Contract
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS EDIFICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES DE ELORRIO. PROCEDIMIENTO ABIERTO
1. OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del presente contrato la limpieza integral de la totalidad de edificios municipales, incluyendo la totalidad de los ventanales, cristales y vidrieras que existen en los edificios objeto de este contrato.
No procede la división en lotes.
2. AMBITO ESPACIAL
Se considera ámbito espacial del presente contrato, la totalidad de las dependencias interiores de los edificios municipales, independientemente de los usos que de ellos se hagan y que estén dentro del reciento vinculado a cada uno de los que se relacionan en el Anexo I. Se consideran dependencias interiores todo tipo de anejos o patios que aún encontrándose físicamente en el exterior de lo que es propiamente el edificio, se hallen dentro xxx xxxxxxx del mismo.
La empresa adjudicataria estará obligada a aceptar por el mero hecho de haber concurrido a la licitación, la situación en que se encuentran los edificios objeto del contrato, sin que tenga derecho a reclamar compensación alguna por el sobreesfuerzo que exija el exacto cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Por otro lado, aquellos edificios que sean de nueva construcción o de nueva adquisición y cualesquiera otros que pasen a disposición del ayuntamiento, podrán integrarse en el contrato, siempre que el ayuntamiento lo considere oportuno, en las Condiciones Técnicas y Económicas de prestación del servicio que se establecen como óptimas en el presente pliego. Cuando por razones especiales de su configuración o utilización se requieran prestaciones diferentes a las inicialmente contratadas, se valorarán a través del correspondiente precio contradictorio, previa definición detallada de las concretas prestaciones a que se obligue el adjudicatario.
La empresa adjudicataria soportará la reducción del ámbito espacial del contrato, provisional o definitivamente, siempre que sea debido a causas justificadas.
3. CONFLICTOS INTERNOS DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
Si la no prestación de los servicios fuese motivada por una huelga del personal empleado por la contrata, o por cualquier otra causa del ámbito empresarial del adjudicatario, el ayuntamiento podrá optar entre rescindir el contrato o exigir su cumplimiento, sin perjuicio de ejercer su facultad sancionadora.
En ambos casos, la contrata deberá hacerse cargo de los daños y perjuicios que se le irroguen al ayuntamiento por la no prestación de los servicios. Con independencia de las sanciones que correspondan, el ayuntamiento procederá a realizar automáticamente los descuentos por los servicios no prestados en la certificación mensual correspondiente.
4. LOCALES Y DEPENDENCIAS OBJETO DEL SERVICIO
La limpieza de todos los edificios objeto del presente contrato abarcará tantos las dependencias interiores como exteriores, tales como aulas, despachos, salones, gimnasios, bibliotecas, pasillos vestíbulos, aseos, sótanos, desvanes, cocinas, comedores, patios, escaleras interiores y exteriores, etc. y en definitiva todos aquellos otros espacios que constituyen cada edificio.
La limpieza se efectuará asimismo sobre todos y cada uno de los elementos de mobiliario, de decoración o de otro tipo de complementos que existan en las dependencias, realizando sobre ellos las operaciones, con los medios y frecuencias que fueran necesarias.
A título orientativo se señalan los siguientes elementos: Ascensores, escaleras, mobiliario, puntos de luz, puertas y xxxxxx, cristales, cortinas, persianas, lavabos, inodoros, urinarios, duchas, radiadores, techos, paredes, suelos, alfombras y moquetas, metales, antepechos de escaleras, pasamanos, elementos decorativos, patios, espacios abiertos, etc.
5. ORGANIZACION DE LOS TRABAJOS DE LIMPIEZA
La empresa adjudicataria se responsabiliza de efectuar las operaciones de limpieza sobre los distintos elementos constituyentes de las dependencias con la frecuencia que para las mismas y cada tipo de edificio se señalan en el Anexo I.
El Contratista desarrollará el tipo de trabajo, con la utilización de la maquinaria, medios auxiliares y productos, que resulten más adecuados, tanto en función de las características materiales y de textura de los parámetros como del mobiliario y complementos que deban ser objeto de limpieza.
