PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO
CA 4/16
NÚMERO DE EXPEDIENTE:
Consejero Delegado de Desarrollos Empresariales de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx, S.A.U..
Actúa en el ejercicio de las facultades otorgadas por acuerdo del Consejo de Administración de 26 xx xxxxx de 2015.
Domicilio a efectos de notificaciones y escritos: x/ Xxxxx xx xxxxxxxxxx x/x.- XX. 00000 Xxxxx
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.-
Las actividades realizadas por Desarrollos Empresariales de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx, S.A.U. y Servicios Documentales de Andalucía, S.L.U. y el hecho no disponer de personal propio para el servicio de limpieza, hacen que resulte necesaria la contratación de una empresa que preste estos servicios en las distintas instalaciones de ambas sociedades, ubicadas en Cádiz, El Puerto de Santa Xxxxx, Algeciras y Sevilla.
JUSTIFICACIÓN Y NECESIDAD DE LA CONTRATACIÓN.-
CUADRO CARACTERÍSTICAS
I.- DISPOSICIONES GENERALES SOBRE EL CONTRATO
El pliego tiene por objeto la contratación conjunta del servicio de limpieza en diferentes instalaciones y edificios ocupados o, en su caso, gestionados por las sociedades DESARROLLOS EMPRESARIALES DE LA ZONA XXXXXX XX XXXXX, S.A.U. (en adelante DEZF) y SERVICIOS DOCUMENTALES
DE ANDALUCÍA (en adelante SDA) de forma ambientalmente respetuosa. Todo ello de conformidad con el Pliego de Condiciones de Contratación, el Pliego de Prescripciones Técnicas y la Oferta del Adjudicatario.
El desarrollo del contrato se llevará a cabo con el máximo respeto al medioambiente, es decir, sin utilizar métodos o productos que puedan perjudicarlo, o bien minimizando sus efectos sin crear riesgos para el agua, el aire o el suelo, la flora o la fauna, de acuerdo con lo que se indica en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
A) OBJETO DEL CONTRATO.
Instalaciones | Metros cuadrados aproximados |
Unidad 1. DEZF | |
1.1 Edificio Xxxxxxxx (Algeciras) | 2.784 m² |
1.2 Xxxxxxxx Xxx Xxxxxxx (Xxxxxx xx Xxxxx Xx) | 1.869 m² |
1.3 Salón de Actos del Edificio Heracles | 265,21 m² |
1.4 Oficinas de Administración DEZF | 225 m² |
1.5 Despachos y demás instalaciones del Edificio Europa | 1.254,46 m² |
Unidad 2. SDA | |
2.1. Nave 2 (Algeciras) | 1.235 m2 |
2.2. Nave 15 (Cádiz) | 4.000 m2 |
2.3. Nave A y B y Nave C (Sevilla) | 1.210 m2 y 4.888 m2 |
1.- Valor estimado del contrato (IVA excluido): CIENTO DOCE MIL CUATROCIENTOS SEIS EUROS CON OCHENTA Y ÚN CÉNTIMOS (112.406,81 €), IVA NO INCLUIDO.
2.- Presupuesto base de licitación (IVA excluido): CIENTO OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (108.667,44 €), IVA NO INCLUIDO.
Este importe se desglosa en dos unidades de actuación:
Unidad 1.- NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CATORCE EUROS (92.214,00 €), IVA NO INCLUIDO
Unidad 2.- DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES EUROS CON CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (16.453,43 €), IVA NO INCLUIDO
c) Desglose anualidades:
Las anualidades previstas para el abono de las cantidades correspondientes al presupuesto del contrato se distribuye por mensualidades en 2017
B) VALOR ESTIMADO. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. ANUALIDADES Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
Las unidades de actuación que se incluyen en el contrato serían:
Código nomenclatura CPV: 74731000 “Servicio de Limpieza de Edificios”
Código clasificación estadística CPA-2002: 747013 “Limpieza ordinaria de interior de inmuebles”
Sistema de determinación del precio del contrato: El sistema de determinación del precio se ha establecido por tanto alzado
C) SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO
II. PREPARACIÓN DEL CONTRATO
- Por correo certificado.
- Por correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx
- Página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx
A) MEDIOS DE COMUNICACIÓN CON LOS LICITADORES.
B) PERFIL DEL CONTRATANTE.
Los enumerados en la cláusula 6 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas.
C) DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN EL SOBRE A
Podrán presentar ofertas para la adjudicación del contrato, las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal, con plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en algunas de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP, cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto de contrato y que dispongan de la solvencia económica y técnica requerida en el presente Xxxxxx.
Las personas jurídicas, de acuerdo con las especificaciones del artículo 57 del TRLCSP sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas presentaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales les sean propios.
El licitador deberá aportar Declaración responsable, según modelo del Anexo I del presente pliego, indicando que cumple todas las condiciones y requisitos establecidos en este pliego para contratar con Desarrollos Empresariales de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx, S.A.U. y que, cuando así se le solicite, lo acreditará ante el órgano de contratación.
D) REQUISITOS DE LOS LICITADORES.
Garantía provisional: No se exige
Garantía definitiva: Constitución de una garantía definitiva a favor de Desarrollos Empresariales de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx, S.A.U. de una cuantía igual al 5% (cinco por ciento) del importe de adjudicación, IVA excluido.
E) GARANTÍAS
El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de licitación (importe inserción en el BOE).
F) GASTOS DE PUBLICIDAD. GASTOS POR RENUNCIA Y DESISTIMIENTO.
III.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Los enumerados en la cláusula 6 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas.
A) DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN EL SOBRE B (oferta técnica) PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS.
Los enumerados en la cláusula 6 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas.
B) DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN EL SOBRE C (oferta económica) PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS MEDIANTE FÓRMULAS.
Se aplicará los criterios establecidos en la cláusula 10 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas, con la siguiente ponderación:
- Criterios que dependen de un juicio de valor. Ponderación de la oferta técnica (POT). Coeficiente: Hasta 90 puntos.
- Criterios a valorar mediante formula matemática. Ponderación de la oferta económica (XXX).
Coeficiente: Hasta 100 puntos.
C) CRITERIOS DE VALORACIÓN.
IV.- EFECTOS DEL CONTRATO
Plazo del contrato: UN AÑO, a contar desde la firma del correspondiente contrato.
A) PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO Y LUGAR DE EJECUCIÓN
Tras la aprobación de la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española, no procede la revisión de precios en este tipo de contratos de servicios.
B) REVISIÓN DE PRECIOS
C) MODIFICACIÓN CONVENCIONAL
Durante la vigencia del contrato de limpieza y dada la actividad que desarrolla DEZF como centro de negocios en algunas de las instalaciones (en particular en el Edificio Europa, en el Edificio Las Xxxxxxx y en el Edificio Xxxxxxxx), se puede plantear por parte de DEZF la necesidad de dar de baja algunos despachos e instalaciones incluidas en las unidades de actuación o, en su caso, dar de alta nuevos despachos e instalaciones inicialmente no incluidos. Todo ello en función de la ocupación de esas instalaciones y de la demanda de los clientes.
Dada estas características específicas y la actividad, la prestación del servicio de limpieza y por tanto el importe del contrato, podrá ser objeto de modificación durante su vigencia, con motivo del alta o baja de estas instalaciones.
En este sentido, el porcentaje máximo de variación sobre el importe total del contrato inicial por la baja de instalaciones en caso de no ocupación y falta de demanda se estima en 51,6%; siendo de un 13,76% en el Edificio Las Xxxxxxx, de un 24,08% en el Edificio Xxxxxxxx y de un 13,76% en el Edificio Europa.
