EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GELVES C/ 1er. Tte. Alcalde José Garrido, s/n Tlfn.: 95 576 00 00 Fax: 95 576 02 64 41120 – Gelves (Sevilla)
EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- X
XXXXXX DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE RIGE EL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PARA LA EXPLOTACIÓN DE BAR EN HOGAR DEL PENSIONISTA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXXX. 1.- OBJETO DEL CONTRATO Es objeto del presente pliego el contrato administrativo especial, en orden a la explotación del Bar – Cafetería sito en el Hogar del Pensionista, que prestará sus servicios a los usuarios del centro y al público en general. La prestación del servicio se realizará con las condiciones mínimas fijadas en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo especial, tal y como establece el artículo 25.1 b) de la Ley 9/2017, de 9 de noviembre, de Contratos del Sector Público. La codificación del presente contrato, conforme al Reglamento (CE) n.º 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) n.º 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocablo Común de Contratos Públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los procedimientos de los contratos públicos, es la siguiente: 55330000. 1.1.- Descripción del espacio destinado a la explotación. El espacio destinado a bar se encuentra dentro del Hogar del Pensionista xx Xxxxxx, sito en la C/ Real s/n, y tiene la descripción contenida en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El horario de apertura del bar será como mínimo de 09:00 a 22:00 horas de lunes a sábado, y de 09:00 a 15:00 horas, domingos y festivos. Podrá ampliarse el horario de apertura y cierre del establecimiento, previa autorización por parte del Ayuntamiento, y siempre que cumpla con la normativa vigente en materia de horarios de apertura y cierre de establecimientos públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Los servicios a prestar con carácter obligatorio son los siguientes: Servicio de cafetería, bebidas frías y calientes y tapas frías. 2.- RÉGIMEN ECONÓMICO. El adjudicatario/a del presente contrato tendrá que abonar al Ayuntamiento la cantidad de TRES MIL EUROS (3.000,00 euros) al año, más el iva al tipo en que se encuentre en vigor, con un período de carencia de 18 meses, a contar desde la puesta en marcha de la prestación del servicio de bar.
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 1/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
Dicho importe podrá ser mejorado por los licitadores en sus ofertas, sin que en ningún caso pueda ser inferior a la cuantía estipulada. El importe anual resultante de la adjudicación, se incrementará en las anualidades siguientes conforme al porcentaje que establezca el Índice General de Precios al Consumo Vigente, o índice que en el futuro lo pudiera sustituir. 3. DURACION DEL CONTRATO. La duración del contrato, será de dos años, prorrogable anualmente hasta un máximo de seis años desde la fecha de su formalización. El contrato podrá prorrogarse por acuerdo expreso de las partes, antes de finalizar aquél, sin que la duración total de contrato, incluidas las prórrogas que habrán de ser anuales, pueda superar los seis años. La voluntad de prorrogar el contrato deberá comunicarse por escrito con una antelación de tres meses. 4.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación es la Alcaldesa del Ayuntamiento xx Xxxxxx. 5.- RESPONSABLE DEL CONTRATO. El responsable del contrato será designado por el órgano de contratación, y supervisará la ejecución del contrato, adoptará las decisiones y dictará las instrucciones que sean necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada. 6.- PERFIL DE CONTRATANTE Y EXAMEN DEL EXPEDIENTE. El expediente contractual que regula este Pliego, podrá ser examinado en la Secretaria General, en horario de atención al público (de 9 a 14 horas), de lunes a viernes, durante el plazo establecido para la presentación de proposiciones, así como en el Perfil de Contratante de este Ayuntamiento alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público a la que se tendrá acceso a través de: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxx o a través de la página web xxxxxx.xx. 7. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION Y TRAMITACION DEL EXPEDIENTE El presente contrato se tramita por procedimiento abierto y tramitación ordinaria, con varios criterios de adjudicación, conforme a lo dispuesto en el Art.145 de la LCSP y tomando como base los criterios de adjudicación fijados posteriormente de conformidad con el Art.146 de la LCSP. En el procedimiento abierto todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores. La tramitación ordinaria determina que el plazo de presentación de ofertas será de mínimo 15 días naturales para contar desde el día posterior a la publicación del anuncio de la licitación.
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 2/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
8. CRITERIOS OBJETIVOS DE ADJUDICACIÓN El contrato se adjudicará a la oferta económicamente más ventajosa para la Corporación, teniendo en cuenta los siguientes criterios evaluables de forma automática. A) Mejor oferta económica: 50 puntos. Para la valoración de la oferta económica se asignará la puntuación máxima prevista en este apartado al mayor canon ofertado en favor de la Administración que no podrá ser inferior a 3000 euros anuales, puntuándose las demás ofertas de forma proporcional según la siguiente fórmula: Puntuación oferta Y = Precio Oferta Y x 50 / Precio Oferta máxima. B) Precio de las consumiciones. Se valorará con hasta 30 puntos la tarifa de precios que se proponga por los licitadores, obteniendo 30 puntos la lista que sea más económica en cada uno de los productos ofertados en la misma. El resto de ofertas se puntuará por una regla de tres. Los licitadores están obligados a ofertar todos y cada uno de los productos que aparecen en el listado. Quien resulte adjudicatario del contrato, podrá ampliar el listado de los productos ofertados, previa comunicación de los mismos al responsable del contrato por parte del Ayuntamiento. Los productos ofertados deberán ser de calidad. Los precios ofertados por los licitadores, para cada producto, no podrán ser superiores al precio establecido en esta cláusula. Bebidas Tinto xx xxxxxx 1,10 euros. Rioja 1,20 euros. Vino sin alcohol 0,75 euros. Vino dulce 1,10 euros. Manzanilla 1,10 euros. Mosto 0,60 euros. Tanque de cerveza 1,20 euros. Botellín de cerveza 1,00 euros. Cerveza sin alcohol 1,00 euros. Zumos 1,10 euros. Lata de refresco 1,00 euros. Vaso de casera 0,60 euros. Café 1,10 euros. Descafeinado 1,10 euros. Vaso de leche 0,90 euros. Infusiones 0,90 euros. Licores 1,10 euros. Cubata de xxx 4,00 euros Cubata xx xxxxxxx 4,00 euros. Cubata de whisky 4,00 euros. Chupitos whisky nacional 1,00 euros.
