No. de registro del alumno/a: _
No. de registro del alumno/a: _
C U R S O E S C O L A R 201 4 - 201 5
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO EDUCATIVO QUE EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL EL DIA 10 XX XXXXX DE 1992 CELEBRAN POR UNA PARTE EL COLEGIO “INSTITUTO CULTURAL”, A.C. A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARA “EL PRESTADOR” Y POR OTRA EL SR./SRA. QUIEN EJERCE LA PATRIA POTESTAD DEL ALUMNO/A A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARA “EL PRESTATARIO”.
DECLARACIONES
I. Declara “EL PRESTADOR” ser una ASOCIACIÓN CIVIL, constituida conforme a las leyes mexicanas, como consta en la Escritura Pública número 42729 de fecha 31 xx xxxxx de 1962, pasada ante el Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xx.00 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx.
II. Declara “EL PRESTADOR” estar representado por la XXXXX. XXXXX XXXXX XXXXX XX XXXXXX, según consta en la Escritura Pública No. 11,471 del 4 xx xxxxxx de 2011, pasada ante la xx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 000 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx.
III. Declara “EL PRESTADOR” que lleva a cabo su objeto social en el edificio marcado con el mil ciento noventa de la calle de Xxxxxx Xxxxx xx Xxxxxxx Colonia Xxxxxx Xxx Xxxxxx XX. 00000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X., impartiendo sus servicios en turno matutino.
IV. Declara “EL PRESTADOR” estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con la clave ICU620331SX7 y que los niveles educativos están incorporados a la SEP o UNAM según sea el caso de acuerdo a las constancias de incorporación:
MATERNAL, JARDÍN DE NIÑOS… Incorporación 09050373 (S.E.P.)
PRIMARIA Incorporación 967201 (S.E.P.)
SECUNDARIA Incorporación 881795 (S.E.P.)
PREPARATORIA Incorporación 1094 Acuerdo 706/68 (UNAM)
V. Manifiesta “EL PRESTATARIO”, que solicita los servicios de “EL PRESTADOR” para que su hija/o:
, que cursará: en el ciclo escolar 2014-2015; que libremente eligió esta Institución, de la que recibió, conoce y está de acuerdo con el Ideario, el Reglamento y las bases mínimas de información para la comercialización de los servicios educativos que prestan los particulares; con anterioridad a la firma del presente documento, recibió para su conocimiento la circular informativa y documentación para el proceso de inscripciones.
Que tiene su domicilio en Colonia
Delegación C.P. Teléfono casa:
Teléfono Celular
CLAUSULAS
email:
1°. “EL PRESTADOR” se obliga a proporcionar el servicio educativo al “PRESTATARIO”, consistente en impartir los servicios educativos correspondientes al año lectivo 2014-2015, en el plantel indicado en la declaración III que antecede, aceptando “EL PRESTATARIO” el servicio en favor del alumno/a mencionado en la declaración V, para el grado allí señalado.
2°. Ambas partes convienen que el precio del servicio estipulado en la cláusula anterior deberá ser pagado por “EL PRESTATARIO” de la siguiente forma:
REINSCRIPCIÓN CURSO 2014-2015. El pago se realizará en 2 fechas, (1) 50% del 7 xx xxxxx al 9 xx Xxxx, y (2) 50% del 2 xx Xxxxx al 11 de Julio.
Maternal | 1° Y 2° Jardín (Bilingüe) | 3° de Jardín (Bilingüe) | Primaria (Bilingüe) | Secundaria (1° y 2° Bilingüe) | Preparatoria |
$4,300.00 | $4,560.00 | $5,430.00 | $6,460.00 | $7,060.00 | $7,060.00 |
(primer pago) | (primer pago) | (primer pago) | (primer pago) | (primer pago) | (primer pago) |
$2,150.00 | $2,280.00 | 2,715.00 | $3,230.00 | 3,530.00 | $3,530.00 |
(segundo pago) | (segundo pago) | (segundo pago) | (Segundo pago) | (segundo pago) | (segundo pago) |
$2,150.00 | $2,280.00 | 2,715.00 | $3,230.00 | 3,530.00 | $3,530.00 |
CUOTA DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA: $ 820.00 por familia.
CUOTA PARA EL FONDO DE AYUDA en caso de defunción del Padre o tutor: $490.00 por alumno/a.
