CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VIVIENDA ARRENDADA
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VIVIENDA ARRENDADA
CON OPCION DE COMPRA
En , a de de 20
R E U N I D O S
De un lado la parte vendedora, D. , mayor de edad, con
domicilio en , C/
nº , con DNI nº
casado en
régimen de comunidad de gananciales con Xx. , mayor de edad, con domicilio en , C/ nº , y con DNI nº
Y de otro la parte compradora, D. , mayor de edad, con domicilio en , C/ nº , de estado civil y con DNI nº
.
Ambas partes tienen y se reconocen la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente contrato, y a tal fin.
E X P O N E N
PRIMERO: Que D.
Y Xx.
son
dueños en pleno dominio del inmueble sito en , C/ Nº , PISO º, LETRA _. Según consta en escritura, de fecha de de 197_ otorgada ante el Notario de D. , con el nº de orden de su protocolo. Escritura cuya copia queda unida a este contrato.
Dicho inmueble figura inscrito en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº DE
, en el Tomo , Libro , Folio , Finca nº , Inscripción _ª.
Cuenta con
metros cuadrados construidos y
metros cuadrados útiles,
correspondiéndole una cuota del en los elementos comunes. Como ANEXOS cuenta con:
Plaza de garaje de metros cuadrados, situada en el garaje común, con el nº , Trastero de metros cuadrados, situado en la zona común de trasteros con el nº
SEGUNDO: El expresado inmueble se encuentra en edificio en régimen de COMUNIDAD, regulada por la Ley de Propiedad Horizontal.
TERCERO.- D.
Y Xx.
manifiestan que el
citado inmueble se encuentra libre de cargas y al corriente en el pago de gastos de la Comunidad de Propietarios, según acredita la parte vendedora mediante certificado del Secretario de la Comunidad con el visto bueno del Presidente, emitida conforme al art. de la Ley de Propiedad Horizontal.
CUARTO.- Ambas partes celebraron el
de
de 199_, contrato de
arrendamiento de vivienda con opción de compra, cuya cláusula decimoquinta resulta del tenor literal siguiente:
"DECIMOQUINTA.- De la opción de compra.
Las partes acuerdan que antes del transcurso del plazo de duración del presente contrato, ( años) , el arrendatario podrá adquirir la propiedad del inmueble objeto del este arrendamiento, debiendo comunicarlo al titular del mismo, de modo fehaciente dentro del mes anterior a la fecha de expiración.
Se establece como precio de venta de la vivienda para el supuesto de ejercicio de dicha facultad por el arrendatario, sin que se incluyan en él las rentas derivadas del arrendamiento; el de ( ) EUROS .
En caso de verificarse la venta del inmueble, esta se llevará a cabo en escritura pública, libre de cargas y procediéndose al pago de la totalidad del precio convenido en el momento de su otorgamiento. Los gastos e impuestos que se deriven de la compraventa serán exigirán con arreglo a lo establecido en el Código Civil al respecto.
A instancia de cualquiera de las partes podrá procederse a la inscripción del presente contrato de arrendamiento con opción de compra en el Registro de la Propiedad, corriendo los gastos de la misma a cargo de quien la inste."
QUINTO.- El
de
de 2.00_, la parte arrendataria comunicó a la
arrendadora por medio de documento notarial su decisión de adquirir la propiedad de la vivienda en ejercitando la opción de compra incluida en el citado contrato de arrendamiento.
SEXTO.- Expuesto cuanto antecede, las partes convienen en celebrar el presente contrato de compraventa de la vivienda y anexos descritos en el expositivo primero conforme a las siguientes:
E S T I P U L A C I O N E S
PRIMERA.- Objeto
D. Y Xx. , VENDEN la vivienda y anexos reseñados a D. , quien a su vez acepta y COMPRA.
La venta se efectúa con cuantos derechos, usos, servicios y servidumbres le sean inherentes a la vivienda y anexos vendidos, incluida la parte proporcional que le corresponde en los elementos comunes del edificio y en las zonas comunes de la urbanización, libre de arrendatarios, ocupantes y cargas.
SEGUNDA.- Precio
Conforme viene establecido en la opción de compra incluida en el contrato de arrendamiento, se fija el precio total de la compraventa en la cantidad de
MIL ( ) EUROS. Según el siguiente detalle: Precio de la vivienda ¤
Precio del garaje ¤ Precio del trastero ¤
TERCERA.- Forma de pago
En este acto D.
entrega a D.
Y Xx.
de la cantidad de EUROS, a cuenta del precio total.
D.
Y Xx.
dan por recibida la
cantidad entregada en concepto de anticipo otorgando carta de pago mediante este documento formal.
El resto de la cantidad convenida: ( ) EUROS, se abonará en el acto de entrega de llaves y otorgamiento de escritura pública, mediante cheque nominativo a nombre del vendedor, conformado por entidad bancaria.
CUARTA.- Otorgamiento de escritura pública
Ambas partes se obligan a otorgar escritura pública de compraventa en el plazo de
( ) días naturales.
La elección xxx Xxxxxxx autorizante corresponderá a la parte compradora.
QUINTA.- Entrega del inmueble
D.
Y Xx.
se comprometen a hacer
entrega a la parte compradora de la posesión y de las llaves de la vivienda y anexos en el acto de otorgamiento de escritura pública ante el Notario elegido por la parte compradora.
SEXTA.- Pago de gastos e impuestos
Los gastos e impuestos consecuencia del otorgamiento de la escritura pública de compraventa serán por cuenta de cada parte conforme a lo establecido legalmente. En consecuencia corresponden a la parte compradora los gastos de primera copia de la escritura y posteriores, los de la inscripción de la escritura en el Registro de la Propiedad, el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados derivado de la escritura de compraventa. A la parte vendedora le corresponde abonar los gastos de la escritura matriz y el pago del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
A partir de la entrega, vendrá obligada la parte compradora a pagar todos los gastos, impuestos, tasas y arbitrios que se refieran a la vivienda y anexos objeto de este contrato, así como los proporcionales a los elementos comunes que le correspondan.
También serán de cuenta de la parte compradora los gastos y tributos devengados desde la puesta a disposición de la vivienda y anexos si la entrega se demorase por causa que le sea imputable.
SEPTIMA.- Comunidad de propietarios.
La parte compradora, a partir del día en que se ponga a su disposición la vivienda, participará en la proporción que resulte de la aplicación de los coeficientes que le correspondan, en el mantenimiento de los gastos comunes del edificio y de la zona común de la urbanización.
En este acto, la parte vendedora hace entrega a la parte compradora de los Estatutos de la Comunidad de Propietarios, así como del Reglamento de Régimen Interior.
OCTAVA.- Certificación Energética.
De conformidad con el artículo 14 del Real Decreto 235/2013, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, el comprador reconoce que el vendedor le ha entregado copia de la etiqueta energética con la que debidamente cuenta el inmueble, y declara conocer la existencia de este certificado de eficiencia energética desde el momento de su promoción.
NOVENA.- Fuero.
Las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de , lugar donde radica la finca, para resolver cuantas divergencias pudieran surgir por motivo de la interpretación y cumplimiento de este contrato.
Leído el presente documento por ambas partes, y estando conformes con su contenido, lo firman por duplicado en todas las páginas en el lugar y fecha reseñadas en el encabezamiento.