AJUNTAMENT DE L’ELIANA (València)
AJUNTAMENT DE L’XXXXXX (València)
Xx. Xxxx Xxxxxxxx, 0 - 00000 (X’Xxxxxx). Tel.-96-275.80.30 Fax.-96-274.37.13 C.I.F.: P4611800F
Expt 533/2014/GEN.
Asunto: Contratación servicios Propuesta +condiciones contratación Profesionales valenciano X.XX. 2014/15 Concejal Educación. Im/mm/rfb
A N U N C I / O
Se convoca licitación para adjudicar por contrato menor el servicio profesional de enseñanza y promoción del uso xxx xxxxxxxxxx en el centro de formación de personas adultas, por un valor estimado del contrato de 16.260’00 euros (impuestos y demás gastos incluidos).
Las personas interesadas, que deberán cumplir los requisitos de habilitación mediante titulación académica adecuada y solvencia técnica y profesional, así como de solvencia económica y financiera, y estar al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, podrán presentar sus ofertas antes del día 28 de julio de 2014, a las 14 horas.
Los criterios de adjudicación y demás aspectos referidos a la licitación, figuran en los pliegos conjuntos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas que se incorporan como anexo.
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Es convoca licitació per tal d’adjudicar per contracte menor el servici professional d’ensenyament i promoció de l’ús del valencià al centre de formació de persones adultes, per un valor estimat del contracte de 16.260’00 euros (impostos i demés despeses incloses).
Les persones interessades, les quals hauran de cumplir els requisits d’habilitació mitjançant títol acadèmic que corresponga i de solvencia técnica i professional, així com de solvencia económica i financera, i d’estar al corrent en les seues obligacions tributàries i de Seguretat Social, podran presentar les seues ofertes abans del dia 00 xx xxxxxx xx 0000, x xxx 00 xxxxx.
Els criteris d’adjudicació i demés aspectos referits a la licitació, figuren en els plecs conjunts de prescripcions tènciques i de clàusules administratives que s’incorporen com a annexe.
L’ Xxxxxx, a 4 de juLio de 2014.
Por el departamento de contratación / Pel departament de contractació EL OFICIAL MAYOR / L’OFICIAL MAJOR
Fdo. / St.: Xxxxxx X. Xxxxxxxxx i Bas
Expt. 533/2014/GEN
PLIEGOS CONJUNTOS DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS Y DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN MENOR DE ELABORACIÓN DE PROGRAMA FORMATIVO Y DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DE ENSEÑANZA XXX XXXXXXXXXX Y DE DIFUSIÓN LINGÜÍSTICA DE LA LENGUA AUTÓCTONA Y DE LA CULTURA VALENCIANA, EN EL CENTRO DOCENTE, MUNICIPAL DE FORMACIÓN DE PERSONAS ADULTAS DE L’ XXXXXX EN EL CURSO ACADÉMICO 2014/2015
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.
Constituye el objeto de contrato la elaboración de programa formativo de enseñanza xxx xxxxxxxxxx y de promoción de la lengua y cultura valencianas y su desarrollo efectivo, incorporándose a los servicios municipales que se prestan en el CENTRO DE FORMACIÓN DE PERSONAS ADULTAS DE L’ XXXXXX y, en su
caso, en el CENTRO SOCIOCULTURAL, en el curso académico 2014/2015.
El contrato definido tiene la consideración de contrato administrativo de servicios, según artículo 10 y Anexo II, CPV-: 80500000-9-Servicios de Formación, del R.D. Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP).
Las necesidades administrativas a satisfacer mediante contrato consisten:
1 En la elaboración de programa formativo sobre enseñanza xxx xxxxxxxxxx en el citado Centro de FPA, ajustado a los siguientes niveles:
1) Nivel Básico I. De conocimientos orales. G1/G2
2) Nivel básico 2: Grado elemental. G1/GES
3) Grado medio G! / G2. Perfeccionamiento I.
