CONTRATO Nº 0801-2006-GRU-P-GGR
CONTRATO Nº 0801-2006-GRU-P-GGR
SERVICIO DE PERFORACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO A TODO COSTO XX XXXXX TUBULARES, EN LOS AAs. XXx. XX XXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXXXX
Xxxxxx por el presente documento, EL CONTRATO DE SERVICIO DE PERFORACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO A TODO COSTO XX XXXXX TUBULARES, EN LOS AAs. XXx. XX XXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXXXX que celebran de una parte EL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, con RUC: Nº 20393066386 y domicilio legal en el Jr. Xxxxxxxx Nº 220 de esta ciudad, al que para efectos del presente contrato se denominará “EL GOBIERNO REGIONAL”, representado por su Gerente General Regional ING. XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, conforme se acredita con la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0051-2003-GRU-P de fecha 07 de Enero del 2003, concordante con la Resolución Ejecutiva Regional 0633-2003-GRU-P de fecha 01 de Julio de 2003; identificado con DNI Nº 00000000; y de la otra parte el CONSORCIO conformado por CONSTRUCTORA CASAV E.I.R.L., con RUC Nº 20393081776, con domicilio en Xxx. Xx Xxxxxx Xx. X, Xx. 00 - Xxxxxxxxxxx, debidamente representado por xxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx, con DNI Nº 00000000, AMAZONAS E.I.R.L., con RUC Nº 20351612526, con domicilio en Xxxxxxx Xx. Xxxxxx / 00 xx Xxxxx Xx. 00 Xx. 0 - Xxxxxxxxxxx, debidamente representado por xxx Xxxxxxxxx Xxx Xxxxxx Pino, con DNI Nº 00000000 y SERVICIOS GENERALES J.R. E.I.R.L., con RUC Nº 20352439844, con domicilio en AA.HH. Xxxxxx Xxxx Xx. Xxxxx Xxxxx Xx. X Xx. 00 - Xxxxxxxx, debidamente representado por xxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, con DNI Nº 00000000; representados por el Xx. XXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX, con D.N.I. Nº 00000000, a quien en adelante se les denominará “EL PRESTATARIO” bajo los términos y condiciones siguientes:
BASE LEGAL.
Ley Nº 28652: Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006.
Ley Nº 27444: Ley de Procedimiento Administrativo General.
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, que en adelante se le denominará “La Ley”.
Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, sus modificatorias y ampliatorias, que en adelante se denominará “El Reglamento”.
Ley N° 28015: Promoción y Formalización de la Pequeña y Micro Empresa y su Reglamento aprobado por DS 009-2003-PCM.
Código Civil Vigente
Directiva Nº 001-2006-EF/77.15 Directiva de Tesorería para el Gobierno Nacional y Regional Correspondiente al Año Fiscal 2006, aprobado con Resolución Directoral Nº 003-2006-EF/77.15 (Articulo Nº 31)
Resolución Ejecutiva Regional Nº 0128-2006-GRU-P, de fecha 03/02/06, que aprueba el Expediente de Contratación, el Valor Referencial y Comité Especial.
Resolución Ejecutiva Regional Nº 0208-2006-GRU-P de fecha 20/02/06, que aprueba las Bases Administrativas.
CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES.
EL GOBIERNO REGIONAL, convocó al Concurso Público Nº 0001-2006-GRU-P-CE (1ª Convocatoria), para contratar el SERVICIO DE PERFORACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO A TODO COSTO XX XXXXX TUBULARES, EN LOS AAs. XXx. XX XXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXXXX para ejecutarse mediante tracto sucesivo en el ejercicio económico 2006. El Comité Especial Otorgó la Buena Pro en acto público con fecha 23 xx Xxxxx de 2006; con fecha 30 xx Xxxxx de 2006, el representante legal de la empresa TECNIOBRAS Y PROYECTOS TOP E.I.R.L., solicita la Nulidad de Oficio del proceso, sin embargo con Carta Notarial de fecha 04 xx Xxxxx de 2006, el recurrente solicita el desistimiento de su pretensión y la devolución de su Escrito de Nulidad y con Resolución Ejecutiva Regional Nº 0467-2006-GRU-P de fecha 05 xx Xxxxx de 2006, se acepta el desistimiento de la solicitud de Nulidad de Oficio y con Resolución Ejecutiva Regional Nº 0599-2006-GRU-P, de fecha 03 xx Xxxx de 2006, se integra en el articulo primero de la Resolución anterior el OTORGAMIENTO de la Buena Pro, en tal sentido se da por consentido la Buena Pro al Consorcio con fecha 03 xx Xxxx de 2006 y de acuerdo a la documentación presentada por el PRESTATARIO ha quedado expedito para la firma del respectivo contrato.
