CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO
Que celebran por una parte Seguridad y Justicia de Ciudad Juárez A.C., representada en este acto por en su carácter de Apoderado, en lo sucesivo se denominara “SEGURIDAD Y JUSTICIA” y por la otra parte el
, que en lo sucesivo se denominará como el “PRESTADOR DE SERVICIOS” a ambos en lo sucesivo se les denominara como las “PARTES”, y que se otorga al tenor de las siguientes declaraciones y clausulas:
D E C L A R A C I O N E S
1. “SEGURIDAD Y JUSTICIA” DECLARA A TRAVES DE SU REPRESENTANTE LEGAL:
1.1. Ser una asociación civil constituida conforme a las leyes mexicanas, como se acredita con el testimonio de la escritura 70,868 de fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Licenciado Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Notario Público Número 16, en ejercicio para el Distrito Bravos, en Ciudad Juárez, asociado y actuando en protocolo del Licenciado Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Notario Público Número 19 para el Distrito Bravos en Ciudad Juárez.
1.2. Ser una asociación civil sin fines de lucro.
1.3. Tener por objeto realizar obras o servicios públicos que efectúen o deban efectuar la Federación, Entidades Federativas o Municipios, previo convenio de colaboración con las mismas, enfocadas a la realización de toda clase de actividades tendientes al apoyo de la Seguridad Pública del Municipio de Juárez, Chihuahua.
1.4. Que su representante legal acredita su personalidad mediante instrumento notarial número 74,207 de fecha 00 xx Xxxxx xxx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx ante la fe del Licenciado Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Notario Público Número 16, en ejercicio para el Distrito Bravos, en Ciudad Juárez, asociado y actuando en protocolo del Licenciado Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Notario Público Número 19 para el Distrito Bravos en Ciudad Juárez., manifestando bajo protesta de decir verdad, que las facultades derivadas de dicho instrumento no le han sido revocadas ni limitadas en forma alguna.
1.5 Para los efectos legales del presente instrumento, señala como domicilio el ubicado en Xxxxx Xxxxxxxxx No. 7815, Local 201, Piso 2, Xxxxxxx Xxx Xxxxxxx, X.X. 00000, xx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxxx.
2. “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” DECLARA:
2.1. Ser de Nacionalidad Mexicana, con domicilio en: .
2.2. Tener la capacidad necesaria para llevar a cabo la gestión que se le encomienda en el presente contrato.
3. “LAS PARTES” DECLARAN:
3.1. Reconocer mutua y recíprocamente la personalidad con la que comparecen a suscribir el presente instrumento.
3.2. Que la celebración del presente instrumento no ha mediado vicio del consentimiento alguno, y al efecto se otorgan las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- La relación de trabajo que se deriva de este contrato, será por tiempo indefinido, al efecto, las causas que originan que se contrate la prestación de servicios por tiempo In, tienen carácter extraordinario y se hace en forma enunciativa y no limitativa.
SEGUNDA.- El “PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a prestar al patrón bajo su dirección, dependencia y subordinación, sus servicios personales como:
Dichos servicios quedan detallados en el Ofrecimiento Económico que ha elaborado el patrón y que firmado y aceptando por el “PRESTADOR DE SERVICIOS “forma parte de este contrato. Declarando el “PRESTADOR DE SERVICIOS”, bajo protesta de decir la verdad, que tiene capacidad, aptitudes y conocimientos necesarios para desempeñar con eficacia el trabajo contratado. En ésta virtud, el patrón acepta ocuparlo para el desempeño del puesto mencionado y actividades relacionadas con el mismo. Su duración será por tiempo indeterminado, en los términos de la Fracción I Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, si no muestra el “PRESTADOR DE SERVICIOS” su capacidad, aptitud y conocimientos en el desarrollo del trabajo contratado, el patrón podrá rescindir la relación de trabajo sin responsabilidad alguna. El “PRESTADOR DE SERVICIOS” estará obligado a prestar sus servicios en trabajos complementarios que le encomiende el patrón cuando no haya la actividad específica acostumbrada.
TERCERA.- El “PRESTADOR DE SERVICIOS “se obliga a prestar sus servicios con el carácter señalado, en la inteligencia de que la determinación de estos servicios se encuentra en la descripción del puesto y se hace en forma enunciativa y no limitativa, por lo tanto el “PRESTADOR DE SERVICIOS” deberá desempeñar todas las labores relacionadas con su obligación principal.
CUARTA.- Las “PARTES” convienen en que la vigencia de este Contrato, será por un periodo indeterminado iniciando el día y se podrá dar por terminado, mediante aviso por escrito que dé a la otra parte con una anticipación de 7 (siete) días naturales. Las “PARTES” acuerdan que la antigüedad laboral del “PRESTADOR DE SERVICIOS” se tomara por iniciada en la fecha .