4) Grado Superior Perfeccionamiento II
2 En el desarrollo del programa elaborado, aportando los medios personales, instrumentales y materiales que se consideren necesarios para su realización.
3 La difusión de lengua y cultura valencianas entre la población valencianoparlante y la que no lo sea, para fomentar el arraigo territorial, como actividad abierta a personas que no se hallen inscritas en los cursos de formación de personas adultas o como actividades extraescolares de quienes lo estén.
El Ayuntamiento de L’ Xxxxxx, en calidad de titular del inmueble e instalaciones donde haya de realizarse el desarrollo del programa formativo, aportará los siguientes medios materiales e instrumentales:
Un aula de dimensiones suficientes en el centro de FPA, de titularidad pública, ubicado en Avda. del Parc s/n., de condiciones homologadas por la Administración educativa, que dispone de pupitres, mesas y sillas, pizarra y una estantería.
Las instalaciones correspondientes que para la realización de actividades culturales de promoción de la lengua y cultura valencianas, podrán efectuarse en el centro sociocultural.
El servicio habrá de prestarse atendiendo a la normativa reguladora en materia de formación de personas adultas, constituida por la Ley 1/1985, de 20 de enero (DOGV 31.01.1985), de Formación de Personas Adultas, de la Generalitat Valenciana; Orden de 14 xx xxxxx de 2000, de la Consellería de Cultura y Educación; Resolución de la Conselleria de Educación, de 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxx Autonómica de Educación (DOCV, nº 5614, de 05/10/2007) y demás normativa de desarrollo que le resulte de aplicación; y en cuanto al aprendizaje xxx xxxxxxxxxx, por la Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de enseñanza y uso xxx xxxxxxxxxx.
El programa indicará la normativa actualizada que corresponda y que sea de aplicación conforme al objeto del contrato y finalidades que se persiguen.
SEGUNDA.- ACTIVIDADES FORMATIVAS DEL PROGRAMA DE FPA GRUPOS Y HORARIOS A DESARROLLAR.
El programa formativo establecerá la prestación de los servicios educativos objeto de contrato, habiendo de ajustarse a las previsiones con otras enseñanzas integradas en el programa conjunto de formación de personas adultas.
El programa que se elabore, habrá de ajustarse a las previsiones de calendario y ampliar las actividades inicialmente señaladas.
En el centro de FPA el material didáctico empleado en las aulas para el desarrollo de las enseñanzas en las clases, atendiendo a los diferentes grupos y niveles será elaborado por la persona contratada y permanecerá a disposición del alumnado a lo largo del curso.
A tal fin el programa que contiene la memoria explicativa incluirá los siguientes aspectos:
Programación por grupos en horario vespertino, de lunes a viernes, entre las 17 y las 21 horas
Metodología
Objetivos generales y específicos Contenidos (estructuras) Actividades complementarias
Criterios de evaluación del alumnado
Recursos didácticos y materiales aplicados a la programación
Actividades extraescolares de promoción y fomento de la lengua y cultura valencianas y difusión entre la población en horario diferente al destinado a actividades lectivas, abiertas a las personas que no estén inscritas como alumnos/as beneficiarios del servicio de formación de personas adultas y tengan interés en formar parte e integrarse en las que se desarrollen.
Los servicios formativos objeto de contrato se prestarán desde el día que sea determinado por la dirección del centro como fecha de inicio del curso escolar hasta el 30 xx xxxxx de 2014, de acuerdo con el calendario lectivo de Centro Docente de FPA de L’ Xxxxxx e instrucciones que reciba de la Concejala de Educación o las que por delegación de ésta le indique el mismo Director del Centro.
No obstante lo anterior, la vigencia del contrato menor de servicios que se adjudique y, por tanto, su ejecución en el periodo comprendido entre 1 de enero y 30 xx xxxxx de 2014, quedará suspendida, previa resolución de la Alcaldía o Concejal delegada del servicio, caso de no existir crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones económicas que se deriven del contrato, sin derecho a indemnización de cualquier tipo al contratista.
