CONTRATO DE OPCIÓN DE ADQUISICIÓN DE DERECHOS SOBRE UN PROYECTO DE OBRA SERIADA En ……., a ……de …….. de ……….. DE UNA PARTE: ……. con domicilio social en ……., calle ……. ……nº …….. y ……….., representada en este acto por D. ………………, (En adelante, “LA...
CONTRATO DE OPCIÓN DE ADQUISICIÓN DE DERECHOS SOBRE UN PROYECTO DE OBRA SERIADA
En ……., a ……de …….. de ………..
DE UNA PARTE:
……. con domicilio social en ……., calle ……. ……nº …….. y ……….., representada en este acto por D. ………………,
(En adelante, “LA PRODUCTORA”)
Y DE OTRA:
Don …….., ………., con …….., con domicilio en Madrid, calle ….., nº….., CP ……., que actúa en su propio nombre y derecho,
(En adelante, “EL GUIONISTA”)
MANIFIESTAN
Que la PRODUCTORA quiere producir una obra audiovisual seriada titulada provisionalmente…………… (en adelante la OBRA), basada en una biblia y un guión originales (en adelante, “el PROYECTO”) escritos por EL GUIONISTA y cuya copia se xxxxxxx x xxxx xxxxxxxx xxxx xxxxx 0.
Que el PROYECTO consta de: (adaptar al caso concreto)
- Proyecto, concepto y definición de la serie.
- Definición de los personajes.
- El guión completo del capítulo piloto.
-…………………………………..
Que ambas partes, reconociéndose la capacidad legal necesaria, otorgan el presente contrato que se regirá por las siguientes:
ESTIPULACIONES
Primera. Objeto.
El objeto de este contrato es el otorgamiento por parte de EL GUIONISTA a la PRODUCTORA, y desde la firma del presente contrato, de una opción en exclusiva para la transmisión de todos los derechos de explotación sobre el PROYECTO y, en caso de que llegara a producirse, de todos los derechos de explotación de la OBRA a la que se incorpore, en las condiciones que se establecen mas adelante.
Segunda.- Opción y extensión.
EL GUIONISTA garantiza a la PRODUCTORA una opción en exclusiva para la transmisión de todos los derechos de explotación sobre el PROYECTO y sobre cada uno de sus elementos individualmente considerados, durante un periodo de……. meses desde la fecha de firma del presente contrato.
El precio de la opción es de……..€, que se abonan en el acto de la firma del presente contrato.
Tercera. Ejercicio de la opción y precio.
La PRODUCTORA podrá ejercitar la opción en cualquier momento dentro del periodo indicado en la cláusula precedente, y así adquirir los derechos estipulados en la cláusula cuarta del presente contrato, previa notificación escrita a EL GUIONISTA acompañada del pago del PRECIO DE COMPRA DE LOS DERECHOS que será de …….. € (……. mil euros) brutos.
Adicionalmente, y solo en el caso de que se produzca la OBRA, la PRODUCTORA abonará, al GUIONISTA en concepto de “bonus de producción” ……… € (……….. euros) por cada episodio emitido.
Cualquier trabajo adicional en el que EL GUIONISTA participe para la producción de la serie, será remunerado de acuerdo a las condiciones normales xx xxxxxxx en los términos que contractualmente se convengan.
Si en el plazo de ……años desde la firma del presente contrato LA OBRA no se llega a emitir, los derechos a que se refiere la cláusula siguiente revertirán al GUIONISTA.
Cuarta.- Transmisión de derechos.
En el momento en que la PRODUCTORA ejercite la opción, EL GUIONISTA transmite a la PRODUCTORA, que adquiere el pleno dominio, todos los derechos sobre la OBRA derivada del trabajo realizado por EL GUIONISTA y/o cualesquiera personas que pudieran intervenir en ello por encargo de la PRODUCTORA.
EL GUIONISTA formaliza la cesión en exclusiva a favor de la PRODUCTORA de todos los derechos de autor necesarios para la explotación de la OBRA, sin limite de tiempo ni limite territorial, con facultad de cesión a terceros (pudiendo ser estas cesiones totales o parciales, en exclusiva o no, gratuitas u onerosas, limitadas o ilimitadas), a través de cualesquiera modalidades de explotación y medios de difusión actualmente conocidos o por conocer, comprometiéndose EL GUIONISTA, con arreglo a la legislación aplicable en cada momento y/o territorio, a otorgar, suscribir y firmar cuantos documentos fuesen necesarios para la máxima y plena efectividad de la transmisión de los derechos prevista.
