PERMISOS Y LICENCIAS
PERMISOS Y LICENCIAS
PARA LOS TRABAJADORES DE LOS CONVENIOS
DE LA ENSEÑANZA PRIVADA
✓ Convenio Enseñanza concertada
✓ Convenio Enseñanza Privada no Concertada
✓ Convenio de Educación Especial y Atención a la Discapacidad
✓ Convenio de Centros de Asistencia y Educación Infantil
✓ Convenio para los Centros de Educación Universitaria e Investigación
✓ Convenio para los Centros de Peluquería y Estética, de Enseñanza Musicales y de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos
✓ Convenio de Enseñanza y Formación no Reglada
✓ Convenio Nacional de Autoescuelas
✓ Convenio Colegios Mayores Universitarios Privados
✓ Convenio Universidades Privadas, Centros Universitarios Privados y Centros de Formación de Postgraduados
CONVENIO ENSEÑANZA CONCERTADA
CAUSAS | ARTÍCULO | DURACIÓN | SALARIO | OBSERVACIONES |
LICENCIA MATRIMONIO | VI Convenio Concertada Art.38.1º | 15 días naturales | Sí | Debe de ser disfrutado inmediatamente después del hecho causante, salvo acuerdo con el empresario. |
NACIMIENTOO FALLECIMIENTO DE UN HIJO, O ENFERMEDAD GRAVE, ACCIDENTE GRAVE, HOSPITALIZACIÓN O FALLECIMIENTO DEL CÓNYUGE O UN FAMILIAR (HASTA 2º GRADO) | VI Convenio Concertada Art.38.2º | 3 días naturales | Sí | En la misma localidad |
5 días naturales | Sí | En el caso de que el trabajador necesite hacer un desplazamiento superior a 150 kms | ||
INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA SIN HOSPITALIZACIÓN QUE PRECISE REPOSO DOMICILIADO DE PARIENTES HASTA 2º GRADO DE CONSAGÜINIDAD O AFINIDAD | VI Convenio Concertada. Art.38.3º | 2 días naturales | Sí | En la misma localidad |
5 días naturales | Sí | En el caso de que el trabajador necesite hacer un desplazamiento superior a 150 kms | ||
TRASLADO DE DOMICILIO | VI Convenio Concertada. Art.38. 4º | 1 día natural | Sí | |
BODA DE PARIENTES (HASTA 2º GRADO) | VI Convenio Concertada Art.38.5º | 1 día | Sí | Debe coincidir con el día de la ceremonia. |
DEBER INEXCUSABLE, PÚBLICO O PERSONAL | VI Convenio Concertada Art.38. 6º | Tiempo imprescindible. Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado se estará a lo que esta disponga | Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado se estará a lo que esta disponga | Citaciones de organismos judiciales y órganos de la administración. Otros cuyo incumplimiento puede generar responsabilidades de índole civil, penal, social o administrativa: mesas electorales, jurados,... |
REALIZACIÓN EXÁMENES PRENATALES Y TÉCNICAS DE PREPARACIÓN AL PARTO Y EN LOS CASOS DE ADOPCIÓN | VI Convenio Concertada Art.38. 7º. Estatuto Trabajadores 37.3 f) | Tiempo indispensable | Sí | Siempre que deban realizarse durante la jornada de trabajo. |
PERMISOS NO RETRIBUIDOS (Asuntos Propios) | VI Convenio Concertada Art.39 | 15 días de permiso por curso escolar | No | Se deben solicitar con 15 días de antelación La empresa debe concederlo a menos que coincida con el de otro trabajador del mismo nivel, en el caso del personal docente En el caso del personal no docente, puede negarse a concederlo si coincide con cualquier otro trabajador de la misma rama de dicho grupo. Se podrá disfrutar como máximo en dos períodos |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR MATERNIDAD | VI Convenio Concertada Art.40. Estatuto Trabajadores Art.48.4 | 16 Semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto múltiple, 2 semanas más por hijo, a partir del segundo. Si el bebé requiere hospitalización podrá ampliarse, a instancias de la madre o el padre. | Sí | 6 semanas obligatorias para la madre. Se podrá optar porque el otro progenitor disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del período de descanso posterior al parto bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones (agosto), el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo |
ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO | VI Convenio Concertada Art.40. Estatuto Trabajadores Art.48.4 | 16 semanas si es menor de 6 años y 2 semanas más por hijo a partir del segundo, en el caso de adopción múltiple | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones (agosto), el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo. |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR PATERNIDAD | VI Convenio Concertada Art.40. Estatuto Trabajadores Art.48 Bis | 4 semanas, ampliables en dos días más por hijo, a partir del segundo. | Sí | Se puede disfrutar en un periodo que va desde la finalización del permiso por nacimiento (que paga la empresa), hasta que finalice el periodo del permiso de maternidad o inmediatamente después de finalizado éste. Podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador, y conforme se determine reglamentariamente. Deberá preavisarlo con la suficiente antelación. |
NACIMIENTO DE PREMATUROS U HOSPITALIZACIÓN DEL BEBÉ DESPUÉS DEL PARTO | Estatuto de los Trabajadores Art.37.4 Bis | 1 hora cada día | Sí | La concreción horaria y la determinación del periodo corresponderán al trabajador. Tendrán derecho a él el padre o la madre. |
2 horas cada día | Disminución proporcional xx xxxxxxx | |||
LACTANCIA | VI Convenio Concertada Art.41 | 1 hora de ausencia que podrán dividir en dos fracciones. A petición del trabajador se podrá acumular en jornadas completas. | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre, pero no ambos, a la vez. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones (agosto), el tramo de coincidencia, se disfrutarán a continuación del mismo. Preavisar con quince días. |
GUARDA LEGAL O CUIDADO DE FAMILIAR (HASTA 2º GRADO) | VI Convenio Concertada Art.42 | Disminución entre un 1/2 y un 1/8 de la jornada | Proporcional a la reducción | Menor de 12 años, anciano que requiera especial dedicación o disminuido físico o psíquico sin actividad retribuida. |
PERMISO POR CURSOS DE PERFECCIONAMIENTO | VI Convenio Concertada Art.43 | Durante la duración del curso | Sí | Previo permiso del empresario. |
EXÁMENES OFICIALES | VI Convenio Concertada Art.44 | Los días de la celebración de las pruebas. | Sí | Xxxx justificar tanto la formalización de la matrícula, como haber asistido a dichos exámenes. |
VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO | ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES 37.8 (Ley Orgánica 1/2004. Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género) | Reducción de jornada | Proporcional a la reducción | |
Reordenación del tiempo de trabajo | Sí | Adaptando el horario o flexibilizándolo. | ||
Falta de asistencias | Sí | Se considerarán justificadas cuando los servicios sociales o de salud lo determinen. |
CONVENIO ENSEÑANZA PRIVADA NO CONCERTADA
CAUSAS | ARTÍCULO | DURACIÓN | SALARIO | OBSERVACIONES |
LICENCIA MATRIMONIO | IX Convenio Enseñanza No Concertada Art.46.a) | 15 días naturales | Sí | Debe de ser disfrutado inmediatamente después del hecho causante, salvo acuerdo con el empresario. Preavisar con 15 días mínimo. |
NACIMIENTO DE UN HIJO, ACCIDENTE O ENFERMEDADES GRAVES, HOSPITALIZACIÓN O INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA SIN HOSPITALIZACIÓN QUE PRECISE REPOSO DOCMICILIADO DE PARIENTES, FALLECIMIENTO (HASTA 2º GRADO) | IX Convenio Enseñanza No Concertada Art.46.b) | 3 días naturales | Sí | En la misma localidad |
5 días naturales | Sí | En el caso de que el trabajador necesite hacer un desplazamiento a otra Comunidad Autónoma o isla. | ||
TRASLADO DE DOMICILIO | IX Convenio Enseñanza No Concertada Art.46.c) | 1 día natural | Sí | |
BODA DE PARIENTES (HASTA 2º GRADO) | IX Convenio Enseñanza No Concertada Art.46.e) | 1 día | Sí | Debe coincidir con el día de la ceremonia. |