TERCERA.- RÉGIMEN JURÍDICO.
En función de la cuantía y duración prevista, el contrato se atendrá a su configuración como contrato menor, según lo dispuesto en el artículo 138.3 TRLCSP, si bien para su adjudicación se requiere que conste la consulta con al menos tres profesionales o empresas del sector, conforme se indica en las bases de ejecución del Presupuesto Municipal del Ayuntamiento de L’ Xxxxxx en el ejercicio de 2014:
Base 7ª, 3.1.c) Los contratos superiores a 12.000 €, deberán unir a la propuesta tres ofertas al objeto de poder obtener las mejores condiciones económicas o justificar su falta de inclusión en su caso.
CUARTA.- REQUISITOS DE LOS LICITADORES
1.-Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la administración establecidas en el artículo 60 del TRLCSP, que estén al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y que acrediten la solvencia económica, financiera (art. 75 TRLCSP) y técnica o profesional (artículo 78 TRLCSP) de conformidad con lo establecido en el artículo 43 y siguientes del TRLCSP. Para concurrir a la licitación deberán constar declaraciones al respecto, pudiendo utilizarse los modelos que constan como anexo. Para acreditar su cumplimiento, quien resulta adjudicatario podrá efectuarlo mediante la aportaciónde póliza o seguro de responsabilidad profesional a su nombre.
2.-Los licitadores (personas naturales o jurídicas) deberán contar asimismo, con la habilitación empresarial o profesional, según artículo 54.2 TRLCSP. Además, caso de tratarse de personas jurídicas, las prestaciones del servicio objeto de este contrato han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que conforme a sus estatutos o reglas fundacionales les sean propios, y de estar configurada como entidad con fines profesionales o por su composición con personas físicas caracterizadas por su cualificación profesional vinculada a los fines societarios, habrá de estar adaptada a lo establecido por la Ley 2/2007, de 15 xx xxxxx, de Sociedades Profesionales.
3.-Las personas físicas y/o jurídicas en sus ofertas deberán presentar la documentación acreditativa de la habilitación profesional mediante la aportación: de la siguiente documentación:
A Original o copia cotejada del título oficial, pudiendo disponer de alguno de los siguientes: Licenciado en Filología Hispánica, especialidad Filología valenciana o equivalente o estar en posesión del Diploma de maestro xx Xxxxxxxxxx, para los cursos de los niveles Básico 1, Básico 2 y Perfeccionamiento I o para los cursos de nivel Perfeccionamiento 2, además estar en posesión del Diploma de Maestro xx Xxxxxxxxxx con la certificación de Grado Superior de Coneixements del Valencià, expedido por la Junta.Qualificadora.
B Original o copia cotejada de la expedición de haber superado el curso de adaptación pedagógica (CAP) o equivalente o del título de Diplomatura en Magisterio o análogo.
C. MEMORIA EXPLICATIVA que contendrá el PROGRAMA DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA QUE PRETENDE DESARROLLAR, que se establece en la cláusula primera y de los objetivos que pretenden alcanzar tanto, a nivel didáctico y técnico como en su relación con la actividad que se propone para impartir enseñanzas a los grupos que integran el programa, o de promoción cultural.
QUINTA .- DE LAS EXIGENCIA AL CONTRATISTA
5.1. OBLIGACIONES GENERALES.- Con carácter general, el contratista está sujeto al cumplimiento de las siguientes obligaciones: a) Cuidar el buen orden del servicio ; b) Respetar el principio de no discriminación de los usuarios del Centro de FPA de L’ Xxxxxx: c) Garantizar la regularidad en la prestación del servicio durante el plazo de contrato.
5.2.- OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL
El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 08 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de Servicios de Prevención ,y las restantes que se aprueben que le resulten de aplicación.
No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y el Ayuntamiento de L’ Xxxxxx y a la extinción del contrato, no producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal municipal .