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 3/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
Chupitos whisky escocés 1,25 euros. Desayunos y meriendas Café y ½ tostada 1,50 euros. Café y tostada 2,00 euros. Café y mollete 1,80 euros. Churros y chocolate 1,25 euros. Tapas Montaditos 1,50 euros. Chacinas 1,50 euros. Ensaladilla 1,50 euros. Aliños 1,50 euros. C) Programa de actividades socio-culturales anual. Se valorará hasta 20 puntos el programa anual de actividades orientadas a las personas mayores a desarrollar en el hogar del pensionista. Obteniendo 4 puntos por cada actividad a desarrollar. Actividades: 1) Merienda primera semana de octubre con motivo del día del mayor: servicio de alimentos y bebidas de merienda para un aforo aproximado de 100 personas. (café, infusiones, agua, refresos, batidos, dulces y salados variados). 8 puntos. 2) Desayuno típico andaluz y merienda consistente en chocolatada con churros, en la última semana de febrero con motivo del día de Andalucía, para un aforo aproximado de 100 personas. 8 puntos. 3) Taller enfocado a las personas mayores con libre disposición de fecha a lo largo del año enfocado al ocio, la memoria o la convivencia de las personas mayores, para un número aproximado de 100 personas. 4 puntos. 9. REQUISITOS PREVIOS DE LAS EMPRESAS PARA CONTRATAR CON EL AYUNTAMIENTO: CAPACIDAD, SOLVENCIA Y OTROS REQUISITOS DE LOS LICITADORES. 9.1. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 del LCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica, conforme a lo dispuesto en los artículos 74 a 76, y 86 a 95 del LCSP, o, en los casos que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas. 9.2. La documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos (Art.140 LCSP), queda sustituida por la presentación inicial de la Declaración responsable de conformidad con el anexo I, salvo aquellos que se exijan como documentación a presentar dentro del Sobre n.º 1 “Documentación administrativa”.
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 4/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
Sólo respecto del licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, se le requerirá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos (Art.150.2 LCSP). El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. 9.3.- La documentación requerida para acreditar los citados requisitos, viene configurada por los siguientes documentos: 9.3.1 Capacidad de obrar. a.- Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial, así como el Código de Identificación Fiscal (CIF), todo ello en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del licitador en el momento de la presentación de la proposición. b.- Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, en copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. c.- Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la capacidad de obrar se acreditará mediante su inscripción en un registro profesional o comercial, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo, o la presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I 1 del RGLCAP, para los contratos de obras. d.- Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Oficina Económica y Comercial de España en el exterior del lugar del domicilio de la empresa en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato, y que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asimilables. e.- Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 5/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
9.3.2 Bastanteo de poderes. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar también poder acreditativo de su representación declarado bastante por la Secretaria General del Ayuntamiento, todo ello en original o copia compulsada. Igualmente deberá presentar fotocopia compulsada del D.N.I. de la persona a cuyo favor se otorgó el apoderamiento o representación. Si el documento acreditativo de la representación contuviese delegación permanente de facultades, deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. 9.3.3 No estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración. Las personas físicas, o empresas, sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no podrán estar incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 71 del LCSP. 9.3.4 Cumplir las obligaciones sociales fijadas en el art. 71. 1 d LCSP. Declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo I al presente pliego, en el que se acredite que: · En el caso de empresas de 50 o más trabajadores, se cumple el requisito de que al menos el 2 por ciento de sus empleados sean trabajadores con discapacidad, de conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en las condiciones que reglamentariamente se determinen. · (Además) En el caso de empresas de más de 250 trabajadores, se cuenta con un plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres. 9.3.5 Solvencia económica, financiera y técnica. a.- Acreditación de la solvencia económica y financiera (87 LSCP), del empresario/a podrá acreditarse mediante: - Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales con una cobertura mínima de 150.253,03 euros, en caso de muerte, y hasta un tope acumulado de 1.202.024,21 euros para tal contingencia en el supuesto de que fuesen dos o más de ellas en un mismo siniestro. b.- La solvencia técnica (art. 91 LCSP) de los empresarios/as se acreditará aportando:
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 6/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
“Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.” - Requisitos mínimos de solvencia: La empresa deberá haber realizado en los tres últimos años al menos un (1) trabajo relacionado con el objeto del contrato cuyo importe mínimo deberá ser de 6.000 euros (iva incluido). - Forma de acreditar el requisito: Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. La relación de los servicios realizados deberá incluir importes, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. 9.3.6 Registro de Licitadores del Estado: Sustitución de Documentación Las empresas inscritas en los Registros de Licitadores o Contratistas del Estado estarán exentas de presentar la documentación que haya sido confiada a los citados Registros, debiendo para ello aportar el certificado de inscripción en el mencionado Registro y una declaración responsable de la persona con capacidad para ello por la que se acredite la validez y vigencia de los datos registrales. No obstante, si se hubieran producido alteraciones en los testimonios registrales, deberán aportar la documentación rectificadora de la anteriormente depositada en el registro de contratistas, sin perjuicio de su obligación de comunicar dichas modificaciones a la unidad encargada del registro. En todo caso, la Mesa de Contratación podrá comprobar que los datos y circunstancias que figuren en la certificación siguen siendo coincidentes con lo que recoja el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas. 9.3.7 Garantía provisional. No procede su exigencia de conformidad con el artículo 106 de la LCSP. 10. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES 10.1 Lugar y plazo de presentación Las ofertas se presentarán en un plazo de 15 días naturales a contar desde la publicación del anuncio en el Perfil de Contratante de este Ayuntamiento, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxXxxxxxxxxxx). (Art.135 LCSP).
