Acuerdo COMISE 27 de febrero de 2019
Acuerdo COMISE 27 de febrero de 2019
27/02/2019
ACUERDOS COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DEL ACUERDO SOBRE CONDICIONES DE TRABAJO COMUNES AL PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y DE SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS PARA EL PERIODO 2019-2022 SESIÓN DE 27 DE FEBRERO DE 2019
Interpretación del Acuerdo Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos para el periodo 2019-2022.
Interpretación y aplicación del artículo 11.8 sobre duración de la pausa retribuida durante la jornada laboral.
El personal municipal con jornada ordinaria de trabajo que, no obstante, y en virtud de su reparto anual o semanal preste diariamente un número de horas inferior al que corresponda a la jornada ordinaria en cómputo diario, verá reducida proporcionalmente la duración de la pausa retribuida durante la jornada laboral reconociéndose, en todo caso, un mínimo de quince minutos.
Esta pausa habrá de disfrutarse durante la jornada laboral y en las franjas horarias que no afecten al normal funcionamiento del servicio, debiendo garantizarse la cobertura del mismo; y no podrá acumularse para su disfrute en fechas posteriores o utilizarse para reducir la jornada diaria.
Interpretación y aplicación del artículo 15 cuarto, letra j) sobre deber inexcusable para procurar cuidados domiciliarios por prescripción médica a hijos/as menores de edad.
A los efectos del disfrute del permiso para procurar cuidados domiciliarios por prescripción médica a los hijos/as menores de edad bastará con la prescripción de reposo domiciliario o la indicación en el informe médico a aportar de que deben permanecer en su domicilio cuando se trate de hijos/as menores de catorce años. A partir de esta edad, el informe médico deberá incluir la prescripción de reposo domiciliario y la necesidad de que durante este tiempo y por su situación médica o de salud, el/la menor debe estar bajo el cuidado de sus progenitores.