5.3.- DEBER DE CONFIDENCIALIDAD El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información al que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato y que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
5.4.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
La empresa adjudicataria a y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato , obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el articulo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y su normativa de desarrollo, y DA26 del TRLCSP, respondiendo la empresa adjudicataria directamente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir.
5.5.-OBLIGACIONES PARTICULARES
Se nombrará por la empresa un coordinador perteneciente a su plantilla que servirá de enlace y que será el único interlocutor con esta Administración. El mismo será quien imparta directamente las órdenes de trabajo al resto de trabajadores de la empresa adjudicataria, distribuirá el trabajo entre le personal encargado de la ejecución del contrato, supervisará su correcta ejecución, organizará el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato y cualquier otra función que tenga relación con el personal de la empresa y el buen funcionamiento de la prestación del objeto contratado.
La empresa contratista ejercerá de modo real y efectivo el poder de dirección de sus trabajadores, permisos, licencias, sustituciones, negociación, pago de salarios, obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, ejercicio de potestad disciplinaria, etc, es decir, cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleador y empleado.
En ningún caso se identificarán en el contrato el nombre de los trabajadores que la empresa utilizará para cumplir el contrato, ningún otro elemento que pueda suponer que el objeto del contrato es la puesta a disposición de la Administración de un trabajador concreto.
Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección de personal que reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en este ANEXO, formará parte del equipo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de esta Administración del cumplimiento de los mismos.
El personal de la empresa deberá utilizar la uniformidad o distintivos que le identifique como perteneciente a ésta.
El personal de la empresa contratista no podrá tener acceso, entre otras, al correo electrónico corporativo (en caso que sea necesario asignarle una cuenta se dejará constancia de que se trata de personal externo), al sistema de control de acceso de los empleados públicos (dotándoles, para este caso, de una autorización especial) a la intranet corporativa (salvo lo estrictamente necesario) o al uso de material de la Administración.
SEXTA.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO.
El precio o tipo de licitación máximo se establece en 16.260,00.-€ , entendiéndose incluido en el mismo gastos de ejecución del contrato, honorarios profesionales, material didáctico y cualquier otro gasto en que pueda incurrir el adjudicatario del contrato para el cumplimiento de sus obligaciones, ya sean laborales fiscales, tributarias y de seguridad social.
SEPTIMA.- SOLICITUD DE OFERTAS
El contrato se adjudicará mediante contrato menor conforme a los artículos 10, 22,
93 y 111 y siguientes, 122 a 183 y 301 a 314 del TRLSCSP y dado que su adjudicación es inaplazable para cumplir sus fines de interés general del servicio público de los destinatarios del Programa Municipal formativo del Centro Docente Público Municipal de FPA de L’ Xxxxxx
Las ofertas se solicitarán a tres personas naturales y jurídicas, al menos, siempre que ello fuera posible, capacitadas para la realización con el objeto de contrato, concediéndoles en la invitación cursada un plazo para la presentación de sus proposiciones. La solicitud de ofertas se podrá realizar por correo certificado, correo electrónico, fax o comparecencia por presencia (art. 109), dejando constancia en expediente de las invitaciones cursadas (art.178).
OCTAVA.- PROPOSICIONES
Las proposiciones se presentarán en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de L’ Xxxxxx, sito en la Plaça del País Valencià, núm. 5, de lunes a viernes de las 9’00 a las 14’00 horas, teléfono. 000000000.-extensión 211, en el plazo de 20 dias contados, desde el siguiente, al que este Ayuntamiento tenga constancia que han recibido la invitación para tomar parte en la licitación, que puede ser por correo, fax o correo electrónico que indique el licitador o si el último día fuera ´sabado o inhábil se trasladará al día siguiente hábil.
La presentación de proposiciones supone por parte del licitador la aceptación incondicionada de lo establecido en este Programa.
NOVENA.- FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones constarán de un único sobre cerrado y firmado por el licitador o persona que lo represente y la denominación del contrato al que licitan, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa.
El sobre contendrá la siguiente documentación:
1.-Si se trata de persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil.