CLAUSULA SEGUNDA: BASES
Las Bases de la Adjudicación, Absolución de Consultas, Observaciones acogidas, Especificaciones Técnicas y la Oferta de EL PRESTATARIO constituye parte integrante del presente contrato y tiene obligatoriedad para las partes. Lo no establecido y expresado en el presente contrato se regirá por la base legal señalada en la parte introductoria del contrato y supletoriamente por el Código Civil.
CLAUSULA TERCERA: DEL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
El Comité Especial con fecha 23 xx Xxxxx del 2006, otorgó la BUENA PRO a EL PRESTATARIO para el SERVICIO DE PERFORACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO A TODO COSTO XX XXXXX TUBULARES, EN LOS AAs. XXx. XX XXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXXXX, conforme a las características requeridas en las Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas, y la oferta de EL PRESTATARIO, que forman parte del presente contrato.
CLAUSULA CUARTA: OBJETO
Por el presente documento, EL GOBIERNO REGIONAL conviene con EL PRESTATARIO, contratar el SERVICIO DE PERFORACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO A TODO COSTO XX XXXXX TUBULARES, EN LOS AAs. HHs. DE LOS DISTRITOS DE CALLERIA Y YARINACOCHA, según las condiciones y especificaciones técnicas previstas en las Bases Administrativas, las mismas que forman parte integrante del presente contrato.
PAQUETE UNICO
FILA |
DESCRIPCIÓN |
UNIDAD |
CANTIDAD |
1 |
SERVICIO DE PERFORACIÓN XX XXXX TUBULAR A TODO COSTO Se deberá realizar los siguientes trabajos: Acondicionamiento de terreno. Colocación xx xxxxxxxx de perforación montaje y desmontaje.
Entubado xx xxxx con tubo de PVC SAP de D=4” C-10 de primera calidad.
Clarificación xx xxxx con Bomba Sumergible.
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ML. |
3,650.00 |
2 |
SERVICIO DE INSTALACIÓN DE BOMBA SUMERGIBLE Y TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE AGUA INCLUIDO ACCESORIOS A TODO COSTO. Se deberá realizar los siguientes trabajos: Instalación de Bomba Sumergible, conexión de ingreso de cable aislante sumergible de motor a cable vulcanizado # 12 con cinta auto vulcanizante de alta resistencia a la humedad y forrado con cinta aislante resistente al agua, colocación de drisa de nylon de 3/8” en la orejilla de la bomba sumergible, colocación de la reducción bushing de 1 ¼” a 1” xx xxxxxx galvanizado a la salida de la bomba sumergible.
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UND |
45.00 |
03 |
SERVICIO DE CONSTRUCCIÓN DE XXXXXXXX XX XXXXXX CON 04 PILARES TOTALMENTE PINTADO Y COLOCACIÓN DE CARTEL DE IDENTIFICACIÓN, INCLUIDO ACCESORIOS A TODO COSTO Se deberá realizar los siguientes trabajos:
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UND. |
35 |
04 |
SERVICIO DE CONSTRUCCIÓN DE XXXXXXXX XX XXXXXX CON 06 PILARES TOTALMENTE PINTADO Y COLOCACIÓN DE CARTEL DE IDENTIFICACIÓN, INCLUIDO ACCESORIOS A TODO COSTO Se deberá realizar los siguientes trabajos:
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UND. |
10 |
La Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas, el Perfil Litológico xxx Xxxx, esquema del diseño definitivo y panel fotográfico se deberán presentarse en la culminación del proceso constructivo de cada pozo para su respectivo pago y estará debidamente firmados por un Ingeniero Civil, Agrícola o Geólogo el mismo que debe estar registrado como consultor en el INRENA, lo que servirá para recavar la licencia xxx Xxxx ante el Ministerio de Agricultura de acuerdo a lo dispuesto en el Título IV, Artículo 15º del Decreto Ley Nº 17752 – Ley General de Aguas
CLAUSULA QUINTA: VIGENCIA DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato se computará desde la suscripción del contrato hasta el 31 de diciembre del 2006 o hasta la ejecución del 100% del monto contratado, lo que ocurra primero, si hubiere saldo por atender EL PRESTATARIO renuncia a dicho remanente.