En cualquier caso la organización que adopte el contratista deberá observar los siguientes criterios:
1. El servicio de limpieza se ejecutará con métodos, prácticas y productos más respetuosos para el medio ambiente y la salud laboral e incluirá, entre otros, la correcta gestión de los residuos, mantenimiento el sistema de segregación selectiva de los mismo existente en los edificios.
2. La limpieza en las zonas donde se requiere desinfección debe extremarse y aplicar procedimientos y sistemas que aseguren un nivel de desinfección superior, especialmente al gran volumen de personas que usan las instalaciones públicas, especialmente los lavabos, baños y duchas.
3. La limpieza de las oficinas, salas diversas, vestíbulos y otras zonas comunes, requiere una limpieza de mantenimiento que asegure un estado correcto de aspecto y calidad que permita su utilización por los usuarios.
4. Se utilizarán siempre los medios necesarios para una adecuada limpieza de los centros, carros completamente equipados con los productos de limpieza y utensilios, maquinaria, escaleras, etc.
5. Se utilizará material diferente para los despachos, salas diversas, vestíbulos, pasillos y otras zonas comunes que para los baños y duchas, lavabos y gradas. Las bayetas serán distintas para su identificación mediante código de color de distinta utilización.
Todo el material de utilizado se limpiará convenientemente después de cada jornada de trabajo. Se limpiarán a fondo con agua y detergente los útiles empleados. Finalmente, se sumergirán en una solución de lejía al 10% durante 15 minutos. Se aclarará y se dejará secar.
6. LIMPIEZAS DE MANTENIMIENTO - GENERALES – ESPECIALES
A- LIMPIEZA DE MANTENIMIENTO
Son las labores a realizar diariamente más las fijadas en los cuadros de régimen de frecuencias. Suponen la periodicidad habitual base para el cálculo del importe del contrato.
B- LIMPIEZA GENERAL
Se entiende como Limpieza General una limpieza en profundidad destinada a recuperar el buen estado de suelos, mobiliario, etc.
La Limpieza General comprenderá todo lo reflejado en la limpieza de mantenimiento, así como la limpieza húmeda de radiadores, salidas de aire, persianas, mamparas, mobiliario por arriba y por abajo, sobre todo xx xxxxxx y mesas, rótulos y letreros, decapado y abrillantado de suelos, abrillantado a fondo del mobiliario, cuadros y elementos decorativos incluidos, limpieza externa de puntos de luz y lámparas y en general la limpieza de todos los elementos de cada centro aunque no estén incluidos en la descripción anterior.
En ELORRIOKO HERRI IKASTETXEA, JANTOKIA y HAURRESKOLA, se realizará tres
veces al año coincidiendo con los períodos vacacionales.
En el resto de los edificios se realizará como mínimo una vez al año o, en su caso, con la frecuencia que demande según su utilización, es decir, los suelos, mobiliario, paredes y techos deberán tener un aspecto impecable, por lo que si la limpieza de los mismos o el decapado de los suelos hubiera de hacerlo con frecuencia mayor que la fijada, deberá realizarse.
El importe de las Limpiezas Generales se considera incluido en el importe anual de la limpieza de los centros.
C- LIMPIEZAS ESPECIALES
Se consideran Limpiezas Especiales aquellas que se realicen con carácter excepcional y por una sola vez, tales como la limpieza de fin de obra de edificios o dependencias nuevas o reformadas, o como consecuencia de sucesos extraordinarios (incendio, etc.) Los trabajos consistirán en una limpieza total, tanto del continente como del contenido, incluso el tratamiento específico correspondiente a cada tipo de suelo.
Estas limpiezas serán valoradas en base al cuadro de precios unitarios y de maquinaria que el Contratista deberá ofertar.