2.-Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para contratar según dispone el artículo 60 del TRLCSP de contratos del sector público. Esta declaración comprenderá la circunstancia de que se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito se exigirá antes de la adjudicación al que vaya a resultar adjudicatario.
3.- Proposición económica.
El licitador podrá hacer uso del modelo que consta como anexo para formular la declaración responsable y formular su oferta.
4.- Fotocopia del título o títulos académicos de los componentes.
5.- Programa formativo o memoria explicativa del proyecto de planificación de actividades formativas y de promoción cultural que pretende desarrollar en el programa, a que se refiere la cláusula segunda.
DECIMA- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El órgano de contratación, debidamente asistido por quienes corresponda, procederá a la lectura y examen de las proposiciones presentadas en la fecha y hora que oportunamente se comunicará, y de estar completa y correcta la documentación, pasará su contenido a informe de valoración técnica, a cuyo fin se constituirá un comité formado por el Director del Centro Municipal de FPA de L’ Xxxxxx, de titularidad de este Ayuntamiento, un profesor del propio centro con titulación adecuada y un profesor especialista en valenciano, destinado en alguno
de los centros públicos docentes ubicados en este Municipio, a los fines de valorar el programa formativo y de promoción cultural, aportado por los distintos licitadores.
El órgano de contratación, previo informe por los técnicos que considere necesarios, procederá a la adjudicación a la oferta, conforme a lo previsto en los criterios establecidos.
DECIMO PRIMERA CRITERIOS DE VALORACIÓN Y DE ADJUDICACIÓN.
Los criterios de adjudicación de este contrato serán:
a) La calidad del programa conteniendo la memoria explicativa del proyecto de planificación de las actividades formativas y de promoción cultural xxx xxxxxxxxxx que presente, conforme a lo establecido en la normativa reguladora de la formación de personas adultas y Ley de Enseñanza y Uso xxx Xxxxxxxxxx y a lo indicado en la cláusula segunda. Se calificará razonada y justificadamente la puntuación que se asigne, sin que pueda rebasar los 40 puntos.
b) La oferta económica que contenga el importe más reducido sobre presupuesto de licitación (IVA no incluido), con un máximo de 60 puntos, conforme al siguiente baremo:
- Reducción inferior al 1% 10 puntos
- Reducción comprendida entre el 1% y el 2’5% 20 puntos
- Reducción comprendida entre el 2’5 y el 5% 30 puntos
- Reducción superior al 5% 40 puntos
c) La acreditación de mayor experiencia profesional en la prestación de servicios directamente relacionados con el objeto de contrato y en el sector de población al que va dirigido, conforme a la siguiente escala:
- Por experiencia inferior a 5 años y superior a 1 año 5 puntos
- Por experiencia superior a 5 e inferior a 10 años 10 puntos
- Por experiencia superior a 10 años 20 puntos
DÉCIMO SEGUNDA.- FORMALIZACIÓN Y DURACIÓN.
El servicio iniciará su prestación coincidiendo con el comienzo del curso escolar ajustado al calendario establecido por la Administración educativa. El director del centro de FPA estará en contacto con el contratista para la coordinación precisa.
DÉCIMO TERCERA.- ABONOS AL CONTRATISTA
13.1.- Conforme a lo que establece el artículo 293 de TRLCSP, el contratista tendrá derecho a abono del precio de los bienes efectivamente entregados y formalmente recibidos por la Administración o de los servicios efectivamente realizados.
13.2.- El pago del precio del contrato se realizará de ser posible, contra factura electrónica de conformidad con la Orden PRE/2971/2007, de 5 de octubre (factura.e:formato en la web xxx.xxxxxxxx.xx) expedida, a mes vencido y por los servicios efectivamente realizados, de acuerdo con la normativa vigente, debidamente conformada por la unidad que reciba el trabajo o, en su caso, por el designado como responsable del contrato. La Administración deberá abonar el
importe de las facturas dentro los p lazos legalmente fijados y tras la expedición de los documentos que acrediten la realización del contrato.
