N°. 00017014-002-16
Licitación Pública Nacional
N°. 00017014-002-16
Contratación de Impresión de “Libros de Gobierno y Sellos Oficiales”
Í n d i c e
I. Información general sobre la Licitación Pública Nacional | |
I.1.- Bienes por adquirir y normas aplicables | |
I.2.- Consulta de la convocatoria | |
I.3.- Condiciones de la convocatoria | |
I.4.- Patentes marcas y derechos de autor | |
I.5.- Muestras I.6.- Catalogo | |
II. Descripción operacional de la adquisición | |
II.1.- Plazo y lugar de entrega de los bienes | |
II.2.- Anticipos | |
II.3.- Pago | |
II.4.- Impuestos y derechos | |
II.5.- Devolución de libros de gobierno y sellos oficiales | |
II.6.- Garantía de cumplimiento del contrato | |
II.7- Pena Convencional | |
II.8.- Responsabilidad laboral | |
III. | Forma de presentación de las proposiciones |
III.1.- Documentación legal y administrativa que debe presentarse en el acto de presentación y apertura de propuestas, con firma autógrafa y de preferencia en papel con membrete. | |
III.2.- Propuesta técnica y económica (sobre cerrado único) | |
III.2.1 Propuesta técnica | |
III.2.2 Propuesta económica | |
IV. Criterios para evaluación, adjudicación, descalificación de licitantes y desechamiento de propuestas | |
IV.1.- Criterios de evaluación que se aplicarán a las propuestas | |
IV.2.- Criterios de adjudicación | |
IV.3.- Desechamiento de licitantes | |
V. Declaración de licitación desierta, suspensión y cancelación | |
V.1.- Declaración de licitación desierta | |
V.2.- Suspensión de la licitación | |
V.3.- Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidas en la convocatoria. | |
VI. | Tipo y modelo de contrato |
VI.1 Documentación previa que se deberá entregar para formalizar el contrato | |
VII. | Aspectos administrativos que se consideran en el contrato |
VII.1.- Modificación al contrato | |
VII.2.- Prorrogas | |
VII.3.- Sanción por incumplimiento en la formalización del contrato | |
VII.4.- Rescisión del contrato | |
VII.5.- Suspensión temporal del suministro de alimentos | |
VII.6.- Terminación anticipada del contrato | |
VII.7.- Aplicación de la garantía del cumplimiento del contrato | |
VIII.- | Nulidad de los actos, contratos y convenios, inconformidades y controversias |
VIII.1.- Nulidades | |
VIII.2.- Inconformidades | |
VIII.3.- Controversias |
IX. Eventos y actos de la licitación | |
IX.1.- Junta de aclaraciones de de la convocatoria | |
IX.2.- Acto de presentación y apertura de proposiciones recepción de documentación legal y administrativa, propuestas técnicas y económicas | |
IX.3.- | Fallo |
IX.4.- | Firma del contrato |
IX.5.- | Actas de los eventos y su notificación |
X.- Relación de anexos | |
X.1.-Documentación legal y administrativa | |
X.2.-Propuestas técnicas | |
X.3.- Propuestas económicas | |
Anexo 1 | |
Anexo 2 | |
Anexo 3.a. | |
Anexo 3.b. | |
Anexo 4 | |
Anexo 5 | |
Anexo 6 | |
Anexo 7 | |
Anexo 8 | |
Anexo 9 | |
Anexo 10 | |
Anexo 11 | |
Anexo 00 | |
Xxxxx 00 | |
Anexo técnico |
Convocatoria a la Licitación Pública Nacional No. 00017014-002-16
Relativa a: Contratación de Impresión de “Libros de Gobierno y Sellos Oficiales”
La Procuraduría General de la República, a través de la Delegación Estatal en Guerrero, en adelante la convocante, con domicilio en Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx Xx. 0, Xxxxxxx Xxxxxx la Cortina, C. P. 39090 en la ciudad de Chilpancingo, Guerrero, con los teléfonos 00 000 00 0 00 00, 01
000 00 0 00 00, fax 00 000 00 0 00 00 y correo electrónico xxxxx.xxxxxxxx@xxx.xxx.xx en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 25, 26 fracción I, 26 bis fracción I, 27, 28 fracción I y 45, 47, 48 y 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y 39, 40, 42 45, 46, 47, 48, 51, 81, 85, y 103 de su Reglamento en adelante “La Ley”.
C O N V O C A
A las personas físicas y/x xxxxxxx cuya actividad u objeto social, sea entre otros, la impresión y encuadernación de libros de gobierno, así como la elaboración de sellos oficiales que se interesen en participar en esta Licitación Pública Nacional, que sea de nacionalidad mexicana o se encuentren debidamente constituidas conforme a las Leyes Mexicanas y que se interesen en participar en la Licitación Pública Nacional N° 00017015-002-16, conforme a las siguientes:
B A S E S
I.- Información general sobre la Licitación Pública Nacional.
En la presente licitación podrán participar personas físicas y/x xxxxxxx de nacionalidad mexicana, debidamente establecidas de conformidad con la legislación mexicana, de acuerdo a la fracción I del artículo 28 de la ley, asimismo que no se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública en términos de la ley.
No se aceptaran propuestas conjuntas, ya que se tiene conocimiento de personas físicas y/x xxxxxxx que cumplen con los requisitos por si mismos para participar en esta Licitación Pública Nacional.
I.1.- Bienes por adquirir y Normas aplicables
El detalle de las características y especificaciones de los libros de gobierno y sellos oficiales objeto de la presente licitación, se señalan en el
Anexo técnico de esta convocatoria.
La licitación consta de una sola partida descrita en el Anexo técnico de esta convocatoria, la partida deberá cotizarse conforme a lo solicitado.
Los licitantes deberán manifestar por escrito en su propuesta técnica, que los libros de gobierno, impresiones, encuadernaciones y la elaboración de sellos oficiales que ofertan cumplen con las especificaciones que se indican en el Anexo técnico.
I.2.- Consulta de la convocatoria.
La convocatoria podrá ser consultada en el domicilio de la convocante a partir del 28 de enero al 11 de febrero del 2016 en un horario de 09:00 a 15:00 horas.
Asimismo, la información de esta convocatoria estará disponible a través compranet para su consulta y obtención gratuita en el sitio xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
I.3.- Condiciones de la convocatoria.
Las condiciones contenidas en esta convocatoria de licitación, así como en las propuestas presentadas por los licitantes no podrán ser negociadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 séptimo párrafo de “La Ley”.
I.4.- Patentes, marcas y derechos de autor.
Los licitantes asumirán la responsabilidad total en caso de que infrinjan la legislación relativa a patentes, marcas y derechos de autor, eximiendo de toda responsabilidad a la convocante, conforme lo establece el artículo 45 fracción XX de “La Ley”.
I.5.- Muestras.
No aplica
I.6.- Catalogo.
No aplica
II.- Descripción operacional de la adquisición.
II.1.- Plazo y lugar de entrega de los bienes.
Se requiere que la entrega sea en la Subdelegación Administrativa, ubicada en Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx Xx. 0 Xxx. Xxxxxx xx Xxxxxxx, X.X. 00000, Chilpancingo Gro, en el Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales, las cantidades del material y/o bienes serán conforme a nuestras necesidades dentro de los cinco días posteriores a la fecha del pedido de acuerdo al anexo técnico.
La transportación y entrega de los materiales será por cuenta y riesgo del proveedor.
La verificación que se realizará a los bienes por parte del área requirente para su aceptación, deberá garantizar por escrito la calidad de los bienes, por el periodo comprendido a partir del primer pedido de libros o sellos oficiales que se haga posterior a la firma del contrato.
II.2.- Anticipos.
No aplica
II.3.- Pago.
Con fundamento en el artículo 45 fracción XIII de la ley el pago de los servicios se efectuara en Moneda Nacional y 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, el pago se realizará dentro de los veinte días naturales posteriores a la aceptación de las facturas y una vez aceptados los bienes a satisfacción y aprobación de la Subdelegación Administrativa, de la Delegación Estatal en Guerrero, de la Procuraduría General de la República, en su calidad de administradora del contrato, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 89 y 90 del reglamento, la Subdelegación antes señalada será la responsable de gestionar el pago correspondiente.
El licitante adjudicado deberá presentar en la Subdelegación Administrativa de la Delegación Estatal en Guerrero de la Procuraduría General de la República, toda la documentación justificatoria y comprobatoria, documentos y contrato, carta certificada expedida por institución bancaria, en la que acredite la existencia de cuenta bancaria a su nombre, para efectuar los depósitos correspondientes al pago del suministro realizado.
El pago quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales o deducciones a las facturas con motivo del incumplimiento parcial en que pudiera incurrir el licitante adjudicado respecto al contrato, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas, al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el proveedor, este deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a la tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales, los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la Procuraduría General de la República.
Las facturas deberán contar con los siguientes requisitos:
A. Las facturas deberá elaborarse a nombre de la Procuraduría General de la República con domicilio fiscal ubicado en Av. Paseo de la Reforma número 211-213, Xxx. Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, RFC: PGR850101RC6.
B. La factura deberá reunir los requisitos fiscales señalados en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación aplicable en los Estados Unidos Mexicanos, en la que se indiquen, la descripción del bien, precio unitario y precio total, así como el número de contrato que ampara dicha contratación a nombre de la Procuraduría General de la República. El procedimiento de pago se efectuará mediante transferencia electrónica a través de la Tesorería de la Federación a la cuenta bancaria de los proveedores, de conformidad a la normatividad vigente de la materia.
En caso de que el licitante adjudicado presente sus facturas con errores o deficiencias, el plazo de pago se ajustará en términos del artículo 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
II.4.- Impuestos y derechos.
Los impuestos y derechos locales y federales que se generen con motivo del suministro de los bienes, objeto de la presente licitación, serán cubiertos por el licitante. La convocante únicamente pagará a los licitantes que resulten adjudicados, el importe correspondiente al impuesto al valor agregado.
II.5.- Devolución de Libros de gobierno y sellos oficiales.
Los libros de gobierno y sellos se devolverán por defecto o por no cumplir con los datos solicitados para libros de gobierno y sellos:
a) Presente defectos o deficiencias.
En estos casos el proveedor se obliga a reponer a la convocante sin condición alguna.
II.6.-Garantía de cumplimiento del contrato.
El licitante que resulte adjudicado deberá garantizar el cumplimiento del contrato, mediante fianza expedida por institución autorizada legalmente para ello, por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el impuesto al valor agregado,
a nombre de la Tesorería de la Federación, la que deberá entregarse en la Subdelegación Administrativa, dentro de los diez días naturales posteriores a la firma del contrato, cualquier información se dará en los teléfonos 00 000 00 0 00 00 y 00 000 00 0 00 00.