7. LIMPIEZA DE PAVIMENTOS INTERIORES
Debido a que los pavimentos presentan una gran parte de la suciedad que se genera en una dependencia o centro, se prestará especial atención a su mantenimiento. Por este motivo se prescribe un tratamiento adecuado de los diversos suelos, cuando las circunstancias lo permitan, de manera que se facilitará su limpieza posterior, además de conseguir un mayor nivel de higiene y de aspecto estético-brillante.
En general, en los interiores de los edificios se aplicará diariamente el barrido húmedo sustituyendo el barrido convencional.
Los suelos cubiertos con moqueta se aspirarán como mínimo una vez por semana y se limpiarán de forma independiente las zonas que así lo requieran para eliminar manchas y otros restos de suciedad adherida.
Los pavimentos porosos como el terrazo y mármol o pétreos, así como los pavimentos vinílicos, se fregarán mecánicamente y se decaparán previamente para eliminar restos de suciedad por el uso intenso y continuo, sobre todo en las partes centrales y de paso y por los restos de tratamientos parciales (capas de aplicaciones de emulsiones).
Anualmente, se vitrificarán con producto cristalizador de primera calidad y máquina rotativa con xxxx xx xxxxx, gruesa para el terrazo y fina para el mármol.
En el terrazo, no se deben usar soluciones alcalinas o ácidas porque deteriorará la superficie del terrazo, perdiendo su brillo. En general se utilizarán detergentes neutros.
En zonas de mucho tránsito, se permitirá un tratamiento más frecuente de estos pavimentos, con aplicaciones periódicas de emulsiones de polímeros.
El mantenimiento diario de estos pavimentos con barrido húmedo es más fácil y rápido si está bien tratado. El fregado de los mismos permitirá eliminar las manchas resistentes con mayor facilidad.
Los suelos xx xxxxxx serán encerados con cera dura antideslizante, no obstante, en el resto de superficies se elegirá siempre el producto de calidad más antideslizante.
Otros pavimentos duros como granito, gres, etc. se aspirarán o se aplicará el barrido húmedo diariamente. Se fregarán para eliminar manchas y otros restos de suciedad adherida.
En el hormigón se tomarán las mismas medidas de precaución que con los suelos de terrazo x xxxxxx. En los suelos de gres no deben usarse ácidos.
Se deberá prestar especial atención en el utilización de productos / agua / máquinas , etc en el pavimento de la entrada, sala de exposiciones y escalera central xx Xxxxxx Kultur Etxea por su particular porosidad.
En todos los materiales se deberá tener en cuenta su composición inicial y utilizar productos medioambientales correctos en aras de conseguir un desarrollo sostenible, todo ello de acuerdo a las especificaciones descritas en el punto 48 del presente PLIEGO.
8. LIMPIEZA XX XXXXXXX Y TECHOS
Trimestralmente o, en su caso, siempre que fuera preciso, se llevará a cabo una limpieza xx xxxxxxx interiores y exteriores hasta una altura de 3,5 m., techos, cornisas, molduras y elementos análogos utilizando los medios más adecuados.
9. LIMPIEZA XX XXXXXXXXX
En todos los edificios objeto de este Concurso, la limpieza xx xxxxxxxxx tendrá un tratamiento específico, con una periodicidad mínima de una vez cada dos meses.
En el caso xxx xxxx cortina de la escalera de evacuación en Xxxxxx Kultur Etxea, vidriera del Ayuntamiento y exterior del ascensor del Hogar del Jubilado o cualquier otro que requiera de elementos auxiliares para su limpieza, la periodicidad será anual.
Los cristales ubicados en puertas de acceso, mostradores, pasillos .. etc y que supongan un contacto directo y continuado con las personas, se limpiarán siempre que sea preciso.
10. LIMPIEZA DE PASAMANOS, BARANDILLAS Y ESCALERAS
Se deberán limpiar diariamente los pasamanos, escaleras y barandillas.
11. LIMPIEZA DE MOBILIARIO Y EQUIPOS INFORMÁTICOS
Se limpiarán diariamente todo el mobiliario y sus accesorios.