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 7/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
El plazo fijado inicialmente podrá ser objeto de ampliación en los casos previstos legalmente y cuando derive de lo previsto en el art.136 LCSP. Las proposiciones para tomar parte en la presente contratación serán secretas y se presentarán en castellano, sin enmiendas ni tachaduras, en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxxx, en Calle Primer Tte. Alcalde Xxxx Xxxxxxx s/n, en horario de 9 a 14 horas salvo si el plazo finaliza en sábado que se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil. No se admitirá la presentación directa por vía del Registro Electrónico del Ayuntamiento, siendo necesario la entrega in situ la documentación de la licitación. Dentro del mismo plazo, la proposición podrá ser enviada por correo, en cuyo caso el licitador deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante telex, fax o telegrama. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si la misma es recibida con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en la convocatoria. Transcurridos diez días naturales siguientes desde la recepción de la comunicación sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida y podrá procederse por la Mesa de Contratación a la apertura de las plicas efectivamente presentadas en plazo. La acreditación de la recepción del referido fax, telefax o telegrama, se realizará mediante diligencia extendida por el Secretario General. En el presente procedimiento no resulta posible la presentación de las ofertas por medios electrónicos, por encontrarse la Administración contratante en trámite de implantación de la licitación electrónica. No obstante, para las restantes comunicaciones, notificaciones y envíos documentales, los interesados se relacionarán con el órgano de contratación por medios electrónicos. A tal efecto deberán señalar necesariamente un correo electrónico de contacto para efectuar notificaciones. Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las excluidas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. No obstante, adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan formulado, los documentos que se acompañan a las proposiciones, salvo la documentación del adjudicatario y oferta económica del resto de los licitadores, quedará a disposición de los interesados. Transcurridos los plazos anteriores, si la documentación no fuese retirada, el Ayuntamiento, previo requerimiento a los interesados con un mes de antelación para que procedan a su retirada, podrá disponer su destrucción. 10.2 Contenido de las proposiciones La presentación de proposiciones presume la aceptación del contenido de la totalidad de las cláusulas del presente Pliego de condiciones, sin salvedad alguna, y la declaración responsable de que el licitador reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con el Ayuntamiento.
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 8/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
Las proposiciones constarán de DOS (2) SOBRES. Los sobres se presentarán cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el número de referencia y la inscripción << PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN EL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PARA EXPLOTACIÓN DE BAR EN EL HOGAR DEL PENSIONISTA DEL EXMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXXX>>, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF. En su interior se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen. Los sobres se dividen de la siguiente forma: A) SOBRE N.º 1 "DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA" La documentación para la acreditación de los requisitos previos de la contratación, se acreditará sólo por el licitador propuesto como adjudicatario. En todo caso, el Sobre n.º 1 incluirá, preceptivamente, los siguientes documentos originales o copias auténticas según la legislación vigente: A.1. Declaración responsable del licitador indicado que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, de conformidad con lo previsto en el Anexo I. A.2. Uniones temporales de empresarios. En caso de concurrir como UTE, para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la misma deberán presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión. En caso de exigirse clasificación, el régimen de acumulación de las mismas será el establecido en los artículos 51 y 52 del RGLCAP. Para los casos en que sea exigible la clasificación y concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar su clasificación, y estos últimos su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión antes de la formalización del contrato. La duración de la unión será coincidente con la del contrato, hasta su extinción.
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 9/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
A.3. Empresas pertenecientes al mismo Grupo/Vinculadas. Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y que presentes distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran. B) SOBRE N.º 2 “CRITERIOS SUJETOS A FORMULAS”. Los criterios sujetos a fórmulas o de ponderación automática exigidos en el presente pliego, se presentarán redactados conforme a los modelos fijados en los anexos III, IV y V, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Para este sobre se tendrá en cuenta lo siguiente: · En la proposición económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido. · En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que se consigne en letra, salvo que de los documentos que componen la proposición se desprenda otra cosa. · Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. · Cuando los empresarios concurran en unión temporal, la proposición se formulará y firmará por todos ellos o sus representantes con apoderamiento suficiente. 11. Mesa de Contratación La Mesa de Contratación, para el estudio y propuesta de adjudicación, estará constituida del modo siguiente: Presidente: - D. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Concejal Delegado de Igualdad, Bienestar Social y Diversidad. Vocales: - Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Interventora del Ayuntamiento. - Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria General del Ayuntamiento.
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 10/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
Secretaria de la Mesa de Contratación: - Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Técnico de Administración General. La Mesa ejercitará las funciones encomendadas en el Art.22 del RD 817/2009, y las previstas en el presente Pliego. 11.1.-Calificación de la documentación y apertura de las proposiciones. A) Finalizado el plazo de admisión de documentación, se constituirá la Mesa de Contratación y procederá, en primer lugar, en sesión no pública, a la apertura del Sobre n.º 1. Si observara defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se procederá del siguiente modo: · Se concederá un plazo de tres días naturales para que los licitadores corrijan o subsanen (art. 141 LCSP). · La comunicación a los interesados, se realizará mediante la publicación del acta de la Mesa o anuncio en el Perfil del contratante de la Corporación, sin perjuicio de comunicar de manera complementaria dicho resultado mediante la comunicación electrónica correspondiente. Se tomará como fecha inicial del plazo, la fecha de publicación en el Perfil. (DA 15 LCSP). · Si los defectos u omisiones no fueran subsanados o, en su caso, no fueran subsanables, la documentación será rechazada, procediéndose a la exclusión del licitador. Una vez calificada la documentación y realizadas, si así procede, las actuaciones indicadas, la Mesa procederá a determinar, de manera expresa, las empresas admitidas a licitación, las rechazadas y las causas del rechazo. Estas circunstancias se pondrán en conocimiento de los licitadores en el acto público de apertura del siguiente sobre y se publicarán, en su caso, en el Perfil del Contratante. B) Seguidamente, la Mesa abrirá el Sobre n.º 2, que será público, “Criterios sujetos a fórmulas automáticas”. El órgano encargado de su valoración será la propia mesa de contratación, que podrá asesorarse incorporando a sus reuniones a los funcionarios o asesores que considere necesarios según la naturaleza de los criterios a valorar, los cuales actuarán con voz, pero sin voto. 11.2.-Clasificación de las ofertas El órgano de contratación, a la vista de la propuesta efectuada por la Mesa de Contratación, clasificará las propuestas presentadas por orden decreciente. Para realizar dicha clasificación atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo.
