Aprobado mediante Acuerdo de Junta de Gobierno de la Ciudad de 4 de julio de 2022.
Aprobado mediante Acuerdo de Junta de Gobierno de la Ciudad de 4 de julio de 2022.
CATÁLOGO ORIENTATIVO DE CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN A TENER EN CUENTA PARA LOS CONTRATOS FINANCIADOS CON FONDOS PROCEDENTES DEL INSTRUMENTO EUROPEO DE RECUPERACIÓN Y RESTO DE CONTRATOS ESTRATÉGICOS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA XXXX DE TENERIFE.
I.- JUSTIFICACIÓN
Desde la entrada en vigor de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2914/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se establece la obligación para los Órganos de Contratación de velar porque el diseño de los criterios de adjudicación de los contratos permita obtener obras, suministros y servicios de gran calidad, mediante la inclusión de aspectos cualitativos, medioambientales, sociales e innovadores vinculados al objeto del contrato.
En el último trimestre del pasado año se aprobó el presupuesto a largo plazo de la UE, junto con los Fondos Next Generation EU (instrumento temporal concebido para impulsar la recuperación).
En el ámbito nacional, el Gobierno presentó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que se estructura en torno a cuatro grandes ejes transversales: transición ecológica, transformación digital, cohesión social y territorial e igualdad de género.
El artículo 37 de la Ley 4/2021, de 2 xx xxxxxx, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, señala que “Para facilitar el acceso a las pequeñas y medianas empresas, así como a las empresas emergentes, en los procedimientos de contratación se velará especialmente por incorporar de manera transversal criterios de adjudicación o de solvencia sociales y/o medioambientales; de digitalización y de innovación; y de responsabilidad social corporativa, siempre que guarden relación con el objeto del contrato”
Asimismo, el artículo 41 de la misma ley regula los criterios de adjudicación en los siguientes términos:
“La selección de los criterios de adjudicación debe alinearse de forma clara con la mejor relación
calidad-precio, con la idea de valor frente al precio.
Cuando haya una pluralidad de criterios de adjudicación, se priorizarán los criterios evaluables directamente mediante fórmulas. En el caso de que uno de ellos fuere el precio, este criterio supondrá como máximo el 30% del total de puntos de la licitación.
La valoración del precio se efectuará mediante fórmulas logarítmicas que minimicen su impacto, no siendo válidas aquellas en las se puntúe menos a las ofertas más bajas.
Se minimizarán los criterios sujetos a juicio de valor, que no podrán representar más del 40% del total de puntuación. Dichos criterios se podrán someter a valoración de un comité de expertos cuando el importe de la licitación sea superior a dos millones de euros.
Los pliegos deberán incorporar alguno de los siguientes criterios de adjudicación y/o condiciones especiales de ejecución, siempre que guarden relación con el objeto del contrato: mejoras salariales o de las condiciones laborales; estabilidad laboral; incorporación de personas en riesgo de exclusión (incluidas las personas en paro de larga duración); subcontratación con algún centro especial de trabajo o empresa de inserción; cálculo del ciclo de vida; comercio justo; criterios ambientales; de digitalización y de innovación y conocimiento; de fomento de las pymes y las entidades del tercer sector, o igualdad de género y en contratos de suministro de alimentos criterios relativos a su frescura y condiciones de producción.”
Considerando que el Ayuntamiento de Santa Xxxx de Tenerife aspira a ser beneficiario de multitud de subvenciones procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación, se considera conveniente proporcionar a la Organización todos aquellos modelos o guías que faciliten la gestión de los contratos públicos.
En este sentido, la correcta elección y configuración de los criterios de adjudicación es uno de los aspectos más relevantes en la tramitación de la licitación, pues deben vincularse los principios básicos de la contratación pública con las concretas necesidades de la Administración, que siempre han de responder a la satisfacción del interés general. Esta circunstancia se hace aún más esencial en aquellos contratos financiados con fondos Next Generation o que estén directamente relacionados con el Instrumento Europeo de Recuperación, pues en ellos se refuerza aún más si cabe la idea de valor frente al precio, a la vista de los cuatro ejes transversales de los que parte todo proyecto: transición ecológica, transformación digital, cohesión social y territorial, e igualdad de género.
Por tanto, es necesario contar con un amplio abanico de posibilidades a escoger como criterio de adjudicación en el diseño de los pliegos, con el fin de facilitar en la medida de lo posible la tarea de utilizar criterios que respondan de forma clara a la mejor relación calidad-precio, y que a su vez cumplan con los demás requisitos que la LCSP prevé a estos efectos: criterios relacionados con el objeto del contrato, y formulados con pleno respeto a los principios de igualdad, no discriminación, transparencia y proporcionalidad, sin conferir al órgano de contratación una libertad de decisión ilimitada.
Así, con el objeto de facilitar a los servicios promotores de contratos el establecimiento de criterios de adjudicación, se elabora este documento para recopilar una batería de criterios que servirán de guía y de referencia para su inclusión en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares. Los criterios que se relacionan a continuación se tendrán en cuenta, fundamentalmente, en la licitación de contratos financiados a través de fondos Next Generation, por lo que se ha optado por dividirlos en cuatro grandes bloques coincidentes con los cuatro
ejes transversales que presiden el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Asimismo, se pretende que sirvan de apoyo para la utilización de la contratación pública como una herramienta estratégica.
En la GUÍA BÁSICA PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, elaborada por
la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación, se prevé como medida de agilización de los procedimientos la “adecuada reflexión sobre los criterios de adjudicación y propiciar la máxima utilización de aquellos de valoración automática, que pueden referirse perfectamente a mejoras cualitativas de las prestaciones.
De este modo pueden quedar reducidos al mínimo imprescindible aquellos criterios que precisan informe técnico, con el consiguiente ahorro temporal.” xxxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/XXX/XXXxXxxx/xxxxxxxx-xxxxx-xxxxxxxxxx/xxxx-xxxxxx-xxxx- recuperacion.pdf
En las ORIENTACIONES PARA LA INCORPORACIÓN DE CRITERIOS TRANSVERSALES PARA LA EJECUCIÓN DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, elaboradas por el
Comité Técnico para el PRTR, de 25 de octubre de 2021, se recomienda que “Para redactar los pliegos de cláusulas administrativas particulares (en adelante PCAP)y los pliegos de prescripciones técnicas(en adelante PPT) de los contratos financiados a través del servicio 50 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se recomienda incorporar criterios de valoración o condiciones especiales de ejecución en los pliegos, de carácter medioambiental, digital, de innovación, de potenciación de PYMEs y de responsabilidad social, siempre que se consideren necesarios y que estén amparados por la norma legal correspondiente, y en todo caso, que estén directamente relacionados con el objeto del contrato, considerando que el artículo 99.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, establece que la definición del objeto del contrato podrá tener en cuenta consideraciones tecnológicas, ambientales y sociales (entre estas últimas quedarían incluidas las de género)” xxxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xx- recuperacion/normativa/Documents/orientaciones-caracter-transversal.pdf.
II.- REQUISITOS Y ASPECTOS A TENER EN CUENTA EN LA ELECCIÓN Y CONFIGURACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
El catálogo de criterios de adjudicación contenido en el presente documento constituye una lista no exhaustiva que podrá ser utilizada como guía para cualquier contrato y por cualquier servicio de la Corporación. Son criterios formulados con carácter general y orientativo, requiriéndose su adaptación y modulación en función del contrato de que se trate y la configuración del mismo, de tal manera que siempre se cumplan con los requisitos previstos en el artículo 145 de la LCSP.
Por tanto, cualquiera que sea el criterio de adjudicación que se escoja, todos deben cumplir los siguientes requisitos:
• Estar vinculados al objeto del contrato y para ello el criterio debe referirse bien directamente a las prestaciones en sí mismas objeto del contrato (obras, suministro y
servicios), o bien a través de los factores que intervienen en alguno de los procesos indicados de sus ciclos de vida.
• Ser específicos y cuantificables objetivamente.
• Respetar el Derecho europeo (en concreto, el principio de no discriminación y libre prestación de servicios y de establecimiento).
• Publicarse previamente.
• Permitir realizar una evaluación comparativa del nivel de rendimiento de cada oferta respecto del objeto del contrato tal y como se define en las especificaciones técnicas, es decir, que pueda afectar de manera significativa a la ejecución del contrato.
• Ser objetivo y garantizar el principio de transparencia, no discriminación e igualdad de trato (es decir, debe recaer sobre el objeto a valorar y depender de factores comprobables apreciables).
• Ser un criterio que permita obtener obras, servicios y suministros de gran calidad que responda lo mejor posible a sus necesidades.
• Justificarse de forma adecuada los criterios de adjudicación en el expediente.
• Siempre que sea posible, se utilizarán criterios objetivos que pueden ser valorables, por ejemplo, a través de fórmulas de carácter medioambiental, digital, de innovación, de potenciación de pymes y de responsabilidad social, incluida la igualdad de género, que deben estar siempre relacionados con el objeto del contrato (teniendo en cuenta que en la definición de dicho objeto se habrán incluido consideraciones tecnológicas, ambientales y sociales, acorde con el artículo 99.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre), y siempre que sean esenciales para la ejecución del contrato.
• La vinculación del criterio de adjudicación con el objeto del contrato, ha de permitir siempre evaluar comparativamente el rendimiento de las ofertas sobre el objeto contrato, según se defina en los PPT.
Por otra parte, y en relación a las condiciones especiales de ejecución, debe recordarse que son compatibles con los criterios de adjudicación: si la cláusula de que se trate se considera como un valor añadido que deben aportar las proposiciones de los licitadores a la ejecución del contrato, se establecerá como criterio de adjudicación, pero si por el contrario, se pretende imponer una obligación (ya sea social, medioambiental, o de innovación), al contratista en la ejecución del contrato no exigida por la legislación sectorial, se deberá configurar como una condición especial de ejecución del contrato.
Cuando la misma temática, por ejemplo, de igualdad de género, figure en ambos apartados, puede y debe haber plena coherencia entre ambos, de tal forma que las condiciones de ejecución establezcan cuál es el nivel mínimo y obligatorio para cualquier empresa licitadora, mientras que lo que se valore a través de los criterios de adjudicación sean siempre compromisos voluntarios que vayan más allá de ese mínimo obligatorio (ORIENTACIONES PARA LA INCORPORACIÓN DE CRITERIOS TRANSVERSALES PARA LA EJECUCIÓN DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA).
En todo caso, en aquellos contratos en los que se hayan establecido condiciones especiales de ejecución de carácter social, medioambiental o de innovación, o en los que para su adjudicación se hayan valorado las ofertas conforme a criterios de adjudicación sociales, medioambientales, o de innovación, deberá recogerse en los pliegos o en el documento contractual la forma en que se llevará a cabo por parte del órgano de contratación, a través del responsable del contrato, la verificación de su efectivo cumplimiento.
CATÁLOGO ORIENTATIVO DE CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
1º CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN RELACIONADOS CON EL EJE “TRANSICIÓN ECOLÓGICA”
Tal y como prevé el artículo 31 de la Ley 7/2021, de 20 xx xxxx, de cambio climático y transición energética, y el artículo 1.7 del Plan de medidas de ahorro y eficiencia energética de la Administración General del Estado y las entidades del sector público institucional estatal, (Orden PCM/466/2022, de 25 xx xxxx), y de conformidad con la LCSP, en toda contratación pública se deben incorporar de manera transversal y preceptiva criterios medioambientales y de sostenibilidad energética cuando guarden relación con el objeto del contrato, que deberán ser objetivos, respetuosos con los principios informadores de la contratación pública y figurar, junto con la ponderación que se les atribuya, en el pliego correspondiente.
En la medida en que una de las cuatro líneas directrices del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia es la transición ecológica, se recomienda hacer una interpretación extensiva de esta obligación, e incluirlo como criterios de selección y criterios de valoración en la medida de lo posible.
