PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EJECUCIÓN DE CONTROLES ANALÍTICOS EN DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES EN CASTILLA Y LEÓN
PROCEDIMIENTO: ABIERTO SIN VARIANTES Nº EXPEDIENTE: CS/2014/15
Cuadro resumen de las características del contrato
1.- OBJETO DEL CONTRATO
Servicio de Ejecución de Controles analíticos en Depuradoras de Aguas Residuales en Castilla y León”.
Código CPV: 71800000.
2.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA Excluido)
174.132 € IVA no incluido.
3.- CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA
No procede.
4.- PLAZO
12 meses
5.- VARIANTES
No se admiten Variantes
6.- GARANTÍA PROVISIONAL
No se requiere
7.- GARANTÍA DEFINITIVA
Hasta el 10 % Importe de Adjudicación SIN IVA
8.- GASTOS DE PUBLICIDAD
Por cuenta del adjudicatario.
ÍNDICE
▪ I.- DISPOSICIONES GENERALES
1. - OBJETO DEL CONTRATO
2. – JUSTIFICACIÓN
3. - PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
4. - PLAZO DE EJECUCIÓN
▪ II. – BASES DE LA LICITACIÓN Y ADJUDICACIÓN
5. – PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
6. – CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL EMPRESARIO
7. – ACREDITACION DE SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
8. - PRESENTACIÓN DE OFERTAS
9. - GARANTIA PROVISIONAL
10. - CONTENIDO DE LAS OFERTAS
11. – CALIFICACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
▪ III. – FORMALIZACION DEL CONTRATO
12. - GARANTIA DEFINITIVA
13. - DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
▪ IV. – DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
14. - OBLIGACIONES Y GASTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA.
15. - ABONOS AL CONTRATISTA.
16. - SUBCONTRATACIÓN
17. – IMPUESTOS
▪ V. – MODIFICACIONES DEL CONTRATO
18. – MODIFICACIONES DEL CONTRATO DE SERVICIOS
▪ VI. - CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
19. – TERMINACIÓN DEL SERVICIO
20. - CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
▪ VII - EXTINCIÓN DEL CONTRATO
21.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
▪ VIII - RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
22. - REGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS
I. - DISPOSICIONES GENERALES
1. - OBJETO DEL CONTRATO
El contrato tendrá por objeto la prestación del “Servicio de Ejecución de Controles analíticos en Depuradoras de Aguas Residuales en Castilla y León”.
Código CPV: 71800000.
El objeto y alcance de los trabajos a realizar se especifican en el documento adjunto: Pliegos de Prescripciones Técnicas Particulares para el servicio.
2. – JUSTIFICACIÓN
2.1. – Justificación de su necesidad e idoneidad
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, la celebración del presente contrato proyectado, se justifica por la necesidad de prestar el servicio de “Realización de los controles analíticos de las distintas Depuradoras de Aguas Residuales de Castilla y León” y esto dado que la Directiva del Consejo 91/271/CEE, de 00 xx xxxx xx 0000, xxxxx xx xxxxxxxxxxx xx xxx xxxxx residuales urbanas, establece que se deben controlar los vertidos de las instalaciones de tratamiento de aguas residuales urbanas para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos por esa norma y con arreglo a los procedimientos contenidos en ella.
Esta misma Directiva señala en su artículo 16 que “Sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en el Directiva 90/313/CEE del Consejo, de 7 xx xxxxx de 1990, sobre libertad de acceso a la información en materia de medio ambiente, los Estados miembros velarán por que las autoridades u organismos correspondientes publiquen cada dos años un informe de situación sobre el vertido de aguas residuales urbanas y de lodos en su zona. Los Estados miembros cursarán dichos informes a la Comisión tan pronto como se publiquen”.
La elaboración de este informe es realizado por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, con la colaboración de las Comunidades Autónomas, que son las encargadas de suministrar la información en cuanto a la conformidad o no del funcionamiento de las instalaciones existentes en su territorio, a partir de los controles realizados.
Según se señala en esta norma europea el control debe realizarse a partir de 2.000 habitantes equivalentes. Las instalaciones de este tamaño en funcionamiento en Castilla y León son en este momento 144.
La Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León, S.A. (en adelante la SOCIEDAD) asume, entre otras actuaciones que constituyen su objeto social, “la realización de todo tipo de trabajos, obras, estudios, informes, proyectos, dirección de obras, consultorías, asistencias técnicas y servicios relacionados con la promoción, protección, conservación, regeneración o mejora del medio ambiente, en los ámbitos del medio natural, de la calidad ambiental y de las infraestructuras ambientales…” y así, en su desarrollo, desarrolla servicios de controles analíticos de las depuradoras, lo que se corresponde con el objeto del presente contrato.
El contrato definido tiene la calificación de contrato de servicios, tal y como establece el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
2.2. – Justificación de la elección del procedimiento
La forma de adjudicación de este contrato de servicios será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el art. 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
3. - PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
El Presupuesto Base es de:
174.132 € IVA no incluido.
En este importe están incluidos, los Gastos Generales, el Beneficio Industrial, el Control de Calidad, los costes de las medidas que se hayan de adoptar en materia de seguridad y salud durante la prestación del servicio, y los que vienen recogidos en el Apartado 14 de estas Bases.
La oferta económica presentada no podrá ser nunca superior al presupuesto base de licitación. El presupuesto de este contrato ha sido determinado a tanto alzado.
4. - DURACIÓN DEL CONTRATO
4.1. - El plazo de duración del contrato es de 1 año, que comenzará a contarse desde el día siguiente a la formalización del acta de inicio de los trabajos.
4.2. - En todo caso el plazo de inicio de la ejecución del contrato no podrá ser superior a dos meses desde la fecha de adjudicación, quedando resuelto el contrato en caso contrario, salvo que el retraso se debiera a causas ajenas a la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León S.A., en adelante LA SOCIEDAD, y al CONTRATISTA.
II. – BASES DE LA LICITACIÓN Y ADJUDICACIÓN
5. – PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación se realizará mediante procedimiento abierto de acuerdo con los siguientes criterios de adjudicación:
Criterio | Puntuación | Ponderación | |||
Criterios Directos 80 Puntos | Oferta económica | De 0 puntos | a | 80 | Se valorará según la siguiente fórmula: |
80*B P= Bmax | |||||
Donde: | |||||
- P. Puntuación - B: Baja de oferta a valorar en % - Bmax: Baja Máxima no incursa en temeridad, en %. | |||||
Criterios Evaluables 20 Puntos | Proceso de desarrollo del servicio | De 0 puntos | a | 10 | Se valorara la idoneidad de la planificación de los trabajos, así como su metodología. Procedimiento, plan de muestreo y comunicación. |
Criterios Puntos | Ficha de muestreo y procedimiento de trabajo | De 0 puntos | a | 10 | Se valorará la ficha de muestreo así como el procedimiento de trabajo en Laboratorio y Oficina. |
Evaluables
20
Cálculo de la oferta económica global: las ofertas cuya baja supere en más de 10 puntos porcentuales la baja media, se considerarán incursas en presunción de temeridad. A las empresas incursas en presunción de temeridad se les requerirá la justificación de su oferta en los términos previstos en la Ley y el Reglamento de Contratos del Sector Público. A las ofertas en las que finalmente el Órgano de Contratación aprecie temeridad no se les asignará puntuación en el criterio “Oferta Económica Global”.
No se tendrán en cuenta para el cálculo de la temeridad las ofertas con menos de un 5% de baja
Empresas del mismo grupo: a efectos del cálculo de la baja media relativa a la presunción de temeridad, sólo se tendrá en cuenta la oferta más barata de las realizadas por empresas de un mismo grupo, estén o no en Unión Temporal de Empresas.
6. – CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL EMPRESARIO
Podrán concurrir a la adjudicación del contrato las personas físicas o jurídicas que desarrollen una actividad que tenga una relación directa con el objeto del contrato, dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica en los términos y formas exigido en los puntos 7 y 10 de este Pliego.
7. – ACREDITACION DE SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
Acreditación de la Solvencia Técnica exigida:
Título de Entidad Colaboradora de la Administración Hidráulica (ECAH) en materia de control de vertidos de aguas residuales expedido por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Acreditación de la Solvencia Económica y Financiera
- La acreditación de la solvencia económica y financiera se realizará mediante declaraciones apropiadas de entidades financieras.
- La acreditación de tener beneficio contable positivo antes de impuestos en el ejercicio, mediante la presentación de la última declaración del Impuesto de Sociedades (ejercicio 2012 o 2013), o impuesto análogo para el caso de ofertantes extranjeros.
8. - PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las ofertas se presentarán en el Registro de LA SOCIEDAD, sito en cañada Real 306. 47008 Valladolid, teléfono 000 000000, página web xxx.XX XXXXXXXX.xx/, de 9 a 14 horas de lunes a viernes, antes de la fecha y hora límite de presentación indicada en el anuncio de licitación. Las ofertas se presentarán en mano o por correo.
Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax en el mismo día. En todo caso las ofertas por correo deberán recibirse en el plazo máximo de 10 días posteriores a la fecha de presentación.
Se considerará medio válido de comunicación entre el poder adjudicador y los ofertantes, además del fax o correo certificado, el correo por medios electrónicos. A tal efecto, los ofertantes incluirán una dirección de correo electrónico válida y con acuse de recibo.
Previa a la presentación de la oferta, el OFERTANTE, podrá examinar este Pliego y el Proyecto en el lugar y hora que se expresen en el anuncio de la licitación, pudiendo obtener cuantas aclaraciones fueran precisas mediante consulta telefónica en el número y dirección que se establece en el primer párrafo de este apartado.
9. - GARANTIA PROVISIONAL
No se requiere
10. - CONTENIDO DE LAS OFERTAS
10.1. - La presentación de ofertas presume la aceptación incondicional de estas cláusulas sin salvedad alguna y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con LA SOCIEDAD.
10.2. - Las ofertas deberán presentarse dentro de un único sobre cerrado, identificado con el nombre de la empresa, dirección postal, teléfono, fax y dirección de correo electrónico, que contendrá a su vez tres sobres cerrados (1, 2 y 3) con el contenido que se indica a continuación, así como oficio con nombre de la empresa, licitación a la que se presenta y relación de documentación aportada. En todos los sobres se indicará de forma legible el número de expediente, el objeto del contrato, el nombre completo de la empresa, sociedad o particular que formule la oferta y su dirección. También se indicará de forma legible el número y título del sobre.
10.3. - Los sobres deberán ir firmados por el representante legal.
10.4. - LA SOCIEDAD podrá excluir las ofertas cuyos Sobres números 1, 2 y 3 no incluyan la documentación exigida.
10.5. - LA SOCIEDAD excluirá las ofertas que contengan salvedades a la aceptación de algún punto de este Pliego.
10.6. - Los OFERTANTES no podrán suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho a título individual, ni tampoco podrá figurar en más de una unión temporal.
A continuación se expone el contenido de los tres sobres a presentar:
SOBRE NÚMERO 1:
TITULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”
De acuerdo con lo previsto en el artículo 146.4º del RDL 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el TRLCSP, en su redacción dada por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la aportación inicial de la documentación contenida en el Sobre nº 1, es decir, la Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y capacidad del empresario, el Certificado de la Clasificación exigida o equivalente en vigor, así como las Declaraciones responsables, se sustituirán, por acuerdo del órgano de contratación, por una única Declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. Se incorpora modelo de Declaración como Anexo II. Esta declaración se firmará por representante de la empresa debidamente facultado al efecto. En caso de presentación en U.T.E. se presentará una declaración por cada una de las componentes de tal Unión.
En el supuesto de que el licitador sea una U.T.E., deberá presentarse el correspondiente
compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas.
En caso de presentar esta declaración, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
CONTENIDO:
I.- Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y capacidad del empresario:
a) Si el oferente es persona física, el documento que acredite su personalidad, a través de copias autenticadas (para españoles: Documento Nacional de Identidad o documento que haga sus veces; para extranjeros: Xxxxxxxxx, Autorización de Residencia y Permiso de Trabajo).
b) Si el oferente es persona jurídica española deberá aportar escritura de constitución de la Sociedad o de la modificación de sus estatutos, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil (adaptada a la vigente Ley de Sociedades de Capital aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio), cuando este requisito fuese exigible conforme a la legislación mercantil que le fuere aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, o de modificación de Estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
c) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
d) Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
e) Esta documentación deberá presentarse obligatoriamente en documento original o copia legalizada ante Notario
f) Si el firmante de la proposición actúa en calidad de representante del OFERTANTE, deberá acompañarse el documento que acredite la personalidad de este representante (D.N.I. para españoles o documento que haga sus veces; pasaporte, autorización de
residencia y permiso de trabajo para extranjeros) y, además, poder que le habilite para concurrir en nombre del representado a la celebración del contrato.
II.- Las Acreditaciones pertinentes para la justificación de la Solvencia requerida.
III.- Declaraciones responsables, que comprendan lo siguientes extremos:
a) No estar incurso el empresario en ninguna de las circunstancias que prohíben contratar con la Administración, conforme a lo dispuesto en el Art. 60 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el TRLCSP. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar esta.
b) No existir deudas de naturaleza tributaria con la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León (Decreto 132/1996, de 00 xx xxxx, xx xx Xxxxx xx Xxxxxxxx x Xxxx.
c) No estar incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en ninguno de los supuestos de la Ley 6/1989, de 6 de octubre, de Incompatibilidades de los miembros de la Junta xx Xxxxxxxx y León y de otros cargos de la Administración de la Comunidad.
d) Declaración expresa responsable de la empresa licitadora relativa al grupo empresarial al que pertenece y relación compresiva de todas las Sociedades pertenecientes al mismo grupo, en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. En caso de no pertenecer a ningún grupo empresarial, la declaración se realizará en este sentido.
e) Manifestación por escrito de que en la oferta se han tenido en cuenta las disposiciones vigentes relativas a protección y condiciones de trabajo.
Cuando la acreditación de la personalidad jurídica y representación del empresario, así como la clasificación o solvencia de la empresa, se realice mediante la certificación de un Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, o mediante un certificado comunitario de clasificación, deberá acompañarse a la misma una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicatario, en el documento en que se formalice el contrato.
De conformidad con lo dispuesto en la Orden HAC/1.102/2007,de 31 xx Xxxx, por la que se regula el Registro de Licitadores de la Administración de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y León, los licitadores están dispensados de presentar la documentación que haya sido inscrita en el Registro y depositada en el mismo, siempre y cuando se encuentre debidamente actualizada. A estos efectos, se presentará en el SOBRE Nº 1, la correspondiente CERTIFICACIÓN DEL REGISTRO DE LICITADORES, expedida a solicitud del interesado en virtud de la regulación establecida en el artículo 10 de la mencionada norma.
En este caso, además, se deberá indicar el nombre y apellidos y copia del D.N.I. de la persona que haya firmado la proposición económica.
