (01) AÑO contado a partir del vencimiento xxxxxx xx xxxxxx de que tratan las garantías de la presente contratación, en todo caso, mínimo UN (01) AÑO posterior al término establecido para la liquidación del contrato (lo último que ocurra).
o Acreditar la suficiencia de la capacidad del representante legal para la suscripción del contrato ofrecido y su ejecución hasta la liquidación. Cuando el representante legal tenga limitaciones estatutarias, se deberá presentar adicionalmente copia del acta en la que conste la decisión del órgano social correspondiente que autorice al representante legal para la presentación de la propuesta, la suscripción del contrato y su ejecución hasta la liquidación, así como para actuar en los demás actos requeridos para la contratación en el caso de resultar adjudicatario.
o Acreditar que su objeto social es lícito y se encuentra directamente relacionado con el objeto del contrato, de manera que le permita a la persona jurídica la celebración y ejecución del contrato ofrecido, teniendo en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.
3.1.6. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El oferente presentará una garantía por medio de la cual avale el cumplimiento de las obligaciones surgidas a favor de del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL-ARMADA NACIONAL- BASE NAVAL No. 6, NIT 800.141.644-1, con ocasión de la
presentación de su oferta otorgada únicamente como mecanismo de cobertura de riesgos, a través de pólizas expedidas por compañías de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia; en garantías bancarias; o en cualquier otro mecanismo de cobertura del riesgo, autorizados por el reglamento de seguros a nivel nacional, emanadas por personas jurídicas financieras, fiduciarias o compañías de seguros legalmente establecidas para funcionar como tal en el país, acorde lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional, Subsección 3 “, su vigencia, la cual se extiende desde la presentación de la oferta hasta por 90 días calendario contados a partir de la presentación de la propuesta y en todo caso hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato y su valor debe corresponder por los menos el diez por ciento (10%) del valor de la oferta.
Valor Asegurado: Equivalente al diez por ciento (10%) del valor de la oferta.
Tomador / Afianzado: La garantía deberá ser tomada por la persona natural o jurídica que se presenta al proceso. Cuando la propuesta la presente un Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura o cualquier otra forma legal de asociación, la Garantía deberá ser otorgada por todos sus integrantes acuerdo dispone el Decreto 1082 de 2015, indicando en el cuerpo de la misma las personas naturales y/o jurídicas que la componen en la Unión Temporal y su porcentaje de participación.
Al oferente se le hará efectiva la Garantía de Seriedad de la propuesta en los eventos señalados en el citado Decreto 1082/15.
El pago de la garantía, cuando esta exigible, tiene el carácter de sanción moratoria por incumplimiento del ofrecimiento presentado por el adjudicatario, y se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste a La Base Naval ARC “Bogotá”, de exigir por los medios reconocidos en Colombia la indemnización de los demás perjuicios que con dicho incumplimiento se hayan causado o se lleguen a causar. Lo anterior de conformidad con el artículo 1600 del Código Civil, bajo el entendido que la sanción se establece en calidad de apremio al oferente incumplido, independiente del cumplimiento de la obligación de suscribir el contrato y de la indemnización compensatoria de aquella. Por lo anterior, sin menoscabo de las acciones conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados, en estos eventos, La Base Naval ARC “Bogotá”, podrá adjudicar el contrato al oferente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad, para lo cual expedirá una resolución motivada.
La garantía de seriedad de la propuesta presentada por el proponente al cual se le haya adjudicado el contrato, le será devuelta cuando éste haya cumplido a cabalidad con los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato, siempre y cuando ya se encuentre aprobada por la Base Naval ARC “Bogotá”, la Garantía Única de Cumplimiento y de Responsabilidad Civil Extracontractual según aplique. A los demás oferentes, no se les devolverá la garantía de seriedad de la propuesta, sino hasta tanto haya sido aprobada la Garantía Única de cumplimiento del contrato.
NOTAS:
1. El valor de la presente garantía será exigible con la ejecutoria del Acto Administrativo expedido por la Base Naval ARC “Bogotá”, en el que se declare el incumplimiento del Proponente respecto de su oferta y se pagará el valor total al mismo beneficiario en los términos previstos por la Ley.
2. El documento contentivo del mecanismo de cobertura del riesgo, deberá adjuntarse en ORIGINAL, o en documento que legalmente haga sus veces, con el correspondiente anexo de condiciones generales. En el evento que la garantía haya sido enviada al Contratista por parte de la empresa garante, a través de correo electrónico, se deberá adjuntar adicionalmente a la póliza y anexo de condiciones generales, impresión del correspondiente correo electrónico en el cual se pueda identificar el originador y el destinatario del mensaje. (Concepto 2011089903-001 del 15 de diciembre de 2011 Superfinanciera).
3. Cuando la propuesta la presente un Consorcio o Unión Temporal, la Garantía deberá ser otorgada por todos sus integrantes acuerdo dispone el artículo 2.2.1.2.3.1.4 “Garantía del OFERENTE plural” del Decreto 1082/15, indicando en el cuerpo de la misma las personas naturales y/o jurídicas que la componen y su porcentaje de participación.
NOTA: De conformidad con el artículo 5 de la Ley 1882 del 15 de enero de 2018, parágrafo tercero por medio del cual se modificó el artículo 5 de la Ley 1150/2007, la no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta no será subsanable y será causal de rechazo de la misma.
3.1.7. Certificación de Cumplimiento de obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral De conformidad a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, para acreditar el cumplimiento del presente requisito, el oferente deberá presentar las siguientes certificaciones:
- Persona natural: se acreditará con la planilla única electrónica de pago del último mes.
- Persona natural con establecimiento de comercio con personal a cargo: se acreditará con la certificación xx xxx y salvo expedida por el propietario del mismo y/o el revisor fiscal o contador público y la planilla única electrónica de pago.
- Persona natural con establecimiento de comercio sin personal a cargo: se acreditará con la certificación de no tener personal a cargo expedida por el propietario del mismo, así mismo, el propietario del establecimiento de comercio deberá aportar también, la planilla única electrónica de pago de sus aportes correspondientes al último mes.
- Persona jurídica con personal a cargo: se acreditará con la certificación xx xxx y salvo correspondiente a los seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección, expedida por el representante legal o revisor fiscal, según el caso.
- Persona jurídica sin personal a cargo: se acreditará con la certificación de no tener personal a cargo, expedida por el representante legal, quien a su vez, deberá indicar su tipo de vinculación a la persona jurídica; en caso estar vinculado contractualmente deberá aportar la planilla de pago de sus aportes correspondiente al último mes.
Certificado de Aportes Parafiscales: de que tratan los artículos 202 y 204 de la Ley 100 de 1993, el artículo 7° de la Ley 21 de 1982, los artículos 2° y 3° de la Ley 27 de 1974 y el artículo 1° de la Ley 89 de 1988 y Certificación suscrita por el representante legal de encontrarse al día con el pago de Impuesto de autor retención renta (cuando aplique), en virtud de lo establecido en la Ley 1819 de diciembre de 2016.
3.1.8. Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía; del Representante Legal o de quien firma la propuesta, de conformidad con lo señalado en el Decreto 4969 del 23 de diciembre de 2009.
3.1.9. Registro único de proponentes a efectos de verificar capacidad jurídica en específico multas y sanciones, con fecha de expedición no mayor a 30 días calendario de anterioridad respecto de la fecha límite de presentación de propuestas.
3.1.10. Certificado en donde manifieste que la persona natural o jurídica o apoderado (en caso que aplique), no se encuentra incurso en inhabilidades ni incompatibilidades para contratar
3.1.11. Documentos objeto de verificación por parte del Comité Jurídico designado por la Base Naval ARC “Bogotá”
Certificado de Antecedentes Judiciales del Representante Legal y apoderado en caso que aplique
Certificado de Antecedentes Disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación, del Representante Legal y apoderado en caso que aplique y de la persona jurídica.
Certificado de Responsabilidad fiscal del Representante Legal, expedido por la Contraloría General de la República y apoderado en caso que aplique y de la persona jurídica.
Medidas correctivas CNCP (xxxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/XXX/xxx_xxx_xxxxxxxx.xxxx) del Representante Legal y apoderado en caso que aplique de conformidad con lo establecido en el artículo 183 de la Ley 1801 del 29 de julio de 2016.
3.2 CRITERIOS Y DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN FINANCIERA (HABILITA).
Se verificará que la documentación presentada por el oferente se ajuste a lo exigido en el proceso por parte de La Base Naval ARC “Bogotá”.
El Comité Asesor Evaluador económico - financiero emitirá el concepto respectivo sobre el cumplimiento de todos y cada una de las exigencias contenidas en el anexo respectivo del proceso, manifestaciones y soportes. Las condiciones mínimas, excluyentes son de obligatorio cumplimiento y deberán presentarse con la oferta.
3.2.1 DOCUMENTOS ECONÓMICOS
Propuesta Económica. La oferta se debe presentarse en la plataforma del SECOP II (xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX). El valor total de la oferta deberá discriminarse acuerdo lo requerido por la entidad.
Si la oferta presenta diferencias entre los precios unitarios y los totales, para efectos de la evaluación y adjudicación se tendrá en cuenta los precios unitarios. Para lo cual el comité evaluador respectivo realizara la corrección aritmética sumando los valores unitarios.
3.2.2 DOCUMENTOS FINANCIEROS:
La Base Naval ARC “Bogotá”, verificará la capacidad financiera de conformidad con la información consignada en el Registro Único de Proponentes (RUP) con corte a 31 de diciembre de 2018 en cual debe encontrarse en firme. Por lo anterior, todos los proponentes que demuestren interés en participar en el presente proceso de contratación, deberán estar inscritos en el Registro Único de Proponentes con el fin de que la entidad realice la verificación de los requisitos habilitantes de carácter financiero de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 y el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012.
Los oferentes deberán presentar los siguientes documentos:
Capacidad Financiera. Acuerdo Anexo M del presente pliego de condiciones.
Certificado de inscripción y antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores, del Contador Público o del Revisor Fiscal, que firme los estados financieros, con fecha de expedición no superior a tres (3) meses a la fecha de cierre de la solicitud.
Formato de información de proveedores o contratista Sistema de Información Integral Financiera “SIIF”, acuerdo Anexo H del presente pliego de condiciones.
Fotocopia de la Tarjeta Profesional del Contador Público y/o Revisor Fiscal.
Fotocopia del Registro de Información Tributaria (RIT) actualizado cuando aplique.
Fotocopia del Registro Único Tributario (RUT) a fin de verificar el Régimen Tributario al que corresponde. Para el caso de Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura o cualquier otra forma legal de asociación, deberá presentarlo individualmente y en caso que les sea adjudicado el contrato al momento de la suscripción del mismo.
Certificación bancaria que contenga: número de cuenta (abierta con el NIT de la sociedad para el caso de personas jurídicas, o del representante para el caso de personas naturales), banco, sucursal, código del banco, código de la sucursal, beneficiario cuya expedición no sea superior a treinta (30) días calendario. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales se debe tener en cuenta que “…los consorcios y las uniones temporales en tanto no comportan una personalidad jurídica distinta a sus integrantes no podrán ser titulares de cuentas bancarias y otros productos bancarios (y en esta medida destinatarios y/o tenedores de cheques) en tanto tales figuras jurídicas carecen de personalidad jurídica propia y, por tanto, no cuentan con capacidad para entablar relaciones jurídicas negociables diferentes a los contratos estatales” (Conceptos (SFC) 2014017314- 001 del 4 xx xxxxx de 2014 y 2015011812-002 del 25 xx xxxxx de 2015), de resultar adjudicatarios, las personas plurales deberán abrir una cuenta corriente con pluralidad de personas en los términos del artículo 1384 del Código de Comercio o también podrán designar a uno de los integrantes como titular para su manejo, en cuyo caso efecto, deberán observarse las condiciones establecidas para la vinculación de clientes de que trata la Circular Básica Jurídica (Circulares Básica Jurídica 007 de 1996 y Externa 029 de 2014 numeral 4.2.2.2.1., numeral 4.2., Capítulo IV, Título IV de la Parte 1ª, si como el Memorando No. 2014031879-005 del 11 xx xxxxx de 2014) de la Superintendencia Financiera.
Validez de la oferta; el oferente deberá indicar la validez de su oferta, la cual no podrá ser inferior a noventa (90) días a partir de la fecha de recepción de propuestas. Si la oferta presenta diferencias entre los precios unitarios y los totales, para efectos de la evaluación y adjudicación
se tendrá en cuenta los precios unitarios. (La información también debe presentarse en Excel en el orden que se cita en la relación del Anexo).
La verificación financiera se realizará sobre los requisitos habilitantes de carácter financiero y la capacidad organizacional, de los proponentes.
Para efectos de lo anterior, de la información contenida en el Registro Único de Proponentes “RUP” de conformidad con el Decreto 1082 de 2015 y de la documentación solicitada por la Base Naval ARC “Bogotá”, se verificarán los aspectos que se relacionan a continuación:
3.2.2.1 CAPACIDAD FINANCIERA PROPONENTES NACIONALES Y EXTRANJEROS CON DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA. La capacidad financiera de los proponentes se verificará con base en la información contenida en el Registro Único de Proponentes (RUP), de conformidad con lo señalado en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 y Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, artículos 2.2.1.1.1.5.1. y 2.2.1.1.1.5.3. El proponente presentará con su propuesta el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación en el Registro Único de Proponentes expedido por la respectiva Cámara de Comercio en Colombia. Este certificado será expedido como mínimo dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha del cierre del proceso. Los aspectos financieros aquí exigidos, se verificarán exclusivamente con la información que se encuentre en el Registro Único de Proponentes vigente y con corte a 31 de diciembre de 2018, el cual deberá estar en firme.
Cuando la Base Naval ARC “Bogotá” en desarrollo de la verificación financiera requiera confirmar información adicional del proponente, podrá solicitar los documentos que considere necesarios para el esclarecimiento de la información, tales como estados financieros de años anteriores, anexos específicos o cualquier otro soporte. Así mismo, requerir las aclaraciones que considere necesarias. No se aceptarán observaciones de proponentes relacionadas con la fecha xx xxxxx de las cifras financieras, que difieran de las certificadas por el Registro Único de Proponentes.
3.2.2.2 CAPACIDAD FINANCIERA PROPONENTES NACIONALES Y EXTRANJEROS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA.
Los Proponentes Extranjeros (personas naturales o jurídicas que no tengan domicilio o sucursal en Colombia) deberán presentar entre los folios contentivos de su ofrecimiento, los siguientes documentos:
- Estado de situación financiera, Estado de Resultados Integral, Estado de Cambios en el Patrimonio y Estado de Flujos de Efectivo correspondientes a la aprobación xxx xxxxx de ejercicio del último periodo contable acuerdo cierre en el país de origen, de conformidad con lo establecido en las leyes y normas de la respectiva sociedad. Los estados financieros requeridos deben acompañarse de sus respectivas revelaciones y notas y estos deben ser firmados por el Representante Legal y Auditor o Contador Público Independiente.
- Certificación del registro de Contador o auditor Independiente en el país de origen.
- Documento de inscripción en el registro tributario del país de origen.
Por tratarse de documentos expedidos en el exterior y en caso que estos son expedidos por funcionario público o representante legal de una empresa privada, éstos deben venir apostillados y/o consularizados, acompañados de traducción simple al castellano e indicando la tasa de cambio a la fecha de cierre de los mismos.
Así mismo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995, quien certifique los estados financieros no pueden dictaminar los mismos.
Cuando La Base Naval ARC “Bogotá”, en desarrollo de la verificación financiera requiera información adicional del proponente, podrá solicitar los documentos que considere necesarios para el esclarecimiento de la información, tales como estados financieros de años anteriores, anexos específicos o cualquier otro soporte.
En el evento de que cualquiera de estos requerimientos no sea aplicable en el país del domicilio del oferente extranjero, el Representante Legal o el apoderado en Colombia, deberá hacerlo constar bajo la gravedad de juramento.
El dictamen a los estados financieros será analizado y verificado, tanto para los proponentes nacionales como extranjeros así:
- Dictamen limpio: Se acepta.
- Dictamen con salvedades que no tengan relación directa o incidencia, respecto de la propuesta presentada, EL MINISTERIO DE DEFENSA – ARMADA NACIONAL, lo aceptará. En cualquier otro tipo de salvedades se rechazará.
- Dictamen negativo: No será aceptado y generará rechazo de la propuesta.
- Abstención de dictamen: No será aceptado y generará rechazo de la propuesta.
Tratándose de Gobiernos Extranjeros, no requerirá acreditar la capacidad patrimonial siempre y cuando se anexe una carta de compromiso irrevocable e incondicional, emitida por el funcionario competente del país de origen, en la cual conste que su gobierno asume solidariamente las obligaciones económicas derivadas del contrato, documentos que deberán cumplir las formalidades previstas en la ley colombiana, para la oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el extranjero, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 251 “Documentos en idioma extranjero y otorgados en el extranjero”, de la Ley 1564 de julio 12 de 2012, por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y demás normas vigentes.
3.2.2.3 INDICADORES FINANCIEROS: Se considerará habilitado financieramente el proponente que cumpla con la totalidad de los parámetros definidos a continuación en el presente pliego:
De conformidad con el Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, Título I “Contratación Estatal”, Capítulo I “Sistema de Compras y Contratación Pública, Sección I “Concepto Básicos para el Sistema de Compras y Contratación Pública”, Subsección 5 “Registro Único de Proponentes”, Articulo 2.2.1.1.15.3 “Requisitos Habilitantes contenidos en el RUP”, numeral 3 “Capacidad Financiera”, se realizará la verificación de los siguientes indicadores:
3.2.2.3.1 LIQUIDEZ.(ACTIVO CORRIENTE SOBRE PASIVO CORRIENTE)
Mide el número de unidades monetarias de inversión a corto plazo por cada unidad de financiamiento a corto plazo contraído.
Convenciones
IL = Indice de Liquidez AC = Activo Corriente PC = Pasivo Corriente
%O = Porcentaje de participación del Oferente1, 2, n
Oferentes que se presenten individualmente:
IL = AC / PC
Oferentes que se presenten en consorcio o unión temporal:
IL =
(AC1* %O1) + (AC2 * %O) + (ACn * %On) (PC1 * %O1) + (PC2 * %O2)+ (PCn * %On)
Análisis del Resultado
Índice de liquidez igual o superior al 1.75 | Habilita |
Índice de liquidez inferior al 1.75 | No Habilita |
3.2.2.3.2 ENDEUDAMIENTO. (PASIVO TOTAL SOBRE ACTIVO TOTAL)
Mide la proporción de la Inversión de la empresa que ha sido financiada por deuda. Convenciones
E = Endeudamiento PT = Pasivo Total AT= Activo Total
%O= Porcentaje de participación del Oferente 1, 2, n
Oferentes que se presenten individualmente:
E = PT / AT
Oferentes que se presenten en consorcio o unión temporal:
E= | (PT1 * %O1) + (PT2 * %O2) +(PTn * %On) (AT1 * %O1) + (AT2 * %O2) + (ATn * %On) |
Análisis del Resultado
Endeudamiento inferior o igual a 60% | Habilita |
Endeudamiento Superior al 60% | No Habilita |
3.2.2.3.3 RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES: (UTILIDAD OPERACIONAL /GASTOS DE INTERESES)
Mide la capacidad de la empresa para hacer pagos contractuales de intereses. Cuanto mayor es su valor, mayor es la capacidad de cobertura y pago de intereses.
Convenciones
CI = Cobertura de Intereses UO = Utilidad Operacional GI = Gasto intereses
%O= Porcentaje de participación del Oferente 1, 2, n
O 1, 2, n = Oferente 1, Oferente 2, Oferente N
Oferentes que se presenten individualmente:
CI = UO / GI
Oferentes que se presenten en cualquier forma de asociación:
CI =
(UO1* %O1) + (UO2 * %O) + (UOn * %On) (GI1 * %O1) + (GI2 * %O2)+ (GIn * %On)
Análisis del Resultado
Oferentes con Utilidad Operacional y sin gastos de intereses | Habilita |
Cobertura de Intereses igual o superior a 4 | Habilita |
Cobertura de Intereses inferior a 4 | No Habilita |
Oferentes con Pérdida Operacional y sin gastos de intereses | No Habilita |
3.2.2.3.4 RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO. (UTILIDAD OPERACIONAL / PATRIMONIO)
Mide la rentabilidad que están obteniendo los inversionistas.
Convenciones
ROE = Por sus siglas en Inglés Returnon Equity o Rentabilidad sobre el Patrimonio
UO = Utilidad Operacional
PAT = Patrimonio
%O= Porcentaje de participación del Oferente 1, 2, n
O 1, 2, n = Oferente 1, Oferente 2, Oferente N
Oferentes que se presenten individualmente:
ROE = UO/Pat
Oferentes que se presenten en consorcio o unión temporal
ROE =
(UO1 * %O1) + (UO2*%O2) + (UOn * %On) (PAT1 * %O1) + (PAT2 * %O2)+ (PAT n* %On)
Análisis del Resultado
Si el indicador ROE es igual o superior al 10% | Habilita |
Si el indicador ROE es inferior al 10% | No Habilita |
3.2.2.3.5 RENTABILIDAD DEL ACTIVO. (UTILIDAD OPERACIONAL / ACTIVO TOTAL)
Mide el rendimiento que se está obteniendo sobre la Inversión.
Convenciones
ROI = Por sus siglas en Inglés Returnon Investment o Rentabilidad sobre el Activo
UO = Utilidad Operacional
AT= Activo Total
%O= Porcentaje de participación del Oferente 1, 2, n
O 1, 2, n = Oferente 1, Oferente 2, Oferente N
Oferentes que se presenten individualmente:
ROI = UO/AT
Oferentes que se presenten en consorcio o unión temporal:
ROI =
(UO1 * %O1) + (UO2*%O2) + (UOn * %On) (AT1 * %O1) + (AT2 * %O2)+ (AT n* %On)
Análisis del Resultado
Si el indicador ROI es igual o superior al 10% | Habilita |
Si el indicador ROI es inferior al 10% | No Habilita |
NOTA 1: Los documentos jurídicos, técnicos y económicos se deben presentar sin tachaduras borrones, raspaduras o enmiendas, que hagan dudar de las condiciones de la oferta, especialmente en precios, plazo y fecha, debidamente foliados y con índice de contenido.
NOTA 2: Para la verificación financiera de los consorcios o Uniones Temporales cada uno de los integrantes deberá aportar de forma individual los Estados Financieros solicitados. El estudio de la capacidad financiera será igual a la sumatoria de los Estados Financieros de cada uno de los integrantes.
3.3 DOCUMENTOS QUE ACREDITAN LA CAPACIDAD TÉCNICA.
3.3.1 Oferta Técnica: El proponte con la sola presentación de su oferta y suscripción de la carta de presentación de la oferta entiende y acepta la totalidad de las exigencias establecidas en el anexo “F” de especificaciones técnicas y se compromete a cumplir a cabalidad con las mismas durante la ejecución del contrato, teniendo en cuenta que constituyen las condiciones mínimas requeridas por la entidad para la satisfacción de la necesidad que motiva el presente proceso de contratación.
Se verificará que la documentación presentada por el oferente se ajuste a lo exigido en el proceso por parte de la Base Naval ARC “Bogotá”
El oferente deberá cumplir con todas las especificaciones técnicas listado en el Anexo “F” ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, las propuestas que sean habilitadas serán objeto de ponderación técnica y ponderación económica.
3.3.2 EXPERIENCIA
En acatamiento del mandato contenido en el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, POR MEDIO DEL CUAL SE EXPIDE EL DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN NACIONAL, LIBRO 2 “RÉGIMEN REGLAMENTARIO DEL SECTOR ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN NACIONAL”, PARTE 2 “REGLAMENTACIONES”, TITULO 1 “CONTRATACIÓN ESTATAL”, CAPITULO 1 “SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PUBLICA”, SECCIÓN 2 “ESTRUCTURA Y DOCUMENTOS DE PROCESO DE CONTRATACIÓN”, SUBSECCIÓN 2 “SELECCIÓN” artículo 2.2.1.1.2.2.2.
“Ofrecimiento más favorable”, así:
a) EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES: (PARA PERSONAS NATURALES Y/O JURÍDICAS NACIONALES Y/O EXTRANJERAS CON DOMICILIO EN COLOMBIA)
Para acreditar la experiencia el oferente deberá soportar INSCRIPCIONES en el RUP de contratos suscritos, ejecutados y liquidados, cuya sumatoria sea igual o superior al 100% del presupuesto oficial dispuesto para el proceso, acuerdo clasificación de bienes y servicios en los códigos estándar de productos y servicios de Naciones Unidas que se registran a continuación:
SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | PRODUCTO |
81 | 11 | 22 | Mantenimiento y soporte de software |
81 | 11 | 23 | Mantenimiento y soporte de hardware de computador |
La inscripción del proponente debe encontrarse vigente y en firme para el momento de la verificación de este requisito.
La verificación de las condiciones de la experiencia de los proponentes se demostrará y evaluará exclusivamente con el respectivo Certificado del RUP en donde deberán constar dichas condiciones.
No obstante, lo anterior, para acreditar la experiencia en códigos diferentes a los indicados por la entidad, el oferente deberá indicar el código registrado en el RUP y adjuntar copia del contrato y el acta de liquidación o copia del contrato y acta de recibo a satisfacción, debidamente suscritos por los competentes cuya sumatoria de valores sea por lo menos igual al presupuesto oficial del proceso.