CLAUSULA SEXTA: MONTO DEL CONTRATO
El monto total ascenderá a un máximo de (S/. 652,500.00) SEISCIENTOS CINCUENTIDOS MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES, incluido los impuestos xx xxx, de acuerdo al siguiente detalle:
PAQUETE UNICO:
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FILA |
DESCRIPCIÓN |
UNIDAD |
CANTIDAD |
VALOR REFERENCIAL |
|
1 |
SERVICIO DE PERFORACIÓN XX XXXX TUBULAR A TODO COSTO . |
ML. |
3,650.00 |
70.00 |
255,500.00 |
2 |
SERVICIO DE INSTALACIÓN DE BOMBA SUMERGIBLE Y TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE AGUA INCLUIDO ACCESORIOS A TODO COSTO.
|
UND |
45.00 |
1,500.00 |
67,500.00 |
03 |
SERVICIO DE CONSTRUCCIÓN DE XXXXXXXX XX XXXXXX CON 04 PILARES TOTALMENTE PINTADO Y COLOCACIÓN DE CARTEL DE IDENTIFICACIÓN, INCLUIDO ACCESORIOS A TODO COSTO
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UND. |
35 |
8,700.00 |
304,500.00 |
04 |
SERVICIO DE CONSTRUCCIÓN DE XXXXXXXX XX XXXXXX CON 06 PILARES TOTALMENTE PINTADO Y COLOCACIÓN DE CARTEL DE IDENTIFICACIÓN, INCLUIDO ACCESORIOS A TODO COSTO
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UND |
10 |
2,500.00 |
25,000.00 |
TOTAL MONTO CONTRATADO S/. |
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652,500.00 |
De acuerdo a sus necesidades, mediante la simple emisión de las Ordenes de Servicio, el GOREU podrá modificar las cantidades de las filas contenidas en el PAQUETE UNICO adjudicado y establecido en el presente contrato, pero respetando el monto total del contrato.
CLAUSULA SEPTIMA: FINANCIAMIENTO
El Egreso que origine el presente proceso será afectada a la cadena funcional programática: 05.014.0049.1.00001 3.03780 meta 031 – Acciones de Apoyo con Materiales de Construcción, Otros Bienes (Bienes de Capital, Varios) y Servicios a Comunidades Organizadas, Asentamientos Humanos y Organizaciones a través del Programa de Desarrollo Comunal.
CLAUSULA OCTAVA: FORMA DE PAGO
Ambas partes acuerdan que la cancelación se efectuará, de acuerdo a las Órdenes de Servicio emitidas por el GOREU, facturas presentadas por EL PRESTATARIO, y la Conformidad de Servicio debidamente sellados y firmados por el Jefe del Programa Desarrollo Comunal adjuntado la documentación solicitada en la Clausula Cuarta y el Visto Bueno del área de Servicios Auxiliares de la Oficina de Logística y Patrimonio Fiscal de EL GOBIERNO REGIONAL, en el plazo xx xxx.
Las facturas se expresarán en Moneda Nacional, debiendo emitirse a nombre del GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, RUC N° 20393066386 y domiciliado en el Jr. Xxxxxxxx 220 - Pucallpa.
El pago se efectuara a través del abono directo en la Cuenta Corriente; Banco Continental, Código de Cuenta Interbancario (CCI) Nº 011-306-000100047253-88, a nombre de CONSTRUCTORA CASAV E.I.R.L.
CLAUSULA NOVENA: REAJUSTE DE PRECIOS
El reajuste de precios se efectuará de acuerdo a lo establecido en numeral 1, del Art. 55º del D.S. 084-2004-PCM, a solicitud de EL PRESTATARIO se podrá reajustar los precios conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor que establece el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, correspondiente al mes de pago.
CLAUSULA DECIMA: FORMA DE EJECUCION DEL SERVICIO.
La ejecución del SERVICIO DE PERFORACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO A TODO COSTO XX XXXXX TUBULARES, EN LOS AAs. HHs. DE LOS DISTRITOS DE CALLERIA Y YARINACOCHA del presente proceso de selección, se efectuará de acuerdo a la recepción de la Ordenes de Servicio, emitidas por la Oficina de Logística y Patrimonio Fiscal, según los requerimientos que ésta reciba del Programa Desarrollo Comunal, por lo que el PRESTATARIO deberá prever este hecho para cumplir las diversas entregas en el plazo que proponga.
La entrega de los servicios será en un plazo de 04 (cuatro) días calendarios a partir de la recepción de la orden de servicio, tal como lo señala EL PRESTATARIO en la Declaración Jurada que adjunta en su expediente tecnico.