SOBRE NÚMERO 2:
TITULO: “DOCUMENTACIÓN EVALUABLE”
CONTENIDO:
La documentación técnica se entregará exclusivamente en formato electrónico, en un único archivo pdf. Las firmas en el mismo documento serán digitales mediante certificado o similar.
La oferta deberá responder claramente a cada uno de los apartados evaluables que figuran en el cuadro “Criterios de Adjudicación” y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
1.- Proceso de desarrollo del servicio. (Hasta 10 puntos)
Se valorará establecer una metodología para el muestreo y manipulación (conservación y transporte) de las muestras de aguas y aguas residuales, asegurando la integridad de las muestras desde su toma hasta la emisión del informe. (5 puntos)
Se valorará la cadena de vigilancia: Planificación y preparación del Muestreo, Toma de muestra, Llenado y Preservación, Etiquetado, Sellado, Conservación y Transporte, Registro y entrega al Laboratorio. (5 puntos)
.
Se valorara la idoneidad de la planificación de los trabajos, así como su metodología. Procedimiento, plan de muestreo y comunicación.
2.- Ficha de Xxxxxxxx y Procedimiento de trabajo (Hasta 10 puntos)
Se valorará la ficha de muestreo así como el procedimiento de trabajo en Laboratorio y Oficina.
Se valorará igualmente el sistema de calidad del Laboratorio Normas de análisis y Procedimientos
La última página contendrá un resumen de cada uno de los puntos que se valoran en la documentación técnica y en el cuadro “Criterios de Adjudicación” de la página 5.
El total del contenido del sobre 2 ascenderá a un máximo de 40 páginas A4 y 2 láminas A3. Las 40 páginas se entenderán en el sentido más estricto. No se valora la documentación complementaria.
SOBRE NÚMERO 3:
TITULO: “DOCUMENTACIÓN PARA EVALUACIÓN DIRECTA”
CONTENIDO
I.- Proposición económica formulada estrictamente conforme al modelo que figura como Xxxxx X de este Xxxxxx
No se tendrán por correctas ni válidas aquellas ofertas económicas que contengan cifras comparativas o expresiones ambiguas, aquellas que se presenten con enmiendas o raspaduras
que puedan inducir a duda racional sobre su contenido. En caso de discrepancia entre la cantidad expresada en letra y en cifra, se tendrá por correcta la consignada en letra.
La oferta económica deberá estar redactada en castellano y deberá estar firmada por el empresario o persona facultada para ello.
La presentación de las proposiciones presupone la aceptación incondicional, por parte del ofertante, del contenido xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas y Prescripciones Técnicas sin salvedad alguna.
El licitador estará obligado a mantener su oferta durante 6 meses a contar desde la fecha de apertura.
11. – CALIFICACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
11.1 - Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se constituirá la mesa de contratación, que procederá a la calificación de la documentación general presentada en tiempo y forma por los licitadores en el sobre nº 1.
11.2. - Si la mesa observase defectos materiales en la documentación presentada, lo comunicara a los interesados, verbalmente y por escrito, vía FAX, concediendo un plazo no superior a tres (3) días para que el licitador los corrija o subsane ante la propia mesa de contratación.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
Si se observaran discrepancias entre lo expuesto en la declaración del Anexo II y la situación real de la empresa, ésta será deudora de la indemnización en concepto de los daños y perjuicios ocasionados, que se valora en el 2% del presupuesto base de licitación excluido el IVA. Todo ello sin perjuicio de las acciones que por falsedad documental se pudieran deducir.
11.3. - La mesa de contratación, en acto público celebrado en el lugar, día y hora señalados en el anuncio de licitación, procederá a la apertura de las proposiciones técnicas.
11.4. - Tras el análisis, estudio y valoración de las ofertas técnicas admitidas, se elaborará un informe en el que se expresará la puntuación técnica obtenida por los licitadores en aplicación de los criterios existentes en el pliego. Este informe se elevará a la mesa de contratación con anterioridad al acto de apertura económica. La mesa de contratación, en el día y hora señalados en el anuncio, procederá en acto público a dar a conocer el resultado de la valoración técnica de las ofertas admitidas. A continuación se realizará la apertura de las ofertas económicas.
11.5. - En sesión convocada a tal efecto, la mesa de contratación, a la vista de las proposiciones económicas y demás circunstancias que hayan de tenerse en cuenta en la adjudicación, y en atención a los informes técnicos y asesoramientos correspondientes que estime oportuno solicitar, formulara la propuesta de adjudicación que incluirá, en todo caso, la ponderación de los criterios que se establecen en este Pliego, o bien propondrá que se declare desierto el concurso, sin que por ello tengan derecho los OFERTANTES a reclamación alguna, dentro de los 6 primeros meses desde la apertura.
El tratamiento de las Ofertas con valores anormales o desproporcionados se realizará según lo establecido en el artículo 152 del TRCSP y bajo los parámetros expuestos en el punto 4 “Criterios de Adjudicación”. Si bien, este procedimiento será previo al cálculo de la puntuación del criterio “Oferta Económica Global” y por tanto el valor del denominador “Bmax” será el de la oferta con la Baja Máxima de entre todas las aceptadas, es decir, que no haya sido rechazada por aplicación del procedimiento establecido u otro motivo previsto en la Ley o este Pliego.
Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, presenten distintas proposiciones para concurrir (en UTE o no) a la adjudicación de un contrato, se tomara únicamente, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas desproporcionadas o temerarias, la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de ofertas desproporcionadas.
En el caso de que dos o más de las proposiciones presentadas, admisibles conforme a los criterios establecidos en el presente Xxxxxx, obtuvieran idéntica puntuación, resultando las más ventajosas económicamente, será de aplicación lo dispuesto en el Apartado 2º de la Disposición Adicional Cuarta del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Mientras que si ninguna de las proposiciones presentadas, con idéntica puntuación, tuvieran en su plantilla trabajadores con discapacidad, será preferida la proposición de precio más bajo.
Finalmente si ambas proposiciones contuvieran idéntica oferta económica, dicho empate se resolverá de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 87.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, decidiéndose la adjudicación de éstas mediante sorteo.
11.6. - Una vez clasificadas las ofertas la SOCIEDAD requerirá al licitador con la mejor oferta para que en el plazo de 10 días hábiles, presente la siguiente documentación justificativa:
- Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y la capacidad del empresario y las Acreditaciones pertinentes para la justificación de la Solvencia requerida.
- Certificaciones acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo estipulado en la cláusula siguiente.
11.7. - Dentro de los plazos máximos establecidos en el artículo 151 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado mediante Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el órgano de contratación acordará, en resolución motivada, la adjudicación del contrato. Dictada la resolución pertinente, se procederá a su notificación a los candidatos o licitadores y a su publicación en el perfil de contratante del órgano de contratación.
III. – FORMALIZACION DEL CONTRATO
12. - GARANTIA DEFINITIVA
12.1. – Según el artículo 104 del TRLCSP la garantía definitiva se establece en el 10% del importe de adjudicación en atención a las características y circunstancias del contrato, y que se entregarán de la siguiente manera; con carácter previo a la formalización del contrato y en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde el siguiente a la notificación de la adjudicación, el ADJUDICATARIO entregará a LA SOCIEDAD, una garantía definitiva por un importe del 5% del importe de adjudicación excluido el IVA mediante aval bancario otorgado por Banco o Sociedad de Garantía, según modelo en el Anexo III. Posteriormente dicha garantía aumentará hasta un 10 % del total mediante retención del 5% en las facturas.
13. - DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
13.1. – Previamente a la formalización del contrato, el adjudicatario deberá presentar ante el órgano de contratación la documentación acreditativa de la personalidad y representación del firmante, presentando además escritura pública de constitución de la Unión de Empresarios y CIF asignado cuando el licitador sea una U.T.E.