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 11/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
No se incluirá en la clasificación de las ofertas aquellas que, de conformidad con lo previsto en el artículo 149 del LCSP, el órgano de contratación estime fundadamente que la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes técnicos emitidos en el procedimiento realizado en cumplimento del artículo 149.4 LCSP. En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, se aplicarán los criterios de desempate previstos en el art.147.2 LCSP. 11.3.- Documentos que deberá aportar el licitador que haya presentado la mejor oferta (calidad – precio) 11.3.1 El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de la declaración responsable del licitador indicado que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, así como de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. 11.3.2. La documentación a aportar será la siguiente: a.-Documentación acreditativa de la tenencia de los requisitos previos para contratar con la Administración, de conformidad con lo establecido en la cláusula novena. b.- Obligaciones tributarias: Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el empresario propuesto como adjudicatario, deberá no tener deudas en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento salvo que las mismas estuviesen debidamente garantizadas. El certificado que acredite la inexistencia de deudas se aportará mediante Certificado expedido por la Tesorería municipal. c- Obligaciones con la Seguridad Social: Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. d- Garantía definitiva
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 12/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
El licitador que haya presentado la oferta económica más ventajosa estará obligado a constituir, a disposición del órgano de contratación, una garantía definitiva. Su cuantía, dadas las características del contrato, será del 5% del importe de adjudicación del contrato, IVA excluido. Dicha garantía abarcará la totalidad de los años de duración del contrato, incluidas las eventuales prorrogas. En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 110 del LCSP. La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en la Sección 1ª del Capítulo I del Título IV del Libro I del TRLCSP y en cualquiera de las formas que se establecen en los artículos 55, 56 y 57 del RGLCAP, en cuanto no se oponga a lo previsto en la LCSP. En el caso de realizarse en metálico, se aportará el justificante del ingreso en la Tesorería Municipal. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. Si dentro del plazo, se presenta la documentación, si bien la Mesa de Contratación, observara defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se procederá del siguiente modo: · Se concederá un plazo de tres días naturales para que los licitadores corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios. · La comunicación a los interesados, se realizará mediante la publicación del acta de la Mesa o anuncio en el Perfil del contratante de la Corporación, sin perjuicio de comunicar de manera complementaria dicho resultado mediante la comunicación electrónica correspondiente. Se tomará como fecha inicial del plazo, la fecha de publicación en el Perfil. (DA 15 LCSP). · Si los defectos u omisiones no fueran subsanados o, en su caso, no fueran subsanables, la documentación será rechazada, pues se entenderá que el licitador ha retirado su oferta. El licitador que retire su oferta quedará sujeto a una penalidad por importe del 3 % del presupuesto base de licitación, IVA excluido, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 71.2.a) LCSP (causa de prohibición de contratar con el Ayuntamiento). 12.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN. 12.1.- El órgano de contratación adjudicará el contrato al licitador que haya presentado la mejor oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 LCSP. Si bien, podrá declarar desierta la licitación, en su caso, a propuesta de la mesa de contratación, cuando no exista ninguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego. 12.2.- El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los siguientes plazos:
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 13/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
· El plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones. · Dicho plazo, se ampliarán en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 149.4 LCSP para las ofertas anormalmente bajas. 12.3.- La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el Perfil de contratante. La notificación deberá contener, como mínimo, los siguientes extremos: a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura. b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta. c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas. 12.4.- En la notificación se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 155.3. 13. SEGUROS. El adjudicatario suscribirá a su cargo una póliza de seguros, cuya copia deberá facilitar al Ayuntamiento antes de la formalización del contrato, que cubra a todo riesgo los inmuebles que comprendan las instalaciones, y de responsabilidad civil frente a terceros, incluidos los daños por incendio, con las siguientes coberturas: - Inmuebles (continente y contenido): 150.253,03 € - Responsabilidad Civil: 150.253,03 euros, en caso de muerte, y hasta un tope acumulado de 1.202.024,21 euros para tal contingencia en el supuesto de que fuesen dos o más de ellas en un mismo siniestro. 14. PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 14.1.- El contrato se perfeccionará con su formalización. 14.2.- El contrato se formalizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación. El contratista vendrá obligado a firmar en el acto de formalización del contrato, en prueba de conformidad con los mismos, los Pliegos de Cláusulas Administrativas, que tienen carácter contractual, y demás documentos que conforme a la normativa vigente tuvieran dicho carácter, y se entiendan pertinentes. La formalización del contrato deberá efectuarse no más
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 14/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 153.3. 14.3.- Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido el art.71.2b) [causa de prohibición para contratar con el Ayuntamiento]. 14.4.- En el caso previsto en el apartado anterior, el contrato se adjudicará al siguiente licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación establecida en el art.150.2 LCSP, dejando constancia de nuevo anuncio en el Perfil del Contratante, y realizando posteriormente la adjudicación en los mismos términos fijados en el presente Pliego. 14.5.- No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización. 15. EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El objeto del contrato se ejecutará con estricta sujeción a estos pliegos, cuadro de características del contrato y pliegos de prescripciones técnicas, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista la Administración, que habrán de formularse por escrito o así ratificarse cuando sean dadas de forma verbal. 16. RIESGO Y XXXXXXX. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, según lo dispuesto en el artículo 197 de la LCSP. 17. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR DAÑOS Y PERJUICIOS. El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, en los términos fijados en el artículo 196 LCSP. Ahora bien: _ Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. _ En todo caso, de ser condenada la Administración, como consecuencia de actuaciones propias del adjudicatario/a y dentro de su esfera de responsabilidad, este deberá asumir todos los gastos derivados del procedimiento con independencia de su naturaleza. (indemnización, intereses, costas, etc). 18. PRESTACIONES ECONÓMICAS. El contratista tiene derecho al beneficio económico obtenido con la explotación del servicio.