Título del criterio | VÍAS DE GESTIÓN DE LOS RESIDUOS |
Tipo de criterio | CA /CJV* |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | La gestión de los residuos generados por las dependencias o unidades, que puede ser de muy diversa índole (desde la que genera una oficina administrativa, pasando por una instalación deportiva o el zoo) debe ser la adecuada a cada tipo de residuo que sea necesario gestionar de forma que se garantice el cumplimiento de la normativa vigente en cada caso. Con el objetivo de fomentar la priorización y promoción de la economía circular, y un tratamiento medioambientalmente óptimo de cada uno de los |
residuos se propone valorar la mejor oferta de gestión de los residuos a partir de una tabla que muestra las vías posibles de gestión de cada residuo asociadas a una puntuación, superior cuando se trata de tratamiento e inferior cuando se trata de eliminación. En función del tipo de residuo generado, se valora con mejor puntuación el compromiso del licitador de optar por la vía de gestión medioambientalmente más eficiente | |
Ejemplo de redacción del criterio | En función de las vías de gestión escogidas por los licitadores, se otorgará la puntuación indicada en cada apartado de la siguiente tabla: "Residuo1: [Derribos] 1. Valorización. Explicación 1.A: Reciclaje o recuperación de otras sustancias inorgánicas PUNTUACIÓN OPCIÓN 1A: 1 PUNTO 2. Eliminación. Explicación 2.A: Depósito controlado en lugares especialmente diseñados PUNTUACIÓN OPCIÓN 2A: 0,25 PUNTOS Residuo2: [Envases contaminados] 1. Valorización: Explicación 1.A: Recuperación, reutilización y regeneración de envases PUNTUACIÓN OPCIÓN 1A: 1 PUNTO 2. Eliminación: Explicación 2A: Depósito controlado en lugares especialmente diseñados PUNTUACIÓN OPCIÓN 2A: 0,25 PUNTOS Explicación 2B: Tratamiento físico-químico que dé como resultado compuestos o mezclas eliminan mediante uno de los procedimientos numerados de D1 a D12 PUNTUACIÓN OPCIÓN 2B: 0,5 PUNTOS Explicación 2C: Incineración en la tierra PUNTUACIÓN OPCIÓN 2C: 0,25 PUNTOS Residuo N: [...]" También podría configurarse como criterio sujeto a juicio de valor: “Se valorará con 10 puntos la entrega por parte del licitador de un plan de gestión de residuos generados durante la ejecución del contrato que deberá contener lo siguiente: - Listado de residuos que se prevé generar - Medidas para la recogida y ordenación de los residuos generados en la ejecución del contrato - Listado de gestores de residuos que se encargarán del transporte de los residuos generados (incluyendo los documentos que acreditan que están autorizados)”. |
*CA: Criterio automático. CJV: Criterio sujeto a juicio de valor
Título del criterio | EFICIENCIA ENERGÉTICA |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | Favorecer el uso de equipos más eficientes energéticamente. Contratos donde se usen los siguientes productos: - aparatos de aire acondicionado - cocinas (de uso doméstico) - lavavajillas (de uso doméstico) - radiadores y calentadores de agua - lámparas - aparatos de calefacción local - aparatos de refrigeración (de uso doméstico) - aparatos de refrigeración (de uso profesional) - calderas de combustible sólido - televisores - secadoras - neumáticos - unidades de ventilación (residenciales) - lavadoras (de uso doméstico). - Ordenadores - Equipamiento de informática - Aspiradoras y equipamiento de limpieza - Lámparas y bombilla - Todo equipo que consuma energía no incluido en la lista anterior. |
Ejemplo de redacción del criterio | Uso de equipos más eficientes (ejemplo 1): Se valorará con hasta 20 puntos el uso de equipos de mayor eficiencia energética conforme al etiquetado energético establecido por la UE en el Reglamento UE 2017/1369 de la siguiente manera: Por el compromiso de usar el 50% o menos de productos con eficiencia energética tipo A = 0 puntos. Por el incremento de ese porcentaje, se puntuará usando la siguiente fórmula: P = 20*(% de incremento/50). El licitador deberá presentar la ficha técnica de los equipos que pretenda usar durante la ejecución del contrato donde consten sus características. Uso de equipos más eficientes (ejemplo 2): Se valorará con hasta 20 puntos el uso de equipos de mayor eficiencia energética conforme al etiquetado energético establecido por la UE en la Directiva Europea 2010/30 de la siguiente manera: Por cada 10 % de productos con etiqueta A+++ 2 puntos Por cada 10 % de productos con etiqueta A++ 1 punto Por cada 10 % de productos con etiqueta A+ 0,5 puntos El licitador deberá presentar la ficha técnica de los equipos que pretenda usar durante la ejecución del contrato donde consten sus características. |
Título del criterio | REDUCCIÓN DEL CONSUMO DE AGUA |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | El agua es un recurso escaso (aún más en entornos como el de Canarias) cuya eficiencia es capital para lograr un desarrollo sostenible. El artículo 145.h de la LCSP habla del empleo de medidas de ahorro y eficiencia de recursos como uno de los criterios a valorar. Se podrá utilizar este criterio en contratos donde haya un claro consumo de agua como: - Limpieza - Jardinería - Renovación de instalaciones - Construcción de viviendas |
Ejemplo de redacción del criterio | Reducción del consumo de agua Se valorará hasta con 10 puntos el empleo de dispositivos de ahorro de agua en los grifos que se instalen. Entre un 75 y un 100% - 10 puntos Entre un 50 y un 75% - 5 puntos Menos de un 50% - 0 puntos El licitador deberá presentar la ficha técnica de los elementos que pretenda usar durante la ejecución del contrato donde consten sus características. |
Título del criterio | PARA LA MEJORA EN LOS NIVELES DE EMISIÓN DE RUIDO DE LOS EQUIPOS PROPORCIONADOS |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | En la adquisición de productos o en la compra de servicios que los incorporen, y para evitar ya sea a los usuarios de los productos (equipos informáticos) como a la ciudadanía (servicios, obras), las molestias ocasionadas por una contaminación acústica cada vez más problemática, se propone la incorporación de un criterio de adjudicación que valore los niveles más bajos de emisión de ruidos en la adquisición de determinados productos o en su incorporación en servicios u obras. Se puede incentivar la presentación de ofertas que valoren estos niveles más bajos de ruido, respecto de los estándares mínimos exigibles normativamente. Valora el suministro de equipos informáticos con niveles de emisión de ruidos inferiores a los estándares indicados en los pliegos. Puede extrapolarse a la adquisición o uso de otros aparatos que emitan ruidos o causen contaminación acústica. |
Ejemplo de redacción del criterio | Por la mejora, en el 95% de los equipos suministrados, los niveles de emisión de ruido LWAd (declarado A- Weigthed sound power level) según norma EN ISO 7779 y expresados según EN ISO 9296: 1988 o equivalentes, hasta XX puntos. Reducción de 10 dB sobre el máximo permitido (75dB) ............ XX puntos Reducción de 20 dB sobre el máximo permitido (75dB) XX puntos |
Título del criterio | INCLUSIÓN DEL CÁLCULO DETALLADO DE LA HUELLA DE CO2eq Y DEL COSTE ENERGÉTICO DE LOS MATERIALES Y DE LA MAQUINARIA |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | Disponer de esta información dota al proyecto (en este caso de obras) del conocimiento sobre la sostenibilidad de los materiales y técnicas constructivas empleadas, que contribuye a la reducción de emisiones. |
Ejemplo de redacción del criterio | Se valorará la inclusión del cálculo pormenorizado de la huella de CO2eq y del coste energético de los materiales y de la maquinaria durante la construcción, teniendo en cuenta tanto los trabajos a desarrollar como los materiales que se emplearán en la construcción. Este punto responde a medidas de contratación pública sostenible, considerando que disponer de esta información dota al proyecto del conocimiento sobre la sostenibilidad de los materiales y técnicas constructivas empleadas. Inclusión del cálculo detallado: XX puntos No inclusión: 0 puntos |
Título del criterio | CALIDAD AMBIENTAL DE VEHÍCULOS |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | Enmarcado en la reducción de emisiones y en el fomento de una movilidad más sostenible, el criterio valora la mejor calidad ambiental de los vehículos dedicada a la ejecución del contrato, en base a los distintivos ambientales regulados por la DGT ya partir de los mínimos legales establecidos. Contratos donde se usen vehículos como pueden ser: - Obras - Servicio de limpieza viaria - Servicio de recogida de residuos - Transporte de personas |
Ejemplo de redacción del criterio | Opción 1: Se calculará la puntuación obtenida proporcionalmente en base al porcentaje de vehículos con distintivo "ECO" o "0 emisiones" sobre el total de vehículos, de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntuación = (número de vehículos ECO y "0 emisiones" / número total de vehículos) * Puntos máximos Opción 2: Se valorará con hasta 20 puntos el uso de vehículos de determinadas características para la ejecución del contrato conforme a la siguiente escala: Más del 50% de los vehículos con etiqueta CERO → 20 puntos Entre 25 y 50% de vehículos con etiqueta CERO → 10 puntos |
Más del 50% de los vehículos con etiqueta ECO → 10 puntos Entre 25 y 50% de vehículos con etiqueta ECO → 5 puntos En cualquier referencia a las etiquetas debe entenderse incluida la expresión “o equivalente” para permitir al licitador certificar que su vehículo cumple las características requeridas aunque no tenga la etiqueta. El licitador deberá presentar la ficha técnica de los vehículos que pretenda usar durante la ejecución del contrato donde consten sus características. Opción 3: Se valorará con hasta 20 puntos el uso de vehículos con distintos niveles de consumo de combustible para la ejecución del contrato conforme a la siguiente escala: Más del 50% de los vehículos con etiqueta CERO → 20 puntos Entre 25 y 50% de vehículos con etiqueta CERO → 10 puntos Más del 50% de los vehículos con etiqueta ECO → 10 puntos Entre 25 y 50% de vehículos con etiqueta ECO → 5 puntos Entre el 25 y 50% de Vehículos con combustible gasolina o combustible diésel con nivel de emisiones EURO 6/VI 2,5 puntos El licitador deberá presentar la ficha técnica de los vehículos que pretenda usar durante la ejecución del contrato donde consten sus características. |
Título del criterio | RECLICLABLIDAD O REUTILIZACIÓN POTENCIAL DE LOS ENVASES |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | Fomenta la distribución y uso de envases con un índice de reciclabilidad o posibilidades de reutilización más alto, a fin de incidir en la minoración de la generación de residuos durante la ejecución del contrato y hacer un uso más sostenible. |
Ejemplo de redacción del criterio | Sostenibilidad de los envases: Productos envasados con envase exclusivo y reutilizable XX puntos Productos envasados con envase no reutilizable pero reciclable, compostable y ecológico XX puntos Productos envasados con envase no reutilizable, no reciclable, ni compostable ni ecológico 0 puntos |
Título del criterio | PRODUCTOS DE PROXIMIDAD (CON MENOS EMISIONES DE CO2) |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | El criterio vincula y valora la proximidad de la producción de determinados productos agrícolas a la reducción de emisiones de gases contaminantes y por tanto una mayor eficiencia ambiental en el suministro, en este caso de los alimentos. Tiene la voluntad de promover la reducción de las emisiones de dióxido de carbono (CO²) y de gases de efecto invernadero (GEI) en el transporte de los productos necesarios para llevar a cabo el servicio de alimentación objeto del contrato. |
Ejemplo de redacción del criterio | Se han seleccionado catorce productos entre verduras, féculas, legumbres y frutas y se ha establecido una puntuación máxima por producto, proporcional a su volumen de consumo en los menús escolares. Estos productos son los indicados en la siguiente tabla. Para cada uno de ellos es necesario que los licitadores indiquen el nombre del productor y la dirección completa de la finca agrícola donde se producen los diferentes alimentos (en la primera columna es necesario poner únicamente el código postal, y en la segunda se escribirá el nombre del productor, dirección, población y país de procedencia). Para cada uno de estos productos se otorgará la máxima puntuación al licitador que presente el producto que menos distancia haya recorrido desde el punto de producción hasta el lugar determinado, cero puntos al producto que venga de más lejos y al resto de forma proporcional. |
Título del criterio | SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL Y ACCIONES MEDIOAMBIENTALES APLICAR EN EL SERVICIO |
Tipo de criterio | CJV |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | Si no se incorporan a la licitación como criterio de solvencia técnica (art. 90.1.f) LCSP 9/2017) , se podrá valorar de forma general o concretándola a partir de los mínimos exigidos en los pliegos, la propuesta de sistema de gestión ambiental o de acciones ambientales dirigidas a paliar las externalidades ambientales negativas que pueda producir el servicio y en general todos aquellos aspectos medioambientales que sea preceptivo calcular, limitar o controlar, y por los que se quiera buscar una mejora cualitativa de los aspectos de control o de los resultados. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | AMPLIACIÓN DE LA OFERTA DE FRUTAS Y VERDURAS DE AGRICULTURA ECOLÓGICA |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Ponderación máxima recomendada | - |
Descripción/justificación | En los servicios de comedor permanentes, según se hayan establecido los requerimientos técnicos obligatorios sobre origen y calidad de los productos, el órgano de contratación incorporará como criterio de adjudicación valorable la ampliación de la oferta de frutas y verduras de agricultura ecológica más allá de los mínimos requeridos, cuando así se haya establecido. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | USO DE PRODUCTOS CON ETIQUETA ECOLÓGICA |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | Favorecer el uso de productos cuya comercialización y uso tiene un menor impacto en el medioambiente. Fomentar el uso de productos con etiqueta ecológica |
Ejemplo de redacción del criterio | -OPCIÓN 1: Uso de productos con etiqueta ecológica (ejemplo 1): Se valorará hasta con 20 puntos que los licitadores usen los siguientes productos [identificar cuales] que deben cumplir con los criterios [X e Y] de la etiqueta ecológica de la UE para [tipo de producto que se utilizará], o equivalente, conforme a la siguiente escala: Por cada producto de la lista que se comprometa a usar = X puntos. Para su verificación el licitador debe proporcionar una lista de productos que se utilizarán durante la ejecución del contrato y aportar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos. Uso de productos con etiqueta ecológica (ejemplo 2): Se valorará hasta con 20 puntos que los licitadores usen los siguientes productos [identificar cuales] que deben cumplir con los criterios [X e Y] de la etiqueta ecológica de la UE para [tipo de producto que se utilizará], o equivalente, conforme a la siguiente fórmula: P = (20*O)/mo. Donde P = puntuación asignada a dicha oferta, O = volumen de compras que representan los productos con etiqueta ecológica sobre el total de la oferta y mo = volumen de compras que representan los productos con etiqueta ecológica sobre el total en la mejor oferta. Para su verificación el licitador debe proporcionar una lista de productos que se utilizarán durante la ejecución del contrato y aportar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos. -OPCIÓN 2: -Utilizar productos ecológicos que dispongan de una eco etiqueta oficial (eco etiqueta europea, distintivo |
de garantía de calidad ambiental, Xxxxx Azul o equivalentes) a excepción de los desinfectantes: X puntos -Utilizar todos los envases ecológicos, elaborados con materiales biodegradables: X puntos -Papel higiénico 100% reciclado y libre de cloros, ni coloreado ni perfumado: X puntos |
Título del criterio | SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD PROCEDENTE XX XXXXXXX RENOVABLES POR DELANTE DE LA DE COGENERACIÓN DE ALTA EFICIENCIA |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | En los contratos de suministro de electricidad, a medida que los contratos incorporen y consoliden la contratación de electricidad verde, el órgano de contratación podrá incorporar como criterio de adjudicación la disponibilidad de las empresas para suministrar electricidad procedente xx xxxxxxx renovables por delante de la que procede de cogeneración de alta eficiencia. A tal efecto, las empresas licitadoras tendrán que presentar en su oferta la documentación del registro de garantía de origen de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia con un saldo positivo (saldo vivo) desglosado por renovables y cogeneración de alta eficiencia. El seguimiento de este criterio se podrá realizar a partir del detalle de los datos del informe anual de garantías de origen, tal y como se ha descrito, sin necesidad de información adicional. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | OFERTA DE PORCENTAJE DE ELECTRICIDAD VERDE CON GARANTÍA DE ORIGEN |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | En los contratos de servicios con uso intensivo de electricidad, y en aquellos de gestión de equipamiento, servicios o instalaciones, el órgano de contratación valorará el porcentaje de electricidad verde con garantía de origen en las ofertas. Adicionalmente, se podrá establecer un porcentaje mínimo. El órgano de contratación podrá aceptar, y hacerlo constar así en el pliego, el compromiso del adjudicatario de renegociar su contrato de suministro eléctrico dentro del primer año de contrato con el fin de adecuarse el porcentaje ofrecido o requerido. En casos de servicios con instalaciones o equipos que no son de uso exclusivo del [órgano de contratación], el porcentaje de electricidad verde hará referencia al porcentaje imputable al [órgano de contratación] del total del servicio. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | INCREMENTO PROGRESIVO DE SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD VERDE CON GARANTÍAS DE ORIGEN |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | Se valorará, en los contratos de servicios energéticos, que se considere un progresivo incremento del suministro de electricidad verde con garantías de origen. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | COMPENSACIÓN DE LAS EMISIONES DE CO2 DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO SIN GARANTÍA DE ORIGEN |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | En los contratos de servicios con uso intensivo de electricidad, y aquellos de gestión de equipamientos, servicios o instalaciones, el órgano de contratación podrá valorar que la empresa compense las emisiones de CO2 correspondientes al suministro eléctrico sin garantía de origen. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | CONSTRUCCIÓN CON MADERA |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | El órgano de contratación podrá establecer criterios para promover un uso más extendido de la madera como material de construcción sostenible y renovable. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | MATERIALES PROVENIENTES DE RECURSOS RENOVABLES |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | El órgano de contratación puede establecer en los pliegos de redacción de proyectos de obras una lista de criterios de exclusión para materiales de construcción, como son materiales que contienen metales pesados, materiales clasificados como tóxicos, cancerígenos, mutágenos, peligrosos para la capa de ozono, o muy tóxicos para los organismos acuáticos. Asimismo, el órgano de contratación puede valorar las características ambientalmente positivas de los materiales de construcción o podrá establecer la obligatoriedad de cumplir criterios ambientales para ciertos materiales o familias de productos, como pueden ser, por ejemplo: • El porcentaje de materiales provenientes de recursos renovables |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | MATERIALES ELABORADOS CON MATERIA RECICLADA |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | El órgano de contratación puede establecer en los pliegos de redacción de proyectos de obras una lista de criterios de exclusión para materiales de construcción, como son materiales que contienen metales pesados, materiales clasificados como tóxicos, cancerígenos, mutágenos, peligrosos por a la capa de ozono, o muy tóxicos para los organismos acuáticos. Asimismo, el órgano de contratación puede valorar las características ambientalmente positivas de los materiales de construcción o podrá establecer la obligatoriedad de cumplir criterios ambientales para ciertos materiales o familias de productos, como pueden ser, por ejemplo: • El porcentaje de materiales elaborados con materia reciclada |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | ADOPCIÓN DE UN SISTEMA DE ENVASES DE TRANSPORTE XX XXXXX REUTILIZABLES |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | En función del objeto del contrato, el órgano de contratación valorará determinadas prácticas, como la adopción de un sistema de envases de transporte xx xxxxx reutilizables con los proveedores. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | LIMITACIÓN DE LA PRESENCIA DE SUSTANCIAS QUÍMICAS EN EL PRODUCTO FINAL |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | A título de ejemplo y a modo orientativo: en la adquisición de vestuario con imagen corporativa del Ayuntamiento el órgano de contratación podrá valorar que las principales prendas de vestuario cumplan con los requisitos de limitación de la presencia de sustancias químicas en el producto final, tal y como define el estándar Xxxx -Xxx 000, Made in Xxxxx o equivalente. |