De no ser posible la expedición de factura electrónica, se admitirá cualquier factura emitida de conformidad con la normativa aplicable.
En todo caso, para proceder al pago de cualesquiera factura el contratista deberá presentar o tener presentadas ante la Tesorería Municipal certificaciones vigentes acreditativas de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, así como en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, y haber cumplimentado la ficha de mantenimiento de terceros con indicación de datos bancarios donde habrá de efectuarse el pago por transferencia bancaria de fondos, firmada y sellada por el representante de la entidad bancaria.
13.3.- A los efectos de pago y cumplimiento de lo dispuesto en apartado 4 del artículo 216 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en su redacción dada por el Real Decreto –Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo), se identifica a la Intervención Municipal como órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, a la Alcaldía como órgano de contratación y al registro de facturas de la Intervención Municipal (sito en la Pl. País Valencià, nº 3. (C.P. 46183) de L’ Xxxxxx (Casa Consistorial, 2ª planta, área de Intervención) como destinatario y lugar de presentación de la factura que deberán constar en la factura correspondiente.
13.4.- Para la comunicación de cualesquiera incidencias en relación con las facturas se considerará válida, surtiendo todos los efectos de una notificación y con plena validez jurídica, la comunicación efectuada en la dirección de correo electrónico que, conforme a lo dispuesto en el presente pliego, preceptivamente debe facilitarse a la Administración. Las prestaciones a realizar se encuentran perfectamente deslindadas de las realizadas por el personal funcionario de este Ayuntamiento, no obstante y para mayor claridad el personal de la empresa contratada deberá distinguirse mediante uniforme o distintivo de la empresa que así lo identifique.
13.5.- El precio total de contrato será el de adjudicación, impuestos incluidos, a cargo de este Ayuntamiento existiendo consignación suficiente en la partida, número:7014 3232 22799.-Servicios EPA, del presupuesto municipal vigente para 2014, encontrándose pendiente de aprobación el gasto del periodo del 01 de enero al 30 xx xxxxx, y compromiso de gasto que se acuerde conforme a lo establecido ene l artículo 21.1ñ) de la Ley 7/85, reguladora de las Bases del Régimen Local y artículo 174 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.
13.6.- Por tratarse de contrato menor, la persona física o jurídica contratada presentará periódicamente facturas, contando con la conformidad de la dirección del centro de FPA.
13.7.- La demora en el pago por plazo superior a sesenta días devengará a favor del contratista los intereses de demora y la indemnización pro los costes de cobro en los
términos previstos en la Ley 3/2004,d e 29 de diciembre, pro la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, modificadas por la Ley 15/2010, d e15 de julio , de conformidad con lo establecido en el artículo
217.4 TRLCSP.
DÉCIMO CUARTA.- DESARROLLO DEL SERVICIO.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, según lo dispuesto en el artículo 215 del TRLCSP.
El contratista será responsable de todo los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes.
DÉCIMO QUINTA. ALTERACIONES EN EL DESARROLLO DEL SERVICIO
Por causas imprevistas o sobrevenidas, justificándolo debidamente en el expediente, podrán efectuarse variaciones en el servicio o por sustitución o sucesión del contratista, que no podrán afectar a las condiciones esenciales de la adjudicación efectuada. En lo concerniente a su régimen se estará a lo dispuesto en los artículos 210, 211, 214 y 219 de TRLCSP
La Administración podrá acordar, por razones de interés público, la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente podrá proceder la suspensión del cumplimiento del contrato por el contratista si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 de TRLCSP y con los efectos determinados por la expresada norma o en los preceptos concordantes del RGLCAP.
Por razones justificadas podrá aceptarse la subcontratación parcial, para lo cual, la persona adjudicataria deberá comunicar con la suficiente antelación los datos del subcontratista, quien se comprometerá a dar cumplimiento a las obligaciones propias de la actividad empresarial que por ministerio de la ley le corresponda y con los límites o restricciones legalmente establecidas.
