Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL “SERVICIO CENTRALIZADO DE REPROGRAFÍA DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX”.
1. OBJETO
1.1 Es objeto del presente Pliego la contratación por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxx del “SERVICIO CENTRALIZADO DE REPROGRAFÍA DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX”, que se realizará conforme al PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS que se adjunta, redactado por el Servicio Municipal de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.
1.2 La codificación del objeto del contrato, según el Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV) aprobado por el Reglamento 213/2008-CE, de 28 de noviembre de 2007, es 79520000-5.
1.3 Los licitadores deberán aportar la documentación exigida en el presente Pliego de Condiciones, y en particular, la documentación acreditativa de los extremos que a efectos de valoración de ofertas se hace referencia en la cláusula 7 del presente Pliego.
1.4 De conformidad con lo establecido en el art. 7.b) de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, modificada por Ley 42/2010, de 30 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, se prohibe terminantemente fumar, además de en aquellos lugares o espacios definidos en la normativa de las Comunidades Autónomas, en los Centros y Dependencias de las Administraciones Públicas y Entidades de Derecho Público. Asimismo, según lo establecido en el art. 5.a) de la mencionada Ley, queda prohibida la venta y suministro de productos del tabaco en los centros anteriormente mencionados.
1.5 Toda la información relativa a la contratación derivada de la presente convocatoria se publicará en el perfil del contratante en la página web xxx.xxxxxx.xx.
2. REGULACIÓN JURÍDICA
2.1 El objeto del presente Pliego está tipificado como contrato de SERVICIOS, dentro de la categoría 27 y se regirá por las prescripciones contenidas en este Pliego; la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, modificada por la Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx, y la Ley 2/2011, de 5 xx xxxxx, de Economía Sostenible; el R.D. 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público; el R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en lo que no se oponga a la Ley antes citada, y supletoriamente, las normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las normas de Derecho Privado que le sean de aplicación.
2.2 Su adjudicación se realizará mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, en base a lo establecido en el art. 122 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, utilizándose los criterios de adjudicación que se relacionan en la cláusula 7 del presente Pliego y anunciándose en el Boletín Oficial de la Región y en el perfil del contratista, de conformidad con lo establecido en el art. 126 de dicha ley.
3. PRECIO
3.1 El tipo de licitación se fija en la cantidad de 70.338,98 € más el 18 % de I.V.A., que asciende a la cantidad de 12.661,02 €, lo que hace un total de 83.000,00 €, que es el presupuesto del contrato objeto del presente Pliego; sin que ello presuponga la obligación del consumo total del contrato por parte de este Ayuntamiento y según la siguiente previsión estimada de desglose por anualidades:
▪ Ejercicio 2011 (mayo – diciembre) 55.333,33 €
▪ Ejercicio 2012 (enero – abril) 27,666,67 €
En el supuesto de no agotar la totalidad del presupuesto, dicha circunstancia no será causa de indemnización alguna.
En el presupuesto total se entenderán comprendidos todos los gastos y demás impuestos que graven a realización del contrato, no pudiendo en su consecuencia, repercutirlos la empresa adjudicataria contra la Administración como partida independiente del presupuesto contratado.
La proposición económica formulada por los licitadores se redactará conforme al modelo que se inserta en la cláusula 8 del presente Pliego y consistirá en un porcentaje único de baja aplicable a los servicios de reprografía prestados al Ayuntamiento xx Xxxxxx y otro porcentaje único de baja aplicable a los servicios prestados a los particulares interesados; resultando dichos porcentajes de aplicación a cada uno de los precios unitarios máximos que se detallan en el documento Anexo al Pliego de Prescripciones Técnicas.
En consecuencia, los precios unitarios que resulten de la adjudicación del presente contrato se aplicarán por el adjudicatario a los diferentes encargos realizados de acuerdo con la oferta presentada, según se trate del propio Ayuntamiento o de particulares.
3.3 No se admitirán variantes o alternativas.
4. REVISIÓN DE PRECIOS
En caso de prórroga y a solicitud del adjudicatario, el precio del contrato podrá ser objeto de revisión, incrementándose en la cantidad resultante de aplicar el 85% sobre las variaciones experimentadas por el I.P.C. en el año anterior, de conformidad con lo previsto en el art. 77 de la Ley 30/2007,de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, siempre que se hubiese ejecutado en el 20 por cien de su importe y haya transcurrido un año desde su adjudicación.
A tales efectos, por el adjudicatario, se deberá aportar certificación del Instituto Nacional de Estadística, acreditativo del incremento del I.P.C. en el período del año anterior, que se computará desde el mes correspondiente a la fecha de adopción del acuerdo de adjudicación del contrato.
Dicha revisión de precios se deberá aprobar expresamente por el órgano de contratación, previo informe del Servicio promotor del expediente y de la Intervención General.
5. APTITUD PARA CONTRATAR
5.1 Podrán tomar parte en esta contratación las personas naturales o jurídicas que se tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a la cláusula 6 del presente Pliego.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional exigible para la realización de la actividad que constituye el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios.
5.2 La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula la actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate
La capacidad de obras de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la prestación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
Estos últimos, además, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga y deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y estar inscritas en el Registro Mercantil.
5.3 La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se efectuará mediante testimonio judicial o certificación administrativa,
según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
5.4 Podrán presentarse proposiciones escritas por diversos empresarios agrupados temporalmente para la realización del objeto de esta contratación. Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante la Administración, y deberán nombrar en su proposición un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
En este caso cada una de las empresas deberá acreditar su capacidad de obrar y jurídica frente a la Administración de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
La duración de las Uniones Temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
5.5 En cuanto a las proposiciones formuladas por distintas empresas pertenecientes a un mismo grupo se estará a los dispuesto en el art. 86 del RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
6. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FIANANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL
6.1 Dado el presupuesto del contrato objeto del presente Pliego, las empresas licitadoras deberán acreditar su solvencia técnica o profesional por los medios siguientes:
a. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos TRES AÑOS que incluya importes, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos, y que se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Los mencionados importes durante cada uno de los tres últimos años deberán haber sido, como mínimo, iguales al importe anual del presente contrato.
b. Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
c. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
d. Acreditación de que se cuenta con un local en el municipio xx Xxxxxx, o bien la correspondiente documentación que acredite la disponibilidad del mismo (opción de compra, protocolo de alquiler, …).
e. Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de contratar.
