CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE ASISTENCIA SUSCRITO ENTRE VUELING
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE ASISTENCIA SUSCRITO ENTRE VUELING
AIRLINES, S.A. Y EUROP ASSISTANCE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS
Equipajes Especiales
ASEGURADOR
EUROP ASSISTANCE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS
Y REASEGUROS (en adelante EUROP ASSISTANCE), que asume el riesgo definido en el presente contrato.
TOMADOR DEL SEGURO
La persona física o jurídica que con el Asegurador suscribe este contrato, y al que corresponden las obligaciones que del mismo se deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el Asegurado.
ASEGURADO
Persona física con domicilio habitual en cualquier país europeo o ribereño del Mediterráneo, relacionada en las Condiciones Particulares, que contrata un vuelo de VUELING y el presente seguro de equipajes asociado al mismo antes de la fecha de inicio del viaje, y cuyos datos sean comunicados a EUROP ASSISTANCE.
ACCIDENTE
La lesión corporal o daño material sufrido durante la vigencia del contrato, que derive de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado.
ENFERMEDAD SOBREVENIDA
Alteración del estado de salud de un individuo durante el transcurso de un viaje cubierto por el contrato cuyo diagnóstico y confirmación sea efectuado por un médico u odontólogo legalmente reconocido, y que haga precisa la asistencia facultativa.
EQUIPAJE
Conjunto de ropas y enseres propios para el uso y la higiene personal necesarios en el transcurso del viaje, contenido en el interior de la/s maletas/s.
ROBO
Sustracción de las cosas muebles ajenas, con violencia o intimidación en las personas o empleando fuerza en las cosas.
HURTO
Sustracción de las cosas muebles ajenas, sin mediar violencia o intimidación en las personas ni fuerza en las cosas.
OBJETO DEL CONTRATO
Garantizar contra las consecuencias de aquellos riesgos cuyas coberturas se especifican en el presente contrato y que se produzcan como consecuencia de un evento fortuito en el curso de un viaje fuera del
Domicilio Habitual, dentro del Ámbito Territorial cubierto, y con los límites señalados en el mismo.
Las garantías del contrato dejarán de surtir efecto una vez finalizado el viaje y al regreso del Asegurado al Domicilio Habitual.
DURACIÓN
Las garantías se prestarán únicamente para los desplazamientos incluidos en el billete de avión contratado con VUELING.
DOMICILIO HABITUAL
Se entiende por domicilio habitual del Asegurado el localizado en cualquier país europeo o ribereño del Mediterráneo que se hace constar en la contratación del vuelo.
ÁMBITO TERRITORIAL
Las garantías se prestarán en los países incluidos en el billete de avión contratado con VUELING.
Se excluyen, en todo caso, aquellos países que aún reflejados en el ámbito territorial contratado, durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. En este caso EUROP ASSISTANCE reembolsará aquellos gastos cubiertos y debidamente justificados mediante la factura original acreditativa.
TRÁMITES EN CASO DE SINIESTRO
Ocurrido un hecho que pudiera dar lugar a la prestación de alguna de las garantías cubiertas en el contrato, será requisito indispensable la comunicación inmediata del siniestro, a través de llamada al teléfono 00.00.000.00.00, fax nº 00.000.00.00, u otro medio que deje constancia de la comunicación de dicho siniestro, quedando expresamente excluidas con carácter general aquellas prestaciones que no hayan sido comunicadas previamente a EUROP ASSISTANCE y aquellas para las que no se hubiera obtenido la correspondiente autorización.
En caso de fuerza mayor que impida realizar este aviso, deberá efectuarse inmediatamente que cese la causa que lo impida.
Establecido el contacto, el asegurado señalará: Nombre y apellidos, lugar donde se encuentra, teléfono de contacto, e informará de las circunstancias del siniestro y del tipo de asistencia solicitada.
Recibida la notificación, EUROP ASSISTANCE dará las instrucciones necesarias con el objeto de que se preste el servicio requerido. Si el asegurado actuase de forma contraria a las instrucciones impartidas por EUROP ASSISTANCE, serán de su cuenta los gastos en que incurra por dicho incumplimiento.
Equipajes Especiales (V15)
Para el reembolso de cualquier gasto podrá dirigirse a xxxxxxx.xxxxx.xx donde podrá acceder a “Tramitaciones on line” para crear su propia solicitud de reembolso y hacer el seguimiento del trámite, o al apartado de correos 36316 (28020 Madrid). En todos los casos será indispensable la presentación de facturas y justificantes originales.