La fianza deberá redactarse en la forma y términos establecidos en el anexo 1 de esta convocatoria.
La vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, de acuerdo a lo señalado mediante oficio no. 401-T-48262 de fecha 12 de diciembre del 2006 por parte de la Tesorería de la Federación, en el cual se establecen las condiciones y requisitos para la calificación y aceptación de las fianzas, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en el contrato y actos administrativos.
En caso de modificaciones al contrato, el licitante adjudicado deberá entregar la modificación a la fianza de cumplimiento del contrato, de conformidad con lo estipulado en el artículo 85 fracción IV del reglamento de la ley. Las fianzas presentadas para garantizar el cumplimiento de los contratos que se deriven de la presente licitación, no serán liberadas hasta en tanto no se cumpla la vigencia del contrato y previo visto bueno por parte del área requirente.
II.7.- Pena convencional.
A).- Aplicación xx xxxxx
a) por incurrir en incumplimiento a cualquier de las obligaciones.
b) Por ceder parcial o totalmente a terceros los derechos y obligaciones o incurra en subcontratación sin autorización previa por escrito de los funcionarios de la dependencia facultados para tales efectos.
c) En caso de que se niegue a acatar las instrucciones que en relación al servicio contratado gire el área responsable de la dependencia
Se aplicará penalidad de 0.05%, (cero punto cero cinco por ciento) cada incidencia.
La acumulación de dicha pena no excederá del importe de la garantía del 10% (diez por ciento) de conformidad con el artículo 53 de la ley, 95 y 96 de su reglamento el pago de la adquisición de los bienes, quedará condicionado proporcionalmente, al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales mediante cheque certificado a favor de la tesorería de la federación o bien a través del formato SAT 16 denominado “Declaración general de productos y aprovechamientos” a nombre de la Tesorería de la Federación, efectuando el pago en cualquier institución bancaria, este formato deberá estar debidamente requisitado con la clave “700023” indicando en el concepto “penalización por atraso en la entrega de los bienes” y presentarlo en el domicilio de la convocante. Asimismo, el licitante podrá solicitar por escrito que el pago por concepto xx xxxx convencional sea descontado del pago de la factura que corresponda. En el entendido de que en el supuesto que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dicha penalización, ni la contabilización de la misma para hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del derecho de que la convocante pueda optar entre exigir el cumplimiento del contrato o rescindirlo, de conformidad a lo establecido en el artículo 54 de la ley.
II.8.- Responsabilidad laboral.
Queda expresamente estipulado que el personal encargado del suministro de libros de gobierno y sellos oficiales, estará bajo la responsabilidad directa del licitante que resulte adjudicado, y por lo tanto, en ningún momento se considerara a la convocante como patrón sustituto o solidario, ni tampoco al licitante como intermediario, por lo que la Procuraduría General de la República, no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal, y consecuentemente queda liberada de cualquier responsabilidad respecto de las reclamaciones que se pudieran presentar en contra de la convocante.
III.- Forma de presentación de las proposiciones.
Con fundamento en lo que establecen los artículos 26 bis fracción I, y 29 de la Ley, la presente Licitación Pública es presencial en la cual los licitantes exclusivamente podrán, presentar su proposiciones en forma documental y por escrito, en sobre cerrado durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, o bien mediante correo electrónico, una propuesta para la partida única, la cual deberá presentarse en un sobre cerrado dirigido a la Procuraduría General de la República, en forma impresa y en medio magnético, (el no presentar las proposiciones en medio magnético, no será causa de desechamiento de las mismas), en original, en idioma español, sin tachaduras ni enmendaduras, con firma autógrafa, en original, no escaneada, ni facsímil o cualquier otra forma de digitalización o impresión, de la persona que tenga poder legal para tal efecto, la cual deberá ser la misma persona que firme el formato 3a o 3b cuando menos en la primera y última hoja. Los escritos que se solicitan para ambas propuestas, de preferencia en papel membretado del licitante y deberá contener la información que se indica en la presente convocatoria.
La documentación distinta a las propuestas podrá entregarse a elección del licitante, dentro o fuera del sobre que las contenga, sin embargo, para la mejor conducción del acto, se sugiere a los licitantes que la documentación legal y administrativa se presente por separado, fuera del sobre que contenga las proposiciones.
Se recomienda a los licitantes que ninguno de los documentos presentados por los licitantes contenga el escudo nacional ni el logotipo de la convocante.
III.1.- Documentación legal y administrativa que debe presentarse en el acto de presentación y apertura de propuestas, con firma autógrafa y de preferencia en papel membretado anexo 2.
a. Los licitantes que participen por si mismos o a través de un representante, deberán acreditar su personalidad jurídica, manifestando por escrito, que cuentan con facultades suficientes para suscribir a nombre de su representada las propuestas técnicas y económicas.
Haber obtenido el formato de registro de la convocatoria, el cual podrá consultar en la página web xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
Los licitantes pueden presentar el escrito antes referido o requisitar el anexo 3.a o 3.b, según corresponda, a persona física
o moral, e invariablemente se deberá insertar la leyenda “bajo protesta de decir verdad”.
La información que deberá contener el escrito citado, será la misma que contenga el anexo 3.a o 3.b, según se trate de persona física o persona moral.
Será necesario que en caso de no contar con domicilio dentro de la ciudad de Chilpancingo, Gro., se indique uno dentro de ésta, para recibir notificaciones y nombrar un apoderado con facultades suficientes para que los represente; lo anterior, en los términos establecidos por el Código Federal de Procedimientos Civiles y demás ordenamientos aplicables, (lo cual no aplica para licitantes extranjeros constituidos comercialmente fuera del territorio nacional).
En dicho anexo deberá señalar la estratificación de la empresa a la que pertenece, conforme a lo siguiente:
Tamaño | Sector | Rango de número de trabajadores | Rango de monto de ventas anuales (mdp) | Tope máximo combinado* |
Micro | Todas | Hasta 10 | Hasta $4 | 4.6 |
Pequeña | Comercio | Desde 11 hasta 30 | Desde $4.01 hasta $100 | 93 |
Industria y servicios | Desde 11 hasta 50 | Desde $100.01 hasta $250 | 95 | |
Mediana | Comercio | Desde 31 hasta 100 | Desde $100.01 hasta $250 | 235 |
Servicios | Desde 51 hasta 100 | |||
Industria | Desde 51 hasta 250 | Desde $100.1 hasta 250 | 250 |
*Tope máximo combinado (trabajadores) x 10% + (ventas anuales) x 90%
El tamaño de la empresa se determinara a partir del puntaje obtenido conforme a la formula que antecede: puntaje de la empresa= (número de trabajadores x 10% *+ monto de ventas anuales) x 90% el cual debe ser igual o menor al tope máximo combinado de su categoría.
b. Quien concurra en representación del licitante, persona física o moral, al acto de presentación de la documentación legal y apertura de propuestas, deberá presentar para participar en dicho acto, carta poder simple con firmas autógrafas de los que en ella intervengan y otorgada por el representante legal, así como presentar en original para cotejo y copia simple para el expediente de la licitación, una identificación oficial vigente, la que deberá contener firma y fotografía, debiendo ser únicamente: pasaporte, cartilla, credencial de elector o cédula profesional. Anexo 4
No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las propuestas, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente.
c. Identificación oficial vigente del representante legal de la persona física o moral, la que deberá contener firma y fotografía, debiendo ser únicamente: pasaporte, cartilla, credencial de elector, o cédula profesional. Original para cotejo y copia simple para el expediente de la licitación.
d. Escrito del licitante, en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que ni el suscrito, y ninguno de los socios integrantes del licitante que representa se encuentra en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la ley. Anexo 5
e. Escrito del licitante, en el que manifieste que cuenta con la capacidad legal, técnica y financiera para suministrar los libros de gobierno y sellos oficiales objeto de la presente licitación. Anexo 6
f. Escrito del licitante donde manifieste que ha leído la presente convocatoria y que esta conforme con los criterios de adjudicación, así como con todos y cada uno de los puntos que en éstas se señalan. Este escrito no lo exime de la entrega de cualquier otro documento solicitado. Anexo 7
g. Escrito del licitante bajo protesta de decir verdad, en donde manifieste la declaración de integridad, de acuerdo a lo señalado en el artículo 29 fracción IX de “la ley”. Anexo 8
h. Escrito del licitante, en el que manifieste que ha leído y tiene conocimiento de la nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico y Firmantes de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Nacionales. (La no presentación de este escrito no será causa de desechamiento) Anexo 9
i. Escrito del licitante, en el que manifieste su consentimiento para la video grabación de los eventos del procedimiento. (La no presentación de este escrito no será causa de desechamiento) Anexo 10
La falta de algún documento, será causa de desechamiento de la propuesta del licitante, salvo en aquellos incisos que se indique expresamente lo contrario.
III.2.- Propuesta técnica y económica (sobre cerrado único). III.2.1Propuesta técnica.
La propuesta técnica deberá presentarse dirigida a la Procuraduría General de la República en forma impresa y en medio magnético dentro de un sobre cerrado, (el no presentar la propuesta técnica en medio magnético, no será causa de desechamiento de la misma), en original, en idioma español, sin tachaduras ni enmendaduras, con firma autógrafa de la persona que tenga poder legal para tal efecto, la cual deberá ser la misma que firme el anexo 3a o 3b, cuando menos en la primera y última hoja, de preferencia en papel membreteado y deberá contener la información que se indica a continuación:
A) Garantizar por escrito que guardará con toda confidencialidad la información que le sea proporcionada por la Procuraduría General de la República, con motivo de la presente licitación, deslindando de cualquier responsabilidad penal o civil, a la institución convocante. (documento 1).
B) Escrito mediante el cual el licitante adjudicado, se compromete a sustituir los libros o sellos en caso de detectar anomalías.
(documento 2).
C) Currículum del licitante.
D) Escrito del licitante en el que se compromete hacer el responsable de la transportación y entrega de los libros y sellos, será por su cuenta y riesgo. (documento 3).
E) Escrito bajo protesta de decir verdad, que los bienes utilizados para la elaboración de los libros y sellos, son de origen nacional y cumplen con un mínimo del 50% de contenido nacional. (documento 4).
F) Escrito del licitante en el que manifiesta que en caso de resultar adjudicado asumirá la responsabilidad total en caso de que infrinja la legislación relativa, a patente, marcas y derechos de autor, eximiendo de toda responsabilidad a la convocante (documento 5).
G) Escrito en el que manifiesta que la empresa cuenta con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos en la totalidad de su platilla de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses antigüedad que se comprobara con el aviso de alta al régimen obligatorio del instituto mexicano del seguro social, mismo que presentara en su caso copia simple (documento 6) (la no presentación de este escrito no será causa de desechamiento)
Nota: para todos los casos en los que se requiera que los documentos deban ser firmados deberá considerase que dicha firma deberá ser autógrafa es decir no se aceptará firma con facsimil, escaneada o cualquier otra forma de digitalización o impresión.
