TIPO: CONTRATO CON BASE A PRECIO ALZADO Y TIEMPO DETERMINADO.
CONTRATO No.
TIPO: CONTRATO CON BASE A PRECIO ALZADO Y TIEMPO DETERMINADO.
OBJETO: Construcción de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales y pozos de absorción en la colonia San Xxxx Tecoh, de la localidad xx Xxxxxx, Yucatán.
PARTICIPACIÓN DE TESTIGOS SOCIALES.
Se advierte a los licitantes que se permitirá la intervención de los testigos sociales, sin costo alguno para La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán cuando sea el testigo social quien solicite participar, como representante legítimo e imparcial de la sociedad civil, con el objeto de dar cumplimiento a los principios consagrados por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en cuanto a la eficiencia, eficacia y honradez, fortaleciendo con ello la transparencia de la licitación.
Los testigos sociales tendrán derecho a voz en la formulación y revisión previa de la convocatoria y bases de licitación, en la(s) junta(s) de aclaraciones, en la(s) visita(s) al sitio de los trabajos, en el acto de presentación y apertura de proposiciones, en las evaluaciones de las proposiciones, en la emisión del fallo y en la formalización del contrato, en cumplimiento al “Acuerdo por el que es establecen los lineamientos que regulan la participación de los testigos sociales en las contrataciones que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, emitido por la Secretaría de la Función Pública y publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 16 de diciembre del 2004.
PARTICIPACIÓN DE OBSERVADORES.
Se indica que se permitirá la asistencia de cualquier persona que desee asistir a los diferentes actos de la presente licitación pública nacional, en calidad de observador, sin necesidad de adquirir las bases, registrando previamente su participación.
PROHIBICIÓN PARA PARTICIPACIÓN DE LA PRESENTE.
No podrán presentar propuestas en la licitación, las personas físicas x xxxxxxx que se encuentren dentro de los supuestos de los artículos 51 y 78, penúltimo párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas ni las que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en los términos del artículo 33, fracción XXIII de la propia Ley.
Para los efectos de la fracción VII del artículo 51 de la Ley, las personas que previamente hayan realizado un proyecto y pretendan participar en el procedimiento de contratación para la ejecución del mismo, estarán impedidas de participar en los términos de la propia fracción, cuando dentro de los alcances del proyecto elaborado, hayan preparado especificaciones de construcción, presupuesto de los trabajos, selección o aprobación de materiales, equipos y procesos.
IMPEDIMENTOS PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN.
La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán se abstendrá de recibir propuestas o celebrar el contrato, con las personas siguientes:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 33, fracción XXIII de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, las personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, con el propósito de evadir los efectos de la inhabilitación, tomando en consideración, entre otros, los casos siguientes:
a) Las personas xxxxxxx en cuyo capital social participen personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública;
b) Las personas xxxxxxx que en su capital social participen personas xxxxxxx en cuyo capital social, a su vez, participen personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública; y
c) Las personas físicas que participen en el capital social de personas xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública. En este caso, la participación social deberá tomarse en cuenta al momento de la infracción que hubiere motivado la inhabilitación
Conforme a lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, con las personas que se encuentren en los siguientes supuestos:
I. Aquéllas en que el servidor público que intervenga en cualquier etapa del procedimiento de contratación tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellas de las que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte durante los dos años previos a la fecha de celebración del procedimiento de contratación;
II. Las que desempeñen un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o bien, las sociedades de las que dichas personas formen parte, sin la autorización previa y específica de la Secretaría de la Función Pública;
III. Aquellos contratistas que, por causas imputables a ellos mismos, la dependencia o entidad convocante les hubiere rescindido administrativamente un contrato dentro de un lapso de un año calendario contado a partir de la notificación de la rescisión. Dicho impedimento prevalecerá ante la propia dependencia o entidad convocante durante un año calendario contado a partir de la notificación de la rescisión;
IV. Las que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría e la Función Pública, en los términos del Título Séptimo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;
V. Aquéllas que hayan sido declaradas o sujetas a concurso mercantil o alguna figura análoga;
VI. Los licitantes que participen en un mismo procedimiento de contratación, que se encuentren vinculados entre sí por algún socio o asociado común;
VII. Las que pretendan participar en un procedimiento de contratación y previamente, hayan realizado o se encuentren realizando por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, en virtud de otro contrato, trabajos de dirección, coordinación y control de obra; preparación de especificaciones de construcción; presupuesto de los trabajos; selección o aprobación de materiales, equipos y procesos;
VIII. Aquéllas que por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, pretendan ser contratadas para la elaboración de dictámenes, peritajes y avalúos, cuando éstos hayan de ser utilizados para resolver discrepancias derivadas de los contratos en los que dichas personas o empresas sean partes;
IX. Las que hayan utilizado información privilegiada proporcionada indebidamente por servidores públicos o sus familiares por parentesco consanguíneo y por afinidad hasta el cuarto grado, o civil;
X. Las que contraten servicios de asesoría, consultoría y apoyo de cualquier tipo de personas en materia de contrataciones gubernamentales, si se comprueba que todo o parte de las contraprestaciones pagadas al prestador del servicio, a su vez, son recibidas por servidores públicos por si o por interpósita persona, con independencia de que quienes las reciban tengan o no relación con la contratación; y
XI. Las demás que por cualquier causa se encuentren impedidas para ello por disposición de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 78, penúltimo párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, con las personas que hayan sido inhabilitadas por la Secretaría de la Función Pública, si al día en que se cumpla el plazo de inhabilitación a que se refiere el párrafo que antecede el sancionado no ha pagado la multa que hubiere sido impuesta en términos del artículo anterior, la mencionada inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente.
INICIO Y TERMINO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
El procedimiento de contratación por licitación pública se inicia con la publicación de la convocatoria y concluye con la firma del contrato.
DE LA ADQUISICIÓN Y CONSULTA DE LAS BASES DE LICITACIÓN, Y FORMA DE PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
De acuerdo con la convocatoria número 015 de fecha de publicación 11 de Noviembre de 2008, para participar en la licitación pública nacional número 60105001-054-08, mediante el procedimiento establecido en los artículos 27 Fracción I, y 30 Fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, inherentes a la ejecución de los trabajos antes mencionados. A continuación se establecen los lineamientos que los licitantes deberán tomar en consideración para la formulación de las proposiciones y celebración de los actos correspondientes.
Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta desde la publicación de la convocatoria y hasta inclusive seis (6) días naturales previos al acto para la presentación y apertura de proposiciones en las Oficinas del Departamento de Programación, Seguimiento y Control de la Gerencia de Fortalecimiento a Municipios de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, sita en la xxxxx 00 Xx. 000 entre 65 y 67, Centro, a los teléfonos 00 (000) 0000000 extensiones 25141 y 25144 y fax Núm. 00(000) 0000000 extensión 25191, en días hábiles de lunes a viernes, en el horario de 8:30 a 14:00 horas, con un costo de $ 2,000.00, mediante efectivo o cheque certificado a favor de la Junta de Agua
Potable y Alcantarillado de Yucatán; y en internet en la dirección: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx/, a un costo de
$1,800.00, el pago se hará mediante los recibos que genera el sistema.
Es requisito indispensable la adquisición de las bases para participar en esta licitación.
Para esta licitación no se aceptarán proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica.
DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PARTE TECNICA Y ECONOMICA QUE DEBE PRESENTARSE CONJUNTAMENTE CON LAS PROPOSICIONES.
Con fundamento en lo que establece el artículo 28 de la Ley de obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, el licitante, deberá presentar su proposición y documentación adicional, por escrito y en sobre cerrado, enviarlo a través del servicio postal o de mensajería.
Los licitantes, a su elección, deberán acompañar dentro o fuera del sobre que contenga sus proposiciones, la siguiente documentación distinta a la parte técnica y económica de la proposición:
I. Escrito en el que manifieste el domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos que deriven de los actos del procedimiento de contratación y, en su caso, del contrato respectivo, mismo que servirá para practicar las notificaciones aún las de carácter personal, las que surtirán todos sus efectos legales mientras no señale otro distinto.
II. Escrito mediante el cual declare bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en alguno de los supuestos que establecen los artículos 51 y 78, penúltimo párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y que por su conducto no participan en los procedimientos de contratación personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en los términos del artículo 33, fracción XXIII, de la propia Ley.
La falsedad en la manifestación a que se refiere esta fracción será sancionada en los términos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
En caso de omisión en la entrega del escrito a que se refiere esta fracción, o si de la información y documentación con que cuente la Secretaría de la Función Pública se desprende que personas físicas x xxxxxxx pretenden evadir los efectos de la inhabilitación, La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán se abstendrá de firmar el contrato correspondiente.
III. Copia simple de la declaración fiscal o balance general auditado de la empresa correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior, con el que se acredite el capital contable $ 1,060,000.00 requerido por La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán.