QUINTA.- La duración de la jornada de trabajo será de la forma siguiente:
, jornada pactada en términos de lo señalado por el Artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo.
SEXTA.- El patrón se obliga a pagar como salario por jornada ordinaria la cantidad de:
a la quincena, el pago descrito se realizará de manera quincenal en horas de trabajo, los días 15 y últimos de cada mes, y en el lugar que el “PRESTADOR DE SERVICIOS” preste sus servicios salvo lo pactado en esta misma cláusula. Así mismo “EL PESTADOR DE SERVICIOS” gozará de un pago de manera quincenal de un bono de despensa equivalente a $359.00 pesos y $172.00 pesos por quincena por concepto xx xxxx de Desempeño. Así mismo “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” gozara de un fondo de ahorro en el cual aportara la cantidad equivalente al 10% xxx xxxxxx quincenal, a partir del segundo año laborado esta cantidad ascenderá a un 13%, SEGURIDAD Y JUSTICIA acuerda aportar la misma cantidad que aporta “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”. El “PRESTADOR DE SERVICIOS” y la empresa acuerdan que el pago puede ser vía cheque o por depósito bancario en este caso la Empresa proporcionará al Trabajador una tarjeta de débito para que cobre sus salarios en el cajero automático correspondiente, conviniendo en firmar los documentos necesarios para tal fin, resaltando que lo anterior se hace por motivos de seguridad, tanto para EL “PRESTADOR DE SERVICIOS” como para la Empresa. Igualmente el “PRESTADOR DE SERVICIOS” está de acuerdo en cumplir con las leyes que inciden en la relación laboral por lo que autoriza a la empresa para que le retenga y entere a las Dependencias correspondientes, el impuesto, cuota obrera, INFONAVIT, SAR así como en su caso lo estipulado en el artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo.
SEPTIMA.- Cuando por circunstancias especiales deba prolongarse la jornada de trabajo, el “PRESTADOR DE SERVICIOS” estará obligado a laborar el tiempo extra que se le ordene en los términos del Artículo 66 de la Ley Federal del Trabajo. Sólo se considerarán y pagarán como horas extraordinarias, las que exceden del tiempo semanal establecido en éste contrato y sean debidamente registradas y autorizadas por el patrón.
OCTAVA.- El “PRESTADOR DE SERVICIOS” manifiesta expresamente su voluntad y aceptación de desempeñar el trabajo contratado en el lugar o lugares que asigne el patrón, quedando sometido a la autoridad de éstos en todo lo concerniente al trabajo siendo la fuente de trabajo actual la ubicada en Xxxxx Xxxxxxxxx No. 7815, Local 201, Piso 2, Colonia Xxx Xxxxxxx, X.X. 00000, xx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxxx.
NOVENA.- Acepta el “PRESTADOR DE SERVICIOS” que su patrón podrá señalar cualquier día a cambio de sus días de descanso cuando lo estime, dando cumplimiento en su caso, a lo establecido en el Artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo.
DECIMA.- Para los efectos de lo dispuesto por el Artículo 73 de la Ley Federal del Trabajo, el “PRESTADOR DE SERVICIOS” expresa su consentimiento para laborar en el día que se le señale como descanso semanal o de descanso obligatorio, si las necesidades de la empresa así lo exigen, en cuyo caso se le cubrirá el salario con base en el propio Artículo 73 y lo que señale el Artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.
DECIMA PRIMERA.- El “PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a participar en los programas de capacitación y adiestramiento que se establezca en la empresa.
DECIMA SEGUNDA.- El “PRESTADOR DE SERVICIOS” manifiesta conocer y aceptar el aviso de privacidad en relación a la Ley Federal de Protección a los Datos Personales en Posesión de Particulares, encontrándose dicho en aviso en la página de internet XXX.XXXXXXX.XXX
DECIMA TERCERA.- El “PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a no divulgar a terceras personas, por medio de publicaciones, informes, o cualquier otro medio, los datos y resultados que obtenga objeto de este contrato, ni la información que se le proporcione o a la que tenga acceso en razón del objeto del presente contrato.
DECIMA CUARTA.- Cuando el “PRESTADOR DE SERVICIOS” incurra en incumplimiento de las obligaciones que contrae por este contrato o en actos u omisiones contrarios al reglamento interno del área de trabajo, o a las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, EL PATRON queda facultado para rescindir la relación y el contrato de trabajo en los casos en que proceda.
DECIMA QUINTA.- En todo lo no previsto expresamente por este contrato, se estará a las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y demás ordenamientos legales aplicables.
LEIDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO LAS PARTES LO RATIFICAN EN TODO SU CLAUSULADO E IMPUESTOS DE SU ALCANCE LEGAL LO FIRMAN AL CALCE PARA CONSTANCIA EN CIUDAD JUAREZ CHIHUAHUA A .
Prestador de servicios | Seguridad y Justicia (Dirección) |