Acuerdo de colaboración educativa
Acuerdo de colaboración educativa
Este acuerdo entra en vigor y es efectivo a partir del 21 xx xxxx de 2021 (
POR Y ENTRE
Elekta Medical S.A.U., una empresa constituida conforme a las leyes de España con domicilio registrado en ). Actúa en su nombre X. Xxxxxxxxx
Xxxxxxx Xxxxxxxx con D.N.I
. La entidad está provista de C.I.F.
.
y domicilio a efectos de notificaciones en
Y
FISEVI una organización constituida conforme a las leyes de España con domicilio registrado
o Actúa en su nombre D. Xxxx Xxxxx Xxxxxx con DNI n.º y domicilio a efectos de notificaciones en la misma sede de FISEVI en su condición de
Director Gerente de la entidad beneficiaria de la subvención
EXPONEN
CONSIDERANDO QUE, la empresa y sus empresas filiales están comprometidas en la búsqueda, desarrollo, fabricación, marketing y venta de tecnologías médicas;
CONSIDERANDO QUE, la empresa está comprometida a apoyar la formación médica independiente y tiene la intención de proporcionar subvenciones educativas a través de la financiación o el apoyo en especie a organizaciones sanitarias para el apoyo y el avance de una formación médica genuina de los profesionales sanitarios, pacientes y/o colectivos sobre temas clínicos, científicos y/o sanitarios relevantes para las áreas terapéuticas en las que la empresa esté interesada y/o involucrada;
CONSIDERANDO QUE, FISEVI es la entidad beneficiaria y responsable de la gestión de los fondos de Investigación de los centros e instituciones sanitarias públicas de la provincia xx Xxxxxxx, entre los que se encuentra el Hospital Universitario Xxxxxx xxx Xxxxx en adelante el Centro-.
CONSIDERANDO QUE, el beneficiario de la subvención es FISEVI que envió el formulario de solicitud de subvención (Anexo I) a la empresa;
CONSIDERANDO QUE, la empresa ha revisado el formulario de solicitud de subvención y desea proporcionar financiación al beneficiario de la subvención según los siguientes términos y condiciones:
Artículo 1 Objetivo de la subvención
1.1 La empresa ofrece a la Organización Sanitaria como beneficiaria una subvención educativa para fomentar la educación médica de los Profesionales Sanitarios como apoyo para la participación de profesionales sanitarios en el evento educativo Congreso Conjunto Online SEFM-SEPR (31/05/2021-04/06/2021) organizado por la SEFM. en adelante el Acto Formativo descrito en el Anexo II. La subvención se otorgará para apoyar la formación médica independiente conforme al código de prácticas empresariales de MedTech Europe, el Código Ético del Sector de la
y todas las leyes aplicables, normas y
códigos de conducta sectoriales específicos aplicables. | ||
. | ||
1.2 | Las partes han acordado que la subvención se aplicará exclusivamente por parte de la | |
Organización Sanitaria con el propósito de financiar la asistencia de profesionales sanitarios a | ||
Congreso Conjunto Online SEFM-SEPR (31/05/2021-04/06/2021) evento educativo organizado | ||
por terceros, con respecto al siguiente programa que se adjunta como Anexo II P | ||
a) | La reunión Congreso Conjunto Online SEFM-SEPR , tendrá lugar del 31 xx xxxx de 2021 al 4 xx xxxxx de 2021 en formato online | |
No obstante lo anterior, ECMP y SEFM serán los únicos responsables de diseñar el Programa de Formación objeto de subvención, sin que la empresa intervenga en ningún caso en los contenidos del Programa de Formación. | ||
1.3 | Las partes acuerdan que cada uno de los distintos componentes del Programa será únicamente | |
para propósitos científicos y/o educativos y que no promocionarán, directa o indirectamente, | ||
ninguno de los productos o servicios de la empresa. | ||
1.4. | La empresa no conocerá, ni directa ni indirectamente, la identidad de los Profesionales | |
Sanitarios beneficiarios del Programa de Formación. | ||
1.5 | La Subvención se aplicará exclusivamente por parte de la Organización Sanitaria con el | |
propósito de financiar la asistencia de profesionales sanitarios a eventos educativos organizados | ||
por terceros. El Programa no se utilizará para: | ||
a) | La promoción directa o indirecta de los productos o servicios médicos de la empresa; | |
b) | Financiar el uso no aprobado de algún producto o de productos no autorizados; | |
c) | El pago por parte del beneficiario de la subvención de gastos de exposición o presentación para | |
su promoción y servicios; | ||
d) | Apoyo a programas benéficos; | |
e) | El pago de gastos organizativos tales como la adquisición de bienes de capital, software y | |
formación del personal no médico. | ||
1.6. | El beneficiario de la subvención solo podrá utilizar la subvención para financiar la asistencia de | |
profesionales sanitarios a el Congreso Conjunto Online SEFM-SEPR (31/05/2021-04/06/2021 | ||
del que se adjunta programa (Anexo II) organizado por terceros. Cualquier cambio en el uso | ||