El monto de la inscripción y las cuotas de padres de familia se devolverán integra e inmediatamente al “PRESTATARIO” que comunique por escrito a la administración con 60 días de anticipación al inicio del ciclo escolar 2014-2015, que su hijo/a por cualquier razón no va a iniciar; si el escrito de referencia se formula con 30 días de anticipación, sólo será exigible el 50%. Después de este plazo no se hará devolución alguna. COLEGIATURAS:
MATERNAL
1° Y 2° DE JARDÍN
3° DE JARDÍN PRIMARIA SECUNDARIA PREPARATORIA
5% DESC. (1 AL 5 CADA MES) NORMAL (6 AL 16 CADA MES)
10 pagos de: $2,850.00 10 pagos de: $3,000.00 10 pagos de: $3,158.75 10 pagos de: $3,325.00 10 pagos de: $3,804.75 10 pagos de: $4,005.00 10 pagos de: $4,427.00 10 pagos de: $4,660.00 10 pagos de: $4,978.00 10 pagos de: $5,240.00 10 pagos de: $5,557.50 10 pagos de: $5,850.00
1) Del día 1 al día 5 de cada mes: 5% de descuento (DIAS NATURALES)
2) Del día 6 al 16 de cada mes: sin descuento, ni recargo (DIAS NATURALES)
3) Del día 17 al último día del mes correspondiente a la colegiatura, se cobrarán recargos del 2%. Durante los 2 meses siguientes a la colegiatura en referencia se incrementan los recargos en 2 puntos porcentuales, siendo del 4%, y así sucesivamente, quedando de la siguiente manera los recargos:
MESES | 1 | 2 y 3 | 4 y 5 | 6 y 7 | 8 y 9 | 10 y 11 | suces…. |
RECARGOS | 2.00% | 4.00% | 6.00% | 8.00% | 10.00% | 12.00% | 14.00% |
MATERNAL | 3,060.00 | 3,120.00 | 3,180.00 | 3,240.00 | 3,300.00 | 3,360.00 | 3,420.00 |
JARDIN | 3,391.50 | 3,458.00 | 3,524.50 | 3,591.00 | 3,657.50 | 3,724.00 | 3,790.50 |
PREPRIMARIA | 4,085.10 | 4,165.20 | 4,245.30 | 4,325.40 | 4,405.50 | 4,485.60 | 4,565.70 |
PRIMARIA | 4,753.20 | 4,846.40 | 4,939.60 | 5,032.80 | 5,126.00 | 5,219.20 | 5,312.40 |
SECUNDARIA | 5,344.80 | 5,449.60 | 5,554.40 | 5,659.20 | 5,764.00 | 5,868.80 | 5,973.60 |
PREPARATORIA | 5,967.00 | 6,084.00 | 6,201.00 | 6,318.00 | 6,435.00 | 6,552.00 | 6,669.00 |
La Colegiatura del mes vigente deberá pagarse mensualmente, cubriendo las DIEZ mensualidades. El pago de las colegiaturas será a través de líneas de captura en el banco SCOTIABANK INVERLAT o en Caja del Instituto Cultural con cargo a tarjeta de crédito o débito con comisión, de acuerdo a lo siguiente:
RECUERDE: SI SU PAGO ES EN EFECTIVO O CHEQUE SCOTIABANK INVERLAT, PASA EL MISMO DÍA, SI ES DE OTROS BANCOS, DEBERÁ CONSIDERARLO COMO SALVO BUEN COBRO Y PAGAR 48 HORAS ANTES DEL DÍA 5 PARA OBTENER EL DESCUENTO, Y/O ANTES DEL DÍA 16 PARA NO PAGAR RECARGOS. SI SU PAGO SE REALIZA EN SÁBADO, EL BANCO LO APLICA CON FECHA DEL SIGUIENTE DÍA HÁBIL. TAMBIÉN PUEDE HACER SUS PAGOS POR SISTEMA DE TRANSFERENCIA Y PAGOS, (TRANSFERENCIA ELECTRONICA).
La familia que pague todo el curso escolar dentro de los primeros quince días del mes de septiembre se les descontará el 5% del monto total. El pago anual será por línea de captura en el banco.
Ante la inestabilidad económica y social que vivimos les notificamos que si se diera una eventualidad en el país o una emergencia no esperada que modifique los salarios y prestaciones del Colegio, tendremos que hacer modificaciones a las cuotas antes mencionadas.
Mediante el pago de Inscripción y Colegiaturas, el hijo/a de “EL PRESTATARIO” tendrá derecho al uso, durante las horas de clase, a todo tipo de instalaciones pedagógicas y deportivas incluyendo: Biblioteca, laboratorios y computación. Igualmente tendrá derecho a un seguro contra accidentes escolares dentro del Plantel o en actividades del Colegio. El seguro tendrá un deducible de $500.00 por evento.