DÉCIMO SEXTA.- DEBERES Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Y DE LA ENTIDAD CONTRATANTE.-
El contratista se compromete, por su condición de empresario del sector, a dar cumplimiento a las obligaciones impuestas por la normativa sectorial de aplicación, atendiendo a las prescripciones relativas a seguridad e higiene en el trabajo, prevención de riesgos laborales, sociolaborales, sanitarias, protección de los derechos de consumidores y usuarios, medioambientales, y en materia de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, así como a estar al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, habiendo de acreditar esto último mediante las certificaciones correspondientes en el plazo máximo de quince días desde la firma del contrato o documento análogo.
Asimismo el contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo, y a ajustarse a lo dispuesto en materia de protección de datos de carácter personal.
Cuantos contratos privados sean suscritos por el contratista con terceras personas, no producirán vinculación alguna con el Ayuntamiento como entidad adjudicadora.
La Entidad adjudicadora se obliga a dar el trato adecuado y correcto al material proporcionado, a la exhibición en local idóneo, a la devolución del material una vez realizados los pases de sesiones, y al pago de la facturación girada, que podrá realizarse por meses vencidos o a la finalización del contrato, una vez concluido el período estival o la programación.
DÉCIMO SÉPTIMA.- RESPONSABLE Y SUPERVISOR DEL CONTRATO.
El órgano de contratación podrá designar a Concejal delegado o técnico competente como responsable del contrato y supervisor del cumplimiento o no de las obligaciones y deberes asumidos por el contratista, quien podrá proponer la incoación de procedimiento para imposición de penalidades o la resolución del contrato. De no indicarse expresamente, se considera como responsable del contrato al director del centro de FPA de L’ Xxxxxx.
DÉCIMO OCTAVA.- PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO.
Por vulneración de las obligaciones asumidas por el contratista a causa de incumplimiento absoluto o cumplimientos defectuosos, las responsabilidades que sean exigibles recaerán sobre el mismo.
Por tratarse de contrato menor, las penalidades por defectuoso cumplimiento consistirán en el impago de las facturas presentadas, y por incumplimiento absoluto o reiterados defectos en la prestación del servicio, previa audiencia del contratista, procederá la resolución de la vinculación que haya, reservándose la Administración el derecho a ejercitar las acciones que sean pertinentes conforme a Derecho para el resarcimiento de los daños y perjuicios que hayan podido ocasionarse, conforme a lo establecido en la claúsula 20ª y a lo prevenido por el citado TRLCSP.
DÉCIMO NOVENA.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando, transcurrido el plazo de vigencia total del contrato, aquél haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración la totalidad de su objeto.
El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes o medios materiales e instrumentales aplicados al servicio objeto de contrato, salvo que ésta hubiese incurrido en xxxx al satisfacerle la factura como proveedor o que le haya impedido la realización material del servicio contratado.
VIGÉSIMA.- FINALIZACIÓN DEL SERVICIO Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de conclusión del servicio, la Administración deberá acordar y notificar al contratista la liquidación del contrato y abonarle, en su caso, el saldo resultante. Si se produjese demora en el pago del saldo de liquidación, el contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Son causas de resolución del contrato las recogidas en los artículos 223 y 299 de TRLCSP, así como el incumplimiento de las obligaciones establecidas legalmente, y de forma específica las siguientes:
-La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Administración.
- La obstrucción a las facultades de dirección, verificación e inspección de la Administración.
- La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados o la posibilidad de producción de una lesión grave al interés público de continuarse ejecutando la prestación en esos términos.
- El incumplimiento de la obligación del contratista de respetar el carácter confidencial respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
La resolución del contrato se acordará por él órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista, en su caso, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida por el artículo 109 del RGLCAP
En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados.
Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en los artículos 224 de TRLCSP Y 110 DE RGLCAP, y para sus efectos a lo dispuesto en los artículos 225 y 300 de TRLCSP
L’ Xxxxxx, a 27 xx xxxxx de 2014.