DEBER INEXCUSABLE, PÚBLICO O PERSONAL | IX Convenio Enseñanza No Concertada Art.46.d) | Tiempo imprescindible. Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado se estará a lo que esta disponga. | Si hay imposibilidad de prestación del trabajo en más del 20% de las horas laborales durante 3 meses, el centro podrá pasar al trabajador a situación de excedencia forzosa. | Citaciones de organismos judiciales y órganos de la Administración. Otros cuyo incumplimiento puede generar responsabilidades de índole civil, penal, social o administrativa: mesas electorales, jurados,... |
REALIZACIÓN EXÁMENES PRENATALES, TÉCNICAS DE PREPARACIÓN AL PARTO Y EN LOS CASOS DE ADOPCIÓN | IX Convenio Enseñanza No Concertada Art.46.g) y Estatuto Trabajadores 37.3 f) | Tiempo indispensable | Sí | Siempre que deban realizarse durante la jornada de trabajo. |
PERMISOS NO RETRIBUIDOS (Asuntos Propios) | IX Convenio Enseñanza No Concertada Art.47 | 15 días de permiso por año | No | Se deben solicitar con 15 días de antelación La empresa debe concederlo a menos que coincida con el de otro trabajador, en cuyo caso será el empresario quien decida la conveniencia o no de conceder el permiso. Éstos no podrán ser nunca inmediatamente anteriores ni posteriores a las fechas de vacaciones. |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR MATERNIDAD | IX Convenio Enseñanza No Concertada Art.44 y Estatuto Trabajadores Art.48.4 | 16 Semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto múltiple, 2 semanas más por hijo, a partir del segundo. Si el bebé requiere hospitalización podrá ampliarse, a instancias de la madre o el padre. | Sí | 6 semanas obligatorias para la madre. Se podrá optar porque el otro progenitor disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del período de descanso posterior al parto bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre. |
CONVENIO ENSEÑANZA PRIVADA NO CONCERTADA
ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO | IX Convenio Enseñanza No Concertada Art.44 y Estatuto Trabajadores Art.48.4 | 16 semanas si es menor de 6 años y 2 semanas más por hijo a partir del segundo, en el caso de adopción múltiple. También se ampliará en dos semanas más si el menor tiene discapacidad. | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones, el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo. |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR PATERNIDAD | IX Convenio Enseñanza No Concertada Art.45 Y Estatuto Trabajadores Art.48 Bis. | 4 semanas, ampliables en dos días más por hijo, a partir del segundo. | Sí | Se puede disfrutar en un periodo que va desde la finalización del permiso por nacimiento (que paga la empresa), hasta que finalice el periodo del permiso de maternidad o inmediatamente después de finalizado éste. Podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador, y conforme se determine reglamentariamente. Deberá preavisarlo con la suficiente antelación. |
NACIMIENTO DE PREMATUROS U HOSPITALIZACIÓN DEL BEBÉ DESPUÉS DEL PARTO | Estatuto Trabajadores Art.37.4 Bis | 1 hora cada día | Sí | La concreción horaria y la determinación del periodo corresponderán al trabajador. Tendrán derecho a él el padre o la madre. |
2 horas cada día | Disminución proporcional xx xxxxxxx | |||
LACTANCIA | IX Convenio Enseñanza No Concertada Art. 48 | 1 hora de ausencia que podrán dividir en dos fracciones. A voluntad del trabajador se podrá acumular en jornadas completas equivalente a 20 días naturales. | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre, pero no ambos, a la vez. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones (agosto), el tramo de coincidencia, se disfrutarán a continuación del mismo. Deberá preavisarlo con 15 días de anticipación. |
GUARDA LEGAL O CUIDADO DE FAMILIAR (HASTA 2º GRADO) | IX Convenio Enseñanza No Concertada Art.38 | Disminución entre al menos 1/8 y un máximo de la mitad de la jornada | Proporcional a la reducción | Menor de 12 años, persona con discapacidad física, psíquica o sensorial o persona que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí misma sin actividad retribuida. Preavisar con 15 días de antelación. Preavisar con 15 días de antelación. |
PERMISO POR CURSOS DE PERFECCIONAMIENTO | IX Convenio Enseñanza No Concertada Art.50 | Durante la duración del curso. | Sí | Previo permiso del empresario. |
EXÁMENES OFICIALES | IX Convenio Enseñanza No Concertada Art.50 | Los días de la celebración de las pruebas. | Sí | Siempre que no sean para aspirar a un puesto de trabajo de un centro educativo. Debe justificar tanto la formalización de la matrícula, como haber asistido a dichos exámenes. |
VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO | ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES 37.8 (Ley Orgánica 1/2004. Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género) | Reducción de jornada | Proporcional a la reducción | |
Reordenación del tiempo de trabajo | Sí | Adaptando el horario o flexibilizándolo. | ||
Falta de asistencias | Sí | Se considerarán justificadas cuando los servicios sociales o de salud lo determinen. |
CONVENIO DE EDUCACIÓN ESPECIAL Y ATENCIÓN A LA DISCAPACIDAD
CAUSAS | ARTÍCULO | DURACIÓN | SALARIO | OBSERVACIONES |
LICENCIA MATRIMONIO | XIV Convenio Discapacidad Art.51 a) | 15 días naturales | Sí | Debe de ser disfrutado inmediatamente después del hecho causante, salvo acuerdo con el empresario. |
NACIMIENTO DE UN HIJO | XIV Convenio Discapacidad Art. 51b) | 3 días naturales | Sí | |
ACCIDENTE, ENFERMEDAD GRAVE U HOSPITALIZACIÓN DE PARIENTES HASTA 2º GRADO | XIV Convenio Discapacidad Art.51c) | 3 días naturales | Sí | En la misma localidad |
5 días naturales | Sí | Si se necesita hacer un desplazamiento a más de 250 kms de su localidad de residencia. | ||
HOSPITALIZACIÓN DERIVADA DE PARTO O CESAREA Y DE INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA SIN HOSPIALIZACIÓN QUE REQUIERA REPOSO DOMICILIARIO DE PARIENTES HASTA 2º GRADO | XIV Convenio Discapacidad Art.51 d) | 2 días naturales | Sí | En la misma localidad |
4 días naturales | Si se necesita hacer un desplazamiento a más de 250 kms de su localidad de residencia. | |||
TRASLADO DE DOMICILIO | XIV Convenio Discapacidad Art.51 e) | 1 día natural | Sí | |
BODA DE HIJO O HERMANO | XIV Convenio Discapacidad Art.51 f) | 1 día | Sí | Debe coincidir con el día de la ceremonia. |
FALLECIMIENTO | XIV Convenio Discapacidad Art.51g) | 7 días naturales | Sí | Si es hijo o cónyuge |
3 días naturales | Padres o hermanos | |||
2 días naturales | Parientes hasta 2º grado | |||
DEBER INEXCUSABLE, PÚBLICO O PERSONAL | XIV Convenio Discapacidad Art.51h) | Tiempo imprescindible. Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado se estará a lo que esta disponga. | Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado se estará a lo que esta disponga. | Citaciones de organismos judiciales y órganos de la administración. Otros cuyo incumplimiento puede generar responsabilidades de índole civil, penal, social o administrativa: mesas electorales, jurados,... |
REALIZACIÓN EXÁMENES PRENATALES, TÉCNICAS DE PREPARACIÓN AL PARTO Y POR ADOPCIÓN | XIV Convenio Discapacidad Art.51 i) ET Art.37.3 f) | Tiempo indispensable | Sí | Siempre que deban realizarse durante la jornada de trabajo, previo aviso y justificación |
PARA REALIZAR FUNCIONES SINDICALES | XIV Convenio Discapacidad Art.51 j) | Se estará en lo previsto en la legislación vigente. | Sí | |
PERMISOS NO RETRIBUIDOS | XIV Convenio Discapacidad Art.52 | Un único permiso de 90 días como máximo. Con carácter excepcional, por conciliación laboral- familiar, enfermedad o finalización de estudios, se podrá dividir hasta en 2 más permisos, siempre que no se exceda la duración de 90 días | No | Tendrán este carácter de PNR las visitas médicas que no deriven en baja laboral. Los trabajadores con relación laboral especial en centros especiales de empleo dispondrán para tratamientos de rehabilitación médico funcionales de 20 días con retribución a partir de ahí se consideraría PNR. |
