TIPO Y CLASE: LICITACIÓN PUBLICA Nº 2/2020 EJERCICIO: 2020 ETAPA: ETAPA ÚNICA - NACIONAL MODALIDAD: SIN MODALIDAD
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PROCEDIMIENTO DE SELECCION:
TIPO Y CLASE: LICITACIÓN PUBLICA | Nº 2/2020 | EJERCICIO: 2020 |
ETAPA: ETAPA ÚNICA - NACIONAL | ||
MODALIDAD: SIN MODALIDAD |
EXPEDIENTE: 0000026/2020
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:
OBRA DEL CONTRAPISO DEL SEGUNDO SUBSUELO – EDIFICIO XXX XXXXXX
COSTO XXX XXXXXX: SIN COSTO.
VISTA / DESCARGA DE PLIEGOS:
El pliego de bases y condiciones, como las circulares que pudieran generarse podrán consultarse y descargarse con el fin de presentarse a cotizar desde el sitio web institucional de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx: xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx
PLAZO LÍMITE ESTABLECIDO PARA RECIBIR CONSULTAS:
Lugar/Dirección | Plazo y Horario |
Oficina Técnica, 2do Piso Edificio xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx 0000, XXXX | De lunes a viernes, de 9:30 a 16:30 hs., hasta el día: 22 de octubre de 2020 |
PRESENTACION DE OFERTAS/ACTO DE APERTURA:
Lugar/Dirección | Plazo y Horario para presentación de ofertas |
Oficina Técnica, 2do Piso Edificio xxx Xxxxxx Rivadavia 1815, CABA. | De lunes a viernes de 10:00 a 16:00 hs. Hasta el día 27 de octubre de 2020 a las 11:30 hs. |
Día y Hora de Acto de Apertura | |
El día 27 de Octubre de 2020 – 12:00 hs. |
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES (P.B.C.G.)
APROBADO POR DSAD Nº 354/ 18
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
1. Normativa aplicable y orden de prelación.
Las contrataciones se regirán en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción por el “Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios de la HCDN”, aprobado por Resolución Presidencial N° 1073/18, sus modificatorias y complementarias, y por las disposiciones que se dicten en consecuencia, por los pliegos de bases y condiciones, por el contrato, convenio, orden de compra o venta según corresponda.
Supletoriamente serán de aplicación las restantes normas del Derecho Administrativo, y en su defecto las normas del Derecho Privado por analogía.
Conforme lo establecido por el artículo 123 del Reglamento citado, todos los documentos que rijan el llamado, así como los que integren la contratación serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:
A - Las disposiciones del citado Reglamento.
B - El Pliego de Bases y Condiciones Generales. C - El Pliego de Bases y Condiciones Particulares. D - Las Especificaciones Técnicas.
E - La Oferta y las Muestras que se hubieran acompañado. F - La Adjudicación.
G - La Orden de Compra, de venta o el contrato en su caso.
2. Cómputo de plazos.
A falta de indicación, todos los plazos establecidos en el presente pliego se computarán en días hábiles administrativos. Asimismo, cuando se fijen en semanas, por períodos de SIETE (7) días corridos. Cuando se fijen en meses o en años, de fecha a fecha conforme a lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación.
3. Registración de proveedores .
El Registro de Proveedores inscribirá a las personas humanas y jurídicas que tengan interés en contratar con la
H.C.D.N. El citado registro tendrá por objeto registrar y acreditar la documentación administrativa y legal de cada proveedor, sus antecedentes, historial de contrataciones, registrar penalidades y sanciones, la existencia de causales de inhabilidad y cualquier otro dato relevante a los fines.
4. Visitas.
Cuando en el respectivo pliego de bases y condiciones del llamado se estipulara la obligación de efectuar visitas, las mismas podrán realizarse en los días y horas indicados en el respectivo pliego. A falta de esta, las visitas se realizarán en los días y horas hábiles mientras dure la convocatoria, hasta un (1) día hábil anterior a la fecha fijada para la presentación de ofertas o de pedido de cotización, según el tipo de procedimiento. No obstante, de ser necesario, y con la fundamentación del caso, se podrán habilitar visitas en días inhábiles.
Al finalizar la visita los interesados recibirán una “CONSTANCIA DE VISITA” que será completada y firmada por autoridad competente o persona designada a tal efecto, a fin de su acreditación. La constancia de visita deberá ser presentada conjuntamente con la oferta.
La falta de realización de la visita previa será causal de desestimación de la oferta.
5. Excepciones a la obligación de presentar garantías.
Las excepciones a la obligación de presentar garantías dispuestas en el artículo 74 del citado Reglamento no incluyen a las contragarantías, las que deberán constituirse en todos los casos en que se reciba un monto como adelanto salvo que el oferente sea una jurisdicción o entidad perteneciente al Sector Público Nacional en los términos del artículo 8° de la Ley Nº 24.156, o un organismo provincial, municipal o del Gobierno de Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
6. Vista de las actuaciones.
Toda persona humana o jurídica que acredite fehacientemente algún interés podrá tomar vista del expediente por el que tramite un procedimiento de selección, posterior a la convocatoria de ofertas y hasta la extinción del contrato, con excepción de la documentación amparada por normas de confidencialidad o la declarada reservada o secreta por autoridad competente. No se concederá vista de las actuaciones durante la etapa de evaluación de las ofertas, que se extiende desde el momento en que el expediente es remitido a la Comisión Evaluadora hasta la notificación del dictamen de evaluación, como tampoco cuando el expediente se encuentre sujeto a intervención de algún área competente.
A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, los interesados deberán acreditar la documentación de la que surja su carácter de titular, representante legal o apoderado.
7. Comunicaciones.
Toda comunicación o notificación entre la H.C.D.N. y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes; ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, deberá efectuarse procurando economías en gastos y celeridad en los trámites; por lo que se efectuarán a la dirección de correo electrónico constituida a dichos fines, la que deberá ser declarada sin excepción, en la planilla o formulario de cotización al momento de presentar su oferta. Las notificaciones cursadas por la
H.C.D.N. a la dirección de correo electrónico constituida se tendrán por notificadas el día en que fueron enviadas, sirviendo de prueba suficiente las constancias que tales medios generen para el emisor.
Para el caso que se informara una dirección de correo electrónico errónea o se detectara algún inconveniente con la misma, se tendrán por válidas, si las hubiera, las informadas en el Registro de Proveedores de la H.C.D.N.
Sin perjuicio de lo antes mencionado, también serán válidas las comunicaciones o notificaciones por los medios establecidos en el artículo 116 del Reglamento aprobado por Resolución Presidencial N° 1073/18.
8. Vista y descarga de Pliegos.
Cualquier persona podrá tomar vista y/o descargar el Pliego de Bases y Condiciones Generales y el Pliego de Bases y Condiciones del llamado, en la página web de la H.C.D.N. o por el medio electrónico que a futuro lo reemplace.
En el caso que el pliego tuviera costo, el respectivo pago deberá efectuarse en la Tesorería de la H.C.D.N.
En oportunidad de comprar o descargar los pliegos, deberán informar a la H.C.D.N. su nombre o razón social, domicilio y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de ofertas.
Quienes hubiesen omitido informar el correo electrónico al cual deban cursarse las comunicaciones correspondientes no podrán alegar el desconocimiento de las actuaciones que se hubieren producido desde la publicación de los pliegos hasta el día de la apertura de ofertas, quedando bajo su responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas.
9. Consultas al Pliego de Bases y Condiciones del llamado.
En oportunidad de realizar una consulta al pliego, los consultantes que no lo hubieran hecho con anterioridad deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio y dirección de correo electrónico donde serán válidas las comunicaciones que deban cursarse.
Las consultas deberán efectuarse por escrito ante la Dirección de Xxxxxxx o en el lugar que se indique en el citado pliego. No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera de término.
Para los procedimientos de licitaciones y concursos, públicos y privados, y subastas públicas, las consultas deberán ser efectuadas hasta CUATRO (4) días hábiles anteriores a la fecha fijada para la presentación de ofertas, como mínimo, salvo que en el Pliego de Bases y Condiciones del llamado se estableciera un plazo distinto.
En los procedimientos de selección por compulsa abreviada o adjudicación simple deberá establecerse en el pliego de bases y condiciones del llamado el plazo hasta el cual podrán realizarse las consultas, en atención al plazo que se establezca en cada procedimiento en particular, para la presentación de ofertas o pedidos de
cotización. A falta de indicación, las consultas deberán ser efectuadas hasta un (1) día hábil anterior a la fecha fijada para la presentación de ofertas.
10. Circulares Aclaratorias o Modificatorias al Pliego de Bases y Condici ones del Llamado.
La HCDN podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al pliego de bases y condiciones del llamado, de oficio o como respuesta a consultas recibidas.
a) Circulares Aclaratorias
Las circulares aclaratorias deberán comunicarse con DOS (2) días hábiles como mínimo, de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las ofertas en los procedimientos de licitación o concurso público o privado y de subasta pública, a todas las personas que hubiesen comprado o descargado el pliego y al que hubiere efectuado la consulta, si la circular se emitiera como consecuencia de ello, e incluirlas como parte integrante xxx xxxxxx y difundirlas en el sitio web institucional de la HCDN.
b) Circulares Modificatorias
Las circulares modificatorias deberán ser publicadas por UN (1) día, difundidas y comunicadas, en los mismos medios utilizados en el llamado original con DOS (2) días hábiles como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de las ofertas. Asimismo, deberán ser comunicadas a todas las personas que hubiesen comprado o descargado el pliego y al que hubiere efectuado la consulta, si la circular se emitiera como consecuencia de ello, e incluirlas como parte integrante xxx xxxxxx y difundirlas en el sitio web institucional de la HCDN.
c) Circulares Modificatorias de suspensión / prórroga de fecha de apertura
Las circulares por las que únicamente se suspenda o se prorrogue la fecha de apertura y/o la de presentación de las ofertas, deberán ser publicadas por UN (1) día, difundidas y comunicadas, en los mismos medios utilizados en el llamado original con UN (1) día hábil como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de las ofertas. Asimismo, deberán ser comunicadas a todas las personas que hubiesen comprado o descargado el pliego y al que hubiere efectuado la consulta, si la circular se emitiera como consecuencia de ello, e incluirlas como parte integrante xxx xxxxxx y difundirlas en el sitio web institucional de la HCDN.
d) Procedimientos de selección por compulsa abreviada o adjudicación simple
En los procedimientos de selección por compulsa abreviada o adjudicación simple, el plazo para comunicar las circulares deberá establecerse en el pliego de bases y condiciones del llamado teniendo en cuenta el plazo hasta el cual podrán realizarse las consultas y atendiendo el plazo de antelación establecido en cada procedimiento en particular, para la presentación de ofertas o pedidos de cotización. A falta de indicación, las circulares deberán ser comunicadas hasta un (1) día hábil anterior a la fecha fijada para la presentación de ofertas.
11. Presentación de las ofertas.
Las ofertas se presentarán hasta el día y horario fijado para la presentación de las mismas, sin excepción, debiendo encontrarse firmadas y aclaradas por el representante legal de la empresa. A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas no podrán recibirse otras, aun cuando el acto de apertura no se haya iniciado. Las enmiendas y/o raspaduras deberán ser debidamente salvadas por el oferente. La presentación de la oferta supone por parte del oferente que ha analizado y aceptado los pliegos y demás documentación técnica, administrativa y jurídica con el objeto de hallarse en posesión de los elementos de juicio necesarios para afrontar cualquier contingencia que razonablemente pudiera esperarse. Por consiguiente, la presentación de la oferta implica el perfecto conocimiento de las obligaciones a contraer, y la renuncia previa a cualquier reclamo posterior a la firma del contrato, basado en desconocimiento alguno.
A los efectos de la presentación de la oferta económica, el oferente podrá:
a) Emplear la planilla de cotización que se adjunte a los fines, en los pliegos de bases y condiciones del llamado.
b) Xxxxxxx en una planilla membretada de la firma, respetando el formato y todos los datos solicitados en el formulario mencionado en el punto anterior.
No obstante, si el oferente cotizara ambas planillas (puntos a y b), en el caso de existir divergencias entre las mismas, ya sea por la descripción de productos, cantidades, montos cotizados u otros datos, se tomará como válido lo expresado en la planilla oficial anexada al pliego.
Para los casos donde los formularios de cotización presentados no se ajusten a lo dispuesto en los puntos a) y
b) corresponderá la desestimación de la oferta.
12. Formalidades de las ofertas.
Las ofertas deberán observar las siguientes formalidades:
a) Serán redactadas en idioma nacional y presentadas en papel o en formato digital según corresponda.
b) Se admitirán hasta el día y hora fijados en el llamado.
c) Las ofertas económicas deberán encontrarse firmadas por el oferente, representante legal o apoderado con facultades suficientes para obligarlo. Las enmiendas y raspaduras deberán ser debidamente salvadas. Con cada oferta deberá acompañarse el recibo oficial de pago por adquisición de los Pliegos de Bases y Condiciones en caso de corresponder.
d) Los sobres, carpetas, cajas o paquetes se presentarán perfectamente cerrados y contendrán en su cubierta la identificación de la contratación a que corresponden, el día y hora de la apertura.
13. Contenido de las ofertas.
La oferta presentada deberá contener:
a) El precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en las cláusulas correspondientes, el precio total del renglón en números, y el total general de la propuesta, expresado en letras y números determinados en la moneda de cotización fijada en los Pliegos. En todos los casos se entenderán como precios finales.
b) La cotización por cantidades netas y libres de envase y de gastos de embalaje, salvo que los Pliegos de Bases y Condiciones previeran lo contrario.
c) El origen del producto cotizado que, si no se indicara lo contrario, se entenderá que es de producción nacional.
d) La moneda de cotización de la oferta deberá ser la moneda nacional, excepto que se especifique otra moneda en el pliego de bases y condiciones particulares.
e) En la oferta presentada deberá constituirse domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los efectos del cumplimiento de sus obligaciones y declararse el correo electrónico en donde se tendrán por válidas las notificaciones que allí se cursen.
14. Modificación de la oferta.
Las ofertas se considerarán inmodificables. No obstante, si un oferente quisiera corregir, completar o reemplazar una oferta ya presentada en un mismo procedimiento de selección, tendrá la posibilidad de hacerlo en forma previa al vencimiento del plazo de presentación de las mismas, mediante la presentación de un nuevo sobre cerrado e identificado con los datos del procedimiento, considerándose como válida la última propuesta presentada en término.
Si no se pudiera determinar cuál es la última oferta presentada en término, deberán desestimarse todas las presentadas por ese oferente.
15. Plazo de mantenimiento de la oferta.
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el plazo de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar su oferta con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos a contar desde el día del vencimiento efectivo del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por plazos de TREINTA (30) días corridos y así sucesivamente. De resultar necesario podrán disponerse en los pliegos de bases y condiciones plazos distintos a los enunciados precedentemente.
El plazo de mantenimiento de oferta prorrogado en forma automática por períodos consecutivos no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura.
El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento de la misma al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos.
16. Exhibición de las ofertas.
Los originales de las ofertas serán exhibidos a los oferentes por el término de DOS (2) días, contados a partir del día hábil siguiente al de la apertura. Los oferentes podrán solicitar copia a su xxxxx, dejándose debida constancia en autos.
En el supuesto que exista un único oferente, se podrá prescindir del cumplimiento del término indicado en el párrafo anterior.
17. Pedidos de documentación a oferentes.
Es facultad de la Dirección de Compras y de la Comisión Evaluadora requerir información de carácter subsanable que permita enmendar errores u omisiones para contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles conforme el principio de concurrencia. Los oferentes podrán ser intimados a subsanar las mismas en un plazo no menor a TRES (3) días contados a partir del día hábil inmediato posterior de su intimación. Vencido el plazo sin que se cumpla todo o parte de lo requerido, se desestimará la oferta presentada.
18. Impugnaciones al dictamen de evaluación de ofertas.
Los oferentes podrán formular impugnaciones al dictamen dentro del plazo fijado a continuación:
-CINCO (5) días de su comunicación para los procedimientos de licitaciones o concursos públicos;
-CUATRO (4) días de su comunicación para los procedimientos de licitaciones o concursos privados;
-TRES (3) días de su comunicación para los procedimientos de contratación directa según corresponda; En tales casos, las actuaciones serán dictaminadas por la Dirección de Asuntos Jurídicos de la H.C.D.N.
Los recursos se regirán en primer lugar por lo previsto en el citado reglamento y analógicamente por lo dispuesto en la Ley de Procedimientos Administrativos 19.549, sus modificatorias y normas reglamentarias.
19. Adjudicación.
La adjudicación será resuelta por la autoridad competente para aprobar la contratación y notificada fehacientemente al adjudicatario y a los restantes oferentes, por los medios dispuestos en el artículo 116 del citado Reglamento, dentro de los TRES (3) días de dictado el acto respectivo. Si se hubieran formulado impugnaciones contra el dictamen de evaluación, las mismas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.
20. Recepción de bienes, obras y servicios.
a. Recepción Provisoria
La recepción de los bienes en los lugares establecidos por el contrato tendrá carácter provisional, y los recibos o remitos que se firmen quedarán sujetos a los requisitos establecidos para la recepción definitiva.
Si no se dispusiere en los Pliegos de Bases y Condiciones un lugar específico para la recepción provisoria de bienes, se entenderá en todos los casos que será en el Departamento de Suministros de la HCDN.
Para el caso de las obras, el adjudicatario estará obligado a garantizar sus trabajos por eventuales vicios y/o defectos ocultos en la misma por el plazo mínimo de UN (1) año a contar desde la fecha en que la Inspección de Obra, o el área a cargo de la misma, otorgue la Recepción Total de Obra, la que tendrá carácter provisional hasta tanto se haya cumplido el plazo de garantía fijado. Dentro del plazo mencionado el adjudicatario será responsable por la conservación y reparación de la obra, salvo los efectos resultantes de su uso indebido. Los Pliegos de Bases y Condiciones podrán prever la emisión de certificados de avance de obra, los cuales tendrán carácter provisional.
b. Recepción Definitiva
La recepción o conformidad definitiva se otorgará y se remitirá a la dependencia ante la cual se tramitan los pagos dentro de los siete (7) días de la entrega de los bienes o de prestados los servicios, o del plazo que se fije en las cláusulas particulares cuando los análisis o pruebas especiales que corresponda efectuar hayan de sobrepasar aquel término. En caso de silencio, una vez vencido dicho plazo, el adjudicatario podrá intimar el pronunciamiento sobre el rechazo o la conformidad definitiva, la cual se tendrá por otorgada si no se expidiera en el término de dos (2) días de recibida la intimación.
En el caso de las obras, la recepción definitiva operará dentro de los siete (7) días de expirado el plazo de garantía establecido en el acápite precedente.
21. Clases de Penalidades .
Los oferentes, adjudicatarios y cocontratantes serán pasibles de las penalidades establecidas en el presente artículo, cuando incurran en las siguientes causales:
a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta:
1.- Si el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento.
b) Pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato:
1.- Por incumplimiento contractual, si el cocontratante desistiere en forma expresa del contrato antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad.