Tratándose de códigos similares, la determinación de si son similares al objeto contractual estará a cargo del comité técnico evaluador quien realizará el análisis correspondiente.
b) EN CERTIFICACIONES: (PARA PERSONAS NATURALES Y/O JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN DOMICILIO EN COLOMBIA)
Para acreditar la experiencia el oferente deberá soportar mediante CERTIFICACIONES, de contratos suscritos, ejecutados y liquidados, cuya sumatoria sea igual o superior al 100% del presupuesto oficial dispuesto para el proceso, acuerdo clasificación de bienes y servicios de conformidad con los códigos estándar de productos y servicios en los códigos estándar productos y servicios de Naciones Unidas hasta tercer nivel que se registran a continuación:
SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | PRODUCTO |
81 | 11 | 22 | Mantenimiento y soporte de software |
81 | 11 | 23 | Mantenimiento y soporte de hardware de computador |
Las certificaciones deben contener como mínimo la siguiente información:
Nombre o razón social de la empresa o persona contratante.
Nombre o razón social de la empresa contratista.
NIT del contratista.
Número del contrato o convenio.
Objeto del contrato. (Relacionado con el objeto del presente proceso de contratación) Cuantía del contrato y/o valor total.
Fecha de iniciación del contrato.
Fecha de terminación del contrato.
Valor de adición al contrato (si aplica).
Vigencia del contrato.
Concepto sobre la ejecución del contrato (bueno, regular ó malo).
Calidad del bien y/o servicio ejecutado
Indicación si se impusieron multas o se hizo efectiva la garantía de cumplimiento
Ciudad, fecha de expedición y firma del funcionario competente de la entidad contratante
NOTAS:
1. Tratándose de proponentes extranjeros sin domicilio y sin sucursal en Colombia, deberán acreditar este requisito aportando certificaciones de experiencia en la forma establecida en el presente numeral, empero en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 874 del Código de Comercio, en concordancia con el artículo 28 de la Ley 9 de 1991, el artículo 3 del Decreto 1735 de 1993 y la Resolución No. 8 de 2000, modificada por la Resolución 6 de 2006, emanada del Banco de la República, el valor del contrato o contratos celebrados en moneda distinta al peso colombiano, será el de la fecha de su suscripción o firma del contrato, de acuerdo con la tasa de cambio oficial que indique el Banco de la República en Colombia.
2. La experiencia del oferente plural (unión temporal, consorcio y promesa de sociedad futura) corresponde a la suma de la experiencia que acredite cada uno de los integrantes del proponente plural. Por otra parte, cuando un proponente adquiere experiencia en un contrato como integrante de un contratista plural, la experiencia derivada de ese contrato corresponde a la ponderación del valor del contrato por el porcentaje de participación. 1
3. AUTO CERTIFICACIONES: No se aceptan auto certificaciones de contratos ejecutados para terceros.
CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN (REGISTRO ÚNICO DE
PROPONENTES): De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y el artículo 8 del Decreto 1082 de 2015, todas las personas naturales o jurídicas nacionales que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes (RUP). Para tal efecto el proponente deberá presentar el documento correspondiente expedido por la Cámara de comercio de su
1 MANUAL DE VERIFICACIÓN DE DETERMINACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES PARA LA CONTRATACIÓN. Pag 8. Colombia Compra Eficiente
jurisdicción, con fecha de expedición no mayor a 30 días calendario de anterioridad respecto de la fecha límite de presentación de propuestas, en el cual conste su inscripción en el Registro único de Proponentes.
El certificado del RUP debe contener: a) los bienes, obras y servicios para los cuales está inscrito el proponente de acuerdo con el clasificador de bienes y servicios en cualquiera de los siguientes códigos; b) Los requisitos e indicadores a los que se refiere el Decreto 1082 de 2015; c) La información relativa a contratos, multas, sanciones e inhabilidades; y d) La información histórica de experiencia que el proponente a inscrito en el RUP.
NOTAS:
La inscripción del proponente debe encontrarse vigente y en firme para el momento de la verificación de este requisito.
Cuando se renueve o actualice el registro único de proponentes, la información que ha sido objeto de modificación continuará vigente hasta que el acto de inscripción correspondiente de la nueva información quede en firme.
Cuando el proponente sea un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, para la verificación del cumplimiento de los requisitos exigidos por la entidad, todos los miembros deberán acreditar la inscripción y clasificación exigida en el RUP.
3.4 CRITERIOS DE PONDERACIÓN.
La evaluación de las propuestas que resulten habilitadas se realizará por los Comités Evaluadores designados por el competente contractual, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.3. “Comité Evaluador”, quienes verificarán el cumplimiento de los requisitos exigidos y asignarán los puntajes correspondientes con base en los factores de ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en formulas, tal y como se relaciona a continuación, con estricta sujeción a la Circular del Ministerio de Defensa Nacional No. CIR2015-415 del 8 de septiembre de 2015.
La evaluación y calificación de estos documentos le permitirá al competente contractual identificar la oferta más favorable a la luz del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.2. “Ofrecimiento más favorable”, y de acuerdo a lo establecido en el presente pliego de condiciones, en consecuencia, cualquier condicionamiento o contradicción evidenciada en los documentos de la oferta contentivos de los factores de ponderación, no será objeto de aclaración o subsanación.
3.4.1 PONDERACIÓN ECONÓMICA: CUARENTA PUNTOS
FACTORES ECONÓMICOS DE PONDERACIÓN | PUNTOS |
Precio: El valor de la propuesta tendrá un puntaje máximo de cuarenta (40) puntos, el cual será otorgado a la propuesta que ofrezca el menor valor total antes IVA y las demás serán evaluadas proporcionalmente, aplicando la siguiente fórmula: Puntaje Precio = (O.M.P.T X _40_) / O.A.E.P.T Dónde: O.M.P.T. = Oferta Menor Precio Total O.A.E.P.T. = Oferta a Evaluar Precio Total | 40 |
PONDERACIÓN TÉCNICA: SESENTA PUNTOS
FACTORES TECNICOS PONDERABLES |
ITEM | REQUERIMIENTO | Puntaje |
1 | SOPORTE: Se otorgarán treinta (30) Puntos al oferente que preste el servicio de soporte y/o mantenimiento en soluciones de seguridad perimetral de Fortinet con (1) ingeniero o Tecnólogo electrónico y/o de sistemas y cuente con la certificación Network Segurity Expert 7 (NSE7). Deberá adjuntar certificados del fabricante, con fecha de expedición menor a 2 años a partir de la presentación de la oferta, donde indique el tipo de certificación que posee el Ingeniero o Tecnólogo Electrónico y/o Sistemas, fin de garantizar que está vigente y que el personal tiene los conocimientos sobre las últimas versiones, equipos y funcionalidades liberadas por el fabricante. | 30 |
2 | MANTENIMIENTO: Se otorgarán máximo Treinta (30) puntos al oferente que ofrezca servicio de mantenimiento técnico preventivo sin costo adicional para la Armada Nacional en las siguientes unidades : El servicio de mantenimiento preventivo debe prestarse acuerdo ítem 1.2 e ítem 1.5 del anexo “A” ESPECIFICACIONES TECNICAS | 30 |
TOTAL XXXXXXX | 00 |
XXXXXX | XXXXXX | Xx. Xxxxxxx |
Xxxx Xxxxxxxx - Xxxxxxx | Xxxxxxxx Fluvial de Infantería de Marina No. 31 | 24 |
Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx - Caquetá | Batallón Fluvial de Infantería de Marina No. 33 | 15 |
En la preparación de las ofertas, el proponente deberá incluir en sus precios los demás impuestos derechos y otros cargos que se la causaren por concepto de ejecución del contrato, los cuales se entenderán incluidos en el análisis de precios unitarios de cada uno de los ítems que la conforman.
En la evaluación económica se asignan 40 puntos a la oferta más económica presentada y/o al proponente único; siempre que esta no supere el presupuesto oficial ni el valor promedio por ítem del estudio xx xxxxxxx, en caso de no presentarse un número plural de ofertas al momento del cierre
NOTAS:
1. No obstante, la evaluación económica se surtirá sobre el valor total de conformidad con la propuesta económica, el oferente entiende y acepta que la Entidad acuerdo su criterio y necesidad adjudique hasta por la totalidad del presupuesto oficial asignado al proceso.
2. El oferente deberá presentar su propuesta económica en valores enteros, sin decimales ni aproximaciones.
3. Si la oferta presenta diferencias entre los precios unitarios y los totales, para efectos de la evaluación y adjudicación se tendrán en cuenta los precios unitarios y sin IVA, es decir sobre el precio neto, a fin de garantizar el principio de igualdad a las ofertas nacionales independientemente del régimen tributario al que pertenezcan y a las extranjeras (Resolución 6302 de 2014, subnumeral 21 del numeral 10.4 Etapa Precontractual, Concepto del 0 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxx Compra Eficiente, ante solicitud Radicado 414140001526 y Circular del Ministerio de Defensa Nacional No. CIR2015-415 del 8 de septiembre de 2015).
4. El oferente deberá diligenciar todas y cada una de las casillas de la propuesta económica.
5. Si existiere discrepancia entre el precio unitario y el precio total resultante ofertado, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido por la Entidad con base en los valores unitarios. Si existiere discrepancia en cifras expresadas en letras y números, prevalecerá el monto expresado en letras.
El Comité Evaluador Económico del presente proceso de contratación, a través de La Base Naval ARC “Bogotá”, podrá solicitar dentro del período de evaluación de las ofertas las aclaraciones correspondientes con relación a los precios ofertados.
3.4.1 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL: En cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, (cumplimiento de reciprocidad), en el presente proceso se dará aplicación a lo dispuesto en el de la Ley 816 de 2003, dentro de los criterios de calificación de las propuestas, por ende, el puntaje que se aplicara como consecuencia de la protección a la industria nacional, recibirán un puntaje acuerdo se registra en el Anexo del presente pliego de condiciones, así:
Efectuada la calificación económica (precio) y técnica, el Comité TÉCNICO EVALUADOR incluirá en su evaluación el porcentaje adicional acuerdo Anexo del presente pliego de condiciones “ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS”, del presente proceso.
Se otorgará tratamiento de bienes o servicios nacionales a aquellos bienes o servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes o servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes o servicios nacionales. Este último caso se demostrará de conformidad con el mandato contenido en el Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, POR MEDIO DEL CUAL SE EXPIDE EL DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN NACIONAL, LIBRO 2 “RÉGIMEN REGLAMENTARIO DEL SECTOR ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN NACIONAL”, PARTE 2 “REGLAMENTACIONES”, TITULO 1 “CONTRATACIÓN ESTATAL”, CAPITULO 2 “DISPOSICIONES ESPECIALES DEL SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PUBLICA”, SECCIÓN 4 “APLICACIÓN DE ACUERDOS COMERCIALES, INCENTIVOS, CONTRATACIÓN EN EL EXTERIOR Y CON ORGANISMOS DE COOPERACIÓN”, SUBSECCIÓN 2 “INCENTIVOS EN LA CONTRATACIÓN PUBLICA”.
Entiéndase como extranjeros acreditados, a los bienes y/o servicios importados que cuentan con un componente nacional en bienes o servicios profesionales, técnicos y operativos. El mínimo exigido de componente nacional, será del 10% del valor en fábrica y/o del servicio ofertado. El oferente indicará en su propuesta si incluye el componente nacional.
En caso que el oferente a quien se le asigne el contrato, haya obtenido puntajes adicionales por alguno de los conceptos indicados anteriormente, este tendrá la obligación de cumplir con el ofrecimiento correspondiente al origen de los bienes y/o servicios, al momento de desarrollar el objeto contractual, so pena de hacerse acreedor a las sanciones xx xxx contempladas en el contrato que se suscriba; salvo circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente acreditados.
Para la asignación del puntaje, es de obligatorio acatamiento para los oferentes acreditar desde la presentación de su oferta el “ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS”.
El puntaje final de la(s) propuesta(s), será la sumatoria del puntaje económico, el puntaje técnico y el puntaje por origen de los bienes y servicios, constituyéndose en el determinante para el orden de elegibilidad.
Decreto 1082 de 2015, Artículo 2.2.1.2.4.1.3. Existencia de trato nacional. La Entidad Estatal debe conceder trato nacional a: (a) los oferentes, bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales Colombia tenga Acuerdos Comerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos Comerciales;
(b) a los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno Nacional haya certificado que los oferentes de Bienes y Servicios Nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la normativa en materia de compras y contratación pública de dicho Estado; y (c) a los servicios prestados por oferentes miembros la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la materia.
En aplicación del enunciado normativo anterior se dará aplicación a los acuerdos recíprocos y los pactos celebrados en la comunidad Andina de Naciones a pesar de no existir acuerdos comerciales aplicables al presente proceso licitatorio, correspondiendo otorgar los puntos de ponderación
respectiva en caso de probarse por parte del oferente las condiciones necesarias en cada uno de los acuerdos para dar trato nacional a sus bienes o servicios.
A pesar de no existir un Acuerdo Comercial, el Gobierno Nacional ha certificado reciprocidad. Es decir, cuando el Gobierno Nacional con base en la revisión y comparación de la normativa en materia de compra pública de dicho Estado, ha certificado que en ese Estado los bienes y servicios colombianos gozan del mismo trato que los bienes y servicios de dicho Estado. Las certificaciones expedidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores están publicadas en la página web de Colombia Compra Eficiente (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxx-x/xxxxxxxxxxxxxx-xxxxx-xxxxxxxx-xxx-xxxxxxxxxxxx), y corresponde a los países de Aruba, Australia, China, Panamá, Paraguay, Turquía y Uruguay y su contenido debe ser verificado pues no en todos los casos la Entidad Estatal debe conceder dicho trato.
En estos casos, la Base Naval ARC “Bogotá” debe otorgar a los bienes y servicios extranjeros el mismo trato que da a los bienes y servicios nacionales y en consecuencia dar a esas ofertas el puntaje adicional de que trata la Ley 816 de 2003 y las preferencias en caso de empates de acuerdo con el artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015, siendo de esta forma evidente que se debe acudir a los lineamientos establecidos por Colombia Compra, el Ministerio de Relaciones exteriores y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia con la finalidad de verificar lo relativo al trato nacional de los bienes y servicios de origen extranjero.
En el trato nacional surgen varias condiciones, a saber:
1. La existencia de un tratado vigente entre la República de Colombia y otro Estado que regule trato nacional para bienes y servicios entre los dos países en materia de compras estatales.
Al efecto, la información sobre la vigencia de los tratados que contienen un capítulo de compras públicas y prevén el trato nacional se encuentra publicada a continuación en este documento, en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en el proceso de contratación” de la Agencia Nacional de Contratación Pública, Colombia Compra Eficiente y en la página web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
2. En ausencia de un tratado o acuerdo comercial, se concederá en virtud del principio de reciprocidad.
La Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, previo concepto técnico de la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente-, elaborará los certificados de reciprocidad respecto de los Estados con los cuales la República de Colombia no haya suscrito tratado en la materia. Dichos certificados serán publicados en el Sistema Electrónico de Contratación Pública –SECOP- y actualizados coordinadamente con la Agencia Nacional de Contratación Pública, Colombia Compra Eficiente.
Los certificados de reciprocidad son de carácter general y podrán ser consultados en el SECOP por las entidades públicas que abran procesos de selección y por las personas interesadas en participar en esos procesos.
En el evento en que no obre en el SECOP certificado de reciprocidad con un determinado País, se debe formular solicitud a la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales con miras a que se efectúen las respectivas consultas a las autoridades extranjeras y se elabore y publique el certificado.
Al respecto la Sentencia C-379/96 de la honorable Corte Constitucional estableció que "...Pasar por alto el contenido de reciprocidad que involucra el concepto de igualdad en este tipo de instrumentos, rompería con el principio constitucional contenido en el artículo 226 de la Carta, según el cual se promueve la realización de estos Tratados de acuerdo con criterios de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional".
3. En atención a la existencia de normas de derecho comunitario xxxxxx en materia de servicios.
La Decisión 439 del 11 xx xxxxx de 1998 “Xxxxx General de Principios y Normas para la Liberalización del Comercio de Servicios en la Comunidad Andina”.
Sobre el particular el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ha informado en el “Manual explicativo de los capítulos de contratación pública de los acuerdos comerciales negociados por Colombia para entidades contratantes” lo siguiente:
“[…] A diferencia de lo que ocurre en otros Acuerdos Comerciales en donde los capítulos de compras públicas aplican tanto para temas de bienes como servicios, en el caso de la Comunidad Andina se tiene una situación particular en la medida que no se ha negociado un acuerdo específico sobre este tema. Sin embargo, el artículo 4 de la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina de Naciones – CAN, establece lo siguiente:
La adquisición de servicios por parte de organismos gubernamentales o de entidades públicas de los Países Miembros estará sujeta al principio de trato nacional entre los Países Miembros, mediante Decisión que será adoptada a más tardar el 1º de enero del año 2002. En caso de no adoptarse dicha Decisión en el plazo señalado, los Países Miembros otorgarán trato nacional en forma inmediata. El presente Marco Regulatorio no será aplicable a las medidas relacionadas con los servicios de transporte aéreo.”
3.5 CAUSALES DE RECHAZO DE LA PROPUESTA
a. Cuando supere el VALOR ITEM PROMEDIO DEL ESTUDIO XX XXXXXXX PARA CADA UNO DE LOS ÍTEMS y/o el presupuesto oficial asignado.
b. Cuando no se presente la propuesta económica o no se relacione el valor de los bienes y/o servicios requeridos por la entidad a través de la plataforma del SECOP II (xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXXX).
c. No tener capacidad jurídica para presentar la propuesta. Bajo el entendido que quien firme los documentos de la propuesta no sea el representante legal o el apoderado constituido para ello.
d. Cuando se compruebe que un Proponente ha interferido, influenciado u obtenido correspondencia interna, proyectos de concepto de evaluación o de respuesta a observaciones, no enviados oficialmente a los Proponentes.
e. Cuando se compruebe confabulación entre los Proponentes que altere la aplicación del principio de selección objetiva.
f. Cuando el Proponente se encuentre incurso en las causales de inhabilidades o incompatibilidad fijadas por la constitución y la Ley.
g. Cuando el Representante Legal, o los Representantes Legales de una Persona Jurídica ostenten igual condición en otra u otras firmas que también participen en el proceso de selección.
h. Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos NO VERACES y/o TERGIVERSADOS, frente a lo cual la Entidad se reserva el derecho de verificar la información aportada por los oferentes y de RECHAZAR las propuestas en las cuales se incluya información y/o soportes inconsistentes o que no correspondan a la realidad y por ende atenten contra el principio de la buena fe consagrados en el artículo 83 de la Constitución Política y artículo 28 de la Ley 80 de 1993, sin perjuicio de las eventuales acciones administrativas informando ante las Cámaras de Comercio con ocasión del registro de proponentes, civiles (perjuicios ocasionados por acción u omisión) y penales (dolo o culpa grave) a que haya lugar, habida cuenta de la responsabilidad que asiste a los contratistas por sus acciones y omisiones en la actuación contractual, se reitera, en materias civil y penal (artículo 52 Ley 80/93). Así mismo la Entidad aplicara las consecuencias jurídicas de este numeral, frente a la demostración que el oferente incurrió en estas conductas sancionadas en el presente literal, en cualquier otra Entidad Pública y/o procesos contractuales adelantados en cualquier vigencia, por estas. (Concepto Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, Radicación Nº 1373 de septiembre 14 de 2001, Consejero Ponente: Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx).
i. Cuando se presente la propuesta en forma subordinada al cumplimiento de cualquier condición o modalidad.
j. Cuando el Proponente se encuentre incurso en algunas de las causales de disolución y/o liquidación de Sociedades.
k. Cuando el oferente no aclare, complete o corrija la información para acreditar los requisitos habilitantes antes del término establecido por la Entidad, para la subsanación correspondiente.
l. Cuando el objeto social de la empresa no este directamente relacionado con el objeto del proceso, con excepción de las SAS que no se encuentran obligadas a registrar objeto social.
m. La presentación de varias propuestas por el mismo Oferente dentro del mismo proceso por sí o por interpuesta persona (en Consorcio, en Unión Temporal o individualmente).
n. Cuando el dictamen a los estados financieros sea negativo o se haya presentado con salvedades que tengan relación directa o incidencia respecto de la propuesta.
o. Cuando la fecha de sociedad de la propuesta no esté debidamente constituida y su duración sea inferior a lo exigido en los pliegos de condiciones.
p. No cumplir con la experiencia solicitada en el numeral 3.3.2. del presente pliego de condiciones.
q. No cumplir con los indicadores financieros solicitados en el numeral 3.2.2.3. del presente pliego de condiciones.
3.6 CRITERIOS DE DESEMPATE
De conformidad con el Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.9. “Factores de desempate”, en caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en la sumatoria de los factores de ponderación técnica.
Si persiste el empate, la Entidad dará continuidad al siguiente procedimiento:
a. Si continúan en igualdad de condiciones, se preferirá la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros (respetando los compromisos adquiridos por acuerdos comerciales).
b. Si persiste el empate, se preferirá la oferta presentada por una Mipyme nacional,
c. Si continúan en igualdad de condiciones, se preferirá la oferta presentada por un Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura o cualquier otra forma legal de asociación, siempre que: a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura o cualquier otra forma legal de asociación.
d. Si continúa el empate, se preferirá la propuesta presentada por el oferente en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condiciones de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura o cualquier otra forma legal de asociación, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura o cualquier otra forma legal de asociación, y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
e. Si el empate se mantiene, se procederá a utilizar el método aleatorio denominado sorteo, en audiencia pública mediante balotas, para lo cual se seguirá el siguiente procedimiento: En presencia del comité evaluador los Representantes Legales o Delegados de los interesados, se verificará el nombre de los proponentes en la lista de los empatados; Un funcionario de la Base Naval ARC “Bogotá” depositará las balotas según el número de proponentes empatados, en una bolsa no transparente totalmente desocupada, El representante legal de cada uno de los proponentes o su delegado, según el orden acordado entre ellos, iniciará con el retiro de la primera balota y así sucesivamente hasta el retiro de todas, El proponente que saque la balota con mayor número se ubicará en el primer lugar, y el oferente que obtenga la balota con el
segundo número más alto se ubicará en el segundo lugar y así sucesivamente; procediendo inmediatamente a dar lectura del nombre del proponente ganador.
4. CAPITULO IV
DISPOSICIONES GENERALES DEL CONTRATO
4.1 PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato que se suscriba quedará PERFECCIONADO acuerdo dispone la Ley 80 de 1993, Ley 1150 del 16 de julio de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, con las firmas del CONTRATISTA y el COMANDANTE DE LA BASE NAVAL ARC “BOGOTÁ” y aprobado por el contratista y la Entidad a través de la plataforma SECOP II. Para su EJECUCIÓN se requerirá la constitución de la Garantía Única por parte del CONTRATISTA, aprobación de la misma por parte de la Entidad, expedición del certificado de Registro Presupuestal y La acreditación de que el contratista se encuentra al día en el pago de aportes relativos al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales, en los términos que establezca la normativa. Requisitos que serán verificados por parte del supervisor del contrato para efectos de darle inicio a la ejecución contractual.
4.2 FORMA DE PAGO: La Base Naval ARC “Bogotá”, se obliga con el contratista a pagar el valor del contrato en pesos colombianos en PAGOS PARCIALES, una vez recibidos los servicios a entera satisfacción por parte del Supervisor del contrato, presentación de la Factura Comercial debidamente firmada por el Contratista, el Supervisor y/o el Almacenista, Constancia de cumplimiento de las obligaciones del Contratista frente a los Sistemas de Seguridad Social Integral (salud, pensión, riesgos laborales y parafiscales y certificación del impuesto de retención renta mensual cuando aplique. Entrada de los servicios en el programa SAP y Acta de recepción a satisfacción, e Informe de Supervisión, documentos firmados por el Supervisor del contrato, dentro de los noventa (90) días contados a partir de la radicación de los documentos en la División Financiera de la Base Naval ARC BOGOTA y de acuerdo a disponibilidad de cupo PAC.
NOTA 1: De conformidad con lo establecido en el Manual de Bienes, las facturas, según aplique, deberán estar expedidas dentro del plazo de ejecución del contrato y venir firmadas por el Almacenista si se trata de adquisición de bienes o por el Supervisor si se trata de la adquisición de servicios.
NOTA 2: El Contratista para el trámite administrativo de pago deberá allegar de manera digital e impreso la información indicada en el Anexo “FORMATO CLAUSULA DE CATALOGACIÓN”, indicado en los pliegos de condiciones.
NOTA 3: Para el pago, el Contratista deberá presentar factura o documento equivalente a Factura Comercial, de conformidad con el Artículo 617 del Estatuto Tributario, así: a) Estar denominada expresamente como factura de venta (Régimen simplificado o régimen común). B) Apellidos y nombre del adquiriente de los bienes y/o servicios. C) Llevar un número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de facturas de venta. D) Fecha de su expedición. E) Descripción específica o genérica de los servicios. F) Valor total de la operación. G) El nombre del impresor de la factura. H) Indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas y el valor discriminado del mismo, cuando aplique.
NOTA 4: El término para el pago solo empezará a contarse desde la fecha en que se presente en debida forma y adjuntando la totalidad de los documentos exigidos para tal efecto. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán responsabilidad del CONTRATISTA elegido y no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza.
Cuando de conformidad con lo establecido en la Ley 1607 de 2012 y el Decreto 862 de 2013, las personas jurídicas o naturales empleadoras se encuentren exentas de realizar los aportes al XXXX, XXXXX e ICBF, deberán manifestar dicha condición por escrito para el primer pago y la Entidad quien verificara en el Registro Único Tributario del contratista que este cumple dicha condición. No obstante
lo anterior, deberán aportar la planilla donde conste el pago a pensión, ARL y Cajas de Compensación Familiar, acuerdo lo descrito en el Decreto 3029 del 27 de diciembre de 2013.
