CONTRATO DE GESTION MEDIOS DE PAGO DE PEAJES Y TASAS
CONTRATO DE GESTION MEDIOS DE PAGO DE PEAJES Y TASAS
USUARIO
Empresa: Domicilio: C.P.:
Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 8690, Folio 156, Hoja M-139859, Libro 0, Sección 8ª. C.I.F.:X-00000000
Representante: Email:
CIF:
Localidad:
Provincia:
DNI:
Tel.:
PRESTADOR
Don en nombre y representación, en su calidad de Director General de la sociedad mercantil Servicios Especiales TIR, S.L.U, con domicilio en Centro de Transportes de Coslada CTC - Xxxxx Xxxxxxxxxx 0 Xxxxxx 0, 00000 Xxxxxxx Xxxxxx y CIF.: X-00000000, en virtud de escritura de apoderamiento firmada en Madrid el 18 de octubre de 2012 ante el xxxxxxx xxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx.
Acuerdan autorizar a SETIR para realizar en nombre del usuario, las transacciones financieras relativas
a medios de pago de peajes y tasas de autopistas.
1 - CONDICIONES GENERALES:
1.1 El usuario admite conocer y aceptar las “Condiciones Generales” de utilización de los medios de pago que contrata.
1.2 El presente contrato queda expresamente vinculado a las condiciones estipuladas en el Anexo I de este documento.
1.3 A petición del usuario, SETIR, S.L.U solicita la apertura de las cuentas necesarias para los medios de pago señalados, así como el pago en su nombre de los importes derivados del presente contrato.
1.4 La apertura de una cuenta implica para el usuario el envío a SETIR SLU de:
- Cobertura por entidad de riesgo. En su defecto aval o depósito.
- Presente contrato de gestión
- Anexo I: Condiciones/Solicitud.
- Anexo II: Mandato SEPA.
1.5 Una vez recibidos los aparatos y/o tarjetas, el usuario acepta que todos los peajes y/o tasas abonados mediante estos medios, así como los gastos derivados de su utilización, le sean cargados en su cuenta por SETIR SLU.
1.6 Antes de la solicitud de los medios de pago, el usuario deberá ser aceptado por una entidad de riesgo. Si dicho análisis es aceptado, el usuario deberá abonar 60 € anuales como concepto de póliza de crédito.
1.7 En caso de que la entidad de crédito informe en cualquier momento a SETIR, SLU de la falta de crédito por parte del usuario, éste deberá aportar un aval o depósito por una cuantía similar al doble del consumo mensual en peajes previsto, a favor de SETIR, S.L.U mediante transferencia o talón bancario. La función de este aval o depósito será la de hacer frente a eventuales impagos y puede ser ejecutado al primer impago del usuario. En caso de que el importe del aval o el depósito fueran inferiores a los peajes y otros gastos debidos, el usuario deberá regularizar su situación en los 10 días siguientes a la notificación de SETIR, S.L.U. Pasado este plazo SETIR, S.L.U podrá rescindir el contrato y pedir la devolución de los dispositivos.
2 - UTILIZACION DE DISPOSITIVOS Y TARJETAS.
2.1 Todos los dispositivos que deban ser devueltos, deberán ser enviados por paquete certificado a SETIR, S.L.U, x xxxxxx pagados, comunicando el motivo de la devolución.
2.2 En caso de pérdida o sustracción de dispositivos o tarjetas, el usuario debe comunicar por escrito el bloqueo de
estos a SETIR, S.L.U por e-mail o fax. SETIR, S.L.U confirmará por escrito la recepción de la comunicación.
C19.V2.0 Contrato de gestión de medios de pago de peajes y tasas.
La responsabilidad del cliente por el pago de los peajes cesará a las 24 horas del segundo día laborable desde la confirmación de la comunicación por parte de SETIR, S.L.U.