IV. Copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la proposición.
V. Copia simple del acta constitutiva y todas sus modificaciones, con los datos de inscripción al Registro Público de la Propiedad, así como poder notarial del representante con facultades suficientes para comprometer a su representada, tratándose de personas xxxxxxx; si se trata de personas físicas, copia simple del acta de nacimiento.
VI. Escrito mediante el cual la persona moral manifieste que su representante cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representada, mismo que deberá contener los datos siguientes:
a. De la persona moral: clave del registro federal de contribuyentes, denominación o razón social, descripción del objeto social de la empresa; relación de los nombres de los accionistas, número y fecha de las escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público ante quien se hayan otorgado; asimismo los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio;
b. Del representante: nombre del apoderado; número y fecha de los instrumentos notariales de los que se desprendan las facultades para suscribir la proposición, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público ante quien se hayan otorgado.
(Se anexa formato). Para personas físicas anexar copia del acta de nacimiento.
La persona que suscriba las proposiciones y celebre el contrato deberá contar con poder general para actos de administración o de dominio o con poder especial para suscribir las proposiciones y obligarse así como para suscribir contratos a nombre de su representada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2554 del Código Civil Federal, de aplicación supletoria a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.
VII. Copia simple del comprobante de pago de las bases de licitación;
VIII. Declaración de integridad, mediante la cual los licitantes manifiesten que por sí mismos, o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas para que los servidores públicos de la convocante, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorguen condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes, y
IX. En su caso, escrito mediante el cual los participantes manifiesten que en su planta laboral cuentan cuando menos con un cinco por ciento de personas con discapacidad, cuyas altas en el Instituto Mexicano del Seguro Social se hayan dado con seis meses de antelación a la fecha prevista para firma del contrato respectivo, obligándose a presentar en original y copia para cotejo las altas mencionadas, a requerimiento de la convocante, en caso de empate técnico. La falta de presentación de este escrito no será causa de desechamiento de la proposición.
X. Copia del Registro ante la Cámara de la Industria de la Construcción, en el caso de no pertenecer, deberá manifestarlo por escrito en hoja membretada del participante.
La presentación de estos documentos servirá para constatar que la persona cumple con los requisitos legales necesarios, sin perjuicio de su análisis detallado.
Previo a la firma del contrato, el licitante ganador deberá presentar para su cotejo original o copia certificada de los documentos señalados en los numerales III, IV, V y VII.
Para los interesados que decidan agruparse para presentar una proposición, deberán acreditar en forma individual los requisitos señalados, además de entregar una copia del convenio a que se refiere el Artículo 28 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, observando lo dispuesto en el apartado 4.11 de las presentes bases de licitación. Para cumplir con el capital contable mínimo requerido se podrán sumar los correspondientes a cada una de las personas físicas y/x xxxxxxx integrantes. La presentación de los documentos de los integrantes de la agrupación y la del convenio, deberá hacerse por el representante común.
La experiencia y capacidad técnica que deberán acreditar los interesados en participar en esta licitación, deberá presentarse dentro del sobre que contenga sus proposiciones y consiste en: Anexar en su propuesta técnica los trabajos similares a los de la presente licitación que hayan realizado con la administración pública o con particulares.
1 GENERALIDADES DE LA OBRA.
1.1 ORIGEN DE LOS FONDOS.
Para cubrir las erogaciones que se deriven de la adjudicación del contrato, objeto de esta Licitación, La Comisión Nacional del Agua ha destinado recursos con cargo al Programa de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento en Zonas Urbanas ejercicio 2008 (APAZU), mediante la formalización de los Anexos de Ejecución y Técnico en el marco del programa referido, mismos que le fueron autorizados mediante oficio No. 511.1/001/08-C de fecha 8 de febrero de 2008 de la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Oficialía Mayor xxx Xxxx.
1.2 FECHA ESTIMADA DE INICIO.
La fecha prevista para el inicio de los trabajos será el día 04 de Diciembre de 2008.
1.3 PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo de ejecución de los trabajos será de 28 días naturales y la fecha estimada de inicio de los trabajos será el día 04 de Diciembre de 2008 y la fecha de terminación será el 31 de Diciembre de 2008.
1.3.1 PROGRAMA DE EJECUCION DE LOS TRABAJOS.
Los licitantes elaborarán el calendario de actividades principales desglosando tiempos y montos (documento 11), considerando lo indicado en el punto 1.4 de los TERMINOS DE REFERENCIA y con las fechas inicio y con el plazo solicitado en los puntos 1.2 y 1.3 de estas BASES DE LICITACIÓN.
Dicho calendario podrá ser presentado en los formatos que para tal efecto proporciona la Junta, o podrán ser reproducidos, respetando los datos solicitados en ellos de acuerdo al punto 4.2.
1.4 VISITA AL SITIO DE LOS TRABAJOS Y JUNTA(S) DE ACLARACIONES.
Los licitantes, que hayan adquirido las bases de licitación, podrán visitar los lugares en que se realizarán los trabajos, al cual podrán asistir los interesados y sus auxiliares para que, considerando las especificaciones y documentación relativa, inspeccionen el sitio, hagan las valoraciones de los elementos que se requieran, analicen los grados de dificultad y realicen las investigaciones que consideren necesarias sobre las condiciones locales, climatológicas o cualquier otra que pudiera afectar su ejecución.
La visita al sitio donde se realizarán los trabajos a que se refiere el apartado 1.4.1 de las presentes bases de licitación será optativa para los interesados, y tendrá como objeto que los licitantes conozcan las condiciones ambientales, así como las características referentes al grado de dificultad de los trabajos a desarrollar y sus implicaciones de carácter técnico.
A quienes adquieran las bases de licitación con posterioridad a la realización de la visita, se les podrá permitir el acceso al lugar en que se llevarán a cabo los trabajos, siempre que lo soliciten con anticipación de por lo menos veinticuatro horas a la conclusión del período de venta, aunque no será obligatorio para La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, designar a un técnico que guíe la visita. Dicho plazo podrá ser hasta de setenta y dos horas, cuando por razones de seguridad o acceso al sitio de los trabajos resulte necesario, debiéndose en este caso establecerse dicho término en las bases de licitación.
En ningún caso, La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán asumirá responsabilidad, por las conclusiones que los licitantes obtengan al examinar los lugares y circunstancias antes señaladas, y en el caso de ser adjudicatario del contrato, el hecho de que no se hayan tomado en consideración las condiciones imperantes en el sitio de los trabajos no le releva de su obligación para ejecutar y concluir los trabajos en la forma y términos convenidos.
El licitante deberá manifestar por escrito, que conoce las condiciones ambientales, así como las características referentes al grado de dificultad de los trabajos a desarrollar y sus implicaciones de carácter técnico del sitio de realización de los trabajos. así como de haber considerado las modificaciones que, en su caso, se hayan efectuado a las bases de licitación, ya sean derivadas de la(s) junta(s) de aclaraciones, de preguntas adicionales que se hayan efectuado con posterioridad a la(s) junta(s) de aclaraciones o de cualquier otra situación enmarcada en la normatividad aplicable (Documento 8)
1.4.1 LUGAR, FECHA Y HORA DE REUNIÓN PARA LA VISITA AL SITIO DE LOS TRABAJOS.
El lugar de reunión para la visita al sitio de los trabajos será en: las Oficinas de la Gerencia de Fortalecimiento a Municipios de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán sita en la Planta Potabilizadora Mérida Tres, xxxxxxxxx Xxxxxxxx xxxxxxxxx xxxx Xxx. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx, el día 18 de Noviembre de 2008 a las 9:00 horas, siendo atendidos por el personal técnico designado con número telefónico 00 (000) 0000000 extensiones 25141 y 25143.
1.4.2 JUNTA(S) DE ACLARACIONES.
La(s) junta(s) de aclaraciones se celebrará(n) a las 11:00 horas, el día 19 de Noviembre de 2008, en: las Oficinas de la Gerencia de Fortalecimiento a Municipios de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán sita en la Planta Potabilizadora Mérida Xxxx, xxxxxxxxx Xxxxxxxx xxxxxxxxx xxxx Xxx. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx.
La asistencia a la junta de aclaraciones es optativa para los licitantes, por lo que quienes hubieren adquirido las bases, podrán plantear personalmente, por escrito o a través de los medios electrónicos que se hayan previsto en las bases de licitación, sus dudas, aclaraciones o cuestionamientos sobre la convocatoria, las bases, sus anexos y a las cláusulas del modelo de contrato, las cuales serán ponderadas por La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán. De existir modificaciones a las bases de licitación que como consecuencia afecten las condiciones de la convocatoria, tendrá que publicarse en el Diario Oficial de la Federación, así como en los demás medios utilizados para su difusión; sin embargo, cuando derivado de la junta de aclaraciones se modifique la fecha, hora y lugar de celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones, su publicación no será necesaria, debiéndose modificar igualmente el periodo de venta de bases que se hará hasta el sexto día natural previo a la nueva fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones.