No se incluye cronograma de prestación de servicios pues las Órdenes de Servicio se emitirán de acuerdo a los pedidos del Programa de Desarrollo Comunal, su respectivo financiamiento y las disposiciones de austeridad fiscal.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA; PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO
En caso de incumplimiento de las entregas de acuerdo a lo indicado en la Cláusula anterior, el GOREU hará efectiva una multa equivalente a lo dispuesto por el Art. 222º del D. S. N° 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. La multa acumulada no superará el 10% del monto total del Contrato y podrá ser cobrada efectuando su descuento de la Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato en concordancia con los artículos 215º y 216º, del D.S. Nº 084-2004-PCM, sin perjuicio de que el GOREU exija a EL PRESTATARIO el resarcimiento de los daños y perjuicios por medio de la acción administrativa y/o Judicial correspondiente. Para la acreditación xx xxxx no se precisa requerimiento del GOREU.
En el caso de hecho fortuito o fuerza mayor, el GOREU, a solicitud de EL PRESTATARIO, podrá no computar los días de incumplimiento, si el recurso pertinente está debidamente sustentado con pruebas fehacientes e indubitables. De ser el caso, el no cómputo procederá única y exclusivamente a partir del día de la presentación del recurso, pudiendo adjuntarse la documentación pertinente hasta cinco días después de la presentación del mismo. El GOREU, podrá ampliar este plazo por motivos justificados, sin eximir a EL PRESTATARIO de la entrega del servicio bajo pena de Resolución de contrato. Este plazo adicional, no afecta en ninguna medida la aplicación de la xxxx. Sólo se podrá permitir, un retraso de hasta cinco días calendario antes de proceder a la resolución del Contrato
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: RESOLUCION DE CONTRATO.
En caso de incumplimiento de cualquiera de las condiciones del contrato por causas imputables a “EL PRESTATARIO”, se procederá a la resolución del mismo de pleno derecho, para lo cual “EL GOBIERNO REGIONAL” enviará una comunicación escrita sobre el particular de acuerdo a lo estipulado en el Art. 224º , 225º y 227° de “El Reglamento”. Si hubiere plazos adicionales, no afecta en ninguna medida la aplicación de la xxxx.
CLAUSULA DÉCIMA TERCERA: GARANTIA TÉCNICA.
EL PRESTATARIO se compromete a garantizar cualquier defecto del servicio adquirido por un periodo de 12 MESES contados a partir de la recepción del servicio. El servicio identificado con defecto de fabricación dentro del periodo de garantía así como aquellas que por esta causa resulten averiadas serán reparadas por EL PRESTATARIO sin ningún costo para EL GOREU en un plazo no mayor de 05 días hábiles contados a partir de la notificación de la detección de las fallas, vencido este plazo se aplicaran las penalidades previstas en el contrato.
CLAUSULA DECIMA CUARTA: GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO
De acuerdo a la Ley Nº 27268 “Ley General de la Pequeña y Microempresa” y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2003-PCM, como Garantía de Fiel cumplimiento, EL PRESTATARIO presentó una Declaración Jurada de autorización de retención del 20% de los pagos a cuenta hasta un máximo de S/. 65,250.00. ( Sesenticinco Mil Doscientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) que representa el 10% del monto contratado, el mismo que será devuelto al PRESTATARIO luego de liquidado el contrato.
CLAUSULA DECIMA QUINTA: PROHIBICION
EL PRESTATARIO, no podrá transferir a terceros total ni parcialmente el cumplimiento de la entrega del servicio ofertado, ni podrá ceder a terceros por ningún concepto el derecho de cobranza, teniendo la responsabilidad total sobre la ejecución y cumplimiento del contrato.
CLÁUSULA DECIMA SEXTA: SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Las partes acuerdan que cualquier controversia que surja desde la celebración del Contrato será resuelto mediante Conciliación ó Arbitraje de Derecho, conforme a las disposiciones de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Acordando las mismas someter la conciliación o el Arbitraje a la administración y organización del Centro de Arbitraje del Consejo Departamental de Ucayali del Colegio de Ingenieros del Perú.
La Conciliación o Arbitraje será resuelto según lo dispuesto en el Capitulo IV (Solución de Controversias) del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
El Laudo Arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el laudo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa.
CLAUSULA DECIMA SEPTIMA: DOMICILIO DE LAS PARTES
Para los efectos derivados del presente Contrato, las partes fijan como domicilio los consignados en la parte introductoria de este documento.
En señal de conformidad, las partes suscriben el presente contrato en idioma castellano en la ciudad de Pucallpa el 08 xx Xxxx de 2006.
EL GOBIERNO REGIONAL EL PRESTATARIO
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Página 7