13.2.- Si por causas imputables al ADJUDICATARIO, la garantía y certificados no se entregasen con anterioridad a la fecha señalada para formalizar el contrato, LA SOCIEDAD podrá acordar la resolución del mismo, y el pago por parte del adjudicatario de la indemnización en concepto de los daños y perjuicios ocasionados, que se valora en el 2% del presupuesto base de licitación excluido el IVA.
13.3. - Cumplidos los requisitos señalados en los apartados anteriores, y dentro del plazo máximo de treinta días naturales, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, se procederá a la formalización del contrato.
13.4. - El contrato podrá elevarse a escritura pública cuando lo solicite el CONTRATISTA, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. Igualmente serán a cuenta del ADJUDICATARIO los gastos y tributos de la formalización del contrato, así como cualesquier impuesto, tasas o arbitrios de índole estatal, autonómica o municipal, que pudieran gravar el contrato, y demás gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes.
13.5. - La falta de formalización del contrato por causas imputables al contratista producirá la invalidez de la adjudicación, y el pago por parte del adjudicatario de la indemnización en concepto de los daños y perjuicios ocasionados, que se valora en el 2% del presupuesto base de licitación excluido el IVA.
13.6.- El plazo total de ejecución del contrato será el reflejado en el Apartado 3, o el propuesto por la Empresa adjudicataria, de ser inferior y haber sido aceptado por LA SOCIEDAD.
IV. – DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
14. - OBLIGACIONES Y GASTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA.
14.1. - Serán de cuenta del CONTRATISTA el abono de los anuncios que se deriven de publicación de la licitación, incluidos los que se hagan en medios de comunicación, hasta un máximo de 2.000 €.
14.2. - El CONTRATISTA está obligado a gestionar cuantas autorizaciones administrativas o de otro tipo sean necesarias para la prestación del servicio, debiendo de abonar a su xxxxx todos los gastos que supongan dichas autorizaciones o permisos, figurando como titular de la autorización el sujeto que determine LA SOCIEDAD. Si la normativa aplicable exigiera algún documento o proyecto técnico para tramitar la autorización que corresponda será de cuenta del CONTRATISTA su elaboración sin que pueda repercutir los gastos a LA SOCIEDAD.
14.3. - Serán de cuenta del CONTRATISTA todos los gastos que se deriven cuando, a petición del CONTRATISTA, el contrato se formalice en escritura pública notarial.
14.4. - Si LA SOCIEDAD, como titular de las instalaciones, resultase responsable subsidiario de las obligaciones incumplidas por el CONTRATISTA o sustituto del contribuyente, al objeto de la ejecución del contrato y previo cumplimiento de la legislación vigente, podrá compensar las cantidades abonadas, de las que correspondan al CONTRATISTA por el servicio prestado.
14.5. - El CONTRATISTA está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia de Seguridad Social, de Prevención de Riesgos Laborales y de Seguridad y Salud en las obras de construcción, respecto a las que son objeto del contrato.
14.6. - El CONTRATISTA viene obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que no siendo públicos o notorios estén relacionados con el objeto del contrato de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo que el órgano de contratación, atendiendo a la naturaleza y circunstancias del contrato, no lo estime aconsejable.
14.7.- El CONTRATISTA está obligado a cumplir, en relación con las obras objeto de contratación, todas las obligaciones en materia de seguridad y salud en los términos previstos en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en el R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, en las disposiciones que desarrollan la normativa anterior, en los estudios de seguridad y salud que se incorporen al proyecto técnico de las obras objeto de contratación y en el Plan de seguridad y salud en el trabajo elaborado por el CONTRATISTA y aprobado por LA SOCIEDAD.
14.8.- El contrato quedará condicionado a la obtención de todas las licencias y permisos necesarios y en particular los de carácter medioambiental, y urbanístico para la adecuación de los terrenos necesarios para la ubicación de las instalaciones, entendiendo la adecuación al uso descrito por el momento en el que EL ADJUDICATARIO estuviera en disposición legal de proceder al inicio de la ejecución de las obras. Si no se obtuvieran los permisos, autorizaciones y licencias necesarias para ello, LA SOCIEDAD podrá resolver el contrato, en cuyo caso EL CONTRATISTA no tendrá derecho al abono de indemnización alguna.
14.9.- El CONTRATISTA está obligado a llevar a cabo las medidas e instrumentos de información y publicidad que correspondan por la naturaleza del contrato y que reglamentariamente vienen establecidas en la normativa comunitaria (Reglamento (CE) nº 1974/2006 de la comisión de 15 de diciembre de 2006).
15. - ABONOS AL CONTRATISTA
151. - El importe de los servicios prestados se facturará mensualmente por el CONTRATISTA conforme al número de analíticas realmente realizadas, de manera proporcional a la oferta sobre los precios base fijados en el PPTP.
15.2. - Se realizará una retención del 5 % en concepto de garantía adicional, sobre el importe de la factura, a devolver al mes siguiente de la terminación del contrato.
15.3. - Durante la vigencia del contrato y para efectuar el cobro del precio, el CONTRATISTA estará obligado a acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social. A tales efectos deberá aportar la certificación o certificaciones oportunas, con anterioridad al cumplimiento del plazo de validez de la última certificación presentada (6 meses a contar desde la fecha de su expedición).
15.4. – La forma de pago de la SOCIEDAD será a 30 días de la fecha factura con pago fijo el día 10 del mes siguiente. El medio de pago será Transferencia, Confirming, cheque o cualquier otro medio válido de pago. La SOCIEDAD podrá deducir o compensar de las facturas pendientes del CONATRATISTA aquellos cargos, gastos impuestos, o trabajos realizados por terceros correspondientes a la obra, previa comunicación y justificación al CONTRATISTA
16. - SUBCONTRATACIÓN
16.1. - Se permite al adjudicatario concertar con terceros la ejecución parcial del contrato hasta un máximo del 30 por 100 del importe de adjudicación.
16.2. - Para que la subcontratación tenga efectos frente a LA SOCIEDAD el CONTRATISTA deberá notificar por escrito a LA SOCIEDAD, el subcontrato a celebrar, con indicación de las partes a realizar por el SUBCONTRATISTA., la identidad, y la justificación de la aptitud de este para ejecutar la subcontratación por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia. En el caso que el subcontratista tuviera la clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación, la acreditación de esta circunstancia eximirá al contratista de la necesidad de justificar la aptitud de aquel.
16.3. - Los SUBCONTRATISTAS quedarán obligados solo ante el CONTRATISTA principal que asumirá por tanto la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a LA SOCIEDAD.
17. - IMPUESTOS
Tanto en las ofertas que formulen los OFERTANTES como en los presupuestos de adjudicación se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos, sin que, por tanto, puedan ser éstos repercutidos como partida independiente.
V - MODIFICACIONES DEL CONTRATO
18. -MODIFICACIONES DEL CONTRATO DE SERVICIOS
El CONTRATISTA no podrá introducir o ejecutar modificaciones en el contrato, sin la debida aprobación técnica por parte de LA SOCIEDAD de la modificación y del presupuesto resultante. En caso de discrepancias entre los términos de la oferta realizada por el ADJUDICATARIO y el Pliego de Prescripciones Técnicas, prevalecerá lo establecido en este.
En cuanto a las discrepancias de carácter técnico que puedan surgir entre las partes durante la ejecución del contrato y no queden resueltas de acuerdo al párrafo anterior, y mientras el contrato no se haya extinguido, se someterán al juicio exclusivo y dirimente de la persona designada a tal efecto por LA SOCIEDAD.