TRAMITES EN CASO DE QUEJA POR PARTE DEL ASEGURADO
EUROP ASSISTANCE pone a disposición de los Asegurados un Servicio de Reclamaciones cuyo Reglamento se puede consultar en la página web XXX.XXXXX-XXXXXXXXXX.XX. Podrán presentar quejas los tomadores, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados o causahabientes de cualquiera de los anteriores, en el apartado de “Defensa del Cliente” de la web, o dirigiéndose por escrito al Servicio de Reclamaciones:
Dirección: Servicio de Reclamaciones
Xx. Xxxxxx, 0 – Xxxxxx 00
00000- XXXXXX
Dicho Servicio, que funciona de forma autónoma, atenderá y resolverá en un plazo máximo de 2 meses las quejas escritas que le son directamente dirigidas, cumpliendo así con la Ley ECO/734/2004 de 11 xx xxxxx y Ley 44/2002 de 22 de noviembre.
Agotada la vía del Servicio de Reclamaciones, el reclamante podrá formular su queja ante el Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones (adscrito a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones), cuya dirección es :
Pº de la Castellana, 44 28046- MADRID
SUBROGACIÓN
EUROP ASSISTANCE se subroga, hasta el total del coste de los servicios prestados por ella, en los derechos y acciones que correspondan al Asegurado contra toda persona responsable de los hechos y que hayan motivado su intervención. Cuando las garantías realizadas en ejecución del presente Contrato sean cubiertas en todo o en parte por otra entidad Aseguradora, por la Seguridad Social o por cualquier otra institución o persona, EUROP ASSISTANCE quedará subrogada en los derechos y acciones del asegurado frente a la citada compañía o institución.
A estos efectos el asegurado se obliga a colaborar activamente con EUROP ASSISTANCE prestando cualquier ayuda u otorgando cualquier documento que pudiera considerar necesario.
En cualquier caso EUROP ASSISTANCE tendrá derecho a utilizar o a solicitar del asegurado la entrega del título de transporte (billete de tren, de avión, etc.) detentado por este, cuando los gastos de regreso hayan corrido a cargo de EUROP ASSISTANCE.
RESPONSABILIDAD
Acaecido un siniestro, EUROP ASSISTANCE no asumirá ninguna responsabilidad respecto a las decisiones y actuaciones que adopte el Asegurado,
contrarias a sus instrucciones o las de su Servicio de Asistencias.
LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN
El Asegurado y EUROP ASSISTANCE se someten a la legislación y jurisdicción española para los efectos del presente contrato. Será juez competente para el reconocimiento de las acciones derivadas del contrato el del Domicilio Habitual del Asegurado.
LÍMITES GARANTIZADOS
Las cuantías económicas que figuran como límite en cada una de las prestaciones de este contrato, se entienden como importes máximos acumulables durante el viaje.
GARANTIAS CUBIERTAS
1.- Búsqueda y localización de equipaje.
En caso de que el Asegurado sufra una demora o pérdida de su equipaje, EUROP ASSISTANCE le asistirá en su búsqueda y localización, asesorándole en la gestión para interponer la correspondiente denuncia. Si el equipaje es localizado, EUROP ASSISTANCE lo expedirá hasta el Domicilio Habitual del Asegurado, siempre que no sea necesaria la presencia del propietario para su recuperación.
2.- Pérdida, daños y robo de equipaje
Si en el transcurso de un viaje el equipaje facturado se pierde definitivamente o sufre un grave deterioro, ya sea por causa imputable a la Empresa transportista o por robo, EUROP ASSISTANCE garantiza el pago como indemnización hasta un límite de 60 euros por objeto y un máximo de 600 euros.
Para poder acceder a la indemnización deberá acreditarse la pérdida o el daño producido mediante el justificante facilitado por la Empresa Transportista.
En caso de robo de equipaje, será indispensable la presentación de la correspondiente denuncia formulada ante la autoridad local competente en el lugar de los hechos.
En todos los casos será necesaria la relación detallada y valorada de los objetos robados, perdidos o dañados así como la tarjeta de embarque.
No se indemnizarán de forma independiente las partes integrantes o accesorios de un objeto.
Quedan excluidos el hurto, el simple extravío, el dinero, las joyas, equipos electrónicos y digitales, los documentos, el robo de equipaje u objetos personales que se encuentren en vehículos o tiendas xx xxxxxxx, así como cualquier tipo de equipaje que no haya sido facturado.