2.- Por ceder el contrato o dar publicidad del mismo sin autorización de la HCDN.
c) Multa por xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones:
1.- Para el caso de contratos de adquisición de bienes: Se aplicará una multa del UNO POR CIENTO (1%) por cada SIETE (7) días de atraso, o fracción mayor de TRES (3) días, una vez transcurrido el plazo inicial de SIETE (7) días.
2.- Para el caso de contratos de servicios o de tracto sucesivo u obras:
2.1- Por la demora en el inicio de la prestación sin razón justificada, se aplicará una multa xxx XXXX COMA CINCO POR CIENTO (0,5%) del monto total del contrato por cada día de atraso.
2.2- Vencido el plazo de la prestación, si la misma no se encontrara finalizada sin razón justificada, se aplicará una multa xxx XXXX COMA CINCO POR CIENTO (0,5%) del monto total del contrato por cada día de atraso.
En ningún caso las multas podrán superar el CIEN POR CIENTO (100%) del valor del contrato.
Los pliegos de bases y condiciones particulares podrán prever la aplicación de multas por distintas faltas vinculadas a las prestaciones a cargo del proveedor.
d) Rescisión por su culpa:
1.- Por incumplimiento contractual, si el cocontratante desistiere en forma expresa del contrato antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad.
2.- Por ceder el contrato o dar publicidad del mismo sin autorización de la HCDN.
3.- En caso de no integrar la garantía de cumplimiento del contrato luego de la intimación cursada por la HCDN, quedando obligado a responder por el importe de la garantía no constituida de acuerdo al orden de afectación de penalidades establecido. La rescisión del contrato y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato podrán ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquél. La
HCDN se abstendrá de aplicar penalidades cuando el procedimiento se deje sin efecto por causas no imputables al proveedor que fuera pasible de penalidad.
22. Afectación de penalidades.
Las penalidades que se apliquen se afectarán conforme el siguiente orden y modalidad:
i.En primer lugar, se afectarán las facturas al cobro emergente del contrato o de otros contratos de la HCDN. xx.Xx no existir facturas al cobro, el oferente, adjudicatario o cocontratante quedará obligado a depositar el
importe pertinente en la cuenta de la HCDN, dentro de los DIEZ (10) días de notificado de la aplicación de la penalidad, salvo que se disponga un plazo mayor.
iii.En caso de no efectuarse el depósito, se afectará a la correspondiente garantía.
23. Resarcimiento integral.
La ejecución de las garantías o la iniciación de las acciones destinadas a obtener el cobro de las mismas, tendrán lugar sin perjuicio de la aplicación de las multas que correspondan o de las acciones judiciales que se ejerzan para obtener el resarcimiento integral de los daños que los incumplimientos de los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes hubieran ocasionado.
24. Clases de sanciones.
Los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes podrán ser pasibles de las sanciones establecidas en el presente artículo, cuando incurran en las siguientes causales:
a) Apercibimiento:
1.- Si el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento.
2.- El oferente a quien se le hubiese desestimado la oferta, salvo en los casos en que se prevea una sanción mayor.
b) Suspensión:
1.- Se aplicará una suspensión para contratar por un plazo de hasta UN (1) año:
1.1.- Al adjudicatario al que se le hubiere revocado la adjudicación por causas que le fueren imputables.
1.2.- Al oferente, adjudicatario o cocontratante que, intimado para que deposite en la cuenta de la jurisdicción o entidad contratante el valor de la penalidad aplicada, no hubiese efectuado el pago en el plazo fijado al efecto.
1.3.- Al proveedor a quien le fuere rescindido parcial o totalmente un contrato por causas que le fueren imputables.
1.4.- Al oferente o adjudicatario a quien en el lapso de UN (1) año calendario se le hubieren aplicado TRES (3) sanciones de apercibimiento.
2.- Se aplicará una suspensión para contratar por un plazo mayor a UN (1) año y hasta DOS (2) años:
2.1.- Cuando se constate fehacientemente que el oferente, adjudicatario o cocontratante hubieren incurrido en dar u ofrecer dinero o dádivas:
- A funcionarios o empleados de la H.C.D.N. para que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones, con competencia referida a una licitación o contrato.
- A funcionarios de la H.C.D.N. para que hagan valer la influencia de sus cargos ante otros funcionarios o empleados de la H.C.D.N. para que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones, con la competencia descripta.
- A cualquier persona que haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado, de la H.C.D.N. con la competencia descripta, para que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
2.2.- Cuando se constate que el oferente o adjudicatario presentó documentación o información falsa o adulterada. En el caso de encontrarse pendiente una causa penal para la determinación de la falsedad o
adulteración de la documentación, no empezará a correr —o en su caso se suspenderá— el plazo de prescripción establecido para la aplicación de sanciones, hasta la conclusión de la causa judicial.
2.3.- Al oferente a quien se le hubiese desestimado la oferta por resultar inelegible conforme las pautas de inelegibilidad establecidas.
2.4.- Al oferente a quien se le hubiese desestimado la oferta por la causal enumerada en el inciso a) del artículo 47 del citado Reglamento. Cuando concurriere más de una causal de suspensión, los plazos de suspensión que se apliquen de acuerdo a lo previsto en los incisos que anteceden, se cumplirán ininterrumpidamente en forma sucesiva.
Los plazos comenzarán a computarse a partir del día siguiente en que quede firme el acto de la suspensión. Asimismo, deberá procederse con la carga de la/s respectiva/s suspensión/es en el Registro de Proveedores.
c) Inhabilitación:
Serán inhabilitados para contratar por el tiempo que duren las causas de la inhabilitación, quienes se encuentran incursos en el artículo 34 del citado Reglamento.
25. Aplicación de Sanciones
En las actuaciones iniciadas para la aplicación de multas y/o penalidades, antes de resolver, se dará vista a los interesados, quienes dentro de los CINCO (5) días de notificados fehacientemente por los medios dispuestos en el artículo 116 del citado Reglamento, podrán formular descargos o aclaraciones y ofrecer la prueba que haga a su derecho. Las sanciones deberán disponerse mediante resolución fundada meritando debidamente las circunstancias del caso o la forma de operar de la firma, y serán remitidas al Registro de Proveedores de la HCDN.
26. Responsabilidad.
La adjudicataria será la única y exclusiva responsable y se obligará a reparar la totalidad de los daños y perjuicios de cualquier naturaleza que se produzcan con motivo o en ocasión del servicio, trabajo, suministro u obra que se realice, ya sea por su culpa, dolo o negligencia, delitos, actos y/o hechos del personal bajo su dependencia, así como de sus subcontratistas y/o cualquier tercero a ésta vinculada, o por las cosas de su propiedad y/o que se encuentren bajo su guarda o custodia.
27. Seguro.
Es obligación de la adjudicataria tener cubierto a todo el personal que utilice para la realización del servicio, trabajo, suministro u obra objeto del presente pliego, según corresponda con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, debiendo presentar la nómina completa del personal que será afectado al mismo con el certificado de la respectiva A.R.T.
28. Resolución de controversias.
Las partes se someten, para dirimir cualquier divergencia derivada de la presente contratación, una vez agotadas todas las instancias administrativas, a la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PARTICULARES (P.B.C.P.)
CONDICIONES PARTICULARES
OBJETO:
Obra Contra piso Segundo Subsuelo.
Artículo 1º.MARCO NORMATIVO DEL PROCEDIMIENTO:
El presente llamado tramita bajo el procedimiento de Licitación Pública, de etapa única - Nacional, con encuadre legal en el artículo 9º, incisos y apartados: 2, a) del “Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios de la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN”, aprobado mediante Resolución Presidencial Nº 1073/18, sus modificatorias y complementarias y Acta de Comisión Bicameral que aprueba el procedimiento de compras y contrataciones ARCBAEM 27/06/2018.
Artículo 2º.PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA
Plazo de entrega: SESENTA (60) en días corridos, a contar desde la fecha de emisión de la Orden de Compra.
Lugar de ejecución: Los trabajos se desarrollarán en el Edificio xxx Xxxxxx, sito en Xx. Xxxxxxxxx 0000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Artículo 3º.VISTA / DESCARGA DE PLIEGOS Y NOVEDADES:
Vista / Descarga de Pliegos
Los interesados podrán consultar y/o descargar pliegos desde el sitio web de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx (xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx). Cuando se descargue un pliego el proveedor deberá informar vía correo electrónico a la dirección de mail xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx los siguientes datos: nombre o razón social, Nº de C.U.I.T., domicilio, teléfono y dirección de correo electrónico donde serán válidas las comunicaciones que deban cursarse.
La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las cláusulas que rigen el llamado a contratación, por lo que no será necesaria la xxxxxxxxxxxx xxx xxxxxx con la oferta.
Artículo 4º.NOTIFICACIONES Y/O COMUNICACIONES:
Todas las notificaciones y comunicaciones del presente llamado entre la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes se efectuarán a la dirección de correo electrónico constituida a esos fines, la que deberán declarar, sin excepción, en la planilla o formulario de cotización al momento de constituir de su oferta.
Las notificaciones y comunicaciones cursadas por la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx a la dirección de correo electrónico constituida se tendrán por notificadas el día en que fueron enviadas, sirviendo de prueba suficiente las constancias que tales medios generen para el emisor.
Para el caso de que se informara una dirección de correo electrónico errónea o se detectara algún inconveniente con la misma, se tendrán por válidas, si las hubiera, las informadas en registros o bases de datos administradas por la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx. Artículo 5º.VISITA PREVIA / VISITA DE OBRA:
La visita de obra se realizará el día 20/10/2020 a las 14.30hs, en Xx. Xxxxxxxxx 0000, Xxxx 0, XXXX. A los interesados que concurran a la visita de Obra, se les entregara un certificado que deberán adjuntar a la oferta. Esta es condición indispensable para que la oferta sea tenida en cuenta al momento de la evolución de las mismas.
Artículo 6º.MUESTRAS DE PRODUCTOS COTIZADOS:
No se requieren
Artículo 7º.GARANTIAS DE LOS TRABAJOS:
Se deberá garantizar los trabajos ejecutados por un período mínimo de UN (1) año.
Artículo 8º.:RESPONSABLE TECNICO EN RESTAURACION:
La adjudicataria deberá presentar como mínimo un (1) Responsable Técnico de Restauración, con el rol de coordinar todas las fases de los trabajos y ser el interlocutor técnico ante la Inspección de Obra.
A tal efecto, la adjudicataria deberá presentar los respectivos currículums, que deberán corresponder a profesionales especializados en preservación y conservación del patrimonio, con antecedentes comprobables en el tipo de trabajo a realizar, con acreditada antigüedad en el ejercicio de la especialidad xx XXXX (10) años. Deberá además probar una amplia experiencia que lo habilite para desarrollar sus funciones.
Todas las instrucciones que el Responsable Técnico de Restauración reciba de la Inspección de obra, serán consideradas como impartidas a la Adjudicataria. Cualquier reemplazo de profesional deberá ser previamente autorizado por la Inspección de Obra, cuyo veredicto será en base a las mismas exigencias y cualidades profesionales del titular.
Artículo 9º.TRATAMIENTO DE CONSULTAS Y CIRCULARES AL PLIEGO DE BASES DEL LLAMADO:
A los fines del tratamiento de consultas y circulares al Pliego de Bases y Condiciones del llamado se estará a lo dispuesto en los puntos 9 y 10 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
El plazo límite para recibir consultas se encuentra establecido en la carátula del presente Pliego.
Artículo 10º.GARANTÍAS:
Para afianzar el cumplimiento de todas sus obligaciones, los oferentes, cocontratantes y adjudicatarios deberán constituir garantías, conforme corresponda:
a) Garantía de mantenimiento de oferta:
Los oferentes deberán presentar una garantía por el CINCO POR CIENTO (5%) calculada sobre el monto total de su oferta y constituida bajo alguna de las formas previstas en el artículo 72 del Reglamento aprobado por Resolución Presidencial Nº 1073/18 y Acta de Comisión Bicameral que aprueba el procedimiento de compras y contrataciones ARCBAEM 27/06/2018. En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se calculará sobre el mayor valor propuesto.
b) Garantía de adjudicación o cumplimiento de contrato:
El adjudicatario deberá integrar la garantía de adjudicación o cumplimiento del contrato dentro del término de OCHO (8) días a contar desde la fecha de suscripción y retiro formal de la Orden de Compra y/o Contrato. La garantía deberá constituirse por un valor que represente el DIEZ POR CIENTO (10%) del importe total de la adjudicación.
c) Contragarantía:
El adjudicatario deberá integrar una contragarantía equivalente al CIEN POR CIENTO (100%) de los montos que reciba como adelanto o anticipo financiero, para el caso que fuera previsto alguno de ellos dentro de las presentes cláusulas particulares.
Consideraciones generales:
- Se estará exceptuado de la presentación de garantías cuando el monto resultante para su constitución no fuere superior a PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) conforme lo indicado en el artículo 74, inciso c) del citado Reglamento.
- En caso de optar por una Póliza de Seguro de Caución, la misma deberá encontrarse legalizada por Escribano Público, conforme lo indicado en el artículo 72, inciso e) del citado Reglamento.
Sólo se podrá presentar pagaré a la vista cuando el monto de la garantía no supere la suma de CUARENTA MIL PESOS ($ 40.000).
- Cuando la ejecución de la prestación se cumpla dentro del plazo previsto para la integración de la garantía de adjudicación o de cumplimiento de contrato, él o los adjudicatarios se encontrarán exceptuados de su presentación, conforme lo establecido por el inciso e) del artículo 74 del Reglamento aprobado por Resolución Presidencial Nº 1073/18 Y Acta de Comisión Bicameral ARCBAEM 27/06/2018 – Excepciones a la obligación de presentar garantías.
No obstante lo previsto en las consideraciones anteriores, todos los oferentes, adjudicatarios y cocontratantes contraen la obligación de responder por el importe de las garantías no
constituidas, de acuerdo al orden de afectación de penalidades establecido en el Reglamento aprobado por Resolución Presidencial Nº 1073/18 y Acta de Comisión Bicameral ARCBAEM 27/06/2018 , a requerimiento de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx., sin que puedan interponer reclamo alguno sino después de obtenido el cobro o de efectuado el pago.
Las excepciones a la obligación de presentar garantías no incluyen a las contragarantías.
Devolución de las garantías / renuncia tácita:
La Dirección de Compras deberá notificar a los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes dentro de los plazos fijados para que retiren las garantías de acuerdo al siguiente detalle:
a) Las garantías de mantenimiento de oferta, dentro de los DIEZ (10) días de notificado el acto administrativo de adjudicación o el acto por el cual se ponga fin al procedimiento de selección.
b) Las garantías de cumplimiento del contrato o las contragarantías, dentro de los DIEZ (10) días de producida la recepción definitiva por parte de la Comisión de Recepción, cuando no quede pendiente la aplicación de multa o penalidad alguna.
Si los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, no retirasen las garantías dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos a contar desde la fecha de la comunicación que lo informe, implicará la renuncia tácita a favor de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx de lo que constituya la garantía, procediendo la tesorería del organismo a efectuar las acciones detalladas en el artículo 75 del Reglamento aprobado por Resolución Presidencial Nº 1073/18 y Acta de Comisión Bicameral ARCBAEM 27/06/2018, según corresponda.
A tener en cuenta: Cuando se contemple la opción de garantizar los trabajos y bienes entregados, la devolución de la garantía de cumplimiento de contrato tendrá lugar una vez transcurrido el plazo fijado y de corresponder, cumplimentada la multa y/o penalidad aplicada.
Artículo 11º.ALCANCE DE LAS PROPUESTAS / MARCAS:
Alcance de las propuestas
Las propuestas, conforme el caso, deberán comprender e incluir la provisión de todos los componentes que fueran necesarios; como así también comprometer la ejecución de todas las actividades, tareas y trabajos, establecidos en el presente Pliego de Bases y Condiciones y en las Especificaciones técnicas y de aquellos que, sin estar explícitamente indicados, resultaren necesarios para la correcta ejecución de la contratación. La oferta contendrá la documentación en la que conste las especificaciones y características técnicas, marcas de los elementos o materiales. No se aceptará la expresión “Según Xxxxxx” como definición de las propuestas.
Marcas
Las marcas y tipos mencionados en el presente pliego tienen por finalidad determinar las características y el nivel de calidad de los materiales a utilizar. Si en el mismo se menciona marca o tipo deberá entenderse que es al sólo efecto de señalar las características generales de lo solicitado. Si la oferta no especifica marca, se entenderá que es la requerida.
Artículo 12º.PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS:
En virtud de lo dispuesto en el punto 15 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar su oferta con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos a contar desde el día del vencimiento efectivo del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por el término de TREINTA (30) días corridos y así sucesivamente.
Artículo 13º.FORMA DE COTIZACIÓN:
Los oferentes deberán volcar sus ofertas económicas, en la planilla de cotización anexada al presente pliego. Se entenderán todos los importes ofertados como finales, en pesos, con IVA incluido.
Para los casos en que se detectarán errores de cotización, se estará a lo dispuesto por el artículo 50 del Reglamento aprobado por Resolución Presidencial Nº 1073/18 y Acta de Comisión Bicameral ARCBAEM 27/06/2018
Artículo 14º.ANTICIPO FINANCIERO / CONTRAGARANTÍA
No se prevé.
Artículo 15º.AMPLIACION / PRORROGA:
En caso de ser necesario, se podrá hacer uso de la facultad mencionada ut supra a criterio de la COMISION BICAMERAL ADMINISTRADORA DEL EDIFICIO XXX XXXXXX.
Artículo 16º.DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
Los oferentes deberán presentar junto con su oferta la documentación indicada en el Anexo I – “Datos básicos de los oferentes” y en el Anexo II – “Documentación específica de la contratación”, como así también cualquier otro requisito tratado expresamente en el pliego del llamado.
Artículo 00x.XX LOS OFERENTES:
- No podrán contratar con la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx las personas humanas o jurídicas que no hubieren cumplido con sus obligaciones impositivas y/o previsionales, conforme las disposiciones vigentes dictadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y lo dispuesto en el artículo 34, inciso f) del Reglamento aprobado por Resolución Presidencial Nº 1073/18 y Acta de Comisión Bicameral
ARCBAEM 27/06/2018. A tales efectos, se procederá a verificar la existencia o no de incumplimientos de acuerdo al procedimiento dictado por la citada Administración Federal en su Resolución Nº 4164/2017, correspondiendo oportunamente la desestimación de aquellas ofertas que posean deudas.
- Aquellos oferentes que reúnan las condiciones establecidas en la Ley Nº 27.437, modificatorias y complementarias, deberán manifestar dicha circunstancia mediante la presentación de una declaración jurada.
- Aquellos oferentes que invoquen la condición de Micro, Pequeña o Mediana Empresa o Cooperativa, deberán acompañar el certificado que lo acredite junto con su oferta.
Artículo 18º.CRITERIO DE EVALUACIÓN - PREADJUDICACIÓN:
El criterio de Evaluación y Selección de ofertas será: Por renglones. La preadjudicación recaerá sobre aquella oferta u ofertas que, ajustándose a lo requerido por los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas, resulten las más convenientes para el Organismo, teniendo en cuenta el precio, la calidad, idoneidad y antecedentes del oferente, así como los demás términos de la oferta (artículo 52 del Reglamento aprobado por Resolución Presidencial Nº 1073/18 y Acta de Comisión Bicameral ARCBAEM 27/06/2018).
