CÓDIGO DEL PROCESO No. CLC-INOCAR-001-2021
CÓDIGO DEL PROCESO No. CLC-INOCAR-001-2021
Objeto de la contratación
“CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR QUE ELABORE LA PROPUESTA DE PRESENTACIÓN PARCIAL DE INFORMACIÓN Y DATOS DEL LÍMITE EXTERIOR DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL ECUATORIANA EN EL FLANCO SUR DE LA CORDILLERA SUBMARINA XX XXXXXXXX, MÁS ALLÁ DE LAS 200 MILLAS MARINAS, QUE REALIZARÁ EL ESTADO ECUATORIANO ANTE LA COMISIÓN DE LÍMITES DE LA PLATAFORMA CONTINETAL”, CONFORME A LA PARTE VI Y EL ANEXO II DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR, EN EL MARCO DEL PROYECTO SUTPLA I”
Guayaquil, miércoles 00 xx xxxxx xx 0000
XXXXXX
SECCIÓN | I | INVITACIÓN |
SECCIÓN | II | ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
SECCIÓN | III | CRONOGRAMA DEL PROCESO |
SECCIÓN | IV | PARÁMETROS DE EVALUACIÓN |
SECCIÓN | V | FORMULARIOS DE LA OFERTA |
SECCIÓN I INVITACIÓN
De acuerdo con los pliegos de Consultoría de Lista Corta elaborados por el Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada, se convoca a las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, o asociaciones de estas, y o compromisos de asociación o consorcio, legalmente constituidos y capaces para contratar, a que presenten sus manifestaciones de interés para la Consultoría de Lista Corta, por la “CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR QUE ELABORE LA PROPUESTA DE PRESENTACIÓN PARCIAL DE INFORMACIÓN Y DATOS DEL LÍMITE EXTERIOR DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL ECUATORIANA EN EL FLANCO SUR DE LA CORDILLERA SUBMARINA XX XXXXXXXX, MÁS ALLÁ DE LAS 200 MILLAS MARINAS, QUE REALIZARÁ EL ESTADO ECUATORIANO ANTE LA COMISIÓN DE LÍMITES DE LA PLATAFORMA CONTINETAL”, CONFORME A LA PARTE VI Y EL ANEXO II DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR, EN EL MARCO DEL PROYECTO SUTPLA I”
El presupuesto referencial estimado para la contratación del servicio es de $78,400.00 (Setenta y ocho mil cuatrocientos con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América), incluido IVA, y el plazo estimado para el servicio es de 140 días calendarios, contados a partir de la suscripción del contrato
Las condiciones generales de esta convocatoria son las siguientes:
1. El pliego está disponible, sin ningún costo en el portal institucional del SERCOP (xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx), de conformidad con lo previsto en el inciso 4 del artículo 31 de la LOSNCP.
2. Los interesados podrán formular preguntas en el término de 2 días, contados a partir de la fecha de publicación de acuerdo al cronograma de control y establecido en los pliegos. La Comisión Técnica absorberá obligatoriamente todas las preguntas y realizará las aclaraciones necesarias, en el término de 1 día en cumplimiento con el cronograma establecido.
3. Las ofertas, técnica y económica, deberán ser entregadas en forma física y en digital en la Secretaría General, planta baja del Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada, ubicada en la Av. 25 de Julio, No. 2601, Base Naval Sur, vía Puerto Marítimo, diagonal a la Agencia de Tránsito Municipal., o de forma electrónica a través del correo institucional xxxxxx@xxxxxx.xxx.xx, debidamente con firma electrónica dentro del plazo establecido en el cronograma del proceso.
4. La oferta debe presentarse por la totalidad de la contratación.
5. El presente procedimiento no contempla reajuste de precios.
6. La evaluación de las ofertas se realizará aplicando los parámetros de calificación definidos por la entidad contratante.
7. Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos propios provenientes del presupuesto de la entidad contratante relacionados con la partida presupuestaria N° 730601 denominada “Consultoría-Asesoría e Investigación Especializada”, según consta en la certificación presupuestaria N° 397 del 17 xx xxxxx del 2021, emitida por la SP. Ing. Xxxxx Xxxxxxx, Asistente de Presupuesto y el CPCB-AB Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Jefe Financiero del Instituto Oceanográfico de la Armada. La partida presupuestaria deberá certificarse por la totalidad de la contratación incluyéndose el IVA
Forma de pago:
1. La totalidad del pago se realizará contra entrega de la Parte I (resumen), Parte II (cuerpo) y Parte III (datos) de la propuesta de Presentación Parcial del límite exterior de la plataforma continental ecuatoriana en el flanco sur de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx, más allá de las 200 millas marinas, conforme las características indicadas en el numeral 6; así como, del informe favorable del administrador del contrato y la suscripción del acta de entrega recepción a entera satisfacción de la entidad contratante.
2. El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General, la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública y el presente pliego.
Guayaquil, julio 07 de 2021
Firmado electrónicamente por:
XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX
CPNV-EM XXXXX XXXXXX XXXXXX DIRECTOR EJECUTIVO
INSTITUTO OCEANOGRÁFICO Y ANTÁRTICO DE LA ARMADA
SECCIÓN II
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA SOLICITADOS POR LA ENTIDAD CONTRATANTE.
2.1 Objeto.- Este procedimiento precontractual tiene como propósito seleccionar la oferta de mejor costo, sobre el servicio solicitado por la entidad contratante, para la “CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR QUE ELABORE LA PROPUESTA DE PRESENTACIÓN PARCIAL DE INFORMACIÓN Y DATOS DEL LÍMITE EXTERIOR DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL ECUATORIANA EN EL FLANCO SUR DE LA CORDILLERA SUBMARINA XX XXXXXXXX, MÁS ALLÁ DE LAS 200 MILLAS MARINAS, QUE REALIZARÁ EL ESTADO ECUATORIANO ANTE LA COMISIÓN DE LÍMITES DE LA PLATAFORMA CONTINETAL”, CONFORME A LA PARTE VI Y EL ANEXO II DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR, EN EL MARCO DEL PROYECTO SUTPLA I”, cuyo presupuesto referencial es de $70.000,00 sin IVA.
2.2 Especificaciones Técnicas y/o Términos de referencia.- Las especificaciones técnicas que deberá cumplir la presente contratación se detallan a continuación;
1. ANTECEDENTES
Mediante Decreto Ejecutivo No 291 del 18 de enero de 2018, el Presidente de la República creó el Comité del Límite Exterior de la Plataforma Continental Ecuatoriana (CLEPCE), con el propósito de ampliar dicho límite, en el marco de las disposiciones contenidas en el artículo 76 de la CONVEMAR. La Armada del Ecuador es miembro de este comité, junto al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana (que lo preside), el Ministerio de Defensa Nacional y la Secretaría Técnica Planifica Ecuador.
En este Decreto se establece que el Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada (INOCAR) es el organismo técnico del Estado encargado de ejecutar todos los estudios técnicos y científicos requeridos para ampliar el límite exterior de la plataforma continental ecuatoriana, más allá de las 200 millas marinas.
En la actualidad, el INOCAR ejecuta el proyecto de inversión denominado “Definir los sustentos técnicos para lograr la ampliación de la plataforma continental y la caracterización estratégica del estado para la identificación e inventario de recursos no vivos primera fase” (SUTPLA I), con CUP 060700000.0000.380279, el cual contribuye de manera directa al proceso de ampliación del límite exterior de la plataforma continental ecuatoriana, más allá de las 200 millas marinas, a lo largo de una de las potenciales áreas existentes para este fin, localizada a lo largo de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx.
El proyecto SUTPLA I tiene como Objetivo General: generar la información necesaria para la caracterización estratégica del espacio marítimo adyacente, más allá de las 200 millas marinas, a fin de ser incorporado al territorio nacional como plataforma continental, cumpliendo lo dispuesto en las directrices Técnicas y Científicas de la Comisión de Límites de la Plataforma Continental, en relación con la aplicación del artículo 76 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR).
De igual manera, se han establecido como sus Objetivos Específicos los siguientes:
1. Definir el mapa oficial de límites marítimos del Estado a partir de coordenadas de puntos de base.
2. Caracterizar hidroceanográfica y geológicamente las aguas interiores del área de Galápagos, Bahía de Ancón xx Xxxxxxxx.
3. Establecer el sustento técnico para definir la extensión y prolongación de la plataforma continental más allá de los 200 M, con la obtención, procesamiento e interpretación de datos batimétricos, geológicos y geomorfológicos que permitan caracterizar las áreas de pie de talud de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx.
4. Caracterizar y valorar económicamente los recursos minerales a partir de la exploración de la cordillera xx Xxxxxxxx.
Para la ejecución del Proyecto SUTPLA I se consideraron las siguientes componentes:
• Componente 1: Definir el mapa oficial de límites marítimos del Estado a partir de coordenadas de puntos de base.
• Componente 2: Caracterizar Hidroceanográfica y geológicamente las Aguas Interiores del área de Galápagos, Bahía de Ancón xx Xxxxxxxx.
• Componente 3: Establecer el sustento técnico para definir la extensión y prolongación de la plataforma continental más allá de los 200 M, con la obtención, procesamiento e interpretación de datos batimétricos, geológicos y geomorfológicos que permitan caracterizar las áreas de pie de talud de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx.
• Componente 4: Caracterizar los recursos minerales a partir de la exploración de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx.
La Componente 3 del proyecto SUTPLA I ha sido exitosamente ejecutada por el Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada, habiéndose por tanto recolectado hasta la presente fecha toda la información técnica y científica necesaria para definir y trazar el límite exterior ampliado de la plataforma continental ecuatoriana, a lo largo de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx, tanto en su flanco norte como sur. El proceso seguido para realizar este trazado se encuentra descrito en los siguientes documentos, que reposan en la base de datos del proyecto: memoria técnica sobre la determinación del pie de talud y el trazado del límite exterior en el flanco norte de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx; y, memoria técnica sobre la determinación del pie de talud y el trazado del límite exterior en el flanco sur de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx.
Además de la generación de estas memorias técnicas como entregables del proyecto SUTPLA I, corresponde al Estado ecuatoriano realizar una presentación formal de información y datos ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC), con el propósito de que el límite exterior ampliado de la plataforma continental ecuatoriana a lo largo de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx, sea debidamente revisado y aprobado por esta comisión, y de esta manera se reconozca y garantice el derecho soberano de nuestro país, sobre los recursos naturales existentes en el suelo y subsuelo xxxxxx, más allá de las 200 millas marinas.
Con respecto a esta presentación, el módulo VIII de Planificación y Gestión de las Presentaciones del Manual de Capacitación de la División de Asuntos Oceánicos y de la Ley del Mar de la Organización de las Naciones Unidas (DOALOS, por su siglas en inglés), especifica que una vez finalizadas las actividades de recopilación de datos y su análisis e interpretación, las consultas con los Estados vecinos, la redacción de los informes finales y la recopilación de los materiales obtenidos, se comienza con la siguiente etapa, que es la preparación de la presentación propiamente dicha.
Conforme a los párrafos 9.1.3, 9.1.4, 9.1.5 y 9.1.6 de las Directrices Científicas y Técnicas de la CLPC:
“…la presentación incluirá tres partes distintas de conformidad con el modus operandi de la Comisión (CLCS/L.3). El formato exigido comprende un resumen, el cuerpo, y todos los datos científicos y técnicos justificativos. El resumen incluirá la información de cartas a una escala adecuada y coordenadas que indiquen los límites exteriores de la plataforma continental y las líneas de base del mar territorial correspondientes; las disposiciones del artículo 76 que se hacen valer en apoyo de la presentación, los nombres de los miembros de la Comisión que hayan prestado asesoramiento en la preparación de la presentación; y, la existencia de las controversias a que hacen referencia el artículo 44 y el anexo I del reglamento de la Comisión. El cuerpo de la presentación incluirá una descripción detallada del conjunto de datos, su interpretación mapas, procedimientos técnicos y metodologías científicas utilizados para aplicar el artículo 76. La tercera parte incluirá una copia de todos los datos mencionados en el cuerpo y se organizará en anexos separados, la Comisión estudiará todos los datos proporcionados por el Estado ribereño para fundamentar su presentación”.