GUARDA LEGAL O CUIDADO DE FAMILIAR (HASTA 2º GRADO) | XIV Convenio Discapacidad Art.56 | Disminución de al menos 1/8 y un máximo de la mitad de la jornada | Proporcional a la reducción | Menor de 12 años, anciano que requiera especial dedicación o disminuido físico o psíquico sin actividad retribuida. |
CUIDADO DE HIJOS MENORES AFECTADOS POR CÁNCER U OTRA ENFERMEDAD GRAVE | XIV Convenio Discapacidad Art.57 y Estatuto Trabajadores Art.37.5 | Disminución de, al menos, la mitad de la jornada | Proporcional a la reducción | Puede durar hasta que el menos cumpla 18 años. La concreción horaria y la determinación del periodo de disfrute corresponden al trabajador |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR MATERNIDAD | XIV Convenio Discapacidad Art.58. Estatuto Trabajadores Art.48.4 | 16 Semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto múltiple, 2 semanas más por hijo, a partir del segundo. Si el bebé requiere hospitalización podrá ampliarse, a instancias de la madre o el padre. | Sí | 6 semanas obligatorias para la madre, después del parto. Se podrá optar porque el otro progenitor disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del período de descanso posterior al parto bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones, el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR PATERNIDAD | XIV Convenio Discapacidad Art.59. Estatuto Trabajadores Art.48 bis | 4 semanas, ampliables en dos días más por hijo, a partir del segundo. | Sí | Se puede disfrutar en un periodo que va desde la finalización del permiso por nacimiento (que paga la empresa), hasta que finalice el periodo del permiso de maternidad o inmediatamente después de finalizado éste. Podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador, y conforme se determine reglamentariamente. Deberá preavisarlo con15 días. |
NACIMIENTO DE PREMATUROS U HOSPITALIZACIÓN DEL BEBÉ DESPUÉS DEL PARTO | Estatuto Trabajadores Art.37.4 bis | 1 hora cada día | Sí | La concreción horaria y la determinación del periodo corresponderán al trabajador. Tendrán derecho a él el padre o la madre. |
2 horas cada día | Disminución proporcional xx xxxxxxx | |||
ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO DE MENORES DE 6 AÑOS O MAYORES DE 6 AÑOS DISCAPACITADOS O CON ESPECIALES DIFICULTADES DE INSERCIÓN | XIV Convenio Discapacidad Art.60. Estatuto Trabajadores Art.48.4 | 16 semanas si es menor de 6 años y 2 semanas más por hijo a partir del segundo, en el caso de adopción múltiple | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones, el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo. |
LACTANCIA | XIV Convenio Discapacidad Art.62 | 1 hora de ausencia que podrán dividir en dos fracciones. A petición del trabajador se podrá acumular en jornadas completas. | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre, pero no ambos, a la vez. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones, el tramo de coincidencia, se disfrutarán a continuación del mismo. |
EXÁMENES OFICIALES | XIV Convenio Discapacidad Art.65.5 | Los días de la celebración de las pruebas. | No | Debe justificar tanto la formalización de la matrícula, como haber asistido a dichos exámenes. |
PERMISO PARA LA FORMACIÓN | XIV Convenio Discapacidad Art. 65 | 30 horas anuales, acumulables 5 años. (PIF: No pueden superar las 200 horas anuales) | Sí | Previo permiso del empresario. |
VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO | Estatuto Trabajadores Art.37.8 (Ley Orgánica 1/2004. Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género) | Reducción de jornada | Proporcional a la reducción | |
Reordenación del tiempo de trabajo | Sí | Adaptando el horario o flexibilizándolo. | ||
Falta de asistencias | Sí | Se considerarán justificadas cuando los servicios sociales o de salud lo determinen. |
CONVENIO DE CENTROS DE ASISTENCIA Y EDUCACIÓN INFANTIL
CAUSAS | ARTÍCULO | DURACIÓN | SALARIO | OBSERVACIONES |
LICENCIA MATRIMONIO O PAREJA SDE HECHO INSCRITA EN REGISTRO | XI Convenio Educación Infantil Art.32.a) | 15 días naturales | Sí | Debe de ser disfrutado inmediatamente después del hecho causante, salvo acuerdo con el empresario. Se debe preavisar con 15 días. |
NACIMIENTO DE UN HIJO, ACCIDENTE O ENFERMEDAD ES GRAVES, HOSPITALIZACIÓN O INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA SIN HOSPITALIZACIÓN QUE PRECISE REPOSO DOCMICILIADO DE PARIENTES, FALLECIMIENTO (HASTA 2º GRADO DE CONSAGÜINIDAD O AFINIDAD) | XI Convenio Educación Infantil Art.32.b) | 3 días naturales | Sí | En la misma localidad |
4 días naturales | Sí | En el caso de que el trabajador necesite hacer un desplazamiento fuera de la provincia. | ||
TRASLADO DE DOMICILIO | XI Convenio Educación Infantil Art.32.c) | 1 día natural | Sí | Deberá preavisarlo con una antelación mínima de 15 días |
BODA DE PARIENTES (HASTA 2º GRADO DE CONSANGÜINIDAD | XI Convenio Educación Infantil Art.32.f) | 1 día | Sí | Debe coincidir con el día de la ceremonia. |
DEBER INEXCUSABLE, PÚBLICO O PERSONAL | XI Convenio Educación Infantil Art.32.d) | Tiempo imprescindible. Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado se estará a lo que esta disponga | Si hay imposibilidad de prestación del trabajo en más del 20% de las horas laborales durante 3 meses, el centro podrá pasar al trabajador a situación de excedencia forzosa | Citaciones de organismos judiciales y órganos de la Administración. Otros cuyo incumplimiento puede generar responsabilidades de índole civil, penal, social o administrativa: mesas electorales, jurados,... |
PARA REALIZAR FUNCIONES SINDICALES | XI Convenio Educación Infantil Art.32.e) | Según los términos establecidos legalmente | ||
PARA ASISTENCIA A CONSULTORIO MÉDICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL | XI Convenio Educación Infantil Art.32.g) | Tiempo indispensable | Sí | Previo aviso escrito y justificado |
REALIZACIÓN EXÁMENES PRENATALES, TÉCNICAS DE PREPARACIÓN AL PARTO Y EN LOS CASOS DE ADOPCIÓN | XI Convenio Educación Infantil Art.32. Estatuto Trabajadores 37.3 f) | Tiempo indispensable | Sí | Siempre que deban realizarse durante la jornada de trabajo. |
PERMISOS NO RETRIBUIDOS (Asuntos Propios) | XI Convenio Educación Infantil Art.33 | 15 días de permiso por año | No | Se deben solicitar con 15 días de antelación La empresa debe concederlo a menos que coincida con el de otro trabajador, en cuyo caso será el empresario quien decida la conveniencia o no de conceder el permiso. Éstos no podrán ser nunca inmediatamente anteriores ni posteriores a las fechas de vacaciones. |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR MATERNIDAD | XI Convenio Educación Infantil Art.46 Estatuto Trabajadores Art.48.4 | 16 Semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto múltiple, 2 semanas más por hijo, a partir del segundo. | Sí | 6 semanas obligatorias para la madre. Se podrá optar porque el otro progenitor disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del período de descanso posterior al parto bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre. |
ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO | XI Convenio Educación Infantil Art.46 Estatuto Trabajadores Art.48.4 | 16 semanas si es menor de 6 años y 2 semanas más por hijo a partir del segundo, en el caso de adopción múltiple. También se ampliará en dos semanas más si el menor tiene discapacidad. | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones, el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo. |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR PATERNIDAD | XI Convenio Educación Infantil Art.48 Estatuto Trabajadores Art.48 Bis | 4 semanas, ampliables en dos días más por hijo, a partir del segundo. | Sí | Se puede disfrutar en un periodo que va desde la finalización del permiso por nacimiento (que paga la empresa), hasta que finalice el periodo del permiso de maternidad o inmediatamente después de finalizado éste. Podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador, y conforme se determine reglamentariamente. Deberá preavisarlo con la suficiente antelación. |