En el caso de que el hijo/a de “EL PRESTATARIO” curse estudios incorporados a la UNAM, deberá pagar “EL PRESTATARIO” el costo de la cuota de incorporación a la UNAM, antes de iniciar el ciclo escolar, siendo para 4° Preparatoria $2,600.00, para 5° de Preparatoria de $2400.00 y para 6° de Preparatoria de $ 2,460.00.
3°. Todo tipo de gastos relacionados con actividades recreativas, cívicas o sociales tienen el estricto carácter de voluntarias, salvo en los casos de celebraciones de actividades pedagógicas señaladas por las autoridades incorporantes.
4°. La participación en las actividades extraescolares son de carácter voluntario y la cuota correspondiente se deberá cubrir al inscribirse en estas actividades.
5°. “EL PRESTATARIO” deberá comunicar por escrito a la sección correspondiente la baja de su hijo/a; a partir de ese momento cesará la obligación de pagar la colegiatura. En el caso de que “EL PRESTATARIO” haya pagado la colegiatura del mes en que se da de baja, se le devolverá el 50%. En caso de haber pagado anualidad, se le devolverá lo correspondiente a los meses restantes.
6°. El horario de la ADMINISTRACIÓN del Colegio será de 7:30 a 12:00 y de 12:30 a 15:00 hrs. de lunes a viernes.
7°. En caso de devolución de cheque por falta de fondos o cancelación de cuenta, se cobrará un 10% adicional; el importe del cheque y la comisión asignada por el banco se pagarán en efectivo en la Administración del Colegio.
8°. Las personas con quienes “EL PRESTATARIO” puede solicitar cita para tratar cualquier asunto relacionado con la prestación del servicio educativo son las siguientes:
DIRECCIÓN GENERAL Mtra. Xxxxx Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxx stj
ADMINISTRACIÓN GENERAL Mtra. Xxxxx xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx COORDINACIÓN GENERAL DE PROYECTOS Lic. Xxxxx del Xxxxx Xxxxx Xxxxx COORDINACIÓN GENERAL ACADÉMICA Mtra. Xxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx
COORDINACIÓN DE JARDÍN DE NIÑOS Profa. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx y Lic. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx
COORDINACIÓN DE PRIMARIA Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxx X., Profa. Ma. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx X. y Profa. Xxxxx Xxxx X. COORDINACIÓN DE SECUNDARIA Profa. Xxxx Xxx Xxxxx stj, Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx
DIRECCIÓN DE PREPARATORIA Mtra. Xxxxx Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxx stj
COORDINACIÓN DE PREPARATORIA Profa. Xxxxx Generosa Xxxxx Xxxxxx y Lic. Loa Súcar Xxxxxxxx El horario de atención es: de lunes a viernes de 7:30 a 14:00 hrs. previa cita.
9°. “EL PRESTATARIO” acepta la concertación efectuada entre la Sociedad de Padres de Familia y “EL PRESTADOR” con referencia al uso de uniforme que portarán los alumnos/as del plantel.
10°. Serán causas de rescisión de contrato:
a) Para “EL PRESTATARIO”:
1. LA FALTA DE PAGO DE TRES MENSUALIDADES CORRESPONDIENTES A LA COLEGIATURA
2. Cuando no se entregue la documentación solicitada.
3. La violación del Reglamento de la Institución por parte del alumno/a.
4. La incitación del alumno/a o padre de familia que cause perjuicio o desprestigio al “PRESTADOR”.
5. La falta grave de conducta por parte del alumno/a o la notable falta de aprovechamiento académico.
b) Para “EL PRESTADOR”
1. Por retiro de los permisos, reconocimientos y/o incorporaciones otorgadas por las autoridades correspondientes.
2. Por la disolución de la Asociación Civil o por sentencia ejecutoria que declare la quiebra de la misma.
11°. En todo aquello en lo que el presente contrato fuere oscuro u omiso, se aplicarán en forma supletoria las normas del Código Civil para el Distrito Federal; las disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor; las normas contenidas en “El acuerdo que establece las bases mínimas de información para la comercialización de los servicios educativos que prestan los particulares”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 10 xx Xxxxx de 1992. En caso de controversia ambas partes se someterán a los Tribunales Civiles competentes del Distrito Federal, independientemente de la ubicación presente o futura de sus domicilios.
12°. El Colegio se reserva el derecho de inscripción y de reinscripción.
13°. El Colegio no está obligado a promover a los alumnos/as de año escolar por contratar los Servicios Educativos.
Leído que fue el presente contrato se firma de conformidad, en la Ciudad de México, a los días del mes de del 2014.
EL PRESTADOR EL PRESTATARIO
INSTITUTO CULTURAL, A.C. NOMBRE Y FIRMA