Ejemplo de redacción del criterio | Reducción del uso de sustancias tóxicas y la reducción de impactos ambientales durante el proceso de producción, según los criterios por el tipo de sustancias químicas y valores límite establecidos en la Ecoetiqueta europea: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx /ecolabel), el Cisne Nórdico o equivalente: 2 puntos |
Se valorará el número de tejidos que cumplan estos criterios respecto al número total de tejidos presentes en la oferta. El ofertante deberá especificar este número, así como presentar el cumplimiento de los criterios (mediante la posesión de la Etiqueta Ecológica Europea en lo referente a los textiles, el Cisne Nórdico o equivalentes). Los puntos se otorgarán según número de tejidos de bajo impacto ambiental de la siguiente forma: 1 punto. entre 5-50% 2 puntos. Más del 50%. El desempeño de este criterio se demostrará mediante la posesión de la etiqueta ecológica europea xxx Xxxxx Nórdico en lo referente a los textiles, o equivalente. |
Título del criterio | VIDA ÚTIL DE LAS BATERÍAS EN VEHÍCULOS ELÉCTRICOS E HÍBRIDOS ENCHUFABLES: GARANTÍA SUPERIOR EN EL MÍNIMO ESTABLECIDO |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | En los vehículos eléctricos e híbridos enchufables, a partir de la garantía mínima establecida como requerimiento en las especificaciones técnicas, y de acuerdo con los valores indicados en la tabla siguiente: - una garantía mínima sobre las baterías de X años o 1.000 ciclos de recarga. - una garantía de mantenimiento de la capacidad de carga de la batería de, al menos, el X% después N km (calculado según la norma EN 62660 o equivalente) o X años. El órgano de contratación podrá valorar que los licitadores ofrezcan una mayor garantía. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | EMISIONES DE GASES CONTAMINANTES: DISTINTIVO AMBIENTAL SUPERIOR AL MÍNIMO REQUERIDO |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | En caso de vehículos térmicos e híbridos no enchufables, la unidad promotora del contrato establecerá un Distintivo Ambiental mínimo requerido, e incorporará, como criterio de adjudicación valorable, disponer de un Distintivo superior. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | NIVELES DE EMISIÓN DE CO2 INFERIORES MÁXIMO INDICADO |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | Art. 28.2 y 145.2.1º LCSP (uso de medidas de ahorro y eficiencia energética). La unidad promotora del contrato incorporará como criterio de adjudicación valorable, que los vehículos, con los requerimientos de potencia indicados, presenten niveles de emisiones de CO2 inferiores al nivel de emisiones máximo indicado. Para los vehículos de las categorías M1 y N1, la unidad promotora establecerá un valor máximo de emisiones de CO2 a partir de la consulta de la información técnica disponible y de la información recogida en la base del IDAE. |
Ejemplo de redacción del criterio |
Título del criterio | EQUIPAMIENTO DEL VEHÍCULO CON NEUMÁTICOS EFICIENTES |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | Art. 28.2 y 145.2.1º LCSP (uso de medidas de ahorro y eficiencia energética). La unidad promotora, en función de sus necesidades y del uso previsto por los vehículos, valorará el equipamiento del vehículo con neumáticos eficientes para algunos de los aspectos definidos en la normativa de etiquetado de neumáticos. Por ejemplo: en vehículos para uso urbano sin requerimientos especiales se valorará neumáticos de clase B o superior en ahorro de combustible y "bajo" en emisiones de ruido. |
Ejemplo de redacción del criterio | En los contratos de suministro de adquisición de vehículos eléctricos y térmicos, se valorará como criterio de adjudicación que los vehículos estén equipados con neumáticos eficientes en alguno de los aspectos definidos en la normativa de etiquetado de neumáticos, que recoge el Reglamento (CE) 1222/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2009. |
Título del criterio | MATERIA PRIMERA RECICLADA O SOSTENIBLE EN MATERIALES |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | Art. 28.2 y 145.2.1º LCSP (uso de medidas de ahorro y eficiencia energética). Otros materiales: fomentar y valorar positivamente las ofertas que incluyan materiales con las características siguientes: productos y artículos con el máximo de materia prima reciclada o, por defecto, |
de materias primas sostenibles o con garantías de producción u origen sostenibles. | |
Ejemplo de redacción del criterio | Ejemplo: en los contratos de servicios asociados a la organización de una exposición, se valorará como criterio de adjudicación que las ofertas prevean la realización del objeto con materiales elaborados con el máximo de materias primas recicladas o, por defecto, de materias primas sostenibles o con garantías de producción u origen sostenibles. |
Título del criterio | OTRAS CALIDADES AMBIENTALMENTE POSITIVAS EN MATERIALES |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | Art. 28.2 y 145.2.1º LCSP (uso de medidas de ahorro y eficiencia energética). Otros materiales: fomentar y valorar positivamente las ofertas que incluyan materiales con las siguientes características: Productos y artículos con otras cualidades ambientalmente positivas, especialmente las que sean fruto de la aplicación de herramientas de ecodiseño, que prevean también aspectos como la eliminación de productos o sustancias tóxicas, la durabilidad y la facilidad para la reutilización o el reciclaje, entre otros, como los que establecen las ecoetiquetas de tipo I (Distintivo de Garantía de Calidad Ambiental, el Xxxxx Azul, el Cisne Nórdico o similares). |
Ejemplo de redacción del criterio | Ejemplo: en los contratos de servicios asociados a la organización de una exposición, se valorará como criterio de adjudicación que las ofertas prevean la realización del objeto con materiales caracterizados por calidades fruto de la aplicación de herramientas de ecodiseño; la eliminación de productos o sustancias tóxicas; la durabilidad y la facilidad para la reutilización o el reciclaje, entre otros, como los que establecen las ecoetiquetas de tipo I (Distintivo de Garantía de Calidad Ambiental, el Xxxxx Azul, el Cisne Nórdico o similares). |
Título del criterio | COMPENSACIÓN DE LAS EMISIONES DE CO2 DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO SIN GARANTÍA DE ORIGEN |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | En los contratos de servicios con uso intensivo de electricidad, y aquellos de gestión de equipamientos, servicios o instalaciones, el órgano de contratación podrá valorar que la empresa compense las emisiones de CO2 correspondientes al suministro eléctrico sin garantía de origen. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | MATERIALES DE ALTA RESISTENCIA Y BAJO MANTENIMIENTO |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | Art. 28.2 y 145.2.1º LCSP (uso de medidas de ahorro y eficiencia energética. Otros materiales: fomentar y valorar positivamente las ofertas que incluyan materiales con las siguientes características: Materiales de alta resistencia y bajo mantenimiento. Preferiblemente con un diseño pensado para facilitar su reutilización y que sean aprovechables en distintas situaciones. |
Ejemplo de redacción del criterio | Ejemplo: en los contratos de servicios asociados a la organización de una exposición, se valorará como criterio de adjudicación que las ofertas prevean la realización del objeto con materiales de alta resistencia y bajo mantenimiento, preferiblemente con un diseño pensado para facilitar su reutilización y que sean aprovechables en diferentes situaciones. |
Título del criterio | MÁS AÑOS DE GARANTÍA RESPECTO A LOS 3 OBLIGATORIOS (CUALQUIER EQUIPO INFORMÁTICO) |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | Para cualquier equipo informático, adicionalmente, el órgano de contratación valorará los años de ampliación de la garantía ofrecidos por el suministrador, más allá de los 3 años de garantía mínima. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | MEJORAS EN LA DURABILIDAD DEL MATERIAL |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | Incorporar en los criterios de valoración aspectos relativos a fases posteriores del ciclo de vida, desde el punto de vista ambiental, como son criterios relacionados con la durabilidad y el mantenimiento de materiales y productos, incluida su selección en función del uso, dimensionamiento adecuado o las posibilidades de reutilización. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | REALIZACIÓN DE ENSAYOS DE TRANSMITANCIA TÉRMICA PARA LA MEJORA DEL CONTROL DE CALIDAD, EFICIENCIA Y AHORRO ENERGÉTICOS DE LOS CERRAMIENTOS |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | Se valorarán las mejoras en el control de la calidad, la eficiencia energética y el ahorro energético de los cierres con la realización de ensayos de comprobación de la transmitancia térmica (termografías), más allá de lo que se establece preceptivamente en el programa de control de calidad con la realización del informe correspondiente |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | REALIZACIÓN DE ENSAYOS DE COMPROBACIÓN DEL NIVEL DE INFILTRACIONES DE AIRE, COMO MEJORA DEL CONTROL DE CALIDAD Y CONFORT DE LOS CERRAMIENTOS |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | Se valorarán las mejoras en el control de la calidad y confort de los cierres con la realización de ensayos de comprobación del nivel de infiltraciones de aire (ensayo blower door), más allá de lo que se establece preceptivamente en el programa de control de la calidad con la realización del informe correspondiente. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | INCREMENTO DEL PERIODO DE GARANTÍA DE LAS INSTALACIONES |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | El órgano de contratación podrá incluir criterios relativos a mejoras en el control de calidad y garantía como mejora ambiental de la oferta en los pliegos de ejecución de obras (edificios de vivienda, equipamientos o edificios administrativos): • las mejoras relativas a la garantía de las instalaciones, mediante el incremento del período de garantía establecido en las prescripciones técnicas, mediante el adjudicatario que se encarga del mantenimiento normativo, preventivo y correctivo de las instalaciones de autoproducción renovable o de alta eficiencia (solar térmica, solar fotovoltaica, geotermia y otros sistemas de energías renovables o de alta eficiencia). |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | PAPEL NO RECICLADO: PORCENTAJE SUPERIOR AL 50% DE FIBRA PROCEDENTE DE EXPLOTACIONES FORESTALES SOSTENIBLES O DE FIBRA RECUPERADA |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | El órgano de contratación establecerá que el papel NO reciclado debe haber sido elaborado con fibras provenientes xx xxxxxx con garantías de legalidad, con un mínimo del 50%, de fibras provenientes de explotaciones forestales sostenibles (tal y como definen los estándares FSC, PEFC o equivalente) o fibra recuperada. Podrá establecer un Criterio de Adjudicación, a partir del cual valorar una oferta superior certificada sobre este mínimo del 50% en fibras provenientes de explotaciones forestales sostenibles (tal y como definen los estándares FSC, PEFC o equivalente) o fibra recuperada. Las fibras recuperadas incluyen las fibras recicladas y las fibras procedentes de recortes de papel de fábrica. De acuerdo con la definición del Distintivo de garantía de calidad ambiental para los productos de papel, se llaman fibras recicladas a todos los residuos celulósicos generados tras el proceso de fabricación, comercialización y consumo, y que, después de hacer una selección previa, vuelven a utilizarse en la fabricación de papel. Las fibras procedentes de recortes de papel de fábrica no se considerarán fibra reciclada. El órgano de contratación podrá establecer como criterio de adjudicación valorable que el papel NO RECICLADO presente un porcentaje superior al 50% de fibra procedente de explotaciones forestales sostenibles o de fibra recuperada |
Ejemplo de redacción del criterio | Gradación de puntuación en función del porcentaje superior al 50% mínimo de fibra procedente de explotaciones forestales sostenibles o de fibra recuperada. Ej: del 51 al 60% - 2 puntos del 61 al 70% - 4 puntos del 71 al 80% - 6 puntos del 81 al 90% - 8 puntos del 90 al 100% - 10 puntos |
Título del criterio | SISTEMA DE DOSIFICACIÓN AUTOMÁTICA A PARTIR DE ENVASES DE MÁS VOLUMEN |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | El órgano de contratación podrá valorar, según las características del edificio o la dependencia y sin detrimento de la calidad ambiental de los productos de limpieza, que la empresa licitadora proponga y adopte un sistema de dosificación automática a partir de envases de más volumen, de productos en polvo o concentrados (de los que presentará la documentación correspondiente) a botellas de |
aplicación que deben estar siempre etiquetadas debidamente. | |
Ejemplo de redacción del criterio | Por la implantación de un sistema de dosificación de productos de limpieza, a cargo del licitador, hasta 15 puntos. Por el establecimiento de un sistema de dosificación centralizada de los productos de limpieza para reducir el consumo de envases, utilizando productos concentrados o en polvo por cada uno de los productos básicos, hasta 8 puntos, 2 puntos por cada uno de los productos básicos (limpieza suelos, cristales, superficies generales o superficies cerámicas). Por el número de edificios donde se establezca el sistema de dosificación, hasta 7 puntos. En caso de implantar un sistema necesariamente con los 4 productos básicos, se dará un punto por cada edificio en el que se establezca este sistema, hasta un máximo de 7 puntos. En caso de lotes con más de un ámbito de gestión, debe garantizarse que como mínimo se hará la instalación en dos edificios de cada ámbito |
Título del criterio | PAPEL E IMPRESIÓN ECOLÓGICA |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transición ecológica |
Descripción/justificación | El órgano de contratación podrá valorar, en contratos que impliquen, por ejemplo, impresión de cartelería, publicidad comunicación, etc, o, en general, que conlleven utilización de papel, la utilización de productos ecológicos a efectos de fomentar el reciclaje, así como la difusión de dichas características. |
Ejemplo de redacción del criterio | -Para la impresión, utilizar productos ecológicos que dispongan de una eco etiqueta oficial (eco etiqueta europea, norma ISO 14006, distintivo de garantía de calidad ambiental, o equivalentes): X puntos La certificación del papel ofertado según cualquier programa de ecoetiquetado de Tipo I como Xxxxx Azul, Cisne Nórdico o equivalente acredita el cumplimiento de los requisitos indicados. -En la impresión, difundir las características ambientales del producto en sí, en relación con el tipo de papel, proceso de blanqueado, proceso de impresión, etc. para resaltar la buena práctica y papel ejemplarizante de la Administración, así como concienciar al lector/a para que aplique comportamientos ambientalmente positivos en cuanto a la gestión de la publicación: X puntos. En cualquier caso, aunque breves, deberán ser mensajes precisos para no crear confusión o dar |
información vaga. Algunos ejemplos de mensajes de carácter medioambiental son: Ejemplo 1: “Esta publicación se ha imprimido en papel 100% reciclado, totalmente libre de cloro, con tintas vegetales y en una imprenta certificada con un sistema de gestión ambiental.” Ejemplo 2: “Esta publicación ha sido diseñada para su reciclaje al final de su vida útil. Si no está interesado en conservarla, pásela a otras personas que puedan estar interesadas o deposítela en el contenedor para la recogida selectiva de papel y cartón. |
Enlaces de interés:
• Tabla de criterios y especificaciones del Plan de Contratación Pública Ecológica de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social (2018-2025): Orden PCI/86/2019, de 31 de enero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2018, (BOE nº 30, de 04/02/2019). XXX.xx - BOE-A-2019-1394 Orden PCI/86/2019, de 31 de enero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2018, por el que se aprueba el Plan de Contratación Pública Ecológica de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social (2018-2025).