2.3 En caso de que el usuario recuperase la tarjeta el dispositivo perdido o sustraído, deberá devolverlo a SETIR,
S.L.U sin haberlo utilizado de nuevo. En caso de utilización por el usuario o por una persona autorizada por él, de un aparato perdido o sustraído, SETIR, S.L.U cargará el importe de los peajes efectuados con el equipo después de la declaración de sustracción o pérdida, así como todos los gastos que SETIR, S.L.U haya soportado en la recuperación de dichos equipos.
3 - FACTURACION:
3.1 El usuario recibirá con la periodicidad acordada en el documento de oferta, quincenal o mensual :
- La factura correspondiente a los peajes.
- La lista cronológica de los peajes realizados.
- La factura emitida por SETIR, S.L.U. por los servicios de gestión de los equipos en nombre del usuario, según los baremos y tarifas vinculados.
Estos baremos y tarifas podrán ser revisados cada año por el prestador.
SETIR, S.L.U. cargará periódicamente en la cuenta del usuario el importe total de los gastos de peajes facturados por las autopistas + los gastos de gestión de SETIR, S.L.U.
Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 8690, Folio 156, Hoja M-139859, Libro 0, Sección 8ª. C.I.F.:B-81012205
3.2 Cualquier reclamación relativa a los conceptos o importes de las facturas remitidas por SETIR, S.L.U. deberá recibirse en SETIR,S.L.U. dentro del plazo de 30 días naturales desde la fecha de emisión de la factura en cuestión.
3.3 En caso de DÉBITOS VENCIDOS IMPAGADOS, el cliente se obliga a abonar a SETIR S.L.U. en concepto de gastos financieros y administrativos el 0,40% mensual del importe total de cada factura impagada, con un mínimo de 90 €, que se habrá de hacer efectiva por el cliente en el momento del pago de los débitos previamente reclamados, sin perjuicio de la repercusión a la parte deudora de los gastos y costos bancarios originados por su incumplimiento.
3.4 Si el pago de la factura aún no se realizase, SETIR podrá rescindir el contrato sin previo aviso, y ejecutar el aval bancario o retener el depósito.
En todo caso, la firma del presente contrato autoriza expresa e irrevocablemente a SETIR,S.L.U. a efectuar la compensación de los saldos que se pudieran adeudar al cliente, con saldos que existieran de éste a favor de SETIR,S.L.U por cualquier concepto.
SETIR se reserva asimismo el derecho a ejercer acciones judiciales adicionales a fin de garantizar el cobro, a cargo del usuario.
4 - RESCISION DE CONTRATO:
4.1 El contrato podrá ser rescindido:
a) Por finalización del periodo contratado.
La duración del contrato será de un año a partir de la firma del mismo. Este se renovará tácitamente salvo comunicación de las partes con antelación de 60 días previos a la renovación del presente contrato.
b) Por iniciativa del usuario
El usuario deberá remunerar al PRESTADOR con 250 € por producto contratado, a fin de compensar los gastos de gestión incurridos y no recuperables durante los doce primeros meses.
Asimismo, el usuario tendrá que hacer frente siempre a los costes específicos que pudiera reclamar el emisor de los medios de pago contratados y ya solicitados (coste de dispositivos, activación, puesta en marcha, envío, etc..).
c) Por SETIR, S.L.U por cualquier motivo.
4.2 En todos los casos de rescisión del contrato, a la finalización del mismo, el usuario está obligado a devolver a SETIR, S.L.U en el plazo convenido los dispositivos que obren en su poder. En caso de retraso en la devolución de los dispositivos se impondrá una penalización de 30 € por dispositivo en concepto del coste del mismo y 10 € diarios por dispositivo no devuelto, contados a partir de las 24 horas siguientes al momento de la rescisión.
Si SETIR, S.L.U tiene que proceder a la recuperación de los dispositivos mediante reclamación judicial o extrajudicial, los gastos generados por esta intervención serán cargados al usuario.
4.3 Después de haber devuelto todos los dispositivos, el usuario autoriza a SETIR, S.L.U a cargar en su cuenta durante los dos meses siguientes a la devolución de los dispositivos, todos los gastos derivados de los últimos peajes realizados.