El exterior de los equipos informáticos se deberá mantener sin acumulación de polvo y las pantallas y sus filtros se limpiarán periódicamente con los productos adecuados existentes en el mercado.
12. LIMPIEZA DE PUNTOS DE LUZ
Se realizará con periodicidad semestral sin desmontar aparato alguno.
13. LIMPIEZA DE W.C.
Diariamente se deberán mantener limpios y desinfectados todos los aseos y duchas, sometiéndose a las directrices que al respecto reciban de los Servicios Técnicos Municipales.
14. MAQUINARIA Y SUMINISTRO DE MATERIAL.
Serán por cuenta de la entidad adjudicataria todos los útiles y el material de limpieza y la maquinaria necesarios para prestar el servicio. El suministro de material englobará, entre otros, el papel higiénico, gel limpiador, papel seca-manos y bobinas de celulosa, asegurando el suministro de forma adecuada a cada local y responsabilizándose de su continua reposición durante la vigencia del contrato.
En los Centros Educativos, el suministro estará controlado por los Responsables designados por la Dirección de los mismos, quedando excluidos expresamente el jabón y las bobinas.
15. LIMPIEZAS VACACIONALES EN EL CENTRO ESCOLAR
Se realizarán tres limpiezas generales coincidentes con los tres períodos vacacionales.
16. RECOGIDAS SELECTIVAS
La empresa adjudicataria estará obligada a fomentar este tipo de recogida con el objeto de concienciar la recuperación de los residuos aprovechables y garantizará la correcta gestión de los residuos generados durante la ejecución del contrato.
En ningún caso estará autorizado el adjudicatario para comercializar o para deshacerse de los materiales al margen del procedimiento de depositar cada tipo de residuos en su respectivo contenedor.
En el caso de residuos peligrosos (básicamente los envases de productos de limpieza clasificados como peligrosos), al inicio del contrato la empresa adjudicataria presentará los gestores autorizados a los que entregará sus residuos peligrosos.
17. HORARIOS
Como norma general todas las limpiezas deberán realizarse en los mismos horarios existentes actualmente, si bien será facultad del Ayuntamiento proceder a algún cambio para que no distorsione la actividad principal del edificio.
18. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
Con el fin de prestar el servicio en la forma que se indica en el presente Pliego, la adjudicataria asume el compromiso de desarrollar y dar cumplimiento a las siguientes obligaciones:
1. Disponer de la organización técnica, económica y de personal suficiente para la adecuada realización del servicio.
2. Ejercer directamente la prestación del servicio en las condiciones contenidas en este Pliego y en la oferta, sin posibilidad de subcontratar o ceder, salvo las tareas que expresamente se señalen.
3. Nombrar un Representante debidamente acreditado que se encargue del buen funcionamiento, calidad y eficiencia de la prestación del servicio y que canalice las relaciones entre la empresa adjudicataria y la persona nombrada por el ayuntamiento.
4. Llevar a cabo el servicio con los medios humanos y mecánicos establecidos en la oferta y aceptar y colaborar con el ayuntamiento en su actividad de control y vigilancia, tanto en sentido cuantitativo como de calidad. La empresa adjudicataria responderá de los daños producidos a las instalaciones o mobiliario de las dependencias municipales, realizados por el mal uso de los productos o maquinaria de limpieza.
5. Poner a disposición del ayuntamiento la totalidad de los medios humanos y maquinaria, cuando concurran circunstancias especiales o de urgencia que lo hagan necesario.
6. Informar al Ayuntamiento sobre las variaciones contractuales, incrementos y disminuciones del personal que tiene asignados a los centros objeto del contrato, con la antelación suficiente para que el Ayuntamiento pueda dar a conocer sus consideraciones en el caso de que lo crea oportuno.
7. Acreditar y justificar, siempre que le sea requerido por el Ayuntamiento el cumplimiento de las obligaciones fiscales, laborales, en materia de seguridad social, laboral, etc. mediante la exhibición de la documentación y/o comprobantes que puedan ser exigidos.