Serán sometidos a evaluación aquellos oferentes que cumplan con los requisitos de admisibilidad y con la documentación requerida en el Anexo I – “Datos básicos de los oferentes” y en el Anexo II – “Documentación específica de la contratación”, como así también cualquier otro requisito tratado expresamente en el pliego del llamado.
Artículo 19º.COMUNICACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN:
El dictamen de evaluación de las ofertas deberá ser notificado a los oferentes dentro de los TRES
(3) días a contar desde su firma. Asimismo, será exhibido, difundido y comunicado fehacientemente por alguno de los medios habilitados a tal fin conforme lo dispuesto en el artículo 116 del Reglamento aprobado por Resolución presidencial Nº 1073/18 y Acta de Comisión Bicameral ARCBAEM 27/06/2018
Los interesados podrán formular impugnaciones al dictamen dentro del plazo fijado en el artículo 55 del citado Reglamento.
Artículo 20º.GARANTÍA DE LOS TRABAJOS Y BIENES ENTREGADOS:
El adjudicatario estará obligado a garantizar la calidad, funcionamiento y/o demás requerimientos previstos en la documentación contractual, de la totalidad de los trabajos, bienes y/o productos provistos por defectos de diseño, materiales y fabricación de los mismos, por el plazo de UN (1) año a contar desde su entrega. Dentro del plazo descripto, si se constatara alguna anomalía en
los productos, la firma adjudicataria deberá proceder inmediatamente a su reemplazo, sin costo alguno para el organismo.
Artículo 21º.OBLIGACIÓN DE INDEMNIDAD:
El adjudicatario se obliga a mantener indemne al Organismo contratante y a su personal, frente a reclamos o contingencias de cualquier naturaleza, que se deriven de la ejecución de la presente contratación, atribuibles a su parte o a sus dependientes, subcontratistas o proveedores o cualquier otro tercero, en cualquiera de las etapas de cumplimiento de este contrato, haciéndose responsable por todos los gastos y costos de cualquier naturaleza, que resultaren necesarios para resolverlos, incluidos los gastos causídicos si los hubiere.
También mantendrá indemne al Organismo contratante y a su personal, de cualquier responsabilidad emergente por reclamos ante el incumplimiento xx xxxxx laborales y previsionales, pago de cualquier tipo de indemnizaciones, independientemente de su naturaleza, incluyendo aquellas motivadas por enfermedades o accidentes de trabajo. En ese sentido, el Cocontratante se encuentra obligado a contratar los seguros que en este Xxxxxx se mencionan, sin perjuicio de contratar otros que estime indispensables o necesarios para cumplir con esta cláusula de indemnidad, y haciéndose responsable por los riesgos o costos que los seguros no cubran, así como también por todos los gastos y costos de cualquier naturaleza que resultaren necesarios para resolverlos y solventarlos.
Por lo tanto, el Cocontratante será responsable por los daños y perjuicios que ocasionen al al Organismo contratante y a su personal el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a su cargo, sin perjuicio de las responsabilidades emergentes del régimen de penalidades y/o sanciones previstas en el presente Pliego.
Sistemas patentados: El pago de los derechos para el empleo de artículos y dispositivos patentados, se considerarán incluidos en la cotización de la oferta. La Adjudicataria será la única responsable por los reclamos que se promuevan por el uso indebido de patentes, debiendo mantener indemne a la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx respecto de cualquier reclamo que pudieran iniciar los titulares de las mismas, incluidos gastos causídicos, si los hubiere.
Artículo 22º.SUSPENSIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
La Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx podrá suspender la ejecución del contrato ante cualquier incumplimiento, por parte de la adjudicataria, de las obligaciones a su cargo. Dicha suspensión deberá ser debidamente certificada por la inspección correspondiente con expresa mención del incumplimiento que la genere. En ningún caso, la mencionada
suspensión dará lugar a responsabilidad patrimonial a cargo de la comitente (Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx), no pudiendo la adjudicataria reclamar el resarcimiento de consecuencia económica alguna, derivada de la suspensión ordenada en los términos antedichos.
Artículo 23º.PENALIDADES Y SANCIONES:
Por observaciones en la prestación y en el cumplimiento de cualquiera de las condiciones de la presente contratación los oferentes, adjudicatarios y cocontratantes serán pasibles de las penalidades y sanciones establecidas en el Título XV del Reglamento aprobado por Resolución Presidencial Nº 1073/18 y Acta de Comisión Bicameral ARCBAEM 27/06/2018 y de aquellas dispuestas en los puntos 21 a 25 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
Para la aplicación de penalidades y sanciones los días se entenderán hábiles o corridos según su correspondencia con el plazo determinado en el artículo 3 del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Para el caso de servicios con periodicidad mensual, el plazo a contemplar será en días corridos.
Artículo 24º.FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO:
Forma de pago
EL PAGO SERA POR EL TOTAL DEL TRABAJO REALIZADO Y/O LOS ELEMENTOS ENTREGADOS –
A tener en cuenta: Es requisito indispensable para el cobro de los importes a percibir, que el adjudicatario presente ante la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx, en el área de Tesorería la certificación de CBU emitida por la entidad bancaria en la cual se encuentra radicada su cuenta.
Facturación
A los efectos tributarios, y atento a la condición de XXX exento que reviste la COMISION BICAMERAL ADMINISTRADORA DEL EDIFICIO XXX XXXXXX, se deberá considerar al organismo como Consumidor Final. Las facturas a presentarse serán C o B, debiéndose emitir las mismas en cabeza de la COMISION BICAMERAL ADMINISTRADORA DEL EDIFICIO XXX XXXXXX – Clave Única
de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) Nº: 30-71610035-5.
Las facturas deberán ser presentadas ante el Departamento xx Xxxx de Entradas y Archivo de COMISION BICAMERAL ADMINISTRADORA DEL EDIFICIO XXX XXXXXX sita en xxxxx Xxxxxxxxx Xx
0000, xxxx 0x, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, teléfono: 2076/8313. Las facturas deberán contener los requisitos establecidos en el artículo 68 del Reglamento aprobado por Resolución
Presidencial N° 1073/18.Asimismo, conforme lo establecido por la Resolución General Nº 2853 de fecha 25 xx xxxxx de 2010, sus modificatorias y complementarias, emitida por la Agencia Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), se informa que la COMISION BICAMERAL ADMINISTRADORA DEL EDIFICIO XXX XXXXXX dispone de la cuenta de correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx para la recepción de facturas del tipo electrónico.
Artículo 25º.AUTORIZACIÓN DE LA PUBLICIDAD Y/O CESIÓN O TRANSFERENCIA DE LA ORDEN DE COMPRA:
El adjudicatario no podrá vender, ceder o de cualquier forma transferir parte alguna o la totalidad de la Orden de Compra, si así lo hiciere, se podrá dar por rescindido de pleno derecho con culpa del proveedor.
Asimismo, tampoco podrá efectuar ningún tipo de publicidad en cualquier medio de difusión, sin contar con la autorización previa y por escrito de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx, si así lo hiciere, se podrá dar por rescindido de pleno derecho el contrato, con culpa del proveedor.
Artículo 26º.NORMATIVA APLICABLE:
La presente contratación se regirá por las disposiciones del “Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios de la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN”, aprobado mediante Resolución Presidencial Nº 1073/18, sus modificatorios y complementarios y Acta de Comisión Bicameral ARCBAEM 27/06/2018, el Pliego de Bases y Condiciones Generales y por los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas del presente llamado.
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
(P.E.T.)
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
“MUDANZAS Y CONTRAPISOS EN 2DO SUBSUELO DEL EDIFICIO CONFITERIA XXX XXXXXX, SITO EN XX. XXXXXXXXX Xx 0000, X.X.X.X.”
XXXXXX: La presente contratación tiene por objeto:
ítems | DESCRIPCIÓN |
1 | DESMONTES Y MUDANZAS |
2 | ALBAÑILERÍA Y CONTRAPISOS |
ALCANCE DEL SERVICIO: La Adjudicataria deberá efectuar todas las tareas que resulten necesarias a los fines de dejar los sectores indicados perfectamente terminados y listos para su uso, acorde a las reglas del buen arte. En esta línea, todas las medidas que conforman la documentación gráfica, deberán ser verificadas en obra.
La Adjudicataria tendrá a su cargo la provisión de materiales, mano de obra, plantel y todo trabajo necesario para la demolición y desmonte, albañilería e instalaciones sanitarias y eléctricas.
Asimismo, le corresponderá la provisión de los servicios profesionales, flete, materiales, equipos, herramientas, útiles, andamios y todo elemento necesario para efectuar las tareas y servicios detallados, debiendo contemplar en su oferta económica toda otra tarea que fuere necesaria para poder llevar a cabo el presente proyecto, esté o no la misma especificada en el presente Pliego de Especificaciones Técnicas.
CUIDADO PATRIMONIAL: El objeto de la presente sección s establecer las pautas que permitan la articulación y control de obras a realizarse en el Edificio xxx Xxxxxx, cumpliendo los requerimientos y las normativas internas y externas que rigen las nuevas intervenciones en edificios de valor patrimonial.
CONOCIMIENTO, LA COMPRENSIÓN Y EL SIGNIFICADO
Todo profesional, Adjudicatario y/o Subcontratistas que opere sobre componentes de los bienes de referencia será responsable por su acción o la de sus dependientes sobre los bienes tutelados. IDENTIFICAR Y VALORAR EL SIGNIFICADO CULTURAL
Aplicar criterios de identificación y valoración. En la identificación y evaluación de la importancia del patrimonio arquitectónico del Edificio xxx Xxxxxx, han de aplicarse criterios patrimoniales aceptados en todas y cada una de las intervenciones a que sea sometido. El patrimonio arquitectónico (incluidos todos sus elementos) constituye un testimonio material de su tiempo, lugar y uso. Su significado cultural puede residir tanto en sus elementos tangibles, como su ubicación, diseño (incluyendo los esquemas de color), técnica constructiva e instalaciones, técnicas, material, estética y uso, como en valores intangibles, históricas, sociales, científicas y espirituales. Al considerar el patrimonio arquitectónico del Edificio Confitería xxx Xxxxxx es importante incluir todos aquellos aspectos relacionados con el bien, como los componentes interiores, los elementos fijos y las obras de arte asociadas. La contribución del contexto y el
entorno al significado de un bien patrimonial ha de ser valorado y, en su caso, conservado y gestionado.
ADMINISTRAR LOS CAMBIOS CON SENSIBILIDAD
Adoptar un enfoque cauteloso frente a los cambios. Se hará tanto como sea necesario y tan poco como sea posible. Cualquier intervención debe ser cautelosa. El alcance y la profundidad de cualquier intervención han de ser minimizados. Se emplearán métodos de intervención suficientemente probados, para evitar aquellos que pudieran dañar los materiales históricos; las reparaciones se llevarán a cabo de la forma menos invasiva posible. Los cambios han de ser todo lo reversibles que sea posible. Pueden llevarse a cabo pequeñas intervenciones que mejoren el comportamiento y la funcionalidad a condición de que el significado cultural no se vea dañado. Cuando se plantee un cambio de uso, ha de buscarse un uso adecuado que conserve el significado cultural.
INFORMES DE CARÁCTER PATRIMONIAL
El adjudicatario deberá realizar un detallado registro fotográfico, antes del inicio de los trabajos, durante la ejecución de los trabajos, y antes de que se realice la recepción definitiva de las obras. Es requisito indispensable, que el Adjudicatario entregue los registros fotográficos periódicos como informe parcial, e informe final que incluya planos "conforme a obra" que reflejen las tareas realizadas y registro de las fotografías. Todo profesional, adjudicatario y/o Subcontratistas que opere sobre componentes de los bienes de referencia será responsable por su acción o la de sus dependientes sobre los bienes tutelados.
IDENTIFICAR Y VALORAR EL SIGNIFICADO CULTURAL
Aplicar criterios de identificación y valoración. En la identificación y evaluación de la importancia del patrimonio arquitectónico del Edificio xxx Xxxxxx, han de aplicarse criterios patrimoniales aceptados en todas y cada una de las intervenciones a que sea sometido. El patrimonio arquitectónico (incluidos todos sus elementos) constituye un testimonio material de su tiempo, lugar y uso. Su significado cultural puede residir tanto en sus elementos tangibles, como su ubicación, diseño (incluyendo los esquemas de color), técnica constructiva e instalaciones, técnicas, material, estética y uso, como en valores intangibles, históricas, sociales, científicas y espirituales. Al considerar el patrimonio arquitectónico del Edificio xxx Xxxxxx es importante incluir todos aquellos aspectos relacionados con el bien, como los componentes interiores, los elementos fijos y las obras de arte asociadas. La contribución del contexto y el entorno al significado de un bien patrimonial ha de ser valorado y, en su caso, conservado y gestionado.
INVESTIGACIÓN PREVIA
Previamente a toda intervención debe analizarse cuidadosamente, y ha de identificarse y comprenderse cualquier daño visible lo invisible. La investigación del estado y deterioro de los materiales debe ser acometido por profesionales debidamente cualificados, usando métodos no destructivos y no invasivos. Los análisis destructivos se reducirán al mínimo. Se requiere una investigación metódica del envejecimiento de los nuevos materiales. La aplicación de las normas (por ejemplo y no excluyentes, las de accesibilidad, seguridad y salud, protección contra incendios, y de mejora en la eficiencia energética) pueden requerir adaptaciones para conservar el significado cultural. El análisis pormenorizado y la negociación con las autoridades buscarán minimizar los impactos negativos. Cada caso debe ser valorado individualmente.
DOCUMENTACIÓN
Se registrará el estado inicial, el proceso de intervención y el estado final a través de fichas, croquis y fotografías.
EVALUAR EL IMPACTO DE LOS CAMBIOS PROPUESTOS EN LOS COMPONENTES PATRIMONIALES Y TRATAR DE MINIMIZARLOS ANTES DEL INICIO DEL TRABAJO
Antes de intervenir en cualquier componente patrimonial, deben definirse todos sus elementos asociados y comprenderse sus relaciones y contexto. Debe evaluarse en detalle el impacto de la propuesta en los valores patrimoniales. Se analizará la fragilidad de todos los atributos y se conservarán los componentes más importantes.
ASEGURAR EL CARÁCTER RESPETUOSO DE LAS AMPLIACIONES E INTERVENCIONES
Las ampliaciones han de ser respetuosas con el significado cultural. En algunos casos pueden requerirse intervenciones que aseguren la sostenibilidad del bien patrimonial. Tras un pormenorizado análisis, las nuevas intervenciones deben desarrollarse de forma que completen los atributos del bien patrimonial. Estas deben ser reconocibles como elementos nuevos, además de mantener la armonía con el bien y no competir con él. Las nuevas intervenciones deben respetar el sitio, escala, composición, proporción, estructura, materiales, textura y color del bien patrimonial. Las intervenciones deben ser claramente identificables. Proyectar las intervenciones teniendo en cuenta el carácter, escala, forma, emplazamiento, materiales, color, pátina y detalles existentes. Proyectar con arreglo al contexto no significa imitar. El análisis cuidadoso de los elementos circundantes y la interpretación comprensiva de los elementos de su diseño puede ayudar a proveer soluciones de diseño apropiadas.
RESPETO A LA AUTENTICIDAD E INTEGRIDAD DEL BIEN
Las intervenciones han de potenciar y mantener el significado cultural. Los elementos significativos deben repararse o restaurarse, más que sustituirse. Es preferible estabilizar, consolidar y conservar elementos a sustituirlos. Cuando sea posible, los materiales usados serán semejantes a los originales, pero se marcarán y fecharán para distinguirse de estos.
RESPETAR EL VALOR DE LOS CAMBIOS SIGNIFICATIVOS SUPERPUESTOS, Y DE LA PÁTINA DEL TIEMPO
El significado cultural de un bien como testimonio histórico se basa principalmente en su sustancia material original o significativa, y/o en sus valores intangibles, que definen su autenticidad. En cualquier caso, el significado cultural de un bien patrimonial, original o derivado de intervenciones posteriores, no solo depende de su antigüedad. Cambios posteriores que hayan adquirido su propia significación cultural deben ser reconocidos y considerados en la toma de decisiones sobre su conservación. La antigüedad debe ser identificable tanto a través de los cambios acometidos en el tiempo como de su pátina. Los contenidos, enseres fijos y accesorios que contribuyan al significado cultural deben ser mantenidos en el bien en la medida de lo posible.
SOSTENIBILIDAD MEDIOAMBIENTAL
Debe tratarse de alcanzar un equilibrio adecuado entre la sostenibilidad medioambiental y el mantenimiento del significado cultural. Las presiones para mejorar la eficiencia energética se verán incrementadas con el tiempo. El significado cultural no debe verse dañado por las medidas de mejora de la eficiencia energética. La conservación ha de considerar los criterios contemporáneos de sostenibilidad medioambiental. Las intervenciones en un bien patrimonial deben ejecutarse con métodos sostenibles y servir a su desarrollo y gestión sostenibles. Para lograr una solución equilibrada, se consultará a los actores implicados con el fin de asegurar la
sostenibilidad del bien. Deben ponerse a disposición de las futuras generaciones todas las opciones posibles en términos de intervención, gestión e interpretación del lugar, su emplazamiento y sus valores patrimoniales.
EVALUACIÓN
La evaluación es el proceso que permite medir los resultados, y ver como estos van cumpliendo los objetivos planteados. La evaluación permite hacer un "corte" en un cierto tiempo y comparar el objetivo planteado con la realidad. Existe para ello una amplia variedad de herramientas. Cada propuesta de intervención debe ir acompañada de un programa de control que, en la medida de lo posible, deberá llevarse a cabo mientras se ejecuta la obra. No deben autorizarse aquellas medidas que no sean susceptibles de control en el transcurso de su ejecución. Durante la intervención, y después de ésta, deben efectuarse unas comprobaciones y una supervisión que permitan cerciorarse de la eficacia de los resultados. Todas las actividades de comprobación y supervisión deben registrarse documentalmente y conservarse como parte de la historia de la construcción.
GLOSARIO
Autenticidad: es la cualidad de un bien patrimonial de expresar sus valores culturales, a través de su presencia material y sus valores intangibles de una forma creíble y cierta. Depende del tipo de patrimonio y su contexto cultural.
Conservación: se refiere a todos los procesos de cuidado encaminados al mantenimiento de su significación cultural.
Significación: o significado cultural se refiere al valor estético, histórico, científico y social y/o espiritual de generaciones pasadas, presentes o futuras. Esta significación cultural se plasma en el lugar en sí mismo, en su emplazamiento, estructura, uso, asociaciones, significados, registros, y lugares y objetos relacionados. Estos lugares pueden tener una amplia variedad de significaciones para diferentes individuos o grupos.
Integridad: es la medida de la conservación del estado original en su totalidad del patrimonio construido y sus atributos. El análisis del estado de integridad requiere por tanto una valoración de hasta dónde el bien:
Incluye todos los elementos precisos para expresar su valor.
Asegura la completa representación de los rasgos y procesos que transmiten la significación del lugar.
