PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CONTRATOS DE SERVICIOS
Contrato de SERVICIOS DE TRANSPORTE ESCOLAR 2024/2025
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes xx Xxxxxx
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CONTRATOS DE SERVICIOS
Procedimiento abierto simplificado abreviado al amparo del artículo 159.6 de la LCSP
SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR EN VEHÍCULO DE 10 Ó MÁS PLAZAS EN LA PROVINCIA XX XXXXXX PARA EL CURSO ESCOLAR 2024-2025.
CÓDIGO RUTA: 45004740F
Nº RUTA 360 IES
EXPEDIENTE Nº 2024/003978
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ANEXO I
Tramitación según la LCSP:
ordinaria
urgente
Tramitación contable:
ordinaria
anticipada
1.- PODER ADJUDICADOR.
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS
Título: | SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR EN VEHÍCULO DE 10 Ó MÁS PLAZAS EN LA PROVINCIA XX XXXXXX PARA EL CURSO ESCOLAR 2024- 2025. CÓDIGO RUTA: 45004740F Nº XX XXXX: 360 IES |
Nº expediente PICOS: | 2024/003978 |
ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE: | CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES XX XXXXXXXX LA MANCHA | |
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: | DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES EN TOLEDO | |
UNIDAD TRAMITADORA: | SERVICIO ECONÓMICO Y DE CONTRATACIÓN DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES EN TOLEDO | |
Fecha de la Resolución de inicio del expediente: | 30 xx xxxxx de 2024 | |
Dirección postal del órgano de contratación: | Xxxxxxx xx Xxxxxx, 00 00000 Xxxxxx | |
Correo electrónico de la unidad tramitadora: Teléfonos de contacto: | 925 28 69 39 /925 26 62 69/925 36 70 08 |
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2.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO.
OBJETO DEL CONTRATO: SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR EN VEHÍCULO DE 10 Ó MÁS PLAZAS EN LA PROVINCIA XX XXXXXX PARA EL CURSO ESCOLAR 2024-2025.
CÓDIGO RUTA: 45004740F / Nº RUTA 360 IES
NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIANTE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO:
El objeto del presente contrato de servicios, como ha quedado expuesto, consiste en el transporte para alumnado de centros docentes públicos no universitarios xx Xxxxxxxx La Mancha a cambio del pago de un precio cierto. La Ley 7/2010, de 20 de julio, de educación xx Xxxxxxxx-La Mancha en su artículo 141, en la redacción dada por la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales, establece que el transporte escolar estará dirigido al alumnado escolarizado en centros públicos que esté obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia, por inexistencia en la misma de oferta de la etapa educativa correspondiente, para a continuación prever que dicha prestación del servicio de transporte escolar será gratuita para el alumnado escolarizado en centros públicos que curse las enseñanzas básicas.
Se trata por tanto de cubrir las necesidades de escolarización del alumnado que carece de plaza escolar en su localidad de residencia en la ruta de referencia, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 119/2012, de 26/07/2012, por el que se regula la organización y funcionamiento del servicio de transporte escolar financiado por la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx- La Mancha en los centros docentes públicos dependientes de ésta (D.O.C.M. 147, de 27 de julio) y en la Orden de 15/03/2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas de transporte y comedor dirigidas a centros privados concertados de educación especial y al alumnado de los mismos, modificada por la Orden 63/2018 de 18 xx xxxxx, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
El proceso de escolarización del alumnado está permanentemente sujeto a cambios, razón por la cual las características de la ruta de referencia descrita en el Anexo XI del presente Pliego (Código, número, nivel, kilometraje, número de alumnos) así como en el Anexo 1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas (Código, número, nivel, número de expediciones, número de cuidadores, localidad de origen, centro de destino, localidad del centro de destino, horario del centro, vehículo adaptado, itinerario, número de plazas, alumnos, kilometraje, observaciones) se deben considerar estimaciones basadas en los datos de escolarización del presente curso escolar 2023-2024.
3.-PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (DESGLOSE DEL PRESUPUESTO EN EL ANEXO VI).
De esta manera queda bien entendido y aceptado por los licitadores al presentar su oferta y por el adjudicatario al formalizar el contrato, que las necesidades de la Administración de prestar este servicio de transporte de su alumnado pueden cambiar durante la ejecución del contrato respecto de las previsiones antes referidas. Se ha de considerar especialmente que el proceso de escolarización del alumnado garantiza el ejercicio del derecho fundamental a la Educación y que cuando el servicio de transporte deviene obligatorio, dicho servicio ha de adaptarse inmediatamente a las nuevas necesidades que vayan surgiendo del mencionado proceso de escolarización. |
Código/s CPV: 60130000-8 (1) Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera. |
POSIBILIDAD DE LICITAR POR LOTES: SI NO Se trata de un contrato con objeto único. |
Admisión de ofertas integradoras: NO SÍ Combinaciones admitidas: INFORMACIÓN ADICIONAL A LAS LICITADORAS (art. 138.3 LCSP) • Plazo para solicitar información: fin del plazo para presentar ofertas. • Plazo para facilitar la información solicitada: fin del plazo para presentar ofertas. |
Importe de licitación (IVA excluido): | Tipo e importe IVA: | Presupuesto base de licitación (IVA incluido): | |
Contrato | 47.948,25 ¬ | 10 % 4.794,83 ¬ | 52.743,08 ¬ |
Aplicación/es Presupuestaria/s: 1802TO00/423A/22300 |
4.- VALOR ESTIMADO.
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Coincide con el presupuesto de licitación sin IVA SI NO
5. SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO. REVISIÓN DE PRECIOS
SÍ (Indicar fórmula)
REVISIÓN DE PRECIOS: NO
Precios unitarios referidos a componentes de la prestación, unidades de ejecución u otros: Precios unitarios, según el cuadro de máximos que figura como anexo VI al presente pliego.
Importe total del contrato (sin IVA) | 47.948,25¬ | |
Importe de la prórroga (sin IVA) | ||
Importe de las modificaciones al alza previstas (sin IVA) | 9.589,65¬ | |
Costes derivados de la aplicación de las normativas laborales vigentes | ||
Cualquier forma de opción eventual | ||
Primas o pagos a abonar a las licitadoras | ||
TOTAL VALOR ESTIMADO | 57.537,90¬ (< 60.000 ¬) | |
✓ Posibilidad de incrementar el número de unidades a ejecutar hasta el 10% del precio del contrato: SI, de conformidad con el art. 309 LCSP. Este porcentaje se ha tenido en cuenta para el cálculo del valor estimado NO |
6.-FINANCIACIÓN.
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Junta de | Comunidades | xx | Xxxxxxxx-La | (Fondos Europeos | y/u | otros | Otros fondos finalistas |
Mancha | organismos) | y/o asociados |