8. Aportar la información que, al margen de lo establecido en este Pliego, se solicite a la empresa de forma específica sobre: procesos de trabajo, tareas efectuadas, tiempo invertido, constitución de equipos, sustituciones del personal, etc.
9. Entregar a la persona responsable de cada centro los objetos que los operarios puedan encontrar durante la realización de los trabajos o su permanencia en los locales y/o dependencias incluidas en el ámbito del contrato.
10. El adjudicatario vendrá obligado a realizar aquellos trabajos que eventualmente y aunque no sean los específicos de su adjudicación le sean encargados por el ayuntamiento con la única limitación de que sean similares a alguna de las operaciones contratadas y que el personal las efectúe de acuerdo con su categoría laboral.
El costo de los mismos se fijará contradictoriamente, debiéndose aprobar con anterioridad a su ejecución por el Órgano de Contratación Municipal
19. DERECHOS DE LA EMPRESA CONTRATISTA
Además de todos aquellos que por ley le correspondan, tendrá los siguientes derechos:
1. Recibir con cargo al ayuntamiento los suministros de agua, luz y energía con que se encuentran dotados los edificios, en cuantía necesaria para llevar a cabo los servicios.
2. A quedar exento de responsabilidad, si por cualquier causa ajena a su voluntad, no pudiese realizar los servicios por falta de suministro de cualquiera de los elementos antes señalados.
3. Recibir el importe mensual facturado en los plazos señalados por la Ley
4. A la aplicación puntual de la revisión de precios en la forma señalada en el Pliego.
20. PERSONAL AL SERVICIO DEL CONTRATISTA
La empresa adjudicataria deberá disponer del personal necesario, en número y con cualificación suficiente para efectuar los trabajos especificados en el presente Pliego de Condiciones y deberá cumplir las condiciones laborales del Convenio Colectivo de aplicación en el sector y tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo, según la vigente normativa sobre Derecho del Trabajo y Seguridad Social.
La empresa deberá cumplir la legislación vigente en relación a la igualdad efectiva de mujeres y hombres que supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo
Asimismo, deberá suscribir la póliza de Responsabilidad Civil que cubra posibles daños a terceros y al propio Ayuntamiento en la realización de los trabajos con un mínimo de
600.000 euros.
El ayuntamiento podrá, en el momento en que lo considere oportuno, exigir de la empresa adjudicataria la acreditación documental del cumplimiento de las exigencias señaladas.
El Ayuntamiento de Elorrio NO tendrá relación jurídica, ni laboral, ni de otra índole con el personal de la empresa adjudicataria durante el plazo de vigencia del contrato, ni al término del mismo.
La empresa adjudicataria no podrá pretextar la falta de personal para suspender o retrasar los servicios ofertados o que expresamente le ordene el Ayuntamiento, debiendo disponer en todo momento del necesario para su ejecución.
Todo el personal empleado en la realización de los servicios, deberá estar perfectamente uniformado e identificado.
21. PERSONAL PERTENECIENTE AL CONTRATO ANTERIOR
En cumplimiento de lo establecido en el vigente Convenio Colectivo para el sector de la Limpieza de Edificios y Locales de Bizkaia, en el Anexo II se adjunta la relación de personal que actualmente se encuentra prestando los servicios de limpieza a través de la contrata. En dicha relación se incluye la información pormenorizada a que se refiere el art. 27 del mencionado Convenio.
22. RELACION DE PERSONAL AL INICIO DE LOS TRABAJOS
La empresa adjudicataria, en el plazo de quince días posteriores a la firma del contrato y previamente al Acta de inicio de los trabajos, presentará la relación de personal, por centros con el nombre, D.N.I., categoría, antigüedad y tipo de contrato de cada operario/a.
23. VARIACIONES DE PLANTILLA
Durante la vigencia del contrato, siempre que se vaya a producir una variación en la plantilla con la que se inicia el Contrato, bien sea por jubilación, defunción. baja voluntaria, despido, invalidez temporal, invalidez permanente, etc. o siempre que se produzca una variación por necesidades del servicio, la empresa adjudicataria está obligada a comunicar por escrito tal hecho a los Servicios Municipales. En la
comunicación deberá incluirse además los datos indicados en el artículo anterior correspondientes a la persona o personas que le sustituyen.