Asimismo, el porcentaje máximo de variación sobre el importe total del contrato inicial por el alta de nuevos inmuebles y/o unidades de actuación como consecuencia del aumento de demanda, se estima en 17,20%; correspondiendo este porcentaje sólo al Edifico Europa al no contemplarse posibilidad de aumentar el número de horas ni en el Edificio Xxxxxxxx ni en Las Xxxxxxx.
Estos porcentajes se han calculado atendiendo al número de horas en las que se incrementarían o reducirían el servicio de limpieza en las distintas unidades de actuación y se indican en el punto 4 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas (Especificaciones Técnicas de los Trabajos).
V.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Plazo de garantía del presente contrato: 3 meses
A.- PLAZO DE GARANTÍA
VI.- CAPÍTULOS QUE INTEGRAN EL PLIEGO DE CLÁUSULAS
I.- DISPOSICIONES GENERALES SOBRE EL CONTRATO
II. PREPARACIÓN DEL CONTRATO III.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO IV.- EFECTOS DEL CONTRATO
V.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO.
CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES SOBRE EL CONTRATO
1.- OBJETO DEL CONTRATO.-
1.1. El pliego tiene por objeto la contratación conjunta del servicio de limpieza en diferentes instalaciones y edificios ocupados o, en su caso, gestionados por las sociedades DESARROLLOS EMPRESARIALES DE LA ZONA XXXXXX XX XXXXX, S.A.U. (en adelante DEZF) y SERVICIOS DOCUMENTALES DE ANDALUCÍA (en adelante SDA) de forma ambientalmente respetuosa. Todo ello de conformidad con el Pliego de Condiciones de Contratación, el Pliego de Prescripciones Técnicas y la Oferta del Adjudicatario.
El desarrollo del contrato se llevará a cabo con el máximo respeto al medioambiente, es decir, sin utilizar métodos o productos que puedan perjudicarlo, o bien minimizando sus efectos sin crear riesgos para el agua, el aire o el suelo, la flora o la fauna, de acuerdo con lo que se indica en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Las unidades de actuación que se incluyen en el contrato serían:
Instalaciones | Metros cuadrados aproximados |
Unidad 1. DEZF | |
1.1 Edificio Xxxxxxxx (Algeciras) | 2.784 m² |
1.2 Xxxxxxxx Xxx Xxxxxxx (Xxxxxx xx Xxxxx Xx) | 1.869 m² |
1.3 Salón de Actos del Edificio Heracles | 265,21 m² |
1.4 Oficinas de Administración DEZF | 225 m² |
1.5 Despachos y demás instalaciones del Edificio Europa | 1.254,46 m² |
Unidad 2. SDA | |
2.1. Nave 2 (Algeciras) | 1.235 m2 |
2.2. Nave 15 (Cádiz) | 4.000 m2 |
2.3. Nave A y B y Nave C (Sevilla) | 1.210 m2 y 4.888 m2 |
Código nomenclatura CPV: 74731000 “Servicio de Limpieza de Edificios”
Código clasificación estadística CPA-2002: 747013 “Limpieza ordinaria de interior de inmuebles”
La prestación objeto de contratación se realizará de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario que deberá comprender los trabajos necesarios para su correcta ejecución y respetar las condiciones mínimas establecidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas y Pliego de Prescripciones Técnicas.
Este contrato tendrá naturaleza privada. Se rige por lo establecido en este pliego de condiciones particulares y el pliego de prescripciones técnicas, por las instrucciones de contratación de DESARROLLOS EMPRESARIALES DE LA ZONA XXXXXX XX XXXXX, S.A.U., aprobadas por el Consejero Delegado de la sociedad y que se encuentran publicadas en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx. Asimismo, y con el alcance previsto en dichas instrucciones, por el Real Decreto Legislativo 3/2011 que aprueba el Texto refundido de la Ley Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), así como por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 y, en cuanto no se encuentre derogado por éste o aquélla, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (en adelante, RGLCAP).
1.2 Modificación del objeto del contrato.
Durante la vigencia del contrato de limpieza y dada la actividad que desarrolla DEZF como centro de negocios en algunas de las instalaciones (en particular en el Edificio Europa, en el Edificio Las Xxxxxxx y en el Edificio Xxxxxxxx), se puede plantear por parte de DEZF la necesidad de dar de baja algunos despachos e instalaciones incluidas en las unidades de actuación o, en su caso, dar de alta nuevos despachos e instalaciones inicialmente no incluidos. Todo ello en función de la ocupación de esas instalaciones y de la demanda de los clientes.
Dada estas características específicas y la actividad, la prestación del servicio de limpieza y por tanto el importe del contrato, podrá ser objeto de modificación durante su vigencia, con motivo del alta o baja de estas instalaciones.
En este sentido, el porcentaje máximo de variación sobre el importe total del contrato inicial por la baja de instalaciones en caso de no ocupación y falta de demanda se estima en 51,6%; siendo de un 13,76% en el Edificio Las Xxxxxxx, de un 24,08% en el Edificio Xxxxxxxx y de un 13,76% en el Edificio Europa.
Asimismo, el porcentaje máximo de variación sobre el importe total del contrato inicial por el alta de nuevos inmuebles y/o unidades de actuación como consecuencia del aumento de demanda, se estima en 17,20%; correspondiendo este porcentaje sólo al Edifico Europa al no contemplarse posibilidad de aumentar el número de horas ni en el Edificio Xxxxxxxx ni en Las Xxxxxxx.
Estos porcentajes se han calculado atendiendo al número de horas en las que se incrementarían o reducirían el servicio de limpieza en las distintas unidades de actuación y que se indican a continuación:
ALTA:
1) El aumento de clientes en el Edificio Europa, conllevaría un incremento máximo de 20 a 25 horas semanales (17,20% como porcentaje máximo de variación sobre el importe total del contrato inicial)
BAJA:
1) La disminución de clientes en el Edificio Xxxxxxxx, conllevaría una disminución máxima de 55 a 20 horas semanales (24,08% como porcentaje máximo de variación sobre el importe total del contrato inicial).
2) La disminución de clientes en el Edificio Las Xxxxxxx, conllevaría una disminución máxima de 35 a 15 horas semanales (13,76% como porcentaje máximo de variación sobre el importe total del contrato inicial).
3) La disminución de clientes en el Edificio Europa, conllevaría una disminución máxima de 20 a 0 horas semanales (13,76% como porcentaje máximo de variación sobre el importe del contrato inicial).
Estos porcentajes se han calculado atendiendo al número de horas en las que se incrementarían o reducirían el servicio de limpieza en las distintas unidades de actuación y se indican en el punto 5 xxx xxxxxx de Prescripciones Técnicas (Especificaciones Técnicas de los Trabajos).
1.3 Documentación contractual.
El contenido del presente Pliego de Cláusulas Administrativas particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como la oferta presentada por el adjudicatario, revestirán carácter contractual, prevaleciendo el presente pliego en caso de discordancia con lo dispuesto en el resto de la documentación contractual.
1.4 Desarrollo y coordinación de los trabajos. Responsable del Contrato.
El órgano de contratación de DEZF designará a una o varias personas para el seguimiento del cumplimiento, calidad y buena ejecución de los trabajos objeto del contrato. La persona o personas designadas como responsables del contrato desempeñarán una función de impulso, coordinación, inspección y control de la ejecución del contrato, siendo el cauce normal de comunicación, encargos técnicos, instrucciones e intercambios de información con el adjudicatario. Todo ello con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada y dentro del ámbito que el órgano de contratación le atribuya.
1.5 Equipo de trabajo.
La empresa adjudicataria quedará obligada a aportar, para la realización de los servicios, el equipo humano, los medios técnicos y organizativos necesarios para cubrir las obligaciones que se deriven del contrato, con el mínimo de personal y horas establecido en el pliego de prescripciones técnicas.
Tal personal dependerá exclusivamente del adjudicatario que tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de patrono, debiendo cumplir por ello las disposiciones vigentes en materia laboral, fiscal, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo.