NACIMIENTO DE PREMATUROS U HOSPITALIZACIÓN DEL BEBÉ DESPUÉS DEL PARTO | XI Convenio Educación Infantil Art.35 Estatuto Trabajadores Art.37. 4Bis | 1 hora cada día | Sí | La concreción horaria y la determinación del periodo corresponderán al trabajador. Tendrán derecho a él el padre o la madre. |
2 horas cada día | Disminución proporcional xx xxxxxxx | |||
LACTANCIA | XI Convenio Educación Infantil Art.35 | 1 hora de ausencia que podrán dividir en dos fracciones. | Sí | A voluntad del trabajador se podrá acumular este derecho tras la finalización del período de baja por maternidad acumulando en jornadas completas equivalente a 20 días naturales siempre y cuando no se esté disfrutando de la mejora social establecida en el artículo 69. |
GUARDA LEGAL O CUIDADO DE FAMILIAR (HASTA 2º GRADO) | XI Convenio Educación Infantil Art.35 | Disminución entre al menos 1/8 y un máximo de la mitad de la duración de la jornada | Proporcional a la reducción | Menor de 12 años, persona con discapacidad física, psíquica o sensorial o persona que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí misma sin actividad retribuida. Preavisar con 15 días de antelación. |
PERMISO POR CURSOS DE PERFECCIONAMIENTO | XI Convenio Educación Infantil Art.36 | Durante la duración del curso. | Sí | Previo permiso del empresario. Los gastos de matricula, desplazamiento corren a cargo de la empresa. |
EXÁMENES OFICIALES | XI Convenio Educación Infantil Art.38 | Los días de la celebración de las pruebas, si el examen es para perfeccionamiento y promoción profesional en la empresa. | Sí | Xxxx justificar tanto la formalización de la matrícula, como haber asistido a dichos exámenes. |
VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO | ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES 37.8 (Ley Orgánica 1/2004. Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género) | Reducción de jornada | Proporcional a la reducción | |
Reordenación del tiempo de trabajo | Sí | Adaptando el horario o flexibilizándolo. | ||
Falta de asistencias | Sí | Se considerarán justificadas cuando los servicios sociales o de salud lo determinen. |
CONVENIO PARA LOS CENTROS DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA E INVESTIGACIÓN
CAUSAS | ARTÍCULO | DURACIÓN | SALARIO | OBSERVACIONES |
LICENCIA MATRIMONIO | XIII Convenio Centros Educa. Univ. e Invest. Art.39 a) | 15 días naturales | Sí | Debe de ser disfrutado inmediatamente después del hecho causante, salvo acuerdo con el empresario. Deberá preavisar con al menos 1 semana de antelación. |
NACIMIENTO DE UN HIJO, O ENFERMEDAD GRAVE, ACCIDENTE, HOSPITALIZACIÓN O FALLECIMIENTO DE PARIENTES (HASTA 2º GRADO) | XIII Convenio Centros Educa. Univ. e Invest. Art.39 b) | 3 días naturales | Sí | En la misma localidad. En caso de hospitalización el permiso se dará por terminado antes de su finalización si el familiar recibe el alta médica. |
5 días naturales | Sí | En el caso de que el trabajador necesite realizar un desplazamiento superior a 200 km. En caso de hospitalización el permiso se dará por terminado antes de su finalización si el familiar recibe el alta médica. | ||
INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA SIN HOSPITALIZACIÓN QUE PRECISE REPOSO DOMICILIADO DE PARIENTES HASTA 2º GRADO | XIII Convenio Centros Educa. Univ. e Invest. Art.39 c) | 2 días naturales | Sí | Este permiso se dará por terminado antes de su finalización si el familiar recibe el alta médica. |
TRASLADO DE DOMICILIO | XIII Convenio Centros Educa. Univ. e Invest. Art.39 d) | 1 día natural | Sí | Deberá preavisar con al menos 1 semana de antelación. |
BODA DE PARIENTES (HASTA 2º GRADO) | XIII Convenio Centros Educa. Univ. e Invest. Art.39 e) | 1 día | Sí | Debe coincidir con el día de la ceremonia. Deberá preavisar con al menos 1 semana de antelación |
DEBER INEXCUSABLE, PÚBLICO O PERSONAL | XIII Convenio Centros Educa. Univ. e Invest. Art.39 f) | Tiempo imprescindible. Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado se estará a lo que esta disponga | Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado se estará a lo que esta disponga. | Citaciones de organismos judiciales y órganos de la administración. Otros cuyo incumplimiento puede generar responsabilidades de índole civil, penal, social o administrativa: mesas electorales, jurados,... |
EXÁMENES OFICIALES | XIII Convenio Centros Educa. Univ. e Invest. Art.39 h) | Los días de la celebración de las pruebas. | Sí | Xxxx justificar tanto la formalización de la matrícula, como haber asistido a dichos exámenes. Deberá preavisar con al menos 1 semana de antelación. |
REALIZACIÓN EXÁMENES PRENATALES, TÉCNICAS DE PREPARACIÓN AL PARTO Y EN LOS CASOS DE ADOPCIÓN | XIII Convenio Centros Educa. Univ. e Invest. Art.39 i) y Estatuto Trabajadores Art.37.3 f) | Tiempo indispensable | Sí | Siempre que deban realizarse durante la jornada de trabajo. Deberá preavisar con al menos 1 semana de antelación. |
PERMISOS NO RETRIBUIDOS (Asuntos Propios) | XIII Convenio Centros Educa. Univ. e Invest. Art.41 | 15 días de permiso por año | No | Deberá ser concedido si se solicita con al menos 15 días de antelación. |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR MATERNIDAD | XIII Convenio Centros Educa. Univ. e Invest. Art.42 y Estatuto Trabajadores Art.48.4 | 16 Semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto múltiple, 2 semanas más por hijo, a partir del segundo. Si el bebé requiere hospitalización podrá ampliarse, a instancias de la madre o el padre. | Sí | 6 semanas obligatorias para la madre. Se podrá optar porque el otro progenitor disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del período de descanso posterior al parto bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo |
ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO | XIII Convenio Centros Educa. Univ. e Invest.. Art.42 y Estatuto Trabajadores Art.45.1d) | 16 semanas si es menor de 6 años y 2 semanas más por hijo a partir del segundo, en el caso de adopción múltiple | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo. |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR PATERNIDAD | XIII Convenio Centros Educa. Univ. e Invest. Art.43 y Estatuto Trabajadores Art.48.4. | 4 semanas, ampliables en dos días más por hijo, a partir del segundo. | Sí | Se puede disfrutar en un periodo que va desde la finalización del permiso por nacimiento (que paga la empresa), hasta que finalice el periodo del permiso de maternidad o inmediatamente después de finalizado éste. Podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador, y conforme se determine reglamentariamente. Deberá preavisarlo con la suficiente antelación. |
NACIMIENTO DE PREMATUROS U HOSPITALIZACIÓN DEL BEBÉ DESPUÉS DEL PARTO | Estatuto de los Trabajadores Art.37.4 Bis | 1 hora cada día | Sí | La concreción horaria y la determinación del periodo corresponderán al trabajador. Tendrán derecho a él el padre o la madre. |
2 horas cada día | Disminución proporcional xx xxxxxxx | |||
LACTANCIA | XIII Convenio Centros Educa. Univ. e Invest. Art.44 | 1 hora de ausencia que podrán dividir en dos fracciones. A petición del trabajador se podrá acumular en jornadas completas. | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre, pero no ambos, a la vez. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones el tramo de coincidencia, se disfrutarán a continuación del mismo. Deberá preavisar con 15 días de antelación. |
GUARDA LEGAL O CUIDADO DE FAMILIAR (HASTA 2º GRADO) | XIII Convenio Centros Educa. Univ. e Invest. Art.45 | Disminución entre al menos un 1/8 y un máximo de la mitad de la jornada | Proporcional a la reducción | Menor de 12 años, anciano que requiera especial dedicación o disminuido físico o psíquico sin actividad retribuida. Deberá preavisar con 15 días de antelación |
