PLIEGO DE BASES PARA LA LICITACIÓN Y CONDICIONES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN ADMINISTRATIVA DEL DOMINIO PÚBLICO DE LA CIUDAD DE PAMPLONA CON DESTINO A LA INSTALACIÓN, GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DE UN SISTEMA DE BICICLETA ELÉCTRICA COMPARTIDA
PLIEGO DE BASES PARA LA LICITACIÓN Y CONDICIONES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN ADMINISTRATIVA DEL DOMINIO PÚBLICO DE LA CIUDAD XX XXXXXXXX CON DESTINO A LA INSTALACIÓN, GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DE UN SISTEMA DE BICICLETA ELÉCTRICA COMPARTIDA
1. JUSTIFICACIÓN Y OBJETO.
Constituye el objeto del contrato la concesión administrativa del dominio público, descrito en el presente Pliego, de la ciudad xx Xxxxxxxx, con destino a la instalación, gestión y explotación de un Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida.
23/12/2020 08:52:43
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXX
El objeto del presente Xxxxxx es el establecimiento de las condiciones con arreglo a las cuales se llevarán a cabo la adjudicación y posterior ejecución de dicho contrato.
El Plan de Gestión y Explotación de este Sistema será el redactado, en la fase de licitación, por la empresa que resultase adjudicataria, en consonancia con las condiciones técnicas contenidas en el presente Pliego.
La naturaleza jurídica del contrato que se formalice entre el Ayuntamiento y el adjudicatario será la propia de Concesión de Dominio Público conforme a la legislación vigente. A su vez, la adjudicación de este contrato de concesión se llevará a cabo según lo dispuesto en la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos, por procedimiento abierto, conforme a los criterios de adjudicación señalados en el presente Xxxxxx. El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del concesionario, en régimen de libre concurrencia con la iniciativa privada.
2. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
La contratación objeto del presente pliego será adjudicada, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Xxxxx de Contratos Públicos, mediante procedimiento ABIERTO, inferior al umbral comunitario, conforme a los criterios fijados en este pliego. El expediente se tramitará mediante la forma prevista en el presente pliego.
La adjudicación de la presente concesión se ajustará a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia y objetividad, recayendo aquella en el ofertante que, en su conjunto, haga la proposición más ventajosa, obteniendo la puntuación más alta de acuerdo con los criterios establecidos en este Pliego.
3. REQUISITOS PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN.
Podrán tomar parte en la licitación las personas naturales o jurídicas en quienes concurran los siguientes requisitos:
1. Tener plena capacidad para obrar y no estar incursa, o no estarlo sus representantes o administradores si fuera persona jurídica, en causa de exclusión o prohibición para contratar del artículo 22 de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
2. Tener una finalidad u objeto de negocio directamente relacionados con la instalación y/o gestión y explotación de sistemas de bicicleta compartida y/o pública, y estar en condiciones de disponer de una organización con elementos materiales y personales suficientes para la adecuada realización de las actividades propias de la concesión.
3. Tener capacidad económica suficiente para acometer las inversiones necesarias en cumplimiento de las condiciones indicadas en el presente Pliego.
4. No tener deudas con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx en periodo ejecutivo.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
Si la proposición es suscrita por licitadores que participen conjuntamente, se incorporará un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación que corresponde a cada uno y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo. El escrito deberá estar firmado tanto por las diversas empresas concurrentes como por el citado apoderado.
• Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional
A.-SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA: La solvencia económica o financiera se acreditará mediante la presentación de:
Declaración responsable de la licitadora que indique su volumen de negocio en los tres últimos años (2017, 2018 y 2019). Se considerará que la licitadora posee solvencia económica y financiera para la ejecución de este contrato cuando acredite un volumen de negocio en alguno de los ejercicios a los que se hace referencia en el párrafo anterior, igual o superior a 250.000 euros anuales (IVA incluido). Si la licitadora no ha cumplido los tres años de antigüedad, deberá aportar declaración del volumen global de negocios correspondiente a los ejercicios en activo, debiendo sumar el volumen de negocios en uno de los años en activo, una cifra igual o superior a 250.000 euros anuales (IVA incluido).
B.- SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL: Para la acreditación de la solvencia técnica y profesional suficiente se deberá aportar:
Justificantes de los principales servicios y actividades que haya prestado o realizado en los últimos tres años (2017, 2018 y 2019), de características iguales o semejantes a las que son propias de esta concesión. Se considerará que la entidad licitadora posee solvencia técnica o profesional para la ejecución de este contrato cuando acredite, mediante los justificantes o certificados aportados, la participación en los últimos tres años (2017, 2018 y 2019) en uno o varios contratos cuyo objeto sea la gestión y explotación de sistemas de bicicleta compartida y/o pública, debiendo sumar el número de bicicletas gestionadas y explotadas, en uno de los ejercicios a que se hace referencia en el párrafo anterior y en el cómputo global de los contratos en los que hubiera participado en ese ejercicio, una cifra igual o superior a 250 bicicletas (doscientas cincuenta). Se considerarán, a efectos de justificar esta solvencia, las bicicletas mecánicas o de pedaleo asistido (eléctricas) que formen o hayan formado parte de sistemas xx xxxxxxxx de bicicletas que tengan carácter compartido y/o público, correspondiendo la propiedad de dicho sistema, o en su caso la propiedad del dominio público concedido con el objeto de la instalación de un sistema de estas características, a una entidad o administración pública o privada, sea cual sea el régimen mediante el cual se haya gestionado este servicio (contrato de servicio, concesión, etc.)
La acreditación de la solvencia económica financiera y la solvencia técnica y profesional se pedirá únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación.
4. PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
Las proposiciones se presentarán en la forma, plazo y lugar indicados en el anuncio de licitación. Dichas proposiciones serán secretas y su presentación supone la aceptación incondicional del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones establecidas en el presente Xxxxxx, sin salvedad o reserva alguna.
Las licitadoras que participen en una oferta conjunta no podrán presentar proposiciones individuales. La presentación de más de una oferta dará lugar a la inadmisión de las propuestas en las que tomen parte las mismas personas.
• Lugar de presentación:
Las propuestas pueden presentarse en los siguientes lugares:
a) En las oficinas de asistencia en materia de registros del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx:
• C/Mayor, nº2-Xxxxxxx del Condestable.
• C/Descalzos, nº72-2º planta.
• C/Xxxxxxxxxx xx Xxxxxx, nº2, planta baja.
• C/Zapateria, nº40, planta baja.
• C/Xxxxxx, nº1, planta baja.
b) En las oficinas de Correos o demás lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, se deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación, la remisión de la oferta mediante correo electrónico dirigido a xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación de plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, esta no será admitida en ningún caso.
• Plazo de presentación:
45 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación del anuncio de licitación en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx. Si el último día del plazo fuera inhábil en la ciudad xx Xxxxxxxx se entenderá prorrogado el plazo al primer día hábil siguiente.
Las personas interesadas podrán solicitar por correo electrónico (xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx) aclaraciones sobre el contenido xxx Xxxxxx. Dichas aclaraciones serán contestadas antes de los seis días naturales previos a la fecha final del plazo de presentación de ofertas, siempre que hubieran sido solicitadas al menos diez días naturales antes de esa fecha. Las contestaciones a las consultas serán publicadas en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx.
• Forma de presentación:
Las licitadoras presentarán un sobre con la instancia en el exterior (Modelo de solicitud del Anexo 1) que contendrá el nombre y datos de la licitadora (dirección postal, teléfono, fax y dirección de correo electrónico a efectos de comunicaciones).
En caso de que no se presente un sobre propiamente dicho (cajas o carpetas) la licitadora deberá tomar las medidas oportunas para garantizar el secreto de proposición.
La inclusión en los sobres nº1 y nº2 de cualquier referencia a los criterios cuantificables mediante fórmulas, determinará la inadmisión o exclusión de la proposición.
El sobre con la instancia tendrá en su interior, a su vez, tres sobres cerrados y numerados: sobre nº1, sobre nº 2 y sobre nº3.
SOBRE Nº1 (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA),
En su exterior figurarán el nombre de la licitadora y las referencias “Sobre nº 1, Documentación administrativa” y “Concesión administrativa del dominio público de la ciudad xx Xxxxxxxx con destino a la instalación, gestión y explotación de un Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida”
Este sobre contendrá los documentos siguientes:
1. Documento que identifique a la licitadora como empresa, unión o agrupación de empresas, y en el que conste su denominación y CIF/NIF (no es necesario presentar escrituras, estatutos o apoderamientos en este momento)
2. Declaración responsable de que la licitadora reúne los requisitos que exige el apartado 3 xxx Xxxxxx para tomar parte en la licitación (Anexo 2), manifestando, en concreto, que su finalidad u objeto negocial están directamente relacionados con la instalación y/o gestión y explotación de sistemas de bicicleta compartida y/o pública, que puede disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la adecuada realización de las actividades propias de la concesión, y que tiene capacidad económica suficiente para acometer la inversión prevista en el presente Pliego y poner en marcha la explotación del Sistema.
Será motivo de exclusión de la licitación la inclusión en este sobre de cualquier criterio cuantificable mediante FORMULA, criterios que deben introducirse en el sobre nº3, conforme al Anexo 3.
Si se trata de personas o empresas que licitan en participación conjunta o en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas debe presentar la declaración responsable conforme al modelo del Anexo 2. Además, deberán presentar un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación que corresponda a cada persona y se designe una persona representante o apoderada única con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo, firmado por las empresas concurrentes y la persona apoderada.
- NO ES NECESARIO incluir en el SOBRE Nº1 (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA) la documentación relativa a la solvencia económica y financiera, y solvencia técnica y profesional indicadas en el apartado 3 de este pliego, sino que de conformidad con el artículo 55.8 de la Ley Xxxxx 2/2018 de Contratos, se pedirá únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación.
SOBRE Nº2 (PROPUESTA CRITERIOS NO CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS),
En su exterior figurarán el nombre de la licitadora y las referencias “Sobre nº 2, Documentación relativa a Criterios no cuantificables mediante fórmulas” y “Concesión administrativa del dominio público de la ciudad xx Xxxxxxxx con destino a la instalación, gestión y explotación de un Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida”.
Este sobre contendrá la información necesaria y suficiente para evaluar el cumplimiento de los requisitos técnicos señalados en el presente Xxxxxx. Específicamente, deberá contener los siguientes documentos:
1. PROPUESTA DE BICICLETA DE PEDALEO ASISTIDO: informe descriptivo de las características de la bicicleta de pedaleo asistido propuesta, incluyendo todos los aspectos relativos a sus funcionalidades, accesibilidad, diseño e imagen.
2. PROPUESTA DE ARQUITECTURA DEL SISTEMA (ESTACIONES Y SISTEMA DE ACCESO): informe descriptivo de la arquitectura propuesta del sistema (estaciones, otros elementos para retirada y depósito de bicicletas, bloqueo de bicicletas, sistemas de acceso, etc.), incluyendo todos los aspectos relativos a las funcionalidades, características técnicas, servicios, accesibilidad, imagen y diseño, sistemas de seguridad y resistencia a la corrosión y la intemperie de las estaciones.
3. PROPUESTA DE PLAN DE MANTENIMIENTO: informe descriptivo del Plan de Mantenimiento (Correctivo y Preventivo) propuesto, incluyendo todos los aspectos relativos a la organización del mantenimiento correctivo, organización del mantenimiento preventivo y características y organización de las auditorías anuales; este informe deberá hacer mención a todos los elementos del servicio sujetos a mantenimiento y reposición.
4. PROPUESTA DE PLAN DE LOGÍSTICA: Informe descriptivo del Plan de Logística propuesto, incluyendo todos los aspectos relativos a la garantía del servicio, a la planificación de flujos y a la flexibilidad del sistema logístico a los cambios de demanda.
5. PROPUESTA DE PLAN DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS USUARIAS: informe descriptivo del Plan de Gestión del Servicio de Atención a las Personas Usuarias, incluyendo todos los aspectos relativos a las funcionalidades del servicio (recepción de incidencias técnicas, administrativas, consultas y gestión de personas usuarias), a los tipos, funcionalidades ofrecidas, servicios y características de los sistemas de atención y gestión de personas usuarias (teléfono, página web, y, si fuera el caso, app u otros sistemas).
6. PROPUESTA DE PLATAFORMA DE GESTIÓN: informe descriptivo de las características de la plataforma de gestión propuesta, incluyendo todos los aspectos relativos a sus funcionalidades y servicios ofrecidos, así como la descripción del contenido de los informes mensuales de servicio.
7. PROPUESTA DE EQUIPOS, FLOTA DE VEHÍCULOS E INSTALACIÓN: informe descriptivo de los equipos de operarios/as, vehículos y del local de instalación propuestos, incluyendo todos los aspectos relativos al número de operarios/as, organización de los equipos, modelos, características y número de vehículos empleados y características y elementos con los que se dotará el local de instalación.
8. PROPUESTA DE FASE DE FORMACIÓN: informe descriptivo de las actuaciones a realizar por parte de la entidad licitadora, en caso de resultar adjudicataria, durante dicha Fase de Formación.
9. PROPUESTA DE SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN ECONÓMICA: informe descriptivo sobre el sistema y elementos propuestos que conformarán el sistema de administración económica que dispondrá la entidad licitadora, en caso de resultar adjudicataria, para realizar todas aquellas operaciones relativas a la facturación y cobro a las personas usuarias y la gestión de dichas facturas y cobros.
10. PROPUESTA DE PLAN DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL: informe descriptivo de las medidas propuestas relativas a la gestión medioambiental de los elementos del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida, incluyendo todos los aspectos relativos al suministro de energía eléctrica en las estaciones (placas fotovoltaicas, etc.), características de los vehículos propuestos en cuanto a la reducción de emisiones, gestión de elementos repuestos y a cualquier otra medida propuesta en este sentido.
11. PROPUESTA DE INFORME ANUAL DEL SERVICIO: informe descriptivo sobre el contenido y la forma del informe anual propuesto, incluyendo todos los aspectos relativos a los estudios, actuaciones, encuestas, etc., propuestas en cuanto a la obtención de los datos necesarios para la realización de dicho informe.
12. PROPUESTA DE UBICACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL SISTEMA: informe descriptivo de las ubicaciones concretas en el espacio público de los elementos del Sistema objeto del presente contrato de concesión. En esta propuesta se deberá hacer especial hincapié en la ubicación de las estaciones de anclaje que conformen el Sistema, en el tamaño de estas (número de anclajes) y, si fuera el caso de que así lo hubiera propuesto la empresa licitadora, en la ubicación de otros elementos que se dispongan con objeto de permitir la retirada o el depósito de bicicletas, al comienzo o al final de un desplazamiento con una de las bicicletas del sistema realizado por una persona usuaria. Dicha propuesta deberá ser correctamente motivada en función de las características de la situación actual y futura de la movilidad en Pamplona y de la localización de los puntos de destino y de los puntos atractores de desplazamientos en nuestra ciudad. Igualmente, en la propuesta se deberá tener en cuenta cualquier normativa o regulación que pudiera condicionar o incluso imposibilitar la instalación de elementos del Sistema en ciertas localizaciones o entornos concretos, así como contemplar las características de los espacios públicos en los que pudieran llegar a ubicarse, en cuanto a sus cualidades urbanas y a las actividades que en ellos se despliegan. En todo caso, las ubicaciones propuestas deben ser tales que no interfieran con itinerarios peatonales, paradas del transporte público, etc.
En esta propuesta, en ningún caso se deberá hacer mención al número total de bicicletas que propone la licitadora conformen el Sistema, entendiéndose, de esta manera, que la propuesta de un mayor número estaciones de anclaje, y/u otros elementos o localizaciones donde depositar o retirar las bicicletas, respecto a los mínimos señalados en el presente Xxxxxx, no implica, en sí misma, una propuesta de mayor número de bicicletas del Sistema respecto al mínimo indicado en este documento (250 bicicletas).
13. PROPUESTA DE RÉGIMEN TARIFARIO Y NORMAS DE USO DEL SERVICIO: informe descriptivo del régimen tarifario y normas de uso que será aplicado a las futuras personas usuarias del Sistema. En esta propuesta deberán ser detallados el sistema de abonos a los que podrán acogerse las personas usuarias, los importes económicos que tendrán que abonar estas en función de los usos y desplazamientos realizados, el sistema de reservas, si lo hubiera, de bicicletas del sistema, el sistema de descuentos, si lo hubiera, en función de la ubicación de la estación de inicio o final del desplazamiento, así como cualquier otra característica que defina este régimen tarifario, las normas de uso y el régimen sancionador. Esta propuesta, en todo caso, debe cumplir lo expresado en el Anexo 5 del presente Xxxxxx.
14. PROPUESTA DE DISEÑO DE SOPORTES DE LOS ELEMENTOS DEL SERVICIO: se deberá presentar la propuesta del diseño de los soportes de los elementos del servicio (bicicletas, estaciones, tótems, etc.), haciéndose hincapié en los espacios reservados para los logos municipales, los reservados para la información de las personas usarías y aquellos que se propongan sean reservados para la publicidad que gestione y explote la empresa concesionaria.
Lo indicado en la presente Propuesta de Criterios No Cuantificables mediante Fórmula conformará el Plan de Gestión y Explotación que deberá cumplir la empresa licitadora en caso de que resultara adjudicataria de esta concesión.
El total de la documentación contenida en este sobre deberá tener una extensión aproximada de cien (100) hojas por las dos caras, tamaño DIN-A4, con una tipología de letra “Time New Xxxxx” tamaño 12 (o similar con el mismo tamaño de letra). Se podrá incluir información gráfica en un xxxxxx xx xxxx (10) caras de folio de tamaño DIN-A4 o DIN-A3, que no computarán en la extensión anteriormente citada. Esta documentación debe presentarse en papel y digitalizada en pdf, en un soporte USB o CD que deberá introducirse, igualmente, en el mismo sobre.
Será motivo de exclusión de la licitación la inclusión en este sobre de cualquier criterio cuantificable mediante FORMULA, criterios que deben introducirse en el sobre nº3, conforme al Anexo 3.
SOBRE Nº 3 (PROPUESTA CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS)
En su exterior figurarán el nombre de la licitadora y las referencias ‘Sobre nº 3, Documentación relativa a Criterios cuantificables mediante fórmulas” y “Concesión administrativa del dominio público de la ciudad xx Xxxxxxxx con destino a la instalación, gestión y explotación de un Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida”
Este sobre contendrá los documentos siguientes:
1. Oferta (presentada conforme al modelo del Anexo 3) del concepto “número de bicicletas de pedaleo asistido que conformarán el Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida xx Xxxxxxxx” (en número absoluto sin decimales). Este número de bicicletas no podrá ser inferior al número de bicicletas mínimo exigido (250) en el presente Xxxxxx, hecho el cual implicaría la exclusión del procedimiento de licitación.
2. Oferta de criterios sociales presentada conforme al modelo del Anexo 3.
5.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
La concesión se adjudicará a la persona licitadora que realice la oferta con la mejor relación calidad precio, valorándose los criterios detallados a continuación, a los que se podrá asignar un máximo de 100 puntos.
CRITERIOS NO CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS (máximo 50 puntos) Según los siguientes subcriterios:
PROPUESTA DE BICICLETA DE PEDALEO ASISTIDO (máximo 5,00 puntos).
a) Diseño de la bicicleta (máximo 1,00 puntos): Se valorará la mayor accesibilidad de todo tipo de personas al uso de la bicicleta, el grado de comodidad ofrecido por el modelo de bicicleta y la facilidad de conducción proporcionado por la bicicleta en los trayectos.
b) Sistema de seguridad anti robo en reposo o paradas (máximo 2,00 puntos): Se valorará el mayor nivel de seguridad ofrecido por el sistema ofertado y la mayor accesibilidad de todo tipo de personas en cuanto al empleo de dicho sistema.
c) Sistema de seguimiento y localización de las bicicletas (máximo 1,00 puntos): Se valorará la mayor capacidad que ofrezca el sistema ofertado en cuanto a realizar el seguimiento de las bicicletas y a poder permitir la localización de éstas.
d) Sistema de asistencia al pedaleo y cambios de velocidad (máximo 1,00 puntos): Se valorará la calidad del sistema de asistencia al pedaleo y cambios de velocidad ofertado, la sencillez en cuanto al uso y el nivel de anti-vandalismo que proporcionen los elementos que conformen este sistema.