En la junta(s) de aclaraciones, La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán resolverá en forma
xxxxx y precisa las dudas o cuestionamientos que sobre las bases de licitación le formulen los interesados, debiendo constar todo ello en el acta que para tal efecto se levante. De proceder las modificaciones en ningún caso podrán consistir en la sustitución o variación sustancial de los trabajos convocados originalmente, o bien, en la adición de otros distintos.
Como constancia de la(s) junta(s) de aclaraciones se levantará un acta, que contendrá la firma de los asistentes interesados y de los servidores públicos que intervengan, las preguntas de los licitantes, así como las respuestas de éstas en forma clara y precisa, y en su caso, los datos relevantes de la visita al sitio de realización de los trabajos, las adecuaciones y/o modificaciones a las bases de licitación para la elaboración y presentación de las proposiciones, entregándoseles copia de la misma y para los ausentes, se pondrá a su disposición, en las oficinas del Departamento de Programación, Seguimiento y Control de la Gerencia de Fortalecimiento a Municipios de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, siendo de exclusiva responsabilidad de los interesados enterarse de su contenido.
“El acta que se derive de este evento, la podrán consultar en Compranet, en la dirección electrónica xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx, donde estará a su disposición a mas tardar el día hábil siguiente.”
La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán podrá recibir preguntas adicionales con posterioridad a la(s) junta(s) de aclaraciones y hasta cuarenta y ocho horas antes de la conclusión del periodo de venta de las bases de la licitación, a las que dará contestación a más tardar el último día de dicho período, siempre y cuando el licitante haya adquirido las bases.
2 INFORMACION CONTENIDA EN LAS BASES DE LICITACION.
En estas bases de licitación se especifican los trabajos que se licitan, el procedimiento de esta licitación y las condiciones contractuales, detallándose en los siguientes documentos:
a. Bases de Licitación.
b. Términos de referencia y croquis de localización.
c. Anexos técnicos y económicos, formatos y guías de llenado de los documentos
d. Modelo de Contrato.
e. Actividades principales.
f. Acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones, documentos de aclaración y/o modificación que se generen, las cuales serán obtenidas de la forma señalada en el punto 1.4.2. de las presentes bases en las oficinas del Departamento de Programación, Seguimiento y Control de la Gerencia de Fortalecimiento a Municipios de la JAPAY, o a través de la página xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx
El licitante deberá examinar todas las instrucciones, formatos, condiciones y especificaciones que se incluyen en estas bases de licitación para que no incurra en alguno de los motivos señalados en el punto 5.3, donde se precisan las causas por las que puede ser desechada la proposición.
3 MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN.
En los términos del artículo 35 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán podrá modificar el contenido de estas bases de licitación.
Las modificaciones que se generen en la(s) junta(s) de aclaraciones o con motivo de las preguntas adicionales, serán de observancia obligatoria para los licitantes.
Cualquier modificación a las bases de la licitación derivada del resultado de la(s) junta(s) de aclaración(es), será considerada como parte integrante de las propias bases de licitación.
Las modificaciones que se hagan a estas bases se harán del conocimiento de los interesados a través de los mismos medios utilizados para su publicación o difusión, a fin de que los interesados concurran ante La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán para conocer, de manera específica, las modificaciones respectivas.
4 PRESENTACION DE LA PROPOSICIÓN.
El licitante deberá entregar en sobre cerrado su proposición en el acto de presentación y apertura.
Las proposiciones presentadas deberán ser firmadas por los licitantes o sus apoderados en cada una de las hojas que la integran.
Los licitantes son los únicos responsables de que sus propuestas sean entregadas en tiempo y forma en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
La documentación distinta a la propuesta podrá entregarse, a elección del licitante, dentro o fuera del sobre que contenga su proposición.
4.1 ENTREGA DE PROPOSICIONES EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
En el caso de que la persona que entregue el sobre en el acto de presentación y apertura de proposiciones, sea distinta al representante legal, éste anexará por separado a la proposición, escrito dirigido a La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, facultándolo para la entrega del sobre que contenga las proposiciones y para participar en el acto de recepción y apertura en nombre de su representada. El facultado deberá presentar su identificación oficial vigente y la del representante legal de la empresa que firma la proposición.
La falta de presentación de estos requisitos no será motivo para desechar la propuesta, pero la persona que entregue las propuestas solo podrá participar con el carácter de oyente.
El licitante a su elección y bajo su exclusiva responsabilidad podrá enviar las proposiciones en sobre cerrado, a través del servicio postal o de mensajería, debiéndose entregar en la dirección indicada en el primer párrafo del numeral 5.1 PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
Si el licitante opta por enviar sus proposiciones por cualquiera de estos medios, la entrega deberá ser previa al inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones.
La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán se abstendrá de recibir toda proposición que se envié por servicio postal o de mensajería bajo las siguientes condiciones:
a) Después del plazo para el inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones;
b) Que se entregue en una dirección distinta a la indicada en estas bases de licitación;
c) Que las proposiciones no se entreguen en sobrecerrado; y
d) Cuando el sobre llegue roto por el manejo del servicio postal o de mensajería.
4.2 FORMA DE PRESENTACIÓN.
Las proposiciones deberán presentarse por escrito y podrá integrarse en los documentos que para tal efecto se incluyen en estas bases de licitación, o reproducirlos siempre y cuando se respete el contenido y estructura de los mismos, sin tachaduras ni enmiendas. En este último caso, se deberán de regresar como parte de la propuesta, todos los formatos, guías de llenado, instrucciones, catálogo, planos, croquis y demás documentos entregados en la compra de estas bases de licitación; integrando cada formato y guía de llenado al documento correspondiente de la propuesta.
La propuesta que el licitante entregue en el acto de presentación y apertura de proposiciones deberá estar integrada en la forma siguiente y en un fólder para cada uno de ellos:
1) Bases de licitación
1.1 Acreditamiento de la personalidad y copia de identificación oficial con fotografía.
2) Términos de referencia y croquis de localización.
3) Manifestación expresa y por escrito en papel membretado, de conocer y aceptar lo estipulado los términos de referencia.
4) Modelo de contrato.
5) Manifestación expresa y por escrito en papel membretado, de conocer y aceptar lo estipulado en el modelo del contrato.
6) Relación de contratos de obra en vigor que tenga celebrado con la administración publica o con particulares, en caso contrario manifiesto por escrito bajo protesta de decir la verdad de no tener contratos en vigor.
7) Documentación en la que se acredite experiencia diseño, construcción, equipamiento, pruebas, puesta en marcha y estabilización de las instalaciones de tratamiento y el proceso necesarios que permitan satisfacer los requerimientos de calidad de agua y lodos de plantas de tratamiento de aguas residuales municipales ó privadas. (Anexar organigrama de la empresa, Currículum vite de la empresa y de su personal técnico y administrativo clave para la ejecución de los trabajos.)
8) Manifestación escrita en papel membretado, de conocer el sitio de los trabajos, así como de haber asistido o no a las juntas de aclaraciones. Que se celebren.
9) A.- acta de visita al sitio de los trabajos.
B.- acta de junta de aclaraciones y modificaciones a las bases de licitación.
10) Relación de mano de obra, especialistas que interviene en la integración de la propuesta.
11) Programa general de ejecución de las actividades principales con sus erogaciones, calendarizado y cuantificado conforme a los períodos determinados; anexar procedimiento constructivo de cómo pretende realizar los trabajos en sus diferentes etapas, dicho procedimiento deberá de ser congruente con el programa general de ejecución de las actividades.
12) Manifestación escrita en papel membretado, que no subcontratará toda o ninguna de las partes de la obra o los materiales o equipo que pretenda adquirir que incluyan su instalación.
13) Desglose de actividades principales
14) Carta compromiso de la proposición.
15) Documentos Técnicos
16) Mecanismo de adjudicación de contrato
4.3 IDIOMA.
Todos los documentos relacionados con la proposición deberán presentarse en: Idioma Español.
4.4 MONEDA.
La moneda en que deberán presentarse las proposiciones será: Peso Mexicano.
4.5 ANTICIPOS.
De acuerdo con lo establecido en la convocatoria, se otorgará el 30 % de la asignación presupuestaria aprobada al contrato, en el ejercicio de que se trate, para que el contratista realice en el sitio de los trabajos la construcción de sus oficinas, almacenes, bodegas e instalaciones y, en su caso, para los gastos de traslado de la maquinaria y equipo de construcción e inicio de los trabajos; así como, para la compra y producción de materiales de construcción, la adquisición de equipos que se instalen permanentemente y demás insumos que deberán otorgar (el cual no tendrá derecho a ajuste de costos).