La transmisión comprende los siguientes derechos:
La reproducción del la OBRA JUNTO CON TODOS SUS ELEMENTOS en todo tipo de soportes, tangibles o no, audiovisuales, telemáticos, ópticos, informáticos, electrónicos digitales y analógicos, videocasetes, videodiscos, disco láser, videodiscodigital, disco compacto, disco compacto de 8 mm, CD-ROM, u otros análogos, y en general cualquier soporte apto para incorporar la OBRA y sus copias, así como las obras derivadas y/o compuestas en que las mismas pudieran hallarse incorporadas.
La distribución de la OBRA y sus copias, y demás obras derivadas y/o compuestas de la OBRA a través de la venta, préstamo, alquiler o cualquiera otra forma de distribución o de puesta a disposición del público de todas esas obras mediante la entrega de ejemplares.
Cualquier modalidad de comunicación publica de la OBRA y todos sus elementos, y de las obras derivadas y/o compuestas de la OBRA, y ello mediante cualquier tipo de exhibición publica, proyección, emisión, transmisión y retransmisión por ondas hertzianas, por cable, vía satélite, y todo ello en abierto Y en codificado, sistema analógico o digital, de pago o no, incluidos los sistemas pago por visión, video bajo demanda y casi video bajo demanda, y otros análogos, así como cualquier otro sistema de explotación guiada, emitida, transmitida o retransmitida, incluido el acceso publico a bases de datos por cable, hilo o fibra óptica, o a través de cualquier red de comunicaciones digital y/o analógica.
Cualquier forma de transformación de la OBRA y de todos sus elementos, de la que se deriven una o varias obras audiovisuales nuevas.
Ambas partes reconocen que la exclusiva otorgada en virtud del presente contrato
implica que solo la PRODUCTORA estará legitimada y ostentara la titularidad
sobre los derechos correspondientes para la realización o explotación de una o
varias obras o grabaciones audiovisuales en cualquier formato incorporando y/o
transformando en cualquier manera el PROYECTO y/o la OBRA.
El derecho a autorizar o prohibir la incorporación de la OBRA o de cualquiera de sus elementos en otras obras.
Todos los derechos y facultades derivados de la transformación y/o incorporación de la OBRA y/o de todos y cada uno de sus elementos, en otras obras y de tales obras en otras, cesión que se entiende hecha de tales derechos en idénticos términos a los contenidos en la presente estipulación.
Todos aquellos derechos de explotación de la OBRA que puedan originarse sobre secuelas o presecuelas de la misma o de las obras derivadas que con ella o todos o algunos de sus elementos se efectúen, en el sentido más amplio reconocido a ese termino en la vigente Ley de propiedad intelectual.
La explotación del merchandising que se derive de la OBRA.
EL GUIONISTA accede, irrevocablemente y sin limitación temporal ni territorial, a lo siguiente: (a) que la divulgación, publicación y cualquier explotación de la OBRA se haga sobre la totalidad sobre parte de la misma o sobre alguno de sus elementos individualmente considerados; (b) que en la OBRA se practiquen cualesquiera modificaciones y/o alteraciones.
EL GUIONISTA declara, bajo su exclusiva responsabilidad, que ostenta todos los derechos, facultades y títulos necesarios para operar la transmisión de derechos a que se refiere el presente contrato.
Asimismo, EL GUIONISTA autoriza a la PRODUCTORA, el uso su propia imagen, nombre, nombre artístico y currículum profesional a fin que la PRODUCTORA pueda promocionar y explotar la OBRA y los productos derivados de la misma, por si o por terceros con los que contrate o a los que ceda derechos de explotación de LA OBRA.
El AUTOR se reserva los derechos de remuneración por copia privada y alquiler, y los de reproducción en formato videográfico, distribución de copias para su utilización en el ámbito doméstico mediante venta y de comunicación publica en cualquier modalidad. El objetivo de esta reserva es percibir los rendimientos económicos que el ejercicio de tales derechos se desprende y que gestiona y recauda su entidad de gestión de derechos de propiedad intelectual en su nombre.