FORMACIÓN VINCULADA AL PUESTO DE TRABAJO | XIII Convenio Centros Educa. Univ. e Invest. Art.39 j) | Los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa tendrán derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación vinculada al puesto de trabajo acumulables por un periodo de hasta tres años. | 20 horas anuales | Para el disfrute de este permiso el trabajador deberá solicitarlo con un preaviso mínimo de un mes y deberá constar expresamente su concesión por parte de la empresa. |
PERMISO POR CURSOS DE PERFECCIONAMIENTO | XIII Convenio Centros Educa. Univ. e Invest. Art.39 j) | Durante la duración del curso | Sí | Para la realización de cursos, proyectos de investigación, tesis doctorales, congresos, reuniones científicas, etc. Para que tal permiso sea retribuido deberá constar expresamente, en su concesión, su carácter de tal. En ese caso, los gastos de matrícula, desplazamientos y estancia podrán correr a cargo del Centro. |
VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO | Estatuto de los Trabajadores Art.37.8 (Ley Orgánica 1/2004. Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género) | Reducción de jornada | Proporcional a la reducción | |
Reordenación del tiempo de trabajo | Sí | Adaptando el horario o flexibilizándolo. | ||
Falta de asistencias | Sí | Se considerarán justificadas cuando los servicios sociales o de salud lo determinen. |
CAUSAS | ARTÍCULO | DURACIÓN | SALARIO | OBSERVACIONES |
LICENCIA MATRIMONIO | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.25.a) | 15 días naturales | Sí | Debe de ser disfrutado inmediatamente después del hecho causante, salvo acuerdo con el empresario. |
NACIMIENTO DE UN HIJO, ACCIDENTE O | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.25.b) | 3 días naturales | Sí | En la misma localidad |
ENFERMEDADES GRAVES | ||||
U HOSPITALIZACIÓN, FALLECIMIENTO (HASTA 2º GRADO) | 5 días naturales | Sí | En el caso de que el trabajador necesite hacer un desplazamiento fuera de la provincia. | |
TRASLADO DE DOMICILIO | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.25.c) | 1 día natural | Sí | |
BODA DE PARIENTES (HASTA 2º GRADO) | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.25.d) | 1 día | Sí | Debe coincidir con el día de la ceremonia. |
DEBER INEXCUSABLE, PÚBLICO O PERSONAL | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.25.e) | Tiempo imprescindible. Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado se estará a lo que esta disponga. | Sí | Citaciones de organismos judiciales y órganos de la Administración. Otros cuyo incumplimiento puede generar responsabilidades de índole civil, penal, social o administrativa: mesas electorales, jurados,... |
INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA SIN HOSPIALIZACIÓN QUE REQUIERA REPOSO DOMICILIARIO DE PARIENTES (HASTA 2º GRADO) | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.25.h) | 2 días naturales | Sí | |
REALIZACIÓN EXÁMENES PRENATALES, TÉCNICAS DE PREPARACIÓN AL PARTO Y EN LOS CASOS DE ADOPCIÓN | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.25.g) y Estatuto Trabajadores Art.37.3 f) | Tiempo indispensable | Sí | Siempre que deban realizarse durante la jornada de trabajo. |
Deberá solicitarse al menos con 20 días de antelación. | ||||
PERMISOS NO RETRIBUIDOS (Asuntos Propios) | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.27 | 15 días de permiso por año | No | Si coincide con otro trabajador de la misma categoría, el empresario será quien decida la conveniencia o no de conceder el permiso. |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR MATERNIDAD | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.26. Estatuto Trabajadores Art.48.4 | 16 Semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto múltiple, 2 semanas más por hijo, a partir del segundo. Si el bebé requiere hospitalización podrá ampliarse, a instancias de la madre o el padre. | Sí | 6 semanas obligatorias para la madre. Se podrá optar porque el otro progenitor disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del período de descanso posterior al parto bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones, el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo |
ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.26. Estatuto Trabajadores Art.48.4 | 16 semanas si es menor de 6 años y 2 semanas más por hijo a partir del segundo, en el caso de adopción múltiple. También se ampliará en dos semanas más si el menor tiene discapacidad. | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones, el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo. |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR PATERNIDAD | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.26. Estatuto Trabajadores Art.48 Bis | 4 semanas, ampliables en dos días más por hijo, a partir del segundo. | Sí | Se puede disfrutar en un periodo que va desde la finalización del permiso por nacimiento (que paga la empresa), hasta que finalice el periodo del permiso de maternidad o inmediatamente después de finalizado éste. Podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador, y conforme se determine reglamentariamente. Deberá preavisarlo con la suficiente antelación. |
NACIMIENTO DE PREMATUROS U HOSPITALIZACIÓN DEL BEBÉ DESPUÉS DEL PARTO | Estatuto Trabajadores Art.37.4 Bis | 1 hora cada día | Sí | La concreción horaria y la determinación del periodo corresponderán al trabajador. Tendrán derecho a él el padre o la madre. |
2 horas cada día | Disminución proporcional xx xxxxxxx | |||
LACTANCIA | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.28 | 1 hora de ausencia que podrán dividir en dos fracciones. A voluntad del trabajador se podrá acumular en jornadas completas. | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre, pero no ambos, a la vez. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones, el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo. Deberá preavisarlo con 15 días de anticipación. |
GUARDA LEGAL O CUIDADO DE FAMILIAR (HASTA 2º GRADO) | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.29 | Disminución entre al menos 1/8 y un máximo de la mitad de la jornada | Proporcional a la reducción | Menor de 12 años, persona con discapacidad física, psíquica o sensorial o persona que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí misma sin actividad retribuida. Este permiso no podrá ser disfrutado por dos trabajadores a la vez. Preavisar con 15 días de antelación. |
PERMISO CURSOS FORMACIÓN | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.38 | Durante la duración del curso. | Sí | Si está convocado por la empresa, esta facilitará las horas laborales sin reducción xx xxxxxxx. Si no están convocados por la empresa, se requiere acuerdo del empresario para que sea dentro de la jornada laboral. |
EXÁMENES OFICIALES QUE CONDUZCAN AL PERFECCIONAMIENTO Y PROMOCIÓN PROFESIONAL | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.37 | Los días de la celebración de las pruebas. | Sí | Xxxx justificar tanto la formalización de la matrícula, como haber asistido a dichos exámenes. |
VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO | ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES 37.8 (Ley Orgánica 1/2004. Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género) | Reducción de jornada | Proporcional a la reducción | |
Reordenación del tiempo de trabajo | Sí | Adaptando el horario o flexibilizándolo. | ||
Falta de asistencias | Sí | Se considerarán justificadas cuando los servicios sociales o de salud lo determinen. |
CONVENIO ENSEÑANZA Y FORMACIÓN NO REGLADA
CAUSAS | ARTÍCULO | DURACIÓN | SALARIO | OBSERVACIONES |
LICENCIA MATRIMONIO | VII Convenio No Reglada. Art. 17.1 a) | 15 días naturales | Sí | Debe de ser disfrutado inmediatamente después del hecho causante, salvo acuerdo con el empresario. Se debe preavisar con 15 días naturales. |