El importe de los anticipos que se otorguen al licitante será el que resulte de aplicar el porcentaje señalado en la convocatoria y en estas bases, al monto total de la proposición.
4.6 AJUSTE DE COSTOS.
Para efectos de esta licitación, no aplica el ajuste de costos, en virtud de que el tipo de contrato es a precio alzado.
4.7 CONDICIONES DEL PAGO.
El contratista recibirá de La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, el pago total que deba cubrírsele por actividad de trabajo terminados, ejecutado conforme al proyecto, especificaciones de construcción y normas de calidad requeridas.
4.8 FORMA Y TÉRMINOS DEL PAGO DE LOS TRABAJOS.
Los trabajos objeto del presente contrato, se pagarán conforme a lo establecido en el calendario de actividades principales propuesto, mediante la formulación de estimaciones sujetas a la terminación de cada actividad principal de obra, con base en las normas de calidad de los materiales y especificaciones de construcción, las que serán presentadas por "El Contratista", acompañada de los números generadores, a la residencia de obra dentro de los seis (6) días naturales siguientes a la fecha xx xxxxx para el pago de las mismas, siendo ésta, la fecha de notificación por parte del contratista de que se ha finalizado cada actividad principal. La residencia de obra dentro de los quince (15) días naturales siguientes a su presentación, deberá revisar y, en su caso, autorizar las estimaciones, mismas que serán pagadas en: las Oficinas del Departamento de Egresos de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán sita en la xxxxx 00 Xx. 000 xxxxx 00 x 00, Xxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx, dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días naturales, contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizadas por la residencia de obra, Las diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, se resolverán y, en su caso, se incorporarán en la siguiente estimación.
4.9 PROHIBICIÓN DE LA NEGOCIACIÓN.
Ninguna de las condiciones contenidas en estas bases de la licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 33, fracción VII de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
4.10 RETENCIONES SOBRE LAS ESTIMACIONES POR PAGAR.
En el caso de que el licitante que resulte adjudicatario del contrato se encuentre inscrito en la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, de conformidad con el Convenio de Colaboración entre La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán y la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, cuyo objeto es descontar de las estimaciones de los trabajos ejecutados, el dos al millar (0.2%) para ser aportado voluntariamente, por parte de "El Contratista", a los programas de capacitación y adiestramiento de los trabajadores de la industria de la construcción que desarrolla el Instituto de Capacitación de la Industria de la Construcción, La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán realizará la retención en el porcentaje antes mencionado según conforme a la declaración establecida en el modelo de contrato que será entregado al Instituto de Capacitación de la Industria de la Construcción.
Para la aplicación de esta retención el licitante al que se le adjudique el contrato deberá presentar escrito en el que manifieste estar o no inscrito en la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción. Esta aportación no deberá ser repercutida en la integración de los precios unitarios. El efectuar esta incidencia, será motivo para desechar la proposición.
Asimismo, de las estimaciones que se le cubran al contratista, se le hará la retención del cinco al millar (0.5 %) del importe de cada estimación, para cumplir con el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos en vigor, por concepto de derechos de inspección, control y vigilancia de los trabajos por la Secretaría de la Función Pública, según lo establece el artículo 37 fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
4.11 AGRUPACIONES.
Dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones, sin necesidad de constituir una sociedad, o nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx, siempre que, para tales efectos, en las proposiciones y en el contrato se establezcan con precisión y a satisfacción de La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, las partes de los trabajos que cada persona se obligará a ejecutar. En este supuesto la proposición deberá ser firmada por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas.
Para tal efecto, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
I. Bastará la adquisición de un solo ejemplar de las bases;
II. Deberán celebrar entre sí un convenio privado, el que contendrá lo siguiente:
a. Nombre y domicilio de los integrantes, identificando, en su caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx de la agrupación;
b. Nombre de los representantes de cada una de las personas identificando, en su caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita su representación;
c. Definición de las partes del objeto del contrato que cada persona se obligaría a cumplir, especificando la forma en que serán presentadas a cobro las estimaciones;
d. Determinación de un domicilio común para oír y recibir notificaciones;
e. Designación de un representante común otorgándole poder amplio y suficiente, para todo lo relacionado con la proposición, y
f. Estipulación expresa que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme.
III. En el acto de presentación y apertura de proposiciones el representante común deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta; y
IV. Para cumplir con el capital contable mínimo requerido, se podrán sumar los correspondientes a cada una de las personas integrantes.
4.12 SUBCONTRATACIÓN.
No se permitirá la subcontratación de ninguna parte de los trabajos.
4.13 RELACIÓN DE MATERIALES Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE.
4.13.1 RELACIÓN DE MATERIALES Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE QUE, EN SU CASO, PROPORCIONE LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN.
No se proporcionará material ni equipo de instalación permanente.
4.13.2 RELACIÓN DE MATERIALES, MAQUINARIA Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE DE FABRICACIÓN NACIONAL QUE PODRÁ REQUERIRSE EN LA LICITACIÓN PÚBLICA.
Cuando se establezcan requisitos de contenido nacional en los términos del último párrafo del artículo 30 de la Ley de Obras Públicas y de Servicios Relacionados con las Mismas, la Secretaría de Economía podrá solicitar a La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, la información necesaria para verificar el cumplimiento del contenido de fabricación nacional de los materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente que deban ser utilizados en la ejecución de los trabajos, de conformidad con el Acuerdo por el que se establecen las Reglas para la aplicación del requisito de contenido nacional en los procedimientos de contratación de obras públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de 2003.
En su caso, el señalamiento del porcentaje de contenido nacional del valor de la obra que deberán cumplir los licitantes en materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente, que serían utilizados en la ejecución de los trabajos; en función del valor de los trabajos que determine La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, en la presente licitación pública, se requiere la incorporación de materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente, de fabricación nacional, por el porcentaje del (No es el caso) de contenido nacional.
4.14 FIRMA DE LA PROPOSICIÓN.
La persona facultada para representar al licitante, DEBERÁ FIRMAR CON TINTA INDELEBLE LA PROPOSICIÓN EN TODAS SUS HOJAS.
4.15 COMO INTEGRAR E IDENTIFICAR LA PROPOSICIÓN.
El licitante deberá integrar su proposición, con firmas autógrafas y en la forma que previene el inciso 4.2.1. Una vez integradas deberán ser colocadas en sobre cerrado, identificándolo, con la clave de la licitación, objeto de los trabajos y la razón social del licitante.
5 DEL PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN.
Para facilitar el procedimiento de licitación, La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, a solicitud de los interesados, deberá efectuar revisiones preliminares respecto de la especialidad, experiencia y capacidad de los interesados, así como la documentación distinta a la propuesta técnica y económica. Los licitantes que hayan cubierto el costo de las bases podrán presentar sus propuestas en el acto de presentación y apertura de proposiciones de que se trate.
En todos los casos, se preferirá la especialidad, experiencia y capacidad técnica de los interesados, así como a aquellos contratistas que, en su caso, hayan ejecutado trabajos con contratos terminados en costo y tiempo.
5.1 PRESENTACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones deberán presentarse a las 13:00 horas, del día 25 de Noviembre de 2008, en la Sala de Juntas de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, sita en la calle 60 No. 526 entre 65 y 67. Centro, donde se llevará a cabo el acto de presentación y apertura de proposiciones, el cual será presidido por el servidor público designado. Los licitantes o sus representantes legales al ser nombrados entregarán sus proposiciones en un solo sobre claramente identificado en su parte exterior y completamente cerrado y los documentos distintos a estas.
Los licitantes son los únicos responsables de que sus proposiciones sean entregadas en tiempo y forma en el acto de presentación y apertura de proposiciones, no se recibirán proposiciones que se presenten después de la fecha y hora establecida en estas bases de licitación.
El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo, conforme a lo siguiente:
I. Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado; se dará apertura a las proposiciones de los licitantes que hayan presentado su proposición en el propio acto y de los que la enviaron por servicio postal o de mensajería y se procederá a su evaluación cuantitativa, donde sólo bastará verificar la presentación de los documentos, sin entrar a la revisión de su contenido, y se desecharán las que hubieren omitido alguno de los requisitos exigidos.
II. Por lo menos un licitante, si asistiere alguno, y el servidor público de La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán facultado para presidir el acto, rubricarán el documento (13) desglose de actividades principales, en el que se consignen los precios y el importe total de los trabajos objeto de esta licitación, debiendo en seguida dar lectura al importe total de cada una de las propuestas que fueron aceptadas para su evaluación cualitativa;
III. Se levantará acta, que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones en la que se harán constar las proposiciones aceptadas para su posterior evaluación y el importe total de cada una de ellas, así como las que hubieren sido desechadas y las causas que lo motivaron; el acta será firmada por los asistentes y se pondrá a su disposición o se entregará copia de la misma. La falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efecto de su notificación.