6.2 Con independencia de lo establecido en el apartado anterior, los licitadores deberán acreditar necesariamente su solvencia económica y financiera, por uno o varios de los medios siguientes:
a. Informe de instituciones financieras, o en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente diligenciados.
6.3 La no aportación por parte de los licitadores en el plazo de presentación de ofertas establecido en este Pliego, de toda la documentación necesaria establecida en esta cláusula y justificativa de la solvencia requerida, podrá ser causa automáticamente de exclusión de la oferta por considerar no subsanable la falta de aportación de dicha documentación exigida expresamente en el presente Pliego y que acredite la solvencia que se requiere.
7. CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
Los criterios objetivos que, de conformidad con el art. 134 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del Sector Público, se aplicarán en la valoración de las ofertas presentadas serán los siguientes:
7.1 Criterios de valoración económica:
▪ Porcentaje único de baja ofertado en los servicios de reprografía prestados al Ayuntamiento Hasta 60 puntos
Los empresarios deberán indicar en sus proposiciones el porcentaje único de baja ofertado sobre los precios unitarios que figuran en el documento Anexo al Pliego de Prescripciones Técnicas.
Se asignará la puntuación máxima prevista en este apartado a la oferta más económica, entendiéndose por ésta aquélla que presente un mayor porcentaje de baja; puntuándose las demás ofertas de forma proporcional según la siguiente fórmula:
Puntuación Oferta X = Porcentaje de Baja Oferta X * Puntuación Máxima
Mayor Porcentaje de Baja
▪ Porcentaje único de baja ofertado en los servicios de reprografía prestados a los particulares interesados Hasta 10 puntos
Los empresarios deberán indicar en sus proposiciones el porcentaje único de baja ofertado sobre los precios unitarios que figuran en el documento Anexo al Pliego de Prescripciones Técnicas.
Se asignará la puntuación máxima prevista en este apartado a la oferta más económica, entendiéndose por ésta aquélla que presente un mayor porcentaje de baja; puntuándose las demás ofertas de forma proporcional según la siguiente fórmula:
Puntuación Oferta X = Porcentaje de Baja Oferta X * Puntuación Máxima
Mayor Porcentaje de Baja
7.2. Criterios de valoración técnica:
▪ Reducción del plazo máximo establecido en la ejecución de
los servicios demandados Hasta 10 puntos
La valoración de dicha reducción será la siguiente:
- Reducción de 24 a 12 horas 5 puntos
- Reducción de 24 a 6 horas 10 puntos
▪ Calidad Ambiental Hasta 20 puntos
La utilización del papel exigido se valorará del siguiente modo:
- Papel reciclado certificado con el sello Xxxxx Azul o equivalente 20 puntos
- Papel reciclado con certificación de otros organismos oficiales: .............15 puntos
- Papel no reciclado con sello FSC 10 puntos
- Papel no reciclado con sello Cisne Blanco o equivalente 5 puntos
8. PROPOSICIONES
8.1 Las proposiciones para tomar parte en esta licitación se presentarán en DOS SOBRES CERRADOS, que podrán estar lacrados y precintados y en el que figurará, en cada uno de ellos, la siguiente INSCRIPCION:
"Proposición presentada por D...........(en nombre propio o en representación de......., con C.I.F.: ….), para tomar parte en la licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, para contratar el " "
En cada uno de los sobres, se añadirá además, respectivamente,
▪ “SOBRE 1” (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA)
▪ “SOBRE 2” (PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA)
Dentro de cada sobre, se incluirá un índice comprensivo de todos los documentos que se incluyan en el mismo.
8.2 Los licitadores presentarán en el "SOBRE 1" (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA), los siguientes DOCUMENTOS:
1. Identificación completa de la empresa, que incluya como mínimo dirección, teléfono, fax y persona de contacto.
2. D.N.I. o C.I.F. del licitador y del representante.
3. Escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Asimismo, aportarán Poder notarial en caso de actuar en representación de otra persona o entidad, DEBIDAMENTE BASTANTEADO por la Directora de los Servicios Jurídicos.
4. Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas por la actividad correspondiente, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. En caso de que el licitador haya iniciado la actividad en el presente ejercicio, presentará únicamente el documento acreditativo del alta en el referido Impuesto.
En su caso, las empresas licitadoras podrán acreditar la exención en el mencionado Impuesto, mediante declaración responsable expedida al efecto.
5. Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, que incluya la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
6. Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la Empresa, conforme a lo establecido en la cláusula 6 del presente pliego de condiciones.
7. Propuesta de Póliza de seguro de responsabilidad civil, por importe mínimo de
600.000,00 € o copia de la Póliza que tenga suscrita la empresa.
En general, de la documentación jurídica y administrativa, podrán presentarse originales o
copias compulsadas de los mismos, conforme a la legislación vigente.
