JUNTA DE ANDALUCIA
JUNTA DE ANDALUCIA
Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Uni- versidad de la Junta de Andalucía en Córdoba
Núm. 952/2020
Convenio o Acuerdo: Convenio Colectivo Provincial de Cons- trucción y Obras Públicas xx Xxxxxxx
Expediente: 14/01/0043/2020 Fecha: 28/03/2020
Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación Destinatario: Xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Código 14000365011981
Visto el Texto del Acuerdo del día 26 xx xxxxx de 2020 de la Comisión Paritaria del "Convenio Colectivo Provincial de Cons- trucción y Obras Públicas xx Xxxxxxx" sobre medidas adoptadas para reforzar la protección de la salud de las personas trabajado- ras en los centros de trabajo del sector, con la finalidad de redu- cir los riesgos de contagio del virus COVID-19, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundi- do del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 xx xxxx, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Conseje- rías y el Decreto 149/2012, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
ACUERDA
Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo.
Segundo. Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
El Delegado Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autóno- mo, Economía, Conocimiento, Empresas y Univ., Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx.
En Córdoba, siendo las 12 horas del día 26 xx xxxxx de 2020, se reúnen mediante teleconferencia las personas que a continua- ción se relacionan, en su condición de miembros de la Comisión Negociadora en la representación que igualmente se indica.
Asistentes
Por CCOO Construcción y Servicios:
Xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. Por UGT-FICA:
Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx. Por CONSTRUCOR:
Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.
La reunión tiene por objeto analizar y valorar las medidas pre- ventivas que pudieran adoptarse para reforzar la protección de la salud de las personas trabajadoras en los centros de trabajo del sector, con la finalidad de reducir los riesgos de contagio del vi- rus COVID-19.
Primero. La reunión se produce una vez conocida la ratifica- ción por el Congreso de los Diputados de la prórroga de la decla-
ración del estado de alarma, que mantiene las mismas condicio- nes que las acordadas en el Real Decreto 463/2020, de fecha 14 xx xxxxx, lo que significa que las actividades propias del sector de la construcción, que no se desarrollen en establecimientos abiertos al público, seguirán sin verse afectadas por las medidas de contención acordadas en dicha disposición.
Miércoles, 01 xx Xxxxx de 2020
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Segundo. Las partes analizan, a partir de la información de que disponen, las dificultades que tanto las empresas como las perso- nas trabajadoras están encontrando para mantener la actividad y la prestación laboral en una situación de emergencia sanitaria, en especial las que inciden en el desplazamiento de las personas trabajadoras a los centros de trabajo, el transporte y abasteci- miento de suministros necesarios para el desarrollo de las obras y servicios, la coordinación imprescindible para la ejecución de las distintas tareas, o las dificultades que empiezan a constatarse pa- ra disponer de algunas de las medidas preventivas recomenda- das por las autoridades sanitarias.
Las partes quieren poner en valor, y así se hace constar en la presente acta, el esfuerzo ejemplar que las empresas y las perso- nas trabajadoras están realizando para cumplir con sus obligacio- nes en un entorno excepcional, nunca antes conocido, de la máxi- ma exigencia para prevenir los riesgos de contagio, y que ha puesto de manifiesto la madurez y profesionalidad de todos los operadores intervinientes.
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx
Tercero. No obstante lo manifestado en el punto anterior, las partes quieren hacer una llamada de atención, en el sentido de recomendar a las empresas y personas trabajadoras la necesi- dad de evaluar de manera permanente las condiciones en que se desarrolla la actividad, y tomar las decisiones de carácter organi- zativo que fueran precisas para asegurar en todo momento la pro- tección de las persona presentes en los centros de trabajo, inclu- so, llegado el caso, la interrupción total o parcial de los trabajos.
Cuarto. Expuesto cuanto antecede, tras valorar las posibles medidas y las limitaciones que supone el principio reserva esta- blecido en el VI Convenio General del Sector de la Construcción, que restringe el elenco de materias susceptibles de negociación en los ámbitos provinciales, las partes acuerdan
1º. Hasta tanto se mantenga la declaración del estado de alar- ma aprobada por el Real Decreto 463/2020, la jornada laboral or- dinaria será continuada con una duración de 7 horas diarias efec- tivas de trabajo, de lunes a viernes, sin que el período de descan- so tenga la consideración de trabajo efectivo.
Esta medida se acuerda con la finalidad de reducir el riesgo que supone la mera presencia de las personas trabajadoras en los centros de trabajo.
2º. Las horas dejadas de trabajar, al reducirse la duración dia- ria de la jornada efectiva de trabajo, se recuperarán una vez pier- da vigencia la declaración del estado de alarma en la forma que las empresas y las personas trabajadoras acuerden, sin que las horas ordinarias efectivas de trabajo pueda exceder las 9 horas diarias.
3º. Ambas partes se comprometen a realizar toda clase de ges- tiones a su alcance para que por el Gobierno de España se clarifi- que el alcance de las medidas aprobadas por el Real Decreto Ley 8/2020, en materia de suspensión temporal de contratos y reduc- ción temporal de la jornada (ERTEs), para evitar que una situa- ción coyuntural como la actual tenga un impacto negativo de ca- rácter estructural sobre el empleo del sector, permitiendo la flexi- bilización y agilización de los procedimientos de regulación de empleo y la mejora de la cobertura, tanto para las personas traba- jadoras como para las empresas y autónomos, y en concreto su acogimiento a las medidas extraordinarias en materia de cotiza-
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Miércoles, 01 xx Xxxxx de 2020
ción previstas en su artículo 24, en relación con los procedimien- tos de suspensión de contratos y reducción de jornada por fuerza mayor relacionados con el COVID-19.
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx
4º. Delegar en don Xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, con documento nacional de identidad 00.000.000-L, las facultades que fueran precisas a fin de que gestione cuántos trámites y diligencias sean
necesarias para el depósito e inscripción de la presente Acta.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por concluida la reunión virtual, siendo las 13,10 horas del día al principio reseña- do.
Hay varias firmas.