IV. En esta acta se señalará el lugar, fecha y hora de la junta pública donde se dará a conocer el fallo de la licitación.
V. La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán procederá con el análisis cualitativo de las proposiciones aceptadas. de acuerdo a lo señalado en el punto 5.4 de estas bases, debiendo elaborar un dictamen en que conste lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, dando a conocer el resultado a los licitantes en el fallo.
VI. La firma del contrato se llevará a cabo el día 01 de Diciembre de 2008 en un horario de 9:00 a 12:00 horas en las oficinas del Departamento Jurídico, sita en la xxxxx 00 Xx. 000 xxxxx 00 x 00, Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx.
5.2 LICITACIÓN DESIERTA.
La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, declarará desierta la licitación cuando las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos de estas bases de licitación, sus precios de insumos no fueren aceptables, cuando ninguna persona adquiera las bases, o cuando no se reciba alguna proposición en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
5.3 CAUSAS POR LAS QUE PUEDE SER DESECHADA LA PROPOSICIÓN.
Se considerará como causa suficiente para desechar una proposición, cualquiera de las siguientes circunstancias:
I. La omisión en la presentación de cualquiera de los documentos requeridos en estas bases de licitación, excepto los que expresamente se señalen que su falta de presentación no afecta la solvencia de la propuesta, (Artículo 40 fracción I del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
II. La presentación de información y datos incompletos en cualquiera de los documentos requeridos en estas bases de licitación. (Artículo 40 fracción I del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
III. Cuando en los documentos solicitados se consignen datos e informes distintos a los requeridos en estas bases de licitación. (Artículos 36 y 37 del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
IV. El incumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas. (Artículo 40 fracción II del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
V. La ubicación del licitante en alguno de los supuestos señalados en los artículos 33, fracción XXIII, 51 y 78, penúltimo párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. (Artículo 40 fracción IV del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
VI. El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en estas bases de licitación, así como la comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de los trabajos o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. (Artículo 40, fracción VI del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
VII. Cuando las cantidades de trabajo y/o precios unitarios del catálogo de conceptos, presenten
alteraciones, raspaduras, tachaduras y/o enmendaduras. (Artículo 40 fracción II del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
VIII. Cuando el licitante no presente uno o varios análisis de precios unitarios o que éstos estén incompletos. (Artículo 40 fracción I del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
IX. Cuando el licitante, en su catálogo de conceptos, omita alguno o algunos de los precios unitarios. (Artículo 40 fracción I del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
X. Cuando el licitante, en su documentación no señale el indicador económico utilizado en el análisis del costo por financiamiento (Artículo 37 apartado A fracción V inciso C del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
XI. Cuando el licitante, en su análisis del costo por financiamiento no incida la amortización del o los anticipos otorgados, si es el caso. (Artículos 50 fracción III de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, 37 apartado A fracción V inciso a y 185 fracción III inciso b, de su Reglamento);
XII. Cuando en la parte económica se incluyan los cargos por concepto de asociación a cámaras industriales o comerciales de la construcción (Artículo 189 del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
XIII. No incluir en el sobre de la proposición, copia del recibo de pago de las bases de licitación respectivas. (Artículo 20 párrafo tercero, del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
XIV. Cuando el licitante en su documentación no señale el indicador económico especifico de la tasa de interés utilizada en el cálculo del costo por inversión integrante de los análisis de los costos horarios. (Artículo 166 último párrafo del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
XV. Por comprobarse durante el acto de presentación de proposiciones o la evaluación de las mismas, que el representante legal que suscribe la proposición no cuenta con facultades generales para actos de administración o de dominio o especiales para suscribirla en los términos requeridos en las presentes bases.
5.4 CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, para hacer el estudio, análisis y evaluación de las proposiciones, se apegará a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en los artículos 24, 36 y 37-A, 37-B y 37-F de su Reglamento, considerando que los recursos propuestos por el licitante sean los necesarios para ejecutar satisfactoriamente, conforme al programa de ejecución, las cantidades de trabajo establecidas y que el análisis, calculo e integración de los precios unitarios sean acordes con las condiciones de costos vigentes en la zona o región donde se ejecuten los trabajos a efecto de que se tengan los elementos necesarios para determinar la solvencia de las condiciones legales, técnicas, financieras y administrativas requeridas en estas bases de licitación.
Las proposiciones se evaluarán en dos formas: una cuantitativa, donde para la recepción de las mismas sólo bastará verificar la presentación de los documentos, sin entrar a la revisión de su contenido; y otra cualitativa, donde se realizará el estudio detallado de las proposiciones presentadas, a efecto de que La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán tenga los elementos necesarios para determinar la solvencia de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas.
Para la evaluación de las proposiciones en ningún caso se utilizarán mecanismos de puntos o porcentajes.
5.5 CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará de entre los licitantes, a aquel cuya proposición resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en estas bases de licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
Si resultare que dos ó más proposiciones son solventes porque reúnen las condiciones antes señaladas, el contrato se adjudicará a quién presente la proposición que resulte económicamente más conveniente para el Estado, que será aquella que otorgue mayor certeza en la ejecución y conclusión de los trabajos, por asegurar las mejores condiciones de contratación en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
Para tales efectos, la adjudicación del contrato a la proposición que resulte económicamente más conveniente para el Estado, se hará a través del mecanismo que atienda a las condiciones, criterios, parámetros y su correspondiente valoración en puntaje, en los siguientes términos:
1. Criterio relativo al Precio, Representado por la proposición solvente cuyo precio o monto sea el más bajo, o la de menor valor presente, la que tendrá una ponderación de: 50 puntos.
En estos términos, la puntuación que se le asigne a las demás proposiciones que hayan resultado solventes se determinará atendiendo a la siguiente fórmula:
PAj = 50 * (PSPMB/PPj) Para toda j = 1, 2,…..,n
Donde:
PAj = Puntos a asignar a la proposición “j”
PSPMB = Proposición solvente cuyo precio es el más bajo, o la de menor valor presente. PPj = Precio de la Proposición “j”
El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación.
Para determinar la proposición de menor valor presente, se podrán considerar los gastos de inversión, de operación, de mantenimiento y de consumo entre otros, así como el valor de rescate de la obra de que se trate.
2. Criterio relativo a la Calidad. La calidad atenderá a los rubros de especialidad, experiencia y capacidad técnica en los términos del último párrafo del artículo 36 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Dichos rubros, en su puntaje, deberán tener una ponderación en conjunto de:
20 puntos
Los 20 puntos se distribuirán como sigue:
Especialidad.- Mayor número de contratos de obras ejecutadas de la misma naturaleza a los que se convocan en un plazo máximo de cinco años, previos a la fecha de publicación de la convocatoria. Para este rubro se asignará una ponderación de 5 puntos.
Experiencia.- Mayor tiempo del licitante realizando obras similares en aspectos relativos a monto, complejidad o magnitud. Para este rubro se asignará una ponderación de 5 puntos.
En caso de que se indique más de uno de los aspectos anteriores, los 5 puntos se distribuirán proporcionalmente.
Capacidad Técnica.- Se asignará un puntaje de 10 puntos, distribuidos como sigue:
a) Mayor experiencia laboral, del personal responsable de los trabajos convocados en la materia objeto de la contratación, de conformidad con la información proporcionada en términos del artículo 26 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Se asignarán 3 puntos.
b) Ausencia de antecedentes de afectación de garantías por vicios ocultos o de mala calidad de los trabajos, o su equivalente en el extranjero en un lapso no mayor de cinco años. Se asignarán 3 puntos.
c) Certificación relacionada con el objeto de la obra a contratar en materia de calidad, seguridad o medio ambiente. Se asignarán 4 puntos.
En caso de seleccionar más de una certificación de las antes señaladas los cuatro puntos se distribuirán proporcionalmente.
La certificación antes aludida deberá ser emitida conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
3. Criterio relativo al Financiamiento. Que se pondere la proposición que aporte las mejores condiciones de financiamiento para La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán. Su ponderación será de 10 puntos.
4. Criterio relativo a la Oportunidad. Que se hayan ejecutado obras con contratos terminados en costo y tiempo, en los términos del último párrafo del artículo 36 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas,
considerando los siguientes rubros que en su puntaje en conjunto tendrá una ponderación de 10 puntos.
Los diez puntos se distribuirán como sigue:
a) Grado de cumplimiento en los contratos celebrados y concluidos por el licitante en un lapso no mayor a cinco años previos a la publicación de la convocatoria, para lo cual se dividirá el monto de las penas convencionales aplicadas entre el valor total del contrato. Cuando se trate de varios contratos, el grado de cumplimiento se aplicará para cada contrato y el resultado se ponderará con el valor que se obtenga de dividir el monto de cada uno de los contratos considerados en el ejercicio entre su sumatoria total. A mayor grado de cumplimiento se asignarán 5 puntos.
b) Que los contratos de obra pública celebrados en un lapso no mayor a cinco años previos a la publicación de la convocatoria, no hayan sido objeto de rescisión administrativa o de alguna figura jurídica equivalente en el extranjero. Se asignarán 5 puntos.
La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán solicitará la información que considere necesaria para valorar la puntuación a que se refieren los incisos anteriores, entre la cual deberá incluirse una manifestación bajo protesta de decir verdad y sujeta a verificación, así como aquellos otros mecanismos que garanticen la veracidad de la misma.
5. Criterio relativo al Contenido Nacional. Considerando para dicho criterio a la proposición con mayor porcentaje de contenido nacional, respecto de los siguientes insumos y equipos que, en su puntaje en conjunto, deberán tener ponderación de 10 puntos.
a) Materiales.
b) Maquinaria y equipo de instalación permanente.
Para la determinación del grado de contenido nacional, se considerarán las disposiciones que sobre el particular expida la Secretaría de Economía.
El criterio relativo al contenido nacional aplicará en procedimientos de contratación de carácter nacional. La suma de los cinco criterios anteriormente descritos será menor o igual a 100 puntos.
Para la asignación de puntos de los criterios establecidos en los numerales 2 y 5, a cada una de las proposiciones determinadas como solventes, se aplicará una regla de tres simple, considerando como base la proposición solvente que reciba mayor puntaje en cada uno de los criterios enunciados.
En el caso de que La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán no cuente con elementos para valoración de alguno de los criterios o rubros antes mencionados, o éstos no pudiesen ser proporcionados por los licitantes, no representarán valor alguno en su puntaje, es decir tendrán valor cero, o no aplica y, los puntos que les corresponderían no se reexpresarán.
Para efectos de lo anterior, la información relativa a los criterios 2 Calidad y 4 Oportunidad antes mencionada, podrá ser aquella que conste en el Registro de Contratistas de La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, o en su defecto, la que proporcionen los licitantes en sus propuestas de acuerdo a lo solicitado en estas bases de licitación.
Atendiendo a lo anterior, la proposición solvente económicamente más conveniente para el Estado será aquella que reúna la mayor puntuación conforme a la valoración de los criterios y parámetros descritos anteriormente, siempre y cuando su precio o monto tenga una diferencia hasta de 7% respecto del precio o monto de la determinada como la solvente más baja como resultado de la evaluación.
Si el precio o monto de la proposición determinada como la económicamente más conveniente para el
Estado tiene una diferencia superior al 7% respecto del precio o monto de la determinada como la solvente más baja como resultado de la evaluación, se adjudicará a la que le siga en puntaje hacia abajo, pero la diferencia de su precio sea menor o igual al 7% señalado y, así sucesivamente hasta que se obtenga la proposición que será adjudicada.
En caso de empate técnico entre los licitantes cuyas proposiciones resulten solventes, La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán adjudicara la obra, en igualdad de condiciones, al licitante que tenga en su planta laboral un cinco por ciento de personas con discapacidad, cuya alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social se haya dado con seis meses de antelación al momento del cierre de la licitación pública.
Se entiende que existe empate técnico cuando dos o más licitantes oferten el mismo precio y el criterio de adjudicación utilizado sea contenido en el artículo 37 C del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, o bien cuando obtengan el mismo puntaje como resultado de la aplicación del mecanismo de adjudicación previsto en el artículo 37 A del citado Reglamento.
Si no fuere posible resolver el empate en los términos del párrafo anterior, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador y, posteriormente, los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.
Al finalizar la evaluación de las proposiciones y, en su caso, la aplicación del criterio de adjudicación previsto en el artículo 37 A del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán emitirá un dictamen en el que se hagan constar los aspectos a que se refiere el artículo 38 del mencionado Reglamento.
Cuando exista desechamiento de alguna proposición La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán deberá entregar a cada licitante, a través de un escrito independiente, las razones y fundamentos para ello, con base en el dictamen.
Las proposiciones desechadas durante el procedimiento de contratación, podrán devolverse cuando sea solicitado por los licitantes, o bien, podrán ser destruidas en los términos del último párrafo del artículo 74 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. No obstante las proposiciones solventes que hayan sido sujetas de la aplicación del criterio de adjudicación previsto en el artículo 37 A del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, serán las únicas que no podrán devolverse o destruirse y pasarán a formar parte de los expedientes de La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, quedando sujetas a las disposiciones correspondientes a la guarda, custodia y disposición final de los expedientes, y demás aplicables, así como a las previstas en el artículo 74 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Tratándose de procedimientos de contratación en los que se apliquen mecanismos de evaluación por puntos y porcentajes, podrán ser las dos propuestas solventes que sigan en calificación o las que determine la propia Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán.
6 DEL CONTRATO.
6.1 MODELO DEL CONTRATO.
El modelo de contrato, que se anexa a esta licitación, es emitido con apego en lo previsto en la legislación y normatividad vigente.
6.2 FIRMA DEL CONTRATO.
Previamente a la firma del contrato el licitante ganador, presentará para su cotejo, original o copia certificada y copia simple de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades generales o especiales para actos de administración o de dominio de su representante para suscribir el contrato correspondiente, así como de los relativos al documento con que se acredite el capital contable requerido, de la identificación de la persona física o, en su caso, del representante de la persona moral y del comprobante del pago de las bases de licitación.
La presentación de estos documentos servirá para constatar que la persona cumple con los requisitos legales necesarios para suscribir y obligarse a nombre de su representada con las facultades requeridas en las presentes bases.
La adjudicación del contrato obligará a La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán y a la persona en quien hubiere recaído, a formalizar el documento relativo en la fecha que se haya establecido en las bases de la licitación, la cual no podrá exceder treinta días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse el contrato si no se
encuentra garantizado de acuerdo con lo dispuesto en la fracción II del artículo 48 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Si el interesado no firmare el contrato por causas imputables al mismo, dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior, será sancionado por la Secretaría de la Función Pública por conducto del Órgano Interno de Control y en los términos de los artículos 77 y 78, fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y en su caso, La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al participante que haya presentado la siguiente proposición solvente que resulte económicamente más conveniente para el Estado, de conformidad con lo asentado en el dictamen a que se refiere el artículo 38 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y el punto 6.6 de estas bases de licitación, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al diez por ciento.
Si La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán no firmare el contrato respectivo o cambia las condiciones de las bases de licitación que motivaron el fallo correspondiente, el licitante ganador, sin incurrir en responsabilidad, no estará obligado a ejecutar los trabajos.
6.3 COMPROBACIÓN DEL CONTRATISTA DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL PAGO DE LOS IMPUESTOS.
Para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y el apartado 1.2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 00 xx xxxx xx 0000, Xx Xxxxx xx Xxxx Potable y Alcantarillado de Yucatán, exigirá de la persona física o moral que en su caso resulte adjudicada para la celebración del contrato correspondiente, previo a la formalización del mismo, le presente, el “acuse de recepción” con el que compruebe que realizó la solicitud de opinión prevista en la regla 1.2.1.16 de la Resolución de Miscelánea Fiscal para 2008, al Servicio de Administración Tributaria, para que dicha autoridad fiscal emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. (Esta obligación deberá cumplirse cuando la contratación se realice por un monto que exceda de $300,000.00, sin incluir el IVA). Esta consulta de opinión ante el SAT deberá de realizarse preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo o adjudicación correspondiente. En la opinión al SAT deberán de incluir el correo electrónico que le indique la JAPAY para que el SAT envíe el “acuse de respuesta” que emitirá en atención a la solicitud de opinión.
Las personas físicas x xxxxxxx residentes en el extranjero que resulten adjudicadas y que no estén obligadas a presentar la solicitud de inscripción en el RFC o declaraciones periódicas en México, así como los contribuyentes que no estén obligados a presentar total o parcialmente la declaración anual del ISR, deberán realizar su solicitud de opinión al SAT ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda al domicilio de la convocante.
6.4 GARANTÍAS DEL ANTICIPO; DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO; Y POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS O CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.
6.4.1 GARANTÍA DEL ANTICIPO.
El Contratista deberá garantizar los anticipos que, en su caso, reciban. Esta garantía deberá constituirse dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo y por la totalidad del monto de los anticipos.
Para garantizar la correcta aplicación del anticipo, se deberá presentar póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada, por el importe total del anticipo otorgado a favor de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, de la forma siguiente:
FORMATO DE PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR LA AMORTIZACIÓN DEL ANTICIPO DE LOS CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA.