4.3 APROPIACIÓN PRESUPUESTAL E INFORMACIÓN DEL CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL:
Respaldado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 20519 del 02 xx xxxxx de 2019, por valor de DOSCIENTOS DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS M/CTE. ($ 202.930.693,00).
IMPUTACION PRESUPUESTAL:
No. CDP | RUBRO | Rec | C/S | CONCEPTO | AFECTADO EN |
20519 | 23 DIRECCION DE TELEMATICA A-02-02- 02-008- | 10 | CS F | SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCION | $ 196.830.693 |
28 JEFATURA DE MATERIAL A-02-02-02- 008- | SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCION | $ 1.100.000,00 | |||
58 COMANDO DE APOYO LOGISTICO DE I.M | SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCION | 5.000.000 |
4.4 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato, será hasta el 20 de NOVIEMBRE del 2019, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.
4.5 LUGAR Y SITIO DE ENTREGA Los servicios deberán ser prestados en su totalidad por el contratista en las siguientes dependencias de la Armada Nacional, previa coordinación con el supervisor del contrato, así:
UNIDAD | DIRECCION | HORARIO ATENCION |
Comando Armada Nacional | Edificio Elemento Torre Agua ubicada Xxxxxxx Xxxxx 00 Xx. 00-00 | 07:30 AM – 06:00 PM |
Comando Armada Nacional | Xxxxxxx 00 # 00-00 CAN – Edificio Nuevo | 07:30 AM – 06:00 PM |
Xxxx Xxxxx Xx.0 XXX Xxxxxx xxxxxxx XXXXX (XX0) | Xxxxxxx 00 Xx 00-00 xxxx Xxxxxxxxxx-Xxxxxx Xxxxxx) | 07:30 AM – 06:00 PM |
Comando Logístico Infantería de Marina (CALOGIM) | Xxxxxxx 00 Xx 00-00 xxxx Xxxxxxxxxx-Xxxxxx Xxxxxx) | 07:30 AM – 06:00 PM |
Dirección Comercio Exterior (DICOMEX) | Xxxxxxx 00 Xx 00-00 xxxx Xxxxxxxxxx-Xxxxxx Aranda | 07:30 AM – 06:00 PM |
Oficina Inventario Fiscales (OINFIS) | Xxxxxxx 00 Xx 00-00 xxxx Xxxxxxxxxx-Xxxxxx Xxxxxx | 07:30 AM – 06:00 PM |
Departamento Unidades Fluviales Guaimaral (DUF) | Guimaral | 07:30 AM – 06:00 PM |
Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xx. 00 (BPNM- 70) | Carrera 69 Nº 51 – 31 Sector xxx Xxxxxx Popular | 07:30 AM – 06:00 PM |
Departamento de Servicios Generales (DESEG) | Xxxxxxx 00 Xx 00 – 00 Xxxxxx xxx Xxxxxx Popular | 07:30 AM – 06:00 PM |
Taller de Mantenimiento Electrónico (DIMAT) | Carrera 69 Nº 51 – 31 Sector xxx Xxxxxx Popular | 07:30 AM – 06:00 PM |
Cámara de suboficiales (CAMASUB) | Carrera 69 Nº 51 – 31 Sector xxx Xxxxxx Popular | 07:30 AM – 06:00 PM |
Grupo de Mantenimiento (XXXXXX) | Carrera 69 Nº 51 – 31 Sector xxx Xxxxxx Popular | 07:30 AM – 06:00 PM |
Grupo Móvil de Entrenamiento (GRUMEN) | Xxxxxxx 00 Xx 00 – 00 Xxxxxx xxx Xxxxxx Popular | 07:30 AM – 06:00 PM |
Cámara Oficiales (CAMOF) | Xxxxxxx 00 # 00-00 Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | 07:30 AM – 06:00 PM |
Grupo Aéreo de Transporte y Apoyo Fluvial (GATAF) | Aeropuerto el Dorado entrada CATAM | 07:30 AM – 06:00 PM |
Comando Aviación Naval (CAVNA) | Aeropuerto el Dorado entrada CATAM | 07:30 AM – 06:00 PM |
Jefatura de Instrucción Naval (JINEN) | Edificio World Business Center - Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx 00 # 00-00 Xxxx 0 | 07:30 AM – 06:00 PM |
Dirección de Incorporación (DINCOR) | Xxxxxxx 00 # 00-00 Xxxxxx Xxxxxxx | 07:30 AM – 06:00 PM |
Colegio Naval Santa fe de Bogotá (COLNAVAL) | Xxxxx 00X # 00-00 Xxxxxx XX Vargas | 07:30 AM – 06:00 PM |
Edificio Insignia | carrera 9 No. 94-28-30 | 07:30 AM – 06:00 PM |
Oficina Seguridad Personajes (OSPER) | Xxxxx 00 Xxxxxxx 0x Xxxxxxxx Xxxxxxxx | 07:30 AM – 06:00 PM |
Oficinas del Edifico Bachué (ORION, DPSOC, DICI, OPLAL, OACARC, SEHISNA, JPM,DARMAR) | Xxxxxxx 00 # 00-00 Xxxxxxxx Xxxxxx 0 x 0 Xxxx | 07:30 AM – 06:00 PM |
Grupo Comunicaciones Estratégicas (GCOMES) | Xxxxxxx00 Xx. 00x-00 | 07:30 AM – 06:00 PM |
Dirección de Familia y Atención a Víctimas (DIFAM) | Xxxxxxx 00X - 00-00 Xxxxxx xx Xxxxxxxxx | 07:30 AM – 06:00 PM |
Escuela Superior xx Xxxxxx (Componente Armada Nacional) | Xxxxx 00 Xx. 000-00 | 07:30 AM – 06:00 PM |
Oficina planeación logística (OPLAL) | Xxxxx 00 X Xx 00-00 Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxxx X.X. | 07:30 AM – 06:00 PM |
Dirección de Análisis y Contexto Institucional (DANCOI) | Xxxxx 00 Xxxxxxx 0x Xxxxxxxx Xxxxxxxx | 07:30 AM – 06:00 PM |
CANTIDAD COMPUTADORES CIUDAD BOGOTA | 1064 | |
CANTIDAD SERVIDORES CIUDAD BOGOTA | 60 | |
CANTIDAD PORTATILES CIUDAD BOGOTA | 70 | |
CANTIDAD iMAC CIUDAD BOGOTA | 06 | |
CANTIDAD IMPRESORAS CIUDAD BOGOTA | 15 | |
CANTIDAD ESCANER CIUDAD BOGOTA | 42 | |
CANTIDAD PLOTERS CIUDAD BOGOTA | 05 | |
CANTIDAD SWITCH CIUDAD BOGOTA | 85 |
CIUDAD | UNIDAD | No. Equipos |
Puerto Xxxxx -Meta | Puesto Fluvial Avanzado No.41 -PFA41 | 38 |
Turbo - Antioquia | Batallón Fluvial I.M No. 16 – BFIM16 | 69 |
Turbo - Antioquia | Estación de Guardacostas Xxxxx | 00 |
Xxxxxxxxxxxx - Xxxxx | Brigada Infantería de Marina No.2 – BRIM2 | 000 |
Xxxxxxxxxxxx - Xxxxx | Estación Guardacostas del Xxxxxxxx - XXXX | 00 |
Xxxxxxxxxxxx - Xxxxx | Batallón Infantería de Marina No. 21 – BIM21 | 36 |
Buenaventura - Cauca | Batallón Fluvial Infantería de Marina No. 24 – BFIM24 | 38 |
Buenaventura - Cauca | Batallón Comando y Apoyo I.M No. 2 – BACAIM2 | 64 |
Pizarro - Choco | Batallón Infantería de Marina No. 22 – BIM22 | 22 |
Bahía Xxxxxx - Choco | Batallón Infantería de Marina No. 23 – BIM23 | 62 |
Guapi - Cauca | Batallón Fluvial Infantería de Marina No. 42 – BFIM42 | 53 |
Puerto Inírida - Guainía | Batallón Fluvial Infantería de Marina No. 50 – BFIM50 | 00 |
Xxx Xxxx xxx Xxxxxxxx - Xxxxxxxx | Batallón Fluvial Infantería de Marina No. 32 – BFIM32 | 36 |
Arauca – Arauca | Batallón Fluvial Infantería de Marina No. 52 – BFIM52 | 40 |
Barrancabermeja - Santander | Puesto Fluvial Avanzado Xxxxxxxxxxxxxxx | 00 |
Xxxxxx - Xxxxxxx | Estación de Guardacostas Ballenas | 10 |
Uribía-Guajira | Estación de Guardacostas Pto. Bolívar | 10 |
Santa Xxxxx – Magdalena | Estación de Guardacostas Santa Xxxxx | 27 |
Xxxxxxx- Amazonas | Guardacostas del Amazonas | 49 |
4.6 CANTIDADES A RECIBIR: Acuerdo anexo B; sin embargo y teniendo en cuenta que el presupuesto es insuficiente para satisfacer la necesidad, se recomienda adjudicar hasta por el 100% presupuesto oficial asignado que permita adquirir la mayor cantidad de Chalecos Salvavidas posibles, en caso que la oferta ganadora del proceso contractual fuera por menor valor del presupuesto oficial. Las cantidades se ajustaran acuerdo valores unitarios de la oferta ganadora.
4.7 TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES:
De acuerdo con lo establecido por el artículo 4º de la Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, artículos 2.2.1.1.2.1.1., 2.2.1.1.2.1.3, y Ley 80 de 1993, se estiman como riesgos involucrados en la contratación, todas aquellas circunstancias que de presentarse durante el desarrollo y ejecución del contrato, que tienen la potencialidad de alterar el equilibrio económico del mismo, razón por la que en el Anexo al presente Pliego de Condiciones, se indican los riesgos previsibles, identificables y cuantificable en condiciones normales
4.8 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
El oferente presentará una garantía por medio de la cual avale el cumplimiento de las obligaciones surgidas a favor de del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL-ARMADA NACIONAL- BASE
NAVAL ARC “BOGOTÁ”, NIT 800.141.644-1, con ocasión de la presentación de su oferta otorgada únicamente como mecanismo de cobertura de riesgos, a través de pólizas expedidas por compañías
de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia; en garantías bancarias; o en cualquier otro mecanismo de cobertura del riesgo, autorizados por el reglamento de seguros a nivel nacional, emanadas por personas jurídicas financieras, fiduciarias o compañías de seguros legalmente establecidas para funcionar como tal en el país, acorde lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional, Subsección 3 “, su vigencia, la cual se extiende desde la presentación de la oferta y hasta por 90 días calendario contados a partir de la presentación de la propuesta y en todo caso hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato y su valor debe corresponder por los menos el diez por ciento (10%) del valor de la oferta
Al OFERENTE se le hará efectiva la Garantía de Seriedad de la propuesta en los eventos señalados en el citado artículo 2.2.1.2.3.1.9 y por ende debe indicar de manera expresa y literal, los siguientes eventos:
- La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la Adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.
- El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas.
- La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
- La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato.
Cuando la propuesta la presente un Consorcio o Unión Temporal, la Garantía deberá ser otorgada por todos sus integrantes acuerdo dispone el artículo 2.2.1.2.3.1.4 “Garantía del OFERENTE plural” del Decreto 1082/15, indicando en el cuerpo de la misma las personas naturales y/o jurídicas que la componen y su porcentaje de participación.
NOTA: De conformidad con el artículo 5 de la Ley 1882 del 15 de enero de 2018, parágrafo tercero por medio del cual se modificó el artículo 5 de la Ley 1150/2017, la no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta no será subsanable y será causal de rechazo de la misma.
4.9 GARANTÍA ÚNICA
Una vez suscrito el contrato, el CONTRATISTA constituirá y adjuntará a través de la plataforma SECOP II una garantía única que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente contrato, en los términos del Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional, Subsección 3 “Garantías”, la cual consistirá en pólizas expedidas por compañías de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia; en garantías bancarias; o en cualquier otro mecanismo de cobertura del riesgo, autorizados por el reglamento de seguros a nivel nacional, emanadas por personas jurídicas legalmente establecidas en el país, a favor del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - ARMADA NACIONAL – BASE NAVAL “BOGOTÁ”, NIT 800.141.644-1, la cual contendrá los siguientes amparos:
➢ CUMPLIMIENTO: Por un valor equivalente al TREINTA (30%) del valor total del contrato, vigente por el término de liquidación (ocho meses adicionales al plazo de ejecución).
➢ CALIDAD DEL SERVICIO: Por un valor equivalente al Treinta (30%) del valor total del contrato vigente por el término de ejecución del contrato hasta la liquidación del mismo.
➢ CALIDAD DE LOS BIENES Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO: Por un valor equivalente al Treinta (30%) del valor total del contrato vigente hasta la liquidación del mismo, una vez recibido a satisfacción el plazo de ejecución del servicio.
➢ PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Por un valor equivalente al Cinco (5%) del valor total del contrato vigente por el término de liquidación del mismo y tres (03) años más.
➢ RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Por un valor equivalente a 200 SMLV vigente hasta la liquidación del mismo.
La garantía debe incluir de manera expresa que:
o Ampara el pago de las multas y la cláusula penal pecuniaria pactadas en el contrato,
o Que la entidad aseguradora renuncia al beneficio de excusión
o Las pólizas cuyo beneficiario es el Estado, no expiran por falta de pago de la prima
o por revocatoria unilaterales.
NOTA 1: Las garantías consistirán en Contrato de seguro contenido mediante pólizas expedidas por compañías de seguros legalmente autorizadas para funcionar en Colombia, en garantías bancarias y en general, en los demás mecanismos de cobertura del riesgo autorizados por el Articulo 2.2.1.2.3.1.2. del Decreto 1082 del 2015.
NOTA 2: Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia, podrán otorgar como garantías, cartas de crédito stand by expedidas en el exterior o cualquier otro mecanismo contemplado en el Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, POR MEDIO DEL CUAL SE EXPIDE EL DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN NACIONAL, SECCION 3 “Garantías”
NOTA 3: Con la garantía se debe adjuntar el anexo de condiciones generales correspondientes
GARANTÍA TÉCNICA: El oferente deberá garantizar que en el evento de resultar adjudicatario, ofrecerá una garantía de los servicios brindados en las cantidades mínimas requeridas por la Armada Nacional, contra cualquier anomalía, incluidos todos sus componentes, insumos y accesorios conforme las especificaciones y características técnicas exigidas, por un lapso mínimo de UNO (1) año , lapso contado a partir de la expedición del acta de recibo a satisfacción de los mismos, por parte del supervisor del contrato. si durante la vigencia del contrato resultare defectuosos y/o anómalo cualquiera de los elementos entregados, el contratista deberá asumir su costo, por cuenta y riesgo del mismo (incluyendo la totalidad de los gastos que el subsanar genere) a satisfacción de la armada nacional, dentro de un lapso máximo de dos (2) días a partir de la indicación de lo ocurrido por parte del supervisor del contrato. en este caso corresponderá a la Armada Nacional notificar por escrito al contratista dentro de dos (02) horas, siguientes en que suceda y/o se descubra la falla o el defecto e indicar el plazo dentro del cual se debe reponer el material. el contratista en consecuencia procederá a subsanar y/o remplazar lo peticionado, sin ningún costo para la Armada Nacional. si la anomalía es resultado de mala operación o del uso indebido por parte de la Armada Nacional, debidamente comprobada, la subsanación será a cargo de la Armada Nacional.
4.10 CLAUSULA DE COMERCIO EXTERIOR: (CUANDO APLIQUE) Para los bienes importados objeto del contrato, el contratista realizará todos los trámites de desaduanamiento en la Importación, y Giros al Exterior, obteniendo las Licencias de Importación a su nombre y los demás trámites que se generen ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y/o el Ministerio de Comercio Industria y Turismo.
Previo al trámite de desaduanamiento, el contratista remitirá a la Dirección de Comercio Exterior de la Armada Nacional, ubicada en la Xxxxx 00x Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, original y copia de la Licencia de Importación aprobada por parte del Ministerio de Comercio Industria y Turismo, junto con la copia de la factura de Importación, copia del Contrato y autorización escrita del supervisor del contrato avalando los bienes a importar; con la respectiva solicitud de Exclusión de IVA por la Importación de los bienes objeto del presente contrato, conforme a lo establecido en el Artículo No. 428 del Estatuto Tributario, Decreto No. 695/1983, Decreto 3000/2005.
PARÁGRAFO PRIMERO: El contratista junto con la factura de venta, entregará fotocopia de los documentos en los cuales se demuestre que los bienes suministrados están legalmente adquiridos y pagados en el exterior, como son: Declaración Aduanera de Importación, Documento de Transporte y Factura de Importación.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El contratista no debe despachar los bienes objeto del contrato a nombre de la Armada Nacional, ni ser consignadas a los depósitos temporales aduaneros de la Armada Nacional.
PARÁGRAFO TERCERO: Esta cláusula no aplica para elementos que se encuentren desaduanados por parte del contratista y estén en el stock de sus almacenes antes de la firma y perfeccionamiento del contrato.
PARÁGRAFO CUARTO: En cumplimiento de lo mencionado en el Artículo 30 de la Resolución de Delegación Ministerio de Defensa Nacional No. 4519 de 2016, en caso de requerir el trámite del Certificado de Uso Final, el contratista deberá elevar la solicitud escrita ante el usuario y supervisor del contrato, sustentado las razones y especificando los bienes que motivan mencionada solicitud.
PARÁGRAFO QUINTO: El tiempo estipulado para el trámite de la certificación de exención de IVA por parte de la Dirección de Comercio Exterior, será de cinco (05) días hábiles contados a partir de la fecha del recibido de los documentos, siempre y cuando se cuente con la totalidad de los mismos y amparen correctamente los bienes objeto del contrato; este tiempo se debe tener en cuenta dentro del plazo de ejecución del contrato.
4.11 SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La Base Naval ARC “Bogotá” ejercerá el control y vigilancia de la ejecución del contrato a través de un Supervisor, quien tendrá como función verificar el cumplimiento de las obligaciones del Contratista. El Supervisor ejercerá un control integral sobre el contrato, para lo cual podrá, en cualquier momento solicitar al Contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo. Además de las actividades generales antes mencionadas, el Supervisor apoyará, asistirá y asesorará a la Base Naval ARC “Bogotá” en todos los asuntos de orden técnico, económico y jurídico que se susciten durante la ejecución del contrato, hasta su recibo definitivo y liquidación. Así mismo, el Supervisor está autorizado para solicitar por escrito al Contratista la corrección de las novedades/no conformidades que pudieren presentarse y determinar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente aquellas que llegaren a presentarse/sobrevenir durante la ejecución del contrato.
El Contratista deberá acatar las órdenes que le imparta por escrito el Supervisor, no obstante, si no estuviese de acuerdo con las mismas, así deberá manifestarlo a éstos por escrito, antes de proceder a ejecutarlas; en caso contrario responderá solidariamente con ellos si del cumplimiento de dichas órdenes se derivan perjuicios para la Base Naval ARC “Bogotá”.
4.12 EROGACIONES TRIBUTARIAS
Todas las erogaciones Tributarias que deban cancelarse con ocasión de la celebración del contrato, así como la constitución de pólizas y/o garantías entre otras erogaciones, será a cargo exclusivamente del CONTRATISTA.
4.13 CESIÓN Y SUBCONTRATOS
El contratista no podrá ceder total ni parcialmente el contrato, sin previo consentimiento escrito de La Base Naval ARC “Bogotá”, pudiendo ésta reservarse las razones que tenga para negar la cesión.
En caso de que el CONTRATISTA, decida efectuar una cesión y/o pignoración de derechos económicos, deberá solicitar su aceptación y notificación por parte de La Base Naval ARC “Bogotá” , para lo cual deberá anexar como mínimo, los siguientes documentos: 1) Contrato de cesión y/o pignoración de derechos económicos del contrato objeto de la cesión, firmado por el cesionario y el cedente donde se relacionen todas las condiciones pactadas para realizar la operación, en forma explícita, y en especial lo siguiente: A) valor de la cesión, condiciones financieras, modificaciones y/o exigencias que en materia financiera y administrativa se generarían con ocasión de la cesión. B) Señalar si la cesión corresponde al contrato principal y/o sus adicionales. C) Aceptación del cesionario de los descuentos xx xxx, cuando aplique. D) Xxxxxxx la forma en que la cesión no causará perjuicio en la ejecución del contrato objeto de cesión, y las medidas que adoptará la nueva entidad para garantizar la debida diligencia en la ejecución del contrato, o la forma en que se continuará con dicha ejecución. 2) Acta del órgano social competente donde conste la autorización al representante legal para efectuar la cesión. (En el caso de Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura o cualquier otra forma legal de asociación, la autorización deberá ser por los órganos sociales de cada uno de sus integrantes. 3) Certificado de existencia y representación legal del cesionario y del cedente, cuando se trate de persona jurídica, y certificado de inscripción cuando se trate de persona natural, expedido por la Cámara de Comercio del domicilio correspondiente. 4) Certificación bancaria con número de cuenta y beneficiario donde se deben consignar los valores cedidos. 5) Certificado de existencia y representación legal del cesionario expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia, en tratándose de entidad sometida a su vigilancia y control. 6) Declaración bajo juramento del cesionario en la cual exprese el cumplimiento de lo previsto en el Decreto 4334 de 2008, en concordancia con el Decreto 1981 de 1988.
4.14 MULTAS:
La Base Naval ARC “Bogotá”, podrá imponer al CONTRATISTA multas cuyo valor se liquidará con base en el UNO por ciento (1.0%) de los bienes o servicios dejados de entregar, por cada día de retardo y hasta por quince (15) días en caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato. En el evento en que el incumplimiento en que incurra el contratista no deba tasarse en bienes y/o servicios dejados de entregar/prestar, se determina que se liquidará con base en el CERO PUNTO UNO (0.1%) por ciento del valor total del contrato, por cada día de retardo en el cumplimiento de su (s) obligación (es). Esta sanción se impondrá conforme al procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 del 12 de julio de 2011 y, se reportará a la Cámara de Comercio competente de conformidad con lo previsto en el artículo 22.1 de la Ley 80 de 1993. De conformidad con el Capítulo VI de la Resolución 6302 de 2014 en caso de incumplimiento parcial de las obligaciones pactadas en el contrato, el proceso será de la siguiente manera: El Funcionario competente del contrato elaborará el documento en el que consignará los antecedentes del contrato, los fundamentos del hecho y de derecho del presunto incumplimiento y sus análisis frente a los mismos. De éste se dará traslado al contratista para que en un plazo máximo de tres (03) días hábiles en audiencia o por escrito controvierta los fundamentos de hecho o de derecho invocadas por la Entidad y exponga los argumentos que considere pertinentes para el adecuado ejercicio de su derecho de defensa. Examinados los argumentos y el presunto incumplimiento se decidirá mediante acto motivado de conformidad con el porcentaje previsto para tal efecto. PARÁGRAFO. No habrá lugar a la aplicación de esta cláusula en el caso de presentarse fuerza mayor o caso fortuito, oportunamente informado por el contratista a la Entidad, debidamente acreditado y soportado.
4.15 PENAL PECUNIARIA:
En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total y/o parcial de las obligaciones derivadas del presente contrato, el CONTRATISTA pagará a la Base Naval ARC “Bogotá” de la Armada Nacional a título xx xxxx pecuniaria, una suma equivalente al DIEZ por ciento (10%) del valor del contrato. La imposición de esta pena pecuniaria se considerará como pago parcial y no definitivo de los perjuicios que cause a La Base Naval ARC “Bogotá”. No obstante, la Base Naval ARC “Bogotá” se reserva el derecho de cobrar perjuicios adicionales por encima del monto de lo aquí pactado, siempre que los mismos se acrediten. Tanto el valor de las multas, como el de la Cláusula Penal Pecuniaria serán descontados de los pagos que se efectúen al CONTRATISTA. El pago de la Cláusula Penal Pecuniaria estará amparado mediante Póliza de Seguros en las condiciones establecidas en el contrato. Esta sanción se impondrá conforme al procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 del 12 de julio de 2011 y, se reportará a la Cámara de Comercio competente de conformidad con lo previsto en el artículo 22.1 de la Ley 80 de 1993.
PARÁGRAFO. APLICACIÓN DEL VALOR DE LAS SANCIONES PECUNIARIAS:
El valor de las multas y de la Cláusula Penal Pecuniaria se tomará del saldo a favor del CONTRATISTA si lo hubiere, o de la Garantía constituida. Si esto último no fuere posible, se cobrará por Vía Ejecutiva.
4.16 CADUCIDAD:
La Base Naval ARC “Bogotá” podrá declarar la caducidad de este contrato por medio de Resolución debidamente motivada dentro del término de ejecución del mismo y en los casos consagrados en la Ley. En dicha Resolución se expresarán las causales que dieron lugar a ella y se ordenará hacer efectivo si se hubiere decretado antes el valor de las Multas, así como el de la Cláusula Penal Pecuniaria y la Garantía Única.
4.17 MODIFICACIÓN, TERMINACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERAL:
Se consideran incorporados al contrato los principios que rigen la terminación, modificación e interpretación unilateral, en los términos consagrados en los artículos 14, 15,16 y 17 de la Ley 80 de 1993 y en el Parágrafo del artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
4.18 LIQUIDACIÓN:
El contrato será objeto de liquidación de conformidad con lo consagrado en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 217 del Decreto Ley 0019 de 2.012, el contrato se liquidará bilateralmente dentro de los ocho (08) meses siguientes al cumplimiento del plazo de ejecución. Si no fuere posible, la Base Naval ARC “Bogotá” de la Armada Nacional procederá a realizar la liquidación unilateral mediante expedición de acto administrativo debidamente motivado.