En lo que respecta al formato de la presentación, tanto el párrafo 1 del anexo III del Reglamento como en los párrafos 9.1.3 a 9.1.6 exigen que incluya tres partes distintas y especifican el número de copias de cada una que el Estado ribereño debe presentar a la Comisión: resumen (22 copias), cuerpo parte analítica y descriptiva principal (8 copias) y datos científicos y técnicos justificativos (2 copias). La versión impresa se complementa con una electrónica de la presentación, que de acuerdo con el párrafo
1.2 del anexo III del Reglamento, deberá estar en formato seguro e inalterable, y certificar que contiene la copia fiel y completa de la presentación en papel.
El objetivo de esta presentación de información y datos es demostrar a la CLPC que la prolongación natural de la masa continental sumergida del Estado ribereño hasta el borde exterior del margen continental, se extiende más allá de 200 millas marinas; y, proponer a la CLPC el trazado de los límites exteriores ampliados de la plataforma continental, conforme a lo dispuesto en el artículo 76 de la Convención.
Un proceso similar al antes descrito, se siguió ya en el flanco norte de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx, región en la cual el Estado ecuatoriano realizó en el mes de diciembre de 2020, una presentación parcial del límite exterior ampliado de su plataforma continental, más allá de las 200 millas marinas. Esta presentación parcial se ejecutó de manera conjunta con el Gobierno de Costa Rica, debido a que en esta región ambos países poseían áreas de ampliación de interés común. Gracias al oportuno y efectivo trabajo realizado por ambos países, se ha puesto ya a consideración de la CLPC un probable escenario de ampliación binacional de características y condiciones superiores, a las que individualmente cada Estado podría haber aspirado.
Para la preparación de esta presentación parcial conjunta, los Gobiernos de Ecuador y Xxxxx Rica recibieron el asesoramiento de un consultor especializado, con el propósito de cumplir a cabalidad con las Directrices Técnicas y Científicas de la CLPC, así como para lograr la debida armonía entre los aspectos técnicos descritos en estas directrices y aquellos de orden jurídico contenidos en la CONVEMAR.
Gracias a este asesoramiento, se preparó y presentó un caso técnico-jurídico sólido y debidamente argumentado, lo que garantiza que durante el proceso de revisión que realice la CLPC, se favorezcan positivamente los intereses y aspiraciones nacionales, tanto del Estado ecuatoriano, como del costarricense.
Este asesoramiento estuvo a cargo de la empresa GEOMETRIX – GEODETIC AND HYDROGRAPHIC RESEARCH INC, cuyo CEO y representante legal es el Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, ex miembro de la CLPC por 20 años, quien durante este período ocupó la Presidencia y Vicepresidencia de ese organismo. Adicionalmente, y como parte de sus funciones en la CLPC, el Xx. Xxxxxxx participó de manera directa en la revisión y aprobación de varios casos y propuestas de ampliación del límite exterior de las plataformas continentales, de países como: Japón, Rusia, Francia, Argentina, Xxxxx Xxxx e Xxxxx Xxxxxxxxx.
Una vez culminado sus servicios en la CLPC, el Dr. Xxxxxxx ha asesorado exitosamente a varios países, cuyas propuestas de ampliación del límite exterior de sus respectivas plataformas continentales, han sido exitosamente revisadas y aceptadas por dicha comisión. Los países que se favorecieron de estos servicios fueron: México, Uruguay, Filipinas, Tonga y Xxxxxxxx-Seychelles (conjunta).
La contratación en mención estuvo a cargo de la Dirección General de Intereses Marítimos de la Armada del Ecuador (DIGEIM), mediante contrato Nro. DIGEIM-DIR-003-2020. Los servicios prestados por este consultor especializado fueron recibidos a entera satisfacción de la DIGEIM, habiéndose cumplido con el objeto de la contratación.
Por lo antes expuesto, surge la necesidad de recurrir nuevamente a los servicios de un consultor PARA LA ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA DE PRESENTACIÓN PARCIAL DE INFORMACIÓN Y DATOS DEL LÍMITE EXTERIOR DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL ECUATORIANA EN EL FLANCO SUR DE LA CORDILLERA SUBMARINA XX XXXXXXXX, MÁS ALLÁ DE LAS 200 MILLAS
MARINAS, QUE REALIZARÁ EL ESTADO ECUATORIANO ANTE LA COMISIÓN DE LÍMITES DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL, CONFORME A LA PARTE VI Y EL ANEXO II DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR, EN EL MARCO DEL PROYECTO SUTPLA I.
Los Términos de Referencia para la contratación de este consultor fueron conocidos y aprobados por el Subcomité Técnico del CLEPCE, durante reunión mantenida el 1 xx xxxxx de 2021.
2. OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN
Elaborar la propuesta de presentación parcial de información y datos del límite exterior de la plataforma continental ecuatoriana en el flanco sur de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx, más allá de las 200 millas marinas, que realizará el Estado ecuatoriano ante la CLPC, conforme a la Parte VI y el Anexo II de la CONVEMAR, en el marco del proyecto SUTPLA I.
3. JUSTIFICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
El INOCAR ha finalizado ya la recolección, análisis e interpretación de toda información necesaria para sustentar la ampliación del límite exterior de la plataforma continental ecuatoriana, más allá de las 200 millas marinas, a lo largo del flanco sur de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx. Por este motivo, y en atención a lo especificado el módulo VIII de Planificación y Gestión de las Presentaciones del Manual de Capacitación de la DOALOS, corresponde a este Instituto preparar la propuesta que deberá ser presentada por el Estado ecuatoriano a la CLPC, de conformidad lo dispuesto en la Parte VI y el Anexo II de la CONVEMAR.
Tomando en consideración la experiencia adquirida durante el proceso de preparación de la presentación parcial conjunta que realizaron los gobiernos de Ecuador y Xxxxx Rica, en el año 2020, se considera conveniente y necesario seguir un proceso similar para la preparación de la propuesta de presentación parcial de ampliación del límite exterior de la plataforma continental ecuatoriana, más allá de las 200 millas marinas, a lo largo del flanco sur de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx.
Esto es, elaborar esta propuesta a través de un consultor especializado en la materia, con el propósito de delinear una estrategia de presentación que satisfaga los aspectos técnicos y jurídicos contenidos en la CONVEMAR y en la Directrices Técnicas y Científicas de la CONVEMAR, en condiciones que resulten favorables a los intereses y aspiraciones nacionales.
En función de esta estrategia, el consultor deberá elaborar todos los documentos que contengan la información y los datos que se requieren presentar ante la CLPC, de conformidad a lo establecido en las disposiciones de la CONVEMAR, las Directrices Técnicas y Científicas de la CLPC y el Manual de Capacitación de la DOALOS.
La propuesta de ampliación del límite exterior de la plataforma continental ecuatoriana en el flanco sur de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx, constituye la continuación y complemento de aquella ya preparada y presentada ante la CLPC, en el año 2020, pues en esta primera propuesta se incluyeron áreas a lo largo del flanco norte de la misma cordillera. De hecho, el escenario resultante de esta nueva propuesta nacional, establecerá el límite de la propuesta de ampliación binacional realizada por los gobiernos de Ecuador y Xxxxx Rica.
Es por este motivo, que se considera conveniente para los intereses institucionales, preparar esta nueva propuesta de ampliación en el flanco sur de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx, recurriendo a los servicios del consultor que preparó la propuesta anterior, lo que permitirá que se mantenga la debida coherencia y armonía con la estrategia técnica y jurídica anteriormente empleada, reforzando y complementando de esta manera la misma
4. METODOLOGÍA DEL SERVICIO
La preparación de la información y datos que deberá contener la propuesta de Presentación Parcial se realizará en las oficinas del consultor que se contrate, empleando los equipos, los medios y el software que éste posea, y que sean los técnicamente requeridos para este fin.
Antes del inicio de los trabajos, el consultor deberá presentar un cronograma para su ejecución, en el cual se detallará con claridad las fechas en que se elaborarán y se entregarán para aprobación cada una de las tres partes que debe contener la propuesta de Presentación Parcial, así como la estructura de cada una de ellas. La entrega y aprobación de cada una de estas partes será en forma secuencial.
Para el seguimiento de este cronograma y la aprobación de cada una de las partes de la propuesta de Presentación Parcial, se conformará un Grupo Técnico-Jurídico (GTJ), cuyos miembros serán propuestos por el Director del INOCAR, y aprobados por el CLEPCE. Este grupo, atenderá además las dudas e inquietudes que tenga el consultor con respecto a la información y datos entregada por el INOCAR, así como sobre temas carácter técnico o jurídico que tengan implicaciones en este proceso.
Considerando las restricciones de movilidad y viaje impuestas ante la pandemia mundial por el COVID-19, el GTJ realizará su trabajo de manera remota, empleando las plataformas y medios de comunicación disponibles en el INOCAR.
5. INFORMACIÓN QUE DISPONE LA ENTIDAD
El INOCAR, a través de la Dirección de Hidrografía y Cartografía (DHC), pondrá a disposición del consultor los siguientes documentos técnicos e información:
Documentos
Título | Detalle de la información | Formato |
INF_EXT_PLA_CRS_260321.pdf | Memoria técnica sobre la determinación del pie de talud y el trazado del límite exterior en el flanco sur de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx. | |
MTE_Talud5_LEV_13112015.pdf | Memoria técnica del levantamiento batimétrico en el flanco sur de la cordillera xx Xxxxxxxx (talud 5), noviembre 2015. | |
SON_T5_MET.xlsx | Metadatos del levantamiento batimétrico en el flanco xxx xx xx xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx (xxxxx 0), xxxxxxxxx 2015. | .xlsx |
INF_Talud6_LEV_10032016.pdf | Informe técnico del levantamiento batimétrico de la cordillera xx Xxxxxxxx (talud 6), marzo 2016. | |
SON_T6_MET.xlsx | Metadatos del levantamiento batimétrico de la cordillera xx Xxxxxxxx (talud 6), marzo 2016. | .xlsx |
MTE_Talud12_LEV_NOV20.pdf | Memoria técnica del crucero hidrográfico en el flanco sur de la cordillera xx Xxxxxxxx (talud12), noviembre 2020 | |
MET_Talud12_OCT20.xlsx | Metadatos del crucero hidrográfico en el flanco sur de la cordillera xx Xxxxxxxx (talud12), noviembre 2020 | .xlsx |
Memoria Técnica Levantamiento Gardline Julio2015.pdf | Memoria técnica de procesamiento batimétrico realizado en la cordillera de |
Carnegie por la empresa Gardline geosurvey limited. | ||
METODOLOGIA DETERMINACION PUNTOS FIJOS SISTEMA LÍNEAS DE BASE.pdf | Metodología para la determinación de los puntos fijos del sistema de líneas de base continental e insular del ecuador |
Información geográfica
Título | Detalle de la información | Formato |
BOS_ECU_CRS.shp | Shapefile que muestra la ubicación de la base de talud determinado en el flanco sur de la Cordillera xx Xxxxxxxx para aplicación de fórmulas del Artículo 76. | Shapefile |
FOS_ECU_CRS.shp | Shapefile que muestra la ubicación de los puntos de pie de talud determinados en el flanco sur de la Cordillera xx Xxxxxxxx para aplicación de fórmulas del Artículo 76. | Shapefile |
FRM_60M_ECU_CRS.shp | Shapefile que muestra la línea de fórmula de distancia de 60 millas náuticas generadas a partir de los pies de talud FOS del flanco sur de la cordillera xx Xxxxxxxx, acorde al párrafo 4 ii b de la formulación del Artículo 76 de la Convemar. | Shapefile |
SLB_INS_P.shp | Shapefile que muestra los puntos base para el trazado de la línea de base insular de Galápagos, acorde al Artículo 76 de la Convemar. | Shapefile |
LB_INS_L.shp | Shapefile que muestra la línea de base insular de Galápagos, acorde al Artículo 76 de la Convemar. | Shapefile |
RST_350M.shp | Shapefile que muestra la línea de restricción de 350 millas náuticas generada a partir de la línea de base insular de Galápagos, acorde al párrafo 5 de la formulación del Artículo 76 de la Convemar. | Shapefile |
TRZ_LMT_EXT_P_ECU_CRS.shp | Shapefile que muestra los puntos escogidos de cada envolvente para elaborar el trazado del límite exterior del trazado del flanco sur de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx, acorde a la | Shapefile |
combinación de las líneas de fórmulas y restricciones generadas acorde a la formulación del Artículo 76 de la Convemar. | ||
TRZ_LMT_EXT_L_ECU_CRS.shp | Shapefile que muestra la línea del trazado del límite exterior del trazado del flanco sur de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx, acorde a la combinación de las líneas de fórmulas y restricciones generadas acorde a la formulación del Artículo 76 de la Convemar. | Shapefile |
PRF_ECU_CRS.shp | Shapefile que muestra la ubicación de los perfiles batimétricos trazados con el fin de determinar los pies de talud en el flanco sur de la Cordillera xx Xxxxxxxx para aplicación de fórmulas del Artículo 76. | Shapefile |
T5_30m_Geo_xyz T5_50m_Geo_xyz T5_100m_Geo_xyz | XYZ talud5: información batimétrica en formato xyz en resoluciones de 30m, 50m y 100m. | .XYZ |
T5_30m_Geo_GTiffGrid.tif T5_50m_Geo_GTiffGrid.tif T5_100m_Geo_GTiffGrid.tif | Superficie batimétrica talud5: Batimetría levantada en el flanco sur de la Cordillera xx Xxxxxxxx, año 2015 | .tiff |
T6_30m_Geo_xyz T6_50m_Geo_xyz T6_100m_Geo_xyz | XYZ talud6: información batimétrica en formato xyz en resoluciones de 30m, 50m y 100m. | .XYZ |
T6_30m_Geo_GTiffGrid.tif T6_50m_Geo_GTiffGrid.tif T6_100m_Geo_GTiffGrid.tif | Superficie batimétrica talud 6: Batimetría levantada en el flanco sur de la Cordillera xx Xxxxxxxx, año 2015 | .tiff |
X00_00x_XXX.xxx X00_00x_XXX.xxx X00_000x_XXX.xxx | XYZ talud12: información batimétrica en formato xyz en resoluciones de 30m, 50m y 100m. | .XYZ |
T12_30m_GTiffGrid.tif T12_50m_GTiffGrid.tif T12_100m_GTiffGrid.tif | Superficie batimétrica talud12: Batimetría levantada sobre una geoforma submarina en la Cordillera xx Xxxxxxxx. | .tiff |
00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx | XYZ Gardline: información batimétrica en formato xyz | .XYZ |
x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx x00000_XX_000000_000000_xxx0_xxx.xxx |
Además de esta información, se podrá entregar a petición del consultor cualquier otra disponible en la base de datos de la DHC.
