Contract
ACUERDO entre la entidad organizadora del curso y los participantes conforme al párrafo 8, apartado 4 del Reglamento de Fomento del Idioma Alemán (DeuFöV)
A continuación se empleará únicamente la forma masculina por motivos de simplificación lingüística. No obstante, el texto se refiere siempre por igual tanto a personas de sexo masculino como femenino.
Entre
Apellidos, nombre y fecha de nacimiento del participante
y
Nombre y dirección de la entidad organizadora del curso
se suscribe el siguiente acuerdo:
1. Aportación a los gastos
La participación en un curso de idioma orientado a la práctica profesional es en principio gratuita.
Esto excluye a las personas con empleo que no reciban ninguna prestación para su subsistencia conforme al libro II del Código Social, el libro XII del Código Social o la Ley Reguladora de Prestaciones para Refugiados, o que no tengan derecho a prestación por desempleo I, que no se encuentren recibiendo una formación en el sentido del párrafo 57, apartado 1 del libro III del Código Social o una capacitación de acceso y cuyos ingresos imponibles anuales superen el importe de 20 000€ en los casos de tributación individual o de 40 000€ en los casos de tributación junto con su cónyuge. Estas personas deben hacer una aportación a los gastos. La entidad organizadora del curso debe indicar a los participantes al registrarse las normas sobre la aportación a los gastos. La aportación a los gastos debe abonarse en su totalidad a la entidad organizadora al comienzo del curso.
Las personas con ocupación que asistan a un curso de idioma orientado a la práctica profesional de forma gratuita porque sus ingresos anuales imponibles no superan los límites enumerados anteriormente, están obligadas a pagar una aportación a los gastos en caso de que el abandono del curso sea atribuible a ellas mismas. En caso de abandono del curso por motivos no atribuibles a ella misma, la persona con ocupación participante deberá presentar una justificación evidente ante la Oficina Federal.
La entidad organizadora del curso pondrá libros de texto a disposición de los participantes de forma gratuita.
2. Gastos de transporte
Los participantes que perciban
- prestación por desempleo I (libro III del Código Social)
- prestación por desempleo II (libro II del Código Social)
- asistencia social (libro XII del Código Social)
- asistencia a la juventud (libro VIII del Código Social, en lugar de las retribuciones conforme a la Ley Reguladora de Prestaciones para Refugiados)
- prestaciones conforme a la Ley Reguladora de Prestaciones para Refugiados (AsylbLG) o
- ayuda para formación profesional conforme al xxxxxxx 00 del libro III del Código Social,
pueden recibir una ayuda adicional para los gastos de transporte necesarios. Si durante la participación en el curso se suspende la percepción de la prestación, el participante debe comunicarlo inmediatamente a la entidad organizadora del curso y a la Oficina Federal.
Se abonará una cantidad fija de ayuda para los gastos de transporte si el trayecto más corto desde el domicilio al centro de formación y/o el lugar del examen de certificación es de al menos 3 kilómetros. La solicitud de ayuda para gastos de transporte se debe tramitar a través de la entidad organizadora del curso. La solicitud por escrito debe llegar a la Oficina Federal durante el periodo de realización del curso. Si la solicitud fuera denegada, la persona participante puede interponer un recurso contra la denegación o bien otorgar una autorización a la entidad organizadora para que esta pueda interponer un recurso en su nombre.
Si la Oficina Federal ha concedido una ayuda para los gastos de transporte, esta será vigente para toda la asistencia al curso. La concesión no se modifica en caso de modificaciones de las tarifas de transporte. En caso de cambio de domicilio o de centro de formación, la concesión queda invalidada. Dado el caso, será necesario presentar una nueva solicitud.
3. Cuidado infantil
La entidad organizadora del curso prestará asistencia a los participantes en la búsqueda de ofertas de cuidado infantil.