La falta de algún documento en la propuesta técnica, será causa de desechamiento de la misma. III.2.2.- Propuesta económica
La propuesta económica deberá presentarse dirigida a la Procuraduría General de la República, en forma impresa y en medio magnético distinto al de la propuesta técnica (la no presentación de la propuesta económica en medio magnético, no será causa de desechamiento), pudiéndose presentar en el formato del Anexo 13, en sobre cerrado, en original, en idioma español, sin tachaduras ni enmendaduras, en moneda nacional, con firma autógrafa de la persona que tenga poder legal para tal efecto, la cual deberá ser la misma que firme el anexo 3a o 3b, de preferencia en papel con membrete del licitante o a través de compranet, y deberá contener la información que se indica a continuación:
A. Indicar el número de la presente licitación.
B. Precio unitario
C. Porcentaje e importe del impuesto al valor agregado
D. Importe total de la propuesta con número y letra.
E. la indicación de que la vigencia de la cotización será por el ejercicio fiscal 2016 y que los precios serán fijos durante la vigencia del contrato en moneda nacional. así como su conformidad a las condiciones de pago establecidas en esta convocatoria, aceptando que en caso de alguna suspensión del procedimiento por parte de la Secretaría de la Función Pública, la propuesta estará sujeta a suspensión hasta en tanto quede sin efecto la suspensión.
La falta de algún requisito en la propuesta económica, será causa de desechamiento de la misma.
Se sugiere utilizar xx Xxxxx 00 que se integra en esta convocatoria, si se utiliza otro formato distinto deberá contener, los requisitos mínimos solicitados en el anexo antes mencionado.
Para todos los licitantes que deseen que su propuesta reciba el “beneficio de preferencia por discapacidad” como criterio de desempate, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 último párrafo de la ley; deberán presentar escrito libre bajo protesta de decir verdad en la que son discapacitados (personas físicas) ó que cuenta con personal con discapacidad (señalar el número de empleados que componen la plantilla y el número de discapacitados) en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados (personas xxxxxxx), cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; así mismo deberán presentar el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social del personal discapacitado, a efecto de comprobar la antigüedad de referencia (documento 9).
IV.- Criterios para evaluación, adjudicación, descalificación de licitantes y desechamiento de propuestas.
IV.1.- Criterios de evaluación que se aplicarán a las proposiciones.
A. Se empleara el criterio de evaluación binario (cumple/no cumple) en la presente licitación, dado que las especificaciones técnicas solicitadas están perfectamente determinadas y estandarizadas y los posibles licitantes ofertaran únicamente sobre los bienes con estas características.
B. La convocante podrá evaluar al menos las dos propuestas que presenten el porcentaje de costo más bajo, en el fallo respectivo, se indicaran las proposiciones que no fueron evaluadas en razón de que sus porcentajes no resultaron los más bajos, verificando que los licitantes cumplan con las condiciones y requerimientos de esta convocatoria y del o los actos de aclaraciones.
C. La convocante se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información y documentación presentada por el licitante, en caso, de que el licitante haya proporcionado información o declaración falsa, o que actúe con dolo o mala fe, su propuesta será desechada y en su caso procederá a las sanciones que indican los artículos 59 y 60 de la ley.
D. Cuando se presente un error de cálculo, solo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no
implique la modificación de precios unitarios, en caso de discrepancias entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados éstos podrán corregirse lo que se hará constar en el fallo. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, se desechara la misma, lo anterior, con fundamento en el artículo 55 del reglamento de “la ley”.
E. Para determinar un precio no aceptable, la convocante realizará la evaluación económica conforme a lo siguiente y con fundamento al punto 5.27 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Procuraduría General de la Republica.
1.- Resultado de sumar un 10% al precio que se obtiene después de sacar la mediana a los precios obtenidos en la investigación xx xxxxxxx hecha para la contratación, o
2.- El resultado que se obtiene de sumarle un 10% al promedio de las ofertas presentadas en la propia licitación.
Se entenderá por precio no aceptable, aquel que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un diez por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la misma licitación.
F. Una vez hecha la evaluación de las propuestas, se determinarán solventes aquéllas que reúnan todos los requisitos establecidos en esta convocatoria y cumplan con las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y por lo tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones que se deriven de la presente contratación, lo anterior, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 36 bis de “la ley”.
IV.2.- Criterios de adjudicación.
El suministro de los libros de gobierno y sellos oficiales, objeto de la presente licitación serán adjudicados a quien cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos, establecidos en la presente convocatoria a la licitación, y por tanto garantice el cumplimiento de las obligaciones que se deriven de la presente contratación.
Si derivado de la evaluación económica se obtuviere un empate en igualdad de condiciones en el porcentaje de comisión de dos o más proposiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector micro, pequeñas y medianas empresas nacionales.
En caso de que persista el empate, en igualdad de condiciones en el porcentaje de precios de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador y posteriormente los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 54 del reglamento de la ley.
IV.3.- Desechamiento de licitantes.
Conforme a lo establecido en el artículo 29, fracción XV de la ley, será causa de desechamiento el incumplimiento de alguno de los requisitos que afecten la solvencia de las proposiciones de acuerdo a lo establecido en la convocatoria de la licitación, así como la comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los precios de los bienes, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
Asimismo, se desecharan las propuestas cuando la convocante verifique que los documentos presentados en la documentación legal y administrativa, propuestas técnicas y económicas, manifiesten información falsa.
La falta de algún documento solicitado en el numeral III.1 documentación legal administrativa que debe presentarse en el acto de presentación y apertura de propuestas (salvo los indicados expresamente en los incisos “h” e “i”.), III.2.1 propuesta técnica y III.2.2 propuesta económica será causa de desechamiento de la proposición del licitante.
V.- Declaración de licitación desierta, suspensión y cancelación.
V.1.- Declaración de licitación desierta.
La licitación se declarará desierta de conformidad con lo establecido en los artículos 38, párrafo primero de la ley y 58 de su reglamento cuando:
A. Al analizar las propuestas técnicas no se cuente con alguna que cumpla con todos los requisitos establecidos en esta convocatoria y la documentación que la integra.
B. Que los precios de la propuesta económica no fuera aceptable para la convocante, numeral IV.1 “criterios de evaluación que se aplicaran a las proposiciones”, inciso “e”.
V.2.- Suspensión de la licitación
El procedimiento de licitación se podrá suspender temporalmente por la autoridad que conozca de la inconformidad, conforme a lo establecido en el artículo 70 de “la ley”. En estos casos se notificará por escrito a todos los involucrados.
Asimismo, la convocante una vez que se haya emitido la resolución por parte de la secretaría notificará por escrito la continuación o resolución correspondiente a todos los involucrados.
V.3.- Cancelación de la licitación.
Se podrá cancelar la presente licitación, partidas o conceptos incluidos en estas, de conformidad con lo establecido en el artículo 38, párrafo cuarto de la ley, cuando:
A. Existan circunstancias justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad para contratar los servicios o que de continuarse con el procedimiento de contratación, se pudieran ocasionar daños o perjuicios a la convocante.
B. Por caso fortuito o fuerza mayor.
Salvo en las cancelaciones por caso fortuito y fuerza mayor, la convocante cubrirá a los licitantes los gastos no recuperables que, en su caso, procedan en términos de lo dispuesto por el reglamento de la ley.
VI.- Tipo y modelo de contrato.
Los compromisos que se deriven de la presente licitación se formalizarán mediante la suscripción del contrato que se elaborara de conformidad con la Ley, y su Reglamento, la presente convocatoria y las demás disposiciones legales aplicables, cuyo modelo se anexa a la presente convocatoria como parte integrante de la misma (Anexo 11)
VI.1.- Documentación previa que se deberá entregar para formalizar el contrato.
La firma del contrato que se derive de esta licitación, se llevará a cabo en la Delegación Estatal en Guerrero, dentro de los 15 días naturales posteriores, contados a partir de la notificación del fallo, sito en Acceso al Tecnológico No. 3 Col. Predio la Cortina C.P. 39090, Chilpancingo, Gro.
El licitante adjudicado deberá entregar al día siguiente del evento de fallo a la Subdelegación Administrativa, en original o copia certificada para cotejo y copia simple para archivo, los documentos que se relacionan a continuación, con el objeto de proceder a formalizar el contrato correspondiente.
A. Cédula de Identificación Fiscal (Registro federal de contribuyentes).
B. Acta constitutiva y en su caso modificaciones, otorgadas ante Notario o Fedatario Público, inscritas en el Registro Público de Comercio. En el caso de personas físicas, acta de nacimiento y clave única del registro de población (CURP).
C. Poder otorgado ante Notario o Fedatario Público en el que se faculte al representante legal para suscribir contratos.
D. comprobante de domicilio e identificación oficial vigente de la persona facultada para suscribir el contrato.
E. Con fundamento en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha 23 de Diciembre de 2015, en su numeral 2.1.27 el licitante que resulte adjudicado por un monto superior a $300,000.00 sin incluir el IVA deberá realizar la consulta al SAT a efecto de que éste emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales por lo que deberá presentar acuse de recepción con el que compruebe que realizó la solicitud. Dicha consulta deberá realizarse preferentemente dentro de de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo. Asimismo en la consulta que se realice deberá incluir el correo electrónico xxxxx.xxxxxxxx@xxx.xxx.xx para que el SAT envié el “acuse de respuesta”.
En el caso de proveedores o contratistas residentes en el extranjero que resulten adjudicados y que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC o declaraciones periódicas en México, así como los contribuyentes que no estén obligados a presentar total o parcialmente la declaración anual del ISR, deberán realizar su solicitud de opinión al SAT ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda al domicilio de la convocante.
El “acuse de recepción” que deberá presentar el proveedor o contratista con quien se vaya a celebrar el contrato o pedido, deberá presentarse previo a la formalización de cada contrato o pedido, aun cuando éstos provengan de un mismo procedimiento de contratación.
El “acuse de recepción” que emite el SAT al momento de solicitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, sólo será exigible a los proveedores o contratistas que resulten adjudicados.
No se requerirá la solicitud de opinión al SAT en el caso de ampliación de contratos.
La formalización del contrato deberá llevarse a cabo en los plazos que conforme a la convocatoria de la contratación se hubiere previsto y en ningún caso quedará supeditada a la emisión de la opinión del SAT.
En el supuesto de que el SAT emita respuesta en sentido negativo o desfavorable para el proveedor o contratista con quien ya se formalizó un contrato o pedido, esa dependencia deberá cumplirlo hasta su terminación, por lo tanto la presunta violación no será motivo para retener pagos debidamente devengados por el proveedor ni para terminar anticipadamente o rescindir administrativamente el contrato.
Si la convocante previo a la formalización del contrato, recibe del SAT el “acuse de respuesta” de la solicitud en el que se emita una opinión en sentido negativo del proveedor que resultó adjudicado, ésta deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 32-D del
Código Fiscal de la Federación y remitirá a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por falta de formalización del contrato , por causas imputables al adjudicado.
Documento actualizado expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que éste emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Dicho documento deberá ser entregado a más tardar veinte días posteriores a la emisión del fallo.
VII.- Aspectos administrativos que se consideran en el contrato.
VII.1.- Modificación al contrato.
El contrato que se derive de esta licitación, estando vigente, sólo se podrá modificar conforme a lo supuesto en el artículo 52 de la ley.
Cuando se convenga el incremento en el suministro de los libros de gobierno y sellos oficiales objeto de la presente licitación, el licitante adjudicado deberá entregar la modificación respectiva de la garantía de cumplimiento del contrato, conforme a lo señalado en el artículo 91 del reglamento de la ley.
VII.2.- Prórrogas
En caso de prórroga se aplicará lo establecido en el artículo 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en el cual se indica que estas se podrán aceptar siempre y cuando las prorrogas se deriven de un caso fortuito o fuerza mayor, o por causas atribuibles a las dependencias y entidades. Formalizándose a través del convenio modificatorio correspondiente y en cuyo caso no serán aplicables las penas convencionales. Cabe señalar que toda solicitud de prórroga atribuible a un caso fortuito o fuerza mayor deberá acreditarse documentalmente.
VII.3.- Sanción por incumplimiento en la formalización del contrato.
El licitante que no se presente a firmar el contrato conforme a lo establecido en el numeral VI.1, por causas imputables al mismo, será sancionado por la Secretaría de la Función Pública, en términos de los artículos 59 y 60 fracción I de la Ley. En este caso, la convocante, sin necesidad de un nuevo procedimiento, podrá adjudicar el contrato al licitante que haya presentado la siguiente propuesta solvente más baja, siempre que la diferencia en precio con respecto a la partida que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al 10% (diez por ciento), conforme a lo señalado en el artículo 46, segundo párrafo de la Ley.
VII.4.- Rescisión del contrato.
De acuerdo a lo señalado en el artículo 54 de la Ley, la convocante podrá rescindir administrativamente en cualquier momento el contrato que se derive de esta licitación, por las siguientes causas:
En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones a cargo del proveedor, pactadas en el contrato.
Por no entregar la garantía de cumplimiento del contrato dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del mismo. En caso de que le aplique.
Cuando se detecte una incidencia considerada como crítica.
En el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía del cumplimiento del contrato.
En caso de rescisión, la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 46, último párrafo de la ley, los derechos y obligaciones que se deriven del contrato no podrán cederse en forma parcial ni total a favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de la convocante.
VII.5.- Suspensión temporal del suministro libros de gobierno y sellos oficiales.
De acuerdo a lo señalado en el artículo 55 bis de la ley, cuando en la prestación del suministro de los libros de gobierno y sellos oficiales se presente caso fortuito o fuerza mayor, la convocante podrá suspender el suministro de los libros de gobierno y sellos oficiales, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubieren sido efectivamente entregados.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a la convocante, el pago de los gastos no recuperables se efectuará conforme a lo establecido en el artículo 101 y 102 al reglamento de la ley.
VII.6.- Terminación anticipada del contrato.
Se podrá dar por terminado anticipadamente el contrato, conforme a lo dispuesto por el artículo 54 bis de la ley y 102 de su reglamento, cuando concurran razones de interés general, por causas justificadas que extinga la necesidad de requerir los bienes originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasione algún daño o perjuicio a la convocante, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública.
VII.7.- Aplicación de la garantía de cumplimiento del contrato.
Se podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, cuando la entrega de los Libros de Gobierno y Sellos Oficiales no se realice en las fechas señaladas o que los mismos no cumplan con las características y especificaciones establecidas en el contrato respectivo, al que alude el artículo 53 de la ley y demás disposiciones aplicables.
VIII.- Nulidad de los actos, contratos y convenios, inconformidades y controversias
VIII.1.- Nulidades.
Aquéllos actos que se realicen entre la convocante y los licitantes, en contravención a lo dispuesto por la ley, su Reglamento y las demás disposiciones que de ella se deriven, serán nulos previa determinación de la autoridad competente.
VIII.2.- Inconformidades.
Con fundamento en el artículo 29 fracción XIV, 65 y 66 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, las personas interesadas podrán presentar su inconformidad por escrito en la Secretaría de la Función Pública, ubicada en Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx o bien, ante el Órgano Interno de Control en la Procuraduría General de la República, ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx xxxxxx 000, Xxx. Xxxxxxx San Xxxxx, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01090, en México, Distrito Federal, por cualquier acto del procedimiento de contratación que contravenga las disposiciones de la ley y su Reglamento.
La manifestación de hechos falsos se sancionará conforme a lo dispuesto en los artículos 59 y 60, fracción IV de la ley, y a los demás que resulten aplicables.
VIII.3.- Controversias.
Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación, cumplimiento o aplicación de la ley y su Reglamento, serán resueltas por la Secretaría de la Función Pública; respecto del contrato que se derive de la presente licitación, serán resueltas por los Tribunales Federales con residencia en el Distrito Federal, en términos de las leyes y códigos aplicables en la materia.
IX.- Eventos y actos de la licitación.
Los eventos y actos de la presente licitación, se desarrollarán en la sala de juntas de la Delegación Estatal en Guerrero. Sito en, Xxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx Xx. 0 Xxx. Xxxxxx xx Xxxxxxx X.X. 00000, Chilpancingo, Gro.
Podrán asistir a los diferentes actos de la presente licitación, cualquier persona física o moral, así como los representantes de las cámaras, colegios o asociaciones profesionales u otras organizaciones no gubernamentales, bajo la condición de registrar anticipadamente su asistencia al acto y fungir únicamente como observadores y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 26 penúltimo párrafo de la ley.
IX.1.-Junta de aclaraciones a la convocatoria.
Los licitantes que soliciten aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria, deberán presentar un escrito simple bajo protesta de decir verdad, en el que expresen su interés en participar en la licitación, por si o en representación de un tercero, manifestando los datos generales del interesado y en su caso del representante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 bis de la ley. Los datos que deberá contener dicho documento serán los señalados en el artículo 48 fracción V, del Reglamento de “la ley”.
La junta de aclaraciones se llevará a cabo el día 02 de Febrero de 2016, a las 11:00 horas, en dicho acto se dará respuesta a las dudas o cuestionamientos sobre la convocatoria, que formulen los licitantes; se levantará acta del evento y una vez firmada, el contenido formará parte integral de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de sus proposiciones.
Para el desarrollo de la junta de aclaraciones a la convocatoria, los licitantes deberán entregar por escrito sus solicitudes de aclaración, a más tardar veinticuatro horas previas a la fecha y hora señalada para los actos, en la Subdelegación Administrativa, en horario de 10:00 a 15:00 horas, en el domicilio de la convocante, en Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx Xx. 0 Xxx. Xxxxxx xx Xxxxxxx X.X. 00000, Chilpancingo, Gro., por vía fax al 00 000 0000000 y correo electrónico xxxxx.xxxxxxxx@xxx.xxx.xx, se sugiere que el envío de las solicitudes de aclaración, se realice adicionalmente y de ser posible en medio magnético de C.D. en paquetería word; siendo optativa la asistencia de los licitantes a la junta de aclaraciones.
Las modificaciones derivadas de la junta de aclaraciones a la convocatoria podrán ser consultadas en compranet, a más tardar el día hábil siguiente a la fecha en que esta se realice.
IX.2.- Acto de presentación y apertura de proposiciones.
Recepción de documentación legal y administrativa, propuestas técnicas y económicas.
Previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, la convocante podrá efectuar el registro de participantes y realizar revisiones preliminares a la documentación distinta a las proposiciones. Lo anterior, será optativo para los licitantes, o bien los licitantes contaran con la opción de presentar personalmente sus propuestas el día, hora y lugar establecido para la celebración del acto ello de acuerdo a lo estipulado por el artículo 34 último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Este acto se llevará a cabo el día 11 de Febrero de 2016, a las 11:00 horas, el que se iniciará con la participación de los licitantes presentes a la hora señalada y no se recibirá propuesta algún cumplido dicho plazo.
El acto se desarrollará conforme a lo siguiente:
Los licitantes entregarán su documentación legal y administrativa junto con el Anexo 12 que servirá como constancia de recepción de la documentación presentada a quien presida el acto, quien llevará a cabo la revisión de dicha documentación.
Las proposiciones que fueron desechadas podrán ser devueltas a los licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las propuestas deberán conservarse hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos la convocante podrá proceder a su devolución o destrucción. El no presentar el Anexo 12 no será motivo de desechamiento.
Una vez recibida la documentación legal administrativa se procederá a la apertura del sobre que contenga las propuestas técnicas y económicas de los licitantes participantes, sin que ello implique la evaluación de su contenido. En caso de que existan faltantes u omisiones respecto a la presentación de algún documento esta se harán constar en el acuse de recepción que se presente para tal fin, sin que se deseche la propuesta correspondiente. Asimismo de conformidad con lo establecido en el artículo 39, fracción III, y 50 del reglamento, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se dará lectura al precio unitario y/o al total de cada una de las propuestas económicas.
Dentro de los licitante que hayan asistido, estos elegirán a uno que en forma conjunta con el servidor público facultado para presidir el acto rubricarán las partes de las proposiciones que previamente haya determinado la convocante en la convocatoria a la licitación.
Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, en la que se harán constar las propuestas recibidas para su posterior evaluación y el importe de cada una de ellas.
El acta será firmada por los asistentes y se pondrá a su disposición o se les entregará copia de la misma; la falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de su notificación.
(En el acta, se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación; esta fecha deberá quedar comprendida dentro de los veinte días naturales siguientes a la establecida para este acto.)
Recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de licitación hasta su conclusión de conformidad a lo establecido en el artículo 56 penúltimo y último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En caso de que se presente la suspensión del procedimiento licitatorio es importante señalar que las proposiciones deberán permanecer vigentes hasta en tanto se deje sin efecto dicha suspensión.
IX.3-Fallo.
Con fundamento en el artículo 37 de la ley, el fallo de la presente licitación se dará a conocer en junta pública, que se llevará a cabo el 23 de Febrero de 2016, a las 11:00 horas. En dicho evento se levantara un acta en la cual se contendrá la información conforme a lo señalado en el artículo 37 de “la ley”.
El plazo para la emisión del fallo podrá diferirse, siempre y cuando no exceda de 20 días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente de conformidad con el artículo 35, fracción III, de la ley.