6. PRODUCTOS O SERVICIOS ESPERADOS
El consultor elaborará la propuesta de Presentación Parcial de información y datos del límite exterior de la plataforma continental ecuatoriana en el flanco sur de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx, más allá de las 200 millas marinas, que realizará el Estado ecuatoriano ante la CLPC, conforme a la Parte VI y el Anexo II de la CONVEMAR, en el marco del proyecto SUTPLA I, la cual deberá contener tres partes: resumen, cuerpo (parte analítica y descriptiva principal), y todos los datos científicos y técnicos justificativos, conforme al siguiente detalle:
a. El resumen (Parte I) incluirá la información de cartas a una escala adecuada y coordenadas que indiquen los límites exteriores de la plataforma continental y las líneas de base del mar territorial correspondientes; las disposiciones del artículo 76 que se hacen valer en apoyo de la presentación; los nombres de los miembros de la Comisión que hayan prestado asesoramiento en la preparación de la presentación; y, la existencia de las controversias a que hacen referencia el artículo 44 y el anexo I del reglamento de la Comisión.
b. El cuerpo de la presentación (Parte II) incluirá una descripción detallada del conjunto de datos, su interpretación, mapas, procedimientos técnicos y metodologías científicas utilizados para aplicar el artículo 76. Las referencias a los datos básicos se documentarán en cada etapa pertinente.
c. La base de datos de la presentación (Parte III) incluirá toda la información y los datos mencionados en el cuerpo y se organizará en anexos separados.
Las partes I y II de la propuesta de Presentación Parcial deberán ser redactadas en idioma inglés, observando el formato y estilo al que usualmente se someten este tipo de documentos. Ambas partes serán entregadas en forma electrónica, y deberán estar en formato seguro e inalterable, y certificar que contienen la copia fiel y completa de su contenido.
La Parte III deberá ser estructurada conforme a los capítulos y secciones en que se organice la Parte II de la propuesta de Presentación Parcial. La información y datos contenidos en la Parte III deberán presentarse en formatos y con estándares aceptados y empleados por la CLPC, de modo que se garantice su acceso, y uso adecuado y oportuno.
7. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del contrato es de ciento cuarenta (140) días calendario, contados desde la FECHA DE SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO.
8. FORMA Y CONDICIONES PAGO
La totalidad del pago se realizará contra entrega de la Parte I (resumen), Parte II (cuerpo) y Parte III (datos) de la propuesta de Presentación Parcial del límite exterior de la plataforma continental ecuatoriana en el flanco sur de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx, más allá de las 200 millas marinas, conforme las características indicadas en el numeral 6; así como, del informe favorable del administrador del contrato y la suscripción del acta de entrega recepción a entera satisfacción de la entidad contratante.
9. LUGAR Y FORMA DE ENTREGA
Considerando las restricciones de movilidad y viaje impuestas por la pandemia mundial del COVID- 19, la entrega de la presentación parcial de información y datos del límite exterior de la plataforma continental ecuatoriana en el flanco sur de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx, más allá de las 200 millas marinas, se lo hará en forma virtual.
10.GARANTÍA
El consultor solventará durante los siguientes 24 meses, contados desde la fecha de entrega, cualquier observación que se realice sobre la información y datos contenidos en la propuesta de Presentación Parcial, durante procesos de revisión que de esta presentación realice cualquier entidad nacional o internacional competente.
11.PERSONAL TÉCNICO/EQUIPO DE TRABAJO/RECURSOS
11.1. PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO
Items | Cant. | Descripción | Participación | Nivel de Estudio | Título Académico |
01 | 1 | Consultor especializado en procesos de definición y trazado del límite exterior de la plataforma continental, más allá de las 200 millas marinas | 100% | PhD (cuarto nivel) | Ciencias de la Tierra y afines |
11.2. EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA MÍNIMA
Items | Cant. | Descripción | Años de Experiencia | Requisitos | Monto mínimo de contratos previos |
01 | 1 | Consultor especializado en procesos de definición y trazado del límite exterior de la plataforma continental, | 10 años | Haber sido miembro electo de la CLPC. Experiencia mínima de 10 años en trabajos técnicos y jurídicos relacionados con la | USD$7,000.00 |
más allá de las 200 millas marinas | definición y trazado del límite exterior de la plataforma continental, más allá de las 200 millas marinas, conforme a las disposiciones de la CONVEMAR y las Directrices Técnicas y Jurídicas de la CLPC. Haber elaborado y presentado a la CLPC, al menos 5 presentaciones relativas al límite exterior de la plataforma continental de un Estado ribereño, más allá de las 200 millas marinas, y que estos límites hayan sido aceptados por la Comisión, en al menos el 90% de las presentaciones realizadas. |
11.3. DISPONIBILIDAD DE EQUIPOS E INSTRUMENTOS
El consultor deberá acreditar el acceso a los equipos informáticos, medios y el software necesario, para el análisis e interpretación de la información y los datos que se emplearán para elaborar la propuesta de Presentación Parcial.
SECCION III CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO
3.1 Cronograma del procedimiento: El cronograma que regirá el procedimiento será el siguiente:
DETALLE | FECHA | HORA |
Fecha de Publicación | 07/07/2021 | 15:00 |
Fecha de entrega de invitaciones | 08/07/2021 | 15:00 |
Fecha Límite de Preguntas | 09/07/2021 | 15:00 |
Fecha Límite de Respuestas y Aclaraciones | 12/07/2021 | 15:00 |
Fecha Límite Entrega de Ofertas Técnica y Económica | 13/07/2021 | 15:00 |
Fecha Apertura de Oferta Técnica | 14/07/2021 | 08:00 |
Fecha Inicio Evaluación | 14/07/2021 | 10:00 |
Fecha Publicación Resultados Finales Oferta Técnica | 14/07/2021 | 12:30 |
Fecha Apertura Oferta Económica | 14/07/2021 | 14:30 |
Fecha de Negociación | 15/07/2021 | 09:00 |
Fecha Estimada de Adjudicación | 15/07/2021 | 12:00 |
En el caso de ser necesario, el término para la convalidación de errores será de dos días, de acuerdo al siguiente cronograma:
Concepto | Día | Hora |
Fecha Límite para solicitar convalidación de errores | 14/07/2021 | 08:30 |
Fecha Límite para convalidación errores | 15/07/2021 | 15:00 |
Fecha estimada de Adjudicación | 16/07/2021 | 12:00 |
3.2 Vigencia de la oferta: Las ofertas se entenderán vigentes hasta 90 días.
3.3 Precio de la Oferta: Se entenderá por precio de la oferta al valor que el oferente haga constar en el formulario único de la oferta
3.3.1 Forma de presentar la oferta: Las ofertas se presentarán de forma física y a través del correo electrónico xxxxxx@xxxxxx.xxx.xx. Para este procedimiento de contratación se presentará en dos sobres por separado, los que contendrán el siguiente texto:
Participante:
Señor
CPNV-EM Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Director Ejecutivo
Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada Ciudad.-
CONSULTORÍA
Código del proceso CLC-INOCAR-001-2021
Sobre No (1 ó 2)
OFERTA (TECNICA O ECONOMICA)
(Original y copia)
No se tomarán en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar posterior al día y horas establecidos en el cronograma del proceso.
Luego de recibidas las ofertas en la secretaria general, la operadora/or del proceso la retirará y posteriormente entregará a la máxima autoridad, Comisión Técnica o delegado para que realice la evaluación y calificación de acuerdo con lo establecido en los pliegos.
3. 4 Plazo de ejecución: El plazo estimado para la ejecución del contrato es de 140 días, contados desde la fecha de suscripción del contrato.
3.5 Alcance del precio de la oferta: El precio de la oferta deberá cubrir el valor de los trabajos a ejecutarse según sea su naturaleza, los costos indirectos, los impuestos y tasas vigentes; así como, los servicios para la ejecución completa de la consultoría a contratarse.
3.6 Forma de pago: La totalidad del pago se realizará contra entrega de la Parte I (resumen), Parte II (cuerpo) y Parte III (datos) de la propuesta de Presentación Parcial del límite exterior de la plataforma continental ecuatoriana en el flanco sur de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx, más allá de las 200 millas marinas, conforme las características indicadas en el numeral 6; así como, del informe favorable
del administrador del contrato y la suscripción del acta de entrega recepción a entera satisfacción de la entidad contratante.
4.1 Verificación de las ofertas:
SECCIÓN IV EVALUACIÓN DE OFERTAS
4.1.1 Integridad de las ofertas: La integridad de la oferta consiste en la verificación de la presentación de los formularios y requisitos mínimos previos en el pliego.
Luego de esta verificación la entidad contratante determinará si ejecutará la etapa de convalidación de errores.
I. Formulario único de la Oferta
1.1 Presentación y compromiso;
1.2 Datos generales del oferente;
1.3 Nómina de socio(s), accionista(s) o partícipe(s) mayoritarios de personas jurídicas, y disposiciones específicas para personas naturales, oferentes.
1.4 Oferta Económica (Sobre 2);
1.5 Plan de trabajo: enfoque, alcance y metodología, metodología propuesta y conocimiento probado de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de la consultoría (Metodología y cronograma de ejecución);
1.6 Experiencia del oferente en servicios de consultoría realizados en los últimos años. Antecedentes y experiencia demostrable del personal que será asignado a la ejecución del contrato (Experiencia general y específica mínima del oferente).