NACIMIENTO DE UN HIJO, ACCIDENTE O ENFERMEDAD GRAVES U HOSPITALIZACIÓN , FALLECIMIENTO DEL CÓNYUGE O UN FAMILIAR (HASTA 2º GRADO) | VII Convenio No Reglada Art.17.1 b) | 3 días naturales | Sí | En la misma localidad |
5 días naturales | Sí | En el caso de que el trabajador necesite desplazarse a una provincia no limítrofe o isla | ||
INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA SIN HOSPITALIZACIÓN QUE PRECISE REPOSO DOMICILIADO DE PARIENTES HASTA 2º GRADO | VII Convenio No Reglada Art.17.1 h) | 2 días naturales | Sí | En la misma localidad |
4 días naturales | Sí | En el caso de que el trabajador necesite desplazarse a una provincia no limítrofe o isla | ||
TRASLADO DE DOMICILIO | VII Convenio No Reglada Art.17.1 f) | 1 día natural | Sí | |
BODA DE PARIENTES (HASTA 2º GRADO) | VII Convenio No Reglada Art.17.1 c) | 1 día | Sí | Debe coincidir con el día de la ceremonia. |
REALIZAR FUNCIONES SINDICALES | VII Convenio No Reglada Art.17.1 d) | Según los términos establecidos legalmente. | Sí | |
DEBER INEXCUSABLE, PÚBLICO O PERSONAL | VII Convenio No Reglada Art.17.1 g) | Tiempo imprescindible. Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado se estará a lo que esta disponga | Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado se estará a lo que esta disponga | Citaciones de organismos judiciales y órganos de la administración. Otros cuyo incumplimiento puede generar responsabilidades de índole civil, penal, social o administrativa: mesas electorales, jurados,... |
REALIZACIÓN EXÁMENES PRENATALES,TÉCNICAS DE PREPARACIÓN AL PARTO Y EN LOS CASOS DE ADOPCIÓN | VII Convenio No Reglada Art.17.1 e) y Estatuto Trabajadores 37.3 f) | Tiempo indispensable | Sí | Siempre que deban realizarse durante la jornada de trabajo. |
PERMISOS NO RETRIBUIDOS (Asuntos Propios) | VII Convenio No Reglada Art.17.2 | 15 días de permiso por año | No | Se deben solicitar con al menos 20 días de antelación La empresa debe concederlo a menos que coincida con otro trabajador, que decidirá entonces en función de las necesidades de la empresa. |
ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO | VII Convenio No Reglada Art.20.1. Estatuto Trabajadores Art.45.1d) | 16 semanas si es menor de 6 años y 2 semanas más por hijo a partir del segundo, en el caso de adopción múltiple | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo. |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR MATERNIDAD | VII Convenio No Reglada Art 20.1. Estatuto Trabajadores Art.48.4 | 16 Semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto múltiple, 2 semanas más por hijo, a partir del segundo. Si el bebé requiere hospitalización podrá ampliarse, a instancias de la madre o el padre. | Sí | 6 semanas obligatorias para la madre. Se podrá optar porque el otro progenitor disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del período de descanso posterior al parto bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR PATERNIDAD | VII Convenio No Reglada Art 20.1. Estatuto Trabajadores Art.48.4. | 4 semanas, ampliables en dos días más por hijo, a partir del segundo. | Sí | Se puede disfrutar en un periodo que va desde la finalización del permiso por nacimiento (que paga la empresa), hasta que finalice el periodo del permiso de maternidad o inmediatamente después de finalizado éste. Podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador, y conforme se determine reglamentariamente. Deberá preavisarlo con la suficiente antelación. |
NACIMIENTO DE PREMATUROS U HOSPITALIZACIÓN DEL BEBÉ DESPUÉS DEL PARTO | Estatuto Trabajadores Art.37.4 Bis | 1 hora cada día | Sí | La concreción horaria y la determinación del periodo corresponderán al trabajador. Tendrán derecho a él el padre o la madre. |
2 horas cada día | Disminución proporcional xx xxxxxxx | |||
LACTANCIA | VII Convenio No Reglada Art 20.2 | 1 hora de ausencia que podrán dividir en dos fracciones. A petición del trabajador se podrá acumular en jornadas completas. | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre, pero no ambos, a la vez. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones el tramo de coincidencia, se disfrutarán a continuación del mismo. Deberá preavisar con 15 días de antelación |
GUARDA LEGAL O CUIDADO DE FAMILIAR (HASTA 2º GRADO) | VII Convenio No Reglada Art 20.3 | Disminución entre al menos un 1/8 y un máximo de la mitad de la jornada | Proporcional a la reducción | Menor de 12 años, anciano que requiera especial dedicación o disminuido físico o psíquico sin actividad retribuida. Deberá preavisar con 15 días de antelación |
PERMISO POR CURSOS DE PERFECCIONAMIENTO | VII Convenio No Reglada Art 21 | Durante la duración del curso | Sí | Si la empresa organiza los cursos y el trabajador lo acepta voluntariamente, los gastos de matrícula, desplazamiento, residencia y manutención, en su caso, correrán a cargo de la empresa. Si el curso fuera dentro de la jornada laboral, estas horas serán computadas como jornada de trabajo efectivo dentro de la jornada anual. |
VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO | ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Artículo 37.8 (Ley Orgánica 1/2004. Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género) | Reducción de jornada | Proporcional a la reducción | |
Reordenación del tiempo de trabajo | Sí | Adaptando el horario o flexibilizándolo. | ||
Falta de asistencias | Sí | Se considerarán justificadas cuando los servicios sociales o de salud lo determinen. |
CONVENIO NACIONAL DE AUTOESCUELAS
CAUSAS | ARTÍCULO | DURACIÓN | SALARIO | OBSERVACIONES |
LICENCIA MATRIMONIO | XXII Convenio Autoescuelas Art. 13.a) | 15 días naturales | Sí | Debe de ser disfrutado inmediatamente después del hecho causante, salvo acuerdo con el empresario. |
NACIMIENTO DE UN HIJO, ACCIDENTE O ENFERMEDAD ES GRAVES, HOSPITALIZACIÓN O INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA SIN HOSPITALIZACIÓN QUE PRECISE REPOSO DOCMICILIADO DE PARIEN- TES, FALLECIMIENTO (HASTA 2º GRADO DE CONSAGÜINIDAD) | XXII Convenio Autoescuelas Art. 13.b) | 3 días naturales | Sí | En la misma localidad |
4 días naturales | Sí | En el caso de que el trabajador necesite hacer un desplazamiento fuera de la provincia. | ||
TRASLADO DE DOMICILIO | XXII Convenio Autoescuelas Art. 13.c) | 1 día natural | Sí | |
BODA DE PARIENTES (HASTA 2º GRADO) | XXII Convenio Autoescuelas Art. 13.f) | 1 día | Sí | Debe coincidir con el día de la ceremonia. |
DEBER INEXCUSABLE, PÚBLICO O PERSONAL | XXII Convenio Autoescuelas Art.13.d) | Tiempo imprescindible. Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado se estará a lo que esta disponga. | Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado se estará a lo que esta disponga. | Citaciones de organismos judiciales y órganos de la Administración. Otros cuyo incumplimiento puede generar responsabilidades de índole civil, penal, social o administrativa: mesas electorales, jurados,... |
PARA REALIZAR FUNCIONES SINDICALES | XXII Convenio Autoescuelas Art.13.e) | Según los términos establecidos legalmente. | Sí | |
PARA ASISTIR A CONSULTA MÉDICA PERSONAL O ACOMPAÑANDO A UN FAMILIAR (HASTA PRIMER GRADO DE CONSAGÜINIDAD) | XXII Convenio Autoescuelas Art.13.g) | El tiempo indispensable | Sí | |
REALIZACIÓN EXÁMENES PRENATALES. TÉCNICAS DE PREPARACIÓN AL PARTO Y EN LOS CASOS DE ADOPCIÓN | XXII Convenio Autoescuelas Art.13.h) Estatuto Trabajadores Art. 37.3 f) | Tiempo indispensable | Sí | Siempre que deban realizarse durante la jornada de trabajo. |
PERMISOS NO RETRIBUIDOS (Asuntos Propios) | XXII Convenio Autoescuelas Art.14 | 15 días de permiso por año | No | La empresa debe concederlo si se solicita al menos con 30 días de antelación. Salvo en casos de urgencia y necesidad justificados que se podrá solicitar con 5 días. Si coincide con otro trabajador de la misma categoría, el empresario será quien decida la conveniencia o no de conceder el permiso. |