PROPUESTA DE ARQUITECTURA DEL SISTEMA (ESTACIONES Y SISTEMA DE ACCESO) (máximo 15,00 puntos).
a) Funcionalidades y servicios ofrecidos por las estaciones (hasta 4,00 puntos). Se valorará el mayor número de funcionalidades y servicios ofertados por las estaciones y la calidad de estas funcionalidades y servicios.
b) Funcionalidades y servicios ofrecidos en otros elementos o localizaciones en las que se permitiera, si así lo hubiese ofertado la licitadora, la retirada y depósito de bicicletas (hasta 4,00 puntos). Se valorará el mayor número de funcionalidades y servicios ofertados en estos elementos o localizaciones y la calidad de las funcionalidades y servicios ofertados en estos elementos o localizaciones.
c) Características de los sistemas de acceso (hasta 1,00 puntos). Se valorará la calidad de los sistemas de acceso propuestos.
d) Comodidad y accesibilidad en las operaciones a realizar por las personas usuarias en las estaciones (hasta 1,00 puntos): Se valorará el mayor grado de comodidad y de accesibilidad que encuentren las personas usuarias al realizar las diferentes operaciones en las estaciones.
e) Diseño de las estaciones (hasta 1,00 puntos): Se valorará el diseño de las estaciones en cuanto a su mayor integración en el espacio público y el diseño de las estaciones en cuanto a la idoneidad de la disposición de sus elementos.
f) Sistema de seguridad de las estaciones (hasta 2,00 puntos): Se valorará el nivel de seguridad ante el vandalismo y los robos proporcionado por los sistemas de seguridad de las estaciones; de esta manera, las ofertas que propongan sistemas de video vigilancia en todas las estaciones, o sistemas que proporcionen un nivel de seguridad similar a la del sistema de video vigilancia, obtendrán 2 puntos; el resto de sistemas ofertados serán puntuados proporcionalmente al nivel de seguridad proporcionado, obteniendo 0 puntos el licitador que únicamente oferte los sistemas de seguridad señalados como requisito mínimo en el Pliego de Prescripciones Técnicas (anclajes anti-vandálicos y antirrobo,etc)
g) Sistema de resistencia a la corrosión y la intemperie (hasta 2,00 puntos); Se valorará el nivel de resistencia a la corrosión y a la intemperie proporcionado por las estaciones; de esta manera, las ofertas que propongan sistemas de cubrición de las estaciones (marquesinas, boxes,etc), o sistemas que proporciones un nivel de resistencia a la corrosión y a la intemperie similar al de un sistema de cubrición, obtendrán 2 puntos; el resto de sistemas ofertados serán puntuados proporcionalmente al nivel de resistencia proporcionado, obteniendo 0 puntos el licitador que únicamente oferte los sistemas de resistencia a la corrosión y a la intemperie señalados como requisito mínimo en el Pliego de Prescripciones Técnicas (materiales que conforman las estaciones deben ser resistentes a la corrosión y a la intemperie, etc.)
PROPUESTA DE PLAN DE MANTENIMIENTO (máximo 1,00 puntos).
a) Plan de Mantenimiento Correctivo (máximo 0,50 puntos). Se valorará la idoneidad del Plan ofertado en cuanto a la atención de las incidencias técnicas y al registro y trazabilidad de dichas incidencias.
b) Plan de Mantenimiento Preventivo (máximo 0,50 puntos). Se valorará la idoneidad del Plan ofertado en cuanto a la detección de irregularidades, averías y defectos en los elementos del Servicio y en cuanto al mayor número de acciones a realizar a las bicicletas en las operaciones preventivas periódicas.
PROPUESTA DE PLAN DE LOGÍSTICA (máximo 1,00 puntos).
a) Garantía del servicio (hasta 0,50 puntos). Se valorará la capacidad del Plan de Lgística propuesto para garantizar el correcto servicio.
b) Planificación de flujos (hasta 0,25 puntos). Se valorará la capacidad de planificar con la suficiente antelación los flujos del servicio
c) Flexibilidad del servicio logístico a los cambios de demanda (hasta 0,25 puntos). Se valorará el nivel de flexibilidad proporcionado por el servicio logístico en cuanto a responder correcta y efectivamente a los cambios en la demanda que pueda experimentar el servicio, sea cual sea el motivo que los produjera.
PROPUESTA DE PLAN DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS USUARIAS (máximo 2,00 puntos).
a) Funcionalidades del Servicio de Atención a las personas usuarias (máximo 1,00 puntos). Se valorará el número de funcionalidades que ofrezca a las personas usuarias y la calidad de estas funcionalidades.
b) Tipos, funcionalidades ofrecidas, servicios y características de los Sistemas de Atención y Gestión de personas usuarias (máximo 1,00 puntos). Se valorará el mayor número y calidad de los sistemas a través de los cuales se ofrezcan las funcionalidades del Servicio de atención a las personas usuarias.
PROPUESTA DE PLATAFORMA DE GESTIÓN (máximo 2,00 puntos).
a) Funcionalidades y servicios ofrecidas por la plataforma de gestión (máximo 1,50 puntos). Se valorará el mayor número y calidad de funcionalidades y servicios ofrecidos por la plataforma de gestión, tanto en su modalidad interna como externa.
b) Contenido de los informes mensuales del servicio (máximo 0,50 puntos). Se valorará la calidad y claridad de los contenidos y de la forma de los informes mensuales del servicio ofertados.
PROPUESTA DE EQUIPOS, FLOTA DE VEHÍCULOS E INSTALACIÓN (máximo 1,00 puntos)
a) Equipos (máximo 0,50 puntos). Se valorará la idoneidad del número de operarios/as y de la organización propuesta con objeto del cumplimiento de los requisitos exigidos al servicio.
b) Flota de vehículos (máximo 0,25 puntos). Se valorará la idoneidad de los modelos, de las características y del número de vehículos propuestos con objeto del cumplimiento de los requisitos exigidos al servicio.
c) Elementos con los que se dotará el local de instalación (máximo 0,25 puntos). Se valorará la idoneidad de las características de los elementos con los que se dotará el local de instalación y del número de estos elementos con objeto del cumplimiento de los requisitos exigidos al servicio.
PROPUESTA DE FASE DE FORMACIÓN (máximo 1,00 puntos).
a) Acciones propuestas a realizar por la entidad adjudicataria durante la Fase de Formación (máximo 1,00 punto). Se valorará el número y la calidad de las acciones propuestas durante la Fase de Formación
PROPUESTA DE SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN ECONÓMICA (máximo 2,00 puntos)
a) Sistema y elementos que conformarán la administración económica (máximo 2,00 puntos). Se valorará la mayor accesibilidad de las personas usuarias al sistema de facturación y cobros y la mayor seguridad y calidad ofrecidas por los elementos que conforman el sistema de administración económica.
PROPUESTA DE PLAN DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL (máximo 2,00 puntos)
a) Medidas relativas al suministro de energía eléctrica en las estaciones (máximo 1,00 puntos) se otorgarán 1 punto a las propuestas que oferten la instalación y mantenimiento, a lo largo de toda la concesión, de un sistema de placas fotovoltaicas en las estaciones que suministren total o parcialmente la energía eléctrica necesaria en dichas estaciones y que cumplan los requisitos especificados en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
b) Medidas relativas a la reducción de emisiones de los vehículos a emplear durante el contrato (máximo 0,50 puntos). Se valorará el número y calidad de las medidas propuestas relativas a la reducción de las emisiones de los vehículos a emplear durante el contrato.
c) Medidas relativas a la correcta gestión de los elementos del Sistema que hayan sido repuestos o sustituidos (máximo 0,25 puntos). Se valorará la correcta gestión de los elementos del Servicio que hayan sido repuestos o sustituidos
d) Otras medidas relativas a la gestión medioambiental (máximo 0,25 puntos). Se valorará el número y calidad de otras posibles medidas que tengan incidencia en la correcta gestión ambiental del servicio.
PROPUESTA DE INFORME ANUAL DEL SERVICIO (máximo 1,00 puntos).
a) Contenido y forma del Informe Anual del Servicio propuesto (máximo 0,50 puntos). Se valorará la calidad y claridad de los contenidos y de la forma de los informes anuales del servicio ofertados.
b) Estudios y actuaciones propuestas para la obtención de los datos necesarios para la realización de dicho informe (máximo 0,5 puntos). Se valorará el número y calidad de los estudios y actuaciones ofertados con objeto de obtener los datos necesarios para la realización del informe anual
PROPUESTA DE UBICACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL SISTEMA (máximo 10,00 puntos).
a) Ubicaciones propuestas (máximo 10,00 puntos). Se valorarán las ubicaciones propuestas en cuanto a su idoneidad respecto a atender las actuales y futuras necesidades de movilidad en Pamplona, así como los principales puntos de origen y atracción de desplazamientos
PROPUESTA DE RÉGIMEN TARIFARIO Y NORMAS DE USO DEL SERVICIO: (máximo 5,00 puntos).
a) Régimen tarifario y normas de uso propuestas (máximo 5,00 puntos). Se valorará el régimen tarifario y normas de uso propuesto en cuanto a su capacidad de recoger todas aquellas situaciones que puedan producirse durante la gestión y explotación del servicio, permitiendo, en todos los casos, la accesibilidad al sistema de a todos los potenciales usuarios.
PROPUESTA DE DISEÑO DE SOPORTES DE LOS ELEMENTOS DEL SERVICIO: (máximo 2,00 puntos).
a) Se valorará este diseño en cuanto al mayor nivel de calidad estética, así como respecto a la posición en los soportes de los espacios destinados a logos municipales, logos de la adjudicataria y espacios de publicidad y el equilibrio entre estos espacios.
CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS (máximo 50 puntos)
1. Oferta del concepto “número de bicicletas de pedaleo asistido que conformarán el Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida xx Xxxxxxxx” (en número absoluto sin decimales) (máximo 40 puntos) La oferta de este concepto se valorará según la siguiente fórmula:
P X.xxxx i = ( (X.Xxxx i– 250) / (X.Xxxx max – 250) ) * 40
Siendo:
P X.xxxx i = Puntuación obtenida por la empresa licitadora i en la oferta del concepto de “número de bicicletas de pedaleo asistido que conformarán el Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida xx Xxxxxxxx”
X. Xxxx max = Número de bicicletas de pedaleo asistido que conformarán el Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida xx Xxxxxxxx (en número absoluto sin decimales) ofertados por la empresa licitadora que mayor número de bicicletas haya ofertado entre todas las licitadoras
X. Xxxx i = Número de bicicletas de pedaleo asistido que conformarán el Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida xx Xxxxxxxx (en número absoluto sin decimales) ofertados por la empresa licitadora i
2. Oferta de criterios sociales (máximo 10 puntos): Se otorgarán 10 puntos a la licitadora que se comprometa a adoptar la política de calidad relativa a la coordinación y participación en una Red de Trabajo Municipal sobre la movilidad ciclista en Pamplona, en la cual se analizarán las posibles estrategias para el impulso de este tipo de movilidad en nuestra ciudad, así como aquellas cuestiones que pueden afectar a este contrato de concesión (régimen de uso, posibles ampliaciones, calidad del servicio, tarifas a personas usuarias, etc.). La empresa concesionaria deberá encargarse de la coordinación, conjuntamente con la Unidad Gestora, y desarrollo de las reuniones de trabajo que esta red realizará, así como de todas las acciones comunicativas, diseño de programas de trabajo, elaboración de soportes, recogida de actas, etc. A esta red se deberá invitar a las áreas municipales implicadas, a otras administraciones también implicadas, así como a universidades, centros educativos, colectivos y empresas que desarrollan su actividad en este campo. La Red de Trabajo Municipal deberá estar en funcionamiento durante todo el periodo de vigencia de la concesión y deberá, como mínimo, programar dos reuniones de trabajo al año. Las actividades desarrolladas por esta red deberán ir en línea con otras actividades de difusión, sensibilización y educación medioambiental que pudieran organizarse por el Área de Proyectos Estratégicos, Movilidad y Sostenibilidad.
El compromiso, por parte de la licitadora, de la cuestión anteriormente citada, implica la obligación, en caso de que esta resultase adjudicataria, de entregar a la Unidad Gestora una memoria explicativa, antes del momento de Puesta en Marcha del Sistema, de la operativa y las acciones que, en este sentido, pondrá en marcha la concesionaria.
UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN EXIGIDO AL LICITADOR PARA CONTINUAR EL PROCESO SELECTIVO
Se establece un umbral mínimo de 25 puntos en la valoración de la PROPUESTA DE CRITERIOS NO CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS. La asignación de una puntuación inferior hará que se excluya de la licitación la proposición de la licitadora que no superara este umbral.
CRITERIOS DE DESEMPATE
En caso de igualdad de puntos entre dos o más licitadoras, el empate se dirimirá a favor de la licitadora que tenga un menor número de porcentaje de trabajadores eventuales, siempre que éste no supere el 10%. En caso de que en aplicación de este criterio persistiera el empate, éste se resolverá mediante sorteo.
6.- CONSTITUCIÓN Y DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA.
La empresa adjudicataria deberá constituir garantía definitiva por importe de 10.000 euros. Esta garantía quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones de la concesión hasta el momento de su finalización y, en particular al pago de las penalidades por demora, así como a la reparación de los posibles daños y perjuicios de los que responde el concesionario durante la vigencia de la concesión.
La garantía se constituirá en cualquiera de las formas previstas en el artículo 70 de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos, siendo exigible, en su caso, el bastanteo de poderes por la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx.
La devolución de la garantía definitiva se hará previa petición de la concesionaria no antes de transcurridos dos meses desde el término del uso objeto de esta concesión o, en su caso, desde la resolución definitiva de todos los expedientes sancionadores o de responsabilidad civil abiertos por infracciones o daños que se hayan podido cometer o producir en el desarrollo de la concesión.
No se devolverá garantía en caso de renuncia unilateral de la concesionaria, hecha con posterioridad a la formalización de la concesión.
7.- MESA DE VALORACIÓN
Las ofertas se valorarán por una Mesa de contratación, compuesta por las siguientes personas:
Presidente / Suplente: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx. El Concejal Delegado de Proyectos Estratégicos, Movilidad y Sostenibilidad / Xxxx Xxxx Xxxxxxxxxx. El Concejal Delegado de Urbanismo, Vivienda y Sanidad.
Vocales (Titulares/Suplente):
-Xxxxx Xxxxxx Xxxxx. La Responsable del Servicio de Movilidad del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx / Xxxxxx Xxxxxxxx. El Coordinador del Servicio de Movilidad del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx
-Xxxxxxx Xxxxxxx. La Secretaria Técnica de Proyectos y Obras, Movilidad y Sostenibilidad del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx/Xxxxx Xxxxxxxx. El Director de Conservación Urbana del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx.
- Xxxxx Xxxxxx. El Técnico de Movilidad del Servicio de Movilidad del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx / Xxxxxx Xxxxxx. El Técnico de la Agencia Energética del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx
Secretario (Titular/Suplente): Xxxxxx Xxxxxxxx. Licenciado en Derecho adscrito al Área de Proyectos Estratégicos, Movilidad y Sostenibilidad del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. / Xxxxxx Xxxxxxxxxx. Licenciado en Derecho adscrito al Área de Proyectos Estratégicos, Movilidad y Sostenibilidad del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx.
8.- FASES PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
• Apertura del sobre nº1 y admisión
En acto interno, la Mesa de Valoración procederá a la apertura y análisis de los sobres nº1 (Documentación administrativa), calificando los documentos y resolviendo la admisión o inadmisión de las propuestas presentadas. Si la documentación aportada fuera incompleta u ofreciese alguna duda, la Mesa concederá un plazo de subsanación mínimo de cinco días naturales, debiendo presentarse la documentación requerida mediante instancia electrónica en el Registro Electrónico del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx.
• Apertura del sobre nº2
Una vez efectuado el trámite de admisión, y también en acto interno, la Mesa de Valoración abrirá los sobres nº2 (Propuesta criterios no cuantificables mediante fórmula) correspondientes a las proposiciones admitidas, con el fin de proceder a su valoración conforme a los criterios de adjudicación indicados en la cláusula 5 del presente Pliego, a excepción de los criterios cuantificables mediante fórmulas. Si alguna propuesta adoleciera de oscuridad o inconcreción, la Mesa podrá solicitar aclaraciones complementarias, siempre que las mismas no sean susceptibles de modificar la oferta presentada. El plazo que pueda acordar la Mesa para la presentación de aclaraciones no podrá ser inferior a cinco días naturales.
• Apertura del sobre nº3 y adjudicación provisional
Efectuada la valoración de la propuesta de criterios no cuantificables mediante fórmulas, se publicará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx, con al menos 3 días naturales de antelación, el lugar, fecha y hora de la apertura en acto público de los sobres nº3 (Propuesta de criterios cuantificables mediante fórmulas). En ese acto y con carácter previo a la apertura de los sobres, se comunicará a las personas asistentes las licitadoras admitidas y el resultado de la valoración de la Propuesta criterios no cuantificables mediante fórmulas efectuada por la Mesa. A la vista de las puntuaciones finales, la Mesa efectuará propuesta de adjudicación provisional a favor de la licitadora que haya formulado la oferta más ventajosa.
• Adjudicación definitiva
Antes de elevar la propuesta de adjudicación definitiva al órgano competente para acordar ésta, la Mesa notificará a la licitadora a cuyo favor recaiga dicha propuesta para que, en el plazo de los 7 días naturales siguientes al de la notificación de la misma, aporte los documentos siguientes:
1. En el caso de personas físicas: documento nacional de identidad (DNI) o documento que reglamentariamente le sustituye (pasaporte, NIE, etc.)
2. En el caso de personas jurídicas: escritura de constitución y de posibles modificaciones, y poder de representación y DNI de la persona que firma la propuesta.
3. Certificación acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias expedido por la Administración para la que se tribute (Gobierno xx Xxxxxxx o Agencia Tributaria).
4. Certificación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones de Seguridad Social.
5. Certificación acreditativa de estar dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas para las actividades que son objeto de la concesión, y al corriente en el pago de dicho impuesto (en el caso de que la obligación de tributar por este impuesto no sea con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx)
6. Justificante de haber constituido la garantía definitiva por importe de 10.000 €
7. Copia de la póliza vigente de un seguro de responsabilidad civil con cobertura mínima de 600.000
€ y justificante de su vigencia y última prima abonada, así como póliza vigente de un seguro de daños que garantice el 100% del valor de los elementos objeto de esta concesión (250.000 €)
8. Documentación que acredite la solvencia económica-financiera y técnica y profesional conforme a lo indicado en el apartado 3 del presente pliego.
Los documentos anteriormente citados deberán presentarse mediante instancia electrónica en el Registro Electrónico del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, excepto los indicados en el punto 6, que deberán ser presentados en las oficinas del Área de Proyectos Estratégicos, Movilidad y Sostenibilidad, una vez hayan sido bastanteados, si fuera el caso, en la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx.
Si alguno de los documentos indicados en los puntos 1 y 2 anteriores ya hubieran sido aportados en otro expediente municipal, y no hubieran sufrido modificación alguna, deberá cumplimentarse una declaración sobre tales extremos y no será necesario su presentación.
Se comprobará de oficio que la adjudicataria no tiene deudas con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx en periodo ejecutivo y, en su caso, que está dada de alta y al corriente en el pago del Impuesto de Actividades Económicas.
De no presentarse la documentación exigida o si tras la comprobación de oficio la licitadora no cumple con los requisitos señalados, así como en caso de renuncia, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx adjudicará la concesión a la licitadora que hubiera quedado en el puesto siguiente por orden de puntuación de las proposiciones admitidas.
Una vez que se presenten y califiquen favorablemente estos documentos, la Mesa elevará propuesta de adjudicación definitiva al órgano competente.
El otorgamiento de la concesión se hará salvo el derecho de la propiedad y sin perjuicio de terceras personas.
La propuesta de adjudicación no generará derecho alguno mientras no se otorgue la concesión. Se podrá declarar desierta la licitación por motivos de interés público, aunque las ofertadas presentadas sean conformes a este Pliego y a las condiciones de la concesión, cuando concurran circunstancias de carácter fáctico o jurídico que de modo lógico y razonable impongan la prevalencia de dicho interés a la vista de las necesidades que se buscan satisfacer.
El acuerdo de otorgamiento de la concesión será notificado a las personas participantes en la licitación y se publicará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx. Dicho acuerdo constituirá título suficiente para acceder a cualquier tipo de registro público.
• Formalización
El contrato se formalizará en documento administrativo dentro de los 15 días naturales siguientes al de la notificación de la adjudicación.
Si el contrato no se formalizase por causas imputables a la persona adjudicataria, el órgano de contratación podrá optar por conceder un nuevo plazo improrrogable para formalizar el contrato, o por dejar sin efecto la adjudicación, previa audiencia a dicha empresa, con incautación de la garantía que pudiera haber constituido y, en su caso, indemnización complementaria de daños y perjuicios.