1.7 Personal Técnico clave asignado al proyecto; capacidad técnica y administrativa disponible;
1.8 Equipos e instrumentos disponibles. Disponibilidad de los recursos, instrumentos y equipos necesarios para la realización de la consultoría.
Cuando intervengan empresas nacionales en asocio con empresas extranjeras, se tomarán en consideración, adicionalmente, los procedimientos y metodologías que ofrezca la consultoría extranjera para hacer efectiva una adecuada transferencia de tecnología, así como la mayor y mejor utilización de la capacidad técnica de profesionales ecuatorianos.
II. Formulario de compromiso de participación del personal técnico y hoja de vida
2.1 Compromiso del Profesional asignado al proyecto
2.2 Hoja de vida del personal técnico clave asignado al proyecto
III. Formulario de compromiso de asociación o consorcio (de ser procedente)
*Este formulario deberá ser presentado como Sobre No. 2, debidamente cerrado.
4.1.2 Personal técnico clave y experiencia del mismo:
Items | Cant. | Descripción | Participación | Nivel de Estudio | Título Académico |
01 | 1 | Consultor especializado en procesos de definición y trazado del límite exterior de la plataforma continental, más allá de las 200 millas marinas | 100% | PhD (cuarto nivel) | Ciencias de la Tierra y afines |
4.1.3 Experiencia general y específica mínima del oferente:
Items | Cant. | Descripción | Años de Experiencia | Requisitos |
01 | 1 | Consultor especializado en procesos de definición y trazado del límite exterior de la plataforma continental, más allá de las 200 millas marinas | 10 años | Haber sido miembro electo de la CLPC. Experiencia mínima de 10 años en trabajos técnicos y jurídicos relacionados con la definición y trazado del límite exterior de la plataforma continental, más allá de las 200 millas marinas, conforme a las disposiciones de la CONVEMAR y las Directrices Técnicas y Jurídicas de la CLPC. Haber elaborado y presentado a la CLPC, al menos 5 presentaciones |
relativas al límite exterior de la plataforma continental de un Estado ribereño, más allá de las 200 millas marinas, y que estos límites hayan sido aceptados por la Comisión, en al menos el 90% de las presentaciones realizadas. |
4.1.4 Metodología y cronograma de ejecución:
La preparación de la información y datos que deberá contener la propuesta de Presentación Parcial se realizará en las oficinas del consultor que se contrate, empleando los equipos, los medios y el software que éste posea, y que sean los técnicamente requeridos para este fin.
Antes del inicio de los trabajos, el consultor deberá presentar un cronograma para su ejecución, en el cual se detallará con claridad las fechas en que se elaborarán y se entregarán para aprobación cada una de las tres partes que debe contener la propuesta de Presentación Parcial, así como la estructura de cada una de ellas. La entrega y aprobación de cada una de estas partes será en forma secuencial.
Para el seguimiento de este cronograma y la aprobación de cada una de las partes de la propuesta de Presentación Parcial, se conformará un Grupo Técnico-Jurídico (GTJ), cuyos miembros serán propuestos por el Director del INOCAR, y aprobados por el CLEPCE. Este grupo, atenderá además las dudas e inquietudes que tenga el consultor con respecto a la información y datos entregada por el INOCAR, así como sobre temas carácter técnico o jurídico que tengan implicaciones en este proceso.
Considerando las restricciones de movilidad y viaje impuestas ante la pandemia mundial por el COVID- 19, el GTJ realizará su trabajo de manera remota, empleando las plataformas y medios de comunicación disponibles en el INOCAR.
4.1.5 Equipo e instrumentos disponibles:
El consultor deberá acreditar el acceso a los equipos informáticos, medios y el software necesario, para el análisis e interpretación de la información y los datos que se emplearán para elaborar la propuesta de Presentación Parcial.
4.1.6 Verificación de cumplimento de integridad y requisitos mínimos de la oferta:
PARÁMETRO | CUMPLE | NO CUMPLE | OBSERVACIONES |
Integridad de la Oferta | |||
Experiencia mínima personal técnico clave | |||
Experiencia general mínima |
Experiencia específica mínima | |||
Metodología y cronograma de ejecución | |||
Personal técnico mínimo clave | |||
Otro(s) parámetro(s) resuelto por la entidad contratante |
4.2 Evaluación por puntaje: Solo las ofertas que cumplan con los requisitos mínimos serán objeto de evaluación por puntaje.
4.2.1 Metodología de asignación de puntaje en la experiencia: En el caso de seleccionar parámetros de evaluación por puntaje se deberá tomar en cuenta los siguientes criterios:
a) No se otorgará puntaje a la experiencia mínima requerida, por ser de cumplimiento obligatorio.
b) Para que la experiencia presentada sea susceptible de calificación por puntaje, está deberá ser mayor a la establecida como requisito mínimo.
c) El valor total de la experiencia solicitada adicional al requisito mínimo que será puntuada, no podrá superar el valor del presupuesto referencial del procedimiento de contratación multiplicado por un factor de 1,25.
d) Se otorgará el máximo puntaje a la o las ofertas que presenten como experiencia adicional el monto más alto y, a las demás ofertas se asignará un puntaje directamente proporcional.
Para la valoración se observarán los siguientes parámetros:
Parámetro | Valoración |
Experiencia general | |
Experiencia específica | |
Experiencia del personal técnico clave | |
Metodología y cronograma de ejecución | (Hasta 10 puntos) |
Equipo e instrumentos disponibles | (Hasta 10 puntos) |
Otro(s) parámetro(s) resuelto(s) por la entidad | (Hasta 10 puntos) |
TOTAL | ( La sumatoria debe ser 100 puntos) |
Nota: La entidad contratante podrá añadir otro y otros parámetros adicionales para evaluación de las ofertas, estableciendo su indicador, el medio de comprobación y su puntaje que en ningún caso será mayor a (10) puntos. No será restrictivo ni discriminatorio y deberá estar vinculado con las necesidades del proyecto y debidamente justificado.
Para acceder a la evaluación de la propuesta económica, la propuesta técnica deberá alcanzar el puntaje mínimo de setenta (70) puntos. Las propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas y rechazadas en esta etapa.
4.3 Evaluación de la oferta económica.- La entidad contratante no tendrá acceso a las propuestas económicas, sino hasta que la evaluación técnica haya concluido y solamente de las ofertas que hayan obtenido por lo menos setenta (70) puntos en la evaluación técnica.
La asignación de puntajes de las ofertas económicas de los consultores que hayan alcanzado el puntaje mínimo en la calificación de la oferta técnica, se realizará mediante la aplicación de una relación inversamente proporcional a partir de la oferta económica más baja, en donde la totalidad del puntaje (100 puntos) se le otorgará a esta última conforme la siguiente fórmula:
Pei = (POEm x 100) / POEi
Dónde:
Pei = Puntaje por Evaluación Económica del oferente i. POEm = Precio de la Oferta Económica más baja.
POEi = Precio de la Oferta Económica del oferente i
El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula:
PTOi = (c1*Pti) + (c2*Pei) Donde:
PTOi = Puntaje Total del Oferente i
Pti = Puntaje por Evaluación Técnica del oferente i
Pei = Puntaje por Evaluación Económica del oferente i
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica
Los coeficientes de ponderación deberán cumplir las condiciones siguientes:
-La suma de ambos coeficientes deberá ser igual a la unidad (1.00).
-Los valores que se aplicarán en cada caso deberán estar comprendidos dentro de los márgenes siguientes:
0,80 <= c1 <= 0,90
0,10 <= c2 <= 0,20
En caso de empate en la puntuación final, para establecer el orden de prelación se atenderá a las siguientes reglas:
a) Si el empate se originare en diferentes calificaciones en la oferta técnica y económica, la oferta ganadora será aquella que tuviere el mayor puntaje en la oferta técnica.
b) Si el empate se originare en idénticas calificaciones en la oferta técnica y económica, la oferta ganadora se determinará de acuerdo a los siguientes criterios:
b.1) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Experiencia Específica”; De persistir el empate, se aplicará progresivamente y en el siguiente orden los criterios:
b.2) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Experiencia del Personal Técnico”;
b.3) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Experiencia General”;
b.4) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Plan de Trabajo”;
b.5) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Instrumentos y equipos disponibles”.
Si aún después de evaluar los criterios anteriores, subsistiera un empate entre los participantes, el orden de prelación se establecerá por sorteo realizado por la herramienta electrónica del portal del SERCOP.
SECCIÓN V OBLIGACIONES DE LAS PARTES
5.1 Obligaciones del Contratista:
El consultor a contratarse elaborará la propuesta de Presentación Parcial de información y datos del límite exterior de la plataforma continental ecuatoriana en el flanco sur de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx, más allá de las 200 millas marinas, que realizará el Estado ecuatoriano ante la CLPC, conforme a la Parte VI y el Anexo II de la CONVEMAR, en el marco del proyecto SUTPLA I, la cual deberá contener tres partes: resumen, cuerpo (parte analítica y descriptiva principal), y todos los datos científicos y técnicos justificativos.
El consultor preparará esta información en su oficina, empleando los equipos, medios y software de su propiedad y que sean técnicamente requeridos para este fin.
Antes del inicio de los trabajos, el consultor deberá presentar un cronograma para su ejecución, en el cual se detallará con claridad las fechas en que se elaborarán y se entregarán para aprobación, cada una de las tres partes que debe contener la Propuesta de Presentación Parcial. La entrega y aprobación de cada una de estas partes será en forma secuencial.
Para el seguimiento de este cronograma y la aprobación de cada una de las partes de la Propuesta de Presentación Parcial, se conformará un Grupo de Trabajo Nacional (GTN), cuya membresía será establecida por Director del INOCAR. Este grupo, atenderá además las dudas e inquietudes que tenga el consultor con respecto a la información y datos que entregue el INOCAR, para la elaboración de la Propuesta de Presentación Parcial, así como cualquier consulta con relación a temas de carácter técnico o jurídico que tengan implicaciones en este proceso.
El consultor deberá considerar y estudiar cuidadosamente la totalidad de datos e información, incluyendo todos los estudios y reportes preparados en apoyo de esta propuesta de presentación por parte de sus colaboradores ecuatorianos.
El consultor también deberá compilar y procesar toda la información adicional proveniente xx xxxxxxx y bases de datos internacionales relevantes a la preparación de la presentación parcial.
Considerando las restricciones de movilidad y viaje impuestas por la pandemia mundial por Covid-19, el consultor deberá realizar su trabajo de manera remota, empleando las plataformas y medios de comunicación disponibles en el INOCAR.
El consultor deberá elaborar la Propuesta de Presentación Parcial de información y datos del límite exterior de la plataforma continental ecuatoriana en el flanco sur de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx, más allá de las 200 millas marinas, que realizará el Estado ecuatoriano ante la CLPC, conforme a la Parte VI y el Anexo II de la CONVEMAR, en el marco del proyecto SUTPLA I, que contendrá:
a. Tres partes: un resumen, el cuerpo, y todos los datos científicos y técnicos justificativos.
b. El resumen (Parte I) incluirá la información de cartas a una escala adecuada y coordenadas que indiquen los límites exteriores de la plataforma continental y las líneas de base del mar territorial correspondientes; las disposiciones del artículo 76 que se hacen valer en apoyo de la presentación; los nombres de los miembros de la Comisión que hayan prestado asesoramiento en la preparación de la presentación; y, la existencia de las controversias a que hacen referencia el artículo 44 y el anexo I del reglamento de la Comisión.
c. El cuerpo de la presentación (Parte II) incluirá una descripción detallada del conjunto de datos, su interpretación, mapas, procedimientos técnicos y metodologías científicas utilizados para aplicar el artículo 76. Las referencias a los datos básicos se documentarán en cada etapa pertinente.
d. La base de datos de la presentación (Parte III) incluirá toda la información y los datos mencionados en el cuerpo y se organizará en anexos separados.
Las partes I y II de la propuesta de Presentación Parcial deberán ser redactadas en idioma inglés, observando el formato y estilo al que usualmente se someten este tipo de documentos.