24. MODIFICACION DE LA JORNADA
Si durante la vigencia de este contrato se acordase entre la empresa adjudicataria y sus trabajadores la reducción o modificación de la jornada de trabajo, ello no repercutirá en la calidad ni cantidad de los servicios contratados, ni tendrá repercusión alguna para el ayuntamiento en el costo del contrato. De la citada reducción o modificación se dará cuenta al Responsable Técnico Municipal.
25. CONTROL DE CALIDAD
Es facultad del Ayuntamiento someter la prestación de los servicios de limpieza a la inspección y control de calidad de forma continuada, bien con personal propio o bien a través de los órganos que puedan contratarse a tal efecto.
La realización de los controles tiene como finalidad obtener unas prestaciones satisfactorias de acuerdo con las condiciones exigidas en este Pliego.
Existe una normativa de calidad ISO-9001 donde se definen una serie de elementos del sistema y se establecen unos requisitos básicos de funcionamiento, que deberán ser empleados por la contrata.
26. SISTEMAS DE CONTROL
La verificación del cumplimiento de los servicios se realizará mediante un sistema de control de las prestaciones, con la periodicidad que el Ayuntamiento considere conveniente, basado en los siguientes aspectos: el control de actividades y la evaluación del nivel de limpieza. Los licitadores podrán proponer otras modalidades de control, que si procediesen, podrán ser tenidas en cuenta por el Ayuntamiento.
27. DESCUENTOS SOBRE CERTIFICACION
El Ayuntamiento tendrá derecho a aplicar descuentos sobre certificación, cuando se produzcan las siguientes circunstancias:
- Cuando se produzca el cierre temporal de cualquier dependencia o centro se descontará el importe correspondiente a la superficie afectada.
- Cuando se produzca el cierre definitivo de cualquier dependencia o instalación, hasta que se produzca la correspondiente modificación del contrato.
- Cuando por cualquier causa imputable a la empresa adjudicataria no se realizasen los servicios o se realizasen de forma deficiente.
28. CONDICIONES MEDIOAMBIENTALES DE RESPETO AL ENTORNO
Un servicio de limpieza respetuoso con el entorno de los edificios, es aquel que ayuda a evitar la proliferación de microorganismos nocivos para la salud, pero también implica:
- Problemas de salud laboral, por el mal uso o la exposición continuada a productos tóxicos y nocivos para la salud.
- Impacto sobre el medio ambiente, por la utilización de sustancias peligrosas y nocivas que impactan sobre el medio acuático.
- Resistencias de los organismos patógenos a los desinfectantes, si su uso no se limita o no es el adecuado.
En ese sentido, los criterios medioambientales de obligado cumplimiento deberán cumplirse en dos apartados:
1. Condiciones ambientales para los productos de limpieza.
El licitador deberá presentar el listado de los diferentes productos (Anexo A) que usará en el transcurso del servicio contratado, indicando, para cada uno de ellos, su función o superficie de aplicación (limpia-cristales, para moquetas, etc. ), la dosificación de uso y la ficha de seguridad, según el Real Decreto 255/2003.
Todos los envases de productos de limpieza estarán correctamente etiquetados indicando: El nombre comercial del producto, los pictogramas de los compuestos peligrosos que contengan e instrucciones de uso, sobretodo de dosificación.
Se prohíbe el uso de:
Ambientadores
Pastillas o sustancias perfumadas para urinarios
Productos en spray
Desinfectantes o productos con desinfectantes (lejía) para la limpieza general, excepto en los aseos
Se valorará:
a) Que los productos de limpieza (excepto casos justificados como los desinfectantes) cumplirán con los requisitos de alguna ecoetiqueta Tipo I como el Cisne Nórdico, Etiqueta Ecológica Europea o equivalente en cuanto a la presencia de compuestos químicos en la formulación del producto.