previsto de la subvención deberá ser aprobado por la empresa con antelación y por escrito. |
1.7. Las Partes manifiestan que la Subvención incluye el importe correspondiente a los gastos de desplazamiento de los Profesionales Sanitarios beneficiarios de la Subvención a los efectos de que sean pagados directamente por la Organización Sanitaria a los Profesionales Sanitarios beneficiarios de la Subvención, sin que exista en ningún caso reembolso o pago por parte de la empresa de los Profesionales Sanitarios y teniendo en cuenta que la Compañía no conocerá la identidad de los Profesionales Sanitarios Beneficiarios
Artículo 2 La subvención
2.1 Sujeto a las disposiciones de este acuerdo, la empresa deberá abonar a petición del Organización Sanitaria, un total de cien euros (540 para financiar al beneficiario de la subvención como se establece en el artículo 1 y en el programa de pagos (Anexo III). Se entiende que la Subvención será inclusiva (excepto el IVA) y final y que la empresa no estará obligada a pagar ninguna compensación o cargo adicional en virtud este acuerdo.
2.2 El pago se abonará al beneficiario de la subvención dentro de un plazo de treinta (30) días, a partir de la firma del presente acuerdo por ambas partes, en la siguiente cuenta del beneficiario de la subvención:
Artículo 3 - Ética y cumplimiento
3.1 El beneficiario de la subvención deberá velar, porque todos los usos de los fondos de la Subvención: a través de los asientes, cumplan con la obligación de divulgación aplicable a la Subvención, incluyendo la plataforma de transparencia de MedTech Europe, así como con cualquier otra obligación relativa a los beneficiarios de los fondos de subvenciones hacia cualquier organismo profesional, institución u organismo gubernamental que requiera dicha divulgación
3.3 Las partes acuerdan específicamente que la provisión de la Subvención no está vinculada implícita o explícitamente en modo alguno a un acuerdo para que el beneficiario de la Subvención compre, alquile, recomiende, prescriba, use, suministre o adquiera los productos o servicios de la empresa o los utilice para recompensar compras, usos, recomendaciones de pedidos o referencias del pasado.
3.4. A requerimiento de la empresa, el beneficiario de la Subvención deberá remitir a la empresa acreditación documental que la totalidad del importe de los fondos de la Subvención se ha destinado a los fines previstos del presente acuerdo.
Artículo 4 Selección independiente
4.1 La empresa no estará involucrada ni directa ni indirectamente, ni de ninguna manera en la selección de los profesionales sanitarios que se beneficiarán de la Subvención. Por ejemplo, en los casos en los que se otorgue la Subvención con el propósito de financiar la asistencia de profesionales sanitarios a eventos educativos organizados por terceros, el beneficiario de la subvención será únicamente responsable de la selección de los participantes.
4.2 Asimismo, la empresa manifiesta que no ha participado en el diseño del Programa de Formación ni intervendrá tampoco en ninguno de los actos que puedan derivarse del Programa de Formación.
4.3 El beneficiario de la subvención será únicamente responsable de que la subvención financie sólo el importe correspondiente a los gastos de asistencia a la reunión. La empresa no tendrá ninguna implicación concreta en la determinación del contenido del Programa educativo para la selección del profesorado.
Artículo 5 Supervisiones y derechos de verificación
5.1 A petición de la Empresa, la Organización Sanitaria deberá proporcionar a la empresa un informe de seguimiento del uso de la subvención y/o la documentación adecuada (p.ej., copias de documentos de reservas, copias de recibos originales) que verifiquen que se ha utilizado la Subvención conforme a los términos y condiciones de este acuerdo.
5.2 De acuerdo con las leyes aplicables y/o regulaciones internas, obligaciones fiscales o de auditoría que la empresa deba cumplir, el beneficiario de la Subvención acepta que la empresa, por su cuenta o a través de terceros realice supervisiones ad hoc in situ, en cualquier momento, con la intención de verificar que la Subvención se ha utilizado conforme a los términos y condiciones de este acuerdo. El beneficiario de la subvención dará pleno acceso a toda la información, instalaciones y empleados a el / los representantes(s) de la empresa que lleven a cabo esta supervisión, tal y como lo solicite la empresa para este propósito. El beneficiario de la Subvención cumplirá con todas las peticiones, direcciones y requisitos de monitorización razonables de la empresa y generalmente deberá cooperar y asistir a la empresa en tales supervisiones. Según este acuerdo, la empresa deberá notificar al beneficiario de la subvención al menos con catorce (14) días de antelación cualquier revisión que pretenda realizar.