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 15/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
19. OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL ADJUDICATARIO. 19.1 El adjudicatario se compromete a: a) El adjudicatario/a estará obligado a utilizar el local para destinarlo a bar-cafetería, adecuándolo conforme al pliego de condiciones técnicas, que lo integra el informe de la arquitecta municipal. b) Prestar el servicio con la continuidad y regularidad, en los términos establecidos en la cláusula primera del presente Xxxxxx, sin perjuicio de las instrucciones dictadas posteriormente por el órgano de contratación. c) Adquirir y reponer todos los elementos precisos para la puesta en marcha de las instalaciones y contratar al personal necesario con dicho fin, siendo a su cargo el pago de los salarios y emolumentos de toda índole que correspondan al personal. d) Permitir que en cualquier momento los servicios técnicos de la Administración puedan inspeccionar el estado de conservación de las instalaciones y la explotación del servicio y suministrar cuanta información le sea requerida por dichos servicios. e) Indemnizar a terceros por los daños que pueda producir el funcionamiento del servicio por causa imputable al contratista o al personal a su servicio. f) Mantener en perfecto estado de conservación, higiene y limpieza la construcción, servicios e instalaciones, efectuando las reparaciones que fueran precisas al efecto, incluidos los aseos y salón de uso de los usuarios de las Asociaciones de Mayores. g) Mantener, a su xxxxx, la vigilancia permanente de las instalaciones. h) No enajenar ni gravar ningún tipo de bienes afectos al servicio que hubieren de revertir a la administración, salvo autorización expresa de la misma. i) Abonar los gastos por mantenimiento del material e instalaciones, suministros de agua y energía eléctrica, recogida de basura, saneamiento, telefonía, seguros de carácter obligatorio para vehículos y maquinaria y los demás que resulten precisos para el buen funcionamiento del servicio. j) Obtener, a su xxxxx, todas las autorizaciones y licencias necesarias para la explotación del servicio, y cumplir los parámetros establecidos en la normativa sobre ruidos, así como el resto de las disposiciones legales que le sean de aplicación a este tipo de locales, incluidas la tramitación, en su caso, de la calificación ambiental y las licencias o autorizaciones para ejercer la actividad. k) Cumplir las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, en especial las laborales, en todos sus aspectos, incluidos la previsión y Seguridad Social en vigor. En consecuencia, el contratista deberá formalizar la protección respecto a las contingencias de accidentes de trabajo y de enfermedad del personal a su servicio con la mutualidad laboral correspondiente. Asimismo, el contratista observará rigurosamente la legislación sanitaria y sobre seguridad y salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales. El adjudicatario/a, y en su caso, los empleados/as, deben disponer de carné de manipulador de alimentos. l) Formalizar con una compañía de seguros, una póliza que cubra a todo riesgo los inmuebles que comprendan las instalaciones, y de responsabilidad civil frente a terceros, incluidos los daños por incendio. m) Xxxxx por el buen orden del servicio, dictando las instrucciones precisas, sin perjuicio de los poderes de policía de la Administración titular del mismo. n) Llevar un libro de reclamaciones de acuerdo con la normativa vigente. ñ) Llevar una contabilidad clara de la actividad objeto de este contrato.
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 16/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
o) Cumplir las demás obligaciones a su cargo dimanantes de este pliego o que sean de aplicación. p) Designar un delegado de la empresa con capacidad para ejercer su representación en los actos derivados del cumplimiento de las obligaciones del contrato y para organizar y ejecutar los servicios y dictar las instrucciones para su desarrollo. Este delegado actuará a su vez como representante y único interlocutor válido ante el Ayuntamiento respecto a la gestión de la prestación del servicio. q) Ejecutar las obras necesarias para la adecuación del local, que se requieran en el informe de la arquitecta municipal de fecha 09/10/2019, que constituyen las condiciones técnicas del contrato, así como la obligación de la instalación de persianas, aparatos de aire acondicionados, campana y extractor de humos, puertas de acceso u otros elementos que formen parte de la estructura de las instalaciones. Dichas obras e instalaciones de persianas, aparatos de aire acondicionados, campanas y extractor de humos, puertas de acceso, así como otros elementos que formen parte de la estructura del edificio, como por ejemplo xxxxxx de ventanas, ventanas, sanitarios de los aseos etc, una vez finalizado el contrato, revertirán a propiedad del Ayuntamiento xx Xxxxxx, sin derecho a indemnización al adjudicatario/a. r) Los servicios que se presten en el bar irán destinados preferentemente a las personas pensionistas o mayores de 65 años de la localidad, sean o no miembros de una asociación de pensionistas del municipio. También podrán prestarse servicios a otras personas que no pertenezcan a este colectivo, siempre que cumplan con las normas de respeto a ese colectivo y a su preferencia de uso de los servicios prestados por el bar. En caso de que se produzcan discrepancias, el Ayuntamiento podrá limitar el acceso a las personas que no cumplan con estas normas. s) Respetar la lista de precios, para los eventos que el Ayuntamiento xx Xxxxxx organice en el Hogar del Pensionista. 19.2 Son derechos del adjudicatario: a) Utilizar el espacio de titularidad municipal, para la explotación libre de las instalaciones previstas en el presente contrato. b) A ser respetado por terceros en su condición de contratista y a obtener el apoyo y protección necesaria de la administración para la realización de la actividad en condiciones de normalidad y para el cese de las perturbaciones que puedan producirse. c) Percibir los precios que deban satisfacer los usuarios, sin perjuicio del control municipal. d) A proponer a la Administración cuantas modificaciones estime necesarias respecto de la ejecución del contrato, para su consideración por el órgano de contratación. El adjudicatario/a, previo consentimiento expreso del Ayuntamiento, podrá realizar las obras que considere necesarias para la adecuada prestación del servicio, aunque ello conlleve una modificación de la configuración del inmueble. Dichas obras, una vez finalizado el contrato revertirán a propiedad del Ayuntamiento sin derecho a indemnización alguna al adjudicatario/a. 20. OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL AYUNTAMIENTO. 20.1 El Ayuntamiento tiene entre otras las siguientes obligaciones: a) Realizar las obras de gran reparación que considere necesarias.