CONVENIO NACIONAL DE AUTOESCUELAS
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR MATERNIDAD | XXII Convenio Autoescuelas Art.27. ET Art.48.4 | 16 Semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto múltiple, 2 semanas más por hijo, a partir del segundo. Si el bebé requiere hospitalización podrá ampliarse, a instancias de la madre o el padre. | Sí | 6 semanas obligatorias para la madre. Se podrá optar porque el otro progenitor disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del período de descanso posterior al parto bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre. Las vacaciones si no se hubieran disfrutado antes y coincidieran con este tiempo, se podrán disfrutar aunque haya finalizado el año natural. |
ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO | XXII Convenio Autoescuelas Art.28. ET Art.48.4 | 16 semanas si es menor de 6 años y 2 semanas más por hijo a partir del segundo, en el caso de adopción múltiple. También se ampliará en dos semanas más si el menor tiene discapacidad. | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones, el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo. |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR PATERNIDAD | XXII Convenio Autoescuelas Artículo 27. ET 48 Bis. | 4 semanas, ampliables en dos días más por hijo, a partir del segundo. | Sí | Se puede disfrutar en un periodo que va desde la finalización del permiso por nacimiento (que paga la empresa), hasta que finalice el periodo del permiso de maternidad o inmediatamente después de finalizado éste. Podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador, y conforme se determine reglamentariamente. Deberá preavisarlo con la suficiente antelación. |
NACIMIENTO DE PREMATUROS U HOSPITALIZACIÓN DEL BEBÉ DESPUÉS DEL PARTO | Estatuto Trabajadores Art.37.4 Bis | 1 hora cada día | Sí | La concreción horaria y la determinación del periodo corresponderán al trabajador. Tendrán derecho a él el padre o la madre. |
2 horas cada día | Disminución proporcional xx xxxxxxx | |||
LACTANCIA | XXII Convenio Autoescuelas Art.29 | 1 hora de ausencia que podrán dividir en dos fracciones. A voluntad del trabajador se podrá acumular en jornadas completas equivalente a 20 días naturales. | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre, pero no ambos, a la vez. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones, el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo. Deberá preavisarlo con 15 días de anticipación. |
GUARDA LEGAL O CUIDADO DE FAMILIAR (HASTA 2º GRADO) | XXII Convenio Autoescuelas Art.26 y ET 37.5 | Disminución entre al menos 1/8 y un máximo de la mitad de la jornada | Proporcional a la reducción | Menor de 12 años, persona con discapacidad física, psíquica o sensorial o persona que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí misma sin actividad retribuida. |
PERMISO POR CURSOS DE PERFECCIONAMIENTO | XXII Convenio Autoescuelas Art. 35 | Durante la duración del curso. | Sí | Previo permiso del empresario. |
VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO | ET 37.8 (Ley Orgánica 1/2004. Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género) | Reducción de jornada | Proporcional a la reducción | |
Reordenación del tiempo de trabajo | Sí | Adaptando el horario o flexibilizándolo. | ||
Falta de asistencias | Sí | Se considerarán justificadas cuando los servicios sociales o de salud lo determinen. |
+
CONVENIO COLEGIOS MAYORES UNIVERSITARIOS PRIVADOS
CAUSAS | ARTÍCULO | DURACIÓN | SALARIO | OBSERVACIONES |
LICENCIA MATRIMONIO | VII Convenio Colegios Mayores Art.24 a) | 15 días naturales | Sí | Debe de ser disfrutado inmediatamente después del hecho causante, salvo acuerdo con el empresario. Deberá preavisar con al menos 15 días de antelación |
NACIMIENTO DE UN HIJO, O ENFERMEDAD GRAVE, ACCIDENTE GRAVE, HOSPITALIZACIÓN O FALLECIMIENTO DEL CÓNYUGE O UN FAMILIAR, INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA SIN HOSPITALIZACIÓN QUE PRECISE REPOSO DOMICILIADO (HASTA 2º GRADO) | VII Convenio Colegios Mayores Art.24 b) | 3 días naturales | Sí | En la misma localidad. En caso de hospitalización el permiso se dará por terminado antes de su finalización si el familiar recibe el alta médica. |
5 días naturales | Sí | En el caso de que el trabajador necesite realizar un desplazamiento a una provincia no limítrofe o isla. En caso de hospitalización el permiso se dará por terminado antes de su finalización si el familiar recibe el alta médica. | ||
TRASLADO DE DOMICILIO | VII Convenio Colegios Mayores Art.24 c) | 1 día natural | Sí | Debe preavisarlo con una semana mínima de antelación. |
BODA DE PARIENTES (HASTA 2º GRADO) | VII Convenio Colegios Mayores Art.24 f) | 1 día | Sí | Debe coincidir con el día de la ceremonia. Xxxx preavisarlo con una semana de antelación. |
DEBER INEXCUSABLE, PÚBLICO O PERSONAL | VII Convenio Colegios Mayores Art.24 d) | Tiempo imprescindible. Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado se estará a lo que esta disponga. | Cuando el cumplimiento del deber suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo en más de un 20% de las horas en un período de tres meses, la empresa podrá pasar al trabajador a situación de excedencia forzosa. | Citaciones de organismos judiciales y órganos de la administración. Otros cuyo incumplimiento puede generar responsabilidades de índole civil, penal, social o administrativa: mesas electorales, jurados,... |
PARA REALIZAR FUNCIONES SINDICALES | VII Convenio Colegios Mayores Art.24 e) | Según los términos establecidos legalmente. | ||
EXÁMENES OFICIALES | VII Convenio Colegios Mayores Art.40 | Los días de la celebración de las pruebas. | Sí | Exámenes oficiales que conduzcan al perfeccionamiento y promoción profesional en la empresa, debiendo justificar tanto la formalización de la matrícula, como haber asistido a dichos exámenes. |
REALIZACIÓN EXÁMENES PRENATALES, TÉCNICAS DE PREPARACIÓN AL PARTO Y EN LOS CASOS DE ADOPCIIÓN | VII Convenio Colegios Mayores Art. 24 g). Estatuto Trabajadores Art. 37.3 f) | Tiempo indispensable | Sí | Siempre que deban realizarse durante la jornada de trabajo. |
PERMISOS NO RETRIBUIDOS (Asuntos Propios) | VII Convenio Colegios Mayores Art.25 | 15 días de permiso por año | No | Deberá ser concedido si se solicita con al menos 1 mes de antelación. No se podrá disfrutar otro permiso hasta pasado 12 meses. |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR MATERNIDAD | VII Convenio Colegios Mayores Art. 35. Estatuto Trabajadores Art.48.4 | 16 Semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto múltiple, 2 semanas más por hijo, a partir del segundo. Si el bebé requiere hospitalización podrá ampliarse, a instancias de la madre o el padre. | Sí | 6 semanas obligatorias para la madre. Se podrá optar porque el otro progenitor disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del período de descanso posterior al parto bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo. |
ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO | VII Convenio Colegios Mayores. Art.35. Estatuto Trabajadores Art.45.1d) | 16 semanas si es menor de 6 años y 2 semanas más por hijo a partir del segundo, en el caso de adopción múltiple. | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo. |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR PATERNIDAD | Estatuto de los Trabajadores Art. 48 bis | 4 semanas, ampliables en dos días más por hijo, a partir del segundo. | Sí | Se puede disfrutar en un periodo que va desde la finalización del permiso por nacimiento (que paga la empresa), hasta que finalice el periodo del permiso de maternidad o inmediatamente después de finalizado éste. Podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador, y conforme se determine reglamentariamente. Deberá preavisarlo con la suficiente antelación. |