Este personal estará integrado por los responsables, peones o limpiadoras que sean necesarios para cubrir los trabajos establecidos en el pliego de prescripciones técnicas. Realizarán las labores de limpieza de mantenimiento de todos los edificios y dependencias.
A efectos informativos, se adjunta anexo con los datos del personal de limpieza a subrogar aportado por la anterior adjudicataria del servicio. Este anexo incluye las condiciones de los trabajadores que serían objeto de subrogación según lo previsto en la legislación laboral y en el convenio colectivo que resulta de aplicación.
La empresa contratista deberá designar un coordinador o técnico responsable del servicio, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a DEZF, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con DEZF, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
e) Informar a DEZF acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
Asimismo, la empresa contratista podrá designar también un responsable del contrato, integrado en su propia plantilla, que será el interlocutor válido de la contratista para decidir sobre todos los aspectos técnicos y económicos del servicio. Será el responsable del cumplimiento del plan de calidad y medioambiental del servicio y de la prevención de riesgos laborales.
2. - PRESUPUESTO DE LICITACIÓN, IMPORTE DEL CONTRATO Y REVISIÓN DE
PRECIOS.-
2.1.- Valor estimado y presupuesto máximo de licitación
Valor estimado del contrato: Al contemplarse en el pliego la posibilidad de modificaciones del contrato que pueden aumentar los servicios y el importe máximo que este podría alcanzar, se debe calcular el valor estimado del contrato.
En este sentido, el valor estimado del contrato que se debe tener en cuenta a la hora de fijar el procedimiento de adjudicación y publicidad es de CIENTO DOCE MIL CUATROCIENTOS SEIS EUROS CON OCHENTA Y ÚN CÉNTIMOS (112.406,81 €), IVA NO INCLUIDO.
2.- Presupuesto base de licitación (IVA excluido): CIENTO OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (108.667,44 €), IVA NO INCLUIDO.
Este importe se desglosa en dos unidades de actuación:
Unidad 1.- NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CATORCE EUROS (92.214,00 €), IVA NO INCLUIDO
Unidad 2.- DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES EUROS CON CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (16.453,43 €), IVA NO INCLUIDO
2.2 Importe del contrato y Sistema de determinación del precio.
El sistema de determinación del precio se ha establecido por tanto alzado.
El importe del contrato y precios que regirán durante su ejecución serán los resultantes de la oferta económica que sea adjudicada que deberá llevar incluidos todos los gastos derivados del contrato que se detallan en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
A todos los efectos se entenderá que en la oferta económica presentada están incluidos todos los gastos que la contratista deba realizar para la puesta en marcha del servicio en todas las ubicaciones e instalaciones indicadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como otros gastos que sean necesarios para la correcta prestación de los servicios objeto del contrato, sin que por tanto puedan repercutirse como partida independiente.
Asimismo, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden todos los tributos, incluidos tasas y precios públicos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes. El Impuesto sobre el Valor Añadido deberá figurar en la oferta económica como partida independiente.
2.3 Revisión de precios
Tras la aprobación de la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española, no procede la revisión de precios en este tipo de contratos de servicios.
3.- EXISTENCIA DE CRÉDITO.-
Para atender a las obligaciones económicas que se deriven para DESARROLLOS EMPRESARIALES DE LA ZONA XXXXXX XX XXXXX, S.A.U. y SERVICIOS DOCUMENTALES DE ANDALUCÍA, S.L.U. del
cumplimiento de este contrato, existe crédito suficiente, según se acredita con Certificado de Existencia de Crédito emitido por la Dirección Financiera de Desarrollos Empresariales de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx, S.A.U. y que se incorpora al expediente.
Este contrato deberá someterse a las disposiciones del Tratado de la Unión Europea y a los actos fijados en virtud del mismo y será coherente con las actividades, políticas y prioridades comunitarias en pro de un desarrollo sostenible y mejora del medio ambiente, debiendo promover el crecimiento, la competitividad, el empleo y la inclusión social, así como la igualdad entre hombres y mujeres, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión.
4.- DURACIÓN DEL CONTRATO.-
El contrato tendrá una duración de UN AÑO a contar desde su formalización.
CAPÍTULO II.- PREPARACIÓN DEL CONTRATO.
5.- REQUISITOS DE LOS LICITADORES. LUGAR, TIEMPO Y FORMA PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.-
5.1. Requisitos de los licitadores.
Podrán presentar ofertas para la adjudicación del contrato, las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal, con plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en algunas de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP, cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto de contrato y que dispongan de la solvencia económica y técnica requerida en el presente Xxxxxx.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas presentaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales les sean
propios.
El licitador deberá aportar Declaración responsable, según modelo del Anexo I del presente pliego, indicando que cumple todas las condiciones y requisitos que se detallan a continuación para contratar con DEZF y que, cuando así se le solicite, lo acreditará ante el Órgano de contratación.
Requisitos para contratar con Desarrollos Empresariales de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx
La documentación requerida que sustituye la declaración responsable del artículo 146.4 del TRCSP y que deberá aportarse a requerimiento del órgano de contratación, en un momento posterior, es la siguiente:
A) Documentos acreditativos de la personalidad del empresario:
Si el licitador fuere una sociedad o persona jurídica, deberá presentar copia compulsada notarial o administrativamente de la escritura de constitución o de modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documentos de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por la que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
En el caso de concurrir un empresario individual se acompañará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada, o sus copias debidamente autenticadas.
Las empresas no españolas de estados miembros de la Comunidad Europea, o signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, podrán acreditar su personalidad mediante la inscripción en los Registros o presentación de las Certificaciones de los registros administrativos competentes, en función de los diferentes contratos.
Las personas físicas o jurídicas de estado no pertenecientes a la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
B) Documentos acreditativos de la representación:
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto mediante documento original del poder de representación o testimonio notarial del poder original. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil.
El documento original que acredita la representación del firmante podrá ser sustituido por copia compulsada administrativa o notarialmente, siempre que la fecha de la compulsa sea posterior a la de la solicitud de oferta y que la compulsa se haya hecho sobre el documento original.
No obstante, lo previsto en estos párrafos anteriores, en caso de testimonio notarial o copia compulsada de fecha anterior a la solicitud de oferta, deberá aportarse una declaración responsable del apoderado, manifestando que el poder aportado se encuentra vigente en el momento de presentar su oferta.
C) Declaración responsable
El empresario si se trata de una persona física o la empresa, sus administradores y representantes si se trata de una persona jurídica, deberán aportar una declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones de contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Y ello sin perjuicio de la necesidad de acreditar tales circunstancias en los términos previstos en el artículo 73 del TRLCSP, demás normas que le fueren de aplicación del RGLCAP y el presente Pliego.
D) Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
La solvencia económica o financiera se acreditará mediante el volumen anual de negocios del licitador de los tres últimos años concluidos, siendo un volumen mínimo exigido para al menos uno de los tres años de 186.212,52 €. Para ello deberá aportar las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
La solvencia técnica se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el licitador en el curso de los cinco últimos años, incluyendo importe, fecha, destinatarios y código CPV.
Estos trabajos deberán ser avalados por certificados o declaración responsable del empresario de buena ejecución. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de certificado, mediante una declaración del empresario.
El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a la anualidad media del contrato (108.667,44 €).
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la
autoridad competente.
E) Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales y materiales.
Los licitadores deberán incluir compromiso de adscripción o dedicación de los medios personales y materiales suficientes para la ejecución del contrato según lo establecido en este pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
F) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudieran corresponder al licitador.
Las empresas extranjeras no comunitarias, además deberán acreditar que tienen abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones inscrita en el registro correspondiente.
Estos licitadores deberán presentar su documentación traducida de forma oficial la castellano.