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 17/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
b) Poner a disposición del adjudicatario, dentro de los 10 días siguientes al de adjudicación las instalaciones objeto del contrato. c) Otorgar al adjudicatario la protección adecuada para que pueda prestar el servicio en condiciones de normalidad. 20.2 El Ayuntamiento tiene entre otros derechos, los siguientes: a) A percibir el canon ofertado por el adjudicatario. b) A velar por el correcto cumplimiento del contrato. c) A la reversión de las obras, instalaciones y equipamientos vinculados al contrato, libres de cualquier carga o gravamen, al día siguiente de su terminación, cesando en el aprovechamiento de los bienes, poniendo todos ellos a disposición de la administración en perfecto estado de conservación y mantenimiento –excepto los semovientes y la maquinaria agrícola de titularidad del adjudicatario. d) A inspeccionar, en cualquier momento, el servicio, sus obras e instalaciones. e) A resolver el contrato antes de su vencimiento, si lo aconsejaren circunstancias de interés público. Salvo cuando la resolución esté basada en causas imputables al adjudicatario, procederá el resarcimiento de daños e indemnización de perjuicios, de interés público. Salvo cuando la resolución esté basada en causas imputables al adjudicatario, procederá el resarcimiento de daños e indemnización de perjuicios, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. En tales supuestos el adjudicatario se compromete a abandonar y dejar libres las instalaciones en el plazo de un mes, a partir de la notificación del acuerdo de resolución. En otro caso, perdería automáticamente el derecho a resarcimiento e indemnización, sin perjuicio de las acciones legales que pudiera emprender el Ayuntamiento. 21. PROHIBICIÓN DE TRASPASO O CESIÓN. La adjudicación es personal e intransferible, no pudiéndose arrendar o ceder sin consentimiento expreso de la Corporación. En el traspaso inter vivos no se concederá si no se acredita que el transmitente o adjudicatario ha explotado directamente el servicio autorizado durante un tiempo mínimo de un año y el nuevo adjudicatario reúne idénticos requisitos de solvencia y capacidad que el adjudicatario inicial. En caso de fallecimiento podrán continuar la explotación sus herederos, mientras la herencia permanezca indivisa y una vez dividida, a aquél a quien se adjudique la concesión, para lo cual deberá acreditar su solvencia. 22. INFRACCIONES. Las infracciones que cometa el concesionario se clasificarán y serán calificadas como leves, graves y muy graves. 1º.- Tendrán la consideración xx XXXXXX LEVES: a) La mera interrupción de la actividad.
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 18/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
b) Las simples irregularidades en el cumplimiento de lo que prescriben el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas, siempre que no causen un perjuicio directo de carácter económico. c) La venta practicada fuera del perímetro autorizado o transgrediendo las horas establecidas para el ejercicio de la actividad. 2º.- Tendrán la consideración xx XXXXXX GRAVES las siguientes: a) El retraso en la prestación de la actividad de modo reiterado y sistemático. b) La interrupción de la actividad por cualquier causa, sin la debida justificación, por plazo inferior a ocho días, siempre que se produzca más de dos veces al año. c) La inobservancia de las prescripciones sanitarias o incumplimiento de órdenes dadas sobre evitación de situaciones insalubres, peligros, etc., que dicte la Alcaldía, si el cesionario persistiera en aquellas, una vez apercibido formalmente. d) La reiteración por dos o más veces en la comisión xx xxxxxx leves, cometidas en un periodo de seis meses. e) La negativa o resistencia a facilitar la información requerida por la autoridad competente o sus agentes para el cumplimiento de los fines de inspección. f) El ejercicio de actividad o actividades sobre el dominio público local que no sea la que tiene por objeto esta cesión. g) La actuación del cesionario que dé lugar a la depreciación del dominio público o de las instalaciones. h) Todas aquellas que, implicando un incumplimiento de las obligaciones del concesionario, no merezca la calificación de muy graves, y que por su naturaleza no deban ser tenidas como leves. 3º.- Tendrán la consideración xx XXXXXX MUY GRAVES las siguientes: a) No dar comienzo a la prestación de la citada actividad en el plazo previsto. b) La paralización o no prestación de la actividad contratada y la interrupción de la misma por cualquier causa que fuera, siempre que aquella se produzca por un plazo superior a ocho días y cuando fuera igual o inferior a dicho plazo cuando se produzca varias veces al año, salvo los casos de fuerza mayor. c) El no abonar el canon a este Excmo. Ayuntamiento, en su caso. d) El no mantener en buen estado de conservación las instalaciones. e) El incumplimiento de las normas laborales. f) El incumplimiento de las normas higiénico-sanitarias. g) El fraude en la forma de prestación, de la actividad contratada no utilizando los medios adecuados o elementos esenciales exigidos. h) La cesión, subarriendo o traspaso en todo o en parte de la actividad objeto del contrato, bajo cualquier modalidad o título, sin previa autorización expresa de la Corporación. i) La reiteración por dos o más veces en la comisión xx xxxxxx graves en un periodo de un año. 23. PENALIDADES. 1.- Las infracciones consumadas a que se refiere el presente Xxxxxx se penalizarán con las siguientes multas:
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 19/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
a) Las infracciones leves se sancionarán, en todo caso, con apercibimiento, pudiéndose poner multas de hasta 300 €. b) Las infracciones graves se sancionarán con multa de entre 300,01 hasta 1.200 euros €. c) Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de 1.200,01 hasta 3000 €, pudiendo, a su vez, dar lugar a la resolución de la concesión. 2.- Igualmente, las infracciones en que incurra el concesionario por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso será penalizado con arreglo a lo establecido en los arts. 192 y siguientes de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, pudiéndose llegar incluso a la resolución o rescisión del contrato cuando así lo estime el órgano de contratación, implicando en este supuesto la pérdida de la fianza definitiva. 3.- La aplicación y pago de las penalidades por incumplimiento del contrato no excluye la indemnización a que el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx pudiera tener derecho por daños y perjuicios motivados por los retrasos imputables al adjudicatario. 24. PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE PENALIDADES. 1.- La imposición de penalidades corresponderá al órgano de contratación, previa audiencia del contratista, por un plazo de 10 días. 2.- Las infracciones y sanciones prescriben en los plazos generales previstos en la Ley 39/2015. 3.- Cuando la sanción propuesta consista en la resolución del contrato, se estará a lo dispuesto en la LCSP. 25. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 1.-El contratista será el único responsable del funcionamiento y conservación de las instalaciones, así como de los daños causados a los usuarios por la actividad objeto de la cesión. 2.- El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y el Ayuntamiento, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento, y ello con independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo. A la extinción del presente contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del ente, organismo o entidad del sector público contratante.