Sufre efectos adversos de su evolución y/o negligencia.
Intervención: es todo cambio o adaptación, incluyendo transformaciones y ampliaciones. Mantenimiento: significa el continuado cuidado de la conservación tanto de la estructura como del entorno del bien, y debe distinguirse de reparación.
Reversibilidad: significa que una intervención puede deshacerse sin por ello causar alteraciones o cambios en la estructura histórica básica. En casi todos los casos, la reversibilidad no es absoluta.
RESPONSABLE TÉCNICO DE RESTAURACIÓN
El Adjudicataria deberá presentar como mínimo un (1) Responsable Técnico de Restauración, con el rol de coordinar todas las fases de los trabajos y ser el interlocutor técnico ante la Inspección de Obra. A tal efecto, el Adjudicatario deberá presentar los respectivos currículums, que deberá corresponder a profesionales especializados en preservación y conservación del patrimonio, con antecedentes comprobables en el tipo de trabajo a realizar (Intervención en pisos y paramentos
históricos). Con acreditada antigüedad en el ejercicio de la especialidad xx XXXX (10) años. Deberá además probar una amplia experiencia que lo habilite para desarrollar sus funciones. Todas las instrucciones que el Responsable Técnico de Restauración reciba de la Inspección de obra, serán consideradas como impartidas al Adjudicatario. Cualquier reemplazo de profesional deberá ser previamente autorizado por la Inspección de Obra, cuyo veredicto será en base a las mismas exigencias y cualidades profesionales del titular.
MEMORIA DESCRIPTIVA
Por 1850, Xxxxxxxxxxx Xxxxx y Xxxxxxxx Xxxxxx, (este último un prestigioso pastelero italiano) eran los propietarios de la denominada Confitería del Centro, ubicada en la intersección de la Avenida Rivadavia con la calle Xxxxxxxxx Xxxx. Tras la instalación en las cercanías del negocio xxx Xxxxxx Xxxxx, el primer molino harinero instalado en la ciudad, el establecimiento tomó la denominación de Antigua Confitería xxx Xxxxxx. En febrero de 1905 la confitería comenzó a funcionar en un local frente al Congreso Nacional. En 1910 había finalizado la construcción de la Plaza del Congreso, y Xxxxxx, ya en sociedad con los Xxxxxxxxxxxxx necesitaba un nuevo edificio para unificar sus locales por lo que solicitó al arquitecto Xxxxxxxxx Xxxxxxxx un proyecto que fusionara las distintas propiedades en un solo conjunto, con la exigencia de que las obras no interrumpieran la atención a los clientes. El encargo, para destinarlo a edificio xx xxxxx, incluía la remodelación del situado en la Avenida Callao 32, adquirido en 1909, y que poseía planta baja y cinco pisos, y la construcción de otro sobre Xxxxxxxxx 0000 que Xxxxxx había comprado en 1911. Con estas obras quería presentar una nueva imagen de la empresa pastelera y a la vez adecuarse a la estética de la zona. Finalmente Xxxxxxxx Xxxxxx la inauguró en 1917 (tal como puede verse hoy) en el mismo solar y con el nombre de Nueva Confitería xxx Xxxxxx, en la intersección de Rivadavia y Callao, frente al edificio del Congreso Nacional. El edificio fue incendiado durante el golpe de estado de 1930 y luego reconstruido. En 1938 fallece Xxxxxx. Tiempos más tarde, los nietos de Xxxxxxxx Xxxxxx compran la confitería y, con algunas modificaciones (incluyen un salón bar y un mostrador para comidas rápidas, siempre respetando la arquitectura del edificio), logran mantenerlo. En la década de 1990 comienza a decaer el negocio. En 1992 es declarado Área de Protección Histórica (APH) de la Ciudad de Buenos Aires, pero eso no pudo detener la debacle. El 24 de enero de 1997 cerró sus puertas. Desde ese momento se suceden varios proyectos para su reapertura, que hasta el año 2010 no ha podido llevarse a cabo. A octubre de 2010, avanzó en la comisión de cultura de la Cámara de Diputados un dictamen favorable para su expropiación. Desde noviembre de 2014, la cámara de diputados aprobó y convirtió en ley el proyecto que promovió la expropiación del inmueble, quedando bajo el control del congreso; la propuesta resuelve "declarar de utilidad pública, y sujeto a expropiación, por su valor histórico y cultural". Así, el edificio se reabrirá como confitería, dedicará los pisos superiores a actividades culturales y pasará a formar parte del denominado "Proyecto de la manzana legislativa”. A nivel arquitectónico, para construir este valioso exponente del Art Nouveau y vanguardia de la Belle Époque, Xxxxxxxx hizo traer todos los materiales de Italia: puertas, ventanas, mármoles, manijones de bronce, cerámicas, cristalería y más de 150 metros cuadrados de vitraux. El edificio tuvo una estructura de hormigón armado, material aún novedoso en esa época en que todavía se construía con ladrillo y losas de bovedilla catalana. La empresa alemana GEOPÉ estuvo a cargo de la obra, aportando su conocimiento y manejo del material, en
esa época conocida como "Cemento Portland". La intervención busca poner en valor y conservar el salón de fiestas del primer piso.
OBJETIVOS
Las intervenciones proyectadas se basan, principalmente, en un criterio de Conservación, ejecutando tareas de limpieza y protección. La Conservación de los componentes del Salón comprende el retiro de elementos no originales del mismo, la recuperación de las terminaciones y la reposición de los elementos ornamentales perdidos y el tratamiento y conservación de los existentes, teniendo en cuenta la verificación de la estabilidad de los mismos. Para eso se deberán respetar los siguientes criterios generales:
Las intervenciones deben ser las mínimas posibles en los procedimientos de restauración, conservando la integridad de las piezas originales.
Debe realizarse un registro de los elementos patrimoniales previo al inicio de las tareas.
Debe respetarse la autenticidad de cada una de las piezas componentes. De afectarse componentes patrimoniales en las ejecuciones de las tareas encomendadas por la presente licitación, el Adjudicatario tendrá la obligación de reparar, restaurar o reponer las piezas dañadas, utilizando las técnicas tradicionales y contemplando la reversibilidad de los materiales agregados.
Debe existir compatibilidad de las piezas repuestas con las piezas originales.
Las intervenciones no deben alterar de manera alguna la continuidad estructural, el aspecto, color y textura de las partes y piezas que constituyen los distintos subsistemas. Cualquier incorporación visible u oculta de una pieza o parte contemporánea debe respetar este principio.
ASPECTOS PATRIMONIALES
A los efectos de definir los detalles de la intervención se realizarán tareas de observación y relevamiento fundamentales, un reconocimiento general y relevamiento de deterioros e intervenciones anteriores. Esto será apoyado por registros fotográficos y protocolo de ensayos in situ, retiro y análisis de muestras en laboratorio, para de la determinación de las técnicas de intervención más convenientes. El Adjudicatario deberá presentar previo al inicio de las tareas, un informe conteniendo el relevamiento efectuado. Es menester aclarar en el registro previo al inicio de tareas, los materiales y elementos existentes (sean estos originales o agregados posteriores) que serán retirados definitivamente y los que serán manipulados o removidos provisoriamente para ser reinstalados durante o finalizada la obra, indicando materialidad, ubicación, estado de conservación. La Inspección de Obra indicará qué elementos y/o piezas deben ser recuperados y guardados, conforme a las especificaciones correspondientes, así como aquellos que serán desechados y retirados de la obra, en acuerdo con el asesor patrimonial de la empresa. Deberán ejecutarse los inventarios correspondientes, tanto de los elementos a conservar como de aquellos que se remuevan. En el caso de remociones que puedan ser conservadas se indicará a los propietarios del edificio que podrían ser reservadas para museo de sitio.
NOTA: Con respecto al Personal de la Adjudicatario, se requiere que sus antecedentes sean integrados a la oferta; pudiendo, en su defecto, ser exigidos por la Inspección de Obra quien debe otorgar su conformidad o aceptación, la cual no exime a la Adjudicatario de las responsabilidades inherentes al contrato y por la calidad de la obra. Para la realización de todas las tareas de restauración es imprescindible presentar a la Inspección de obra los antecedentes de los
operarios que estén afectados a estos trabajos, para su revisión y aprobación, se tomará como requisito fundamental la experiencia demostrable del personal en este tipo de tareas, para permitir desarrollarlas.
INVENTARIO DE ELEMENTOS ORIGINALES
Cada vez que se requiera por las necesidades de la obra o a la solicitud de la Inspección de Obra, se efectuarán los inventarios de los elementos originales que correspondan. Cuando piezas originales sean removidas de su sitio para reintegrarlas posteriormente, se seguirán las instrucciones que suministran los artículos con referencias específicas. El Adjudicatario será responsable por la totalidad de los elementos que se encuentren en el sector de la obra, tanto adheridos como desprendidos o guardados en el depósito de materiales. Los inventarios se harán siempre en presencia del Adjudicatario o su representante y la Inspección de Obra. Los listados se confeccionarán por triplicado y todos los folios serán numerados y firmados por las personas citadas anteriormente. El original quedará en poder de la Inspección de Obra. Una copia estará en manos del Adjudicatario y la tercera será depositada con los elementos en cuestión, en el depósito que en la obra se habilitará para ese fin. El Adjudicatario será responsable por roturas, faltantes o pérdidas, estando obligado a su repetición, independientemente de las multas que pudieran caberle. En los listados de inventario se consignarán: obra, fecha, lugar de donde se retiró el elemento (local, sector, nivel, etc.); tipo (pieza ornamental, moldura, etc.), material (cerámico, vidrio, etc.), dimensiones y referencias de orden general como el sentido de posición, el estado de conservación y cualquier otro dato que ayude a su identificación y/o reintegración. Los inventarios serán acompañados de los croquis, fotos o planos que ayuden a la identificación del lugar de origen, de los elementos de que se trate, en la obra.
REGLAMENTOS: Los trabajos a desarrollarse se regirán por las siguientes disposiciones:
• De ejecución: Pliego tipo de Especificaciones Técnicas (Cláusulas Particulares) de la Dirección Nacional de Arquitectura de la S.E.T.O.P. Edición 1964 y complementarias.
• Edilicias: Código de Edificación y Código de Planeamiento Urbano del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
• Superintendencia de Bomberos de Policía Federal Argentina y las Normas IRAM.
MUESTRAS: no corresponde.
CONOCIMIENTO DE LA OBRA: Los Oferentes deberán concurrir al lugar de ejecución de la obra a efectos de constatar su estado en la fecha fijada en el presente pliego. Se extenderá a cada Oferente un Certificado de Visita como constancia, que deberá adjuntarse a la oferta. La no realización de la visita será causal de desestimación de la oferta.
Se considerará que en su visita al lugar de la obra el Oferente ha podido conocer el estado en que se encuentra el lugar, efectuado averiguaciones, realizado sondeos y que, por lo tanto, su oferta incluye todos los trabajos necesarios, de acuerdo con las reglas del buen arte, aunque no se mencionen en la documentación de la presente contratación.
MARCAS: Las marcas y tipos mencionados en el presente pliego tienen por finalidad determinar las características y el nivel de calidad de los materiales a utilizar en la presente obra. La Adjudicataria podrá suministrar los materiales de las marcas y tipos especificados o de otros equivalentes, corriendo por su cuenta y a su xxxxx la demostración de su equivalencia y quedando al solo juicio de la Inspección de Obra la aceptación de los mismos. Asimismo, la Adjudicataria deberá comunicar a la Inspección de Obras con la suficiente antelación, las características del material o dispositivo que propone utilizar para la obra, a los efectos de su aprobación.
DERECHOS: Correrá por cuenta de la Adjudicataria, el pago de todos los impuestos, patentes, regalías y derechos que se originen por motivo de la construcción de la obra. En todos los casos la Adjudicataria comunicará al comitente los pagos que efectúe por dichos conceptos, a los efectos de que el comitente gestione por su cuenta las excepciones a que legalmente pueda tener derecho, destinando las recuperaciones que pudieran obtenerse a la reducción del costo de inversión.
SISTEMAS PATENTADOS: El pago de los derechos para el empleo de artículos y dispositivos patentados se considerará incluido en la cotización de la oferta. La Adjudicataria será la única responsable por los reclamos que se pudieran promover por la violación de patentes.
INTERPRETACIÓN DE DOCUMENTACIÓN TÉCNICA: El Oferente tiene la obligación de señalar en tiempo oportuno, los errores que advierta en los pliegos que rigen la contratación. Los errores que eventualmente pudiese contener la documentación contractual que no hubieren merecido consultas o aclaraciones en su oportunidad por parte del Oferente, no serán motivo de reconocimiento adicional alguno, ni de circunstancia liberatoria de sus responsabilidades. En toda la documentación contractual, se dejará establecido que primarán las anotaciones o las cantidades expresadas en letras, sobre las indicadas en números, y éstas sobre las apreciadas en escala.
MATERIALES DE REPOSICIÓN: No corresponde.
PLAN DE TRABAJOS: Los Oferentes deberán presentar un plan de trabajo junto con la oferta para las demoliciones y desmontes, como así también el diseño de la albañilería e instalaciones y tiempo de ejecución. La Adjudicataria presentará nuevamente un plan de trabajos para su aprobación por la Inspección de Obra, previo al inicio de los trabajos. Las tareas se iniciarán una vez que la Inspección de Obra lo apruebe, con las modificaciones y correcciones que estime corresponder.
APROBACIÓN DE LOS TRABAJOS: Al iniciar cada trabajo, la Adjudicataria deberá pedir la presencia de la Inspección de Obra, que verificará el estado del material y los elementos a emplear en las tareas en cuestión. La Adjudicataria debe avisar a la Inspección de Obra antes de desarmar andamios o retirar plataformas de trabajo para que se efectúen las inspecciones correspondientes. Asimismo, durante la marcha de los trabajos, la Adjudicataria facilitará el acceso de la Inspección de Obra tantas veces como le sea requerido. Concluidos los trabajos, deberá solicitar su inspección final y aprobación.
RESPONSABILIDADES DE LA ADJUDICATARIA: Será responsabilidad de la Adjudicataria:
a) Estudiar todos los aspectos y factores que influyan en la ejecución de los trabajos, como así también toda la documentación referida a ella que integra este Pliego. La Adjudicataria asume,
por lo tanto, plenamente su responsabilidad y en consecuencia no podrá manifestar desconocimiento ni disconformidad con ninguna de las condiciones inherentes al proyecto o la naturaleza de la obra, ni efectuar reclamos extra contractuales de ninguna especie.
b) Interpretar correctamente la documentación técnica de la obra, de acuerdo al criterio rector de la Inspección de Obra.
c) Finalizar la tarea encomendada y aquellas que devengan necesarias, en el tiempo establecido a tal efecto.
d) Informarse de toda cuestión inherente a la obra a realizar, ante organismos y dependencias nacionales y/o municipales debiendo adquirir aquella información que requiera y no forme parte del presente.
e) Anular y/o modificar, si correspondiere, aquellas instalaciones de suministro de electricidad, y similares, en caso de implicar un peligro o riesgo para el personal y/o empleados de la H.C.D.N., debiendo efectuar las nuevas conexiones o extensiones necesarias.
f) Ejecutar aquellos trabajos necesarios para garantizar la seguridad, estabilidad y protección de los sectores y personas no afectados por las obras, debiéndose realizar todas las reparaciones y apuntalamientos necesarios.
GARANTÍA DE CALIDAD: La Adjudicataria garantizará la calidad de los elementos a proveer y de la obra realizada, conforme las prescripciones contenidas en los pliegos que rigen la contratación. En caso de no existir norma de aplicación de acuerdo al orden de prelación previsto en el artículo 123 del reglamento para la contratación de bienes, obras y servicios de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, aprobado por R.P. N° 1145/12 y su modificatoria, se aplicarán analógicamente los artículos correspondientes del Código Civil y Comercial de la Nación.
La Adjudicataria extenderá una garantía no menor a UN (1) año por los trabajos realizados, ante eventuales vicios y/o defectos. Misma garantía corresponderá por el mobiliario entregado.
REUNIONES DE COORDINACIÓN: Entre las obligaciones de la Adjudicataria se encuentra la de asistir, a través de su Representante Técnico y eventualmente de los Técnicos Responsables de la Obra, y de las distintas empresas subcontratistas, a las reuniones solicitadas y presididas por la Inspección de Obra, a los efectos de mantener una fluida coordinación, efectuar aclaraciones a las prescripciones contenidas en el pliego y evacuar consultas, como asimismo para facilitar y agilizar todo aspecto de interés común en beneficio del correcto desarrollo de la obra, en miras a la correcta ejecución del "Plan de Trabajo". Para el correcto cumplimiento de esta obligación, la Adjudicataria será la única responsable de comunicar esta disposición a las subcontratistas.
Los lugares de encuentro serán los que determine oportunamente la Inspección de Obra, que serán notificados fehacientemente.
INFORME FINAL: Previo a la recepción definitiva de la obra, y como requisito indispensable para ésta, la Adjudicataria deberá hacer entrega de un informe final que incluirá planos “Conforme a obra” que reflejen las tareas realizadas. Los planos “Conforme a obra” deberán presentarse en original, en film poliéster, y tres copias ploteadas sobre papel blanco, todo ello en colores convencionales. Asimismo, se deberá acompañar con soporte magnético (AutoCAD 2000 – Word
– Excel) que almacene toda la información y documentación, con la correspondiente aprobación
del organismo competente. Juntamente con los planos “Conforme a obra”, la Adjudicataria presentará a la Inspección de Obra la siguiente documentación:
• Memoria de Técnicos, materiales y equipos empleados con la totalidad de sus características y marcas;
• QUINCE (15) fotografías de la obra anteriores al inicio de los trabajos y otras QUINCE (15) al finalizar los trabajos. Los puntos de toma serán determinados por la Inspección de Obra y ésta podrá incrementar la cantidad de fotografías para aquellos lugares que crea convenientes.
La no presentación del Informe Final conforme lo prescripto en este punto, será causal suficiente para calificar al contrato como “inconcluso”, impidiendo la recepción definitiva de las obras y la posterior liquidación final de obra.
TAREAS COMPRENDIDAS: Las normas contenidas en el presente pliego son de aplicación para la totalidad de los trabajos especificados en el presente e incluyen los servicios profesionales, mano de obra, materiales, equipos, herramientas, fletes y todo elemento necesario para desarrollar las tareas; los trabajos de limpieza; movimiento de personal, equipos y herramientas; fletes, volquetes y documentación técnica de la obra en un todo de acuerdo con las indicaciones del presente pliego. Se procederá durante el transcurso de la obra a la limpieza continua y, una vez finalizada, a una limpieza final cuya verificación estará a cargo de la Inspección de Obra.