4.19 INDEMNIDAD:
Quien sea seleccionado como contratista, mantendrá indemne a la Entidad Estatal de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes.
4.20 FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO:
El CONTRATISTA no será responsable ni se considera que ha incurrido en incumplimiento de sus obligaciones en el objeto contratado, si se presentare durante la ejecución circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito u otros hechos fuera de su control conforme a las disposiciones del artículo 1º de la Ley 95 de 1890. El CONTRATISTA se obliga a informar por escrito a La Base Naval ARC
“Bogotá”, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la ocurrencia de las posibles causas acompañando a la mencionada comunicación todos los documentos y pruebas de soporte que demuestren su ocurrencia, manifestando el tiempo estimado dentro del cual se reanudará la ejecución del objeto contratado
NOTA: El contrato deberá suscribirse en las instalaciones de la BASE, por parte de la firma adjudicataria, en caso de no ser posible la asistencia del representante legal, deberá enviar autorización firmada a efectos de retirar la minuta de las instalaciones de la unidad, la cual deberá ser devuelta a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su retiro, so pena de hacer efectiva la Garantía de Seriedad del ofrecimiento.
4.21 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA: En general, son obligaciones del CONTRATISTA, entendiendo por ello y para efectos del presente contrato,1. Hacer la entrega de los servicios objeto del futuro contrato, de conformidad con las especificaciones técnicas descritas requeridas. 2. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho. Cuando se presenten tales peticiones o amenazas, los contratistas deberán informar inmediatamente de su ocurrencia a la Entidad contratante y a las demás autoridades competentes para que ellas adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios. El incumplimiento de ésta obligación y la celebración de pactos o acuerdos prohibidos dará lugar a la caducidad del contrato de conformidad con el artículo 5º, numeral 5º de la Ley 80 de1993. 3. Solucionar las controversias contractuales, que se presenten en la ejecución y desarrollo del presente contrato, de conformidad con lo previsto en la Ley 80 de 1993. 4. Cumplir a cabalidad con el objeto del contrato, de acuerdo a los precios unitarios fijos contenidos en la propuesta económica y a la invitación en general 5. Cumplir con las condiciones jurídicas, técnicas, económicas y comerciales presentadas en la propuesta. 6. Reportar por escrito al supervisor cualquier novedad o anomalías que detecte en la entrega de los bienes. Garantizar la oportuna, eficaz y eficiente prestación del objeto contratado y responder por su calidad, sin perjuicio de la respectiva garantía. 7. Dar estricto cumplimiento a los términos pactados y por ningún motivo suspender o abandonar el objeto contratado. Responder por los impuestos que cause la legalización del contrato. 8. Responder por la buena calidad de los servicios prestados objeto del contrato. 9. Entregar los bienes suministrados y servicios prestados dentro del plazo de ejecución estipulado.10. En caso que exista insatisfacción por los bienes suministrados y servicios prestados, realizará la corrección o cambio de los mismos dentro de los cinco (5) días hábiles, una vez efectuado el requerimiento por parte de la Entidad. 11. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho. Cuando se presenten tales peticiones o amenazas el contratista deberá informar inmediatamente de su ocurrencia a la Entidad contratante y a las demás autoridades competentes para que ellas adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios. El incumplimiento de ésta obligación y la celebración de pactos o acuerdos prohibidos dará lugar a la caducidad del contrato, artículo 5º, numeral 5º de la Ley 80 de 1993. 12. Facturación. El contratista deberá entregar la factura Original en la Entidad, acuerdo los requisitos establecidos en Ley 223 de 1995. 13. El contratista deberá estar en capacidad de entregar los bienes y prestar servicios de primera calidad en la Entidad y dentro del plazo de ejecución estipulado. Debe prever el tiempo de llegada de los productos a aplicar en los bienes objeto del contrato, teniendo en cuenta los factores de tiempo, clima, tránsito vial nacional y municipal. 14. Para el pago EL CONTRATISTA deberá anexar la constancia del pago de la Seguridad Social, con el fin de dar cumplimiento al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. En la presente también deberá allegar certificación firmada y escrita por parte del Representante Legal y Contador y/o Revisor Fiscal del pago de la Seguridad Social según corresponda acuerdo normatividad vigente y aportes Parafiscales según corresponda (Acuerdo a lo previsto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 828 de 2003 y la Ley 1562 de 2012 - Sistemas de Salud, Riesgos Laborales, Pensiones y Aportes a las Cajas de Compensación Familiar) y anexar copia de la planilla de dichos aportes.15. Los equipos serán puestos en Bogotá para los mantenimientos correctivos que se requieran. (Para el traslado de los equipos, con el fin de realizar el mantenimiento correctivo, se efectuara coordinaciones con los enlaces de cada unidad con el fin de que hagan llegar los equipos a la División de Informática). 16. En horas laborales la respuesta debe ser inmediata. Esta disponibilidad
deberá manifestarse mediante carta expresa. 17. Cuando la reparación de un equipo tome más de 48 horas, la empresa deberá suministrar un equipo de iguales o superiores características para soporte, hasta la corrección de la falla. 18. TIEMPO DE SERVICIO: El horario de atención en sitio deberá ser desde las 07:30 hasta las 18:00 horas. Se debe tener disponibilidad 5 días x 8 horas para cuando sea requerido por la División de Informática de la Armada Nacional. 20. Durante la ejecución del contrato. La compañía deberá suministrar a los técnicos residentes los medios de comunicación necesarios para la ubicación inmediata (Celular o Radio Transmisores), este medio debe tener la posibilidad de comunicación constante, entre ellos, sin ninguna restricción ni limite.
21. PERSONAL EN SITIO: Se debe contemplar como mínimo 02 Técnicos y/o Tecnólogos de Sistemas y/o Electrónico, que ejercerá las labores de soporte técnico y deberán estar en el Comando Armada (Bogotá).22. El Contratista deberá asegurar la continuidad y permanencia, tiempo completo, del personal asignado inicialmente al proyecto. Cualquier cambio de personal deberá ser aprobado por el supervisor del contrato, previa presentación de la Hoja de Vida y su documentación.23. Si no existe entera satisfacción por parte de la Armada Nacional acerca de la idoneidad de los técnicos, tecnólogos y profesionales asignados para la ejecución del objeto del presente proceso de contratación, previa notificación por escrito a la Empresa, ésta deberá asignar un nuevo técnico, tecnólogo o profesional en un tiempo máximo de cinco (5) días contados a partir de la notificación.24. El Contratista deberá contar con todas las herramientas y elementos necesarios para efectuar las labores de diagnóstico y solución de problemas durante la ejecución del mantenimiento.25. El Contratista deberá disponer de las herramientas necesarias para diagnóstico y recuperación del sistema operativo y/o información de los microcomputadores clientes y servidores Linux. 26. La Armada Nacional – División de Informatica, cuenta con herramientas de ofimáticas (Microsoft), mesa de ayudas, sistema operativo LINUX y antivirus entre otros, Kaspersky, por lo cual el contratista debe garantizar que cuenta con personal calificado para adelantar los respectivos mantenimientos preventivos y correctivos. 27. Los servicios prestados por el oferente solamente pueden ser solicitados y autorizados por la División de Informática de la Armada Nacional, teniendo en cuenta los valores ofertados por el contratista; en caso de que se requiera de algún servicio de mantenimiento que no haya quedado incluido dentro de la oferta, el valor del servicio se establecerá de común acuerdo entre las partes, y nunca sobrepasando los precios estándar xxx xxxxxxx. 28. Será de exclusiva responsabilidad del oferente contratar el personal que requiere para cumplir con el objeto del contrato y asumir por su cuenta y riesgo todas las prestaciones legales a que haya lugar. 29. El tiempo de respuesta a reclamaciones por garantía de las reparaciones que se le realicen a los bienes deberá ser máximo de dos (2) días hábiles. 30 Deberá presentar informes cada vez que se efectué cualquier tipo de revisión o mantenimiento al equipo mencionado en el objeto y deberá presentar un informe final de la ejecución del contrato. 31. En caso de presentarse datos o anomalías imprevistas fuera de la jornada laboral legal, el contratista debe estar en capacidad de atender esta eventualidad con personal idóneo dentro de un plazo mínimo posible de atención. Para la prestación del servicio el contratista deberá contar con medios de comunicación disponibles para atender cualquier tipo de urgencias que se presente. 32. deberá contar con una línea telefónica (localizadas en la sede administrativa del contratista) y una línea celular (soporte remoto del técnico especializado) que apoyen la atención inmediata en caso de urgencias y que brinden control a la calidad del servicio, por medio de una línea telefónica fija de atención.
4.22 OBLIGACIONES DE LA ARMADA NACIONAL:
Recibir a satisfacción los bienes que sean entregados por el CONTRATISTA, cuando estos cumplan con las condiciones establecidas en el contrato. 2. Pagar al CONTRATISTA en la forma pactada y con sujeción a las disponibilidades presupuestales y de PAC previstas para el efecto. 3. Tramitar diligentemente las apropiaciones presupuestales que requiera para solventar las prestaciones patrimoniales que hayan surgido a su cargo como consecuencia de la suscripción del presente contrato. 4. Verificar que el CONTRATISTA se encuentre al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, Cajas de Compensación Familiar cuando corresponda. (Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, Ley 828 de 2003 y artículo 23 de la Ley 1150 de 2007). 5. Aprobar la Garantía Única una vez presentada por el Contratista. 6. Suscribir el acta de Liquidación. 7. Exigir del Contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado. 8). Adelantar
las revisiones periódicas de los bienes suministros, para verificar que ellos cumplan con las condiciones de calidad ofrecidas por los contratistas, y promoverán las acciones de responsabilidad contra estos y sus garantes cuando dichas condiciones no se cumplan. Estas revisiones deberán llevarse a cabo por lo menos una vez cada doce (12) meses durante el término de vigencia de las garantías. 9). La Entidad, se reserva el derecho de efectuar las verificaciones que considere necesarias. 10). Exigir que la calidad de los bienes adquiridos por la Armada Nacional se ajuste a los requisitos mínimos previstos en las normas técnicas obligatorias, sin perjuicio de la facultad de exigir que tales bienes o servicios cumplan con las normas técnicas colombianas o, en su defecto, con normas internacionales elaboradas por organismos reconocidos a nivel mundial o con normas extranjeras aceptadas en los acuerdos internacionales suscritos por Colombia. 11). Sin perjuicio del llamamiento en garantía, repetirá contrato los servidores públicos, contrata el contratista o los terceros responsables, según el caso, por las indemnizaciones que deban pagar como consecuencia de la actividad contractual. 12). Adoptar las medidas necesarias para mantener durante el desarrollo y ejecución del contrato las condiciones técnicas, económicas y financieras ofertadas por el contratista. 13). Actuar de tal modo que por causas a ellas imputables, no sobrevenga una mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista. 14). Las demás obligaciones que se deriven de la naturaleza del contrato.
4.23 INDISPONIBILIDA DEL SECOP II (Adendas, Manifestación de Interés, subastas y Presentación de Ofertas según aplique y la modalidad de contratación)
EI SECOP II es confiable pero todos los sistemas de información pueden tener fallas que afecten su disponibilidad, por lo cual se establecen procedimientos para suplir dichas fallas.
Una indisponibilidad es aquella que afecta la presentación de las ofertas; la presentación de manifestaciones de interés; la elaboración o aplicación de Adendas en el SECOP II; o, la realización de una subasta, cuando la indisponibilidad se presenta dentro de las cuatro (4) últimas horas previstas para el evento correspondiente o durante la realización de una subasta.
En caso de presentarse alguna de las situaciones antes señaladas los proponentes deberá remitirse a la Guía de Indisponibilidad del SECOP II, publicada en el sitio xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxx_xxxxxx/xxxxx/xxx_xxxxxxxxxx/00xxx_xxxxxxxxxxxxxxxx_x ecopii.pdf, donde encontrara las instrucciones para Compradores ante estas situaciones.
ANEXO “A” “MATRIZ DE RIESGOS”
Tabla 1 Matriz de riesgos
NUMERICA | HISTORICA | IMPACTO | |||||||||
| INSIGNIFICANTE | MENOR | MODERADO | MAYOR | CATASTROFICO | ||||||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | |||||||
PROBABILIDAD | 1 EN 10.000- 100.000 | Puede ocurrir pero solo en circunstancias excepcionales | RARO | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | ||
1 EN 1.000- 10.000 | Podría ocurrir pero dudoso | IMPROBABLE | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | |||
1 EN 100- 1.000 | Podría ocurrir en cualquier momento futuro | POSIBLE | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | |||
1 EN 10- 100 | Probablemente ocurrirá | PROBABLE | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | |||
1 EN 10 | Se espera que ocurra en la mayoría de circunstancias | CASI CIERTO | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 |
El orden de prioridades fue establecido asignando un puntaje de acuerdo con la probabilidad de ocurrencia (raro; improbable; posible; probable; casi cierto) y de su impacto (insignificante; menor; moderado; mayor; catastrófico). Los riesgos fueron clasificados teniendo cuenta su calificación de acuerdo con Tabla 2.
Tabla 2 Prioridad de tratamiento y control del riesgo
N° | Factor de escogencia y calificación |
Riesgo > 7 | Riesgo Extremo: Se requiere un plan de acción detallado |
6 <= Riesgo <= 7 | Riesgo Alto: Se necesita una atención mayor de la administración |
Riesgo = 5 | Riesgo Medio: Especificar responsabilidad de la administración |
Riesgo < 5 | Riesgo Bajo: Administrar por procedimientos de rutina |
ARMADA NACIONAL REPUBLICA DE COLOMBIA | FORMATO PROYECTO PLIEGOS DE CONDICIONES - SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTÍA | ||
Proceso: Adquisiciones | Autoridad: JOLA | ||
Código: ADQ-FT-014-JOLA-V05 | Rige a partir de: 24/09/2015 | Página 47 de 89 |
Tabla 3 Mapa de identificación de riesgos
No | Clase | Área | Etapa | Tipo | descripció n (qué puede pasar y, si es posible, cómo puede pasar) | Consecu encia de la ocurrenc ia del evento | Probabilidad | Impacto | Calificación | Prioridad | A quien se le asigna? | Tratamiento/controles a ser implementados | Impacto después del tratamiento | Afecta la ejecución el contrato | Persona que implementa el tratamiento | Fecha inicio tratamiento | Fecha término tratamiento | Monitoreo y revisión | |||
probabilidad | impacto | Valoración del riesgo | Forma de realizar monitoreo | Periodicidad monitoreo / Cuando? | |||||||||||||||||
1 | General | Externo | Planeación | Social o político | dispersión de la normativida d | En materia de contrataci ón estatal, existen numerosa s normas, directrices , conceptos e interpreta ciones sobre el procedimi ento de contrataci ón | 3 | 1 | 4 (Riesgo bajo) | d | Entidad | Hacer seguimien to de las normas de contrataci ón y de sus modificaci ones | 3 | 1 | 4 | NO | Asesor de Contratación | ENE-19 | DIC-19 | Verifican do el portal de CCE | Semanal |
2 | General | Interno | Planeación | Operacional | deficiente determinaci ón de especificaci ones técnicas mínimas y variación de las mismas durante la ejecución del contrato | Las especifica ciones técnicas mínimas no permiten que se satisfaga la necesidad y requieran modificaci ones que aumente el monto de los bienes o servicios | 2 | 2 | 4(Riesgo bajo) | d | Entidad | Se efectúa verificació n del estudio previo presentad o realizando observaci ones cuando las especifica ciones no ofrecen claridad | 2 | 2 | 4 | SI | Usuario /gerente de proyecto Asesor de contratación | Con la llegada del estudio previo | Cinco días hábiles siguientes a la recepción | Documen to solicitand o aclaració n | Llegada estudio previo corregid o |
3 | General | Interno | Planeación | Operacional | Cambio de lugar de ejecución del contrato y ejecución de actividades adicionales a las establecida s en el contrato | Modificaci ón de las condicion es del contrato y aumento del costo estimado para la ejecución del mismo. | 2 | 2 | 4(Riesgo bajo) | d | Entidad | El usuario/g erente de proyecto, deberá efectuar una adecuada planeació n del proceso o preveer cuando se presenten cambios el restableci miento de las prestacion es mutuas del mismo | 2 | 2 | 4 | SI | Gerente de Proyecto / usuario | Estructuración del estudio previo | Anterior a la fecha de presentación del estudio a la unidad delegataria | Revisión estudio previo | Llegada estudio previo |
4 | General | Externo | Selección | Económico | presentació n de ofertas artificialme nte bajas | El bien o servicio no cumple con las calidades y exigencias técnicas requeridas . -no se justifique adecuada mente El precio artificialm ente bajo y durante la ejecución del contrato se solicite restableci miento del equilibrio económic o | 2 | 2 | 4(Riesgo bajo) | d | Proponente | Analizar estudio xx xxxxxxx que demuestr e si los precios son artificialm ente bajos y de ser así requerir al proponent e para que explique y demuestr e porque sostiene esos precios. En la ejecución se deberá hacer exigible la entrega del bien o servicio de conformid ad con las condicion es técnicas requeridas . | 2 | 2 | 4 | SI | Comité evaluador respectivo | Termino de evaluación de propuestas | Termino de adjudicación | Revisión de evaluacio nes y observaci ones a las mismas | previo a la adjudica ción |
5 | General | Interno | Contratación | Operacional | incumplimi ento de los requisitos de ejecución del contrato que generan dilaciones en su inicio | Retraso en el inicio de la ejecución y cumplimie nto del contrato, y por lo tanto no satisfacció n oportuna de la necesidad . | 1 | 1 | 2(Riesgo bajo) | d | Entidad | Gestión oportuna para agilizar los trámites administra tivos internos que permitan inicio oportuno de la ejecución del contrato e impidan variación de precios del producto ofertado | 1 | 1 | 2 | SI | Dependencia Presupuesto | Termino para el cumplimiento de requisitos de ejecución | Termino para el cumplimiento de requisitos de ejecución | Verificaci ón cumplimi ento requisitos de ejecución a cargo de la entidad | Una vez suscrito el contrato |
6 | General | Interno | Contratación | Operacional | reclamos de terceros sobre la selección del oferente que retrasen el perfecciona miento del contrato | Retraso en el inicio de la ejecución y cumplimie nto del contrato, y por lo tanto no satisfacció n oportuna de la necesidad . | 2 | 2 | 4 (Riesgo bajo) | d | Entidad | Responde r y aclarar en el menor tiempo posible las observaci ones presentad as | 2 | 2 | 4 | NO | Jefe División precontractual | Termino de evaluación de las propuestas | Termino de evaluación de las propuestas | Revisión de respuest as de los comités | Previo a la adjudica ción |
9 | General | Interno | Ejecución | Económico | incumplimi ento de los plazos de pago | Incumplir el plazo de pago del valor del contrato al Contratist a, impidiend o la liquidez para el cumplimie nto de las obligacion es derivadas del contrato | 1 | 1 | 2(Riesgo bajo) | d | Entidad | Dar cumplimie nto al procedimi ento de la cadena presupues tal y el Programa Anual Mensualiz ado de Caja | 1 | 1 | 2 | SI | Jefe División Presupuesto | Ver plazo de ejecución | mensual | Documen tos soporte para pago | mensual |
10 | Especifico | Interno | Ejecución | Operacional | Retardo en la instalación de las impresoras para inicio del servicio de impresión x xxxxxx- negro y color a todo costo a través de impresoras multifuncio nales (impresión, fotocopiado ra, escáner) para unas dependenci as de la Armada Nacional | Que no se entreguen oportuna mente las Impresora s impidiend o el normal desarrollo del proceso de adquisicio nes en la Unidad Delegatari a | 3 | 3 | 6 (Riesgo alto) | b | Contratista | Establecer plazos dentro del contrato para la entrega de los conceptos y determina r un procedimi ento para su revisión y aprobació n por parte del supervisor del contrato | 3 | 3 | 6 | SI | Dependencia Usuaria | Ver plazo de ejecución | 31 de diciembre/18 | Verificaci ón de actas de levantam iento de requerimi entos | Mensual (acuerd o lo necesita do por la depende ncia) |
11 | Especifico | Interno | Ejecución | Operacional | Deficiencia en la calidad del servicio de impresión x xxxxxx- negro y color a todo costo a través de impresoras multifuncio nales (impresión, fotocopiado ra, escáner) para unas dependenci as de la Armada Nacional | Que las impresora s no correspon dan a los requeridos por la entidad | 3 | 3 | 5 (Riesgo Medio) | c | Contratista | Dar cumplimie nto al estándar de calidad que será verificado por el supervisor del contrato durante la fabricació n y la entrega | 3 | 3 | 5 | SI | Supervisor | Cumplimiento requisitos ejecución | Plazo de ejecución | Verificaci ón del material previa recepción | Mensual /a criterio del supervis or |
12 | Especifico | Interno | Ejecución | Operacional | Retraso en el pago a los trabajadore s. | Tratándos e de servicio que amerita el concurso de varias personas se corre el riesgo que el Contratist a deje de cancelar salarios y prestacion es sociales a su cargo. | 3 | 2 | 5 (Riesgo medio) | c | Contratista | Exigir al Contratist a el pago de los salarios y prestacion es sociales y aportes parafiscal es a que tenga derecho el trabajador | 3 | 2 | 5 | SI | Supervisor del contrato | Ver plazo de ejecución | Ver plazo de ejecución | Seguimie nto de los pagos de los salarios y prestacio nes sociales | mensual |
13 | Especifico | Interno | Ejecución | Operacional | Contratista | Durante la ejecución de los trabajos pueden presentars e accidentes por | 3 | 2 | 5 (Riesgo medio) | c | Contratista | Exigir al Contratist a que los trabajador es se encuentre n afiliados a EPS, ARL PENSION, y que durante la ejecución de los trabajos cumplan con las normas de seguridad industrial | 3 | 2 | 5 | SI | Supervisor del contrato | Ver plazo de ejecución | Ver plazo de ejecución | Exigir los soportes de los pagos a EPS, ARL, PENSION y los elemento s de segurida d industrial | mensual |
14 | Especifico | Interno | Ejecución | Operacional | Deficiencia en el mantenimie nto realizados para la continuidad del servicio de impresión x xxxxxx- negro y color a todo costo a través de impresoras multifuncio nales (impresión, fotocopiado ra, escáner) para unas dependenci as de la Armada Nacional | Que los mantenimi ento no sean realizados en el periodo programa do y las impresora s fallen | 3 | 3 | 5 (Riesgo Medio) | c | Contratista | Dar cumplimie nto al estándar de calidad que será verificado por el supervisor del contrato durante la fabricació n y la entrega | 3 | 3 | 5 | SI | Supervisor | Cumplimiento requisitos ejecución | Plazo de ejecución | Verificaci ón del material previa recepción | Mensual /a criterio del supervis or |
ANEXO “B”
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Ciudad - D.C.,
Señores
Base Naval ARC “Bogotá” Ciudad
El abajo firmante actuando en nombre y representación de , lo cual se verifica con los documentos que integran esta propuesta, de acuerdo con la Selección Abreviada Menor Cuantía No. 0123-ARC-CBN6-2019, presento oferta para (señalar el objeto del proceso), cuya aceptación corresponderá al contrato, declaro bajo la gravedad de juramento:
a. Que el proponente que represento y cuyo nombre es , está representado legalmente por el señor
, identificado con documento , con el domicilio social en , de la ciudad de
, con número telefónico , correo electrónico y fax .
b. Que ninguna otra persona o entidad diferente de la nombrada aquí, tiene participación en esta propuesta o en el contrato a adjudicar en esta contratación y que por lo tanto, solamente los firmantes están vinculados a dicha oferta.
c. Que la propuesta que presento es irrevocable, incondicional y obliga insubordinadamente al proponente que represento.
d. Que estudiamos la invitación, sus documentos anexos y las demás condiciones e informaciones necesarias para presentar la presente propuesta y aceptamos todos los requerimientos establecidos en dichos documentos.
e. En todo caso aceptamos y reconocemos que cualquier omisión en la que incurramos en la investigación de la información que influya en la determinación de nuestra propuesta, no nos eximirá de la obligación de asumir las responsabilidades que nos correspondan como contratistas, renunciando a cualquier reclamación, reembolso, o ajuste de cualquier naturaleza, por cualquier situación que surja, no contemplada por nosotros en razón de nuestra falta de diligencia en la obtención de la información.
f. Que entendemos que el valor del contrato conforme está definido en los documentos de la contratación, incluye los impuestos, tasas y/o contribuciones directas o indirectas aplicables, así como todos los costos directos e indirectos que se causen por labores de consultoría y las utilidades del contratista.
g. Que hemos revisado con suma diligencia la totalidad de la información presentada en nuestra propuesta, y obrando de conformidad, aseguramos que la misma corresponde a la realidad.
h. Que a solicitud del Ministerio de Defensa Nacional – Armada Nacional – Base Naval ARC “Bogotá” de la Armada Nacional me obligo a suministrar cualquier información adicional necesaria para la correcta evaluación de la propuesta.
i. Que me comprometo a ejecutar totalmente el contrato en los plazos establecidos en este.
j. Reconozco que ni el Ministerio de Defensa Nacional – Armada Nacional – Base Naval ARC “Bogotá” de la Armada Nacional, ni su personal interno o externo, que ha intervenido en este proceso de contratación, ha manifestado declaración o garantía alguna expresa o implícita en cuanto a la exactitud, confiabilidad o integridad de la información contenida en las fuentes de información analizadas y conocidas por el proponente, en los materiales proporcionados o en las declaraciones realizadas durante el transcurso de la audiencia informativa preliminar o visita efectuada a las instalaciones en las cuales se llevarán a cabo las labores para la ejecución del contrato, ya sea por escrito o en forma verbal y que nada de lo contenido en cualquiera de los documentos a los que hemos tenido acceso, ha sido considerado como una promesa o declaración en cuanto a la adjudicación.