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 20/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
26. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 1. La extinción del contrato se producirá como regla general por su cumplimiento que se produce con el fin del plazo de duración o vigencia, o por su resolución. 2. En los contratos que impliquen la realización de una actividad, el órgano de contratación determinará si los trabajos realizados por el contratista se ajustan a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto. En todo caso, de conformidad con el artículo 210.2 de la LCSP, su constatación exigirá por parte de la Administración un acto formal y positivo de recepción mediante la formalización de la correspondiente Acta suscrita por el Director técnico o Responsable del Contrato, el contratista y por la Intervención General, cuando ésta haya optado por la asistencia. Dicho Acta se formalizará dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato. 3.- En los contratos que conlleven el uso de bienes municipales, extinguido el contrato revertirán al Ayuntamiento, sin cargo ni carga alguna, todos los inmuebles, instalaciones y equipamiento afectos al contrato, debiendo entregarlos la empresa en correcto estado de uso, y de acuerdo con las amortizaciones y dotaciones para reinversión que se establezcan, todo lo cual quedará reflejado en el acta de recepción. Las reparaciones y mejoras, incluso reconstrucciones y sustituciones, que sean precisas para el cumplimiento de esta condición serán a cargo exclusivo de la empresa contratista, con cargo a las dotaciones previstas para este fin. Al extinguirse el contratista queda obligado a dejar libre y a disposición del Ayuntamiento todos los inmuebles y elementos indicados en el plazo máximo de un mes y sin perjuicio del cumplimiento de sus obligaciones respecto a la continuidad de la explotación. 27. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. Son causas de resolución del contrato, además de las recogidas en los artículos 211 y concordantes de la LCSP, las siguientes: a) Cuando el adjudicatario deje de abonar el canon o los derechos y tasas que establezcan las ordenanzas municipales. b) Cuando se dediquen las instalaciones a usos distintos de los comprendidos en la concesión. c) Cuando éste no mantenga las instalaciones con el decoro, limpieza, aseo y ornato convenientes o no provea debidamente la conservación por su cuenta y a su cargo.
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 21/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
d) Por arrendamiento, traspaso o cesión efectuadas sin los requisitos estipulados en la legislación. e) Cuando el adjudicatario mantenga cerrado el local al público por un plazo superior de dos meses. f) Cuando el adjudicatario, renuncie expresamente al contrato, previo aviso de tres meses. g) Por término del plazo de cesión. h) Todos los demás previstos en la legislación vigente para extinción de las concesiones municipales. i) No ejecutar las obras de mejoras propuestas por el adjudicatario/a en su oferta, en el plazo de dieciocho (18) meses, a contar desde la puesta en marcha de la actividad, salvo por causas imputables a la Administración. La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista, en su caso, mediante procedimiento tramitado en la forma legalmente prevista. Los efectos de la resolución del contrato se ajustarán a lo previsto en los artículos 213 y 295 LCSP, de manera que cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista le será incautada la garantía y deberá, además, indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada. 28. REVERSIÓN DE LAS INSTALACIONES Y OBRAS. Cumplido el plazo del contrato, revertirán las instalaciones municipales a este Excmo. Ayuntamiento, debiendo encontrarse éstas en buen estado de conservación, a cuyo efecto, y como mínimo, tres meses antes de finalizar el plazo, la Administración Municipal designará los técnicos que han de inspeccionar el estado en que se encuentra la cafetería, ordenando, a la vista de los resultados de la inspección técnica, la ejecución de las obras y trabajos de reparación y reposición que se estimen necesarios para mantener y entregar aquella en las condiciones previstas. Las obras y trabajos de reparación o reposición que deban efectuarse serán por cuenta del adjudicatario/a, todo ello de conformidad con el Art. 131 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales. La devolución de la garantía presentada, se realizará en el plazo máximo de 3 tres meses desde el fin del contrato, y siempre y cuando no existan alguno de los defectos anteriormente referidos. En caso de persistir, los defectos, se procederá a la incautación de la garantía. Trascurrido el plazo, las instalaciones pasarán al Ayuntamiento, con independencia de que la instalación sea fija o desmontable. 29. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO. 29.1 Normas generales. El presente contrato tiene carácter administrativo y se regirá por el Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP) y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 22/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. 29.2 Otras normas de aplicación Además de las disposiciones recogidas en la cláusula anterior, el contratista deberá de observar lo dispuesto en cualquier otra disposición de carácter sectorial que pueda afectar a los trabajos objeto del contrato y a su ejecución. También deberá observar la normativa reguladora de las relaciones laborales y de seguridad e higiene en el trabajo. En los contratos de servicios, cuando así lo exija la naturaleza de su objeto por requerir la intervención de trabajadores sujetos a un especial riesgo para la seguridad y la salud en su realización, ya sea físico, psicofísico, químico o biológico, el adjudicatario deberá presentar un Plan de Seguridad y Salud. La iniciación del servicio quedará subordinada a la aprobación del Plan de Seguridad y Salud por el órgano de contratación, previo informe favorable del mismo emitido por un técnico competente. 29.3. Confidencialidad. Sin perjuicio de las disposiciones previstas en la LCSP, relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento. De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esta información. 29.4. Jurisdicción competente. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato serán resueltas por el órgano de contratación competente del Ayuntamiento cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa. Contra dichas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, y según disponen los Arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el art. 52.1 de la Ley 7/85, de 2 xx xxxxx, recurso de reposición, ante el propio Ayuntamiento y en el plazo de un mes desde el recibo de la notificación, o bien interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses y ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de la Región xx Xxxxxx de acuerdo con lo establecido en los Artos. 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 23/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
ANEXO I (SOBRE I)
MODELO DE DECLARACION RESPONSABLE D./D.ª_________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en _____________, ____________________, n.º ___, con NIF n.º _________, en representación de la Entidad ___________________, con NIF n.º ___________, a efectos de su participación en la licitación para la adjudicación del CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PARA LA EXPLOTACIÓN DE BAR EN HOGAR DEL PENSIONISTA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXXX. DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: PRIMERO. Que se dispone a participar en la licitación__________________. SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 140 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 para ser adjudicatario del contrato de suministros, en concreto: Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación. Que, en su caso, cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. [Solo en caso de empresas extranjeras]. Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es………………………..___________________________________. TERCERA.- Que la empresa a la que representa emplea a: (Marque la casilla que corresponda) _ Menos de 50 trabajadores _ 50 o más trabajadores y ( Marque la casilla que corresponda). [ ] Cumple con la obligación de que entre ellos, al menos, el 2% sean trabajadores con discapacidad, establecida por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre,
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 24/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. [ ] Cumple las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de trabajadores con discapacidad. A su vez: _ Emplea 250 o más trabajadores y [ ] Tiene plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el artículo 45.2 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres. _ Emplea a 250 o menos trabajadores y [ ] En aplicación del convenio colectivo aplicable, cumple con lo establecido en el apartado 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativo a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad. _ Empresa no está obligada a la elaboración e implantación del plan de igualdad. [ ] En aplicación del apartado 5 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. CUARTA. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello. Y para que conste, firmo la presente declaración.
