CONTRATO DE PRESTACIÓN
CONTRATO DE PRESTACIÓN
DE SERVICIOS EDUCACIONALES 2023
En Talcahuano a de
de
entre la Corporación Educacional Amanecer
Talcahuano, institución del giro de su denominación, Rut 00.000.000-0, sostenedora del establecimiento educacional, particular subvencionado con financiamiento compartido, COLEGIO AMANECER TALCAHUANO, representado por su Administrador xxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx-Xxxxxxx Rut: 0.000.000-0, domiciliado en xxxxx Xxxxxxx Xxx Oriente Nº 4511, Xxx Xxxxxx 0000, xx Xxxxxxxxxx, en adelante “El Colegio”; y don (ña) , Rut Nº domiciliado en , comuna de
, en adelante “El Apoderado”; han celebrado el siguiente Contrato de Prestaciones de Servicios Educacionales.
PRIMERO:
El Apoderado(a), en su calidad de (padre, madre o apoderado) de
lo ha matriculado como alumno de
por el año escolar 2023.
SEGUNDO:
El Contrato de Prestación de Servicios Educacionales y la matrícula del alumno en el COLEGIO AMANECER TALCAHUANO, le otorgan los siguientes derechos:
1. Ser considerado el estudiante como alumno regular del Colegio a contar del año escolar 2023, con todos los derechos y obligaciones que conlleva tal calidad, en conformidad a la legislación vigente.
2. Recibir los servicios de enseñanza el estudiante matriculado, conforme a los Planes y Programas de Estudios que rigen el quehacer del Colegio en los respectivos cursos y niveles, durante todo el año lectivo fijado por el Ministerio de Educación, y mientras esté vigente el presente Contrato.
3. Ser informado periódicamente del desarrollo del proceso de aprendizaje de su alumno, mediante el Informe de Notas, Informe de Desarrollo Personal y Social, reuniones de apoderados y entrevistas.
4. Contar con personal docente, asistentes de la educación y servicios de apoyo que faciliten la prestación de servicios educacionales dentro de la jornada habitual de clases informada.
5. Acceder a la infraestructura para el desarrollo del programa curricular, ya sea en aulas, biblioteca, laboratorios u otras.
6. Conocer el contenido del Proyecto Educativo Institucional, Reglamento Interno, Reglamento de Evaluación y Promoción y todas las normativas existentes, las cuales se encuentran publicadas en la página web del Colegio.
7. Requerir los Certificados de Estudios correspondientes al nivel cursado, de acuerdo al Reglamento de Evaluación y Promoción del establecimiento.
8. Integrar el centro General de Padres y Apoderados, institución independiente y autónoma del Colegio, con todos los derechos y obligaciones especificados en el respectivo Estatuto.
TERCERO:
El Apoderado se obliga a:
1. Xxxxxxx y aceptar los principios del Proyecto Educativo Institucional del Colegio.
2. Cumplir y respetar las normas del Reglamento Interno, Reglamento de Evaluación y Promoción y todas las normativas existentes, las cuales se encuentran publicadas en la página web del Colegio; velando por una actitud similar de su alumno.
3. Participar activamente en el proyecto educativo de su (s) alumno (s), debiendo asistir a todas las citaciones e invitaciones que se le cursen.
4. Cumplir todas las acciones de refuerzo, tratamiento y/o atención especial que se recomiende en beneficio del alumno.
5. Velar por que el alumno asista puntual y regularmente a clases, usando el uniforme completo del Colegio, sin otras prendas o accesorios de vestir.; con una presentación aseada y limpia, adecuada a su edad y a las normas de la higiene y salud. El ingreso y el retiro del alumno/a debe ser en los horarios establecidos por el Colegio.
6. Tratar con respeto y dignidad a todos los miembros de la comunidad escolar.
7. Responder por los daños causados por su alumno; y pagar los gastos de reparación o reposición por la perdida y/o deterioro de libros, materiales, instrumentos, equipos, mobiliario, instalaciones y demás implementos de El colegio.