8.3 En el "SOBRE 2" (PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA) los licitadores presentarán los siguientes DOCUMENTOS:
• PROPOSICIÓN ECONÓMICA, que se redactará conforme al siguiente modelo:
"D.........., vecino de......., con domicilio en......, nº..., con D.N.I. nº , expedido en ,
el...., de......., de 20.., en nombre propio (o en representación de......, con C.I.F.: …) conforme acredito con poder notarial declarado bastante, otorgado ante xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de …., D. ……, con fecha ….. y nº de protocolo….; enterado del anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx nº...., del día..., de........, de 20.., y de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas, con destino a la contratación, por PROCEDIMIENTO ABIERTO, del "..........................", cuyo contenido conoce y acepta íntegramente, se compromete a la realización del mencionado contrato, con arreglo a todas y cada una de las cláusulas de los mencionados Pliegos y según los siguientes porcentajes únicos de baja sobre los precios unitarios que figuran en el documento Anexo al Pliego de Prescripciones Técnicas:
- Porcentaje único de baja ofertado en los servicios de reprografía prestados al Ayuntamiento %
- Porcentaje único de baja ofertado en los servicios de reprografía prestados a los particulares interesados %
Como consecuencia de los porcentajes únicos de baja ofertados, los precios unitarios por los servicios demandados que figuran en el documento Anexo al Pliego de Prescripciones Técnicas (18% de I.V.A. incluido), quedan establecidos en las siguientes cuantías:
SERVICIOS DEMANDADOS | PRECIOS OFERTADOS EN LOS SERVICIOS PRESTADOS AL AYUNTAMIENTO | PRECIOS OFERTADOS EN LOS SERVICIOS PRESTADOS A LOS PARTICULARES INTERESADOS |
FOTOCOPIAS EN BLANCO Y NEGRO | ||
Copia A4 (folio) | ||
Copia A3 (doble folio) | ||
Copia A4 (folio) a dos caras | ||
FOTOCOPIAS EN COLOR | ||
Copia A4 (folio): | ||
Copia A3 (doble folio) | ||
ENCUADERNACIONES | ||
Espiral metálico y tapas rígidas | ||
Canutillo de plástico y tapas rígidas | ||
PLASTIFICADOS | ||
Tamaño A4 (folio) | ||
Tamaño A3 (doble folio) | ||
IMPRESIÓN Y XXXXXXX XX XXXXXX EN BLANCO Y NEGRO | ||
Tamaño A2 | ||
Tamaño A1 | ||
Tamaño A0 o superior | ||
IMPRESIÓN Y XXXXXXX XX XXXXXX EN COLOR | ||
Tamaño A4 | ||
Tamaño A3 | ||
Tamaño A2 | ||
Tamaño A1 | ||
Tamaño A0 o superior | ||
COPIAS EN CD / DVD | ||
CD | ||
DVD | ||
ENCARPETADO POR EJEMPLAR DE PROYECTO | ||
Tipo cajón | ||
Carpeta de cintas |
Se acompaña en el "SOBRE 1" la documentación exigida en la cláusula 8.2 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
Se señala como número de fax a efectos de las notificaciones que procedan en cuantas actuaciones se sigan del presente procedimiento el siguiente: .................
Fecha y firma del proponente".
• Memoria lo más detallada posible justificativa del precio ofertado.
• PROPOSICIÓN TÉCNICA, en la que se incluirán los criterios de valoración técnica contemplados en la cláusula 7.2 del presente Pliego:
- Reducción del plazo máximo establecido en la ejecución de los servicios demandados
- Calidad ambiental
• Se indicará igualmente en este sobre, en su caso, la parte del contrato que el licitador tenga previsto subcontratar, señalando importe, nombre o perfil empresarial, por referencia a las condiciones de solvencia que reúnan los subcontratistas.
• En caso de que el licitador considere que a su proposición existen documentos de carácter confidencial, deberá detallar qué documentación tiene ese carácter mediante la oportuna declaración firmada todo ello a efectos previstos en el art. 124 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
• En los casos en que concurran empresas comprendidas en un mismo grupo, según lo dispuesto en la cláusula 5.5, se deberá adjuntar a la proposición económica declaración sobre los extremos que se concretan en dicha cláusula.
9. PRESENTACIÓN DE PLICAS
Las plicas para esta licitación se entregarán en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, hasta las DIEZ HORAS del día en que finalice el plazo de QUINCE DIAS naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx (en caso de finalizar dicho plazo en sábado o en día festivo será el siguiente día hábil), y se admitirán cuantos sobres se presenten, siempre que reúnan las condiciones externas reglamentarias.
10. APERTURA DE PLICAS
10.1 Tendrá lugar en la Casa Consistorial ante la Mesa de Contratación, que estará constituida por los siguientes miembros:
▪ Presidente:
- Xxxxxxxx xx Xxxxxxx de Presidencia.
▪ Vocales:
- Directora de los Servicios Jurídicos.
- Interventora General de la Corporación.
- Jefe de Servicio de Informática.
- Jefe de Negociado de Suministro.
- Jefe de Sección de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.
▪ Secretario:
- Jefe de Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.
10.2 Reunida la Mesa, procederá a la calificación de la documentación a la que se refiere el artículo 130 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (SOBRE 1). Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados mediante fax, a fin de que, en un plazo máximo de DOS DÍAS HÁBILES presenten y acrediten la subsanación, directamente en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial del Ayuntamiento, hasta las quince horas del día en que venza el plazo señalado. Seguidamente se extenderá Acta de Calificación y Selección.
10.3 Por la Mesa se realizará el acto público de apertura del SOBRE 2 (PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA), que tendrá lugar el primer martes o jueves siguiente a la fecha de vencimiento de la licitación, siempre que hayan transcurrido los dos días hábiles mencionados en la cláusula anterior. Si no hubiera transcurrido el plazo citado, se retrasará la apertura de las proposiciones hasta el primer martes o jueves siguiente al vencimiento del plazo de subsanación señalado. En todo caso, dicha apertura tendrá lugar antes de que hayan transcurrido siete días desde la apertura del SOBRE 1 (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA). Dicho acto público de apertura de proposiciones deberá tener lugar antes de que haya transcurrido el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La referida documentación se entregará a la Comisión de Valoración contemplada en la cláusula 13 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas para su valoración, la cual deberá ser emitida en un plazo xxxxxx xx XXXX DÍAS NATURALES. Dicha Comisión estará integrada por los siguientes miembros:
- El Jefe de Negociado de Suministros
- El Jefe de Servicio de Informática
- El Jefe de Servicio de Medio Ambiente
- El Jefe de Servicio de Mantenimiento de Edificios Municipales y Seguimiento de Contratos.
10.4 El Ayuntamiento podrá pedir aclaraciones a las ofertas presentadas para una mejor comprensión de las mismas. En ningún caso dichas aclaraciones podrán suponer modificación de los términos de la proposición efectuada.
11. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN
11.1 Las proposiciones presentadas se clasificarán por orden decreciente, atendiendo a los
criterios establecidos en la cláusula 7 del presente pliego de condiciones.
11.2 El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, entendiéndose como tal la que mayor puntuación haya obtenido en la valoración de los criterios establecidos, para que dentro del plazo xx XXXX DÍAS hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
▪ Justificante de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.
▪ Justificante de disponer de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
▪ Justificante de haber constituido la garantía definitiva, a que se refiere la cláusula 12.
▪ Acta de manifestaciones, ante Notario, de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
▪ Póliza del seguro de responsabilidad civil por importe de 600.000,00 €, en caso de haber presentado la propuesta, y justificante de pago del último recibo de recibo.
▪ Escritura de constitución de la Unión Temporal de Empresas, en su caso.
▪ Justificante acreditativo del pago de los anuncios de licitación.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
11.3 La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada dentro de los CINCO DIAS hábiles siguientes a la recepción de la documentación a que se refiere el apartado 2 de la presente cláusula, y será publicada en el Perfil del Contratante y notificada al adjudicatario mediante fax. A tal efecto deberá consignar el número de fax en la proposición económica.
La notificación al resto de participantes en la licitación se realizará mediante publicación en el Tablón de Anuncios del Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, de conformidad con el art. 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero
12. GARANTÍA DEFINITIVA
12.1 La garantía definitiva habrá de constituirse dentro del plazo indicado en la cláusula 11.2 y se fija en la cantidad equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el I.V.A.
La garantía definitiva podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 84 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
12.2 Para el caso de que se utilice la modalidad de ingreso en efectivo, se procederá del siguiente modo:
a. Se ingresará directamente o mediante transferencia bancaria a favor del Ayuntamiento xx Xxxxxx, en la cuenta siguiente: CAJAMAR: Cuenta de abono 3058-0437-29- 2732010010.
b. En los abonos deberá figurar el N.I.F. o C.I.F., nombre y apellidos o razón social de la empresa ordenante, así como la indicación de que se trata de «fianza definitiva», sucinta descripción del contrato para el que se deposita y número de expediente.
12.3 Para el caso de que se presente en valores, mediante aval o seguro de caución, deberá depositarse necesariamente en la Caja de la Corporación y se realizará conforme a los modelos contenidos en los anexos del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, con la salvedad de que el término "Caja General de Depósitos" ha de sustituirse por "Caja del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx".
12.4 Asimismo, la garantía definitiva podrá constituirse mediante retención en el precio, de conformidad con lo establecido en el art. 84.2 de la Ley 30, de 30 de octubre, de Contratos del Sector público, previa petición formulada al efecto por el interesado en el plazo señalado en la cláusula 11.2.
13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
13.1 El contrato derivado de la adjudicación del servicio objeto del presente pliego de condiciones se perfeccionará con su formalización, que se efectuará en documento administrativo, sin perjuicio de lo establecido en al art. 140 de la Ley de Contratos del Sector Público, dentro del plazo de QUINCE DÍAS hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación.
13.2 No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
14. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato derivado de la adjudicación de la actividad objeto del presente Pliego será de UN AÑO, a contar desde la fecha de su formalización, o, en su defecto, hasta agotar el importe presupuestado.
Dicho contrato podrá ser prorrogable por UN AÑO más si se acuerda de forma expresa antes de su finalización, previo informe favorable del Servicio Municipal promotor del expediente.
Dado que el contrato extenderá su duración a dos ejercicios presupuestarios diferentes, la autorización y el compromiso de gasto se subordinará al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuesto, de conformidad con lo establecido en el art. 174.1
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, operando dicha circunstancia como condición suspensiva del mismo.
15. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
15.1 El adjudicatario está obligado al cumplimiento del contrato derivado de la adjudicación del servicio objeto de este pliego, con estricta sujeción a lo dispuesto en el presente Pliego de Condiciones, oferta por el mismo presentada y a las órdenes que esta Administración le dé para la mejor realización del servicio adjudicado, el cual será fiscalizado en todo momento por el Jefe del Servicio Municipal promotor del expediente.
15.2 De conformidad con lo establecido en el art. 41 de la Ley de Contratos del Sector Público, por el Órgano de contratación se designará un responsable del contrato al que corresponderá supervisar su ejecución, así como adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias para asegurar su correcta realización
15.3 El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos e la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Dichos pagos se justificarán con facturas expedidas por la empresa adjudicataria, las cuales serán conformadas por el Jefe del Servicio Municipal correspondiente, y se tramitarán en forma reglamentaria, conforme a lo dispuesto en las Bases de Ejecución del Presupuesto.
15.4 El contrato derivado de la adjudicación de esta convocatoria, por su naturaleza, no tendrá plazo de garantía, de conformidad con lo dispuesto en el art. 205 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, por lo que al finalizar la prestación del servicio, el Jefe del Servicio Municipal formalizará Acta de Recepción en el plazo de un mes, desde la finalización de la prestación del servicio, en el que justifique la buena prestación de éste, que será remitido al Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial para la devolución de la garantía definitiva, en su caso, previa tramitación del reglamentario expediente.
16. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 202 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación solamente podrá introducir modificaciones no previstas en el mismo por razones de interés público, dentro de los límites y con sujeción a lo establecido en el Título V del Libro I de la mencionada Ley.
17. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
17.1 El adjudicatario se obliga al cumplimiento de las leyes protectoras del trabajo, relativas a seguridad e higiene, incluso de la de Previsión y Seguridad Social, en todos sus aspectos y regulaciones, quedando exenta la Entidad Municipal contratante de cualquier responsabilidad por incumplimiento de dichas disposiciones y demás de carácter laboral que se produzcan por el adjudicatario.
Igualmente, éste se obliga a cumplir lo dispuesto en las leyes protectoras de la industria nacional, en todos sus aspectos y normas vigentes, así como las de seguridad e higiene en el trabajo.