RETIRO DE ESCOMBROS: La Adjudicataria tendrá a su cargo el retiro y disposición final de todo escombro y material de descarte producto de la ejecución de las tareas encomendadas y, a tal efecto, deberá adoptar las medidas necesarias para evitar la acumulación dentro del área intervenida. Los escombros y demás desechos se embolsarán o retirarán del lugar conforme avancen las tareas. El traslado se realizará al finalizar la jornada o según lo establezca la Inspección de Obra. Se deberá utilizar equipos especiales que admitan el ingreso al subsuelo o el retiro motorizado hasta el nivel de vereda y allí la descarga a volquetes especiales. La Adjudicataria será la única responsable por los daños ocasionados por falta de protecciones o deficiencia de las mismas. Deberá proveer y colocar las defensas, mamparas, protecciones, vallados y cualquier otro elemento de seguridad exigido por la normativa vigente o necesaria para garantizar la seguridad del personal propio, de los empleados de la H.C.D.N., del público que accede y transita por el edificio y de los peatones que lo hacen por la vía pública. Se contemplará el retiro de escombros en horas tempranas o días sábado, dado el alto tránsito peatonal sobre la acera del frente de obra, en concordancia a la normativa municipal vigente.
NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD: La Adjudicataria cumplirá estrictamente con las normas de higiene y seguridad que parte integrante del presente. (Ver anexo)
RESPONSABILIDAD HACIA TERCEROS: La Adjudicataria es exclusivamente responsable de todo reclamo o acción de terceros que pudiere establecerse por razón de daños o perjuicios ocasionados a personas o cosas por la obra o sus anexos, ya sea por materiales, maquinarias o implementos usados en las obras o por negligencia, culpa, omisión o imprudencia de ella, de sus dependientes o de las subcontratistas y su personal.
RESPONSABILIDAD CIVIL - DAÑOS A PERSONAS Y PROPIEDADES: La Adjudicataria tomará las precauciones necesarias para evitar daños a las obras que ejecute, a sus dependientes, a los de la
H.C.D.N. y a terceros, como así también adoptará las precauciones necesarias para evitar daños a las propiedades y cosas de los antes mencionados. El resarcimiento de los perjuicios que se produjeran correrá por cuenta exclusiva de la Adjudicataria, salvo que acredite la producción de tales perjuicios por razones de caso fortuito o fuerza mayor. Esta responsabilidad subsistirá hasta la recepción definitiva de la obra. El Comitente podrá retener en su poder, de las sumas que adeudara a la Adjudicataria, el importe que estime conveniente hasta que las reclamaciones o acciones que llegaran a formularse por alguno de aquellos conceptos sean definitivamente resueltas y hayan sido satisfechas las indemnizaciones a que hubiere lugar en derecho.
PENALIDADES Y SANCIONES: La Adjudicataria será pasible de la aplicación de las siguientes penalidades y sanciones cuando incurriere en alguna de las siguientes causales:
- Incumplimientos técnicos:
a) La incorporación a la obra de materiales no aprobados previamente por la Inspección de Obra dará lugar a la aplicación de una multa equivalente a un diez por ciento (10%) de la facturación.
b) La incorporación a la obra de materiales de calidad inferior a la solicitada en la documentación contractual dará lugar a la aplicación de una multa equivalente a un cinco por ciento (5%) de la facturación. En ambos casos, cuando a criterio de la H.C.D.N. la incorporación de los materiales implique un peligro para la obra, la adjudicataria deberá proceder a retirar el material incorporado y remplazarlo por el que corresponda. La H.C.D.N. la intimará por medio fehaciente, debiendo contestar la intimación dentro del plazo perentorio otorgado a tal efecto. La falta de respuesta como así también las negativas harán pasible a la adjudicataria de la aplicación de una multa equivalente al veinte por ciento (20%) de la facturación, sin perjuicio de la facultad de la H.C.D.N. de rescindir el contrato de forma unilateral.
c) La falta de presentación de los certificados técnicos de calidad solicitados en los pliegos dará lugar a la aplicación de una multa equivalente a un cinco por ciento (5%) de la facturación.
- Incumplimiento de las normas de convivencia:
El incumplimiento de las normas de convivencia hará pasible a la adjudicataria de la aplicación gradual de las siguientes sanciones:
- Observaciones: Todas las observaciones que realice el personal que designe la H.C.D.N. deberán ser subsanadas de inmediato en forma adecuada y ser tenidas en consideración a efectos de que no se reiteren.
- Apercibimientos: Los reclamos serán formulados por escrito en el libro que a tales efectos pondrá a disposición la Dirección General de Obras y Servicios Generales, disponiendo de un plazo de veinticuatro (24) horas a partir de su notificación para brindar una solución a los mismos.
- Desplazamiento: La falta de solución dentro del plazo previsto en el párrafo anterior facultará a la H.C.D.N. a desplazar al personal de la adjudicataria que incumpla las normas de convivencia de la H.C.D.N., siendo responsabilidad de la Adjudicataria su retiro del lugar de trabajo.
Por incumplimiento de las normas de convivencia se entenderán los puntos 1) Orden y limpieza;
2) Lugar para almuerzo/comidas; 4) Prohibición de fumar y hacer fuego; del Anexo II – NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD A CUMPLIR POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA del presente pliego. Para el caso del punto 3) Política de alcohol y drogas del citado anexo aplicará directamente el desplazamiento del personal involucrado, siendo responsabilidad de la Adjudicataria su retiro del lugar de trabajo.”
TRABAJOS PRELIMINARES: La Adjudicataria deberá realizar los trabajos preliminares que a continuación se detallan:
ENSAYO DE FUNCIONAMIENTO DE HERRAMIENTAS Y MATERIALES: Previo al inicio de los
trabajos y durante el transcurso de los mismos, la Adjudicataria realizará un ensayo completo del funcionamiento de la totalidad de las herramientas y materiales a utilizar, designando a tal efecto un Responsable de Higiene y Seguridad de la Obra. En el caso de detectar elementos defectuosos y/o con fallas que impidan su correcta utilización y/o que impliquen un riesgo para la seguridad de las personas, la Adjudicataria arbitrará todos los medios necesarios para proceder a su remplazo y/o arreglo, no constituyendo adicional alguno para la H.C.D.N.
RETIRO DE ELEMENTOS EXISTENTES: La Inspección de Obra indicará al Adjudicatario las áreas a intervenir y ésta deberá proveer la mano de obra y ayuda necesarias para realizar el retiro o desplazamiento de todo el mobiliario que fuese necesario remover o reubicar en el interior de las áreas a restaurar. El mobiliario y/o maquinarias retiradas serán trasladados al lugar que indique la Inspección de Obra. Una vez finalizada la prestación del servicio, la Adjudicataria trasladará el mobiliario nuevamente al lugar que le indique oportunamente la Inspección de Obra.
ANDAMIOS Y PROTECCIONES DE SEGURIDAD: Se prohíbe el uso de andamios xx xxxxxx. Solamente se usarán andamios y caballetes metálicos. Previo al inicio de cualquier trabajo se protegerán los elementos que puedan ser dañados por el polvo o por golpes. Las protecciones serán sobrepuestas pero aseguradas mediante el empleo de elementos de fijación no agresivos (cintas adhesivas, cuerdas, etc.), de modo de evitar su caída o desplazamiento. Si solo se requiriese protecciones contra el polvo, será suficiente el empleo de mantas de polietileno. No se admitirá la fijación de las protecciones a las partes originales mediante elementos que puedan dañarlos, como clavos, ganchos, tornillos, alambres y otros similares.
En tal sentido, la Adjudicataria deberá cumplir con lo dispuesto en el ANEXO II - NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD A CUMPLIR POR EMPRESA ADJUDICATARIA.
OBRADOR: La Adjudicataria deberá acondicionar dentro del edificio un área para el personal obrero y los materiales a acopiar en donde lo determine la Inspección de Obra. Deberá proveer los depósitos xx xxxxxxxx de enseres y materiales que considere necesarios para el normal y seguro desenvolvimiento de sus tareas dentro de los límites de la obra o en lugar a determinar dentro del edificio. No se permitirá la estiba de materiales a la intemperie ni con recubrimientos de emergencia que puedan permitir su deterioro. Todo daño o sustracción que
Afecte a dichos materiales será subsanado por la Adjudicataria a su exclusivo costo y dentro de los tiempos necesarios para el cumplimiento de los plazos contractuales acordados. Los servicios sanitarios a utilizar serán los propios del edificio, estando la Adjudicataria obligada a mantenerlos en perfecto estado de aseo y orden.
REPLANTEO: El replanteo de los ejes principales y la nivelación general se realizará integralmente en forma previa al inicio de la colocación. Asimismo, la adjudicataria se obliga a la realización permanente por cada sector de colocación, de los replanteos, de las nivelaciones y de las verificaciones relativas a la verticalidad y plomos de la totalidad de los muros en los que se apoyaran los tabiques.
1 – DESMONTES, DEMOLICIONES PARCIALES y MUDANZAS
1. DEMOLICIONES
Los trabajos comprenden las demoliciones y ajuste final de mampostería, piso y revoques que fueran necesarias para la concreción de estos trabajos. Asimismo, se contemplan los trabajos de desmonte de instalaciones, carpinterías, artefactos, etc.
Los siguientes materiales han de ser acopiados para su posterior empleo por el RIEM. Los mismos se limpiarán y trasladarán al lugar señalado a tal efecto, y en la forma que indique la Inspección de Obra:
Demoliciones y extracciones
En este punto se incluyen las especificaciones de los trabajos necesarios de demolición, remoción de elementos empotrados o sobrepuestos y reposición de partes o elementos de mampostería. La Adjudicataria estará obligada a efectuar las demoliciones parciales y totales que puedan requerirse de acuerdo a las necesidades del proyecto y la situación particular en la que se encuentre el edificio con su uso parcial, mientras se realizan las demoliciones. En este marco, las demoliciones se realizarán con los cuidados pertinentes para no dañar los elementos originales que se encuentren alrededor de la zona a intervenir. La Adjudicataria deberá cumplir con la normativa de seguridad vigente para esta clase de trabajos. También deberá adoptar las medidas de protección necesarias que, a juicio de la Inspección de Obra, garanticen el normal uso del edificio o de los sectores adyacentes que se vieran afectados por las demoliciones. La Inspección de Obra podrá detener una demolición si la forma en que se estuviera llevando a cabo implicará peligro a personas o al Edificio mismo, solicitando la inmediata modificación de los procedimientos para llevarla a cabo.
La Adjudicataria no podrá dejar fuera de uso las conexiones de electricidad, cloacas, agua corriente u otros servicios que se encuentren funcionando al momento de realizar la intervención. Si fuera necesario, empleará los dispositivos alternativos que correspondan para mantenerlos en funcionamiento. Por su parte, quedará bajo la exclusiva responsabilidad de la Adjudicataria la reparación de los daños que se ocasionaran por las demoliciones en sectores o elementos del propio edificio, sean estos exteriores o interiores. Si al inicio de las demoliciones,
la Adjudicataria advirtiera que alguna parte del edificio se encuentra en condiciones deficientes, lo informará de forma urgente a la Inspección de Obra, que relevará el sector disponiendo las medidas que correspondan. Cuando exista riesgo xx xxxxxx estructurales, la Inspección de Obra solicitará los apuntalamientos que considere necesarios. Del mismo modo, podrá indicar la colocación de testigos para registrar las deformaciones o movimientos que puedan producirse como consecuencia de los trabajos en el lugar en cuestión o su entorno.
Cuando se indique la demolición de elementos (agregados, parches, etc.) se hará con el mayor de los cuidados, evitando alterar o destruir áreas próximas. Para ello, se trabajará con herramientas manuales y livianas. Los parches de revoques se retirarán empleando cinceles afilados, controlando el ángulo y la intensidad del golpe para no dañar la superficie de los ladrillos ni el revoque del entorno. Para asegurar la integridad del revoque circundante, las áreas a demoler podrán limitarse mediante cortes efectuados con disco diamantado y amoladora.
Los trabajos de demolición comprenderán la demolición propiamente dicha, la remoción de los materiales y escombros provenientes de ella y su retiro fuera del sector, quedando la totalidad de los trabajos bajo responsabilidad de la Adjudicataria. Todo elemento afectado por la demolición (mampostería, aislaciones y revoques, etc.) deberá ser reparado en la extensión que corresponda. La Adjudicataria tomará las previsiones necesarias para evitar el ingreso de agua al edificio. Toda destrucción o alteración indebida que se produzca como consecuencia de las tareas de demolición será corregida por la Adjudicataria, a su exclusiva xxxxx, sin perjuicio de las multas que pudieren corresponderle.
1.1. Demoliciones a ejecutar - Mampostería
Se procurará tomar todas las medidas de seguridad necesarias y se hará los recalces y apuntalamientos pertinentes. El presente ítem contempla la demolición de revestimientos, contra pisos y solados a efectuarse en los casos que corresponda.
1.2. Revestimientos
Se realizará la remoción de los revestimientos y revoques de todos los sectores indicados en planos. En caso de revestimientos históricos, los mismos se retirarán con mezcla de asiento para su posterior recupero.
1.3. Solados
Se realizará la remoción de los pisos en todos los sectores en los que sea necesario para adaptar los solados existentes a los indicados en los planos. Se demolerá el contrapeso en todos los casos en los que deba realizarse el nuevo tendido de cañerías, según planos adjuntos, teniendo especiales recaudos con la estructura xx xxxx inferior. Para el caso de solados históricos, se mantiene el criterio expresado en el punto 1.2
Corresponderá la ejecución del contrapeso y carpeta de nivelación en todos los casos en que se haya removido el piso, realizado nuevo tendido de cañerías o cualquier otro trabajo que lo requiera.
2. DESMONTES
2.1. Instalación eléctrica
La Adjudicataria deberá desactivar y remover los circuitos y tendidos antiguos. Se retirarán cableados, accesorios, artefactos a la vista y todo elemento de la esa instalación. Se mantendrá
la instalación de servicio provisoria durante el período de obra, con un (1) tablero seccional con llaves térmicas y un disyuntor.
2.2. Instalaciones existentes
Se desmontará el tendido correspondiente a instalaciones de provisión de agua antiguas y trazados de gas o radiadores obsoletos. La Adjudicataria estará obligada a efectuar la demolición de las instalaciones, canalizaciones y elementos de cualquier tipo que estén enterrados u ocultos y sea necesario extraer de acuerdo a los Planos de Proyecto.
2 – TRABAJOS DE ALBAÑILERIA
1. ALBAÑILERÍA. MATERIALES. GENERALIDADES Arena
La arena a emplearse será limpia, del grano que se especifique en cada caso y no contendrá sales, substancias orgánicas ni arcilla adherida a sus granos. Si la arcilla estuviera suelta y finamente pulverizada podrá admitirse hasta en 5 % en peso del total. Si existieran dudas con respecto a las impurezas que contiene la arena, se efectuarán ensayos colorimétricos, como se indican a continuación: Se vierte en una botella graduada de 350 cm3 la arena hasta ocupar 130 cm3, se agrega una solución de hidrato de sodio al 3 % hasta que el volumen después de sacudir sea de 200 cm3, se sacude fuertemente la botella tapada con tapón esmerilado y se deja reposar durante 24 horas. Así, si el resultado es incoloro o amarillo claro, se juzga que la arena es utilizable; si es rojo amarillento, que lo es solamente para fundaciones de bases cuadradas, hormigones simples sin armar y albañilería en general, a excepción del enlucido de revoque y si es castaño, marrón claro o marrón oscuro, que no es utilizable.
Cales
Serán hidráulicas o aéreas, según se indique en los tipos de mortero a utilizar. Ambas serán provistas en obra, hidratadas y finamente pulverizadas en bolsas cerradas de marca reconocida y que garanticen su origen.
Cementos
Se los abastecerá en envases cerrados perfectamente acondicionados y provistos del sello de fábrica de procedencia. La provisión de cementos se dispondrá en un local cerrado y bien seco y quedará constantemente sometida al examen de la Inspección de Obra desde su recepción hasta su empleo. Los cementos deberán ser estacionados y uniformes de grano y color. Todo cemento de reciente fabricación, grumoso o cuyo color esté alterado será rechazado y deberá ser retirado de la obra. El cemento de albañilería se proveerá en obra en bolsas cerradas de 40 kg que garanticen su origen y marca reconocida.
2. REVOQUES
Mano de obra y equipos
Para la realización de revoques y enlucidos en general se empleará mano de obra especializada. Las cuadrillas de trabajo deberán contar con caballetes y andamios apropiados. Los enseres y Las herramientas requeridas se hallarán en buen estado y en cantidad suficiente. Las reglas serán metálicas o xx xxxxxx, de secciones adecuadas, cantos vivos y bien derechas.
Los trabajos incluirán dentro del precio el armado y desarmado de andamios, trabajos en altura, formación de engrosados, mochetas, buñas, aristas, etc., y todo trabajo que sea requerido o que corresponda ejecutar para cumplimentar el concepto de obra completa.
Condiciones previas
En ningún caso se revocarán paredes que no se hayan asentado perfectamente ni haya fraguado completamente la mezcla de asiento de los ladrillos o bloques.
Antes de dar comienzo a los revoques, se verificará que las superficies de aplicación se hallen limpias, libres de pinturas, salpicaduras o restos de morteros incompatibles que pudieran ser causantes de futuros desprendimientos.
Cuando existan cortes para instalaciones que interrumpan la continuidad de las paredes de mampostería, se aplicará sobre todo el ancho de la superficie xxx xxxxx y con un sobre ancho de 15 cm. a cada lado del paramento interrumpido, una faja de metal desplegado pesado, clavado a las juntas y protegido totalmente con concreto para evitar su oxidación.
2.1. Revoque grueso bajo revestimiento
El revoque grueso bajo revestimiento se realizará utilizando las proporciones que se indican en la tabla a continuación y respetando las condiciones generales enunciadas en el título REVOQUES.
2.2. Revoque grueso y fino
Los revoques finos sobre grueso serán ejecutados respetando las proporciones de mezcla que se indican en la tabla a continuación. Las superficies de terminación deberán ser perfectamente parejas y planas.
Tomado de Juntas | Enlucido interior a la cal | |||
1 | Parte de Cemento | 1/ 8 | Parte de Cemento | |
3 | Partes de Arena | 1 | Partes de cal grasa | |
3 | Partes de arena fina | |||
Jaharro Interior bajo enlucido a la cal | Capas aisladoras de concreto hidrófuga | |||
1/4 | Parte de Cemento | 1 | Parte de Cemento | |
3 | Partes de cal grasa | 3 | Partes de arena mediana | |
4 | Partes de arena mediana | 1 | Kilogramo de hidrófugo batido con 10 lt agua |
Carpetas bajo piso y aislaciones hidrófugas | Para colocación de solías y tapajuntas | |||
1 | Parte de Cemento | 1/ 2 | Parte de Cemento | |
3 | Partes de arena mediana | 1 | Parte de Cal Hidráulica | |
1 | Kilogramo de hidrófugo batido con 10 lt agua | 3 | Partes de arena mediana | |
Para colocación de pisos de mosaicos graníticos, cerámicos | Para colocación de revestimientos | |||
1/2 | Parte de Cemento | 1 | Parte de Cemento | |
1 | Parte de Cal Hidráulica | 1 | Parte de cal aérea | |
4 | Partes de arena mediana | 4 | Partes de arena mediana |
3. AISLACIONES
Requerimientos especiales en aislaciones hidráulicas
Comprende la ejecución de la totalidad de las capas aisladoras horizontales, verticales y la impermeabilización de los sectores que queden dentro de áreas húmedas. Los trabajos de la presente sección están relacionados con alguno o la totalidad de los siguientes aspectos: contra pisos, carpetas, mamposterías, revoques, pisos, zócalos y solías. La Adjudicataria tendrá la obligación de examinar todos los documentos correspondientes a éstas y otras secciones que, aunque no estuvieran estrictamente relacionadas, pudieran afectar los trabajos objeto de la presente sección.