9. INICIO, TÉRMINO Y PLAZOS DE LA CONCESIÓN
La concesión se iniciará en la fecha en que se formalice el contrato (se estima que sea el 1 xx xxxxx de 2021) y su periodo de vigencia concluirá 102 meses después (se estima sea el 30 de septiembre de 2029)
En el plazo de seis (6) meses, a contar desde la fecha de inicio de la concesión, la empresa concesionaria procederá a la instalación y puesta en marcha del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida. El conjunto de estos meses son denominados Fase de Instalación y durante ellos, la empresa concesionaria deberá desarrollar todas las operaciones necesarias que desemboquen en la Puesta en Marcha del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida y la consiguiente apertura del servicio a toda la ciudadanía. Durante esta Fase de Instalación, se distinguirán, de igual modo, las siguientes fases:
Durante el primer mes tras la formalización del contrato, se desarrollará la Fase de Replanteo, en la cual la empresa concesionaria, junto a los servicios municipales implicados, resolverá todas aquellas cuestiones concretas relativas a la disposición de los elementos que conformen el Sistema, especialmente en lo relativo a la ubicación de las estaciones de anclaje y de otros sistemas, si así lo hubiese indicado la concesionaria en su propuesta técnica, para el depósito y retirada de bicicletas al comienzo o al final de un desplazamiento.
Durante el mes anterior al momento de la Puesta en Marcha del Sistema, la concesionaria desarrollará la Fase de Pruebas, en la cual esta realizará todas aquellas pruebas y/o ensayos que determinen el correcto funcionamiento de todos los elementos del sistema, siempre en cumplimiento de lo expresado en el presente Pliego y en la propuesta técnica que hubiera realizado la concesionaria. Al final de esta fase, la concesionaria entregará un informe detallado a la Unidad Gestora, en la que se dará cuenta de los resultados de dichas pruebas y/o ensayos. La Unidad Gestora podrá disponer, en ese momento y si fuera el caso, atrasar la puesta en marcha del Sistema si el resultado de las pruebas realizadas no fuera idóneo respecto a lo expresado en el presente Pliego y en la propuesta técnica de la concesionaria. Durante esta Fase, la empresa concesionaria presentará a la Unidad Gestora el redactado concreto de las normas de uso del Sistema, así como el régimen tarifario de éste, siempre en cumplimiento de lo expresado en el presente Pliego y en su oferta técnica.
Además, durante el mes siguiente al momento de Puesta en Marcha el Sistema, la concesionaria desarrollará la Fase de Formación, en la cual, estando ya en marcha el Sistema para cualquier posible persona usuaria, se desarrollarán eventos y/o acciones dirigidas a comunicar y formar a la ciudadanía sobre el uso, características, tarifas, etc., de este sistema. Este Plan de Formación estará conformado por aquellas acciones que hayan sido indicadas por la adjudicataria en su propuesta de criterios no cuantificables mediante fórmulas. La concesionaria correrá a cargo de todos los gastos originados durante este Plan de Formación, si bien, y si fuera el caso, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá participar en dicho Plan de Formación, apoyando, ofreciendo soportes y plataformas publicitarias o de cualquier otra manera que así estimase. En todo caso, las acciones dirigidas a comunicar y formar a la ciudadanía sobre el Sistema deberán ser programadas y consensuadas con los diferentes servicios municipales las semanas antes a su realización, siempre en cumplimiento de lo expresado en el presente Pliego y en la oferta de la empresa que hubiese resultado adjudicataria.
Durante la Fase de Instalación, la empresa concesionaria deberá, como mínimo, disponer un Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida conformado por las 20 estaciones y las 250 bicicletas (dimensiones mínimas del Sistema indicadas en el presente documento). De esta manera, en el momento de la Puesta en Marcha, cuando se proceda a la apertura del Sistema a toda la ciudadanía, este deberá contar con las dimensiones mínimas. En caso que la empresa concesionaria hubiera ofertado, en la fase de licitación, otros elementos diferentes a las estaciones de anclajes que conformasen el sistema y que permitiesen el depósito y retirada de bicicletas y/o un número mayor de estaciones de anclaje y/o un número mayor de bicicletas de pedaleo asistido, estos deberán incorporarse al Sistema durante el periodo de tiempo que transcurre entre el momento de la Puesta en Marcha (6 meses tras la formalización del contrato) y los 12 (doce) meses siguientes. De igual manera, la puesta en marcha de estos elementos y/o estaciones y/o bicicletas podrá estar sujeto a diferentes fases, siempre que estas estén incluidas dentro del periodo de 12 meses anteriormente citado. La fecha concreta de la Puesta en Marcha de estos otros elementos y/o estaciones y/o bicicletas deberá ser comunicado a la Unidad Gestora con 2 (dos) meses de antelación. A su vez, estos elementos y/o estaciones y/o bicicletas deberán estar sujetos a una Fase de Pruebas específica para ellos.
Al día siguiente de la terminación del plazo de vigencia de la concesión, la empresa concesionaria deberá haber retirado todas las imágenes y logos comerciales pertenecientes a la concesionaria que estuvieran dispuestos en las bicicletas, en las estaciones y en el resto de elementos asignados al sistema. De igual manera, y si fuera el caso, deberá comenzar a realizar las operaciones necesarias para permitir operar este sistema desde el nuevo sistema de gestión que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx dispusiese para la gestión y explotación del sistema de bicicleta compartida y para permitir el cambio de titularidad de los contratos de suministros eléctricos que permiten proporcionar energía a las estaciones.
En los dos meses siguientes a la finalización de la concesión, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx revisará el dominio público objeto de la concesión, emitiendo informe sobre el estado de este y realizando el preceptivo acto formal y positivo de conformidad o, si fuera el caso que el Ayuntamiento hubiera decidido la reversión de los elementos del sistema, de recepción de los elementos afectos a la concesión y objeto de dicha reversión. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de este Ayuntamiento la totalidad del mismo.
La concesión se extinguirá por las siguientes causas:
- Vencimiento del plazo.
- Desaparición de los dominios públicos sobre los que se otorga.
- Rescate o decisión municipal justificada en circunstancias sobrevenidas de interés público.
- Desafectación del bien.
- Renuncia de la concesionaria.
- Imposibilidad de llevar a cabo la explotación como consecuencia de fuerza mayor, debidamente justificada, o de decisiones administrativas posteriores a la adjudicación.
- Mutuo acuerdo.
- Muerte o incapacidad sobrevenida de la concesionaria persona física.
- La declaración de insolvencia de la concesionaria en cualquier procedimiento y, en caso de concurso, la apertura de la fase de liquidación, salvo que, en este último caso, el contratista prestare las garantías suficientes a juicio de la Administración para la ejecución del mismo.
- Revocación de la concesión basada en alguno de estos motivos:
a) Haber incluido la empresa concesionaria en alguna de las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 22 xx Xxx Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
b) Comisión o reiteración de dos o más infracciones muy graves.
c) Incumplimiento de los compromisos sociales adquiridos, si hubiera sido el caso, en la oferta realizada por la empresa que resultase adjudicataria de la concesión e incumplimiento de las condiciones laborales del convenio aplicable vigente.
d) Incumplimiento de las obligaciones contractuales establecidas como esenciales en el Pliego, o de las causas de resolución de los contratos administrativos aplicables a esta concesión.
- Resolución judicial.
• Normas de extinción
La extinción anticipada de la concesión se acordará por el órgano competente, de oficio o a instancia de la empresa concesionaria, mediante procedimiento establecido en el artículo 160. 3 xx Xxx Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
En los supuestos de resolución por causa no imputable a la empresa concesionaria, de rescate y de supresión e imposibilidad del ejercicio de la actividad como consecuencia de acuerdos adoptados por el Ayuntamiento por razones de interés público, dicha concesionaria tendrá derecho al resarcimiento de los daños que se causaren.
Cuando la cesión se revoque por incumplimiento culpable de la concesionaria, le será incautada la garantía definitiva, y deberá indemnizar al Ayuntamiento xx Xxxxxxxx los daños y perjuicios ocasionados, en lo que exceda de la garantía incautada.
10. TITULARIDAD DE LOS ELEMENTOS AFECTOS A LA CONCESIÓN
Todos los elementos que conforman el Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida se considerarán elementos afectos a la concesión. La titularidad de estos es de la empresa concesionaria, hasta la extinción del contrato, momento en el cual podrán revertir en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx.
11. REVERSIÓN DE LOS ELEMENTOS AFECTOS A LA CONCESIÓN
Extinguida la concesión, por cualquiera de las causas contempladas en el presente Pliego, los elementos físicos que conforman el Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida instalado por la concesionaria y afectos a ésta (estaciones, bicicletas, etc.) (excepto el software de gestión y de acceso de los usuarios al sistema y aquellos utilizados para la conservación, el mantenimiento y la atención a las personas usuarias) revertirán totalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, si fuera el caso que éste así lo indicara a la concesionaria. El objeto de la reversión será la totalidad de estos elementos, no pudiendo ser objeto de la reversión elementos aislados que formen parte del sistema.
En caso de reversión, la empresa concesionaria deberá entregar los elementos objeto de ésta en correcto funcionamiento y estado de conservación y mantenimiento y libres de cargas y gravámenes y deberá haber realizado las operaciones necesarias para permitir operar este sistema desde el nuevo sistema que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx dispusiera para la gestión y explotación del mismo y para permitir el cambio de titularidad de los contratos de suministros eléctricos que permiten proporcionar energía a las estaciones.
Sólo en el caso de que la reversión de estos elementos se produzca antes de que finalice el plazo de la concesión, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx pagará el valor residual de los elementos objeto de la reversión. El valor residual será únicamente el valor pendiente de amortizar, sin ningún tipo de recargo por gastos generales o similar. La amortización de los elementos objeto de reversión se considerará realizada al término del plazo de vigencia de la concesión (102 meses desde la formalización del contrato).
De esta manera, el valor pendiente de amortizar (impuestos incluidos) de los elementos del sistema afectos a la concesión y objeto de reversión a lo largo de todo el plazo de vigencia de la concesión, serán calculados según las siguientes fórmulas:
Valor pendiente de amortizar de los elementos del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida objeto de reversión es igual a:
Si N ≤ 24
(Vr)-(((Vr / 2)/24)*N)
Si N > 24
(Vr / 2)-(((Vr / 2)/72)*(N- 24))
Siendo:
Vr= Valor de suministro, instalación y puesta en servicio de los elementos del sistema de bicicleta eléctrica compartida objeto de reversión (impuestos incluidos), no pudiendo ser este valor superior a 250.000 €
N= Nº meses transcurridos desde el momento de Puesta en Marcha del Sistema hasta la extinción del contrato de concesión.
El importe (impuestos incluidos) del concepto Vr anteriormente citado no podrá ser, en cumplimiento de lo expresado en el presente Pliego (Anexo 4. Condiciones técnicas que regulan la concesión), superior a 250.000 € (Impuestos incluidos). Si se diera el caso que se produjera la reversión en caso de extinción de la concesión con anterioridad a la finalización del plazo de vigencia de esta, el concesionario deberá justificar, mediante la presentación de las correspondientes facturas u otro tipo de documentación, el importe efectivo de este concepto (Vr= Valor de suministro, instalación y puesta en servicio de los elementos del sistema de bicicleta eléctrica compartida objeto de reversión (impuestos incluidos)), calculándose, de esta manera, el valor real de Vr, a efectos del cálculo del pago del valor pendiente de amortizar, si fuera el caso. La presentación de estas facturas y documentación no podrá generar, en ningún caso, un importe del concepto Vr superior a 250.000 € (impuestos incluidos)
Si la empresa que resultase concesionaria hubiese ofertado otros elementos del Sistema para la retirada y depósito de bicicletas y/o un mayor número de estaciones de anclaje y/o un número mayor número de bicicletas, y estos hubieran sido integrados en el Sistema, también serán objeto de reversión, estando incluido su valor en el concepto Vr anteriormente citado, el cual no podrá ser, en ningún caso, superior a los 250.000 € (impuestos incluidos). Además, en cuanto a la fórmula para el cálculo del Valor pendiente de amortizar, el concepto N (Nº meses transcurridos desde el momento de la Puesta en Marcha hasta la extinción del contrato) será calculado desde el momento efectivo de la Puesta en Marcha inicial (6 meses desde la formalización del contrato), siendo aplicado este concepto N a todos los elementos del Sistema, bien hayan sido puestos en marcha en esta Puesta de Marcha inicial o bien lo hayan sido en alguna fecha incluida en los doce meses siguientes.
En el caso de que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx no indicase su voluntad de revertir los elementos del sistema, la empresa concesionaria deberá retirarlos en un plazo de dos meses desde la extinción del contrato, devolviendo el espacio público en el que se ubicaban a sus condiciones iniciales, y corriendo ésta con todos los gastos de esta retirada.
12. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO
Serán objeto de penalización los incumplimientos por parte de la empresa concesionaria de las obligaciones establecidas en el presente Pliego y demás normas generales de aplicación.
Se considerarán faltas o infracciones LEVES las siguientes:
- Cada día de retraso en la finalización de las operaciones de instalación y puesta en marcha del sistema (6 meses desde la formalización del contrato de concesión) por causas imputables a la concesionaria.
- Cada día de retraso en la finalización de las operaciones de instalación y puesta en marcha de, si así lo hubiera ofertado la empresa que resultase adjudicataria, otros elementos del Sistema para la retirada y depósito de bicicletas y/o un mayor número de estaciones de anclaje y/o un número mayor número de bicicletas, respecto a la fecha de Puesta en Marcha de estos otros elementos indicada por la empresa concesionaria.
- La mala calidad en la realización de los trabajos observados por el Ayuntamiento o bien por no estar de acuerdo a los niveles de calidad recogidos en la oferta.
- Cada punto porcentual de disminución de alguno de los valores mensuales de los indicadores de servicio respecto a los valores mínimos mensuales, siempre que sea imputable a la concesionaria.
- La inobservancia de medidas de Seguridad y Salud en los trabajos.
- La inobservancia en el estado de la policía de la vía pública.
- Originar molestias innecesarias en las operaciones de conservación, mantenimiento, gestión y explotación de los elementos de la concesión
- Aquellas otras no previstas anteriormente y que de algún modo signifiquen detrimento de las condiciones establecidas en el presente Pliego, con perjuicio no grave de los servicios o que den lugar a deficiencias en el aspecto del personal o de los medios utilizados.
Se considerarán faltas o infracciones GRAVES las siguientes:
- La inobservancia de las condiciones de gestión y explotación del Sistema
- La inobservancia de las condiciones de acceso de la Unidad Gestora a los datos y parámetros generados en el Sistema y recogidos en el presente Pliego y en la oferta realizada por la entidad licitadora que hubiese resultado adjudicataria, así como la no entrega por parte de la concesionaria a la Unidad Gestora de los informes del estado del Sistema definidos en el presente Pliego y en la oferta de la concesionaria.
- La disminución, sin causa justificada, de las funcionalidades ofrecidas en el Sistema o en el software de acceso de los usuarios y recogidos en el presente Pliego y en la oferta realizada por la entidad licitadora que hubiese resultado adjudicataria.
- La no comunicación, por parte de la concesionaria, de las deficiencias observadas, y la ausencia o falta de veracidad de la información solicitada.
- La falta de dispositivos de seguridad necesarios para la prestación del servicio.
- La no realización de las labores previstas de conservación y mantenimiento, al no emplear los medios humanos y materiales previstos sin que haya habido autorización previa del Ayuntamiento.
- La comprobación mediante inspecciones municipales de que los niveles de limpieza y mantenimiento de los elementos del Sistema no son adecuados.
- El incumplimiento de las condiciones de identificación con los logos del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de los elementos del Sistema, tanto en los revestimientos de las estaciones, en las bicicletas como en el software de acceso de los usuarios a los servicios ofrecidos por el Sistema.
- El incumplimiento de las condiciones recogidas en el presente Pliego y en la oferta de la empresa que hubiera resultado adjudicataria de la concesión que disminuyan en gran medida la calidad.
- El desacato a las autoridades afines al contrato.
- Las que causen lesiones a la seguridad, salubridad y/o legítimos intereses de los ciudadanos/as.
- La reiteración de una misma falta leve o comisión de tres faltas leves distintas.
Se considerarán faltas o infracciones MUY GRAVES las siguientes:
- La realización manifiestamente defectuosa e irregular de las operaciones recogidas en el presente Pliego.
- La explotación de una parte o de la totalidad de los elementos del Sistema por personas distintas al concesionario, sin autorización.
- El abandono de las operaciones recogidas en el presente Pliego.
- El mal estado de conservación y funcionamiento de los elementos afectos a la concesión.
- La desobediencia a las órdenes oficiales de la Administración actuante, relativas al orden, régimen y forma de realización de las operaciones recogidas en el presente Pliego.
- El incumplimiento de las obligaciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo.
- La negativa o resistencia a permitir las tareas de inspección y vigilancia por parte del Ayuntamiento.
- La reiteración de una misma falta grave o comisión de tres faltas graves distintas.
- El fraude económico al Ayuntamiento, así como todas aquellas actuaciones y dictámenes maliciosos o engañosos.
- El incumplimiento de las condiciones recogidas en el presente Pliego y en la oferta de la empresa que hubiera resultado adjudicataria de la concesión que disminuyan en aspectos fundamentales la calidad del servicio.
La comisión de infracciones dará lugar, previo expediente instruido al efecto con audiencia de la concesionaria, a la imposición de las penalidades siguientes:
a) En el caso de infracción leve, entre 60 y 1.500 euros.
b) En el caso de infracción grave, desde 1.501 hasta 5.000 euros.
c) En el caso de infracción muy grave, desde 5.001 hasta 15.000 euros.
13. PROCEDIMIENTO DE IMPOSICIÓN DE PENALIDADES
La imposición de cualquiera de las sanciones enumeradas anteriormente se ajustará al siguiente procedimiento:
Presentada cualquier denuncia o queja en relación con deficiencias del contrato, o bien por oficio del Ayuntamiento, se dará traslado al contratista de la misma, para que en un plazo máximo de siete (7) días, improrrogable, manifieste por escrito lo que tenga por conveniente a su derecho.
Transcurrido dicho plazo, el órgano competente del Ayuntamiento, previo informe de sus servicios técnicos, haya o no habido contestación por parte del contratista, adoptara la resolución que estime oportuna, la cual se notificará al contratista para su inmediato cumplimiento dentro del plazo que la resolución señale.
La interposición de cualquier recurso contra la penalidad impuesta, no suspenderá el inmediato cumplimiento de la misma.
El importe de las sanciones económicas impuestas será depositado en Tesorería Municipal por el contratista. Transcurrido el plazo fijado para el ingreso de la sanción económica sin que ésta se hubiera hecho efectiva, y deducido su importe de la garantía, el Ayuntamiento procederá a su cobro por la vía de apremio.
14. FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXX
Se considerará en todo caso implícita la facultad del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de inspeccionar en cualquier momento los elementos afectos a la concesión, así como la de resolverla antes de su vencimiento, si lo justifican razones de interés público, resarciendo a la concesionaria, en su caso, de los daños que se le hubieran causado.
Siempre que lo estime pertinente, el Ayuntamiento podrá realizar inspecciones técnicas, requerir la presentación de la documentación preceptiva conforme a la normativa vigente y ordenar a la persona adjudicataria la adopción de cuantas medidas sean necesarias para el correcto funcionamiento de la actividad.
La concesión no podrá hipotecarse, ni cederse o traspasarse a terceras personas, salvo autorización municipal expresa.
15. DAÑOS Y ASEGURAMIENTO
La empresa concesionaria será responsable de todos los daños, directos e indirectos, ocasionados a personas y a las instalaciones y bienes o al uso general o servicio al que estuvieran destinados, con motivo de la actividad llevada a cabo en el ámbito de la concesión.
Con independencia de la imposición de penalidades, y sin perjuicio de la responsabilidad a la que diera lugar, cuando se produjesen daños a bienes de propiedad municipal que no respondan a caso fortuito o fuerza mayor, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá exigir a la empresa concesionaria la reparación de los elementos dañados.
La empresa concesionaria estará obligada a contratar un seguro de daños que garantice el 100% del valor de los elementos del Sistema (250.000 €) y un seguro de responsabilidad civil con un capital mínimo asegurado de 600.000 €.
Ambos seguros deberán estar vigentes durante todo el periodo de la concesión, y la empresa concesionaria tendrá que justificar haber satisfecho la prima anual correspondiente en el caso de que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx lo requiera.
La empresa concesionaria asumirá las obligaciones de atender las reclamaciones de daños que se le formulen por este motivo y deberá informar del resultado final de las mismas si así se le requiere.