5.2.- Documentación exigida para licitar en el concurso
Los licitadores interesados en participar presentarán sus proposiciones, en el lugar y plazo que se indica en el anuncio de licitación, en tres sobres cerrados, sellados y firmados por el licitador o persona que lo represente, señalados con las letras A, B y C.
Los documentos se presentarán en castellano.
En el exterior de cada uno de los sobres se indicará, el sobre del que se trata, número de expediente y denominación del contrato al que se presentan, nombre y apellidos de quien firma la proposición y el carácter con el que se hace, la denominación social y CIF de la entidad concursante, además de la dirección postal y correo electrónico del firmante a efectos de notificaciones y comunicaciones, todo ello de forma legible.
Estos sobres contendrán: el primero (sobre A) la documentación administrativa previa exigida para tomar parte en la licitación, el segundo (sobre B) la documentación técnica que se detalle en el Pliego de Cláusulas y de Prescripciones Técnicas y el tercero (sobre C) la proposición económica ajustada al modelo que se incluye en este Pliego.
En su interior se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen.
5.3 Confidencialidad.
Los licitadores podrán designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados. Esta
circunstancia deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento designado como tal. A estos efectos DEZF no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios a la que se le haya dado ese carácter.
5.4. Recogida de documentación. Lugar y plazo de entrega de la proposición.
Recogida de documentación.-
Los interesados podrán obtener los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas en el perfil de contratante de DEZF: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx (Perfil de contratante – Licitaciones) y en las oficinas de DEZF, Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxx, 00000 – Xxxxx.
Lugar y plazo de entrega de la proposición.-
Los licitadores podrán presentar sus proposiciones en el Registro General de DEZF (Edificio Heracles, Planta Baja) antes de las catorce horas del día en que se cumpla el plazo para la presentación de proposiciones señalado en los anuncios de licitación publicados en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de la Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, debiendo indicar en todo caso teléfono de contacto, número de fax y domicilio a efectos de notificaciones; teniendo la posibilidad, no obstante, de aportar además una dirección de correo electrónico a tales efectos de notificación.
Las proposiciones también se podrán remitir por correo postal urgente a la citada dirección. En este supuesto, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos (dentro del plazo de presentación de ofertas), y anunciar, el mismo día, al Órgano de Contratación la remisión de la oferta mediante fax (000 00 00 00), telegrama o correo electrónico. Sólo será válida esta comunicación, independientemente del modo en que se realice, si existe constancia de la transmisión y recepción, de la fecha en que se realizó, del contenido íntegro de las comunicaciones y si se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.
Sin la concurrencia de ambos requisitos (fecha de imposición del envío anterior a la terminación del plazo de entrega y envío del aviso al órgano de contratación sobre la remisión de la oferta por correo postal urgente el mismo día) no será admitida la proposición si es recibida por el Órgano de Contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. Transcurrido, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha, sin haberse recibido la proposición, esta no será admitida en ningún caso.
En el supuesto de que el día fijado para la apertura de proposiciones no hubiese llegado alguna proposición que, cumpliendo los requisitos señalados en este párrafo para la admisión, haya sido enviada por correo, se procederá a la apertura y lectura de las restantes proposiciones admitidas y se dejará constancia de la existencia de una proposición que ha sido enviada por correo. Una vez recibida por DEZF, se procederá a su calificación y, en su caso, apertura.
En caso de proposiciones que, por haber sido enviadas por correo postal, tengan entrada en el Registro de DEZF una vez cerrado el plazo de presentación de proposiciones, se podrá no conceder plazo de subsanación de los defectos que presente la documentación contenida en la proposición, aunque se hubiere concedido plazo de subsanación a otros licitadores que hayan presentado su documentación dentro del plazo establecido.
Las proposiciones presentadas fuera de plazo no serán admitidas.
5.5.- Comunicaciones entre el órgano de contratación y los licitadores.
Durante la fase de licitación, para los actos de comunicación con el órgano de contratación distintos de la presentación o anuncio del envío de las proposiciones, los licitadores podrán emplear el correo electrónico, indicado en el cuadro de características (apartado II.A) del presente pliego.
Igualmente, el órgano de contratación podrá comunicarse con los licitadores a través del correo electrónico y del telefax que éstos deberán designar en su proposición.
6.- DETALLE DE LOS SOBRES Y DOCUMENTACIÓN.-
Sobre A: Documentación administrativa previa.
Se incluirá en el sobre A los siguientes documentos:
A) Garantía provisional: Se dispensa la constitución de la garantía provisional.
B) Copia compulsada del DNI del representante del licitador o de éste si es persona física.
C) Declaración responsable, según modelo adjunto como Anexo I al presente pliego, indicando que cumple todas las condiciones y requisitos establecidos en este pliego para contratar con DEZF y que, cuando así se le solicite, lo acreditará ante el Órgano de contratación.
D) Declaración responsable de empresas vinculadas.
Las empresas deberán presentar una Declaración responsable indicando las empresas vinculadas a un mismo grupo empresarial que se han presentado a la licitación o, en su caso, Declaración responsable de no haberse presentado alguna otra empresa vinculada al grupo empresarial (ya sea porque no se han presentado o por no tener vinculación con ninguna). Se entiende por empresas vinculadas a un grupo empresarial, las empresas que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio.
E) Para los casos de proposiciones presentadas por las Uniones de Empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el artículo 59 del TRLCSP, cada uno de los empresarios que componen la UTE deberán presentar la Declaración responsable.
Asimismo, se incluirá en este sobre A el Compromiso de constituirse en UTE en caso de ser propuesta como adjudicataria. En este documento se deberá indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a DEZF y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en Unión temporal en caso de resultar adjudicatario del contrato. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que van a constituir la Unión. Cuando la adjudicación recaiga en una Unión de Empresarios deberá acreditar la constitución de la misma en escritura pública ante el Órgano de Contratación.
F) Datos identificativos del licitador a efectos de notificaciones.
Los licitadores deberán indicar un domicilio a efectos de notificaciones o, en su caso, una dirección de correo
electrónico. Asimismo indicar el nº de fax y télefono.
El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación por presentar la oferta económicamente más ventajosa, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos como requisitos para contratar con DEZF y que se detallan en la cláusula 5.1 del presente pliego.
En todo caso, el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
Sobre B: Propuesta técnica. Criterios no evaluables mediante fórmulas y que dependen de un juicio de valor.
En el sobre B se incluirá toda la documentación técnica e información que se detalla y exige en este Pliego así como cualquier otra que resulte necesaria para acreditar los extremos que sirven como criterios técnicos de valoración.
Todos los documentos contenidos en este sobre B, tendrán que estar debidamente sellados y firmados, por el licitador o la persona que lo represente. Toda la documentación técnica aportada en este sobre B deberá constar en un índice y con la numeración dada en el Pliego.
Asimismo, se deberá aportar en soporte informático una copia de esta documentación técnica en formato pdf protegido.
Al objeto de elaborar la propuesta técnica, los interesados podrán visitar las instalaciones que son objeto del presente concurso concertando previamente cita con el Responsable de Mantenimiento.
La documentación técnica que deberá incluirse en sobre B comprenderá:
1.- PROPUESTA TÉCNICA DEL SERVICIO.-
En relación con la propuesta técnica de servicio, el licitador deberá adjuntar una memoria técnica descriptiva de los trabajos en la que deberá respetar las condiciones mínimas exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas e incluir la documentación e información técnica que resulte necesaria para la valoración de la oferta técnica de acuerdo a los criterios de valoración detallados.
La maquinaria, medios técnicos, productos y material consumible deberá cumplir con las determinaciones establecidas en los Objetivos del Plan de Contratación Pública Verde, aprobado en Consejo de Ministros de 11 de enero de 2008 y publicado como Orden PRE/116/2008 en el BOE del 31 de enero de 2008.