En aplicación de lo preceptuado en el artículo 20.2 del TRLCSP la modificación de los contratos privados se regirá por lo previsto en el artículo 105 y siguientes de la misma Ley. Así, se podrán realizar modificaciones al contrato cuando, aprobado por la persona responsable del contrato y el Órgano de Contratación,
- Se planteen variaciones en el número de muestras a realizar, al alza o a la baja en un porcentaje máximo del 15% del volumen total de muestras estimado en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
La tramitación de estas modificaciones se realizará mediante comunicación de la persona responsable del contrato al contratista, con la conformidad del Órgano de Contratación, en la que se constaten la circunstancia de entre las descritas que proceda. En el plazo de tres días hábiles el contratista manifestará lo que tenga por conveniente, tras lo cual y en el plazo de cinco días hábiles se firmará la modificación del contrato.
VI - CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
19. – TERMINACIÓN DEL SERVICIO
La terminación de los trabajos se entenderá realizada a la finalización del plazo del contrato.
20. - CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
La devolución y cancelación de la garantía definitiva, así como de las retenciones practicadas, se realizará una vez cumplido un año desde la recepción del servicio, si no resultaran responsabilidades que hubieran de ejercitarse.
VII - EXTINCIÓN DEL CONTRATO
21.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
21.1. - El contrato se extinguirá por conclusión del plazo; por ejecución del presupuesto máximo asignado; por cumplimiento, o bien por su resolución.
Serán causas de resolución del contrato las siguientes:
a) El incumplimiento de las cláusulas contenidas en el contrato.
b) La suspensión de pagos, declaración de quiebra o disolución del CONTRATISTA.
c) La suspensión de la ejecución del contrato, por causas imputables al CONTRATISTA, por más de cinco días después de comenzado.
d) El incumplimiento de cualquier obligación que por ley o por disposiciones administrativas corresponda al CONTRATISTA.
e) La cesión del contrato sin la autorización previa por escrito de LA SOCIEDAD.
f) El mutuo acuerdo de las partes
g) La muerte del CONTRATISTA individual, salvo que los herederos ofrezcan llevar a cabo el contrato bajo las condiciones estipuladas en el mismo. No obstante, LA SOCIEDAD
podrá aceptar o rechazar el ofrecimiento, sin que en este último caso tengan los herederos derecho a indemnización alguna por el resto del contrato dejado pendiente de ejecución.
h) La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad mercantil del CONTRATISTA, salvo que el patrimonio y la organización de la sociedad extinguida sea incorporado a otra entidad, asumiendo ésta última las obligaciones de aquella y siempre que la nueva entidad ofrezca llevar a cabo el contrato en las condiciones estipuladas. LA SOCIEDAD puede admitir o rechazar el ofrecimiento, sin que en este último caso haya derecho a indemnización alguna.
i) Las causas adicionales de resolución del contrato indicadas en estas bases.
21.2. - Para la resolución del contrato bastará con la notificación fehaciente al CONTRATISTA de tal circunstancia. La notificación tendrá efecto ejecutivo y permitirá a LA SOCIEDAD concertar la ejecución con otra empresa cualquiera que fuesen los derechos o acciones que invoque el CONTRATISTA.
Decidida la resolución del contrato se levantará acta en presencia del CONTRATISTA, reflejándose en ella el estado de la obra o la explotación del servicio y la liquidación que proceda. De no asistir el CONTRATISTA, el acta se levantará en presencia xx Xxxxxxx Público que dará traslado de la misma al CONTRATISTA.
21.3. - Resolución del contrato por causas imputables al adjudicatario
En el caso de resolución del contrato por causas imputables al CONTRATISTA, este no tendrá derecho a percibir ninguna compensación o indemnización y le será incautada la fianza definitiva, sin perjuicio de los daños y perjuicios que pueda solicitar LA SOCIEDAD derivados de la responsabilidad del CONTRATISTA.
21.4. - Resolución del contrato por causas no imputables al adjudicatario
Además de las causas de resolución del contrato indicadas, LA SOCIEDAD se reserva el derecho de resolver el presente contrato en cualquier momento por causas justificadas no imputables al CONTRATISTA. Dicha resolución será sin penalizaciones y con las compensaciones por parte de LA SOCIEDAD por los daños y perjuicios que el CONTRATISTA pudiera efectivamente haber sufrido con un límite del 10%.
VIII - RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
22. - REGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
22.1. - El presente contrato quedará sometido a lo establecido en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas, y en lo no previsto en los mismos se regirá por el Derecho Común que le sea de aplicación.
22.2. - Las cuestiones litigiosas que puedan surgir sobre la interpretación o modificación del contrato, serán resueltas por los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxxxxx, a cuya jurisdicción se someterán las partes, renunciando expresamente a cualquier fuero que les pudiera corresponder en lo establecido como legislación necesaria.
ANEXO I: CRITERIOS DE EVALUACIÓN DIRECTA
D........................................................................................., mayor de edad, con domicilio
en................................, C/............................................ nº......., con D.N.I. ,
actuando en su propio nombre y derecho o en representación de
D....................................................................... | o de | la |
Sociedad/Empresa. en | su | calidad |
de................................................ |
EXPONE:
Que enterado de las condiciones y requisitos, que acepta, y que se exigen para la adjudicación del contrato de obras y servicios que se especifica mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, a cuyo cumplimiento se compromete en su totalidad, con estricta sujeción al pliego de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares, presenta la siguiente
I OFERTA ECONÓMICA:
Empresa oferente:
Denominación del servicio:
PROPOSICIÓN ECONÓMICA: (Se desglosarán los importes de la Base Imponible y del IVA, señalando el tipo del mismo)
TIPO DE CONTROL | Nº de muestras | Precio ofertado (€/muestra) (Sin IVA) | Importe control (€) (Sin IVA) |
XXXX XXXXXXXX | 000 | ……... € (máx. Presup. Base: 175 €) | ………. € (máx. 27.300 €) |
ZONA NORMAL | 912 | ……... € (máx. Presup. Base 161 €) | ……… € (máx. 146.832 €) |
TOTAL OFERTA SIN IVA | ……..€ (máx. Presup. Base 174.132 €). |
Que, a todos los efectos debe entenderse que, dentro de la presente oferta, está comprendido, no sólo el precio de la contrata, sino también todos los tributos que graven los diferentes conceptos.
Lugar, fecha, firma y sello.
XXXXX XX: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE SUSTITUTIVA DE LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Xxx ……………………………………………….., con D.N.I. nº ,
actuando en nombre y representación de la empresa… , con C.I.F.
………………………………, en calidad de ,
X X X X X X X X X:
Ante la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León, S.A. y, conociendo los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas obrantes en el expediente para contratar por Procedimiento Abierto, el Servicio:……………………………………………………………………………
PRIMERO: Que la empresa en cuyo nombre actúa reúne los requisitos de capacidad y solvencia establecidos en los puntos 7 y 10 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, en concreto que ostenta la siguiente clasificación: ………………………..
SEGUNDO: Que la empresa en cuyo nombre actúa y los administradores de la misma, no están incursos en ninguna causa de prohibición de contratar de las previstas en el Art. 60 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el TRLCSP.
TERCERO: Que la citada empresa se encuentra, en estos momentos, al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, y no tiene deudas tributarias pendientes de pago con la Junta xx Xxxxxxxx y León.
CUARTO: Que de la misma forma, los administradores de la empresa no se encuentran incursos en ninguno de los supuestos de la Ley 6/1989, de 6 de octubre, de Incompatibilidades de los miembros de la Junta xx Xxxxxxxx y León y de otros cargos de la Administración de la Comunidad.