FIANZA OTORGADA A FAVOR DE LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATAN PARA
GARANTIZAR POR EL CONTRATISTA: (razón o denominación social de la persona moral, o nombre de la persona física con la que se celebró el contrato), CON DOMICILIO EN , LA CANTIDAD DE $ , ( PESOS 00/100 M. N.), SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, PARA RESPONDER DE LA DEBIDA Y CORRECTA APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN O DEVOLUCIÓN TOTAL QUE POR CONCEPTO DE ANTICIPO LE OTORGA LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN EN RELACIÓN CON EL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO XXXXXXXXXXX XXXXXX , XX XXXXX
XX XX 000 , XXX IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS POR LA CANTIDAD DE $ ,
( PESOS 00/100 M. N.), CUYO OBJETO ES (insertar completo el objeto del contrato, especificado en la
cláusula primera del mismo), CELEBRADO CON LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN. LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO, Y SUBSISTIRÁ HASTA LA TOTAL AMORTIZACIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO POR LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN, EN CUYO CASO, LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN, LO NOTIFICARÁ POR ESCRITO A LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PARA SU CANCELACIÓN. LA COMPAÑÍA AFIANZADORA EXPRESAMENTE DECLARA QUE: A).- LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO MENCIONADO CON ANTERIORIDAD; B).- LA FIANZA GARANTIZA LA AMORTIZACIÓN TOTAL DEL ANTICIPO OTORGADO POR LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN AL CONTRATISTA CONSISTENTE EN LA CANTIDAD DE $ ( PESOS 00/100 M. N.); C).- LA FIANZA SUBSISTIRÁ HASTA LA TOTAL AMORTIZACIÓN DEL ANTICIPO POR PARTE DEL CONTRATISTA Y SE CANCELARÁ HASTA QUE EL CONTRATISTA HAYA AMORTIZADO LA TOTALIDAD DEL ANTICIPO, SIENDO INDISPENSABLE LA CONFORMIDAD EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN, SIN CUYO REQUISITO NO PROCEDERÁ LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE FIANZA Y, EN CONSECUENCIA, ÉSTA CONTINUARÁ VIGENTE; D).- ÉSTA FIANZA PERMANECERÁ VIGENTE DESDE SU FECHA DE EXPEDICIÓN Y DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN POR PARTE DEL CONTRATISTA O LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN, HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE, DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRÁ ACOTARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO PRINCIPAL O FUENTE DE LAS OBLIGACIONES, O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA; Y E).- LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DE COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE ÉSTA PÓLIZA DE FIANZA.
6.4.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Previamente a la firma del contrato y dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo, pero invariablemente antes de la firma del contrato, el licitante a quien se le adjudique la realización de los trabajos deberá presentar póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, por el diez por ciento (10%) del importe total de los trabajos contratados, de la forma siguiente:
FORMATO DE PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA.
FIANZA OTORGADA A FAVOR DE LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATAN PARA
GARANTIZAR POR EL CONTRATISTA (razón o denominación social de la persona moral, o nombre de la persona física con la que se celebró el contrato), CON DOMICILIO EN , LA CANTIDAD DE $ , ( PESOS 00/100 M. N.), SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, EQUIVALENTE AL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO TOTAL DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS, ASÍ COMO EL FIEL Y EXACTO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO XXXXXXXXXXX XXXXXX , XX XXXXX XX XX 000 , XXX IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS POR LA CANTIDAD DE $ , ( PESOS 00/100
M. N.), CUYO OBJETO ES (insertar completo el objeto del contrato, especificado en la cláusula primera del mismo). CELEBRADO CON LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN. LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO, Y ESTARÁ VIGENTE HASTA QUE LOS TRABAJOS MATERIA DEL CONTRATO DE REFERENCIA HAYAN SIDO RECIBIDOS EN SU TOTALIDAD, O PARTE DE LOS MISMOS CUANDO ASÍ SE HAYA CONVENIDO, Y EN SU CASO, HASTA QUE SE SUSTITUYA POR OTRA EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 61 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS. LA COMPAÑÍA AFIANZADORA EXPRESAMENTE DECLARA QUE: A).- LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO MENCIONADO CON ANTERIORIDAD; B).- LA FIANZA GARANTIZA EL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL IMPORTE DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS; C).- CUANDO LOS TRABAJOS MATERIA DEL CONTRATO SE REALICEN EN MÁS DE UN EJERCICIO PRESUPUESTAL, ÉSTA FIANZA SE SUBSTITUIRÁ POR OTRA EQUIVALENTE AL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL IMPORTE DE LOS TRABAJOS NO EJECUTADOS, INCLUYENDO EN DICHO IMPORTE LOS MONTOS RELATIVOS A LOS AJUSTES DE COSTOS Y MODIFICACIONES CONTRACTUALES, SI LAS HUBIERE; D).- ÉSTA FIANZA PERMANECERÁ EN VIGOR AÚN EN LOS CASOS EN QUE LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN OTORGUE PRÓRROGAS O ESPERAS AL CONTRATISTA PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES; E).- LA FIANZA GARANTIZA LA EJECUCIÓN TOTAL DE LOS TRABAJOS MATERIA DEL CONTRATO DE REFERENCIA, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE SUBCONTRATEN CON LA
AUTORIZACIÓN DE LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN; F).- ÉSTA
FIANZA PERMANECERÁ VIGENTE DESDE SU FECHA DE EXPEDICIÓN Y DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN POR PARTE DEL CONTRATISTA O DE LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN, HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE, DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRÁ ACOTARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO PRINCIPAL O FUENTE DE LAS OBLIGACIONES, O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA; G).- LA FIANZA SE CANCELARÁ CUANDO EL CONTRATISTA HAYA CUMPLIDO CON TODAS LAS OBLIGACIONES ESTIPULADAS EN EL CONTRATO, CONSTITUYA Y ENTREGUE, PREVIAMENTE A LA RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS, FIANZA QUE GARANTICE LOS DEFECTOS QUE RESULTEN DE LOS TRABAJOS, DE LOS VICIOS OCULTOS Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO, SIENDO INDISPENSABLE LA CONFORMIDAD EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA FRACCIÓN I, INCISO b) DEL ARTÍCULO 68 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, SIN CUYO REQUISITO NO PROCEDERÁ LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE FIANZA Y, EN CONSECUENCIA, ÉSTA CONTINUARÁ VIGENTE; Y, H).- LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DE COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE ÉSTA PÓLIZA DE FIANZA.
6.4.3 GARANTÍA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.
Al término de todos los trabajos, no obstante su recepción formal, el contratista se obliga a responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo, el Código Civil Federal y en la legislación aplicable.
Los trabajos se garantizarán por un plazo de doce meses por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, por lo que previamente a la recepción de los trabajos, el contratista, a su elección; deberá constituir póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del importe total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello.
Los recursos aportados en fideicomisos deberán invertirse en instrumento xx xxxxx fija.
El contratista, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomisos los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses a partir de la fecha de recepción de los trabajos.
Quedarán a salvo los derechos de La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme al artículo 66 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Si el contratista opta por la póliza de fianza, deberá garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente. Además de contemplar lo antes expuesto, se deberá establecer que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, así como, las disposiciones expedidas en esta materia de la forma siguiente:
FORMATO DE PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y OTRAS RESPONSABILIDADES
DERIVADA DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS EN LOS CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA.