8. Cumplir el pago de inscripción y mensualidad de la matrícula.
CUARTO:
Las partes acuerdan que se pondrá término al presente Contrato por cancelación o no renovación de la matrícula:
1. Por la aplicación de una medida disciplinaria al alumno, de no renovación de matrícula o expulsión, en conformidad al Reglamento Interno.
2. Por incumplimiento de algunas de las obligaciones del apoderado señaladas en el punto
TERCERO precedente de este contrato, EL Colegio podrá no renovar la matrícula.
3. El Colegio podrá no renovar la matrícula para año siguiente, cuando el alumno o el apoderado sean objeto de alguna medida disciplinaria por faltas gravísimas, que afecten la sana convivencia y el trato respetuoso y digno a cualquier miembro de la comunidad escolar.
4. El Colegio podrá no renovar la matrícula para año siguiente, cuando el alumno o el apoderado hayan participado en algún hecho que revista el carácter de delito y que afecte a cualquier miembro de la comunidad escolar.
5. El Colegio podrá no renovar la matrícula para el año siguiente, cuando el alumno o el apoderado No cumplan las medidas acordadas en planes de intervención o establecidas en Acuerdo de Compromisos.
6. El Colegio podrá no renovar la matrícula para el año siguiente, cuando el alumno o el apoderado cause daños a bienes e infraestructura de El Colegio.
7. El Colegio podrá no renovar la matrícula para año siguiente, cuando el alumno o el apoderado asista al Colegio bajo los efectos del alcohol o drogas.
QUINTO:
El Colegio podrá citar a los apoderados a justificar personalmente el incumplimiento de alguna de las obligaciones del presente Contrato, alguna falta al Reglamento Interno por el alumno o cualquier indisciplina. El Colegio podrá exigir el cambio de apoderado, cuando éste incumpla alguna de las obligaciones anteriores o deje de asistir a dos citaciones a actividades formales sin justificación.
SEXTO:
El Contrato de Prestación de Servicios terminara anticipadamente en caso de Retiro Voluntario Anticipado del alumno, informado por escrito por el apoderado; y por Mutuo acuerdo entre las partes.
SÉPTIMO:
Las partes dejan constancia que los cursos se conformaran de acuerdo con criterios pedagógicos establecidos por el colegio, sobre la base de decisiones pedagógica-formativas debidamente fundamentadas.
OCTAVO:
El apoderado que decida la permanencia y continuidad del alumno para el año siguiente, deberá ajustarse al calendario de inscripción y matrícula respectivo y estar al día en el pago de sus compromisos económicos.
NOVENO:
El apoderado autoriza expresamente al colegio a subir a la página Web Institucional fotos de su alumno en actividades escolares, así como utilizarlas en acciones de promoción o difusión y en impresiones tales como Anuarios, Agendas, etc.
DECIMO:
El presente contrato será de plazo fijo; comenzará a regir el primer día de clases del año escolar 2023 y tendrá una duración hasta el 30 de diciembre de 2023. Las partes acuerdan que tienen la más amplia libertad para renovar o no este contrato sin expresión de causa para año escolar siguiente, en conformidad a sus disposiciones y a la normativa vigente.
UNDECIMO:
Las partes dejan constancia que el presente contrato de Prestación de Servicios se complementa con las normas del Proyecto Educativo Institucional, Reglamento Interno, Reglamento de Evaluación y Promoción, Reglamento de Servicios de Cobranzas 2023; documentos que el apoderado declara recibir, conocer, aceptar.
DUODÉCIMO:
Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Talcahuano sometiéndose a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
DECIMO TERCERO:
El presente Contrato de Prestación de Servicios se firma en 2 ejemplares, quedando 1 en poder de el Apoderado y 1 en poder de El Colegio.
DECIMO CUARTO:
Se deja constancia que la calidad de apoderado de quien suscribe el presente Contrato en relación con el alumno consta de su condición de _(padre, madre, tutor), según consta de
(certificado de nacimiento, resolución judicial), documento que se adjunta al presentar contrato.