La Adjudicataria garantizará la calidad de las obras ejecutadas conforme a los planos y demás documentos contractuales según las prescripciones xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones y, fundamentalmente, garantizará la estanqueidad al agua en todas estas obras.
La Adjudicataria entregará los documentos de Ingeniería de Detalle antes de comenzar los trabajos de la presente sección. Deberá garantizarse una perfecta continuidad entre las distintas aislaciones, ya sean horizontales o verticales, incluyendo los azotados. Esta condición deberá verificarse conjuntamente con la Inspección de Obra.
Impermeabilizante cementicio
Para trabajos de impermeabilización se utilizará producto Dark Seal®, o sistema equivalente, basado en impermeabilizante cementicio de masa pesada en combinación con elementos químicos inorgánicos. Para la preparación de la mezcla se amasarán sobre 30 kg de Dark Seal® o su equivalente y 12 lt de emulsión HT80 a fin de lograr una completa impermeabilidad y adhesión.
Realización de los trabajos
En todos los casos se deberán solicitar las instrucciones de aplicación al fabricante de los productos primarios. Las mismas serán sometidas a aprobación de la Inspección de Obra y, una vez aprobadas, serán respetadas estrictamente. En líneas generales se describen a continuación los procedimientos de aplicación:
3.1. Capa aisladora horizontal en todos los locales
Se efectuará una doble capa aisladora, la primera sobre la losa con anterioridad a la ejecución del contrapeso. La segunda, sobre el contrapeso, subirá por los muros 50 cm por sobre el piso terminado y estará unida verticalmente a la anterior. Las superficies de los contra pisos serán firmes, sin partes flojas, nidos xx xxxxx, etc., y deberán tener una porosidad tal que permita una total adherencia de la capa aisladora, antes de continuar los trabajos. Esta capa aisladora se ejecutará con mortero de Súper Seal o equivalente, preparado según se indica.
3.2. Azotado hidrófugo
Se realizará con un mortero de una (1) parte de cemento y tres (3) partes de arena fina clasificada. El agua de empaste estará formada por una solución compuesta por 15 % de Emulsión Hidrocryl 90 y 85 % de agua. También se realizará esta impermeabilización en los muros de locales sanitarios que luego deban revestirse uniendo esta última con la aislación horizontal.
Requerimientos especiales
Las capas aisladoras cementicias se ejecutarán sobre superficies libres de residuos y polvo y humedecidas previamente. Antes de proceder a su recubrimiento, la Adjudicataria solicitará la aprobación de las capas aisladoras por parte de la Inspección de Obra.
4. CONTRAPISOS Y CARPETAS
Todos los materiales a utilizar deberán cumplir con las siguientes normas: Agua para morteros: IRAM 1601.
Arena: IRAM 1509 / 1512 / 1525 / 1526.
Cal hidráulica: IRAM 1508 / 1516. Cal aérea: IRAM 1626.
Cemento común: IRAM 1503 / 1504 / 1505 / 1617. Cemento de albañilería: IRAM 1685.
Cascote: provendrá de ladrillos o parte de los mismos, debiendo ser bien cocido, colorado, limpio y anguloso.
Arcilla expandida: IRAM 1567.
Xxxxxxxx: IRAM 1526 / 1569 / 1573 / 1570 / 1601.
4.1. Contra pisos
Reparación y nivelación de contra pisos existentes
Corresponderá completar el contra piso en las partes que se requiera por proyecto debido a las nuevas canalizaciones y al retiro de las cañerías existentes.
Los espesores dependerán de las pendientes proyectadas. Se deberán prever las juntas de dilatación rellenando los intersticios con material elástico, de comportamiento reversible que
cumpla con la función determinada. La pendiente será del 1 % hacia los desagües. Para paños mayores a 20 m2 se preverán juntas de dilatación perimetrales, transversales y longitudinales. En todos los sectores indicados deberán adecuarse o demolerse los contra pisos existentes a fin de incorporarles una aislación hidrófuga horizontal en toda la superficie.
Materiales a emplear y procedimiento.
1 Telgopor: 1 cm de espesor, densidad media cortado en piezas de 1,00 x .50 por todo el perímetro de contacto de contrapeso con muros.
2 Químicos para el pasivado y puente de adherencia interfase metal/concreto (Línea Sika o Protex)
3 Aditivo acrílico para la pasta (Sikalatex o smil Protex)
Dilución recomendada 5% en agua de amasado o 50% como puente de adherencia.
4.2. Carpeta nivelación
Sera realizada con una mezcla de cemento 1:3 disponiéndose fajas que servirán de guía para el cargado de material previo mojado de la superficie inferior. Se deberá garantizar una terminación xxxx y perfectamente nivelada para recibir el correspondiente solado.
1. LIMPIEZA
1.1. Limpieza periódica y final
Se procederá durante el transcurso de la obra a la limpieza continua de la misma y una vez finalizada ésta a una limpieza final cuya verificación estará a cargo de la Inspección de Obra. El retiro de tierra, escombros y/o desechos de cualquier naturaleza se realizará en camiones y/o volquetes los que deberán regarse abundantemente para impedir la volatilización de los mismos. Se contemplará el retiro de escombros en horas tempranas o días sábado dado el alto tránsito peatonal sobre la acera del frente de obra, en concordancia a la normativa municipal vigente. La Adjudicataria entregará al Comitente, una vez terminada la obra, en copia papel y magnética, todos los manuales de mantenimiento de maquinarias y equipos colocados, así como también copia magnética y papel de la Carpeta Técnica utilizada en la obra. Se incluirá dentro del precio del oferente el desarme completo (instalaciones incluidas) de los obradores instalados, en caso de usar obradores móviles y/o baños químicos se dejará la zona donde estaban instalados en perfectas condiciones de orden e higiene; asimismo se deberá prever el retiro total y traslado de los cercos de obra, carteles de prevención, pasarelas de seguridad, etc.
1.2. Ayuda de gremios
Este ítem se refiere al conjunto de servicios, provisiones y/o actos que la Adjudicataria prestará a los subcontratistas que ejecuten el resto de los rubros de la Obra, que completan la ejecución de la misma.
ANEXO I
TABLA DE TOLERANCIA DE CONSTRUCCIÓN
Desviación de la vertical:
a) En las líneas y superficies
En cualquier nivel – hasta 3,00 Mts. | 5 mm |
Hasta 6,00 Mts. | 8 mm |
Hasta 12,00 Mts. | 18 mm |
b) Para columnas expuestas, ranuras de juntas de control y otras líneas visibles, en cualquier nivel, con un mínimo de:
Para 6,00 Mts. | 5 mm |
Para 12,00 Mts. | 0+10 mm |
Variación del nivel o de las pendientes indicadas en los planos del contrato:
En pisos : en 3,00 Mts. | 5 mm |
En cualquier paño, con un máximo de: 6,00 Mts en: | 8 mm |
Para paños mayores se incrementarán en 1mm la tolerancia anterior por cada metro que exceda los 6 m.
Variación de las líneas de estructura, a partir de las condiciones establecidas en plano y posición relativa de las paredes:
En 6,00 Mts | 10 mm |
En 12,00 Mts | 20 mm |
4) Variación de la ubicación de aberturas y pared: 5 mm
5) Variación de los escalones:
a) En un tramo xx xxxxxxxx:
Alzada | 3 mm |
Pedada | 6 mm |
c) En escalones consecutivos:
Alzada | 2 mm |
Pedada | 3 mm |
ANEXO II DOCUMENTACIÓN GRÁFICA
ANEXO III
NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD A CUMPLIR POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA DISPOSICIONES GENERALES
1) Orden y Limpieza
• Es una actividad fundamental y necesaria, convirtiéndose en una responsabilidad individual de cada persona que trabaja en la obra.
• La empresa adjudicataria deberá mantener las áreas de trabajo, zonas de circulación, almacenamiento de materiales, etc., libres de toda suciedad, desechos y/o residuos.
• Los residuos y todos los restos generados por las actividades diarias de la Adjudicataria deberán ser depositados en recipientes especiales para tal fin y dispuestos de acuerdo a lo indicado por el área que tiene el control de la ejecución de la obra.
• No está permitida la quema general de residuos.
• Los materiales de construcción serán almacenados o ubicados de una manera ordenada, en forma tal que no represente un peligro potencial para el personal o daño a equipos a causa del desarrollo de la actividad.
• Los cables eléctricos, las mangueras y las tuberías extendidas en forma temporal y que cruzan camino o sectores de tránsito, deben estar fuertemente protegido contra daños y/o colocados en elevaciones según corresponda.
2) Lugar para almuerzo / comidas
• La Adjudicataria deberá establecer áreas adecuadas para comer, las que deberán mantenerse siempre en buenas condiciones de higiene y orden.
• Asimismo, deberán colocarse contenedores apropiados para el retiro de los restos de comida y envases.
3) Política de alcohol y drogas
• Está prohibido el consumo de alcohol y drogas en todo el ámbito de la obra.
• No se permitirá realizar sus tareas a una persona en estado de ebriedad o bajo la influencia de psicotrópicos, la que deberá abandonar el lugar de trabajo. Será responsabilidad de la Adjudicataria, retirarlo del lugar de trabajo, y dar aviso al área de la H.C.D.N. que lleve a cabo el control de la ejecución de los trabajos.
4) Prohibición de fumar y hacer fuego
• Está prohibido fumar en la obra y en todo el ámbito de la H.C.D.N. (Ley 26.687) y realizar fuego en todo el predio de la obra.
• No está permitido realizar fuego ya sea con fines de calefacción o preparación de alimentos, en todo el predio de la obra.
• El incumplimiento de lo estipulado en este apartado, será pasible de sanciones.
5) Accidentes
• La Adjudicataria es responsable de todos los accidentes de trabajo que ocurran a su personal, con motivo de las obligaciones que asume en cada contratación y de sus consecuencias, como así también de la comunicación, confección de la documentación y presentación ante los entes de regulación, sin que puedan trasladarse estas obligaciones a la H.C.D.N.
• Además, deberán hacerse cargo de la atención médica de su personal, internación, rehabilitación e indemnización, según corresponda.
DISPOSICIONES PARTICULARES
1) Designación de un responsable de higiene y seguridad en el trabajo por parte de la Adjudicataria
• La empresa adjudicataria tendrá que cumplir con lo estipulado en el Decreto Reglamentario 351
/ 79 de la ley Nº 19.587 de Higiene y Seguridad; Decreto Nº 1.338 / 96 de SRT.
• La Adjudicataria deberá presentar una nota de vinculación con la firma del apoderado de la empresa adjudicataria y firma del profesional en higiene y seguridad en el trabajo, adjuntando copia de la matrícula profesional habilitante y certificado de cobertura de accidente de trabajo (ART) o de accidente personal, según corresponda.
• El responsable en higiene y seguridad en el trabajo de la Adjudicataria deberá presentar ante la Dirección de Higiene y Seguridad en el Trabajo de la H.C.D.N., constancia de visita realizada por el mismo a la obra, por lo menos una vez por semana; salvo que por indicación de la citada dirección y atento a las características del trabajo, se requiera más tiempo de presencia en la obra del responsable de higiene de la Adjudicataria.
2) Presentación del Programa de Seguridad
• Se deberá presentar un Programa de Seguridad, de acuerdo a las Resoluciones de la S. R.T. Nº 51
/ 97, 231/ 96, 35 / 98, 319 / 99, ( según la que corresponda de acuerdo a los trabajos a realizar),
teniéndose en cuenta la implementación de procedimientos y normas que cubran todo aspecto relacionado con la seguridad en el lugar de trabajo, riesgos potenciales a los que están expuestos los trabajadores, cronogramas de capacitaciones previstas para el personal y medidas preventivas a cumplimentar de acuerdo a la legislación vigente (Ley Nacional Nº 19.587. Decreto 351 / 79, Decreto 911 / 96).
• Dicho programa debe estar aprobado por la A.R.T antes de iniciar los trabajos en obra.
3) Registro de entrega de los Elementos de Protección Personal (EPP) y de ropa de trabajo
• La Adjudicataria deberá proveer a su personal de ropa de trabajo y de los elementos de protección personal según el tipo de actividades que desarrolle y de acuerdo a lo descripto en el Plan / Programa de Seguridad / Tareas seguras.
• Es obligación de la Adjudicataria exigir a su personal el uso de los elementos de protección personal.
• Son de uso obligatorio en todo el predio de la obra, la ropa de trabajo, el casco de seguridad y calzado con puntera xx xxxxx.
• Adjuntar copia de la Planilla de Registro de entrega de los EPP con la firma del trabajador, según lo que exige la Resolución 299/11, Ley 19.587., y cumplir o exceder las normas IRAM, en ausencia de esta última, se tomarán como válidas las normas ANSI, NIOSH o EN.
• En las áreas donde convivan trabajadores y vehículos, se exigirá el uso obligatorio de ropa de alta visibilidad (casaca, chaleco, bandoleras, etc. de material fluorescente y con bandas reflectivas) para circular y/o trabajar.
• Personas con anteojos recetados que requieran del uso de protección ocular, deberán utilizar sobre-lentes de seguridad o antiparras, también es aceptable anteojos recetados de seguridad.
• La H.C.D.N. se reserva el derecho de exigir el uso de otros elementos de protección personal que no hayan sido considerados por el adjudicatario al momento de analizar los riesgos de la tarea.
4) Registro de capacitaciones realizadas
• Copia de las planillas de todas las capacitaciones realizadas según el cronograma que figura en el programa de seguridad (con sello y firma original del responsable de higiene y seguridad en el trabajo de la firma adjudicataria).
5) Aviso de inicio de obra otorgado por la ART
• El aviso de inicio de obra, debe presentarse con una anticipación de 5 días de inicio de la obra en la Dirección de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
6) Seguros del personal de la Adjudicataria:
• En un plazo mínimo de 3 días hábiles administrativos previos al inicio de los trabajos encomendados, la Adjudicataria deberá presentar en la Dirección de Higiene y Seguridad en el Trabajo los certificados y pólizas con sus respectivas constancias de pago de las primas de los siguientes seguros:
6.1) Seguro de vida obligatorio de cada trabajador.
• En caso de no contar con la póliza, por estar en emisión, deberá presentar certificado de cobertura con la nómina del personal asegurado.
6.2) Seguro de accidentes de trabajo A. R. T.
• Este seguro debe ser contratado por el periodo de trabajo en obra, como mínimo.
• Debe presentar copia de las altas temprana del personal contratado (AFIP).
6.3) Seguro de accidentes personales
• Antes del inicio de los trabajos, solamente, para el caso de trabajador autónomo, empresa unipersonal, etc., deberá presentar la Póliza de accidentes personales y el certificado de cobertura vigente que cubrirá: muerte e incapacidad total o parcial por un monto no menor de $ 500.000; y gastos médicos e internaciones, por un monto no inferior a $ 50.000.
• Contrato de locación de servicios con firma del apoderado de la firma Adjudicataria, y del trabajo contratado.
• Copia del último pago de monotributo, etc.
6.4) Seguro de responsabilidad civil de la Adjudicataria por daños a terceros
6.5) POLIZA DE SEGURO CON CLÁUSULA DE NO REPETICIÓN A FAVOR DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN (aplicable tanto para los seguros de accidentes personales / ART).
6.6) Seguros de automotores / vehículos:
6.6.1) Seguro de responsabilidad civil de automotores, equipos y Pick – Up no menor a $ 3.000.000
• La Contratista debe presentar los recibos de pago de las cuotas del seguro al día de los seguros contratados.
• Falta de presentación del Seguro:
o Efectuado el control correspondiente a la prestación de las pólizas, y verificada la falta de la misma o de comprobante que acrediten el pago, se procederá en la inhabilitación de ingreso a obra.
o Regularizados los cumplimientos pendientes, cesarán las inhabilitaciones dispuestas por la empresa.
• Con una anticipación de 3 días hábiles administrativos previos a la fecha prevista de ingreso, la Adjudicataria deberá presentar en la Dirección de Higiene y Seguridad en el Trabajo, un inventario de vehículos u otro medio de locomoción a utilizar, con la descripción de cada uno de ellos, acompañando la documentación que avale la titularidad sobre los mismo y verificación técnica, certificación de habilitación correspondientes.
7) Empresas Subcontratistas
• Previo al inicio de los trabajos, las subcontratistas deberán presentar ante la Dirección de Higiene y Seguridad en el Trabajo, nota de vinculación con la Adjudicataria, y toda la documentación requerida a ésta última en materia de higiene y seguridad en el trabajo, detallada anteriormente. Como así también deberán cumplir con todo lo recomendado, normado y / o dispuesto para la Adjudicataria.
8) Plazos y lugar de entrega de la documentación solicitada:
• Plazo: mínimo 3 días hábiles administrativos, antes del inicio del trabajo.
• Lugar: Dirección de Higiene y Seguridad en el trabajo. Comisión Administradora del Edificio xxx Xxxxxx. Piso 2do.
TRABAJO EN ALTURA
• No está permitido el uso de las escaleras como lugar de trabajo o punto de apoyo para realizar las tareas.
• Solamente se deben utilizar para ascenso y descenso, hacia y desde los puestos de trabajo (Decreto 911/96)
Es obligatorio:
• Usar tablones para andamios y plataformas, de 5 cm de espesor y 30 cm de ancho, que se encuentre en buenas condiciones y sin pintar ni nudos.
• La superficie de apoyo no podrá ser menor a 60 cm.
• Las plataformas situadas a más de dos metros de altura, deberán tener una protección en el sector que da al vacío con una baranda superior a un metro de altura, una baranda intermedia a cincuenta centímetros y zócalo en contacto con la plataforma.
• El espacio máximo entre muro y plataforma debe ser de veinte centímetros. Si esta distancia fuera mayor debe colocarse una baranda de protección a setenta centímetros de altura de la plataforma.
• Amarrar el andamio cuando corresponda, por la altura a una estructura firme mediante el uso de anclajes adecuados.
• Los andamios que posean ruedas, se la deberán trabar eficazmente con el fin de evitar su movimiento.
• Se prohíbe el uso de tambores, baldes, cajones, bloques, u otros objetos inestables y tablas comunes para improvisar un andamio o plataforma
• El trabajo que se realice en altura tienen que ser debidamente señalizado y vallado a nivel de piso, para prevenir accidentes a terceros.
• Todos los elementos y estructuras utilizados para el trabajo deberán ser aprobados por el responsable en higiene y seguridad en el trabajo del adjudicatario; quien deberá verificar que el andamio y sus componentes se encuentren en buenas condiciones de seguridad, conforme al uso y a la carga máxima a soportar, como así también que el personal que lo utilice cuente con los elementos de protección personal necesarios para prevenir un accidente por trabajo en altura.
• Al finalizar los trabajos diarios, se tienen que retirar de los andamios todo material suelto y herramientas para evitar su caída.
• Está prohibido mover o desplazar el andamio con personas, herramientas u otros materiales en sus plataformas.