Artículo 6 .-TRANSPARENCIA
En cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia que, en su caso, vengan legalmente impuestas a las Partes, y en concreto para FISEVI el cumplimiento de lo preceptuado en la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía, el presente contrato será objeto de publicación para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y el control de la actuación pública por parte de la ciudadanía y de la sociedad en general y favorecer la participación ciudadana en la misma. Serán de aplicación, en su caso, los límites al derecho de acceso a la información pública previstos en la normativa básica y, especialmente, el derivado de la protección de datos de carácter personal, por lo que la publicidad se llevará a cabo previa disociación de los datos personales en él contenidos.
SEXTA.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
FISEVI, en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, el tratamiento de los datos de carácter personal que se derive del presente acuerdo, queda sujeto a lo establecido en la normativa legal vigente, según la cual:
Los datos personales proporcionados a FISEVI serán utilizados para su tratamiento con la finalidad de la gestión derivada del acuerdo, la ejecución de las obligaciones de él nacidas y contactar, en caso necesario, para la adecuada relación de las partes, quedando almacenados durante el tiempo necesario para cumplir con las obligaciones legales estipuladas.
La base jurídica del tratamiento de sus datos es la ejecución de lo estipulado en el presente acuerdo. Los datos personales no serán cedidos a terceros, salvo que se disponga en una obligación legal.
El responsable del tratamiento de sus datos personales es la Fundación Pública Andaluza para la Investigación en Xxxxx xx Xxxxxxx,
Los firmantes podrán contactar con el Delegado de Protección de Datos en la siguiente dirección
Podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión de sus datos personales, o la limitación u oposición a su tratamiento, así como a la portabilidad de sus datos, solicitándolo por escrito, con copia de su DNI, a la Fundación Pública Andaluza para la Investigación en Xxxxx xx Xxxxxxx, con domicilio en
Artículo 6 - Finalización
La empresa tendrá el derecho de rescindir el presente acuerdo con vigencia inmediata en cualquier momento mediante notificación por escrito cuando:
a) un incumplimiento material por parte del beneficiario de la Subvención no es subsanado por el beneficiario de la subvención dentro de un plazo de treinta (30) días después de recibir de la empresa una notificación por escrito de dicho incumplimiento. En ese caso, el beneficiario de la subvención devolverá inmediatamente el saldo de la subvención restante, a partir de la fecha de terminación efectiva, junto con una exposición detallada de la subvención ya gastada sin perjuicio de las acciones por daños y perjuicios que puedan corresponder a la empresa; o
b) el programa de formación sea cancelado por cualquier causa. En ese caso, los fondos no abonados de la subvención ya no estarán pendientes. En el caso de que la empresa ya haya abonado partes o la totalidad de los fondos, el beneficiario de la subvención deberá devolver los importes, excepto si el programa de formación ha sido cancelado por causas de fuerza mayor.
En los casos en los que el beneficiario de la subvención sea el organizador del evento educativo organizado por terceros, la empresa podrá rescindir el presente acuerdo en caso de que el evento del programa no sea aprobado por el sistema de verificación de eventos del Código Fenin. En ese caso, los fondos no pagados de la subvención ya no estarán pendientes y el beneficiario de la subvención reembolsará los importes que ya hayan sido abonados por la empresa.
Artículo 7 Observaciones
7.1 El presente acuerdo y sus anexos contienen todo el acuerdo y entendimiento entre las partes con respecto a lo aquí tratado y reemplaza todos los acuerdos o entendimientos anteriores, escritos u orales, con respecto al mismo asunto aún vigente entre las partes.
7.2 El presente acuerdo no podrá ser enmendado o modificado excepto por un acuerdo escrito firmado en nombre de cada una de las partes.
7.3 El beneficiario de la Subvención no cederá, transferirá o dispondrá de cualquier otra manera de ninguno de sus derechos, deberes u obligaciones sin el previo consentimiento por escrito de la empresa.
7.4 El presente acuerdo se entenderá y se interpretará de acuerdo con las leyes de España. Toda controversia que no se resuelva amistosamente se someterá a los tribunales de la ciudad de Madrid.
Con sus firmas a continuación, las partes del presente acuerdo están de acuerdo con todos los términos y condiciones del mismo.
Por y en nombre del beneficiario de la subvención
Fecha de la firma:
Por y en nombre de la empresa
Fecha de la firma: