CONVENIO
MODELO DE CONVENIO
CONVENIO
FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUALES (FOMECA) / EQUIPAMIENTO Y ADECUACIÓN EDILICIA PARA EMISORAS DE TELEVISIÓN / LÍNEA Nº 2-2016
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el día XX del mes de XXXXXXXXXX de 2017, entre el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, representado en este acto por el Xx. Xxxxxx Xxxxx Xx Xxxxx, en su carácter de Presidente, con domicilio legal en Xxxx 000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, en adelante el ENACOM, por una parte, y
XXXXXXXXXX, representado en este acto por XXXXXXXXXX, en su carácter de representante legal/apoderado de la entidad beneficiaria, con domicilio legal en la calle XXXXXXXX de XXXXXXXXXX, en adelante el BENEFICIARIO, por la otra, y, en adelante en conjunto, las PARTES, acuerdan celebrar el presente CONVENIO, considerando:
Que, con fecha 10 de octubre de 2009 fue sancionada la Ley Nº 26.522 que regula los Servicios de Comunicación Audiovisual en todo el ámbito territorial de la República Argentina, la que en su artículo 97 inciso f) establece que los fondos recaudados por la Administración Federal de Ingresos Públicos se destinará “el diez por ciento (10%) para proyectos especiales de comunicación audiovisual y apoyo a servicios de comunicación audiovisual, comunitarios, xx xxxxxxxx, y de los Pueblos Originarios (…)”; y con fecha 31 xx xxxxxx de 2010 se aprobó la reglamentación de la mentada normativa mediante el Decreto Reglamentario Nº 1225/2010.
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Que, con fecha 22 xx xxxxxx de 2016 se aprobó mediante Resolución ENACOM N° 6673, el Reglamento General del Fondo de Fomento Concursable para Medios de Comunicación Audiovisual (en adelante Reglamento General del FOMECA).
Mediante Resolución Nº 7427-ENACOM de fecha 24 de octubre de 2016, se convocó a concurso abierto en todo el territorio nacional para el otorgamiento de subsidios de hasta PESOS UN MILLÓN ($1.000.000) correspondientes al FOMECA LÍNEA N° 2/2016 EQUIPAMIENTO Y ADECUACIÓN EDILICIA PARA EMISORAS DE TELEVISION, en
adelante la Línea 2/2016, y se aprobó el Reglamento Particular correspondiente a la aludida línea.
Que la Cláusula PRIMERA del Reglamento Particular establece que la Línea 2/2016 tiene por objeto proveer de recursos para la adecuación edilicia y la adquisición de equipamiento técnico a través de los cuales, los destinatarios cuyos proyectos resulten seleccionados, propiciarán una mejora en la emisión y recepción de las señales de servicios de televisión.
Que, con fecha XX de XXXXXXXXXXX de 201X, el BENEFICIARIO mediante EXPENACOM Nº XXXXXX/201X presentó su Proyecto, en adelante el PROYECTO, para concursar en la Línea 2/2016.
Con fecha XX xx xxxxx de 2017, el Directorio del ENACOM aprobó mediante Resolución ENACOM Nº XXXXXXX los proyectos seleccionados por el Comité de Evaluación por los montos allí indicados.
Por lo expuesto, las PARTES acuerdan celebrar el presente Convenio, a tenor de las siguientes cláusulas y condiciones:
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PRIMERA: OBJETO-SUBSIDIO - El ENACOM otorga al BENEFICIARIO un subsidio, por la suma de PESOS XXXXXXXX ($ XXXXXXXX), para ser aplicado al PROYECTO aprobado por la Resolución ENACOM N° XXXXXXX.
SEGUNDA: CONTRAPARTE - El BENEFICIARIO se obliga a aportar en concepto de contraparte, el CINCO POR CIENTO (5%) / el QUINCE POR CIENTO (15%), según corresponda, del monto total del PROYECTO.
TERCERA: VIGENCIA – El presente Convenio tendrá vigencia desde la suscripción del mismo por las PARTES hasta tanto subsistan todas las obligaciones a cargo del BENEFICIARIO.
CUARTA: EJECUCIÓN - Los plazos de ejecución del PROYECTO establecidos en el artículo 9° del Reglamento Particular correspondiente a la Línea 2/2016, se computarán a partir de la fecha de recepción del desembolso percibido por el BENEFICIARIO, a excepción del concepto de contraparte establecido en la Cláusula SEGUNDA del presente Convenio, el cual podrá ser ejecutado a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución de aprobación de los proyectos seleccionados.
QUINTA: OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO - El BENEFICIARIO durante la ejecución
del PROYECTO, deberá respetar y dar cumplimiento con lo establecido en el Reglamento General del FOMECA y el Reglamento Particular correspondiente a la Línea 2/2016.
Sin perjuicio de lo allí previsto y de lo establecido en el presente Convenio, el BENEFICIARIO se obliga a: a) ejecutar estricta y fielmente el PROYECTO aprobado y aplicar los recursos, propios y del subsidio, a los destinos previstos y en los plazos indicados en el respectivo Reglamento Particular, salvo que se acreditasen fehacientemente circunstancias que impidiesen atender de esa manera el PROYECTO
aprobado; b) individualizar los gastos que demande la ejecución del PROYECTO de
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acuerdo a lo establecido en el Formulario de Rendición aprobado mediante Resolución ENACOM Nº XXXXXX/2017 y que como Anexo A forma parte del presente; c) conservar la documentación de respaldo de las erogaciones destinadas a la ejecución del PROYECTO, durante los tres primeros años posteriores al desembolso; d) presentar al ENACOM la rendición de gastos en el plazo y de conformidad a lo previsto en el Reglamento General y Particular correspondiente a la Línea 2/2016 del FOMECA; e) comunicar fehacientemente al ENACOM cualquier circunstancia que pudiera afectar el desarrollo del PROYECTO, alterar el cumplimiento del presente Convenio, o cualquier otra circunstancia relativa a su ejecución; f) presentar, a requerimiento del ENACOM, toda la información vinculada al PROYECTO, así como también recibir inspecciones, exhibir instalaciones y/o cosas y prestar colaboración para el seguimiento de su desarrollo.
SEXTA: ACEPTACIÓN DEL SUBSIDIO – Mediante la suscripción del presente Convenio, el BENEFICIARIO acepta y presta conformidad con el monto del subsidio otorgado conforme la Cláusula PRIMERA del presente.
SÉPTIMA: INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR EL
BENEFICIARIO – Ante el incumplimiento de alguna de las obligaciones a cargo del BENEFICIARIO, el presente Convenio será pasible de rescisión unilateral, total o parcial, con el alcance establecido en el artículo 31 del Reglamento General del FOMECA.
OCTAVA: RESPONSABILIDAD – El BENEFICIARIO se responsabiliza por todos los actos, hechos u omisiones que generen cualquier tipo de reclamo, por parte de terceros, en el marco del cumplimiento de las obligaciones a su cargo previstas en el presente Convenio y la normativa aplicable.
NOVENA: PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN - El BENEFICIARIO asume la obligación de divulgar en todas las actividades enmarcadas en el presente Convenio, que éstas se
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ejecutan con subsidio del ENACOM y del Fondo de Fomento Concursable para Medios de Comunicación Audiovisual (FOMECA). El ENACOM podrá requerir al BENEFICIARIO su acreditación en cualquier momento mientras rige el presente Xxxxxxxx.
DÉCIMA: CESIÓN – El BENEFICIARIO no podrá ceder, transferir o delegar, total o parcialmente, por cualquier título a terceros, los derechos y obligaciones inherentes al presente Convenio.
DÉCIMO PRIMERA: DOMICILIOS - Las PARTES constituyen domicilio en los indicados en el encabezamiento, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones realizadas por escrito y de forma fehaciente, dirigidas a los firmantes, durante la vigencia del presente Convenio.
DÉCIMO SEGUNDA: JURISDICCIÓN - Para dirimir cualquier diferencia no resuelta de común acuerdo, las PARTES se someten a los Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal de la Capital Federal.
En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Buenos Aires, a los XX días del mes de XXXXXXXXXX de 2017.
Firma representante ENACOM Firma del Beneficiario
Aclaración Aclaración
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ANEXO A
RENDICIÓN ÚNICA
Declaro que los datos consignados en el presente formulario son fidedignos y los mismos tienen la validez de una Declaración Jurada.
1. Gastos realizados con fondos obtenidos por el subsidio.
a. Gastos de Capital (Insumos y Equipamientos)
b. Gastos Corrientes
2. Gastos de contraparte, realizados con fondos propios
3. Gastos Totales
1. Total gastos realizados con fondos del subsidio
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a. Gastos de Capital | |
b. Gastos Corrientes | |
2. Total gastos realizados con fondos propios | |
TOTAL RENDICIÓN |
4. Rendición FORMATO ELECTRÓNICO
Firma Representante Entidad Beneficiaria Nombre Representante
SÓLO PARA SER COMPLETADO POR ENACOM
5. Informe Final del Desembolso (Marcar con una X)
Aprobado | Desaprobado |
Firma Evaluador Nombre Evaluador
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