El director del centro de FPA El departamento de contratación
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxx.: Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxx
DILIGENCIA.- Para hacer constar que los presentes pliegos fueron aprobados por resolución de la Alcaldía – Presidencia núm. 1563/2014, de 3 de juLio de 2014.
L’ Xxxxxx, a 4 de juLio de 2014.
EL OFICIAL MAYOR / L’OFICIAL MAJOR
Fdo. / St.: Xxxxxx X. Xxxxxxxxx i Bas
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE Y DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. / Xx ………………, con DNI núm…………, con domicilio en , en
nombre propio (o en nombre de la entidad……………..con CIF núm y
domicilio en……………..), con dirección de correo electrónico:
…………………..DECLARA:
Que las persona / empresa .……………………………………………………..
no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración previstas en el art. 60 del TRLCSP.
Que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones de estar al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, lo cual acreditará mediante las certificaciones correspondientes cuando sea requerido.
A tal fin, asume en cualquier caso el compromiso de comunicar cuantos cambios o variaciones puedan producirse en relación con dichas circunstancias.
Que autoriza a que los datos proporcionados sean aplicados a la gestión del servicio de formación de personas adultas, y manifiesta que ha sido informado del modo de ejercicio del derecho al acceso, rectificación y cancelación de los que sean declarados como objeto de protección.
Que, habiéndosele cursado invitación formal para participar en la licitación convocada por contrato menor para la prestación del servicio de promoción y enseñanzas xx xxxxxxxxxx en el centro de formación de personas adultas en el curso académico 2014 - 2015, formula oferta económica por importe de
……………… € (en cifras y letras), impuestos, honorarios profesionales y demás gastos incluidos.
En L’ Xxxxxx, a de de 2014.
El licitador
ANEXO II
MODELO DE DECLARACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
D / Xx………………, con DNI núm………….., en nombre y representación de la Entidad Financiera………………………………., en calidad de …………y en el ámbito de sus atribuciones, INFORMA:
Que de los datos obrantes en esta entidad, la persona / empresa………………………., provista de DNI núm……………. (o CIF núm…………….) dispone de solvencia económica en cuanto a su situación financiera y patrimonial, de conformidad con el texto refundido de la Ley de contratos del sector público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, para la ejecución del contrato menor de servicios profesionales de elaboración de programa formativo y desarrollo de las actividades de enseñanza xxx xxxxxxxxxx y de difusión de la lengua autóctona en el centro docente municipal de formación de personas adultas en L’ Xxxxxx en el curso académico 2014 – 2015.
Fdo.:………….
(Sello o cuño de la entidad)
A N E X O III
MODELO DE DECLARACIÓN DE SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL
D………………………………………vecino de …………….domiciliado en la C/
……………………………………………nº…….., teléfono ……………., provisto de DNI nº
……………………………………, actuando en nombre propio (o en nombre y representación de )
DECLARA libre y responsablemente, a los efectos de la licitación para adjudicar el contrato menor de servicios profesionales de elaboración de programa formativo y desarrollo de las actividades de enseñanza xxx xxxxxxxxxx y de difusión de la lengua autóctona en el centro docente municipal de formación de personas adultas en L’ Xxxxxx en el curso académico 2014 – 2015, lo siguiente:
Que ha realizado trabajos de asesoramiento para finalidades análogas al objeto del presente contrato para Entidades Locales en Municipios de características similares a este Ayuntamiento en cuanto a población, territorio y servicios, según se detalla a continuación:
(Se acompaña documentación acreditativa de lo expuesto, mediante certificaciones expedidas por las Administraciones Públicas indicadas).
Que ha desarrollado actividades profesionales de enseñanza y difusión xxx xxxxxxxxxx en los períodos que se indican y para las finalidades que se enumeran.
(Se acompaña carta de presentación o documento acreditativo expedido por empresas o entidades a quienes se les ha prestado sus servicios profesionales)
En..........................., a de de 2014.
El licitador