16. CANON ANUAL
La utilización privativa del dominio público genera la obligación en la entidad concesionaria de abonar un canon anual, teniendo este canon la naturaleza de tasa y estando exento de IVA. Esta obligación se generará a partir del momento en que se comiencen a explotar el Sistema (tras el momento de la Puesta en Marcha, a los 6 meses de la formalización del contrato) objeto de esta concesión, no teniendo la concesionaria, por lo tanto, obligación a abonar ningún tipo de canon por la utilización privativa del dominio público durante los 6 meses siguientes a la formalización del contrato.
Se establece un canon anual de 500 € para el total de la concesión.
De esta manera, y según lo expresado anteriormente, el canon anual correspondiente al ejercicio 2021 será la parte proporcional del canon anual (500 €) respecto a los días naturales de este año en los que el Sistema hubiera estado en funcionamiento tras el momento de la Puesta en Marcha. En los ejercicios 2022 y posteriores, el canon anual a abonar por la concesionaria será de 500 €. Si el último año de vigencia de la concesión no fuera entero, se aplicará la misma proporcionalidad que la indicada para el ejercicio 2021.
A efectos del cálculo del abono anual del 2021, si tras el momento de la Puesta en Marcha (6 meses tras la formalización del contrato) el hecho de que alguno o algunos de los elementos del Sistema no estuvieran en funcionamiento, por causas imputables al concesionario, no tendrá efecto en la reducción del importe de este canon.
El canon anual se satisfará en un solo pago durante el mes de febrero de la correspondiente anualidad, excepto para el primer año (en caso de que no fuera entero) y para el último año de vigencia de la concesión, sea cual sea la causa de extinción de esta. En estos dos casos, el canon será satisfecho en los treinta días naturales anteriores a la finalización ese primer año de vigencia, en el primero de los casos, o en los treinta días naturales anteriores a la finalización de esta concesión, debiéndose estimar, si fuera necesario, los días restantes para la finalización de ésta.
Para el abono del canon, la empresa concesionaria deberá facilitar un número de cuenta en la que se girará el recibo correspondiente.
El canon anual (500 €) se podrá actualizar anualmente según la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), tomando como referencia la experimentada por dicho Índice en los doce meses anteriores al del momento de la Puesta en Marcha (6 meses tras la formalización del contrato)
17. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL SERVICIO
Una vez adjudicada la concesión, el adjudicatario no podrá subrogar en la concesión a ninguna persona, ni arrendar, subarrendar o ceder directa o indirectamente, en todo o en parte, las instalaciones. El contratista no podrá ceder ni subcontratar la explotación de la concesión.
18. EXACCIONES, GASTOS, AUTORIZACIONES Y LICENCIAS
El concesionario quedará obligado al pago de cuantos tributos, exacciones y gastos se deriven de la adjudicación de la concesión. Serán por cuenta y responsabilidad del concesionario los gastos derivados del funcionamiento de la Actividad.
Corresponde a la empresa concesionaria la elaboración de todos los proyectos y memorias y la obtención de todas las autorizaciones, licencias y visados, tanto oficiales como particulares, que se requieran, sin que por ello tengan derecho a contraprestación ninguna.
La empresa concesionaria deberá obtener, en lo que respecta a la utilización de materiales, suministros, procedimientos y equipos necesarios para la ejecución de los trabajos recogidos en el presente Pliego, las cesiones, autorizaciones y permisos necesarios de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación correspondientes, corriendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos.
19. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA CONCESIONARIA
Además de los derechos y obligaciones que se deriven de las restantes cláusulas del presente Pliego y de la normativa aplicable, corresponde a la entidad adjudicataria de esta concesión los siguientes derechos y obligaciones:
Serán derechos de la concesionaria:
a) La ocupación de los espacios públicos concedidos en los términos señalados en este Pliego. Este uso tendrá carácter privativo, limitativo y excluyente en cuanto al dominio público objeto de concesión, ejerciendo su actividad de acuerdo con las normas señaladas en este Pliego y las diferentes normativas que rigen este tipo de negocio y percibiendo, como beneficio, las contraprestaciones correspondientes a este servicio, siendo estas, fundamentalmente, los importes abonados por las personas usuarias en pago de los servicios ofrecidos y aquellas obtenidas de la explotación publicitaria de los soportes de los elementos afectos a esta concesión, de la forma señalada en el presente Pliego.
b) Los resarcimientos y reversiones a los que, si fuera el caso, tuviera derecho a la extinción de la concesión.
Serán obligaciones de la concesionaria:
a) Ejecutar los suministros, obras e instalaciones necesarias conforme a las características descritas en el Anexo 4 (Condiciones técnicas que regulan la concesión) del presente Pliego.
b) Realizar la gestión, mantenimiento y explotación del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida objeto de esta concesión según lo expresado en este Pliego y durante todo el periodo de vigencia de esta (a partir de la Puesta en Marcha del Sistema), debiendo, por lo tanto, abonar cuantos tributos, exacciones y gastos se deriven de la explotación y del funcionamiento de las actividades.
c) Cumplir, a su xxxxx, los trámites que pudieran ser necesarios para la puesta en marcha de la actividad, elaborando y solicitando cuantos proyectos, memorias, autorizaciones, licencias, declaraciones responsables o comunicaciones se requirieran, dado que el otorgamiento de la concesión no conlleva más autorización que la de ocupar el dominio público en los términos recogidos en este Pliego.
d) Proporcionar, a su xxxxx, toda la energía que sea consumida en las estaciones de anclaje que conformen el Sistema objeto de la concesión, debiendo, por lo tanto, ser titular de los diferentes contratos que se deban formalizar con las empresas comercializadoras de energía y satisfacer todos los gastos relacionados con dichos contratos.
e) Asegurar, durante toda la vigencia de la concesión, que la totalidad de la energía consumida en las estaciones de anclaje que conformen el Sistema objeto de la concesión sea de origen 100% renovable, debiendo entregar, periódicamente, a la Unidad Gestora de la concesión, todos aquellos documentos justificativos de este hecho.
f) Satisfacer el canon anual ofertado al Ayuntamiento, conforme a lo establecido en el presente Pliego. El impago del canon supondrá la resolución inmediata de la concesión y legitimará al Ayuntamiento xx Xxxxxxxx para proceder al desahucio en vía administrativa.
g) Iniciar la explotación de los elementos del Sistema tras la Puesta en Marcha (o tras las diferentes puestas en marcha, si fuera el caso), según lo especificado en el presente Pliego y mantener, de igual manera, la explotación sin interrupciones no justificables, en los términos señalados en este Pliego, respetando en todo momento el objeto y finalidad de la concesión, así como los límites del dominio público a utilizar, sin que, en ningún caso, pueda destinar los espacios concedidos a otra actividad o servicio no autorizado.
h) Informar a la Unidad Gestora de la concesión de todas las incidencias habidas en la explotación y proporcionar a esta todos los datos relativos a los servicios ofrecidos en el Sistema que se indican en el presente Pliego. A estos efectos, el concesionario deberá designar un interlocutor en el momento de la formalización del contrato.
i) Hacer frente a todos los costes y gastos relativos a las reparaciones o modificaciones que sean necesarias efectuar en los elementos afectos a la concesión. El concesionario no podrá realizar ninguna obra o instalaciones distintas a las previstas en este Pliego, sin la expresa autorización municipal.
j) Mantener y actualizar, si fuera el caso, el software que permitirá a los usuarios acceder a los servicios ofrecidos en el Sistema, según las condiciones establecidas en este Pliego.
k) Cumplir con las condiciones salariales y abonar puntualmente a los empleados los salarios que corresponda conforme al convenio colectivo sectorial que resulte de aplicación. El personal de la concesionaria carecerá de vinculación alguna con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. Las relaciones laborales de estos empleados serán las que hayan convenido con la concesionaria y a ellas será completamente ajeno el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, el cual, no obstante, se reserva el derecho de comprobar que el concesionario cumple con las obligaciones relativas a la Seguridad Social y prevención de riesgos laborales que le vengan impuesta por la normativa de aplicación.
l) Asumir las responsabilidades derivadas de la ocupación del dominio público e indemnizar a terceros de los daños que les ocasionara el funcionamiento de la actividad. A tal fin, el concesionario deberá contratar las pólizas de seguros indicadas en el presente Xxxxxx.
m) Cumplir con todas las condiciones establecidas en el presente Pliego y en la oferta de la entidad que resultara adjudicataria relativas a la identificación de los elementos afectos a la presente concesión, tanto en las propias bicicletas y en las estaciones como en el software asociado al Sistema, con los logos del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx.
n) Ejercer la actividad objeto de esta concesión según el régimen tarifario señalado en el presente Xxxxxx y en la oferta realizada por la empresa que resultase adjudicataria.
o) Ejercer la actividad de explotación publicitaria de los soportes de los elementos afectos a la concesión según lo establecido en el presente Pliego y en cumplimiento de todo tipo de normativa y legislación vigente relativa a esta cuestión.
p) Cumplir con los requisitos de reversión, si fuera el caso, o de devolución al estado inicial del dominio público, en caso contrario, en el momento de extinción de la concesión.
q) Cumplir con cualquier otra norma que sea aplicable a la actividad a las que se van a destinar los elementos afectos a esta concesión.
r) Cumplir con las condiciones de ejecución de carácter social del contrato, en el caso que el licitador que resultase adjudicatario así lo hubiera indicado en su oferta.
s) Instalar las estaciones de anclaje y demás elementos afectos a esta concesión en aquellas ubicaciones según lo establecido en el presente Xxxxxx, en la oferta presentada por la empresa que resultase adjudicataria y teniendo en cuenta las posibles modificaciones que pudieran surgir durante la Fase de Replanteo.
t) Desarrollar el Plan de Formación, tras el momento de la Puesta en Xxxxxx, y según lo establecido en el presente Xxxxxx y en la oferta de la empresa que resultase adjudicataria.
u) Cumplir con las obligaciones derivadas de la construcción, instalación, mantenimiento y explotación del Sistema de Bicicleta eléctrica Compartida objeto de la presente concesión, siendo estas, específicamente, las siguientes:
• Mantenimiento, inspección, conservación, limpieza y reposición de todos los elementos afectos a la concesión.
• Realización de todas las operaciones de mantenimiento y logística necesarios para el cumplimiento de los indicadores señalados en el Anexo 4 (Prescripciones Técnicas) del presente Pliego.
• Cumplimiento de lo expresado en el Anexo 4 (Prescripciones Técnicas) en cuanto al número y estado de las bicicletas afectas a la concesión, así como a su reposición.
• Cumplimiento de toda la normativa y reglamentación vigente en cada momento.
• Realizar con mantenedores autorizados las revisiones obligatorias marcadas por la normativa vigente y las inspecciones obligatorias a ejecutar por los organismos de control autorizados.
• Ejecutar, si fuera el caso y a su coste, las actualizaciones y mejoras técnicas que se pudieran precisar como consecuencia de la aparición de nueva normativa de seguridad industrial o del incumplimiento de las instalaciones existentes a la actividad que se plantea.
• Conservar, durante la vigencia de la concesión, toda la documentación justificativa de las operaciones de mantenimiento, reposiciones y revisiones de mantenimiento realizadas.
La concesionaria no podrá alegar como causa de fuerza mayor o causa justificada para el incumplimiento de sus obligaciones, la existencia de condiciones climatológicas adversas (salvo las excepcionales o de efecto catastrófico), ni los paros laborales, vacaciones o bajas de su personal.
20. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXX
Serán derechos del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx:
a) Hacer cumplir lo dispuesto en este Pliego.
b) Percibir el canon anual por parte de la empresa concesionaria, en los plazos establecidos en este Pliego.
c) Autorizar el modelo de rotulación de los diferentes revestimientos de los elementos afectos a la concesión, en cuanto a los logos del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx que deban estar presentes y a la información dirigida a las personas usuarias, en cumplimiento de lo expresado en el presente Pliego y en la oferta de la empresa que resultase adjudicataria.
d) Autorizar las ubicaciones concretas de los diferentes elementos afectos a la concesión, en cumplimiento en lo expresado en el presente Pliego y en la Propuesta de Ubicaciones ofertada en el procedimiento de licitación por la empresa que resultase adjudicataria y según las modificaciones que pudieran surgir durante la fase de Replanteo.
e) No permitir a la empresa concesionaria la explotación publicitaria de los soportes de los elementos afectos a la concesión, en caso de que esta no cumpliera lo especificado en este sentido en el presente Pliego.
f) Supervisar la explotación del concesionario. A tal efecto, el Ayuntamiento podrá inspeccionar las obras e instalaciones, así como la documentación relacionada con el objeto de la concesión.
g) Penalizar a la concesionaria según lo establecido en el presente Xxxxxx.
h) Adquirir los elementos físicos afectos a la concesión, a la extinción de esta, según las condiciones de reversión especificadas en el presente Pliego.
Serán deberes del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx:
i) Entregar a la concesionaria, una vez formalizado el contrato, los espacios que conforman el dominio público objeto de esta concesión.
j) Otorgar a la concesionaria, dentro de los cauces legalmente establecidos, la protección adecuada para que pueda explotar adecuadamente los elementos afectos a la concesión. Específicamente, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx gestionará correctamente los accesos a las estaciones de anclaje y velará para que el uso del entorno de éstas permita el correcto acceso de las personas usuarias.
k) Indemnizar a la concesionaria en caso de rescate de la concesión cuando esta sea causada por motivos imputables a la Administración.
l) Abonar a la concesionaria el valor de los elementos que sean objeto de reversión, a la extinción de la concesión, según las condiciones establecidas en este Pliego.
21. MODIFICACIONES DEL DOMINIO PÚBLICO OBJETO DE LA CONCESIÓN Y DE LOS ELEMENTOS AFECTOS A ESTA
• Actualizaciones en los elementos del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida afectos a la concesión
Durante toda la vigencia de la concesión, si se produjeran cambios sustanciales en el sector de la bicicleta eléctrica compartida que produjeran la obsolescencia de los elementos afectos a esta concesión y, por lo tanto, la consecuente reducción de los usos de este servicio realizados por la ciudadanía, la concesionaria deberá realizar aquellas actualizaciones necesarias en estos elementos, en su hardware, en el software de acceso de los usuarios, en la arquitectura del Sistema, en el Plan de Gestión y Explotación y en cuantos aspectos relevantes definen la presente concesión, con las consecuencias que tales actualizaciones tuvieran en las condiciones contractuales de la concesión previstas en la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos, incluidas las condiciones que definen las posibles reversiones a la extinción de la concesión.
• Aumento del número de los elementos del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida afectos a la concesión
Durante toda la vigencia de la concesión, si fuera necesario aumentar el número de elementos afectos a la concesión (bicicletas, estaciones de anclaje, etc.) con objeto de ofrecer un mejor servicio a la ciudadanía, la concesionaria deberá poner en servicio estos nuevos elementos y realizar aquellas modificaciones necesarias en el Sistema, en su hardware, en el software de acceso de los usuarios, en la arquitectura del Sistema, en el Plan de Gestión y Explotación y en cuantos aspectos relevantes definen la presente concesión, con las consecuencias que tales aumentos tuvieran en las condiciones contractuales de la concesión previstas en la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos incluidas las condiciones que definen las posibles reversiones a la extinción de la concesión.
• Reubicación de alguno de los elementos del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida afectos a la concesión
Durante toda la vigencia de la concesión, si fuera necesario reubicar uno o alguno de los elementos afectos a la concesión (estaciones de anclaje, etc.) con objeto de ofrecer un mejor servicio a la ciudadanía, la concesionaria deberá realizar las acciones necesarias con este objeto y realizar aquellas modificaciones necesarias en el Sistema, en su hardware, en el software de acceso de los usuarios, en la arquitectura del Sistema, en el Plan de Gestión y Explotación y en cuantos aspectos relevantes definen la presente concesión, con las consecuencias que tales reubicaciones tuvieran en las condiciones contractuales de la concesión previstas en la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos incluidas las condiciones que definen las posibles reversiones a la extinción de la concesión.
22. RÉGIMEN JURÍDICO
En todo lo no previsto por este Pliego se atenderá a lo establecido en la Ley Xxxxx 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local xx Xxxxxxx, el Decreto Xxxxx 280/1990, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales xx Xxxxxxx, y subsidiariamente, en la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos y demás normativa aplicable.
La gestión y explotación del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida se realizarán a riesgo y xxxxxxx de la concesionaria, en régimen de libre concurrencia con la iniciativa privada.
Contra el presente Pliego y las decisiones y acuerdos que se adopten en el procedimiento de licitación podrán interponerse, potestativamente, los siguientes recursos:
• Recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación del acto impugnado.
• Recurso de alzada ante el tribunal Administrativo xx Xxxxxxx, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación del acto impugnado.
• Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxxx, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de notificación del acto impugnado
ANEXO 1. MODELO DE SOLICITUD
D./Xx , con domicilio a efectos
de notificaciones en y
D.N.I.........................................................................,Teléfono nº..............................., Fax nº ,
correo electrónico (email) , por sí o en
representación de (según xxxxxxx) , con
domicilio en ,
NIF/CIF......................................, Teléfono nº..............................................................., Fax nº ,
enterado xxx Xxxxxx de bases de licitación de la CONCESIÓN ADMINISTRATIVA DEL DOMINIO PÚBLICO DE LA CIUDAD XX XXXXXXXX CON DESTINO A LA INSTALACIÓN, GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DE UN SISTEMA DE BICICLETA ELÉCTRICA COMPARTIDA
EXPONE
Que conociendo el Pliego y las condiciones administrativas que rigen la concesión, se compromete a ejecutarlo y a llevar a cabo la explotación y gestión del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida con sujeción estricta al contenido de dicho Pliego, según la propuesta que se presenta, adjuntando a tal efecto un sobre en el que figuran 3 (tres) sobres más con el siguiente contenido:
• SOBRE Nº 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
• SOBRE Nº 2: PROPUESTA CRITERIOS NO CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULA
• SOBRE Nº 3: PROPUESTA CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULA
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente, En Pamplona/Iruña, a .................de de 2020.
(Firma)
PROTECCIÓN DE DATOS - En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se le informa que los datos personales facilitados se utilizarán exclusivamente para la gestión xxx Xxxxxx y posterior otorgamiento de la concesión en caso resultar adjudicatario y podrán ser incorporados al fichero ‘GESTIÓN DE CONCESIONES ADMINISTRATIVAS Y ALQUILERES’ del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General (C/ Mayor 2, 31001, Pamplona).
ANEXO 2. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Xx , con domicilio a efectos
de notificaciones en y
D.N.I.........................................................................,Teléfono nº..............................., Fax nº ,
correo electrónico (email) , por sí o en
representación de (según xxxxxxx) , con
domicilio en ,
NIF/CIF......................................, Teléfono nº..............................................................., Fax nº ,
enterado xxx Xxxxxx de bases de licitación de la CONCESIÓN ADMINISTRATIVA DEL DOMINIO PÚBLICO DE LA CIUDAD XX XXXXXXXX CON DESTINO A LA INSTALACIÓN, GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DE UN SISTEMA DE BICICLETA ELÉCTRICA COMPARTIDA
DECLARA
- Que reúne/que la entidad por mi representada reúne (indíquese según proceda si la declaración se hace en nombre propio o en representación de otra persona) las condiciones para contratar y que en caso de resultar licitadora a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación.
- Que su finalidad o actividad tiene relación directa con el objeto del contrato y que dispone de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
- Que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, de Seguridad Social y de seguridad, salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales, impuestas por las disposiciones legales vigentes.
- Que conociendo los pliegos que rigen la presente contratación, se compromete a su realización con sujeción estricta a éstos, a su propuesta de criterios no cuantificables mediante fórmula y a su propuesta de criterios cuantificables mediante fórmula.
- Que, de conformidad con el apartado 8 del art. 55 de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 abril, de Contratos Públicos xx Xxxxxxx, se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos exigidos en la cláusula 3 xxx xxxxxx.
- Que identifica como dirección electrónica para la realización de notificaciones a través de medios telemáticos, en el caso de reclamaciones en materia de contratación pública la siguiente: ..........................................
- La licitadora acepta voluntariamente dar transparencia institucional a todos los datos derivados de los procesos de licitación, adjudicación y ejecución hasta su finalización, con exclusión de aquellos que resulten confidenciales.
- Que SI/NO (táchese lo que proceda) es una PYME.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente,
En Pamplona/Iruña, a .................de de 2020.