NACIMIENTO DE PREMATUROS U HOSPITALIZACIÓN DEL BEBÉ DESPUÉS DEL PARTO | Estatuto de los Trabajadores Art.37.4 Bis | 1 hora cada día | Sí | La concreción horaria y la determinación del periodo corresponderán al trabajador. Tendrán derecho a él el padre o la madre. |
2 horas cada día | Disminución proporcional xx xxxxxxx | |||
LACTANCIA | VII Convenio Colegios Mayores Art.26 | 1 hora de ausencia que podrán dividir en dos fracciones. A petición del trabajador se podrá acumular en jornadas completas. | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre, pero no ambos, a la vez. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones el tramo de coincidencia, se disfrutarán a continuación del mismo. Deberá preavisar con 15 días de antelación. |
GUARDA LEGAL O CUIDADO DE FAMILIAR (HASTA 2º GRADO) | VII Convenio Colegios Mayores Art.26 | Disminución entre al menos un 1/8 y un máximo de la mitad de la jornada | Proporcional a la reducción | Menor de 12 años, anciano que requiera especial dedicación o disminuido físico o psíquico sin actividad retribuida. Deberá preavisar con 15 días de antelación |
PERMISO POR CURSOS DE PERFECCIONAMIENTO | VII Convenio Colegios Mayores Art.39. | Durante la duración del curso | Sí | Debe estar autorizado por la empresa |
VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO | ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Artículo 37.8 (Ley Orgánica 1/2004. Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género) | Reducción de jornada | Proporcional a la reducción | |
Reordenación del tiempo de trabajo | Sí | Adaptando el horario o flexibilizándolo. | ||
Falta de asistencias | Sí | Se considerarán justificadas cuando los servicios sociales o de salud lo determinen. |
CONVENIO UNIVERSIDADES PRIVADAS, CENTROS UNIVERSITARIOS PRIVADOS Y CENTROS DE FORMACIÓN DE POSTGRADUADOS
CAUSAS | ARTÍCULO | DURACIÓN | SALARIO | OBSERVACIONES |
LICENCIA MATRIMONIO | VI CONVENIO UNIVERSIDADES PRIVADAS. Artículo 26 a) | 15 días naturales | Sí | Debe de ser disfrutado inmediatamente después del hecho causante, salvo acuerdo con el empresario. Deberá preavisar con al menos 1 semana de antelación |
NACIMIENTO DE UN HIJO, O ENFERMEDAD GRAVE, ACCIDENTE GRAVE, HOSPITALIZACIÓN O FALLECIMIENTO DEL CÓNYUGE O UN FAMILIAR (HASTA 2º GRADO) | VI CONVENIO UNIVERSIDADES PRIVADAS. Artículo 26 b) | 3 días naturales | Sí | En la misma localidad. En caso de hospitalización el permiso se dará por terminado antes de su finalización si el familiar recibe el alta médica. |
5 días naturales | Sí | En el caso de que el trabajador necesite realizar un desplazamiento. | ||
INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA SIN HOSPITALIZACIÓN QUE PRECISE REPOSO DOMICILIADO DE PARIENTES HASTA 2º GRADO | VI CONVENIO UNIVERSIDADES PRIVADAS. Artículo 26 c) | 2 días naturales | Sí | |
4 días naturales | En el caso de que el trabajador necesite realizar un desplazamiento. | |||
TRASLADO DE DOMICILIO | VI CONVENIO UNIVERSIDADES PRIVADAS. Artículo 26 d) | 2 días naturales | Sí | |
BODA DE PARIENTES (HASTA 2º GRADO) | VI CONVENIO UNIVERSIDADES PRIVADAS. Artículo 26 h) | 1 día | Sí | Debe coincidir con el día de la ceremonia. |
DEBER INEXCUSABLE, PÚBLICO O PERSONAL | VI CONVENIO UNIVERSIDADES PRIVADAS. Artículo 26 e) | Tiempo imprescindible. Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado se estará a lo que esta disponga | Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado se estará a lo que esta disponga | Citaciones de organismos judiciales y órganos de la administración. Otros cuyo incumplimiento puede generar responsabilidades de índole civil, penal, social o administrativa: mesas electorales, jurados,... |
EXÁMENES PERFECCIONAMIENTO PROFESIONAL | VI CONVENIO UNIVERSIDADES PRIVADAS. Artículo 26 i) | Los días de la celebración de las pruebas. | Sí | Siempre que no supongan una posibilidad de acceso a otro puesto de trabajo. |
REALIZACIÓN EXÁMENES PRENATALES Y TÉCNICAS DE PREPARACIÓN AL PARTO | VI CONVENIO UNIVERSIDADES PRIVADAS. Artículo 26 j) | Tiempo indispensable | Sí | Siempre que deban realizarse durante la jornada de trabajo. |
PERMISOS NO RETRIBUIDOS (Asuntos Propios) | VI CONVENIO UNIVERSIDADES PRIVADAS. Artículo 26 | 15 días de permiso por año | No | Deberá ser concedido si se solicita con al menos 20 días de antelación si es docente, 15 días si no lo es. |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR MATERNIDAD | VI CONVENIO UNIVERSIDADES PRIVADAS. Artículo 27. ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Artículo 48.4 | 16 Semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto múltiple, 2 semanas más por hijo, a partir del segundo. Si el bebé requiere hospitalización podrá ampliarse, a instancias de la madre o el padre. | Sí | 6 semanas obligatorias para la madre. Se podrá optar porque el otro progenitor disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del período de descanso posterior al parto bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo |
ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO | VI CONVENIO UNIVERSIDADES PRIVADAS. Artículo 27. ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Artículo 45.1d) | 16 semanas si es menor de 6 años y 2 semanas más por hijo a partir del segundo, en el caso de adopción múltiple | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo. |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR PATERNIDAD | VI CONVENIO UNIVERSIDADES PRIVADAS. Artículo 27. ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Artículo 48.4. | 4 semanas, ampliables en dos días más por hijo, a partir del segundo. | Sí | Se puede disfrutar en un periodo que va desde la finalización del permiso por nacimiento (que paga la empresa), hasta que finalice el periodo del permiso de maternidad o inmediatamente después de finalizado éste. Podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador, y conforme se determine reglamentariamente. Deberá preavisarlo con la suficiente antelación. |
NACIMIENTO DE PREMATUROS U HOSPITALIZACIÓN DEL BEBÉ DESPUÉS DEL PARTO | ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Artículo 37. 4BIS | 1 hora cada día | Sí | La concreción horaria y la determinación del periodo corresponderán al trabajador. Tendrán derecho a él el padre o la madre. |
2 horas cada día | Disminución proporcional xx xxxxxxx | |||
LACTANCIA | VI CONVENIO UNIVERSIDADES PRIVADAS. Artículo 27 | 1 hora de ausencia que podrán dividir en dos fracciones. A petición del trabajador se podrá acumular en jornadas completas. El permiso será de 20 días naturales. | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre, pero no ambos, a la vez. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones el tramo de coincidencia, se disfrutarán a continuación del mismo. Deberá preavisar con 15 días de antelación. |
GUARDA LEGAL O CUIDADO DE FAMILIAR (HASTA 2º GRADO) | VI CONVENIO UNIVERSIDADES PRIVADAS. Artículo 27 | Disminución entre al menos un 1/8 y un máximo de la mitad de la jornada | Proporcional a la reducción | Menor de 12 años, anciano que requiera especial dedicación o disminuido físico o psíquico sin actividad retribuida. Deberá preavisar con 15 días de antelación |
PERMISO POR CURSOS DE PERFECCIONAMIENTO | VI CONVENIO UNIVERSIDADES PRIVADAS. Artículo 26 g) | Durante la duración del curso | Sí | Debe estar autorizado por la empresa |
VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO | ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Artículo 37.7 (Ley Orgánica 1/2004. Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género) | Reducción de jornada | Proporcional a la reducción | |
Reordenación del tiempo de trabajo | Sí | Adaptando el horario o flexibilizándolo. | ||
Falta de asistencias | Sí | Se considerarán justificadas cuando los servicios sociales o de salud lo determinen. |