La memoria técnica se desglosará en los siguientes conceptos:
1.- Programa de trabajo: Organización de los trabajos de limpieza diarios, semanales, mensuales, trimestrales, y anuales incluyendo un plannig detallado de las mismas, distribución de horarios de limpieza de las distintas unidades de actuación.
2.- Equipos y medios técnicos que se asignan a las distintas unidades de actuación, descripción de la maquinaria y utensilios que se utilizarán, calidad ficha descriptiva de los mismos.
3.- Descripción del material consumible y productos que se utilizarían, incluyendo expresamente los desinfectantes, productos de limpieza y otros productos a suministrar por el contratista. Incluir la calidad y fichas de seguridad de los mismos.
4.- Adopción de planes y medidas específicas de control de calidad, cumplimiento y comprobación de los trabajos objeto de contratación. Así como cualquier otro aspecto que el licitador estime conveniente para controlar la calidad de la oferta.
5.- Propuesta y capacidad de respuesta ante cualquier eventualidad del servicio.
Asimismo, deberá añadir toda la información que estime conveniente para describir los elementos y trabajos a fin de conocer en mayor detalle el valor técnico de la oferta.
Ante la omisión o el defecto de cualquiera de los documentos técnicos exigidos, el Órgano de Contratación podrá valorar la oferta con la información existente, procediendo a una menor valoración de la misma o, en su caso, podrá acordar la exclusión de la oferta si la omisión o defecto en la propuesta técnica presentada no permite garantizar el cumplimiento de las especificaciones técnicas mínimas exigidas en los Pliegos.
Sobre C: Propuesta económica. Criterios valorables mediante fórmula matemática.
En este sobre C se incluirá la siguiente documentación:
1.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
Se presentará según el modelo de oferta económica que se indica a continuación añadiendo el Impuesto sobre el Valor Añadido como partida independiente.
* * *
MODELO OFICIAL DE PROPOSICIÓN DE OFERTA ECONÓMICA A DESARROLLOS EMPRESARIALES DE LA ZONA XXXXXX XX XXXXX, S.A.U.
D ……………….. con D.N.I. núm. ………….. domiciliado en ………. , C/ …………, núm.,
……….. C.P. ……… , actuando en nombre …. (propio o de la empresa que represente) ………, manifiesta que, enterado del anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado de fecha
……………………….., conforme con todos los requisitos y condiciones que se exigen para adjudicar mediante procedimiento abierto el contrato de “ ”, se compromete y obliga
a tomar a su cargo dicho contrato de acuerdo con el Pliego de Condiciones Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas que ha de regir dicha licitación por la cantidad de euros a la que
habrá que añadirle el importe de …………… correspondiente al (porcentaje) de IVA.
( lugar, fecha y firma del proponente)
AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN DE DESARROLLOS EMPRESARIALES DE LA ZONA XXXXXX XX XXXXX, S.A.U.
* * *
La proposición se presentará escrita a máquina y no se aceptarán aquellas que tengan omisiones, errores, tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que XXXX estime fundamental para la oferta.
Los empresarios no españoles, en su proposición harán declaración solemne de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato.
2.- ANEXO ECONÓMICO.
Se deberá adjuntar presupuesto detallado que justifique la veracidad de la oferta económica presentada y que contendrá desglose de las unidades de actuación, de las instalaciones incluidas en cada unidad y de las partidas del servicio de limpieza que sean necesarias para su correcta ejecución. Este presupuesto desglosado deberá permitir analizar la oferta económica realizada, y conocer la facturación que corresponda a cada unidad de actuación, instalación y partidas.
Las unidades de actuación serían:
Instalaciones:
Unidad 1.- Edificio Xxxxxxxx (Algeciras), Edificio Las Xxxxxxx (El Puerto de Santa Xxxxx), Oficinas del Centro de Negocios en el Edificio Europa, Salón de Actos y Oficinas de Administración de DEZF en el Edificio Heracles
Unidad 2.- SDA: Nave 15 ubicada en Xxxxx, Xxxx 0 ubicada en Algeciras y Naves A, B y C ubicadas en Sevilla.
Serán por cuenta del adjudicatario, y se entenderán incluidos en la oferta económica, todos los gastos derivados del contrato que se detallan en este Pliego; todos los gastos que la contratista deba realizar para la puesta en marcha del servicio en todas las ubicaciones e instalaciones indicadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas; los gastos de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial del Estado, así como otros gastos que sean necesarios para la correcta prestación de los servicios objeto del contrato, sin que, por tanto, puedan repercutirse como partida independiente.
CAUSAS DE EXCLUSIÓN: Xxxxx excluidas del procedimiento de adjudicación las proposiciones económicas que excedan del presupuesto base de licitación, así como las que tengan en la oferta y/o en el anexo económico contradicciones, omisiones, errores o tachaduras, que impidan conocer o justificar claramente el contenido y desglose de la proposición económica. Asimismo serán excluidas las proposiciones económicas que no incluyan el citado Anexo económico.
7. PRESENTACIÓN DE OFERTAS.-
La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este pliego y el pliego de prescripciones técnicas, así como la declaración responsable de que su finalidad o actividad tiene relación directa con el objeto del contrato y que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
CAPÍTULO III.- ADJUDICACIÓN
8.- FORMA DE ADJUDICACIÓN.-
Teniendo en cuenta que el valor estimado del contrato no supera los 209.000 euros (IVA no incluido), el citado contrato no es un contrato de regulación armonizada, se tramitará de forma ordinaria y se adjudicará por el procedimiento abierto en garantía de los principios de publicidad y concurrencia. Los criterios de valoración se han elegido con el objetivo de seleccionar la oferta más ventajosa en su conjunto.
Por ello, todo empresario que reúna los requisitos exigidos podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
9.- APERTURA DE PROPOSICIONES.-
9.1. Trámite de Calificación de la documentación administrativa.
El órgano competente calificará previamente la documentación administrativa (sobre A) presentada por los licitadores.
En el caso de que la documentación administrativa de los licitadores presente defectos fácilmente subsanables, el órgano competente podrá conceder, si lo estima oportuno, el plazo que discrecionalmente estime conveniente, no superior a tres días, para la subsanación de dichos efectos. Transcurrido el plazo concedido sin haberse procedido a la subsanación se procederá a la exclusión del procedimiento de adjudicación.
9.2. Apertura del SOBRE B. Fase de valoración de la propuesta técnica. Criterios no evaluables mediante fórmulas cuya ponderación dependen de un juicio de valor.
Tras la calificación de la documentación administrativa, se iniciará la FASE VALORACION DE LA PROPUESTA PRESENTADA. En esta fase los técnicos del Departamento competente, procederán a analizar y valorar las ofertas presentadas, por los licitadores admitidos, en su conjunto, emitiendo un informe motivado con relación a las necesidades y peculiaridades propias de DEZF.
9.3. Apertura del SOBRE C. Valoración de las ofertas técnicas presentadas y Fase de Valoración económica. Criterios evaluables mediante fórmula matemática.
En la fecha y lugar indicados en el anuncio de licitación o en la carta de invitación para la apertura de las proposiciones económicas (Sobre C), se procederá de la siguiente forma:
a) Se identificará el contrato objeto de licitación.
b) Se dará cuenta al público asistente, en su caso, del número de proposiciones presentadas y del nombre de los licitadores, comunicándose el resultado de la calificación administrativa, indicando las admitidas y rechazadas y la causas de su inadmisión.
c) Se hará pública la valoración técnica resultante de la fase de valoración de proposición técnica, a resulta de la documentación contenida en el sobre B y del informe técnico de valoración emitido, indicándose la puntuación obtenida por las admitidas, excluyéndose aquéllas que, en su caso, no alcancen la puntuación mínima requerida.
d) Se procederá a la apertura de los sobres que contengan las ofertas económicas (Sobre C), siendo excluidas aquéllas que excedan del presupuesto de licitación o no alcancen el tipo mínimo fijado, las que varíen sustancialmente el modelo o comporten error en el importe de la proposición, las de aquellas empresas concurrentes que hayan presentado más de una proposición, y las que contengan contradicciones, omisiones y/o tachaduras que impidan conocer lo que DEZF estime fundamental.
