TÉRMINOS Y CONDICIONES.
Mediante los presente Términos y Condiciones se establecen las condiciones bajo las cuales el Cliente contrata EL SERVICIO PROTECCIÓN CONTRA DAÑO (término definido más adelante), servicio que es prestado por Samsung Electronics México, S.A. de C.V. (“Samsung”), con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xx. 000, xxxx 0, xxx. Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xx. xx Xxxxxx, X.X. 00000
1. DEFINICIONES
Para los efectos del presente Contrato, los términos escritos con inicial mayúscula en el texto de este documento, son términos definidos y tendrán el significado que correlativamente se les asigna a continuación, independientemente de que sean empleados en singular o en plural, salvo que de manera específica se les atribuya un significado distinto:
“Cliente” significa aquellas personas físicas x xxxxxxx que adquieran o compren Equipos en el Territorio.
“Cuota Inicial” significa la cantidad que el Cliente tiene que pagar a Samsung al contratar EL SERVICIO PROTECCIÓN CONTRA DAÑO, misma que se le notificará al Cliente antes de la contratación de servicio.
“Cuota de Reparación” significa la cantidad que el Cliente tiene que pagar a Samsung para solicitar la Reparación del Daño cubierta por EL SERVICIO PROTECCIÓN CONTRA DAÑO. Dicha cantidad será comunicada al cliente previo la contratación del servicio y tendrá que ser pagada directamente a Samsung de conformidad con las instrucciones dispuestas en el presente instrumento.
“CSA”. Centro de Servicio Autorizado de Samsung.
“Daño Accidental” significa todo aquel detrimento que sufran los Equipos, causados única y exclusivamente por accidentes que no permitan el correcto funcionamiento del Equipo (por ejemplo: golpes, rotura o quiebra de pantalla, entre otros), y no incluirá en ningún caso algún tipo de daño estético o modificaciones realizadas a los equipos por personal no autorizado por Samsung, mantenimiento preventivo, daños o perjuicios a consecuencia del desperfecto, deterioro normal por uso o desgaste, pérdida de datos o información, así como pérdida y/o robo del Equipo. También están excluidos los daños causados por conducta imprudente, abusiva, deliberada o intencional, o por cualquier tipo de uso anormal al funcionamiento.
Asimismo, el Daño Accidental única y exclusivamente cubrirá los daños en el Equipo, por lo que se excluye todo tipo de accesorio como son, de forma enunciativa más no limitativa, cables, cargadores, baterías o similares.
“Equipos” significan los teléfonos móviles de Samsung, modelos S9 y S9+, vendidos en el Territorio a través de SES, el CSP o a través del sitio web xxxxx://xxxxx0.xxxxxxxxxxxx.xx, que cuenten con EL SERVICIO PROTECCIÓN CONTRA DAÑO.
Sólo se considerará como Equipos al dispositivo móvil como tal, por lo que de ninguna forma se considerará como Equipo los accesorios que lo acompañen, como son, de forma enunciativa más no limitativa, cables, cargadores, baterías, fundas, y cualquier otro accesorio.
“Equipo con Daño” significan los Equipos que sufran alguno de los incidentes catalogados como Xxxx Accidental.
“IMEI” (xxx xxxxxx International Mobile System Equipment Identity, Sistema Internacional para la Identidad de Equipos Móviles) es un código USSD pre-grabado en los teléfonos móviles GSM. Este código identifica al aparato unívocamente a nivel mundial, y es transmitido por el aparato a la red al conectarse a ésta.
“Reparación del Daño” Significa el arreglo del Daño Accidental sufrido por un Equipo por un máximo de 2 eventos, durante 2 años.
“Fecha de entrega del Equipo Reparado” significa la fecha exacta en que Samsung entregará físicamente al Cliente el Equipo reparado y que le será especificada en la Orden de Servicio que se le entregue al dejar el Equipo para reparación.
“SES” significa Samsung Experience Store
“CSP” significa Centro de Servicio Autorizado de Samsung ubicado en General Xxxxxxx Xxxxxxxx Xx. 000, XX, xxx. Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xx. xx Xxxxxx, X.X. 00000
“Comprobante de Compra” es el identificador de la venta expresado en el ticket de venta.
“PROFECO” significa la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor.
“Territorio” significa el territorio de los Estados Unidos Mexicanos.
“Vigencia del Servicio” La vigencia de EL SERVICIO PROTECCIÓN CONTRA DAÑO es de 2 años a partir de la fecha de compra del Equipo. Transcurrida la Vigencia del Servicio, el Cliente no podrá solicitar ninguna Reparación del Daño y cualquier reparación será cobrada conforme al precio de lista del CSA de Samsung.