• Presentación del cálculo de estructura de andamio firmado por el profesional correspondiente ante la Dirección de Higiene y Seguridad en el Trabajo de la HCDN en los casos requeridos por las normas vigentes, de acuerdo a las características del trabajo y altura de los trabajos a realizar.
HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS
• Todas las herramientas eléctricas deben conectarse a tableros reglamentarios con disyuntor diferencial.
• Los cables de conexión de las herramientas deben estar en perfectas condiciones de aislamiento, desechándose aquellos que presenten cortaduras o deterioros en sus conexiones.
• No se deben modificar los enchufes que presenten toma de tierra (tres espigas), sino agregar una conexión a tierra en aquellas instalaciones antiguas que no lo posean.
• Los cables de prolongación deben tener fichas y aislaciones reglamentarias, permitiendo además el pasaje de corriente que demande la potencia de la herramienta.
ACCESORIOS PARA TAREAS DE IZAR
1) Cuerdas
2) Eslingas
o Se deben reemplazar todas aquellas cuerdas que presenten desgaste o cualquier otro signo de deterioro.
o Debe realizarse una revisión visual antes de cada uso bajo la supervisión del responsable de la tarea.
o Durante el almacenamiento de las cuerdas se debe evitar su contacto con superficies ásperas, tierra, greda o arena.
o Las poleas a utilizar deben tener una garganta de un ancho igual al diámetro de la cuerda, y no presentar aristas vivas, superficies ásperas o partes salientes.
o Las cuerdas de fibras naturales no deben utilizarse cuando están húmedas o mojadas.
• Deben estar construidas con cadenas, cables, cuerdas o fajas de resistencia adecuada para soportar los esfuerzos a los que serán sometidos.
AUTORIZACIÓN DE TRABAJO EN CALIENTE
• La Empresa adjudicataria, antes de iniciar trabajos con riesgo de incendio y / o explosión (soldadura, corte, amolado y otros trabajos en caliente que produzcan llama o generen temperaturas importantes) requieren de un permiso de trabajo en caliente expedido por la Dirección de Higiene y Seguridad en el Trabajo de la H.C.D.N., a los fines de verificar que las condiciones ambientales y de trabajo sean las adecuadas para evitar accidentes y/o principios de incendios y/o explosiones.
• El permiso de trabajo en caliente deberá ser solicitado por el adjudicatario; siendo esta autorización solamente válida para el trabajo y el lugar indicado, y por el lapso de tiempo estipulado.
• La extensión de este permiso requiere de una nueva verificación de las condiciones y el lugar por parte de la Dirección de Higiene y Seguridad en el Trabajo de la H.C.D.N.
• En caso de verificarse que el trabajo no es realizado de acuerdo a las recomendaciones e instrucciones efectuadas, podrá ser suspendido el permiso para realizar las tareas esta tanto no se efectúen las correcciones.
SOLDADURAS
• Los operadores del equipo deben estar provistos de los elementos de protección personal reglamentarios: ropa adecuada, mascara, guantes, antiparras, calzado, etc.
• En caso de encontrarse elementos pintados, antes de soldarse debe ser removida la pintura con métodos mecánicos, para evitar la existencia de vapores.
• Los equipos a utilizar deben reunir condiciones de trabajo que no pongan en peligro a los operarios.
• Las fichas y cables de alimentación, cables de masa y pinzas porta electrodos de las máquinas de soldar, deben estar en perfectas condiciones de uso.
• Los cables para soldar, deben ser de la misma sección en toda su extensión y en caso de existir enmiendas, éstas deben ser hechas con conectores adecuados y perfectamente aisladas.
• Cuando se realicen tareas de soldadura y/o corte se deberá vallar o señalizar la zona de riesgo.
• Durante las operaciones de soldadura debe haber siempre un extintor apropiado disponible.
AMOLADORAS PORTÁTILES
• Debe contar en todo momento con el protector de la piedra.
• Debe verificarse el estado del cable de alimentación eléctrico y la correspondiente ficha.
• Debe verificarse la forma de colocación de la piedra.
• Debe verificarse si existen trepidaciones en la puesta en marcha de la máquina.
INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD, POR PARTE DE LA ADJUDICATARIA:
1. La empresa adjudicataria será responsable ante la H.C.D.N. de todos los daños provocados por el incumplimiento de las normas legales de Higiene y Seguridad.
2. También será responsable directa y exclusivamente de todos los daños provocados a su personal derivado de las leyes laborales, acciones civiles y/o de la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
3. Sin perjuicio de lo expuesto, la H.C.D.N. podrá, en situaciones de urgencia o que a su juicio representen riesgos al personal y/o equipos, o que las medidas de seguridad adoptadas sean insuficientes, suspender la ejecución de las tareas total o parcialmente hasta revertir dicha situación.
4. La Dirección de Higiene y Seguridad en el Trabajo de la H.C.D.N. estará facultada para llevar a cabo auditorias de higiene y seguridad en el trabajo a la empresa adjudicataria sin previo aviso, mediante inspecciones de obra, a los fines de verificar el cumplimiento por parte de la adjudicataria y/o subcontratista de todas las normas, indicaciones y recomendaciones efectuadas por esta H.C.D.N.
ANEXO IV: FORMULARIOS Y PLANILLAS
LICITACION Nº FORMULARIO N° 1
TITULO OBRA: EDIFICIO XXX XXXXXX
DATOS DE INSUMOS
1.- ITEM DE LA FORMULA DE LA PROPUESTA:
2.- NUMERO DE ORDEN:
3.- DESCRIPCION DEL INSUMO:
4.- MARCA:
5.- MODELO:
6.- PLAZO DE ENTREGA:
7.- FABRICANTE: Nombre:....................................
Xxxxxxxxx...................................
Ciudad: ........................País:.................Código Postal: ....... Tel.: E mail:
8.- VENDEDOR: Nombre.....................................
Xxxxxxxxx..................................
Ciudad:.......................País:..................Código Postal: ........ Tel.: E mail:
9.- REPRESENTANTE EN ARGENTINA: (Si se trata de insumo a importar) Nombre............................
Domicilio: .....................
Ciudad: ...................Provincia: .......... Código Postal: ....... Tel.: E mail:
10.- SERVICIO DE MANTENIMIENTO:
10.1.- PARA ARGENTINA:
Nombre......................
Domicilio: .................................
Ciudad: .................. Provincia: ............ Código Postal: ....... Tel: E mail:
11.- OBSERVACIONES:
LICITACION Nº FORMULARIO N° 2
TITULO OBRA EDIFICIO XXX XXXXXX
PLANILLA DE ANALISIS DE PRECIOS
Esquema a utilizar en la confección de los análisis de precios unitarios, de los ítems. DESIGNACION:............................. ITEM...................
a) Materiales
1. Designación x Cuantía x Costo Unitario
.................................
.................................
Total materiales$..........
b) Jornales
1. Categoría x Cantidad x Jornal........................................................................Total Jornales $...........
c) Cargas Sociales % de b) (Discriminadas con su incidencia) $...........
d) Total Mano de Obra (b+c) $...........
e) Equipos
1. Designación......................
A/h (Costo horario) x h/z
Donde:A: costo por unidad de ítem expresado en Pesos $...........
h: hora
z: unidad de ítem h/z: rendimiento
f) Transporte $............
g) Costo directo a) + d) + e) + f) $............
h) Gastos generales de empresa e indirectos de obra % deg) $............
i) Subtotal f) + g) $............
j) Beneficio: % de h) $............
k) Gastos Financieros: % de i) $............
l) Costo Total Trabajo ( i + j + k) $............
m) Impuestos (s/corresponda, discriminados con cada incidencia): % de l) $............
n) Honorarios profesionales $............
TOTAL
LICITACION Nº FORMULARIO N° 3
TITULO OBRA EDIFICIO XXX XXXXXX
LISTA DE OBRAS ANALOGAS EJECUTADAS Y EN EJECUCION
1. DATOS DE LA OBRA (*) 1.1. NUMERO:.............
1.2. DESIGNACION:...................
1.3. UBICACION:.....................
1.4. SUPERFICIE DEL TERRENO:........
1.5. DESTINO:.......................
2. CARACTERISTICAS DE LA OBRA
3. VOLUMENES EJECUTADOS
4. INSTALACIONES EJECUTADAS (describir lo que corresponda)
5. SISTEMAS CONSTRUCTIVOS (describir lo que corresponda)
6. MONTO DEL CONTRATO. (En PESOS, monto actualizado al mes de apertura de las ofertas) PLAZO DE EJECUCION
7.1. Plazo original según contrato (desde inicio a recepción provisional):
7.2. Plazo real (desde inicio a recepción provisional):
7.3. Causas de prórroga:
(*) Llenar un formulario por cada obra que presente
LICITACION Nº FORMULARIO N° 4
TITULO OBRA EDIFICIO XXX XXXXXX
DATOS DE COMITENTES DE LAS OBRAS DE CONSERVACION PATRIMONIAL PRESENTADAS
N° de identificación de la obra: .................................................
Entidad contratante: ..........................................
Domicilio:
Calle ......................Número...........
Localidad ...................................
Provincia o Estado ..........................
Código Postal ...............................
País ........................................
Teléfono ....................................
E mail.........................................
Persona que contrató ........................
Fecha .......................................
LICITACION Nº FORMULARIO N° 5
TITULO OBRA: EDIFICIO XXX XXXXXX
DETALLE DE LAS OBRAS DE CONSERVACION PATRIMONIAL CONTRATADAS Y/O EN EJECUCION, PUBLICAS O PRIVADAS.
DETALLES DE LAS OBRAS | FECHAS | IMPORTES (en pesos) | ||||||||
Ubicación y | Contrata con | Licitación | Contrato | Comienzo | Plazo | Termina | Contratado | Ejecutado | A Ejecutar | Para uso de la |
Designación | Comisión | |||||||||
................................... .......................................
Firma y sello del Representante Técnico
Firma y sello de la Empresa
ANEXO I
DATOS BÁSICOS DEL OFERENTE
A tener en cuenta: Todas las menciones sobre escrituras, actas, poderes y similares deberán ser presentadas en copias legalizadas por escribano público.
Datos básicos según el tipo de personería
a) Personas humanas:
I) Copia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del titular.
II) En caso de acreditar apoderado, poder suficiente vigente y copia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del Apoderado.
b) Personas jurídicas:
I) Contrato social o estatuto, inscripto en la Inspección General de Justicia o Registro Público pertinente.
II) Ampliaciones estatutarias y/o actualizaciones, en caso de corresponder, inscriptos en la Inspección General de Justicia o Registro Público correspondiente.
III) Última acta de designación de autoridades y distribución de cargos y/o designación de gerente de SRL, inscripta en la Inspección General de Justicia o Registro Público correspondiente.
IV) En caso de acreditar apoderados, poder suficiente vigente y copia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del Apoderado.
c) Cooperativas, mutuales y otros:
I) Acta de asamblea constitutiva, estatutos u otros y sus actualizaciones.
II) Copia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte de los socios.
III) En caso de acreditar apoderados, poder suficiente vigente y copia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del o los apoderados.
d) Uniones Transitorias (UT):
Las personas que se presenten agrupadas asumiendo, en caso de resultar adjudicatarias, el compromiso de constituirse en una UT deberán presentar lo siguiente:
Con la presentación de la oferta:
I) Poder emitido por las personas que conformarán la UT o sus representantes legales en favor de uno de ellos, mediante el cual se acrediten sus facultades para suscribir la oferta y actuar en su representación desde el momento de la presentación de la propuesta hasta el dictado del acto de finalización del procedimiento.
II) Declaración jurada suscripta por las personas que conformarán la UT o sus representantes legales, en la que conste lo siguiente:
II.1) El compromiso de constituirse legalmente como tal, en caso de resultar adjudicatarias, y de modo previo a la notificación de la orden de compra o firma del contrato respectivo.
II.2) El compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria e ilimitada de todas y cada una de las personas agrupadas, por el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del procedimiento de selección y del contrato.
II.3) El compromiso de mantener la vigencia de la UT por un plazo no menor al fijado para el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato.
II.4) El compromiso de no introducir modificaciones en el estatuto de la UT, ni en el de las personas jurídicas que la integraren, que importe una alteración de la responsabilidad, sin la aprobación previa del organismo contratante.
II.5) El compromiso de actuar exclusivamente bajo la representación unificada en todos los aspectos concernientes al contrato.
III) La documentación solicitada para acreditar los requisitos en el apartado de los Datos básicos según el tipo de personería del presente anexo, deberá ser presentada individualmente por cada uno de los integrantes de la UT, sin perjuicio de otros que oportunamente se establezcan.
Una vez presentada la oferta, las UT no podrán modificar su integración, es decir, cambiar, aumentar y/o disminuir el número de personas que las compondrán, y en caso de ser contratadas no podrán hacerlo hasta el cumplimiento total de las obligaciones emergentes del contrato, excepto conformidad expresa del organismo.
Las personas que se presentasen en los términos previstos en el presente apartado no podrán presentarse como parte de otra oferta, ni constituirse como oferentes individuales, bajo apercibimiento de desestimarse la totalidad de las ofertas.
Cada una de las personas que se presenten agrupadas asumiendo, en caso de resultar adjudicatarias, el compromiso de constituirse en una UT, deberá cumplir en forma individual con los requisitos de habilidad para contratar establecidos.
En caso de resultar adjudicataria:
I) Contrato de constitución de la UT debidamente inscripto en la Inspección General de Justicia o Registro Público correspondiente.
II) Instrumento donde conste la designación de representantes legales de la UT, inscripto en la Inspección General de Justicia o Registro Público correspondiente.
III) En caso de acreditar apoderados, poder suficiente vigente y copia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del Apoderado.
e) Los oferentes extranjeros además de presentar la documentación que corresponda de la previamente señalada, deberán acompañar junto con la oferta la siguiente documentación:
I. Las personas humanas:
I.1) Copia del pasaporte o documento de identificación del país de origen en caso de no poseer pasaporte.
I.2) Copia del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.
II. Las personas jurídicas:
II.1) Documentación que acredite la constitución de la persona jurídica conforme a las normas que rijan la creación de dichas instituciones.
II.2) Documentación que acredite la personería (mandato, acta de asamblea en el que se lo designe como representante de la entidad respectiva, etc.) del apoderado o mandatario que actúe en representación de la entidad respectiva.
II.3) Copia del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.
Toda la documentación emitida en el exterior deberá constar con las certificaciones requeridas por la legislación vigente a los efectos de su reconocimiento en el país. Al mismo tiempo, de ser el caso, deberá encontrarse traducida al idioma español.
ANEXO II
DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA DE LA CONTRATACIÓN
Documentación relativa a la Propuesta Económica del Oferente:
- Planilla de Cotización que figura en el Anexo V
Declaraciones Juradas y otros:
- Formularios 1; 2; 3; 4 y 5 del Anexo IV del P.E.T.
- Formulario de Declaración Jurada de habilidad para contratar (Anexo IV)
- Constancia de inscripción de AFIP
- Formulario de inscripción de Ingresos Brutos
- Estatuto de la Empresa
- Poder del firmante
- Fotocopia del DNI del apoderado
- Tener habilitado en AFIP el certificado fiscal ( no deuda por parte de la empresa)
- Constitución de Domicilio: Los oferentes deberán constituir, a todos los efectos relacionados con el presente llamado, domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el cual serán válidas todas las notificaciones y diligencias que se practiquen. En el caso de Consorcios o Uniones Transitorias, deberán constituir un domicilio unificado.
- Copia de los últimos tres (3) comprobantes de pago del Formulario 931 (SUSS - Sistema Único de Seguridad Social), donde constan los pagos realizados bajo los siguientes conceptos:
I - Régimen Nacional de Seguridad Social II - Régimen Nacional de Obras Sociales III - Retenciones
IV - Vales alimentarios / Cajas de alimentos V - Renatre
VI - Ley de Riesgo de Trabajo ART VII - Seguro de Vida
VIII - Montos que se ingresan
ANEXO III
FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN / INSTRUCTIVO PARA LA INCORPORACIÓN AL REGISTRO DE PROVEEDORES DE LA COMISION BICAMERAL ADMINISTRADORA DEL EDIFICIO XXX XXXXXX
INSTRUCTIVO PROVEEDORES
Los interesados deberán presentar personalmente el formulario denominado “Solicitud de Incorporación a la Base de datos de Proveedores de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx” firmado, junto con la documentación requerida en el presente Instructivo, en el Área de Suministros y Compras, sita en Xx. Xxxxxxxxx Xx 0000, 0x XXXX xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, de Lunes a Viernes, en el horario de 09:00 A 15:00 Hs., o bien, enviarlo por correo electrónico a la dirección xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx . Una vez recibido el Formulario completo vía mail en éste área, se los contactará para que en el término xx XXXX (10) días hábiles presente la documentación requerida a tal efecto para concluir con su inscripción.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
A tener en cuenta: Todas las menciones sobre escrituras, actas, poderes y similares deberán ser presentadas en copias legalizadas por escribano público.
En todos los casos:
1) Presentación del Formulario de inscripción original completo y suscripto por Titular o Apoderado.
2) Formulario de Declaración Jurada de habilidad para contratar firmado por Titular o Apoderado.
3) Comprobantes de inscripción en A.F.I.P e Ingresos Brutos, ya sea como contribuyente local o comprendido bajo el régimen del Convenio Multilateral o de los comprobantes de exención, firmado por Titular o Apoderado.
4) Certificación de constancia de CBU emitida por la entidad bancaria en la cual se encuentra radicada la cuenta declarada para el cobro de importes.
Datos básicos según el tipo de personería
a) Personas humanas:
I) Copia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del titular o apoderado.
II) En caso de acreditar apoderado, deberá presentarse poder suficiente vigente y copia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del Apoderado.
b) Personas jurídicas:
I) Contrato social o estatuto, inscripto en la Inspección General de Justicia o Registro Público pertinente.
II) Ampliaciones estatutarias y/o actualizaciones, en caso de corresponder, inscriptos en la Inspección General de Justicia o Registro Público correspondiente.
III) Última acta de designación de autoridades y distribución de cargos y/o designación de gerente de SRL, inscripta en la Inspección General de Justicia o Registro Público correspondiente.
IV) En caso de acreditar apoderados, poder suficiente vigente y copia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del Apoderado.
c) Cooperativas, mutuales y otros:
I) Acta de asamblea constitutiva, estatutos u otros y sus actualizaciones.
II) Copia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte de los socios.
III) En caso de acreditar apoderados, poder suficiente vigente y copia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del o los apoderados.
d) Uniones Transitorias (UT):
I) Contrato de constitución de la UT debidamente inscripto en la Inspección General de Justicia o Registro Público correspondiente.
II) Instrumento donde conste la designación de representantes legales de la UT, inscripto en la Inspección General de Justicia o Registro Público correspondiente.
III) En caso de acreditar apoderados, poder suficiente vigente y copia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del Apoderado.
e) Los oferentes extranjeros además de presentar la documentación que corresponda de la previamente señalada, deberán acompañar junto con la oferta la siguiente documentación:
I. Las personas humanas:
I.1) Copia del pasaporte o documento de identificación del país de origen en caso de no poseer pasaporte.
I.2) Copia del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.