(Firma)
PROTECCIÓN DE DATOS - En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se le informa que los datos personales facilitados se utilizarán exclusivamente para la gestión xxx Xxxxxx y posterior otorgamiento de la concesión en caso resultar adjudicatario y podrán ser incorporados al fichero de ‘GESTIÓN DE CONCESIONES ADMINISTRATIVAS Y ALQUILERES’ del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General (C/ Mayor 2, 31001, Pamplona).
ANEXO 3. MODELO DE OFERTA CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS
D./Xx , con domicilio a efectos
de notificaciones en y
D.N.I.........................................................................,Teléfono nº..............................., Fax nº ,
correo electrónico (email) , por sí o en
representación de (según xxxxxxx) , con
domicilio en ,
NIF/CIF......................................, Teléfono nº..............................................................., Fax nº ,
enterado xxx Xxxxxx de bases de licitación de la CONCESIÓN ADMINISTRATIVA DEL DOMINIO PÚBLICO DE LA CIUDAD XX XXXXXXXX CON DESTINO A LA INSTALACIÓN, GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DE UN SISTEMA DE BICICLETA ELÉCTRICA
COMPARTIDA, realiza las siguientes:
Oferta del concepto “número de bicicletas de pedaleo asistido que conformarán el Sistema de Bicicleta Eléctrica
Compartida xx Xxxxxxxx” (en número absoluto sin decimales)
• “número de bicicletas de pedaleo asistido que conformarán el Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida xx Xxxxxxxx” (en número absoluto sin decimales)…………………………………………………………………………..
(*una oferta de este concepto inferior a 250 bicicletas supone la exclusión del procedimiento de licitación)
OFERTA DE CRITERIOS SOCIALES:
• Compromiso de adoptar la política de calidad relativa a la coordinación y participación en una Red de Trabajo Municipal sobre la movilidad ciclista en Pamplona (este compromiso implica la obligación, en caso de que la licitadora resultase adjudicataria, de entregar a la Unidad Gestora una memoria explicativa, en el momento de Puesta en Marcha del Sistema, de las acciones que, en este sentido, pondrá en marcha la concesionaria)
.................................................................................................................................. (indicar con un SÍ o con un NO)
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente, En Pamplona/Iruña, a .................de de 2020.
(Firma)
PROTECCIÓN DE DATOS - En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se le informa que los datos personales facilitados se utilizarán exclusivamente para la gestión xxx Xxxxxx y posterior otorgamiento de la concesión en caso resultar adjudicatario y podrán ser incorporados al fichero de ‘GESTIÓN DE CONCESIONES ADMINISTRATIVAS Y ALQUILERES’ del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General (C/ Mayor 2, 31001, Pamplona).
ANEXO 4. CONDICIONES TÉCNICAS QUE REGULAN LA CONCESIÓN ADMINISTRATIVA DEL DOMINIO PÚBLICO CON DESTINO A LA INSTALACIÓN, GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DE UN SISTEMA DE BICICLETA ELÉCTRICA COMPARTIDA
1.-INTRODUCCIÓN
El Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, a través del Pacto de Movilidad Sostenible, fomenta el diseño de un nuevo modelo de movilidad basado en la sostenibilidad, que satisfaga las necesidades actuales sin comprometer para el futuro los recursos naturales existentes. Se asumen un conjunto de estrategias y medidas destinadas a recuperar la calidad del espacio urbano, favoreciendo los modelos de movilidad que menos recursos naturales consumen y menos costes medioambientales provocan, buscando el equilibrio entre la viabilidad económica del modelo, su capacidad de integración social y el respeto por el medio ambiente.
La implantación de un sistema de bicicleta eléctrica compartida en la ciudad es una de principales líneas de trabajo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de cara al diseño de un nuevo sistema público de transporte en la ciudad.
Este nuevo servicio implica la apuesta por la bicicleta como medio de transporte urbano, integrándola en el transporte global de la ciudad y fomentando su uso en la movilidad urbana habitual para desplazamientos de trabajo, a centros de estudios, para tareas relacionada con los cuidados, etc. Por ello se plantea un servicio que dé cobertura a todos los xxxxxxx xx Xxxxxxxx para favorecer tanto los desplazamientos entre diferentes barrios como su propia movilidad interna.
Se considera también un nuevo modelo de servicio que conecte lugares que pueden atraer un gran número de desplazamientos y que fomente la intermodalidad con medios de transporte para desplazamientos de larga distancia como el tren o el transporte urbano público. En la línea de actuación de otras ciudades de nuestro entorno, se trabaja en la incorporación de la bicicleta eléctrica, con un pedaleo asistido que favorece el uso de la bici en desplazamientos más largos y la hace accesible a toda la población, independientemente de su edad o condición física.
2.- OBJETO
El presente pliego de prescripciones técnicas tiene como objeto establecer las condiciones y requisitos técnicos que regularán la ejecución del presente contrato de concesión. Especialmente, se regularán los siguientes aspectos:
• Puesta a disposición de todos los elementos necesarios para el funcionamiento del servicio de acuerdo al presente pliego técnico.
• Mantenimiento, logística y cualquier otro aspecto complementario relativo al correcto funcionamiento del servicio.
• Reposición de bicicletas y otros elementos del servicio que sufran averías, vandalismo y/o desapariciones.
Todos los elementos que conformen este servicio de bicicleta compartida serán ofrecidos a la totalidad de la ciudadanía y gestionados por la concesionaria, atendiendo a las prescripciones señaladas en el presente Pliego.
3.- CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SISTEMA DE BICICLETA ELÉCTRICA COMPARTIDA
3.1.- Funcionamiento y regulación
Será un servicio de bicicleta compartida disponible para toda la ciudadanía que decida acceder al mismo, las 24 horas de todos los días del plazo de vigencia de la concesión (con las posibles excepciones recogidas en este documento)
Las normas de uso del sistema serán redactadas por la empresa concesionaria, en cumplimiento de lo expresado en el Anexo 5 (Régimen Tarifario y Normas de uso), en el resto de los pliegos y en la oferta que hubiera realizado la empresa que resultase adjudicataria. Las personas usuarias en el Sistema tendrán que aceptar estas normas en el momento de darse de alta en el servicio.
A las personas usuarias del Sistema se les aplicarán las tarifas determinadas por la empresa concesionaria, en pago por los diferentes servicios ofrecidos, en cumplimiento de lo expresado en el Anexo 5 (Régimen Tarifario) y con el visto bueno de la Unidad Gestora.
El funcionamiento del Sistema de Bicicleta Compartida para las personas usuarias será el indicado en su oferta por la empresa que resultase adjudicataria, cumpliendo como mínimo, lo siguiente:
• La persona usuaria se da de alta en el servicio a través de, por lo menos, una o varias de las siguientes herramientas, según lo haya ofertado la empresa licitadora que hubiese resultado adjudicataria: un sitio web, aplicación Smartphone, telefónicamente a través del servicio de atención al usuario o mediante otro sistema que hubiera sido ofertado por la empresa que resultara adjudicataria. El alta se deberá realizar en alguna de las modalidades que haya implementado la concesionaria en el Régimen Tarifario del Servicio.
• La persona usuaria, tras gestionarse su alta en el Sistema, recibirá, por parte de la empresa concesionaria, el permiso para acceder a los servicios ofertados, concretándose este acceso al servicio a través de una app Smartphone, una tarjeta inteligente o cualquier otro sistema que hubiera sido ofertado por la empresa que resultase adjudicataria.
• La persona usuaria llega a una de las estaciones de anclaje del Sistema o, si fuera el caso, a cualquier otro punto en el que se permita el depósito y retirada de las bicicletas, se identifica mediante la tarjeta inteligente o aplicación smartphone (o mediante otro sistema que hubiera ofertado la entidad que resultara adjudicataria) y libera una de las bicicletas.
• Tras recorrer el trayecto, ancla la bicicleta en la estación de destino o, si fuera el caso, a cualquier otro punto en el que se permita el depósito y retirada de las bicicletas, teniendo en cuenta que no podrá acceder a otra bicicleta hasta pasados 5 (cinco) minutos desde que haya anclado o depositado la bicicleta anterior (esta última cuestión puede ser desarrollada o mejorada según lo propuesto por la empresa que resultase adjudicataria)
• La persona usuaria realiza los pagos correspondientes según se especifica en el presente Xxxxxx, en la oferta de la empresa que resultara adjudicataria y según la modalidad de abono en la que se haya dado de alta, según lo especificado en el Régimen Tarifario del Servicio.
3.2.- Elementos del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida
El Sistema está formado, como mínimo, por los siguientes elementos:
• Bicicletas de pedaleo asistido.
• Estaciones de anclaje, elemento en el cual se encuentran ancladas las bicicletas y en donde pueden ser depositadas al finalizar el trayecto. En los anclajes existentes en estas estaciones se produce la recarga eléctrica de las baterías de las bicicletas.
• Sistema de acceso al servicio: tarjeta electrónica nominal sin contacto y / o aplicación smartphone y/u otro sistema que hubiera ofertado la entidad que resultara adjudicataria.
• Plataforma de gestión e información: software de gestión e información del sistema.
• Centro de Control: elemento que ofrece y gestiona el servicio de atención a la persona usuaria (altas, bajas y otras operaciones del sistema, así como atender las necesidades, incidencias y sugerencias de las personas usuarias) y el seguimiento del desarrollo del servicio.
• Administración económica: servicio que permite realizar el pago de las tarifas por parte de las personas usuarias
• Logística: servicio que permite restablecer el equilibrio entre la oferta y la demanda de bicicletas y anclajes redistribuyendo las bicicletas mediante vehículos adaptados a tal efecto.
• Mantenimiento: servicio que permite mantener el sistema en condiciones óptimas.
De igual manera, y si así lo hubiera ofertado la empresa que resultase adjudicataria (en la Propuesta de Arquitectura del Sistema), el Sistema podrá estar formado también por diferentes elementos que podrán operar como puntos de retirada o depósito de bicicletas, al inicio o al final de un desplazamiento con una bicicleta del Sistema. Estos elementos ofrecerán un mínimo de seguridad, debiendo ser necesario que la bicicleta sea bloqueada o anclada a algún elemento dispuesto a tal efecto. A su vez, en estos elementos deberá ser posible la comunicación bicicleta-sistema de gestión, de tal manera que se pueda dar por comenzado o finalizado el servicio del usuario en cuestión. Estos elementos, en el caso de ser físicos y permitir el anclaje de las bicicletas, deberán ser instalados, mantenidos y gestionados por la empresa concesionaria a lo largo de todo el periodo de vigencia de la concesión. En el caso de ser localizaciones en donde poder bloquear la bicicleta, bien en las inmediaciones de una estación de anclaje o bien en cualquier otro lugar del espacio público, la señalización necesaria para su delimitación correrá a cargo de la concesionaria. En todo caso, los
elementos que permitan estas operaciones (candados, sistemas de bloqueo, elementos de amarre, comunicación con el sistema de gestión, etc.) deberán ser suministrados, instalados, mantenidos y gestionados por la concesionaria. La ubicación de estos elementos, si fuera el caso, será propuesta por la licitadora en la Propuesta de Ubicaciones. En estos elementos no se producirá la recarga eléctrica de las bicicletas de pedaleo asistido, siendo responsabilidad de la empresa las operaciones necesarias para el correcto funcionamiento de estas, así como las operaciones de logística a las que, consecuentemente, se deberá someter a las bicicletas depositadas en estos elementos. En ningún caso se permitirá el sistema conocido como free-floating.
Todos estos elementos que conforman el Sistema serán suministrados, gestionados y mantenidos por la adjudicataria durante los años de duración de la concesión.
La concesionaria explotará, como soporte publicitario y en cumplimiento de lo expresado en su propuesta, los elementos de las bicicletas y de las estaciones que sean señalados en su oferta técnica. La explotación de estos soportes será a riesgo y xxxxxxx de la concesionaria, siendo ésta responsable de la gestión, mantenimiento, ingresos y costes asociados a esta explotación. Tanto en el momento en que se incluya por primera vez publicidad en los elementos del Sistema como, si fuera el caso, se cambiara esta publicidad, será necesario acuerdo de la Unidad Gestora, declarando la idoneidad de esta publicidad respecto al III Plan para la Igualdad xx Xxxxxxxx (o respecto al que en el futuro se aprobara). El cambio, si fuera el caso, de la publicidad, no podrá afectar al normal y correcto funcionamiento del Sistema.
No se permitirá la inserción de ningún tipo de publicidad (salvo la presencia de la imagen comercial de la entidad adjudicataria y la de los posibles patrocinadores) en la página web del Servicio y en, si fuera el caso, en la app del Servicio.
3.3.- Horario del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida
Las personas usuarias podrán utilizar las bicicletas del Sistema todos los días del año, excepto el periodo correspondiente a las fiestas de San Xxxxxx (6 a 14 de julio inclusive), periodo en el cual las bicicletas deberán ser retiradas de las estaciones y almacenadas en las instalaciones de la entidad adjudicataria y, asimismo, las estaciones deberán ser cerradas y protegidas de manera efectiva. A la finalización de este periodo, el servicio debe volver a sus condiciones óptimas.
Las tareas necesarias para la recogida de todo el parque de bicicletas comenzarán el día 4 de julio. Asimismo, la puesta en marcha integral del servicio deberá ser efectiva el 00 xx xxxxx. Xx Xxxxxx Xxxxxxx podrá aprobar el adelanto o el atraso de estas fechas, a petición de la entidad concesionaria o por propia iniciativa, cuando lo considere necesario.
El horario del Sistema durante los días en que se encuentre activo (todo el año excepto fiestas de San Xxxxxx) será de 24 horas diarias.
En caso que así lo indicara la empresa concesionaria, el Sistema, o parte de él, también podrá ser utilizado durante las fiestas de San Xxxxxx, siempre que la adjudicataria motive las operaciones que llevará acabo para justificar el correcto funcionamiento durante estos días y contando con el visto bueno de la Unidad Gestora.
3.4.- Dimensiones mínimas del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida
El Sistema contará, como mínimo, en el momento de la Puesta en Marcha, con:
• 250 unidades de bicicletas de pedaleo asistido en activo.
• 20 unidades de estación, dotada cada una de ellas con un elemento formado por tótem-módulo de estación. Las 20 estaciones computarán, como mínimo, un total de 400 anclajes, en los que se depositarán las bicicletas y se produciría la recarga eléctrica de la batería de éstas. El número de anclajes concreto en cada estación será definido en la propuesta de la empresa que resultase adjudicataria y, posteriormente, en la Fase de Replanteo.
• 1 unidad de Instalación de la entidad adjudicataria, local en donde se ubicarán, entre otros, almacén, taller, y vestuarios de la entidad adjudicataria.
• 1 unidad de equipo de operarios/as, y su correspondiente flota de vehículos, de la entidad adjudicataria, en tareas de logística, mantenimiento y gestión del Centro de Control. Dicho equipo deberá asegurar el cumplimiento de lo especificado en el presente pliego y en la oferta de la entidad que resultase adjudicataria.
• 1 unidad de equipo de coordinación y control, formado por un/a técnico/a especializado/a, responsable del control y gestión del sistema, en todas sus variantes, así como la coordinación con la Unidad Gestora, a disponer por la empresa adjudicataria.
La empresa concesionaria podrá ubicar, físicamente, el Centro de Control y el equipo de coordinación y control en el mismo local en donde se ubique la instalación de la empresa (almacén, taller...)
3.5.- Tarifas del Servicio del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida
A las personas usuarias del Sistema se les aplicarán las tarifas determinadas por la empresa concesionaria, en pago por los diferentes servicios ofrecidos, en cumplimiento de lo expresado en el Anexo 5 (Régimen Tarifario y Normas de Uso) y con el visto bueno de la Unidad Gestora.
Estas tarifas podrán ser modificadas por la concesionaria durante el periodo de vigencia de la concesión, debiéndose motivar dicha modificación. Estas modificaciones del Régimen Tarifario deberán cumplir, en todo caso, lo especificado en este Pliego y en la oferta de la empresa que resultase adjudicataria. A su vez, la Unidad Gestora, previo acuerdo con la concesionaria, podrá proponer tarifas especiales con objeto de promocionar el alta de diferentes grupos de personas usuarias en el Sistema, en caso de que la concesionaria hubiera ofertado la posibilidad de agrupar usuarios en la gestión económica del Sistema.
La concesionaria deberá aplicar estas tarifas y las que, en su momento y si fuera el caso, se aprueben, en la gestión de las personas usuarias y en la administración económica del servicio.
4.- BICICLETAS DEL SISTEMA DE BICICLETA ELÉCTRICA COMPARTIDA
4.1.- Tipo de bicicleta
Todas las bicicletas del Sistema tendrán el mismo diseño y las mismas características.
Las bicicletas serán del tipo “bicicletas de pedaleo asistido (BPA)”, conocidas como bicicletas eléctricas.
4.2.- Diseño de la bicicleta
El diseño de la bicicleta será el propuesto por la empresa que resulte adjudicataria, en cumplimiento de lo especificado en el presente Pliego, debiendo estar diferenciado del resto de bicicletas comerciales, predominando el color verde (el RAL concreto será determinado en la Fase de Replanteo) y debiendo mostrar, en alguno de sus elementos y de manera significativa, las imágenes corporativas del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. A su vez, deberán mostrar, de igual manera, la imagen comercial de la concesionaria.
Las bicicletas podrán reservar, en alguno de sus elementos y según lo indicado por la empresa concesionaria en su oferta, espacios para la explotación publicitaria, consecuentemente a lo señalado en el presente Pliego.