La declaración a que se refiere el párrafo segundo se hace sin perjuicio de la obligación de justificar documentalmente dichas circunstancias, en el supuesto de resultar propuesto para la adjudicación del contrato, en el plazo que señale el Órgano de contratación anterior a la adjudicación del contrato.
QUINTO: Que en la presente oferta se han tenido en cuenta las disposiciones vigentes relativas a protección y condiciones de trabajo.
SEXTO: Que la citada empresa:
A) NO pertenece a un grupo no concurre ninguno de los supuestos establecidos en el art. 42.1 del Código de Comercio, a los efectos de los previsto en el art. 86 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el RGLCAP.
B) Que la empresa pertenece al grupo empresarial que se indica a continuación
…………………….. y que está integrado por las siguientes empresas:
- ………………………………………
- ………………………………………
- ………………………………………
Y para que conste y surta efectos en el expediente al que se refiere la proposición a la que se incorpora esta declaración responsable, firmo la presente declaración responsable en……………………. a…….. De………………… de………
ANEXO IV: MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)
, N.I.F. con domicilio (a efectos de notificaciones
y requerimientos) en en la calle/ plaza/avenida
y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados)
con poderes suficientes para obligarle en este acto,
AVALA
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado) N.I.F. , en virtud de lo dispuesto en el Documento de Bases, en concepto de garantía definitiva para responder de las obligaciones derivadas xxx Xxxxxx cuyo objeto es la prestación del servicio de ante la Sociedad Publica de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León, S.A. por importe de: (en
letra)
.
euros(en cifra)
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y división con compromiso de pago al primer requerimiento de la Sociedad Publica de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León, S.A.
El presente aval estará en vigor hasta que la Sociedad Publica de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León, S.A. autorice su cancelación o devolución.
(lugar y fecha)
(razón social de la entidad)
(firma de los Apoderados)
ANEXO X
XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES
OBJETO DEL CONTRATO
La Directiva del Consejo 91/271/CEE, de 21 xx xxxx xx 0000, xxxxx xx xxxxxxxxxxx xx xxx xxxxx xesiduales urbanas, establece que se deben controlar los vertidos de las instalaciones de tratamiento de aguas residuales urbanas para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos por esa norma y con arreglo a los procedimientos contenidos en ella.
Esta misma Directiva señala en su artículo 16 que “Sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en el Directiva 90/313/CEE del Consejo, de 7 xx xxxxx de 1990, sobre libertad de acceso a la información en materia de medio ambiente, los Estados miembros velarán por que las autoridades u organismos correspondientes publiquen cada dos años un informe de situación sobre el vertido de aguas residuales urbanas y de lodos en su zona. Los Estados miembros cursarán dichos informes a la Comisión tan pronto como se publiquen”.
Se plantea poder llevar a cabo los mencionados trabajos de control analítico de las pantas depuradoras de más de 2000 habitantes equivalentes.
LISTADO DE AGLOMERACIONES A CONTROLAR
PR. | AGLOMERACIÓN | HABITANTES EQUIVALENTES DISEÑO | ZONA DE VERTIDO | TAMAÑO | ANALITICA ZONA NORMAL | ANALITICA ZONA SENSIBLE |
AV | ARENAL (EL) | 6.000 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
XX | XXXXXX XX XXX XXXXX | 00.000 | Xensible | 10.000- 49.999 | 12 | |
XX | XXXXXXX | 00.000 | Xensible | 10.000- 49.999 | 12 | |
AV | XXXXX XX XXXXX (EL) | 10.500 | Sensible | 10.000- 49.999 | 12 | |
XX | XXXXXXX-XXX XXXX XX XX XXXX | 00.000 | Xormal | 10.000- 49.999 | 12 | |
XX | XXXXXXXX | 00.000 | Xormal | 10.000- 49.999 | 12 | |
XX | XXXXXXXX XX XXX XXXXX XXX XXXXXXX | 00.000 | Xormal | 10.000- 49.999 | 12 | |
XX | XXXX XX XXXXXXX (XX) | 00.000 | Xormal | 10.000- 49.999 | 12 | |
XX | XXXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXX | 0.000 | Xormal | 2.000- 9.999 | 4 | |
XX | XXXXXXXXXX XX XXXXXXX | 0.000 | Xormal | 2.000- 9.999 | 4 | |
XX | XXXXXXXXXX- XXXXXXXXXX | 04.500 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
XX | XXXXX XXX XXXXXXX (XXX) | 00.000 | Xormal | 10.000- 49.999 | 12 | |
XX | XXXXXXXXXX | 0.000 | Xormal | 2.000- 9.999 | 4 | |
XX | XXXXXXXXXXX | 00.000 | Xormal | 10.000- 49.999 | 12 | |
XX | XXXXXXX (XX) | 00.000 | Xensible | 10.000- 49.999 | 12 | |
XX | XXXXXXXXX | 00.000 | Xensible | 10.000- 49.999 | 12 | |
BU | BELORADO | 5.000 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
BU | BRIVIESCA | 26.130 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
BU | CASTROJERIZ | 2.500 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
XX | XXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX | 00.000 | Xormal | 10.000- 49.999 | 12 | |
BU | XXXXXXXX XXX XXXXX | 2.635 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
BU | LERMA | 13.000 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 |
PR. | AGLOMERACIÓN | HABITANTES EQUIVALENTES DISEÑO | ZONA DE VERTIDO | TAMAÑO | ANALITICA ZONA NORMAL | ANALITICA ZONA SENSIBLE |
BU | XXXXXX XX XXXXX | 36.000 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
BU | XXXXXX DE FERNAMENTAL | 4.500 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
BU | XXXXXXXXX DE LA SIERRA | 8.000 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
BU | VALDORROS | 2.118 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
BU | VILLARCAYO | 30.000 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
XX | XXXXXXXXX XX XXXX | 0.000 | Xormal | 2.000- 9.999 | 4 | |
BU | OÑA | 2.650 | Normal | 2.000- 9.999 | 12 | |
BU | SALAS DE LOS INFANTES | 7.000 | Normal | 2.000- 9.999 | 12 | |
BU | VILLADIEGO | 2.100 | Normal | 2.000- 9.999 | 12 | |
LE | ASTORGA | 20.500 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
LE | BAÑEZA (LA) | 15.390 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
LE | BEMBIBRE | 14.800 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
LE | BOÑAR | 6.250 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
LE | XXXXXXXXX | 2.500 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
LE | XXXXXXXX DE LAS MULAS | 4.800 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
LE | MATARROSA DEL SIL | 2.500 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
LE | XXXX XX XXXXXX (LA) | 8.500 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
LE | ROBLA (LA) | 19.560 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
LE | SABERO | 7.200 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
LE | SAX XXXXX XX XX XXXX | 0.000 | Xormal | 2.000- 9.999 | 4 | |
LE | SANTA XXXXX XXX XXXXXX | 4.500 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
LE | TORENO | 3.375 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
LE | TORRE DEL BIERZO | 2.000 | Normal | 2.000- 9.999 | 12 |
PR. | AGLOMERACIÓN | HABITANTES EQUIVALENTES DISEÑO | ZONA DE VERTIDO | TAMAÑO | ANALITICA ZONA NORMAL | ANALITICA ZONA SENSIBLE |
LE | VALDERAS | 7.500 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
LE | VALENCIA DE XXX XXXX | 8.454 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
LE | VILLABLINO | 20.000 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