La Parte III deberá ser estructurada conforme a los capítulos y secciones en que se organice la Parte II de la propuesta de Presentación Parcial. La información y datos contenidos en la Parte III deberán presentarse en formatos y con estándares aceptados y empleados por la CLPC, de modo que se garantice su acceso y uso adecuado y oportuno.
5.2 Obligaciones de la contratante:
a. Designar al administrador del contrato
b. Dar solución a las peticiones problemas que se presentaren en la ejecución del contrato, en un plazo (número de días) contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
c. Proporcionar al contratista los documentos, accesos e información relevante relacionada con los trabajos de la consultoría, de los que dispusiera y realizar las gestiones que le corresponda efectuar al contratante, ante los distintos organismos públicos, en un plazo 10 días contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
d. En caso de ser necesario y previo el trámite legal y administrativo respectivo, celebrar los contratos complementarios en un plazo 10 días contados a partir de la decisión de la máxima autoridad.
e. Suscribir las actas de entrega recepción de los trabajos recibidos, siempre que se haya cumplido con lo previsto en la ley para la entrega recepción; y, en general, cumplir con las obligaciones derivadas del contrato.
INDICE
II. CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS
DE CONSULTORÍA
SECCION I | DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN 1.1 Comisión Técnica 1.2 Participantes 1.3 Presentación y apertura de ofertas 1.4 Inhabilidades 1.5 Obligaciones de los oferentes 1.6 Preguntas, respuestas y aclaraciones 1.7 Modificación xxx xxxxxx 1.8 Idioma y Autenticidad de los Documentos 1.9 Convalidación de errores de forma 1.10 Causas de Rechazo de Ofertas 1.11 Proceso de Evaluación, Negociación y Adjudicación 1.11.1 Apertura de la oferta en Contratación Directa 1.11.2 Apertura de la oferta en Concurso Público y Lista Corta 1.11.2.1 Criterios de evaluación 1.11.3 Negociación 1.12 Garantías 1.13 Cancelación del procedimiento 1.14 Declaratoria de procedimiento desierto 1.15 Adjudicatario Fallido 1.16 Suscripción del contrato 1.17 Precios Unitarios y Reajuste 1.18 Moneda de cotización y pago 1.19 Reclamos 1.20 Administración del contrato 1.21 Autoinvitación 1.22 Inconsistencia, simulación y/o inexactitud de la información |
SECCIÓN II | METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 2.1. Metodología de evaluación de las ofertas 2.2. Parámetros de evaluación 2.3 De la evaluación 2.4 Índices Financieros 2.5. Formulario para la elaboración de las ofertas |
SECCIÓN III | FASE CONTRACTUAL 3.1 Ejecución del contrato 3.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual 3.1.2 Cumplimiento de términos de referencia 3.1.3 Personal del Consultor 3.1.4 Obligaciones del Consultor 3.1.5 Pagos 3.1.6 Administrador del Contrato |
II. CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONSULTORÍA
DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
1.1 Comisión Técnica: En la presente contratación la Máxima Autoridad conformará una Comisión Técnica, que estará integrada por: un profesional designado por la máxima autoridad, quien la presidirá; El titular del área requirente o su delegado; y un profesional afín al objeto de la contratación designado por la máxima autoridad o su delegado. Esta comisión recibirá y analizará las ofertas tanto la técnica como la económica, incluso en el caso de haberse presentado unas sola, considerando los parámetros de calificación establecidos en el pliego, y recomendará a la máxima autoridad de la entidad contratante la adjudicación o la declaratoria del procedimiento desierto.
1.2 Presentación y apertura de ofertas: Las ofertas se presentarán de forma física y a través del correo electrónico xxxxxx@xxxxxx.xxx.xx y, el precio de esta deberá constar en el sobre No. 2 hasta la fecha en que se cierre el plazo para la presentación de la oferta.
La apertura de las ofertas técnicas se realizará después de la fecha límite para la recepción de las ofertas.
De la apertura de las ofertas técnicas, en la que podrán estar presentes los oferentes que lo deseen, se levantará un acta que será suscrita por los integrantes de la Comisión Técnica y/o máxima autoridad o su delegado con la siguiente información:
a) Nombre de los oferentes;
b) Plazo de ejecución propuesto por cada oferente;
c) Número de hojas de cada oferta
Las ofertas, técnica y económica, deberán ser entregadas simultáneamente de forma física o forma electrónica en dos sobres separados. La apertura y procesamiento de las dos ofertas se ejecutarán en días distintos.
1.3 Obligaciones de los oferentes: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente el pliego y cumplir con todos los requisitos solicitados en él. Su omisión o descuido al revisar los documentos no le relevará de cumplir lo señalado en su propuesta.
1.4 Preguntas, respuestas y aclaraciones: Todo interesado en presentar propuestas en el procedimiento tiene la facultad y el derecho de, en el caso de detectar un error, omisión o inconsistencia en el pliego, o si necesita una aclaración sobre una parte de los documentos, solicitar a la Comisión Técnica o a la máxima autoridad o su delegado, la respuesta a su inquietud o consulta. La entidad responderá las preguntas o realizará las aclaraciones que fueren necesarias de acuerdo a lo establecido en la convocatoria.
1.5 Modificación xxx xxxxxx: La Comisión Técnica o la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, en los procedimientos de Contratación, podrá emitir aclaraciones o modificaciones respecto de las condiciones particulares de los pliegos, por propia iniciativa o por pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, hasta el término máximo para responder preguntas.
1.6 Idioma y Autenticidad de los Documentos: La documentación que contempla la oferta, así como la correspondencia relacionada debe ser escrita en español. Los documentos no deberán contener texto entre líneas, enmendaduras o tachaduras; a menos que fuere necesario corregir errores del oferente, en cuyo caso deberán salvarse por parte del oferente, rubricando al margen.
Los documentos que se presenten en la oferta serán en original o copia.
Para el caso de los documentos emitidos en otro idioma o en el extranjero, su traducción y/o legalización deberá realizarse conforme el procedimiento legal previsto en la Ley de Modernización del Estado y la Convención de La Haya sobre la apostilla.
1.7 Convalidación de errores de forma: Si en los procedimientos se presentaren errores de forma, las ofertas podrán ser convalidadas por el oferente en un término de entre 2 a 5 días, contado a partir de la fecha de notificación, a criterio de la entidad contratante. Así mismo, dentro del período de convalidación, los oferentes podrán integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la misma. En este caso, la entidad contratante podrá recibir físicamente los documentos correspondientes.
La entidad contratante está obligada a analizar en profundidad cada una de las ofertas presentadas en la etapa de calificación, a fin de determinar todos los errores de forma existentes en ellas, respecto de los cuales notificará a través del Portal Institucional en el mismo día y hora a cada uno de los oferentes, el requerimiento de convalidación respectivo. Los oferentes notificados podrán convalidar tales errores para efectos de ser calificados.
Si la entidad contratante, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados.
1.8 Causas de Rechazo de Ofertas: La Comisión Técnica o la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, en tratándose de los procedimientos de Contratación, podrán rechazar una oferta por las siguientes causas:
a) Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales y condiciones particulares que incluyen las especificaciones técnicas y los formularios de este pliego.
b) Si se hubiera entregado y/o presentado la oferta en lugar distinto al fijado o después de la hora establecida para ello.
c) Cuando las ofertas contengan errores sustanciales, y/o evidentes, que no puedan ser convalidados.
d) Si el contenido de los formularios presentados difieren del modelo, condicionándolos o modificándolos, de tal forma que alteren las condiciones previstas para la ejecución del contrato. De igual forma, si se condicionara la oferta con la presentación de cualquier documento o información.
e) Si se presentaran documentos con tachaduras o enmendaduras no salvadas; cuando no puedan ser convalidados;
f) No se aceptarán excepciones, condicionamientos, rubros no solicitados ni cualquier modificación a los Pliegos.
Una oferta será descalificada por la entidad contratante en cualquier momento del procedimiento si, de la revisión de los documentos que fueren del caso, pudiere evidenciarse inconsistencia, simulación o inexactitud de la información presentada. La entidad contratante podrá solicitar al oferente la documentación que estime pertinente y que ha sido referida en cualquier documento de la oferta, no relacionada con el objeto mismo de la contratación, para validar la oferta presentada del procedimiento.
La adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. No se aceptarán ofertas alternativas y ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta.
1.9 Proceso de Evaluación, Negociación y Adjudicación:
1.9.1 Apertura de la oferta: La entidad contratante, una hora después del término límite para la presentación de la oferta, iniciará la evaluación de la oferta presentada, para lo cual abrirá el sobre único presentado físicamente y evaluará tanto la oferta técnica como la económica, en función del cumplimiento de los parámetros establecidos en los pliegos.
1.9.2 Apertura de la oferta técnica: En la fecha y hora señalada en la Convocatoria o en las prórrogas otorgadas por la Comisión Técnica, en acto público se abrirá el sobre No. 1, un miembro de la Comisión y el Secretario rubricarán todos y cada uno de los documentos presentados y se levantará la correspondiente acta.¨
La Comisión Técnica procederá a la apertura del Sobre N° 2
1.9.2.1 Criterios de evaluación: La Comisión Técnica calificará el contenido de los Sobres Nos. 1 y 2, bajo los parámetros de evaluación determinados por la Entidad Contratante
1.9.3 Negociación: La Comisión Técnica, o el delegado de la máxima autoridad en los procedimientos de Contratación, negociará con el proponente y no se volverá a llamar para nuevas negociaciones a aquel con el cual no se llegó a un acuerdo.
El acta de negociación será firmada por los miembros de la comisión o el delegado de la máxima autoridad, según sea el caso, y el consultor o su delegado. El consultor negociará por intermedio de su representante legal o procurador común, o el delegado de éstos, debidamente acreditado, y de los profesionales que estime necesario.
Iniciado el proceso de negociación, éste no podrá suspenderse por motivo alguno, salvo circunstancias de fuerza mayor, hasta lograr la negociación.
La máxima autoridad de la entidad contratante adjudicará el contrato
En caso de no llegar a un acuerdo en las negociaciones, se convocará al proponente que hubiera ocupado el segundo lugar en el orden de prelación, excepto en el caso del procedimiento de contratación, para iniciar una nueva negociación.
1.10 Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada.
1.11 Declaratoria de Procedimiento Desierto: La máxima autoridad de la entidad contratante, antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento de manera total o parcial.
Dicha declaratoria se realizará mediante resolución motivada de la máxima autoridad de la Entidad Contratante. Una vez declarado desierto el procedimiento, (la máxima autoridad) podrá disponer su archivo o su reapertura.
1.12 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del término previsto, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la entidad contratante le declarará adjudicatario fallido.
La entidad contratante llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el oferente llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el proceso.
1.13 Suscripción del Contrato: Notificada la adjudicación, dentro de un término de 15 días contado a partir de la misma, la entidad contratante formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos.
1.14 Moneda de cotización y pago: Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.
1.15 Administración del Contrato: La entidad contratante designará de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.
1.16 Inconsistencia, simulación y/o inexactitud de la información: En el caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación o inexactitud en la información presentada por el oferente, adjudicatario o contratista, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, descalificará del procedimiento de contratación al proveedor, lo declarará adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda y, en último caso, previo al trámite de terminación unilateral, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
SECCIÒN II
METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
2.1. Metodología de evaluación de las ofertas: Los servicios de consultoría serán seleccionados sobre la base de criterios de calidad y costo. Tratándose de los procedimientos que se realizan por Concurso Público y Lista Corta, las ofertas de consultoría serán presentadas en dos (2) sobres separados, el primero contendrá los aspectos técnicos sobre los que se evaluará la calidad y, el segundo, los aspectos económicos, sobre los que se calificará el costo.
Los procesos de selección se efectuarán entre consultores de la misma naturaleza; así entre consultores individuales, entre firmas consultoras, o entre organismos que puedan atender y estén en capacidad jurídica de prestar servicios de consultoría.
La calificación de la calidad de las propuestas de consultoría, se realizará sobre la base de lo previsto en los pliegos respectivos, debiendo tenerse en cuenta los requisitos establecidos en las condiciones particulares xxx xxxxxx los siguientes requisitos, procedimientos y criterios:
1. Capacidad técnica y administrativa disponible;
2. Antecedentes y experiencia demostrables en la realización de trabajos anteriores;
3. Antecedentes y experiencia demostrables del personal que será asignado a la ejecución del contrato;
4. Plan de trabajo, metodología propuesta y conocimiento probado de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de la consultoría;
5. Disponibilidad de los recursos, instrumentos y equipos necesarios para la realización de la consultoría;
6. Cuando intervengan empresas nacionales en asociación con empresas extranjeras, se tomarán en consideración, adicionalmente, los procedimientos y metodologías que ofrezca la consultoría extranjera para hacer efectiva una adecuada transferencia de tecnología, así como la mayor y mejor utilización de la capacidad técnica de profesionales ecuatorianos.
Se establecen de manera general para ello dos etapas: la primera, bajo metodología “Cumple / No Cumple”, en la que se analizan los documentos exigidos cuya presentación permite habilitar las propuestas (integridad de la oferta), y la verificación del cumplimiento de capacidades mínimas; y la segunda, en la que se evaluarán, mediante parámetros cuantitativos o valorados, las mayores capacidades de entre los oferentes que habiendo cumplido la etapa anterior, se encuentran aptos para esta calificación. Únicamente en los procedimientos de Contratación Directa no se cumplirá la etapa de evaluación valorada.
2.2. Parámetros de Evaluación: Las entidades contratantes deberán acoger los parámetros de evaluación, que respondan a la necesidad, naturaleza y objeto de cada procedimiento de contratación; los que serán analizados y evaluados al momento de la calificación de las ofertas.
2.3 Formulario para la elaboración de las ofertas: El oferente incluirá en su oferta la información que se establece en el Formulario Único de la Oferta. Pueden utilizarse formatos elaborados en ordenador a condición que la información sea la que se solicita y que se respeten los campos existentes en el formulario que contiene el presente pliego.
El Formulario de Oferta contendrá los documentos, claramente descritos en las condiciones particulares xxx xxxxxx.
SECCIÓN III FASE CONTRACTUAL
3.1 Ejecución del contrato:
3.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual: El Consultor prestará los servicios o entregará los bienes dentro del plazo establecido en el contrato. Iniciada la ejecución del contrato y durante toda la vigencia del mismo, el Consultor analizará conjuntamente con el administrador del contrato el cumplimiento del mismo, de acuerdo con el cronograma entregado por él en su oferta para el cumplimiento del contrato derivado del presente procedimiento de contratación.
Estos documentos servirán para efectuar el control del cumplimiento de la ejecución del contrato, a efectos de definir el grado de cumplimiento del Consultor.
3.1.2 Cumplimiento de términos de referencia: Todos los servicios a prestar deben cumplir en forma estricta con los términos de referencia requeridos respectivamente en el pliego y constantes en el contrato y dentro de las medidas y tolerancias establecidas y aprobados por la Entidad Contratante. En caso de que el Consultor descubriere discrepancias entre los distintos documentos, deberá indicarlo inmediatamente al administrador, a fin de que establezca el documento que prevalecerá sobre los demás; y, su decisión será definitiva.
En caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el Consultor no pudiere obtenerla directamente, éstas se solicitarán al administrador del contrato. La administración proporcionará, cuando considere necesario, instrucciones adicionales, para realizar satisfactoriamente el proyecto.
3.1.3 Personal del Consultor: El Consultor de ser el caso empleará personal en número suficiente para el cumplimiento del contrato y con la debida experiencia.
El administrador del contrato podrá requerir en forma justificada al Consultor, el reemplazo de cualquier integrante de su personal que lo considere incompetente o negligente en su oficio, se negare a cumplir las estipulaciones del contrato y sus anexos, o presente una conducta incompatible con sus obligaciones.
El consultor, en general, deberá cumplir con todas las obligaciones que naturalmente se desprendan o emanen del contrato suscrito.
3.1.4 Obligaciones de la contratante:
• Designar al administrador del contrato.
• Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del mismo, en forma ágil y oportuna.
• Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma oportuna.
• Las demás, determinadas en el pliego precontractual.
3.1.5 Pagos: El trámite de pago seguirá lo estipulado en las cláusulas respectivas del contrato.
3.1.6 Administrador del Contrato: El administrador del contrato será designado por la máxima autoridad de la entidad contratante, o su delegado, responsable de la coordinación y seguimiento de la ejecución contractual.
Respecto de su gestión reportará a la máxima autoridad institucional o ante la autoridad prevista en el contrato (área requirente), debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.
MODELO DE COMPROMISO DE ASOSIACIÓN O CONSORCIO PROCEDIMIENTO No.
OBJETO DE CONTRATACIÓN
Comparecen a la suscripción del presente compromiso, por una parte, (persona
natural o representante legal de persona jurídica), debidamente representada por ……………
………….; y, por otra parte, (personas natural o representante legal de persona jurídica), …..………
representada por , todos debidamente registrados y habilitados en el RUP.
Los comparecientes, en las calidades que intervienen, capaces para contratar y obligarse, acuerdan suscribir el presente compromiso de Asociación o Consorcio para participar en el procedimiento de contratación No. ……., cuyo objeto es y por lo tanto expresamos lo siguiente:
a) El Procurador Común de la Asociación o Consorcio será (indicar el nombre), con cédula de ciudadanía o pasaporte No. de (Nacionalidad), quien está expresamente facultado representar en la fase precontractual.
b) El detalle valorado de los aportes de cada uno de los miembros es el siguiente: (incluir el detalle de los aportes sea en monetario o en especies, así como en aportes intangibles, de así acordarse).
c) Los compromisos y obligaciones que asumirán las partes en la fase de ejecución contractual, de resultar adjudicada; son los siguientes: (detallar)
d) La asociación o consorcio está integrado por:
Número | Asociados o Consorciados | Porcentaje de participación |
1 | ||
2 |
El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de participación de los miembros, debe ser igual al 100%.
e) La responsabilidad de los integrantes de la asociación o consorcio es solidaria e indivisible para el cumplimiento de todas y cada una de las responsabilidades y obligaciones emanadas del procedimiento precontractual, con renuncia a los beneficios de orden y excusión;
f) La constitución de la asociación o consorcio se la realizará dentro del plazo establecido en la normativa vigente o en el pliego, previo a la suscripción del contrato.
g) El plazo del compromiso de asociación o consorcio y plazo del acuerdo en caso de resultar adjudicatario, cubrirá la totalidad del plazo precontractual, hasta antes de suscribir el contrato de asociación o consorcio respectivo, y noventa días adicionales.
Además, manifestamos que el consorcio cumplirá con todo lo determinado en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General, así como con lo establecido en la normativa que expida el Servicio Nacional de Contratación Pública.
Atentamente,
Asociado o consorciado 1.-
Firma: Representante Legal o persona natural. Nombre: Representante Legal o persona natural.
Domicilio:
Lugar de recepción de notificaciones:
MODELO XX XXXXXX DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONSULTORÍA
III. FORMULARIOS
SECCIÓN I | FORMULARIO ÚNICO DE LA OFERTA 1.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO 1.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE 1.3 OFERTA ECONÓMICA. 1.4 PLAN DE TRABAJO: ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA 1.5 EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN SERVICIOS DE CONSULTORÍA, REALIZADOS EN LOS ÚLTIMOS AÑOS 1.5 PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO |
SECCIÓN II | FORMULARIO DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO Y HOJA DE VIDA. 2.1 COMPROMISO DEL PROFESIONAL ASIGNADO AL PROYECTO 2.2 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO |
SECCIÓN I. FORMULARIO DE OFERTA
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
1.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO
El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por el Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada, para la elaborar LA PROPUESTA DE PRESENTACIÓN PARCIAL DE INFORMACIÓN Y DATOS DEL LÍMITE EXTERIOR DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL ECUATORIANA EN EL FLANCO SUR DE LA CORDILLERA SUBMARINA XX XXXXXXXX, MÁS ALLÁ DE LAS 200 MILLAS MARINAS, QUE REALIZARÁ EL ESTADO ECUATORIANO ANTE LA COMISIÓN DE LÍMITES DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL, CONFORME A LA PARTE VI Y EL ANEXO II DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR, EN EL MARCO DEL
PROYECTO SUTPLA I, luego de examinar el pliego del presente procedimiento de consultoría, al presentar esta oferta por (sus propios derechos, si es persona natural) / (representante legal o apoderado de ....... si es persona jurídica), (procurador común de…, si se trata de asociación o consorcio) declara que:
1. La oferta la hace en forma independiente y sin conexión abierta u oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de consultoría y, en todo aspecto, es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, xxxx y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable; asimismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones, acuerdos o prácticas concertadas o y, en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentación de ofertas y posturas o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación. En tal virtud, declara conocer que se presumirá la existencia de una práctica restrictiva, por disposición del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder xx Xxxxxxx, si se evidencia la existencia de actos u omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y en general cualquier conducta, independientemente de la forma que adopten, ya sea en la presentación de su ofertas, o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación.
2. Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio; y, que los equipos e instrumentos que se utilizarán para la ejecución, en caso de adjudicación del contrato, serán de propiedad del oferente o arrendados y contarán con todos los permisos que se requieran para su utilización.
3. Al presentar esta oferta, considera todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual.
4. Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecerá, y no ha efectuado o efectuará ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley; entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún funcionario o trabajador de la entidad contratante que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratación en sus etapas de planificación, programación, selección, contratación o ejecución, incluyéndose preparación xxx xxxxxx, aprobación de documentos, calificación de ofertas, selección de contratistas, adjudicación o declaratoria de procedimiento desierto, recepción de productos o servicios, administración o supervisión de contratos o cualquier otra intervención o decisión en la fase precontractual o contractual.
5. Acepta que en el caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en el presente formulario, la entidad contratante le descalifique como oferente, o dé por terminado en forma inmediata el contrato, observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que tales violaciones hayan ocasionado.
6. Declara que se obliga a guardar absoluta reserva de la información confiada y a la que pueda tener acceso durante las visitas previas a la valoración de la oferta y en virtud del desarrollo y cumplimiento del contrato en caso de resultar adjudicatario, así como acepta que la inobservancia de lo manifestado dará lugar a que la entidad contratante ejerza las acciones legales según la legislación ecuatoriana vigente.
7. Conoce las condiciones de la contratación, ha estudiado las especificaciones técnicas, términos de referencia y demás información xxx xxxxxx, las aclaraciones y respuestas realizadas en el procedimiento, y en esa medida renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento por estas causas.
8. Entiende que las cantidades indicadas en el Formulario de Oferta para esta contratación son exactas y, por tanto no podrán variar por ningún concepto.
9. De resultar adjudicatario, manifiesta que suscribirá el contrato comprometiéndose a ejecutar los términos de referencia que ha formulado la Entidad Contratante, los mismos que declara conocerlos; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad, como causal para solicitar ampliación del plazo, contratación de nuevos servicios o contratos complementarios.
10. Conoce y acepta que la Entidad Contratante se reserva el derecho de adjudicar el contrato, cancelar o declarar desierto el procedimiento, si conviniere a los intereses nacionales o institucionales, sin que dicha decisión cause ningún tipo de reparación o indemnización a su favor.
11. Garantiza la veracidad y exactitud de la información y documentación proporcionada; así como de las declaraciones realizadas para el presente procedimiento de contratación, inclusive aquellas respecto de la calidad de productor nacional; contenidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos. De igual forma garantiza la veracidad y exactitud de la información que como proveedor consta en el Registro Único de Proveedores, al tiempo que autoriza al Servicio Nacional de Contratación Pública y a la entidad contratante a efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas, económicas y legales del oferente. Acepta que, en caso de que la entidad contratante o el Servicio Nacional de Contratación Pública comprobaren administrativamente que el oferente o contratista hubiere alterado o faltado a la verdad sobre la documentación o información que conforma su
oferta, dicha falsedad será causal para descalificarlo del procedimiento de contratación, declararlo adjudicatario fallido, contratista incumplido.
12. El oferente, de resultar adjudicado, declara que cumplirá con las obligaciones de pago que se deriven del cumplimiento del contrato a sus subcontratistas o subproveedores.
13. En caso de que sea adjudicatario, conviene en:
a) Firmar el contrato dentro del término de quince (15) días desde la notificación con la resolución de adjudicación. Como requisito indispensable previo a la suscripción del contrato presentará las garantías correspondientes. (Para el caso de Consorcio se tendrá un término no mayor de treinta días)
b) Garantizar todo el trabajo que efectuará de conformidad con los documentos del contrato.
c) Presentar, previo a la suscripción del contrato, los requerimientos correspondientes al nivel de transferencia de tecnología que corresponda, conforme al listado de CPCs publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, que constan en el Anexo 20 de la Codificación de las Resoluciones del SERCOP.
1.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE
NOMBRE DEL OFERENTE: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se determinará al representante legal, apoderado o procurador común, de ser el caso).
DATOS GENERALES DEL OFERENTE
Participación: | |
Nombre del oferente: | |
Origen: | |
R.U.C. | |
Naturaleza: |
DOCIMICILIO DEL OFERENTE
Provincia: | |
Cantón: | |
Calle principal: | |
Número: | |
Calle secundaria: | |
Código Postal: | |
Teléfono: | |
Correo electrónico: |
OFERTA ECONÓMICA **
DESCRIPCIÓN | Valor USD $ | |
1. COSTOS DIRECTOS | ||
Remuneraciones | ||
Beneficios o cargas sociales | ||
Viajes y viáticos | ||
Servicios | ||
Arrendamientos | ||
Equipos e instalaciones | ||
Suministros | ||
Reproducciones | ||
Subcontratos | ||
2. COSTOS INDIRECTOS | ||
Utilidad | ||
TOTAL |
TOTAL: (detallar el total en números) dólares de los Estados Unidos de América, sin IVA.
(Detallar costos directos e indirectos)
(Los costos indirectos No aplicable para consultores individuales)
**Este formulario deberá ser presentado como Sobre No. 2, debidamente cerrado.
1.4 PLAN DE TRABAJO: ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA
Contendrá, entre otros lo siguiente:
a) Desarrollo de objetivos, actividades, acciones, productos y metas;
b) Descripción del enfoque, alcance y metodología del trabajo que revele el conocimiento de las condiciones generales y particulares del proyecto materia de la prestación del servicio de consultoría;
c) Organigrama funcional del servicio propuesto; y,
d) Programa o programas de actividades, asignación de profesionales y tiempos.
e) Cronograma de participación del personal técnico;
f) Cronograma de ejecución de la consultoría;
g) Metodología para la ejecución de la consultoría;
h) Determinación de subcontratación;
i) Los servicios de apoyo a la consultoría; y,
j) Otros determinados por la entidad de acuerdo a la necesidad del proyecto.
(Nota: El proponente desarrollará este formulario en las hojas que creyere conveniente manteniendo el mismo formato).
1.5 EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN SERVICIOS DE CONSULTORÍA, REALIZADOS EN LOS ÚLTIMOS (señalar) AÑOS
No. | Tipo | Contratante | Objeto de contrato | Valor del Contrato | Fecha de recepción |
1.6 PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO
Nombre completo | Título profesional | Nacionalidad | Cargo / Función | Tiempo participación (meses) | Porcentaje participación sobre total |
Para constancia de lo ofertado, suscribo este formulario,
-------------------------------------------------------
FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O PROCURADOR COMÚN
(según el caso **)
(LUGAR Y FECHA)
SECCIÓN II. FORMULARIO DE COMPROMISO DE PARTICIPACION DEL PERSONAL TECNICO Y HOJA DE VIDA
2.1 COMPROMISO DEL PROFESIONAL ASIGNADO AL PROYECTO
Yo, (nombre del profesional), me comprometo con (nombre del oferente) a prestar mis servicios en calidad de (título profesional), para (cargo asignado) durante la realización del proyecto, en caso de adjudicación, adjuntando al presente compromiso mi hoja de vida correspondiente, numeral 2.2 de este formulario.
Lugar y Fecha
(Firma, Nombre y Número CC) (Profesional Asignado al Proyecto)
Notas:
1. Este formulario deberá estar firmado por el profesional para ser considerado en el proyecto, exclusivamente.
2. Incluir información de cada experiencia profesional en el formato detallado en el numeral 2.2 de este formulario.
HOJA DE VIDA DEL PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO
1. Nombres completos:
2. Lugar y fecha de nacimiento:
3. Nacionalidad:
4. Título profesional:
5. Fecha de graduación:
6. Título IV nivel:
7. Fecha de obtención:
6. Experiencia profesional:
Empresa / Institución: | |
Contratante: | |
Proyecto: | |
Monto del proyecto: | |
Papel desempeñado: | |
Tiempo de participación: | |
Actividades relevantes: |
PROYECTO DE CONTRATO
IV. CONDICIONES PARTICULARES DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORÍA
Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte, el Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada, representada por el señor CPNV-EM Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, en calidad de Director, a quien en adelante se le denominará contratante; y, por otra (nombre del contratista o de ser el caso del representante legal, apoderado o procurador común a nombre de “persona jurídica”), a quien en adelante se le denominará contratista. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera.- ANTECEDENTES
1.1 De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública
, y 25 y 26 de su Reglamento General , el Plan Anual de Contratación de la contratante, contempla elaborar LA PROPUESTA DE PRESENTACIÓN PARCIAL DE INFORMACIÓN Y DATOS DEL LÍMITE EXTERIOR DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL ECUATORIANA EN EL FLANCO SUR DE LA CORDILLERA SUBMARINA XX XXXXXXXX, MÁS ALLÁ DE LAS 200 MILLAS MARINAS, QUE REALIZARÁ EL ESTADO ECUATORIANO ANTE LA COMISIÓN DE LÍMITES DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL, CONFORME A LA PARTE VI Y EL ANEXO II DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR, EN EL MARCO DEL PROYECTO SUTPLA I
1.2. Previo los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de la contratante resolvió aprobar el pliego para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE UN CONSULTOR QUE ELABORE LA PROPUESTA DE PRESENTACIÓN PARCIAL DE INFORMACIÓN Y DATOS DEL LÍMITE EXTERIOR DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL ECUATORIANA EN EL FLANCO SUR DE LA CORDILLERA SUBMARINA XX XXXXXXXX, MÁS ALLÁ DE LAS 200 MILLAS MARINAS, QUE REALIZARÁ EL ESTADO ECUATORIANO ANTE LA COMISIÓN DE LÍMITES DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL, CONFORME A LA PARTE VI Y EL ANEXO II DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR, EN EL MARCO DEL PROYECTO SUTPLA I.
1.3. Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria 730601, conforme consta en la certificación conferida por el señor Director Financiero, CPCB-AB Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx y SP. Xxxxx Xxxxxxx, Encargada de Presupuesto del Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada, mediante Certificación Presupuestaria No. 397 del 17 xx xxxxx de 2021.
1.4. Se realizó la respectiva convocatoria el (día) (mes) (año).
1.5. Luego del procedimiento correspondiente, el CPNV-EM Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, en su calidad de máxima autoridad de la contratante (o su delegado), mediante resolución (No.) de (día) de (mes) de (año), adjudicó la ejecución de la consultoría para elaborar LA PROPUESTA DE PRESENTACIÓN PARCIAL DE INFORMACIÓN Y DATOS DEL LÍMITE EXTERIOR DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL ECUATORIANA EN EL FLANCO SUR DE LA CORDILLERA SUBMARINA XX XXXXXXXX, MÁS ALLÁ DE LAS 200 MILLAS MARINAS, QUE REALIZARÁ EL ESTADO ECUATORIANO ANTE LA COMISIÓN DE LÍMITES DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL, CONFORME A LA PARTE VI Y EL ANEXO II DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR, EN EL MARCO DEL PROYECTO SUTPLA I., al oferente (nombre del adjudicatario).
Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO 2.1Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:
a) El pliego (Condiciones Particulares xxx Xxxxxx CPP y Condiciones Generales xxx Xxxxxx CGP) incluyendo los términos de referencia que corresponden a la consultoría contratada.
b) Las Condiciones Generales de los Contratos de Ejecución de Consultoría (CGC) publicados y vigentes a la fecha de la Convocatoria.
c) La oferta presentada por el contratista, con todos sus documentos que la conforman.
d) Las garantías presentadas por el contratista. (De ser el caso)
e) La resolución de adjudicación.
f) Las certificaciones de (dependencia a la que le corresponde certificar), que acrediten la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
Cláusula Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO
3.1 El contratista se obliga para con la contratante a ejecutar, terminar y entregar a entera satisfacción de la misma, LA PROPUESTA DE PRESENTACIÓN PARCIAL DE INFORMACIÓN Y DATOS DEL LÍMITE EXTERIOR DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL ECUATORIANA EN EL FLANCO SUR DE LA CORDILLERA SUBMARINA XX XXXXXXXX, MÁS ALLÁ DE LAS 200 MILLAS MARINAS, QUE REALIZARÁ EL ESTADO ECUATORIANO ANTE LA COMISIÓN DE LÍMITES DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL, CONFORME A LA PARTE VI Y EL ANEXO II DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR, EN EL MARCO DEL PROYECTO SUTPLA I.
Se compromete al efecto, a ejecutar el trabajo de consultoría, con sujeción a su oferta, plan de trabajo y metodología, términos de referencia, anexos, Condiciones Generales de los Contratos de Ejecución de Consultoría (CGC), instrucciones de la entidad y demás documentos contractuales, tanto los que se protocolizan en este instrumento, cuanto los que forman parte del mismo sin necesidad de protocolización, y respetando la normativa legal aplicable.
Cláusula Cuarta.- OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA
En virtud de la celebración del contrato, la Consultora se obliga con el Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada, prestar los servicios para elaborar LA PROPUESTA DE PRESENTACIÓN PARCIAL DE INFORMACIÓN Y DATOS DEL LÍMITE EXTERIOR DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL ECUATORIANA EN EL FLANCO SUR DE LA CORDILLERA SUBMARINA XX XXXXXXXX, MÁS ALLÁ DE LAS 200 MILLAS MARINAS, QUE REALIZARÁ EL ESTADO ECUATORIANO ANTE LA COMISIÓN DE LÍMITES DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL, CONFORME A LA PARTE VI Y EL ANEXO II DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR, EN EL MARCO DEL PROYECTO SUTPLA I, y todo aquello que
fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales.
Cláusula Quinta.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS
En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar al Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada, todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (definirá la entidad).
Cláusula Sexta.- PRECIO DEL CONTRATO
6.1. El valor estimado del presente contrato, que la contratante pagará al contratista, es de ………………
dólares de los Estados Unidos de América, más IVA, de conformidad con la oferta presentada por el contratista.
6.2. Los precios acordados en el contrato por los trabajos especificados, constituirán la única compensación al contratista por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar.
Cláusula Séptima.- FORMA DE PAGO
La totalidad del pago se realizará contra entrega de la Parte I (resumen), Parte II (cuerpo) y Parte III (datos) de la propuesta de Presentación Parcial del límite exterior de la plataforma continental ecuatoriana en el flanco sur de la cordillera submarina xx Xxxxxxxx, más allá de las 200 millas marinas, conforme las características indicadas en el numeral 6; así como, del informe favorable del administrador del contrato y la suscripción del acta de entrega recepción a entera satisfacción de la entidad contratante.
Cláusula Octava.- GARANTÍAS
8.1 El consultor solventará durante los siguientes 24 meses, contados desde la fecha de entrega, cualquier observación que se realice sobre la información y datos contenidos en la propuesta de Presentación Parcial, durante procesos de revisión que de esta presentación realice cualquier entidad nacional o internacional competente.
Cláusula Novena.- PLAZO
9.1.-El plazo para la ejecución y terminación de la totalidad de los trabajos contratados es de 140 días, contado a partir de FECHA DE SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO.
Xxxxxxxx Xxxxxx.- MULTAS
10.1.-Por cada día de retardo en el cumplimiento de la ejecución de las obligaciones contractuales conforme al cronograma valorado, se aplicará la multa de uno por mil y se calcularán sobre el porcentaje de las obligaciones que se encuentren pendientes de ejecutarse conforme lo establecido en el contrato.