• Manual sobre la Contratación Pública Ecológica de la Comisión Europea: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxx/xxxxxxxx_0000_xx.xxx
• Criterios de la contratación pública verde de la UE (por grupo de productos): EU criteria
- GPP - Environment - European Commission (xxxxxx.xx):
- Alimentación y servicios de restauración: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxx/xxxxxxx/xxxx_XXX_xxxxxxx_xxxxx_xx.xxx
- Alumbrado público exterior y semáforos: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxx/xxxxxxxx/xxxxxx_xxxxxxxx_xx.xxx
- Calefactores a base de agua: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxx/xxxxxxxx/xxxxx_xxxxx/xxxxxxx_xx.xxx
- Diseño, construcción y gestión de edificios de oficinas: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxx/xxxxxxxx/xxxxxx_xxxxxxxx_xxxxxx/XX.xxx
- Electricidad: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxx_xx.xxx
- Equipos de impresión: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/XX.xxx
- Mobiliario y paneles murales: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxx/xxxxxxx/xxxxxxxxx_XXX_xxxxxxx_xxxxx_xx.x df
- Ordenadores y monitores: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxx/xxxxxxx/xxxxxxxxx%00xxx%00xxxxxxxx/XX
- Papel para copias y papel gráfico: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxx/xxxxxxx/xxxxx_XXX_xxxxxxx_xxxxx_xx.xxx
- Productos textiles: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxx/xxxxxxxx/xxxxxxxx_xx.xxx
- Productos y servicios de jardinería: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxx/xxxxxxxx/xxxxxxxxx_xx.xxx
- Productos y servicios de limpieza: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxx/xxxxxxx/xxxxxxxx_xxxxxxx/xx.xxx
- Sistemas combinados de calor y electricidad (cogeneración). Sistemas de climatización: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxx/xxxxxxxx/xxx/xx.xxx
- Transporte: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxx/xxxxxxxx/xxxxxxxxx_xx.xxx
2º CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN RELACIONADOS CON EL EJE “TRANSFORMACIÓN DIGITAL”
Se enmarcan aquí los criterios relacionados con la innovación, potenciación de PYMEs, sistemas de seguimiento de ejecución del contrato, aplicaciones informáticas, digitalización, etc.
Título del criterio | INFORMES PERIÓDICOS CON DATOS DE USO Y NÚMERO DE USUARIOS, OBTENIDOS A PARTIR DEL DESARROLLO DE LAS SOLUCIONES TECNOLÓGICAS ADECUADAS |
Tipo de criterio | CJV |
Eje del PRTR | Transformación digital |
Descripción/justificación | El criterio hace un llamamiento a la innovación para poder solucionar la falta de información detallada y fiable de estadísticas de uso de unas determinadas instalaciones de uso ciudadano en la calle, que, por su número, alcance territorial y diversidad, no cuentan con ninguna solución en curso que facilite estos datos, necesarios para el conocimiento y la mejora de las instalaciones y servicios asociados. Con el fin de mejorar la planificación, y eficiencia en la gestión de estas instalaciones en la calle, se propone valorar (juicio de valor), la aportación de datos de uso y número de usuarios, obtenidos a partir del despliegue de soluciones tecnológicas adecuadas. Las propuestas deberán detallar de forma exhaustiva cómo el licitador alcanzará la captura, recolección y procesamiento y entrega de los datos. De este modo se fomenta entre las empresas licitadoras la búsqueda de una solución tecnológica al reto planteado, a fin de cumplir con el objetivo marcado de recogida exhaustiva de los datos. A través de la simple solicitud de informes, realiza la tracción de innovación tecnológica para la |
obtención de los datos de uso y número de usuarios del servicio | |
Ejemplo de redacción del criterio | Ejemplo en Pliego de Mantenimiento de áreas de juego infantiles y otros espacios similares en la ciudad: 1. Con el fin de mejorar la planificación y la eficiencia en la gestión del mantenimiento de las áreas y elementos de juego objeto de este contrato, el adjudicatario deberá entregar al informes periódicos con datos de uso y número de usuarios de las áreas de juego y sus elementos, obtenidas a partir del despliegue de las soluciones tecnológicas adecuadas. Los informes, que tendrán que ser de una periodicidad mínima de cada tres meses, tendrán que ofrecer datos con precisión diaria y por franja horaria: [...] Adicionalmente, la propuesta del adjudicatario deberá satisfacer específicamente los siguientes requerimientos: a) Cumplimiento estricto de la normativa en materia de privacidad y protección de datos. b) Compatibilidad de las soluciones con los estándares empleados por el órgano de contratación como la plataforma [XXX]. |
Título del criterio | POR COMPROMISO DE REVERTIR PARTE DEL BENEFICIO INDUSTRIAL OBTENIDO DEL CONTRATO A LA IMPLEMENTACIÓN DE MEJORAS |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transformación digital |
Descripción/justificación | La disposición 47a LSCP dispone que en los contratos vinculados al Anexo IV se podrá utilizar como criterio de valoración la reinversión de beneficios obtenidos en la prestación del servicio en la mejora del mismo. La implementación de estas propuestas de mejora requiere de presupuesto asociado para hacerlo posible y garantizar su correcta aplicabilidad. Valora las ofertas de reinversión del beneficio industrial anual en mejoras del servicio orientadas a las personas usuarias, a las personas trabajadoras, en eficiencia ambiental o en innovación |
Ejemplo de redacción del criterio | Se valorará el porcentaje ofertado de los beneficios obtenidos del importe global de facturación anual, descontado los impuestos, a revertir en la mejora del servicio mediante medidas que tengan un impacto directo en las personas usuarias, en la organización o en la mejora de procesos de trabajo, como la compra de materiales y ayudas técnicas que contribuyan al mantenimiento de la autonomía funcional de las personas usuarias así como a la disminución de riesgos laborales de las personas trabajadoras, en políticas medioambientales, de seguridad y salud, de innovación y/o de responsabilidad corporativa que se consideren por parte del [órgano de contratación]. |
Se otorgará la máxima puntuación a licitador que ofrezca el mayor porcentaje. Al terminar la primera anualidad (o los doce primeros meses a contar desde la fecha que se indique en la formalización del contrato) y durante el período de ejecución de la misma así como de sus eventuales prórrogas, el adjudicatario deberá entregar al [órgano de contratación ] una propuesta motivada de reinversión del porcentaje ofrecido y la propuesta de acreditación del desempeño, que como mínimo incluirá la presentación de las facturas que se deriven, y que deberá ser aceptada por el [órgano de contratación]. En la última anualidad, la reinversión se realizará hasta 3 meses antes de la finalización del contrato. A efectos de verificar el cumplimiento de la medida se requerirá anualmente una auditoría económica financiera realizada por el auditor/a designado/a por el [órgano de contratación] que irá a cargo de la adjudicataria. Fórmula: "CONCEPTO // PUNTUACIÓN Por reinversión de un XX% de los beneficios anuales obtenidos XX puntos Por reinversión de un XX% de los beneficios anuales obtenidos XX puntos Por reinversión de un XX% de los beneficios anuales obtenidos XX puntos Por reinversión de un XX% de los beneficios anuales obtenidos XX puntos " |
Título del criterio | USO DE SOLUCIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO CON EFICIENCIA AMBIENTAL |
Tipo de criterio | CA/CJV |
Eje del PRTR | Transformación digital/Transición ecológica |
Descripción/justificación | En la búsqueda de una ejecución de los contratos públicos con índices cada vez más altos de excelencia ambiental y en consecuencia cada vez más bajos en emisiones contaminantes, se puede fomentar a través del contrato público una oferta de los licitadores que incorpore la propuesta de soluciones para la eficiencia energética, reducción de residuos, huella hídrica y huella de carbono o para la protección ambiental durante la ejecución del contrato. Se puede plantear el criterio de adjudicación como una mejora a partir de unos indicadores mínimos planteados en los pliegos de la licitación, pero también como un criterio de innovación, en el que se plantea la necesidad irresuelta, o el reto a alcanzar, valorando la propuesta tecnológica o procedimental |
innovadora que la empresa licitadora propone incorporar como solución a la necesidad o reto. Habrá que establecer los mínimos exigibles en los pliegos a partir de los indicadores ambientales de que se disponga y establecer parrillas de puntuación en función de las soluciones a comparar para mejorar estos mínimos. En el caso de plantearlo como un criterio de innovación, será necesario plantear con claridad la necesidad irresuelta o el reto para los que se busca la solución, y determinar las condiciones de aceptación de la oferta de innovación (muy abiertas o más restrictivas) para que el licitador conozca el marco y los límites para el planteamiento de su oferta. | |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | SISTEMA DE PROMOCIÓN DE BUENAS PRÁCTICAS E INNOVACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO |
Tipo de criterio | CJV |
Eje del PRTR | Transformación digital |
Ponderación máxima recomendada | - |
Descripción/justificación | Valoración de la propuesta de la empresa licitadora de un sistema de promoción de buenas prácticas y solución de problemas y retos a través de propuestas innovadoras, en relación a las características de los servicios en ejecución, sin que se modifique el objeto del contrato. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | SEGUIMIENTO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO |
Tipo de criterio | CA/ CJV |
Eje del PRTR | Transformación digital |
Descripción/justificación | Se podrá valorar contar con un sistema de seguimiento de la ejecución del contrato. Se valora la puesta a disposición de la administración de un sistema que permita el seguimiento del servicio contratado, a través de un servicio web/electrónico, que complemente el seguimiento previsto en los PPT. Y no se otorgará puntuación cuando el sistema electrónico propuesto sea un correo electrónico. Otra opción es que se aporte una app que facilite el seguimiento de la ejecución de los servicios o suministros, en cuyo caso se deberá establecer el contenido mínimo de la app. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | SISTEMA PARA COMPARAR RESULTADOS CON OTRAS ORGANIZACIONES |
Tipo de criterio | CJV |
Eje del PRTR | Transformación digital |
Descripción/justificación | Valoración de una propuesta de la empresa licitadora de un sistema que permita al órgano de contratación la comparación de resultados respecto a indicadores y datos resultantes del contrato en ejecución, en comparación con servicios similares con respecto al objeto del contrato de otras organizaciones, con el objetivo de poder realizar un análisis que redunde en la mejora de la calidad de la prestación. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | REALIZACIÓN DE ENSAYOS DE TRANSMITANCIA TÉRMICA PARA LA MEJORA DEL CONTROL DE CALIDAD, EFICIENCIA Y AHORRO ENERGÉTICOS DE LOS CERRAMIENTOS |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transformación digital/Transición ecológica |
Descripción/justificación | Se valorarán las mejoras en el control de la calidad, la eficiencia energética y el ahorro energético de los cierres con la realización de ensayos de comprobación de la transmitancia térmica (termografías), más allá de lo que se establece preceptivamente en el programa de control de calidad con la realización del informe correspondiente |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | REALIZACIÓN DE ENSAYOS DE COMPROBACIÓN DEL NIVEL DE INFILTRACIONES DE AIRE, COMO MEJORA DEL CONTROL DE CALIDAD Y CONFORT DE LOS CERRAMIENTOS |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transformación digital |
Descripción/justificación | Se valorarán las mejoras en el control de la calidad y confort de los cierres con la realización de ensayos de comprobación del nivel de infiltraciones de aire (ensayo blower door), más allá de lo que se establece preceptivamente en el programa de control de la calidad con la realización del informe correspondiente. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | INCREMENTO DEL PERIODO DE GARANTÍA DE LAS INSTALACIONES |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transformación digital |
Descripción/justificación | El órgano de contratación podrá incluir criterios relativos a mejoras en el control de calidad y garantía como mejora ambiental de la oferta en los pliegos de ejecución de obras (edificios de vivienda, equipamientos o edificios administrativos): |
• las mejoras relativas a la garantía de las instalaciones, mediante el incremento del período de garantía establecido en las prescripciones técnicas, mediante el adjudicatario que se encarga del mantenimiento normativo, preventivo y correctivo de las instalaciones de autoproducción renovable o de alta eficiencia (solar térmica, solar fotovoltaica, geotermia y otros sistemas de energías renovables o de alta eficiencia). | |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | MEDIDAS QUE FOMENTEN LA INNOVACIÓN |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transformación digital |
Descripción/justificación | Art. 28.2 y 145.2.1º (características innovadoras) LCSP A partir de las necesidades identificadas por parte de la unidad promotora por la más eficiente ejecución del contrato, se puntuarán las ideas, soluciones, planteamientos organizativos o funcionales, las medidas técnicas, que aporten nuevas soluciones innovadoras en el marco del objetivo de contratación pública sostenible la puntuación se otorgará valorando los conceptos y con la ponderación o puntuación: ........ |
Ejemplo de redacción del criterio | Se valorará como criterio de adjudicación que las licitadoras incluyan en sus ofertas características innovadoras en lo que se refiere a la ejecución del contrato. Por "características innovadoras", hay que entender aquellas que afecten a la organización del trabajo, los materiales empleados o el proceso de realización de la prestación de forma que supongan una mayor eficiencia. Todas ellas deben estar vinculadas al objeto del contrato. |
Título del criterio | CRITERIO DEL COSTE DE PRODUCCIÓN |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transformación digital |
Descripción/justificación | Art. 100.2 y 145.1 LCSP Si la LCSP en su art. 100.2 obliga al órgano de contratación a realizar la descomposición de los costes en el «presupuesto base de licitación» (PBL), por qué no requerir a los licitadores que presenten sus ofertas económicas con el desglose de su coste de producción de la prestación ofertada y el beneficio industrial que proponen. Esto permitiría adjudicar a la oferta más eficiente en costes y más ajustado beneficio. Por otra parte, esto también posibilita detectar las ofertas anormalmente bajas, si el precio (excluido IGIC) ofrecido no cubre, al menos, el coste industrial (costes directos + gastos generales de producción) y la parte que de los costes de la estructura de contratista que se determine en los pliegos. |
Asimismo, se evitarán ofertas irracionales que no sean adecuadas a los precios que habitualmente se producen en el mercado, por ejemplo: ofrecer horas de trabajo gratis. Sus consecuencias las soportan los trabajadores de la contratista trabajando más tiempo de lo que establece el convenio colectivo o percibiendo un salario inferior, que es lo que pretende evitar el artículo 100.2 de la LCSP. | |
Ejemplo de redacción del criterio | Se valorará como criterio de adjudicación que las licitadoras incluyan en sus ofertas el desglose de los costes directos e indirectos y otros gastos eventuales. En los contratos en los que el precio incluya el coste de los salarios del personal adscrito a su ejecución, se valorará además que indiquen de forma desglosada y con desagregación de género y categoría profesional los costes salariales estimados a partir del convenio laboral de referencia. Fórmula proporcional que evalúe el «coste de producción» propuesto. Y, fórmula proporcional que evalúe el «beneficio industrial» propuesto. |
Título del criterio | CALIDAD DEL SERVICIO: VEHÍCULOS CON SISTEMA DE GEOLOCALIZACIÓN |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transformación digital |
Descripción/justificación | art. 145.2.1er LCSP (calidad: valor técnico, características funcionales) Se valorará la existencia de un sistema de geolocalización de la flota de vehículos asignados al servicio y su puesta a disposición del órgano contratante. |
Ejemplo de redacción del criterio | En los contratos que incluyan el uso de vehículos, se valorará como criterio de adjudicación que la flota de los vehículos asignados al servicio disponga de un sistema de geolocalización. |
Título del criterio | CONTENIDOS DE I+D EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Transformación digital |
Descripción/justificación | Contenidos de I+D en la ejecución del contrato que aporten mayor calidad al objeto de la prestación. • Plazo de ejecución. De utilizarse, este criterio debería ponerse en relación con el anterior (contenidos de I+D), ya que un mayor contenido de I+D necesitaría de mayores plazos de ejecución. Lo que habría que valorar, por tanto, sería la proporcionalidad entre contenidos de I+D y el plazo para su desarrollo |
• Volumen o porcentaje del precio del contrato que se destina a desarrollo del producto o servicio. Propuestas que se oferten el desarrollo de actividades de I+D en colaboración con otros operadores económicos, como Universidades y Centros Tecnológicos. | |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | HERRAMIENTAS ELECTRÓNICAS PARA PROYECTOS DE OBRA |
Tipo de criterio | CA/ CJV |
Eje del PRTR | Transformación digital |
Descripción/justificación | De conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la Ley 9/2022, de 14 xx xxxxx, de Calidad de la Arquitectura, el diseño, planificación, proyección, dirección de obra, dirección de la ejecución de la obra, construcción, rehabilitación, transformación y conservación de la arquitectura estarán inspiradas por el principio de calidad |
Ejemplo de redacción del criterio | Se valorará la utilización de herramientas electrónicas específicas, tales como metodologías de modelado digital de la información de la construcción (BIM) o similares y la incorporación de técnicas innovadoras. |
3º CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN RELACIONADOS CON EL EJE “COHESIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL”
Se podrán utilizar estos criterios de valoración siempre que estén relacionados con la ejecución del objeto del contrato y no sean discriminatorios. Así, por ejemplo, que realmente crear empleo y contratar a un mayor número de personas sea necesario para la ejecución del contrato. Se podrán incorporar cláusulas para el mantenimiento del empleo, aprovechando las experiencias previas y siguiendo los criterios señalados.