4.3.- Prescripciones mínimas de la bicicleta
Tipología | Tipo urbano, cuadro xx xxxxx baja, cómoda, ergonómica y de dimensiones adecuadas para cualquier persona con una altura superior a 1,50 m. |
Peso | El peso máximo de la bicicleta con todos los elementos será de 30 kg |
Materiales | Deberá estar fabricada en materiales anticorrosivos y anti-vandálicos, resistentes al uso intensivo y las condiciones climáticas xx Xxxxxxxx. |
Sistema de anclaje | Integrado en la estructura de la bicicleta, debe garantizar la liberación de la bicicleta únicamente por personas autorizadas, minimizándose la posibilidad de ser liberada ilícitamente. El sistema de anclaje debe ofrecer la máxima seguridad frente a robos y actos vandálicos. La carga eléctrica de la bicicleta se debe realizar a través del anclaje. |
Sistema de iluminación | Adaptado a la normativa; formado por un faro delantero y una luz posterior que se activarán en el momento de la puesta en marcha y se mantienen encendidos un cierto tiempo después de que se pare la bicicleta. El sistema de iluminación se podrá alimentar desde una dínamo o desde la batería, según lo señalado por la entidad que resultara seleccionada; en el caso de la dínamo, esta deberá estar integrada en la estructura de la bicicleta. |
Elementos reflectantes | Deberá disponer, al menos, de elementos reflectantes en los pedales. |
Avisador acústico | Deberá disponer de un avisador acústico antivandálico |
Pedales | Antivandálicos y antideslizantes |
Guardabarros | Trasero y delantero; el trasero deberá cubrir como mínimo el 25% del área del círculo de la rueda. |
Ruedas | Ambas ruedas serán simétricas con un diámetro máximo de 27,5”. Los neumáticos serán tubulares, resistentes a los pinchazos y adaptados a su circulación en la calzada. |
Frenos | Tanto los delanteros como los traseros serán xx xxxxxx o de disco x xx xxxxxx, no admitiéndose frenos de tipo contrapedal. |
Asiento | De altura regulable y con un sistema de cierre rápido. El tubo del asiento debe contar con un sistema antirrobo. La anchura del asiento debe ser tal que resulte confortable a cualquier persona usuaria. |
Transmisión | Mediante cadena que se encuentre protegida. |
Sistema de cables | Debe estar incorporado en gran medida en el cuadro de la bicicleta |
Identificación y seguimiento | El sistema de identificación y seguimiento de la bicicleta debe cumplir los requisitos mínimos del presente Pliego y lo expresado en su oferta por la empresa que resultara adjudicataria. Como mínimo, la bicicleta deberá tener un sistema de identificación única y de validación con la estación, así como una clara y legible identificación visual numérica, pudiendo disponer, además, de otros sistemas que permitieran el seguimiento de las bicicletas durante los trayectos y su localización (GPS o similares). |
Espacio porta paquetes | Espacio delantero, admitiéndose la solución “porta paquetes” integrado en la estructura de la bicicleta o una solución tipo cesta, debiendo ser ésta de materiales inoxidables y anti-vandálicos, no admitiéndose la solución tipo “xxxxx xx xxxxx” |
Soporte de pie | La bicicleta deberá contar con un sistema de soporte de pie, de tipo “pata xx xxxxx” o similar, que permita la correcta sujeción de la bicicleta en posición de reposo. |
Sistema de seguridad antirrobo en los reposos o paradas | La bicicleta contará con un sistema de seguridad antirrobo para los reposos o paradas que se puedan realizar en los trayectos. Este sistema puede ser de tipo candado, bloqueo xx xxxxxx, etc. o cualquier otro que en este sentido hubiera ofertado la empresa que resultara adjudicataria y que asegure un mínimo de seguridad durante dichos reposos o paradas. |
Sistema de asistencia al pedaleo | Mediante batería y el motor acoplado que asistirá mientras haya pedaleo. La asistencia al pedaleo debe dejar de funcionar a los 20 Km./h., esta velocidad máxima se tiene que poder parametrizar, con un máximo de 25 Km./h. |
Elementos del sistema de asistencia al pedaleo: | El sistema de asistencia al pedaleo estará formado por: - Batería: tecnología Ion-Litio o superior, como mínimo de 36 V y 8 A. El tiempo de recarga al 80% de la batería debe ser de 4 horas como máximo. Debe quedar integrada y protegida en el chasis de la bicicleta. - Controlador: debe quedar integrado y protegido en el chasis de la bicicleta. - Motor: de 250 W de potencia nominal, como máximo. El motor debe quedar fijado mediante un sistema de seguridad antivandálico. - Sistema de LEDS o pantalla que muestre el estado de carga de la batería: este sistema o pantalla debe estar integrado en la estructura de la bicicleta o quedar fijado a ella mediante un sistema de seguridad antivandálico. - La bicicleta contará con interruptor de la asistencia al pedaleo, si así lo hubiera señalado en su oferta la entidad que resultase seleccionada. - La bicicleta podrá contar con diferentes niveles de asistencia al pedaleo, si así lo hubiera señalado en su oferta la entidad que resultase seleccionada. - La bicicleta podrá contar con un sistema de ayuda al arranque, si así lo hubiera señalado en su oferta la entidad que resultase seleccionada. - La bicicleta podrá contar con un sistema de sensor de par o sensor de torque, si así lo hubiera señalado en su oferta la empresa que resultara adjudicataria. |
Cambios de velocidades | La bicicleta podrá contar con un sistema de cambio mecánico de velocidades, si así lo hubiera ofertado la empresa que resultara adjudicataria. |
Homologaciones, acreditaciones, marcados y cumplimiento de normativas y directivas | - Todos los elementos presentes en la bicicleta deberán estar debidamente homologados, de acuerdo con la legislación estatal o europea vigente. - Las bicicletas y sus elementos deben cumplir la normativa y directivas necesarias y acreditar y disponer de los certificados legales necesarios y suficientes. |
Sistema de bloqueo | - Si la empresa que resultase adjudicataria así lo hubiera ofertado, la bicicleta podrá contar con un sistema de bloqueo o de anclaje que le permita ser depositada en elementos diferentes a las estaciones de anclaje, una vez finalizado el servicio. En tal caso, dicho sistema deberá contar con todos los sistemas que permitan su activación o desactivación por parte de la persona usuaria, así como la comunicación con el sistema de gestión |
Acceso al Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida | - Si la empresa que resultase adjudicataria así lo hubiera ofertado, las bicicletas podrán contar con los elementos necesarios que permitan el acceso de las personas usuarias a los servicios ofrecidos por el Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida (acceso a las bicicletas del Sistema) |
5.- ESTACIONES DE ANCLAJE DEL SISTEMA DE BICICLETA ELÉCTRICA COMPARTIDA
5.1.- Elementos de las estaciones de anclaje
Las estaciones de anclaje del Sistema incluirán, como mínimo, los siguientes elementos:
• Anclaje: elemento de unión entre las bicicletas y la estación. Debe ser el encargado de transmitir la energía de carga hacia la batería de las bicicletas estacionadas. Cada estación podrá contar con un máximo de cuarenta (40) anclajes y con un mínimo de quince (15). El número de anclajes concreto de cada una de las estaciones será definido en la Fase de Replanteo. Las estaciones deberán permitir, si fuera el caso, aumentar o disminuir el número de anclajes dispuestos en ellas. A su vez, podrá englobar los componentes técnicos necesarios para establecer la comunicación y servicios definidos entre usuario-sistema de gestión; esta comunicación se realizará mediante tecnología 3G o 4G.
• Tótem-módulo de estación: contendrá el elemento de señalización y de identificación de la estación de anclaje; podrá disponer de un espacio a modo de soporte publicitario (analógico o digital, estático o dinámico), según lo indicado en su oferta técnica por la empresa que resulte adjudicataria, cumpliendo la publicidad incluida en este soporte lo expresado en el presente Pliego. A su vez, podrá englobar los componentes técnicos necesarios para establecer la comunicación y servicios definidos entre usuario-sistema de gestión-anclaje-bicicleta; esta comunicación se realizará mediante tecnología 3G o 4G.
• Módulo de alimentación eléctrica: gestionará la carga de las bicicletas ancladas en la estación y ofrecerá la energía necesaria para todos los elementos de la estación.
Las estaciones deberán ser modulares, de instalación fácil y rápida y habrán de requerir la mínima obra civil.
Las estaciones deberán asegurar unos mínimos niveles de seguridad ante el vandalismo y los robos, pudiendo éstas, si así lo hubiera señalado en su oferta la empresa que resultase adjudicataria, disponer de sistemas adicionales que mejorasen dicho nivel de seguridad, tales como sistemas de videovigilancia u otros diferentes.
Las estaciones deberán asegurar unos mínimos niveles de resistencia a la corrosión y a la intemperie, pudiendo éstas, si así lo hubiera señalado en su oferta la empresa que resultase adjudicataria, disponer de sistemas que mejorasen dicho nivel de resistencia, tales como sistemas de marquesinas o boxes que cubran dichas estaciones u otros diferentes.
El diseño de las estaciones y de todos sus elementos deberá estar en consonancia con lo expresado en la oferta de la empresa que resultase adjudicataria.
5.2.- Prescripciones técnicas mínimas de las estaciones de anclaje
Prescripciones técnicas mínimas:
• Materiales: deberán ser resistentes a la corrosión, a la intemperie y al vandalismo.
• Cargadores de batería: Tendrán que cumplir el reglamento electrotécnico de baja tensión vigente en España.
• Disposición de los anclajes: deben estar soportados por una superficie resistente que los unirá, la cual se asentará sobre el pavimento.
• Seguridad al vuelco: se tendrá que disponer de acreditación técnica del cumplimiento de la seguridad al vuelco de la totalidad de la estación con una presión de viento de 1.000 N/m2.
• Instalación eléctrica: el adjudicatario deberá realizar la legalización de la instalación eléctrica siguiendo la normativa y los reglamentos vigentes.
• Anclajes: deben ser modulares, con un máximo de 2 anclajes por módulo. Los anclajes deben permitir la detección, anclaje y carga de la bicicleta estacionada. Los anclajes deben contener medidas antivandálicas y de seguridad antirrobo. Los módulos de anclaje deben ser tales que permitan que se puedan añadir o quitar módulos en cada una de las estaciones. Los anclajes deben cumplir la Directiva Europea de baja tensión (DC 73/23/CEE) y la Directiva Europea de compatibilidad electromagnética (DC 89/336/CEE). Si así lo hubiera expresado en su oferta la empresa que resultase adjudicataria, el anclaje puede contener los elementos necesarios para realizar la comunicación entre usuario-sistema de gestión-anclaje-bicicleta (el acceso se puede producir en el propio anclaje).
• Tótem-módulo de estación: contendrá, como mínimo:
✓ La unidad de señalización de la estación.
✓ Los componentes técnicos necesarios.
✓ Un módulo formado, como mínimo, por un espacio que ofrezca información sobre el Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida (cartelería, pantallas digitales, etc.) (en castellano y euskara, en consonancia con la Ordenanza Municipal de Uso del Euskara, y en inglés y en francés, como mínimo)
✓ Un espacio donde aparezcan las imágenes corporativas de la entidad adjudicataria, del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida.
✓ Si la entidad que resultara adjudicataria así lo hubiera expresado en su oferta, el tótem-módulo de la estación podrá contar con un soporte publicitario (analógico o digital, dinámico o estático) que será gestionado según lo expresado en el presente Pliego; estos soportes publicitarios no podrán ser elementos ajenos a la estación.
✓ Si la entidad que resultara adjudicataria así lo hubiera expresado en su oferta, el módulo podrá ser utilizado como punto de identificación y acceso a los servicios de la estación de la persona usuaria; en este caso, deberá contar con los elementos que permitan realizar la comunicación usuario-sistema de gestión-anclaje-bicicleta.
• Fuera de servicio: las estaciones permitirán ser puestas “fuera de servicio” de manera remota.
• Alimentación: el módulo de alimentación deberá gestionar la carga de las bicicletas eléctricas ancladas en la estación. Los cargadores podrán colocarse en el módulo de la estación, en los anclajes individualmente o en algún otro elemento del conjunto de la estación. El sistema de recarga eléctrica debe ser inteligente, de tal manera que defina un nivel mínimo de carga de la batería de la bicicleta que se encuentre anclada que habilite el préstamo (10% de la carga de la batería) y que, a su vez, corte el suministro una vez alcanzado el máximo. De igual manera, se permitirán sistemas de recarga que, con objeto de minimizar el consumo de energía eléctrica, no recarguen al mismo tiempo el total de las bicicletas ancladas en la estación, sin que esto reduzca las funcionalidades y los niveles de servicio requeridos.
• SAI: la estación podrá incorporar, si así lo hubiera ofertado la empresa que resultase adjudicataria, una batería SAI que permita durante, como mínimo 30 minutos, el depósito de bicicletas en la estación de manera desconectada de la red eléctrica general.
5.3.- Servicios de las estaciones de anclaje
Las estaciones de anclaje, como mínimo, deben ofrecer los siguientes servicios:
• Retirada y devolución de una bicicleta:
✓ Las personas usuarias, una vez identificadas, deben poder retirar una bicicleta.
✓ Las personas usuarias, sin necesidad de identificarse, deben poder anclar una bicicleta, dando el sistema por finalizada la operación de esta persona.
✓ Las bicicletas, anclajes y/u otros elementos del sistema deben señalar claramente si la entrega ha sido realizada correctamente.
✓ El sistema debe impedir a una misma persona usuaria poder retirar una bicicleta de cualquiera de las estaciones si no han transcurrido 5 minutos desde la devolución de la bicicleta utilizada en el último trayecto (esta cuestión puede ser desarrollada o mejorada según lo propuesto por la empresa que resultase adjudicataria)
✓ El sistema debe identificar a la persona usuaria que, acorde al Régimen Sancionador a las Personas Usuarias recogido en las normas de uso del Servicio cometan una o alguna de las infracciones citadas en dicha normativa y, si fuera el caso, inhabilitar el acceso a dicha persona al Servicio el tiempo estipulado en el apartado de penalizaciones.
✓ Cada uno de los anclajes debe señalar de manera clara e inequívoca si se encuentra en modo servicio o fuera de servicio. Los anclajes se pueden encontrar fuera de servicio por cuatro diferentes razones: 1. encontrase averiados; 2. estar en él anclada una bicicleta averiada; 3. estar en él anclada una bicicleta con una carga igual o menor a un valor porcentual parametrizable (en este caso, el 10% de la carga de la batería de la bicicleta).4. estar la estación completa fuera de servicio. Los anclajes no deben permitir la retirada de una bicicleta anclada en un anclaje fuera de servicio.
✓ Tras la selección de una de las bicicletas ancladas en la estación por la persona usuaria para su retirada, ésta dispondrá de un tiempo concreto y parametrizable para retirar la bicicleta. Si durante este tiempo, la bicicleta no fuera retirada, la operación se considerará cancelada, pudiendo la misma persona usuaria retirar esa u otra bicicleta sin tener que esperar a que transcurran los 5 minutos que serían necesarios si hubiera realizado un trayecto.
• Identificación de las bicicletas: las estaciones deben identificar y comunicar al sistema de gestión
✓ Qué bicicleta (identificada por un número o código) se encuentra depositada en cada anclaje.
✓ Qué bicicleta (identificada por un número o código) está siendo usada y por qué persona usuaria.
✓ Qué bicicleta (identificada por un número o código) se encuentra depositada en anclaje fuera de servicio por avería del anclaje.
✓ Qué bicicleta (identificada por un número o código) se encuentra depositada en anclaje fuera de servicio por no disponer la bicicleta de una carga de batería superior al valor porcentual que se haya marcado para tal hecho (10 % de la carga de la batería de la bicicleta)
✓ Qué bicicleta (identificada por un número o código) se encuentra depositada en anclaje fuera de servicio por estar la bicicleta averiada.
• Servicios ofrecidos en el tótem-módulo de estación: el tótem-módulo de estación, a través de cartelería y/o una pantalla digital, ofrecerá, como mínimo, información general sobre el Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida. Toda la información ofrecida por el tótem-módulo de la estación a la prestación de los servicios anteriormente citados, deberá mostrarse, por lo menos, en castellano, euskara, inglés y francés. Además, si así lo hubiera ofertado la entidad que resultase adjudicataria, se podrá:
✓ Ofrecer información, si fuera el caso que la empresa hubiera ofertado la disposición en el tótem- módulo de pantalla digital u otro elemento similar, que trate aspectos tales como el estado del alta de la persona usuaria (información sobre usos realizados, pagos, sanciones, datos de la persona usuaria), sobre la propia estación (carga de las bicicletas, bicicletas disponibles, etc.), sobre el resto de estaciones y sobre, cualquier otro aspecto del Servicio. El acceso de la persona usuaria a la información mostrada por la pantalla del tótem-módulo de la estación se podrá realizar mediante la lectura de su tarjeta electrónica nominal, mediante el tecleado del código de usuario o mediante cualquier otro sistema ofertado que hubiera ofertado la entidad que resultase adjudicataria.
✓ Ofrecer el sistema de acceso de las personas usuarias a los servicios prestados en la estación; en este caso, el tótem-módulo de la estación deberá contar con un lector de tarjetas sin contacto u otro elemento que permita tal acceso. A su vez y según el sistema o sistemas de acceso al servicio para las personas usuarias dadas de alta en abonos ocasionales que hubiera podido ofertar la entidad que resultase adjudicataria, el tótem-módulo de estación deberá disponer de los elementos técnicos necesarios para ofrecer el alta en dicha modalidad de abono ocasional.
• Servicios adicionales: las estaciones, si así lo hubiera ofertado la entidad que resulte adjudicataria, podrán ofrecer servicios tales como:
✓ La prórroga del trayecto sin coste adicional por encontrarse la estación llena.
✓ La posibilidad de bloquear la bicicleta junto a la estación si se encontrara la estación llena.
✓ La reserva anticipada de bicicletas.
✓ La posibilidad de devolver una bicicleta en un tiempo determinado tras su retirada, si no se encontrara en condiciones adecuadas, computándose como operación cancelada.
✓ El bloqueo remoto de anclajes o del total de la estación.
✓ Cualquier otro servicio ofertado por la entidad que resultara adjudicataria.
5.4.- Funcionalidades de las estaciones de anclaje
Cada estación del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida debe ser capaz de proporcionar, como mínimo, las siguientes funcionalidades:
• Informar a la central: la estación debe ser capaz de informar automáticamente a los servicios centrales sobre incidencias relativas a los elementos que la forman.
• Funcionamiento en modo sin conexión con los servicios centrales: en este estado, la estación debe ser capaz de permitir la retirada y el depósito de bicicletas y garantizar la trazabilidad de todas las transacciones una vez recuperada la conexión.
5.5.- Obra civil para la implantación de las estaciones de anclaje y conexión eléctrica
La empresa concesionaria será la responsable de la ejecución de la obra civil necesaria que permita que la entidad adjudicataria la instalación de las estaciones de anclaje. Esta obra civil hace referencia a:
• Demoliciones, apertura de zanja, afirmado, tuberías, acometidas a arquetas existentes, afirmado y pavimentación necesarias para la realización de la acometida eléctrica (incluso conexiones, cableado, cuadros eléctricos, etc.).
• Construcción de pedestales para el soporte de armarios eléctricos.
• Demoliciones, afirmados y construcción de las cimentaciones necesarias (incluidos los posibles anclajes y/o conectores a esta cimentación que los elementos de la estación puedan disponer).
• Demoliciones, afirmados y construcción de las cimentaciones, pedestales, etc. necesarios en caso de que las estaciones contaran con sistema de marquesinas, boxes, videovigilancia o de otro tipo.
La entidad adjudicataria suministrará e instalará las estaciones y todos los elementos del sistema necesarios, comprometiéndose a devolver el espacio utilizado a las condiciones iniciales, tras la extinción de la concesión y en un plazo máximo de dos meses, sea cuál sea la causa que motivase esta extinción y sin que esto acarree ningún coste al Ayuntamiento xx Xxxxxxxx.
La entidad adjudicataria será responsable de conectar cada estación a la red eléctrica, de la colocación xx xxxxxxx y protecciones necesaria y de legalizar dicha instalación y gestionar y pagar el consumo eléctrico durante todo el periodo de vigencia de la concesión.
A la extinción de la concesión, sea cual sea la causa que la motivara, la entidad concesionaria debe proceder a dar de baja la conexión eléctrica de las estaciones.
Si así lo hubiera expresado en su oferta la entidad que resultara adjudicataria, las estaciones pueden abastecerse, total o parcialmente, mediante paneles fotovoltaicos alojados en uno o alguno de los elementos de las estaciones. Estos paneles deberán integrarse en las estaciones, no permitiéndose que conformen elementos independientes a éstas. Los paneles fotovoltaicos y toda la instalación eléctrica de éstos, deben cumplir con toda la normativa y homologaciones existente al respecto.
Si la empresa que resultase adjudicataria hubiera ofertado la instalación de elementos para la retirada y depósito de bicicletas diferentes a las estaciones de anclaje, la obra civil necesaria para la instalación de estos elementos correrá, de igual manera, a cargo de la concesionaria.
5.6.- Ubicación de las estaciones de anclaje
En el momento de Puesta en Marcha, las estaciones de anclaje del Sistema de Bicicleta Compartida se instalarán en las ubicaciones que hubieran sido señaladas en su oferta por la empresa que hubiera resultado adjudicataria, con las posibles modificaciones que sobre esa propuesta se pudieran hacer en la Fase de Replanteo. La ubicación de las estaciones debe ser motivada en la propia propuesta de la empresa en fase de licitación, atendiendo a las necesidades presentes y futuras de movilidad en nuestra ciudad, a la localización de los puntos de destino y de los puntos atractores de desplazamientos en Pamplona y teniendo en cuenta cualquier normativa o regulación existente en la que pudiera dificultar o imposibilitar la instalación de elementos del Sistema en ciertas localizaciones o entornos concretos, así como contemplar las características de los espacios públicos en los que pudieran llegar a ubicarse, en cuanto a sus cualidades urbanas y a las actividades que en ellos se despliegan. En todo caso, las ubicaciones deben ser tales que no interfieran con itinerarios peatonales, paradas del transporte público, etc.
En caso de que la empresa adjudicataria así lo hubiera propuesto en su oferta, la ubicación de otros elementos diferentes al de estaciones de anclaje cuyo objeto sea también el depósito o retirada de bicicletas serán ubicadas de igual manera que las estaciones.
6.- SISTEMA DE ACCESO AL SISTEMA DE BICICLETA ELÉCTRICA COMPARTIDA
6.1.- Introducción
El sistema de acceso al servicio permite a las personas usuarias la identificación y el acceso a los servicios ofrecidos por el sistema.
6.2.- Prescripciones técnicas mínimas de los sistemas de acceso
Los sistemas de acceso al Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida serán los que haya expresado en su propuesta la empresa que resultase adjudicataria, debiendo ser, por lo menos, alguno de los siguientes:
6.2.1.-Sistema de acceso mediante tarjeta inteligente sin contacto:
Módulo de acceso conformado por un lector de proximidad y los componentes de hardware y software que gestionarán la lectura de los datos de los sistemas de acceso, así como su proceso con el fin de activar los servicios prestados por las estaciones.
y NFC.
El lector sin contacto de este módulo de acceso debe ser compatible con la normativa ISO 14443
Este módulo de acceso podrá encontrase ubicado en cualquiera de los siguientes elementos del
sistema:
• En el tótem-módulo de cada estación, realizándose la selección de la bicicleta desde la pantalla.
• En cada uno de los anclajes de las estaciones.
• En las propias bicicletas
La tarjeta de acceso será específica para este Sistema y permitirá establecer la relación entre personas usuarias y sus tarjetas mediante el UID de las mismas.
Esta tarjeta inteligente sin contacto será compatible con los siguientes estándares:
• ISO/IEC 14443 A 1-4 Proximity Cards.