Cláusula Undécima.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS
11.1.-El valor del anticipo y de las planillas de ejecución de los servicios, se reajustarán si se produjeren variaciones en los componentes de los precios unitarios estipulados, desde la fecha de variación, mediante la aplicación de la siguiente fórmula general:
Pr = Po (IPC1 / IPCo)
Donde:
Pr = valor reajustado del anticipo o de la planilla
Po= valor del anticipo, o de la planilla de avance descontada la parte proporcional del anticipo
IPCo= Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC vigente a la fecha de presentación de la oferta.
IPC1= Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC vigente a la fecha de pago del anticipo o de las planillas de avance.
La relación IPC1 / IPCo siempre deberá ser mayor a 1 para que sea aplicable el reajuste de precios.
En caso de que algún componente del contrato haya sido negociado como comprobable y reembolsable, este deberá ser excluido del valor Po.
El anticipo se reajustará aplicando el procedimiento indicado, cuando hayan transcurrido más de noventa días entre la fecha de presentación de la oferta y la fecha de entrega efectiva del anticipo, cuando el atraso no sea imputable al consultor.
En caso xx xxxx o retardo en la presentación de cada planilla, imputable al consultor, se reconocerá el reajuste de precios a la fecha en que debió presentarla, de conformidad con el cronograma vigente.
En caso xx xxxx de la entidad contratante en el pago de planillas, éstas se reajustarán hasta la fecha en que se las cubra, por lo cual no causarán intereses.
La Consultora presentará la planilla con los precios contractuales y la planilla de reajuste, esta última calculada con el índice de precios disponible a la fecha de su presentación. Una vez que se publique el índice de precios del mes en el que se efectuó el pago de esa planilla o del anticipo, el consultor presentará la planilla de reliquidación del reajuste, que será pagada en el plazo máximo de quince (15) días de su presentación. Cuando se cuente con los índices definitivos a la fecha de pago de la planilla principal, el consultor presentará la planilla de reajuste.
Cláusula Duodécima.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO:
12.1 La contratante designa al (nombre del designado), en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares xxx xxxxxx que forma parte del presente contrato, y velará por el cabal cumplimiento del mismo.
12.2 La contratante podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al contratista la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.
Cláusula Décima Tercera.- TERMINACION DEL CONTRATO
13.1Terminación del contrato.-El contrato termina conforme a las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.
13.2Causales de Terminación unilateral del contrato.-Tratándose de incumplimiento del contratista, procederá la declaración anticipada y unilateral de la contratante, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales:
a) Si el contratista no notificare a la contratante acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación;
b) Si la contratante, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del contratista;
c) Si el contratista incumple con las declaraciones que ha realizado en el formulario de oferta - Presentación y compromiso;
d) En caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por contratista, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral del contrato por lo que, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
Cláusula Décima Cuarta.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
14.1.- Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán a la jurisdicción en el domicilio de la entidad contratante.
Cláusula Décima Quinta: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
15.1.-Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito o por medios electrónicos y en idioma español. Las comunicaciones entre el administrador del contrato y el contratista se harán a través de documentos escritos o por medios electrónicos, cuya constancia de entrega debe encontrarse en la copia del documento.
Cláusula Décima Sexta.- DOMICILIO
16.1. Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de (establecer ciudad).
16.2. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes: La contratante: (dirección y teléfonos, correo electrónico).
El contratista:(dirección y teléfonos, correo electrónico).
Cláusula Décima Séptima.- ACEPTACION DE LAS PARTES
17.1.- Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos Consultoría, vigente a la fecha de la convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de este Contrato que lo están suscribiendo.
17.2.-Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
Dado, en la ciudad de Guayaquil, a
LA CONTRATANTE EL CONTRATISTA
V. CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORIA
Cláusula Primera.- INTERPRETACION DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
1.1 Los términos del contrato se interpretarán en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:
a) Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato.
b) El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.
c) En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas de la jurisdicción del domicilio de la entidad contratante.
1.2 Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación:
a. “Adjudicatario”, es el oferente a quien la entidad contratante le adjudica el contrato.
b. “Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el procedimiento de contratación, a la que le corresponde actuar conforme disposiciones administrativas que fueren aplicables.
c. “Consultor”, es el oferente adjudicatario.
d. “Contratante” “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.
e. “Oferente”, es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta", en atención al procedimiento de contratación.
f. “Oferta”, es la propuesta para contratar, ceñida al pliego, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la ejecución de la obra o proyecto.
g. “SERCOP”, Servicio Nacional de Contratación Pública.
Cláusula Segunda.- FORMA DE PAGO
Se estará a lo previsto en las Condiciones Particulares del contrato, y además:
2.1 El valor por concepto de anticipo será depositado en una cuenta que el consultor aperture en una institución financiera estatal, o privada de propiedad del Estado en más de un cincuenta por ciento. El consultor autoriza expresamente se levante el sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo. El administrador del contrato designado por la contratante verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de ejecución contractual.
El anticipo que la contratante haya otorgado al consultor para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
2.2 Todos los pagos que se hagan al consultor por cuenta de este contrato, se efectuarán con sujeción al precio convenido, a satisfacción de la contratante, previa la aprobación del administrador del contrato.
2.3 De los pagos que deba hacer, la contratante retendrá igualmente las multas que procedan, de acuerdo con el contrato.
2.4 Pagos indebidos: La contratante se reserva el derecho de reclamar al consultor, en cualquier tiempo, antes o después de la prestación del servicio, sobre cualquier pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada, obligándose el consultor a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la contratante, reconociéndose el interés calculado a la tasa máxima del interés convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador.
Cláusula Tercera.- GARANTÍAS
3.1 Lo contemplado en las Condiciones Particulares del Contrato.
3.2 Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la contratante en los siguientes casos:
3.2.1 La de fiel cumplimiento del contrato:
a) Cuando la contratante declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al consultor.
b) Si el consultor no la renovare cinco (5) días hábiles antes de su vencimiento.
c) Cuando un juez competente disponga su retención o pago por obligaciones a favor de terceros, relacionadas con el contrato de Consultoría, no satisfechas por el consultor.
3.2.2 La del anticipo:
a) Si el consultor no la renovare cinco (5) días hábiles antes de su vencimiento.
b) En caso de terminación unilateral del contrato y que el consultor no pague a la contratante el saldo adeudado del anticipo, después xx xxxx días de notificado con la liquidación del contrato.
Cláusula Cuarta.- PRÓRROGAS DE PLAZO
4.1 La contratante prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos, y siempre que el consultor así lo solicitare, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del término de hasta 15 siguientes a la fecha de producido el hecho que motive la solicitud.
a) Por fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, previo informe del administrador del contrato. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el consultor está obligado a continuar con la prestación del servicio, sin necesidad de que medie notificación por parte del administrador del contrato.
b) Cuando se suspendan los trabajos o se cambien las actividades previstas en el cronograma por orden de la entidad contratante y que no se deban a causas imputables a la consultora.
c) Si la contratante no hubiera solucionado los problemas administrativos-contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la prestación del servicio.
4.2 En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. Y en tal caso se requerirá la autorización de la máxima autoridad de la contratante, previo informe del administrador del contrato.
Cláusula Quinta.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONSULTOR
A más de las obligaciones señaladas en las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato, las siguientes:
5.1 El consultor se compromete a prestar sus servicios derivados del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de la información con los que contó la entidad contratante y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad de dichos documentos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por la administración.
5.2 El consultor se compromete durante la prestación del servicio, a facilitar a las personas designadas por la entidad contratante, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento técnico relacionado con la prestación del servicio, y la utilización de los bienes incorporados si fueren del caso, así como de los eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos.
Los delegados o responsables técnicos de la entidad contratante, tales como el administrador, deberán tener el conocimiento suficiente para la operación, así como la eventual realización de ulteriores desarrollos. Para el efecto, el consultor se compromete durante la prestación del servicio, a facilitar a las personas designadas por la entidad contratante toda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al objeto contractual.
5.3 El consultor está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable.
5.4 El consultor se obliga al cumplimiento de lo exigido en los pliegos, a lo previsto en su oferta y a lo establecido en la legislación ecuatoriana vigente.
Cláusula Sexta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE
6.1 Son obligaciones de la contratante las establecidas en el pliego que es parte del presente contrato.
Cláusula Séptima.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS.-
7.1 Por causas justificadas, las partes podrán firmar contratos complementarios, siempre que la parte contratante considerara conveniente dentro de los parámetros legales aplicables al caso.
Cláusula Octava.- ACTA ENTREGA - RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO
8.1 Una vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos en el contrato, el consultor entregará a la entidad contratante el informe final provisional, cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual. La entidad contratante dispondrá del término de 15 días para la emisión de observaciones y el consultor de 15 días adicionales para absolver dichas observaciones y presentar el informe final definitivo.
8.2 El acta de recepción definitiva será suscrita por las partes, en el plazo previsto en el contrato, siempre que no existan observaciones pendientes en relación con los trabajos de consultoría y el informe final definitivo del estudio o proyecto
8.3 Si la contratante no hiciere ningún pronunciamiento respecto de la solicitud de recepción definitiva, ni la iniciare, una vez expirado el término de quince días, se considerará que tal recepción se ha efectuado de pleno derecho, para cuyo efecto un Juez de lo Civil o un Notario Público, a solicitud del consultor notificará que dicha recepción se produjo.
8.4 Operada la recepción definitiva presunta, a solicitud del consultor o declarada por la contratante, producirá como único efecto la terminación del contrato, dejando a salvo de los derechos de las partes a la liquidación técnico-económica correspondiente.
Las partes buscarán en el plazo de treinta (30) días posteriores a la recepción definitiva presunta suscribir el acta de la liquidación técnico-económica del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales de las que se crean asistidas.
8.5 Liquidación del contrato: La liquidación económico contable del contrato se dejará constancia de lo ejecutado, se determinarán los valores recibidos por el contratista, los pendientes de pago o los que deban deducírsele o deba devolver por cualquier concepto, aplicando los reajustes correspondientes. Podrá también procederse a las compensaciones a que hubiere lugar. La liquidación final será parte del acta de recepción definitiva.
Los valores liquidados deberán pagarse dentro de los diez días siguientes a la liquidación; vencido el término causarán intereses legales y los daños y perjuicios que justificare la parte afectada.
Xxxxxxxx Xxxxxx.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS
9.1 La contratante efectuará al consultor las retenciones que dispongan las leyes tributarias, actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado, al efecto procederá conforme la legislación tributaria vigente.
9.2 Es de cuenta del consultor, cuando fuere del caso, el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados. El consultor entregará a la contratante hasta dos copias de este contrato, debidamente protocolizadas. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del consultor.
Xxxxxxxx Xxxxxx: LABORAL
10.1 El consultor asume de forma exclusiva la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones patronales, y tributarias y demás leyes conexas. En consecuencia, la entidad contratante está exenta de toda obligación respecto del personal del consultor. Sin perjuicio de lo cual, la entidad contratante ejercerá el derecho de repetición que le asiste en el caso de ser obligada al pago de cualquier obligación, ordenado por autoridad competente.
Cláusula Undécima.- TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO
La declaratoria de terminación unilateral y anticipada del contrato no se suspenderá por la interposición de reclamos o recursos administrativos, demandas contencioso administrativas, arbitrales o de cualquier tipo de parte del consultor.
Cláusula Décimo Segunda: CONFIDENCIALIDAD
12.1 La entidad contratante y el consultor convienen en que toda la información que llegue a su conocimiento de la otra parte, en razón de la ejecución del presente contrato será considerada confidencial o no divulgable. Por lo tanto, estará prohibida su utilización en beneficio propio o de terceros o en contra de la dueña de tal información.
El incumplimiento de esta obligación será causal para dar por terminado este contrato, y quedará a criterio de la parte afectada el iniciar las acciones correspondientes por daños y perjuicios.
El consultor y/o cualquiera de sus colaboradores quedan expresamente prohibidos de reproducir o publicar la información del proyecto materia del contrato, incluyendo coloquios, exposiciones, conferencias o actos académicos, salvo autorización por escrito de la entidad contratante.