Asimismo, las empresas que empleen un nº de trabajadores fijos que exceda de 50 vendrán obligadas a cumplir lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 xx Xxxxx, sobre integración social de los minusválidos, así como R.D. 1451/1983, de 11 xx Xxxx y demás normativa complementaria.
17.2 Serán de cuenta de la contrata todos los tributos, contribuciones y arbitrios de cualquier esfera fiscal, los que, por considerarse incluidos en los precios ofertados, no podrá repercutirse como partida independiente.
17.3 La empresa contratista responderá objetivamente y, en su consecuencia, deberá indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia del contrato adjudicado, conforme a lo establecido en el artículo 198 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
17.4 La contrata será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial, y deberá indemnizar a la Administración de todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de las que, eventualmente, puedan dirigirse contra la Administración Municipal.
17.5 De conformidad con lo establecido en el art. 43.1 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, así como en el art. 49.d) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y en los arts. 13 a 16 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos, la empresa contratista tendrá las siguientes obligaciones:
a) Aportar, antes de su vencimiento y hasta la finalización del contrato, sin que medie reclamación por parte de esta Administración, nuevas certificaciones acreditativas de estar al corriente en las obligaciones tributarias (Estado y Ayuntamiento) y de la Seguridad Social.
b) En caso de prórroga de la contratación, se deberá aportar junto con la solicitud de prórroga, que debe formular el adjudicatario, y antes de que recaiga acuerdo, las correspondientes certificaciones de estar al corriente de sus obligaciones tributarias (Estado y Ayuntamiento) y con la Seguridad Social.
18. EJECUCIÓN DEFECTUOSA Y DEMORA
El Órgano de Contratación, en caso de incumplimiento, a propuesta del responsable del contrato, previa tramitación de las actuaciones oportunas y con audiencia del contratista, podrá imponer a éste multas con arreglo a lo previsto en el art. 196 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en base a las penalidades que a continuación se especifican:
18.1. FALTAS
Faltas Leves:
▪ Demora superior a dos días en la entrega del trabajo solicitado o en el plazo de entrega mejorado ofertado por el adjudicatario sin causa justificada.
▪ Errores subsanables en el material entregado y efectivamente subsanados en plazo no superior a dos días.
Faltas Graves:
▪ Demora superior a dos días e inferior a cuatro en la entrega del trabajo solicitado o en el plazo de entrega mejorado ofertado por el adjudicatario sin causa justificada.
▪ Errores subsanables en el material entregado y efectivamente subsanados en plazo superior a dos días e inferior a cinco días.
Faltas Muy Graves:
▪ Demora superior a cuatro días en la entrega del trabajo solicitado o en el plazo de entrega mejorado ofertado por el adjudicatario sin causa justificada.
▪ Errores subsanables en el material entregado y no subsanados en el plazo de cinco días.
▪ Alteración o modificación de la calidad de los productos entregados.
▪ Incumplimiento de la normativa laboral y de seguridad social vigente.
▪ Interrupción del servicio durante dos días consecutivos por causa imputable al adjudicatario.
18.2 SANCIONES
Las faltas cometidas por el adjudicatario se sancionarán por el órgano de contratación, a propuesta del responsable del contrato, en la siguiente forma:
▪ Faltas Leves: multa de hasta el 2% del importe del presente contrato.
▪ Faltas Graves: multa desde el 2% hasta el 5% del importe del presente contrato.
▪ Faltas Muy Graves: multa desde el 5% hasta el 10% del importe del presente contrato, o con su resolución.
19. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Con independencia de las faltas que puedan causar la resolución del contrato de conformidad con lo establecido en la cláusula anterior, motivarán la resolución del mismo las enumeradas en los arts. 206 y 285 de la Ley 30/2007, de 30 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, con los efectos previstos en el art. 286.
20. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATO
20.1 Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato y que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 209 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
20.2 Salvo que por su naturaleza y condiciones se deduzca que ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario, este podrá éste concertar con terceros la realización parcial de la prestación, en las condiciones establecidas en los art. 210 y 211 de la mencionada Ley.
21. CONFIDENCIALIDAD
De conformidad con lo establecido en el art. 124 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el contratista y todos sus empleados deberán respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se hubiese dado el referido carácter, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante el plazo mínimo de cinco años desde el conocimiento de la información.
Dicho extremo se considera obligación contractual esencial a los efectos establecidos en el art. 206, apartado g) de la mencionada Ley.
22. GASTOS
El adjudicatario queda obligado a pagar el importe de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato.
El importe máximo de los gastos de publicidad asciende a la cantidad de 1.000,00 €.
23. INCIDENCIAS
Cuantas incidencias surjan entre la Administración y el contratista en la ejecución del contrato derivado de este Pliego por diferencias en la interpretación de lo convenido o de cualquier otra causa, se tramitarán mediante expediente administrativo, con audiencia del contratista, que será resuelto por la Junta de gobierno Municipal. A este efecto, el director del servicio y el contratista pondrán en conocimiento de la Administración Municipal, por escrito, cualquier cuestión que pueda originar tales incidencias.
24. INTERPRETACIÓN
El contrato dimanante de la presente licitación es por su objeto fundamental y esencialmente administrativo y sus términos serán interpretados por la Corporación, la cual asimismo, resolverá las dudas que ofrezca su cumplimiento, siendo los acuerdos de la misma inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho que asiste al contratista de proceder por la vía jurisdiccional correspondiente, y dando cumplimiento a lo dispuesto en el art. 194 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
25. TRIBUNALES COMPETENTES
La contrata contrae la obligación de renunciar a todo fuero o privilegio, quedando sometida a la jurisdicción contencioso-administrativa de este Municipio.
Murcia, 21 xx xxxxx de 2011 LA JEFE DEL SERVICIO,
V.º B.º
EL XXXXXXXX XX XXXXXXX DE PRESIDENCIA,
Examinado el presente Pliego, y a los efectos del preceptivo informe jurídico, se hace constar que el mismo se ajusta a la legislación vigente no existiendo por tanto, inconveniente legal alguno para su aprobación.