DECLARACIONES
I. SAMSUNG declara que EL SERVICIO PROTECCIÓN CONTRA DAÑO es satisfecho y/o prestado con recursos propios y asimismo el Cliente reconoce y acepta que dicha prestación de servicios no implica ningún resarcimiento de daños o el pago de alguna prestación en dinero a favor del Cliente y/o cualquier tercero.
II. El Cliente declara que mediante la firma del presente Contrato, otorga su consentimiento para sujetarse a lo estipulado en el presente documento.
III. Ambas partes declaran que los servicios contratados mediante el presente contrato, son ofrecidos al público en general por lo que no existe ningún tipo de discriminación respecto a los precios y características de los servicios contratados, a favor de cualquier tercero.
CLÁUSULAS.
1. OBJETO. Los presentes tienen por objeto establecer los términos y condiciones bajo los cuales se prestará EL SERVICIO PROTECCIÓN CONTRA DAÑO.
SAMSUNG solamente estará obligada a la prestación de EL SERVICIO PROTECCIÓN CONTRA DAÑO cuando el Cliente hubiese firmado o de alguna manera aceptado los presente términos y condiciones a través del sitio web xxxxx://xxxxx0.xxxxxxxxxxxx.xx y haya cumplido con todos los requisitos dispuestos en el presente documento.
2. CONDICIONES DEL SERVICIO PROTECCIÓN CONTRA DAÑO.
2.1. EL SERVICIO PROTECCIÓN CONTRA DAÑO únicamente puede ser proporcionada en el Equipo para el cual se hubiese contratado el servicio, siempre y cuando dicho Equipo hubiese sufrido un Daño Accidental y la solicitud de reparación del Equipo se haga dentro del plazo de Vigencia del Servicio.
2.2. En caso de que el Equipo para el cual se hubiese contratado EL SERVICIO PROTECCIÓN CONTRA XXXX, sufra algún incidente catalogado como Daño Accidental, el Cliente deberá contactar al Centro de Atención Telefónica de Samsung (01-800 72 67 864) ó en la página de internet oficial: xxxxxxx.xxx/xxxxxxx, donde le indicarán el proceso para la reparación del Equipo
con Daño. En adición a lo anterior, el Cliente reconoce y acepta que para hacer efectiva la reparación del Equipo con Xxxx, además de cumplir con todos los requisitos señalados en el presente instrumento, como son: estar al corriente en los pagos de la Cuota Inicial y Cuota de Reparación, deberá entregar físicamente a SAMSUNG y/o al tercero que ésta designe, el Equipo con Xxxx.
Para efectos de lo anterior, el Cliente se obliga a entregar a SAMSUNG y/o el tercero que éste designe, el Equipo con Daño sin ningún tipo de accesorio (memory stick, fundas, cargadores, etc.) y sin algún tipo de información, archivos o datos contenidos en el mismo, ya que una vez que el Cliente entregue el Equipo con Daño a SAMSUNG, ésta última tendrá la facultad de formatear y/o borrar definitivamente, todo tipo de contenido, información, archivos o datos contenidos en el Equipo con Daño.
El Cliente reconoce y acepta que SAMSUNG no tendrá obligación alguna de proporcionar o guardar cualquier tipo de información, contenido o archivos que pudiese haber contenido el Equipo con Daño, por lo que el Cliente no se reserva ningún derecho para iniciar cualquier tipo de acción legal en contra de SAMSUNG y/o sus subsidiarias y/o filiales y/o sus empleados y/o subcontratistas, relacionada con el uso de la información, archivo o datos que pudiese haber contenido el Equipo con Daño.
2.3. El Cliente reconoce y acepta que para efectos de solicitar la reparación del Equipo con Xxxx, deberá entregar físicamente al personal de SAMSUNG el Equipo con Xxxx en un CSA donde se le indicará la Fecha de entrega del Equipo Reparado
2.4. En caso de robo o extravío del Equipo, el Cliente deberá solicitar la suspensión de EL SERVICIO PROTECCIÓN CONTRA DAÑO, llamando al Centro de Atención Telefónica de Samsung (01-800 72 67 864) ó en la página de internet oficial: xxxxxxx.xxx/xxxxxxx y proporcione los siguientes datos:
a) Nombre del Cliente.
b) No. IMEI o No. Venta, según corresponda.
c) Tipo de pago.
d) Tiempo de cobertura.
El aviso de robo o extravío y la solicitud de suspensión de EL SERVICIO PROTECCIÓN CONTRA DAÑO no implica la devolución de las Cuotas pagadas previamente.
2.5. Sí al término de la Vigencia del Servicio el Cliente no ha utilizado los 2 eventos al año, se le otorgará de manera gratuita el servicio de “Shine tú S9 ó S9+” que consiste en un servicio gratuito de cambio de accesorios desgastados.