Cabe señalar que respecto al fallo se hará la recomendación a las áreas requirentes a efecto de que no se proporcione información reservada o confidencial, en los términos de las disposiciones aplicables.
IX.4.- Firma del contrato.
La firma del contrato que se derive de la presente licitación se llevará a cabo dentro de los 15 días naturales posteriores a la emisión del fallo, en la Delegación Estatal en Guerrero sito en Acceso al Tecnológico No. 3 Col. Predio la Cortina C.P. 39090, Chilpancingo, Gro.
IX.5.- Actas de los eventos y su notificación
Las actas de las juntas de aclaraciones, de los actos de presentación y apertura de proposiciones, y del fallo del procedimiento de licitación, serán rubricadas y firmadas por los servidores públicos que intervinieron en los actos, así como por los licitantes asistentes, a quienes se entregará la copia correspondiente. La falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos.
Las actas de la junta de aclaraciones, de los actos de presentación y apertura de proposiciones, y del fallo del procedimiento de licitación cuando éste se realice en junta pública, se pondrán al finalizar dichos actos, para efectos de su notificación a disposición de los licitantes que no hayan asistido, fijándose copia de dichas actas o el aviso del lugar donde serán proporcionadas, al que tenga acceso el público en el domicilio de la convocante por un término no menor de cinco días hábiles; siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de las mismas. Este procedimiento sustituye a la notificación personal.
Las actas de la junta de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones y del fallo del procedimiento de licitación estarán para consulta en compranet, en la dirección electrónica xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, a más tardar al día hábil siguiente a su emisión.
X. Relación de anexos
X.1.- Documentación legal y administrativa
Anexo 1 | Formato de redacción de las pólizas |
Anexo 2 | Lista de verificación de la documentación legal y administrativa |
Anexo 3.a | Personas físicas |
Anexo 3.b | Personas xxxxxxx |
Anexo 4 | Carta poder |
Anexo 5 | Manifestación de no encontrarse en los supuestos de los artículos, 50 y 60 penúltimo xxxxxxx xx xx xxx. |
Xxxxx 0 | Que cuenta con capacidad legal, técnica y financiera |
Anexo 7 | Conformidad con los criterios de adjudicación |
Anexo 8 | Declaración de integridad, de acuerdo a lo señalado en el artículo 29 fracción IX de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos, y Servicios del Xxxxxx Xxxxxxx |
Xxxxx 0 | Xxxx XXXX |
Xxxxx 00 | Conformidad para filmar en audio y video los eventos. |
Anexo 11 | Modelo de contrato (el cual se adecuará a la presente convocatoria y a la junta de aclaraciones) |
X.2.- Propuestas técnicas.
Anexo 12 | Listado de verificación que debe contener la propuesta técnica |
X.3.- Propuestas económicas.
Anexo 13 | Formato para la presentación de la propuesta económica |
A n e x o 1 Licitación pública nacional
N°. 00017014-002-16
Forma de redacción de las pólizas que garanticen el cumplimiento del contrato
Que es a favor de la Tesorería de la Federación; para garantizar a “nombre de licitante ganador” el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las estipulaciones conferidas en el contrato, por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del mismo antes de IVA, y el cumplimiento de cada una de las obligaciones a su cargo, derivados de la licitación pública nacional número _ por el monto de $ . (Número y letra)
Con relación a la redacción de la garantía se deberán transcribir las siguientes cláusulas:
“esta garantía estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. Asimismo esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que la procuraduría general de la república otorgue prórrogas o esperas al prestador del servicio para el cumplimiento de sus obligaciones.”
“la institución de fianzas, acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 95 de la ley federal de instituciones de fianzas en vigor, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 95 bis del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.”
“la presente garantía de cumplimiento únicamente podrá ser liberada mediante escrito, por la Subdelegación Administrativa en Guerrero de la Procuraduría General de la República.”
Nota.- La vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en los contratos y actos administrativos.
A n e x o 2 Licitación pública nacional
N°. 00017014-002-16
Lista de verificación
Documentación legal y administrativa de conformidad con el numeral III.1 de la convocatoria | |
D e s c r i p c i o n | |
a. | Los licitantes que participen por sí mismos o a través de un representante, deberán acreditar su personalidad jurídica, manifestando por escrito, que cuentan con facultades suficientes para suscribir a nombre de su representada las propuestas técnicas y económicas. Los licitantes pueden presentar el escrito antes referido o requisitar el anexo 3.a o 3.b, según corresponda, a persona física o moral, e invariablemente se deberá insertar la leyenda “bajo protesta de decir verdad”. La información que deberá contener el escrito citado, será la misma que contenga el anexo 3.a o 3.b, según se trate de persona física o persona moral. El domicilio que se mencione en los documentos antes citados, será considerado por la convocante como el indicado para recibir toda clase de notificaciones que resulten de los actos, contratos y convenios derivados de este procedimiento. |
b. | Quien concurra en representación del licitante, persona física o moral, al acto de presentación de la documentación legal y apertura de propuestas, deberá presentar para participar en dicho acto, carta poder simple con firmas autógrafas de los que en ella intervengan y otorgada por el representante legal, así como presentar en original para cotejo y copia simple para el expediente de la licitación, una identificación oficial vigente del otorgante y del aceptante, las que deberán contener firma y fotografía, debiendo ser únicamente: pasaporte, cartilla, credencial de elector o cédula profesional. Anexo 4. No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las propuestas, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente. |
c. | Identificación oficial vigente del representante legal del licitante, la que deberá contener firma y fotografía, debiendo ser únicamente: pasaporte, cartilla, credencial de elector, o cédula profesional, original para cotejo y copia simple para el expediente de la licitación. |
d. | Escrito del licitante, en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que ni el suscrito, y ninguno de los socios integrantes del licitante que representa se encuentra en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la ley. Anexo 5 |
e. | Escrito del licitante, en el que manifieste que cuenta con la capacidad legal, técnica y financiera para prestar los servicios objeto de la presente licitación. Anexo 6. |
f. | Escrito del licitante en el que manifieste que ha leído la presente convocatoria y está conforme con los criterios de adjudicación, así como con todos y cada uno de los puntos que en éstas se señalan. La presentación de este escrito no lo exime de la entrega de cualquier otro documento solicitado. Anexo 7. |
g. | Escrito del licitante bajo protesta de decir verdad, en donde manifieste la declaración de integridad, de acuerdo a lo señalado en el artículo 29 fracción IX de la ley. Anexo 8). |
h. | Escrito del licitante, en el que manifieste que ha leído y tiene conocimiento de la nota informativa para participantes de países miembros de la organización para la cooperación y el desarrollo económico y firmantes de la convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales nacionales. Anexo 9. (Su no presentación no será causa de descalificación). |
i. | Escrito del licitante, en el que manifieste su consentimiento para la video grabación de los eventos del procedimiento. Anexo 10. (su no presentación no será causa de descalificación) |
A n e x o 3.a Persona física
Licitación pública nacional
N°. 00017014-002-16
Nombre de la persona física, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente licitación pública nacional, a nombre y representación de (persona física)
N° de la licitación pública nacional
Registro federal de contribuyentes: Curp | |
Domicilio fiscal: | |
Calle y número | |
Colonia : | Delegación o municipio |
Código postal: | Entidad federativa: |
Teléfonos: | Fax: |
Correo electrónico: | |
Descripción de la actividad empresarial | |
Nombre del representante: |
(Lugar y fecha) Protesto lo necesario Nombre y firma
Nota: este escrito deberá ser presentado, preferentemente, en papel membretado de licitante.
A n e x o 3.b
Persona moral Licitación pública nacional
N°. 00017014-002-16
Nombre del representante, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente licitación pública nacional, a nombre y representación de (persona moral)
N° de la licitación pública nacional.
Registro federal de contribuyentes: | |
Domicilio fiscal: | |
Calle y número | |
Colonia : | Delegación o municipio |
Código postal: | Entidad federativa: |
Teléfonos: | Fax: |
Correo electrónico: | |
N° de la escritura o instrumento jurídico en la que consta su acta constitutiva Número de inscripción en el registro público de comercio | Fecha: Fecha: |
Nombre, número y xxxxx xxx xxxxxxx o fedatario público ante el cual se dio fe de la misma: | |
Relación de accionistas: Apellido paterno: Apellido materno: Nombres: | |
Descripción del objeto social: | |
Reformas al acta constitutiva inscrita en el registro público de comercio | |
Nombre del apoderado o representante: Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades: Escritura pública número: Fecha: Nombre número y xxxxx xxx xxxxxxx público ante el cual se otorgó: |
(Lugar y fecha) Protesto lo necesario Nombre y firma
Nota: este escrito deberá ser presentado, preferentemente, en papel membretado de licitante.
A n e x o 4 Licitación pública nacional
N°. 00017014-02-16
Carta poder
de de
(nombre de quien otorga el poder), bajo protesta de decir verdad, en mi carácter de (carácter que ostenta quien otorga el poder) del licitante (nombre de la persona física o moral) según consta en el testimonio notarial o instrumento jurídico (número) de fecha (día/mes/año) otorgado ante el notario o fedatario público (número) de (ciudad donde se otorgó el poder) otorgo la presente "carta poder" al c. (nombre de quien recibe el poder) para que a mi nombre y en mi representación, se encargue de las siguientes gestiones: entrega y recepción de documentación, comparecer a los actos de junta aclaratoria, presentación y apertura de propuestas técnicas y económicas, fallo y hacer las aclaraciones que se deriven de dichos actos, con relación a la licitación pública nacional convocada por la Procuraduría General de la República.
Xxxxx y fecha de expedición:
nombre, cargo, firma, domicilio de quien otorga el poder | nombre, firma, domicilio de quien recibe el poder |
T e s t i g o s
nombre, domicilio y firma | nombre, domicilio y firma |
Nota: este escrito deberá ser presentado, preferentemente, en papel membretado de licitante.
A n e x o 5 Licitación pública nacional
N°. 00017014-002-16
Procuraduría General de la República Presente.
de de
c. representante legal de licitante según se acredita en el testimonio notarial o instrumento jurídico no. de fecha otorgado ante el notario público no. de la ciudad de , manifiesto; bajo protesta de decir verdad que ni el suscrito, y ninguno de los socios integrantes del licitante que represento, se encuentra en los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la ley. de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
En el entendido de que de no manifestarme con veracidad, acepto que ello sea causa de las sanciones correspondientes.
a t e n t a m e n t e
Nombre, cargo y firma del representante legal
Nota: este escrito deberá ser presentado, preferentemente, en papel membretado de licitante.
A n e x o 6 Licitación pública nacional
N°. 00017014-002-16
de de
Procuraduría general de la república p r e s e n t e.
, declaro que cuento con la capacidad legal, técnica y financiera para prestar los servicios objeto de la licitación.