3.- Demora del equipaje
Si la demora en la entrega del equipaje facturado, por causa del transportista, es superior a 12 horas o transcurre una noche por medio, se reembolsarán los gastos originados en el lugar donde se ha producido la demora, por la compra de artículos de uso personal necesarios (debiendo presentarse las facturas originales correspondientes, la tarjeta de embarque, así como el justificante de la demora expedido por la
compañía transportista) hasta un límite de 50 euros cada 12 horas, con un máximo de 300 euros.
Esta indemnización será deducible de la que corresponda al amparo de la prestación "Pérdida, daños y robo de equipaje" de llegar a producirse la pérdida definitiva.
No habrá lugar a esta garantía, si la demora o las compras de artículos de uso personal necesarios se producen en la provincia en la que el Asegurado tiene su domicilio habitual.
4.- Cancelación de Tarjetas
A demanda del Asegurado, EUROP ASSISTANCE procederá, en el menor tiempo posible, a realizar los trámites necesarios para la cancelación de tarjetas bancarias y no bancarias, emitidas por terceras entidades en España, como consecuencia de robo, hurto o extravío de las mismas.
El Asegurado deberá facilitar personalmente los siguientes datos: DNI, tipo de tarjeta y entidad emisora. En cualquier caso será necesaria la presentación de la correspondiente denuncia antes las autoridades competentes.
5.- Pérdida o robo de documentos de viaje
EUROP ASSISTANCE reembolsará al Asegurado los gastos de gestión y obtención, debidamente justificados, ocasionados por la sustitución que el asegurado deba hacer con motivo de una pérdida o robo de tarjetas de crédito, cheques bancarios, de viaje, pasaporte o visados, que ocurran durante el viaje y hasta un límite de 300 euros.
No son objeto de esta cobertura, y en consecuencia no se indemnizarán, los perjuicios derivados de la pérdida o robo de los documentos mencionados o de su utilización indebida por terceras personas.
6.- Reembolso de forfait
En caso de enfermedad sobrevenida o accidente que impida la práctica del esquí o de repatriación médica por parte de EUROP ASSISTANCE, ésta le indemnizará por el importe de forfait hasta un máximo de 50 euros, correspondiente a aquellos días no disfrutados a contar desde la fecha de inicio de la enfermedad sobrevenida o accidente que motivó la repatriación.
El Asegurado deberá presentar el documento acreditativo de la compra del forfait para poder solicitar dicho reembolso.
7.- Reembolso de las clases de esquí
En caso de enfermedad sobrevenida o accidente que impida la práctica del esquí o de repatriación médica por parte de EUROP ASSISTANCE, ésta le indemnizará hasta un límite de 50 euros, por el importe de las clases de esquí no disfrutadas desde el inicio de la enfermedad sobrevenida o accidente que motivó la repatriación.
El Asegurado deberá presentar el documento acreditativo de la contratación de las clases para poder acreditar dicho reembolso.
8.- Invitaciones "Hoyo en 1"
EUROP ASSISTANCE garantiza los gastos extraordinarios que el Asegurado tenga que afrontar para la celebración de un "hoyo en 1" realizado durante un torneo oficial, hasta un límite de 250 euros, previa presentación de las facturas correspondientes.
9.- Reducción de handicap
EUROP ASSISTANCE garantiza los gastos extraordinarios que el Asegurado tenga que afrontar para la celebración de la reducción de su handicap en cinco puntos a lo largo de un año hasta el límite de
150 euros, previa presentación de las facturas correspondientes.
Para que la presente garantía tome efecto la reducción del handicap debe producirse de acuerdo con la normativa de la Real Federación Española de Golf y dentro de la misma categoría.
10.- Ganar tres torneos de Club
Si el Asegurado resultara ganador en un año de tres torneos de un mismo club, EUROP ASSISTANCE garantiza los gastos extraordinarios que tenga que afrontar para su celebración hasta un límite de 150 euros, previa presentación de las facturas correspondientes.
11.- Rotura de carrito de Golf
EUROP ASSISTANCE asegura los daños que puedan producirse en el carrito manual o eléctrico de golf en caso de rotura. La indemnización máxima queda establecida en 150 euros, con una franquicia de 50 euros, previa presentación de las facturas correspondientes.
12.- Servicio de Información
Estaciones de Esquí: información de las estaciones, situación, servicios, número de remontes, número de pistas y categorías.