• ISI/IEC 7816 Security&Commaands for Interchange.
• ISO 7810 Identfication Cardes.
• ISO 18092 NFC.
• ISO 24014 Interoperable Fare Management.
• ANSI 410 Limited Use.
La entidad adjudicataria será responsable del suministro, activación y envío de las tarjetas de acceso a nuevas personas usuarias, así como de la remisión de nuevas tarjetas (duplicados) a las personas usuarias que así lo soliciten (pérdida, robo o avería).
6.2.2.- Sistema de acceso mediante aplicación móvil.
La entidad adjudicataria podrá poner a disposición de las personas usuarias una aplicación desarrollada para sus teléfonos o dispositivos móviles de las plataformas Android de Google e IOS de Apple. Esta aplicación móvil permitirá a la persona usuarias acceder a todos los servicios de las estaciones de anclajes.
Sólo las personas que se hayan dado de alta en el servicio podrán, tras su instalación, hacer uso de los servicios que proporciona esta aplicación y que permiten el acceso al servicio.
La creación, prestación del servicio y mantenimiento de aplicación móvil, así como todos los costes asociados que ello implique, será responsabilidad íntegra de la entidad adjudicataria y deberá estar a disposición de las personas usuarias en el plazo comprendido entre el momento de Puesta en Marcha y la finalización del periodo de vigencia de la concesión
6.2.3.- Otros sistemas de acceso.
Si la empresa que resultara seleccionada lo hubiera ofertado, se dispondrán otros sistemas de acceso diferentes a los citados anteriormente, especialmente encaminados a favorecer el acceso al sistema a las personas dadas de alta mediante abono ocasional (turistas).
7.- MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE BICICLETA ELÉCTRICA COMPARTIDA
7.1.- Generalidades
El objetivo del servicio de mantenimiento es conseguir que el mayor número posible de bicicletas se encuentren disponibles y en condiciones óptimas, de tal manera que se cumplan los valores mínimos exigidos para los indicadores del servicio.
Se entiende que una bicicleta se encuentra disponible cuando se encuentra en alguna de las siguientes situaciones:
• Está depositada en un anclaje que se encuentra en modo servicio y el nivel de carga de su batería es igual o superior al 10% y, a su vez, la estación en la que se encuentra dicho anclaje permite realizar las funcionalidades mínimas recogidas en este pliego.
• Está realizando un trayecto permitiendo que la persona usuaria realice dicho desplazamiento de manera correcta, segura y adecuada a los requisitos contemplados en el presente pliego.
• Está puesta en taller y se le está realizando una operación de mantenimiento preventivo o una reposición de alguno de sus elementos (según los plazos de reposición especificados en el presente Pliego), sin que hubieran transcurrido 24 horas desde que fuera retirada de su correspondiente estación para ser llevada a taller.
• En caso de que la empresa que resultase adjudicataria hubiera propuesto otros elementos diferentes a las estaciones de anclaje para poder retirar y depositar las bicicletas, se considerara que una bicicleta está en activo cuando se encuentre depositada en dicho elemento y el nivel de carga de su batería sea igual o superior al 10%
• En el resto de los casos, la bicicleta se encuentra no disponible.
El mantenimiento del servicio se realizará según el Plan de Mantenimiento que hubiera ofertado la empresa adjudicataria, con un mínimo de servicio que se presenta en este apartado.
El mantenimiento del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida afectará a todos los elementos del sistema y será de dos tipos:
• Mantenimiento correctivo: atención a incidencias técnicas.
• Mantenimiento preventivo: mantenimiento realizado según un ciclo temporal.
7.2.- Mantenimiento correctivo de los elementos del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida
La empresa concesionaria será totalmente responsable del mantenimiento correctivo de los elementos del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida.
El mantenimiento correctivo del servicio se realizará según el Plan de Mantenimiento Correctivo que hubiera ofertado la empresa concesionaria, con un mínimo de servicio que se presenta en este apartado.
El mantenimiento correctivo se basa en la atención y resolución de las incidencias técnicas.
Las incidencias técnicas son todos aquellos avisos que, sobre los elementos físicos del sistema, hayan realizado:
• Las personas usuarias, a través de llamada telefónica al teléfono de asistencia, de la página web, de la aplicación o de cualquier otro sistema propuesto por la empresa adjudicataria en su oferta.
• El personal técnico de operaciones de la entidad adjudicataria.
• El personal técnico municipal en tareas de inspección.
• Los recogidos por el sistema de gestión (anclajes o estaciones fuera de servicio o cualquier otro tipo)
• Otros que hayan sido ofertados como tales por la empresa que hubiera resultado adjudicataria, pudiendo ser éstas la identificación de bicicletas que no hayan sido retiradas en un número concreto de días o la identificación de bicicletas que sean devueltas más de una vez en un tiempo determinado dando como resultado una cancelación de operación.
El personal del Centro de Control y el propio sistema de gestión deberá recoger las descripciones necesarias de todas las incidencias técnicas realizadas; la relación de estas incidencias deberá ser mostrada en los informes mensuales del servicio.
El sistema de gestión debe trazar el perfil del estado de cada una de las bicicletas del servicio, identificadas por un código o número; en dicho perfil deben mostrarse la descripción de todas las incidencias que se han realizado sobre esa bicicleta y la descripción de la resolución de dicha incidencia.
En este mismo perfil deben aparecer los horarios en los que la bicicleta se ha encontrado en situación de disponible o en situación de no disponible.
El personal técnico de operaciones de la entidad adjudicataria que detectara o le fuera comunicada una incidencia relativa a una bicicleta, deberá hacerlo constar en el perfil de la bicicleta y declararla, si fuera el caso, como bicicleta en situación de “no disponible”.
En el caso de que una bicicleta se encuentre en situación de no disponible, la entidad adjudicataria deberá realizar una o varias de las siguientes acciones:
• Deberá disponer el anclaje en la que se encuentra depositada esa bicicleta, bien de manera directa, bien de manera remota, como anclaje fuera de servicio.
• Deberá resolver la incidencia in situ, a la finalización de la cual registrará dicha bicicleta como “disponible”.
• Deberá trasladar esa bicicleta al taller de la entidad adjudicataria y tras su reparación, restituirla al servicio declarándola, en el momento de la restitución, como “disponible”.
• Deberá reponer la bicicleta por otra que la sustituyera.
Las incidencias de cualquier tipo que no implicasen una “no-disponibilidad” de alguna de las bicicletas del servicio, deberán ser atendidas según lo expresado por la entidad adjudicataria en su oferta.
7.3.- Mantenimiento preventivo del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida
La entidad adjudicataria será totalmente responsable del mantenimiento preventivo de los elementos del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida.
El mantenimiento preventivo del servicio se realizará según el Plan de Mantenimiento Preventivo que hubiera ofertado la entidad adjudicataria, con un mínimo de servicio que se presenta en este apartado.
El mantenimiento preventivo se basa en:
• La inspección visual de todos los elementos del sistema, por lo menos una vez a la semana (excepto durante el periodo de cierre del servicio durante las fiestas de San Xxxxxx). Las irregularidades, averías y defectos observados en los elementos del servicio en el transcurso de estas inspecciones deberán generar la correspondiente incidencia técnica que deberá ser atendida y resuelta según el Plan de Mantenimiento Correctivo o Preventivo propuesto por la entidad adjudicataria
• La realización mensual de una limpieza en profundidad de todos los elementos que forman parte de las estaciones.
• El mantenimiento diario y efectivo del software que forma el sistema de gestión e información del servicio, realizando las necesarias monitorizaciones del sistema y las copias de seguridad de todos los datos almacenados.
• La realización anual, por parte de la entidad adjudicataria, de una auditoria de todos los elementos que conforman el hardware y el software del sistema de gestión e información del servicio y la consecuente elaboración de informe con los resultados de esta auditoría, el cual deberá ser entregado a la Unidad Gestora.
• La puesta en taller periódica de cada una de las bicicletas activas en el servicio y la realización de una operación preventiva, compuesta, por lo menos, de las siguientes acciones:
✓ Lubricación de las piezas móviles.
✓ Ajuste de los frenos y cables de cambio de velocidades.
✓ Inspección de las luces de la bicicleta.
✓ Atornillar tuercas y tornillos flojos.
✓ Inspección de los pedales.
✓ Inspección del desgaste y la presión de los neumáticos.
✓ Inspección del mecanismo de anclaje de la bicicleta en la estación.
✓ Inspección general del estado y funcionamiento de la bicicleta.
✓ Sustitución o reparación de piezas desgastadas o en mal estado.
✓ Limpieza completa de la bicicleta.
✓ Inspección de otros elementos de la bicicleta.
La puesta en taller de una bicicleta para la realización de una operación preventiva no puede superar las 24 horas; a partir de ese momento, la bicicleta será registrada como “no disponible”
La periodicidad de esta puesta en taller y realización de operación preventiva será la ofertada por la entidad que resultase adjudicataria, no pudiendo, en ninguno de los casos, superar los 90 días naturales el tiempo transcurrido entre una operación preventiva y la siguiente que se le realice a una misma bicicleta.
Las bicicletas deberán ser sometidas a operaciones preventivas periódicas a partir de la finalización del tercer (3º) mes transcurrido desde que se integrasen en el servicio en activo.
Todas las incidencias generadas durante las inspecciones visuales, las operaciones correctivas y las operaciones preventivas realizadas en cada una de las bicicletas deberán ser trazadas en el perfil del estado de cada una de las bicicletas.
7.4.- Reposición de las bicicletas del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida
En el perfil del estado de cada bicicleta se señalará la fecha en que dicha bicicleta se integrase en el servicio en activo; la integración de una bicicleta en dicho servicio se producirá en alguno de los siguientes casos:
• En el momento en el que se pusiera en servicio las bicicletas implantadas en virtud de los requisitos del presente Xxxxxx y de la oferta presentada por la empresa que hubiese resultado adjudicataria.
• En el momento en el que se repusiera alguna de las bicicletas puestas anteriormente en servicio según lo señalado en los puntos siguientes.
La entidad adjudicataria deberá reponer una o algunas de las bicicletas que conforman el Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida en los siguientes casos:
• Bicicletas averiadas en situación “no disponible” y que no pudieran ser reparadas.
• Bicicletas robadas que no hayan sido recuperadas.
• Bicicletas en situación “disponible” cuando hayan transcurrido sesenta (60) meses desde la fecha en la que se integraron en el servicio.
De manera motivada, la entidad adjudicataria podrá solicitar a la Unidad Gestora mantener una bicicleta en el servicio habiendo transcurrido sesenta (60) meses desde su integración; en este caso, la Unidad Gestora podrá solicitar todos aquellas pruebas y verificaciones que considere necesario, estando la entidad adjudicataria obligada a realizarlos, asumiendo todos los costes de dichas pruebas y verificaciones.
En caso de que la Unidad Gestora aceptara mantener la bicicleta en el servicio, la entidad adjudicataria estará obligada a reponerla transcurridos doce (12) meses desde la aceptación por parte de la Unidad Gestora de la no reposición original; en este momento, la entidad adjudicataria podrá de nuevo, motivadamente, solicitar el mantenimiento de la bicicleta y, en caso afirmativo, volverían a operar plazos sucesivos de doce (12) meses.
La aceptación de la no-reposición de una bicicleta (en cualquiera de sus plazos) podría conllevar que recayera en la entidad adjudicataria la obligación de sustituir uno o alguno de los elementos de dicha bicicleta (especialmente los elementos que conforman el sistema de asistencia al pedaleo), si así lo juzgara necesario la Unidad Gestora. La sustitución de ese o esos elementos no eximiría a la entidad adjudicataria de la obligación de reposición de la bicicleta, transcurridos los 12 meses.
La entidad adjudicataria no estará obligada a reponer las bicicletas que hubieran sido integradas en el servicio sesenta (60) meses antes, cuando faltaran 12 meses o menos para la finalización del periodo de vigencia de la concesión estipulado en este pliego.
La bicicleta o el elemento o elementos que hayan sido repuestos no podrá reintegrase en el Sistema y su propiedad recaerá en la entidad concesionaria. Ésta deberá gestionar correctamente dichos elementos, debiendo estar acreditada como Gestor de Residuos o formalizando contrato a tal fin con otra entidad que estuviera acreditada.
La reposición de bicicletas será responsabilidad exclusiva de la entidad concesionaria, recayendo en ella todos los costes que se generen.
8.- LOGÍSTICA DEL SISTEMA DE BICICLETA ELÉCTRICA COMPARTIDA
8.1.- Generalidades
La logística permite restablecer el equilibrio entre la oferta y la demanda de bicicletas y anclajes (u otros elementos que permitan la retirada y el depósito de las bicicletas, si así lo hubiera propuesto la empresa que resultase adjudicataria), redistribuyendo las bicicletas mediante vehículos adaptados a tal efecto y atendiendo a la demanda real y efectiva. La logística del servicio se realizará según el Plan de Logística que hubiera ofertado la entidad adjudicataria, con un mínimo de servicio que se presenta en este apartado.
De manera general, las bicicletas del servicio deberán disponerse en las estaciones de anclaje en una relación de aproximadamente 1 ud bicicleta / 2 ud de anclaje; esta relación podrá y deberá variarse en una, en varias o en todas las estaciones, con objeto de que los indicadores del servicio cumplan los mínimos exigidos.
La entidad adjudicataria de la concesión será totalmente responsable de la logística del Servicio.
Las tareas de logística se realizarán todos los días del año, excepto el periodo de cierre del servicio (6 a 14 de julio, ambos días inclusive, si fuera el caso).
Las tareas de logística también implicarán, si así lo hubiera ofertado la empresa que resultase adjudicataria, restablecer el equilibrio entre la oferta y la demanda en otros elementos y/o localizaciones, distintos a las estaciones de anclaje, en los que pueda depositar o retirar las bicicletas.
8.2.- Prescripciones técnicas mínimas del servicio de logística
El servicio de logística prestado por la concesionaria deberá cumplir las especificidades mínimas señaladas en el presente pliego y lo expresado por la entidad que resultase seleccionada en el Plan de Logística ofertado.
El sistema de gestión del servicio deberá informar y mostrar en tiempo real, así como permitir la trazabilidad de todo el historial de las operaciones de logística.
9.- ADMINISTRACIÓN ECONÓMICA DEL SISTEMA DE BICICLETA ELÉCTRICA COMPARTIDA
9.1.- Generalidades
La entidad adjudicataria será responsable de la administración económica del Sistema y de proporcionar todas las aplicaciones informáticas y herramientas necesarias para realizar todas las funcionalidades de esta administración económica.
El sistema de gestión informática de la administración económica estará integrado en el sistema de gestión del resto del servicio.
La administración económica se basará en la facturación de los servicios prestados a cada persona usuaria y en los cobros de dicha facturación a dichas personas usuarias. El sistema o sistemas de cobro serán los expresados en su oferta por la entidad que resultara adjudicataria, debiendo ser, estos sistemas, lo más accesibles posibles a las personas usuarias. Las comisiones bancarias y de cualquier otro tipo generadas en estas operaciones deberán ser asumidas por la entidad adjudicataria de dichos contratos.
El sistema de gestión informático permitirá la trazabilidad de todas las operaciones realizadas por cada una de las personas usuarias, así como de la facturación y cobros realizados a cada persona usuaria.
92.- Tipología de las operaciones
El sistema de administración económica deberá poder distinguir las siguientes operaciones económicas, así como otras que hubiera ofertado la empresa adjudicataria:
• Abonos nuevos
• Renovación automática de abonos o realización de baja en el sistema.
• Cobro por uso
• Penalizaciones
• Duplicados de tarjeta
• Devoluciones por tipo de operación
• Otros, si fuera el caso que hubieran sido ofertados por la empresa que resultase adjudicataria (por ejemplo, incentivos por depositar la bicicleta en determinadas estaciones, etc.)
9.3.- Sistema tarifario
El sistema tarifario que aplicará el sistema de administración económica a las personas usuarias será el redactado por la empresa adjudicataria en su propuesta, en cumplimiento de lo expresado en el Anexo 5 del presente Xxxxxx. Las penalizaciones económicas que se aplicarán por el uso indebido del servicio vendrán recogidas en las normas de uso.
El sistema de administración económica deberá permitir la aplicación de cualquier otro sistema tarifario, si así fuera el caso.
9.4.- Generación de facturas de las personas usuarias
El titular y emisor de las facturas será la empresa adjudicataria. La generación de facturas se basará en lo expresado en su oferta.
En todo caso, en las facturas que genere el sistema de gestión deberán aparecer los datos relativos al número de factura, datos de la persona usuaria, fecha de expedición, de operación, tipo de operación y tarifa aplicada, penalidad económica impuesta, importe generado por solicitud de duplicado de tarjeta, así como otros datos que puedan ser necesarios. La Unidad Gestora podrá consultar en todo momento el estado de la factura o facturas de cada persona usuaria.
Si una persona se diera de baja en el Sistema (por tramitación de ésta por parte de la persona usuaria o por imposición de penalidad), el sistema de gestión cerrará la factura o facturas en curso ese mismo día, incluyendo en ella todo el importe pendiente de abono.
Las facturas serán conservadas en el sistema de gestión durante toda la duración del periodo de vigencia de la concesión.
Todas las personas usuarias podrán tener acceso a sus facturas mediante la página web del sistema o mediante algún otro sistema que haya propuesto la concesionaria en su oferta.
Si se diera el caso que existieran usos del servicio que se realizaran sin coste añadido a la persona usuaria (por estar asociados a ciertas modalidades de abono, por ejemplo) aparecerán en la factura o facturas del usuario con su correspondiente importe cero y se controlarán desde el punto de vista operativo y estadístico.
9.5.- Cobros a las personas usuarias
Los cobros realizados a las personas usuarias deben ser perfectamente trazables y controlables desde el sistema de gestión; pudiéndose comparar, en todo momento, las facturas, cobros y devoluciones. La entidad concesionaria deberá habilitar una cuenta bancaria de la que sea titular, o cualquier otro sistema similar, para hacer efectivos y depositar dichos cobros.
Los sistemas de cobro a las personas usuarias dados de alta deben ser lo más sencillos y claros posibles, siendo, estos sistemas, accesibles para el mayor número posible de personas usuarias.
Los elementos y sistemas que permitan la realización de los cobros de los importes facturados por los servicios ofertados a las personas usarías deberán cumplir con todos los estándares de seguridad y trazabilidad exigibles, debiendo ser éstos los expresados en su oferta por la empresa que resultase adjudicataria.
10.- CENTRO DE CONTROL DEL SERVICIO
10.1.- Generalidades
El Centro de Control deberá ser gestionado íntegramente por la empresa adjudicataria de la concesión; ésta será responsable de todos los elementos técnicos y humanos necesarios para su correcta gestión.
El Centro de Control gestionará los siguientes elementos del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida:
• Servicio de atención a las personas Usuarias.
• Plataforma de gestión e información.
10.2.- Servicio de atención a las personas Usuarias.
La concesionaria será responsable del servicio de atención a las personas usuarias. La prestación de este servicio de atención será realizada cumpliéndose los requisitos mínimos exigidos en el presente pliego y lo expresado por la entidad que resultase seleccionada en el Plan de Gestión del Servicio de Atención a las Personas Usuarias ofertado.
Las funcionalidades mínimas del servicio de atención de las personas usuarias serán las siguientes:
• Recepción y gestión de las incidencias técnicas
• Recepción y gestión de las incidencias administrativas
• Recepción y gestión de consultas (información, quejas y sugerencias sobre el Sistema)
• Gestión de personas usuarias
Las Incidencias administrativas son solicitudes realizadas por las personas usuarias relativas a la rectificación en cuanto a penalidades aplicadas a la persona usuaria, a la facturación por los usos del servicio y a cualquier otro elemento del sistema relacionado con la administración económica del servicio.
Las funcionalidades del servicio de atención a las personas usuarias anteriormente citadas se realizarán mediante, como mínimo, los siguientes sistemas:
• Teléfono de asistencia a la persona usuaria
• Página web.
• App del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida (si así lo hubiera ofertado la empresa que resultase adjudicataria)
• Durante la Fase de Formación, de manera presencial, según lo especificado en el presente Xxxxxx y en la oferta de la entidad que resultara adjudicataria.
• Otros sistemas que hubieran sido ofertados por la entidad que resultara adjudicataria (redes sociales o cualquier otro sistema)
La entidad adjudicataria estará obligada, como mínimo, a:
• Recepcionar y gestionar las incidencias técnicas que se realicen a través del teléfono de asistencia a las personas usuarias entre las 8:00 y las 18:00 horas, todos los días del año (excepto el período de cierre en fiestas de San Xxxxxx).