La PRODUCTORA -a pesar de esta reserva de derechos- podrá contratar con terceros sin necesidad expresa del Autor, las habituales prácticas comerciales a que es normalmente sometido el producto objeto de este contrato.
Quinta.- Royalties.
EL GUIONISTA recibirá de LA PRODUCTORA, además de las cantidades especificadas en la cláusula tercera, los siguientes royalties basados en su participación en la OBRA:
5.1 Con respecto a una “secuela” para cine y/o televisión se abonará el …..% del presupuesto de dicha secuela.
5.2 Con respecto a un “remake” para cine y/o teIevisión se abonará el ….% del presupuesto de dicho remake.
5.3 Con respecto a una nueva serie de televisión basada en la transformación de LA OBRA o de cualquiera de sus elementos, o una renovación de la OBRA por mas de trece capítulos, se abonarán las siguientes tarifas aplicables a cada episodio:
a) Hasta 30 minutos ……. € por episodio emitido.
b) De 31 a 60 minutos …….. € por episodio emitido.
c) Desde 61 minutos: …….. € por episodio emitido.
5.4 Con respecto a un “telefilm” o miniserie basado en la OBRA se abonarán …… € por hora de emisión.
5.5 Con respecto a los posibles beneficios originados por merchandising se abonará el …..% de los beneficios netos que esta actividad genere. Por beneficio neto se entenderán los ingresos brutos de la PRODUCTORA por el merchandising a los que habrá que descontar todos los gastos de explotación, producción y distribución asociados a dicho merchandising.
Cualquier explotación no prevista en esta cláusula habrá de ir precedida de un acuerdo expreso que reconozca AL GUIONISTA una remuneración proporcional a dicha explotación, en función de sus características.
Sexta.- Cesión a terceros.
La PRODUCTORA podrá llevar a cabo la producción de la OBRA por sí misma, en coproducción o con producción asociada con cualesquiera terceros; Igualmente la PRODUCTORA podrá ceder a terceros los derechos que adquiere sobre el PROYECTO y LA OBRA en virtud del presente contrato, siempre que tales terceros se obliguen expresamente a cumplirlo en todos sus términos.
Séptima.- Garantías.
EL GUIONISTA garantiza que:
a) Es el único autor del PROYECTO Y responderán ante los tribunales sobre cualquier tema de autoría.
b) Dichas entregas no han sido previamente explotadas bajo ningún concepto
en ningún medio de reproducción audiovisual ni impreso.
c) Se responsabilizará ante la PRODUCTORA de cualquier reclamación judicial o
extrajudicial que pueda surgir por cualesquiera terceros, con motivo de la cesión
de los derechos de explotación que efectúa el presente contrato y en particular
sobre la originalidad xxx XXXXX en la parte que corresponda.
Octava.- Títulos de Crédito.
EL GUIONISTA tendrá derecho a figurar como “Idea Original de ……” en los créditos de todos los capítulos de la OBRA.
Asimismo, EL GUIONISTA tendrá derecho a figurar como “Guión de …..….” en los créditos de aquel capitulo de la OBRA cuyo guión hubiera efectivamente escrito. En el caso de que otros guionistas participaran en su escritura, el crédito será compartido.
Novena.- Confidencialidad.
EL GUIONISTA se obliga a no comunicar a terceras personas información acerca del PROYECTO, la producción de la OBRA, su rodaje o cualquier otra circunstancia relacionada con lo dispuesto en el presente contrato sin previa autorización por escrito de la PRODUCTORA.
Décima.- Censura.
En caso de que, por razones de censura, implícita o explícita, de carácter publico o privado, fuese imposible la difusión de la versión definitiva de la OBRA en un medio o lugar geográfico determinado, EL GUIONISTA autoriza a la PRODUCTORA la introducción de los cambios en la continuidad, locución o metraje necesarios para conseguir la difusión.
Decimoprimera.- Normativa fiscal.
Todas las percepciones que, como consecuencia de este contrato, deba percibir EL GUIONISTA, estarán sujetas a la normativa fiscal aplicable al mismo en el domicilio de la PRODUCTORA.
Decimosegunda.- Jurisdicción
Las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los juzgados de ……., con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
Y para que conste y en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes suscriben el presente contrato en dos ejemplares originales …… en el lugar y fecha del encabezamiento.
POR LA PRODUCTORA EL GUIONISTA
D. ……………….. D. …………………………………..