4. Comienzo del curso
La persona autorizada a participar debe asistir a un curso de idioma orientado a la práctica profesional en las 4 semanas posteriores al registro. Si no tiene lugar ningún curso, la entidad organizadora debe remitir a las personas autorizadas a participar en el curso a otra entidad que ofrezca un curso adecuado. La entidad organizadora del curso entregará nuevamente la autorización original a los participantes en el curso e informará a la Oficina Federal de la transferencia a otra entidad organizadora.
El participante debe comunicar sin demora los cambios de domicilio a la entidad organizadora del curso. Un cambio de curso únicamente es posible en casos extremos. Un caso extremo es, p. ej., si tras haberse mudado, el centro de formación queda a más de 90 minutos del nuevo domicilio. El cambio de curso debe solicitarlo el participante en la sede principal correspondiente de la BAMF (Oficina Federal para Migraciones y Refugiados).
Si la entidad organizadora tuviera que interrumpir el curso completo, deberá remitir a los participantes a un curso alternativo adecuado.
5. Comportamiento durante la clase
La asistencia a clase debe ser periódica y puntual. El asistente se declara dispuesto a participar de forma activa en el desarrollo de la clase.
Se deben respetar las normas de la entidad organizadora del curso. Las infracciones de las normas pueden resultar en la expulsión de las clases.
6. Faltas de asistencia
Durante la época de clases no es posible planificar vacaciones personales.
La entidad organizadora del curso comunicará inmediatamente las faltas de asistencia de los participantes a la Oficina Federal y a la autoridad expedidora de la autorización a la participación. Además, la entidad organizadora del curso informará inmediatamente sobre las personas cuya participación en el curso haya sido impuesta por la oficina de empleo si peligra la conclusión satisfactoria del curso debido a una asistencia irregular (junto con el párrafo 9, apartado 5, frase 2 del Reglamento de Fomento del Idioma Alemán (DeuFöV)).
La entidad organizadora tiene obligación de notificación especialmente si los participantes faltan:
- injustificadamente el primer día del curso
- justificada o injustificadamente un mínimo de tres días de clase consecutivos
- a más del 20% de las unidades lectivas.
Si un participante falta al 30% de las unidades lectivas a las que tenía obligación de asistir en el curso de idioma orientado a la práctica profesional, no cabe esperar una conclusión satisfactoria del curso. En ese caso, la entidad organizadora del curso debe comunicar la suspensión del participante a la agencia de trabajo o la oficina de empleo y a la Oficina Federal.
Si el participante en el curso falta a clase, debe presentar siempre un justificante. El justificante, p. ej., el informe, debe entregarse sin demora a la entidad organizadora del curso. Un participante en el curso puede faltar por los siguientes motivos:
Enfermedad | Hasta un día de clase, si los participantes informan por escrito a la entidad organizadora del curso sobre la enfermedad a distancia/verbalmente al principio de producirse (la entidad organizadora realiza una anotación al respecto). A partir del segundo día de clase se debe presentar un informe médico. |
Cuidado de un niño enfermo que aún no haya alcanzado los 12 años de edad, si no hay otra persona al cuidado presente. | Previa presentación de un informe médico sobre el necesario cuidado del niño, válido desde el primer día de clase |
Falta imprevista de la persona al cuidado de un niño que aún no haya alcanzado los 8 años de edad (p. ej. la persona al cuidado del niño ha enfermado) | Previa confirmación a través del centro de asistencia responsable |
Falta de la persona al cuidado o falta a la escuela si se ha dispuesto el cierre de la escuela/ guardería por parte de una autoridad o del | Previa presentación del correspondiente justificante de cierre (no indispensable en el caso de normativas |
gobierno de un estado federal y el niño no haya alcanzado los 12 años de edad. | de cierre de ámbito nacional o vigentes en la totalidad del distrito o la ciudad con administración autónoma) |
Cuidado de un familiar, en tanto que este viva en el mismo hogar que la persona participante | Previa presentación de un informe sobre la necesidad de cuidado del familiar |