4.4 En caso de rescisión del contrato, SETIR, S.L.U devolverá los depósitos y avales.
C19.V2.0 Contrato de gestión de medios de pago de peajes y tasas.
5 - RELACIONES CON EL USUARIO:
5.1 Cualquier comunicación relativa a la gestión de la cuenta de peajes, deberá dirigirse por correo postal a: SETIR, S.L.U. X/ Xxxxxxxxxx 0 Xxxxxx 0, 00000 Xxxxxxx Xxxxxx.
O por fax al número 00 0000000, o por correo electrónico a xxxxxx@xxxxx.xx
5.2 Las reglas y condiciones arriba descritas se aplicarán al solicitante desde el momento de la firma.
5.3 Cualquier litigio debido a la interpretación o la ejecución del contrato será sometida a los Juzgados y Tribunales de Madrid.
5.4 SETIR, S.L.U se reserva el derecho de modificar las actuales condiciones, un mes después de habérselo notificado por escrito al transportista. Si estas modificaciones conllevan la retirada de los equipos, éstos deberán ser devueltos de forma inmediata a SETIR, S.L.U aplicándose el punto 4. 1
5.5 A los efectos de lo dispuesto en la normativa vigente relativa a la protección de datos de carácter personal, el titular queda informado y expresamente consiente la incorporación de sus datos de carácter personal de los que sea responsable SETIR, S.L.U así como el tratamiento informatizado o no de los mismos con una finalidad comercial, financiera, operativa y estadística por SETIR, S.L.U. Asimismo, SETIR, S.L.U queda autorizada para utilizar los datos para enviar al titular informaciones relativas a cualesquiera bienes, productos o servicios que comercialice directa o indirectamente, tanto en la actualidad o en el futuro. La comunicación de datos únicamente se realizará con las finalidades expuestas y con las consecuencias que se derivan de la Ley. Los actos personales que se facilitan por el Titular responsable del fichero tienen carácter obligatorio para la contratación del presente producto/servicio.
SETIR, S.L.U garantiza que todos los datos personales contenidos en el presente documento serán utilizados con la finalidad, en la forma y con las limitaciones y derechos que concede la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal. El presente consentimiento se otorga sin perjuicio de todos los derechos que le asisten en virtud de la norma antes citada y especialmente de la posibilidad de ejercitar gratuitamente los derechos de oposición, acceso e información, rectificación, cancelación de sus datos y revocación de su autorización sin efectos retroactivos, que podrán ser ejercitados dirigiendo comunicación por escrito a: SETIR, S.L.U. Centro de Transportes de Coslada CTC - X/ Xxxxxxxxxx 0 Xxxxxx 0, 00000 Xxxxxxx XXXXXX
OTROS DATOS:
Tel.: | ||
Dirección entrega dispositivos: Contacto para trámites:
Email:
CONFORME:
Nombre: Fecha:
Servicios Especiales TIR SLU
Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 8690, Folio 156, Hoja M-139859, Libro 0, Sección 8ª. C.I.F.:B-81012205
C19.V2.0 Contrato de gestión de medios de pago de peajes y tasas.
Flota/dispositivos Ý 1-3 4-10
• Apertura de cuenta 0,00 € 0,00 €
• Activación y puesta en marcha 10,00 € 10,00 €
• Gastos de gestión ES/PT/FR/BE/AT/DE/PL/DK/ 2,25 % 1,90 %
• Gastos de gestión ITALIA 3,00 % 2,75 %
• Gestión descuentos Italia (sobre lo recuperado) 7,50 % 6,50 %
• Alquiler mensual 4,50 € 4,00 €
• Sustitución por avería por causas ajenas 0,00 € 0 ,00 €
• Daño, pérdida, robo o No devolución de dispositivo 30,00 € 30,00 €
Dispositivo de peaje satelital MULTI-PAÍS
Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 8690, Folio 156, Hoja M-139859, Libro 0, Sección 8ª. C.I.F.:B-81012205
Condiciones del servicio
CONDICIONES Y SOLICITUD MULTI-PAÍS
Facturación quincenal.