FIANZA OTORGADA A FAVOR DE LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATAN PARA
GARANTIZAR POR EL CONTRATISTA: (razón o denominación social de la persona moral, o nombre de la persona física con la que se celebró el contrato), CON DOMICILIO EN , LA CANTIDAD DE $ , ( PESOS 00/100 M. N.), SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, EQUIVALENTE AL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO TOTAL EJERCIDO DE LOS TRABAJOS RECIBIDOS, PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL CONTRATISTA Y QUE RESULTEN A SU CUENTA Y RIESGO, DERIVADAS DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS RELATIVOS AL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO XXXXXXXXXXX XXXXXX , XX XXXXX XX XX 000 , XXX IMPORTE TOTAL EJERCIDO DE LOS TRABAJOS POR LA CANTIDAD DE $ , ( PESOS 00/100 M. N.), CUYO OBJETO ES (insertar
completo el objeto del contrato, especificado en la cláusula primera del mismo), CELEBRADO CON LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN. LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO. LA COMPAÑÍA AFIANZADORA EXPRESAMENTE DECLARA: A).- QUE LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO MENCIONADO CON ANTERIORIDAD; B).- QUE LA VIGENCIA DE ÉSTA FIANZA ES DE 12 (DOCE) MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DEL ACTA DE RECEPCIÓN FÍSICA DE LOS TRABAJOS, SIEMPRE QUE DURANTE ESE PERIODO NO HAYA SURGIDO ALGUNA RESPONSABILIDAD A CARGO DE “EL CONTRATISTA” POR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A QUE SE REFIERE EL CONTRATO, POR LO QUE PREVIAMENTE A LA RECEPCIÓN FÍSICA DE LOS TRABAJOS, “EL CONTRATISTA” GARANTIZA LOS MISMOS EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 66 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y 64 DE SU REGLAMENTO, POR LO QUE TRANSCURRIDOS LOS 12 (DOCE) MESES, SIN QUE EXISTA RECLAMACIÓN ALGUNA POR PARTE DE “LA COMISIÓN, LA FIANZA QUEDARÁ CANCELADA, SIENDO INDISPENSABLE LA CONFORMIDAD EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA FRACCIÓN i, INCISO b) DEL ARTÍCULO 68 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS; C).- QUE EN EL CASO DE PRESENTARSE DEFECTOS, VICIOS OCULTOS O RESPONSABILIDADES NO CUMPLIDAS, LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN LO COMUNICARÁ DE INMEDIATO Y POR ESCRITO AL CONTRATISTA PARA QUE ÉSTE HAGA LAS CORRECCIONES O REPOSICIONES CORRESPONDIENTES, DENTRO DE UN PLAZO MÁXIMO DE 30 (TREINTA) DÍAS NATURALES, TRANSCURRIDO ÉSTE TÉRMINO SIN QUE SE HUBIERE REALIZADO, LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN PROCEDERÁ A HACER EFECTIVA ESTA FIANZA. SI LA REPARACIÓN REQUIERE DE UN PLAZO MAYOR, EL CONTRATISTA Y LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN, PODRÁN CONVENIRLO, DEBIENDO CONTINUAR VIGENTE ESTA PÓLIZA DE FIANZA; D).- LA FIANZA GARANTIZA LA BUENA CALIDAD DE LOS TRABAJOS MATERIA DEL CONTRATO DE REFERENCIA, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE HAYAN SUBCONTRATADO CON XX XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX XX XXXX XXXXXXX X XXXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX; Y, E).- LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DE COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE ÉSTA PÓLIZA DE FIANZA.
Que la fianza se otorga en los términos del contrato citado.
En el caso de detectarse algún defecto o vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía por la que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de doce meses, a partir de la reparación de los defectos, en su caso, La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán deberá informar a la afianzadora el estado de los trabajos realizados.
6.5 GASTOS FINANCIEROS.
En caso de incumplimiento en los pagos de estimaciones y de ajuste de costos, La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, a solicitud del contratista, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del contratista.
Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el contratista, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso más los intereses correspondientes, conforme a lo señalado en el párrafo anterior. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales, desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán.
No se considerará pago en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo del contratista sean compensadas en la estimación siguiente, o en el finiquito, si dicho pago no se hubiera identificado con anterioridad.
6.6 NO FORMALIZACIÓN.
En el caso de que el licitante seleccionado no formalice el contrato por causas imputables al mismo o no presente la fianza de cumplimiento, se estará a lo dispuesto en el punto 6.2 denominado “FIRMA”.
6.7 INSPECCIÓN Y VERIFICACIÓN.
La Secretaría de la Función Pública o el Órgano Interno de Control de La Junta de Agua Potable y
Alcantarillado de Yucatán, podrán realizar las visitas, inspecciones y verificaciones que estime pertinentes con respecto a la ejecución de los trabajos objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en los artículos 75 y 76 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
6.8 RETENCIONES Y/O PENAS CONVENCIONALES.
Para el caso de incumplimiento total o parcial por parte del contratista, se aplicarán las siguientes retenciones y/o penas convencionales:
A) La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán tendrá la facultad de verificar mensualmente si los trabajos objeto de este contrato se están ejecutando por el contratista de acuerdo con las fechas establecidas en el programa de trabajo aprobado; para lo cual, La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán comparará el avance mes a mes contra el programa y los trabajos efectivos ejecutados.
Si como consecuencia de la comparación a que se refiere el párrafo anterior, el avance de los trabajos es menor de lo que debió realizarse, La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán procederá a hacer las retenciones económicas a las estimaciones que se encuentren en proceso en las fechas en que se determinen los atrasos, por las cantidades que resulten de multiplicar el 5% (cinco por ciento) de la diferencia de dichos importes por el número de meses transcurridos, desde la fecha del atraso en el programa, hasta la de revisión. Las retenciones serán determinadas únicamente en función de los trabajos que no se hayan ejecutado o prestado oportunamente conforme al programa convenido, considerando los ajustes de costos y sin aplicar el Impuesto al Valor Agregado, y en ningún caso podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento del contrato. Asimismo, cuando el contratista regularice los tiempos de atraso señalados en el programa de ejecución, podrá recuperar las retenciones económicas que se le hayan efectuado, por lo que La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán reintegrará a el contratista el importe de las mismas que al momento de la revisión tuviera acumuladas.
La aplicación de estas retenciones tendrá el carácter de definitiva, si a la fecha de terminación de los trabajos, pactada en la cláusula tercera del contrato, éstos no se han concluido.
B) Si el contratista no concluye los trabajos en la fecha estipulada en el plazo de ejecución establecido en la cláusula tercera del contrato y en el programa de trabajo, La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán le aplicará las penas convencionales que resulten de multiplicar el 5% (cinco por ciento) del importe de los trabajos que no se hayan ejecutado o prestado oportunamente, considerando los ajustes de costos y sin aplicar el Impuesto al Valor Agregado, por cada mes o fracción que transcurra desde la fecha de terminación pactada en la cláusula tercera del contrato hasta el momento de su terminación. Dichas penas no podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento del contrato.
El importe de las retenciones se descontarán administrativamente de las estimaciones que se formulen y el de las penas convencionales en el finiquito de los trabajos, y se aplicarán, siempre y cuando el atraso en la ejecución de los trabajos sea por causas imputables a el contratista y que no haya sido resultado de la demora motivada por caso fortuito, fuerza mayor o por razones de interés general que a juicio de La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán no se atribuya a culpa de el Contratista.
Independientemente de las retenciones o de las penas convencionales que se apliquen, La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán podrá optar entre exigir el cumplimiento del contrato, o bien, la rescisión administrativa del mismo, haciendo efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, así como la garantía de anticipo, total o parcialmente, según proceda en la rescisión, en el caso de que el anticipo no se encuentre totalmente amortizado.
6.9 SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.
La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán podrá suspender temporalmente, en todo o en parte, los trabajos contratados por cualquier causa justificada.
Asimismo, La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán y el contratista podrán dar por terminados anticipadamente los contratos cuando concurran razones de interés general; existan causas justificadas que le impidan la continuación de los trabajos, y se demuestre que de continuar con las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio grave al estado; se determine la nulidad total o parcial de actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública, o por resolución de autoridad judicial competente, o bien, no
sea posible determinar la temporalidad de la suspensión de los trabajos a que se refiere el párrafo anterior.
Cuando se determine la suspensión de los trabajos o se de por terminado anticipadamente el contrato, La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán pagará los trabajos ejecutados, así como los gastos no recuperables, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
6.10 RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.
La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán podrá rescindir administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, conforme al procedimiento previsto en el artículo 61 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
En caso de rescisión del contrato por causas imputables al contratista, una vez emitida la determinación respectiva, La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de trabajos ejecutados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito que proceda, lo que deberá efectuarse dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de dicha determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. En el finiquito deberá preverse el sobrecosto de los trabajos aún no ejecutados que se encuentren atrasados conforme al programa vigente, así como lo relativo a la recuperación de los materiales y equipos que, en su caso, le hayan sido entregados.
La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, podrá optar entre aplicar las penas convencionales o el sobrecosto que resulte de la rescisión, debiendo fundamentar y motivar las causas de la aplicación de una o de otro.
Si La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán opta por la rescisión administrativa del contrato, se apegará a lo establecido en los Artículos 61 y 62 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 124, 125, 127, 128 y 129 de su Reglamento.
6.11 MARCO NORMATIVO
La legislación aplicable a la presente licitación es la establecida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; y su Reglamento, Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y su Reglamento; Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Código Civil Federal; Código Fiscal de la Federación; Ley Federal de Instituciones de Fianzas, Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio Fiscal del 2008; Resolución Miscelánea Fiscal vigente y las demás disposiciones reglamentarias y administrativas de carácter federal y municipal aplicables.
6.11.1 CONTROVERSIAS
Las controversias que se susciten con motivo de esta licitación, se resolverán con apego a lo previsto en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, estas bases de licitación y en cualquier otra norma legal aplicable.
7 OTROS
7.1 CONFIDENCIALIDAD
El contratista no podrá difundir o proporcionar información alguna relativa al proyecto, en forma de publicidad o artículo técnico a menos que cuente con la autorización previa, expresa y por escrito de La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán.
7.2 INCONFORMIDADES
Las personas interesadas podrán inconformarse ante la Secretaría de la Función Pública ubicada en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, 0x. Xxxx, Xxx. Xxxxxxx El Bajo, C. P. 04340, Delegación Coyoacan, México, Distrito Federal, en los términos de lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante las autoridades competentes.