LE | XXXXXXXXX XX XXXXXX-SANTA XXXXXX XXX XXX | 12.000 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
LE | CAXXXXX XX XX XXXXXX | 0.000 | Xormal | 2.000- 9.999 | 12 | |
LE | XXXXXXXX XX XXXXXX-HOSPITAL- VEGUELLINA- VILLAREJO | 14.800 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
PA | XXXXXXX DE CAMPOO | 15.000 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
PA | XXXX XXX XXX | 2.000 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
PA | ASTUDILLO | 2.600 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
PA | BALTANÁS | 5.792 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
PA | BARRUELO DE SANTULLÁN | 6.229 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
PA | XXXXXXX DE LOS CONDES | 5.000 | Normal | 2.000- 9.999 | 12 | |
PA | XXXXXXX DE PISUERGA | 6.280 | Normal | 2.000- 9.999 | 12 | |
PA | DUEÑAS | 5.700 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
PA | GUARDO | 15.850 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
PA | HEXXXXX XX XXXXXXXX | 0.000 | Xormal | 2.000- 9.999 | 4 | |
PA | OSORNO | 4.125 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
PA | SALDAÑA | 7.414 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
PA | TORQUEMADA | 3.200 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
PA | XXXXXXX DEL RÍO XXXXXXX | 2.500 | Normal | 2.000- 9.999 | 12 | |
PA | VENTA XX XXXXX | 18.000 | Sensible | 10.000- 49.999 | 12 |
PR. | AGLOMERACIÓN | HABITANTES EQUIVALENTES DISEÑO | ZONA DE VERTIDO | TAMAÑO | ANALITICA ZONA NORMAL | ANALITICA ZONA SENSIBLE |
SA | ALARAZ | 3.975 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SA | XXXX XX XXXXXX | 10.000 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
SA | CANTALAPIEDRA | 2.900 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SA | CIUDAD-XXXXXXX | 29.754 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
SA | FUENTE DE SAN XXXXXXX (LA) | 3.000 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SA | XXXXXXX XX XXXXX | 0.000 | Xormal | 2.000- 9.999 | 12 | |
SA | LEDESMA | 4.000 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SA | LUMBRALES | 4.000 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SA | MACOTERA | 4.400 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SA | XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX | 10.000 | Sensible | 10.000- 49.999 | 12 | |
SA | XXXXXXX | 3.318 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SA | URBANIZACIÓN EL ENCINAR- TERRADILLOS | 6.322 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SA | VITIGUDINO | 6.500 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SA | LAS VILLAS- BABILAFUENTE- VILLORIA- VILLORUELA | 9.106 | Normal | 2.000- 9.999 | 12 | |
SG | CANTALEJO | 11.957 | Sensible | 10.000- 49.999 | 12 | |
SG | CANTIMPALOS | 8.200 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SG | CARBONERO EL MAYOR | 10.640 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
SG | COCA | 5.000 | Normal | 2.000- 9.999 | 12 | |
SG | CUÉLLAR | 27.500 | Sensible | 10.000- 49.999 | 12 | |
SG | ESPINAR (EL) | 25.500 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
SG | XXXX DE LA XXXXXXXX | 9.625 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 |
PR. | AGLOMERACIÓN | HABITANTES EQUIVALENTES DISEÑO | ZONA DE VERTIDO | TAMAÑO | ANALITICA ZONA NORMAL | ANALITICA ZONA SENSIBLE |
SG | XXXXX DE ORO | 3.625 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SG | XXXXXXXXXX DE ERESMA | 5.279 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SG | SAN XXXXXXXXX O LA GRANJA | 15.000 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
SG | TORRECABALLEROS | 3.179 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SG | TURÉGANO | 3.339 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SG | VILLACASTÍN | 4.268 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SG | MOZONCILLO | 2.642 | Normal | 2.000- 9.999 | 12 | |
XX | XXXXXXXXXX | 01.700 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
SO | ABEJAR | 3.500 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SO | ÁGREDA-OLVEGA | 13.204 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
SO | XXXXXXX | 21.918 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
SO | XXXXX XX XXXXX | 2.950 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SO | XXXXXXXX XX XXXXX | 4.133 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SO | XXXXX XX XXXX (EL) | 18.000 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
SO | COVALEDA | 5.917 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SO | DURUELO DE LA SIERRA | 3.000 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SO | XXXXXXX XX XXXXX-SALDUERO | 3.200 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SO | NAVALENO | 4.100 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SO | SAN XXXXXXX XX XXXXXX | 6.372 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SO | SAN XXXXXXXX XX XXXXX | 3.850 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
SO | VINUESA | 6.500 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
VA | ALCAZARÉN | 2.200 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 |
PR. | AGLOMERACIÓN | HABITANTES EQUIVALENTES DISEÑO | ZONA DE VERTIDO | TAMAÑO | ANALITICA ZONA NORMAL | ANALITICA ZONA SENSIBLE |
VA | XXXXXX DE LA ENCOMIENDA | 10.000 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
VA | BOECILLO | 10.000 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
VA | CIGALES | 3.600 | Normal | 2.000- 9.999 | 12 | |
VA | ÍSCAR | 12.700 | Sensible | 10.000- 49.999 | 12 | |
VA | MATAPOZUELOS | 2.500 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
VA | MAYORGA | 4.986 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
VA | XXXXXX | 9.714 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
VA | PEDRAJAS DE SAN XXXXXXX | 9.344 | Normal | 2.000- 9.999 | 4 | |
VA | PEÑAFIEL | 12.800 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
VA | RUEDA | 3.900 | Normal | 2.000- 9.999 | 12 | |
VA | TORDESILLAS | 17.250 | Sensible | 10.000- 49.999 | 12 | |
VA | XXXXXX XX XXXXX | 16.000 | Sensible | 10.000- 49.999 | 12 | |
VA | SAXXXXXXXX XX XXXXXXXX | 0.000 | Xormal | 2.000- 9.999 | 12 | |
VA | SECA (LA) | 3.000 | Normal | 2.000- 9.999 | 12 | |
VA | SERRADA | 3.000 | Normal | 2.000- 9.999 | 12 | |
VA | XXXXXXXX XX XXXXXX | 3.117 | Normal | 2.000- 9.999 | 12 | |
VA | VILLANUBLA | 2.260 | Normal | 2.000- 9.999 | 12 | |
ZA | BENAVENTE | 32.500 | Sensible | 10.000- 49.999 | 12 | |
ZA | FUENTESAÚCO | 11.040 | Normal | 10.000- 49.999 | 12 | |
ZA | XXXXXX XX XXXXXXXX | 0.000 | Xormal | 2.000- 9.999 | 4 | |
ZA | TORO | 25.000 | Sensible | 10.000- 49.999 | 12 | |
ZA | TÁBARA | 2.000 | Normal | 2.000- 9.999 | 12 |
EL RESUMEN DE LOS CUADROS ANTERIORES SE RECOGE EN EL SIGUIENTE: RESUMEN DE LAS INSTALACIONES A CONTROLAR A FECHA ACTUAL
Entidad a realizar el control | Nº de instalaciones | Nº de muestras | |
Zonas normales | Zonas sensibles | ||
Por el Ayuntamiento | 15 | 96 | 264 |
Directamente por Xxxxxxx | 11 | 76 | 0 |
Por Somacyl a través de la encomienda de gestión | 118 | 912 | 156 |
Total | 144 | 1.084 | 420 |
1. PROCEDIMIENTO DE CONTROL
Se llevará a cabo una caracterización analítica de los vertidos de las plantas depuradoras con carga superior a 2.000 h-e de acuerdo con la Directiva 91/271/CEE. Esta Directiva establece en el Anexo I, letra D los “Métodos de referencia para el seguimiento y evaluación de los resultados”.