XXXXX XX (SOBRE I) COMPROMISO DE FORMALIZACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS D. ..................................................................................................... con domicilio en................................., y DNI ......................, en representación de la Empresa ........................................................................................., con domicilio en ............................................................., y CIF ............................. . D. .................................................................................................... con domicilio en................................., y DNI ......................, en representación de la Empresa ........................................................................................., con domicilio en ............................................................., y CIF ............................. . DECLARAN: 1º.- Que se comprometen en nombre de las Empresas .....................................y ................................................................, conjunta y solidariamente a ejecutar el contrato
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 25/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
“............................................................................................”, nº expediente............................... . 2º.- Que asimismo se comprometen, caso de resultar adjudicatarios, a constituirse en Unión Temporal de Empresas. 3º.- Que la participación de cada una de las Empresas es la siguiente: -.................................................. ...............% -.................................................. ...............% 4º.-Que designan a D. ...................................................................., con domicilio a efectos de notificaciones, para que durante la vigencia del contrato, ostente la plena representación de la U.T.E.. (Localidad y fecha) FDO:........................... FDO:..............................”
XXXXX XXX (SOBRE II)
MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA. “D.________________, con domicilio a efectos de notificaciones en __________, c/___________, n.º ___, con DNI n.º ___, en representación de la Entidad_____________, con CIF n.º_________, enterado/a del expediente para la contratación del servicio para la explotación del bar del Hogar del Pensionista sito en C/ Real s/n de esta localidad, por procedimiento abierto, varios criterios de adjudicación, anunciado en el perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a abonar la cuantía anual de _________________euros anuales, más IVA. Firma del licitador, Fdo:_________”.
ANEXO IV (SOBRE II)
“D./D.ª________________, con domicilio a efectos de notificaciones en __________, c/___________, n.º ___, con DNI n.º ___, en nombre propio/ o en representación de la Entidad_____________, con CIF n.º_________, enterado/a del expediente para la contratación del servicio para la explotación del bar del Hogar del Pensionista sito en C/ Real s/n de esta localidad, por procedimiento abierto, varios criterios de adjudicación, anunciado en el perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a ofrecer los productos ofertados en el siguiente listado por el importe que se indica para cada uno de ellos: Bebidas
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 26/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
Tinto xx xxxxxx _____ euros, iva icluido. Rioja _____ euros, iva incluido. Vino sin alcohol _____ euros, iva incluido. Vino dulce _____ euros, iva incluido. Manzanilla _____euros, iva icluido. Mosto ______euros, iva icluido. Tanque de cerveza ______ euros, iva icluido. Botellín de cerveza _____euros, iva icluido. Cerveza sin alcohol _____euros, iva icluido. Zumos _____euros, iva icluido. Lata de refresco _____euros, iva icluido. Vaso de casera _____euros, iva icluido. Café _____euros, iva icluido. Descafeinado _____euros, iva icluido. . Vaso de leche _____euros, iva icluido. Infusiones _____euros, iva icluido. Licores _____euros, iva icluido. Cubata xx xxxxxxx _____euros, iva icluido. Cubata de whisky _____euros, iva icluido. Chupitos whisky nacional _____euros, iva icluido. Chupitos whisky escocés _____euros, iva icluido. Desayunos y meriendas Café y ½ tostada _____euros, iva icluido. Café y tostada _____euros, iva icluido. Café y mollete _____ euros, iva icluido. Churros y chocolate _____ euros, iva icluido.
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 27/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
X/ 0xx. Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, x/x
Tlfn.: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
41120 – Gelves (Sevilla)
C .I
.F .:
P –
4 1
0 4 4
0 0
- I
Tapas Montaditos _____ euros, iva icluido. Chacinas _____ euros, iva icluido. Ensaladilla _____ euros, iva icluido. Aliños ______euros, iva icluido. Firma del licitador, Fdo:_________”.
ANEXO V (SOBRE II) “D./D.ª________________, con domicilio a efectos de notificaciones en __________, c/___________, n.º ___, con DNI n.º ___, en nombre propio/ o en representación de la Entidad_____________, con CIF n.º_________, enterado/a del expediente para la contratación del servicio para la explotación del bar del Hogar del Pensionista sito en C/ Real s/n de esta localidad, por procedimiento abierto, varios criterios de adjudicación, anunciado en el perfil de contratante, hago constar que conozco los Pliegos que sirven de base al contrato y los acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a ofrecer las siguientes actividades: (Marcar con una x las actividades a desarrollar).
Merienda en la primera semana de octubre con motivo del día del mayor: servicio de alimentos y bebidas de merienda para un aforo aproximado de 100 personas. (café, infusiones, agua, refrescos, batidos, dulces y salados variados). 8 puntos.
Desayuno típico andaluz y merienda consistente en chocolatada con churros, en la última semana de febrero con motivo del día de Andalucía, para un aforo aproximado de 100 personas. 8 puntos.
Taller enfocado a las personas mayores con libre disposición de fecha a lo largo del año enfocado al ocio, la memoria o la convivencia de las personas mayores, para un número aproximado de 100 personas. 4 puntos.
Firma del licitador, Fdo:_________”.
Código Seguro De Verificación: R9r2aHAxAn650eTLLXKn5w== Estado Fecha y hora
Firmado Por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Firmado 28/10/2019 14:23:56
Observaciones Página 28/28
Url De Verificación xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxXxxxx/xxxx/X0x0xXXxXx000xXXXXXx0xxx