Murcia, 21 xx xxxxx de 2011
LA DIRECTORA DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS,
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS A REGIR EN LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO CENTRALIZADO DE REPROGRAFÍA DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX”
1. OBJETO
1.1. Es objeto del presente Pliego la contratación por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxx, mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, del servicio de reprografía o copia de toda aquella documentación (Pliegos de Condiciones, Planos, Proyectos, Presupuestos,…), cualquiera que sea su soporte (papel, CD, DVD, USB, etc.) facilitada por el Ayuntamiento xx Xxxxxx para su puesta a disposición de los distintos Servicios Municipales o de los particulares interesados en la documentación emitida por el Servicio de Contratación.
1.2. El presente contrato de SERVICIOS se encuentra comprendido en la Categoría 27 del Anexo II de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
1.3. La codificación de la nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades CPV-2008, dado el objeto del contrato, es 79520000-5.
2. UBICACIÓN DEL SERVICIO
La prestación del servicio se realizará en el local destinado a tal efecto en la planta baja del edificio del Ayuntamiento ubicado en la Glorieta de España, sin perjuicio de que la Administración decida el cambio de ubicación, garantizando en todo caso la idoneidad del local y de las instalaciones para el uso definido.
La instalación será de servicio exclusivo al Ayuntamiento xx Xxxxxx, sin que el adjudicatario pueda realizar ni admitir encargos que no vayan debidamente autorizados por los Servicios Municipales. A tal fin, la Tenencia de Alcaldía de Presidencia dispondrá las normas de autorización y justificación del servicio de fotocopiadora, debiendo el adjudicatario ceñirse a las mismas.
Serán de cuenta del Ayuntamiento los gastos de mantenimiento y limpieza del local, consumos eléctricos y consumos telefónicos que conecten con extensiones de la centralita municipal (llamadas internas).
Asimismo, el adjudicatario habrá de disponer de unas instalaciones propias situadas fuera del edificio del Ayuntamiento para prestar el servicio de reprografía al público en general que requiera de documentación expedida por el Servicio de Contratación. Dentro del local y en lugar visible se expondrá la lista de los precios ofertados por la empresa adjudicataria del servicio, debidamente conformada por la Tenencia de Alcaldía de Presidencia.
3. EQUIPOS MÍNIMOS
El adjudicatario deberá disponer para la ejecución del contrato, como mínimo, de los siguientes equipos, con las características técnicas mínimas, y por tanto susceptibles de ser mejoradas por los licitadores, que se especifican:
▪ Dos (2) Fotocopiadoras con funciones de copiadora/impresora y con las siguientes especificaciones técnicas:
Resolución de copia/impresión (dpi):: 600 Velocidad de copia/impresión: 25 ppm (A4)
Volumen mensual de copia/impresión recomendado: 100.000 páginas Volumen mensual de copia/impresión máximo: 250.000 páginas
▪ Una (1) Impresora de gran formato color con las siguientes especificaciones técnicas:
Tamaño: 1.118 mm.
Impresión: inyección térmica de tinta
Resolución de impresión: tecnología del color por capas
Número de cartuchos de impresión: 6 (cian, gris, magenta, negro mate, negro fotográfico, amarillo)
Salida máxima de rollo: 91 m. Ancho de línea mínimo: 0,06 mm.
Tamaño papel admitido: X0, X0, X0, X0, A0. Conectividad estándar
▪ Un (1) Ordenador con capacidad suficiente para la ejecución de la aplicación de gestión propuesta, así como para el tratamiento de originales en soporte electrónico (memoria USB, CD, DVD,…).
▪ Equipos complementarios necesarios para el cortado, doblado y encuadernación o encarpetado de la documentación.
El adjudicatario deberá aportar, transportar e instalar en su lugar de ubicación las máquinas necesarias para la prestación del servicio; así como efectuar las revisiones y el mantenimiento de todas.
4. CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA
La solución propuesta incluirá un sistema de control ONLINE que permita consultar, desde un puesto de trabajo de la red municipal, que se decidirá oportunamente, el número de trabajos realizados y volumen de cada uno de ellos, agrupados según distintos criterios.
Como mínimo se podrán hacer consultas entre dos fechas, por tipo de trabajo, tipo de papel y centro de coste que lo encargó.
Dicho sistema permitirá la consulta de las máquinas implicadas en la prestación del servicio ubicadas en las instalaciones municipales.
La solución propuesta para la prestación del servicio incluirá la posibilidad de recepción de originales por e-mail, para ello el Ayuntamiento dotará de una cuenta de correo electrónico para tal fin. Estos trabajos no se imprimirán hasta que no se tenga la confirmación por los mecanismos que a tal efectos se determinen.
5. MEDIOS HUMANOS DE LA EMPRESA
La empresa adjudicataria dispondrá de los medios humanos necesarios para llevar a cabo el objeto del contrato; debiendo contar, como mínimo, con una persona cualificada y aquellas otras que resulten necesarias para cumplir con el contrato.
El personal que asigne el adjudicatario a la prestación del servicio deberá ir identificado.
5. HORARIO
La prestación del servicio en el local situado en el edificio del Ayuntamiento ubicado en la Glorieta de España será de lunes a viernes en horario de mañana, desde las 08:00 h a las14:30 h.
Las dependencias propias situadas fuera del edificio del Ayuntamiento para prestar el servicio de reprografía al público en general se ajustarán al horario comercial habitual, según el correspondiente convenio.
6. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Y SERVICIO DE MANTENIMIENTO
La empresa adjudicataria deberá disponer de los medios técnicos, fungibles y no fungibles, necesarios para la ejecución del contrato; así como del papel de copia necesario para llevar a cabo la prestación del servicio.
Las copias deberán reproducir con calidad idéntica el original, siendo el papel de la copia del gramaje y características que se oferten.
Será obligatorio para la empresa adjudicataria facilitar las copias en papel con un gramaje mínimo de 80 gr/m2.
El plazo máximo para la ejecución de cada uno de los servicios demandados será de veinticuatro (24) horas, a contar desde la puesta a disposición del adjudicatario de la correspondiente documentación.
La prestación del servicio no supondrá coste alguno para el Ayuntamiento cuando se trate de copias requeridas por los particulares, a los cuales deberá facturarse conforme a los precios de adjudicación. Los trabajos realizados para particulares serán abonados directamente por los interesados al servicio de reprografía en el momento de su ejecución.
La empresa adjudicataria se compromete a la realización de servicios auxiliares adicionales gratuitos, tales como recogida y destrucción de papel usado, a través de una máquina específica para ello.
La facturación se confeccionará sobre la base de los vales de entrega, conformados por los Jefes de Servicio, para las copias en blanco y negro; y para las de color, conformados además por la Concejalía Delegada del Área correspondiente.
Los niveles mínimos del servicio de mantenimiento exigidos son los siguientes: Tiempo de respuesta: 8 horas
Se entiende por tiempo de respuesta el tiempo empleado por el Servicio Técnico
en comprobar la avería de la máquina. Tiempo de solución: 48 horas
Se entiende por tiempo de solución el tiempo empleado por el Servicio Técnico en
reparar la avería y dejar operativa la máquina. Sustitución de equipos no reparados: 72 horas.
Los equipos no reparados en dicho plazo serán sustituidos por otros de similares
o superiores características en un plazo inferior o igual a 72 horas.
7. PRECIO DEL CONTRATO
7.1 El presupuesto máximo del contrato se fija en la cantidad de 70.338,98 €, más el 18% de I.V.A. que asciende a la cantidad de 12.661,02 €, lo que hace un total de 83.000,00 €; sin que ello presuponga la obligación del consumo total del contrato por parte de este Ayuntamiento
El contrato sólo generará gasto a cargo del presupuesto municipal cuando los encargos que se realicen sean con destino al propio Ayuntamiento.
7.2 Los precios unitarios máximos por los que deberán ofertar la rebaja los licitadores son los que se relacionan en el documento Anexo al presente Pliego.
La oferta económica formulada por los licitadores consistirá en un porcentaje único de baja aplicable a cada uno de los precios unitarios máximos señalados en el mencionado Anexo.
Los precios unitarios que resulten de la adjudicación del presente contrato se aplicarán por el adjudicatario a los diferentes encargos realizados de acuerdo con la oferta presentada, según se trate del propio Ayuntamiento o de particulares.
El precio se abonará directamente por los particulares interesados que demanden el servicio objeto del contrato a la empresa adjudicataria.
Cuando se trate de servicios encargados por el propio Ayuntamiento, éstos se abonarán previa factura detallada que deberá ser conformada por el Servicio Municipal de Contratación.
7.3 En caso de prórroga y a solicitud del adjudicatario, el precio del contrato podrá ser objeto de revisión, incrementándose en la cantidad resultante de aplicar el 85% sobre las variaciones experimentadas por el I.P.C. en el año anterior, de conformidad con lo previsto en el art. 77 de la Ley 30/2007,de 30 de octubre de Contratos del Sector Público.
8. DURACIÓN
El plazo de duración del contrato será de UN AÑO, a contar desde la fecha de su formalización o, en su defecto, hasta agotar el importe presupuestado; pudiendo ser prorrogable por UN AÑO más si se acuerda de forma expresa antes de su finalización, previo informe favorable del Servicio Municipal promotor del expediente.
9. GESTIÓN DE RESIDUOS
La empresa adjudicataria deberá gestionar los residuos generados por su actividad, tal y como establezca la legislación vigente sobre la materia.
Los trabajadores depositarán los residuos de papel y cartón, una vez depurados de otros materiales de embalaje no reciclables, en contenedores específicos destinados al efecto.
La empresa adjudicataria deberá contar con un procedimiento adecuado para la recogida selectiva y reciclado del tóner residual y de otros subproductos que deban ser retirados de forma especializada como aceites, residuos de aparatos, cartuchos, productos tóxicos y/o peligrosos, pilas, baterías, etc., debiendo identificar la empresa que, estando debidamente habilitada y certificada para ello, procederá a la retirada de este material.
En todo caso, la gestión de residuos se ajustará a la política que decida el Ayuntamiento xx Xxxxxx de acuerdo con la legislación vigente.
10. SUPERVISIÓN DEL SERVICIO
La dirección, inspección y supervisión general del contrato y el control y trámites de las facturaciones correspondientes estarán a cargo del Jefe de Negociado de Suministros como responsable del contrato. Se podrán realizar cuantas inspecciones se consideren necesarias con el fin de comprobar el correcto cumplimiento del contrato.
En el supuesto de error o diferencia entre el contenido de las fotocopias facilitadas por la empresa adjudicataria y el contenido de la documentación original facilitada, prevalecerá esta última a todos los efectos.
11. SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL
Dado el objeto del contrato, las empresas licitadoras deberán acreditar su solvencia técnica o profesional por los medios siguientes:
▪ Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos TRES AÑOS que incluya importes, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos, y que se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Los mencionados importes durante cada uno de los tres últimos años deberán haber sido, como mínimo, iguales al importe anual del presente contrato.
▪ Declaración del equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos, a los que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
▪ Descripción de los equipos o maquinaria de la que se dispondrá para la ejecución los trabajos, a los que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
▪ Acreditación de que se cuenta con un local en el municipio xx Xxxxxx, o bien la correspondiente documentación que acredite la disponibilidad del mismo (opción de compra, protocolo de alquiler, …)
11. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
11.1 Valoración económica:
▪ Porcentaje único de baja ofertado en los servicios
de reprografía prestados al Ayuntamiento Hasta 60 puntos
Los empresarios deberán indicar en sus proposiciones el porcentaje único de baja ofertado sobre los precios unitarios que figuran en el documento Anexo.