Atentamente
Nombre, cargo y firma del representante legal
Nota: este escrito deberá ser presentado, preferentemente, en papel membretado de licitante.
A n e x o 7 Licitación pública nacional
N°. 00017014-002-16
de de
Procuraduría General de la República p r e s e n t e.
, manifiesto que he leído la presente convocatoria y estoy conforme con los criterios de adjudicación, así como con todos y cada uno de los puntos que en éstas se señalan. Este escrito no lo exime de la entrega de cualquier otro documento solicitado
Atentamente
Nombre, cargo y firma del representante legal
Nota: este escrito deberá ser presentado, preferentemente, en papel membretado de licitante.
A n e x o 8 Licitación pública nacional
N°. 000170174-002-16
Declaración de integridad
de de
Procuraduría General de la República p r e s e n t e.
c. , representante legal de licitante , quién participa en el procedimiento de licitación pública nacional no. , manifiesto bajo protesta de decir verdad que por mí o por interpósita persona, nos abstendremos de adoptar conductas, en la que los servidores públicos de la Procuraduría General de la República, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
Atentamente
Nombre, cargo y firma del representante legal
Nota: este escrito deberá ser presentado, preferentemente, en papel membretado de licitante.
A n e x o 9 Licitación pública nacional
N°. 00017014-002-16
Nota informativa para participantes de países miembros de la organización para la cooperación y el desarrollo económico (OCDE).
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha transcendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. en el plano nacional y como miembro de la organización para la cooperación y el desarrollo económico (OCDE) y firmante de la convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales nacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.
Esta convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificacio nes a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales nacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataci ones gubernamentales.
La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en
noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada– en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la convención.
El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en:
Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
Difundir las recomendaciones de la convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.
Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.
Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.
En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el código penal federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:
“Artículo 222
Cometen el delito de cohecho:
I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracci ón anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el distrito federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el distrito federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el distrito federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el distrito federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del estado.
Capítulo XI
Cohecho a servidores públicos extranjeros
Artículo 222 bis
Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales nacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:
I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o
III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública nacionales.
Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que suspensión o disolución, tomando en consideración se refiere el artículo 11 del este código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción nacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”
A n e x o 10 Licitación pública nacional
N°. 00017014-002-16
de de
Procuraduría General de la República p r e s e n t e.
Manifiesto mi conformidad de que sean grabados en audio y video los eventos de la presente licitación.
Atentamente
Nombre, cargo y firma del representante legal
Nota: este escrito deberá ser presentado, preferentemente, en papel membretado de xxxxxxxxx.
Xxxxx 00 Licitación pública nacional
N°. 00017014-002-16
Tipo o modelo de contrato
Contrato abierto para la adquisición de impresión de libros de gobierno y sellos oficiales, que celebran la Procuraduría General de la República, a quien en lo sucesivo se le denominará “La Procuraduría”, representada en este acto por el , Delegado Estatal en Guerrero, y por la otra la empresa (nombre de la empresa, o persona física en caso), representada por el c. (nombre del representante legal de la persona moral facultado para la suscripción del contrato), a quien en lo sucesivo se le denominará “El Proveedor”, de conformidad con las siguientes declaraciones y cláusulas:
D e c l a r a c i o n e s
A. Declara “La procuraduría”:
I. Que es una Institución que se encuentra dentro del ámbito del poder ejecutivo federal a la que le corresponde el despacho de los asuntos que le confieren los artículos 21 y 102, apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y demás disposiciones legales aplicables.
II. Que tiene capacidad legal para contraer obligaciones, así como para contratar con personas físicas y xxxxxxx, a través del , Delegado Estatal en Guerrero, en términos de lo dispuesto en el Articulo 79 Fracciones XII del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
III. Que la partida le fue adjudicada a (señalar el nombre de la persona física o moral con la que se formaliza el contrato), mediante fallo de fecha de del 2016, derivado de la convocatoria a la licitación pública nacional, no. 00017014- 002-16, en términos de lo dispuesto por los artículos, 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 25 primer párrafo, 26 fracción I, 26 bis fracción III, 27, 28 fracción I, 47, y 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
IV. Que la partida 33602 de gasto denominada “ ” (señalar el nombre de la partida de gasto correspondiente conforme al clasificador por objeto del gasto)” cuenta con suficiencia presupuestal de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 25 párrafo primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
V. Que el registro federal de contribuyentes de “La procuraduría” es PGR 850101RC6 y su domicilio fiscal es en avenida Paseo de la Reforma números 211 y 213, Colonia Xxxxxxxxxx, Delegación Xxxxxxxxxx, código postal 06500, en la Ciudad de México, Distrito Federal.
VI. Que tiene su domicilio en Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx Xx. 0 Xxx. Xxxxxx xx Xxxxxxx X.X. 00000, Xxxxxxxxxxxx, Gro., mismo que señala para todos los efectos legales.
VII. Que el presente contrato se adjudica a la empresa---------------------------------------------. representada por el , basado en el acta de
fallo de la licitación pública nacional de fecha .
B. Declara “El proveedor”:
En caso de una persona física:
I. Que es una persona física en pleno ejercicio de sus derechos civiles, con clave única de registro de población , quien se identifica con credencial para votar, con número de folio , expedida a su favor por el Instituto Federal Electoral.
II. Que se encuentra debidamente registrado ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la clave de registro federal de contribuyentes número .
III. Que formaliza el presente contrato con la seguridad de que no desempeña un empleo, cargo o comisión en el servicio público o que no está inhabilitada para desempeñarlo, asimismo, manifiesta que no tiene impedimento legal alguno para contratar con la administración pública federal, ni se encuentra en ninguno de los supuestos est ablecidos por los artículos 50 y 60 de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, así como por lo dispuesto por el artículo 8 de la ley federal de responsabilidades de los servidores públicos.
En caso de persona moral:
I. Que es una sociedad legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, bajo la denominación (nombre de la persona moral con la que se formaliza el contrato), tal y como se acredita con el testimonio de la escritura pública no. de fecha de de , pasada ante la fe del licenciado
, notario público número del , inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio de ,
, con fecha de de , en el libro de , volumen y bajo la partida .
En caso de que la escritura haya sufrido modificaciones, se deberá identificar el testimonio notarial correspondiente.
I. Que el c. , quien se identifica con , expedida por y quien acredita su personalidad como (representante legal, administrador único o apoderado según sea el caso) de la empresa “ ”, con facultades para suscribir el presente contrato, en términos de la escritura pública número de fecha de de , pasada ante la fe de licenciado , titular de la notaría pública número de , quien además manifiesta que dichas facultades no le han sido modificadas ni revocadas en forma alguna.
II. Que tal y como consta en el testimonio de la escritura pública que se establece en el numeral , su objeto social es: “ ”.
III. Que está dada de alta ante la secretaría de hacienda y crédito público, con el registro federal de contribuyentes número y se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales.
IV. Que formaliza el presente contrato con la seguridad de que ninguno de los socios o directivos, ni el mismo, desempeñan un empleo, cargo o comisión en el servicio público o que están inhabilitados para desempeñarlo, asimismo, manifiesta que no tiene impedimento legal alguno para contratar con la administración pública federal, ni se encuentra en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
Para ambos casos:
V. Que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32-d del código fiscal de la federación, para efectos de la resolución miscelánea fiscal para 2016 publicado en el diario oficial de la federación de fecha 23 de Diciembre de 2015.
VI. Que su representada es de nacionalidad mexicana y conviene que en caso de llegar a cambiarla, se seguirá considerando como tal por cuanto al presente contrato se refiere y a no invocar la protección de ningún gobierno extranjero, bajo pena de perder en beneficio de la nación mexicana, todo derecho derivado del presente contrato.
VII. Que conoce plenamente el contenido y requisitos del procedimiento de contratación, de conformidad a lo que establece la consti tución política de los estados unidos mexicanos; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento; así como a la demás normatividad vigente aplicable en la materia.
VIII. Que para efectos del presente contrato, señala como domicilio el ubicado en número(s) telefónico(s) y número de fax , correo electrónico .
Una vez manifestadas las declaraciones anteriores, las partes se sujetan a las siguientes:
C l á u s u l a s
Primera.- Objeto.
Ambas partes convienen en que el objeto del presente contrato es la adquisición de libros de gobierno y sellos oficiales, por parte de “La Procuraduría” a “El Proveedor” en la forma y términos precisados en este contrato, el cual debidamente firmado por las partes se integra al presente instrumento legal, para formar parte del mismo.
Segunda.- Precio.
En el presente acuerdo de voluntades, el monto máximo a ejercer será de $ ( /100 m.n.), más la cantidad de $ ( /100 m.n.), por concepto del 16% del impuesto al valor agregado, dando un monto máximo a ejercer de $ ( /100 m.n.).
El monto mínimo a ejercerse será de $ ( /100 m.n.), más la cantidad de $ ( /100 m.n.), que corresponde al 16% del impuesto al valor agregado, dando un monto mínimo a ejercerse de $ ( /100 m.n.), que constituye el % del monto máximo a ejercerse previsto en el artículo 47 fracción i de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
CONS. | DESCRIPCION DE SERVICIO | SUBTOTAL | I.V.A. | TOTAL |
1 | LIBRO DE GOBIERNO PASTA DURA DE 42 CM DE LARGO X 31 CM. DE ALTO DE 100 HOJAS IMPRESAS POR AMBAS CARAS. | |||
2 | EMPASTADO DE LIBROS | |||
3 | SELLOS DE CERTIFICACION | |||
4 | SELLOS DE CANCELADO | |||
5 | SELLOS FECHADORES | |||
6 | SELLO CON LEYENDA “SIN TEXTO” | |||
7 | SELLOS DE ACUSE | |||
8 | SELLOS DE GOMA OFICIALES |
Este precio es fijo durante la vigencia del presente contrato y no se encuentra sujeto a ajuste.
Tercera.- pago.
Las partes convienen que el suministro de los libros de gobierno y sellos oficiales objeto del presente contrato, se paguen de la forma siguiente:
El pago de ( )se realizará dentro de los veinte días naturales posteriores a la aceptación de las facturas debidamente requisitadas con sello y firma del Jefe del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales de “La Procuraduría”, la cual deberá estar referenciada con el presente contrato y deberá anexar los vales debidamente requisitados que amparen la recepción de los libros de gobierno y sellos oficiales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
“El proveedor” deberá de presentar en la Subdelegación Administrativa, toda la documentación justificatoria y comprobatoria, documentos y contrato, carta certificada expedida por institución bancaria, para efectuar los depósitos correspondientes al pago.
El pago de los ( ) quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “El proveedor” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, el cual será descontado de la factura correspondiente con motivo del incumplimiento parcial en que pudiera incurrir “El proveedor” respecto a las partidas que integran el contrato, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas, ni la contabilización de las mismas, al hacer efectiva la garantía de cumplimiento
Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “El proveedor”, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a la tasa que será igual a la establecida por la ley de ingresos de la federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales, los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “La procuraduría”
Las facturas deberán contar con los siguientes requisitos:
Deberán elaborarse a nombre de la Procuraduría General de la República con domicilio fiscal en xxxxxxx xxxxx xx xx xxxxxxx xxxxxx 000-000, xxxxxxx Xxxxxxxxxx, delegación Xxxxxxxxxx, XX. 00000, xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, RFC. PGR850101RC6.
El original de la factura deberá reunir los requisitos fiscales señalados en los artículos 29 y 29-A del código fiscal de la federación, aplicable en los estados unidos mexicanos, en la que se indiquen la descripción del servicio, precio unitario y precio total, el número de contrato que ampara dicha contra tación a nombre de “La procuraduría”. El procedimiento de pago se efectuará mediante transferencia electrónica a través de la tesorería de la federación a la cuenta bancaria de “El proveedor”, de conformidad a la normatividad vigente de la materia.
En caso de errores o deficiencias en la factura, se indicará por escrito a “el proveedor”, dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción, para que sea corregida, de conformidad a lo señalado en el artículo 90 del reglamento de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
Cuarta.- Plazo y lugar de entrega de los bienes
La entrega de los libros y sellos oficiales deberá realizarse dentro de los 05 dias naturales o hábiles conforme al calendario de entrega que se elabore por parte de “La Procuraduría”, el lugar de entrega de los bienes será en las oficinas de la Procuraduría General de la República, que se describen en el anexo único el cual forma parte del presente contrato.
Quinta.- descripción de bienes
De acuerdo a lo descrito en el anexo único el cual forma parte integrante del presente contrato.
Sexta.- vigencia.
Ambas partes convienen que la vigencia del presente contrato iniciara a partir del y concluirá el 31de diciembre de 2016.
Séptima.- impuestos y derechos
Los impuestos y derechos locales y federales que se generen con motivo del suministro de los libros de gobierno y sellos oficiales objeto del presente contrato, serán cubiertos por “el proveedor”, “la procuraduría” únicamente pagará el importe correspondiente al impuesto al valor agregado.
Octava.- obligaciones de “el proveedor”.
A. Entregar oportunamente cumpliendo cabal y satisfactoriamente con todas y cada una de las cláusulas y especificaciones contenidas en el presente contrato y su anexo técnico.
B. Contar con el personal técnico calificado, para el suministro de los libros de gobierno y sellos oficiales objeto del presente contrato, el equipo y material necesario y suficiente para su debido cumplimiento;
C. Cumplir cabalmente y satisfactoriamente con todas y cada una de las cláusulas contenidas en el presente instrumento legal.
D. No subcontratar ni ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato a terceros.
X. Xxxxxxxse a las normas de acceso y seguridad que fije “La Procuraduría” para ingresar a las instalaciones de la misma.
Novena.- restricción de cesión de derechos y obligaciones
Los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato no podrán cederse de forma parcial ni total a favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento por escrito de “La procuraduría” lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 46 último párrafo de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
Decima.- obligaciones de “la procuraduría”.
A. Cumplir con las obligaciones que a su cargo se establecen en el clausulado del presente instrumento legal;
X. Xxxxx oportunamente el precio de los libros de gobierno y sellos oficiales efectivamente prestados.
C. Informar de inmediato y por escrito a “el proveedor”, por conducto de servidor público facultado por la Subdelegación Administrativa, cualquier anomalía que se observe en el suministro de los libros y sellos oficiales en su carácter de administrador del presente contrato, las actividades señaladas en el anexo técnico de este instrumento legal.
Décima primera.- responsabilidad laboral.
Queda expresamente estipulado que el personal que utilice “el proveedor” para el cumplimiento del objeto del presente contrato, estarán bajo la responsabilidad única y directa de “el proveedor” y por lo tanto, en ningún momento se considerará a “la procuraduría” como patrón sustituto, ni tampoco a “el proveedor” como intermediario, por lo que “la procuraduría”, no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y consecuentemente queda liberada de cualquier responsabilidad de seguridad social, respecto de las reclamaciones que se pudieran presentar en contra de “la procuraduría”.
Décima segunda.- garantía del cumplimiento del contrato.
“El proveedor” se obliga a constituir en la forma y términos previstos por el artículo 48 la fracción II y 49 de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, artículos 86 y 87 de su reglamento y demás disposiciones legales vigentes, relativas y aplicables en la materia, las garantías a que haya lugar con motivo del cumplimiento del presente contrato.
Para garantizar a “la procuraduría” el fiel y exacto cumplimiento de este contrato, “el proveedor” se obliga a entregar a “la procuraduría”, una póliza de fianza, expedida por una afianzadora legalmente autorizada, por la cantidad de $ ( 00/100 m.n.), que corresponde al 10% del monto máximo del presente contrato sin incluir el impuesto al valor agregado, en términos de lo dispuesto por el artículo 85 del reglamento de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público. La póliza de fianza deberá contener las siguientes declaraciones expresas de la afianzadora que la otorgue:
Expedirse a favor de la tesorería de la federación;
La indicación del importe total garantizado con número y letra;
Referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato;
La información correspondiente al número del contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas; El señalamiento del nombre, denominación o razón social de “el proveedor”;
Además deberá contener de manera expresa que:
1. La vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, de acuerdo a lo señalado en oficio número 401-t-48262 de fecha 12 de diciembre del 2006, por parte de la tesorería de la federación, en el cual se establecen las condiciones y requisitos para la calificación y aceptación de las fianzas, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en el contrato y actos administrativos;
2. La fianza continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotar se en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia, salvo que las partes otorguen el finiquito correspondiente;
La fianza no será liberada hasta en tanto no se cumpla la vigencia del contrato y previo visto bueno por parte de la Subdelegación Administrativa.
En caso de modificaciones al contrato, los licitantes adjudicados deberán entregar la modificación a la fianza de cumplimiento del contrato, de conformidad con lo estipulado en el artículo 103 del reglamento de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
Se podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento, cuando la prestación del suministro de los libros de gobierno y sellos oficiales no se realicen en la fecha señalada o que los mismos no cumplan con las características y especificaciones establecidas en el anexo técnico del presente contrato y una vez agotado el procedimiento al que alude el artículo 54 de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público y demás disposiciones aplicables.
Décima tercera.- ejecución de la garantía de cumplimiento.
Se hará efectiva la fianza relativa al cumplimiento del contrato cuando:
A) “El proveedor” ceda a favor de terceros los derechos y obligaciones derivados del presente contrato o manifieste no estar en posibilidad de cumplir con lo establecido en el mismo, de acuerdo con las condiciones solicitadas por “la procuraduría”.
B) El suministro de los libros de gobierno y sellos oficiales objeto del presente instrumento legal no sean proporcionados de conformidad con lo establecido en este contrato, su anexo técnico y a satisfacción de “la procuraduría”.
C) “El proveedor” incumpla en la prestación de los libros de gobierno y sellos oficiales objeto del presente contrato, así como por cualquier responsabilidad en que incurra con motivo del incumplimiento del mismo.
Además de las causas anteriormente mencionadas, serán aplicables las que establezcan las disposiciones legales vigentes en la materia.
Décima cuarta.- pena convencional.
Se aplicará penalidad de 0.5%, (punto cinco por ciento) por cada incidencia mayor.
La acumulación de dicha pena no excederá del importe de la garantía del 10% (diez por ciento) de conformidad con el artículo 54 de la Ley, el pago de la adquisición de los bienes, quedará condicionado proporcionalmente, al pago que “El Proveedor” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, mediante cheque certificado a favor de la Tesorería de la Federación; en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del derecho de que la convocante pueda optar entre exigir el cumplimiento del contrato o rescindirlo.
El pago del suministro de los libros de gobierno y sellos oficiales quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “el proveedor” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales mediante cheque certificado a favor de la tesorería de la federación o bien a través del formato sat 16 denominado “declaración general de productos y aprovechamientos” a nombre de la tesorería de la federación, efectuando el pago en cualquier institución bancaria, este formato deberá estar debidamente requisitado con la clave 700023 indicando en el concepto “penalización por atraso en la entrega de los bienes”, y presentarlo en el domicilio de “la procuraduría”, así mismo, el pago por concepto xx xxxx convencional podrá sea descontado del pago de la factura que corresponda. en el entendido de que en el supuesto que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dicha penalización, ni la contabilización de la misma para hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
Lo anterior, sin perjuicio del derecho que tiene “la procuraduría”, de optar entre exigir el cumplimiento forzoso del contrato o rescindirlo, ello de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
Décima quinta.- rescisión administrativa.
“El proveedor” acepta en forma expresa que “la procuraduría”, en cualquier momento, puede rescindir administrativamente el presente contrato por cualquiera de las causas siguientes:
A. Por incumplimiento de las obligaciones pactadas en el presente contrato y su anexo técnico.
B. Si no se entregan los libros de gobierno y los sellos oficiales como se especifica en su anexo técnico.
C. Si cede o subcontrata en forma parcial o total a terceras personas físicas x xxxxxxx los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, con excepción de los derecho s de cobro; en cuyo caso, se obliga a solicitar previamente la conformidad
De “la procuraduría” de conformidad con lo establecido en el artículo 46 último párrafo de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
D. Por contravención de los términos del contrato o de las disposiciones de la normatividad aplicable al caso.
E. Cuando “el proveedor” no entregue la garantía de cumplimiento del presente contrato, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del mismo.
F. Cuando cambie de nacionalidad “el proveedor” e invoque la protección de su gobierno contra reclamaciones y órdenes de “la procuraduría”.
“La procuraduría” se reserva el derecho de aplicar la pena convencional establecida en el presente contrato o rescindirlo, haciendo efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del mismo.
En el supuesto de que sea rescindido el presente contrato, no procederá el cobro de penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimi ento, cuando estas causas sean motivo de la rescisión.
En caso de rescisión, la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.
Décima sexta.- procedimiento de rescisión.
Si “la procuraduría” considera que “el proveedor” ha incurrido en alguna de las causas de rescisión que consigna la cláusula anterior, lo comunicará a “el proveedor” por escrito a fin de que éste, en un plazo no mayor de 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la notificación del ini cio del procedimiento de rescisión, manifieste lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes; situación que será informada a la secretaría de la función pública.