II. Las personas jurídicas:
II.1) Documentación que acredite la constitución de la persona jurídica conforme a las normas que rijan la creación de dichas instituciones.
II.2) Documentación que acredite la personería (mandato, acta de asamblea en el que se lo designe como representante de la entidad respectiva, etc.) del apoderado o mandatario que actúe en representación de la entidad respectiva.
II.3) Copia del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.
Toda la documentación emitida en el exterior deberá constar con las certificaciones requeridas por la legislación vigente a los efectos de su reconocimiento en el país. Al mismo tiempo, de ser el caso, deberá encontrarse traducida al idioma español.
IMPORTANTE:
Para aquellos proveedores que revistan la condición de Inscriptos en el Registro con estado vigente, no será necesaria la presentación de la citada documentación en los procedimientos de selección en los cuales presentaren ofertas. La inscripción en el Registro tendrá una vigencia de UN (1) año a contar desde la fecha de su Inscripción. Vencido el plazo, a los fines de su renovación, el proveedor deberá presentar una declaración jurada donde manifieste si se produjeron o no cambios en la documentación presentada. Asimismo, si durante la vigencia del período de Inscripción se produjeran cambios en la documentación, éstos deberán ser informados al Registro de Proveedores de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx dentro de las SETENTA Y DOS HORAS (72 HS.) de producidos, presentando copia legalizada de la documentación para su actualización en el Registro.
ANEXO IV FORMULARIOS
Ciudad de Buenos Aires, de
Sres.
COMISION BICAMERAL ADMINISTRADORA DEL EDIFICIO XXX XXXXXX
Presente
De mi consideración:
Por medio de la presente dejo constancia en carácter de DECLARACION JURADA que la firma……………………………………………………………………………………… y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización en su caso, no se encuentran incursos en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx.
Artículo 34: Personas No Habilitadas
No podrán contratar con la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx:
a) Las personas humanas o jurídicas que se encontraren suspendidas o inhabilitadas por autoridad administrativa o judicial competente.
b) Los agentes y funcionarios del Estado nacional, provincial, municipal o del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y las empresas en las cuales aquellos tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188.
c) Los fallidos, concursados e interdictos, mientras no sean rehabilitados.
d) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena.
e) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad, o contra la Administración Pública Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción, Ley N° 24.759.
f) Las personas humanas o jurídicas que no hubieren cumplido con sus obligaciones impositivas y/o previsionales, conforme las disposiciones vigentes dictadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Sin otro particular lo saludo muy atte.
FIRMA: ACLARACIÓN/ SELLO:
ANEXO V PLANILLA DE COTIZACIÓN
PLANILLA DE COTIZACIÓN
El que suscribe , con Documento Nacional de Identidad Nº
, en nombre y representación de la empresa
, C.U.I.T Nº
con domicilio legal en la calle Nº , Localidad , Nº de Teléfono , Fax Mail: y con poder suficiente para obrar en su nombre, según consta en contrato / poder que acompaña, luego de interiorizarse de las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente compulsa, cotiza los siguientes precios:
RENGLON | ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO | TOTAL |
1 | 1 | Servicio de Mano de Obra | Jornal | 260 | $ | $ |
1 | 2 | Ejecución Contra pisos | M2 | 350 | $ | $ |
MONTO TOTAL OFERTADO: | SON PESOS: | $ |
…………………………….…………………………….… FIRMA Y ACLARACIÓN DEL OFERENTE
ANEXO VI
NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD A CUMPLIR POR LA ADJUDICATARIA
1- Objeto
Establecer las reglas y pautas que debe observar el ADJUDICATARIO de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx, las cuales integran las condiciones de contratación y son de cumplimiento obligatorio.
2- Alcance
El ADJUDICATARIO de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx que preste cualquier obra y/o servicio.
3- Ámbito
Edificio xxx Xxxxxx.
4- Legislación
•Leyes Nacionales 19.587 y 24.557 y sus normas complementarias.
•Decretos 351/79 y 911/96
•Disposiciones del Gobierno de la Ciudad que correspondan al lugar de ejecución de los trabajos.
5- Correlato
Las normas que se exponen a continuación se entenderán como reafirmatorias, ampliatorias y complementarias, y bajo ningún concepto sustitutivas total o parcialmente de lo expresado en las leyes, decretos, resoluciones, ordenanzas específicas en la materia, aclarándose que en el supuesto caso de presentarse una discrepancia o conflicto de interpretación entre estas Normas y la Legislación prevalecerá siempre esta última.
6- Vigencia
Las Normas que siguen, así como la Legislación correspondiente, serán aplicables durante la totalidad del tiempo que dure el contrato del cual serán parte integrante, cesando su aplicación solo cuando se compruebe fehacientemente que a juicio de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx los requisitos correspondientes han sido cumplimentados.
7- Incumplimiento
La xxxx o la falta de cumplimiento de estas Normas facultará a la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx a sancionar al ADJUDICATARIO con medidas que pueden llegar a la rescisión unilateral del contrato según la gravedad de la falta, sin indemnización obligatoria alguna.
En caso que personal idóneo de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx verifique el incumplimiento de alguna Norma/Legislación, el mismo estará autorizado a paralizar la ejecución y/o la prestación del servicio, total o parcialmente hasta que el ADJUDICATARIO tome las acciones que correspondan para solucionar la anomalía detectada, no siendo imputable a la Comisión los atrasos y costos causados a la prestación del servicio.
La Comisión Bicameral Administradora xxx Xxxxxx podrá prohibir el ingreso o retirar del lugar de prestación del servicio al personal, materiales y/o equipos que no cumplan con las Normas/Legislación correspondiente.
8- Emergencias
En caso de producirse situaciones de incumplimiento de las Normas/Legislación que correspondan, que pongan en peligro la integridad física de personal del ADJUDICATARIO, del personal de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx o terceros, o puedan causar daños en forma inminente a bienes patrimoniales del Edificio xxx Xxxxxx, la misma estará facultada para proveer los materiales, el personal, o ejecutar las obras y/o servicios a fin de evitar dichas emergencias transfiriéndose dichos costos al contratante quién deberá aceptarlos y soportarlos.
9- Disposiciones
A) Ingreso/egreso del Personal del ADJUDICATARIO
El personal del ADJUDICATARIO ingresará al lugar de la prestación del servicio y se retirará del mismo en la forma y modo que se indique, debiendo ser perfectamente identificable según la modalidad que impere en la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx, manteniendo su identificación durante todo el tiempo de permanencia en el mismo.
B) Indumentaria y Elementos de Seguridad Personal
El ADJUDICATARIO debe proveer a su personal de ropa de trabajo y cascos de colores tales que permitan diferenciar a: personal obrero, supervisores o capataces y personal superior o de conducción en el caso de servicios de obra, instalación y/o montajes, así como ropa adecuada en los restantes servicios.
Los elementos de Seguridad y Protección Personal a proveer por el ADJUDICATARIO a su personal, deben ser los aprobados por las normas vigentes en la materia y en particular por la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx según el tipo de actividad realizada (ejemplos sogas, arneses, silletas, etc.).
Es obligación del ADJUDICATARIO exigir su uso a su personal, bajo apercibimiento que el mismo sea retirado del lugar cuando se verifique la contravención y hasta tanto se regularice la situación. Asimismo, señalizar la obligatoriedad de uso según Norma IRAM 10005.
C) Ingreso y circulación de vehículos del ADJUDICATARIO
El ADJUDICATARIO debe asegurar sus vehículos y otros medios de locomoción en Compañías Aseguradoras a satisfacción de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx.
Los seguros tomados deben cubrir todos los riesgos que el bien asegurado pudiera ocasionar al personal transportado, así como a terceros y sus respectivos bienes.
Las primas y sus actualizaciones deberán mantenerse vigentes para lo cual la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx se reserva amplias facultades de control siendo obligación del ADJUDICATARIO presentar original y copias de las pólizas, recibos de pagos xx xxxxxx, reajustes, ampliaciones y/o actualizaciones que se practiquen durante su vigencia. Los vehículos y/u otro medio de locomoción que no cumplan con lo exigido serán retirados del servicio hasta tanto regularicen su situación.
Los conductores de los vehículos de transporte del personal del ADJUDICATARIO sean propios o subcontratados por el mismo, deberán tener su licencia de conductor en concordancia con el tipo de vehículo que conduzcan en plena vigencia, pudiendo ser sometidos a pruebas de aptitud cuando se lo considere pertinente.
D) Normas Internas
No se permite el consumo de bebidas alcohólicas en ningún área de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx.
Se prohíbe fumar en áreas determinadas de la obra o de la prestación del servicio de que se trate definiendo la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx las áreas delimitadas donde estará permitido hacerlo.
Está prohibido el ingreso o consumo de comestibles y bebidas a las áreas de trabajo circunscribiéndolo a los comedores o áreas preestablecidas entre ADJUDICATARIO y la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx.
El agua para beber será provista en forma continua en la modalidad y forma que acuerden las partes.
Se prohíbe la utilización de elementos y accesorios (bufandas, pulseras, cadenas, corbatas, etc.) que puedan significar un riesgo adicional en la ejecución de las tareas. El cabello, en su caso deberá ser recogido o cubierto.
Queda prohibido el uso de radios y/u otro tipo de reproductores de sonido, tanto sean colectivos, como individuales en áreas de obra o de prestación del servicio.
E) Responsabilidades del ADJUDICATARIO
El ADJUDICATARIO es responsable por cualquier empleado que trabaje para él y toda otra persona que dependa de él o ejecute trabajos con o para él en la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx.
En el área de prestación del servicio habrá en forma permanente un representante del ADJUDICATARIO autorizado por éste para actuar en su nombre en casos de emergencia por motivos de trabajo, personal o equipos del mismo.
El representante del ADJUDICATARIO hará conocer su domicilio particular y número de teléfono a la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx a efectos de poder ser ubicado cuando sea necesario.
Orden y Limpieza en los lugares de trabajo
El ADJUDICATARIO está obligado a mantener el orden y la limpieza en los lugares en que efectúa sus tareas. Cercará las áreas de acceso restringido.
Todo desperdicio generado será acumulado y evacuado en plazos perentorios o cuando la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx lo indique, por cuenta y riesgo del ADJUDICATARIO, en los lugares apropiados bajo directivas de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx siendo condición indispensable su total eliminación para dar final de obra o la recepción definitiva del servicio.
Uso de Máquinas y herramientas de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx.
Al ADJUDICATARIO le está vedado el uso de máquinas y herramientas de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx salvo expresa autorización del mismo.
Conexiones
Toda conexión (eléctrica, de gas, hidráulica, etc.) debe ser supervisada y autorizada por la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx.
Carteles Indicadores
Los carteles indicadores existentes en la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx deben ser respetados.
Sogas y Cables metálicos
Las sogas y cables metálicos deben ser los adecuados para el tipo de carga y operación, debidamente homologados, aprobados y supervisados por la autoridad competente, como así también por la Dirección de Seguridad e Higiene de la HCDN.
Accidente de Trabajo
Transcurridas no más de 24 horas de producido cualquier accidente en el área de la obra o de prestación del servicio “in itínere” al personal del ADJUDICATARIO o algún tercero donde se hallen implicados personal, materiales o equipos del ADJUDICATARIO, éste deberá brindar un informe detallado del mismo a la Comisión Bicameral Administradora del Edifico xxx Xxxxxx. En caso de accidente de personal del ADJUDICATARIO, será de su exclusiva responsabilidad realizar todo trámite que fuera necesario ante su ART en concordancia con lo establecido en la Ley 24557 y cualquier otro procedimiento de acuerdo a lo establecido en las leyes vigentes.
Incidente de trabajo
Asimismo, será responsabilidad del ADJUDICATARIO informar a la Comisión Bicameral Administradora del Edifico xxx Xxxxxx dentro de las 24 hs de ocurrido el mismo, cualquier incidente con la potencialidad tal de convertirse en un accidente o que haya causado daños considerables a equipos o instalaciones tanto sea de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx como propias.
Investigación de Accidentes/Incidentes
Los accidentes e incidentes que lo ameriten, en razón de su gravedad o potencialidad a juicio de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx serán investigados por un comité conformado por personal técnico y del área de Higiene y Seguridad del ADJUDICATARIO y de la Comisión Bicameral Administradora del Edifico xxx Xxxxxx.
F) Seguridad e Higiene
Este apartado constituye un resumen de las reglas de prevención de accidentes y procedimientos seguros de aplicación para quienes trabajan en una obra o en un servicio solicitado por la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx teniendo como propósito principal evitar accidentes que puedan resultar en lesiones a personal del ADJUDICATARIO, personal de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx o terceros, e incidentes que puedan producir daños a la propiedad o equipos.
Toda situación particular y no prevista en esta Norma deberá ser analizada bajo el marco del decreto 911/96 y contar con la aprobación de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx.
Andamios y Silletas
Se prohíbe utilizar tambores, cajones, bloques u objetos inestables como soportes de las plataformas de trabajo o andamios.
Los andamios deben tener parantes con patas seguras (adecuada superficie de apoyo) para evitar que se asienten o hundan en caso de estar apoyados sobre el terreno.
El acceso a las plataformas de trabajo debe ser seguro, prohibiéndose escalar usando los parantes: Se prohíbe el uso de escaleras portátiles para andamios con alturas de tres metros (3 mts.) o mayores. Si fueran usadas deben colocarse a un ángulo aproximado de setenta y cinco grados (75°) de la horizontal y perfectamente aseguradas en el tope de la plataforma.
En general y para todo tipo de andamio se preferirán las escaleras fijas.
Si se utiliza un andamio metálico debe asegurarse de apretar bien las tuercas.
Los tablones usados para andamios serán bien seleccionados y de tipo especial. Se deben adecuar al propósito de uso en cada caso sus medidas nominales mínimas serán: cinco centímetros (5 cm.) de espesor y una plataforma de trabajo de (0,60m).
Los tablones para andamios no deben pintarse, ya que la pintura puede ocultar fallas estructurales. Para su conservación debe aplicarse una mano de aceite.
No se permitirá el almacenamiento en andamios y deberán eliminarse al fin de cada jornada las herramientas, materiales y desperdicios. Los andamios deben quedar sin carga de ninguna naturaleza. Durante las operaciones la acumulación de estos elementos se reducirá al mínimo.
Toda vez que se realicen trabajos en altura se debe cercar convenientemente la zona aledaña con carteles o cinta de peligro alertando sobre la presencia de personal efectuando tareas de este tipo.
Se recomienda igualmente por cuestiones de seguridad, en los casos que sean posibles, la utilización de silletas para los trabajos que deban realizarse en altura.
Andamios Colgantes
Es sumamente importante el tipo y modo de anclaje del que está suspendido el andamio, se lo inspeccionará cuidadosamente en cuanto a la construcción y resistencia acorde al tipo de trabajo.
El andamio debe someterse a una prueba que consiste en elevarlo a treinta centímetros (30cm) del suelo y sobrecargarlo con (4) cuatro veces la carga normal de trabajo.
Todos los cables y sogas serán sometidos a una inspección minuciosa previa a su uso.
Equipos y elementos de seguridad
El ADJUDICATARIO está obligado a proveer a su personal el equipo y elementos de seguridad necesarios para los trabajos. La calidad de los mismos deberá cumplir con lo especificado por la Ley 19587, su decreto reglamentario 351/79 y el decreto 911/96 específico para la Industria de la Construcción y las normas IRAM que correspondan.
Los elementos de protección personal deberán cubrir las siguientes áreas según las tareas a realizar y los riesgos emergentes de las mismas:
-Cascos de Seguridad
-Protección Ocular
-Protección Auditiva
-Protección Respiratoria
-Protección de miembros inferiores (zapatos de seguridad, botas, etc.)
-Protección de miembros superiores (guantes, mitones, etc.)
-Protección de caídas (cinturón de seguridad, arnés, etc.)
-Protección del tronco (trajes especiales, delantales, etc.)
-La vestimenta será la adecuada al clima y medio en el cual se desarrolla la obra y/o servicios.
-Prevención y Protección contra Incendios
Será exclusiva responsabilidad del ADJUDICATARIO la provisión, así como el control periódico para asegurar su perfecto funcionamiento, de los elementos portátiles de extinción que correspondan, en tipo y cantidad según la magnitud del riesgo que implique la obra y/o servicio.
Es responsabilidad del ADJUDICATARIO no solo contar con los elementos adecuados para la extinción de posibles incendios, sino tomar todas las medidas correctivas y preventivas para evitar que estos se produzcan.
Se prohíbe el almacenamiento o transporte de combustibles líquidos en condiciones que configuren peligro de derrames o de inflamabilidad. El uso de los mismos estará supeditado a la autorización del personal idóneo de la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx.
Se evitará en lo posible el uso de herramientas o equipos que puedan generar chispas.
Se prohíbe el uso de artefactos o equipos de llama abierta excepto en casos específicamente autorizados por la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx.
G) Legajo Técnico
Como consecuencia del artículo 20 del decreto 911/96 y del artículo 3º de la resolución 231/96 el ADJUDICATARIO preparará y presentará a la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx a partir del inicio de la obra y/o la prestación del servicio tantas veces como este último lo considere necesario, a fin de verificar los avances y cumplimientos en el área de Higiene y Seguridad en el Trabajo, el Legajo Técnico según los requerimientos de los artículos arriba citados. Además de estar debidamente rubricado por el Responsable de Higiene y Seguridad del ADJUDICATARIO se completará con la siguiente documentación.
a) Memoria descriptiva de la obra y/o servicio.
b) Programa de Prevención de Accidentes y Enfermedades Profesionales de acuerdo a los riesgos previstos en cada etapa de obra y/o de prestación del servicio (se lo completará con planos o esquemas si fuera necesario).
c) Programa de Capacitación al personal en materia de Higiene y Seguridad.
d) Registro de Evaluaciones efectuadas por el Servicio de Higiene y Seguridad, donde se asentarán las visitas y las mediciones de contaminantes.
e) Organigrama del Servicio de Higiene y Seguridad
f) Plano o esquema xxx xxxxxxx y servicios auxiliares.
h) Programa de Seguridad.
En cumplimiento de lo requerido según la Resolución 51/97 de la SRT el ADJUDICATARIO presentará a la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx, si así corresponde por las características de la obra y/o del servicio o a juicio de su ART, el Programa de Seguridad cuyo contenido será en coincidencia con lo expresado en el Anexo I del decreto citado.
Dicho Programa deberá contar con la aprobación de la ART del ADJUDICATARIO y la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx será informada cada vez que la ART realice una visita de verificación en cumplimiento del Mecanismo de Verificación incluido en el decreto de referencia. Lo antedicho se materializará a través de la recepción de una copia del informe o constancia, la cual será entregada a la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx por el ADJUDICATARIO dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de producida la visita de verificación.
H) Responsabilidad del Área de Higiene y Seguridad en el Trabajo
Al momento de dar inicio a la obra y/o la prestación del servicio el ADJUDICATARIO informará por escrito a la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx los datos del responsable del Área de Higiene y Seguridad en el Trabajo para la misma, independientemente de que este sea propio o el servicio le sea brindado a través de un tercero. Asimismo, informará a la Comisión Bicameral Administradora del Edificio xxx Xxxxxx cada vez que se produzca un reemplazo del profesional citado.