Se asignará la puntuación máxima prevista en este apartado a la oferta más económica, entendiéndose por ésta aquélla que presente un mayor porcentaje de baja; puntuándose las demás ofertas de forma proporcional según la siguiente fórmula:
Puntuación Oferta X = Porcentaje de Baja Oferta X * Puntuación Máxima
Mayor Porcentaje de Baja
▪ Porcentaje único de baja ofertado en los servicios de reprografía prestados a los particulares
interesados Hasta 10 puntos
Los empresarios deberán indicar en sus proposiciones el porcentaje único de baja ofertado sobre los precios unitarios que figuran en el documento Anexo.
Se asignará la puntuación máxima prevista en este apartado a la oferta más económica, entendiéndose por ésta aquélla que presente un mayor porcentaje de baja; puntuándose las demás ofertas de forma proporcional según la siguiente fórmula:
Puntuación Oferta X = Porcentaje de Baja Oferta X * Puntuación Máxima
Mayor Porcentaje de Baja
11.2 Valoración técnica:
▪ Reducción del plazo máximo establecido en la
ejecución de los servicios demandados Hasta 10 puntos
La valoración de dicha reducción será la siguiente:
- Reducción de 24 a 12 horas 5 puntos
- Reducción de 24 a 6 horas 10 puntos
▪ Calidad Ambiental Hasta 20 puntos
La utilización del papel exigido se valorará del siguiente modo:
- Papel reciclado certificado con el sello Xxxxx Azul o equivalente: . 20 puntos
- Papel reciclado con certificación de otros organismos oficiales 15 puntos
- Papel no reciclado con sello FSC 10 puntos
- Papel no reciclado con sello Cisne Blanco o equivalente 5 puntos
13. COMISIÓN DE VALORACIÓN
Para la valoración de las ofertas presentadas se constituirá una Comisión de Valoración integrada por los siguientes miembros:
- El Jefe de Negociado de Suministros
- El Jefe de Servicio de Informática
- El Jefe de Servicio de Medio Ambiente
- El Jefe de Servicio de Mantenimiento de Edificios Municipales y Seguimiento de Contratos.
14. RÉGIMEN DE SANCIONES
Sin perjuicio de la resolución del contrato por las causas y con los efectos previstos en la Ley 30/2007, de 30 de octubre; en caso de incumplimiento, el órgano de contratación, a propuesta del responsable del contrato, y previa tramitación de las actuaciones oportunas con audiencia al contratista, podrá imponer a éste multas con arreglo a lo previsto en el art. 196 de la LCSP, en base a las infracciones que a continuación se especifican:
14.1. FALTAS
Faltas Leves:
▪ Demora superior a dos días en la entrega del trabajo solicitado o en el plazo de entrega mejorado ofertado por el adjudicatario sin causa justificada.
▪ Errores subsanables en el material entregado y efectivamente subsanados en plazo no superior a dos días.
Faltas Graves:
▪ Demora superior a dos días e inferior a cuatro en la entrega del trabajo solicitado o en el plazo de entrega mejorado ofertado por el adjudicatario sin causa justificada.
▪ Errores subsanables en el material entregado y efectivamente subsanados en plazo superior a dos días e inferior a cinco días.
Faltas Muy Graves:
▪ Demora superior a cuatro días en la entrega del trabajo solicitado o en el plazo de entrega mejorado ofertado por el adjudicatario sin causa justificada.
▪ Errores subsanables en el material entregado y no subsanados en el plazo de cinco días.
▪ Alteración o modificación de la calidad de los productos entregados.
▪ Incumplimiento de la normativa laboral y de seguridad social vigente.
▪ Interrupción del servicio durante dos días consecutivos por causa imputable al adjudicatario.
14.2 SANCIONES
Las faltas cometidas por el adjudicatario se sancionarán por el órgano de contratación, a propuesta del responsable del servicio, en la siguiente forma:
▪ Faltas leves: multa de hasta el 2% del importe del presente contrato.
▪ Faltas graves: multa desde el 2% hasta el 5% del importe del presente contrato.
▪ Faltas muy graves: multa desde el 5% hasta el 10% del presupuesto del contrato, o con su resolución.
Murcia, 15 xx xxxxx de 2011
EL JEFE DE NEGOCIADO DE SUMINISTROS | EL JEFE DE SERVICIO DE MANT. DE EDIF. MPALES. Y SEGUIMIENTO DE CONTRATOS | EL JEFE DE SERVICIO DE INFORMÁTICA |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Xxxx X. Xxxxxx Xxxxxxxxx |
ANEXO
SERVICIOS DEMANDADOS Y PRECIOS MÁXIMOS DE LICITACIÓN (I.V.A. INCLUIDO)
1. Fotocopias en blanco y negro:
▪ Copia A4 (folio) 0,05 €
▪ Copia A3 (doble folio) 0,10 €
▪ Copia A4 (folio) a dos caras 0,10 €
2. Fotocopias en color:
▪ Copia A4 (folio) 0,55 €
▪ Copia A3 (doble folio) 1,10 €
3. Encuadernaciones:
▪ Espiral metálico y tapas rígidas 4,50 €
▪ Canutillo de plástico y tapas rígidas 6,00 €
4. Plastificados:
▪ Tamaño A4 (folio) 1,50 €
▪ Tamaño A3 (doble folio) 2,40 €
5. Impresión y xxxxxxx xx xxxxxx en blanco y negro:
▪ Tamaño A2 0,60 €
▪ Tamaño A1 1,20 €
▪ Tamaño A0 o superior 2,40 €
6. Impresión y xxxxxxx xx xxxxxx en color:
▪ Tamaño A4 0,55 €
▪ Tamaño A3 1,10 €
▪ Tamaño A2 2,20 €
▪ Tamaño A1 4.40 €
▪ Tamaño A0 o superior 8,80 €
7. Copias en CD / DVD:
▪ CD 4,00 €
▪ DVD 5,00 €
8. Encarpetado por ejemplar de proyecto:
▪ Tipo cajón 7,50 €
▪ Carpeta de cintas 3,80 €