CONTRATO DE HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS (VERSIÓN PÚBLICA)
CONTRATO DE HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS (VERSIÓN PÚBLICA)
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL H. AYUNTAMIENTO DE SAN XXXX POTOSÍ, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. XXXXX XXXXX XXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE OFICIAL MAYOR, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL AYUNTAMIENTO”; Y POR LA OTRA PARTE, POR SUS PROPIOS DERECHOS, X. XXXXX XXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO “EL PRESTADOR”:
PRESTADOR: XXXXX XXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX | PUESTO: AUXILIAR C | SUELDO MENSUAL: $5,420.00 | DIRECCIÓN: DESARROLLO SOCIAL | TEMPORALIDAD DEL CONTRATO: 1 DE ENERO DE 2019 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 |
ELIMINADOS: 1; 2, 2.1, 2.2, 2.3, 2.4 y 2.5; 3 | ||||
O B L I G A C I O N E S C O N T R A C T U A L E S | ||||
CLAÚSULAS DE AYUNTAMIENTO | CLAÚSULAS DE PRESTADOR | |||
PRIMERA.‐ “EL AYUNTAMIENTO”, requiere que “EL PRESTADOR” realice los servicios personales independientes obligándose este a prestarlos sin que implique subordinación laboral, debido a la naturaleza del presente contrato, mismo que se celebra bajo el régimen de honorarios asimilables a salarios, en los términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en virtud de que “EL PRESTADOR” decide optar por dicho régimen, y reconoce que no existe subordinación puesto que no estará a disposición de “EL AYUNTAMIENTO” durante una jornada, si no que la prestación del servicio la realizará en su propio tiempo y con sus propios elementos. | TERCERA. ‐ El presente contrato se firma por el periodo indicado y podrá ser renovado por las partes, quedando sujeta a la disponibilidad presupuestal correspondientes, motivo por el cual, al término de la vigencia pactada, “EL PRESTADOR” se obliga a dejar de prestar los servicios contratados. CUARTA. ‐ “EL PRESTADOR” se obliga a cumplir todas y cada una de las cláusulas del presente contrato, así como los servicios para los que se le contrata y en caso de incumplimiento será responsable de los daños y perjuicios que cause a “EL AYUNTAMIENTO”. A efecto de determinar lo anterior, “EL AYUNTAMIENTO” tendrá la facultad en todo momento de revisar los servicios prestados a través de la Dirección que estime conveniente. QUINTA. ‐ “EL PRESTADOR” se obliga a no divulgar por ningún medio, la información a que tenga acceso o bien se genere en virtud del presente contrato, sin autorización expresa de “EL AYUNTAMIENTO”. | |||
SEGUNDA. ‐ “EL AYUNTAMIENTO” cubrirá a “EL PRESTADOR”, por los servicios que se contratan y bajo la modalidad de honorarios asimilables a salarios, por la cantidad mensual indicada, menos las respectivas deducciones de impuestos. Cantidad que le será cubierta en moneda de curso legal, solicitando “EL PRESTADOR” que le sea cubierta bajo el concepto de honorarios asimilables a salario por así convenir a sus intereses y podrá ser cubierta a través de tarjeta de débito, que “EL PRESTADOR” proporcione a “EL AYUNTAMIENTO” para tal efecto. “EL PRESTADOR” no podrá exigir mayor retribución por ningún otro concepto. Dichos honorarios se encuentran gravados bajo el régimen fiscal de honorarios asimilables a salarios, establecidos por la Ley del Impuesto Sobre la Renta y no causarán Impuesto al Valor Agregado, de conformidad con la citada Ley. SEXTA. ‐ Se pacta en forma expresa que “EL AYUNTAMIENTO”, podrá rescindir el presente contrato de prestación de servicios, sin necesidad de declaración judicial, con el sólo requisito de comunicar su decisión por escrito a “EL PRESTADOR” en los siguientes casos. a) Si “EL PRESTADOR” no ejecuta los servicios de acuerdo con los datos y especificaciones acordados, sujetándose a la más estricta reserva por cuanto a la información a la que tenga acceso. b) Si “EL PRESTADOR” suspende la ejecución de los servicios a que se obliga, por más de tres días en un periodo de 30 días naturales. c) Si “EL PRESTADOR” no ejecuta fielmente o modifica los servicios que “EL AYUNTAMIENTO” le ha contratado y que este no acepte por deficientes. d) Si “EL PRESTADOR” no entrega o ejecuta los servicios objeto del presente contrato en el plazo indicado. e) Si “EL PRESTADOR” no permite la revisión de los servicios prestados. f) Si “EL PRESTADOR” cede o subcontrata la totalidad o parte de los servicios contratados. g) Si “EL PRESTADOR” incurre en conductas inadecuadas a juicio de “EL AYUNTAMIENTO”. | ||||