De esta forma, todos los productos (excepto en los casos de desinfectantes) deberán disponer alguna de las siguientes ecoetiquetas oficiales y/o equivalentes a ellas:
b) Que los envases dispongan de aparatos de dosificación precisos.
c) Que los productos de limpieza y jabón de manos sean respetuosos con en medio ambiente.
Para ello los productos no han de contener ingredientes o estar ellos mismos clasificados con las siguientes frases de riesgo según las directivas europeas 67/548/CEE y 1999/45/CE y modificaciones, traspuestas al derecho estatal en el Real Decreto 255/2003: R40, R42, R43, R45, R46, R49, R68, R50-53, R51-53, R59, R60, R61, R62, R63 ni R64.
2. Otras condiciones ambientales.
Se valorará:
d) Que los trapos de limpieza y mopas, fregonas y otros similares sean de microfibra para reducir la generación de residuos, el consumo de agua y de otros productos químicos.
e) Que el papel higiénico y seca manos 100% reciclados y, (TCF) Totalmente libre de cloro.
Además, se deberá presentar una muestra para garantizar que el producto resulta agradable al tacto y sus propiedades técnicas de resistencia.
f) Que las bolsas de basura negras para fracción rechazo contengan material reciclado al menos en un 80%.
El cumplimiento de las condiciones descritas deberá documentarse mediante una memoria ambiental a la que se deberán adjuntar en los siguientes anexos:
ANEXO A
Listado de productos propuestos por la empresa licitadora:
TIPO DE PRODUCTO | SUPERFICIE APLICACIÓN | FABRICANTE NOMBRE COMERCIAL | VOLUMEN ENVASE (l.) | DOSIFICACION Ml/litro | FASES RIESGO (R) | ECOETIQUETA ECOLOGICA |
Limpiador multiusos | ||||||
Limpia- cristales | ||||||
Limpiador seco para moquetas | ||||||
Desinfectante | n.a. | |||||
Definir otros productos de limpieza | ||||||
Papel higiénico | n.a. | |||||
Papel manos | n.a. | |||||
Jabón manos | n.a. | |||||
Bolsas basura | n.a. |
n.a.= no aplica
ANEXO B
La empresa licitadora deberá presentar cumplimentado el Anexo B en que se detalla el cumplimiento de las especificaciones a valorar y la página donde se avala dicho cumplimiento.
En las especificaciones valorables, la no aportación del aval correspondiente que evidencie el cumplimiento de la especificación anulará la puntuación asociada al mismo, que sirve para identificar la oferta más ventajosa.
Nombre de Empresa
CRITERIOS OBLIGATORIOS | SI | Tipo de aval Pág. memoria | en | la | |||||
El listado de productos se especifica en el Anexo A | |||||||||
Se prohíbe el uso de : Ambientadores Pastillas o sustancias perfumadas para urinarios Productos en spray Desinfectantes o productos con desinfectantes (lejía) para la limpieza general, excepto en los aseos | |||||||||
Los envases han dosificación precisos | de | disponer | de | aparatos | de | ||||
Los productos (excepto en los casos de desinfectantes ) disponen de alguna de las siguientes ecoetiquetas oficiales y/o equivalentes | |||||||||
Los trapos y mopas/fregonas son de microfibras | |||||||||
El papel higiénico y seca manos 100% reciclados y, (TCF) Totalmente libre de cloro | |||||||||
Las bolsas de basura de material reciclado al menos en un 80% |
ANEXO I - Detalle de días y horas/semana MINIMO
EDIFICIO | Días / semana | Horas / semana | Notas | |
ELORRIO XXXXX XXXXXX | 5/6 | 138,25 | No en agosto. Incluye: usos del Rugby y el campamento Uztaila Oparo. | |
HAURRESKOLA | 5 | 22,25 | No en agosto | |
ESKOLAKO JANTOKIA | 5 | 10 | No en agosto | |
UDALETXEA | 5 | 20 | ||
XXXXXXX KULTUR ARETOA | 3 | 16,25 | No en agosto. Se realiza una limpieza general a finales xx xxxxxx, antes de la reapertura. | |
EUSKERA ZERBITZUA (Xxxxxx-Xxxxx, 13) | 5 | 4,50 | ||
XXXXXX KULTUR ETXEA - KZ | 5 | 17,50 | ||
ALDATZEKUA JAUREGIA (Jubilatuak) | 3 | 6,75 | ||
BRIGADAKO ALDAGELAK ETA KOMUNAK | 2 | 2 | ||
MUSIKA ESKOLA | 5 | 7,50 | No en julio y agosto. | |
FUTBOL ZELAIA | 6 | 14 | ||
XXXXX-ETXEA | 2 | 3 | ||
XXXXXX 0 | 0 | 0 | ||
X.X. XXXXXXXXX | 7 | 1,75 | ||
BAKE EPAITEGIA | 5 | 2,50 | ||
LUDOTEKA | 5 | 6,25 | No en julio, agosto y septiembre | |
PABELLON MULTIUSOS | 3 | 3 | ||
XXXXXXX | 0 | 0 |
XXXXX XX: Personal perteneciente al contrato anterior.
CATEGORÍA | JORNADA SEMANAL | ANTIGÜEDAD | CENTRO | DÍAS SEMANA |
LIMPIADORA | 22,75 | 01.01.2003 | XXXXX XXXXXX | 5 |
LIMPIADORA | 30,00 | 23.11.1993 | XXXXX XXXXXX | 5 |
LIMPIADORA | 18,00 | 01.01.2003 | XXXXX XXXXXX | 5 |
LIMPIADORA | 3,75 | 15.11.1997 | XXXXX XXXXXX | 5 |
ESPECIALISTA | 31,25 | 01.04.1982 | XXXXX XXXXXX | 5 |
LIMPIADORA | 32,50 | 11.10.2004 | XXXXX XXXXXX | 5 |
LIMPIADORA | 10,00 | 15.11.1997 | PARVULARIO | 5 |
ESPECIALISTA | 11,25 | 01.05.1982 | PARVULARIO | 5 |
ESPECIALISTA | 10,00 | 01.05.1982 | COMEDOR | 5 |
ESPECIALISTA | 1,50 | 01.05.1982 | AKA | LUNES |
LIMPIADORA | 3,75 | 15.11.1997 | AKA | L Y X |
LIMPIADORA | 5,00 | 04.11.2001 | AKA | X Y V |
LIMPIADORA | 6,00 | 15.11.1997 | AKA | L, X Y V |
LIMPIADORA | 20,00 | 15.11.1997 | AYUNTAMIENTO | 5 |
LIMPIADORA | 6,75 | 15.11.1997 | ALDATZEKUA | L, X Y V |
LIMPIADORA | 1,75 | 15.11.1997 | W.C. PÚBLICOS | 7 |
LIMPIADORA | 2,50 | 04.11.2001 | JUZGADO | 5 |
LIMPIADORA | 7,50 | 16.09.1991 | MUSIKA ESKOLA | 5 |
P. ESPECIALISTA | 14,00 | 01.09.2004 | CAMPO FÚTBOL | 6 |
LIMPIADORA | 17,50 | 03.05.2004 | XXXXXX Y KZ | 5 |
LIMPIADORA | 3,00 | 03.07.2004 | XXXXXX, 0 | X X X |
XXXXXXXXXX | 2,00 | 03.07.2004 | VESTUARIOS | M Y V |
LIMPIADORA | 3,00 | 03.07.2004 | XXXX. XXXXXXXXX | X X X |
XXXXXXXXXX | 6,25 | 01.01.2001 | LUDOTEKA | 5 |
LIMPIADORA | 4,50 | 02.01.2006 | OFICINA EUSKERA | 5 |
P. ESPECIALISTA | 10,00 | 01.11.2000 | CRISTALES | - |