10.- CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LA OFERTA.-
10.1. Valoración de los criterios no evaluables mediante fórmulas.
Los criterios no evaluables mediante fórmulas y cuya ponderación dependen de un juicio de valor, se valorarán con un máximo de 90 puntos.
Para la valoración de los criterios no evaluables mediante fórmulas y que dependen de un juicio de valor, se tendrá en cuenta aquellos aspectos y mejoras técnicas que no estando incluidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, se pongan a disposición de DEZF para la mejor del servicio, calidad y gestión del mismo.
Estos criterios de valoración son:
1.- Plan o programa de trabajo previsto, organización o planificación del servicio. 34 puntos.
2.- Equipos y medios técnicos que no estando incluidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, se pongan a disposición de DEZF para mejora del servicio. En particular, se valorará las mejoras en cuanto a las características de la maquinaria a utilizar y en cuanto a las características y número de utensilios. 20 puntos.
3.- Mejoras en cuanto a las características y números de los productos consumibles que se pongan a disposición del servicio, tales como los desinfectantes y los productos de limpieza y que no se encuentren previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. 20 puntos.
4.- Planes y medidas específicas que se establecen durante la vigencia del contrato para su control de calidad, cumplimiento y comprobación de los trabajos objeto de contratación. 10 puntos.
5.- La capacidad de respuesta ofertada y comprometida antes cualquier eventualidad del servicio. 6 puntos.
UMBRALES MÍNIMOS: Se establece como umbral mínimo de puntuación para la aceptación de las ofertas técnicas presentadas y su pase a la fase de valoración económica, que éstas obtengan al menos 45 puntos de los máximos puntos posibles (90 puntos). No serán tenidas en cuenta las ofertas que no hayan alcanzado este umbral mínimo que se considerarán de calidad técnica inaceptable.
10.2. Valoración de los criterios evaluables mediante fórmulas.
Los criterios evaluables mediante fórmulas se valorarán con un máximo de 100 puntos. Se valorará en este apartado el precio ofertado. Se entiende a estos efectos por precio la cantidad que figura en la proposición económica, IVA excluido.
Con carácter previo a la valoración, se determinará, conforme a la cláusula “Ofertas con valores anormales o desproporcionados” si existen ofertas con valores anormales o desproporcionados, en cuyo caso se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 152 del TRLCSP).
BOj = Baja de la oferta económica (%) del licitador j con respecto al presupuesto base de licitación.
PB = Presupuesto base de licitación. Ofj = Importe de la oferta del licitador j BM = Baja media
n = número de ofertas
10.3. Ofertas con valores anormales o desproporcionados.
Para determinar las ofertas con valores anormales o desproporcionados, se aplicaran los siguientes criterios:
1.- Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 17 unidades porcentuales
2.- Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 14 unidades porcentuales a la otra oferta.
3.- Cuando concurran tres o más licitadores, las que su baja correspondiente BOj sea mayor que BM +7 unidades porcentuales.
Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de un contrato, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas desproporcionadas o temerarias, la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los
efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de ofertas desproporcionadas o temerarias, respecto de las restantes ofertas formuladas por las empresas del grupo.
Cuando se presenten distintas proposiciones por sociedades en las que concurran alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, respecto de los socios que las integran, se aplicarán respecto de la valoración de la oferta económica las mismas reglas establecidas en el apartado anterior.
Si, conforme a los criterios expuestos, alguna oferta presentara valores anormales o desproporcionados, se estará a lo dispuesto en el artículo 152 del TRLCSP en cuanto a las justificaciones exigibles y a la adjudicación del contrato. En cualquier caso, será exigible la justificación de que la oferta económica presentada cumple debidamente con el convenio colectivo en vigor y los costes de la Seguridad Social.
Si el órgano de contratación, considerando las razones y justificaciones efectuadas por el licitador y los informes técnicos solicitados, estimase que la oferta técnica no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas.
Asimismo, en caso de resultar adjudicataria, el órgano de contratación podrá exigir una garantía complementaria de hasta un 5% del importe de adjudicación del contrato, pudiendo alcanzar la garantía definitiva total un 10% del precio del contrato.
10.4.- Valoración final de las Ofertas económicas admitidas.-
Cuando cumplido el procedimiento establecido en el artículo 152.3 del TRLCSP en el supuesto de ofertas con valores anormales o desproporcionados, el órgano de contratación aceptara, la justificación de la oferta efectuada por el/los licitador/es inicialmente incursos en temeridad, la valoración final de las ofertas económicas admitidas se realizará de la siguiente forma:
1/3
Puntuación = 100 * [(PB - Ofj) / (PB – Ofmin)]
PB = Presupuesto base de licitación.
Ofj = Importe de la oferta del licitador j
Ofmin = Importe de la oferta más económica aceptada por el órgano de contratación
10.5. Valoración global de las ofertas
La valoración global de las ofertas será el resultado de sumar la puntuación obtenida en los criterios no evaluables mediante fórmulas y en los evaluables mediante fórmulas.
La Mesa de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, proponiendo la adjudicación del contrato a aquella que sea considerada como económicamente más ventajosa. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego pudiendo solicitar para ellos cuantos informes técnicos estime pertinentes en orden a valorar adecuadamente las ofertas presentadas.
Se entenderá por oferta económicamente más ventajosa aquella que haya obtenido la mayor valoración como resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en cada uno de los criterios de valoración.
En el caso de empate en la puntuación obtenida entre dos o más propuestas, se estará a lo dispuesto en la Disposición adicional cuarta, punto 2, del TRLCSP; en caso de persistir el empate, se adjudicará a la propuesta cuya oferta económica para la ejecución de obras sea inferior.
11.- MESA DE CONTRATACIÓN.-
Conforme a las Instrucciones de Contratación de DEZF, el órgano de contratación estará asistido por una Mesa Contratación, que será el órgano competente para la valoración de las ofertas.
Esta Mesa estará constituida por un Presidente, los Vocales que en cada caso se determinen y un Secretario, siendo nombrados, estos miembros, por el órgano de contratación.
Todos los miembros de la Mesa de Contratación, excepto el Secretario, tendrán voz y voto, así como derecho a expresas su voto particular, por escrito, con relación a la propuesta de adjudicación. En dicho voto particular se formularán las reservas que el miembro de la Mesa que lo ejercite estima necesario, así como los fundamentos jurídicos, en su caso, en que se base.
Dichas reservas en caso de producirse se harán constar en el acta de la Mesa, uniendo copia del escrito presentado a la citada acta. El Secretario de la Mesa tendrá sólo voz. Las deliberaciones de la Mesa serán públicas.
12.- ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.-
El Órgano de Contratación, previos los informes técnicos correspondientes, requerirá y adjudicará el contrato a la oferta económicamente más ventajosa en el plazo máximo de dos meses a contar desde la apertura de proposiciones pudiendo, alternativamente declarar desierta la licitación, sin que tengan derecho los licitadores a reclamación alguna. De no dictarse la adjudicación en dicho plazo, el empresario tiene derecho a retirar su proposición y a que se le devuelva, en su caso, la garantía depositada.
Requerimiento de la documentación a la oferta económicamente más ventajosa.-
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, aporte los documentos exigidos como requisitos para contratar con DEZF y que se detallan en
la cláusula 5.1 del presente pliego, los documentos acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de haber constituido la garantía definitiva, conforme a lo estipulado en la cláusula siguiente, y de haber abonado, en su caso, todos los anuncios de licitación.
Asimismo, el órgano de contratación podrá reclamar cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCSP.
Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social deberá presentar originales o copias auténticas de los siguientes documentos:
- Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y a los efectos previstos en los artículos 13, 14 y 15 del RGLCAP. En concreto deberán aportarse las certificaciones positivas de la Agencia Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social, respectivamente, así como, certificación de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias a los efectos previstos en el artículo 43.1 f) de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria y de la Seguridad Social.
- Alta en el impuesto de Actividades Económicas, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Si en el plazo anteriormente señalado no se cumplimentase adecuadamente el requerimiento, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
Adjudicación y notificación.- La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada.
Se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener los siguientes extremos:
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
Formalización del contrato.-
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en las instrucciones de contratación de DEZF. En caso de formalización en escritura pública, los gastos serán por cuenta del adjudicatario.
Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato, DEZF acordará la resolución del mismo, sin perjuicio de que pueda reclamar la entidad contratante por los daños y perjuicios causados. Asimismo, podrá proceder a la adjudicación del contrato al licitador o licitadores siguientes a aquel, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, cotando con la conformidad del nuevo adjudicatario.
Formalizado el contrato y transcurrido los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación administrativa que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si estos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, DEZF no estará obligado a seguirla custodiando y podrá proceder a su destrucción.
13.- GARANTÍA DEFINITIVA.-
El cumplimiento del contrato estará garantizado mediante la constitución de una garantía definitiva del 5% (cinco por ciento) del importe de adjudicación, IVA excluido, que deberá constituir el adjudicatario, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al requerimiento, antes de la formalización del contrato. Servirá para garantizar las obligaciones y responsabilidades del adjudicatario en virtud del contrato.
Se constituirá en metálico, valores públicos o privados, contrato de seguro de caución o aval bancario conforme al siguiente modelo:
MODELO DE AVAL
La entidad ..............................................
AVALA
A ...................(razón social de ..................... con su NIF), ante Desarrollos Empresariales de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx, S.A.U. (DEZF) con CIF Nº X-00000000 , por importe de € ,
para garantizar las obligaciones y responsabilidades del contrato de prestación de servicios de limpieza en las instalaciones y edificios de DEZF y SDA.
Este aval tendrá vigencia indefinida hasta que las Entidades depositarias del aval autoricen su cancelación.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento.
El presente documento aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con el número .... y nº de operación............
En Cádiz a (*) El aval será intervenido por Corredor de Comercio y con la diligencia de
bastanteo de la Abogacía del Estado.
De no cumplir este requisito por causas imputables al mismo, se declarará resuelto el contrato. La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos:
a. De las penalidades impuestas al contratista conforme lo dispuesto en el punto 14 xxx Xxxxxx.
b. De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato, de los gastos originados a DEZF por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución.
c. De la incautación que puede decretarse en los casos de resolución del contrato, de acuerdo con lo que en él esté establecido.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato o hasta que se declare la resolución de éste sin culpa del contratista.
IV.- EFECTOS DEL CONTRATO
14.- OBLIGACIONES DEL ADJUDlCATARlO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO.-
14.1 Obligaciones del adjudicatario.
A.- Son de cuenta del contratista, en su caso, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de la licitación y de la formalización del contrato y cuantos otros estén legalmente establecidos sobre estas materias.
B.- El contratista está obligado a disponer del personal con la capacidad técnica precisa para cubrir las obligaciones que se deriven del contrato.
El personal adscrito a los trabajos dependerá exclusivamente del contratista y éste, por tanto, tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de patrono.
Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia, en su caso, exigidos en los pliegos, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de DEZF del cumplimiento de aquellos requisitos.
La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento a DEZF.
Por consiguiente, la empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario en relación con sus trabajadores. En particular, asume el cumplimiento, bajo su exclusiva responsabilidad, de las disposiciones en materia laboral, condiciones de trabajo, negociación y pago de salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, sustituciones en casos de baja y ausencia, imposición -cuando proceda- de sanciones disciplinarias, las obligaciones legales en materia de seguridad social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, seguridad y salud en el trabajo, y cuantos otros derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
La empresa contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no implicarán responsabilidad alguna para DEZF.
Sin perjuicio de lo anterior, el pago de los servicios podrá estar condicionado a la previa acreditación por
parte del contratista, de encontrarse al corriente del abono de salarios y cuotas de la Seguridad Social de los trabajadores designados para prestar el servicio objeto de contrato. A tal efecto, el contratista estará obligado a requerimiento de DEZF a presentar la siguiente documentación:
- Certificado de estar al corriente en la Seguridad Social.
- Acreditación de ingreso de cuotas de la Seguridad Social.
- Copia nóminas firmadas por los trabajadores, transferencias de pago o documentación que acredite estar al corriente en el pago de salarios.
El coordinador técnico o interlocutor de la contratista deberá informar por escrito al responsable de DEZF de aquellas personas a su cargo que se adscriban a la prestación del servicio contratado o bien que dejen de prestar servicios en DEZF, con el fin de tomar las medidas que correspondan. Asimismo, deberá acreditar la afiliación y alta en la Seguridad Social de estos trabajadores adscritos.
En este sentido, indicar que el adjudicatario estará obligado a asignar para la ejecución de los trabajos, los profesionales que figuren en su oferta y con la dedicación definida en la misma.
Asimismo, DEZF podrá exigir al contratista la sustitución de cualquier trabajador adscrito al servicio, que no desarrolle su trabajo con la diligencia debida y sea objeto de continuas denuncias por parte de los usuarios del servicio por su falta de rigor y profesionalidad.
El contratista estará obligado a presentar con tres meses de antelación a la finalización del contrato, junto con la factura del mes que corresponda a ese periodo, certificación positiva y actualizada a dichas fechas de estar al corriente con la Seguridad Social y documentos que acrediten estar al corriente de los salarios.
C.- El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del programa de trabajos acordado (trabajos, fechas de ejecución y horarios fijados). Si el contratista hubiera incurrido en xxxx o incumplimiento de éstos aspectos por causas imputables al mismo, DEZF podrá optar por la resolución del contrato o la imposición de las penalidades establecidas en el punto 15.1.
D.- La empresa adjudicataria y el personal encargado de la realización de los trabajos deberán observar reserva absoluta y guardar secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante el desarrollo de los trabajos.
Asimismo la empresa adjudicataria deberá cumplir, en el desarrollo de sus funciones, la normativa vigente, nacional y comunitaria, relativa a la protección de datos de carácter personal y, en particular, la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y disposiciones complementarias o cualquier otra norma que las sustituya en el futuro.
En todo caso, será responsable frente a DEZF y frente a terceros de los daños y perjuicios que pudieran derivarse para unos u otros del incumplimiento de las obligaciones anteriores y resarcirá a la empresa de las indemnizaciones, sanciones o reclamaciones que ésta se vea obligada a satisfacer como consecuencia de dicho
incumplimiento.
E.- Las obligaciones indicadas en el punto B y C de esta cláusula tendrá la consideración de condición esencial en relación con la ejecución del contrato. El incumplimiento de estas obligaciones facultará a DEZF para la resolución del contrato, por incumplimiento culpable del contratista con los efectos previstos en el artículo 225.3 del TRLCSP. Y ello sin perjuicio de la facultad de retención de los pagos de los servicios en cuantía suficiente para cubrir las eventuales cantidades reclamadas por trabajadores y/o Seguridad Social.
14.2. Ejecución del contrato.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo, lo especificado en el Pliego del Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas, en las instrucciones de contratación de DEZF, en la Oferta presentada, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere a la adjudicataria DEZF.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, y éste no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas o perjuicios ocasionados en el trabajo.