k. Que me comprometo formalmente a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente proceso o la distribución de la adjudicación de contratos entre los cuales se encuentre el que es materia del presente reglamento, o la fijación de los términos de la propuesta.
l. Reconozco que ni en el documento de la invitación, ni la información contenida ella o comunicada posteriormente a cualquier persona, ya sea en forma verbal o escrita relacionado con los aspectos del proceso, se ha considerado como una asesoría en materia de inversiones, legal, tributaria, fiscal o de otra naturaleza, y declaramos que para la preparación de nuestra propuesta hemos obtenido asesoría independiente en materia financiera, legal, fiscal, tributaria, y técnica, y que nos hemos informado plena y adecuadamente sobre los requisitos legales aplicables en la jurisdicción de este proceso de selección.
m. En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 4334 de 2008, declaro bajo juramento que se entiende presentado con la suscripción del presente documento, que cuento con los recursos suficientes para la preparación de la oferta, y en caso de resultar adjudicatario, para la ejecución del contrato resultante del presente del presente proceso, los cuales, no se han obtenido, ni se obtendrán de la celebración de ofertas de cesión de derechos económicos o de beneficiario con pacto de readquisición u operaciones de captación o de recaudo masivo no autorizado de dineros del público o de entrega masiva de dinero a personas naturales o jurídicas, directamente o a través de intermediarios, mediante la modalidad de operaciones de captación o recaudo en operaciones no autorizadas tales como pirámides, tarjetas prepago, venta de servicios y otras operaciones semejantes a cambio de bienes, servicios o rendimientos sin explicación financiera razonable. La suscripción del presente documento, constituye prueba de nuestro compromiso de NO participar en hechos que configuren los supuestos del recaudo no autorizado de dineros del público al tenor de lo dispuesto en el art. 6 del Decreto 4334 de 2008 en concordancia con el Decreto 1981 de 1988. En caso de Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura o cualquier otra forma legal de asociación, se entiende que con la suscripción de esta carta por su representante, todos y cada uno de sus miembros o integrantes efectúan esta declaración.
n. Manifiesto y declaro que nuestra propuesta no contiene ningún tipo de información confidencial o privada de acuerdo con la Ley colombiana, y, en consecuencia, consideramos que el Ministerio de Defensa Nacional – Armada Nacional – Base Naval ARC “Bogotá”, se encuentra facultado para revelar dicha información sin reserva alguna, a partir de la fecha de apertura de la propuesta, a sus agentes o asesores y al público en general.
o. Que la validez de mi oferta, será por noventa (90) días a partir de la fecha de recepción de la propuesta
p. Que el valor ofertado asciende a la suma de
q. Bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado al firmar esta carta manifiesto que ni el representante legal o apoderado del proponente, ni el proponente, ni sus integrantes nos encontramos incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las normas legales.
r. Que la oferta económica adjunta fue elaborada teniendo en cuenta todos los gastos, costos, derechos, impuestos, tasas y demás contribuciones que se causen con ocasión de la presentación de la Oferta, suscripción y ejecución del contrato y que en consecuencia, de resultar adjudicatario no presentaré reclamos con ocasión del pago de tales gastos.
s. Que en caso de resultar adjudicatario, suscribiré el contrato en la fecha prevista para el efecto en el Cronograma contenido en los Documentos del Proceso.
t. Que en caso de resultar adjudicatario, me obligo a presentar la garantía de cumplimiento prevista en los Documentos del Proceso en la fecha prevista para el efecto en el Cronograma allí contenido.
u. Que en caso de resultar adjudicatario me comprometo a cumplir con la totalidad del alcance y los requerimientos y especificaciones técnicas de que trata el formato especificaciones técnicas del presente Pliego de Condiciones.
v. Manifiesto que me encuentro está x xxx y salvo con las obligaciones laborales frente al sistema de seguridad social integral y demás aportes relacionados con este.
w. Recibiré notificaciones en la siguiente dirección en .
x. Que cumplo con la política de seguridad y salud en el trabajo (SST) establecida en el Decreto 1072 de 2015, especialmente, cumpliendo las obligaciones establecidas en el Artículo 2.4.6.8. Obligaciones de los empleadores que entre otras dispone:
DOCUMENTOS |
Políticas de Seguridad y Salud en el Trabajo firmada por el representante legal |
Matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración xx xxxxxx para el objeto del contrato, firmada por el representante legal. |
Plan de trabajo en la Seguridad y Salud en el Trabajo durante la duración del contrato, firmado por el representante legal. |
Programa de gestión xx xxxxxx para sub-contratistas, firmado por el representante legal. |
Matriz de elementos de protección personal, firmada por el representante legal. |
De ustedes atentamente,
Nombre del Proponente:
Nombre del Representante Legal:
Firma del Representante Legal o Apoderado:
ANEXO “C” COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
El (los) suscrito(s) a saber: (Nombre del Representante Legal de la sociedad, asociación o persona jurídica proponente, o nombre del representante legal del consorcio o Unión Temporal, ó persona natural proponente) domiciliado (a) en (Domicilio de la persona firmante), identificado (a) con (Documento de Identificación de la persona firmante y lugar de expedición), quien obra en calidad de (Representante legal de la Sociedad, del Consorcio, de la Unión Temporal, o de la Asociación proponente, si se trata de persona jurídica, caso en el cual debe identificarse de manera completa dicha Sociedad, Consorcio, Unión Temporal, o Asociación, indicando instrumento de constitución y haciendo mención a su registro en la Cámara de Comercio del domicilio de la persona jurídica), que en adelante se denominará el PROPONENTE, manifiesta(n) (manifiesto) su (mi) voluntad de asumir, de manera unilateral, el presente compromiso anticorrupción, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: PRIMERO: Que el MINISTERIO DE DEFENSA – ARMADA NACIONAL – BASE NAVAL ARC “BOGOTÁ” adelanta un
proceso de contratación para la celebración de un contrato estatal para describir el objeto del contrato; de conformidad con estudios y documentos previos. SEGUNDO: Que es interés del PROPONENTE apoyar la acción del Estado Colombiano y del MINISTERIO DE DEFENSA – ARMADA NACIONAL – BASE NAVAL ARC “ BOGOTÁ” para fortalecer la transparencia en los procesos de contratación, y la responsabilidad de rendir cuentas; TERCERO: Que siendo del interés del PROPONENTE participar en el proceso aludido en el considerando primero precedente, se encuentra dispuesto a suministrar la información propia que resulte necesaria para aportar transparencia al proceso, y en tal sentido suscribe el presente compromiso unilateral anticorrupción, que se regirá por las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA. COMPROMISOS ASUMIDOS EL PROPONENTE, mediante suscripción del presente documento, asume los siguientes compromisos: 1.1. El PROPONENTE, no ofrecerá o pagará sobornos o cualquier halago a los funcionarios del MINISTERIO DE DEFENSA – ARMADA NACIONAL
– BASE NAVAL ARC “ BOGOTÁ”, ni a cualquier otro servidor público o persona natural que pueda influir en la aceptación de la propuesta, proceso de contratación, ni con la ejecución del contrato, bien sea directa o indirectamente, ni a terceras personas que por su influencia sobre Servidores Públicos, puedan influir sobre la aceptación de la propuesta; 1.2. El PROPONENTE se compromete a no permitir que nadie, bien sea empleado de la compañía o un agente comisionista independiente, o un asesor o consultor lo haga en su nombre; 1.3. El PROPONENTE se compromete formalmente a impartir instrucciones a todos sus empleados, agentes, asesores, y a cualquier otro representante suyo, exigiéndoles el cumplimiento en todo momento de las leyes de la República de Colombia, especialmente de aquellas que rigen el presente proceso de Selección Abreviada de Mínima Cuantía y la relación contractual que podría derivarse de ella, y les impondrá las obligaciones de: No ofrecer pagos o halagos a los funcionarios del MINISTERIO DE DEFENSA – ARMADA NACIONAL – BASE NAVAL ARC “
BOGOTÁ” durante el desarrollo del contrato que se suscriba si llegase a ser aceptada su propuesta. 1.4. El PROPONENTE se compromete formalmente a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente proceso o la distribución de la adjudicación de contratos entre los cuales se encuentre el que es materia del presente reglamento, o la fijación de los términos de la propuesta.
1.5 En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 4334 de 2008, declaro bajo juramento que se entiende prestado por la suscripción de la presente carta, que cuento con los recursos suficientes para la preparación de la oferta, y en caso de resultar adjudicatario, para la ejecución del contrato resultante del presente proceso, los cuales, no se han obtenido, ni se obtendrán de la celebración de ofertas de cesión de derechos económicos o de beneficio con pacto de readquisición u operaciones de captación o de recaudo masivo no autorizado de dineros del público de entrega masiva de dinero a personas naturales o jurídicas, directamente o a través de intermediarios, mediante la modalidad de operaciones de captación, o recaudo en operaciones no autorizadas tales como bienes, servicios o rendimientos sin explicación financiera razonable. La suscripción del presente documento, constituye plena prueba de nuestro compromiso de NO participar en hechos que configuren los supuestos del recaudo no autorizado de dineros del público al tenor de lo dispuesto en el Artículo 6 del Decreto 4334 de 2008. CLÁUSULA SEGUNDA. PAGOS REALIZADOS Y POR REALIZAR (RELACIONAR) El PROPONENTE declara que
para la elaboración y presentación de la presente propuesta ha realizado, o deberá realizar, únicamente los siguientes pagos, incluyen los pagos de bonificaciones o sumas adicionales al salario ordinario que puedan hacerse a sus propios empleados, representantes, agentes o asesores, o los empleados, representantes, agentes o asesores de otras empresas, tanto públicos como privados:
BENEFICIARIO | MONTO $ | CONCEPTO |
DILIGENCIAR (Nombre del beneficiario del pago realizado o por realizar) | DILIGENCIAR (Valor del pago realizado o por realizar, en pesos corrientes) | DILIGENCIAR (Concepto del pago realizado o por realizar. En esta columna deben discriminarse de manera clara y detallada cada uno de los conceptos bajo los cuales se ha realizado cada pago, o el concepto por el cual se prevé que se realizará un gasto en el futuro, asociados en cualquiera de los casos a la presentación de la propuesta.) |
En caso de resultar favorecida su propuesta EL PROPONENTE realizará únicamente los siguientes pagos:
BENEFICIARIO | MONTO $ | CONCEPTO |
DILIGENCIAR (Nombre del beneficiario del pago realizado o por realizar) | DILIGENCIAR (Valor del pago realizado por realizar, en pesos corrientes) | DILIGENCIAR (Concepto del pago realizado o por realizar. En esta columna deben discriminarse de manera clara y detallada cada uno de los conceptos bajo los cuales se ha realizado cada pago, o el concepto por el cual se prevé que se realizará un gasto en el futuro, asociados en cualquiera de los casos a la presentación de la propuesta.) |
CLÁUSULA TERCERA. CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO EL PROPONENTE asume a
través de la suscripción del presente compromiso, las consecuencias previstas en el reglamento del proceso, si se verificare el incumplimiento de los compromisos anticorrupción. En constancia de lo anterior, y como manifestación de la aceptación de los compromisos unilaterales incorporados en el presente documento, se firma el mismo en la ciudad de a los ( ) del mes de
de EL PROPONENTE: Firma Representante Legal Nombre: Documento Identidad:
SUSCRIBIRÁN EL DOCUMENTO TODOS LOS INTEGRANTES DE LA PARTE PROPONENTE SI ES PLURAL (CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL), A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES LEGALES O APODERADOS.
ANEXO “D”
FORMULARIO CONFORMACIÓN CONSORCIO
Ciudad y fecha.
Señores
BASE NAVAL ARC “BOGOTÁ”
Ciudad.-
REF: CONSTITUCIÓN CONSORCIO PROCESO No. 0123-ARC-CBN6-2019
Estimados señores:
Los suscritos, (nombre del Representante Legal ) y (nombre del Representante Legal), debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de
(nombre o razón social del integrante) y (nombre o razón social del integrante), respectivamente, manifestamos que por este documento, que hemos convenido asociarnos en Consorcio, para participar en el presente proceso de Selección Abreviada Menor Cuantía cuyo objeto es , y por lo tanto, expresamos lo siguiente:
1. La duración de este Consorcio será igual al término de contado a partir del
2. El Consorcio está integrado por:
3. El Consorcio se denomina CONSORCIO .
4. La responsabilidad de los integrantes del Consorcio es solidaria.
4. El representante legal del Consorcio es (indicar el nombre), identificado con
C.C. No. de , quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación del contrato, firmarlo y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto de su ejecución y liquidación, con amplias y suficientes facultades.
5. La sede del Consorcio es:
Dirección de correo Dirección electrónica Teléfono Telefax Celular Ciudad
(Firma del proponente o de su Representante Legal (Nombre del proponente o de su Representante Legal)
ARMADA NACIONAL REPUBLICA DE COLOMBIA | FORMATO PROYECTO PLIEGOS DE CONDICIONES - SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTÍA | ||
Proceso: Adquisiciones | Autoridad: JOLA | ||
Código: ADQ-FT-014-JOLA-V05 | Rige a partir de: 24/09/2015 | Página 57 de 89 |
ANEXO “E”
FORMULARIO CONFORMACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL
Señores
BASE NAVAL ARC “BOGOTÁ”
Ciudad.-
REF: CONSTITUCIÓN UNIÓN TEMPORAL PROCESO No. 0123-ARC-CBN6-2019
Estimados señores:
Los suscritos, (nombre del Representante Legal ) y (nombre del Representante Legal ), debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de
(nombre o razón social del integrante) y (nombre o razón social del integrante), respectivamente, manifestamos por este documento, que hemos convenido en unirnos a través de una Unión Temporal, para participar en el presente proceso de Selección Abreviada ,
- cuyo objeto es , y por lo tanto, expresamos lo siguiente:
La duración de este Consorcio será igual al término de contado a partir del .
La Unión Temporal está integrada por:
NOMBRE PARTICIPACIÓN (%) (1) COMPROMISO Y EXTENSIÓN EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO (2)
1
2
3
Discriminar las actividades que asumirá cada integrante en la ejecución del contrato de conformidad al objeto y a las especificaciones técnicas del mismo.
El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de participación de los integrantes, debe ser igual al 100%.
La Unión Temporal se denomina UNIÓN TEMPORAL .
5. La responsabilidad de los integrantes de la Unión Temporal es solidaria.
6. El representante de la Unión Temporal es (indicar el nombre), identificado con la cédula de ciudadanía No. , de , quien está expresamente facultado para firmar y presentar la propuesta y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación del contrato, firmarlo y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto de su ejecución y liquidación, con amplias y suficientes facultades.
7. La sede de la Unión Temporal es:
Dirección de correo Dirección electrónica Teléfono
Telefax Celular Ciudad
En constancia, se firma en , a los días del mes de de 2019
(Nombre y firma del Representante Legal de cada uno de los integrantes)
(Nombre y firma del Representante Legal de la Unión Temporal)
ANEXO “F” ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
CONTRATAR A TODO COSTO EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS EQUIPOS DE CÓMPUTO, OFICINAS, CENTROS DE CABLEADOS, CABLEADO ESTRUCTURADO HORIZONTAL Y ELÉCTRICO REGULADO INCLUYENDO REPUESTOS EN UNAS UNIDADES DE LA ARMADA NACIONAL | |
ÍTEM 1 | REQUERIMIENTO TÉCNICO MÍNIMO (DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO) |
PRESUPUESTO: LA SUMA DE DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS M/CTE. ($ 202.930.693,00) | |
1.1 | Mensualmente el oferente debe hacer llegar un informe general de los repuestos para equipos de cómputo y/o Cableado estructurado que se cambiaron, con la descripción de la dependencia, reemplazo de partes que se han adquirido y el valor del repuesto para llevar un control y una estadística. Se debe destinar el 60% del presupuesto para los mantenimientos correctivos a todo costo, es decir debe incluir los repuestos. El oferente debe manifestar expresamente estar de acuerdo con este valor, acuerdo listado Precios de Repuestos para Referencia anexo. Todo mantenimiento correctivo que se requiera se efectuará a través del supervisor del contrato. |
1.2 | CONCEPTOS GENERALES Mantenimiento Preventivo de portátiles, PC de escritorios, Servidores y Switch: Mencionado mantenimiento preventivo soluciona y previene fallas operativas de hardware. Consiste en la limpieza interna y externa del equipo de cómputo, chequeo de conectores, pruebas de diagnóstico del funcionamiento y rendimiento del equipo (utilizar software de pruebas incluido en Windows) y reemplazo o ajustes de elementos de recambio para los siguientes dispositivos: CPU (incluye Mainboard, tarjetas controladoras de red, video, sonido, discos duros, buses de datos, entre otros). Unidades de almacenamiento (unidades de discos, drives, tapes etc.). Unidades de lectura CD, DVD. Parlantes internos y externos, teclados, puertos USB y demás periféricos. Monitor. Deben realizar las siguientes tareas: Eliminación de archivos corruptos. Desfragmentación de discos. Verificación Software instalado y eliminación de software no autorizado por la institución. Limpieza archivos temporales. Instalación y actualización del sistema OCS Inventory autorizado por XXXXX-XXXXX. Instalación del Antivirus si no lo posee (el autorizado por la Armada Nacional). Revisión de virus. Respaldo de datos. Reinstalación de programas. Configuración de drivers. Limpieza general del Equipo. |
1.3 | El contratista deberá realizar las siguientes actividades para el mantenimiento preventivo: Realizar limpieza interna y externa a los microcomputadores clientes, impresoras, scanner, plotters y servidores. (La limpieza interna no se deberá realizar a los equipos en garantía). Llenar un formato de aceptación con la información del equipo con la aprobación del usuario. Llevar un inventario actualizado del hardware y software asignado a cada usuario. Eliminación de archivos corruptos. Desfragmentación de discos. |
Verificación Software instalado y eliminación de software no autorizado por la institución. Limpieza archivos temporales. Instalación del sistema OCS Inventory autorizado por XXXXX-XXXXX. Instalación del Antivirus si no lo posee (el autorizado por la Armada Nacional) Revisión de virus. | |
1.4 | Mantenimiento Correctivo de portátiles, PC de escritorios, Servidores y Switch: |
1.4.1 | Se realiza para que los equipos vuelvan a su condición funcional una vez que una falla se ha detectado. Generalmente se realizan bajo la presión de recuperar las condiciones funcionales del equipo en el menor tiempo posible. Por lo anterior, esta Dirección debe contar con un proveedor con experiencia propia y acreditada en el CONTRATAR A TODO COSTO EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS EQUIPOS DE CÓMPUTO, OFICINAS, CENTROS DE CABLEADOS, CABLEADO ESTRUCTURADO HORIZONTAL Y ELÉCTRICO REGULADO INCLUYENDO REPUESTOS EN UNAS UNIDADES DE LA ARMADA NACIONAL, con óptima disposición instrumental y los conocimientos necesarios para prestar el servicio con la seguridad, calidad y agilidad requeridas. Este tipo de mantenimiento como mínimo debe contemplar: Reposición de los equipos de iguales o similares características, cuando se requiera retirar alguno por fallas y su reparación supere las 48 horas. Previa coordinación con DITIC. Suministro de repuestos originales y nuevos para evitar el deterioro de los equipos objeto de esta convocatoria, previa autorización por parte de XXXXX. El mantenimiento correctivo se debe hacer cada vez que se requiera. Configuración y Operación. Corregir las fallas de Hardware y software detectadas en los equipos. Recomendaciones por escrito sobre las causas de los daños para prevención posterior. Suministro, reposición o cambio de las partes defectuosas sin importar el modelo y tecnología. Reposición del hardware de las mismas características cuando su reparación supere el 70% de su valor comercial. Inclusión por parte del contratista en coordinación con DITIC-DINFO del equipo al dominio xxxxxx.xxx.xx. Este servicio incluye la reparación de la falla presentada en el equipo y la revisión de todos los subsistemas, limpieza, lubricación y cambio de partes en cuanto sea necesario corregir las fallas existentes y dejar operativo el equipo. Si la reparación requiere el traslado del equipo al taller del contratista, éste deberá instalar en la dependencia afectada un equipo de cómputo en buen estado de funcionamiento y presentación, y de características similares al que presenta falla, con el fin de no interrumpir el servicio, en tanto se retorne la máquina de propiedad de la Armada Nacional, el encargado de equipo a retirar debe coordinar con la sección de informática, el retiro del Disco duro del equipo con el fin de salvaguardar la información allí almacenada, evitar fuga de información clasificada, por ningún motivo el contratista se debe llevar el equipo con el disco duro instalado. |
1.4.2 | El Contratista deberá realizar las siguientes actividades para el mantenimiento Correctivo: Realizar el diagnóstico del funcionamiento del equipo. Realizar la corrección de las fallas detectadas (hardware y software). Remplazar las partes defectuosas, previa presentación reporte técnico xx xxxxxx y previa autorización del supervisor del contrato. Remplazar las partes necesarias para el buen funcionamiento de los mismos. Llenar un formato de aceptación con la información del equipo con la aprobación del usuario. Reinstalación de programas. Configuración de drivers. Respaldo de datos. Durante la ejecución del contrato, el contratista no realizará dos cobros por el mismo equipo a corregir, realizará un sólo pago por el mantenimiento correctivo. |
1.4.3 | Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Impresoras: Consiste en la limpieza de las cabezas de impresión, rodillos y piñonearía, tarjeta lógica y de poder para impresoras Epson de Matriz de punto. Se requieren unidades fusoras, Kit de mantenimiento, pickup-roller, separation-pad, tapas frontales para todas las impresoras láser existente. Tarjetas lógicas, fuente de poder para impresoras de inyección de tinta existente. Además de cabezales térmicos, sensores para impresora Data Max DMX. Todos los elementos que se consideren necesarios para el óptimo desempeño de las impresoras. |
1.5 | MANTENIMIENTO PREVENTIVO PARA LOS EQUIPOS DE CÓMPUTO DEL COMANDO DE LA ARMADA NACIONAL EN BOGOTÁ Y ALGUNAS UNIDADES A NIVEL NACIONAL COMO PFA41- PUERTO XXXXX (META), BFIM16-EGUR TURBO (ANTIOQUIA), BRIM2–BIM21-BFIM24- BACAIM2–GAPO BUENAVENTURA (XXXXX DEL CAUCA), BIM22 XXXXXXX (CHOCO), BIM23- EGSOL BAHÍA XXXXXX (CHOCÓ), BFIM42 GUAPI (CAUCA), BFIM50 PUERTO INÍRIDA (GUAINÍA), BFIM32 SAN XXXX DEL GUAVIARE (GUAVIARE), BFIM52 ARAUCA (ARAUCA), PFA31 BARRANCABERMEJA (SANTANDER), EGBAL URIBIA (GUAJIRA), EGBOL URIBIA (GUAJIRA), EGSAM SANTA XXXXX (MAGDALENA), XXXX XXXXXXX (AMAZONAS). |
1.5.1 | ALCANCE Se debe efectuar mantenimiento preventivo y correctivo a todo costo de los equipos relacionados en el Anexo “B” – Relación Equipos, con suministro de repuestos nuevos, garantizando su normal funcionamiento. |
1.5.2 | UBICACIÓN: Los equipos están ubicados en la ciudad de Bogotá en las siguientes dependencias: (Se debe garantizar su normal funcionamiento durante y después del mantenimiento) Edificio Comando Armada – MDN. Xxxx Xxxxx Xx. 0 (BN6). Dirección Comercio Exterior (Dicomex). Oficina Inventario Fiscales (OINFIS). Departamento Unidades Fluviales Guaimaral (DUF). Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xx. 00 (BPNM70). Centro Medicina Naval (CESAN). Dirección Servicios Generales (DISEG). Taller de Mantenimiento Electrónico (DIMAT). Cámara de suboficiales (CAMASUB). Cámara Oficiales (CAMOF). Grupo de Desminado de Infantería de Marina (AEDIM). Oficina Planeación de Infantería de Marina (OPLAIM). Comando de Apoyo Logístico de Infantería de Marina (CALOGIM) Grupo Móvil de Entrenamiento (GRUMEN). Grupo Aéreo de Transporte y Apoyo Fluvial (GATAF). Comando Aviación Naval (CAVNA). Jefatura de Instrucción Naval (JINEN). Colegio Naval Santa fe de Bogotá (COLNAVAL). Edificio Insignia. Oficina Seguridad Personajes (OSPER). Oficinas del Edifico Bachue (JIMAR, ORION, DPSOC, DICI, JPM). Comunicaciones Estratégicas (GCOMES). Jefatura Acción Integral (XXXXX). Memoria Histórica Dirección de Familia y Atención a Víctimas (DIFAM). Dirección Armas Navales (XxXXX). Escuela Superior xx Xxxxxx (Componente Armada Nacional). Edificio el Diamante (DANCOI-DINCOR). |
1.5.3 | Unidades Fuera de Bogotá: (Se debe garantizar su normal funcionamiento durante y después del mantenimiento) PFA41- Puerto Xxxxx (Meta). BFIM16 - EGUR - Turbo (Antioquia). BRIM2 – BIM21-BFIM24 –BACAIM2-GAPO– Xxxxxxxxxxxx (Xxxxx xxx Xxxxx). BIM22 – Xxxxxxx (Choco). BIM23 - EGSOL - Bahía Xxxxxx (Chocó). BFIM42 – Guapi – (Cauca) BFIM50 - Puerto Inírida (Guainía). BFIM32 – San Xxxx del Guaviare (Guaviare). BFIM52 – Arauca (Arauca). PFA Barrancabermeja – Barrancabermeja (Santander). EGBAL –Uribía (Guajira) EGBOL – Uribía (Guajira) EGSAM – Santa Xxxxx (Magdalena) GAMA – Leticia (Amazonas) |
1.5.4 | De los mantenimientos preventivos y correctivos, debe quedar un registro en medio magnético, el cual debe ser entregado en los 5 primeros días de cada mes al supervisor del contrato. |
1.5.5 | Los equipos serán puestos en Bogotá para los mantenimientos correctivos que se requieran. (Para el traslado de los equipos, con el fin de realizar el mantenimiento correctivo, se efectuaran coordinaciones con los enlaces de cada unidad con el fin de que hagan llegar los equipos a la División de Informática). |
1.5.6 | En caso de requerir el mantenimiento correctivo la respuesta en horas laborales debe ser inmediata, en horas no laborales no debe ser mayor a una (1) hora. |
1.5.7 | Cuando la reparación de un equipo tome más de 48 horas, la empresa deberá suministrar un equipo de iguales o superiores características para soporte, hasta la corrección de la falla. |
1.5.8 | El mantenimiento correctivo se hará a todo costo, garantizando la funcionalidad óptima de cada uno de los equipos. Todos los elementos, materiales y repuestos que se utilicen para las reparaciones deberán ser nuevos, de características iguales o superiores a las afectadas y aceptados por el supervisor del contrato. Los repuestos deberán ser de la misma marca del equipo intervenido. |
1.5.9 | En caso que el costo del mantenimiento correctivo supere el 70% del valor del equipo, el contratista deberá generar un informe para que la División de Informatica pueda dar un concepto de baja del equipo y solicitar si es necesario otro equipo en reemplazo siempre y cuando cumpla con las mismas características técnicas. |
1.5.10 | El supervisor del contrato suministra el listado de los equipos que se encuentren en garantía (Compumax, DELL, LG, Lenovo, PcSmart, Hewlett Packard, Epson, Samsung, Lexmark, Apple, SHARP y RICOH) fin sea gestionada la garantía directamente ante el fabricante y no genere costo por mantenimiento correctivo. Las garantías y los soportes a equipos de cómputo y servidores no deben exceder el límite establecido por el fabricante (03 días por equipo y 01 día para servidores). |
1.5.11 | El horario de atención en sitio deberá ser desde las 07:30 hasta las 18:00 horas. Se debe tener disponibilidad 5 días x 8 horas para cuando sea requerido por la División de Informática de la Armada Nacional. Durante la ejecución del contrato. La compañía deberá suministrar Dos (2) técnicos residentes, los medios de comunicación necesarios para la ubicación inmediata (Celular o Radio Transmisores), este medio debe tener la posibilidad de comunicación constante, entre ellos, sin ninguna restricción ni limite. |
1.5.12 | Debe contar con el servicio especializado para soporte a equipos de misión crítica (Firewall, Servidores y Switch) se debe contar con un ingeniero Electrónico y/o Ingeniero de Sistemas con mínimo. La disposición del ingeniero debe ser de 5 días x 8 horas. |
1.5.13 | CRONOGRAMA: Junto con la oferta el contratista presentará el cronograma detallado para el mantenimiento preventivo que se realizará a los equipos y servidores (Debe tener en cuenta que el mantenimiento a servidores debe hacerse un fin de semana). Los mantenimientos preventivos a los servidores deben hacerse bajo la supervisión de un ingeniero certificado y que cuente con la capacidad de atender las incidencias que se presenten durante el desarrollo de los trabajos de mantenimiento. |
1.5.14 | MANTENIMIENTO PREVENTIVO EQUIPOS UBICADOS GUARNICION DE BOGOTA: Se deben efectuar UNO (1) visita para mantenimiento preventivo durante la ejecución del contrato a cada uno de los equipos, switch, impresoras y servidores en la guarnición de Bogotá, relacionados en el Anexo “B” – Relación de Equipos, en las cuales se hará el diagnóstico y se efectuará el mantenimiento especial de las partes internas y externas, quedando operativo, en el caso contrario la reparación la asume la empresa. Igualmente deben entregar en medio magnético la recolección de la información de cada uno de los equipos y servidores. |
1.5.15 | MANTENIMIENTO PREVENTIVO EQUIPOS UNIDADES ARMADA NACIONAL: Se deben efectuar UNO (1) mantenimiento preventivo durante la ejecución del contrato a cada uno de los equipos, impresoras y servidores en las unidades fuera de la guarnición de Bogotá, relacionados en el Anexo “B” – Relación de Equipos, en las cuales se hará el diagnóstico y se efectuará el mantenimiento especial de las partes internas |
y externas, quedando operativo, en el caso contrario la reparación la asume la empresa. Igualmente deben entregar en medio magnético la recolección de la información de cada uno de los equipos y servidores. La empresa oferente deberá entregar al supervisor del contrato cronograma de visitas a las unidades, debe asumir los gastos por pasajes, alojamiento, alimentación y transporte a cada una de las unidades donde se prestará el servicio, | |
1.5.16 | El Contratista deberá asegurar la continuidad y permanencia, tiempo completo, del personal asignado inicialmente al mantenimiento. Cualquier cambio de personal deberá ser aprobado por el supervisor del contrato, previa presentación de la Hoja de Vida de los técnicos debe ser entregada con el cronograma del mantenimiento y estarán sujetas a verificación y aprobación por parte del supervisor. |
1.5.17 | Si no existe entera satisfacción por parte de la Armada Nacional acerca de la idoneidad de los técnicos, tecnólogos y profesionales asignados para la ejecución del objeto del presente proceso de contratación, previa notificación por escrito a la Empresa, ésta deberá asignar un nuevo técnico, tecnólogo o profesional en un tiempo máximo de cinco (5) días contados a partir de la notificación. |
1.5.18 | El Contratista deberá contar con todas las herramientas y elementos necesarios calibrados en caso de que aplique para efectuar las labores de diagnóstico de mantenimiento y las mismas deben ser anexadas a la oferta técnica. |
1.5.19 | El Contratista deberá disponer de las herramientas necesarias para diagnóstico y recuperación del sistema operativo y/o información de los microcomputadores clientes y servidores Linux |
1.5.20 | La Armada Nacional - División de Informática, cuenta con impresoras y switch integrada por marcas reconocidas en el mercado nacional tales como DATAMAX, HP, DELL, LEXMARK, EPSON, COMPAQ, CISCO, LENOVO, 3COM, ALCATEL entre otras, por lo cual el oferte debe garantizar y certificar por escrito que cuenta con personal calificado para adelantar los respectivos mantenimientos preventivos y correctivos. |
1.5.21 | La Armada Nacional – División de Informática, cuenta con herramientas de ofimáticas (Microsoft), mesa de ayudas, sistema operativo LINUX y antivirus entre otros, Kaspersky, por lo cual el oferente debe garantizar y certificar por escrito que cuenta con personal calificado para adelantar los respectivos mantenimientos preventivos y correctivos. |
1.5.22 | Se hace claridad que todos los servicios prestados por el oferente solamente pueden ser solicitados y autorizados por el supervisor, teniendo en cuenta los valores ofertados por el contratista; en caso de que se requiera de algún servicio de mantenimiento que no haya quedado incluido dentro de la oferta, el valor del servicio se establecerá de común acuerdo entre las partes, y nunca sobrepasando los precios estándar xxx xxxxxxx, para lo cual se realizará un estudio xx xxxxxxx. |
1.6 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A TODO COSTO PARA LOS CENTROS DE CABLEADO, CABLEADO ESTRUCTURADO HORIZONTAL Y ELECTRICO REGULADO DEL COMANDO DE LA ARMADA NACIONAL |
1.6.1 | ALCANCE: Se debe efectuar mantenimiento preventivo y correctivo a todo costo de los centros de cableado, cableado estructurado horizontal y eléctrico regulado, garantizando su normal funcionamiento. |
1.6.2 | El mantenimiento preventivo consiste en la: Verificación de todos los puntos de red de datos y voz instalados. Limpieza y organización del cableado interno y externo de los centros de cableado (elementos pasivos) como de los equipos activos instalados, Identificación de los elementos del sistema de los centros de cableado, acuerdo recomendaciones del estándar EIA/TIA 606A, con el fin de facilitar la administración del sistema instalado. Verificación y ajuste de los Jack´s en los Patch panel. Verificación y ajuste de los faceplates. Verificación, identificación y ajuste de las tomas de datos en los puestos de trabajo. |
1.6.3 | El mantenimiento correctivo consiste en: El cambio del cableado UTP desde el centro de cableado hasta el puesto de trabajo. |
El cambio de los Jack´s. El cambio de Faceplates. El cambio de ventiladores de los rack o gabinetes. El cambio y/o reparación de los equipos activos los cuales deben quedar en óptimo funcionamiento. El cambio de los patch cord de UTP y Fibra acuerdo conector empleado en la solución, los cuales debe estar certificados. Organización de los equipos activos de los rack, del cableado UTP y la fibra de extremo a extremo de los mismos acuerdo la norma técnica ANSI/TIA 569 B y ANSI/TIA 568C1 (1,2,3). Etiquetado de cables y/o equipos activos donde sea necesario. | |||||
1.6.4 | UBICACIÓN: Los centros de cableado están ubicados en la ciudad de Bogotá en las siguientes dependencias (se detalla nombre y número centro cableado): | ||||
No. | DESCRIPCION – CENTROS DE CABLEDO | CANT. | |||
1 | Comando Armada Edificio Nuevo (MDN) | 01 | |||
2 | Comando Armada Edificio Elemento | 05 | |||
3 | Base Naval No.6 (BN6) | 04 | |||
4 | Dirección Comercio Exterior (DICOMEX) | 01 | |||
5 | Comando Logístico Infantería de Marina (CALOGIM) | 02 | |||
6 | Comunicaciones Estratégicas (GCOMES) | 01 | |||
7 | Batallón de Policía Naval Militar No. 70 (BPNM70) | 10 | |||
8 | Comando Aviación Naval (CAVNA) | 01 | |||
9 | Grupo Aéreo de Transporte y Apoyo Fluvial (GATAF) | 02 | |||
10 | Oficinas del Edifico Bachué (DPSOC, DICI, DISAN) | 03 | |||
11 | Jefatura de Formación, Instrucción y Educación Naval (JINEN) | 02 | |||
12 | Departamento Unidades Fluviales (DUF) | 01 | |||
13 | Dirección de Incorporación Naval | 04 | |||
14 | Historia Naval | 01 | |||
15 | Dirección de Familia (DIFAM) | 01 | |||
TOTAL | 37 | ||||
1.6.5 | De los mantenimientos preventivos y correctivos, debe quedar un registro en medio magnético y escrito, el cual debe ser entregado mensualmente al supervisor del contrato. | ||||
1.6.6 | El mantenimiento correctivo se hará a todo costo garantizando la funcionalidad óptima de cada uno de los centros de cableado. Todos los elementos, materiales y repuestos que se utilicen para las reparaciones deberán ser nuevos, de características iguales o superiores a las afectadas y aceptados por el supervisor del contrato. | ||||
1.6.7 | GARANTIAS: La compañía debe solicitar y administrar las garantías de los equipos ALCATEL, DELL, EXINDA y FORCE 10, sin exceder los tiempos límites establecidos por estas firmas, al inicio del contrato, la División de Informática suministra el listado de los equipos que tienen garantía vigente. | ||||
1.6.8 | TIEMPO DE SERVICIO: El horario de atención en sitio será de lunes a viernes desde las 07:30 hasta las 18:00 horas. Se debe tener disponibilidad 5 días x 8 horas para cuando sea requerido por la División de Informática de la Armada Nacional. |
1.6.9 | CRONOGRAMA: Una vez adjudicado el proceso se deberá anexar el cronograma propuesto para el mantenimiento preventivo que se realizara a los centros de Cableado, ubicados en las dependencias del Comando Armada Nacional y demás guarniciones de Bogotá. |
1.6.10 | RED LOGICA: Se debe efectuar mantenimiento preventivo y correctivo al sistema de cableado lógico de las dependencias del Comando de la Armada Nacional. Se debe contemplar las posibles reubicaciones de puntos a todo costo. Como mínimo el oferente deberá cuantificar el valor de un punto de red incluyendo todos sus accesorios. Categoría mínima 6A. |
1.6.11 | RED ELECTRICA: Se debe efectuar verificación, mantenimiento preventivo y correctivo al sistema eléctrico regulado de las dependencias del Comando de la Armada Nacional. Este debe contemplar la posible reubicación del punto a todo costo. Como mínimo el oferente deberá cuantificar el valor de un punto eléctrico, incluyendo todos sus accesorios. Categoría mínima para las tomas de potencia, nivel hospitalario. La empresa será responsable de los daños causados en los equipos por causa de una incorrecta instalación. |
1.6.12 | El mantenimiento preventivo consiste en: La verificación de los voltajes. Verificación de las cargas a través del cableado hasta la toma eléctrica con y sin carga. Limpieza y organización de los tableros de distribución parcial de corriente normal y regulada. Limpieza, verificación, identificación de circuito y ajuste de las tomas eléctricas normal y regulado en los puestos de trabajo. |
1.6.13 | El mantenimiento correctivo consiste en el: Cambio del cableado eléctrico, el material de los cables a utilizar en las instalaciones de toma corrientes y acometidas será de cobre rojo electrolítico 99% de pureza, temple suave y aislamiento termoplástico resistente a la humedad para 600 V tipo THW calibre 12 o 10 según se requiera y 75° C. Tomas eléctricas, serán dobles monofásicos con polo a tierra aislado de 15 A 120 V, tipo hospitalario color naranja con terminales de tornillo apropiados para recibir cables hasta No 10 AWG, con herrajes, tornillos, placas y se colocarán en los troqueles eléctricos. Tomas eléctricas, serán fabricados por el mismo fabricante de los tvss serán dobles monofásicos con polo a tierra no aislado de 15 A 120 V, tipo normal color beige con terminales de tornillo apropiados para recibir cables hasta No 10 AWG, con herrajes, tornillos, placas y se colocarán en los troqueles eléctricos. Tapas Breakers Canaletas Los anteriores mantenimientos deben quedar en óptimo estado de funcionamiento. |
1.6.14 | MANTENIMIENTO PREVENTIVO: Se deben efectuar UNA (1) visita para mantenimiento preventivo, en el periodo de ejecución, a cada uno de los centros de cableado y redes en la Guarnición de Bogotá, en las cuales se hará el diagnóstico y se efectuará el mantenimiento especial de las partes internas y externas, quedando operativo. Se debe actualizar el diseño de la red en cada mantenimiento y se debe entregar al supervisor copia del diseño, incluyendo la información de los puntos de datos y eléctricos regulados. |
1.6.15 | El Oferente deberá realizar las siguientes actividades para el mantenimiento preventivo y correctivo de las redes de datos: Realizar limpieza interna y externa a los switch, racks, patch panel (la limpieza interna no se deberá realizar a los equipos en garantía). Realizar el diagnóstico del funcionamiento del equipo. Realizar la optimización de los recursos del equipo (hardware y software). Realizar la corrección de las fallas detectadas (hardware y software). Remplazar las partes defectuosas. Remplazar las partes necesarias para el buen funcionamiento de los mismos. Llenar un formato de aceptación con la información del equipo con la aprobación del señor Jefe de la División Informática de la Armada Nacional. Llevar un inventario actualizado del hardware y software asignado a cada usuario. Se debe verificar la conectividad eléctrica y lógica de los nodos instalados, en caso de que algunas de estas presente fallas y daños esta deben ser cambiadas de acuerdo a lo relacionado en los Ítems 2.13. |
1.7 | MANTENIMIENTO CORRECTIVO FIBRA OPTICA | ||||
1.7.1 | Se deberá cuantificar y contemplar la certificación, conectorización y/o fusión de fibra óptica en la ciudad de Bogotá y/o donde la Armada Nacional requiera mantenimiento de los hilos de fibra óptica en su red de datos. | ||||
1.7.2 | En caso de fusión de la fibra óptica deberá realizarla en la totalidad de los hilos disponibles de dicho tramo. | ||||
1.7.3 | Todos los hilos de fibra, serán conectorizados, debidamente terminados y protegidos para cuando se requiera su uso. Así mismo, serán certificados mediante pruebas de atenuación que cumplan con el estándar TIA/EIA 568C.3. Para los centros de cableado de cada red, se deben conectorizar los hilos de la fibra con tipo de conector LC. | ||||
1.7.4 | El oferente suministrará la totalidad de los patch cord de fibra óptica dúplex, requeridos para dejar en funcionamiento la solución de cada Unidad Militar del Ministerio de Defensa Nacional-ARC, los cuales estarán construidos en material termoplástico que no propague fuego, con conectores LC en sus extremos, con una longitud mínima de 3 metros, tipo multimodo, tipo exterior HDPE (Polietileno de alta densidad). | ||||
1.7.5 | En caso de ser necesario el cambio de las bandejas de fibra óptica estas serán de tipo metálico con soportes de fijación al rack, tendrán dimensiones para ajustarse en gabinetes o racks de 19”, las bandejas pueden ser deslizables y modulares de tal forma que puedan alojar conectores tipo LC, traerán sus respectivos accesorios para administrar tanto los dos metros de holgura de cada fibra, como para preveer el manejo de una pulgada en el radio de curvatura de la fibra. | ||||
1.8 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A TODO COSTO, INCLUYENDO REPUESTOS ORIGINALES, PARA FOTOCOPIADORAS, FAX, MAQUINAS DE ESCRIBIR, CALCULADORAS, TRITURADORAS, RELOJ DE CORRESPONDENCIA, PROTECTOR DE CHEQUES PERTENECIENTES A LA ARMADA NACIONAL. | ||||
1.8.1 | Mensualmente el oferente debe hacer llegar un informe general de los repuestos para equipos de oficina (fotocopiadoras, fax, máquinas de escribir, calculadoras, trituradoras, reloj de correspondencia, protector de cheques) que se cambiaron en el mes, con la descripción de la dependencia, reemplazo de partes que se han adquirido y el valor del repuesto para llevar un control y una estadística. Se debe destinar el 60% del presupuesto para los mantenimientos correctivos a todo costo, es decir debe incluir los repuestos. El oferente debe manifestar expresamente estar de acuerdo con este valor, acuerdo Precios de Repuestos para Referencia anexo. Todo mantenimiento correctivo que requiere repuesto se efectuará a través del supervisor del contrato. | ||||
1.8.2 | ALCANCE: Se debe efectuar mantenimiento preventivo y correctivo a todo costo, incluyendo repuestos originales, para fotocopiadoras, fax, máquinas de escribir, calculadoras, trituradoras, reloj de correspondencia, protector de cheques pertenecientes a la Armada Nacional. | ||||
1.8.3 | UBICACIÓN: Los equipos están ubicados en la ciudad de Bogotá, en las diferentes dependencias de la Armada Nacional acuerdo las siguientes cantidades: | ||||
ITEM | DESCRIPCION | CANT. | |||
1 | FOTOCOPIADORAS | 07 | |||
2 | CALCULADORA ELECTRICA | 03 | |||
3 | FAX | 03 | |||
4 | TRITURADORAS DE PAPEL | 85 | |||
5 | RELOJ DE CORRESPONDENCIA | 10 | |||
6 | PROTECTOR DE CHEQUES | 01 |
TOTAL | 109 | |||
1.8.4 | Será de exclusiva responsabilidad del oferente contratar el personal que requiere para cumplir con el objeto del contrato y asumir por su cuenta y riesgo todas las prestaciones legales y parafiscales a que haya lugar. | |||
1.8.5 | El oferente deberá en desarrollo de la ejecución del contrato, indicar los controles que establecerá y que pondrá a disposición del Supervisor del contrato, para vigilar la correcta entrega de los bienes y servicios, de acuerdo a los pliegos de condiciones y la propuesta. | |||
1.8.6 | El oferente deberá elaborar y diligenciar formato de hoja de vida para cada equipo al momento de realizar la revisión inicial. | |||
1.8.7 | El horario de atención en sitio deberá ser desde las 07:30 hasta las 18:00 horas. Se debe tener disponibilidad 8 X 5 horas para cuando sea requerido por la División de Informática de la Armada Nacional. | |||
1.8.8 | Cuando la reparación de un equipo tome más de 48 horas, la empresa deberá suministrar un equipo de iguales o superiores características para soporte, hasta la corrección de la falla. | |||
1.8.9 | El mantenimiento correctivo se hará a todo costo, garantizando la funcionalidad óptima de cada uno de los equipos. Todos los elementos, materiales y repuestos que se utilicen para las reparaciones deberán ser nuevos, de características iguales o superiores a las afectadas y aceptados por el supervisor del contrato. Los repuestos deberán ser de la misma marca del equipo intervenido. | |||
1.8.10 | CRONOGRAMA: Junto con la oferta el contratista presentará el cronograma detallado para el mantenimiento preventivo que se realizará a las fotocopiadoras, fax, máquinas de escribir, calculadoras, trituradoras, reloj de correspondencia, protector de cheques. Dicho cronograma deberá ser aprobado por el respectivo supervisor y por el Director de Tecnología de Información y Comunicaciones de la Armada Nacional. | |||
1.8.11 | El oferente deberá colocar a disposición de la División de Informática todas las herramientas y elementos que sean necesarios para el adecuado y oportuno servicio. Estas serán de primera calidad. | |||
1.8.12 | El personal deberá observar buena conducta y buen trato con los funcionarios de la Armada Nacional. | |||
1.8.13 | Acatar las determinaciones tomadas de común acuerdo con el supervisor del contrato. | |||
1.8.14 | El oferente deberá asumir los daños que se presenten en desarrollo del objeto contratado cuando se deriven de la negligencia o errores propios. | |||
1.8.15 | Hacer las recomendaciones necesarias que ayuden a fortalecer la conservación de los equipos. | |||
1.8.16 | Se deberá realizar las labores de mantenimiento necesarias que permitan disminuir los daños en las fotocopiadoras aumentando el tiempo de vida útil. | |||
1.8.17 | Ajuste y verificación de contactos eléctricos o soldaduras en tarjetas. | |||
1.8.18 | El mantenimiento es para todas las piezas que componen los bienes muebles sin excepción alguna, tales como tambor o cilindro, rodillo fusor superior e inferior, unidad de imagen, rodillo lubricador, lámpara, cuchilla de limpieza, revelador entre otros. | |||
1.8.19 | TIEMPO DE RESPUESTA A RECLAMACIONES: El tiempo de respuesta a reclamaciones por garantía de las reparaciones que se le realicen a los bienes deberá ser máximo de dos (2) días hábiles | |||
1.8.20 | INFORMES: El oferente deberá presentar informes cada vez que se efectué cualquier tipo de revisión o mantenimiento al equipo mencionado en el objeto y deberá presentar un informe final de la ejecución del contrato. |
1.8.21 | MANTENIMIENTO PREVENTIVO: Se deben efectuar durante la ejecución del contrato UNO (1) visita para mantenimiento preventivo a cada una de las fotocopiadoras, fax, máquinas de escribir, calculadoras, trituradoras, reloj de correspondencia, protector de cheques pertenecientes a la Armada Nacional, en la Relación de Equipos anexa, en la cual se hará el diagnóstico y se efectuará el mantenimiento especial de las partes internas y externas, quedando operativos. En el caso contrario la reparación la asume la empresa. Igualmente deben entregar en medio magnético la recolección de la información de cada uno de los equipos y servidores, y en ningún caso podrá quedar con dicha información el Contratista. |
1.8.22 | Se debe efectuar revisión y ajustes de los equipos con mano de obra calificada realizando: Comprobación del funcionamiento eléctrico de las partes Reparación de las averías que se presenten en el uso normal de los equipos y asesoría para una buena utilización de los mismos para ambos casos (mantenimiento preventivo o correctivo), el oferente enviará vía fax cotización de los servicios requeridos con el fin de gestionar autorización mediante Orden de Mantenimiento interna firmada por el supervisor del contrato. |
1.8.23 | No será una acción de limpieza del polvo, sino una dinámica de métodos y acciones, que aplicados con la adecuada regularidad protejan los equipos y alarguen la vida útil de los mismos. Se contemplarán labores de inspección del entorno donde se encuentran los equipos, verificación del correcto funcionamiento del equipo, limpieza interna y externa, lubricación de partes mecánicas, chequeo de sus componentes funcionales y operacionales. Este tipo de mantenimiento como mínimo debe contemplar: Lubricación, limpieza, ajuste, etc. Diagnóstico en general de las máquinas. Revisión parte eléctrica para verificar entrada de corrientes a las máquinas. Recomendaciones por escrito al respecto. Realizar previsiones para evitar fallas si es el caso. Ajustar parámetros de sus configuraciones. Este mantenimiento se realizará en las instalaciones de las dependencias de la Armada Nacional, en los días y horas acordadas previamente con el supervisor del contrato, según cronograma, para evitar la interrupción de las labores en la entidad. |
1.8.24 | MANTENIMIENTO CORRECTIVO: Se realizará para que los equipos vuelvan a su condición funcional, una vez que una falla se ha detectado. Generalmente se realizan bajo la presión de recuperar las condiciones funcionales del equipo en el menor tiempo posible. Por lo anterior, la División de informática debe contar con un proveedor con experiencia propia y acreditada en el objeto a contratar con óptima disposición instrumental y los conocimientos necesarios para prestar el servicio con la seguridad, calidad y agilidad requeridas. Este tipo de mantenimiento como mínimo debe contemplar: Instalación provisional por parte del proveedor de un equipo con iguales características, cuando se requiera retirar alguno por fallas. Suministro de repuestos originales y nuevos para evitar el deterioro de los equipos objeto de esta convocatoria. El mantenimiento correctivo se debe hacer cada vez que se requiera. Configuración y operación. Corregir las fallas. Recomendaciones por escrito. Suministro, reposición o cambio de las partes defectuosas sin importar el modelo y tecnología. |
1.8.25 | Este servicio incluye la reparación de la falla presentada en el equipo y la revisión de todos los subsistemas, limpieza, lubricación y cambio de partes en cuanto sea necesario corregir las fallas existentes y dejar operativa la máquina. Si la reparación requiere el traslado de la fotocopiadora, fax, máquinas de escribir, calculadoras, trituradoras, reloj de correspondencia, protector de cheques al taller del oferente, éste deberá instalar en la dependencia afectada, una fotocopiadora en buen estado de funcionamiento y presentación, y de características similares a la que se retire de servicio, con el fin de no interrumpir el servicio, en tanto se retorne la máquina de propiedad de la Armada Nacional. |
1.8.26 | ATENCION URGENCIAS: En caso de requerir el mantenimiento correctivo la respuesta en horas laborales debe ser inmediata, en horas no laborales no debe ser mayor a una (1) hora. |
1.8.27 | EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y DOTACION: El oferente deberá contar con un mínimo de equipo de comunicación que apoyen la atención inmediata en caso de urgencias y que brinden control a la calidad del servicio, por medio de una línea telefónica fija de atención y una línea telefónica de fax (localizadas en la sede administrativa del contratista) y, una línea celular (soporte remoto del técnico especializado). |
1.8.28 | Junto con la oferta el oferente debe suministrar un único número de contacto, para que el supervisor del contrato realice toda solicitud requerida para la ejecución del contrato, el número suministrado debe contar con disponibilidad 24 horas. |
1.8.29 | Administrar incidentes, problemas y cambios, así como definir acuerdos de niveles de servicio de manera tal que garantice que los asuntos críticos sean tratados con la prioridad adecuada, en los tiempos acordados y con el monitoreo necesario |
1.8.30 | Mensualmente generara un reporte por escrito de la gestión del modelo de servicio, fin evaluar y mejorar. |
1.8.31 | Se hace claridad que todos los servicios prestados por el oferente solamente pueden ser solicitados y autorizados por la División de Informática de la Armada Nacional, teniendo en cuenta los valores ofertados por el contratista; en caso de que se requiera de algún servicio de mantenimiento que no haya quedado incluido dentro de la oferta, el valor del servicio se establecerá de común acuerdo entre las partes, y nunca sobrepasando los precios estándar xxx xxxxxxx. |
1.9 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A TODO COSTO, PLATAFOMRA FORTINET DE LA ARMADA NACIONAL. |
1.9.1 | El contratista deberá proveer los servicios profesionales de mantenimiento, configuración, puesta en producción del equipo y de todos los módulos de seguridad que sean requeridos. |
1.9.2 | El Contratista deberá realizar la revisión y definición de las políticas, reglas, objetos, a configurar. |
1.9.3 | Hacer actualizaciones para la solución y para las funcionalidades de seguridad requeridas. |
1.9.4 | El tiempo de respuesta telefónico será de máximo de dos horas. |
1.9.5 | El tiempo de atención en sitio será en un máximo de dos horas a menos que requiere viaje o desplazamiento a otra ciudad, el tiempo subiría a 24 horas. |
1.9.6 | Deberá Interactuar con el TAC del Fabricante y el trámite de las partes de reemplazo en caso xx xxxxx de Hardware. |
1.9.7 | Realizar una visita mensual en sitio por parte de un ingeniero certificado, durante una sesión de 4 horas, con el fin de revisar el estado de los equipos, realizar tareas de nuevas configuraciones y/o afinamiento, aclarar dudas, transferencia de conocimientos, etc. |
1.9.8 | El contratista deberá atender todos los requerimientos técnicos a que haya lugar, por fallas en la plataforma, durante el periodo de vigencia del contrato. |
1.9.9 | Deberá garantizar mantenimiento correctivo remoto o en sitio cuando así se requiera con un esquema de atención 7x24. |
1.9.10 | El caso de requerir un soporte, el cobro del servicio se liquidara por hora, el precio se establecerá acuerdo el ofrecido en el anexo acuerdo ITEM |
1.9.11 | Para la prestación correcta y oportuna del servicio, el oferente deberá garantizar que el servicio sea prestado por un ingeniero, técnico o tecnólogo electrónico o sistemas, certificados por el fabricante, ingeniero, técnico o tecnólogo deberá contar la certificación del fabricante FORTINET en mínimo nivel NSE 4 o superior, estas certificaciones deberán anexarse junto con la oferta. El ingeniero, técnico o tecnólogo electrónico o sistemas deben contar con matrícula o tarjeta profesional, según lo dispuesto por la Ley 842 de 2002 y la Ley 51 de 1986. |
1.10 | REQUERIMIENTO TÉCNICO MÍNIMO (DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO) REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. |
1.10.1 | Se debe contemplar como mínimo 02 Técnicos o Tecnólogos de Sistemas o Electrónico, que ejercerá las labores de mantenimiento técnico y deberán estar disponible y a requerimiento en el Comando Armada (Bogotá). |
1.10.2 | Para la ejecución del contrato deberá contemplar un Ingeniero de Sistemas o Electrónico para que se desempeñe como coordinador. | ||||
1.10.3 | Se debe contemplar como mínimo de 02 técnicos o tecnólogos en sistemas o electrónico para realizar el mantenimiento preventivo de los equipos de cómputo en las unidades de la Armada Nacional, así: PFA41- PUERTO XXXXX (META), BFIM16 - EGUR - TURBO (ANTIOQUIA), BRIM2 – BIM21-BFIM24 - BACAIM2 – BUENAVENTURA (XXXXX DEL CAUCA), BIM22 – XXXXXXX (CHOCO) - BIM23 - EGSOL - BAHÍA XXXXXX (CHOCÓ), BFIM50 - PUERTO INÍRIDA (GUAINÍA), BFIM32 – SAN XXXX DEL GUAVIARE (GUAVIARE), – ARAUCA (ARAUCA), EGBAL – URIBIA (GUAJIRA), EGBOL – URIBIA (GUAJIRA), EGSAM – SANTA XXXXX (MAGDALENA), PFA BARRANCABERMEJA - BARRANCABERMEJA (SANTANDER), GAMA – LETICIA (AMAZONAS) quienes estarán supervisados por el encargado de la Sección de Informática de cada unidad. | ||||
1.10.4 | Teniéndose en cuenta la naturaleza del objeto a contratar y la aplicación del programa de mantenimiento preventivo y/o correctivo, el oferente deberá tener establecimiento comercial (principal y/o sucursal en la ciudad de Bogotá). Deberá demostrar y garantizar centros de atención y mantenimiento con domicilio en la ciudad de Bogotá, mediante un oficio firmado por el representante legal del proponente, indicando dirección, personal a contactar, teléfono de contacto, correo de servicio y modelo de atención a incidentes nivel Bogotá y Nacional. | ||||
1.11 | RELACION DE EQUIPOS | ||||
1.11.1 | ITEM 1: MANTENIMIENTO PREVENTIVO PARA LOS EQUIPOS DE CÓMPUTO BOGOTA EQUIPOS A AMPARAR MANTENIMIENTO PREVENTIVO A TODO COSTO PARA LOS EQUIPOS DE ALGUNAS UNIDADES ARMADA NACIONAL EQUIPOS PUERTO XXXXX – META (PFA41) | ||||
No. | DESCRIPCION | CANT. |
No. | DESCRIPCION | CANT. |
1 | COMPUTADORES | 1298 |
2 | iMac ME087E/A | 01 |
3 | iMac ME089E/A | 03 |
4 | iMac MF883LL/A | 01 |
5 | iMac MB418/A | 02 |
6 | IMPRESORAS | 84 |
7 | SERVIDORES | 54 |
8 | SCANNER | 28 |
9 | PORTATILES | 70 |
10 | PLOTTERS | 04 |
11 | SWITCH | 76 |
TOTAL | 1621 |
1 | EQUIPOS DE COMPUTO | 15 | |||
PORTATIL | 08 | ||||
2 | IMPRESORAS INYECCION DE TINTA | 03 | |||
3 | IMPRESORAS LASER | 02 | |||
TOTAL | 28 | ||||
EQUIPOS TURBO (BFIM16 – EGUR) | |||||
EQUIPOS BUENAVENTURA – XXXXX DEL CAUCA (BRIM2-BIM21-BFIM24-BACAIM2- | |||||
GAULA) | |||||
ELEMENTO CAN BRIM GAP BIM2 BIM2 BIM21 BFIM2 BACAI | |||||
X. 0 X 0 0 0 X0 | |||||
XXXXXXXXXXXX ESCRITORIO 289 76 50 14 53 19 30 47 | |||||
COMPUTADORES PORTATILES 26 10 06 02 02 02 02 02 | |||||
IMPRESORA LASER 29 10 06 03 03 02 02 03 | |||||
IMPRESORA MULTIFUNCIONAL 33 5 10 01 02 10 03 02 | |||||
IMPRESORA INYECCION TINTA 38 20 01 02 02 02 01 10 | |||||
IMPRESORA MATRIZ DE PUNTO 04 03 0 0 0 01 0 0 | |||||
TOTAL 419 124 73 22 62 36 38 64 | |||||
EQUIPOS GUAPI - CAUCA (BFIM42) | |||||
No. | DESCRIPCION | CANT. | |||
1 | EQUIPOS DE COMPUTO | 49 | |||
3 | IMPRESORAS INYECCION DE TINTA | 04 | |||
TOTAL | 53 |
No. | ELEMENTO | CANT . | BFIM1 6 | EGU R |
1 | COMPUTADORES ESCRITORIO | 73 | 48 | 25 |
2 | COMPUTADORES PORTATILES | 06 | 02 | 04 |
3 | IMPRESORA LASER | 12 | 05 | 07 |
TOTAL | 91 | 69 | 27 |
EQUIPOS PUERTO INIRIDA - GUANIA (BFIM50) EQUIPOS SAN XXXX DEL GUAVIARE – GUAVIARE (BFIM32) EQUIPOS ARAUCA – ARAUCA (BFIM52) EQUIPOS BARRANCABERMEJA – SANTANDER (PFA BARRANCABERMEJA) | |||||
No. | DESCRIPCION | CANT. | |||
1 | EQUIPOS DE COMPUTO | 30 | |||
2 | PORTATILES | 5 | |||
3 | IMPRESORAS INYECCION DE TINTA | 10 | |||
4 | IMPRESORAS LASER | 10 |
No. | DESCRIPCION | CANT. |
1 | EQUIPOS DE COMPUTO | 30 |
2 | PORTATILES | 8 |
3 | IMPRESORAS INYECCION DE TINTA | 13 |
4 | IMPRESORAS MATRIZ DE PUNTO | 2 |
TOTAL | 53 |
No. | DESCRIPCION | CANT. |
1 | EQUIPOS DE COMPUTO | 24 |
2 | PORTATILES | 2 |
3 | IMPRESORAS INYECCION DE TINTA | 6 |
4 | IMPRESORAS MATRIZ DE PUNTO | 4 |
TOTAL | 36 |
No. | DESCRIPCION | CANT. |
1 | EQUIPOS DE COMPUTO | 25 |
2 | PORTATILES | 4 |
3 | IMPRESORAS INYECCION DE TINTA | 3 |
4 | IMPRESORAS LASER | 8 |
TOTAL | 40 |
TOTAL | 55 | |||
EQUIPOS URIBIA - GUAJIRA (EGBAL) EQUIPOS URIBIA - GUAJIRA (EGBOL) EQUIPOS SANTA XXXXX - MAGDALENA (EGSAM) EQUIPOS LETICIA – AMAZONAS (GAMA) |
No. | DESCRIPCION | CANT. |
1 | EQUIPOS DE COMPUTO | 09 |
2 | IMPRESORA LASER | 01 |
TOTAL | 10 |
No. | DESCRIPCION | CANT. |
1 | EQUIPOS DE COMPUTO | 09 |
2 | IMPRESORA LASER | 01 |
TOTAL | 10 |
No. | DESCRIPCION | CANT. |
1 | EQUIPOS DE COMPUTO | 22 |
2 | IMPRESORA LASER | 03 |
3 | IMPRESORA INJECCION DE TINTA | 02 |
TOTAL | 27 |
No. | DESCRIPCION | CANT. |
1 | EQUIPOS DE COMPUTO | 30 |
2 | PORTATILES | 03 |
3 | IMPRESORAS INYECCION DE TINTA | 08 |
4 | IMPRESORAS LASER | 08 |
TOTAL | 49 |
ITEM 1: SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A TODO COSTO | |||||
PARA LOS CENTROS DE CABLEADO, CABLEADO ESTRUCTURADO HORIZONTAL Y | |||||
ELECTRICO REGULADO DEL COMANDO EN LA CIUDAD DE BOGOTA. | |||||
ITEM 1: SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A TODO COSTO, | |||||
INCLUYENDO REPUESTOS ORIGINALES, PARA FOTOCOPIDORAS, FAX, MAQUINAS DE | |||||
ESCRIBIR, CALCULADORAS, TRITURADORAS, RELOJ DE CORRESPONDENCIA, | |||||
PROTECTOR DE CHEQUES EN BOGOTA. | |||||
ITEM | DESCRIPCION | CANT. | |||
1 | FOTOCOPIADORAS | 07 | |||
2 | CALCULADORA ELECTRICA | 03 | |||
3 | FAX | 03 | |||
4 | TRITURADORAS DE PAPEL | 85 | |||
5 | RELOJ DE CORRESPONDENCIA | 10 | |||
6 | PROTECTOR DE CHEQUES | 01 |
No. | DESCRIPCION – CENTROS DE CABLEDO | CANT. |
1 | Comando Armada Edificio Nuevo (MDN) | 01 |
2 | Comando Armada Edificio Elemento | 05 |
3 | Base Naval No.6 (BN6) | 04 |
4 | Dirección Comercio Exterior (DICOMEX) | 01 |
5 | Comando Logístico Infantería de Marina (CALOGIM) | 02 |
6 | Comunicaciones Estratégicas (GCOMES) | 01 |
7 | Batallón de Policía Naval Militar No. 70 (BPNM70) | 10 |
8 | Comando Aviación Naval (CAVNA) | 01 |
9 | Grupo Aéreo de Transporte y Apoyo Fluvial (GATAF) | 02 |
10 | Oficinas del Edifico Bachué (DPSOC, DICI, DISAN) | 03 |
11 | Jefatura de Formación, Instrucción y Educación Naval (JINEN) | 02 |
12 | Departamento Unidades Fluviales (DUF) | 01 |
13 | Dirección de Incorporación Naval | 04 |
14 | Historia Naval | 01 |
15 | Dirección de Familia (DIFAM) | 01 |
TOTAL | 37 |
TOTAL | 109 | |||
1.12 | PRECIOS REFERENCIA DE REPUESTOS | |||
1.12.1 | Al momento de ofertar tenga en cuenta los posibles repuestos que podrán ser utilizados para el servicio de mantenimiento, para ser utilizado en la ejecución del contrato y se encuentran relacionados en el presente anexo. | |||
1.12.2 | Todos y cada uno de los repuestos ofrecidos serán nuevos y en su empaque original de fábrica. | |||
1.12.3 | Al momento de ofertar tenga en cuenta los posibles repuestos que podrán ser utilizados para el servicio de mantenimiento, causal de rechazo. Los costos son de referencia para ser utilizado en la ejecución del contrato y el valor de cada repuesto no podrá sobrepasar el promedio xxx xxxxxxx, relación y costo cada repuesto se encuentran relacionados a continuación: |
ITEMS | DESCRIPCION | CANT. | PRECIO PROMEDIO |
1 | MEMORIA RAM PC2-5300F-555-12-E0 4GB (HP PROLIANT DL360 G5) | 1 | $ 783.188,98 |
2 | DISCO DURO SAS NEAR LINE SAS 7200 RPM 3TB (SAN DELL EQUALLOGIC PS6110) | 1 | $ 2.986.177,27 |
3 | DISCO DURO SAS 15000 RPM 600 GB (SAN DELL EQUALLOGIC PS6110) | 1 | $ 2.514.827,00 |
4 | PROCESADOR INTEL XEON CPU E5-2620 2GHZ (HP PROLIANT DL360P G8) | 1 | $ 3.520.757,80 |
5 | MEMORIA RAM 32GB LRDIMM 1333MHZ ( HP PROLIANT DL360P G8) | 1 | $ 2.727.509,35 |
6 | DISCO DURO SAS FRU 49Y2052 600 GB (CLUSTER LINUX IBM SYSTEM X3650 M3) | 1 | $ 2.871.213,75 |
7 | MEMORIA IBM 8GB DDR3 PC3-10600 SDRAM ECC RDIMM (HP PROLIANT DL360P G8) | 1 | $ 783.188,98 |
8 | FUENTE DE PODER GENERIC P/N: 380622-001 SPARES P/N: 403781-001 (HP PROLIANT DL 380 G5) | 1 | $ 855.041,18 |
9 | DISCO DURO SCSI 72 GB 376597-001 (HP XXXXXXXX XX 000 X0) | 0 | $ 646.669,80 |
10 | MEMORIA RAM 16GB 2RX8 PC2-5300 DUAL RANK KIT P/N:413015-B21 (HP XXXXXXXX XX 000 X0) | 0 | $ 1.290.429,65 |
11 | DISCO DURO SAS 10K 300GB (HP PROLIANT DL 380 G8) | 1 | $ 2.427.167,24 |
12 | MEMORIAS RAM 8GB DDR3 2RX4 PC3-8500R-07-10-N0-D2 DIMM (HP PROLIANT BL580 G7) | 1 | $ 1.290.465,35 |
13 | FUENTE DE PODER 1200W GENERIC P/N: 490594-001 P/N: 438203-001 SPARE PART: 498152-001 - (HP PROLIANT DL580 G7) | 1 | $ 1.865.282,95 |
14 | MEMORIAS RAM 8GB 2RX4 PC3-8500R-07-10-E1-P0 | 1 | $ 1.434.169,75 |
15 | M393B1K70BH1-CF8 (HP PROLIANT DL580 G7) | 1 | $ 1.721.578,55 |
16 | FUENTE DE PODER 1000W GENERIC P/N: 380622-001 | 1 | $ 1.434.169,75 |
17 | P/N: 379124-004 SPARE P/N: 403781-001 (HP PORLIANT DL380 G5) | 1 | $ 1.290.465,35 |
18 | MEMORIAS RAM 8GB 2RX4 PC2-5300F-555-11 | 1 | $ 4.739.370,95 |
19 | HMP31GF7AFR4C-Y5D5 AB (HP PORLIANT DL380 G5) | 1 | $ 1.434.169,75 |
20 | (E7) MEMORY CARTRIDGES P/N: 595852-002 (HP PROLIANT DL580 G7) | 1 | $ 4.739.370,95 |
21 | DELL POWEREDGE DISCO DURO 4TB 7.2K 6GB/S 3.5IN SATA CON BANDEJA DELL SATA P/N: 0X968D (DELL POWEREDGE R320) | 1 | $ 2.152.691,75 |
22 | MEMORIA RAM DDR3 16GB 2RX4 PC3L-12800R-11-13-E2 HMT42GR7BFR4A- PB T4 AD (DELL POWEREDGE R320) | 1 | $ 1.865.282,95 |
23 | DISCO DURO 4TB SAS 12GBPS RPM 7.2K P/N: HDEPF02DAA51 CON BANDEJA DELL SAS P/N: 0F238F ( DELL MD3800F) | 1 | $ 859.352,15 |
24 | MONITOR 20" LCD WIDE SCREEN | 1 | $ 1.003.056,55 |
25 | TECLADOS USB | 1 | $ 45.985,57 |
26 | TECLADOS PS/2 | 1 | $ 45.985,57 |
27 | CONVERTIODR MINIDISPLAYPORT A HDMI | 1 | $ 214.119,48 |
28 | MOUSE OPTICO USB CON 2 BOTONES Y NETSCROLL | 1 | $ 41.674,20 |
29 | TARJETA DE RED 10/100/1000 PCI | 1 | $ 99.155,96 |
30 | TARJETA DE SONIDO PCI 5.1 | 1 | $ 113.526,40 |
31 | TARJETA DE VIDEO PCI 02 GB DDR3 | 1 | $ 715.647,75 |
32 | CABLE DE VIDEO VGA 03 MTS | 1 | $ 70.411,51 |
33 | FUENTE DE PODER ATX 600 WATTS | 1 | $ 127.896,84 |
34 | KIT MANTENIMIENTO IMPRESORA HP 3005 | 1 | $ 1.865.282,95 |
35 | UNIDAD FUSORA IMPRESORA HP 350N | 1 | $ 1.577.874,15 |
36 | ADAPTADOR CORRIENTE IMPRESORA ZEBRA | 1 | $ 500.091,15 |
37 | KIT MANTENMIENTO IMPRESORA LEXMARK T642 | 1 | $ 1.721.578,55 |
38 | KIT MANTENIMIENTO IMPRESORA HP 4250N | 1 | $ 1.865.282,95 |
39 | UNIDAD FUSORA IMPRESORA HP 4250N | 1 | $ 1.434.169,75 |
40 | UNIDAD FUSORA IMPRESORA HP 2420DN | 1 | $ 1.290.465,35 |
41 | UNIDAD FUSORA IMPRESORA LEXMARK T642 | 1 | $ 1.577.874,15 |
42 | KIT MANTENIMIENTO IMPRESORA HP 4050 | 1 | $ 1.721.578,55 |
43 | UNIDAD FUSORA IMPRESORA HP 4050 | 1 | $ 1.577.874,15 |
44 | KIT DE MANTENIMIENTO IMPRESORA HP 4700N | 1 | $ 2.152.691,75 |
45 | UNIDAD FUSORA IMPRESORA HP 4700N | 1 | $ 1.577.874,15 |
46 | UNIDAD FUSORA IMPRESORA LEXMARK X792DE | 1 | $ 2.440.100,55 |
47 | KIT MANTENMIENTO IMPRESORA LEXMARK T654 | 1 | $ 1.577.874,15 |
48 | UNIDAD FUSORA IMPRESORA LEXMARK T654 | 1 | $ 1.434.169,75 |
49 | KIT MANTENIMIENTO IMPRESORA HP 2300 | 1 | $ 1.577.874,15 |
50 | UNIDAD FUSORA IMPRESORA HP 2300 | 1 | $ 1.290.465,35 |
51 | KIT MANTENIMIENTO IMPRESORA HP 2430 | 1 | $ 1.577.874,15 |
52 | KIT MANTENIMIENTO IMPRESORA LEXMARK MX810DE | 1 | $ 2.583.804,95 |
53 | UNIDAD FUSORA IMPRESORA LEXMARK MX8100DE | 1 | $ 2.296.396,15 |
54 | KIT MANTENIMIENTO IMPRESORA HP M4555H | 1 | $ 2.296.396,15 |
55 | UNIDAD FUSORA IMPRESORA HP M4555H | 1 | $ 1.865.282,95 |
56 | UNIDAD FUSORA IMPRESORA HP 2430 | 1 | $ 1.290.465,35 |
57 | BRAZO SISTEMA ALIMENTADOR DE LA BANDEJA 1 IMPRESORA HP T640 | 1 | $ 715.647,75 |
58 | UNIDAD FUSORA IMPRESORA LEXMARK 811DN | 1 | $ 2.296.396,15 |
59 | KIT MANTENIMIETO IMPRESORA LEXMARK 811DN | 1 | $ 2.583.804,95 |
60 | KIT ALIMENTADOR IMPRESORA LEXMARK MX810 | 1 | $ 284.534,55 |
61 | KIT UNIDAD FUSORA IMPRESORA LEXMARK T430 | 1 | $ 1.434.169,75 |
62 | KIT MANTENIMIENTO IMPRESORA LEXMARK T430 | 1 | $ 1.577.874,15 |
63 | KIT UNIDAD FUSORA IMPRESORA HP 8270 | 1 | $ 2.440.100,55 |
64 | KIT MANTENIMIENTO IMPRESORA HP 8270 | 1 | $ 2.871.213,75 |
65 | UNIDAD IMAGEN IMPRESORA LEXMARK 811DN | 1 | $ 859.352,15 |
66 | UNIDAD IMAGEN IMPRESORA LEXMARK MX810 DN | 1 | $ 859.352,15 |
67 | UNIDAD IMAGEN IMPRESORA LEXMARK X792 | 1 | $ 1.290.465,35 |
68 | RODILLO ALIMENTADOR ESCANER KDAK I120 | 1 | $ 571.943,35 |
69 | SENSOR DE REGISTRO ESCANER KODAK I120 | 1 | $ 284.534,55 |
70 | RODILLO ALIMENTADOR ESCANER XXXX X0000 | 1 | $ 571.943,35 |
71 | SENSOR DE REGISTRO ESCANER KODAK I2600 | 1 | $ 284.534,55 |
72 | KIT FOTOCONDUCTOR X 4 IMPRESORA LECMARK C534 | 1 | $ 1.721.578,55 |
73 | UNIDAD FUSORA IMPRESORA HP 4555 | 1 | $ 2.152.691,75 |
74 | KIT MANTENIMIENTO IMPRESORA HP 4555 | 1 | $ 2.440.100,55 |
75 | SISTEMA SCANNER IMPRESORA 4555 | 1 | $ 859.352,15 |
76 | ACTUADOR INVERSOR IMPRESORA LEXMARK X792 | 1 | $ 715.647,75 |
77 | UNIDAD IMAGEN IMPRESORA LEXMARK MX 810DN | 1 | $ 859.352,15 |
78 | ALMOHADILLA IMPRESORAS EPSON | 1 | $ 127.896,84 |
79 | TANQUE DE RESIDUOIMPRESORAS EPSON | 1 | $ 127.896,84 |
80 | CABEZAL IMPRESORAS EPSON | 1 | $ 472.787,40 |
81 | BUS DE DATOS IMPRESORAS EPSON | 1 | $ 127.896,84 |
82 | MOTOR DUPLEX IMPRESORA LEXMARK X792 | 1 | $ 715.647,75 |
83 | KIT DE MANTENIMIENTO PLOTTER HP 800 | 1 | $ 1.865.282,95 |
84 | BANDEJA MULTIUSOS REFURBISH IMPRESORA HP 4700 | 1 | $ 859.352,15 |
85 | UNIDAD DE IMAGEN IMPRESORA LEXMARK 711 | 1 | $ 859.348,19 |
86 | CABEZALEZ PLOTTER HP T 1100 | 1 | $ 472.787,40 |
87 | SWITCH ALCATEL - LUCENT 0S6450-P48-US | 1 | $ 11.352.647,60 |
88 | FACE PLATE DOBLE | 1 | $ 56.044,64 |
89 | CABLE HDMI DE 00 XXX | 0 | $ 271.601,24 |
90 | CABLE XXX XX 00 XX | 1 | $ 214.119,48 |
91 | SPLITER HDMI HD 1080P 3D 4 SALIDAS | 1 | $ 472.787,40 |
92 | DISCO DURO PORTATIL 500GB | 1 | $ 428.238,95 |
93 | CONVERTIDOR DE MINIDISPLAY PORT A VGA-HDMI-DVI | 1 | $ 284.534,55 |
94 | CANALETA PLASTICA 2" ADESIVA | 1 | $ 70.415,08 |
95 | CANALETA PLASTICA 1" ADESIVA | 1 | $ 41.674,20 |
96 | ADAPTADOR USB A HDMI | 1 | $ 271.601,24 |
97 | DISPLAY PORT A HDMI | 1 | $ 271.601,24 |
98 | ADAPTADOR USB A VGA | 1 | $ 271.601,24 |
99 | SWITCH ENCORE 10/100/1000 8 PUERTOS | 1 | $ 171.008,16 |
100 | PATCH CORD FIBRA OPTICA MONOMODO CONECTOR XX/XX XX 00 XXXXXX | 0 | $ 357.823,88 |
101 | CABLE 8 METROS XXXXX LITE P776-019 KVM KIT FOR B020/B022 SERIES SWITCH | 1 | $ 702.714,44 |
102 | SERVICIO ESPECIALIZADO SOPORTE PLATAFORMA VMWARE – COSTO POR HORA | 1 | $ 630.862,24 |
103 | SERVICIO ESPECIALIZADO SOPORTE PLATAFORMA MICROSOFT SERVER 2012 – COSTO POR HORA | 1 | $ 501.528,28 |
104 | SERVICIO ESPECIALIZADO SOPORTE PLATAFORMA FORTINET-COSTO POR HORA | 1 | $ 630.862,24 |
105 | SERVICIO ESPECIALIZADO SOPORTE PLATAFORMA LINUX RED-HAT Y/O LINUX CENTOS ULTIMA VERSION | 1 | $ 571.943,35 |
106 | SERVICIO ESPECIALIZADO PANTALLA INTERACTIVA LED90i | 1 | $ 1.146.760,95 |
107 | SERVICIO ESPECIALIZADO SISTEMA INTEGRADO (AUDIO Y VIDEO) VIDEO WALL 4X4 CON PANTALLAS LED 42” | 1 | $ 1.146.760,95 |
108 | XXX UBIQUITI 48 VOLTIOS – VOLTAJE DE 1: 48VDC @ 0.5ª –VOLTAJE DE ENTRADA: 90-260VAC @ 47-63HZ | 1 | $ 571.943,35 |
109 | ACCES POINT - UBIQUITI UNIFI AP ACCES POINT 802,11 B/G/N 2,4 GHZ 300 MBPS | 1 | $ 859.352,15 |
110 | RACK DE PARED DE 11U | 1 | $ 1.003.056,55 |
111 | SWITCH ALCATEL - LUCENT 0S6450-P48-US | 1 | $ 11.352.647,60 |
112 | MODULO FIBRA OPTICA MULTIMODO HASTA 550 MTS -GIGABIT- SFP-LC DUPLEX - MINI-GBIC | 1 | $ 1.577.874,15 |
113 | MODULO FIBRA OPTICA MONOMODO HASTA 1300 MTS -GIGABIT- SFP-LC DUPLEX - MINI-GBIC | 1 | $ 715.647,75 |
114 | CONVERSOR DE FIBRA MULTIMODO 100/1000 | 1 | $ 571.943,35 |
115 | CONVERSOR DE FIBRA MONOMODO 100/1000 | 1 | $ 428.238,95 |
116 | MODEM VSAT SKYEDGE II ACCESS W/2X2P FXS – PARTE NUMERO 56200C | 1 | $ 17.184.171,99 |
117 | TARJETA FUENTE IDU SKYEDGE II POWER BOX DC/DC 24V CONV – PARTE NUMERO MA1760 | 1 | $ 1.721.578,55 |
118 | FIBRA ÓPTICA MONO MODO Y/O MULTIMODO (CERTIFICACIÓN POR HILO) - GUARNICIÓN BOGOTÁ | 1 | $ 127.896,84 |
119 | FIBRA ÓPTICA MONO MODO Y/O MULTIMODO ( CERTIFICACIÓN Y FUSIÓN O EMPALME POR HILO) - GUARNICIÓN BOGOTÁ | 1 | $ 300.342,12 |
120 | FIBRA ÓPTICA MONO MODO Y/O MULTIMODO (CERTIFICACIÓN POR HILO) - UNIDADES FUERA BOGOTÁ | 1 | $ 214.119,48 |
121 | FIBRA ÓPTICA MONO MODO Y/O MULTIMODO ( CERTIFICACIÓN Y FUSIÓN O EMPALME POR HILO) - UNIDADES FUERA BOGOTÁ | 1 | $ 271.601,24 |
122 | CABLEADO UTP CATEGORÍA 6A (REEMPLAZO CABLE – COSTO POR PUNTO) | 1 | $ 386.564,76 |
123 | CABLEADO ESTRUCTURADO - (CAMBIO TOMA DATOS CATEGORÍA 6A Y CERTIFICACIÓN) | 1 | $ 214.119,48 |
124 | CABLEADO ELÉCTRICO REGULADO DE LOS EQUIPOS DE CÓMPUTO - (REEMPLAZO CABLE ELÉCTRICO #12 – COSTO POR METRO) | 1 | $ 70.415,08 |
125 | FIBRA ÓPTICA MULTIMODO 12 HILOS REFERENCIA 10 GB 50/125 LSZH ( REMPLAZO FIBRA ÓPTICA COSTO POR METRO) | 1 | $ 113.526,40 |
126 | FIBRA ÓPTICA 8/125 MONOMODO 12 HILOS ( REMPLAZO FIBRA ÓPTICA COSTO POR METRO) | 1 | $ 99.155,96 |
127 | BANDEJA DE FIBRA, TIPO METÁLICO CON SOPORTE DE FIJACIÓN DE RACK, DESLIZABLE Y MODULAR CON CONECTORES LC | 1 | $ 1.146.760,95 |
128 | MUFLA PROTECCION FIBRA OPTICA | 1 | $ 859.352,15 |
129 | MANTENIMIENTO PREVENTIVO AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN PARA DATACENTER - CAPACIDAD 5 TONELADAS – COSTO POR HORA (LIMPIEZA GENERAL DEL EQUIPO, CAMBIO DE FILTROS- VERIFICACIÓN XXXXX XX XXX) | 0 | $ 329.083,00 |
130 | REVELADOR | 1 | $ 386.564,76 |
131 | CILINDRO FOTOCONDUCTOR | 1 | $ 331.238,48 |
132 | CUCHILLA DE LIMPIEZA | 1 | $ 99.052,03 |
133 | RODILLO FUSOR | 1 | $ 185.378,60 |
134 | RODILLO DE CARGA | 1 | $ 185.378,60 |
135 | PIÑÓN FUSOR | 1 | $ 99.155,96 |
136 | PIÑON PREFUSOR | 1 | $ 99.155,96 |
137 | MOTOR ELEVACION | 1 | $ 314.712,56 |
138 | BLOQUE TRANSFERENCIA | 1 | $ 428.238,95 |
139 | TELILLA FUSORA | 1 | $ 571.943,35 |
140 | UÑAS FUSORAS | 1 | $ 140.830,15 |
141 | BANDEJA BY PAS | 1 | $ 284.534,55 |
142 | LÁMPARA DE EXPOSICIÓN | 1 | $ 284.534,55 |
143 | TERMISTOR | 1 | $ 127.896,84 |
144 | CORONA DE CARGA | 1 | $ 428.238,95 |
145 | LEVA DE SALIDA | 1 | $ 284.534,55 |
146 | COLLARINES | 1 | $ 99.155,96 |
147 | KIT PIÑONES ENGRANAJE | 1 | $ 386.564,76 |
148 | CUBIERTA DE ALIMENTADOR DE ORIGINALES | 1 | $ 715.647,75 |
149 | BAFLE DUPLEX | 1 | $ 1.003.056,55 |
150 | UNIDAD REVELADO | 1 | $ 859.352,15 |
151 | XXXXXX DE LA UNIDAD DE REVELADO | 1 | $ 284.534,55 |
152 | SEPARADOR DEL ADF | 1 | $ 428.238,95 |
153 | BANDA DE TRANSFERENCIA FOTOCOPIADORA CANON 3225 | 1 | $ 1.290.465,35 |
154 | BANDEJA MULTIPROPOSITO | 1 | $ 428.238,95 |
155 | SENSOR CUBIERTA | 1 | $ 140.830,15 |
156 | BLOQUE TRANSFERENCIA | 1 | $ 284.534,55 |
157 | KIT RODILLOS ALIMENTADORES DE PAPEL | 1 | $ 859.352,15 |
158 | UNIDAD FUSORA FOTOCOPIADORA XEROX WC 4150 | 1 | $ 2.296.396,15 |
159 | MODULO IMAGEN FOTOCOPIADORA XEROX WC4150 | 1 | $ 1.290.465,35 |
160 | BANDA TRANSFERENCIA FOTOCOPIADORA RICOH MP C2800 | 1 | $ 3.877.144,55 |
161 | UNIDAD FUSORA FOTOCOPIADORA RICOH MPC 2003 | 1 | $ 4.739.370,95 |
162 | KIT DE RODILLOS ALIMENTADORES DE PAPEL ADF RODILLOS DE SALIDA ESCANER HP 8420 | 1 | $ 1.146.760,95 |
163 | FUENTE DE PODER FOTOCOPIADORA RICOH MPC | 1 | $ 1.721.578,55 |
164 | UNIDAD IMAGEN FOTOCOPIADORA XEROX WC4150 | 1 | $ 1.290.465,35 |
165 | UNIDAD IMAGEN FOTOCOPIADORA CANON IR 2000 | 1 | $ 1.290.465,35 |
166 | UNIDAD IMAGEN FOTOCOPIADORA XEROX CC123 | 1 | $ 1.434.169,75 |
167 | KIT RODILLO PAPEL ESCANER KODAK I320 | 1 | $ 501.528,28 |
168 | KIT MANTENIMIENTO ESCANER HP 7500 | 1 | $ 1.290.465,35 |
169 | UNIDAD SCANNER | 1 | $ 127.896,84 |
170 | XXXXXXXX XX XXXXX | 1 | $ 113.526,40 |
171 | TARJETA PRINCIPAL | 1 | $ 122.148,74 |
172 | TARJETA FUENTE | 1 | $ 122.148,74 |
173 | SOPORTES | 1 | $ 8.622,34 |
174 | TARJETA FUENTE | 1 | $ 50.296,54 |
175 | TARJETA PRINCIPAL | 1 | $ 45.985,57 |
176 | SWITCH ENCENDIDO | 1 | $ 41.674,20 |
177 | CONTACTOS DEL TECLADO | 1 | $ 9.771,88 |
178 | TARJETA FUENTE | 1 | $ 56.044,64 |
179 | TARJETA LÓGICA | 1 | $ 103.467,33 |
180 | XXXXXX | 1 | $ 103.467,33 |
181 | MOTOR DE SELECCIÓN | 1 | $ 84.785,52 |
182 | DISPLAY | 1 | $ 93.407,86 |
183 | CARRO | 1 | $ 57.481,76 |
184 | LOGOTIPO | 1 | $ 127.896,84 |
185 | MOTOR PRINCIPAL | 1 | $ 185.378,60 |
186 | BOBINAS | 1 | $ 70.415,08 |
187 | TARJETA LÓGICA | 1 | $ 242.860,36 |
188 | TARJETA DE CONTACTOS | 1 | $ 41.674,20 |
189 | MOTOR PRINCIPAL | 1 | $ 140.830,15 |
190 | SISTEMA XX XXXXX | 1 | $ 70.415,08 |
191 | SENSORA AVANCE DE PAPEL | 1 | $ 242.860,36 |
192 | PIÑON DE ENGRANAJE AL MOTOR | 1 | $ 715.647,75 |
193 | PIÑON DE ENGRANAJE A LAS CUCHILLAS | 1 | $ 715.647,75 |
194 | SENSORES | 1 | $ 99.155,96 |
195 | TARJETA PRINCIPAL | 1 | $ 715.647,75 |
196 | MOTOR PRINCIPAL | 1 | $ 185.378,60 |
197 | XXXXX XXXXXXXX XXX XXXXXXX | 0 | $ 99.155,96 |
198 | CONJUNTO DE DISCOS | 1 | $ 242.860,36 |
ANEXO “G”
PROPUESTA ECONÓMICA
PARÁMETROS REQUERIDOS TOMAS DE MUESTRAS DE AGUA
LA PROPUESTA ECONÓMICA DEBERA SER PRESENTADA A TRAVES DE LA PLATAFORMA SECOP II Y DEBERA CUMPLIR Y CORRESPONDER A LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS RELACIONADAS EN EL ANEXO TECNICO A.
Nota 1. En la preparación de las ofertas, el proponente deberá incluir en sus precios todos los impuestos, derechos, transporte y otros cargos que se causaren durante la ejecución del contrato, los cuales se entenderán incluidos en los precios ofertados en la lista de precios del SECOP II.
Nota 2. En caso que el proponente no indique el impuesto a las ventas (IVA) y haya lugar a este se entenderá que viene incluido en el valor total (IVA presunto), sin perjuicio de las correspondientes correcciones aritméticas por parte del comité económico. Si el bien o servicio está legalmente exento de IVA se deberá indicar de manera clara y expresa la norma que contempla el beneficio.
Nota 3. El oferente que en la presentación de su oferta supere el valor promedio por ítem del estudio xx xxxxxxx será rechazado de conformidad con los factores de rechazo incluidos en el pliego de condiciones.
ANEXO “H”
FORMATO DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES O CONTRATISTA SISTEMA DE INFORMACIÓN INTEGRAL (SIIF)
I | INFORMACIÓN BÁSICA | |||
PERSONA JURÍDICA NACIONAL | ||||
Nombre Proveedor | ||||
NIT | ||||
Anexar COPIA RUT | ||||
CLASE DE SOCIEDAD | ||||
CLASE DE CAPITAL | ||||
NUMERO DE MATRICULA MERCANTIL | ||||
PERSONA NATURAL NACIONAL | ||||
No. cédula | ||||
Anexar copia RUT | ||||
Nombres | ||||
Apellidos | ||||
Fecha de Expedición del documento de identificación | ||||
Profesión | ||||
No. Matricula | ||||
II | PARA UNIÓN TEMPORAL O CONSORCIO DILIGENCIAR ESTA INFORMACIÓN | |||
OBJETO DE LA UNIÓN DE LOS TERCEROS | ||||
ACTIVIDAD ECONÓMICA CIIU | ||||
TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD | ||||
NUMERO DE DOCUMENTO | ||||
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL | ||||
PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DE CADA UNO | ||||
DE LOS SOCIOS Ó MAS | 1) | |||
2) | ||||
RÉGIMEN TRIBUTARIO | ||||
III | UBICACIÓN ( Para Persona Jurídica, Nacional, Unión Temporal o Consorcio) | |||
PAÍS | ||||
REGIÓN | ||||
CIUDAD | ||||
DIRECCIÓN | ||||
TELÉFONO | ||||
FAX | ||||
PAGINA WEB | ||||
IV | INFORMACIÓN TRIBUTARIA ( Para Persona Jurídica, Nacional, Unión Temporal o Consorcio) | |||
REPRESENTANTE LEGAL | Cédula | No. |
| |
Nombr | e |
| ||
ACTIVIDAD ECONÓMICA CIIU |
| |||
TIPO DE RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA | ICA-BOGOTA | |||
IVA | ||||
RENTA | ||||
RÉGIMEN TRIBUTARIO | GRAN CONTRIBUYENTE | |||
NO CONTRIBUYENTE | ||||
RÉGIMEN COMÚN | ||||
RÉGIMEN ORDINARIO | ||||
RÉGIMEN SIMPLIFICADO | ||||
RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL | ||||
AUTORRETENEDOR | SI | NO |
V | DATOS BANCARIOS |
Denominación de la cuenta | |
corriente | |
de ahorros | |
Entidad Financiera | |
Código | |
Sucursal | |
Código | |
Ciudad | |
Dirección | |
Teléfono | |
Número de la cuenta | |
(adjuntar original de certificación bancaria con fecha de expedición no superior a 30 días calendario) | |
NOMBRE Y FIRMA BENEFICIARIO |
CÓDIGO NOMBRE CÓDIGO NOMBRE
0 | BANCO DE LA REPUBLICA | 13 | BANCO POPULAR |
5 | BANCAFE | 6 | BANCO SANTANDER |
7 | BANCOLOMBIA | 9 | CITIBANK |
11 | BANCO AGRARIO DE COLOMBIA | 12 | BANCO SUDAMERIS COLOMBIA |
13 | BANCO GANADERO | 14 | BANCO DE CREDITO |
19 | BANCO COLPATRIA | 20 | BANESTADO |
22 | BANCO UNION COLOMBIANO | 23 | BANCO DE OCCIDENTE |
25 | BANCO CENTRAL HIPOTECARIO | 28 | BANCO MERCANTIL DE COLOMBIA |
29 | BANCO TEQUENDAMA | 30 | BANCO CAJA SOCIAL |
36 | BANK BOSTON | 37 | MEGABANCO |
39 | BANCO DAVIVIENDA | 52 | C.A.V LAS VILLAS |
54 | C.A.V GRANAHORRAR | 55 | C.A.V. CONAVI |
57 | C.A.V COLMENA |
ANEXO “I”
ORIGEN DE LOS SERVICIOS LEY 816 DE 2003 PROTECCION A LA INDUSTRIA NACIONAL
(PARA OTORGAR EL PUNTAJE INDICADO EN EL PRESENTE FORMULARIO, DEBERÁN ADJUNTARSE A LA OFERTA LA TOTALIDAD DE DOCUMENTOS INDICADOS)
1. OFRECIMIENTO DE BIENES NACIONALES O EXTRANJEROS CON TRATO NACIONAL (10%)
Este punto lo diligenciarán los oferentes que tengan el Registro de Productor Nacional del ítem o ítems ofertados.
A. EN COLOMBIA.
SI , Registro Producción Nacional No. (el número de radicado de respuesta positiva del Mincomercio, anexar documento certificado de origen).
Aplica para los Ítems Nos: (efectuar discriminación respetiva) .
Nota: el puntaje será asignado de manera proporcional a la cantidad de bienes solicitados frente a los acreditados como de producción nacional.
B. EN EL EXTRANJERO (RECIPROCIDAD) Si ,
A qué tratado o acuerdo de libre comercio se encuentra usted adscrito Fecha de entrada en vigencia del tratado de libre comercio. Fecha de vigencia del tratado de libre comercio:
Así mismo declaramos que conocemos que el anterior ofrecimiento queda como obligación en nuestra oferta y por lo tanto el incumplimiento de ello, acarrea las sanciones xx xxx contempladas en el contrato.
Firma del proponente o Representante legal y/o Firma del Apoderado Nombre:
ANEXO “J” ACREDITACIÓN CALIDAD DE MIPYME
PARA EFECTOS DE CRITERIOS DE DESEMPATE
Ciudad.-, D.C.
Señores:
BASE NAVAL ARC “BOGOTÁ”
Ciudad.-
Yo , actuando en calidad de
, de la empresa , identificado como aparece a continuación, manifiesto mi condición de MIPYMES, para efectos de ser factor de desempate de conformidad con el Decreto 1082 de 2015 y atendiendo a lo señalado dentro de los factores de desempate del presente pliego de condiciones, por tal motivo allego junto con la oferta la siguiente documentación que demuestra tal condición.
1. Certificación expedida por el Contador o Revisor Fiscal según sea el caso, en que se señale la condición de MIPYME.
2. Certificado xx Xxxxxx de Comercio si se trata de persona jurídica, o registro mercantil para el caso de las personas naturales, y
3. Fotocopia del RUT
Atentamente,
Firma del Representante legal o apoderado.
ANEXO “K” FORMULARIO VISITA (EN CASO QUE APLIQUE)
CERTIFICACIÓN DE ASISTENCIA A VISITA
SELECCIÓN ABREVIADA MENOR No. DE 2019.
QUE EL SEÑOR: IDENTIFICADO CON C.C. No. EXPEDIDA EN TARJETA PROFESIONAL No. EN REPRESENTACIÓN DE (NOMBRE DE LA FIRMA CONTRATISTA)
ASISTIÓ A LA VISITA
DECLARO QUE CONOCÍ LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL LOTE, EL LUGAR DE LOS TRABAJOS, LA SITUACIÓN DE ORDEN PÚBLICO, GEOGRÁFICA, SOCIAL Y ECONÓMICA DE LA MISMA.
EL TRANSPORTE Y LA MOVILIZACIÓN DE LA PRESENTE VISITA CORREN POR CUENTA DEL PROPONENTE.
FIRMA (DELEGADO CONTRATISTA)
X.X Xx xx
XX XXXXXX X XXX XXXX XXX XXX XX 0000.
NOMBRE DELEGADO ARMADA NACIONAL
C.C de:
ARMADA NACIONAL REPUBLICA DE COLOMBIA | FORMATO PROYECTO PLIEGOS DE CONDICIONES - SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTÍA | ||
Proceso: Adquisiciones | Autoridad: JOLA | ||
Código: ADQ-FT-014-JOLA-V05 | Rige a partir de: 24/09/2015 | Página 88 de 89 |
ANEXO “L”
“FORMULARIO EXPERIENCIA ESPECÍFICA PROPONENTE”
CONSECUT XXX XXX (cuando aplique) | ÍTEM | NOMBRE DEL CONTRATA NTE | NOMBR E DEL CONTR ATISTA | No. CONTR ATO | RESUMEN OBJETO PRINCIPA L CONTRAT O | FECHA DE INICIO | PLA ZO DE EJE CUCI ÓN | VALOR EXPRESA DO S.M.M.L.V | VALOR DE CONTR ATO EN PESOS | PORCENTAJE DEL VALOR DEL CONTRATO QUE EJECUTO, COMO MIEMBRO DE UN CONSORCIO, UNIÓN TEMPORAL, SOCIEDAD DE OBJETO ÚNICO. | CODIG O UNSPS C |
Acepto lo enunciado en este Anexo,
FIRMA FIRMA CONTADOR Y/O
REVISOR FISCAL
NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL REVISOR FISCAL
NOMBRE CONTADOR Y/O
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL OFERENTE:
DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN (CÉDULA DE CIUDADANÍA O NIT.) DIRECCIÓN: TELÉFONO:
ARMADA NACIONAL REPUBLICA DE COLOMBIA | FORMATO PLIEGOS DE CONDICIONES - SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTÍA | ||
Proceso: Adquisiciones | Autoridad: JOLA | ||
Código: ADQ-FT-014-JOLA-V05 | Rige a partir de: 24/09/2015 | Página 89 de 89 |
ANEXO “M”
FORMULARIO PARA LA ACREDITACIÓN CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL
NUMERO DEL PROCESO
Oferente Individual | Oferente Plural | |||
Nombre o Razón Social: | ||||
Porcentaje de Participación: | 100% | % | % | % |
Moneda: | ||||
Fecha xx Xxxxx: | 00-xxx-00 | 00-xxx-00 | 00-xxx-00 | 00-xxx-00 |
Cuenta Contable | Valor EF´S | Valor EF´S | Valor EF´S | Valor EF´S |
DATOS DE BALANCE GENERAL | ||||
ACTIVO CORRIENTE | ||||
ACTIVO TOTAL | ||||
PASIVO CORRIENTE | ||||
PASIVO TOTAL | ||||
TOTAL PATRIMONIO | ||||
DATOS DE ESTADO DE RESULTADOS | ||||
VENTA / INGRESOS OPERAC. | ||||
COSTO DE VENTAS | ||||
UTILIDAD BRUTA | ||||
GASTOS OPERACIONALES | ||||
UTILIDAD OPERACIONAL | ||||
OTROS INGRESOS Y GASTOS | ||||
IMPUESTOS | ||||
UTILIDAD NETA | ||||
DATOS ADICIONALES | ||||
GASTOS POR DEPRECIACIÓN | ||||
GASTOS POR AMORTIZACIONES | ||||
GASTOS POR PROVISIONES | ||||
GASTO INTERESES ENTID. FRAS. |
FIRMAS: | ||||
Nombres y Apellidos Representante Legal | Nombres y Apellidos Contador | Nombres y Apellidos Revisor Fiscal o Auditor independiente | ||
Nro. Doc. Identidad | Nro. Doc. Identidad Nro. Tarjeta Profesional | Nro. Doc. Identidad Nro. Tarjeta Profesional |
“Protegemos el azul de la Bandera”