Se tomarán muestras de forma continua a intervalos regulares durante un período de 24 horas, almacenando en cada envase las submuestras correspondientes a una hora de muestreo mediante un tomamuestras automático en cada una de las plantas depuradoras objeto del presente Pliego.
Al finalizar la jornada de muestreo, las muestras obtenidas serán integradas en una sola muestra de forma proporcional.
El número anual de muestras está establecido en la Directiva en función del tamaño de la planta. Se establece la siguiente clasificación.
1. Plantas con una carga de 50.000 h-e o más: se tomarán 24 muestras al año.
2. Plantas con una carga comprendida entre 10.000 y 49.999 h-e: 12 muestras al año.
3. Plantas con carga entre 2.000 y 9.999 h-e: se tomarán 12 muestras durante el primer año y 4. muestras los siguientes años si el primer año cumple con las disposiciones de la Directiva; si una de las 4 muestras no resultara conforme, se tomarán 12 muestras el año siguiente.
Se asegurará en todo momento la representatividad de las muestras tomadas. Si por necesidades de los trabajos se evidencia la oportunidad de cambiar la frecuencia de muestreo en alguna instalación o su orden en el programa de toma de muestras, la notificación se realizará con la antelación suficiente para que reorganice el programa de trabajos. Sobre las citadas muestras se realizarán los siguientes tipos de analíticas:
ANALÍTICA RIGUROSA: se realizará en zonas denominadas sensibles y con más de 9.999 h-e, e incluirá la determinación del caudal de entrada a planta, Demanda Biológica de Oxígeno (DBO5), Demanda Química de Oxígeno (DQO), Sólidos en Suspensión, el fósforo total y el nitrógeno total. Todos estos parámetros tanto en la entrada como en la salida de la planta.
ANALÍTICA NORMAL: Se realizará en zonas sensibles, con sus habitantes equivalentes entre 2.000 y 9.999, así como en zonas normales con más de 1.999 h-e. Incluirá la determinación del caudal de entrada a planta, Demanda Biológica de Oxígeno (DBO5), Demanda Química de Oxígeno (DQO) y Sólidos en Suspensión. Igualmente tanto a la entrada como a la salida de la planta.
Las muestras se recogerán en la SALIDA DE LA PLANTA: en la fuente de presentación (si la hubiese), tomando la muestra de la superficie con el objeto de no recoger sedimentos que pudiese haber en el fondo o en el punto de vertido x xxxx de registro previo.
Para la determinación de estos parámetros se tendrán en cuenta los procedimientos descritos en la Instrucción Técnica Complementaria sobre determinaciones químicas y microbiológicas para el análisis de las aguas (ITC-MMA.EECC-1/06).
De cada muestra diaria, una vez integradas las horarias de forma proporcional, se procederá al fraccionamiento de la misma en tres submuestras iguales, tras haber homogeneizado adecuadamente la muestra primitiva. Una muestra se entregará al concesionario de la instalación y las otras dos quedarán en poder de la Sociedad. Una de ellas se empleará para la realización de la analítica y la tercera submuestra, que será debidamente preservada y precintada en presencia del explotador de la depuradora, se mantendrá debidamente conservada en las instalaciones de la Sociedad, o lugar que esta designe, durante un periodo no inferior a tres meses desde la fecha de
muestreo. Esta tercera submuestra se empleará, en caso necesario, para la realización de análisis posteriores complementarios.
Con el objeto de aumentar la representatividad de las muestras tomadas, en las plantas donde se realicen 12 analíticas al año, 2 se tomarán en sábados y festivos. Las plantas en las que se tome 4 muestras, se tomarán en días laborables.
Siempre que sea posible las muestras serán tomadas sin previo aviso, y serán compuestas diarias (recogidas con una frecuencia horaria) y solo excepcionalmente podrán ser puntuales cuando así lo determine la Sociedad. La recogida de muestras se efectuará por personal con la adecuada formación profesional.
Los puntos de toma de muestras y el tipo de muestras se planificarán para cada mes. El contratista propondrá un procedimiento y un plan de muestreo mensual que deberá contar con el visto bueno de la Sociedad.
El contratista dispondrá de carta acreditativa del encargo, así como contactos generalistas de las instalaciones a controlar.
En cada uno de los muestreos realizados se deberá rellenar una ficha de muestreo, que deberá indicar al menos los siguientes datos:
Técnico que realiza el muestreo y equipo de muestreo Fecha y hora de muestreo
Determinaciones “in situ”
Lecturas del caudal de entrada/salida medidos en caudalímetros de la propia planta y medidos directamente por el equipo de medida/laborante.
Cadena de custodia
Coordenadas UTM del punto de muestreo.
No obstante si la Comisión Europea solicita una información más específica para el punto de muestreo, se modificará el formato de ficha inicial para ajustarse a estas especificaciones.
Todos estos datos, junto con los valores de los parámetros que se van a analizar, se deben presentar en soporte informático y en papel.
La Sociedad mantendrá un fichero organizado de todos los boletines originales del laboratorio de control, con los resultados de las analíticas realizadas a lo largo de los trabajos.
Los boletines originales y los datos consignados en los distintos informes generados a lo largo del desarrollo de los trabajos serán propiedad exclusiva de la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras, no pudiendo facilitarse a terceros sin su consentimiento previo.
2. ELABORACION DE INFORMES
Mensualmente se remitirán a la Sociedad los resultados de los controles analíticos obtenidos en ese periodo, al objeto de poder ir confeccionando el informe de seguimiento de las instalaciones de depuración en la Región, que servirá para la elaboración del informe de situación sobre el vertido de aguas residuales urbanas y de lodos, en aplicación del artículo 16 de la mencionada Directiva.
3. PRECIO
Se establecen dos precios diferentes en función de los parámetros a analizar. En los dos casos comprende el precio:
− Toma de muestras de acuerdo a la metodología señalada en el apartado anterior.
− Almacenamiento de las muestras hasta su análisis
− Análisis de las muestras
− Elaboración del informe de resultados.
4.1.- CONTROL DE INSTALACION CON ANALITICA RIGUROSA.
Es la realizada en las zonas denominadas sensibles y con más de 9.999 h-e, e incluirá la determinación del caudal de entrada a planta, Demanda Biológica de Oxígeno (DBO5), Demanda Química de Oxígeno (DQO), Sólidos en Suspensión, el fósforo total y el nitrógeno total. Para la entrada y Salida Planta.
Importe: CIENTO SETENTA Y CINCO EUROS (175,00 €)
4.2- CONTROL DE INSTALACION CON ANALITICA NORMAL.
Se realizará en zonas sensibles, con sus habitantes equivalentes entre 2.000 y 9.999, así como en zonas normales con más de 1.999 h-e. Incluirá la determinación del caudal de entrada a planta, Demanda Biológica de Oxígeno (DBO5), Demanda Química de Oxígeno (DQO) y Sólidos en Suspensión. Igualmente tanto a la entrada como a la salida de la planta. Para la entrada y Salida Planta
Importe: CIENTO SESENTA Y UN EUROS (161,00 €)
PRESUPUESTO
El presupuesto de la presente licitación resulta de aplicar el número inicial de muestras previstas a los precios anteriores:
TIPO DE CONTROL | Nº de muestras | Precio unitario (€) (Sin IVA) | Importe control (€) (Sin IVA) |
ZOXX XXXXXXXX | 000 | 000 | 00.000 |
XXXX XXXXXX | 012 | 161 | 146.832 |
TOTAL | 1.068 | 174.132 |
El Presupuesto base de licitación es de CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y DOS EUROS IVA no incluido.