Gastos de gestión totales Setir + emisor de autopista.
La activación / puesta en servicio se cobra solo una vez al activar los medios de pago.
Operación sujeta a cobertura de riesgo incluyendo póliza de crédito. En caso negativo se solicitará un aval/depósito como garantía de pago.
Ý WǍdǍ InŽIǍC CZÐǦdsŽdǦCΣ CŽnsÐçIǦYŽC ÐŽYEsÐsŽYǦC ǦCÐǦÐsǍnǦC
SOLICITUD
Deseo activar los siguientes países:
España Portugal
Francia
Túnel LF
Italia Polonia
Austria
Nº de dispositivos/vehículos:
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Orden de domiciliación de adeudo directo SEPA B2B
A cumplimentar por el acreedor
To be completed by the creditor
SEPA Business-to-Business Direct Debit Mandate
Referencia de la orden de domiciliación: Identificador del acreedor: B81012205
Nombre del acreedor: SERVICIOS ESPECIALES TIR, SLU
Dirección: X/ Xxxxxxxxxx 0 Xxxxxx 0 , 00000 Xxxxxxx Xxxxxx
País: ESPAÑA
Mediante la firma de esta orden de domiciliación, el deudor autoriza (A) al acreedor a enviar instrucciones a la entidad del deudor para adeudar su cuenta y (B) a la entidad para efectuar los adeudos en su cuenta siguiendo las instrucciones del acreedor. Esta orden de domiciliación está prevista para operaciones exclusivamente entre empresas y/o autónomos. El deudor no tiene derecho a que su entidad le reembolse una vez que se haya realizado el cargo en cuenta, pero puede solicitar a su entidad que no efectúe el adeudo en la cuenta hasta la fecha debida. Podrá obtener información detallada del procedimiento en su entidad financiera.
By signing this mandate form, you authorize (A) {NAME OF CREDITOR} to send instructions to your bank to debit your account and (B) your bank to debit your account in accordance with the instructions from {NAME OF CREDITOR}. This mandate is only intended for business-to-business transactions. You are not entitled to a refund from your bank after your account has been debited, but you are entitled to request your bank not to debit your account up until the day on which the payment is due. Please contact your bank for detailed procedures in such a case.
Nombre del deudor:
Dirección del deudor:
Código Postal:
Población:
Provincia:
País del deudor:
Swift BIC:
Número de cuenta IBAN:
Tipo de pago: Pago recurrente Fecha:
Localidad:
Firma del deudor:
A cumplimentar por el deudor
To be completed by the debtor
TODOS LOS CAMPOS HAN DE SER CUMPLIMENTADOS OBLIGATORIAMENTE.
UNA VEZ FIRMADA ESTA ORDEN DE DOMICILIACIÓN DEBE SER ENVIADA AL ACREEDOR PARA SU CUSTODIA.
LA ENTIDAD DE DEUDOR REQUIERE AUTORIZACIÓN DE ÉSTE PREVIA AL CARGO EN CUENTA DE LOS ADEUDOS DIRECTOS B2B. EL DEUDORPODRÁ GESTIONAR DICHA
AUTORIZACIÓN CON LOS MEDIOS QUE SU ENTIDAD PONGA A SU DISPOSICIÓN.
ALL GAPS ARE MANDATORY. ONCE THIS MANDATE HAS BEEN SIGNED MUST BE SENT TO CREDITOR FOR STORAGE. NEVERTHELESS, THE BANK OF DEBTOR REQUIRES DEBTOR’S AUTHORIZATION BEFORE DEBITING B2B DIRECT DEBITS IN THE ACCOUNT. THE DEBTOR WILL BE ABLE TO MANAGE THE MENTIONED AUTHORIZATION THROUGH THE MEANS PROVIDED BY HIS BANK.
C19.V2.0 Contrato de gestión de medios de pago de peajes y tasas.