R E S P O N S A B I L I D A D E S D E L A S P A R T E S | ||||
SÉPTIMA. ‐ “LAS PARTES” pactan que el presente contrato podrá darse por terminado anticipadamente, mediante escrito con 10 días de antelación a la fecha en que se desee dar por terminado; será también causa de terminación anticipada, sin necesidad de declaración judicial la enfermedad permanente, incapacidad o muerte de “EL PRESTADOR”. OCTAVA. ‐ Este contrato constituye el acuerdo completo entre las partes en relación con el objeto de este y deja sin efecto cualquier contrato previo. “LAS PARTES” acuerdan que la liquidación parcial o total de los servicios no implica la aceptación de estos, por lo tanto “EL AYUNTAMIENTO” se reserva expresamente el derecho de reclamar los servicios faltantes o mal ejecutados, así como se reserva las acciones por el pago de lo debido. NOVENA. ‐ “LAS PARTES” en alcance del o anterior convienen que llegado el caso de que se surgieran discrepancias entre lo establecido en las cláusulas del presente contrato y el contenido de los documentos que se relacionen con el mismo, prevalecerá lo asentado en el clausulado de este contrato, en este sentido, es pacto expreso de las mismas que el presente contrato no da pauta u origen a relación laboral alguna entre los celebrantes, dada la naturaleza de la contratación y que en su celebración no existe error, dolo, lesión ni vicio alguno del consentimiento, que pudiese motivar la nulidad ya sea absoluta o relativa del presente contrato. DÉCIMA. ‐ “LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para el cumplimiento del presente contrato, a todas y cada una de las cláusulas de este, así como a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establecen el Código Civil, el Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de San Xxxx Potosí y el Código de Comercio, por la naturaleza del contrato, en lo que sean aplicables dichas disposiciones. DÉCIMA PRIMERA. ‐ Para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo “LAS PARTES” se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Civiles competentes de la ciudad de San Xxxx Potosí, renunciando al fuero que por razón del domicilio presente o futuro de “EL PRESTADOR” pudiera corresponderle. | ||||
O B S E R V A C I O N E S El presente corresponde a un extracto fiel del Contrato de Honorarios Asimilables a Salarios, el mismo contiene únicamente los datos públicos del prestador aquí señalado, lo anterior con fundamento en los Artículos 3 Fracciones XVII, XXXVII, 23, 82 Fracción I, VI, 83, 125, 138 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Xxxx Potosí, 2 Fracción IV, IX, 23, 24, 50 y 52, del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Municipio y según lo establecido los Lineamientos Generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas. |
Leída la presente versión, enteradas las partes e impuestas de su contenido y consecuencias legales lo firman en la ciudad de San Xxxx Potosí, el día 1 DE ENERO DE 2019.
“EL AYUNTAMIENTO” “TESTIGO”
LIC. XXXXX XXXXX XXXXXXXX OFICIAL MAYOR
“PRESTADOR”
LIC. XXXXXXX XXXXX XXXXXXX DIRECTORA DE RECURSOS HUMANOS
XXXXX XXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX
Versión Pública de información clasificada como confidencial de la contenida dentro del contrato del prestador de servicios profesionales por honorarios, cabe señalar que el presente contrato en su versión original consta de 03 tres fojas útiles.
Fundamentación para versión Pública de información clasificada como CONFIDENCIAL.
Se eliminan 3 rubros los cuales contienen:
Eliminado 1.‐ 1(CONSISTENTE EN LA NACIONALIDAD DEL PRESTADOR DE SERVICIOS POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS).