Título del criterio | CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS OCUPADAS EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | Es necesario que la justificación insista en la asociación de la contratación indefinida del personal que ejecutará el contrato (que habremos definido convenientemente en el PPT en alusión a los puestos de trabajo y categorías profesionales mínimos necesarios para a su ejecución), a una mejor eficiencia en el contrato público que estamos licitando: se considera la temporalidad como un factor de precariedad porque, por un lado, por lo general los puestos de trabajo que se ocupan con contrataciones |
temporales suelen ser los peor remunerados y menos cualificados, y por otra parte llevan asociada una falta de profesionalización del personal, por la falta de experiencia adquirida y también porque en general no se considera rentable invertir en formación de este personal temporal. En consecuencia, podríamos decir que lo que pretendemos fomentar con la valoración de la contratación indefinida del personal que se dedicará a la ejecución del contrato, definidos los puestos de trabajo o grupos profesionales previamente en el PPT, es la consideración de que será más eficiente para en su ejecución teniendo en cuenta que los trabajadores con contratación indefinida se encuentran en una situación laboral manifiestamente mejor en la temporal en términos de “bienestar laboral” pero también y especialmente, en términos de profesionalidad de los empleados (experiencia, formación, seguridad, buen ambiente, etc.), que redundará finalmente en una ejecución del contrato más eficiente. La justificación debe, pues, centrar sus argumentos en la relación esta especialización y profesionalización (que la contratación indefinida permite alcanzar al contrario que la temporal) y su incidencia positiva en la ejecución del contrato. Xxxxxx, como garantía de una ejecución más eficiente del contrato, la estabilidad laboral en el seno de la empresa de las personas trabajadoras especificadas en el PPT que ejecutarán el contrato. | |
Ejemplo de redacción del criterio | Considerando el número mínimo de personas trabajadoras y las categorías profesionales correspondientes que se establece en la cláusula ...... del PPT, se valorará, como garantía de una ejecución más eficiente del contrato que se licita, la estabilidad laboral en el seno de la empresa de los trabajadores especificados en el PPT que ejecutarán el contrato. La empresa debe declarar, respecto de cada persona, el número de días trabajados con la empresa con la misma modalidad de contrato de trabajo indefinido en los últimos treinta y seis meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones. La empresa que, según la información que facilite, sume más días con contratación estable de las personas trabajadoras requeridas como mínimo en el PPT recibirá la máxima puntuación. |
Título del criterio | SALARIOS DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS OCUPADAS EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | La determinación de las condiciones laborales generales de las personas trabajadoras en el |
desarrollo de su actividad por cuenta ajena se determina mediante la negociación colectiva. El órgano de contratación puede incluir en el contrato público la consideración de las retribuciones salariales de las personas destinadas a la ejecución del contrato y valorar, entre otros criterios selectivos, la oferta más alta de la empresa licitadora en la retribución salarial del personal que debe ejecutar el contrato y en relación con los conceptos salariales básicos fijados en el convenio que se considere de referencia y tener en cuenta categorías profesionales uniformes. Esta consideración social tiene significación cuando, en el sector de actividad económica correspondiente al objeto del contrato que se licita las retribuciones a las personas trabajadoras son bajas en términos referenciales respecto a otros sectores de actividad. La medida social no supone una intromisión en la negociación colectiva. No impone a la empresa la obligación de pagar determinados salarios. Valora la empresa que voluntariamente retribuya mejor al personal que debe ejecutar el contrato que se licita, lo que redunda necesariamente en su mejor ejecución. | |
Ejemplo de redacción del criterio | Tomando como referencia las retribuciones salariales establecidas en el Convenio de ..., publicado en ..., se considerarán las retribuciones salariales superiores que la empresa licitadora propone aplicar a las personas que ejecuten el contrato público. Se considerarán los salarios referidos a la o las categorías profesionales: ... La máxima puntuación se otorgará a la retribución salarial total más alta en la categoría profesional correspondiente (en su caso, se podrá distribuir la puntuación entre diferentes categorías profesionales). Se considera la retribución salarial computando el salario base y los siguientes complementos: ... El resto de ofertas con propuestas salariales superiores a las establecidas en el convenio de referencia recibirán una puntuación proporcional. La oferta salarial de la empresa licitadora tiene carácter de condición de ejecución contractual y el incumplimiento puede ser objeto de penalización como falta muy grave o de extinción del contrato. Nota a pie: La determinación de las condiciones laborales generales de las personas trabajadoras en el desarrollo de su actividad por cuenta ajena se determina mediante la negociación colectiva. |
Título del criterio | MEJORAS EN ACCESIBILIDAD UNIVERSAL |
Tipo de criterio | CJV |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | Se valoran las mejoras ofertadas por las empresas licitadoras, especialmente en contratos que tengan como destinataria a la ciudadanía o al propio |
personal del Ayuntamiento, respecto de los mínimos legales establecidos en la Ley 8/1995, de 6 xx xxxxx, de accesibilidad y supresión xx xxxxxxxx físicas y de la comunicación de la Comunidad Autónoma de Canarias. Valora las mejoras en accesibilidad universal propuestas por las empresas licitadoras que superen las obligaciones legales establecidas | |
Ejemplo de redacción del criterio | Se valorarán las mejoras de accesibilidad universal propuestas por las empresas licitadoras que superen las obligaciones legales establecidas. La puntuación se otorgará valorando los criterios de selección y con la ponderación: Ámbitos de la Ley que pueden ser objeto de mejora: En cuanto a la comunicación (En la comunicación en la relación con las administraciones públicas y con los proveedores de servicios públicos // En lo que se refiere a la accesibilidad de los elementos de información y señalización // En cuanto a la accesibilidad en el ámbito de la enseñanza // En cuanto a los derechos de las personas con discapacidad auditiva que se comunican en lengua de signos // en cuanto a los derechos de las personas con discapacidad auditiva que se comunican en lengua oral) En cuanto al territorio (En espacios naturales de uso público // En espacios urbanos de uso público de nueva construcción // En espacios urbanos de uso público existentes // Sobre elementos de urbanización y mobiliario urbano // Sobre elementos provisionales) En cuanto al transporte (En el ámbito del Plan de implantación de la accesibilidad los medios de transporte // En material móvil de nueva adquisición para el transporte público de viajeros // En transporte público de viajeros) En cuanto a los edificios (En condiciones de accesibilidad de los edificios existentes // En edificios con valor histórico-artístico // En edificios de nueva construcción // En edificios plurifamiliares // En cuestión de reserva de viviendas para personas con discapacidad) En cuanto a los productos En cuanto a los servicios (A la accesibilidad a los servicios de uso público // A la accesibilidad a los servicios públicos // En la formación de personal de atención al público // En cuanto al derecho a recibir una atención personalizada) |
Título del criterio | COMPROMISO DE INCREMENTO DEL PORCENTAJE DE PERSONAS TRABAJADORAS CONTRATADAS EN JORNADA COMPLETA |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | La precariedad laboral que supone la contratación de jornadas parciales en la personal afecta negativamente a la calidad del servicio prestado, ya que no favorece la estabilidad ni el desarrollo profesional de las personas trabajadoras, principal recurso del servicio. Xxxxxx, como garantía de una ejecución más eficiente del contrato que se licita, y considerando al personal a subrogar con contrato indefinido, el incremento del porcentaje de personas de la plantilla contratadas a jornada completa en el seno de la empresa. |
Ejemplo de redacción del criterio | Por el compromiso, presentado mediante declaración respecto al incremento de las personas trabajadoras con jornadas laborales completas durante la ejecución del contrato y sus posibles prórrogas (anualidades completas), se otorgará la siguiente puntuación ponderada: "CONCEPTO y PUNTUACIÓN Por el incremento de 25 puntos porcentuales de personal con contratación jornada completa: 4 puntos Por el incremento de 20 puntos porcentuales de personal con contratación jornada completa: 3 puntos Por el incremento de 15 puntos porcentuales de personal con contratación jornada completa: 2 puntos Por el incremento de 10 puntos porcentuales de personal con contratación jornada completa: 1 punto Por el incremento de 5 puntos porcentuales de personal con contratación jornada completa: 0,5 puntos Las ofertas que no aporten ningún porcentaje adicional obtendrán cero puntos." La empresa deberá presentar documentación acreditativa de cada persona del servicio con contrato a jornada completa. El compromiso adquirido por la empresa deberá cumplir con la mitad del incremento propuesto al terminar la primera anualidad o transcurridos los primeros doce meses de la ejecución del contrato a contar desde la formalización, y con la totalidad del incremento ofrecido al finalizar la segunda anualidad. El adjudicatario, de forma anual durante el período de ejecución del contrato, deberá entregar al Ayuntamiento un informe .... |
Título del criterio | POR EL INCREMENTO DE LAS HORAS DE FORMACIÓN DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS POR ENCIMA DE LAS PREVISTAS EN EL CONVENIO CORRESPONDIENTE |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | La experiencia, capacitación y formación continua y especializada de las personas trabajadoras que ejecutan el contrato es fundamental para poder prestar un servicio de calidad y que ofrezca un valor añadido a la ciudadanía. Esta formación deberá estar orientada a la aplicación práctica de habilidades y competencias que permitan adaptarse a la diversidad de las necesidades de las personas, haciendo especial énfasis en: .... Valora el incremento de horas de formación especializada sobre aspectos del servicio que se ejecuta a personal laboral con contrato indefinido sobre lo que establece el convenio de aplicación |
Ejemplo de redacción del criterio | Esta formación debe ser complementaria a las horas anuales de reciclaje y formación continua que cada trabajador corresponde de acuerdo con el convenio colectivo de aplicación. Las empresas licitadoras efectuarán una declaración indicando el porcentaje de horas anuales adicionales (a las establecidas en el convenio vigente en cada una de las anualidades) que tengan previsto incrementar el conjunto de los trabajadores adscritos al servicio con contrato indefinido. Este compromiso se extenderá a toda la duración del contrato y de sus eventuales prórrogas. El porcentaje ofrecido no contendrá más de dos decimales. En caso de que el porcentaje más alto supere en más del 50% la media de las ofertas presentadas, se valorará sólo el porcentaje hasta el 50% por encima de la media. En este supuesto no se valorará el porcentaje que supere el 50% de la media ni se exigirá su cumplimiento, sin perjuicio de que el adjudicatario desee aplicarlas. ((Porcentaje de horas de formación de la oferta) / (porcentaje de horas de formación más alto)) × (puntuación máx) = Puntuación resultante |
Título del criterio | POR COMPROMISO DE PRESTACIÓN DE UN SERVICIO PREVENTIVO Y DE ATENCIÓN PSICOLÓGICA EN EL EJERCICIO DEL DESARROLLO PROFESIONAL |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | La creación de un sistema preventivo y de atención psicológica dirigido a las personas trabajadoras se orienta a, por un lado, identificar los riesgos psico- socio-laborales y establecer los mecanismos para |
minimizar los impactos de las características propias de las tareas y , por otro, a ofrecer a las personas trabajadoras que puedan requerirlo un apoyo de carácter psicológico que les permita el desarrollo profesional. Valora la adquisición por parte de contratista del compromiso de incorporar un servicio profesional de atención psicológica gratuito | |
Ejemplo de redacción del criterio | Esta atención, que siempre será voluntaria y fuera de la jornada laboral, se enmarca en las medidas de abordaje de los riesgos laborales y, especialmente, de los riesgos psicosociales en el desarrollo del puesto de trabajo, tal y como están regulados en la Ley 31 /1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. El servicio debe preservar la intimidad y la confidencialidad de la atención y que puede ser prestado de forma externa a la adjudicataria. Este servicio tendrá las siguientes características: soporte terapéutico individualizado, voluntario y confidencial, para aportar ayuda psicológica frente a factores de riesgo que propicien el aumento del estrés o de otras disfunciones. Este servicio debería tener una duración mínima de 8 sesiones de una (1) hora por episodio y se ofrecerá a todas las personas trabajadoras que lo soliciten. Las empresas acompañarán una declaración responsable de implementación de esta mejora desde el inicio de la ejecución del contrato. El adjudicatario, de forma anual durante el período de ejecución del contrato, debe entregar un informe sobre la aplicación de la medida en que se indique el número de solicitudes, el número de servicios prestados y el motivo de denegación de solicitudes (en su caso) con el detalle suficiente y con la documentación acreditativa para que el Ayuntamiento pueda validar el desempeño. Adquisición del compromiso: Sí: 2 puntos No: 0 puntos |
Título del criterio | ATENCIÓN A LA DISCAPACIDAD Y LA EXCLUSIÓN SOCIAL |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | Los contratos reservados a CETIS y Eis (DA 4ª LCSP) son una excepción al principio de concurrencia que determinan una discriminación positiva hacia empresas que fomentan y emplean a personas con un alto grado de riesgo de exclusión social, a través de la inserción laboral. En la determinación de una licitación como reservada bajo los parámetros de la DA 4ª LCSP, para la selección de las mejores ofertas, se establece la posibilidad de valorar una serie de |
criterios de adjudicación relacionados con las características y finalidades de las prestaciones a desarrollar por el personal de los CETIS o EIs que deben redundar necesariamente en una ejecución más eficiente del objeto del contrato. En este caso, se pretende valorar positivamente el grado de atención a la discapacidad y la exclusión social de las empresas prestadoras del servicio en relación al objeto del contrato ponderando los porcentajes de dedicación de personas con discapacidad, o vinculadas a un itinerario de inserción que se dedicarán a su ejecución. | |
Ejemplo de redacción del criterio | • En caso de que la empresa que se presente sea un CETIS se valorará al % de personas con discapacidad vinculadas a la ejecución del contrato. • En caso de que la empresa adjudicataria se trate de una EI se valorará positivamente el mayor porcentaje de personas vinculadas a la prestación del bien o servicio definido en el objeto del contrato que se encuentren vinculadas a un itinerario de inserción. |
Título del criterio | PLAN DE FORMACIÓN VINCULADO EN EL SERVICIO |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | Los contratos reservados a CETIS y Eis (DA 4ª LCSP) son una excepción al principio de concurrencia que determinan una discriminación positiva hacia empresas que fomentan y emplean a personas con un alto grado de riesgo de exclusión social, a través de la inserción laboral. En la determinación de una licitación como reservada bajo los parámetros de la DA 4ª LCSP, para la selección de las mejores ofertas, se puede establecer la posibilidad de valorar una serie de criterios de adjudicación relacionados con las características y finalidades de las prestaciones a desarrollar por el personal de los CETIS o EIs que deben redundar necesariamente en una ejecución más eficiente del objeto del contrato. En este caso, se valorará el mayor número de horas de formación específica, en un Plan de Formación vinculado al servicio, o dedicadas a la especialización técnica respecto a las prestaciones objeto del contrato, que ofrecerá el licitador a las personas en situación de vulnerabilidad vinculadas a la ejecución del contrato. Se valorará el número de horas de un Plan de formación vinculado al servicio o especialización técnica para las personas en situación de vulnerabilidad vinculadas a la ejecución del contrato. |
Ejemplo de redacción del criterio | Formación en materia de [protección de datos de carácter personal] Hasta XX puntos |
Compromiso por parte de la empresa licitadora en la realización de cursos de formación al personal adscrito al contrato en materia de [protección de datos de carácter personal] |
Título del criterio | MEJORA SOBRE LA PROPUESTA TÉCNICA DE ACOMPAÑAMIENTO A LA INSERCIÓN LABORAL |