3. PAGOS.
3.1. El Cliente se obliga a pagar a SAMSUNG las cantidades correspondientes a la Cuota Inicial y Cuota de Reparación. Los pagos deberá hacerlos en la forma señalada por SAMSUNG durante la contratación y/o en la documentación que le sea entregada.
3.2. Será requisito indispensable para la prestación de EL SERVICIO PROTECCIÓN CONTRA DAÑO, que el Cliente haya contratado el Servicio en un plazo máximo de 30 días naturales posteriores a la compra del Equipo y que haya pagado la Cuota de Inicio y Cuota de Reparación cuando corresponda.
4. VIGENCIA.
4.1. La vigencia del EL SERVICIO PROTECCIÓN CONTRA DAÑO es de 2 años, contados a partir de la compra del Equipo.
5. CAUSALES DE TERMINACIÓN.
5.1. El Cliente podrá dar por terminado anticipadamente EL SERVICIO PROTECCIÓN CONTRA DAÑO sin necesidad de previa declaración judicial y sin responsabilidad alguna, cuando:
5.1. Se haya cumplido la Vigencia del Servicio.
5.2. En caso de fallecimiento del Cliente.
5.3. SAMSUNG no preste EL SERVICIO PROTECCIÓN CONTRA DAÑO en la forma y términos convenidos. Lo anterior no aplicará en caso de que SAMSUNG haya subsanado su incumplimiento conforme a lo establecido en los presentes Términos y Condiciones.
5.4. El Equipo haya sido robado o se encuentre inservible.
6. TERMINACIÓN POR RESPONSABILIDAD DEL CLIENTE.
6.1. SAMSUNG podrá dar por rescindido el presente Contrato sin necesidad de previa declaración judicial, cuando:
6.2. El Cliente sea declarado en suspensión de pagos o concurso mercantil.
6.3. El Cliente incumpla con el pago de alguna de las Cuotas.
7. QUEJAS, NOTIFICACIONES.
7.1. El Cliente podrá contactar a SAMSUNG a través del Centro de Atención Telefónica de Samsung (01-800 72 67 864) ó a través de la página de internet oficial: xxxxxxx.xxx/xxxxxxx..
8. LÍMITE DE RESPONSABILIDAD.
SAMSUNG no será responsable de ninguna manera por la prestación EL SERVICIO PROTECCIÓN CONTRA DAÑO, cuando el Cliente no cumpla con los Términos y condiciones dispuestos en el presente instrumento.
9. CONFIDENCIALIDAD.
SAMSUNG no podrá divulgar los términos, condiciones y datos personales contenidos en este contrato sin el previo consentimiento del Cliente, salvo en caso de que alguna autoridad con facultades para requerir cualquier tipo de información relativa al presente, le requiera a SAMSUNG la entrega de dicha información.
10. MODIFICACIONES A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES.
En caso que SAMSUNG modifique el presente Contrato, se obliga a comunicar de manera fehaciente al Cliente a través de cualquiera de los medios de contacto establecidos en los presentes, previo a que se lleve a cabo dicha modificación.
11. AVISO DE PRIVACIDAD.
Samsung Electronics México, S.A. de C.V. (en lo sucesivo “SAMSUNG”) con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xx. 000, Xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxxx, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 11590, Ciudad de México, será quien actúe como responsable de los datos personales que nos proporcione.
Samsung tratará los datos personales que el Cliente nos proporcione para llevar a cabo alguna o todas las actividades necesarias para el desarrollo y cumplimiento de las obligaciones que se originen y deriven de la relación contractual y/o comercial por la prestación de los servicios, que incluyen: registrar su dispositivo, venta de Productos, creación de su cuenta, facturación y cobranza. Así mismo, para identificarle, contactarle, dar respuesta y seguimiento a sus solicitudes de información, quejas o comentarios; hacer encuestas de satisfacción y elaborar estudios estadísticos xx xxxxxxx; también para brindarle los servicios de protección contra daño, asistencia técnica, extensión de garantía, reparación y/o cambio de su dispositivo electrónico, según corresponda.
12. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
Las partes se someten a la competencia de la PROFECO en la vía administrativa de dicha dependencia, para resolver cualquier controversia que se suscite en la interpretación o cumplimiento del presente Contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, las Partes acuerdan cualquier controversia, divergencia, reclamación o duda con motivo de la interpretación, aplicación, ejecución, cumplimiento, resolución o rescisión de este acuerdo, así como la compensación de los daños y perjuicios resultantes, las partes se someterán a la legislación así como al fuero de los tribunales competentes de la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier fuero, que en virtud de sus domicilios presentes o futuros o nacionalidad o cualquier otra causa pudiesen corresponderles.