Transcurrido el término a que se refiere el párrafo anterior, “la procuraduría” resolverá considerando los argumentos y pruebas que en su caso, hubiere hecho valer “el proveedor” y la determinación de dar o no por rescindido el presente contrato deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada a “el proveedor” dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes al primer término señalado. lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
En el caso de que se rescinda el presente contrato, se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de constar los pagos que deba efectuar “la procuraduría” por concepto de “los servicios” prestados hasta el momento de la rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el presente contrato, “el proveedor” suministra los libros de gobierno y sellos oficiales de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y su anexo técnico, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “la procuraduría” de que continúa vigente la necesidad de los mismos, aplicando, en su caso, la pena convencional correspondiente.
“la procuraduría” podrá determinar no dar por rescindido el presente contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del contrato pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, “la procuraduría” deberá elaborar un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
Al no dar por rescindido el presente contrato, “la procuraduría” establecerá con “el proveedor” otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. el convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
En caso de rescisión del contrato por causas imputables a “el proveedor”, “la procuraduría” procederá a hacer efectiva la garantía de cumplimiento de conformidad a lo dispuesto por el artículo 98 del reglamento de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
Décima séptima.- patentes, marcas y derechos de autor.
“El proveedor” asume la total responsabilidad por el uso indebido de patentes y marcas o por la violación de registros de derechos de autor en que pudiera incurrir al momento del cumplimiento de sus obligaciones objeto del presente contrato, eximiendo de toda responsabilidad a “la procuraduría”, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 45 fracción XX de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
Décima octavo.- modificaciones.
“La procuraduría” podrá acordar la modificación del presente instrumento jurídico, en los términos previstos en los artículos 52 de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, para tal efecto “el proveedor” deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 86 y 87 del reglamento de la ley en comento.
Decima novena.- confidencialidad.
“El proveedor” se obliga a mantener en estricta confidencialidad y a no divulgar la información contenida y derivada del presente contrato y su anexo técnico, respetando los derechos que sobre la información tiene “la procuraduría”.
Vigésima.- supervisión.
Será responsabilidad del departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales de “la procuraduría” a través de (unidad adscrita al área requirente), coordinar y vigilar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este contrato, las especificaciones contenidas en su anexo técnico, así como que “el proveedor” cumpla con todas y cada una de las disposiciones señaladas en el presente instrumento, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del reglamento de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, de existir alguna irregularidad o incumplimiento por “el proveedor”, informará por escrito y de inmediato a la Subdelegación Administrativa, para que en términos de lo dispuesto por las fracciones I y IV, del artículo 84 del reglamento de la ley orgánica de la procuraduría general de la república, tome las medidas procedentes.
Vigésima primera.- suspensión temporal del contrato.
Cuando durante la vigencia del presente contrato se presente caso fortuito o fuerza mayor, “la procuraduría” podrá suspender el suministro de los libros de gobierno y sellos oficiales en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que hubiesen sido efectivamente prestados.
“La procuraduría” podrá suspender temporalmente el contrato en todo o en parte, en cualquier momento, sin que ello signifique su terminación definitiva.
“La procuraduría” y “el proveedor” pactarán el plazo de suspensión, a cuyo término, el presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión o en su caso, iniciarse la terminación anticipada del instrumento legal.
Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 bis de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
Vigésima segunda.- terminación anticipada.
“La procuraduría” podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato en cualquier momento, por razones de interés general o bien cuando, por causas justificadas, se extinga la necesidad del suministro de los libros de gobierno y sellos oficiales, originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasione algún daño o perjuicio al estado.
En estos supuestos “la procuraduría” reembolsará a “el proveedor” los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en último párrafo del artículo 54 de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
La terminación anticipada del presente contrato se sustentará mediante dictamen que precise las razones o las causas justificadas que den origen a la misma. Los gastos no recuperables por la terminación anticipada, serán pagados dentro de un término que no podrá exceder de 45 (cuarenta y cinco) días naturales po steriores a la solicitud fundada y documentada de “el proveedor”. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 102 del reglamento de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
Vigésima tercera.- prórrogas.
Únicamente por causas imputables a “la procuraduría” o en caso fortuito o de fuerza mayor debidamente justificados, se otorgarán prórrogas en el plazo del cumplimiento de l suministro de los libros de gobierno y sellos oficiales. En estos supuestos se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso.
Tratándose de causas imputables a “la procuraduría”, no se requerirá la solicitud de “el proveedor”.
En caso de que “el proveedor” no tenga la prórroga de referencia, por ser imputable a éste el atraso, se aplicará la pena convencional.
Vigésima cuarta.- caso fortuito o fuerza mayor.
Ninguna de las partes será responsable de cualquier retraso o incumplimiento del presente contrato que resulte directa o indirectamen te de caso fortuito o fuerza mayor, cuando estos sean debidamente justificados y demostrados por la parte correspondiente.
Vigésima quinta.- legislación aplicable.
Las partes se obligan a sujetarse estrictamente a las declaraciones del presente contrato, a todas y a cada una de sus cláusul as, a su objeto y anexo técnico, así como a los lineamientos, procedimientos y requisitos que establece la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, su reglamen to; la ley federal de presupuesto y responsabilidad hacendaria y su reglamento, el presupuesto de egresos de la federación para el presente ejercicio fiscal y disposiciones administrativas vigentes que le sea aplicables.
Vigésima sexta.- controversias.
Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación y cumplimiento de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público y su reglamento, serán resueltos por la secretaría de la función pública.
Para la resolución de cualquier controversia que se pudiera derivar de la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes convienen en someterse a la jurisdicción de los tribunales federales con residencia en el Distrito Federal, por lo que renuncian expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por la ubicación de sus domicili os presentes o futuros, o por cualquier otra causa.
Leído por las partes y enteradas de su contenido y alcance legal, se firma el presente contrato y su anexo técnico que forma parte integrante del mismo, libre de todo vicio del consentimiento como error, violencia o dolo, por triplicado al calce y al margen en todas sus fojas útiles, como constancia de su aceptación, en Chilpancingo Gro. el de de .
Por “La Procuraduría” Lic. Delegado Estatal en Guerrero | Por el “Proveedor” C. |
Testigos
Lic. Subdelegado Administrativo | Lic. Jefe del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales |
Anexo 12 Licitación pública nacional
N°. 00017014-002-16
Listado de verificación
D e s c r i p c i o n (Sobre cerrado) | ||
Cumple/ No Cumple | observaciones | |
Documentación legal y administrativa | ||
Anexo 3.a o 3.b.- Personalidad | ||
Anexo 4.- Carta poder | ||
Identificaciones | ||
Anexo 5.- No encontrarse en los supuestos… | ||
Anexo 6.- Capacidad legal… | ||
Anexo 7.- Conformidad con los criterios… | ||
Anexo 8.- Declaración de integridad | ||
Anexo 9.- Declaración de la OCDE | ||
Anexo 10.- Consentimiento para video grabar | ||
Propuesta Técnica | ||
Documento 1.- Confidencialidad… | ||
Curriculum 0 | ||
Documento 2.- Sustitución de libros y sellos por anomalías | ||
Documento 3.- Transportación … | ||
Documento 4.- Contenido nacional… | ||
Documento 5.- Patentes y marcas… | ||
Documento 6.- Discapacitados (solo en caso de que aplique … | ||
Propuesta Económica | ||
Anexo 13.- Propuesta Económica |
Se sugiere a los licitantes relacionar la documentación solicitada conforme al anexo 12, el no presentar dicho anexo no será motivo de descalificación.
A n e x o 13 Licitación pública nacional
N°. 00017014-002-16
Formato para la presentación de la propuesta económica
Fecha
Procuraduría general de la república p r e s e n t e.
CONS. | DESCRIPCION DE SERVICIO | SUBTOTAL | I.V.A. | TOTAL |
1 | LIBRO DE GOBIERNO PASTA DURA DE 42 CM DE LARGO X 31 CM. DE ALTO DE 100 HOJAS IMPRESAS POR AMBAS CARAS. | |||
2 | EMPASTADO DE LIBROS | |||
3 | SELLOS DE CERTIFICACION | |||
4 | SELLOS DE CANCELADO | |||
5 | SELLOS FECHADORES | |||
6 | SELLO CON LEYENDA “SIN TEXTO” | |||
7 | SELLOS DE ACUSE | |||
8 | SELLOS DE GOMA OFICIALES |
NOTA: Los libros de Gobierno Pasta Dura para su impresión en la parte interior, el diseño será de común acuerdo con el Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales.
Importe con letra:
PRESUPUESTO
MONTO MAXIMO | MONTO MINIMO |
$300.000.00 | $120.000.00 |
La indicación de que la vigencia de la cotización será por el ejercicio fiscal 2016 y que los precios serán fijos durante la vigencia del contrato, así como su conformidad a las condiciones de pago establecidas en esta convocatoria.
Representante legal Nombre y firma
ANEXO TÉCNICO
I.- Bienes por adquirir y Normas aplicables
El detalle de las características y especificaciones de los libros de gobierno y sellos oficiales, objeto de la presente licitación, se señalan en el
Anexo técnico de esta convocatoria.
La licitación consta de una sola partida descrita en el Anexo técnico de esta convocatoria, la partida deberá cotizarse conforme a lo solicitado.
El tiempo de entrega de los libros de gobierno y sellos oficiales será dentro de los 5 días hábiles, después de la solicitud por escrito firmado por el subdelegado administrativo.
El transporte y entrega de los libros de gobierno y sellos oficiales a la subdelegación administrativa será por cuenta y responsabilidad del proveedor.
II.- Plazo y lugar de entrega de los bienes.
Se requiere que la entrega sea dentro de cinco días hábiles, posteriores al pedido, en la Subdelegación Administrativa, en una sola exhibición en el domicilio, ubicada en Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx Xx. 0 Xxx. Xxxxxx xx Xxxxxxx, X.X. 00000, Chilpancingo Gro, con los teléfonos 00 000 00 000 00 en horario de 09:00 am a 15:00 pm de lunes a viernes.
La transportación y entrega de los libros de gobierno y sellos oficiales será por cuenta y riesgo del proveedor.
La verificación que se realizará a los libros de gobierno y sellos oficiales por parte del área requirente para su aceptación, deberá garantizar por escrito la calidad de los bienes, por el periodo comprendido a partir de que la convocante notifique el fallo a favor del proveedor ganador
III.- Anticipos.
No aplica
IV.- Pago.
Con fundamento en el artículo 51 de la ley, el pago se realizará dentro de los veinte días naturales posteriores a la aceptación de las facturas y una vez aceptados los bienes a satisfacción y aprobación de la Subdelegación Administrativa de la Delegación Estatal en Guerrero de la Procuraduría General de la República.
V.- Garantía de los libros de gobierno y sellos oficiales:
Los libros de gobierno y sellos oficiales deberán estar garantizados como mínimo por seis meses, a partir de su recepción a satisfacción de la subdelegación administrativa contra defectos de fabricación y vicios ocultos según sea el caso, obligándose a sustituir los libros de gobierno y sellos oficiales que hayan resultado defectuosas, cuando: