TÉRMINOS DE REFERENCIA
TÉRMINOS DE REFERENCIA
1. DENOMINACION DE LA CONTRATACIÓN
Contratación de los servicios de un TOPOGRAFO para el control topográfico de la Obra Adicional “Reposición del Puente Sechin de la Red Vial N° 4 – Pativilca – Trujillo, siniestrado por el Fenómeno Niño Costero 2017”.
2. ANTECEDENTES
Con fecha 15 de setiembre de 2020, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adelante, el CONCEDENTE y Autopista del Norte S.A.C., en adelante, el CONCESIONARIO, suscribieron un ACTA DE ACUERDO para la ejecución de obra adicional en la calzada actual, con el objeto de encargar al Concesionario la ejecución de la obra adicional denominada “Reposición del Puente Sechín de la Red Xxxx Xx 0: Pativilca – Trujillo siniestrado por el Fenómeno Niño Costero 2017”.
3. BASE LEGAL
• Ley 26917, Ley de Supervisión Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público y sus modificatorias.
• Ley 27332, Xxx Xxxxx de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos.
• Reglamento General de OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 044-2006- PCM y sus modificatorias mediante D.S. N° 044-2006-PCM y sus modificatorias según D.S. N° 114-2013-PCM.
• Reglamento General de Supervisión de OSITRAN, aprobado con Resolución de Consejo Directivo N° 24-2011-CD-OSITRAN y sus modificatorias.
• Decreto Supremo N° 035-2001-PCM, Reglamento para la Contratación de Empresas Supervisoras por parte de OSITRAN.
• Resolución de Consejo Directivo N° 040-2015-CD-OSITRAN, que aprueba las Disposiciones Complementarias al Reglamento, modificado con Resolución de Consejo Directivo N° 033-2020-CD-OSITRAN.
• Resolución N°029-2019-GG-OSITRAN del 14 xx xxxxx de 2019, que aprueba la Directiva de Contrataciones Menores.
• Resolución Ministerial N°448-2020-MINSA, Lineamientos para vigilancia de la Salud de los Trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19;
• Decreto Supremo N° 116-2020-PCM, que establece las medidas que debe observar la ciudadanía en la Nueva Convivencia Social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID- 19.
• Resolución Ministerial N°257-2020-MTC/01, Aprueba el Protocolo Sanitario Sectorial para la prevención del COVID-19 (Anexo II), en la ejecución de obras de infraestructura de la Red Vial.
• Resolución Ministerial N°259-2020-MTC/01, Aprueba los lineamientos sectoriales para la reanudación gradual y progresiva de los proyectos del sector transportes y comunicaciones, garantizando la protección de las personas que intervienen en dichos proyectos, frente a la emergencia sanitaria, así como sus modificatorias y, en cuanto resulte vigente;
• Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo del Concesionario;
• Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 en el Ositrán comunicado con Memorando Circular Nº 00007-2020-JGRH-GA-OSITRAN.
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Visado por: XXX XXXX Xxxxxxxx Xxxxxxxx FIR 09599942 hard Motivo: Firma Digital
Fecha: 23/11/2021 15:01:37 -0500
4. OBJETO DEL SERVICIO
Contratar servicios de un TOPÓGRAFO para el control topográfico de la obra adicional “Reposición del puente Sechín de la Red Vial N° 4 – Pativilca – Trujillo, siniestrado por el fenómeno Niño Costero 2017”, en adelante, la OBRA ADICIONAL, en virtud a las obligaciones asumidas por el OSITRAN según el ACTA DE ACUERDO y el Contrato de Concesión de la Red Xxxx Xx 0.
5. FINALIDAD PÚBLICA
Brindar a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización el soporte técnico necesario para el cumplimiento de la función supervisora asignada por la Ley 26917- Ley de creación de OSITRAN, en los Contratos de Concesión de Redes Viales de Infraestructura de Transporte bajo la competencia de OSITRAN.
6. VINCULACIÓN CON EL POI
No corresponde por tratarse de recursos del Concesionario.
7. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
La descripción del alcance del servicio no es limitada, el TOPÓGRAFO, en cuanto lo considere necesario, podrá ampliar o profundizar dicho alcance, siendo responsable de los trabajos y actividades que realice para cumplir con el objeto de la supervisión, de conformidad con las labores que demande el Acta de Acuerdo, Contrato de Concesión y el Estudio Definitivo de Ingeniería, en adelante el EDI, sin que ello implique el reconocimiento de un pago adicional al estipulado en la orden de servicio respectiva.
El TOPÓGRAFO tomará en cuenta las Normas y Especificaciones Técnicas emitidas por el MTC y las características del EDI aprobado.
El OSITRAN proporcionará a través de mecanismo virtual al correo electrónico del TOPOGRAFO - el EDI, Acta de Acuerdo, Contrato de Concesión, el Programa de Ejecución de Obra (PEO) y la información necesaria para que el TOPOGRAFO pueda realizar adecuadamente los servicios solicitados.
Las actividades a desarrollar del TOPÓGRAFO son las siguientes:
a. Efectuar las labores de control topográfico de la OBRA ADICIONAL que ejecute el Concesionario en el periodo de servicio, a fin de verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas del EDI aprobado, determinar los metrados realmente ejecutados por el CONCESIONARIO de las actividades relacionadas con su especialidad, con el fin de disponer de ellos para el informe de opinión del Supervisor y trámite de la valorización mensual de obra conforme a lo establecido en el Acta de Acuerdo y Contrato de Concesión.
b. Opinar técnicamente a través de informes sobre aspectos de su especialidad, a solicitud del Supervisor de Obra, respecto de expedientes de Informes de Avance de Obra, Valorizaciones de Obra, Variaciones de Metrados y otros informes técnicos en los plazos que fije OSITRAN, Acta de Acuerdo o el Contrato de Concesión.
c. Comunicar al Supervisor de Obra las trasgresiones a los diseños de ejecución, métodos, especificaciones técnicas, acontecimientos que son materia de los servicios ejecutados, y/o normas aplicables vigentes, proponiendo las anotaciones pertinentes en el Libro de Obras.
d. Entregar al OSITRAN y al Supervisor de Obra la información procesada, planos topográficos, secciones transversales, perfiles longitudinales, planos de obras de arte, etc., según corresponda, en versión digital (PDF y editables) con firma y sello respectivos
e. El OSITRAN se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan, en casos que considere alterado el régimen de confidencialidad, respecto de: i) los documentos que administrará, ii) la información transferida por funcionarios de OSITRAN,
iii) la información obtenida en las coordinaciones y reuniones.
f. Organizar y entregar a la entrega de cada entregable, el archivo sistematizado en medio magnético.
g. Otras actividades que aconsejen las buenas prácticas de este tipo de actividades de consultoría
Así mismo, como parte de las condiciones del servicio, se deben señalar los aspectos siguientes:
i. Para el desarrollo del servicio el TOPOGRAFO debe contar obligatoriamente con sus propios EPP (Equipo de Protección Personal) correspondientes a las actividades que realicen, incluyendo los de protección del COVID 19 debiendo acreditar su uso, como parte de los entregables (anexando las fotografías correspondientes y el check list xx XXXx).
j. El TOPOGRAFO deberá afiliarse a la casilla electrónica del OSITRAN, a través del servicio de la Mesa de Partes Virtual de la sede digital, donde se le harán llegar todas las comunicaciones por parte del OSITRAN por lo que está obligado a revisarla frecuentemente.
El TOPÓGRAFO deberá contar con disponibilidad de equipos y la logística necesaria durante la verificación de la topografía en la ejecución de la obra. El equipo mínimo requerido será el siguiente:
EQUIPO | CANTIDAD |
Equipo Topográfico 1. Estación Total (*) 2. Nivel (*) | 01 Unidad 01 Unidad |
Equipo de Cómputo 1. Equipo de Cómputo (Lap top) 2. Programa de aplicación general 3. Programa para Xxxxxxxxxx Xxxxx | 00 Unidad 01 Unidad 01 Unidad |
Equipo de Comunicación 1. Equipo de transmisor-receptor portátil (Walkie Talkie) ó celulares u otro similar | 02 Unidades |
(*) Deberá contar con: Certificado de calibración vigente Características: 1. Precisión de lectura angular Entre 3 y 5 seg
2. Alcance de medida c/2 prismas1500‐2000 mts.
8. ACTIVIDADES EXCLUIDAS DEL SERVICIO DEL TOPOGRAFO
a. Ceder, subcontratar, transferir parcial o totalmente los servicios objeto de este Contrato.
b. Emitir certificados o constancias de conformidad o de buena calidad al CONCESIONARIO, los contratistas o subcontratistas, por ser facultad que corresponde única y exclusivamente al OSITRAN.
c. Aprobar la ampliación o reducción de metas sin la aprobación previa y expresa, por escrito, del OSITRAN.
9. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
Suma alzada; el monto por pagar incluye los impuestos xx xxx, seguros, alojamiento, alimentación, pasajes para traslado hacia el lugar de la prestación del servicio, útiles de escritorio, XXXx correspondientes a las actividades que realicen, incluyendo los de protección del COVID 19; y todo aquello que resulte necesario para la prestación del servicio.
OSITRAN proporcionará el servicio de transporte para el tramo de la concesión.
En caso de presentarse la reducción de prestaciones debido a la suspensión o paralización de los servicios de supervisión por factor climático, paralizaciones, huelgas de orden social, finalización de transferencia de información a la empresa supervisora seleccionada por el Regulador o la ocurrencia de eventos de caso fortuito o fuerza mayor, el OSITRAN efectuará el pago del servicio en forma proporcional por el servicio realmente prestado.
10. ENTREGABLES
10.1. EL TOPÓGRAFO deberá presentar nueve (09) entregables que consistirán en informes de las actividades, del periodo correspondiente, el cual debe tener el contenido mínimo siguiente:
• Información General
• Objetivo
• Antecedentes
• Análisis
• Conclusiones
• Recomendaciones
• Panel Fotográfico
• Otros
10.2. Los entregables, materia del presente servicio deberán estar debidamente foliados y firmados por el TOPÓGRAFO, con fotografías nítidas, fechadas y a color, y serán presentados como máximo a los siete (07) días calendario, de culminado cada período del servicio:
- De forma presencial a través xx Xxxx de Partes de OSITRAN sito Xxxxx Xxx Xxxxxxxx
000 Xxxx 0, Xxxxxxxxx- Xxxx – Perú, dirigido a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, con atención a la Jefatura de Contratos de la Red Vial, adjuntando en medio magnético (01 CD/DVD, con los archivos en PDF de entregable con la firma correspondiente, así como en formatos como Word y Excel); o
- De forma virtual, el TOPÓGRAFO podrá remitir los entregables en archivos digitales en formato PDF firmados, adjuntando como anexo los archivos editables, a través del servicio de la Mesa de Partes Virtual de la sede digital, en el marco de lo establecido por el Reglamento para el uso de la Mesa de Partes Virtual y Casilla electrónica del OSITRAN aprobado con Resolución de Consejo Directivo N° 0024-2020-CD- OSITRAN.
Asimismo, de manera excepcional, el TOPÓGRAFO podrá presentar sus entregables a través de la mesa de partes de emergencia u otros medios que Mesa de Partes comunique cumpliendo con las condiciones que para tal efecto se establezcan.
11. PERFIL MÍNIMO DEL TOPÓGRAFO
El TOPÓGRAFO para el servicio requerido deberá cumplir como mínimo el siguiente perfil:
• Ingeniero Civil ó Ingeniería Topográfica y Agrimensura ó Técnico en Topografía.
• Experiencia general mínima de dos (años) a partir de la colegiatura ó a partir de la obtención del diploma técnico.
• Experiencia demostrada por lo menos con tres (03) servicios desempeñando funciones técnicas relativas al control topográfico en obras de infraestructura vial.
• Contar con equipo topográfico con certificados de calibración correspondiente.
• Disponibilidad inmediata.
Documentos que debe presentar el contratista para la emisión de la Orden de Servicio:
Para la emisión de orden de servicio, el proveedor deberá presentar en un plazo máximo de dos (02) días hábiles siguientes de recibido el correo de requerimiento de la Jefatura de Logística y Control Patrimonial lo siguiente:
• Facturas canceladas de los seguros xx Xxx, el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo – SCTR que deben estar vigentes para el periodo de prestación del servicio.
12. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
El plazo del presente servicio es de doscientos setenta (270) días calendario, el cual se iniciará en la fecha indicada en la orden de inicio comunicada por la Gerencia de Supervisión y Fiscalización del OSITRAN.
- Primer periodo de servicio: 30 días calendario, computados a partir de la fecha indicada en la orden de inicio.
- Segundo periodo de servicio: 30 días calendario, computados a partir del día calendario siguiente de concluido el primer período del servicio.
- Tercer periodo de servicio: 30 días calendario, computados a partir del día calendario siguiente de concluido el segundo período del servicio.
- Cuarto periodo de servicio: 30 días calendario, computados a partir del día calendario siguiente de concluido el tercer período del servicio.
- Quinto periodo de servicio: 30 días calendario, computados a partir del día calendario siguiente de concluido el cuarto período del servicio.
- Sexto periodo de servicio: 30 días calendario, computados a partir del día calendario siguiente de concluido el quinto período del servicio.
- Séptimo periodo de servicio: 30 días calendario, computados a partir del día calendario siguiente de concluido el sexto período del servicio.
- Octavo periodo de servicio: 30 días calendario, computados a partir del día calendario siguiente de concluido el séptimo período del servicio.
- Noveno periodo de servicio: 30 días calendario, computados a partir del día calendario siguiente de concluido el octavo período del servicio.
13. FORMA DE PAGO
El pago se realizará según se indica:
• Primer Pago: 11.1% del monto contratado, luego de otorgada la conformidad, del primer entregable.
• Segundo Pago: 11.1% del monto contratado, luego de otorgada la conformidad, del segundo entregable.
• Tercer Pago: 11.1% del monto contratado, luego de otorgada la conformidad, del tercer entregable.
• Cuarto Pago: 11.1% del monto contratado, luego de otorgada la conformidad, del cuarto entregable.
• Xxxxxx Xxxx: 11.1% del monto contratado, luego de otorgada la conformidad, xxx xxxxxx entregable.
• Xxxxx Xxxx: 11.1% del monto contratado, luego de otorgada la conformidad, del sexto entregable.
• Séptimo Pago: 11.1% del monto contratado, luego de otorgada la conformidad, xxx xxxxxxx entregable.
• Xxxxxx Xxxx: 11.1% del monto contratado, luego de otorgada la conformidad, del octavo entregable.
• Noveno Pago: 11.2% del monto contratado, luego de otorgada la conformidad, del noveno entregable.
14. LUGAR DE LA PRESTACIÓN
Los servicios del SUPERVISOR se realizarán en la obra ubicada en el Km. 376+400 de la calzada actual de la Carretera Panamericana Norte, en la provincia de Casma, Departamento de Ancash.
15. SUPERVISION Y CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La supervisión y conformidad del servicio, será otorgada por la Jefatura de Contratos de la Red Vial, a través de un informe y Acta de Conformidad que serán emitidos en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días calendarios siguientes de recibido el entregable correspondiente, previa verificación del Supervisor de Inversiones designado por OSITRAN, teniendo en cuenta la siguiente matriz:
N° | Entregable | Descripción | Plazo de presentación | Criterios de Aceptación | Evidencia | Medio de Presentació n | Responsabl e de verificación |
1 | Primer entregable | Informe con la opinión técnica de las actividades ejecutadas por el SUPERVISOR en el primer periodo indicado en el numeral 12 | Conforme al plazo indicado en el numeral 10.2 | Contenido mínimo indicado en el numeral 10.1 | Informe del SUPERVISOR entregado conforme a lo indicado en el numeral 10. | Entregable presentado en Mesa de Partes del OSITRAN (virtual o física), conforme a las indicaciones de numeral 10.2 | Supervisor de Inversiones designado por OSITRAN. |
2 | Segundo entregable | Informe con la opinión técnica de las actividades ejecutadas por el SUPERVISOR en el segundo periodo indicado en el numeral 12 | Conforme al plazo indicado en el numeral 10.2 | ||||
3 | Tercer entregable | Informe con la opinión técnica de las actividades ejecutadas por el SUPERVISOR en el tercer periodo indicado en el numeral 12 | Conforme al plazo indicado en el numeral 10.2 | ||||
4 | Cuarto entrgable | Informe con la opinión técnica de las actividades ejecutadas por el SUPERVISOR |
en el cuarto periodo indicado en el numeral 12 | |||||||
5 | Quinto entregable | Informe con la opinión técnica de las actividades ejecutadas por el SUPERVISOR en el quinto periodo indicado en el numeral 12 | |||||
6 | Sexto entregable | Informe con la opinión técnica de las actividades ejecutadas por el SUPERVISOR en el sexto periodo indicado en el numeral 12 | |||||
7 | Séptimo entregable | Informe con la opinión técnica de las actividades ejecutadas por el SUPERVISOR en el séptimo periodo indicado en el numeral 12 | |||||
8 | Octavo entregable | Informe con la opinión técnica de las actividades ejecutadas por el SUPERVISOR en el octavo periodo indicado en el numeral 12 | |||||
9 | Noveno entregable | Informe con la opinión técnica de las actividades ejecutadas por el SUPERVISOR en el noveno periodo indicado en el numeral 12 |
De existir observaciones a la prestación del servicio, éstas deben ser reportadas a la JLCP, indicándose claramente el sentido de estas. Por su parte, la JLCP cursará comunicación al proveedor para la subsanación correspondiente, otorgándole un plazo prudencial para su subsanación, en función a lo señalado por el área usuaria y la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días calendarios, sin embargo, podrá ser ampliado a solicitud debidamente sustentada por el TOPOGRAFO en función al número de observaciones y a la complejidad de estas.
Si pese al plazo otorgado, el TOPOGRAFO no cumpliese a cabalidad con la subsanación y a requerimiento del área usuaria, la JLCP dará cuenta de tales hechos a la GA, la que podrá dejar sin efecto la orden de compra u orden de servicio, sin perjuicio de aplicar las penalidades previstas en los TDR.
16. OBLIGACIÓN DE GUARDAR RESERVA DE LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR OSITRAN
Durante la vigencia de las condiciones y cláusulas del contrato y los presentes Términos de referencia, el TOPOGRAFO se obliga a mantener absoluta confidencialidad, respecto de:
i. Los documentos que administrara.
ii. La información que será transferida por funcionarios de LA ENTIDAD.
iii. La información que obtenga producto de las coordinaciones y reuniones.
LA ENTIDAD se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan, en caso de que considere alterado el régimen de confidencialidad demandado.
Toda la información que se genere como parte de la ejecución del presente servicio tiene carácter confidencial y es de propiedad de OSITRAN, por lo cual no podrá ser utilizada por El TOPOGRAFO.
17. PENALIDAD POR XXXX
En caso de retraso injustificado por parte del TOPOGRAFO, en los entregables señalados en el numeral 10 de los Términos de Referencia, se aplicará una penalidad de hasta 10% del monto contratado, de conformidad con lo establecido en los artículos 161 y 162 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, según las condiciones establecidas en la siguiente tabla:
Penalidad | |||
N° | Supuestos de aplicación de penalidad | Forma de cálculo | Procedimiento |
1 | En caso de retraso injustificado en la presentación de entregables señalados en los numerales 10 y 15 de los presentes TDR | 0.05 UIT por día de retraso | Según informe de la Jefatura de Contratos de la Red Vial |
Vencidos los plazos indicados en los numerales 10 y 15 de los presentes Términos de Referencia, el TOPOGRAFO no podrá tener un retraso injustificado mayor a cinco (5) días calendario, en la presentación o subsanación de los informes, de lo contrario el OSITRAN queda facultado para resolver el contrato por incumplimiento, sin tener obligación al pago por el periodo correspondiente por cuanto el servicio resultaría inoportuno.
18. FUENTE DE FINANCIAMIENTO.
Los servicios de supervisión serán financiados con recursos del Concesionario (Indemnización reconocida por la Compañía de Seguros para la Obra Adicional), según las condiciones y procedimientos establecidos en la Cláusula Xxxxxx xxx Xxxx xx Xxxxxxx x Xxxxx 0 xxx Xxxx xx Xxxxxxx.
XXXX XXXXXX XXXX XXXXXXX
Jefe de Contratos de la Red Vial