El contratista será responsable de la idoneidad y calidad técnica del servicio y de los trabajos que desarrolle, así como de las consecuencias que se deduzcan para DEZF o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
El contratista garantizará en todo caso a DEZF toda reclamación de tercera persona fundada en la actividad de aquel.
14.3 - Abono de los trabajos.
El pago del precio se abonará, fraccionándose su pago por mensualidades vencidas, tras la presentación de las correspondientes facturas, que llevarán incluido el I.V.A. que corresponda como partida independiente.
En cualquier caso, el pago del precio del servicio se abonará en función de los servicios realmente ejecutados, y tras la presentación de la correspondiente factura, una vez descontadas, si proceden, las reducciones y/o penalizaciones que correspondan, e incluido el IVA correspondiente, teniendo DEZF un plazo de tiempo de 60 días, desde su comprobación y aprobación para su abono por parte del Responsable del Contrato.
No obstante, el pago de los servicios podrá estar condicionado a la previa acreditación por parte del contratista, de encontrarse al corriente del abono de salarios y cuotas de la Seguridad Social de los trabajadores designados para prestar el servicio objeto de contrato.
14.4. Subcontratación
Dada la propia naturaleza del objeto del contrato, éste no será susceptible de subcontratación del adjudicatario con terceros, debiendo ser directamente ejecutado por aquél.
15.- DEMORA EN LA EJECUCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.-
15.1 Imposición de penalidades
Debido a la naturaleza propia del contrato, el adjudicatario deberá cumplir con los trabajos y horarios detallados en el programa de trabajo presentado en su oferta técnica y, en todo caso, con la ejecución, en las fechas previstas, de los trabajos mensuales, trimestrales y anuales previstos en el citado programa.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en demora respecto al cumplimiento de cualquiera de los servicios y horarios acordados o, en su caso, incumpla con el compromiso y condiciones de calidad de los trabajos, DEZF podrá optar indistintamente por la resolución del contrato con pérdida de la garantía definitiva o por la imposición de penalidades diarias de 0,20 euros por cada mil euros del precio del contrato, según lo establecido en el artículo 212 del TRLCSP, que se harán efectivas mediante deducción en la factura presentada.
Cada vez que las penalidades por demora o incumplimiento de los trabajos alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. En este último supuesto, el órgano de contratación concederá el plazo que estime necesario para la debida realización de los trabajos.
La aplicación y el pago de estas penalidades no excluyen la indemnización a que DEZF pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso o del incumplimiento de las condiciones de los trabajos imputables al contratista.
Si el retraso fuere producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el artículo
213.2 del TRLCSP.
En todo cado la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de DEZF.
El importe de las penalidades por demora o incumplimiento de la calidad de los trabajos se deducirá de la factura correspondiente y, en su caso, de la garantía.
15.2.- Imposición de penalizaciones por incumplimiento de las condiciones esenciales de ejecución.
Cuando en el pliego de cláusulas se hayan calificado como condición esencial de ejecución alguna o algunas de las obligaciones del contratista, su incumplimiento dará lugar a la imposición al contratista de las siguientes penalidades:
Como regla general su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano
de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
Se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial deban abonarse al contratista, o sobre la garantía.
El cumplimiento por el adjudicatario de las condiciones esenciales de ejecución podrá verificarse por el órgano de contratación en cualquier momento durante la ejecución del contrato y en todo caso, se comprobará al tiempo de la recepción.
El cumplimiento por el adjudicatario de las condiciones especiales de ejecución podrá verificarse por el órgano de contratación en cualquier momento durante la ejecución del contrato y, en todo caso, se comprobará al tiempo de la recepción.
La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
Todas las penalizaciones previstas en los apartados anteriores son acumulativas y no incompatibles entre sí.
CAPÍTULO V.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
16.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.-
La resolución del contrato podrá tener lugar por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo, en este Pliego, en el Pliego de Prescripciones Técnicas, de lo establecido en la Oferta Técnica del adjudicatario, así como por los supuestos fijados en los artículos 223 y 308 del TRLCSP. La resolución se acordará por el órgano de contratación de oficio o, en su caso, a instancia del contratista, mediante procedimiento en el que se garantice la audiencia de éste.
Cuando la ejecución de los trabajos objeto de contrato no se desarrolle a satisfacción de DEZF, y esto a juicio de los técnicos de la referida entidad sea por causa imputable al contratista, previo informe técnico, el órgano de Contratación podrá resolver el contrato, con incautación de la garantía definitiva y sin perjuicio de la eventual reclamación de indemnización de daños y perjuicios si estos no quedaran suficientemente cubiertos con la garantía prestada por el contratista.
La resolución tendrá los efectos previstos en los artículos 224, 225 y 309 del TRLCSP y 110 a 113 y 172 del RGLCAP.
17.- RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA
El plazo de garantía de los trabajos será de 3 meses, a contar desde la fecha de recepción o conformidad de los trabajos ejecutados en virtud del contrato.
Transcurrido el plazo de garantía sin que se hayan formulado reparos a los trabajos ejecutados, quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.
18.- RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.-
El contrato a que se refiere este pliego tendrá la consideración de contrato privado y el orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de los mismos, sin que quepa, por tanto, el recurso especial en materia de contratación previsto en los artículos 40 y siguientes del TRLCSP. Las partes se someten a la competencia de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxx, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles.
En Cádiz, a 00 xx xxxxxxxxx xx 0000
Xxx: Xxxxx Xxxxx Xxxxx
Presidente y Consejero Delegado de DEZF
* * *
ANEXO I.
DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A LA PERSONALIDAD Y CAPACIDAD DE OBRAR DE LA EMPRESA, PODER DE REPRESENTACIÓN, NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIONES PARA CONTRATAR Y CONTAR CON LAS HABILITACIONES Y SOLVENCIA ECONÓMICA Y TÉCNICA EXIGIDAS
Número de expediente:
Denominación del contrato:
Fecha de la Declaración:
D/Xx ………………………………………………………. con D.N.I. nº en nombre
propio (persona física) o en representación (persona jurídica) de la empresa
…………………………………….. en calidad de ……………………………… con domicilio en
………………………… nº……………………Población …………………..provincia ……………………
Código postal ……………………… y C.I.F. nº …………………………………
Al objeto de participar en el procedimiento tramitado por DESARROLLOS EMPRESARIALES DE LA ZONA XXXXXX XX XXXXX, S.A.U. para la contratación de y ante su ÓRGANO DE
CONTRATACIÓN, DECLARO RESPONSABLEMENTE:
1.- Que puedo acreditar poder bastante para efectuar esta declaración, así como para suscribir la oferta a esta licitación.
2.- Que la entidad a la que represento cumple con todas las condiciones y requisitos legalmente previstos y especificados en el Pliego relativos a su personalidad y capacidad de obrar, solvencia económica y técnica. Dichos requisitos concurren en mi representada en la fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
3.- Que cuenta con las habilitaciones y certificaciones especialmente exigidas en el pliego.
4.- Que se compromete irrevocablemente a adscribir los medios técnicos y humanos suficientes para la ejecución del contrato.
5.- Que ni el firmante de la declaración, ni la entidad a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 60 del texto refundido de
la Ley de Contratos del Sector Público.
6.- Que la entidad se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes.
7.- Que se compromete a la acreditación de todo lo anterior al ser requerido por DESARROLLOS EMPRESARIALES DE LA ZONA XXXXXX XX XXXXX, S.A.U..
Asimismo AUTORIZO, de forma expresa, que las notificaciones de los actos derivados del presente contrato sean efectuados por medios electrónicos, designando como correo electrónico la siguiente dirección:
__________________________@ , a la cual se enviarán las mismas.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente declaración en
……………… a ………………………..de……… de 20………..
Selllo de la empresa y firma