Tipo de criterio | CJV |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | Los contratos reservados a CETIS y Eis (DA 4ª LCSP) son una excepción al principio de concurrencia que determinan una discriminación positiva hacia empresas que fomentan y emplean a personas con un alto grado de riesgo de exclusión social, a través de la inserción laboral. En la determinación de una licitación como reservada bajo los parámetros de la DA 4ª LCSP, para la selección de las mejores ofertas, se establece la posibilidad de valorar una serie de criterios de adjudicación relacionados con las características y finalidades de las prestaciones a desarrollar por el personal de los CETIS o EIs que deben redundar necesariamente en una ejecución más eficiente del objeto del contrato. Se considera adecuado que las entidades especializadas en estos ámbitos puedan presentar mejoras sobre esta metodología que permitan ser comparadas. Incorporar la valoración de la mejora sobre la propuesta técnica de acompañamiento a la inserción laboral y protocolos de seguimiento que se aplicarán a las personas ocupadas en la ejecución del contrato: Las empresas licitadoras tendrán que describir una propuesta que incluirá una descripción del servicio de acompañamiento y apoyo o equivalente y su implicación en el contrato, la descripción de las herramientas y metodologías para la calidad de vida e itinerarios personalizados de inclusión laboral y la descripción de los planes de formación para los/las trabajadores/as con discapacidad y especiales dificultades así como de los protocolos de seguimiento. |
Ejemplo de redacción del criterio | Plan de metodología de acompañamiento a la inserción laboral hasta XX puntos. Se dará más alta puntuación aquellas ofertas que presenten un mayor grado de detalle y concreción en cada uno de los siguientes apartados: Concreción de la propuesta, claridad, impacto en el servicio, viabilidad. No se puntuará la información que no sea relevante. |
Título del criterio | PARA LA REALIZACIÓN DE TALLERES O ACTIVIDADES ENMARCADAS EN LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA AGENDA 2030 |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | La promoción de la realización de actividades y talleres enmarcados en la Agenda 2030 de las Naciones Unidas en los contratos de gestión de los equipamientos con afluencia de ciudadanas usuarios, contribuye a hacer frente a los grandes retos en materia de lucha contra las desigualdades, crecimiento inclusivo y lucha contra el cambio climático, a través de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). El criterio de adjudicación va en esta línea, porque fomenta entre los licitadores de un equipamiento municipal la oferta de talleres y cursos orientados a la divulgación de los ODS, en el marco de la gestión de una ludoteca municipal. Valora el compromiso de los licitadores de incluir en su oferta actividades relacionadas con la promoción y difusión de los ODS de la Agenda 2030 de Naciones Unidas. |
Ejemplo de redacción del criterio | Por el compromiso de la empresa licitadora a realizar talleres o actividades enmarcadas en los Objetivos de Desarrollo Sostenible en los que se basa la Agenda 2030 de las Naciones Unidas, hasta XX puntos a partir del siguiente desglose: 1. Actividades o talleres propios, hasta XX puntos a partir del siguiente desglose: 2. Actividades o talleres en colaboración con equipamientos o entidades, hasta XX puntos a partir del siguiente desglose: "1. Talleres propios: a) Por el compromiso de realizar 3 talleres o actividades propias enmarcadas en los ODS de la Agenda 2030, XX puntos. b) Por el compromiso de la empresa licitadora de realizar 6 talleres o actividades propias enmarcadas en los ODS de la Agenda 2030, XX puntos. 2. Talleres en colaboración: a) Por el compromiso de la empresa licitadora de realizar 3 talleres o actividades en colaboración con equipamientos o entidades del territorio referentes en el ámbito de sostenibilidad y enmarcadas en los ODS de la Agenda 2030 , XX puntos. b) Por el compromiso de la empresa licitadora de realizar 6 talleres o actividades en colaboración con equipamientos o entidades del territorio referentes en el ámbito de sostenibilidad y enmarcadas en los ODS de la Agenda 2030, XX puntos." |
Título del criterio | INCLUSIÓN DE ELEMENTOS DE ACCESIBILIDAD EN LOS MATERIALES AUDIOVISUALES, INFORMATIVOS Y COMUNICATIVOS |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | Fomenta la mejora de la ejecución de parte del objeto del contrato, en concreto la presentación de diversos |
elementos audiovisuales obligatorios, por los que se valorará la oferta del licitador que incorpore medidas de accesibilidad universal más allá de las de obligado cumplimiento según la normativa vigente. El ámbito en el que se desarrolla es el de los elementos de comunicación y en concreto respecto a los derechos de las personas con discapacidad auditiva y las personas con discapacidad visual. Puede valorarse la inclusión de elementos de accesibilidad universal en los elementos audiovisuales que conformen partes del objeto del contrato más allá de los que se hayan determinado como requisitos obligatorios en el PPT | |
Ejemplo de redacción del criterio | En el PPT se establece que la empresa adjudicataria deberá presentar materiales audiovisuales en diferentes partes del proyecto: Se valorará con XX puntos la inclusión de subtítulos con audiodescripción en los materiales audiovisuales. |
Título del criterio | DESARROLLO DE PROGRAMAS DE REINSERCIÓN A TRAVÉS DEL DEPORTE |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | En un contrato de larga duración, en el ámbito de los eventos deportivos, el criterio fomenta y valora entre los licitadores el establecimiento programas de reinserción social a través del deporte potenciados por la repercusión que tiene la marca del evento en cuestión. En el marco de la organización de un evento participativo de gran relevancia, el criterio aprovecha las potencialidades del evento para fomentar entre los licitadores el establecimiento de programas de reinserción social, en este caso en el ámbito del deporte. |
Ejemplo de redacción del criterio | Se valorará el establecimiento de acuerdos de colaboración y mecenazgo con programas de reinserción social presente en la cláusula ** del PPT por un importe máximo de XXXX euros, hasta XX puntos otorgará la máxima puntuación por la aportación de XXXX euros y el resto se puntuará de forma proporcional aplicando la fórmula: (Importe oferta) / XXXX € × Punto. máxima = puntuación total |
Título del criterio | PRODUCTOS PROCEDENTES DE CENTROS ESPECIALES DE TRABAJO O EMPRESAS DE INSERCIÓN |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | Se valora la oferta de productos provenientes de Centros Especiales de Trabajo o Empresas de Inserción. Valora que el suministro de determinados productos, por ejemplo en este caso de alimentos, |
sea facilitado por una empresa de inserción o un centro especial de trabajo. | |
Ejemplo de redacción del criterio | EJEMPLO EN EL CONTRATO DE SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN DE LAS ESCUELAS MUNICIPALES: El licitador deberá determinar el producto o productos concretos ofrecidos (hasta un máximo de cuatro) de entre los alimentos que forman parte de los menús escolares, indicando la empresa proveedora y acreditando que esta empresa es un Centro Especial de Empleo o una empresa de Inserción. A estos efectos se otorgarán 2,5 puntos por cada producto suministrado, hasta un máximo de 10,00 puntos. No se admitirán productos (o derivados) que no estén incluidos en los menús de las guarderías (por ejemplo: yogures azucarados o con sabores, crema, miel...). Si el producto está en la lista de producto ecológico y los productos procedentes de CET o Empresas de Inserción no lo es, se darán los puntos de este apartado (y cero en el correspondiente subapartado del producto ecológico), y si reúne las condiciones de ambas cláusulas se sumarán los puntos correspondientes para cada una de ellas. La oferta de estos productos por parte del adjudicatario implica que el producto se suministrará para todo el producto que requiera la escuela (en todos los tipos de menús) y durante todo el curso escolar |
Título del criterio | REALIZACIÓN DE ENCUESTAS DE SATISFACCIÓN ANUALES |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | Las encuestas de satisfacción anuales permiten obtener información cuantificada sobre las valoraciones realizadas por las personas usuarias destinatarias del servicio y su nivel de calidad percibida. En los siguientes grupos de interés: • Trabajadores/as del servicio (la propuesta incluye el modelo de encuesta y metodología). • Al poder adjudicador y, en su caso, cliente final o personas usuarias del servicio (la propuesta incluye el modelo de encuesta y metodología). • A proveedores (la propuesta incluye el modelo de encuesta y metodología). |
Ejemplo de redacción del criterio | Por la realización de encuestas de satisfacción anuales que permitan desarrollar acciones de mejora de la calidad del servicio. Cantidad/Calidad de indicados de satisfacción; adaptación del cuestionario a las características del servicio; adaptación del cuestionario a la diversidad de perfiles de las personas usuarias; uso de resultados para la mejora de la calidad del servicio |
Título del criterio | REALIZACIÓN DE ACCIONES DE RECONOCIMIENTO Y AGRADECIMIENTO A LOS TRABAJADORES/AS DEL SERVICIO |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | Como parte de las medidas que permiten garantizar el bienestar laboral de los trabajadores, la realización de acciones de reconocimiento y agradecimiento permite promover la motivación personal por el trabajo realizado e impulsar mejoras en las competencias profesionales. Este bienestar laboral y la mejora de la competencia profesional asociada redunda en una ejecución prestación más eficiente y de calidad superior. Las acciones de reconocimiento y agradecimiento podrán realizarse a partir de: los resultados de las encuestas de satisfacción de las personas usuarias; los resultados de los procesos de auditoría; por la valoración interna de la empresa adjudicataria; por recomendación de los/las responsables del contrato |
Ejemplo de redacción del criterio | Realización de acciones de reconocimiento y agradecimiento a los trabajadores/as del servicio. Número de acciones de reconocimiento y agradecimiento a los trabajadores/ras del servicio; diferentes tipos de reconocimiento (por ejemplo, premios, formaciones, bonificaciones, etc) |
Título del criterio | ESTABLECIMIENTO DE UN CANAL DE PARTICIPACIÓN PARA QUE PRESENTEN SUS PROPUESTAS DE MEJORA DEL SERVICIO |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | Los trabajadores del servicio tienen la posibilidad de aportar un conocimiento directo a partir de la experiencia sobre las posibles acciones de mejora que permitan promover la calidad del servicio. Entre los aspectos más destacados de la responsabilidad social corporativa, además de los sociales y ambientales, encontramos los aspectos de buen gobierno o gobernanza, como sistema que garantiza la participación en aspectos clave del desarrollo del servicio, garantizando criterios como la igualdad de oportunidades en la participación o la efectiva consideración de las propuestas realizadas por las personas trabajadoras en el contrato. Se valorará el establecimiento de instrumentos y metodologías de participación de las personas trabajadoras para la transferencia de sus propuestas de mejora hacia el servicio objeto del contrato |
Ejemplo de redacción del criterio | Por el establecimiento de un canal de participación de trabajadores/as, porque presentan sus propuestas de mejora del servicio. |
Establecimiento del canal de participación; frecuencia de revisión de las propuestas; metodología para la valoración de las propuestas |
Título del criterio | REALIZACIÓN DE PREMIOS ANUALES PARA LOS/LAS TRABAJADORES/AS DEL SERVICIO |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | Entrega de premios anuales de reconocimiento por el trabajo realizado por parte de las personas trabajadoras en el contrato. Los premios tendrán que estar asociados a estándares de calidad para la prestación y de orientación al servicio público claramente identificados e identificables por las personas trabajadoras adscritas en la ejecución, de forma que sea el resultado positivo el que sirva de incentivo. Como parte de las medidas que permiten garantizar el bienestar laboral de las personas trabajadoras, la realización de premios anuales para las personas trabajadoras, permite promover la motivación personal por el trabajo realizado e impulsar mejoras en las competencias profesionales que redunden en una mejor ejecución de la prestación objeto del contrato. |
Ejemplo de redacción del criterio | Por el establecimiento de un sistema de premios anuales a los trabajadores del servicio asociados a la consecución de estándares de calidad de la prestación. Número de premios entregados a los trabajadores/ras del servicio; diferentes tipos de premios (por ejemplo, premios, formaciones, bonificaciones, etc) |
Título del criterio | PRESENTACIÓN DEL CÓDIGO ÉTICO VIGENTE |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | La compra pública ética se convierte en un xxxxx clave de la contratación pública socialmente responsable. Los códigos éticos incorporan la misión, visión y valores de las empresas y organizaciones en relación con el cumplimiento del marco jurídico vigente de cada sector/ámbito, la transparencia y rendición de cuenta, y las medidas sociales, ambientales y de buen gobierno que rigen las actuaciones de la empresa. |
Ejemplo de redacción del criterio | Presentación del Código Ético Vigente |
Título del criterio | SUPERAR EL 2% NORMATIVO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD CONTRATADAS EN EMPLEO DIRECTO |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | Con el fin de fomentar la inclusión social de personas con riesgo de exclusión social, como puede ser el caso de las personas con discapacidad, la normativa sectorial obliga a las empresas con un determinado número de personas trabajadoras en plantilla a ocupar un mínimo del 2% con personas con discapacidad declarada de al menos el 33%. Se puede incentivar la consideración de la mejora de estos mínimos normativos a través del contrato público, siempre dentro del objeto contractual, fomentando entre los licitadores, especialmente en contratos donde se incorpore a un gran número de personas trabajadoras para su ejecución, la oferta de incorporación de un porcentaje superior al 2% de las personas ocupadas en la ejecución del contrato de forma directa, replicando y mejorando así el objetivo de la norma dentro del ámbito exclusivo de la ejecución del contrato. La oferta incluiría el compromiso de incorporar a la ejecución del contrato de forma directa a un número superior al 2% de personas con discapacidad reconocida. La puntuación podría graduarse en función del incremento hasta el límite máximo que se marcara en el pliego, otorgando la máxima puntuación al licitador que hiciese la oferta más alta en temas porcentuales respecto del personal mínimo obligatorio que se habría indicado en el PPT. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | PRESENTACIÓN DE UN INFORME DE MEMORIA ANUAL CON LAS ACCIONES DE RESPONSABILIDAD SOCIAL APLICADAS |
Tipo de criterio | CJV |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Ponderación máxima recomendada | - |
Descripción/justificación | Compromiso de la empresa licitadora de cumplimiento de determinadas acciones de responsabilidad social realizadas desde el servicio hacia las personas trabajadoras, hacia la sociedad o con la comunidad y presentación de un informe anual que evalúe los logros a lo largo de la ejecución del contrato. Presentación de un informe de memoria anual con las acciones de responsabilidad social desde el servicio, realizadas con trabajadores/as, con la comunidad y la sociedad. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | PLAN DE FORMACIÓN PARA EL SERVICIO |
Tipo de criterio | CJV |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | Valorar bajo criterios de calidad un determinado plan de formación que forme parte de la oferta del licitador para con las personas trabajadoras |
ocupadas en la ejecución del contrato. Incluye tipos de cursos, contenidos, duración y número de profesionales del servicio que recibirán formación a lo largo del contrato. | |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | SISTEMA DE SATISFACCIÓN DEL PODER ADJUDICADOR DEL SERVICIO Y EL CASO, DE PERSONAS USUARIAS |
Tipo de criterio | CJV |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | Valoración, bajo criterios de calidad y eficiencia, de un sistema de medición de la satisfacción que tenga como destinatario el órgano de contradicción o las personas usuarias, con encuestas de satisfacción el poder adjudicatario del servicio (con ficha técnica) y, si en su caso, cliente final (personas usuarias del servicio), incluyendo las preguntas, la agrupación de categorías y los estándares propuestos. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | REVISIÓN MÉDICA ANUAL |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Cohesión social y territorial |
Descripción/justificación | En cuanto a la revisión médica anual, que debe interpretarse referida a los trabajadores afectos al contrato, se considera que la salud de este personal es un aspecto vinculado al objeto del contrato, y puede redundar en una mejor prestación del servicio. (La resolución 57/2022 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) , de 20 de enero de 2022, avala el criterio de adjudicación) |
Ejemplo de redacción del criterio | Se asignarán X puntos a la licitadora que se comprometa a realizar a su xxxxx revisiones médicas anuales para todos los trabajadores a lo largo de la vigencia del contrato, y 0 puntos a la licitadora que no se comprometa a ello |
Enlace de interés: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxx_xxx/xxx.xxx?xxxXXX-X-0000-0000: Orden PCI/566/2019, de 21 xx xxxx, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 xx xxxxx de 2019, por el que se aprueba el Plan para el impulso de la contratación pública socialmente responsable en el marco de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
4º CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN RELACIONADOS CON EL EJE “IGUALDAD DE GÉNERO”
Se trata de incluir la dimensión de género, recogiendo lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, incluyendo la posibilidad de
valorar las medidas de conciliación, de responsabilidad social de la empresa, o bien que se designen directoras de proyecto o se valoren ciertos porcentajes de esfuerzo femenino en los proyectos.
Título del criterio | FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN FEMENINA |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Igualdad de Género |
Descripción/justificación | El criterio de adjudicación se encuentra entre las finalidades listadas como ejemplos en el artículo 145 de la LCSP. El fomento de medidas para superar los diferentes tipos de discriminación laboral relacionados con el sexo o género se encuentra en la base de toda la legislación relativa a la igualdad, tanto en las leyes, como en las disposiciones generales, en los Planes de Igualdad o en los convenios colectivos. Estas medidas pueden incidir positivamente en la reducción de la brecha salarial de género que se genera por distintas situaciones de segregación vertical y segregación horizontal. |
Ejemplo de redacción del criterio | OPCIÓN 1: Para fomentar la contratación femenina se valorará con XX puntos aquella oferta en la que la entidad licitadora se comprometa a incorporar para la ejecución del objeto del contrato, tomando como referencia el número mínimo de personas y perfiles profesionales indicado en el PPT, un mayor número de mujeres, en función de las características específicas de la prestación y en caso de que se considere adecuado, habrá que indicar aquí aquellas variables necesarias para la presentación de la oferta, como pueden ser el tipo de jornada , el número de horas, las categorías profesionales objeto de la medida, etc...] aplicando la fórmula: P = (NM/MOM) X 10 Resultando: P (Puntuación obtenida) = NM/MOM (mejor oferta en relación al número de mujeres que se compromete a contratar). Obtendrá la máxima puntuación la oferta que proponga un mayor número de mujeres. El resto de ofertas obtendrán una puntuación decreciente y proporcional. OPCIÓN 2: Se valorará con X puntos el compromiso de emplear en la plantilla que ejecutará el contrato y durante toda la prestación contractual, una proporción de mujeres al menos 15 puntos superior al porcentaje medio recogido por sexo y rama de actividad en la última Encuesta de Población Activa del EUSTAT para el sector de (...), tomando como referencia la fecha de formalización del contrato. Alternativa: valoración de la contratación de un número determinado. Se valorará con X puntos el compromiso de emplear en la plantilla que ejecutará |
el contrato y durante toda la prestación contractual, a X mujeres. Alternativa: contratación de un número concreto de mujeres y valoración mediante escala. Así, por ejemplo, se valorará con 3 puntos el compromiso de emplear en la plantilla que ejecutará el contrato y durante toda la prestación contractual, a 1 mujeres, con 6 puntos a 2 mujeres, y con 9 puntos a 3 mujeres. OPCIÓN 3: Se valorará con X puntos el compromiso de emplear para la ejecución del contrato, y durante toda la prestación contractual, a un porcentaje mínimo del 50% de mujeres en puestos de responsabilidad, gerencia o cualificados. Alternativa: valoración de la contratación de un número determinado (con o sin escala). Se valorará con X puntos el compromiso de emplear en la plantilla que ejecutará el contrato y durante toda la prestación contractual, a X mujeres en puestos de responsabilidad, gerencia o cualificados. OPCIÓN 4: Contratación de mujeres en situación de desventaja social: Se valorará con X puntos a las empresas o entidades licitadoras que se comprometan a emplear en la plantilla que ejecutará el contrato a X mujeres con dificultades de acceso al mercado laboral y a mantener su contratación durante toda la prestación contractual. De forma complementaria: se puede establecer un colectivo xxxxx de mujeres específico. Deberá hacerse en función del sector de actividad, la cualificación necesaria, el perfil de personas a emplear y la implicación o los programas de empleo e inserción que disponga cada administración. En todo caso, es necesario definir el perfil de manera objetiva, por ejemplo: Mujeres con certificado de discapacidad igual o superior al 33%. Mujeres perceptoras xx xxxxx garantizada o renta mínima de inserción. Mujeres víctimas de violencia machista. Mujeres con dificultades de acceso al mercado laboral, conforme al Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre. |
Título del criterio | ACCIONES DE MEJORA PARA LA IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Igualdad de Género |
Descripción/justificación | Se valorará hasta con X puntos el compromiso de la empresa de adoptar alguna o algunas de las siguientes acciones de mejora en materia de igualdad de mujeres y hombres en la empresa. |
Ejemplo de redacción del criterio | Por el compromiso de aplicar o desarrollar cada una de las siguientes acciones se otorgará X puntos: 1. Por el compromiso de realizar y aportar un diagnóstico o un análisis sobre la situación de igualdad de mujeres y hombres en la empresa, en su plantilla o entre las personas beneficiarias de la prestación contractual. 2. Por el compromiso de impartir al menos X horas anuales de formación en materia de igualdad a la plantilla que ejecuta el contrato, formación que deberá ser certificada por un organismo oficial o autorizado. 3. Por la designación de una persona de la plantilla o por la contratación de una técnica o un técnico en igualdad, como responsable en materia de igualdad. 4. Por la aprobación y difusión de un protocolo o medidas específicas para prevenir y hacer frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo en el trabajo, o para prevenir el acoso sexual contra las personas beneficiarias o usuarias de la prestación contractual; y/o para prevenir las situaciones de violencia machista. 5. Por la aprobación y difusión de un protocolo específico para el empleo de lenguaje inclusivo e igualitario en la empresa, de modo que toda la documentación, publicidad, imagen o material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, utilice un uso no sexista del lenguaje, evite cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomente una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género. 6. Por el diseño, establecimiento y aplicación de medidas de conciliación de la vida personal, laboral y familiar para la plantilla que ejecute el contrato o para las personas usuarias o beneficiarias del mismo, siempre que mejoren las ya existentes. Se valorará con X puntos por la aplicación de cada una de las siguientes medidas, debiendo detallar en su propuesta técnica el número de personas beneficiarias desagregadas por sexo, el presupuesto destinado a cada medida: -Mejora o ampliación de los permisos, licencias o excedencias establecidas por la normativa legal vigente. -Flexibilización y/o adecuación de la jornada u horario de trabajo, o sistemas de teletrabajo. -Servicios de apoyo a la conciliación (dispositivos propios, privados o sociocomunitarios faciliten la atención de menores o personas dependientes; |
cheque servicio; comedores, guarderías, centros de día o ludotecas). 7. Por el compromiso de diseñar y evaluar la prestación contractual con perspectiva de género: -Consideración de la desigualdad social que afecta a las mujeres en el diagnóstico del proyecto, en sus objetivos y en las actividades previstas. -Inclusión a lo largo del proyecto y de forma transversal de las diferentes situaciones, necesidades, intereses, aspiraciones y problemáticas específicas de mujeres y hombres, teniendo en cuenta la diversidad existente en unas y en otros, y en especial, la situación de las mujeres que sufren discriminación múltiple. -Compromiso de presentar una memoria sobre el impacto de género de la contratación, en las personas beneficiarias de la actuación contratada o en el personal que ejecutará la misma. Para ello, deberán presentarse datos desglosados e indicadores que permitan evaluar la eficacia de las medidas de igualdad aplicadas |
Título del criterio | FORMACIÓN EN GÉNERO |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Igualdad de Género |
Descripción/justificación | Con el fin de llevar a cabo una ejecución del contrato más eficiente, especialmente en contratos cuya ejecución implique trato directo con la ciudadanía y por tanto sean ejecutados por un personal que debe atender directamente a las personas usuarias, se puede valorar que los licitadores acrediten una formación en género superior a la exigida como obligatoria. Para la valoración de este criterio es imprescindible que la formación acreditada esté certificada por un centro de formación acreditado, administración pública, universidad, colegio o asociación profesional. Especialmente indicado en contratos de servicios con atención directa a la ciudadanía. Puede plantearse como mejora que se acredite una formación superior a la exigida en un criterio de solvencia técnica o profesional. |
Ejemplo de redacción del criterio | OPCIÓN 1: Se valorará con un máximo del *** de la puntuación total que el personal técnico encargado dentro de la ejecución del contrato de [... Funciones o perfiles definidos...] cuente con una formación acreditada en igualdad de género superior a la exigida en la cláusula *** en lo referente a la solvencia técnica y profesional. La empresa debe declarar, respecto de cada persona, el nivel de formación superior al exigido como criterio de solvencia. La puntuación se otorgará de acuerdo con la siguiente ponderación: (deberá |
establecerse un sistema de valoración de la oferta que concuerde con los parámetros que recoja el criterio de solvencia que se haya planteado). Para la valoración de este criterio es imprescindible que la formación acreditada esté certificada por un centro de formación acreditado, Administración pública, Universidad, Colegio o asociación profesional. En caso de que no se aporte esta certificación, no se procederá a valorar este aspecto. La oferta de la empresa licitadora se configura como obligación esencial y su incumplimiento supondrá la imposición de una penalidad de 1% del precio del contrato, que se incrementará mensualmente hasta un máximo del 10%, pudiendo convertirse en causa de extinción contractual. OPCIÓN 2: Se valorará hasta con X puntos los siguientes aspectos de la empresa o entidad licitadora en relación con la igualdad de mujeres y hombres. -Por la cualificación y la experiencia en materia de igualdad de mujeres y hombres del personal que vaya a ejecutar el contrato: X puntos por cada persona que se adscriba a la ejecución del contrato con una formación mínima acreditada de 150 horas en materia de igualdad de mujeres y hombres. X puntos por cada persona que se adscriba a la ejecución del contrato con una experiencia laboral acreditada de al menos tres años en trabajos directamente relacionados con la igualdad de mujeres y hombres. |
Título del criterio | FORMACIÓN EN GÉNERO 2 |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Igualdad de Género |
Descripción/justificación | En caso de que no se haya incorporado un criterio obligatorio de solvencia sobre la formación en género, se podrá valorar, especialmente en contratos cuya ejecución implique trato directo con la ciudadanía y por tanto sean ejecutados por un personal que debe atender directamente a las personas usuarias, el compromiso firme de las empresas licitadoras al proporcionar una formación en género a este personal en los primeros meses de ejecución del contrato, de forma que las habilidades y conocimientos adquiridos por este personal redunden en una ejecución más eficiente de la prestación. Especialmente indicado en contratos de servicios con atención directa a la ciudadanía. Valora el compromiso de la empresa licitadora por formar en género a las personas trabajadoras de un |
determinado perfil en los primeros meses de la ejecución del contrato. | |
Ejemplo de redacción del criterio | Siempre que NO se haya incluido como criterio de solvencia técnica y profesional la "Formación en género" y se quiera valorar un compromiso de la empresa licitadora por formar en género en los primeros meses de la ejecución del contrato las personas trabajadoras de un determinado perfil: se valorará con un máximo del 10% de la puntuación total la oferta de la empresa licitadora que se comprometa a proporcionar el personal que dedicará a la ejecución del contrato a la atención de personas usuarias, formación en igualdad de género. La puntuación se otorgará de acuerdo con la siguiente ponderación: Formación de 10 o más horas del 100% del personal implicado en la atención a personas usuarias. 10% puntos Formación de 5 horas o más del 100% del personal implicado en la atención a personas usuarias. 7% puntos |
Título del criterio | FORMACIÓN EN URBANISMO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Igualdad de Género |
Descripción/justificación | La gestión y el planteamiento urbanístico tiene relación con la sociedad y la cultura de cada período histórico. Los espacios, lugares y paisajes tienen unos significados y valores que desde el urbanismo se intentan adaptar a las necesidades de la ciudadanía. A pesar de las diferencias individuales en el momento de vivir la ciudad, el urbanismo es una herramienta clave para diseñar, transformar y establecer el equilibrio vital y sostenible entre el territorio y las personas. Lo que se plantea desde el urbanismo con perspectiva de género es tener en cuenta las necesidades y actividades cotidianas de las mujeres y los hombres, en toda su diversidad y en todas las etapas de la vida, y situarlas en el centro de las acciones políticas y estratégicas del entorno y el territorio en el que viven. En el contrato público se valorará que el personal técnico que ejecutará el contrato acredite una formación urbanística con perspectiva de género, a fin de fomentar la incorporación de estas consideraciones a una ejecución del contrato, más inclusiva, y mejor orientada a la eliminación de discriminaciones a través del espacio público. Esta consideración, que ejemplifica una variante más específica del criterio de adjudicación de "Formación en género", puede trasladarse a otros ámbitos técnicos que por su especificidad pueden |
encontrarse adecuado el fomento y la inclusión de la perspectiva de género, para una ejecución del contrato más eficiente, más inclusiva, y no discriminatoria. Valora la formación de personal adscrito al contrato en talleres de urbanismo que hayan incorporado la perspectiva de género y puedan ser acreditados oficialmente. Fomenta la incorporación de la perspectiva de género en cualquier ámbito funcional más allá de la formación en género en sí misma. | |
Ejemplo de redacción del criterio | El [órgano de contratación] está promoviendo la gestión municipal en todos sus ámbitos incluyendo la perspectiva de género, igualdad e inclusión. Para valorar estos aspectos se puntuará que el/la técnico/a adscrito al contrato haya asistido a cursos de formación o talleres sobre Urbanismo con perspectiva de Género de la siguiente forma: "Cursos o Talleres: Urbanismo con perspectiva de género o similar DURACIÓN DEL CURSO ACREDITADA y PUNTUACIÓN: Hasta 10 horas XX puntos Hasta 20 horas XX puntos” |
Título del criterio | FORMACIÓN EN PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN ANTE LAS VIOLENCIAS SEXUALES EN ENTORNOS DE OCIO |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Igualdad de Género |
Descripción/justificación | art. 145.2.1r. LCSP (características sociales), art. 145.2.2º LCSP (calificación del personal adscrito al contrato) En aquellas licitaciones que tengan por objeto los servicios de vigilancia privada en eventos y/o actos de pública concurrencia se puntuará la oferta de la empresa que acredite que el personal que ejecutará el contrato ha cursado formación específica reglada/oficial en prevención y actuación ante las violencias sexuales, sin prejuicio que la empresa pueda estar adherida a los diferentes protocolos en la materia que disponen las instituciones públicas, en el convencimiento de que la formación de estos profesionales puede redundar de forma significativa en la calidad del servicio en cuanto a esta vertiente |
Ejemplo de redacción del criterio | Se valorará como criterio de adjudicación que las licitadoras puedan acreditar formación específica del personal adscrito en materia de prevención y actuación frente a las violencias sexuales en entornos de ocio. Para la valoración de este criterio es imprescindible que la formación acreditada esté certificada por un centro de formación acreditado, administración pública, universidad, colegio o asociación profesional. En caso de que no se aporte |
esta certificación, no se procederá a valorar este aspecto. La oferta de la empresa licitadora convertirá obligación esencial y su incumplimiento supondrá la imposición de una penalidad de 1% del precio del contrato, que se incrementará mensualmente hasta un máximo del 10%, pudiendo convertirse en causa de extinción contractual. |
Título del criterio | PERSPECTIVA DE GÉNERO |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Igualdad de Género |
Descripción/justificación | Esta cláusula pretende que la ejecución de obras o servicios contenga una perspectiva de género que contemple las circunstancias y necesidades propias de las mujeres y hombres, para promover su uso igualitario. Si el contrato pudiera ejecutarse sin tener en cuenta la perspectiva de género, pero se desea incluirla en su ejecución, es necesario señalarlo en la descripción del objeto del contrato y conveniente indicarlo en el título |