• Recepcionar y gestionar las incidencias técnicas que se realicen a través de la página web o de la aplicación, entre las 10:00 horas y las 14:00 horas y las 15:00 y las 18:00 horas de todos los días laborables del año (excepto sábados y período de cierre en fiestas de San Xxxxxx).
• Recepcionar y gestionar las incidencias técnicas que se realicen a través de la página web o de la aplicación, entre las 10:00 horas y las 14:00 horas de todos los sábados del año (excepto festivos y período de cierre en fiestas de San Xxxxxx).
• Recepcionar y gestionar las incidencias administrativas, consultas y operaciones de gestión de personas usuarias que se realicen a través de cualquier sistema, entre las 10:00 horas y las 14:00 horas y las 15:00 y las 18:00 horas de todos los días laborables del año (excepto sábados y período de cierre en fiestas de San Xxxxxx).
• Recepcionar y gestionar las incidencias administrativas, consultas y operaciones de gestión de personas usuarias que se realicen a través de cualquier sistema, entre las 10:00 horas y las 14:00 horas de todos los sábados del año (excepto festivos y período de cierre en fiestas de San Xxxxxx).
• Recepcionar y gestionar, vía telemática, las operaciones de gestión de personas usuarias que se realicen a través de la página web y la app, las 24 horas del día, todos los días del año (excepto el período de cierre en fiestas de San Xxxxxx).
La plataforma de gestión permitirá la trazabilidad de todas las operaciones de atención a las personas usuarias, registrando el mayor número de datos descriptivos de cada operación (fecha y hora de recepción, fecha y hora de resolución, tipo de operación...etc.)
10.3.- Gestión de personas usuarias.
La gestión de las personas usuarias es una de las funcionalidades desarrolladas por el servicio de atención a las personas usuarias gestionadas por el Centro de Control. Recoge, como mínimo, las siguientes operaciones:
• Alta en el servicio, según las diferentes modalidades, si las hubiera.
• Baja en el servicio, según las diferentes modalidades, si las hubiera.
• Modificación de datos de la persona usuaria.
• Solicitud de duplicado de tarjeta, si la hubiera.
• Avisos sobre penalizaciones a la persona usuaria
La entidad adjudicataria será responsable de la gestión de personas usuarias, así como de disponer, gestionar y mantener todas las aplicaciones necesarias para realizar esta gestión.
La entidad adjudicataria será responsable de, si fuera el caso, aumentar el personal y los medios de los que dispone para la realización de las gestiones de las personas usuarias si el número de gestiones realizadas aumentara o se previera que fueran a aumentar, recayendo la responsabilidad de los costes asociados a este aumento exclusivamente de la entidad adjudicataria.
Las operaciones relativas a la gestión de las personas usuarias citadas anteriormente se podrán realizar mediante los sistemas y horarios señalados anteriormente.
10.3.1.- Alta en el servicio.
En el momento del alta, la persona solicitante debe aportar los siguientes datos:
• Datos personales solicitados (nombre, apellidos, fecha de nacimiento, dirección...)
• Número de D.N.I. u otro documento de identidad acreditado
• Número de teléfono móvil (si lo tuviera)
• Datos de la persona solicitante necesarios para el cobro de las facturas por uso del servicio (número de cuenta bancaria, número de tarjeta de crédito/débito u otros que haya establecido la entidad adjudicataria en su oferta)
• Declaración responsable de veracidad de los datos aportados y de estar al corriente en el pago de las tarifas del Sistema, en el caso de que la persona solicitante hubiera sido usuaria anteriormente.
• Firma de las condiciones de uso del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida.
• Declaración a favor del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y de la entidad adjudicataria, permitiéndoles que realicen comunicaciones relacionadas con el Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida.
La entidad adjudicataria deberá habilitar, si fuera el caso que en algún momento se aprobaran tarifas reducidas para ciertos sectores de la población, los mecanismos necesarios para que las personas solicitantes pudieran aportar telemáticamente (a través de la página web y/o de la app) los documentos necesarios para poder justificar el acceso a dichas tarifas reducidas.
En el momento en el que se curse la solicitud de alta, la entidad adjudicataria hará efectiva, mediante la plataforma de gestión, el alta de la persona usuaria, activando su número de teléfono smartphone, si fuera el caso, para que la persona usuaria, si se hubiera instalado la aplicación móvil de acceso al servicio, pudiera acceder al mismo mediante esta herramienta, en caso que la concesionaria hubiera ofertado este sistema de acceso al Sistema.
A partir del momento en el que se curse la solicitud, la entidad adjudicataria dispondrá, como máximo, de cinco (5) días hábiles para hacerle llegar a la persona usuaria, mediante correo ordinario u otro medio que estime oportuno, la tarjeta inteligente de acceso al servicio y el código personal que permita a la persona usuaria acceder a su perfil personal de usuario en la página web, en caso de que la concesionaria hubiera ofertado este sistema de acceso al Sistema.
La plataforma de gestión del Servicio, así como la empresa concesionaria, deberán cumplir con la normativa vigente en materia de protección de datos (actualmente LOPD y otras regulaciones de distinto rango), que afecten a la confidencialidad de la información aportada por las personas usuarias.
El alta en el servicio se podrá ir renovando automáticamente, según lo expresado en la oferta de la empresa que resultase adjudicataria.
10.3.2.- Baja en el Servicio.
La entidad adjudicataria, a través de la plataforma de gestión del servicio, realizará la baja automática de la persona usuaria, en el momento que se solicite.
La baja en el Servicio por parte de la persona usuaria implica:
• El cierre de la factura o facturas generadas por la persona usuaria en el momento en el que se produzca esta baja, y el consecuente cobro de esta factura, tal como se especifica en el presente Pliego.
• La desactivación de la tarjeta de acceso al Servicio, si la hubiera, de la persona usuaria que haya solicitado la baja.
• La desactivación del código personal, si lo hubiera, que permite a la persona usuaria acceder a su sitio personal de usuario en la página web del servicio.
• La desactivación del número de teléfono smartphone de la persona usuaria solicitante de la baja, de tal manera que la persona usuaria, si se hubiera instalado la aplicación móvil de acceso al servicio, no tuviera permiso para acceder al Servicio mediante este sistema de acceso, en caso de que la empresa concesionaria hubiera ofertado este sistema de acceso al servicio.
Si la baja en el servicio de una persona usuaria se produjera por la imposición de una penalidad correspondiente a una infracción cometida por esta persona, las implicaciones de la baja serían la misma que las anteriormente descritas.
Cuando se haga efectiva una baja, el sistema permitirá asegurar el tratamiento correcto de los datos de las personas usuarias, tal y como establece la legislación vigente.
10.3.3.- Duplicado de la tarjeta inteligente de acceso al servicio de la persona usuaria
La persona usuaria podrá solicitar duplicado de su tarjeta de acceso, en caso de pérdida, robo, avería o caducidad, y deberá proceder al pago de la cantidad que, en su caso, esté aprobada en el régimen tarifario del servicio, en caso de que la concesionaria hubiera ofertado este sistema de acceso.
Si así fuera el caso, a partir del momento en el que se curse la solicitud de duplicado de tarjeta, la entidad adjudicataria deberá desactivar automáticamente la antigua tarjeta inteligente de acceso al servicio y dispondrá, como máximo, de cinco (5) días hábiles para hacerle llegar a la persona usuaria, mediante correo ordinario u otro medio que estime oportuno la nueva tarjeta inteligente de acceso al servicio.
Cuando se haga efectiva la activación de la nueva tarjeta inteligente de acceso, la plataforma permitirá asegurar el tratamiento correcto de los datos de las personas usuarias, tal y como establece la legislación vigente.
El sistema asegurará que la persona usuaria efectúe el pago establecido para los duplicados de tarjeta inteligente de acceso al servicio
10.3.4.- Aviso sobre penalizaciones a la persona usuaria
Si una persona usuaria hubiera cometido alguna de las infracciones recogidas del Régimen Sancionador de la Persona Usuaria recogido en las Normas de Uso del Servicio y dicha infracción hubiera producido una o alguna penalidad, el sistema de gestión deberá realizar aviso sobre tal hecho a la persona usuaria (mediante correo electrónico, mediante el sistema de avisos u otro sistema ofertado por la entidad que resultara seleccionada), indicando el alcance y el plazo de la penalización.
10.4.- Sistemas de atención a las personas usuarias
10.4.1.- Teléfono de asistencia a la persona usuaria
La entidad adjudicataria, a través de su Centro de Control, pondrá a disposición de las personas usuarias y del personal de la Unidad Gestora un único número de teléfono gratuito que permitirá realizar todas las funcionalidades anteriormente descritas.
Este número de teléfono deberá ser atendido según los siguientes horarios:
• Recepcionar y gestionar las incidencias técnicas: entre las 8:00 y las 18:00 horas de todos los días del año (excepto el período de cierre en fiestas de San Xxxxxx).
• Recepcionar y gestionar las incidencias administrativas, consultas y operaciones de gestión de personas usuarias, entre las 10:00 horas y las 14:00 horas y las 15:00 y a las 18:00 de todos los días laborables del año (excepto sábados y período de cierre en fiestas de San Xxxxxx) y entre las 10:00 horas y las 14:00 horas de todos los sábados del año (excepto festivos y período de cierre en fiestas de San Xxxxxx). Durante este horario, el teléfono de asistencia deberá poder ser atendido tanto en castellano como en euskara.
No se permiten soluciones tipo “Call Center”, debiendo ser atendido el teléfono de asistencia a
la persona usuaria mediante personal adscrito al presente contrato.
Se permitirá que, fuera de los horarios de atención a las incidencias administrativas, consultas y operaciones de gestión de personas usuarias, se desvíe el número de teléfono de asistencia a cualquiera de los números de teléfono de los que dispone el personal técnico de operaciones de la entidad adjudicataria que se encuentren en ese momento en servicio. Se permite, a su vez, que fuera del horario anteriormente citado, el número de teléfono de asistencia disponga de alocuciones pre-grabadas, con objeto de reenviar a la persona usuaria a otro horario, en caso de que la llamada no tuviera como fin el aviso de una incidencia técnica.
La entidad adjudicataria será responsable de los costes asociados a este número de teléfono, así como su gestión y mantenimiento.
El sistema de gestión permitirá la trazabilidad de todas las llamadas realizadas al número de teléfono de atención a las personas usuarias.
10.4.2.- Página web del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida
La entidad adjudicataria dispondrá de una página web en donde, entre otras, se ofrecerán los servicios de atención a las personas usuarias según las diferentes funcionalidades señaladas en los puntos anteriores.
El diseño, gestión y mantenimiento de esta página web, así como todos los costes asociados, serán responsabilidad exclusiva de la entidad adjudicataria.
La página web, si así lo hubiera expresado en su oferta la entidad que resultara adjudicataria, podrá disponer de una dirección de correo electrónico asociado que permitiera a las personas usuarias interactuar con el Servicio.
La página web, si así lo hubiera expresado en su oferta la entidad que resultase adjudicataria, podrá ofrecer otras diferentes funcionalidades a las personas usuarias.
Las prescripciones técnicas mínimas de esta página web son señaladas en el presente Xxxxxx.
10.4.3.- Aplicación smartphone del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida
La concesionaria dispondrá de una aplicación Smartphone, en caso que así lo hubiera ofertado, en donde, además de permitir el acceso a las bicicletas y los servicios ofrecidos por las estaciones, se ofrecerán los servicios de atención a las personas usuarias según las diferentes funcionalidades señaladas en los puntos anteriores.
La app, si así lo hubiera expresado en su oferta la entidad que resultara adjudicataria, podrá disponer de un servicio de “feed back” que recogiera las opiniones sobre el servicio de las personas usuarias.
La app, si así lo hubiera expresado en su oferta la entidad que resultase adjudicataria, podrá ofrecer otras diferentes funcionalidades a las personas usuarias.
El diseño, gestión y mantenimiento de esta app, así como todos los costes asociados, serán responsabilidad exclusiva de la entidad adjudicataria.
Las prescripciones técnicas mínimas de esta app son señaladas en el presente Xxxxxx.
10.5.- Plataforma de gestión e información
10.5.1.- Generalidades
Se define como plataforma de gestión e información del Servicio el conjunto de dispositivos hardware y software que permiten operar y gestionar el servicio e informar, tanto a las personas usuarias como a la Unidad Gestora del contrato, sobre las diferentes funcionalidades que ofrece el servicio.
La plataforma de gestión e información deberá disponer de una modalidad de gestión externa (página web y aplicación móvil, según lo ofertado por la empresa que resultase adjudicataria) y de una modalidad de gestión interna (entidad adjudicataria y Unidad Gestora). La aplicación móvil, además, podrá permitir el acceso de las personas usuarias al Sistema
La instalación, mantenimiento y gestión de la plataforma de gestión e información del Servicio será responsabilidad de la entidad concesionaria, así como todos los costes asociados a esta plataforma. Las operaciones de mantenimiento de la plataforma de gestión deben cumplir los requisitos especificados en el apartado referente al mantenimiento del Sistema del presente Pliego y lo expresado en la oferta de la entidad que resultase adjudicataria, de tal manera que las incidencias que se puedan producir en esta plataforma deban ser atendidas y resueltas de igual manera y en los mismos plazos que si de otro tipo de incidencia se tratará.
10.5.2.- Capacidad mínima de la plataforma de gestión e información
La plataforma debe tener una capacidad mínima para gestionar los datos de 15.000 usuarios y
5.000 usos diarios de bicicleta.
La plataforma debe dar servicio a las plataformas asociadas al sistema (página web, aplicación móvil, correo electrónico asociado al servicio, si fuera el caso)
10.5.3.- Atributos de la plataforma
La plataforma debe garantizar:
• El no-acceso sin autorización.
• La capacidad de gestionar todas las funcionalidades especificadas en el presente Pliego.
• La seguridad del sistema.
• La capacidad de realizar cambios en el sistema para alojar nuevas plataformas, si fuera el caso.
10.5.4.- Alojamiento de la plataforma
La plataforma de gestión del Servicio funcionará con un servicio interno situado en un centro de tratamiento de datos seguro y categorizado.
La plataforma de gestión e información deberá cumplir los estándares de seguridad necesarios para las industrias de tarjetas de pago.
La propiedad de todos los datos referentes a las personas usuarias del servicio, activos, usos y facturación serán de la empresa concesionaria y su uso por parte de ésta quedará restringido a la gestión necesaria del servicio, uso éste alineado con todos los requisitos legales aplicables.
10.5.5.- Funcionalidades mínimas de la modalidad de gestión interna
La plataforma de gestión e información, en su modalidad de gestión interna, debe asegurar, como mínimo, las siguientes funcionalidades:
• Gestión de las personas usuarias: gestión de todas las funcionalidades especificadas en el presente Pliego, así como del registro de personas usuarias, datos de los perfiles de personas usuarias del servicio, historiales de uso, seguimiento de procesos de bloqueo por sanción, activación de las personas usuarias para permitirles el acceso al servicio mediante la aplicación móvil, etc.
• Gestión de los activos del Servicio, así como de todos los elementos de gestión y seguimientos de las incidencias, monitorización y estado de cada elemento, avisos de incidencias, gestión remota de los elementos, inventarización y monitorización en tiempo real de todos los elementos del servicio, etc.
• Gestión de las operaciones de mantenimiento y logística: gestión y seguimiento de todas las operaciones de mantenimiento y logística señaladas en el presente Pliego, incluida la trazabilidad de cada bicicleta.
• Si fuera el caso que la entidad que resultara adjudicataria lo hubiera ofertado, la gestión de los datos obtenidos por el sistema de seguimiento y localización de las bicicletas.
• Si fuera el caso que la entidad que resultara adjudicataria lo hubiera ofertado, la gestión de las imágenes y datos obtenidos por el sistema de videovigilancia de las estaciones
• Gestión de la administración económica, tal como se señala en el presente Xxxxxx.
• Informes de gestión e información del uso del sistema: la información del uso del servicio se podrá consultar en tiempo real. El sistema será capaz de ofrecer los informes que se especifican en el presente Xxxxxx.
• Gestión promocional e información del Servicio: gestionar, si fuera el caso, el envío de encuestas, anuncio xx xxxxxxxxx, promociones, etc., que sobre el Servicio se realicen, debiendo quedar asegurada que la persona a la que se solicita esta información está conforme con recibir esta petición de información.
• Gestión de la Atención a las Personas Usuarias: gestionar el seguimiento de todas las funcionalidades del sistema de Atención a las Personas Usuarias especificadas en el presente Pliego.
10.5.6.-Informes del servicio
La entidad concesionaria deberá presentar mensualmente un informe sobre el Servicio. Este informe se elaborará a partir de los datos ofrecidos por el sistema de gestión interna. A este informe mensual se podrá acceder también desde la plataforma de gestión e información.
El contenido mínimo de estos informes deberá ser el siguiente:
• Historial y descripción de las incidencias técnicas y administrativas del mes.
• Historial y descripción de las reposiciones y sustituciones de los elementos que conforman el Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida
• Los valores mensuales de los indicadores de servicio resultantes en dicho mes.
• Historial y descripción de las operaciones de mantenimiento preventivo realizadas durante el mes.
• Inventario detallado de todos los elementos que conforman el Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida.
• Historial y descripción de todas las operaciones relacionadas con la administración económica y la gestión de las personas usuarias.
• Relación detallada de toda la facturación, ingresos y devoluciones realizadas a las y por las personas usuarias durante dicho mes.
• Datos generales del sistema, tales como nº de bicicletas activas diarias, nº de usos por bicicleta diarios, tiempo de uso de cada bicicleta, kilómetros recorridos por cada bicicleta, datos de retirada y depósitos de bicicletas en cada estación, etc., y todos aquellos datos descriptivos del uso y de la demanda del servicio.
• Indicadores ambientales del Servicio, tales como las emisiones de CO2 evitadas con los desplazamientos realizados en las bicicletas suponiendo que han sustituido desplazamientos motorizados, y otros relativos a la huella de carbono del Servicio completo.
Estos informes mensuales deberán estar disponibles para el acceso a su consulta por parte de la Unidad Gestora, como máximo, para el día 15 del mes siguiente al que hace referencia dicho informe.
Estos informes deberán ser descargables en formato pdf desde el sistema de gestión interno.
La entidad concesionaria deberá elaborar, anualmente, un Informe Anual del Servicio que recoja y resuma, de manera concisa y didáctica, toda la información presentada en los informes mensuales del año en cuestión y, a su vez, analice, por un lado, los impactos producidos en Pamplona por el uso del Sistema de Bicicleta Eléctrica Compartida y, por otro lado, las características y datos de la oferta y demanda del Servicio, pudiéndose realizar, a tal efecto, encuestas de satisfacción, estudios sobre impactos, etc. Este informe debe tener vocación de ser comunicado y divulgado a toda la ciudadanía y en él se deben mostrar, como mínimo, los datos que reflejen las especificaciones características del Servicio. El contenido y forma de este informe deben cumplir los requisitos especificados en el presente Pliego y lo expresado en la oferta de la entidad que resultara seleccionada.
10.5.7.-Funcionalidades mínimas de la página web
La entidad concesionaria deberá proporcionar, gestionar y mantener el sitio web del Servicio Este sitio web dispondrá de tres zonas diferentes:
• Zona común a la ciudadanía.
• Zona restringida a las personas empleadas de la Unidad Gestora.
• Zona restringida a cada persona usuaria.
Este sitio web asegurará las siguientes funcionalidades:
Funcionalidades de la zona común:
• Acceso a información sobre el Servicio, tarifas, horarios, consejos, ventajas, ubicación de las estaciones, etc.
• Acceso a los procedimientos de alta.
• Proporcionar un correo electrónico asociado al sitio web en donde se puedan dar avisos sobre incidencias, quejas, sugerencias, etc., si así lo hubiera ofertado la entidad que resultara adjudicataria.
• Proporcionar otras funcionalidades si así lo hubiera ofertado la entidad que resultara adjudicataria.
Funcionalidades de la zona restringida a los y las empleadas de la Unidad Gestora:
• Acceso mediante código personal de cada empleado/a con acceso permitido a todas las funcionalidades del sistema de gestión interna
Funcionalidades de la zona restringida a las personas usuarias:
• Acceso mediante código personal de cada persona usuaria.
• Acceso a información sobre la disponibilidad del servicio: anclajes, bicicletas y estaciones.
• Acceso a un sistema de avisos a las personas usuarias sobre incidencias en el sistema.
• Acceso a los procedimientos de baja, modificación de datos, solicitud de duplicados, etc.
• Envío de comunicaciones, información, encuestas... a las personas usuarias.
• Acceso a la información sobre la actividad completa de usos de cada persona usuaria: historial de usos, facturación, etc.