Eliminado 2, 2.1; 2.2; 2.3; 2.4 y 2.5‐ 2(CONSISTENTE EL NÚMERO DE DÍA EN QUE NACIÓ EL PRESTADOR DE SERVICIOS POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS), ELIMINADO
2.1 (CONSISTENTE EN EL MES EN QUE NACIÓ EL PRESTADOR DE SERVICIOS POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS), ELIMINADO 2.2 (CONSISTENTE EN AÑO EN QUE NACIÓ EL PRESTADOR DE SERVICIOS POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS), ELIMINADO 2.3 (CONSISTENTE EN EL SEXO DEL PRESTADOR DE SERVICIOS POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS), ELIMINADO 2.4 (CONSISTENTE EN EL ESTADO CIVIL DEL PRESTADOR DE SERVICIOS POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS); ELIMINADO 2.5 (CONSISTENTE RFC DEL PRESTADOR DE SERVICIOS POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS).
Eliminado 3‐ 3(CONSISTENTE EN EL NOMBRE DE LA CALLE, NÚMERO Y COLONIA EN LA QUE VIVE EL PRESTADOR DE SERVICIOS POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS).
FUNDAMENTACIÓN: ATENDIENDO AL CONTENIDO DE LOS ARTÍCULOS 3 FRACCIONES XVII, XXXVII, 23, 82 FRACCIÓN I, VI, 83, 125, 138 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ, 2 FRACCIÓN IV, IX, 23, 24, 50 Y 52, DEL REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO.
MOTIVACIÓN: SE REALIZA LA VERSIÓN PUBLICA LA CONTENIDA DENTRO DE LOS CONTRATOS DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS PROFESIONALES POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS QUE SE GENEREN EN EL PERIODO DEL 01 DE ENERO DEL 2019 AL
31 DE DICIEMBRE DEL 2019, POR CONTENER DATOS PERSONALES LOS CUALES SON CLASIFICADOS COMO CONFIDENCIALES, TODA VEZ QUE SUJETAN INFORMACIÓN RESPECTO DEL ACTUAR DE UNA PERSONA DETERMINADA, QUE PUEDEN SER IDENTIFICADO, SIENDO ENTONCES NO SUSCEPTIBLES DE SER ENTREGADO A TERCEROS DISTINTOS DE SU TITULAR SALVO CONSENTIMIENTO EXPRESO DEL MISMO, POR TANTO SE EMITE VERSIÓN PÚBLICA.
I.FECHA DE SESIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA | 07 DE NOVIEMBRE DE 2018 |
II.NOMBRE DEL ÁREA | OFICIALÍA MAYOR / DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS |
III.PALABRA RESERVADA O CONFIDENCIAL | “ELIMINADO” |
IV.LAS PARTES O SECCIONES RESERVADAS DE CONFIDENCIALES | Eliminado 1.‐ 1(CONSISTENTE EN LA NACIONALIDAD DEL PRESTADOR DE SERVICIOS POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS). Eliminado 2, 2.1; 2.2; 2.3; 2.4 y 2.5‐ 2(CONSISTENTE EL NÚMERO DE DÍA EN QUE NACIÓ EL PRESTADOR DE SERVICIOS POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS), ELIMINADO 2.1 (CONSISTENTE EN EL MES EN QUE NACIÓ EL PRESTADOR DE SERVICIOS POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS), ELIMINADO 2.2 (CONSISTENTE EN AÑO EN QUE NACIÓ EL PRESTADOR DE SERVICIOS POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS), ELIMINADO 2.3 (CONSISTENTE EN EL SEXO DEL PRESTADOR DE SERVICIOS POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS), ELIMINADO 2.4 (CONSISTENTE EN EL ESTADO CIVIL DEL PRESTADOR DE SERVICIOS POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS); ELIMINADO 2.5 (CONSISTENTE RFC DEL PRESTADOR DE SERVICIOS POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS). Eliminado 3‐ 3(CONSISTENTE EN EL NOMBRE DE LA CALLE, NÚMERO Y COLONIA EN LA QUE VIVE EL PRESTADOR DE SERVICIOS POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS). |
V.FUNDAMENTO LEGAL | ARTÍCULOS 3 FRACCIONES XVII, XXXVII, 23, 82 FRACCIÓN I, VI, 83, 125, 138 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ, 2 FRACCIÓN IV, IX, 23, 24, 50 Y 52, DEL REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO. |
VI.PERIODO DE RESERVA | XXX |
VII.RÚBRICA DEL TITULAR DEL ÁREA |