Ejemplo de redacción del criterio | Se valorará hasta con X puntos la propuesta de medidas encaminadas a atender las necesidades específicas de mujeres y hombres (diferentes situaciones, necesidades, intereses, aspiraciones, problemáticas etc.). que propicien el uso igualitario de los bienes y/o servicios objeto del contrato Se otorgará Y puntos a cada medida que la unidad gestora considere válida, hasta el máximo de X puntos. La oferta deberá especificar las condiciones en que se van a aplicar estas medidas de forma suficientemente detallada para que sea posible examinar su validez. |
Título del criterio | INFORME DE IMPACTO DE GÉNERO |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Igualdad de Género |
Descripción/justificación | El compromiso de presentar un informe de impacto de género con indicadores y datos desglosados por sexo de las personas beneficiarias o usuarias del contrato, y de la plantilla que ejecutará el mismo, detallando el contenido de las medidas de igualdad aplicadas. El compromiso implica la utilización de indicadores de género en la evaluación del contrato a ejecutar. |
Ejemplo de redacción del criterio | Si lo oferta: x puntos Si no lo oferta: 0 puntos OTRA OPCIÓN: Se valorará hasta con X puntos la incorporación por parte de las entidades licitadoras del |
compromiso de presentar un informe de impacto de género con indicadores y datos desglosados por sexo: (elegir una o ambas según el tipo de contrato y en su caso determinar puntuación para cada una) o De las personas beneficiarias del contrato, o De la plantilla que ejecutará el contrato. |
Título del criterio | CONTRATACIÓN EN SECTORES DE ACTIVIDAD CON MENOR ÍNDICE DE OCUPACIÓN FEMENINA. |
Tipo de criterio | CA |
Eje del PRTR | Igualdad de Género |
Descripción/justificación | En aquellas ramas de actividad económica según la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2009) donde exista un porcentaje más bajo de ocupación femenina según los datos del Instituto Nacional de Estadística en el año en el que se publican los pliegos o en el inmediatamente anterior, se podrá valorar la contratación de mujeres. Así, desde el convencimiento de que la incorporación de mujeres a la ejecución de la prestación va a enriquecer y aportar valor a la misma, se podrá valorar que, en las nuevas contrataciones, bajas y sustituciones que se produzcan durante la ejecución del contrato, deberá incorporar mujeres, mientras no se haya alcanzado un porcentaje del 50% respecto del total de trabajadores hombres adscritos al mismo. |
Ejemplo de redacción del criterio | Si lo oferta: x puntos Si no lo oferta: 0 puntos |
Enlace de interés: Guías para incorporar la perspectiva de género en las actuaciones financiables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, del Ministerio de igualdad: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxx/xx- destacado/docs/Guia.PerspectivaDeGenero.PRTR.WEB.pdf
5º OTROS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN RELACIONADOS CON LA CALIDAD
Título del criterio | POR LA ACREDITACIÓN DE FORMACIÓN TÉCNICA ESPECIALIZADA DEL PERSONAL QUE EJECUTARÁ EL CONTRATO |
Tipo de criterio | CA |
Descripción/justificación | El criterio valora que los profesionales adscritos al contrato, definidos por su puesto de trabajo o grupo profesional, dispongan de formación técnica especializada, lo que debe redundar en una ejecución más eficiente de la prestación, al tratarse de un servicio muy especializado, donde elementos |
como la formación o la experiencia de los profesionales en el tema sobre el que versa puede marcar una gran diferencia de calidad. Se valora la acreditación de una formación técnica especializada más allá de los mínimos exigidos. | |
Ejemplo de redacción del criterio | Ejemplo en pliego de servicios de Asistencia jurídica y técnica en materia de protección, tenencia y venta de animales • Por la formación del profesional 1 (Abogado/a senior), hasta un máximo de 10 puntos: • Por la formación del Profesional 2 (Abogado/a junior), hasta un máximo de 10 puntos: "Hasta un máximo de XX puntos por cursos oficiales en procedimiento administrativo general de más de XX horas. Se otorgarán XX puntos por hora de curso, a contar a partir de la hora XX, hasta un máximo de XX puntos por curso. Se otorgarán XX puntos por la formación específica en materia de derecho animal. Los cursos de duración inferior a 15 horas no se computarán." |
Título del criterio | MEDIDA DE INDICADORES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO |
Tipo de criterio | CA |
Descripción/justificación | Se valora el establecimiento de un mecanismo de reporte de la información relevante o consulta directa por parte de la administración, para comprobar el cumplimiento de indicadores de la prestación del servicio. Al menos trimestralmente (la propuesta incluye los indicadores, su fórmula de cálculo y frecuencia). |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | APORTACIÓN DE CERTIFICADOS DE CALIDAD Y EXCELENCIA ADICIONALES |
Tipo de criterio | CA |
Descripción/justificación | Las certificaciones y/o sellos adicionales de calidad y excelencia pueden ser un instrumento de evaluación del nivel de cumplimiento técnico de las empresas licitadoras en sus sectores, a partir de procesos de certificación llevados a cabo por entidades y organizaciones autorizadas ámbito, y por tanto, con una base sólida de cumplimiento de niveles de calidad objetivables. |
Ejemplo de redacción del criterio | Aportación de certificados de calidad y excelencia adicionales a los solicitados en la solvencia técnica, en los que, en su alcance y actividades, esté |
contenida contrato. | la | tipología | de | servicio | objeto | del |
Título del criterio | APORTACIÓN DE RESULTADOS DE ENCUESTAS DE SATISFACCIÓN |
Tipo de criterio | CA |
Descripción/justificación | La calidad se incorpora como elemento clave del cambio de paradigma de la contratación pública, en la que no sólo se consideran los criterios económicos relacionados con el precio y la eficiencia económica. Las encuestas de satisfacción de las personas usuarias son uno de los instrumentos que permiten realizar un seguimiento de la calidad del servicio durante el periodo de ejecución del contrato. La realización de encuestas periódicas aporta información valiosa, cuantitativa y cualitativa, para los responsables de los contratos en su gestión, ofreciendo posibilidades de mejora continua de las características técnicas del servicio; y el cumplimiento del resto de criterios automáticos y/o de juicio de valor, necesarios para la satisfacción de los destinarios finales de los servicios y garantizar la calidad y utilidad pública de los mismos. |
Ejemplo de redacción del criterio | Dos subcriterios posibles: • De trabajadores/as de servicios similares a los del objeto de contrato. • De administraciones públicas y, en su caso, de personas usuarias, en servicios similares a los del objeto de contrato. |
Título del criterio | APORTACIÓN DE RESULTADOS DE INDICADORES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EN SERVICIOS SIMILARES A LOS DEL OBJETO DEL CONTRATO |
Tipo de criterio | CA |
Descripción/justificación | Los indicadores permiten obtener información cuantitativa sobre el grado de consecución de objetivos del servicio, con el fin de utilizarlos como información relevante para la mejora continua de la calidad. |
Ejemplo de redacción del criterio | La propuesta debe incluir los indicadores, la fórmula de cálculo y la frecuencia Criterios para la definición y selección de indicadores. |
Título del criterio | APORTACIÓN DE SISTEMA PARA QUE, EN LA SUBCONTRATACIÓN A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, SE ASUMAN LOS COMPROMISOS DE LOS SISTEMAS DE CALIDAD Y MEDIOAMBIENTALES DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA |
Tipo de criterio | CA |
Descripción/justificación | Se debe garantizar que en los casos donde haya subcontratación, las empresas subcontratadas también deben cumplir los criterios automáticos y/o de juicio de valor, necesarios para la satisfacción de los |
destinarios finales de los servicios y garantizar la calidad y utilidad pública de los mismos. | |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | SISTEMA DE DEFINICIÓN Y SEGUIMIENTO DE OBJETIVOS DEL SERVICIO |
Tipo de criterio | CJV |
Descripción/justificación | Valorar la propuesta de definición y seguimiento de los objetivos del servicio a partir de unos indicadores mínimos de calidad descritos en los pliegos, a fin de fomentar una actitud proactiva en la empresa licitadora en la consecución y mejora de la prestación. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | PROCESOS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO |
Tipo de criterio | CJV |
Descripción/justificación | Valorar la propuesta de la empresa licitadora sobre determinados procesos intervinientes en la ejecución del contrato, incluyendo la descripción, la identificación del/de los profesional/es responsable/s del proceso y los indicadores de medición para su correcto funcionamiento. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | SISTEMA DE LIDERAZGO DEL SERVICIO |
Tipo de criterio | CJV |
Descripción/justificación | Valora bajo criterios de calidad y eficiencia la definición del sistema de liderazgo del servicio, desde la definición de las personas que van a tener este rol, pasando por la calidad y la eficiencia de la cadena de liderazgo, la comunicación entre las personas que ostenten este rol y los compromisos que desde el liderazgo se ofrecen en la prestación de los servicios. Incluye definición del líder, cadena de liderazgo, comunicación entre líderes y compromisos de liderazgo en la prestación de servicio |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | SISTEMA DE MEDIDA DE RESULTADOS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO |
Tipo de criterio | CJV |
Descripción/justificación | Valoración bajo criterios de calidad y eficacia de la oferta de las empresas licitadoras respecto de los instrumentos (cuadros de mando), definición de indicadores, fórmula de cálculo, frecuencia de medición y estándares propuestos. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | MODELO DE INFORME ANUAL O MEMORIA DEL SERVICIO |
Tipo de criterio | CJV |
Descripción/justificación | Valoración bajo criterios de calidad y eficiencia de los modelos y estructuras de los documentos que deben contener los informes anuales o memorias del servicio, destacando los aspectos de calidad, claridad, resultados y mejora de la prestación de servicio. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | SISTEMA DE COORDINACIÓN ENTRE EL SERVICIO Y LOS RESPONSABLES DEL PODER ADJUDICADOR |
Tipo de criterio | CJV |
Descripción/justificación | Valoración bajo criterios de calidad y eficiencia los sistemas propuestos por la empresa licitadora en cuanto a la coordinación, la comunicación con el órgano de contratación, a fin de que se establezca un alto estándar de calidad en esta coordinación del equipo que ejecutará el contrato público con el correspondiente de la unidad promotora del contrato. |
Ejemplo de redacción del criterio | La propuesta de medidas de seguimiento y control con el equipo responsable del servicio. Se valorará el grado de detalle de la propuesta y adecuación al presente pliego. Hasta X puntos. Deberá incluir una propuesta de medidas de seguimiento con el equipo de (poder adjudicador): • 5 puntos: Describe de forma detallada, coherente y adecuada las medidas de seguimiento y control con el equipo responsable. • 2,5 punto: Describe genéricamente las medidas de seguimiento y control, pero no se permite observar la adecuación o presenta deficiencias leves en la adecuación. • 1 puntos: Describe brevemente alguna medida o presenta deficiencias relevantes en su adecuación. • 0 puntos: Ausencia de descripción de ningún tipo o la propuesta no es adecuada. |
Título del criterio | PLAN DE SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN INTERNA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO |
Tipo de criterio | CJV |
Descripción/justificación | Valoración bajo criterios de calidad y eficiencia la propuesta de la empresa licitadora respecto del seguimiento de la ejecución de la prestación, así como la propuesta de coordinación interna orientada al efecto. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | PLAN DE SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN INTERNA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO |
Tipo de criterio | CJV |
Descripción/justificación | Valoración bajo criterios de calidad y eficiencia la propuesta de la empresa licitadora respecto del seguimiento de la ejecución de la prestación, así como la propuesta de coordinación interna orientada al efecto. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | SISTEMA O PROGRAMA DE COMPLIANCE |
Tipo de criterio | CJV |
Descripción/justificación | Valoración del sistema de cumplimiento normativo y apercibimiento de delitos adoptado por la empresa licitadora y que será de aplicación para la ejecución del contrato, con el objetivo de fomentar la integridad en la contratación pública. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | SISTEMA DE SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y MEJORA DE LA CALIDAD DEL SERVICIO |
Tipo de criterio | CJV |
Descripción/justificación | Valoración bajo criterios de calidad y eficiencia de la propuesta de la empresa licitadora respecto al seguimiento de la ejecución de la prestación, así como la propuesta de procesos y compromisos de mejora a partir de los resultados obtenidos. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | MODELO DE ENCUESTA DE SATISFACCIÓN DE TRABAJADORES/AS DEL SERVICIO |
Tipo de criterio | CJV |
Descripción/justificación | Valoración de los modelos de encuesta propuestos para medición de la satisfacción de los trabajadores empleados en el servicio, (con ficha técnica), incluyendo las preguntas, la agrupación de categorías y los estándares propuestos. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | SISTEMA DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA CALIDAD DE PROVEEDORES O SUBCONTRATISTAS |
Tipo de criterio | CJV |
Descripción/justificación | Con el fin de implicar a la entidad licitadora en una ejecución del contrato más eficiente, que incorpore en su oferta qué sistema de evaluación incorporará para la medición y seguimiento de la calidad de sus proveedores o subcontratistas, con la descripción de los parámetros por determinar esa calidad, la frecuencia de los análisis, etc. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | EVALUACIÓN CONTINUA DE FORMACIÓN AL PERSONAL |
Tipo de criterio | CJV |
Descripción/justificación | Valoración bajo criterios de calidad del sistema propuesto por la empresa licitadora para la evaluación continua respecto de la formación recibida por el personal durante y para la ejecución del contrato, de forma que se pueda evaluar, corregir y mejorar, eficiencia de su actuación en la prestación a partir de esta evaluación continua. |
Ejemplo de redacción del criterio | - |
Título del criterio | MEJORA DE TIEMPO DE RESPUESTA |
Tipo de criterio | CJV |
Descripción/justificación | Por la mejora en el tiempo de respuesta ante los cambios de las necesidades de personal y medios técnicos, respecto a los tiempos máximos establecidos en los pliegos para cualquier contrato que incluya servicios técnicos, durante la ejecución del contrato o postventa. Normalmente, se establecen unos plazos máximos de asistencia para que el contratista responda en caso de avería o mal funcionamiento (de un equipo, de un programa, de una instalación, etc.…), pues la reducción de estos plazos de respuesta máximos frente a averías o necesidades urgentes es el que se puntúa. Así, aparte de los ejemplos como en el suministro de material electrónico y los servicios de adquisición de programas informáticos desarrollados a medida, también es útil para contratos que incluyen el mantenimiento general de los edificios/instalaciones (electricidad, calderas, enfriadoras, sistemas videovigilancia, etc..) o incluso para servicios de consultoría, de cara a reducir los plazos del contratista para tus dudas. Es un criterio bastante amplio y adaptable a la licitación concreta. |
Ejemplo de redacción del criterio | Se valora la reducción del tiempo de respuesta frente a posibles cambios de las necesidades de personal y medios técnicos de la siguiente manera: Se otorgan 15 puntos por la capacidad de responder a cambios en las necesidades de personal y medios técnicos con una antelación inferior a 24 horas. Se otorgan 7,5 puntos por la capacidad de responder a cambios en las necesidades de personal y medios técnicos con una antelación de entre 24 y 72 horas. |
Título del criterio | EXPERIENCIA ADICIONAL DEL PERSONA TÉCNICO ADSCRITO AL CONTRATO |
Tipo de criterio | CA |
Descripción/justificación | art. 145.2.2º. LCSP (experiencia del personal adscrito) Por la experiencia adicional del personal técnico adscrito al contrato |
Ejemplo de redacción del criterio | Se valorará como criterio de adjudicación la experiencia adicional del personal técnico adscrito al contrato siempre que esto pudiera afectar de forma significativa a la mejor ejecución del contrato. Se otorga 1 punto por cada técnico/operario/coordinador (etc...) adscrito al contrato que aporte un año (p.e. de experiencia adicional en relación a la mínima requerida como solvencia en servicios de , hasta un máximo de XX puntos. |