Casamiento de las personas participantes | Dos días de clase, previa presentación del correspondiente justificante (certificado de matrimonio) |
Permiso de maternidad | Previa presentación del correspondiente justificante (p. ej. informe médico) |
Parto de la esposa o compañera del participante | Dos días de clase, previa presentación del correspondiente justificante (p. ej. confirmación médica, certificado de nacimiento) |
Muerte del cónyuge, de la pareja en el sentido de la Ley de parejas de hecho, de un niño, o un progenitor | Hasta dos días de clase previa presentación de una confirmación Hasta cinco días de clase, si el funeral del familiar tiene lugar en el extranjero |
Citación por parte de autoridades (p. ej. Oficina de Extranjería / Tribunal) | Previa presentación del correspondiente justificante |
Falta autorizada por el proveedor de servicios | Previa presentación del correspondiente justificante |
Solicitudes de permisos de empleados y aprendices aprobadas por el empleador | Copia de la solicitud de permiso aprobada |
Disposición de una cuarentena domiciliaria por parte de las autoridades locales competentes | Previa presentación del correspondiente justificante (no indispensable en caso de que la vigencia de la disposición para la dirección del domicilio sea conocida) |
Participación en una prueba para determinar una enfermedad por COVID-19 | En el día de la prueba y para los días en los que se espera el resultado de la prueba, previa presentación de los correspondientes justificantes |
Pertenencia a un grupo de riesgo que bajo el punto de vista médico presente una severa evolución de la enfermedad en relación con la COVID-19, en tanto no exista aún ninguna oferta de participación en un aula virtual | Previa presentación de un informe médico sobre la pertenencia a un determinado grupo de riesgo Nota: la participación presencial en el curso es voluntaria y posible aunque se reúnan las características de pertenencia a un grupo de riesgo. |
La entidad organizadora del curso guardará los informes médicos presentados u otros justificantes como acreditación de la falta.
7. Exámenes de certificación
La entidad organizadora ofrece a cada participante un examen de certificación en los cursos de idioma orientado a la práctica profesional. En los cursos especializados como p. ej. comercio o industria/tecnología, en lugar de un certificado se expedirá una certificación de participación con datos
sobre el progreso de aprendizaje alcanzado. El respectivo examen de certificación puede repetirse una vez en caso de no aprobarse.
Si el participante no aprueba el examen, puede presentar una solicitud a la Agencia de Trabajo o la Oficina de Empleo para poder repetir el curso.
El examen de certificación y la repetición del examen de certificación son gratuitos para los participantes.
Los participantes que no aprueben el examen en la repetición del mismo, recibirán una certificación de participación de la entidad organizadora del curso con datos sobre el progreso de aprendizaje alcanzado. La entidad organizadora del curso debe enviar una certificación de participación tanto a la Oficina Federal como a la Agencia de trabajo o la Oficina de empleo. Lo mismo se aplica a los resultados de los exámenes de certificación.
8. Recopilación de datos
Los datos personales de los participantes únicamente pueden ser utilizados y transferidos a las autoridades competentes (p. ej. Oficina Federal, Agencia de trabajo, entidad responsable de la prestación) respetando las disposiciones pertinentes (incluyendo las relativas a protección de datos) y exclusivamente para la correcta ejecución y resolución de los cursos de idioma orientado a la práctica profesional. Estos datos no se pueden utilizar ni transferir a terceros no autorizados con ningún otro fin, especialmente con fines comerciales.
La entidad organizadora del curso debe borrar los datos de los participantes transcurrido un plazo máximo de cinco años.
El participante tiene derecho a consultar la documentación referente a su persona.
, el
Lugar, fecha
Firma del participante Firma de la entidad organizadora del curso (Nota: sin la firma no es posible la participación de ninguna
persona. En el caso de participantes menores de 18 años es necesaria la firma de los padres o tutores legales)